PLIEGO COMPRA LOCAL
Ajuntament xxx Xxxxxxxx
PLIEGO COMPRA LOCAL
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR
EL CONCURSO ,tramitado con carácter ORDINARIO , PARA LA ADQUISICION DE UN LOCAL CON DESTINO A LA INSTALACION DE UN CENTRO MEDICO EN EL SECTOR LA MERCED. EXPTE. 124-257/07
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Es objeto del mismo la adquisición mediante CONCURSO PUBLICO y con una tramitación ORDINARIA , de un local destinado a la instalación de UN CENTRO MEDICO EN EL SECTOR LA MERCED , conforme al Pliego de Condiciones Técnicas redactado por el Arquitecto Municipal de fecha 26 xx xxxxx del 2.007, que se incorpora a estos Pliegos con carácter contractual.
2.- TIPO DE LICITACIÓN.
El tipo máximo de licitación será de 375.000 euros ( LOCAL DIAFANO. OPCION A) sin IVA y 555.000 euros sin IVA ( LOCAL ACONDICIONADO. OPCION B) y demás gastos no incluidos, a la baja, según valoración del Arquitecto Municipal que consta en el pliego de Prescripciones Técnicas.
3.-EXISTENCIA DE CREDITO PRESUPUESTARIA.
Existe el crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones que se deriven de la citada contratación, en la partida 08.41200.62200 del Presupuesto Municipal en vigor.
4.- NATURALEZA DEL CONTRATO.
El contrato que regula las presentes cláusulas tiene naturaleza privada y se regirá :
a) En cuanto a su preparación, competencia y adjudicación, por el presente Pliego de Condiciones y el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
b) En cuanto a sus efectos y extinción por los artículos 1.445 y ss. del Código Civil.
El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx para el adjudicatario.
5.- DURACION DEL CONTRATO.
Lo será desde que reciba el adjudicatario la notificación de la adjudicación y hasta que se le devuelva la garantía definitiva.
El adjudicatario, se compromete a transmitir la propiedad y posesión del mencionado bien, mediante el otorgamiento de escritura pública ante Notario, que será dentro del mes siguiente al de la fecha de adjudicación , con plena aplicación del cuadro general de derechos y obligaciones de la compraventa, según los preceptos del Código Civil.
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6.- GASTOS.
Las liquidaciones tributarias se girarán de acuerdo con lo establecido en las leyes aplicables, en especial el Impuesto de plusvalía será de cuenta del vendedor.
Los gastos derivados de la formalización del contrato administrativo y de escritura pública serán de cuenta del vendedor , así como los de primera copia y los demás posteriores a la venta.
También serán de cuanta del vendedor los gastos derivados del anuncio de licitación en el B.O.P que genere el concurso.
ABONO DE TASAS.
De conformidad con la Ordenanza Fiscal nº7 reguladora de la tasa por la expedición de documentos, ( art 4 :Cuotas tributarias), los licitadores deberán abonar las siguientes tasas:
- Por bastanteo de poderes: 10 euros ( art 7.8).
- Por diligencia de cotejo, por cada folio: 1,80 euros ( art.7.9).
7.- GARANTIAS.
La garantía provisional será equivalente al 2 por 100 del tipo de licitación . Deberá presentarse en el momento de la presentación de la proposición. Dicha garantía deberá prestarse en cualquiera de las formas recogidas en el art. 35 del TRLCAP. Dicha garantía será devuelta, tras la tramitación administrativa correspondiente, tan pronto como se firme la escritura pública de compraventa.
La garantía definitiva será del 4 por 100 de adjudicación y podrá constiturse en cualquiera de las formas previstas en el art. 36 TRLCAP.
La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse en el plazo de 15 días hábiles desde el siguiente de la notificación de la adjudicación del contrato. De no cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, el Ayuntamiento declarará resuelto el contrato.
Esta garantía será devuelta tan pronto como se inscriba la adquisición del bien inmueble en el Registro de la Propiedad.
En los avales se deberá acreditar por fedatario público que los firmantes que actúan en representación de la Entidad Financiera avalista tiene poder suficiente para realizar dicho acto
8. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 20 del TRLCAP como prohibitivas para contratar.
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Quedas excluidas expresamente las Comunidades de Bienes.
Los que acudan al concurso público podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante.
9.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES : LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION, FORMALIDADES Y DOCUMENTACION.
9.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se registrarán en el Negociado de Contratación en mano, de las 10 a las 14 horas, durante los 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el BOP. Si el último día del plazo de presentación de ofertas coincidiera con un día inhábil o un sábado, el plazo se prorrogará hasta las 14 horas del día hábil siguiente.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad de las cláusulas de este pliego, sin reserva ni salvedad alguna.
Los sobre en su exterior deberán ir firmados por el licitador o por la persona que lo represente con indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, teléfono, dirección y número de fax.
9.2.- Formalidades.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B y en cada uno de los cuales se hará constar el contenido y el nombre del licitador.
a) Sobre A, denominado proposición económica, se ajustará al modelo siguiente y se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción : proposición económica para optar al CONCURSO PUBLICO para la adquisición por el Ayuntamiento de un local para instalar un Centro Médico en el Sector la Merced.
Don.........., provisto del D.N.I. número............. con domicilio en ...........
calle................, actuando en nombre propio (o en representación de .................., cuya representación acredita con la Escritura de Poder que, bastanteada en forma, acompaña), declara : Que conoce el Pliego de Condiciones, EL Pliego de Prescripciones Técnicas, y el expediente para contratar la adquisición por el Ayuntamiento de un local situado en la Calle de
............................, y acepta íntegramente las responsabilidades y obligaciones contenidas en el Pliego de Condiciones regulador del concurso y se compromete a cumplir el contrato, y a tal efectos concreta su oferta de venta del local sito en la calle --por la cantidad de
.................., euros.
( SE DESGLOSARÁ EL PRECIO Y APARTE EL IVA 16 %). ( las cantidades deberán consignarse en letras y cifras).
Acompaña los documentos exigidos y declara que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para participar en el concurso.
(lugar, fecha y firma del licitador).
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En el interior de este sobre se determinará el local que oferte con las características específicas y técnicas del local, adjuntando un plano de situación y un Inventario de los Bienes de que dispone el local, y con las mejoras que en su caso ofrezca el licitador debidamente valoradas, al objeto de poder ser valoradas de acuerdo con los criterios objetivos consignados en el pliego de prescripciones técnicas que servirán de base a la adjudicación.
■ Documento público acreditativo de la propiedad del local del licitador,
■ Certificado registral de libertad de cargas y gravámenes. La certificación o nota deberá ser expedida con una antelación no superior a 10 dias respecto de la fecha de conclusión del plazo de presentación de ofertas y deberá ir acompañada de una declaración responsable del titular del bien de que dichas circunstancias registrales no han variado.
■ Certificado del Ayuntamiento acreditativo de la NO existencia de cualquier tipo de infracción urbanística del local.
■ En caso de existencia respecto del local objeto de oferta, de gravámenes reales u otros derechos, declaración fehaciente de los titulares de los derechos de que renuncien a los mismos y de puesta a disposición del titular del local del pleno dominio n el supuesto de resultar adjudicataria la propuesta.
■ En el caso de existencia respecto del local objeto de oferta, de hipotecas o embargos, documentación acreditativa de cancelación de dichas cargas o compromiso fehaciente de cancelación de las mismas antes del otorgamiento de la escritura en el supuesto de resultar adjudicataria la propuesta.
■ Documentos acreditativos de estar al corriente de todas las obligaciones económicas que deriven de la propiedad del local ( fiscales, propiedad horizontal...)
Si el inmueble pertenece a varios en copropiedad la proposición económica deberá suscribirse y firmarse por todos los copropietarios, a no ser que el proponente actúe a la vez en nombre propio y en representación de los demás, en cuyo caso, deberá acreditar dicha representación mediante poder bastante. En caso de titularidades proindiviso la oferta deberá realizarse por todos los copropietarios y por la nuda propiedad y los usufructuarios cuando los hubiere o por el representante debidamente apoderado.
b) Sobre B : denominado “ Documentación General” y se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción : “ Documentación General para optar al CONCURSO PUBLICO para la adquisición por el Ayuntamiento de un local para instalar un XXXXXX XXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX.
Xxxx sobre contendrá la siguiente documentación COMPULSADA en este Ayuntamiento, original o copia compulsada por Notario :
■ D.N.I. o fotocopia compulsada del licitador.
■ Escritura de poder, bastanteada y legalizada, en su caso, si se actúa en representación de otra persona y DNI del apoderado.
■ Escritura de Constitución de la Sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil, y número de Identificación Fiscal, cuando concurra una Sociedad de esta naturaleza.
■ Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones de contratar, conforme a los artículos 15 a 20 del TRLCAP.
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■ Declaración responsable del licitador otorgada ante la Autoridad Judicial, Administrativa (Oficial Mayor), Notario u Organismo cualificado, haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 20 del TRLCAP, debiendo expresar al mismo tiempo que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato, a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de 5 días hábiles.
■ Resguardo acreditativo de constitución de garantía provisional como documentos no subsanable.
10.- MESA DE CONTRATACION.
La Mesa de Contratación estará integrada o constituida del modo siguiente o miembros en los que se delegue :
■ Presidente, que lo será el de la Corporación Municipal
■ El Concejal delegado de Contratación
■ El Concejal Delegado de Patrimonio.
■ Un vocal por cada Grupo Político.
■ El Interventor de Fondos.
■ El Oficial Mayor
■ Un Secretario, designado por el Presidente entre los funcionarios administrativos afectos al Organo de Contratación o en su defecto entre el personal a su servicio sin voto.
En todas sus actuaciones, la Mesa podrá actuar con un mínimo de tres miembros.
La Mesa podrá estar asesorada por los Técnicos Municipales.
11.- APERTURA DE PLICAS Y ADJUDICACIÓN.
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa procederá a la apertura y calificación de la documentación general en sesión no pública, si no se observaran defectos formales se procederá a la apertura de la documentación económica, remitiendo el expediente a los Servicios Técnicos municipales para la emisión del correspondiente informe. La Mesa tras la lectura de dicha informe elaborará una propuesta de adjudicación.
Si se observaran defectos formales ý subsanables se podrá otorgar un plazo de subsanación no superior a 3 días.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se podrá rechazar la proposición.
En el supuesto de la no subsanación de los documentos requeridos, el órgano de contratación podrá requerir la subsanación de los mismos al adjudicatario, previamente a la formalización del contrato.
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La propuesta de adjudicación recaerá sobre la oferta que se considere más ventajosa, de acuerdo con los siguientes criterios objetivos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Para elaborar la propuesta de adjudicación, por los Servicios Técnicos Municipales se podrá verificar el estado ( interior y exterior) del local propuesto en cada proposición, debiendo cada licitador admitido facilitar el acceso al local por los Servicios Técnicos Municipales tan pronto como sean requeridos por estos últimos.
A la vista del informe emitido y de la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación, el órgano de contratación adjudicará el contrato de compraventa.
En todo caso, el Ayuntamiento se reserva el derecho de no adjudicar el contrato y declararlo desierto por razones de interés público, aun habiendo algún licitador que cumpla estrictamente con lo establecido en los Pliegos si ninguna proposición resulta conveniente a los fines de aquél, el precio fuera desproporcionado o no adecuado al mercado o por cualquier otro razón motivada en el interés público y sin que ello le suponga derecho a reclamar cualquier tipo de indemnización o de gasto.( ART 88 del TRLCAP).
12.- FORMA DE PAGO.
El pago del importe de la adjudicación se realizará al contado, mediante cheque nominativo a favor del adjudicatario.
El pago del precio del remate se efectuará a la firma de la escritura pública de compraventa. De dicho importe se descontarán los gastos que genera el anuncio del concurso en el B.O.P.
13.- FORMALIZACION.
El local se adquirirá por el Ayuntamiento depurado tanto física como jurídicamente libre de cargas y gravámenes. La cancelación o extinción de las cargas se efectuará por el adjudicatario del contrato, entendiéndose en todo caso, la adjudicación con carácter provisional hasta tanto no se inscriba en el Registro de la Propiedad correspondiente la escritura de cancelación de hipoteca o extinción de la carga correspondiente.
Dentro del plazo de 30 dias naturales desde la fecha de recepción del la notificación de la adjudicación, el adjudicatario queda obligado liberar el inmueble de cualquier tipo de gravamen o carga y posteriormente a formalizar en escritura pública en la Notaria que designe el Ayuntamiento el contrato de compraventa adjudicado.
En caso de no liberar las cargas y gravámenes en el plazo de esos 30 dias que pudieran gravar el inmueble, el Ayuntamiento declarará resuelto el contrato con incautación de la garantía definitiva.
14.- CLAUSULAS RESOLUTORIAS.
Será causa de resolución contractual todo incumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente pliego, concretándose las siguientes , además de las previstas en el
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Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en la legislación civil correspondiente:
a) No atender la notificación de requerimiento para la formalización de la transmisión, concurriendo causa no justificativa, que ha de ser alegado y probada por el rematante. Intentado un segundo requerimiento y, no habiendo contestación adecuada en el plazo de un mes, el adjudicatario perderá la fianza.
b) El incumplimiento de los plazos de pago.
Si la causa del retraso fuese imputable al Ayuntamiento, se devolverá la fianza.
15.- LEGISLACION BASICA Y SUBSIDIARIA APLICABLE.
En lo no previsto en este Pliego de Condiciones se estará a lo dispuesto en las siguientes normas :
■ Ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local.
■ Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxx, por el que se aprueba, el texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
■ El Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones .
■ Código Civil y legislación hipotecaria, respecto a los efectos y extinción de los contratos.
■ Demás normas de aplicación.
16.- TRIBUNALES COMPETENTES.
Para conocer de todas las cuestiones que surjan o se deriven de la aplicación de las condiciones de todo orden, de las cláusulas que contengan en el contrato que ha de formalizarse y de todo aquello que traiga causa y objeto de la licitación las partes se someten expresa y solemnemente a la competencia y decisión de los Juzgado y Tribunales con jurisdicción territorial y por razón de la materia en este Municipio, renunciando en igual forma al fuero propio o a cualquier otro que pudiera corresponderles.
El Campello 14 de septiembre del 2007 JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACION
Fdo. XXXXXX XXXXX XXXXX