ANEXO II
ANEXO II
LISTA DE NUEVA ZELANDA
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/Consejos de Administración (Artículo 9.11) Presencia Local (Artículo 10.6) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a: (a) el suministro de servicios penitenciarios y correccionales; y (b) los siguientes, en la medida que sean servicios sociales establecidos para un fin público: (i) cuidado infantil; (ii) salud; (iii) seguridad de ingreso y seguros; (iv) educación pública; (v) vivienda pública; (vi) capacitación pública; (vii) transporte público; |
(viii) servicios públicas;1
(ix) seguridad social y seguros; y
(x) bienestar social
1 Únicamente con respecto a los servicios púbicos en los cuales los derechos exclusivos o apoyo del gobierno son proporcionados por el gobierno central con el fin de asegurar la asequibilidad, disponibilidad o accesibilidad de dichos servicios. Esta nota al pie de página no aplica a las medidas adoptadas o mantenidas por el gobierno local.
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) Presencia Local (Artículo 10.6) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto al agua, incluso la asignación, recolección, tratamiento y distribución de agua potable. Esta entrada no se aplica a la venta al mayor y al por menor de agua embotellada mineral, gasificada y natural. |
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) Presencia Local (Artículo 10.6) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida únicamente como parte del acto de delegar un servicio que sea suministrado en ejercicio de autoridad gubernamental a la fecha de entrada en vigor del Tratado. Tales medidas pueden incluir: (a) restringir el número de proveedores de servicio; (b) permitir a una empresa, que sea total o mayoritariamente de propiedad del Gobierno de Nueva Zelanda, ser el único proveedor de servicios o uno entre un número limitado de proveedores de servicio; (c) imponer restricciones en la composición de los altos ejecutivos y juntas directivas; (d) requerir de presencia local; y (e) determinar la figura jurídica del proveedor de servicios. |
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Cuando el Gobierno de Nueva Zelanda posea la totalidad o tenga control efectivo sobre una empresa, Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida en relación con la venta de cualquier acción de esa empresa o cualquier activo de esa empresa a cualquier persona, incluso otorgar un trato más favorable a los nacionales de Nueva Zelanda. Las entidades dentro del alcance de esta reserva incluyen las empresas propiedad del Estado a nivel central de gobierno. Para fines de transparencia, dichas empresas incluyen: (a) Airways Corporation of New Zealand Limited; (b) Animal Control Products Limited; (c) AsureQuality Limited; (d) Electricity Corporation of New Zealand Limited; (e) KiwiRail Holdings Limited; (f) Kordia Group Limited; (g) Landcorp Farming Limited; (h) Learning Media Limited; (i) Meteorological Service of New Zealand Limited; (j) New Zealand Post Limited; (k) New Zealand Railways Corporation; (l) Quotable Value Limited; |
(m) Solid Energy New Zealand Limited;
(n) Terralink NZ Limited; y
(o) Transpower New Zealand Limited.
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que establezca los criterios de aprobación que se aplicarán a las categorías de inversión extranjera que requieren aprobación conforme al régimen de inversión extranjera de Nueva Zelanda. Para fines de transparencia esas categorías, como se indica en el Anexo I-Nueva Zelanda-12 y13, son: (a) la adquisición o control por fuentes no gubernamentales del 25 por ciento o más de cualquier tipo de acciones2 o poder de voto3 en una entidad neozelandesa, cuando la contraprestación para la transferencia o el valor de los activos exceda 200 millones de dólares neozelandeses; (b) el comienzo de operaciones comerciales o la adquisición de un negocio existente por fuentes no gubernamentales incluidos activos comerciales en Nueva Zelanda, cuando los gastos totales por incurrir en el establecimiento o adquisición de ese negocio o los activos comerciales excedan 200 millones de dólares neozelandeses; (c) la adquisición o control por fuentes gubernamentales del 25 por ciento o más de |
2 Para mayor certeza, el término “acciones” incluye acciones y otros tipos de valores.
3 Para mayor certeza, “poder de voto” incluye el poder de controlar la composición de más del 25 por ciento del órgano de gobierno de Nueva Zelanda.
cualquier tipo de acciones4 o poder de voto5 en una entidad neozelandesa, cuando la contraprestación para la transferencia o el valor de activos exceda 100 millones de dólares neozelandeses; (d) el comienzo de operaciones comerciales o la adquisición de un negocio existente por fuentes gubernamentales incluyendo activos comerciales en Nueva Zelanda, cuando los gastos totales por incurrir en el establecimiento o adquisición de ese negocio o los activos comerciales excedan 100 millones de dólares neozelandeses; (e) la adquisición o control, sin importar su valor en dólares, de ciertas categorías de tierras consideradas sensibles o que requieran aprobación específica de acuerdo a la legislación de inversiones extranjeras de Nueva Zelanda; y (f) cualquier transacción, sin importar su valor en dólares, que daría como resultado a una inversión en el extranjero en la cuota de pesca. | |
Medidas Existentes: | Ley de Inversiones Extranjeras 2005 (Overseas Investment Act 2005) Ley de Pesca de 1996 (Fisheries Act 1996) Reglamento de Inversiones Extranjeras de 2005 (Overseas Investment Regulations 2005) |
4 Para mayor certeza, el término “acciones” incluye acciones y otros tipos de valores.
5 Para mayor certeza, “poder de voto” incluye el poder de controlar la composición de más del 25 por ciento del órgano de gobierno de Nueva Zelanda.
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferenciado a una Parte o no-Parte bajo cualquier acuerdo internacional bilateral o multilateral en vigor o suscrito antes de la fecha de entrada en vigor de este Tratado. Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferenciado a una Parte o no-Parte conforme a cualquier acuerdo internacional en vigor o suscrito después de la fecha de entrada en vigor de este Tratado en materia de: (a) aviación (b) pesca; y (c) asuntos marítimos. |
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida tomada como parte de un proceso más amplio de integración económica o liberalización comercial entre las partes del acuerdo comercial “Estrechamiento de las Relaciones Económicas entre Australia y Nueva Zelanda” (ANZCERTA) (Australia New Zealand Closer Economic Relations - Trade Agreement) o el “Acuerdo xxx Xxxxxxxx sobre Relaciones Económicas más Estrechas” (PACER) (Pacific Agreement on Closer Economic Relations) que otorguen trato especial y diferenciado a una Parte o a una no Parte. 6 |
6 Para evitar dudas, esto incluye cualquier medida adoptada o mantenida conforme a cualquier protocolo existente o futuro para los acuerdos.
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Presencia Local (Artículo 10.6) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto al control, administración o uso de: (a) áreas protegidas, áreas que se establecieron conforme a y sujeto al control de la legislación, incluidos los recursos en tierra, participaciones en tierra y agua, que se establecen para la gestión de patrimonio (tanto patrimonio histórico y natural), recreación pública, y preservación del paisaje; o (b) especies propiedad conforme a decretos de la Corona o que son protegidas por o conforme a un decreto. |
Medidas Existentes: | Ley de Conservación de 1987 y las leyes incluidas en la Lista 1 de la Ley de Conservación de 1987 (Conservation Xxx 0000 and the enactments listed in Schedule 1 of the Conservation Act 1987) Ley de Administración de Recursos de (1991 Resource Management Act 1991) Ley de Gobierno Local de 1974 (Local Government Act 1974) |
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida sobre nacionalidad o residencia en relación con: (a) cuidado animal; y (b) la preservación y salud de plantas, animales y vida humada; incluyendo en particular: (i) seguridad en alimentos nacionales y exportados; (ii) alimentos para animales; (iii) estándares alimenticios; (iv) bioseguridad; (v) biodiversidad; y (vi) certificación del estado de salud animal y vegetal de mercancías. Nada en esta reserva se interpretará en menoscabo de las obligaciones del Capítulo 7 (Medidas Sanitarias y Fitosanitarias), o las obligaciones del Acuerdo MSF. Nada en esta reserva se interpretará en menoscabo de las obligaciones del Capítulo 8 (Obstáculos Técnicos al Comercio), o las obligaciones del Acuerdo OTC. |
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida realizada por o conforme a una ley con respecto a la zona de mareas y fondos marinos, aguas interiores como se define en derecho internacional (incluso las superficies, subsuelo y los márgenes de dichas aguas interiores) mar territorial, la Zona Económica Exclusiva, y la plataforma continental, incluyendo la emisión de concesiones marinas en la plataforma continental. |
Medidas Existentes: | Ley de Administración de Recursos de 1991 (Resource Management Act 1991) Xxx xx Xxxx Xxxxxx y Costera (Xxxxxxx Moana) de 2011 (Marine and Coastal Area (Xxxxxxx Moana) Act 2011) Ley de Plataforma Continental de 1964 (Continental Shelf Act 1964) Ley de Minerales de la Corona de 1991 (Crown Minerals Act 1991) Xxx xxx XXX y Plataforma Continental (Efectos Ambientales) de 2012 (EEZ and Continental Shelf (Environmental Effects) Act 2012) |
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Acceso a los Mercados (Artículo 10.5) |
Descripción: | Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que no sea consistente con las obligaciones de Nueva Zelanda bajo el Artículo XVI del AGCS como se indica en la Lista de Compromisos Específicos de Nueva Zelanda bajo el AGCS (GATS/SC/62, GATS/SC/62 Suppl. 1, GATS/SC/62/Suppl. 2). Sólo para propósitos de esta reserva, la Lista de Compromisos Específicos de Nueva Zelanda está modificada como se indica en el Apéndice A. |
Sector: | Servicios Prestados a las Empresas Servicios contra Incendios |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto al suministro de servicios de extinción de incendios, excluyendo servicios aéreos de extinción de incendios. |
Medidas existentes: | Ley de Servicios de bomberos de 1975 (Fire Service Act 1975) Ley Forestal y de Incendios Rurales de (1977Forest and Rural Fires Act 1977) |
Sector: | Servicios Prestados a las Empresas Investigación y Desarrollo |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a: (a) investigación y desarrollo llevado a cabo por el Estado financiado por instituciones terceras o por los Institutos de Investigación de la Corona cuando dichas investigaciones sean realizadas con fines públicos; y (b) servicios de investigación y desarrollo experimental en ciencias físicas, química, biología, ingeniería y tecnología, ciencias agrícolas, medicina, farmacéutica y otras ciencias naturales p.e. CPC 8510. |
Sector: | Servicios Prestados a las Empresas Servicios de Ensayo y Análisis Técnicos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a: (a) servicios de pruebas y análisis de composición y pureza (CPC 86761); (b) servicios de inspección técnica (CPC 86764); (c) otros servicios de pruebas y análisis técnicos (CPC 86769); (d) servicios de prospección geológica, geofísica y de otros tipos de prospección científica (CPC 86751); y (e) servicios de pruebas de farmacéuticos. |
Sector: | Servicios Prestados a las Empresas Pesca y Acuicultura Servicios relacionados con Pesca y Acuicultura |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/Consejos de Administración (Artículo 9.11) Presencia Local (Artículo 10.6) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de controlar las actividades extranjeras de pesca, incluyendo el desembarco de pesca, primer desembarco del pescado procesado en el mar y el acceso a los puertos de Nueva Zelanda (privilegios portuarios) de conformidad con lo estipulado en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. |
Medidas Existentes: | Ley de Pesca de 1996 (Fisheries Act 1996) Ley de Reforma de la Acuicultura de 2004 (Aquaculture Reform Act 2004) |
Sector: | Servicios Prestados a las Empresas Energía Manufacturas Comercio Al por Mayor Comercio Al por Menor |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) Presencia Local (Artículo 10.6) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con el fin de prohibir, regular, administrar o controlar la producción, uso, distribución o comercio al por menor de energía nuclear, incluyendo el establecimiento de condiciones para que personas naturales o personas jurídicas lo realicen. |
Sector: | Servicios de Comunicación Servicios Audiovisuales y otros Servicios |
Obligaciones Afectadas: | Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener acuerdos preferenciales de coproducción para producciones cinematográficas y de televisión. El estatus oficial de coproducción, el cual puede ser concedido a una coproducción producida conforme a ese acuerdo de coproducción, confiere trato nacional en las obras cubiertas por estos acuerdos. |
Medidas Existentes: | Para mayor transparencia, la sección 18 de la Ley de la Comisión Cinematográfica de 1978 (New Zealand Film Commission Act 1978) limita la financiación de la Comisión para películas con “contenido significante de Nueva Zelanda”. Este criterio se considera cumplido si se hace conforme a un acuerdo de coproducción o acuerdo con el país socio en cuestión. |
Sector: | Servicios de Comunicación Servicios Audiovisuales y otros Servicios |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/Consejos de Administración (Artículo 9.11) Acceso a los Mercados (Artículo 10.5) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a la promoción de producción de cine y televisión en Nueva Zelanda y la promoción de contenido local en radio y televisión públicos, y en películas. |
Sector: | Agricultura, incluidos los servicios relacionados con la agricultura |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículos 9.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a: (a) la tenencia de acciones en la compañía láctea co- operativa que surge de la fusión autorizada bajo la Ley de Reestructuración de la Industria de Lácteos de 2001 (Dairy Industry Restructuring Xxx 0000 (DIRA)) (o cualquier organismo sucesor); y (b) la disposición de activos de esa compañía o sus organismos sucesores. |
Medidas Existentes: | Ley de Reestructuración de la Industria de Lácteos de 2001 (Dairy Industry Restructuring Act 2001). |
Sector: | Agricultura, incluidos los servicios relacionados con la agricultura |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a la comercialización de las exportaciones de fruta fresca de kiwi a todos los mercados distintos de Australia. |
Medidas Existentes: | Ley de Reestructuración de la Industria de la fruta Kiwi de 1999 y Reglamentos (Kiwifruit Industry Restructuring Xxx 0000 and Regulations) |
Sector: | Agricultura, incluidos los servicios relacionados con la agricultura |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a: (a) la especificación de los términos y condiciones para el establecimiento y operación de cualquier esquema de asignación de gobierno respaldado por los derechos de distribución de los productos de exportación que caen dentro de las categorías del SA cubiertas por el Acuerdo de Agricultura de la OMC para mercados donde las cuotas arancelarias, preferencias específicas de cada país u otras medidas de efecto similar, están en vigor; y (b) la asignación de derechos de distribución a los proveedores de servicios de comercio al por mayor de conformidad con el establecimiento u operación de éstos en un esquema de asignación. Esta entrada no pretende tener el efecto de prohibir la inversión en la prestación de servicios de comercio al por mayor y de distribución relacionados con mercancías en los capítulos del SA cubiertos por el Acuerdo de Agricultura de la OMC. La reserva aplica con respecto a las inversiones en la medida en que los servicios de comercio al por mayor y de distribución sean prestados con respecto a los productos agrícolas que están sujetos a las cuotas arancelarias, preferencias específicas de cada país, u otras medidas de efecto similar. |
Sector: | Agricultura, incluidos los servicios relacionados con la agricultura |
Obligaciones Afectadas: | Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida para dar efecto al establecimiento o la implementación de planes de comercialización obligatorios (también referido como “estrategias de comercialización de las exportaciones”) para la comercialización de las exportaciones de productos derivados de: (a) agricultura; (b) apicultura: (c) horticultura; (d) arboricultura; (e) cultivos herbáceos; y (f) la cría de animales, cuando exista apoyo dentro de la industria relevante que un plan colectivo de comercialización obligatorio deba ser adoptado o activado. Para evitar duda, los planes de comercialización obligatorios, en el contexto de esta reserva, excluye medidas que limitan el número de participantes xx xxxxxxx o el volumen de exportaciones. |
Medidas Existentes: | Ley de Autoridad de Exportación de Horticultura de Nueva Zelanda de 1987 (New Zealand Horticulture Export Authority Act 1987) |
Sector: | Servicios Sociales y de Salud |
Obligaciones Afectadas: | Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a todos los prestadores de servicios e inversionistas para el suministro de servicios de adopción. |
Medidas Existentes: | Ley de Adopción de 1955 (Adoption Act 1955) Ley de Adopción (entre países) de (1997Adoption (Inter- country) Act 1997) |
Sector: | Actividades de Esparcimiento y Actividades Culturales y Deportivas |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a servicios de juegos xx xxxx, apuestas y prostitución. |
Medidas existentes: | Ley de Juegos xx Xxxx de 2003 y (Reglamentos Gambling Xxx 0000 and Regulations) Ley de Reforma de la Prostitución de 2003 (Prostitution Reform Act 2003) Xxx xx Xxxxxxxx 2003 (Racing Act 2003) Reglamentos xx Xxxxxxxx (Prevención y Minimización de Daño) de 2004 (Racing (Harm Prevention and Minimisation) Regulations 2004) Orden xx Xxxxxxxx (Asociación Incorporada xx Xxxxxxxx Greyhound) de 2009 (Racing (New Zealand Greyhound Racing Association Incorporated) Order 2009) |
Sector: | Actividades de Esparcimiento y Actividades Culturales y Deportivas Servicios de Bibliotecas, Archivos y Museos y otras Actividades Culturales |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Presencia Local (Artículo 10.6) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a: (a) patrimonio cultural de valor nacional; incluyendo el patrimonio etnológico, histórico, literario, artístico, científico o tecnológico, así como las colecciones que están documentadas, preservadas y exhibidas por museos, galerías, librerías, archivos y otras instituciones que coleccionen patrimonio; (b) archivos públicos; (c) servicios bibliotecarios y de museos; y (d) servicios para la preservación de sitios históricos y sagrados o edificios históricos. |
Sector: | Transporte Servicios Marítimos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a: (a) el transporte marítimo de pasajeros o cargamento entre un puerto localizado en Nueva Zelanda y otro puerto localizado en Nueva Zelanda y tráfico que se origina y termina en el mismo puerto en Nueva Zelanda (cabotaje marítimo); (b) el establecimiento de compañías registradas con el propósito de operar una flota con la bandera de Nueva Zelanda; y (c) el registro de buques en Nueva Zelanda. |
Sector: | Servicios de Distribución |
Obligaciones Afectadas: | Acceso a los Mercados (Artículo 10.5) |
Descripción: | Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con fines de salud pública o política social con respecto a los servicios de ventas al mayor y al por menor de productos de tabaco y bebidas alcohólicas. |
Sector: | Servicios Financieros |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4 y Artículo 10.3) Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 9.5 y Artículo 10.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) Altos Ejecutivos y Juntas Directivas/ Consejos de Administración (Artículo 9.11) Presencia Local (Artículo 10.6) |
Descripción: | Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto al suministro de: (a) el seguro social obligatorio para los daños personales causados por accidente, el trabajo relacionado con el proceso gradual de enfermedad e infección, y el tratamiento de lesiones; y (b) seguro de desastres de propiedad residencial para remplazo cubierto por un máximo definido por ley. |
Sector: | Todos |
Obligaciones Afectadas: | Trato Nacional (Artículo 9.4) Requisitos de Desempeño (Artículo 9.10) |
Descripción: | Inversión Nueva Zelanda se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida tributaria con respecto a la venta, compra o transferencia de propiedad residencial (incluyendo participaciones que surgen a través de contratos de arrendamiento, financiamiento y acuerdos de reparto de ganancias, y la adquisición de acciones en empresas que poseen propiedad residencial). Para mayor certeza, la propiedad residencial no incluye bienes raíces comerciales no residenciales. |
Apéndice A
Para los propósitos de la reserva Anexo II – Nueva Zelanda – 14, las obligaciones de Nueva Zelanda bajo el Artículo XVI del AGCS como se establece en la Lista de Compromisos Específicos de Nueva Zelanda conforme el AGCS (GATS/SC/62, GATS/SC/62 Suppl. 1, GATS/SC/62/Suppl. 2) son perfeccionadas en los siguientes sectores como se describe abajo.
Sector/subsector | Mejora al Acceso a los Mercados |
SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS | |
Servicios Profesionales | |
Práctica de derecho extranjero Servicios de planificación tributaria y consultoría de negocios | Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
Servicios integrados de ingeniería | |
Consultoría relacionada con la Planificación Urbana y Arquitectura Paisajística (CPC 8674**) | |
Servicios de Informática y Servicios Conexos | |
Mantenimiento y reparación de máquinas y equipos de oficinas, ordenadores incluidos Otros servicios de informática | Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
Otros Servicios Prestados a las Empresas | |
Servicios de consultores en administración Servicios relacionados con los de los consultores en administración | Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
Servicios relacionados con la cría de animales | |
Servicios de oferta y colocación de personal | |
Servicios fotográficos | |
Servicios prestados con ocasión de asambleas (CPC 87909**) |
Otros servicios de información crediticias Servicios de agencias de cobranzas Servicios de Diseño Interior (CPC 87907**) Servicios de contestación de llamadas telefónicas Servicios de copia y reproducción Servicios de compilación de listas de envíos por correo y servicios de envíos por correo Otros Servicios Prestados a las Empresas – Servicios generalmente prestados a las empresas no clasificados en otra parte del CPC y sin incluir servicios prestados con ocasión de asambleas o convenciones. Éstos incluyen: servicios intermediación comercial, servicios de evaluación, (excepto los relacionados con bienes raíces), servicios de secretaría, los servicios de demostración y exhibición, etc. | |
SERVICIOS DE COMUNICACIONES | |
Servicios Postales y de Mensajería | |
Servicios relacionados con el manejo 7 de los envíos postales8 para destinos nacional o internacionales: A. Manipulación de comunicaciones escritas con indicación del destinatario en cualquier tipo de medio físico9, a saber: - Servicios combinados de correo - Correo directo B. Manejo de paquetes y bultos con destinatario10 | Incluye nuevos compromisos en modo 1 y 3 limitado como sigue: “Ninguna, salvo condiciones adicionales para la operación en el mercado o registro pueden ser impuestas a los operadores postales donde éstos participen en conductas anticompetitivas” sin limitaciones para el modo 2 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
7 Por "manipulación" se entiende el despacho, la clasificación, el transporte y la entrega.
8 Por "envío postal" se entiende el manipulado por cualquier tipo de agente comercial, sea éste público o privado.
9 Por ejemplo, cartas, tarjetas postales.
10 Incluye libros, catálogos.
C. Manejo de prensa con indicación del destinatario 11 D. Manejo de los artículos objeto de los puntos A a C supra enviados por correo certificado o con valor declarado E. Servicios de entrega urgente12 para los artículos objeto de los puntos A a C supra F. Manipulación de artículos sin indicación del destinatario G. Intercambio de documentos H. Otros servicios no especificados en otro lugar, incluyendo servicios de atención al público en oficinas de correos, distintas de la emisión de sellos de correo que lleven las palabras de “Nueva Zelanda.13” | |
SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE INGENIERÍA CONEXOS | |
Trabajos generales de construcción para edificios Trabajos generales de construcción para ingeniería civil Trabajos de instalación y ensamblaje Trabajos de terminación de edificios y acabados Otros | Remplaza los compromisos existentes bajo el modo 1 con “Ninguno para servicios de consultoría”. |
11 Revistas, diarios, publicaciones periódicas.
12 Los servicios de entrega urgente puede incluir, además de una mayor rapidez y confiabilidad, elementos de valor añadido como la recogida en el punto de origen, la entrega personal al destinatario, la búsqueda y el seguimiento, la posibilidad de modificar el destino y el destinatario de los artículos una vez enviados y el acuse de recibo.
13 La emisión de sellos que llevan dichas palabras se restringe a los operadores designados para la Unión Postal Universal, excepto cuando dichas palabras forman parte del nombre del operador que emite los sellos.
Preparación del terreno: nueva construcción (con excepción de tuberías) Mantenimiento y reparación de estructuras fijas | |
Otros Servicios de alquiler de equipo para la construcción o demolición de edificios o para obras de ingeniería civil, con operarios | Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN | |
Servicios de Comisionistas | Remplaza los compromisos existentes: CPC 62113-62115, 62117-62118: sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.” CPC 62111** solo con respecto a 02961- 02963** (xxxx xxxxx); CPC 62112** solo con respecto a CPC 21111, 21112, 21115, 21116 y 21119** (despojos comestibles de origen bovino y ovino) y 02961- 02963** (lana ovina); and CPC 62116** solo con respecto a 2613-2615**, (lana ovina): Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1 y 2, el modo 3 “Ninguno, excepto en cuanto a la distribución de las exportaciones: (i) la asignación de derechos de distribución relacionados con exportaciones de estos productos a mercados de exportación donde se encuentran los aranceles cuota, las preferencias específicas de los países y otras medidas de efecto similar puede poner limitaciones sobre el número de proveedores de servicios, el valor total de las transacciones de servicios o el número de operaciones de servicios; (ii) estrategias obligatorias de comercialización de las exportaciones pueden aplicarse cuando exista apoyo dentro de la industria en cuestión. Estos estrategias de comercialización de las exportaciones no incluyen medidas que |
limiten el número de participantes xx xxxxxxx o el volumen de las exportaciones” y modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.” | |
Servicios de comercio al por mayor | Remplaza los compromisos existentes: CPC 6223 – 6226, CPC 6228: sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.” CPC 6221** solo con respecto a 02961- 02963** (xxxx xxxxx); CPC 6222** solo con respecto a CPC 21111, 21112, 21115, 21116 and 21119** (despojos comestibles de origen bovino y ovino); and CPC 62277** solo con respecto a 2613-2615**, (lana ovina): Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1 y 2, el modo 3 “Ninguno, excepto en cuanto a la distribución de las exportaciones: (i) la asignación de los derechos de distribución en relación con las exportaciones de estos productos a los mercados de exportación donde se encuentran los aranceles cuota, las preferencias específicas de los países y otras medidas de efecto similar puede poner limitaciones sobre el número de proveedores de servicios, el valor total de las transacciones de servicios o el número de operaciones de servicios; (ii) estrategias obligatorias de comercialización de exportaciones pueden aplicarse cuando exista apoyo dentro de la industria en cuestión. Estas estrategias de comercialización de exportaciones no incluyen medidas que limiten el número de participantes xx xxxxxxx o el volumen de las exportaciones” y modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
SERVICIOS DE EDUCATIVOS | |
Otros Servicios de Educación | |
Otros servicios educativos con respecto únicamente a los siguientes servicios: - Capacitación lingüística proporcionada por instituciones privadas especializadas de lingüística; - Enseñanza de materias que se imparten en los niveles de educación primaria y secundaria, proporcionada por instituciones privadas especializadas que operan fuera del sistema escolar obligatorio de Nueva Zelanda14. | Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES15 | |
Manejo de aguas residuales Manejo de residuos Servicios de eliminación de desperdicios Saneamiento y servicios similares Protección del medio ambiente y aire Remediación y limpieza de suelos y aguas Reducción de ruido y vibraciones Protección de la biodiversidad y paisajes Otros servicios ambientales y auxiliares | Incluye nuevos compromisos para la consultoría y aquellos servicios contractuales de industrias privadas sin limitaciones en los modos 1-3 y el modo 4 “No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales”. |
SERVICIOS DE TRANSPORTE | |
Servicios de Transporte Marítimo | Remplaza la condición existente aplicable a todos los sectores de servicio marítimo con lo siguiente: “Condiciones generales aplicables a todos los sectores de servicio marítimo: servicios de comercialización y |
14 Algunos ejemplos de estos servicios pueden incluir el suministro de cursos remediales o adicionales en relación con matemáticas, ciencias o historia
15 Los compromisos de Nueva Zelanda en servicios ambientales excluyen la recolección, purificación y distribución de agua, incluyendo el agua para consumo humano.
venta de transporte marítimo y servicios relacionados para productos cubiertos bajo el CPC 01, 02, 211, 213-216, 22, 2399 y 261; sin consolidar, excepto para venta y comercialización con respecto de los cuales se hizo un compromiso: CPC 21111, 21112, 21115, 21116 y CPC 21119** (solamente despojos comestibles de origen bovino y ovino); CPC 2613-2615** (solamente lana de ovino); and CPC 02961-02963** (solamente lana de ovino).” | |
Servicios Marítimos Auxiliares | |
Servicios de Manejo de Carga Marítima16 | Incluye un nuevo compromiso con el modo 1 “Sin consolidar excepto sin limitación en transbordo (de punta a punta o a través muelle) y/o el uso a bordo del equipo de manipulación de carga.”, sin limitaciones para los modos 2 y 3 y modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.” |
Servicios de Despacho Aduanero17 Servicios de Estaciones y Depósitos de Contenedores18 | Incluye un nuevo compromiso con el modo 1 sin consolidar, sin limitaciones para los modos 2 y 3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.” |
16 Servicios de manejo de carga marítima: actividades ejercidas por empresas estibadoras, incluidos los operadores de terminales, pero no las actividades directas de los trabajadores de los muelles, cuando esta mano de obra está organizada independientemente de las empresas estibadoras o los operadores de terminales. Se incluyen las actividades de organización y supervisión de:
(a) la carga/descarga de buques;
(b) el amarre/desamarre de la carga;
(c) la recepción/entrega y custodia de los cargamentos en las zonas portuarias antes del embarque o después de la descarga.
17 Servicios de despacho aduanero: actividades consistentes en llevar a cabo, por cuenta de otra parte, las formalidades aduaneras relacionadas con la importación, exportación o transporte de cargas, si este servicio constituye la actividad principal del proveedor de servicios o un complemento habitual de su actividad principal.
18 Servicios de Estaciones y Depósitos de Contenedores: actividades consistentes en el almacenamiento de contenedores, ya sea en zonas portuarias o en tierra, con el fin su llenado y vaciado, su reparación y preparación para los embarques.
Servicios de Agencias Marítimas19 | Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.” |
SERVICIOS DE TRANSPORTE AÉREO | |
Venta y comercialización de servicios de transporte aéreo20 | Remplaza las limitaciones existentes para los modos 1, 2 y 3 con “Sin consolidar para los productos abarcados conforme al CPC 01, 02, 211, 213-216, 22, 2399 y 261, excepto para la venta y comercialización con respecto al CPC 21111, 21112, 21115, 21116 y CPC 21119** (despojos comestibles de origen bovino y ovino), CPC 2613-2615** (lana de ovino), y CPC 02961-02963** (xxxx xx xxxxx).” |
Servicios de reparación y mantenimiento de Aeronaves21 | Incluye nuevo compromiso con el modo 1 sin consolidar, sin limitaciones para los modos 2 y 3 y modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
Servicios de Operación de Aeropuertos CPC74610**, excluyendo las ayudas de navegación | Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
Otros servicios auxiliares del transporte aéreo CPC 74690** excluyendo los servicios de extinción de incendios y de prevención de incendios | Incluye nuevo compromiso con el modo 1 sin consolidar, sin limitaciones para los modos 2 y 3 y modo 4 “Sin consolidar, |
19 Servicios de agencias marítimas: actividades consistentes en representar como un agente, los intereses comerciales de una o más líneas navieras, para los efectos siguientes:
(a) Comercialización y venta de servicios de transporte marítimo y conexos, desde la cotización hasta la facturación, y emisión de conocimientos de embarque por cuenta de las empresas; adquisición y reventa de los servicios conexos necesarios, preparación de documentación y suministro de información comercial;
(b) Actividades por cuenta de las empresas para organizar las escalas de los buques o aceptar la carga, según proceda.
20 Como se define en el párrafo 6(b) del Anexo de Servicios de Transporte Aéreo.
21 Como se define en el párrafo 6(b) del Anexo de Servicios de Transporte Aéreo.
Servicios de carga y descarga de equipaje (CPC 741**) Servicios de asistencia de operaciones en pista (CPC 741**) | excepto lo indicado en los compromisos horizontales” |
Servicios de gestión aeroportuaria | Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales”. |
OTROS SERVICIOS NO INCLUIDOS EN OTRA PARTE | |
Otros | |
Servicios xx xxxxxx, limpieza y teñido | Incluye nuevos compromisos sin limitaciones para los modos 1-3 y el modo 4 “Sin consolidar, excepto lo indicado en los compromisos horizontales”. |