TACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018
TACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018
1 PLAN DE CONTRA
PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018
€
ÍNDICE
Sobre la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público 6 Consideraciones específicas del Plan 8
III.- Medidas relacionadas con la innovación 19
Anexo. Herramientas y recursos para la implementación del Plan 21
I.- Protocolo de seguimiento 21
IV.- Creación de espacios de mejora 24
PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018
2
El artículo 9 del Decreto de Alcaldía S1/D/2017-1271, de 24 xx xxxxx, de contratación pública sostenible del Ayuntamiento de Barcelona, prescribe la elaboración de un plan anual de contratación pública sostenible.
Corresponde a la Comisión de Contratación Pública Socialmente Res- ponsable proponer en el primer trimestre de cada año el mencionado plan, en el que se expresará los objetivos que el conjunto de la orga- nización municipal tendrá que alcanzar en este ámbito.
Finalmente, se realizará una memoria de cumplimiento de los objetivos anuales, que se publicará y se pondrá en consideración de la Mesa de contratación pública.
Este programa anual ofrece al sector empresarial que participa en las licitaciones del Ayuntamiento de Barcelona y sus entes dependientes una visión anticipada y estructurada de los objetivos municipales en contratación pública estratégica, y permite que las medidas sociales, ambientales y de innovación que se incorporan en cada licitación se vean proyectadas y reforzadas en un marco general.
Este primer plan no contiene unos objetivos cifrados concretos, sino unas directrices generales. Se elabora mientras se desarrolla el pro- grama de formación entre el personal técnico, y se pone en funcio- namiento un programa informático para el seguimiento de los datos que se deriven.
3 PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018
Será a finales del ejercicio 2018 cuando se pueda disponer de unos datos estadísticos de ejecución que permitirán elaborar un futuro plan 2019, con el que se podrán establecer objetivos cifrados.
CONSIDERACIONES GENERALES
• Este plan propone criterios de actuación que cada unidad promotora aplicará de acuerdo con las condiciones y características de cada expediente de contratación.
• Cada medida social, ambiental o de innovación requerirá una motiva- ción específica en el expediente.
• La implementación concreta de cada medida se complementará con las indicaciones de las guías de contratación pública social, ambiental y de innovación aprobadas por el Decreto de Alcaldía S1/D/2017-1271, de 24 xx xxxxx, de contratación pública sostenible del Ayuntamiento de Barcelona, y la Instrucción del Ayuntamiento de Barcelona para la aplicación de la Ley 9/2017, de 0 xx xxxxxxxxx, xx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xxxxxxx (XXXX).
REFERENCIAS NORMATIVAS
• Decreto de Alcaldía S1/D/2017-1271, de 24 xx xxxxx, de contratación pública sostenible del Ayuntamiento de Barcelona.
• Guía de contratación pública social, del Ayuntamiento de Barcelona.
• Guía de contratación pública ambiental, del Ayuntamiento de Barcelona.
• Guía de contratación pública innovadora, del Ayuntamiento de Barcelona.
• Ley 9/2017, de 0 xx xxxxxxxxx, xx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xxxxxxx.
• Instrucción del Ayuntamiento de Barcelona para la aplicación de la Ley 9/2017, de contratos del sector público.
SOBRE LA LEY 9/2017, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS
DEL SECTOR PÚBLICO
• La ley, en su exposición de motivos, determina que uno de los objetivos principales de esta es conseguir una mejor relación calidad-precio en la contratación pública.
• En su artículo 147, prescribe que los órganos de contratación velarán para que se establez- can criterios de adjudicación que permitan una contratación de gran calidad.
• El artículo 100.2 preceptúa que el presu- puesto máximo de licitación desglosará los costes directos e indirectos, incluidos los costes salariales en todos los contratos en que el coste de los salarios de las personas trabajadoras que ejecutarán el contrato forme parte del precio total de este, a partir de un convenio laboral de referencia.
• La ley prescribe también que en los contratos de servicios del anexo IV, así como en aquellos que tengan por objeto prestaciones de carác- ter intelectual, los criterios relacionados con la calidad tendrán que representar, como mí- nimo, el 51 % de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas. Eso no contradice el necesario equilibrio establecido entre criterios automáticos y de juicio de valor. Las medidas de contratación pública estratégica también pueden establecerse en criterios soportados por fórmulas matemáticas.
• En el artículo 149.4 se establece que, en todo caso, los órganos de contratación rechazarán las ofertas si comprueban que son anormal- mente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obli- gaciones aplicables en materia medioambien- tal, social, o laboral, nacional o internacional, incluyendo el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
• El artículo 145.2 de la LCSP/2017, habilita el establecimiento de consideraciones socia- les como criterios de adjudicación, citando textualmente la mejora de las condiciones laborales y salariales, y también la estabili- dad en el empleo.
• En su disposición adicional 51.ª, prescribe que los órganos de contratación podrán prever en los pliegos de cláusulas administrativas la rea- lización de pagos directos a subcontratistas.
• En el artículo 71.1.d) se establece la prohibición de contratar con las administraciones públicas a aquellas empresas de 50 o más personas tra- bajadoras que no cumplan el requisito de que como mínimo el 2 % de sus empleados sean personas con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 19 de noviembre, y en el mismo sentido, para aquellas empresas de más de 250 personas trabajadoras que no cuenten con un plan de igualdad conforme al artículo 45 de la Ley orgánica 3/2017, de 22 xx xxxxx.
• En el artículo 125 de la LCSP/2017 se deter- minan los requisitos que hay que tener en cuenta en el redactado xxx Xxxxxx de prescrip- ciones técnicas, mencionando explícitamente todas las necesidades, incluida la accesibili- dad universal y el diseño funcional o diseño para todas las personas.
• El artículo 126.2, establece que toda contra- tación destinada a personas físicas tiene que recoger en el PPT las prescripciones de Na- ciones Unidas respecto de las personas con discapacidad, y también criterios de accesi- bilidad universal.
• La exposición de motivos de la LCSP mencio- na también que, con el ánimo de favorecer el respeto hacia los derechos humanos, y en es- pecial hacia los derechos de los trabajadores y de los pequeños productores de países en vías de desarrollo, se introduce la posibili- dad de que los criterios de adjudicación y las condiciones de ejecución incorporen as- pectos sociales, del proceso de producción y comercialización referidos en las obras, suministros o servicios que haya que facilitar de acuerdo con el contrato de que se trate.
• El artículo 126.4 preceptúa que siempre que el objeto contractual pueda afectar al medio ambiente, las prescripciones técnicas se de- finen aplicando criterios de sostenibilidad y protección ambiental.
• Asimismo, el artículo 145.2.1.º cita posibles cri- terios de adjudicación de carácter medioam- biental, como reducción de gases de efecto invernadero, utilización de medios de ahorro y eficiencia energética, uso de energía xx xxxxxxx renovables, mantenimiento o mejora de recursos naturales...
• El artículo 99.1 establece que, especialmen- te aquellos contratos en los que se estime la incorporación de innovaciones tecnológicas sociales o ambientales, la definición del obje- to contractual podrá ser de sus características funcionales sin cerrar una solución única.
CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS DEL PLAN
I. MEDIDAS SOCIALES
En torno al presupuesto máximo de licitación
• Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 18.
• Objetivo Plan 2018: a partir del 9 de mar- zo de 2018, con la entrada en vigor de la nueva LCSP 9/2017, hay que considerar el desglose del presupuesto en costes directos (costes salariales incluidos) e indirectos como un precepto legal, no únicamente como una medida social.
En torno a la información sobre la subcontratación
• Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 19.
• Objetivo Plan 2018: con el fin de efectuar un control exhaustivo de la morosidad en la subcontratación, la empresa contratis- ta principal tendrá que certificar regular- mente el cumplimiento de plazos de pago a la empresa subcontratista mediante el aplicativo SAI.
En torno a los criterios de adjudicación
1
Valoración del precio inferior al 35 %
Motivación/descripción: Decreto de contratación pública sostenible, pági- na 19. Instrucción del Ayuntamiento de Barcelona para la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, artículo 9.4.
• Objetivo Plan 2018: a partir de un co- rrecto y riguroso cálculo del presupuesto máximo de licitación, en la gran mayoría de los contratos la valoración del pre- cio no tiene que resultar mayoritaria. Atendiendo a la nueva orientación de la LCSP/2017, hay que velar para que el diseño de los criterios de adjudicación permita obtener obras, suministros y servicios de gran calidad con el objeti- vo de conseguir una mejor relación cali- dad-precio.
• En consecuencia, siguiendo la orienta- ción recogida por la Guía de contratación pública social, que ha sido ampliada y re- forzada en el artículo 9.4 de la Instrucción del Ayuntamiento de Barcelona para la aplicación de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, en general, la pun- tuación del precio no será superior al 35 % de la puntuación total.
• Será necesario motivar en el expedien- te la consideración de una puntuación superior.
• Se pueden establecer porcentajes infe- riores al indicado para la valoración del precio en función de las características específicas del contrato o del sector eco- nómico en el que se encuadre.
2
Oferta anormalmente baja
• Motivación/descripción: Decreto de contratación pública sostenible, página 20.
• Objetivo Plan 2018: incluir la medida en todos los contratos municipales.
3
Mejores salarios de las personas trabajadoras empleadas en la ejecución del contrato
• Motivación/descripción: Decreto de contratación pública sostenible, página 22.
• Objetivo Plan 2018: aplicar este criterio de adjudicación de manera preferente cuando se quiera favorecer mejores retri- buciones en aquellos sectores donde se encuentren las categorías profesionales de menos calificación, y especialmente aquellas que dispongan de unas retribu- ciones más precarias.
Contratación indefinida de las personas trabajadoras ocupadas en la ejecución del contrato
4
• Motivación/descripción: Decreto de contratación pública sostenible, página 23.
• Objetivo Plan 2018: es un criterio de ad- judicación que se aplicará, en el supuesto de que no haya subrogación, cuando los estudios xx xxxxxxx y el conocimiento del sector de actividad económica indi- quen la existencia de una contratación laboral precaria, con poca estabilidad.
5
Otros posibles criterios de adjudicación
• La Guía de contratación pública social no se configura como un catálogo rígido de medidas. Sino al contrario, prevé su mejora y revisión continua en función de otros documentos orientadores específi- cos o actualizaciones normativas.
• En este sentido, de acuerdo con las previ- siones del artículo 145.2 de la LCSP/2017, se incluye especialmente en el plan la posibilidad de incorporar como criterio de adjudicación el fomento de la con- tratación femenina.
En torno a las condiciones especiales de ejecución
1
Inserción de personas en situación de desempleo o de riesgo de exclusión social
• Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 28.
• Objetivo Plan 2018: se considera precep- tiva la activación de la medida en todos los contratos a partir de un mínimo de 15 personas trabajadoras ocupadas en la ejecución del contrato.
• Como criterio estimativo, se establece un mínimo de 1 persona a jornada completa, o 2 personas a media jornada, por cada fracción de 10 personas trabajadoras ocupadas en la ejecución del contrato.
• La calificación profesional no especiali- zada del personal requerido puede ser un criterio para activar la medida, pero no exclusivo. La medida es completa- mente aplicable a otras profesiones y oficios cualificados donde cada vez más se producen situaciones de paro con di- ficultades sociales.
Subcontratación con empresas de economía social1
2
• Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 24.
• Objetivo Plan 2018: hay que activar la medida cuando haya un análisis de las prestaciones contractuales y se consi- dere que puede representar una eficien- cia social establecer como condición de ejecución que el contratista tenga que subcontratar con empresas de economía social.
3
Pago del precio a las empresas subcontratadas
Motivación/descripción: Decreto de contratación pública sostenible, página 25.
Objetivo Plan 2018: esta medida es trans- versal, de aplicación obligatoria en todos los contratos en los términos propuestos en la Guía de contratación pública social, siempre que en los pliegos se reconozca la posibilidad de subcontratación.
1 Las medidas 1 y 2 incorporan un protocolo y un aseso- ramiento activo por parte de Barcelona Activa, a partir del encargo de gestión aprobado el 6/4/2017 por la Comisión de Gobierno.
Subrogación de la plantilla laboral
4
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 26.
Objetivo Plan 2018: queda limitada la aplicación de esta medida en aquellos contratos que cumplan estrictamente y de manera acumulativa las siguientes características:
Contratos de trato sucesivo para los que no hay obligación legal o conven- cional de subrogación de la plantilla laboral.
La mano de obra tiene una gran tras- cendencia en términos cualitativos y cuantitativos.
Se considera imprescindible asegurar la permanencia de las personas que ya ejercían la actividad en la contrata anterior para garantizar una presta- ción con la máxima eficiencia técnica y como objetivo social de garantía de estabilidad laboral.
El personal ha prestado el servicio ininterrumpidamente en un largo periodo de tiempo.
5
Mantenimiento de las condiciones laborales durante la vigencia del contrato
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 27.
Objetivo Plan 2018: medida transversal. Incluir la previsión en todas las licitaci- ones en las que intervengan personas trabajadoras en su ejecución.
6
Igualdad de género
Medidas de aplicación transversal y pre- ferente en los contratos de servicios a las personas, y con la proporción adecuada en todos los contratos donde intervienen personas físicas en su ejecución.
Plan de igualdad:
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 30.
Objetivo Plan 2018: toda empresa con- tratista legalmente obligada, conforme al artículo 45 de la Ley orgánica 3/2017, de 22 xx xxxxx, tendrá que presentar, en los primeros diez días posteriores a la fecha de formalización del contrato, el Plan de igualdad entre hombres y mu- jeres —que será de aplicación a las per- sonas que ejecuten el contrato—, y, en caso de que no esté legalmente obligada
a la elaboración del mismo, las medidas alternativas aplicables en relación con las personas trabajadoras que participarán en la ejecución del contrato.
La empresa contratista, antes de la re- cepción del contrato, debe entregar a la persona responsable del contrato un informe final sobre la aplicación de las medidas en la ejecución de este.
Únicamente se podrá exceptuar la inclu- sión de esta condición de ejecución en caso de que no intervengan personas en la ejecución del contrato, o cuando el corto plazo de ejecución de este (menos de tres meses) no aconseje su aplicación.
Sin embargo, aunque no se incluya esta condición siguiendo las indicaciones del párrafo anterior, hay que recordar que el artículo 71.1.d) de la LCSP ha estable- cido la prohibición de contratar con las administraciones públicas para todas las empresas de más de 250 personas traba- jadoras que no dispongan de un plan de igualdad conforme al el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2017, de 22 xx xxxxx.
Paridad entre mujeres y hombres en perfiles y categorías profesionales:
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 30.
• Objetivo Plan 2018: de aplicación prefe- rente cuando se considera esencial para la ejecución del contrato público, ya sea para contribuir a luchar contra la feminiza- ción o masculinización crónica de deter- minadas categorías profesionales (segre- gación horizontal), o, especialmente, para incidir en la rotura de “techos de cristal” (segregación vertical), que impiden a las mujeres acceder a categorías profesio- nales de alta calificación o directivas, o en aquellos servicios en los que se quiere garantizar como derecho de la ciudadanía la atención a las personas usuarias por parte de una mujer o de un hombre.
La empresa contratista tendrá que informar del número de hombres y de mujeres que eje- cutarán el contrato, indicando las categorías profesionales, en relación con el colectivo objeto de la medida (personal en puestos directivos u otras categorías y perfiles pro- fesionales), para acreditar que cumple con la paridad exigida.
Se considera una medida de aplicación obliga- toria en aquellos contratos donde participen más de 100 personas trabajadoras.
En caso de subrogación del personal, la medi- da podrá centrarse en caso de sustituciones o bajas, a fin de que se tienda a la paridad con las nuevas incorporaciones.
11 PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018
Comunicación inclusiva:
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 31.
Objetivo Plan 2018: de aplicación trans- versal en todos los contratos donde inter- vengan relaciones personales o elemen- tos de comunicación.
Medidas contra el acoso sexual y por razón de sexo
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 31.
Objetivo Plan 2018: de aplicación trans- versal en todos los contratos donde inter- vengan relaciones personales.
El documento presentado por la empresa con- tratista incluirá, como mínimo, las siguientes medidas: campañas informativas que detallen qué son conductas de acoso sexual o en razón de sexo, acciones formativas y la designación de unas o más personas referentes que velen por un espacio de trabajo libre de violencias machistas.
Aproximadamente un mes antes de finalizar el contrato, la empresa contratista reportará un informe de seguimiento con la concreción de qué medidas ha activado y su cumplimi- ento efectivo.
Únicamente se podrá exceptuar la inclusión de esta condición de ejecución en caso de que no haya relaciones personales en la eje- cución del contrato, o cuando el corto plazo de ejecución de este (menos de tres meses) no aconseje su aplicación.
7
Igualdad de oportunidades y no discriminación
de las personas LGTBI
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 31.
Objetivo Plan 2018: medida de aplica- ción transversal, de aplicación preferente en los contratos de servicios a las per- sonas, y con la proporción adecuada en todos los contratos donde intervienen personas físicas en su ejecución.
Aproximadamente un mes antes de finalizar el contrato, la empresa contratista aportará un informe de seguimiento de las medidas aplicadas durante la ejecución del contrato.
8
Conciliación del tiempo laboral, personal y familiar
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 32.
Objetivo Plan 2018: medida de aplica- ción transversal preferente cuando sea significativa la necesidad de medios per- sonales para la ejecución del contrato.
Se establecerá, por parte de la empresa contratista, el cumplimiento de medidas de conciliación en relación con las personas que ejecutarán el contrato en alguno de estos ám- bitos: la flexibilidad del tiempo, las relaciones laborales, la flexibilidad en el espacio de tra- bajo, los servicios y prestaciones indirectas, el apoyo profesional o los servicios comple- mentarios a clientes y personas usuarias.
Antes de la finalización del contrato, la em- presa contratista presentará un informe de seguimiento, donde se indicará las medidas que se han activado durante la ejecución del contrato y, de manera desagregada por sexo, el número de personas trabajadoras para las que se han activado.
Únicamente se podrá exceptuar la inclusión de esta condición de ejecución en caso de que no intervengan personas en la ejecución del contrato, o cuando el corto plazo de ejecución de este (menos de tres meses) no aconseje su aplicación.
9
Personas trabajadoras con discapacidad
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 33.
Objetivo Plan 2018: medida transversal de aplicación en todos los contratos.
Accesibilidad universal
10
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 33.
Objetivo Plan 2018:
• Como condición de ejecución: de aplica- ción obligatoria cuando el contrato tenga como destinatario a la ciudadanía o al propio personal del Ayuntamiento.
• Como criterio de adjudicación de juicio de valor: las unidades promotoras podrán introducir como factor de ponderación de las ofertas las mejoras en accesibi- lidad universal sobre las prescripciones establecidas en la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad.
11
Cumplimiento de las normas sociolaborales en el proceso productivo y en la distribución comercial
Motivación/descripción: Decreto de con- tratación pública sostenible, página 34.
Objetivo Plan 2018:
• En los contratos armonizados que inclu- yan suministros de bienes electrónicos, habrá que activar los protocolos que el Ayuntamiento ha suscrito en el marco del proyecto “Electronics Watch”.
• Para el resto de contratos que incluyan suministros, de aplicación transversal, de manera proporcionada.
PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018 13
MEDIDA | TIPO | ¿OBLIGATORIA? | RECOMENDACIÓN/OBSERVACIÓN |
Desglose del presupuesto | Definición interna | SÍ | La LCSP, que entra en vigor el 9 xx xxxxx de 2018, incluye este precepto en su articulado (artículo 100.2) |
Información sobre la sub- contratación | Definición interna | En fase de licitación: NO En fase de ejecución: SÍ | |
Valoración del precio (inferior a un 35 % del total) | Criterios de adjudicación | En general, la valoración del precio no tendrá que superar más del 35 % de la puntuación total establecida | Habrá que motivar en el expediente la inclusión de una puntuación superior al 35 % |
Oferta anormalmente baja (por no adecuación de la oferta a los costes salariales) | Criterios de adjudicación | Sí | |
Salarios de las personas trabajadoras empleadas en la ejecución del contrato | Criterios de adjudicación | NO | De aplicación preferente cuando se quiera favorecer mejores retribuciones en aquellos sectores donde se encuentren las categorías profesionales de menor calificación, y especialmente aquellas que dispongan de unas retribuciones más precarias |
Contratación laboral indefinida de las personas trabajadoras empleadas en la ejecución del contrato | Criterios de adjudicación | NO | Se aplicará en el supuesto de que no haya subrogación, especialmente cuando los estudios xx xxxxxxx y el conocimiento del sector de actividad económica indiquen la existencia de una contratación laboral precaria, con poca estabilidad |
Inserción de personas en situación de desempleo o de riesgo de exclusión social2 | Condiciones de ejecución | SÍ, en contratos en los que tengan que participar más de 15 personas trabajadoras en su ejecución | De aplicación preferente cuando sea significativa la participación de medios personales para la ejecución del contrato |
Subcontratación con empresas de economía social3 | Condiciones de ejecución | NO | Cuando haya un análisis de las prestaciones contractuales y se considere que puede representar una eficiencia social establecer como condición de ejecución que el contratista tenga que subcontratar con empresas de economía social |
Pago del precio a las empresas subcontratadas | Condiciones de ejecución | SÍ, siempre que en los pliegos no se prohíba expresamente la subcontratación | |
Subrogación de la plantilla laboral | Condiciones de ejecución | NO | Es necesario que se cumplan de manera acumulativa las estrictas consideraciones precisadas en la Guía de contratación pública social |
2, 3 Ambas medidas incorporan un protocolo y un asesoramiento activo por parte de Barcelona Activa, a partir del encargo de gestión aprobado el 6/4/2017 por la Comisión de Gobierno.
MEDIDA | TIPO | ¿OBLIGATORIA? | RECOMENDACIÓN/OBSERVACIÓN |
Mantenimiento de las condiciones laborales durante la vigencia del contrato | Condiciones de ejecución | SÍ, en todos aquellos contratos en los que intervengan personas trabajadoras en su ejecución | |
Plan de igualdad | Condiciones de ejecución | Sí | Únicamente se podrá exceptuar la inclusión de esta condición de ejecución en caso de que no intervengan personas en la ejecución del contrato o cuando el corto plazo de ejecución de este (menos de tres meses) no aconseje su aplicación |
Paridad de género en los perfiles y categorías profesionales | Condiciones de ejecución | SÍ, en contratos donde intervengan más de 100 personas trabajadoras | De aplicación preferente cuando se considera esencial que la empresa contratista garantice una paridad efectiva contra la segregación horizontal, y especialmente en aquellos sectores donde la segregación vertical sea más evidente y se quiera contribuir a romper esta tendencia |
Comunicación inclusiva | Condiciones de ejecución | SÍ | Exceptuable en aquellos contratos donde no intervengan relaciones personales o elementos de comunicación o cuando el corto plazo de ejecución de este (menos de tres meses) no aconseje su aplicación |
Medidas contra el acoso sexual y por razón de sexo | Condiciones de ejecución | SÍ | Únicamente se podrá exceptuar la inclusión de esta condición de ejecución en caso de que no intervengan personas en la ejecución del contrato o cuando el corto plazo de ejecución de este (menos de tres meses) no aconseje su aplicación |
Igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas LGTBI | Condiciones de ejecución | NO | De aplicación preferente cuando sea significativa la necesidad de medios personales para la ejecución del contrato |
Conciliación del tiempo laboral, personal y familiar | Condiciones de ejecución | SÍ | Se podrá exceptuar la inclusión de esta condición de ejecución en caso de que no intervengan personas en la ejecución del contrato o cuando el corto plazo de ejecución de este (menos de tres meses) no aconseje su aplicación |
Personas trabajadoras con discapacidad | Condiciones de ejecución | SÍ | Las empresas con más de 50 trabajadores tienen que presentar el certificado conforme cumplen con el 2 % mínimo de personas trabajadoras con discapacidad |
Accesibilidad universal | Condiciones de ejecución | SÍ: como condición de ejecución NO: como criterio de adjudicación | Cuando el contrato tenga como destinatario a la ciudadanía o al propio personal del Ayuntamiento |
Cumplimiento de las normas sociolaborales en el proceso productivo y en la distribución comercial | Condiciones de ejecución | SÍ | Cuando el contrato incluye el suministro de un bien, por ejemplo, en los contratos armonizados que incluyan suministros de bienes electrónicos |
15 PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018
II. MEDIDAS AMBIENTALES
Son de aplicación los criterios definidos en las instrucciones de ambientalización recogidas en la Guía de contratación pública ambien- tal En cada instrucción se define el alcance (productos y servicios a los que se tienen que aplicar), las prioridades ambientales genera- les que hay que incluir en la contratación y los criterios y aspectos ambientales (algunos obligatorios y otros a considerar por el res- ponsable del contrato).
Se establecen los siguientes objetivos espe- cíficos prioritarios para el año 2018:
1
Electricidad
• Mantener la adquisición del 100 % de electricidad verde con Garantía de Ori- gen (GdO), xx xxxxxxx renovables o de cogeneración de alta eficiencia.
Papel de oficina
2
• Alcanzar un uso de papel reciclado su- perior al 90 % para el conjunto xxx Xxxx- tamiento y garantizar que ningún área ni distrito esté por debajo del 75 %.
3
Madera
• Alcanzar un nivel de compra xx xxxxxx con garantías de procedencia de explo- taciones sostenibles del 90 % del total, y del 100 % en el caso de la madera tro- pical.
Proyectos de obras
4
• Aplicar la instrucción técnica de obras en el 100 % de los proyectos de BIMSA.
• Revisar los contenidos pliegos de redac- ción de proyectos de espacio público y de infraestructuras y de redacción de proyectos de edificación de BIMSA.
• Incluir en los pliegos de redacción de pro- yectos de edificación una letra mínima de calificación energética igual o superior a la letra B. A partir de la aprobación de la nueva Instrucción técnica para la mejora energética de las actuaciones municipa- les, habrá que incluir en los pliegos de redacción de proyectos de edificación los nuevos criterios ambientales definidos en esta instrucción.
5
Acontecimientos
• Elaborar un plan de ambientalización y asegurar la aplicación de las medidas de ambientalización más relevantes (movili- dad sostenible, limitación de ruido, vasos reutilizables, gestión de residuos y otros) como mínimo en tres fiestas o aconteci- mientos principales (La Xxxxx, El Grec, fiestas de Distritos) y como mínimo en uno de los grandes acontecimientos ges- tionados por Barcelona Servicios Muni- cipales (BSM) en el Fòrum.
• Asegurar la aplicación de las medidas necesarias de reducción de la contamina- ción acústica en todos los acontecimien- tos organizados por el Ayuntamiento.
6
Servicios de comedor
• Mantener que en el 100 % de los con- tratos de servicios de comedor de es- coles bressol municipales se incorporen alimentos frescos, de temporada y de agricultura ecológica, de acuerdo con los criterios definidos en la instrucción técnica de servicios de alimentación.
• Extender la incorporación de criterios ambientales en la contratación de servi- cios de catering puntuales, fomentando los productos ecológicos y de comercio justo, así como la eliminación de vasos, vajilla y envases de plástico de un solo uso. Iniciar la incorporación de estos cri- terios de forma uniforme en los servicios de vending de los edificios municipales.
Textiles
7
• Mantener en los contratos de suministro de ropa de trabajo de personal propio
—Parques y Jardines, Guardia Urbana de Barcelona (GUB), Bomberos, BSM— la obligatoriedad de acreditar la garan- tía de que los textiles provienen de un proceso de producción que respeta los derechos básicos en el trabajo recogidos en la declaración de la Organización In- ternacional del Trabajo (OIT) relativa a los principios y derechos fundamentales. La forma de acreditación está descrita en la instrucción técnica de sostenibilidad en los productos textiles.
• En los contratos de adquisición de ves- tuario, mantener la obligatoriedad xx xx- mitación de presencia de sustancias quí- micas de los principales tejidos utilizados en la confección de ropa de trabajo.
• Incorporar los dos criterios anteriores en los grandes contratos de servicios exter- nalizados del Ayuntamiento de Barcelona (por ejemplo, limpieza y recogida de re- siduos o alumbrado).
Vehículos
8
• Doblar el porcentaje de vehículos de bajas emisiones (turismos y furgonetas eléctricos, híbridos o de gas) adquiridos para la flota municipal.
• Considerar las prioridades de los vehícu- los que hay que adquirir establecidas en la instrucción técnica de sostenibilidad en los vehículos en la fase previa de todas las licitaciones.
• Elaborar un plan de compra de vehículos que incluya como objetivos principales la exclusión de adquirir turismos diésel, consiguiendo una disminución mínima en las adquisiciones de turismos para el 2018 del 50 %, así como una reducción de la adquisición de furgonetas diésel, adaptando y actualizando la instrucción de vehículos en este sentido.
PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018 17
9
Limpieza y recogida
de residuos de edificios
• De acuerdo con lo establecido en la ins- trucción, y ya incorporado en el contra- to actual, mantener la obligatoriedad de que los cuatro productos de limpieza ge- nerales tengan el mínimo de carga con- taminante (con ecoetiqueta). En caso de sustitución de productos por parte de las empresas contratistas, se hará una valoración del cumplimiento de las ca- racterísticas ambientales establecidas en el pliego.
• Igualmente, hay que cumplir la obliga- toriedad de desplegar y mantener la re- cogida selectiva de residuos (según las fracciones definidas en el pliego) en los edificios municipales, tal como está es- tablecido en el pliego.
10
Elementos de comunicación
• Mantener los criterios de calidad ambien- tal y de economía circular para elemen- tos publicitarios y de comunicación en el contrato general de la Dirección de Comunicación (Gerencia de Recursos), siguiendo la instrucción.
• Aplicación transversal del uso de materia- les reciclados en los elementos de comu- nicación de papel estándares (dípticos, trípticos, pósteres...) en otros contratos de comunicación de áreas y distritos.
Equipos informáticos
11
• Aplicar los criterios de eficiencia energé- tica definidos en la instrucción de equi- pos informáticos en la adquisición de es- taciones de trabajo, equipos portátiles y equipos multifunciones.
• Para la adquisición de equipos multifun- ciones, considerar los criterios ambien- tales básicos que permiten minimizar el consumo de recursos con el fin de con- seguir que esté configurada la impresión a doble cara y en blanco y negro por de- fecto en todos los equipos informáticos del Ayuntamiento.
• Implementar los criterios anteriores en todos los grandes contratos y, como mí- nimo, en un 80 % de las áreas y distritos del Ayuntamiento de Barcelona.
Exposiciones
12
• Iniciar la aplicación de los criterios am- bientales definidos en la instrucción téc- nica para la aplicación de criterios de sos- tenibilidad en exposiciones en el Instituto de Cultura de Barcelona (ICUB).
13
Medidas ambientales en otras contrataciones
• Son de aplicación los criterios defini- dos en la Guía de contratación pública ambiental. Será necesario valorar en la fase de definición de cada contrato qué criterios ambientales pueden ser priori- tarios para su incorporación, siguiendo las indicaciones establecidas en la guía.
III. MEDIDAS RELACIONADAS CON LA INNOVACIÓN
1
Definición de las necesidades contractuales pensando
en la innovación
• En la definición interna del contrato, an- tes de su licitación, estudiar las mejoras tecnológicas, en sistemas y procedimien- tos de organización, en objetivos sociales y ambientales, que mejoren la calidad en las prestaciones contractuales y, en de- finitiva, en la prestación a la ciudadanía.
• Si se considera que algunos de estos objetivos no están satisfechos total o parcialmente por el mercado, hay que activar la incorporación de la innovación para incentivar que las empresas licita- doras generen respuestas y soluciones a estos objetivos de la Administración.
Programación anticipada y diálogo con el mercado
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• En contratos con prestaciones directas o indirectas destinadas a la ciudadanía,
o en los contratos de significado valor económico, potenciar las consultas en el mercado que nos permitirán conocer la oferta existente y al mismo tiempo impli- car anticipadamente las futuras empre- sas licitadoras.
• El objetivo es conocer y hacer prospec- ción de las soluciones que ofrece al mer- cado para cubrir las necesidades objeto del contrato. Eso permite la promoción e incorporación de las últimas innovacio- nes existentes en el mercado y una mayor colaboración entre las partes.
Prescripciones técnicas abiertas indicando rendimientos y funcionalidades
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• Cuando se considera necesario incor- porar soluciones innovadoras, hay que elaborar unas prescripciones técnicas abiertas, identificando rendimientos y funcionalidades y sin describir exhaus- tivamente las prescripciones técnicas concretas de la prestación.
• Este planteamiento permite un rol de socio colaborador del Ayuntamiento, la entrada de ideas y de soluciones inno- vadoras que aportan eficiencia y rendi- miento a los contratos.
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Introducción de tecnología
• La evolución de las tecnologías de la in- formación y de la comunicación (TIC) y el uso general de internet están transfor- mando prácticamente todos los sectores de la sociedad y de nuestra economía. La información y los datos se han convertido en uno de los bienes más valiosos y pre- ciados, y configuran lo que denominamos economía del conocimiento o economía digital.
• Las ciudades como Barcelona, con inicia- tivas como el Plan Barcelona Ciudad Digi- tal 2017-2020, se enfrentan a la necesidad de transformar sus maneras de hacer y buscar nuevas estrategias basadas en la tecnología y la innovación que permitan aprovechar el impulso y el desarrollo de esta nueva economía, y que comporten al mismo tiempo grandes beneficios so- ciales y un crecimiento económico más equitativo y sostenible.
• Las medidas que habrá que observar y que impulsarán el nuevo modelo de con- tratación sostenible para la innovación tendrán que incluir principios como la ética de los datos o la soberanía tecno- lógica basada en software libre, datos abiertos y metodologías agile.
Financiación
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• El Ayuntamiento cuenta con varios fon- dos para la financiación de sus proyectos de compra innovadora. Uno de los más importantes es el propio presupuesto de compras ordinarias, que, incorporando las medidas para la innovación, se con- vierte en uno de los ejes tractores más importantes.
• Hay que pensar que en determinados contratos municipales se puede contar con fondos de financiación provenientes de la Unión Europea (UE), el Banco Mun- dial y otros para pymes. Desde diferentes organismos internacionales se está facili- tando asesoramiento, apoyo financiero, la organización de acontecimientos y la convocatoria de premios para ayudar a las autoridades contratantes a desarrollar compras innovadoras de manera abierta y no discriminatoria, facilitando el acceso de las pymes.
ANEXO.
HERRAMIENTAS Y RECURSOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN
I. PROTOCOLO DE SEGUIMIENTO
Aplicativo SAI: seguimiento de indicado- res de las medidas sociales, ambientales y de innovación
Se pone a disposición de la organización un aplicativo informático para el seguimiento de indicadores de la contratación pública sos- tenible: social, ambiental y de innovación. El aplicativo SAI.
Todas las unidades de contratación xxx Xxxx- tamiento y sus entes dependientes tendrán que complementar la información que el apli- cativo SAI requerirá sobre cada contrato que incluya medidas sociales, ambientales y de innovación en los formularios dinámicos que este propone. Asimismo, se pretende que sea la empresa contratista la que proporcione, también mediante el aplicativo SAI, la mayoría de la información necesaria para satisfacer los indicadores definidos para cada medida.
El aplicativo SAI, en una primera fase permi- te el seguimiento de aquellos contratos que incluyan medidas sociales. En los próximos meses se desarrollarán las soluciones que per- mitan también el seguimiento de las medidas ambientales y la innovación.
El aplicativo será accesible para las unidades promotoras de los contratos a través de la intranet corporativa. Descargará automáti- camente aquellos expedientes que en su tra- mitación en SAP-contratos hayan escogido medidas sociales determinadas.
Aquellas unidades que no tramiten sus expe- dientes de contratación a través de SAP-con- tratos, darán de alta los seguimientos direc- tamente en el aplicativo SAI. En estos casos, las unidades tendrán que dar de alta manual- mente los contratos que estén tramitando en un formulario sencillo de datos básicos, donde se consignarán las medidas sociales escogi- das (y en una segunda fase las ambientales y de innovación). Una vez hecho esto, podrán acceder a los formularios dinámicos para res- ponder las preguntas sobre los indicadores definidos para cada medida escogida.
Por su parte, las empresas contratistas ac- cederán al aplicativo SAI a través del portal de empresa del Ayuntamiento de Barcelona. Las empresas visualizarán solo las preguntas que les corresponda responder, y tendrán la obligación de proporcionar la información y documentación que el formulario exige en el momento de la adjudicación y a lo largo de la ejecución del contrato para cada una de las medidas incluidas en el contrato.
En algunos de los casos, esta información y documentación exigirá una validación y veri- ficación por parte de las unidades promoto- ras. Las unidades promotoras responsables de la gestión de cada contrato velarán por la correcta complementación de los datos que corresponden a las medidas incluidas en cada uno de ellos.
II. INSTRUMENTOS DE APOYO
Encargo de gestión a Barcelona Activa
Barcelona Activa ofrece asesoramiento para la correcta aplicación de las cláusulas de sub- contratación de empresas de economía social y de inclusión de personas en situación de paro con dificultades especiales de inserción laboral o de exclusión social, tanto para las unidades licitadoras como para las empresas adjudicatarias de licitaciones.
En el espacio de contratación de la intranet corporativa se encuentran publicados los dos protocolos elaborados por Barcelona Activa, con el fin de atender las necesidades de ase- soramiento y de gestión de las dos medidas sociales anteriormente citadas:
Protocolo para la medida de subcontratación de empresas de economía social.
Protocolo para la medida de contratación de personas en situación de paro con dificultades de inserción social o en riesgo de exclusión social.
Barcelona Activa ofrecerá asesoramiento a todas las áreas del Ayuntamiento y grupos municipales que necesiten apoyo para valorar la idoneidad de la inclusión de estas dos cláu- sulas en los pliegos de contratación.
Barcelona Activa está en proceso de construir un repositorio online de empresas de econo- mía social por sectores de actividad recopilan- do la oferta de empresas de economía social existente, de manera que facilite el correcto cumplimiento de la cláusula a las empresas adjudicatarias.
Otros protocolos de asesoramiento
En el espacio de contratación de la intranet corporativa se encuentran publicados tam- bién los siguientes protocolos:
Protocolo para la inclusión de medidas refe- rentes a la igualdad de género. Departamento de Transversalidad de Género.
Protocolo para la inclusión de la medida de comunicación inclusiva.Departamento de Comunicación.
Protocolo para la inclusión de la medida de igualdad de oportunidades y no discrimina- ción de las personas LGTBI. Departamento de Feminismos–LGTBI.
Otros medios
de asesoramiento activo
A pesar de no disponer de un protocolo publi- cado, algunas medidas disponen de unidades referentes con las que se puede establecer contacto con el fin de recibir asesoramiento y acompañamiento a la hora de implementar otras medidas:
Accesibilidad universal: Instituto Municipal de Personas con Discapacidad (IMPD).
Ambientalización de contratos: Programa Ayuntamiento + Sostenible.
Compra pública innovadora: Barcelona Ciu- dad Digital.
Recopilaciones de información y de buenas prácticas
El espacio de la intranet corporativa dedicado a la contratación pública incorpora un apar- tado específico dedicado a la contratación pública sostenible donde se pueden encon- trar los recursos referenciados más arriba, así como recopilaciones, ejemplos y datos sobre la aplicación de medidas de contratación pú- blica sostenible.
III.FORMACIÓN
La Dirección de Coordinación de Contrata- ción Administrativa, con el impulso de la Ge- rencia de Presidencia y Economía, ha llevado a cabo un plan de formación sobre contratación pública sostenible gracias al cual, mediante sesiones informativas diseñadas a tal efecto, se han podido difundir los contenidos del de- creto y las guías de contratación pública casi a la totalidad de la organización, poniendo en común, a su vez, las especificidades, pro- blemas y virtudes que en cada sector puede tener cada una de las medidas propuestas.
En el desarrollo de estas sesiones han parti- cipado activamente diferentes personas ex- pertas provenientes de las diversas unidades del Ayuntamiento implicadas en la gestión de las medidas de contratación pública sosteni- ble: del Centro para la Igualdad y Recursos para las Mujeres (CIRD, por sus siglas en ca- talán); del Departamento de Transversalidad de Género; de Barcelona Activa; del Progra- ma Ayuntamiento + Sostenible; de la Oficina del Comisionado de Tecnología e Innovación Digital, y del IMPD, así como de la propia Di- rección.
Desde el mes xx xxxx del 2017 hasta la actu- alidad, se ha podido impartir estas sesiones a unas 550 personas aproximadamente, y se prevé llegar a más de 600 a finales de este primer trimestre del 2018.
Se prevé continuar esta actividad formativa durante el 2018, atendiendo las nuevas soli- citudes que lleguen a la Dirección.
Formación a la pyme
Se trabaja en la creación de un ámbito de for- mación abierta a las pymes y microempresas que tengan interés en convertirse en licitado- ras, a fin de que conozcan las características de la contratación pública que convocan de manera regular el Ayuntamiento de Barcelona y sus entes dependientes, y facilitar así infor- mación útil para que este tejido empresarial pueda postularse con total conocimiento e igualdad de condiciones a las licitaciones.
PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018 23
IV.CREACIÓN DE ESPACIOS DE MEJORA
Se trabaja en un proyecto de creación de una comunidad virtual en el campo de la contra- tación pública sostenible donde se pueda producir un intercambio abierto de ideas, propuestas y buenas prácticas.
Barcelona, 23 de febrero de 2018
PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SOSTENIBLE 2018 24
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