ÍNDICE
CIRCUITO DEL MOTOR Y PROMOCIÓN DEPORTIVA, S.A. (CMPDSA)
PLIEGO DE CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN
”PRESTACION DE SERVICIO DE SEGURIDAD”
ÍNDICE
I. CONDICIONES GENERALES
1. FINALIDAD DEL PRESENTE PLEIGO
2. PUBLICIDAD DE LA LICITACION
3. OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO
4. RÉGIMEN JURIDICO
5. ORGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACION
6. PRESUPUESTO BASE DE LICITACION, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRECIO Y FORMA DE PAGO
7. DURACION DEL CONTRATO
II. REQUISITOS DEL LICITADOR
8. APTITUD PARA CONTRATAR
9. ACREDITACION CAPACIDAD DE OBRAR
10. COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS III. ADJUDICACION DEL CONTRATO
11. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
12. PRESENTACION DE PROPOSICIONES
13. CRITERIOS DE ADJUDICACION
14. PROPOSICIONES TEMERARIAS O DESPROPORCIONADAS
15. APERTURA DE PROPOSICIONES
16. GARANTA DEFINITIVA
17. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO IV. EJECUCION DEL CONTRATO
18. EJECUCION DEL CONTRATO
19. MODIFICACIÓN, CESION, SUBCONTRATACION Y RESOLUCION DEL CONTRATO
20. DEVOLUCION DE LA GARANTIA DEFINITIVA
21. JURISDICCION
ANEXO I. MODELO DECLARACION RESPONSABLE XXXXX XX. MODELO PROPOSICION ECONÓMICA
I. DISPOSICIONES GENERALES
1. FINALIDAD DEL PRESENTE PLIEGO
“CIRCUITO DEL MOTOR Y PROMOCIÓN DEPORTIVA, S.A.” (en lo sucesivo, “CMPD”) es una
empresa de la Generalitat Valenciana, con forma de sociedad anónima, personalidad jurídica propia y capacidad de obrar.
En este sentido, la especialización, experiencia y disponibilidad de medios que se requieren para la oferta del presente servicio hacen necesaria la contratación de una empresa especializada que pueda dar respuesta de la forma más eficaz a las necesidades de CMPD.
2. PUBLICIDAD DE LA LICITACION
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico (en adelante TRLCSP) cualquier interesado podrá tener acceso al perfil del contratante de esta mercantil en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx .
El anuncio de licitación se publicará en el perfil del contratante de CMPD de la citada página Web. El pliego de condiciones particulares, y el de prescripciones técnicas, serán accesibles a través del mismo.
3. OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN
Sin perjuicio del desarrollo del régimen de contraprestaciones contenido en el presente Pliego, el Contrato en licitación tiene por objeto la prestación de servicios de seguridad, diaria, en eventos, carreras y entrenamientos que organice y desarrolle CMPD, en los términos y condiciones que se expresan en el presente Pliego y en el Pliego de condiciones técnicas.
4. REGIMEN JURIDICO
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza privada, y en cuanto a su ejecución se regirá, además de por la legislación mercantil y civil, por el presente Pliego de condiciones, por el de prescripciones técnicas, por el contrato y por la oferta del adjudicatario en tanto en cuanto no contradiga las condiciones establecidas.
Respecto a su preparación y adjudicación, el contrato se regirá por lo dispuesto en el RD 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), el Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y por las instrucciones internas de contratación aprobadas por el Consejo de Administración de la Entidad en fecha 25 xx xxxxx de 2013.
La legislación específica es la siguiente:
• Ley 5/2014 de 4 xx xxxxx de Seguridad Privada.
• Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, y sus modificaciones, en lo que no contradiga a la anterior Ley.
El objeto del presente contrato se encuentra comprendido en las Categoría 23: “Servicios de investigación y seguridad, excepto los servicios de furgones blindados” y 27 “Otros Servicios”, del Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
El contrato corresponde a la codificación correspondiente a la Nomenclatura del Vocabulario Común de los Contratos:
Código CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 27/11/2007, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se aprueba el vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV)
79714000-2 “Servicios de vigilancia” 79710000-4 “Servicios de Seguridad”
De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el TRLCSP, no se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada. En base a ello y a la valoración estimada del contrato su preparación y adjudicación se realizará como procedimiento abierto ordinario mediante varios criterios de adjudicación.
El presente Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y sus anexos, el Pliego de Prescripciones Técnicas y Anexos revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente pliego, cuyas Condiciones se considerarán parte integrante del contrato. Asimismo, durante la ejecución del presente contrato, el contratista quedará sometido a cuantas disposiciones sobre protección y condiciones de trabajo resulten de aplicación durante el período de duración del presente contrato y, en especial, el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y demás disposiciones aplicables.
5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN
A los efectos de la presente licitación, el Órgano de Contratación es el Consejo de Administración de CMPD, quien podrá delegar dicha competencia de forma específica.
La valoración de las ofertas y la propuesta de adjudicación corresponderá, según lo establecido en la Regla 35 4. de las instrucciones, a la Mesa de contratación, de conformidad con los criterios de adjudicación previstos en el presente Pliego.
Tanto el órgano como la mesa de contratación podrán recabar el asesoramiento técnico que estimen oportuno, en cuyo caso los informes emitidos se incorporarán al expediente.
6. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRECIO Y FORMA DE PAGO
6.1. Presupuesto base de licitación
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 87 y 88 del TRLCSP el presupuesto base de licitación del contrato es de 381.879 euros, IVA excluido.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte.
Para el cálculo del presupuesto base de licitación se han tenido en cuenta las previsiones que constan en el Pliego de Condiciones Técnicas relativas al número de personas y al número de horas diarias de prestación del servicio. Además, se han considerado los siguientes importes:
• Precio mes/ Director de Seguridad: 4.046 €. /mes más I.V.A.
• Precio hora / Vigilante de seguridad sin arma (VSSA) categoría Jefe de Equipo: 15.35 €. / hora más I.V.A. (Seguridad Base)
• Precio hora / Vigilante de seguridad sin arma (VSSA) en Eventos: 14,31 €. / hora más
I.V.A. (Seguridad Puntual)
Cada licitador deberá elaborar una propuesta económica del proyecto desglosada con detalle según la aproximación de necesidades que, al efecto, se recoge en el PLIEGO DE CONDICIONES de forma que quede concreta y definida su oferta económica y haciendo constar:
- Xxxxxx xxx / Director de Seguridad
- Precio hora/vigilante de seguridad sin arma (VSSA), categoría Jefe de Equipo (Seguridad Base)
- Precio hora/vigilante de seguridad sin arma (VSSA) en Eventos. (Seguridad Puntual)
En este presupuesto se entienden incluidos cualesquiera otros tributos o gastos necesarios para el desarrollo del servicio de conformidad con lo establecido en la legislación vigente así como en el convenio colectivo aplicable al sector.
La empresa adjudicataria deberá hacerse cargo de las necesidades de formación, agua, alimentos y protección laboral de sus empleados de la manera que más le interese, así como de la uniformidad de sus empleados legalmente establecidas.
6.2. Valor estimado del contrato
Así pues, el valor estimado del contrato asciende a la cantidad de 381.879 Euros, IVA excluido
6.3. Precio y forma de pago
El precio del contrato será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá exceder del presupuesto base de licitación que se establece a continuación, y que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente.
El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de conformidad con el servicio efectivamente prestado a CMPD.
En cuanto a la forma del pago CMPD abonará el precio al adjudicatario dentro de los sesenta días siguientes a la presentación de la correspondiente factura por éste último, en los quince primeros días de cada mes, y en relación a los servicios que efectivamente se hayan prestado en el mes anterior. El adjudicatario adjuntará a la factura justificantes de las personas y horas utilizadas en el mes anterior.
7. DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente Contrato abarcará un año natural, tomando como fecha de inicio la de la firma del contrato.
Se establece un periodo de prueba de tres (3) meses durante el cual CMPD podrá rescindir unilateralmente el Contrato.
No obstante, si llegado su vencimiento aún no hubiera entrado en vigor el contrato de la nueva adjudicación, la empresa contratista viene obligada a continuar con la prestación del servicio en las mismas condiciones hasta que se produzca la entrada en vigor.
El adjudicatario dispondrá de todos los medios (tanto técnicos como humanos) para permitir la operatividad del servicio en la fecha de entrada en vigor del contrato.
II. REQUISITOS DE LOS LICITADORES
8. APTITUD PARA CONTRATAR
La capacidad de los interesados se acreditará de conformidad con lo establecido en el articulo 60 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera, y técnica o profesional y se encuentren debidamente clasificadas.
Las empresas deberán acreditar que se su actividad tiene relación directa con el objeto del contrato según resulte de los respectivo Estatutos o reglas fundacionales y disponer, en su caso, de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Podrán asimismo presentar sus proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 del TRLCSP.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea se acreditará mediante la inscripción en Registro o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RRGLCAP, en función de los contratos.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán actuar conforme a lo previsto en el artículo 55 del TRLSCP.
De conformidad con el artículo 56 del TRLCSP, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada de las Condiciones de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Para celebrar contratos con el sector público los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica.
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar este contrato el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
Todo ello sin perjuicio del cumplimiento estricto de la empresa adjudicataria de sus obligaciones en materia laboral, tanto de carácter legal como convencional a la que esté sometida aquella, fiscal, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por la empresa adjudicataria o la infracción sobre seguridad por el personal designado por aquella no determinará responsabilidad para CMPD.
El incumplimiento de la normativa laboral en los términos que han quedado indicados se considerará incumplimiento del contrato.
9. ACREDITACION DE LA CAPACIDAD DE OBRAR
La inscripción de las empresas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y la clasificación, en concreto los licitadores debe estar debidamente clasificado, con el alcance de Grupo M, Subgrupo 2.
La prueba del contenido del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se efectuará mediante certificación del órgano encargado del mismo, que podrá expedirse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en xxxx xxxxxx xxxxxxxxxxx.
00. COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES
Además de acreditar su solvencia, mediante la documentación y clasificación que se solicita, los licitadores deberán comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales relacionados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que deben ser suficientes para ello.
Estos compromisos se integrarán en el contrato con el carácter de obligaciones esenciales a los efectos de la resolución del contrato o la imposición de penalidades.
III ADJUDICACION DEL CONTRATO
11.PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto de conformidad con lo establecido en el artículo 157 del TRLCSP y conforme a los criterios de adjudicación especificados en el presente Xxxxxx, estando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
12.PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. Las proposiciones, junto con los documentos correspondientes, deberán ser entregados en el edificio administrativo del Circuit de la Comunitat Valenciana Xxxxxxx Xxxxx, sito en Cheste (Valencia) dentro del plazo previsto en el anuncio de licitación. Al presentador de los sobres se le entregará, como acreditación, recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación.
Tal y como dispone el artículo 80.4 del RGLCAP, cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante télex, fax (96.252.52.24) o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de dichos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta en ningún caso será admitida.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de condiciones administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicional por el licitador del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, del resto de documentos contractuales y la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
El plazo en el que queda obligado el contratista, por la oferta que presente, se fija en tres meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación.
Para poder concurrir al acto de licitación que se convoca, no se requiere la constitución de garantía provisional alguna.
Como establece el artículo 80 del RGLCAP, la documentación para la licitación se presentará en tres (3) sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, denominados A, B y C, y en cada uno de ellos se hará constar la denominación del contrato al que se licita, el nombre del licitador con su correspondiente NIF o CIF o persona que lo represente.
El contenido de los sobres será el siguiente:
✓ SOBRE A: Denominado “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”, expresará la inscripción de "Prestación de Servicios de Seguridad para CMPD" y contendrá la siguiente documentación que en todo caso deberán ser necesariamente DOCUMENTOS ORIGINALES O COPIAS BASTANTEADAS POR XXXXXXXXX PUBLICO:
• Índice con la relación de los documentos incluidos en este sobre.
• La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. En el supuesto de concurrir un empresario individual, acompañará el D.N.I., y en su caso, la escritura de apoderamiento.
• En cuanto a las empresas no españolas que pertenezcan a Estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezca reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
• Los demás empresarios extranjeros no pertenecientes a Estados de la Unión Europea, deberán justificar mediante informe, en la forma recogida en el artículo 55 del TRLCSP, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. La acreditación de su capacidad de obrar se instrumentará a través de informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
• Poder suficiente para la contratación que se licita, a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
• Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con el Ayuntamiento y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes así como la expresa autorización a CMPD para la comprobación de sus datos en las diferentes Administraciones, de conformidad con lo dispuesto en el ANEXO I.
• Clasificación de la empresa. Cuando la acreditación de las circunstancias mencionadas en las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 146 del TRLCSP se realice mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas prevista en el apartado 2 del artículo 83, o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el artículo 84, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato, sin perjuicio de que se pueda, si así se estima conveniente, efectuar una consulta al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.
• Justificante de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe objeto de este contrato y último recibo abonado.
• Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, financiera, que deberá justificarse mediante:
- La Cuentas Anuales presentadas en el Registro Mercantil de los tres últimos ejercicios.
- Declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato referido a los tres últimos ejercicios.
- Análisis de Ratio de Solvencia.
• Disponibilidad de seguro.
Se solicitará declaración responsable de la empresa licitadora a contratar con una compañía aseguradora legalmente establecida en España una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de su actividad, en la cuantía suficiente. En el supuesto de concurrencia en UTE, los condicionantes anteriores vendrán referidos al conjunto de las concurrentes a la UTE.
• Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional.
En este caso, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, deberá contarse con:
a) Autorización administrativa a que hace referencia el artículo 18 de la Ley 5/2014, de 4 xx xxxxx, de Seguridad Privada.
b) Certificación del Registro Nacional de Seguridad Privada referente a la empresa.
c) Número de registro y ámbito de actuación.
• Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
• Documento en el que conste nº de fax y dirección de correo electrónico, a efectos de notificaciones del presente procedimiento.
• Las empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad, en situación de exclusión social o aquellos licitadores que pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tienen en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la disposición referida anteriormente. En todo caso, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, se podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
• Garantía Provisional: No se requiere la constitución de garantía provisional alguna para concurrir a la presente licitación.
✓ SOBRE B: Denominado “PROPOSICIÓN TÉCNICA” expresará la inscripción de "Prestación de Servicios de seguridad para CMPD" y contendrá la propuesta técnica.
De acuerdo con el artículo 26 del real decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, comprenderá toda la documentación y declaraciones del licitador necesarias para poder valorar los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor.
Comprenderá toda la documentación que sea de relevancia para valorar los aspectos técnicos de cada oferta que exija la realización del servicio, con arreglo a lo establecido en el presente Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y, en especial, en el de Prescripciones Técnicas. Los interesados presentarán la documentación que estimen adecuada a fin de acreditar su capacidad y cualificación técnica (más allá de su solvencia técnica) para llevar a cabo la ejecución del trabajo, que constara de:
- Una relación certificada de los principales servicios o trabajos realizados en los tres años que incluya importe, y destinatario.
- Indicación del personal técnico o unidades técnicas participantes en el objeto del contrato.
- Descripción de las instalaciones técnicas y de los medios empleados para garantizar la calidad del servicio.
- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y su personal directivo durante los tres últimos años.
- Declaración del material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución del trabajo.
- Indicación de la parte del contrato, si fuera el caso, que el licitador tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
Todos y cada uno de los documentos contenidos en este sobre 2 tendrán que estar debidamente firmados por el licitador o persona que lo represente. Ante la omisión de cualquiera de los documentos exigidos o su firma CMPD valorará la oferta con la información existente, con la consiguiente minusvaloración o anulación de la misma si la omisión no permite garantizar el cumplimiento de las especificaciones técnicas.
✓ SOBRE C: Denominado “PROPOSICIÓN ECONÓMICA” expresará la inscripción de "Servicio de seguridad para CMPD " y contendrá la proposición económica, debidamente firmada y fechada, deberá ajustarse al modelo que figura como anexo II que será publicado en el perfil del contratante En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En la oferta económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
Cada licitador solamente podrá presentar una oferta económica.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá ésta última.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para la oferta.
Las ofertas que excedan del precio de licitación formulado por CMPD serán rechazadas.
13.CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para valorar las proposiciones y determinar la oferta económicamente más ventajosa, deberá atenderse a los siguientes criterios, directamente vinculados al objeto del contrato, y se incluirán en el “Sobre C”.
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN | PUNTUACION |
Mejor oferta económica | 80 |
Mejoras sobre mínimos exigidos | 20 |
Se valorarán exclusivamente los siguientes aspectos, otorgándose la mayor puntuación a los que mejor satisfagan las necesidades a cubrir mediante el objeto del presente contrato:
13.1. Oferta Económica (máximo 80 puntos):
Para calcular el importe de los 381.879 Euros del presupuesto base de licitación se han considerado el número horas de prestación de servicio, tomando en consideración estos valores:
- Xxxxxx xxx / Director de Seguridad: 4.046 €. /mes más I.V.A.
- Xxxxxx xxxx / Vigilante de seguridad sin arma (VSSA categoría jefe de equipo):
15.35 €. / Hora más I.V.A. (Seguridad Base)
- Precio hora /Vigilante de seguridad sin arma (VSSA) en Eventos: 14,31 €. / Hora más I.V.A. (Seguridad puntual)
Para obtener las puntuaciones económicas, de las ofertas se procederá de la forma indicada en los apartados siguientes.
13.1.1. Precio mes Director de seguridad, (máximo 10 puntos)
A la oferta más económica se le asignarán (10) puntos y a las ofertas restantes se les asignará la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión:
7 x baja de la oferta
Puntuación de cada oferta =
+ 3
Baja de la oferta más económica
13.1.2. Precio hora Vigilante de seguridad categoría jefe de equipo, Seguridad Base (máximo 56 puntos)
A la oferta más económica se le asignarán (56) puntos y a las ofertas restantes se les asignará la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión:
Puntuación de cada oferta =
46 x baja de la oferta
Baja de la oferta más económica
+ 10
13.1.3. Precio hora Vigilante de seguridad, en Eventos, servicio puntual (máximo 14 puntos)
A la oferta más económica se le asignaran (14) puntos y las ofertas restantes se les asignará la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión:
10 x baja de la oferta
Puntuación de cada oferta =
+ 4
Baja de la oferta más económica
Se entiende por baja de una oferta, la diferencia entre el presupuesto base de licitación, IVA EXCLUIDO, y el presupuesto de la oferta correspondiente, IVA EXCLUIDO, en tanto por ciento. Se considerará oferta más económica, la oferta más baja de las admitidas, no incursa en anormalidad, según apartado 7 de este pliego.
13.2. Mejoras sobre mínimos exigidos (máximo 20 puntos)
13.2.1. Propuesta Mínima de Mejora de los solicitantes:
Estas eventuales mejoras, que no representarán incremento en el precio, se presentarán en forma de Plan de Mejoras.
La exposición de éstas u otras mejoras se realizará describiéndolas de manera inequívoca, definiendo el alcance de la mejora, y cuantificando su xxxxx xx xxxxxxx. No se tomará en consideración las ofertas que no reúnan estos requisitos.
Estas mejoras se valorarán positivamente de acuerdo con los criterios de puntuación de adjudicación establecidos.
En concreto se valorará la aportación de una bolsa de horas para VSSA para seguridad puntual en eventos, debiendo cuantificar el número de horas.
A la oferta más alta, se le asignarán (15) puntos y a las ofertas restantes se les asignará la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión, en base 100.
P.oferta-P.min
--------------------x5
P.max-P.min
Esta mejora comenzará aplicarse a las primeras horas que CMPD solicite para la Seguridad puntual en eventos.
La aportación de un desfibrilador se valorará con (5) puntos.
La exposición de éstas u otras mejoras se realizará describiéndolas de manera inequívoca, definiendo el alcance de la mejora.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimocuarta del TRLCSP.
14. PROPOSICIONES TEMERARIAS O DESPROPORCIONADAS
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
Se podrán desechar por este motivo las ofertas presentadas por los licitadores siempre que previa audiencia del licitador que hubiera incurrido en baja temeraria no quede justificada la valoración de la oferta por éste realizada.
15. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
En primer lugar, Mesa de Contratación se constituirá a los efectos de calificación de la documentación incluida en los sobres "A" de documentación administrativa. En caso de recibirse alguna proposición por correo, el acto de apertura tendrá lugar, en todo caso, una vez transcurridos como máximo diez días naturales desde la fecha de terminación del plazo de presentación de proposiciones
A tal efecto, se levantará el Acta correspondiente con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de la inadmisión de éstas últimas.
Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días hábiles para que el licitador lo subsane. A los referidos efectos se enviará la oportuna comunicación vía fax, o correo electrónico a las direcciones facilitadas por los licitadores en el documento señalado en este Pliego. Se dejará constancia en el Acta que necesariamente deberá extenderse.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Una vez admitidos los licitadores conforme a lo establecido en los párrafos anteriores, y, en caso de que se le concediera a los licitadores un plazo de subsanación de documentos administrativos, la Mesa fijará día y hora para el acto no público de apertura del Sobre B, de los licitadores admitidos.
En la apertura del Sobre B, se detallará la relación de los documentos aportados en el Acta y a continuación, la Mesa si así lo estimase procedente, solicitará los informes oportunos sobre los aspectos técnicos de la oferta de cada uno de los licitadores.
Una vez valorados los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, la Mesa convocará a los licitadores cuya documentación haya sido informada favorablemente a un acto público, para la apertura del Sobre C de aquellas empresas que continúen en el proceso de adjudicación.
En dicho acto, se dará lectura a la oferta económica. Asimismo, la mesa podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor valoración y comprensión de las mismas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 151.2. del TRLCSP, una vez analizadas todas las propuestas, se requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que en el plazo xxxxxx xx XXXX DIAS presente la documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme a los dispuesto en el artículo 64.2 del TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al siguiente licitador por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
En el plazo máximo de CINCO DIAS siguientes a la recepción de la documentación, se adjudicará el contrato. Dicha adjudicación se acordará en resolución motivada y se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante.
16. GARANTIA DEFINITIVA
El adjudicatario deberá prestar garantía definitiva equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido IVA, para asegurar la correcta ejecución de la prestación y las demás responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP.
Dicha garantía podrá presentarse en efectivo (que deberá depositarse en cualquiera de las cuentas que CMPD es titular), en forma de aval de entidad financiera o de crédito, o mediante contrato de seguro de caución con Entidad autorizada para operar en el ramo.
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 TRLCSP y su devolución y cancelación se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el art. 102 del mismo texto legal.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato hasta que se declare judicialmente la resolución del mismo sin culpa del adjudicatario.
17. FORMALIZACION DEL CONTRATO
El contrato deberá formalizarse en documento que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación.
Dicha formalización, deberá efectuarse no más tardes de los QUINCE DIAS hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el articulo 151.4.
IV. EJECUCION DEL CONTRATO
18. EJECUCION DEL CONTRATO
El presente Contrato se desarrollará a riesgo y xxxxxxx del Adjudicatario.
A efectos aclaratorios, se destacan los siguientes costes, que serán asumidos por el Adjudicatario:
a) Todos los gastos del personal derivados de la prestación del servicio.
b) Todos los medios técnicos necesarios para el desarrollo de la prestación del servicio.
c) El coste total del seguro de responsabilidad civil a que hace referencia el presente Xxxxxx. En el supuesto de una alteración imprevista e imprevisible y sobrevenida de las circunstancias determinantes del contrato, que suponga una desproporción ostensible en el equilibrio de sus prestaciones, tal como fue estructurado el contrato con su adjudicación y firma, CMPD podrá pactar con el contratista la revisión del precio del contrato, siempre que ello no afecte a su objeto, a su plazo y a las condiciones esenciales de la prestación. Esta revisión del precio podrá hacerse tanto al alza como a la baja.
18.1. Derechos del Adjudicatario
Constituyen derechos del Contratista los siguientes, además de los comprendidos en el resto del presente documento y demás disposiciones que resulten de aplicación:
1. El adjudicatario tendrá derecho a la prestación del servicio en los términos derivados del presente Pliego, de su Oferta y en los términos que se plasmen en el Documento de Formalización.
2. El contratista tendrá derecho a la facturación y cobro de los servicios prestados permitiendo el adecuado control de los importes facturados por la prestación del servicio por parte de CMPD.
3. Recabar de CMPD la colaboración necesaria durante la duración del contrato.
4. Utilizar para la debida realización de los servicios las instalaciones puestas a su disposición por CMPD y/o a conocer y ser oído.
5. En caso de demora en el pago por parte de CMPD a los intereses que correspondan, por aplicación de lo previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
6. La contraprestación económica del contrato se efectuará, de conformidad con lo que se establezca en el mismo.
18.2. Obligaciones del Adjudicatario
Constituyen obligaciones del Contratista las siguientes, además de las comprendidas en el resto del presente documento y demás disposiciones que resulten de aplicación:
A) Obligaciones de carácter general
1. Asumir todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Pliego de condiciones administrativas y en el de Condiciones técnicas, así como observar en todo momento las directrices e instrucciones que establezca CMPD en relación con la prestación del servicio.
2. La empresa adjudicataria deberá estar, de forma habitual, en condiciones de cumplimentar posibles órdenes excepcionales emanadas de la Dirección de CMPD.
3. Cuidar el buen orden del servicio, sin perjuicio de las correspondientes directrices que en cualquier caso pueda indicar CMPD.
4. Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio.
5. En su caso, contratar los seguros de responsabilidad civil de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx.
6. Ejecutar la prestación de los servicios contratados con la continuidad convenida. A tal fin, con independencia de cualquier discrepancia que pueda surgir o de supuestos incumplimientos por parte de CMPD, el contratista deberá seguir cumpliendo todas sus obligaciones en todo caso, hasta que cese la discrepancia o CMPD pueda hacerse cargo de la prestación de los servicios de que se trate. En este sentido, cuando a juicio del contratista surja alguna discrepancia o el contratista advierta un incumplimiento por parte de CMPD, comunicará tal circunstancia por escrito inmediatamente a CMPDSA para procurar que la misma sea resuelta por común acuerdo entre las partes.
7. El contratista se comprometerá a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, teniendo esta obligación carácter esencial a los efectos especificados en el presente Pliego.
8. El órgano de contratación podrá designar a un responsable del contrato con la función de supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta ejecución de la prestación que constituye su objeto, de acuerdo con las facultades que le otorgue el órgano de contratación.
9. Durante la ejecución y prestación del contrato y de los trabajos y/o actividades complementarios necesarios para la realización del mismo, el contratista será responsable de todos los daños y perjuicios, directos e indirectos, que se puedan ocasionar a cualquier persona o propiedad, como consecuencia de actos, omisiones o negligencia del personal a su cargo, de una deficiente organización del trabajo y/o de defectos en el material suministrado.
10. Los servicios a contratar se llevarán a cabo por el adjudicatario con arreglo a lo previsto en este Pliego de Condiciones de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente que regula estas materias, entre otras por:
- Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada.
- Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, y sus modificaciones posteriores.
-Convenio estatal de empresas de seguridad (Resolución de 11 xx xxxxx de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad.)
- Órdenes de desarrollo del Ministerio del Interior y demás disposiciones reguladoras de la actividad de Seguridad Privada.
Obtener las licencias, visados, tasas, certificados, permisos oficiales, homologaciones o cualesquiera otros documentos de similar naturaleza, que sean necesarios o convenientes para la realización del servicio, sin que suponga coste adicional alguno para el CMPD.
11. El personal de seguridad de la empresa adjudicataria que actúe con las funciones que le son propias, deberá estar en todo momento sujeto a las normas de conducta, decoro, comportamiento e imagen propias del servicio que presta en unas instalaciones emblemáticas, con un alto nivel de representación en el mundo del motor internacional, independientemente de las normas que a este respecto deba cumplir por su pertenencia a una empresa de seguridad.
A día vencido, se extenderán Partes de Servicio, por turno y puesto, en el que se reflejarán todas las novedades habidas en el servicio, el personal y demás medios materiales empleados en el día anterior y que se entregará a la persona responsable que designe la Dirección de C.M.P.D., S.A. Asimismo, existirá un Libro Registro de Incidencias en el que, día a día, se anotarán las novedades habidas o la ausencia de ellas, el cual estará a disposición de la Dirección del C.M.P.D., S.A. Siempre que exista un incidente digno de resaltar, además de su anotación en el Libro de Incidencias, deberá ser comunicado inmediatamente al responsable designado por CMPD.
La empresa adjudicataria del Servicio de Seguridad será responsable de vigilar los accesos al edificio, siguiendo las directrices que para este cometido se le indiquen.
Fuera de los horarios establecidos como habituales, será responsable de la vigilancia del cierre de todas las puertas, ventanas y cualquier otro posible acceso al interior de los mismos. Vigilará el funcionamiento de las instalaciones del Centro fuera de su horario habitual siendo responsable de minimizar el consumo energético de aquellas instalaciones que por error o descuido hayan quedado en uso sin ser necesarias, tales como iluminación, sistemas de aire acondicionado o calefacción y el aviso en caso de alarma de dichos equipos.
Vigilará el respeto por todas las, infraestructuras interiores, exteriores, edificios y mobiliario, coordinándose con el resto de servicios para lo que fuera necesario.
Cada vez que se realice un ejercicio o simulacro de práctica de evacuación, la empresa no girará cantidad alguna por las horas empleadas en el ejercicio por los vigilantes.
B) Obligaciones de carácter laboral
La empresa seleccionada se obligará al cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de las disposiciones vigentes sobre relaciones laborales, Convenio Colectivo, Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo y cualesquiera otras disposiciones aplicables. En concreto estará sujeta al Convenio estatal de empresas de seguridad (Resolución de 11 xx xxxxx de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad.)
1. La empresa seleccionada será responsable de cualquier incumplimiento de la mencionada normativa y de cualquier obligación que pudiera derivarse de las relaciones laborales o de otra índole que mantenga con su personal fijo o temporal, cuyos servicios requiriese para el desarrollo de las actividades objeto del Contrato.
2. El adjudicatario será responsable del pago de toda clase de salarios, remuneraciones, seguros, así como de las reclamaciones e indemnizaciones que se le soliciten ante la jurisdicción laboral, sin que en ningún caso pueda entenderse o presumirse la existencia de relación alguna entre dicho personal fijo o temporal y CMPD.
3. Prestará la atención necesaria a su personal en el caso de que sufrieran algún accidente durante su trabajo. La posible asistencia médica a que se hace referencia, no exonerará en ningún caso a la empresa adjudicataria de sus obligaciones laborales.
4. El adjudicatario dotará a su personal de todas las medidas de seguridad necesarias, obligándose a cumplir toda la legislación vigente en materia de salud laboral.
5. El adjudicatario deberá contar con todos los medios humanos adecuados para una eficaz prestación del servicio, viniendo obligado a afiliar a todo el personal a sus órdenes si lo hubiese, a la Seguridad Social, en la forma prevista por las Leyes y demás disposiciones en vigor.
6. Sin perjuicio de las demás obligaciones de índole laboral que deba cumplir el contratista, éste deberá estar al corriente de pago de las cuotas de la seguridad social. Al objeto de lo dispuesto en el artículo 42 del Estatuto de los trabajadores, CMPD quedará autorizada EXPRESAMENTE a comprobar que el contratista está al corriente en el pago de las cuotas de la seguridad social, recabando por escrito certificación negativa de descubiertos a la Tesorería General de la Seguridad Social. Asimismo, el contratista tendrá a disposición de CMPDSA los justificantes de pago a la Seguridad Social de todo el personal que trabaje en la ejecución de este contrato.
7. Igualmente viene obligado el adjudicatario a formalizar por escrito los contratos de trabajo con todos y cada uno de los trabajadores si los hubiera que hayan de ocuparse en la prestación de los servicios objeto de este contrato, con arreglo a lo dispuesto en la vigente legislación laboral.
8. Todo el personal que la empresa adjudicataria emplee en la prestación de los servicios que se contraten caso de que existan, deberá percibir como mínimo los haberes y jornales fijados en las disposiciones y convenios laborales que le sean de aplicación obligatoria, estando la empresa adjudicataria en todo momento, respecto al mismo, al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social y de Accidentes de Trabajo.
9. De igual forma, la empresa adjudicataria viene obligada a cumplir con respecto a sus empleados si los hubiera con lo marcado en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
10. Asimismo, el personal que aporte en su caso el adjudicatario para la realización de los servicios objeto del presente contrato no generará ningún tipo de derecho frente a CMPD.
11. Será el adjudicatario el que poseerá y mantendrá los derechos y obligaciones frente a su personal inherentes a su calidad de empresario, de acuerdo con lo previsto por la vigente legislación laboral, sin que en ningún caso CMPD resulte responsable de las decisiones que se deriven en la relación entre el contratista y su personal, aun cuando los despidos que el adjudicatario adoptase, fuesen como consecuencia de incumplimientos en la ejecución de este contrato.
12. El adjudicatario queda obligado a cubrir las ausencias del personal habitual como consecuencia de enfermedad, vacaciones o cualquier otra situación que pudiera surgir, quedando obligado a notificarlo al responsable de CMPD. De igual forma, la empresa adjudicataria viene obligada a cumplir con respecto a sus empleados con lo marcado en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
13. Durante los días previos al Campeonato del Mundo de Moto G.P. todo el personal, tendrá la obligación de efectuar una formación previa de 5 horas sin coste, para circuito, respecto a los cometidos a realizar en su puesto de trabajo.
14. La empresa adjudicataria dotara al personal objeto del presente pliego, de petos reflectantes, trajes de agua y vestuario de invierno para los vigilantes que realicen su trabajo en el exterior.
15. El adjudicatario se compromete a facilitar a la Dirección del CMPD antes de iniciar la prestación de servicio la relación nominal de personas que van a prestar sus servicios con carácter permanente.
16. El personal aportado poseerá la suficiente formación para llevar a cabo el servicio encomendado.
17. Dada la necesidad de que el personal de vigilancia conozca las instalaciones del CMPD y al personal de cada Departamento, para cumplir con diligencia su cometido, la empresa adjudicataria asignará a los Vigilantes con carácter fijo y no podrá sustituirlos, salvo causa justificada y siempre con la autorización previa de la Dirección del CMPD.
18. Aquellas sustituciones del personal asignado al CMPD que se produjeran por cualquier causa, obligarán a la empresa adjudicataria a un período de formación del nuevo personal sobre los distintos aspectos concretos del Centro, tareas y nivel de calidad en la prestación del servicio, siendo este período no inferior a dos (2) días, y corriendo los gastos ocasionados por dicha formación por cuenta de la empresa adjudicataria.
19. Prestará la atención necesaria a su personal en el caso de que sufrieran algún accidente durante su trabajo. La posible asistencia médica a que se hace referencia, no exonerará en ningún caso a la empresa adjudicataria de sus obligaciones laborales. En caso de fuerza mayor, huelga legalmente declarada, riesgo de tumulto, incidentes o concentraciones en el edificio o sus inmediaciones, la empresa adjudicataria se compromete a mantener los servicios mínimos necesarios para garantizar la seguridad y protección de las instalaciones, siendo responsables de las consecuencias que por el incumplimiento de esta obligación, pudieran producirse.
20. Caso de originarse algún conflicto colectivo que pudiera afectar a este servicio, dicha circunstancia deberá ponerse en conocimiento inmediato de la Dirección del CMPD con una antelación mínima de siete días, a la vez que
comprometerse el adjudicatario a cubrir los servicios mínimos conforme fija la legislación vigente para estos casos.
C) Obligaciones con respecto a la legislación tributaria
La empresa seleccionada está obligada al pago de cualquier clase de tributos, impuestos, tasas, etc. directos e indirectos, relacionados con la prestación de los servicios objeto del Contrato y será único responsable frente a la Administración en relación con cualquier reclamación o expediente derivado de la declaración y la liquidación de dichos tributos, impuestos, tasas, etc. a los que venga sometida por razón de su naturaleza y/o actividades que lleve a cabo.
D) De los medios, recursos y equipamientos
- Deberá tomar todas las medidas necesarias, disponiendo de los medios humanos y materiales adecuados para la óptima prestación de los servicios contratados, siendo a su cargo todos estos medios.
- El adjudicatario no podrá sustituir al personal facultativo adscrito a la realización del servicio sin la autorización expresa de CMPD.
- Deberá contar con delegación de seguridad autorizada en un radio inferior a 30 km. del circuito.
- Deberá disponer de un teléfono 24 horas, 365 días al año, donde se pueda comunicar cualquier incidencia que se produzca en el servicio.
- Deberá disponer de capacidad suficiente para cubrir hasta 15 puestos de vigilancia extraordinarios en un plazo máximo de 2 horas.
- El adjudicatario garantizará en todo momento la formación del personal asignado al CIRCUITO y realizará anualmente un programa de formación y reciclaje de todo el personal, que deberá ser supervisado por la Dirección de CMPD.
- Deberá asímismo, proveer de todos los medios materiales solicitados en el Pliego Técnico.
- El adjudicatario está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que estén relacionados con el objeto del presente contrato.
19. MODIFICACION, CESION, SUBCONTRATACION, Y RESOLUCIÓN
19.1 MODIFICACIÓN
CMPDSA abonará al adjudicatario el coste del número de horas de servicio que necesite en los términos previstos en la cláusula 10 del presente Pliego, teniendo en cuenta que en ningún caso la modificación supondrá un incremento en el precio base de licitación del 10 %.
La modificación del contrato se llevará a cabo previa audiencia del adjudicatario, formalizando la correspondiente addenda al mismo. La tramitación de la modificación deberá tramitarse antes de que se agote el presupuesto base de licitación previsto en el presente Pliego.
19.2 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos a un tercero, salvo autorización expresa de CMPD.
Respecto a la subcontratación, se actuará de conformidad con el artículo 227.2 del TRLCSP, no pudiendo superar la misma el 30 por ciento del importe de adjudicación.
19.3. RESOLUCION
Tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los arts. 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en las condiciones y con los efectos señalados en los arts. 224, 225 y 309 de la citada norma.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por los daños y perjuicios originados.
Asimismo, constituirá causa de resolución del contrato imputable al contratista:
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
- El incumplimiento de lo dispuesto en este Pliego sobre la procedencia de la subcontratación.
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de CMPD.
- El incumplimiento de la obligación del contratista de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión de éste.
- El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
La constatación de haberse producido cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, facultará al órgano de contratación para dar por resuelto el contrato, con la indemnización de daños y perjuicios y demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable, pudiendo optar por la ejecución subsidiaria, realizando las obligaciones incumplidas o continuando la ejecución del contrato por sí o a través de las personas o empresas que determine, x xxxxx del contratista. El importe de la garantía responderá de todo ello, en cuanto alcance, y sin perjuicio de la responsabilidad general del contratista.
PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO.
Si del incumplimiento por parte del adjudicatario se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en los fines y actividades de CMPD, y ésta no decidiese la resolución del contrato, el adjudicatario vendrá obligado a abonar todos aquellos daños y perjuicios que efectivamente le hubiese irrogado a CMPD.
Los contratos aparte de la invalidez que pueda derivar de la ilegalidad de su clausulado, serán inválidos cuando lo sea alguno de sus actos preparatorios o los de adjudicación, por concurrir alguna de las causas previstas en el TRLCSP.
La revisión de oficio de los actos preparatorios del contrato y de los actos de adjudicación, se regirá por lo dispuesto en el TRLCSP.
CMPDSA también podrá resolver el contrato o imponer penalidades para el caso de incumplimiento defectuoso de la prestación del servicio por parte del contratista o de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato. Las penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
20 DEVOLUCION DE LA GARANTIA DEFINITIVA
Son de cuenta del adjudicatario los gastos y tributos derivados de los anuncios realizados para la licitación del contrato, así como todos aquellos relacionados con la formalización del contrato si los hubiese en ambos casos.
21 JURISDICCIÓN COMPETENTE
Una vez adjudicado el contrato se procurará que cualquier controversia sea resuelta de común acuerdo entre las partes. De no alcanzarse dicho acuerdo el orden jurisdiccional contencioso- administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan en relación con la preparación y adjudicación; y el orden jurisdicción civil será el competente para resolver las controversias que surjan en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato, y serán sometidas por cualquiera de las partes ante los Juzgados y Tribunales ordinarios de la ciudad de Valencia, con expresa renuncia al fuero propio que respectivamente pudiera corresponderles.
En Cheste (Valencia) a 24 xx xxxx de 2016.
ANEXO I
MODELO DECLARACION RESPONSABLE
D./Dña. …………………………………………………………………………………vecino/a de
…………………………………….. con domicilio en ……………………..…………………………………………. y NIF número ………………………………... con correo electrónico ………………………………… y fax ,
en representación de ……………………………………………………………………… con domicilio en
……………………………………………………………………… y CIF número ……………………………………
A los efectos de licitación al procedimiento de adjudicación del contrato de prestación de "SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA CMPD", bajo mi responsabilidad personal y ante el órgano de contratación DECLARO:
• Que, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones cumple las condiciones legalmente establecida para contratar con CMPD, no estando incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas a tal efecto.
• Que, en el caso de que recaiga a su favor la propuesta de adjudicación acreditará ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
• Que, en caso de que el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, lo requiera, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, aportará la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
• Que, en cualquier momento del procedimiento, faculta expresamente a CMPD ante cualquier Organismo/Administración (Hacienda, Seguridad Social etc) para la consulta de sus datos a los efectos de la presente licitación.
En , a de de 2016.
Fdo.:
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx. [***], con número de D.N.I. [***], en nombre propio/ actuando en representación de la empresa [***], con número de C.I.F. [***] y domicilio en [***], en su condición de [***] de la misma
EXPONE
Que enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen y acepto en el Pliego de Condiciones de la Contratación y en el Pliego de Condiciones Técnicas para la licitación del contrato de la Prestación de Servicios de Seguridad para CMPD, oferto las siguientes cantidades:
1.- Oferta Económica
En relación al precio mes por Director de Seguridad
▪ Proposición económica total (IVA excluido): [en letra] [en números].
▪ Partida correspondiente al IVA: [en letra] [en números].
▪ Proposición económica total (IVA incluido): [en letra] [en números].
En relación al precio hora por vigilante de seguridad sin arma, categoría jefe de equipo (Seguridad Base)
▪ Proposición económica total (IVA excluido): [en letra] [en números].
▪ Partida correspondiente al IVA: [en letra] [en números].
▪ Proposición económica total (IVA incluido): [en letra] [en números].
En relación al precio hora por vigilante de seguridad sin arma en Eventos (Seguridad Puntual)
▪ Proposición económica total (IVA excluido): [en letra] [en números].
▪ Partida correspondiente al IVA: [en letra] [en números].
▪ Proposición económica total (IVA incluido): [en letra] [en números].
2.- Mejores sobre mínimos exigidos
• Bolsa de horas para VSSA para seguridad puntual en eventos, debiendo cuantificar el número de horas: Horas
• Aportación de un desfibrilador: SI NO En [***], a [***] de [***] de 2016.
Fdo.: