Contract
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALESCOMISION NACIONAL DEL AGUASUBDIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLAORGANISMO XX XXXXXX PENINSULA DE YUCATÁN LICITACIÓN: PÚBLICA NACIONAL No. 16101143-006-11
CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL PARA OBRA PÚBLICA |
Resumen de la Convocatoria No. CONAGUA-OCPY-001-2011
para la Licitación Pública Nacional Nº 16101143-006-11
Contrato No. SGIH-OCPY-YUC-11-TT-12-RF-LP
Objeto de la Licitación
“REHABILITACIÓN DE 4.00 KM. DE CAMINOS DE ACCESO A UNIDADES PRODUCTIVAS EN EL ÁMBITO DEL DISTRITO DE TEMPORAL TECNIFICADO 008 ORIENTE DE YUCATÁN, UBICADOS EN LOS MUNICIPIOS DE TEMOZON Y CHEMAX ESTADO DE YUCATAN.”
Fecha de publicación en CompraNet.-
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03 de XXXX de 2011 |
Xxxxx, Lugar y hora, de la presentación y apertura de proposiciones.
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18 de XXXX de 2011 en la Sala de juntas del OCPY A las 12:30 Hrs. |
Fecha, lugar y hora de la visita al sitio de los servicios.
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09 de XXXX de 2011 en las Oficinas del Distrito de Temporal Tecnificado 008 Oriente de Yucatán, sita en en el kilometro 17 de la carretera Tizimín-Colonia Yucatán, municipio de Tizimín, estado de Yucatán, tel. 00 0000 00 00 00 A las 10:00 Hrs.
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Fecha, lugar y hora de la primera junta de aclaraciones
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11 de XXXX de 2011 en la Sala de juntas de la Dirección de Infraestructura Hidroagrícola, calle 59 B número 238 por Xx. Xxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx, teléfono (000) 000 00 00 y 000 00 00. A las 12:30 Hrs.
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CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL No. 16101143-006-11
Contrato No. SGIH-OCPY-YUC-11-TT-12-RF-LP
(INDICE)
I. GENERALIDADES DE LA OBRA A LICITAR
I.1 Objeto de la obra a licitar
I.2 Origen de los fondos.
I.3 Fechas estimadas de inicio y terminación.
I.4 Plazo de ejecución.
I.5 Anticipos.
I.6 Condiciones de pago.
I.7 Forma y términos de pago de los servicios.
I.8 Retenciones sobre las estimaciones por pagar.
1.9 Penas convencionales o retenciones por atraso en la ejecución de los servicios
I.10 Ajuste de costos.
I.11 Pago de Gastos financieros.
I.12 Garantías.
I.13 Subcontratación de servicios.
I.14 Suspensiones.
I.15 Terminaciones anticipadas.
I.16 Rescisiones.
II. INSTRUCCIONES A LOS LICITANTES.
II.1 FORMA DE OBTENER LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN.
II.1.1 Obtención de la convocatoria a la Licitación
II.1.2 Consulta
de la convocatoria a la licitación,
II.1.3 Modificaciones de la convocatoria a la licitación.
II.2 SOBRE LA PROPOSICIÓN.
II.2.1 Idioma en el que se presentarán las proposiciones y demás documentación requerida.
II.2.2 Xxxxxx en que se presentara la proposición.
II.2.3 Documentos que integraran la proposición
II.2.4 Forma de presentar los documentos que integran las proposición
II.2.5 Proposiciones conjuntas.
II.3 PRESENTACIONDE LAS PROPOSICIÓN EN LA LICITACIÓN.
II.3.1 En el acto de entrega y apertura de proposiciones
II.3.2 Por medios electrónicos (CompraNet)
II.3.3 Por correo o medios de mensajería
II.4 IMPEDIMENTOS PARA PRESENTAR PROPOSICIONES EN LA LICITACIÓN.
II.5 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
II.6 CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES.
II.7 LICITACIÓN DESIERTA.
III. PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
III.1 Inicio y termino del procedimiento de contratación
III.2 Participación de Testigos Sociales
III.3 Participación de observadores
III.4 Publicación de la convocatoria
III.5 Visita al sitio de los servicios.
III.6 Junta de aclaraciones.
III.7 Revisiones Preliminares
III.8 Acto de recepción y apertura de proposiciones.
III.9 Evaluación de las proposiciones.
III.10 Acto de fallo.
III.11 Firma de contrato.
III.12 Licitación desierta
III.13 Cancelación de la licitación.
III.14 Inconformidades
IV. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN.
IV.1 Propuesta técnica.
IV.2 Propuesta económica.
IV.3 Documentación adicional.
IV.3.1 Documentación legal.
IV.3.2 Otra documentación.
V. MARCO NORMATIVO
VI. CONTROVERSIAS
VII. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION
VIII. PROHIBICIÓN DE LA NEGOCIACIÓN.
IX. INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN
X. COMPROBACIÓN DEL LICITANTE DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL PAGO DE LOS IMPUESTOS.
CONVOCATORIA A LA LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 16101143-006-11
PARA OBRA PÚBLICA Contrato No. SGIH-OCPY-YUC-11-TT-12-RF-LP
En cumplimiento a lo establecido por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los Artículos 1, fracción II, 3, 10, 13, 26 fracción I, 27, fracción I y segundo párrafo, 30, fracción I, 31 y 32, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, 34 de su Reglamento, y demás disposiciones administrativas vigentes en la materia, el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua y mediante el Organismo xx Xxxxxx Península de Yucatán, convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, para la adjudicación de un contrato de obra pública sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado.
A continuación se establecen las bases en que se desarrollara el procedimiento de la Convocatoria a la Licitación Pública Nacional en las cuales se describirán los requisitos de participación y los lineamientos que los licitantes deberán tomar en consideración para la formulación de las proposiciones y celebración de los actos correspondientes.
El licitante deberá examinar todas las instrucciones, formatos, condiciones y especificaciones que se incluyen en esta Convocatoria a la licitación para que no incurra en alguno de los motivos señalados en el punto II.6 donde se precisan las causas por las que puede ser desechada su proposición.
I. GENERALIDADES DE LA OBRA PÚBLICA A LICITAR.
Para los efectos de las determinantes plasmadas en esta Convocatoria a la Licitación Pública Nacional, se denominaran las siguientes siglas:
-Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas por LOPYSRM.
-Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas por RLOPYSRM.
-Secretaria de Medio ambiente y recursos Naturales por SEMARNAT.
-CONAGUA por CONAGUA
-Organismo xx Xxxxxx Península de Yucatán por OCPY
-Dirección de Infraestructura Hidroagrícola por DIH
-Convocatoria a la Licitación Pública Nacional por CLPN.
-Oficio de Liberación de Inversión OLI
I.1 Objeto de la obra a licitar
El objeto de la presente CLPN, es el de la ejecución de los trabajos de obra pública consistentes en la realización de: “REHABILITACIÓN DE 4.00 KM DE CAMINOS DE ACCESO A UNIDADES PRODUCTIVAS EN EL ÁMBITO DEL DISTRITO DE TEMPORAL TECNIFICADO 008 ORIENTE DE YUCATÁN, UBICADOS EN LOS MUNICIPIOS DE TEMOZON Y CHEMAX, ESTADO DE YUCATAN.”
I.2 Origen de los fondos.
Para cubrir las erogaciones que se deriven del contrato objeto de esta licitación, el C. Xxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx en su cargo de Director General de Programación y Presupuesto “B” de la SHCP, emitió el oficio de autorización especial de inversión número 312.A-003426 de fecha 26 de noviembre de 2010.
I.3 Fechas estimadas de inicio y terminación.
La fecha prevista para el inicio de los servicios será el día 18 xx xxxxx de 2011 y la fecha de terminación será el día 16 de julio de 2011.
I.4 Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución de los trabajos será de 120 (Ciento veinte) días naturales contados a partir de la fecha de iniciación de los mismos.
Los licitantes elaborarán sus programas de ejecución considerando lo indicado en el punto 1.3 y con el plazo solicitado en este punto
Dichos programas podrán ser presentados en los formatos que para tal efecto proporciona la CONAGUA ó podrán ser reproducidos, cumpliendo con cada uno de los elementos requeridos en el punto IV.
I.5 Anticipos.
a) No se otorgarán anticipos.
I.6 Condiciones de pago.
El contratista recibirá de la CONAGUA a través del OCPY, el pago total en moneda nacional que deba cubrírsele por unidad de concepto de trabajos terminados, ejecutado conforme al proyecto, especificaciones de construcción y normas de calidad requeridas.
I.7 Forma y términos de pago de los trabajos.
Los trabajos objeto del contrato, se pagarán conforme a lo establecido en el catálogo de conceptos, mediante la formulación de estimaciones sujetas al avance de los trabajos con base en las normas de calidad de los materiales y especificaciones de construcción, que abarcarán un período no mayor a un mes calendario, las que serán presentadas por el contratista a la residencia de obra dentro de los seis (6) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx para el pago de las mismas, la que será el día último de cada periodo acordado, la residencia de obra dentro de los quince (15) días naturales siguientes, deberá revisar y, en su caso, autorizar las estimaciones, mismas que serán pagadas en las oficinas de la Dirección de Administración del Organismo xx Xxxxxx Peninsula de Yucatán, xxxxx 00 X número 238 por Xx. Xxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx, teléfono (000) 000 00 00 y 000 00 00., dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de obra, para que la CONAGUA inicie su trámite de pago. Las diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, se resolverán y, en su caso, se incorporarán en la siguiente estimación.
I.8 Retenciones sobre las estimaciones por pagar.
En el caso de que el licitante que resulte adjudicatario del contrato se encuentre inscrito en la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción o en la Cámara Nacional de Empresas de Consultoría, de conformidad con los Convenios de Colaboración suscritos con fechas 26 xx xxxxx de 2007 y ratificado el 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxx xx XXXXXXX y dichas Cámaras, cuyo objeto es descontar de las estimaciones de los trabajos ejecutados, el 0.2% (DOS AL MILLAR) para ser aportado voluntariamente, por parte del contratista, a los programas de capacitación y adiestramiento de los trabajadores de la industria de la construcción que desarrolla el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, así como a los programas de capacitación y desarrollo tecnológico de los socios consultores, que desarrolla el Instituto Mexicano de Desarrollo Tecnológico de la Cámara Nacional de Empresas de Consultoría, la CONAGUA realizará el descuento en el porcentaje antes mencionado conforme a la declaración II.10 y la cláusula vigésima novena, inciso B), del modelo de contrato, que será entregado a los Institutos antes mencionados, según corresponda.
Para la aplicación de esta retención el licitante al que se le adjudique el contrato deberá presentar escrito en el que haga constar su aceptación o negativa. Esta aportación no deberá ser repercutida en la integración de los precios unitarios, por lo que en caso de repercutirla, será motivo para desechar la proposición.
Asimismo, de las estimaciones que se le cubran al contratista, se le descontará el cinco al millar (0.5%) del importe de cada estimación, para cumplir con el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos en vigor, por concepto de derechos de inspección, vigilancia y control de obras y trabajos que realiza la Secretaría de la Función Pública, según lo establece el Artículo 37 fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.9 Penas Convencionales o Retenciones por atraso en la ejecución de los trabajos de la obra pública.
Las penas convencionales se aplicarán por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables a los contratistas, determinados únicamente en función del importe de los trabajos no ejecutados en la fecha pactada en el contrato para la conclusión total de las obras.
Las penas convencionales serán determinadas en función del importe de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente, conforme al programa de ejecución convenido, considerando para el cálculo de las mismas el avance físico de los trabajos conforme a la fecha xx xxxxx para el pago de estimaciones pactada en el contrato. Las penas convencionales se aplicarán considerando los ajustes de costos, sin incluir el impuesto al valor agregado.
Las penas convencionales procederán únicamente cuando ocurran causas imputables al contratista.
El periodo en el cual se presente un caso fortuito o fuerza mayor durante la ejecución de trabajos no dará lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales.
En ningún caso las penas convencionales podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento.
Asimismo, la CONAGUA, en caso de atraso en la ejecución de los trabajos durante la vigencia del programa de ejecución general de los mismos, aplicará retenciones económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en la fecha que se determine el atraso, las cuales serán calculadas en función del avance en la ejecución de los trabajos conforme a la fecha xx xxxxx para el pago de estimaciones pactada en el contrato. Dichas retenciones podrán ser recuperadas por los contratistas en las siguientes estimaciones, si regularizan los tiempos de atraso conforme al citado programa.
Una vez cuantificadas las retenciones económicas o las penas convencionales, éstas se harán del conocimiento del contratista mediante nota de bitácora u oficio. El monto determinado como retención económica x xxxx convencional, se aplicará en la estimación que corresponda a la fecha en que se determine el atraso en el cumplimiento.
Cuando se celebren convenios que modifiquen el programa de ejecución convenido, las retenciones económicas o penas convencionales se calcularán considerando las condiciones establecidas en el nuevo programa convenido.
Las penas convencionales se aplicarán, siempre y cuando el atraso en la ejecución de los trabajos sea por causas imputables al contratista y que no haya sido resultado de la demora motivada por caso fortuito o fuerza mayor que a juicio de la CONAGUA no se atribuya a culpa del Contratista.
Para la determinación y aplicación de las retenciones económicas o penas convencionales la CONAGUA procederá de la siguiente forma:
A) La CONAGUA verificará mensualmente si los trabajos de la obra pública objeto del contrato se están ejecutando por el contratista de acuerdo con las fechas establecidas en el programa general de ejecución de los trabajos aprobado; para lo cual, la CONAGUA comparará el avance mes a mes contra el programa y los trabajos efectivamente ejecutados.
Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance de los trabajos es menor de lo que debió realizarse y sea por causas imputables al contratista, la CONAGUA procederá a hacer las retenciones económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en las fechas en que se determinen los atrasos, por las cantidades que resulten de multiplicar el 5% (cinco por ciento) de la diferencia de dichos importes por el número de meses transcurridos, desde la fecha del atraso en el programa, general de ejecución de los trabajos hasta la de revisión.
Las retenciones serán determinadas únicamente en función de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente conforme al programa general de ejecución de los trabajos convenido, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, y en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Asimismo, cuando el contratista regularice los tiempos de atraso señalados en el programa general de ejecución de los trabajos, podrá recuperar las retenciones económicas que se le hayan efectuado, por lo que la CONAGUA reintegrará al contratista el importe de las mismas que al momento de la revisión tuviera acumuladas
La aplicación de estas retenciones tendrá el carácter de definitiva, si a la fecha de terminación de los trabajos, pactada en la cláusula tercera del contrato, éstos no se han concluido.
Independientemente de las retenciones o de las penas convencionales que se apliquen, la CONAGUA podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato, o bien, la rescisión administrativa del mismo.
B) Si el contratista no concluye los trabajos en la fecha estipulada en el plazo de ejecución establecido en la cláusula tercera del contrato y en el programa general de ejecución de los trabajos de la obra pública convenido, y la CONAGUA opta por exigir a la contratista la terminación de los trabajos, le aplicará las penas convencionales que resulten de multiplicar el 5% (cinco por ciento) del importe de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente, por cada mes o fracción que transcurra desde la fecha de terminación de los trabajos pactada en la cláusula tercera del contrato hasta el momento de la terminación total de los trabajos, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado. Dichas penas no podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
De existir retenciones definitivas a la fecha de terminación de los trabajos pactada en la cláusula tercera del contrato la cantidad determinada por concepto xx xxxxx convencionales que se cuantifique a partir de la fecha de terminación del plazo de ejecución de los trabajos, se hará efectiva contra el importe de las retenciones definitivas que haya aplicado la CONAGUA y, de resultar saldo a favor del contratista por concepto de retenciones, una vez concluida la totalidad de los trabajos y determinadas las penas convencionales, procederá la devolución del mismo, sin que las retenciones efectuadas al contratista genere gasto financiero alguno.
I.10 Ajuste de costos.
La CONAGUA con fundamento en lo señalado en el artículo 56 de la Ley de Obras Públicas y Trabajos Relacionados con las Mismas, determina que el procedimiento de ajuste de costos, se lleve a cabo de conformidad con la fracción I del Artículo 57 de la LOPYSRM. La aplicación de los procedimientos para ajuste de costos se hará como lo determina el artículo 58 de la LOPYSRM. Este procedimiento de ajuste de costos en moneda nacional no podrá ser modificado durante la vigencia del contrato.
Cuando el porcentaje del ajuste de los costos sea al alza, será el contratista quien lo promueva, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al mes correspondiente, mediante la presentación por escrito de la solicitud, estudios y documentación que la soporten., en términos de lo dispuesto por los artículos 56 de la LOPYSRM y 178 y 180 del RLOPYSRM. En el contrato se estipulara que transcurrido dicho plazo, precluye el derecho del contratista para reclamar el ajuste de costos del período de que se trate; para estos casos se deberá considerar para el pago correspondiente, el último porcentaje de ajuste que se tenga autorizado. Deberán acompañar a su solicitud la documentación indicada por los artículos 56 de la LOPYSRM y 178 del RLOPYSRM de no cumplirse, se considerará como no recibida la solicitud de ajuste de costos.
Si el referido porcentaje es a la baja, será la dependencia o entidad quien lo determinará en el mismo plazo, con base en la documentación comprobatoria que lo justifique.
Una vez transcurrido el plazo establecido en el segundo párrafo de este inciso, se perderá la posibilidad de solicitar el ajuste de costos por parte de los contratistas y de realizarlo a la baja por parte de la dependencia o entidad.
La dependencia o entidad, dentro de los sesenta días naturales siguientes a que el contratista promueva debidamente el ajuste de costos, deberá emitir por oficio la resolución que proceda; en caso contrario, la solicitud se tendrá por aprobada.
Cuando la documentación mediante la que se promuevan los ajustes de costos sea deficiente o incompleta, la dependencia o entidad apercibirá por escrito al contratista para que, en el plazo xx xxxx días hábiles a partir de que le sea requerido, subsane el error o complemente la información solicitada. Transcurrido dicho plazo, sin que el promovente diera respuesta al apercibimiento, o no lo atendiere en forma correcta, se tendrá como no presentada la solicitud de ajuste de costos.
1.11 Pago de Gastos Financieros
En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos, la CONAGUA, a solicitud del contratista, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación vigente, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del contratista.
Tratándose de pagos en exceso que reciba el contratista, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los gastos financieros correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los gastos financieros se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la CONAGUA.
No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del contratista sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.
1.12 Garantías
Dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo, pero invariablemente antes de la firma del contrato, el licitante a quien se le adjudique la realización de los trabajos deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de la CONAGUA, por el diez por ciento (10%) del importe total de los trabajos contratados. En el documento 1, 2 y 3 se presenta el formato de póliza de fianza correspondiente.
I.12.1 Garantías de anticipo, cumplimiento y por defectos, vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad.
Al término de todos los trabajos de la obra pública, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable.
Los trabajos de la obra pública se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de la CONAGUA, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello.
Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija.
El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos y los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos.
Quedarán a salvo los derechos de la CONAGUA, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al Artículo 66 de la LOPYSRM.
Si el contratista opta por la póliza de fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la LOPYSRM y el RLOPYSRM , así como, las disposiciones expedidas en esta materia. En el documento 1 se presenta el formato de póliza de fianza correspondiente.
En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la CONAGUA deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.
I.13 Subcontratación de trabajos.
a) No se permitirá la subcontratación de ninguna parte de los trabajos.
I.14 Suspensiones.
La CONAGUA podrá suspender temporalmente, en todo o en parte, los trabajos contratados por cualquier causa justificada.
Cuando se determine la suspensión de los trabajos, la CONAGUA pagará los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
La fecha de terminación de los trabajos de obra pública se prorrogará en igual proporción al periodo que comprenda la suspensión de los mismos, sin modificar el plazo de ejecución convenido. Lo anterior se formalizará mediante el acta circunstanciada de suspensión.
Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes, debiendo únicamente suscribir un convenio donde se reconozca el plazo de la suspensión y las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, sin modificar el plazo de ejecución establecido en el contrato.
I.15 Terminaciones anticipadas.
La CONAGUA y el contratista podrán dar por terminado anticipadamente el contrato cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al Estado; se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, o por resolución de autoridad judicial competente, o bien, no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión de los trabajos.
Cuando se de por terminado anticipadamente el contrato, la CONAGUA pagará los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
I.16 Rescisiones.
La CONAGUA podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. La rescisión administrativa del contrato operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, estableciéndose el procedimiento respectivo en el contrato.
En caso de rescisión del contrato por causas imputables al contratista, una vez emitida la determinación respectiva, la CONAGUA precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de trabajos ejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito que proceda, lo que deberá efectuarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de dicha determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. En el finiquito deberá preverse el sobrecosto de los trabajos aún no ejecutados que se encuentren atrasados conforme al programa general de ejecución de los trabajos de la obra pública, así como lo relativo a la recuperación de los materiales y equipos que, en su caso, le hayan sido entregados.
La CONAGUA, podrá optar entre aplicar las penas convencionales o el sobrecosto de los trabajos que resulte de la rescisión, independientemente de las garantías, y demás cargos que procedan. En tal caso la opción que se adopte atenderá a la que depare el menor perjuicio a la CONAGUA debiéndose fundamentar y motivar las causas de la aplicación de una o de otro.
Si la CONAGUA opta por la rescisión administrativa del contrato, se apegará a lo establecido en los Artículos 61 y 62, fracción II, de la LOPYSRM y 155, 157, 158, 159, 160, 161, 162 y 163 del RLOPYSRM.
II. INSTRUCCIONES A LOS LICITANTES.
II.1 FORMA DE OBTENER LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN.
II.1.1 Obtención de la convocatoria a la Licitación
En cumplimiento a lo establecido por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los Artículos 1, fracción II, 3, 10, 13, 26 fracción I, 27, fracción I y segundo párrafo, 30, fracción I, 31 y 32, de la LOPYSRM y 34 del RLOPYSRM, y demás disposiciones administrativas vigentes en la materia, el Ejecutivo Federal a través de la SEMARNAT, por conducto de la CONAGUA y mediante el OCPY, convoca a los interesados en participar en la CLPN, para la adjudicación de un contrato de trabajos de la obra pública sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado que se indica, de conformidad con lo siguiente:
La publicación de la Convocatoria a la Licitación Pública se realizará en Internet a través del Sistema CompraNet : xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx y su obtención será gratuita.
De acuerdo con el resumen de convocatoria número CONAGUA-OCPY-001-2011 de fecha 03 de XXXX de 2011, para participar en la licitación 16101143-001-11, mediante el procedimiento establecido en los Artículos 27, fracción I y 30, fracción I de la LOPYSRM, inherentes a la ejecución de los trabajos antes mencionados.
A continuación se establecen los lineamientos en que se desarrollara el procedimiento de la CLPN en las cuales se describirán los requisitos de participación y requisitos que licitantes deberán tomar en consideración para la formulación de las proposiciones y celebración de los actos inherentes correspondientes.
II.1.2 Consulta de la Convocatoria a la Licitación.-
La CLPN impresa ó en medio electrónico, se pone a disposición para su consulta, desde su publicación y hasta el sexto día natural previo al acto para la presentación y apertura de proposiciones, en: las oficinas que ocupa la DIH del OCPY de la CONAGUA en: xxxxx 00 X número 238 por Xx. Xxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx, teléfono (000) 000 00 00 y 000 00 00 de lunes a viernes, en el horario de 9:00 a 15:00 horas.
II.1.3 Modificaciones de la Convocatoria a la Licitación.
Se informa y se establece que, para todos los cambios y modificaciones a la CLPN, que realice el OCPY a través de la DIH los licitantes deberán observar y ajustarse a lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 34 de la LOPYSRM.
En los términos del artículo 34 de la Ley de Obras Públicas y Trabajos Relacionados con las Mismas, la CONAGUA podrá modificar aspectos establecidos en la Convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo difundir dichas modificaciones en CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen.
Las modificaciones que se generen en la(s) junta(s) de aclaraciones o con motivo de las preguntas adicionales, serán de observancia obligatoria para los licitantes.
Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación que realice la CONAGUA o que se deriven del resultado de la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la misma y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.
Las modificaciones que las dependencias o entidades pretendan llevar a cabo a la CLPN, deberán realizarse a mas tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, salvo que las modificaciones a efectuar deriven de juntas de aclaraciones, caso en el cual, la convocante deberá de considerar que siempre deberá haber seis días naturales como mínimo entre el día de la última junta de aclaraciones y la nueva fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. Los seis días naturales se consideran sólo como mínimo indispensable, por lo que en cada caso la CONAGUA, establecerá los días que sean necesarios para que los licitantes integren su proposición.
Cualquier modificación que se requiera hacer a la CLPN, deberá publicarse exclusivamente en CompraNet.
II.2 SOBRE LA PROPOSICIÓN.
Los licitantes prepararán sus proposiciones conforme a lo establecido en esta CLPN, así como en las aclaraciones y modificaciones que, en su caso, la afecten, tomando en consideración los siguientes aspectos:
El licitante deberá integrar su proposición en un solo sobre, claramente identificado en su parte exterior con la clave de la licitación, objeto de los trabajos y el nombre o razón social del licitante, y completamente cerrado.
Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
La documentación distinta a la propuesta técnica y económica podrá entregarse, a elección del licitante dentro o fuera del sobre que contiene la proposición.
Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas por los licitantes o sus apoderados en cada una de las hojas que la integran, El licitante si es persona física, o su representante legal si se trata de persona moral, deberá firmar con tinta indeleble la proposición en todas sus hojas, sin que la falta de firma de alguna de ellas sea causa de descalificación, salvo tratándose del catalogo de conceptos o presupuesto de obra y los programas solicitados, mismos que deberán ser firmados en cada hoja.
En el caso de que las proposiciones sean enviadas a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet), en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública, la cual producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrá el mismo valor probatorio, sujetándose a lo siguiente:
Reconocerán como propia y auténtica la información que por medios remotos de comunicación electrónica envíen a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet), y que a su vez se distinga por el medio de identificación o firma electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública. En dicha información quedarán comprendidas la proposición técnica y económica; la documentación distinta a éstas, y las manifestaciones bajo protesta de decir verdad que sean requeridas por la CONAGUA;
Notificarán oportunamente a la Secretaría de la Función Pública, bajo su responsabilidad, respecto de cualquier modificación o revocación de las facultades otorgadas a su apoderado o representante legal al que le haya sido entregada la identificación o firma electrónica;
Aceptarán que el uso de la identificación o firma electrónica por persona distinta a la autorizada, quedará bajo su exclusiva responsabilidad;
Admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por la CONAGUA, cuando los sobres en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de computo;
Aceptarán que se tendrán por notificados del fallo y de las actas que se levanten con motivo de ésta licitación, cuando éstos se encuentren a su disposición a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet); y
Consentirán que será motivo de que la Secretaría de la Función Pública invalide la identificación o firma electrónica, cuando hagan mal uso de la red privada de comunicaciones del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet).
En caso de que el licitante entregue información de naturaleza confidencial, deberá señalarlo expresamente por escrito a la CONAGUA, para los efectos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
II.2.1 Idioma en el que se presentarán las proposiciones y demás documentación requerida.
Todos los documentos relacionados con la proposición deberán presentarse en: Idioma Español.
II.2.2 Xxxxxx en que se presentara la proposición.
La moneda en que deberán presentarse las proposiciones será: Peso Mexicano.
II.2.3 Documentos que integraran la proposición
En esta CLPN se especifican los trabajos que se licitan, el procedimiento para esta licitación y las condiciones contractuales, detallándose en los siguientes documentos:
Anexos: Requisitos Técnicos y Económicos: Formatos de escritos.
Plano de localización del sitio de los trabajos, Normas de calidad de los trabajos y Términos de Referencia, aplicables;
Catálogo de conceptos;
Acta de la junta de aclaraciones, documentos de aclaración y/o modificación que se generen; y
Documentación Legal y Adicional.
II.2.4 Forma de presentar los documentos que integran las proposición
El licitante deberá entregar su proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante la entrega en un solo sobre, claramente identificado en su parte exterior con la clave de la licitación, objeto de los trabajos y el nombre o razón social del licitante, y completamente cerrado.
Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas por los licitantes o sus apoderados en cada una de las hojas que la integran, sin que la falta de firma de alguna de ellas sea causa de descalificación, salvo tratándose del catalogo de conceptos o presupuesto de obra y los programas solicitados, mismos que deberán ser firmados en cada hoja.
En el caso de que las proposiciones sean enviadas a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet), en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública, la cual producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrá el mismo valor probatorio, sujetándose a lo siguiente:
Reconocerán como propia y auténtica la información que por medios remotos de comunicación electrónica envíen a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet), y que a su vez se distinga por el medio de identificación o firma electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública. En dicha información quedarán comprendidas la proposición técnica y económica; la documentación distinta a éstas, y las manifestaciones bajo protesta de decir verdad que sean requeridas por la CONAGUA;
Notificarán oportunamente a la Secretaría de la Función Pública, bajo su responsabilidad, respecto de cualquier modificación o revocación de las facultades otorgadas a su apoderado o representante legal al que le haya sido entregada la identificación o firma electrónica;
Aceptarán que el uso de la identificación o firma electrónica por persona distinta a la autorizada, quedará bajo su exclusiva responsabilidad;
Admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por la CONAGUA, cuando los sobres en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de computo;
Aceptarán que se tendrán por notificados del fallo y de las actas que se levanten con motivo de ésta licitación, cuando éstos se encuentren a su disposición a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet); y
Consentirán que será motivo de que la Secretaría de la Función Pública invalide la identificación o firma electrónica, cuando hagan mal uso de la red privada de comunicaciones del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet).
Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.
En el caso de que el licitante entregue información de naturaleza confidencial, deberá señalarlo expresamente por escrito a la CONAGUA, para los efectos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
II.2.5 Proposiciones Conjuntas
Dos o más personas, físicas x xxxxxxx, podrán presentar conjuntamente su proposición, sin necesidad de constituir una sociedad o nueva sociedad en el caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción de la CONAGUA, las partes de los trabajos que cada persona se obligará a ejecutar, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas, ya sea autógrafamente o por los medios de identificación electrónica autorizados por la Secretaria de la Función Pública.
Los interesados podrán agruparse para presentar una proposición conjunta, cumpliendo los siguientes aspectos:
I. Cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación;
II. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;
d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo;
III. En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción II de este artículo se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio formará parte del mismo como uno de sus anexos;
IV. Para acreditar la capacidad financiera requerida por la convocante, se podrán considerar en conjunto las correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, tomando en cuenta si la obligación que asumirán es mancomunada o solidaria, y
V. Los demás que la CONAGUA estime necesarias de acuerdo con las particularidades del procedimiento de contratación.
En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en la fracción II del Artículo 47 del RLOPYSRM y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
II.3 PRESENTACION DE LA PROPOSICIÓN EN LA LICITACIÓN.
II.3.1 En el acto de entrega y apertura de proposiciones
Las proposiciones deberán presentarse por escrito y podrá integrarse en los documentos que para tal efecto se incluyen en esta CLPN, o reproducirlos siempre y cuando se respete el contenido y estructura de los mismos, sin tachaduras ni enmiendas.
Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.
En el caso de que la persona que entregue el sobre en el acto de presentación y apertura de proposiciones, sea distinta al representante legal, aquélla deberá anexar por separado y fuera del sobre que contenga la proposición, escrito firmado por el representante legal dirigido a la CONAGUA, facultándolo para la entrega del sobre que contenga la proposición. El facultado deberá presentar su identificación oficial vigente y la del representante legal de la empresa que firma la proposición.
Con objeto de acreditar su personalidad, los licitantes o sus representantes podrán exhibir un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
a) Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, los de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios, y
b) Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación y su identificación oficial.
En proposiciones conjuntas el representante común deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta, incluyéndose el convenio privado mencionado anteriormente, en el sobre que contenga la proposición.
Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica;
II.3.2 Por medios electrónicos (CompraNet)
Para las proposiciones presentadas a través de CompraNet, los sobres serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información de tal forma que sean inviolables, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública.
En el caso que los licitantes opten por el uso de dichos medios para enviar sus proposiciones, ello no limita que participen en los diferentes actos derivados de las licitaciones
Las proposiciones, que a elección de los licitantes sean enviadas por medios remotos de comunicación electrónica a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet), se sujetarán a lo siguiente: deberán elaborarse conforme a lo señalado en los puntos (4, 4.2 y 4.2.1) y en general a lo indicado en estas bases de litación en formatos Word (versión 8), Excel (versión 8), PDF (versión 4), HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera..
Preferentemente, deberán identificar, cada una de las páginas que integran la proposición, con los datos siguientes: Clave del Registro Federal de Contribuyentes, número de la convocatoria a la licitación y número de páginas, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de las proposiciones.
Adicionalmente, deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa el medio de identificación o firma electrónica que para tal fin deberá certificarse previamente por la Secretaría de la Función Pública, la cual producirá los mismos efectos que la firma autógrafa y, en consecuencia, tendrá el mismo valor probatorio.
Los sobres serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública.
Para el envío de la proposición a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet), los licitantes deberán utilizar exclusivamente el programa informático que la Secretaría de la Función Pública le proporcione.
Los licitantes que opten por el envío de sus proposiciones por medio de CompraNet, deberán concluir el envío de éstas y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet), a más tardar una hora antes del evento de presentación y apertura de proposiciones, señalado en el punto 5.1 de esta convocatoria a la licitación.
II.3.3 Por correo o medios de mensajería
Si el licitante opta por enviar su proposición por cualquiera de estos medios, la entrega deberá ser previa al inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones.
La CONAGUA se abstendrá de recibir toda proposición que se envié por servicio postal o de mensajería que se encuentre en cualquiera de los siguientes supuestos:
Que se entregue después del plazo para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones;
Que se entregue en una dirección distinta a la indicada en esta convocatoria a la licitación;
Que la proposición no se entregue en sobre cerrado; y
Cuando el sobre llegue roto por el manejo del servicio postal o de mensajería.
II.4 IMPEDIMENTOS PARA PRESENTAR PROPOSICIONES EN LA LICITACIÓN.
La CONAGUA se abstendrá de recibir proposiciones o celebrar el contrato, con las personas siguientes:
Aquéllas en que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte durante los dos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación de que se trate;
Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica de la Secretaría de la Función Pública; la cual deberá ser solicitada por el licitante interesado ante el titular del órgano interno de control en la CONAGUA, en un plazo de cuando menos ocho días naturales previos al acto de recepción y apertura de proposiciones. Toda solicitud extemporánea se tendrá por no formulada de conformidad con la fracción I del Artículo 48 del RLOPYSRM.
Aquellos contratistas que, por causas imputables a ellos mismos, la dependencia o entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente un contrato. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia dependencia o entidad convocante durante un año calendario contado a partir de la notificación de la rescisión;
Las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos del Título Sexto de este ordenamiento y Titulo Quinto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Trabajos del Sector Público.
Aquéllas que hayan sido declaradas o sujetas a concurso mercantil o alguna figura análoga;
Los licitantes que participen en un mismo procedimiento de contratación, que se encuentren vinculados entre sí por algún socio o asociado común, Se entenderá que es socio o asociado común, aquella persona física o moral que en el mismo procedimiento de contratación es reconocida como tal en las actas constitutivas, estatutos o en sus reformas o modificaciones de dos o más empresas licitantes, por tener una participación accionaria en el capital social, que le otorgue el derecho de intervenir en la toma de decisiones o en la administración de dichas personas xxxxxxx; las proposiciones de las personas que se ubiquen en este supuesto serán desechadas y se comunicara al Órgano Interno de Control en la CONAGUA.
Las que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente, hayan realizado o se encuentren realizando por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial (socio y/o asociado), en virtud de otro contrato, trabajos de dirección, coordinación y control de obra; preparación de especificaciones de construcción; presupuesto de los trabajos; selección o aprobación de materiales, equipos y procesos, así como la preparación de cualquier documento relacionado directamente con la convocatoria a la licitación, o bien, asesoren o intervengan en cualquier etapa del procedimiento de contratación.
Aquéllas que por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, pretendan ser contratadas para la elaboración de dictámenes, peritajes y avalúos, cuando éstos hayan de ser utilizados para resolver discrepancias derivadas de los contratos en los que dichas personas o empresas sean partes;
Las que hayan utilizado información privilegiada proporcionada indebidamente por servidores públicos o sus familiares por parentesco consanguíneo y por afinidad hasta el cuarto grado, o civil;
Las que contraten trabajos de asesoría, consultoría y apoyo de cualquier tipo de personas en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte de las contraprestaciones pagadas al prestador del servicio, a su vez, son recibidas por servidores públicos por si o por interpósita persona, con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación con la contratación, y
Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de LOPYSRM.
PROHIBICIÓN PARA PARTICIPACIÓN DE LA PRESENTE LICITACIÓN
No podrán participar en la Licitación Pública, las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública y que se encuentren en el supuesto del Artículo 78 de la LOPSRM.
Los licitantes deberán presentar escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, de que por su conducto, no participan personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración, entre otros, los casos siguientes:
Las personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública;
Las personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública; y
Las personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública. En este caso, la participación social deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación.
La falsedad en la manifestación bajo protesta mencionada con anterioridad, será sancionada en términos de la LOPSRM.
En el supuesto de omisión en la entrega del escrito, o si de la información y documentación con que se cuente, se desprende que personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir la efectos de la inhabilitación, la CONAGUA se abstendrá de firmar el contrato correspondiente, en cumplimiento a lo ordenado por el Artículo 31 fracción XIV, de la LOPYSRM.
En su caso, si el día en que se cumpla el plazo de inhabilitación a que se refiere el párrafo que antecede el sancionado no ha pagado la multa que le hubiere sido impuesta, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago de dicha multa.
II.5 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
La CONAGUA, para hacer el estudio, análisis y evaluación de las proposiciones, aplicara el sistema de evaluación Binario: consistente en determinar la solvencia de las proposiciones a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Conagua.
Para la evaluación técnica de las proposiciones bajo el mecanismo de evaluación binario se deberán verificar, entre otros, los siguientes aspectos:
I. Que cada documento contenga toda la información solicitada;
II. Que los profesionales técnicos que se encargarán de dirección de los trabajos, cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar la adecuada administración de los mismos.
En los aspectos referentes a la experiencia y capacidad técnica que deben cumplir los licitantes se considerarán, entre otros, el grado académico de preparación profesional, la experiencia laboral específica en obras o trabajos similares y la capacidad técnica de las personas físicas que estarán relacionados con la ejecución de los trabajos;
III. Que los licitantes cuenten con la maquinaria y equipo de construcción adecuado, suficiente y necesario, sea o no propio, para desarrollar los trabajos que se convocan;
IV. Que la planeación integral propuesta por el licitante para el desarrollo y organización de los trabajos, sea congruente con las características, complejidad y magnitud de los mismos;
V. Que el procedimiento constructivo descrito por el licitante demuestre que éste conoce los trabajos a realizar y que tiene la capacidad y la experiencia para ejecutarlos satisfactoriamente; dicho procedimiento debe ser acorde con el programa de ejecución considerado en su proposición;
VI. Las dependencias y entidades, de acuerdo con las características, complejidad y magnitud de los trabajos, determinarán en la convocatoria a la licitación pública, los aspectos que se verificarán en los estados financieros de los licitantes, entre otros:
a) Que el capital de trabajo del licitante cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de los trabajos, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado;
b) Que el licitante tenga capacidad para pagar sus obligaciones, y
c) El grado en que el licitante depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa, y
VII. En su caso, el grado de cumplimiento de los contratos celebrados por el licitante con dependencias o entidades, conforme a los parámetros establecidos en la convocatoria a la licitación pública, para efectos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 36 de la LOPYSRM.
De conformidad con las condiciones de pago, se deberán verificar, además de lo previsto en el párrafo anterior, los siguientes aspectos:
Tratándose de proposiciones que consideren condiciones de pago sobre la base de precios unitarios:
I. De los programas:
a) Que el programa de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por la convocante;
b) Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos;
c) Que los programas de suministro y utilización de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el licitante y en el procedimiento constructivo a realizar;
d) Que los suministros sean congruentes con el programa de ejecución general, en caso de que se requiera de equipo de instalación permanente, y
e) Que los insumos propuestos por el licitante correspondan a los periodos presentados en los programas;
II. De la maquinaria y equipo:
a) Que la maquinaria y el equipo de construcción sean los adecuados, necesarios y suficientes para ejecutar los trabajos objeto de la licitación pública, y que los datos coincidan con el listado de maquinaria y equipo presentado por el licitante;
b) Que las características y capacidad de la maquinaria y equipo de construcción consideradas por el licitante sean las adecuadas para desarrollar el trabajo en las condiciones particulares donde deberá ejecutarse y que sean congruentes con el procedimiento de construcción propuesto por el contratista o con las restricciones técnicas, cuando la dependencia o entidad fije un procedimiento, y
c) Que en la maquinaria y equipo de construcción, los rendimientos de éstos sean considerados como nuevos, para lo cual se deberán apoyar en los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos;
III. De los materiales:
a) Que en el consumo del material por unidad de medida, determinado por el licitante para el concepto de trabajo en que intervienen, se consideren los desperdicios, mermas y, en su caso, los usos de acuerdo con la vida útil del material de que se trate, y
b) Que las características, especificaciones y calidad de los materiales y equipos de instalación permanente sean las requeridas en las normas de calidad y especificaciones generales y particulares de construcción establecidas en la convocatoria a la licitación pública, y
IV. De la mano de obra:
a) Que el personal administrativo, técnico y de obra sea el adecuado y suficiente para ejecutar los trabajos;
b) Que los rendimientos considerados se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento constructivo propuesto por el licitante, tomando en cuenta los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y las características particulares bajo las cuales deben realizarse los trabajos, y
c) Que se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos.
Para la evaluación económica de las proposiciones bajo el mecanismo de evaluación binario se deberán verificar, entre otros, los siguientes aspectos:
I. Que cada documento contenga toda la información solicitada, y
II. Que los precios a costo directo de los insumos propuestos por el licitante sean aceptables, es decir, que sean menores, iguales o no rebasen considerablemente el presupuesto de obra elaborado previamente por la convocante como parte del proyecto ejecutivo. Dicho presupuesto deberá considerar las condiciones vigentes en el mercado nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos o, en su caso, en el mercado internacional, considerando los precios de manera individual o cómo inciden en su totalidad en la propuesta económica.
De conformidad con las condiciones de pago, se deberán verificar, además de lo previsto en el párrafo anterior, los siguientes aspectos:
Tratándose de proposiciones que consideren condiciones de pago sobre la base de precios unitarios:
I. Del presupuesto de los trabajos de la obra pública:
a) Que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio unitario;
b) Que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra, los cuales deberán ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el del análisis de precio unitario correspondiente o el consignado con letra cuando no se tenga dicho análisis, y
c) Que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes por parte de la convocante. El monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones;
II. Que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, se haya realizado de acuerdo con lo establecido en este Reglamento, debiendo revisar:
a) Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales;
b) Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, equipos de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción;
c) Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado;
d) Que los costos básicos de la mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores xx xxxxxxx real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo previsto en este Reglamento;
e) Que el cargo por el uso de herramienta menor se encuentre incluido, bastando para tal efecto que se haya determinado aplicando un porcentaje sobre el monto de la mano de obra requerida para la ejecución del concepto de trabajo de que se trate, y
f) Que los costos horarios por la utilización de la maquinaria y equipo de construcción se hayan determinado por hora efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada máquina o equipo, incluyendo, cuando sea el caso, los accesorios que tenga integrados;
III. Que los análisis de costos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en este Reglamento, debiendo además considerar:
a) Que los costos de los materiales considerados por el licitante sean congruentes con la relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas en la convocatoria a la licitación pública;
b) Que los costos de la mano de obra considerados por el licitante sean congruentes con el tabulador de los salarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos, y
c) Que los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de éstos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximos los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos;
IV. Que los análisis de costos indirectos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en este Reglamento, debiendo además considerar:
a) Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo;
b) Que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales del licitante, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia del contratista encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra, y
c) Que no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a la convocatoria a la licitación pública, deba pagarse aplicando un precio unitario específico;
V. Que el análisis, cálculo e integración del costo financiero se haya determinado considerando lo siguiente:
a) Que los ingresos por concepto del o los anticipos que le serán otorgados al contratista, durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, consideren la periodicidad y su plazo de trámite y pago, deduciendo del monto de las estimaciones la amortización de los anticipos;
b) Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos;
c) Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico;
d) Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos mensuales, y
e) Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el licitante sea congruente con lo que se establezca en la convocatoria a la licitación pública;
VI. Que el cargo por utilidad fijado por el licitante se encuentre de acuerdo a lo previsto en este Reglamento;
VII. Que el importe total de la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran, y
VIII. Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción y de instalación permanente, sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos.
Respecto a la documentación legal se verificara que esta cumpla con los términos establecidos en la convocatoria para la misma.
La CONAGUA, en caso de considerarlo conveniente, podrá solicitar a los licitantes las aclaraciones pertinentes, o la aportación de información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones, siempre y cuando no implique alteración alguna a la parte técnica o económica de su proposición, en los términos del Artículo 66 del RLOPYSRM.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicara de entre los licitantes a aquel cuya proposición resulte solvente por que reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultase que dos o más proposiciones son solventes por que satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados, el contrato se adjudicara a la proposición solvente que hubiera ofertado el precio más bajo.
En caso de empate entre los licitantes cuyas proposiciones resulten solventes, éste se resolverá en términos del penúltimo párrafo del Artículo 38 de la LOPYSRM. Si no fuere factible resolver el empate en los términos del citado Artículo, la adjudicación del contrato se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que realice la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada licitante empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos de los licitantes que resultaron empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
En caso de que no se haya previsto dar a conocer el fallo en junta pública, el sorteo por insaculación se llevará a cabo previa invitación por escrito que realice el Área responsable de la contratación a los licitantes, a un representante del órgano interno de control y al testigo social cuando éste participe en el procedimiento de licitación pública, debiendo levantarse el acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o la falta de firma en el acta respectiva de los licitantes e invitados, invalide el acto.
II.6 CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES.
Se considerará como causa suficiente para desechar una proposición, durante la revisión cualitativa, cualquiera de las siguientes circunstancias:
Se consideran causas para el desechamiento de las proposiciones, las siguientes:
I. La falta de información o documentos que imposibiliten determinar su solvencia;
II. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas respecto de las cuales se haya establecido expresamente en la convocatoria a la licitación pública que afectarían la solvencia de la proposición;
III. Se acredite fehacientemente con la documentación idónea que la información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa;
IV. La ubicación del licitante en alguno de los supuestos señalados en los artículos 31, fracción XXIII, 51 y 78, penúltimo párrafo de la Ley;
V. La falta de presentación de los escritos o manifiestos a que se refiere la fracción VIII del artículo 34 de este Reglamento, y
VI. Aquéllas que por las características, magnitud y complejidad de los trabajos a realizar, la convocante determine establecer expresamente en la convocatoria a la licitación pública porque afectan directamente la solvencia de la proposición.
II.7 LICITACIÓN DESIERTA.
La CONAGUA procederá a declarar desierta la licitación, cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados en la convocatoria o sus precios de insumos no fueren aceptables o no se presente ninguna proposición.
III. PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
III.1 Inicio y termino del procedimiento de contratación
El procedimiento de contratación por licitación pública se inicia con la publicación de la convocatoria a la Licitación y concluye con la emisión del fallo y la firma del contrato; y en su caso con la cancelación del procedimiento respectivo.
III.2 Participación de Testigos Sociales
Con fundamento en el Titulo segundo, Capitulo primero, Sección II de los Testigos Sociales, del RLOPYSRM y con el objeto de dar cumplimiento a los principios consagrados por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cuanto a la eficiencia, eficacia y honradez, fortaleciendo con ello la transparencia de la licitación, se dará cumplimiento a esta sección cuando proceda la participación de un Testigo Social.
III.3 Participación de observadores
Se indica que se permitirá la asistencia de cualquier persona que manifieste su interés de estar presente en los diferentes actos de la presente licitación, en calidad de observador, bajo la condición de que deberán registrar previamente su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
III.4 Publicación de la convocatoria
Se indica que la CLPN se publica en el Sistema Gubernamental CompraNet, el día 03 de XXXX del 2011, para los efectos que de ella emanen.
III.5 Visita al sitio de los trabajos.
Los licitantes podrán visitar el (los) lugar(es) en que se realizarán los trabajos para que, considerando las especificaciones y documentación relativa, inspeccionen el sitio, hagan las valoraciones de los elementos que se requieran, analicen los grados de dificultad y realicen las investigaciones que consideren necesarias sobre las condiciones locales, climatológicas o cualquier otra que pudiera afectar su ejecución.
Para la visita o visitas al sitio de realización de los trabajos, la que deberá llevarse a cabo dentro del período comprendido entre el cuarto día natural siguiente a aquél en que se publique la convocatoria y el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones;
A quienes expresen su interés en participar en la convocatoria a la licitación con posterioridad a la realización de la visita, se les podrá permitir el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos relacionados con la obra pública, siempre que lo soliciten con anticipación de 24 horas a la recepción y apertura de proposiciones, aunque no será obligatorio para la CONAGUA, designar a un técnico que guíe la visita.
En ningún caso, la CONAGUA asumirá responsabilidad, por las conclusiones que los licitantes obtengan al examinar el lugar y circunstancias antes señaladas, y en el caso de ser adjudicatario del contrato, el hecho de que no se hayan tomado en consideración las condiciones imperantes en el sitio de los trabajos no le releva de su obligación para ejecutar y concluir los trabajos relacionados con la obra pública en la forma y términos convenidos.
La visita al sitio de los trabajos será opcional para el licitante, pero deberá manifestar por escrito, que conoce el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales, por lo que no podrá invocar su desconocimiento o modificaciones al contrato por este motivo.
III.5.1 Lugar de reunión para la visita al sitio de los trabajos.
El lugar de reunión para la visita al sitio de los trabajos será en: Las oficinas del Distrito de Temporal Tecnificado 008 Oriente de Yucatán, sita en el kilometro 17 de la carretera Tizimín-Colonia Yucatán, municipio de Tizimín, estado de Yucatán, tel. 00 0000 00 00 00., el día 09 de XXXX de 2011 a las 10:00 horas, siendo atendidos por: Ing. Xxxxx Xx Xxxx con número telefónico 00(000) 000 00 00 y 00 (000) 000 00 00
III.6 Junta de aclaraciones.
Es requisito indispensable la obtención de la convocatoria a la licitación y presentar en la junta de aclaraciones escrito, en el que se exprese el interés para participar en la licitación por sí o a través de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante legal.
III.6.1 Para la junta de aclaraciones se considerará lo siguiente:
El acto será presidido por el servidor público designado por la Comisión Nacional del Agua quién deberá ser asistido por un representante del área requirente de los trabajos, a fin de que se resuelvan en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los licitantes relacionados con los aspectos contenidos en la convocatoria.
Aclaraciones a la convocatoria de la licitación, siendo optativa para los licitantes la asistencia a la misma. De resultar modificaciones, en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, deberán presentar un escrito, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante.
III.6.2 Conteniendo los siguientes datos:
a. De la persona moral: clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quien se hayan otorgado; asimismo, los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, y
b. Del representante: nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la proposición, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quien se hayan otorgado.
Las solicitudes de aclaración, podrán entregarse personalmente en la junta de aclaraciones, o enviarse a través de CompraNet, según corresponda, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada junta.
Al concluir cada junta de aclaraciones podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de ulteriores juntas, considerando que entre la última de éstas y el acto de presentación y apertura de proposiciones deberá existir un plazo de al menos seis días naturales. De resultar necesario, la fecha señalada en la convocatoria para realizar el acto de presentación y apertura de proposiciones podrá diferirse.
De cada junta de aclaraciones se levantará acta en la que se harán constar los cuestionamientos formulados por los interesados y las respuestas de la convocante. En el acta correspondiente a la última junta de aclaraciones se indicará expresamente esta circunstancia.
Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición
En la(s) junta(s) de aclaraciones, la Comisión Nacional del Agua resolverá en forma clara y precisa las dudas o cuestionamientos que sobre la convocatoria a la licitación le formulen los interesados, debiendo constar todo ello en el acta que para tal efecto se levante, indicando si es la última o habrá una posterior y que será firmada por los asistentes interesados y los servidores públicos que intervengan. De proceder las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos.
“Las dudas, aclaraciones o cuestionamientos sobre la convocatoria a la licitación podrán formularse también a través de medios remotos de comunicación electrónica.”
III.6.3 Junta(s) de aclaraciones.
La(s) junta(s) de aclaraciones se celebrará(n) el día 11 de XXXX de 2011 a las 12:30 horas, en las oficinas de la Dirección de Infraestructura Hidroagrícola, sita en la calle 59 B número 238 por Xx. Xxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx, teléfono (000) 000 00 00 y 000 00 00.Siendo atendidos por: Ing. Xxxx Xx Xxxx con número telefónico 00(000) 0000000 y 9451957.
Al finalizar la junta de aclaraciones, se fijará un ejemplar del acta en las oficinas del OCPY, ubicadas xxxxx 00 X número 238 por Xx. Xxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx, teléfono (000) 000 00 00 y 000 00 00.
Por un término que no será menor a 5 (CINCO) días hábiles, dejándose constancia en el expediente de la licitación de la fecha, hora y lugar en que haya sido fijada el acta.
III.7 Revisiones Preliminares
Para facilitar los procedimientos de contratación, la CONAGUA efectuará revisiones preliminares respecto de la especialidad, experiencia y capacidad de los interesados, y cerciorarse de su inscripción en el registro único de contratistas a que se refiere el artículo 74 Bis de la LOPYSRM, así como de la documentación distinta a la propuesta técnica y económica, con DOS horas de anticipación al acto de recepción y apertura de proposiciones. En ningún caso se podrá impedir el acceso a quienes no se encuentren inscritos en dicho registro, por lo que los licitantes interesados podrán presentar sus proposiciones directamente en el acto de presentación y apertura de las mismas.
En todos los casos, se deberá preferir la especialidad, experiencia y capacidad técnica de los interesados, así como a aquellos contratistas que tengan un historial de cumplimiento satisfactorio de los contratos sujetos a la LOPYSRM. De igual manera, este criterio será aplicable a los licitantes que presenten proposiciones conjuntas.
En todos los casos, se deberá preferir la especialidad, experiencia y capacidad técnica de los interesados, así como a aquellos contratistas que tengan un historial de cumplimiento satisfactorio de los contratos sujetos a la LOPYSRM. De igual manera, este criterio será aplicable a los licitantes que presenten proposiciones conjuntas.
III.8 Acto de recepción y apertura de proposiciones.
El licitante a su elección y bajo su exclusiva responsabilidad podrá enviar su proposición en sobre cerrado, a través del servicio postal o de mensajería, debiéndose entregar en la dirección indicada en el primer párrafo del numeral II.3.3.
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.
Las proposiciones deberán presentarse el día 18 de XXXX de 2011 a las 12:30 horas, en la sala de juntas de la Dirección General del Organismo xx Xxxxxx Península de Yucatán, calle 59 B número 238 por Xx. Xxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx, teléfono (000) 000 00 00 y 000 00 00., donde se llevará a cabo el acto de presentación y apertura de proposiciones, bajo la presidencia del servidor público designado. Los licitantes o sus representantes legales al ser nombrados entregarán sus proposiciones en sobre cerrado y en su caso el escrito indicado en el punto 4.1., o por medios remotos de comunicación electrónica.
Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones, no se recibirán proposiciones que se presenten después de la fecha y hora establecida en la convocatoria a la licitación
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública, no sea posible abrir los sobres que contengan las proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudara a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
La Secretaría de la Función Pública podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en su poder.
En el acta que se levante de cada evento, se identificarán las proposiciones que se hayan presentado por medios remotos de comunicación electrónica.
Los licitantes que hubieren presentado sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten, cuando estas se encuentren a su disposición a través del programa informático del Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (CompraNet), a más tardar el día hábil siguiente de que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger las actas.”
Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido, leyendo en voz alta, el importe de las proposiciones.
“Se procederá, en primer término, a dar apertura a las proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electrónica y, posteriormente, a las de los licitantes que hayan presentado su proposición por escrito en el propio acto y de los que la enviaron por servicio postal o mensajería”.
De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las partes de las proposiciones (el documento número A 20, Catálogo de conceptos) que previamente haya determinado la convocante en la convocatoria a la licitación, las que para estos efectos constarán documentalmente.
Se levantará acta que contendrá como mínimo los requisitos que menciona el Artículo 62 del RLOPYSRM y que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones en la que se harán constar las proposiciones aceptadas para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas, el acta será firmada por los asistentes y se entregará copia de la misma. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efecto de su notificación. En esta acta se señalará que el fallo de la licitación se efectuará a las 16:30 horas, el día 25 de XXXX de 2011, en: la Sala de Juntas de la DIH, ubicada en xxxxx 00 X número 238 por Xx. Xxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx, teléfono (000) 000 00 00 y 000 00 00.; esta fecha que deberá quedar comprendida dentro de los treinta días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de treinta días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente para el fallo.
Al finalizar el acto de presentación y apertura de proposiciones, se fijará un ejemplar del acta en las oficinas del OCPY, ubicadas xxxxx 00 X número 238 por Xx. Xxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx, teléfono (000) 000 00 00 y 000 00 00., por un término que no será menor a 5 (CINCO) días hábiles, dejándose constancia en el expediente de la licitación de la fecha, hora y lugar en que haya sido fijada
III.9 Evaluación de las proposiciones.
La CONAGUA procederá con el análisis cualitativo de las proposiciones aceptadas, de acuerdo a lo señalado en el punto II.5 de esta CLPN debiendo elaborar un fallo en que conste lo dispuesto en el Artículo 39 de la LOPYSRM y 38 de su RLOPYSRM dando a conocer el resultado a los licitantes en el fallo;
III.10 Acto de fallo.
El acto del fallo de la licitación, se dará a conocer mediante junta pública y comenzará con la lectura del resultado del fallo que sirvió de base para determinar el licitante ganador, levantándose el acta correspondiente, la que contendrá los datos establecidos en el Artículo 39 del LOPYSRM.
“Los licitantes que hubieren utilizado medios remotos de comunicación electrónica, se darán por notificados del fallo, cuando este se encuentre a su disposición en el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (CompraNet), el mismo día que se emita, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger una copia del acta de fallo”.
A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública, se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en CompraNet
Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente en un lugar visible, al que tenga acceso el público, en el domicilio del área responsable del procedimiento de contratación, por un término no menor de cinco días hábiles. El titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la licitación, de la fecha, hora y lugar en que se hayan fijado las actas o el aviso de referencia. Artículo 39 Bis. de la LOPYSRM.
III.11 Firma de contrato.
El modelo de contrato, que se anexa a esta licitación, es emitido con apego en lo previsto en la legislación y normatividad vigente.
Previamente a la firma del contrato el licitante ganador, presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con los que se acredite la existencia legal de la persona moral y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona moral cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.
El licitante a quien se le adjudique el contrato, previamente a la formalización del contrato, deberá firmar la totalidad de la documentación que integre su proposición.
La adjudicación del contrato obligará a la CONAGUA y a la persona en quien hubiere recaído, a formalizar el documento relativo dentro de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse el contrato si no se encuentra garantizado de acuerdo con lo dispuesto en la fracción II del Artículo 48 de la LOPYSRM.
Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, será sancionado por la Secretaría de la Función Pública por conducto del Órgano Interno de Control y en los términos de los artículos 77 y 00 xx xx XXXXXXX, x xx xx xxxx, xx XXXXXXX podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente que resulte económicamente más conveniente para el Estado, que siga en puntaje o porcentaje a la del ganador, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, de conformidad con lo asentado en el fallo a que se refiere el Artículo 39 de la LOPYSRM y el punto III.9 de esta CLPN y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento.
Si la CONAGUA no firmare el contrato respectivo o cambia las condiciones de la convocatoria a la licitación que motivaron el fallo correspondiente, el licitante ganador, sin incurrir en responsabilidad, no estará obligado a ejecutar los trabajos.
Así mismo, a la firma del contrato el Licitante ganador deberá presentar el escrito, donde designa al SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN que es el representante del contratista ante la dependencia o la entidad de que se trate para cumplir con los términos y condiciones pactados en el contrato, en lo relacionado con la ejecución de los trabajos; que cuente con su FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA, requisito indispensable para la formalización y manejo del Programa informático de la Bitácora Electrónica de Obra Pública (BEOP), sistema informático diseñado y autorizado por la Secretaría de la Función Pública para la elaboración, control y seguimiento de la BEOP el cual garantiza la inalterabilidad de la información que en él se registre.
El cual entro en vigor a partir del 8 de diciembre del 2009, mediante el ACUERDO por el que se establecen los lineamientos para regular el uso del programa informático para la elaboración, control y seguimiento de la bitácora de obra pública por medios remotos de comunicación electrónica, publicado el 0 xx xxxxxxxxxx xxx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx.
III.12 Licitación Desierta.
La CONAGUA, declarará desierta la licitación cuando a su juicio las proposiciones presentadas por los licitantes no reúnan los requisitos de esta CLPN sus precios de insumos no fueren aceptables, o cuando no se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
III.13 Cancelación de la licitación.
La CONAGUA, podrá cancelar la licitación por caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar estos trabajos, o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia.
Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan en términos de lo dispuesto por el RLOPYSRM
III.14 Inconformidades
Los licitantes podrán inconformarse por escrito ante la Secretaría de la Función Pública ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, 0x Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, X. X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, o ante el Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua dependiente de la Secretaría antes citada, ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, 0x. Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx El Bajo, C. P. 04340, Delegación Coyoacán, Distrito Federal, en los términos de lo dispuesto por los artículos 83 y 84 de la LOPYSRM, 219 y 220 del RLOPYSRM.
Los licitantes, a su elección, también podrán inconformarse a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (CompraNet), dentro de los 6 (SEIS) días hábiles siguientes a aquél en que ocurra alguno de los actos a que se refiere el artículo 83 de la Ley de Obras Públicas y Trabajos Relacionados con las Mismas, debiendo utilizarse en sustitución de la firma autógrafa, medios de identificación o firma electrónica previamente certificados por la Secretaría de la Función Pública, la cual producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia tendrán el mismo valor probatorio.
La Secretaría de la Función Pública conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de licitación pública que se indican a continuación:
La convocatoria a la licitación, y las juntas de aclaraciones.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado que haya manifestado su interés por participar en el procedimiento según lo establecido en el artículo 35 de la LOPYSRM, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones;
La invitación a cuando menos tres personas.
Sólo estará legitimado para inconformarse quien haya recibido invitación, dentro de los seis días hábiles siguientes;
El acto de presentación y apertura de proposiciones, y el fallo.
En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública.
La cancelación de la licitación.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación, y
Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la CLPN o en la LOPYSRM.
En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma.
La inconformidad deberá presentarse por escrito, directamente en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública o a través de CompraNet., Conforme a lo estipulado en el Artículo 84 de la LOPYSRM.
Transcurridos los términos correspondientes a cada uno de los actos a que se refiere el Artículo 83 de la LOPYSRM, se tendrá por prelucido el derecho para inconformarse.
IV. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN.
IV.1 Propuesta técnica.
Documentos técnicos, que serán objeto de evaluación:
-
A 1
DESCRIPCIÓN DE LA PLANEACIÓN INTEGRAL DEL LICITANTE PARA REALIZAR LOS TRABAJOS, INCLUYENDO EL PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, CONSIDERANDO, EN SU CASO, LAS RESTRICCIONES TÉCNICAS QUE PROCEDAN CONFORME A LOS PROYECTOS Y QUE ESTABLEZCA LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA.
A 2
RELACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, INDICANDO SI SON DE SU PROPIEDAD, ARRENDADAS CON O SIN OPCIÓN A COMPRA, SU UBICACIÓN FÍSICA, MODELO Y USOS ACTUALES, ASÍ COMO LA FECHA EN QUE SE DISPONDRÁ DE ESTOS INSUMOS EN EL SITIO DE LOS TRABAJOS CONFORME AL PROGRAMA PRESENTADO; TRATÁNDOSE DE MAQUINARIA O EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN ARRENDADO, CON O SIN OPCIÓN A COMPRA, DEBERÁ PRESENTARSE CARTA COMPROMISO DE ARRENDAMIENTO Y DISPONIBILIDAD EN EL CASO DE QUE RESULTARE GANADOR.
A 3
DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA EN TRABAJOS SIMILARES, CON LA IDENTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS POR EL LICITANTE Y SU PERSONAL, EN LOS QUE SEA COMPROBABLE SU PARTICIPACIÓN, ANOTANDO EL NOMBRE DE LA CONTRATANTE, DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS, IMPORTES TOTALES, IMPORTES EJERCIDOS O POR EJERCER Y LAS FECHAS PREVISTAS DE TERMINACIONES, SEGÚN EL CASO.
A 4
ESCRITO DE PROPOSICIÓN DE LOS PROFESIONALES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS AL SERVICIO DEL LICITANTE, ANEXANDO EL CURRICULUM DE CADA UNO DE LOS PROFESIONALES TÉCNICOS QUE SERÁN RESPONSABLES DE LA DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS, LOS QUE DEBERÁN TENER EXPERIENCIA EN OBRAS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y MAGNITUD SIMILARES.
A 5
MANIFESTACIÓN ESCRITA DE CONOCER EL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Y SUS CONDICIONES AMBIENTALES; ESTAR CONFORME DE AJUSTARSE A LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES, A LOS TÉRMINOS DE LAS BASES DE ESTA LICITACIÓN, SUS ANEXOS Y LAS MODIFICACIONES QUE, EN SU CASO, SE HAYAN EFECTUADO; AL MODELO DEL CONTRATO Y DE LAS GARANTÍAS A OTORGARSE, LOS PROYECTOS ARQUITECTÓNICOS Y DE INGENIERÍA; EL HABER CONSIDERADO LAS NORMAS DE CALIDAD DE LOS MATERIALES Y LAS ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN QUE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA LES HUBIERE PROPORCIONADO, ASÍ COMO HABER CONSIDERADO EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICIÓN, LOS MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE QUE, EN SU CASO LE PROPORCIONARÁ LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA Y EL PROGRAMA DE SUMINISTRO CORRESPONDIENTE.
A 6
MANIFESTACIÓN ESCRITA EN LA QUE SEÑALE LAS PARTES DE LOS TRABAJOS QUE SUBCONTRATARÁ, SOLO EN EL CASO DE HABERSE PREVISTO EN LAS BASES DE LICITACIÓN. LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA PODRÁ SOLICITAR LA INFORMACIÓN NECESARIA QUE ACREDITE LA EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LAS PERSONAS QUE SUBCONTRATARÁN.
A 7
MANIFESTACIÓN ESCRITA DE QUE LOS PRECIOS CONSIGNADOS EN SU PROPOSICIÓN NO SE COTIZAN EN CONDICIONES DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL EN SU MODALIDAD DE DISCRIMINACIÓN DE PRECIOS O DE SUBSIDIOS, CUANDO SE REQUIERA DE MATERIALES, MAQUINARIA Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE DE ORIGEN EXTRANJERO DE LOS SEÑALADOS POR LA SECRETARIA DE ECONOMÍA.
A 8
DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA CAPACIDAD FINANCIERA, LOS CUALES DEBERÁN INTEGRARSE AL MENOS POR LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS DE LOS DOS ÚLTIMOS AÑOS ANTERIORES Y EL COMPARATIVO DE RAZONES FINANCIERAS BÁSICAS, SALVO EN EL CASO DE EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN, LAS CUALES DEBERÁN PRESENTAR LOS MÁS ACTUALIZADOS A LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
IV.2 Propuesta económica.
Documentos económicos, que serán objeto de evaluación.
-
A 9
LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICIÓN, INDICANDO LAS CANTIDADES A UTILIZAR, SUS RESPECTIVAS UNIDADES DE MEDICIÓN Y SUS IMPORTES AGRUPANDO POR:
A MATERIALES MÁS SIGNIFICATIVOS Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE.
B MANO DE OBRA.
C MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN CON LA DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CADA UNO DE ELLOS, INDICANDO LAS CANTIDADES A UTILIZAR, SUS RESPECTIVAS UNIDADES DE MEDICIÓN Y SUS IMPORTES.
A 10
FACTOR XX XXXXXXX REAL.
A ANÁLISIS DEL FACTOR Tp/TI
B TABLA DE CÁLCULO DEL FACTOR XX XXXXXXX REAL.
C ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN XXX XXXXXXX REAL.
A 11
RELACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS COSTOS UNITARIOS BÁSICOS DE LOS MATERIALES QUE SE REQUIERAN PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. CUANDO EXISTAN INSUMOS DE LOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 26 FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, SE DEBERÁ SEÑALAR EL PRECIO OFERTADO POR EL LICITANTE.
A 12
ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS HORARIOS DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, DEBIENDO CONSIDERAR ÉSTOS PARA EFECTOS DE EVALUACIÓN, CON COSTOS Y RENDIMIENTOS DE MÁQUINAS Y EQUIPOS NUEVOS.
A 13
ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS INDIRECTOS, IDENTIFICANDO LOS CORRESPONDIENTES A LOS DE ADMINISTRACIÓN DE OFICINAS DE CAMPO Y LOS DE OFICINAS CENTRALES.
A 14
ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO.
A 15
CARGO POR UTILIDAD PROPUESTA POR EL LICITANTE.
A 16
CARGOS ADICIONALES.
A 17
ANÁLISIS DEL TOTAL DE LOS PRECIOS UNITARIOS DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO, DETERMINADOS Y ESTRUCTURADOS CON COSTOS DIRECTOS , INDIRECTOS, DE FINANCIAMIENTO, CON CARGO POR UTILIDAD Y CARGOS ADICIONALES, DONDE SE INCLUIRÁN LOS MATERIALES A UTILIZAR CON SUS CORRESPONDIENTES CONSUMOS Y COSTOS, Y DE MANO DE OBRA, MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN CON SUS CORRESPONDIENTES RENDIMIENTOS Y COSTOS.
A 18
PROGRAMA GENERAL DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS CONFORME AL CATÁLOGO DE CONCEPTOS CON SUS EROGACIONES, CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO CONFORME A LOS PERÍODOS DETERMINADOS POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, DIVIDIDO EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS, DEL TOTAL DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO, UTILIZANDO PREFERENTEMENTE DIAGRAMAS XX XXXXXX, O BIEN, REDES DE ACTIVIDADES CON RUTA CRITICA.
A 19
PROGRAMAS DE EROGACIONES A COSTO DIRECTO CALENDARIZADOS Y CUANTIFICADOS EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS DE SUMINISTRO O UTILIZACIÓN CONFORME A LOS PERÍODOS DETERMINADOS POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, PARA LOS SIGUIENTES RUBROS:
A MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE EXPRESADOS EN UNIDADES CONVENCIONALES Y VOLÚMENES REQUERIDOS.
B MANO DE OBRA.
C MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, IDENTIFICANDO SU TIPO Y CARACTERÍSTICAS.
D UTILIZACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
A 20
CATALOGO DE CONCEPTOS, CONTENIENDO DESCRIPCIÓN, UNIDADES DE MEDICIÓN, CANTIDADES DE TRABAJO, PRECIOS UNITARIOS CON NÚMERO Y LETRA E IMPORTES POR PARTIDA, SUBPARTIDA, CONCEPTO Y DEL TOTAL DE LA PROPOSICIÓN. ESTE DOCUMENTO FORMARÁ EL PRESUPUESTO DE LA OBRA QUE SERVIRÁ PARA FORMALIZAR EL CONTRATO CORRESPONDIENTE.
IV.3 Documentación adicional.
Con fundamento en lo que establece el Artículo 28 último párrafo y 36 de la LOPYSRM y 10, 42, 43, 44, 61 fracciones IX y X del RLOPYSRM, deberá presentar su proposición y documentación adicional, por escrito y en sobre cerrado y a su elección dentro o fuera de dicho sobre, ó a través de medios remotos de comunicación electrónica, conforme al acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de estos medios, en el envío de proposiciones dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 xx xxxxxx del 2000.
Los licitantes, a su elección, deberán acompañar dentro o fuera del sobre que contenga sus proposiciones, los siguientes documentos:
Original del escrito en el que señale domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y una dirección de correo electrónico en caso de contar con ella, documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto;
Original del escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78, de la Ley de Obras Públicas y Trabajos Relacionados con las Mismas; y que por su conducto no participan en los procedimientos de contratación personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos del artículo 51, fracción IV de la propia Ley.
Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición
Original del escrito mediante el cual el representante legal Con objeto de acreditar su personalidad, los licitantes o sus representantes podrán exhibir un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
a) Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, los de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios, y
b) Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación y su identificación oficial.
V. Copia simple del escrito en el que expresen su interés en participar en la convocatoria a la licitación por si o en representación de un tercero manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y en su caso del representante legal de la empresa. Anexando registro de participación generado por el sistema CompraNet.
VI. Original del escrito que contenga la declaración de integridad, mediante la cual los licitantes manifiesten de que por si mismos, o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes; y
VII. Altas de las personas con discapacidad o la empresa que cuente con trabajadores con discapacidad cuando menos un 5% de la totalidad de su planta de empleados que se hayan dado con seis meses de antelación a la fecha prevista al acto de presentación y apertura de proposiciones, mismo que se comprobara con el aviso correspondiente; La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.
VIII. Manifestación escrita de conocer el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales.
IX. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad en la que señale las partes de los trabajos que subcontratará, en caso de haberse previsto en la convocatoria a la licitación pública. Las dependencias y entidades deberán solicitar la información necesaria que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que se subcontratarán;
X. Los que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio de contratos suscritos con dependencias o entidades, en el caso de haberlos celebrado; en el supuesto de que el licitante no haya formalizado contratos con las dependencias y entidades éste lo manifestará por escrito a la convocante, bajo protesta de decir verdad, por lo que no será materia de evaluación el historial de cumplimiento a que se refiere el último párrafo del Artículo 36 de la LOPYSARM. En caso de que el licitante no presente los documentos o el escrito señalados, se atenderá lo dispuesto en los párrafos primero y segundo del Artículo 66 del RLOPYSRM.
XI.- Escrito libre de acuerdo a lo señalado en el Artículo 36.- del RLOPSRM; que dice: “En la convocatoria a la licitación pública e invitación a cuando menos tres personas de carácter nacional, deberá establecerse como requisito de participación la entrega de un escrito en el que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana”.
Para los interesados que decidan agruparse para presentar una proposición, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados en las fracciones anteriores.
IV.3.1 Documentación legal.
IV.3.2 Otra Documentación
Documento 1 (No aplica para esta convocatoria)
FORMATO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO DE LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA.(EN SU CASO)
FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN PARA GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA: (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebrará el contrato), CON DOMICILIO EN __________, LA CANTIDAD DE $_________, (__________ PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LA DEBIDA Y CORRECTA APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO OTORGADO POR LA CONAGUA EN RELACIÓN CON EL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO NÚMERO __________, DE FECHA ___ DE _________ DE 200___, CON IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $_________, (__________ PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo), CELEBRADO CON LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA CONAGUA. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y TRABAJOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, Y SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO POR XX XXXXXXX, XX XXXX XXXX, XX XXXXXXX, DANDO CONOCIMIENTO A LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN, LO NOTIFICARÁ POR ESCRITO A LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PARA SU CANCELACIÓN. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA FIANZA GARANTIZA LA DEBIDA Y CORRECTA APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO OTORGADO POR LA CONAGUA AL CONTRATISTA CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE $__________ (___________ PESOS 00/100 M. N.); C).- LA FIANZA SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO POR PARTE DEL CONTRATISTA Y SE LIBERARÁ HASTA QUE EL CONTRATISTA HAYA AMORTIZADO LA TOTALIDAD DEL ANTICIPO, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA CONAGUA, SIN CUYO REQUISITO NO PROCEDERÁ LA LIBERACIÓN DE LA PRESENTE FIANZA Y, EN CONSECUENCIA, ÉSTA CONTINUARÁ VIGENTE; D).- LA FIANZA SE HARÁ EFECTIVA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LE SEA NOTIFICADA AL CONTRATISTA LA RESOLUCIÓN DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO; E).- ÉSTA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DESDE SU FECHA DE EXPEDICIÓN Y DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN POR PARTE DEL CONTRATISTA O LA CONAGUA, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA; Y F).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Previamente a la firma del contrato y dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo, pero invariablemente antes de la firma del contrato, el licitante a quien se le adjudique la realización de los trabajos deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de la CONAGUA, por el diez por ciento (10%) del importe total de los trabajos contratados, de la forma siguiente:
Documento 2
FORMATO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA.
FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN PARA GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebró el contrato), CON DOMICILIO EN __________, LA CANTIDAD DE $_________, (__________ PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO NÚMERO __________, DE FECHA ___ DE _________ DE 200___, CON IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $_________, (__________ PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo). CELEBRADO CON LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA CONAGUA. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y TRABAJOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, Y ESTARÁ VIGENTE HASTA QUE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA HAYAN SIDO RECIBIDOS EN SU TOTALIDAD, O PARTE DE LOS MISMOS CUANDO ASÍ SE HAYA CONVENIDO, Y EN SU CASO, HASTA QUE SE SUSTITUYA POR OTRA EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 66 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y TRABAJOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 61 DE SU REGLAMENTO. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS Y CADA UNA DE LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA FIANZA GARANTIZA EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS; C).- CUANDO LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO SE REALICEN EN MÁS DE UN EJERCICIO PRESUPUESTAL, ÉSTA FIANZA SE SUBSTITUIRÁ POR OTRA EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS NO EJECUTADOS, INCLUYENDO EN DICHO IMPORTE LOS MONTOS RELATIVOS A LOS AJUSTES DE COSTOS Y MODIFICACIONES CONTRACTUALES, SI LAS HUBIERE; D).- EN EL CASO DE QUE LA CONAGUA OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS AL CONTRATISTA, DERIVADAS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, SE DEBERÁ OBTENER LA MODIFICACIÓN DE LA FIANZA, LA QUE CONTINUARÁ VIGENTE HASTA LA EJECUCIÓN Y TERMINACIÓN TOTAL DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO Y SEA SUSTITUIDA POR PARTE DEL CONTRATISTA POR LA FIANZA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 66 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y TRABAJOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS; E).- LA FIANZA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Y EN CONSECUENCIA LA EJECUCIÓN Y TERMINACIÓN TOTAL DE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE SUBCONTRATEN CON LA AUTORIZACIÓN DE LA CONAGUA; F).- LA FIANZA SE HARÁ EFECTIVA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LE SEA NOTIFICADA AL CONTRATISTA LA RESOLUCIÓN DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO; G).- ÉSTA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DESDE SU FECHA DE EXPEDICIÓN Y DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN POR PARTE DEL CONTRATISTA O DE LA CONAGUA, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA; H).- LA FIANZA SE LIBERARÁ CUANDO EL CONTRATISTA HAYA CUMPLIDO CON TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES ESTIPULADAS EN EL CONTRATO, HAGA PAGO TOTAL Y EN FORMA INCONDICIONAL DE LOS SALDOS QUE RESULTEN A SU CARGO EN EL FINIQUITO, CONSTITUYA Y ENTREGUE, PREVIAMENTE A LA RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS, FIANZA QUE GARANTICE LOS DEFECTOS QUE RESULTEN DE LOS TRABAJOS, DE LOS VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA CONAGUA, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN I, INCISO b) DEL ARTÍCULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y TRABAJOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, SIN CUYO REQUISITO NO PROCEDERÁ LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE FIANZA Y, EN CONSECUENCIA, ÉSTA CONTINUARÁ VIGENTE; Y, I).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA.
GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable.
Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación y a satisfacción de la CONAGUA, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello.
Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija.
El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos y los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos.
Quedarán a salvo los derechos de la CONAGUA, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Trabajos Relacionados con las Mismas.
Si el contratista opta por la póliza de fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Trabajos Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de la forma siguiente:
Documento 3
FORMATO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EN LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA.
FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN PARA GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA: (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebró el contrato), CON DOMICILIO EN __________, LA CANTIDAD DE $_________, (__________ PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS, LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL CONTRATISTA Y QUE RESULTEN A SU CUENTA Y RIESGO, DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS RELATIVOS AL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO NÚMERO __________, DE FECHA ___ DE _________ DE 200___, CON IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS RECIBIDOS POR LA CANTIDAD DE $_________, (__________ PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo), CELEBRADO CON LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA CONAGUA. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y TRABAJOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA VIGENCIA DE ÉSTA FIANZA ES DE 12 (DOCE) MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS, SIEMPRE QUE DURANTE ESE PERIODO NO HAYA SURGIDO ALGUNA RESPONSABILIDAD A CARGO DEL CONTRATISTA POR DEFECTOS DE LOS TRABAJOS, XXXXXX OCULTOS O CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL CONTRATO, POR LO QUE PREVIAMENTE A LA RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS, EL CONTRATISTA GARANTIZA LOS MISMOS EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 66 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y TRABAJOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 64 DE SU REGLAMENTO, POR LO QUE TRANSCURRIDOS LOS 12 (DOCE) MESES, SIN QUE EXISTA RECLAMACIÓN ALGUNA POR PARTE DE LA COMISIÓN, LA FIANZA QUEDARÁ CANCELADA, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA CONAGUA, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN I, INCISO b) DEL ARTÍCULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y TRABAJOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS; C).- EN EL CASO DE PRESENTARSE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O RESPONSABILIDADES NO CUMPLIDAS, LA CONAGUA LO COMUNICARÁ DE INMEDIATO Y POR ESCRITO AL CONTRATISTA PARA QUE ÉSTE HAGA LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES CORRESPONDIENTES, DENTRO DE UN PLAZO MÁXIMO DE 30 (TREINTA) DÍAS NATURALES, TRANSCURRIDO ÉSTE TÉRMINO SIN QUE SE HUBIERE REALIZADO, LA CONAGUA PROCEDERÁ A HACER EFECTIVA ESTA FIANZA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE HAYA NOTIFICADO AL CONTRATISTA LA RESOLUCIÓN DE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. SI LA REPARACIÓN REQUIERE DE UN PLAZO MAYOR, EL CONTRATISTA Y LA CONAGUA, PODRÁN CONVENIRLO, DEBIENDO CONTINUAR VIGENTE ESTA PÓLIZA DE FIANZA; D).- LA FIANZA GARANTIZA LA BUENA CALIDAD DE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HAYAN SUBCONTRATADO CON LA AUTORIZACIÓN DE LA CONAGUA; Y, E).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA.
5. MARCO NORMATIVO
La legislación aplicable a la presente licitación es la establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley de Obras Públicas y Trabajos Relacionados con las Mismas y su Reglamento, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Código Civil Federal; Código Fiscal de la Federación; Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011; Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 y, Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LOPYSRM, entrando en vigor el 27 xx xxxxx del 2009, Oficio circular de la Secretaria de la Función Pública N° UNCP/309/TU/00412/2009 de fecha 23 xx xxxxx de 2009 (Directrices)las demás disposiciones administrativas de carácter federal aplicables.
VI.- CONTROVERSIAS
Las
controversias que se susciten con motivo de esta licitación, se
resolverán con apego a lo previsto en la LOPYSRM
y el RLOPYSRM,
y a las disposiciones mencionadas en el punto 5 denominado MARCO
NORMATIVO, de esta convocatoria a la licitación
y en cualquier otra
norma legal aplicable.
“En el supuesto de que se suscite alguna controversia relacionada con la información enviada a través de medios remotos de comunicación electrónica, la autoridad competente podrá solicitar a la Secretaría de la Función Pública, exhiba los archivos electrónicos que obran en el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (CompraNet), así como la impresión de éstos debidamente certificados, a efecto de desahogar las pruebas a que haya lugar conforme a las disposiciones adjetivas que resulten aplicables”.
VII.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION
El contratista no podrá difundir o proporcionar información alguna relativa al proyecto, en forma de publicidad o artículo técnico a menos que cuente con la autorización previa, expresa y por escrito de la Comisión Nacional del Agua.
VIII.- PROHIBICIÓN DE LA NEGOCIACIÓN.
Las condiciones contenidas en la CLPN, así como y en las proposiciones presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 27, cuarto párrafo, de la LOPYSRM, sin perjuicio de que la convocante pueda solicitar a los licitantes aclaraciones o información adicional en los términos del Artículo 38 de la LOPYSRM.
IX.- INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN
La Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas, inspecciones y verificaciones que estime pertinentes con respecto a la ejecución de los trabajos objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en los artículos 75 y 76 de la LOPYSRM.
X. COMPROBACIÓN DEL LICITANTE DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL PAGO DE LOS IMPUESTOS.
Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación, se observará lo siguiente:
La Comisión Nacional del Agua exigirá del contribuyente con quien se vaya a celebrar el contrato, que cumpla con los siguientes requisitos que se establecen en el Decreto que reforma al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, entre otros ordenamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 xx xxxxx de 2006 y la emisión de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2010, en particular la regla I.2.1.15, publicada en el mismo medio de difusión el pasado 11 xx xxxxx de 2010,
I. Por cada contrato, las dependencias y entidades citadas exigirán de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, les presenten documento actualizado expedido por el SAT, en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar la opinión sobre el cumplimento de obligaciones conforme a lo siguiente:
a) Presentar solicitud de opinión a través de la página de Internet del SAT, en la opción "Mi portal".
b) Contar con la CIECF.
c) Indicar que la opinión se solicita para celebrar contratos con la Administración Pública Federal Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República o las entidades federativas.
d) El contribuyente solicitante con el acto de registrar su solicitud en la página de Internet del SAT para efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del CFF, manifiesta bajo protesta de decir verdad que:
Ha cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, que el RFC está activo y el domicilio fiscal localizado.
Se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual correspondiente al último ejercicio fiscal por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que solicita la opinión.
No tienen créditos fiscales firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, IETU, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios. Así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales
Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto en la regla I.2.19.1.
5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
e) En el caso que existan créditos fiscales firmes manifestará que se compromete a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de trabajos u obra pública que se pretenda contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla II.2.1.11.
II. La ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, emitirá opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales indicadas a través del portal de Internet del SAT, para los efectos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Trabajos del Sector Público o de la Ley de Obras Públicas y Trabajos relacionados con las mismas, según sea el caso, a más tardar dentro de los 20 días siguientes a la recepción de la solicitud de opinión, salvo en los casos en que el contribuyente se hubiera comprometido a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de trabajos u obra pública que se pretenda contratar los créditos fiscales firmes que tengan a su cargo, supuesto en el cual la opinión se emitirá a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la solicitud de opinión.
III. En caso de detectar el incumplimiento de las obligaciones fiscales a que se refiere esta regla o de la existencia de créditos fiscales firmes o del incumplimiento de garantizar debidamente el interés fiscal, la ALSC mediante comunicado a través de la página del SAT notificará al contribuyente las omisiones detectadas y éste contará con 10 días para manifestar ante dicha ALSC lo que a su derecho convenga. La autoridad fiscal procederá a emitir la opinión correspondiente, conforme a lo siguiente:
a) Si el contribuyente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, comprueba el pago de los créditos, el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o realiza la aclaración o pago de los créditos fiscales respectivos ante la Administración que le haya notificado las omisiones, una vez validado el cumplimiento, la autoridad fiscal, podrá emitir opinión en sentido favorable dentro del plazo de 20 días indicado en la fracción II de la presente regla.
b) Si el contribuyente dentro del plazo señalado en el primer párrafo de esta fracción, no atiende o no aclara las inconsistencias señaladas o en su caso si de la información o documentación presentada se detecta la persistencia del incumplimiento de las obligaciones fiscales, la autoridad fiscal emitirá opinión en sentido negativo, vencido el plazo de 10 días que se le otorgó.
c) Cuando el contribuyente manifieste su interés de celebrar convenio para pagar sus créditos fiscales firmes, con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de trabajos u obra pública que se pretenda contratar, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de 15 días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de 15 días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo, en los términos de lo señalado por la regla II.2.1.11., emitiendo la opinión dentro de los 30 días a que se refiere la fracción II de esta regla.
La opinión prevista en esta fracción, así como el documento al que se hace referencia en la fracción I de esta regla, se emite para fines exclusivos del artículo 32-D del CFF, considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, y no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.
El documento con la opinión en sentido favorable a que se refiere la fracción I de esta regla, tendrá vigencia durante un periodo de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión de la opinión correspondiente a través de la página de Internet del SAT.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio.
Para los efectos de esta regla, tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales entre otros, si a la fecha de presentación de la solicitud a que se refiere la fracción I, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:
I. Cuando el contribuyente cuente con autorización vigente para pagar a plazos.
II. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.
III. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.
Es responsabilidad del contribuyente solicitante de la opinión, verificar mediante consulta en la página de Internet del SAT, en la opción "Mi portal", la respuesta o la solicitud de información adicional que requiera la autoridad, a partir de la fecha sugerida que se informa en el acuse de la solicitud de servicio.
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN NACIONAL No. 16101143-006-11 PARA OBRA PÚBLICA 2011
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