REUNIDOS
REUNIDOS
DE UNA PARTE: Xx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio, a efectos del presente contrato en Xxxxxxxx (Xxxxxxx), Xxxxx Xxxxx xx0, y provisto de DNI/NIF en vigor nº DNI: 00.000.000-M.
Y DE OTRA PARTE: D. XXXXXX XXXXX XXXXXX, mayor de edad, con domicilio, a efectos del presente contrato, en Barcelona (08029), Av. Xxxxx Xxxxxxxxxxx número 14-18, y provisto de DNI/NIF en vigor nº 00.000.000-M.
INTERVIENEN
El primero, en nombre y representación de la entidad CLÍNICA LA XXXXXX S.L (en adelante, EL PROVEEDOR), con CIF Nº B-06.292.155 y domicilio social en Castuera provincia de Badajoz, Xxxxx Xxxxx xx0, en su condición de apoderado de dicha entidad en virtud de la escritura otorgada ante el Notario de Xxx Xxxxxx, D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en fecha de 27/11/2003, con el número 1.525 de su protocolo, que manifiesta vigente y suficiente para suscribir el presente contrato.
El segundo, en nombre y representación de MUTUAL MIDAT CYCLOPS, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 1 (en adelante, MC MUTUAL), con C.I.F. número G-64.172.513 y domicilio social en Xxxxxxxxx (00000), Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 00-00, en su condición de Director de Área de Prestación Sanitaria y Económica, y apoderado de dicha entidad en virtud de la escritura de poderes otorgada ante el Notario de Barcelona, D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, en fecha de 22 de enero de 2019, con el número 97/2015 de su protocolo.
Las partes, en las respectivas representaciones en que intervienen, se reconocen mutuamente capacidad suficiente para el otorgamiento del presente ANEXO DE
MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO CORRESPONDIENTE A LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA AMBULATORIA Y FISIOTERAPIA EN EL ÁMBITO TERRITORIAL CASTUERA (BADAJOZ) Y ÁREA DE INFLUENCIA PARA MUTUAL MIDAT CYCLOPS, MCSS Nº 1 con Nº expediente
N202000407, y a tal fin,
MANIFIESTAN
I.- Que en fecha 26/10/2020, ambas partes suscribieron un contrato, cuyo valor estimado (sin IVA, en su caso, IGIC o IPSI) ascendió a la cifra de DOS CUATROCIENTOS CUARENTA (2.440,00)) €, no hallándose sujeto a regulación armonizada.
II.- Que dicho contrato fue adjudicado a (CLÍNICA LA XXXXXX, S.L), como resultado del correspondiente procedimiento de licitación ordinario abierto, cuya tramitación fue iniciada por MC MUTUAL, con número de expediente N202000407, resultando publicado el anuncio de su licitación en el “perfil de contratante” de la Mutua (ubicado en la Plataforma de contratación del Sector Público), el día 22/05/2020 y habiéndose publicado su adjudicación el día 01/10/2020, producto del informe de valoración de fecha 17/07/2020, como así consta en el referido “perfil de contratante”, ascendiendo el importe de su adjudicación a la cantidad de MIL DOSCIENTOS VEINTE (1.220,00) €, más I.V.A. , en su caso, IGIC o IPSI.
III.- Que en las cláusulas 5.2 y 26.1 en relación con el Anexo X xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas Particulares por el que se ha regido la presente licitación se prevé, como modificación contractual, la posible entrada en vigor anticipada de la prórroga del presente contrato cuando se agote el presupuesto asignado para el periodo inicial de vigencia o para cualquiera de las prórrogas previstas en que se encuentre su ejecución
IV.- Que ante el inminente agotamiento del presupuesto previsto para el plazo inicial de vigencia del contrato, ocasionado por incremento de accidentalidad, se ha propuesto al contratista la modificación del contrato por motivo de:
Por incremento de la accidentalidad laboral y/o gravedad de la misma en el ámbito geográfico correspondiente al contrato)
V.- Que el contratista manifiesta su conformidad con la modificación propuesta mediante la suscripción del presente documento, habiéndose constatado la existencia de crédito preciso para atender las obligaciones económicas derivadas de la presente modificación y consiguiente prórroga contractual.
Con tal fin, y de conformidad con lo estipulado en estipulado en el artículo 204 de la LCSP, relativo a las “Modificaciones previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares”, se procede, por acuerdo mutuo de ambas partes, a la modificación del contrato identificado en estos antecedentes, en los términos y bajo las pactos siguientes, con el fin de limitar las variaciones a las estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la ha hecho necesaria:
PACTOS
PRIMERO.- Se modifica el plazo de vigencia inicial del contrato, que se verá acortado, con ocasión de la entrada en vigor, de forma anticipada, de la prórroga contractual que tendrá lugar, en la forma descrita en el pacto segundo siguiente, de conformidad con lo previsto en las cláusulas 5.2 y 26.1 en relación con el Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
La referida modificación no conllevará la ampliación ni de la propia prórroga ni del plazo global de ejecución contractual ni podrá suponer la revisión ni el incremento de los precios unitarios previstos en el contrato ni la contratación de nuevas prestaciones ni el incremento del valor estimado del contrato.
SEGUNDO.- El presente anexo de modificación y prórroga del contrato se suscribe mediante firma electrónica y se entenderá formalizado en la fecha en que, una vez suscrito electrónicamente por el proveedor (o, en su caso, por su representante), se devuelva, también de forma electrónica a la Mutua, en la misma forma y condiciones que en su día fueron establecidas para la formalización del propio contrato objeto de modificación y prórroga.
Con independencia de la fecha de su formalización, el inicio de su ejecución podrá quedar pospuesto a un momento posterior siempre que así se haya hecho constar en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares.
Entrada en vigor:
☒ En una fecha determinada: 1 de Julio 2021
TERCERO.- Se hace constar, de forma expresa, que se han cumplido los trámites precisos para asegurar la existencia de crédito para atender las obligaciones que se deriven del cumplimiento de la prórroga del contrato para el ejercicio 2021-2022 y que la Mutua adquiere el compromiso de cumplir los trámites precisos para poder atender las obligaciones económicas generadas durante el ejercicio 2021-2022, con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias vigentes en cada momento aplicables a las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, y en los demás términos y con las condiciones y límites establecidos en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares.
CUARTO.- CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES LEGALES Y CONTRACTUALES.
La entidad contratista manifiesta que mantiene las condiciones de capacidad, solvencia y habilitación previstas en el Pliego de Condiciones Particulares que rigió la licitación. Y que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo
71.1 artículo de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, ni en ninguno de los
supuestos legales de incompatibilidad, extendiéndose dicha manifestación a las personas contempladas en dicho precepto legal.
Asimismo, declara que tampoco concurre ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en el artículo 91 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre).
El proveedor cumplirá, en todo momento, con la legislación vigente. Especialmente, en materia laboral, fiscal, de prevención de riesgos laborales y cualquier otra que en el presente o en el futuro fuere de aplicación, siendo de su responsabilidad y de sus coordinadores (en caso de tratarse de una empresa) el impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y las directrices a sus trabajadores, ratificando los compromisos asumidos legalmente y recogidos en los propios pliegos por los que se ha regido la presente licitación.
MC MUTUAL podrá requerir también del contratista, en cualquier momento, durante la vigencia del contrato, la aportación de la documentación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como sociales, confirmatorias de tener debidamente contratado y asegurado a todo el personal que se asigne para realizar la prestación y del cumplimiento de las obligaciones relativas a la prevención de riesgos laborales (en caso de existir dicho personal).
La no presentación será causa legítima de resolución contractual, teniendo el carácter de obligación contractual esencial a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 de la LCSP.
QUINTO.- La factura o facturas que se emitan deberá/n incluir obligatoriamente el número de expediente asignado a este contrato y cumplir en todo momento con la normativa de aplicación en cada momento, incluida la prevista en la “Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del sector público” y la fiscal.
A estos efectos, se informa de los códigos identificativos de MC MUTUAL como órgano de tramitación (códigos DIR3):
▪ Órgano Gestor (OG): GE0000526
▪ Oficina contable (OC): GE0000526
▪ Unidad Tramitadora (UT): GE0000526
De conformidad con lo establecido en el apartado 4º del artículo 198 de la LCSP, de aplicación a la Mutua por remisión del artículo 319 de la misma norma, el precio deberá abonarse dentro de los treinta días siguientes a la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados, salvo que se hubiere establecido el pago anticipado. Dicha conformidad deberá tener lugar en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio.
Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio.
SEXTO.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
6.1.- En relación con los participantes en la contratación. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, que regula el derecho de información en la recogida de datos de carácter personal, así como en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos, se informa al proveedor de lo siguiente:
a).- Que los datos personales que se faciliten para la ejecución del presente contrato se incorporarán a un fichero y serán tratados con la finalidad de poder llevar a cabo la tramitación de la propia ejecución contractual, de conformidad con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y en la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, sin los cuales no pueden llevarse a cabo.
Y, en caso de facilitarse datos personales de terceros, el proveedor asume la obligación de cumplir con la normativa vigente en todo momento para su tratamiento y cesión a la Mutua, informándoles de ello y obteniendo el consentimiento de los afectados cuando ello sea preciso de conformidad con la normativa vigente.
b).- Que no se halla prevista la adopción de decisiones automatizadas, perfiles y lógica aplicada a los mismos.
c).- Que el responsable del tratamiento de dichos datos es “MUTUAL MIDAT CYCLOPS, MCSS Nº 1”, Avda. Xxxxx Xxxxxxxxxxx 14-18 (08029- Barcelona), ante el cual se podrán ejercitar los derechos de derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, derecho a la limitación del tratamiento y derecho a la portabilidad, dirigiendo una solicitud escrita y firmada a la dirección postal indicada, o al correo electrónico siguiente: xxxxxxxxx@xx-xxxxxx.xxx (previa acreditación ante la Mutua de su identidad y, en su caso, representación). Pudiendo presentar una reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos competente, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, accediendo a la siguiente página web de dicha Agencia:
xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxxxxxxxxxx- web/vistas/formReclamacionDerechos/reclamacionDerechos.jsf.
d).- Que dichos datos personales podrán ser facilitados a los interesados en el procedimiento de la presente contratación, los órganos jurisdiccionales, el Ministerio Fiscal, el Defensor del Pueblo, el órgano de dirección y tutela de la Mutua, otras autoridades de control, entidades financieras, Hacienda Pública, y otras administraciones públicas para el ejercicio de sus respectivas competencias. En especial, por aplicación de lo dispuesto en la Ley general de la Seguridad Social (aprobada mediante el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre) en relación con las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
Asimismo, se informa de la existencia de Encargados de Tratamiento, cuya legitimidad del tratamiento es la ejecución del contrato del encargo con el que hacer posibles las tareas de contratación por la Mutua, sin que en la actualidad impliquen transferencias a terceros países. Caso de existir en el futuro, se informará a los interesados, además, de las condiciones que afectan a la transferencia, en particular, la existencia o ausencia de una decisión de adecuación de la Comisión respecto del tercer país u organización internacional.
e).- Que el plazo durante el cual se conservarán los datos personales indicados anteriormente serán los establecidos por la normativa vigente en materia de contratación del sector público y el que sea preciso para acreditar el cumplimiento de la misma ante los propios licitadores o ante terceros ajenos a la licitación respecto a los cuales la ley ampare el acceso a dichos datos.
f).- Que en la página web de la Mutua puede consultarse información sobre la política de privacidad adoptada y en la que se irá detallando cualquier información complementaria en materia de Protección de Datos:
6.2.- Delegado de protección de datos. MC MUTUAL, en su condición xx Xxxxx Colaboradora con la Seguridad Social y, en especial, en atención a la actividad de colaboración en la gestión de la Seguridad Social que desempeña, ha designado un “delegado de protección de datos” sometido al régimen establecido en el Capítulo III del Título V de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en la Sección 4 del Capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679 y demás normativa conexa en dicha materia y cuya identidad ha sido comunicada a la Agencia Española de Protección de Datos, pudiendo comunicarse con quien ostente dicha condición mediante la dirección postal y de correo electrónico que se detallan a continuación:
Dirección postal: Xx./Xxxxx Xxxxxxxxxxx 00-00 (00000-Xxxxxxxxx).
Dirección electrónica: xxxxxxxxx@xx-xxxxxx.xxx
6.3.- En relación con terceros. De conformidad con la normativa vigente en materia de Contratos del Sector Público, los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016.
En el caso que la presente contratación implique el acceso del proveedor a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la Mutua como entidad contratante, aquel tendrá la consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a esos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en relación con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016.
En todo caso, las previsiones de dichos preceptos normativos deberán constar por escrito (o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido), debiendo hallarse suscrito, con anterioridad o simultáneamente a la del presnte escrito, el correspondiente “contrato de encargado del tratamiento”, en el que se determinen las obligaciones de las partes ante la prestación del servicio de encargo que se acuerda de conformidad con lo previsto en dicha Ley y, en su caso, en la normativa que en el futuro la sustituya y/o la que la desarrolle, y que respetará, en todo caso, el contenido y principios relativos al tratamiento, comprendidos en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016.
En todo caso, la adhesión del encargado del tratamiento a un código de conducta o a un mecanismo de certificación de los aprobados, respectivamente, en los artículos 40 y 42 del Reglamento (UE) 2016/679, podrán servir de elementos para demostrar la existencia de las garantías suficientes a que se refieren los apartados 1 y 4 del artículo 28 de dicho Reglamento.
Los encargados del tratamiento, con anterioridad al proceso de recogida de los datos de carácter personal que pudieran ser necesarios para la ejecución del contrato, estarán obligados a informar a los interesados sobre la realización del tratamiento de sus datos personales en los términos señalados en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 y a recabar de los mismos las autorizaciones y consentimientos necesarios para dicho tratamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y 9.2 del Reglamento (UE) 2016/679, facilitando al afectado la información básica legalmente exigible e indicándole una dirección electrónica u otro medio que permita acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información.
6.4.- Confidencialidad con respecto a la Mutua. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el proveedor deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de veinte años desde el conocimiento de esa información.
6.5.- Declaración responsable sobre la subcontratación de los servidores o los servicios asociados a los mismos.-
La contratista ratifica el contenido de su “DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVIDORES O LOS SERVICIOS ASOCIADOS A LOS
MISMOS” al formalizarse el contrato en relación con el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 122.2. de la ley 9/2017, de contratos del sector público. En especial, manifiesta mantener sus previsiones de subcontratar y la ubicación de los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos señalados en la misma.
Asimismo, convalida su compromiso de comunicar cualquier cambio que se produzca en la información facilitada en la referida declaración a lo largo de la vida del presente contrato.
SÉPTIMO.- Se mantiene la validez y vigencia de los demás acuerdos previstos en el contrato objeto de la presente modificación y prórroga, del cual el presente escrito es Anexo y del cual forma parte inseparable, siempre que no se hallen en contradicción con las cláusulas establecidas en este documento.
Conformes ambas partes con lo estipulado, firman el presente anexo de modificación y prórroga del contrato.
Firmado por 79305339M XXXXXX XXXXXXXX (R: B06292155) el día
(Docume2n3to/s0u6s/cr2it0o 2el1ectcróonnicamunentec)ertificado emitido por AC Representación