Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS QUE HABRÁN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS MENOR PARA LA EXPLOTACIÓN DEL BAR UBICADO EN LA PISCINA MUNICIPAL.
I – CONFIGURACIÓN GENERAL DEL CONTRATO PRIMERA.- JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO
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En cumplimiento de lo establecido en el art. 28 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. (en adelante LCSP), la celebración del presente contrato proyectado, se justifica en la necesidad de proporcionar a los vecinos de la localidad el funcionamiento de las instalaciones del bar sito dentro de la Piscina Municipal desde el cierre de la piscina y antes de la apertura de la temporada estival del año 2020.
SEGUNDA. CALIFICACIÓN DEL CONTRATO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
En virtud del art. 17 de la LCSP, el presente contrato se trata de un contrato de servicios Son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario. En cumplimiento de lo establecido en el art. 118 de la LCSP, se trata de un contrato menor por ser su importe inferior a 15.000 euros.
TERCERA. OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente contrato la explotación y gestión del bar ubicado dentro de la Piscina sita en C/Xxxxxx Xxxxxxx de Ajalvir, con derecho a la utilización de las instalaciones de dominio público correspondientes.
CUARTA. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
4.1. El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá para lo no establecido en este Pliego, por la LCSP y disposiciones complementarias; por la legislación de contratos que en desarrollo de la legislación básica promulgue la Comunidad Autónoma; por el Reglamento General de Contratación y por las demás normas de derecho administrativo.
4.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público, el Reglamento General, y este Pliego, por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción.
QUINTA. PRECIO DEL CONTRATO
El precio inicial se fija en 1.125 euros (150 € al mes x 7,5 meses) más 236,25 € euros correspondientes al IVA (21%) , lo que hace un total de 1.361,25 euros anuales, si bien, los licitadores podrán formular las ofertas económicas mejorando el tipo establecido al alza.
Xxxxx xx xx Xxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx (Xxxxxx) - tel. 000 000 000 - fax 000 000 000 - xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx
SEXTA. DURACION DEL CONTRATO
Se establece un plazo de duración del contrato de 7,5 meses, a contar desde la fecha de la firma del mismo, sin posibilidad de prórroga por acuerdo de las partes, por expresa prohibición del art. 29.8 de la LCSP, al tratarse de un contrato menor
II – SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO SÉPTIMA. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
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Teniendo en cuenta la justificación señalada en la cláusula 2ª de este Pliego de Condiciones y en base a lo dispuesto en los artículos 118 y 131.3 de la LCSP, la adjudicación del presente contrato menor podrá efectuarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación.
La adjudicación se efectuará con máximo respeto a los principios de libertad de concurrencia y publicidad, pudiendo adjudicarse al licitador que presente la oferta más ventajosa. A tal fin, el Ayuntamiento publicará anuncio sobre la adjudicación del presente contrato en el tablón de edictos municipal, para que los interesados presenten sus ofertas. El Ayuntamiento podrá declarar desierta la licitación si considera inadecuadas las ofertas presentadas.
No podrán participar las personas que sean deudoras con este ayuntamiento, sea cual fuera la deuda contraída, si al día fijado para la adjudicación no se han cancelado sus deudas.
OCTAVA. CAPACIDAD
Podrán presentar ofertas, por si mismas o por medio de representantes, las personas naturales o jurídicas, específicas o extranjeras que tengan plena capacidad para ellos en los términos previstos en el artículo 65 de la LCSP, y artículos 9 y 10 del Reglamento General y no se encuentren incluidas en alguno de los supuestos de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas recogidos en el artículo 71 de la LCSP.
NOVENA. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
9.1. La documentación para la licitación, se presentará en el Registro General de este Ayuntamiento, sito en la Xxxxx xx xx Xxxxx xx 0, en horario de 9 a 13 horas, de lunes a viernes, hasta el día 11 de octubre de 2019 a las 12.00 horas, procediéndose a la apertura a las 13.00 horas del mismo día 11.
9.2. Las proposiciones serán secretas y se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Ajalvir, constará de: SOBRE A, con la documentación administrativa.
SOBRE B, con la oferta económica.
9.3. El modelo de proposición figura como Xxxxx X
9.4. Cada licitador sólo podrá presentar una proposición.
9.5. Su presentación presume la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de las cláusulas de este pliego.
DÉCIMA. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Se incluirá en el sobre la documentación que a continuación se menciona:
II) Certificado del Dpto de Recaudación del Ayuntamiento de Ajalvir en el que conste que no tiene deudas con el mismo en lo referente a los cobros de este Ayuntamiento.
III) La que acredite la personalidad jurídica y capacidad del empresario, en los términos previstos en el artículo 84 de la LCSP, y artículos 9 y 10 del Reglamento General, y en su caso la representación del firmante de la proposición conforme a lo previsto en el artículo 21 del Reglamento General.
a) Si el oferente es persona física, el documento que acredite su personalidad, a través de copias autenticadas (para españoles: Documento Nacional de Identidad o documento que haga sus veces; para extranjeros: Xxxxxxxxx, Autorización de Residencia y Permiso de Trabajo).
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b) Si el oferente es persona jurídica española deberá aportar escritura de constitución de la Sociedad o de la modificación de sus estatutos, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación mercantil que le fuere aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, o de modificación de Estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
III) Declaración responsable, de no estar incurso en prohibición para contratar con la Administración Pública de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la LCSP.
Esta declaración responsable comprenderá expresamente la circunstancia de que el empresario se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en los términos en que estas se definen en los artículos 13 y 14 del Reglamento General.
Se incorpora modelo de declaración como Xxxxx XX de este Pliego.
UNDÉCIMA. MESA DE CONTRATACIÓN
No se precisa su constitución tratándose de un contrato menor.
DUODÉCIMA. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, las mismas serán examinadas, y por el órgano de contratación se adjudicará, en resolución motivada, a la oferta más ventajosa.
DECIMOTERCERA. GARANTÍA
Tratándose de un contrato menor, no se exige fianza.
DECIMOCUARTA. SEGURO DE RESPONSABILIDAD
El adjudicatario deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil que cubra daños al público asistente y a terceros, así como el riesgo de incendio, daños al público asistente o a terceros derivados de las condiciones del establecimiento público o instalación y los daños al personal que preste sus servicios en éste. El capital mínimo que deberá cubrir la póliza de seguro ante estos riesgos será de 30.000 euros.
El incumplimiento de esta condición conllevará la no formalización del contrato.
DECIMOQUINTA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
15.1. El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación comprobándose previamente la vigencia de los certificados presentados en la licitación acreditativos de las obligaciones determinadas en los artículos 13 a 16 del Reglamento General, y acredite haber contratado el seguro de responsabilidad civil previsto en la cláusula anterior.
El documento de formalización del contrato será suscrito por el Alcalde del Ayuntamiento y el contratista, y contendrá las menciones establecidas en los artículos 35 de la LCSP y 71.3 y 4 del Reglamento General, salvo que ya se encuentren recogidas en los pliegos.
15.2. Al contrato que se formalice se unirá como anexo, además de la oferta aceptada, un ejemplar del presente Xxxxxx que será firmado por el adjudicatario, considerándose a todos los efectos parte integrante de aquél.
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15.3. El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
III – EJECUCIÓN DEL CONTRATO DECIMOSEXTA. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
16.1. Realizar el objeto de este contrato de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales vigentes.
16.2. Abonar al Ayuntamiento el precio por el que resulte adjudicatario. El adjudicatario depositará en este Ayuntamiento, al día siguiente al que se realice la adjudicación, el 50% DEL VALOR DE ADJUDICACIÓN Y EL OTRO 50% LO ABONARÁ ANTES DE 00 XX XXXX XXX 0000.
16.3. Pagar los gastos ordinarios y extraordinarios de carácter tributario (entre ellos el IVA), servicios y suministro de energía eléctrica y otros que pudieran ocasionarse por la utilización y explotación de la instalación.
16.4. Destinar las instalaciones a la finalidad específica de la explotación y no aplicarla a otros usos. En concreto, el único y exclusivo objeto del contrato es la explotación del bar de la Piscina municipal.
16.5. Conservar las instalaciones en perfecto estado, de limpieza e higiene según las normas vigentes del sector. Por tanto los trabajos y obras necesarias para mantenerlos en buenas condiciones será a cargo del adjudicatario. Las obras que se realicen en las instalaciones serán de propiedad municipal sin que por ella deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al adjudicatario. Toda obra, construcción e instalación, deberá tener la correspondiente autorización municipal en cuanto propietario del local, además de los permisos legalmente exigibles.
Realizar la limpieza diaria xxx xxxxxxx de la Barra-Bar y Terraza adjunta, corriendo por cuenta del adjudicatario el coste de los productos de limpieza que ello conlleve. Igualmente deberá realizar la limpieza diaria de los servicios, aseos y vestuarios, corriendo en este caso por cuenta del Ayuntamiento los productos de limpieza que se necesiten (papel, gel y otros).
El consumo de luz que se genere durante los 7,5 meses de apertura de la Barra-Bar correrá por cuenta del adjudicatario.
Se le exigirá que tenga siempre y en todo momento en perfectas condiciones higiénico-sanitarias todas las dependencias de la Barra-Bar, recinto de mesas, servicios y vestuarios, siendo así mismo encargado de la apertura y cierre de las dependencias mencionadas.
16.6. Ejercer la explotación directamente por el adjudicatario, con la prohibición de traspasarla, arrendarla o realizar cualquier otra forma de cesión a terceros, salvo autorización municipal.
16.7. Suscribir la póliza de seguro de responsabilidad civil descrita en la cláusula 14 de este pliego.
16.8. Cumplir con las obligaciones legales existentes en materia de apertura, horarios, afiliación e inscripción en la Seguridad Social en el régimen de autónomos y estar dado de alta en el IAE.
16.9. Comunicar al Ayuntamiento las anomalías y desperfectos que se produzcan en las instalaciones.
16.10. El adjudicatario deberá dotar al recinto del mobiliario necesario para su utilización (mesas, sillas...), así como los útiles y enseres necesarios para las prestaciones de los servicios de bar.
16.11. La Barra-Bar de la Piscina Municipal se abrirá al público el día 15 de octubre de 2019 y se cerrará al mismo el día 30 xx xxxx de 2020, fecha en la que termina el presente contrato.
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Los precios de los artículos o productos que el adjudicatario venda en la Barra-Bar serán fijados por el mismo, siempre en concordancia con los demás establecimientos del municipio tanto en precio como en productos a la venta.
16.12. El adjudicatario deberá guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que no siendo públicos o notorios estén relacionados con el objeto del contrato, o de los que tengan conocimiento con ocasión del mismo.
16.13. Finalizada la explotación, revertirán al Ayuntamiento todas las instalaciones en el mismo estado en el que se le entregaron, sin derecho a indemnización alguna.
16.14. El adjudicatario deberá indemnizar de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato. Este Ayuntamiento no se hace responsable de cualquier anomalía, denuncia u otras que puedan producirse en el recinto de la Barra-Bar y que sean ocasionadas por discrepancias con la misma, siendo responsabilidad directa del adjudicatario.
16.15. El adjudicatario queda obligado a comunicar a este Ayuntamiento con la máxima antelación posible que renuncia a dicha Barra-Bar, a la prestación del servicio o alguna modificación de la prestación de dichos servicios. El Horario será el mismo que los bares – cafeterías.
DECIMOSÉPTIMA. DERECHOS DEL ADJUDICATARIO
17.1. Utilizar las instalaciones objeto de la explotación.
17.2. Percibir directamente de los usuarios el precio de los servicios realizados.
78.3. Recibir del Ayuntamiento las instalaciones en buen estado.
DECIMOCTAVA. REVISIÓN DE PRECIOS
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 103 de la LCSP, el presente contrato no está sujeto a revisión de precios dado el plazo de ejecución previsto.
IV - RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DECIMONOVENA. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
19.1. El contrato se resolverá, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 109 del Reglamento General, por las causas previstas en el art. 209 de la LCSP, por el incumplimiento de las obligaciones fijadas
en el pliego, las cuales se conceptúan a tales efectos como esenciales, y por la interrupción del funcionamiento del centro social/bar, por causa culpable del contratista y que no sea por causas de fuerza mayor.
19.2. En caso de que por parte del adjudicatario no se hiciese efectivo el ingreso correspondiente en la fecha indicada, automáticamente quedaría rescindido el contrato de adjudicación y pasaría a regentarlo el siguiente postor.
En Ajalvir, a 2 de octubre de 2019.
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EL ALCALDE
Firmado Electrónicamente
Fdo. XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXX
EL ALCALDE
AYUNTAMIENTO DE AJALVIR
HASH:42101A96A39E92489489 F0154E70C18B85F1926F
ANEXO I MODELO DE OFERTA
Don ................................................................................................................................ con N.I.F.
.................................. con domicilio a efectos de notificaciones en ......................................
........................................ calle .........................................................................................................
..................................... nº ............ teléfono ...................... en nombre propio (o en representación de la sociedad ...................................................................................................................................
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............................ C.I.F. nº ............................. , manifiesta que enterado de que por el Ayuntamiento de Ajalvir, se va a proceder a la adjudicación del contrato de servicios menor de EXPLOTACIÓN DE BAR UBICADO EN LA PISCINA DE ESTA LOCALIDAD, solicita que se le adjudique el contrato mencionado por un PRECIO de
.....................................................................................................................................................euros ( en
número y en letras), más el I.V.A. vigente que asciende a la cantidad de ………………… euros, y con estricta sujeción a los pliegos que rigen la contratación, para prestar el servicio de Bar Cafetería sito en la piscina municipal, calle Xxxxxx Xxxxxxx s/x.
Xxxxx, fecha y firma del proponente
DOCUMENTACION QUE DEBE APORTAR PARA LA ADJUDICACIÓN
A) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas del epígrafe que le faculte para contratar referida al ejercicio corriente o último recibo del mismo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Sólo en el caso de resultar adjudicatario.
B) Alta en la Seguridad Social. Sólo en el caso de resultar adjudicatario.
C) Copia de la póliza del seguro de Responsabilidad Civil, sólo en el caso de resultar adjudicatario.
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D) Proposición económica según el modelo contenido en el Anexo I de este Pliego. No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido. En caso de discrepancia entre la cantidad expresada en letra y en cifra, se tendrá por correcta la consignada en letra, salvo que de los documentos que integran la proposición se desprenda otra cosa. La oferta económica deberá estar redactada en castellano y deberá estar firmada por el empresario o persona facultada para ello.
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con D.N.I. , actuando en nombre propio/ en nombre y representación de la Empresa , DECLARA, de forma responsable ante el órgano competente del Excmo. Ayuntamiento de :
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PRIMERO: Que D. , / la Empresa , en cuyo nombre actúa y el/los Administrador/es de la misma, no están incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar de las previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 00 xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
XXXXXXX: Que D. ,/ esta Empresa se encuentra actualmente al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos definidos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y que no tiene deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Ajalvir, en los términos previstos en el artículo 13.1 e), del Real Decreto citado anteriormente.
TERCERO: Estas declaraciones se hacen sin perjuicio de la obligación de justificar documentalmente estas circunstancias en el supuesto de resultar adjudicatario del contrato.
CUARTO: Se autoriza expresamente al Ayuntamiento de Ajalvir, para que si procede, se expida e incorpore al expediente la pertinente certificación acreditativa de la situación tributaria de la Empresa con el Ayuntamiento de Ajalvir y consultar si la legislación lo permite en registros públicos.
Y para que así conste y surta efectos en el expediente de contratación al que se refiere la proposición presentada, se firma esta declaración responsable.
En _ a de de 2.019
Fdo.: