Contract
Contrato abierto de prestación de servicios, que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, representada por la Lic. Xxxxxxxxx Xxxxx Juárez, en su carácter de Procuradora General, a quien en lo sucesivo se le denominará “LA PROCURADURÍA” y por la otra, Sharp Corporation México, S.A. de C.V. y Distri Copy, S.A. de C.V., a quienes en forma individual o conjunta se les denominará “EL PROVEEDOR”, representado por el C. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y C.P. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, respectivamente, de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S:
1. | “LA PROCURADURÍA” declara que: |
1.1 | Es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17 y 40 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2, 35 y 36 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 3 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. |
1.2 | La Lic. Xxxxxxxxx Xxxxx Juárez, Procuradora General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, personalidad que acredita con el nombramiento expedido el 1 de noviembre de 2010, por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, cuenta con la facultad de autorizar y suscribir los convenios y contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública que se requieran para cumplir adecuadamente con las funciones encomendadas a “LA PROCURADURÍA”, de conformidad con lo establecido en los artículos 38 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 12 fracción XVI del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. |
1.3 | Para el cumplimiento de las funciones que le confieren los artículos 530 de la Ley Federal del Trabajo, y 3 y 4 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, requiere de la prestación de servicios de impresión de red, fotocopiado, escaneo y recepción y envío de fax de manera manual o de red, por medio de equipos multifuncionales y suministro de consumibles, de conformidad al ANEXO 1, el cual rubricado por las partes forma parte integrante del presente contrato. |
1.4 | Se tiene contemplada la erogación derivada del presente contrato en la partida presupuestal 32301, “Arrendamiento de equipo y bienes informáticos” de acuerdo a la asignación presupuestal para el año 2011, correspondiente a este Órgano Desconcentrado según oficio No. 511/01.- 2010/042 de fecha 23 de diciembre de 2010 de la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y memorándum No. D-073 de la Subdirección de Programación y Presupuesto de “LA PROCURADURÍA”. |
1.5 | El presente contrato se adjudicó mediante el procedimiento de Licitación Pública Nacional Consolidada, Número LA-014000999-N47-2011, con fundamento en el artículo 26, fracción I, 27 y 28, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con el fallo dado a conocer el día 11 de julio de 2011. |
1.6 | Cuenta con la autorización para comprometer recursos fiscales de años subsecuentes por el periodo de vigencia del presente instrumento, según se desprende del oficio número 312-A- 01529, de fecha 09 xx xxxx de 2011, emitido por el Lic. Xxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Director General de Programación y Presupuesto “B” de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del oficio número 511/01.-2011/00551de fecha 19 xx xxxx de 2011, signado por el Lic. Xxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxx, Director General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. |
1.7 | Para los efectos legales de este contrato, señala como domicilio el ubicado en Doctor Xxxx Xxxxx Xxxxxx, número 211, Colonia Doctores, Delegación Xxxxxxxxxx, Código Postal 06720, México Distrito Federal. |
1.8 | Su Registro Federal de Contribuyentes es PFD750602I25. |
2. | “EL PROVEEDOR” declara que: |
2.1 | Sharp Corporation México, S.A. de C.V. acredita la existencia legal de la sociedad, mediante la escritura pública número 96,743 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Notario Público xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Distri Copy, S.A. de C.V., acredita la existencia legal de la sociedad, mediante la escritura pública número 32,775 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Xxx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. |
2.2 | Con base en la proposición conjunta presentada dentro de la Licitación Pública Nacional Mixta número LA-014000999-N47-2011 y cuyo convenio privado de proposición conjunta de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxx xxxxx xxxxxxxxxx xx xxxx contrato como “Anexo 2” y con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 44 del Reglamento xx Xxx de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Sharp Corporation México, S.A. de C.V., representada por el C. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, acredita su personalidad mediante escritura número 96,743 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Notario Público número 125 del Distrito Federal. El C.P. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, representante de Distri Copy, S.A. de C.V., acredita su personalidad, mediante la escritura pública número 21,390 de fecha 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxxxxx X. xxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Notario Público xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. |
2.3 | Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas suficientes y necesarias para obligarse a la prestación de los servicios objeto del presente contrato. |
2.4 | Dentro del objeto social de Sharp Corporation México, S.A. de C.V., se encuentra entre otros Fabricar, comprar, importar, exportar, arrendar, distribuir y vender productos y partes eléctricos, electrónicos y mecánicos, así como todo tipo de artículos y aparatos cuyo comercio este permitido por las leyes mexicanas. Dentro del objeto social de Distri Copy, S.A. de C.V., se encuentra entre otros: Vender, rentar, traspasar, ceder, comercializar, distribuir, importar y exportar toda clase de maquinas de fotocopiado, impresión y duplicadores, así como tipo de aparatos de telecomunicaciones, consumibles y artículos de papelería, asimismo, asesorar y prestar el mantenimiento de los mismos, así como todo tipo de productos y servicios relacionados con la computación y toda clase de equipos eléctricos y electrónicos. |
2.5 | Su Registro Federal de Contribuyentes Sharp Corporation México, S.A. de C.V. SCM091023TW3. Distri Copy, S.A. de C.V. DCO9402102M0 |
2.6 | Sus representantes legales declaran bajo protesta de decir verdad, que formalizan este documento con la seguridad de que en las empresas que representan, ninguno de los socios, directivos, empleados, ni ellos mismos se encuentran en los supuestos previstos en los artículos, 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
2.7 | Señala como domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en: Sharp Corporation México, S.A. de C.V. Calle Xxxxx Xxxxxx No. 8, oficinas 803-804, Colonia los Xxxxxxx, Xxxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 11510, México, Distrito Federal, número telefónico 15 00 15 75 y 15 00 15 24, y correo electrónico xxxxxxx@xxxx.xxx.xx. |
2.8 | “EL PROVEEDOR” manifiesta que de acuerdo a la estratificación establecida en la fracción III |
del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, se encuentra ubicado de acuerdo a lo siguiente:
Sharp Corporation México, S.A. de C.V.: Grande. Distri Copy, S.A. de C.V.: Pequeña
En virtud de las declaraciones antes expresadas, las partes están de acuerdo con celebrar el presente contrato, sujetándose a las estipulaciones contenidas en las siguientes:
X X X X X X X X X:
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA PROCURADURÍA” requiere a “EL PROVEEDOR” y éste
acepta llevar a cabo la prestación de servicios de impresión de red, fotocopiado, escaneo y recepción y envío de fax de manera manual o de red, por medio de equipos multifuncionales y suministro de consumibles, requeridos por “LA PROCURADURÍA” con las características y especificaciones, apegándose justa, exacta y cabalmente a lo descrito en el ANEXO 1 del presente contrato.
SEGUNDA.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: “EL PROVEEDOR”, se obliga a prestar los
servicios objeto del presente contrato en el domicilio de “LA PROCURADURÍA”, ubicado en Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06720, México, Distrito Federal, de acuerdo con las especificaciones que se indican en el ANEXO 1 del presente instrumento jurídico.
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente contrato es mínimo de $863,448.28 (Ochocientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos 28/100 M.N) y máximo de
$2´158,620.69 (Dos millones ciento cincuenta y ocho mil seiscientos veinte pesos 69/100 M.N) ambas cantidades más IVA.
Dichos montos, estarán disponibles para los años de 2011 y 2012, conforme a la distribución siguiente:
MONTOS MÁS IVA | 2011 | 2012 | TOTALES más IVA. |
MÁXIMO | $758,620.69 | $1,400,000.00 | $2,158,620.69 |
MÍNIMO | $303,448.28 | $560,000.00 | $863,448.28 |
Los compromisos que se generen para el ejercicio presupuestal de 2012 quedarán sujetos para efectos de ejecución y pago a las disponibilidades del Presupuesto de Egresos de la Federación que apruebe la Cámara de Diputados y el oficio de liberación del presupuesto que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para dicho ejercicio fiscal.
Asimismo, no habrá penalización de ningún tipo para “LA PROCURADURÍA”, en caso de que ocurra una variación en las asignaciones presupuestales por la conformación y cuantía del presupuesto que apruebe el poder legislativo.
Ambas partes convienen que durante la vigencia del presente contrato, el precio cotizado para la prestación de los servicios se mantendrá fijo, de acuerdo a lo siguiente:
Servicio de impresión en Red. Fotocopiado en blanco y negro, escaneo en red y recepción de fax por medio de equipos multifuncionales. $0.1838 (cero punto mil ochocientos treinta y ocho mil diez milésimas de peso M.N.), más IVA
Servicio de impresión en Red. Fotocopiado en color, escaneo en red y recepción de fax por medio de equipos multifuncionales. $1.6998 (Un peso punto seis mil novecientos noventa y ocho diez milésimas de peso M.N.), más IVA.
CUARTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN: “EL PROVEEDOR” se obliga a iniciar los servicios objeto del presente contrato el día 16 xx xxxxxx de 2011 y a concluirlos al 31 de diciembre de 2012. Ambas partes aceptan que la vigencia del presente contrato será forzosa para “EL PROVEEDOR” y voluntaria para “LA PROCURADURÍA”.
QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA: Con fundamento en lo establecido en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público “LA PROCURADURÍA” podrá dar por terminado anticipadamente en contrato sin responsabilidad alguna a su cargo.
En este supuesto “LA PROCURADURÍA” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” con quince días naturales de anticipación a la fecha en que surtirá efectos dicho aviso.
SEXTA.- FORMA Y LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: “EL PROVEEDOR” deberá contar
en todo momento con los elementos propios y necesarios para realizar el servicio objeto del presente contrato, obligándose a realizarlos directamente, por lo que no podrá subcontratar con otra empresa en forma parcial o total los servicios materia del presente contrato. Asimismo, asegurará por su cuenta y contra todo riesgo los equipos y cubrirá cualquier contingencia derivada de la transportación y maniobra de carga y descarga, así como responsabilidad civil. Además “EL PROVEEDOR” se obliga a atender puntualmente las indicaciones que para el eficaz desempeño de los servicios contratados reciba por parte de “LA PROCURADURÍA”, debiendo ajustarse a lo dispuesto en el ANEXO 1 del presente instrumento jurídico obligándose a proporcionar el servicio objeto del presente contrato de acuerdo al siguiente procedimiento:
a).- “EL PROVEEDOR” proporcionará los materiales necesarios para la ejecución de los servicios indispensables de conformidad con lo señalado en el ANEXO 1 del presente contrato, así como las partes, refacciones y mano de obra en el domicilio de “LA PROCURADURÍA”.
b).- Independientemente de lo estipulado en el inciso anterior, “EL PROVEEDOR” se obliga atender con el simple requerimiento que efectúe “LA PROCURADURÍA”, todos y cada uno de los reportes que sobre deficiencias en la prestación del servicio se detecten. Reportes que deberán ser atendidos de inmediato.
c).- “EL PROVEEDOR” será el único responsable cuando los servicios contratados no se ajusten a este contrato y/o a las indicaciones de “LA PROCURADURÍA”.
“EL PROVEEDOR” conservará en todo tiempo y lugar la propiedad exclusiva de los equipos multifuncionales los cuales deberán ser 100% nuevos y de la misma marca, descritos en los anexos 1A y 1B, y si fueran embargados o en cualquier otra forma gravados por cualquier acreedor de “LA PROCURADURÍA”, ésta será la responsable exclusiva de ello. Para tal supuesto, “LA PROCURADURÍA” se obliga a liberar a “EL PROVEEDOR” e indemnizar a este por los daños y perjuicios que se le causen y coadyuvar con “EL PROVEEDOR” en las gestiones judiciales o extrajudiciales que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo para obtener el levantamiento del embargo o gravamen, la reivindicación de los equipos multifuncionales, o ambos según sea el caso. Asimismo, “LA PROCURADURIA” se obliga a que durante la vigencia de este contrato permanezca adherida a los equipos, en lugar visible la placa metálica que indica: “Propiedad de Sharp Corporation México, S.A. de C.V.
SÉPTIMA.- SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN: "LA PROCURADURÍA" tendrá la facultad de supervisar y verificar en todo tiempo si los servicios objeto de este contrato se están llevando a cabo por “EL PROVEEDOR” conforme a los términos convenidos o instrucciones emitidas por "LA PROCURADURÍA", por lo que para tal fin designa al Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Subdirector de Servicios Generales de "LA PROCURADURÍA" como área y servidor público responsable de la administración y seguimiento de los servicios a que se refiere este instrumento. “EL PROVEEDOR” se obliga a subsanar las deficiencias detectadas por "LA PROCURADURÍA", en un término no mayor a tres días naturales, contados a partir de la fecha de notificación que por escrito haga “LA PROCURADURÍA” a “EL PROVEEDOR”.
El Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Subdirector de Servicios Generales de "LA PROCURADURÍA", considerará recibidos y aceptados a su entera satisfacción, los servicios objeto del presente contrato, una vez que “EL PROVEEDOR”, realice la prestación del servicio conforme las condiciones establecidas en el presente instrumento jurídico. En tanto esta condición no se cumpla “EL PROVEEDOR” estará conforme que la prestación de sus servicios se tendrá por no recibidos.
OCTAVA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO: El monto del contrato señalado en la cláusula tercera de este instrumento, será cubierto en moneda nacional mediante mensualidades vencidas, por los servicios que preste “EL PROVEEDOR” en los términos de este contrato, mismos que deberán estar desglosados de forma clara y precisa en la factura correspondiente.
El pago será cubierto por “LA PROCURADURÍA”, a través de la Subdirección de Programación y Presupuesto, mediante transferencia electrónica de recursos a la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”, que es la identificada con CLABE bancaria estandarizada número 002180002326050061, del Banco Nacional de México, S.A (BANAMEX), dicha transferencia se realizará dentro de los veinte días naturales posteriores a partir del día de la presentación de la factura la cual deberá contar con la validación de las tomas de lectura de los equipos multifuncionales, por parte del o la Titular de la Subdirección de Servicios Generales de “LA PROCURADURÍA”.
Para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar su factura dentro de los cinco días hábiles siguientes a la conclusión del mes que se factura, excepto la correspondiente al cierre del ejercicio presupuestal que corresponda determinado por la SHCP, de acuerdo al calendario dispuesto por dicha Secretaría, dicha factura deberá contener los requisitos fiscales determinados por la SHCP, y deberá contar con la validación del o la Titular de la Subdirección de Servicios Generales de “LA PROCURADURÍA” y autorizada por el o la Titular de la Dirección de Administración. La factura deberá presentar desglosado el IVA y los descuentos que se otorguen a “LA PROCURADURÍA”. En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en el tiempo señalado la factura para el trámite de pago, se aplicarán las penas convencionales estipuladas en el Capítulo II “Características del Servicio” Numeral 00 xxx XXXXX 0 del presente contrato.
Si la factura no se encuentra debidamente requisitada, el plazo para el pago empezara a correr a partir del día siguiente de la presentación correcta de la misma. El horario para la presentación de la documentación será de las 10:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes.
Los pagos que haga “LA PROCURADURÍA” cubren cualquier clase de gastos, impuestos, derechos, contribuciones fiscales o cualquier contraprestación a favor de "EL PROVEEDOR", que se genere con motivo de la celebración o cumplimiento del presente contrato, por lo que "EL PROVEEDOR" no podrá reclamar algún otro pago adicional.
El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar en su caso por concepto xx xxxxx convencionales.
La facturación que se reciba posterior al cierre del ejercicio presupuestal que corresponda determinado por la SHCP, se pagará según lo efectivamente devengado, conforme a las normas presupuestales correspondientes mediante el sistema de pago de Adeudo de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS), y lo dispuesto por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Dirección de Administración de la PROFEDET.
“LA PROCURADURÍA” no pagará comisiones por ningún concepto, ni otorgará anticipo alguno a “EL PROVEEDOR”.
“LA PROCURADURÍA” requiere a “EL PROVEEDOR”, su afiliación al “Programa xx Xxxxxxx Productivas” a que se refiere el artículo 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011.
NOVENA.- PAGO DE IMPUESTOS: Será responsabilidad y estará a cargo de “EL PROVEEDOR”, el pago de impuestos y derechos que de acuerdo con las Leyes Mexicanas aplicables se generen con motivo del presente contrato, salvo el IVA el cual correrá a cargo de la “LA PROCURADURÍA”.
DÉCIMA.- REINTEGRO DE PAGOS EN EXCESO: Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, éste deberá reintegrar a “LA PROCURADURÍA” las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha en que se efectúo el pago, hasta la fecha en que “EL PROVEEDOR” reintegre dicha cantidad a “LA PROCURADURÍA” mediante cheque certificado.
DÉCIMA PRIMERA.- CESIÓN DE DERECHOS: Los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato no podrán cederse en forma parcial ni total en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “LA PROCURADURÍA”, con
fundamento en el último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA SEGUNDA.- CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR: Ninguna de las partes será responsable del incumplimiento de este contrato que resulte directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA TERCERA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: “LA PROCURADURÍA” podrá
suspender en cualquier momento y de manera temporal, en todo o en parte el servicio contratado, sin que ello implique la terminación definitiva. El presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
DÉCIMA CUARTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL: “EL PROVEEDOR” como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los servicios materia del presente contrato, manifiesta que cuenta con los elementos propios y suficientes para responsabilizarse de las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo, en consecuencia, es el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social y en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de “LA PROCURADURÍA” en relación con los servicios materia del presente contrato.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE RESCISIÓN: Serán causas de rescisión del presente contrato sin responsabilidad de “LA PROCURADURÍA”, si “EL PROVEEDOR”:
a).- No inicia la prestación de los servicios objeto de este contrato en la fecha convenida;
b).- No realiza los servicios de conformidad con lo establecido en el presente contrato y en su anexo, o sin motivo justificado, no acata las instrucciones de “LA PROCURADURÍA” sin motivo justificado;
c).- Suspende injustificadamente los servicios o se niega a reponer alguna parte de ellos que hubieren sido rechazados como defectuosos por “LA PROCURADURÍA”;
d).- Cede a terceras personas los derechos u obligaciones derivados del presente contrato, en forma parcial o total, excepto el derecho de cobro, en cuyo caso se debe contar con el consentimiento de “LA PROCURADURÍA”;
e).- No proporciona a “LA PROCURADURÍA” las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los servicios objeto de este contrato;
f).- Cuando una autoridad competente lo declare en concurso mercantil o alguna figura análoga que afecte su patrimonio, en forma tal que le impida cumplir con sus obligaciones derivadas en virtud de este contrato;
g).- Los documentos o manifestaciones presentados por “EL PROVEEDOR” en el procedimiento de adjudicación señalado en la Declaración 1.5 del presente contrato resultan falsos (as);
h).- “EL PROVEEDOR” incumple con las obligaciones establecidas en el presente contrato;
i).- “EL PROVEEDOR” no entrega en la fecha convenida la garantía de cumplimiento de contrato; j).- En general, por cualquier otro incumplimiento a las obligaciones pactadas en el presente contrato. Las anteriores causas de rescisión, están señaladas de manera enunciativa más no limitativa.
DÉCIMA SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN: “LA PROCURADURÍA” podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de declaración judicial previa, en caso de que “EL PROVEEDOR” incumpla con cualesquiera de las obligaciones estipuladas y/o inherentes a la naturaleza del mismo, por lo que si “EL PROVEEDOR” incurre en cualesquiera de las causas a que se refiere la cláusula anterior, “LA PROCURADURÍA” podrá optar por la rescisión del presente contrato, o bien exigir su cumplimiento por la vía judicial. En caso de optar por la rescisión del contrato, se procederá conforme al procedimiento señalado en el artículo 54 de la ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA SÉPTIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: “EL PROVEEDOR” se obliga a
garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada a favor de la Tesorería de la Federación por un importe equivalente al diez por ciento del monto máximo mencionado en la cláusula tercera del presente contrato, o el monto máximo del ejercicio de que se trate, sin incluir IVA, el cual deberá señalarse con número y letra. La fianza será presentada por “EL PROVEEDOR” en un plazo xx xxxx días naturales posteriores a la firma de este contrato, o dentro de los primeros 10 días naturales del mes de enero del ejercicio que corresponda.
La fianza deberá contener además las siguientes estipulaciones:
a).- Referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las cláusulas contenidas en el contrato;
b).- La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
c).- El señalamiento de la denominación o nombre del proveedor o fiado;
d).- La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que límite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos garantizados;
e).- Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia. Asimismo esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiado para el cumplimiento de sus obligaciones;
f).- La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 Bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida;
g).- Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo;
h).- Que esta fianza cubre defectos y vicios ocultos de los servicios contratados, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido el proveedor, en los términos señalados en el documento que dio origen al contrato, en el contrato respectivo y el Código Civil Federal.
DÉCIMA OCTAVA.- NULIDAD DEL CONTRATO: Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.
DÉCIMA NOVENA.- PENA CONVENCIONAL: En caso de incumplimiento de “EL PROVEEDOR” a las obligaciones derivadas del presente contrato, “LA PROCURADURÍA” aplicará las penas convencionales que se establecen en el ANEXO 1 del presente instrumento jurídico y su tope máximo de aplicación será el monto total de la fianza, en cuyo caso, procederá la rescisión del contrato.
En estos casos “LA PROCURADURÍA” comunicará por escrito tal situación a “EL PROVEEDOR”, para que en un término máximo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación, efectúe el pago de la pena convencional en moneda nacional y redondeada a pesos, mediante el esquema de pago electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos denominado “e5cinco”, a través de ventanilla bancaria o pago electrónico, requisitando para ello el formato “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria, Derechos Productos y Aprovechamientos 01-501” el cual esta disponible en la página de Internet de “LA PROCURADURÍA”, en la dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx.xxxx debiendo entregar a la Dirección de Administración de “LA PROCURADURÍA”, el original del recibo bancario con sello digital, como comprobante del pago realizado. Se entenderá que “EL PROVEEDOR” no ha
cumplido con los requisitos de exigibilidad de pago, si no entrega correctamente su factura o en su caso el recibo bancario con sello digital anteriormente indicado.
VIGÉSIMA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR: “EL PROVEEDOR” se obliga a asumir la
responsabilidad total para el caso de que al suministrar el servicio a “LA PROCURADURÍA”, infrinja derechos de terceros sobre patentes, marcas o derechos de autor.
VIGÉSIMA PRIMERA.- INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN: “EL PROVEEDOR” asume la obligación de
proporcionar a la Secretaría de la Función Pública y/o al Órgano Interno de Control en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la información y/o documentación relacionada con el presente contrato, que le sea solicitada, en términos de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- SUBCONTRATACIÓN: “LA PROCURADURÍA”, no acepta la subcontratación de los servicios objeto del presente contrato.
VIGÉSIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO: Durante la vigencia del presente contrato, “LA PROCURADURÍA” podrá modificar el presente contrato, dando aviso por escrito con por lo menos tres días calendario de anticipación a “EL PROVEEDOR” y éste se obliga a dar cumplimiento a dichas modificaciones. Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse por escrito, en términos de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA CUARTA.- LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN: Todo lo no expresamente previsto en el presente contrato, se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Código Civil Federal y en la normatividad de carácter federal aplicable, siendo nulo de pleno derecho cualquier acto realizado en contravención a las mismas, sometiéndose las partes en caso de conflictos judiciales a los tribunales competentes con residencia en México, Distrito Federal, renunciando a la competencia jurisdiccional que les pudiera corresponder por razón de su domicilio presente o futuro.
El presente contrato se firma en tres tantos, en México Distrito Federal, el día 26 de julio de 2011.
por “LA PROCURADURÍA” El Subprocurador General de Conciliación y Defensoría en ausencia del Procurador General, con fundamento en el artículo 40 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo | por “EL PROVEEDOR” | |
Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx. | C. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Sharp Corporation México, S.A. de C.V | |
C. P. Xxxxx Xxxx Xxxxxx Distri Copy, S.A. de C.V |
Las firmas que anteceden forman parte del contrato número C-78-2011, de prestación de servicios de impresión de red, fotocopiado, escaneo y recepción y envío de fax de manera manual o de red, por medio de equipos multifuncionales y suministro de consumibles, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx de la Defensa del Trabajo y Sharp Corporation México, S.A. de C.V. y Distri Copy, S.A. de C.V, con plazo de ejecución del 16 xx xxxxxx de 2011 al 31 de diciembre de 2012, por un monto de hasta $2´158,620.69 (Dos millones ciento cincuenta y ocho mil seiscientos veinte pesos 69/100 M.N) más IVA.
ANEXO 1
“ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO”
I. De la prestación del servicio.
Contratación del servicio de impresión, fotocopiado, escaneo, recepción y envío de faxes por medio de equipos multifuncionales para “LA PROCURADURÍA”.
La supervisión de los servicios, la validación xx xxxxx de lectura y facturas, así como el trámite de pago de éstas, la realizarán de la siguiente forma:
REQUIRENTE | LOCALIDAD | ÁREA SUPERVISORA |
PROFEDET | DISTRITO FEDERAL | SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES |
I.1 Vigencia del contrato.
16 xx xxxxxx de 2011 al 31 de diciembre de 2012
I.2 Condiciones generales de la prestación de los servicios:
Los gastos por concepto de traslados para la prestación de los servicios, serán a cargo “EL PROVEEDOR”, razón por la cual no será aceptada condición alguna, en cuanto a cargos adicionales por conceptos de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros u otros conceptos.
El personal de “LA PROCURADURÍA”, en todo momento, podrá verificar que los servicios objeto del presente contrato cumplan con las especificaciones y requisitos que se demandan en la convocatoria del procedimiento de contratación, para lo cual será necesario que “EL PROVEEDOR” presente los siguientes documentos:
Bitácora de reporte de mantenimientos preventivo y correctivo, así como de consumibles y refacciones.
Personal de “LA PROCURADURÍA” efectuará recorridos periódicamente en las instalaciones en donde se encuentren habilitados los equipos multifuncionales para verificar que la prestación del servicio se apegue a lo licitado.
II. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO.
1. Objetivo.
“LA PROCURADURÍA” requiere del servicio de fotocopiado, impresión, escaneo y recepción y, envío de faxes, de manera manual y por red, mediante equipos multifuncionales cuyas cantidades, volúmenes, características y ubicación se establecen en el contenido de los Anexos Xxx. 0-X, 0-X x 0-X xx xxxx documento y los servicios de soporte que se señalan a continuación, con la modalidad de que los equipos multifuncionales serán operados por personal de “LA PROCURADURÍA” mediante la celebración del presente contrato abierto de prestación del servicio, comprendiendo los años 2011 y 2012.
2. Asistencia técnica.
Proporcionar sin costo adicional alguno para “LA PROCURADURÍA”, la asistencia técnica necesaria, con el fin de garantizar la continuidad del servicio, asegurando los tiempos de respuesta y solución requeridos por “LA PROCURADURÍA”, por lo que “EL PROVEEDOR” acredita que cuenta con un respaldo de especialistas en Hardware y Software debidamente capacitados que puedan atender los requerimientos de “LA PROCURADURÍA”, conforme a lo que se establece en este documento y lo indicado en los Anexos Nos. 1-A y 1-B del mismo. A efecto de lo anterior, cuenta con dos técnicos especializados para atender el centro de soporte para cumplir y satisfacer los requerimientos de “LA PROCURADURÍA”.
3. Capacitación
“EL PROVEEDOR” deberá capacitar permanentemente al personal de “LA PROCURADURÍA” en el adecuado manejo del equipo multifuncional y los servicios que este brinde, con el objeto de asegurar el óptimo funcionamiento y utilización de los mismos, para tal fin, los instructores de “EL PROVEEDOR” impartirán de común acuerdo y a satisfacción de “LA PROCURADURÍA” los cursos que sean necesarios, en las instalaciones y horarios que “LA PROCURADURÍA” determine de acuerdo a sus necesidades, sin que impliquen costo adicional alguno.
La capacitación incluye material didáctico impreso en idioma español y será para el personal que considere “LA PROCURADURÍA”. La capacitación será a solicitud y satisfacción de “LA PROCURADURÍA”, durante la vigencia del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que la capacitación para la puesta en operación de los multifucionales, será proporcionada por “EL PROVEEDOR” al personal designado por la Subdirección de Servicios Generales, como Administrador del Contrato y al personal designado por la Subdirección de Informática, así como para los usuarios, durante el periodo comprendido del 05 al 15 xx xxxxxx de 2011, en días y horas hábiles.
4. Tiempos de respuesta y solución
“EL PROVEEDOR” deberá atender los reportes xx xxxxxx de Hardware y Software, así como las solicitudes de material de consumo (toner, revelador, cilindro, rodillo de calor, cuchilla de limpieza, grapas, gomas, entre otros), en un tiempo de respuesta y solución no mayor a cuatro horas, contadas a partir de la notificación que realice el administrador del Servicio de “LA PROCURADURÍA”, vía correo electrónico, a “EL PROVEEDOR” en la zona del D.F.
5. Mantenimiento y reparación
“EL PROVEEDOR” garantiza la continuidad del servicio, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá dar a los equipos multifuncionales el número de mantenimientos preventivos y correctivos necesarios para garantizarla, esto deberá realizarse en un horario de 9:00 a 18:00 hrs., de lunes a viernes, en días hábiles para “LA PROCURADURÍA”.
En caso de desperfecto o avería del equipo multifuncional, “EL PROVEEDOR” deberá atender el reporte y su reparación dejando funcionando el equipo en condiciones normales de operación, en un tiempo de respuesta y solución de acuerdo a lo señalado en el punto 4 de este documento. Tratándose de reparaciones que queden pendientes por refacciones, estas deberán quedar resueltas en los mismos tiempos y términos antes previstos, en caso contrario, deberá sustituir el equipo multifuncional con otro de igual o mayor capacidad en las siguientes 12 horas naturales, sin que esto implique un costo adicional.
Las refacciones, mano de obra y materiales de consumo que se requieran para la operación, mantenimiento y reparación de los equipos multifuncionales, serán proporcionados por “EL PROVEEDOR” cuantas veces sea necesario, sin cargo extra para “LA PROCURADURÍA”.
Para la atención de los reportes por fallas y solicitudes de consumibles, por parte de “LA PROCURADURÍA” la Subdirección de Servicios Generales, será las única facultada para informar de estos reportes a “EL PROVEEDOR”, vía correo electrónico, para lo cual la misma deberá asignar un número de reporte único por cada evento y para cada equipo, las boletas de dichos reportes una vez concluidos, deberán contar con sello y firma del usuario, para ser entregadas a las áreas administradoras del contrato.
En caso de que el usuario reporte directamente a “EL PROVEEDOR”; éste no deberá por ningún motivo recibir el reporte y a su vez le notificará al usuario que dichos reportes deberá canalizarlos a través del procedimiento establecido por la Subdirección de Servicios Generales.
6. Garantía de disponibilidad.
Al inicio del contrato los equipos serán entregados, instalados, configurados y probados en las diferentes Unidades Administrativas de “LA PROCURADURÍA”, para lo cual proporcionará a “EL PROVEEDOR” nodo de red y dirección IP.
“EL PROVEEDOR”, deberá mantener en operación el total de los equipos multifuncionales, sin degradación de los servicios que deberán prestar estos durante la vigencia del contrato, es decir, a partir de la recepción oficial en las instalaciones y su puesta en operación, a entera satisfacción de “LA PROCURADURÍA”.
Si en el lapso en que estén fuera de servicio los equipos multifuncionales y no se han reemplazado por otro de igual o mayor capacidad de acuerdo a los tiempos y términos previstos en el punto 4, y “LA PROCURADURÍA” requiere efectuar servicios de fotocopiado, impresión, escaneo o fax, de acuerdo a sus necesidades y conveniencia, podrá optar libremente por un tercero, debiendo absorber directamente el costo del servicio “EL PROVEEDOR” y sin que esto implique costo adicional para “LA PROCURADURÍA”.
7. Verificación de instalaciones.
En caso de ser necesario, “EL PROVEEDOR” deberá suministrar el equipo de protección adecuado (reguladores de voltaje, supresores de pico, entre otros), para los equipos multifuncionales de acuerdo a sus propias características en el tiempo de solución establecido en el punto 4 de este documento, con el fin de prever cualquier daño a los mismos.
“EL PROVEEDOR” deberá verificar las instalaciones eléctricas y de red, de “LA PROCURADURIA” y prestar asesoría permanente en los casos de modificación o crecimiento (tanto en instalaciones como en equipo), a fin de que los equipos multifuncionales y las instalaciones operen correctamente; en caso de existir algún problema en el suministro de la energía eléctrica de red o línea analógica para fax, “EL PROVEEDOR” deberá notificar a “LA PROCURADURÍA”, quien a su vez autorizará la instalación del equipo de protección correspondiente, esto sin ningún cargo adicional para “LA PROCURADURÍA”.
La cantidad de equipos de protección deberá ser el necesario para proporcionar seguridad y evitar daños a la totalidad de equipos multifuncionales instalados por “EL PROVEEDOR”, sin cargo adicional para “LA PROCURADURÍA”.
8. Recepción y atención de reportes.
“EL PROVEEDOR” deberá contar con los sistemas de comunicación apropiados para atender eficientemente las solicitudes de servicio (reporte xx xxxxxx, solicitud de materiales, de servicios de mantenimiento preventivo y/o correctivo), de los equipos multifuncionales instalados en “LA PROCURADURÍA”.
9. Abasto de partes y refacciones
Para el abasto de las partes y refacciones, “EL PROVEEDOR” garantiza por escrito que cuenta con los stocks suficientes para atender los requerimientos de los centros de trabajo de “LA PROCURADURÍA”, de conformidad con el tiempo de solución señalado en el punto 4 de este documento.
10. Materiales de consumo
“EL PROVEEDOR” deberá proporcionar todos los materiales de consumo que requiera la prestación del servicio (excluyendo el papel) garantizando el suministro de los mismos, dotando a “LA PROCURADURÍA” de los inventarios (stocks) necesarios para el abastecimiento permanente de toner, reveladores, grapas, cilindros, rodillos de calor, gomas, entre otros, sin que ello implique costo adicional alguno para “LA PROCURADURÍA”, de conformidad con el tiempo de solución señalado en el punto 4 de este documento.
“EL PROVEEDOR” deberá entregar a “LA PROCURADURÍA” un kit de consumibles y refacciones que deberá contener toner, revelador, grapas, cilindro, rodillo de calor, cuchilla de limpieza, entre otros, y su entrega será dentro de los tres primeros días hábiles del mes que inicia el contrato y mantener dicho stock durante la vigencia del contrato.
11. Seguridad
“EL PROVEEDOR” efectuará las labores indicadas con todo el cuidado necesario, observando constantemente las normas de seguridad que su actividad requiera y las que sobre el particular dicte “LA PROCURADURÍA”, a efecto de evitar causar daños a sus bienes, sus instalaciones y a su personal, por tal motivo, “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar a sus trabajadores la ropa y herramienta para la realización segura del trabajo.
12. Especificaciones de equipos multifuncionales
Las características de los equipos multifuncionales ofertados en la propuesta técnica de “EL PROVEEDOR”, el cual forma parte del presente contrato como Anexo 1-A y 1-B , son 100% nuevos y de la xxxxx XXXXX, para garantizar las óptimas condiciones del servicio a “LA PROCURADURÍA” determinándose en forma precisa la cantidad, marca y modelo de los equipos multifuncionales que instalará “EL PROVEEDOR” así como el espacio ocupado por el software y controladores a instalar, como también la compatibilidad para las diferentes versiones de sistema operativo Windows y Mac para la operación óptima.
13. Tiempo y lugar de instalación.
El total de equipos multifuncionales deberán quedar instalados en el inmueble de “LA PROCURADURÍA” de acuerdo al siguiente calendario:
UBICACIÓN | NUMERO DE EQUIPOS | FECHA DE INSTALACIÓN |
Planta baja | 2 | Del 29 de julio de 2011 al 04 xx xxxxxx de 2011. |
Primer piso | 2 | |
Xxxxxxx xxxx | 0 | |
Xxxxxx xxxx | 0 | |
Xxxxxx xxxx (xxxxxx de color) | 1 |
Se instalarán en el inmueble de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, ubicado en: Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, de conformidad con las ubicaciones señaladas en el ANEXO 1-C.
La instalación deberá comprender, la habilitación de los servicios de impresión en red, fotocopiado, escaner en red, envío y recepción de fax de manera manual para cada equipo de cómputo en el lapso anteriormente señalado.
Los equipos multifuncionales instalados en el inmueble de “LA PROCURADURÍA” deberán contener una etiqueta adherida en la parte superior de la tapa en la cual indicará el procedimiento interno para levantar los reportes respectivos, los datos se le proporcionarán a “EL PROVEEDOR”.
Deberán considerar un centro de soporte para atender los servicios requeridos por las y los usuarios relacionados con Hardware y Software de la siguiente manera:
Zona Sur 2, que comprende: Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxxxx (CONASAMI), (considerar técnico en sitio), Vértiz (PROFEDET)
“LA PROCURADURÍA” requiere por lo menos se considere la atención a eventualidades que requieran atención fuera de los horarios establecidos, por lo que los números telefónicos para tal efecto son los siguientes: 044 55 54 52 66 57 Xxxxx Xxxxxxxxx, 044 55 23 00 27 03 Xxxxxxx Xxxxxx.
Para la comprobación de la puesta en operación de cada uno de los equipos multifuncionales, “EL PROVEEDOR” deberá presentar a la Subdirección de Servicios Generales de “LA PROCURDURÍA” los siguientes formatos debidamente requisitados, firmados y sellados por el área usuaria:
o Formato de instalación y conformidad del usuario (Anexo Nos. 1-A y 1-B ).
o Formato de resguardo (Anexos Nos. 1-A y 1-B )
La transportación e instalación de los equipos multifuncionales, así como los cambios de ubicación de los mismos que solicite por escrito la Subdirección de Servicios Generales de “LA PROCURADURÍA” no implicará costo adicional alguno para “LA PROCURADURÍA”. Este concepto será cubierto por “EL PROVEEDOR”, por tal motivo cualquier equipo o parte del mismo que resulte dañada por defecto de empaque o transportación, será por cuenta y riesgo del mismo.
14. Aumento, disminución o cambio de equipos multifuncionales
Para el caso xx xxxxx de los equipos, estos serán sustituidos cuantas veces sea necesario, durante la vigencia del contrato, sin que esto implique costos adicionales para “LA PROCURADURÍA”.
“LA PROCURADURÍA” podrá solicitar cambios de ubicación de equipos, mismos que deberán atenderse en un tiempo máximo de cinco días hábiles para la zona metropolitana, contados a partir de la recepción de la solicitud. Todo lo anterior sin cargo adicional para “LA PROCURADURÍA”.
Para el caso específico de los Anexos Nos. 1-A y 1-B durante la vigencia del contrato, “LA PROCURADURÍA” podrá solicitar a “EL PROVEEDOR”, aumento o disminución en la cantidad de equipos, por lo tanto, “EL PROVEEDOR” deberá contar con la capacidad de respuesta y solución que sean necesarias a fin de cumplir con estos requerimientos en un plazo que no deberá exceder de cinco días contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud correspondiente. De igual manera la cantidad de equipos instalados inicialmente podrá incrementarse hasta en un 5%.
15. Seguro para equipos multifuncionales.
Los equipos multifuncionales que proporcione para el servicio “EL PROVEEDOR”, deberán estar asegurados, sin costo adicional para “LA PROCURADURÍA”.
16. Conclusión del Servicio.
Al momento de finalizar el contrato, los equipos multifuncionales quedarán nuevamente bajo la total y exclusiva responsabilidad de “EL PROVEEDOR”.
17. Incidencias
Causas de Incidencia
1. No presentar la factura a la Subdirección de Servicios Generales de “LA PROCURADURÍA”, previa validación de las tomas de lectura de los equipos multifuncionales, por parte del área requirente de los servicios dentro de los cinco días hábiles siguientes a dicha validación.
18. Penas Convencionales
En caso de que por causa imputable a “EL PROVEEDOR” se postergue el inicio de la prestación del servicio, “LA PROCURADURÍA” como pena convencional aplicará el 1% del monto total del contrato antes de IVA por cada día natural de atraso.
De conformidad con lo señalado en las Políticas, Bases y Lineamientos, “LA PROCURADURÍA” estipula que, una vez iniciado el servicio, para el caso de atraso durante la prestación de los servicios pactados, en los numerales 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 13 y 14, del apartado II “Características del servicio” y el numeral 17 inciso 1 de incidencia en el mes, se aplicará una pena convencional del 2.5% sobre la factura mensual presentada sin incluir el IVA. En ambos supuestos no se podrá rebasar por estos conceptos el monto de la garantía de cumplimiento (10% del monto total del contrato antes de IVA), en cuyo caso se procederá a la rescisión del contrato.
ANEXO 1-A (ANEXO 1-B DE LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN)
“SERVICIO DE IMPRESIÓN, FOTOCOPIADO, ESCANEO Y RECEPCIÓN Y ENVÍO DE FAXES, EN BLANCO Y NEGRO”
MODELO MX-M363N XXXXX XXXXX CARACTERÍSTICAS DE OPERACIÓN | NUMERO DE EQUIPOS |
Fotocopiado Velocidad de Copiado: 36 ppm Ampliación-Reducción: 25%-400% Alimentador automático desde 75 originales Copiado Dúplex Control de copiado por claves Dispositivo de ahorro de energía Suministro de papel: Bandejas que permitan colocar papel tamaño carta, oficio y doble carta, y que almacenen en sumatoria mínimo 1,000 hojas, 2 bandejas Bandeja de salida de alta capacidad con desplazamiento Proporciona gabinete o base con ruedas para desplazamiento con sistema de fijación. Impresión Velocidad de impresión: 36 ppm Resolución: desde 600 x 600 dpi Memoria Mínima: 768 MB Disco Duro: desde 40 GB Controlador de Impresión: desde 533 MHz Interface: Ethernet RJ-45 y Puerto USB. Lenguaje de Impresión: PCL 5e y PCL 6, PostScript Xxxxx 0 Controlador de impresión compatibles 100% con Windows Vista Enterprise, Windows 7 Enterprise, XP y versiones posteriores. Protocolo de comunicación: TCP/IP Interfase de Red: 10/100/1000 BaseT. Escáner Resolución Óptica: desde 300 dpi Velocidad de Escaneo: desde 36 ppm Tamaño de originales: Hasta 11 x 17´´ Protocolo de comunicación: TCP/IP Formato de Imagen: TIFF, PDF, JPG Método de Compresión: MMR(Comprime el documento sin importar el programa en que se encuentre el archivo. Agiliza la impresión) Sistema Operativo: con Windows Vista Enterprise, Windows 7 Enterprise, XP y versiones posteriores. Escaneo Dúplex con Alimentador Automático Fax Compatibilidad G3 o superior Velocidad de Módem Mínimo 33.6 Kbps Resolución 300 dpi Método de Compresión: MMR Repetición Automática de Marcación Auricular. Voltaje 100-120V | 0 |
0 |
XXXXX 0-X (XXXXX 0-X XX XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXX)
“SERVICIO DE IMPRESIÓN, FOTOCOPIADO, ESCANEO Y RECEPCIÓN Y ENVÍO DE FAXES, EN BLANCO Y NEGRO Y COLOR”
MODELO MX-3610N, XXXXX XXXXX CARACTERÍSTICAS DE OPERACIÓN | NUMERO DE EQUIPOS |
Fotocopiado Velocidad de Copiado: desde 36 ppm color y 36 ppm en blanco y negro Resolución desde 600 x 600 puntos por pulgada Modo fotográfico Selección de papel automática Ampliación-Reducción automática: 25%-400% Alimentador automático recirculador Copiado Dúplex a dos caras en tamaños carta, oficio y doble carta Control de copiado por claves Dispositivo de ahorro de energía Suministro de papel: Bandejas que permiten colocar papel tamaño carta, oficio y doble carta, y que almacenan en sumatoria 1,000 hojas, son 2 bandejas Bandeja de salida de alta capacidad con desplazamiento y engrapado. Disco duro 80 GB compartido con impresión a color. Impresión a color: Velocidad de impresión: 36 ppm color y 36 ppm en blanco y negro Resolución: desde 600 x 600 ppp Programación de calidad de imagen Interfase de Red: 10/100/1000 BaseT Memoria Mínima: desde 512 MB, expandible a más Interfase: Puerto USB y Ethernet RJ-45 Lenguaje de Impresión: PCL 5 y PCL 6, PostScript Xxxxx 0 y 3 Controladores de impresión compatibles 100% con Windows Vista Enterprise, Windows 7 Enterprise, XP y versiones posteriores Protocolo de comunicación: TCP/IP. Escáner Resolución Óptica: : desde 300 dpi Velocidad de Escaneo: 36 ppm Alimentador automático recirculador Método de Compresión: PDF, JPEG Controladores de impresión compatibles 100% con Windows Vista Enterprise, Windows 7 Enterprise, XP y versiones posteriores Escaneo Dúplex con Alimentador Automático de Originales Tamaño de originales: Hasta 11 x 17´´ Protocolo de comunicación: TCP/IP Formato de Imagen: Blanco y Negro: TIFF, PDF Formato de Imagen en Color: TIFF, JPG, PDF. Fax Compatibilidad G3 o superior Velocidad de Módem Mínimo 33.6 Kbps Resolución 300 dpi Método de Compresión: MMR Repetición Automática de Marcación Auricular. Voltaje 100-120V | 1 |
1 |
Los equipos multifuncionales, se instalarán en el inmueble de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, ubicado en: Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, de conformidad con los espacios físicos señalados en este ANEXO 1-C
ANEXO 1 D (ANEXO 1-H DE LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN)
INSTALACIÓN DE EQUIPOS POR UNIDAD ADMINISTRATIVA NIVEL CENTRAL.
UNIDAD ADMINISTRATIVA | 1-A | 1-B | 1-C | 1-D | 1-E | 1-F | TOTAL DE EQUIPOS |
PROFEDET | 0 | 7 | 0 | 0 | 1 | 0 | 8 |
GRAN TOTAL | 0 | 7 | 0 | 0 | 1 | 0 | 8 |
Se instalarán en el inmueble de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, ubicado en: Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, de conformidad con las ubicaciones señaladas en el ANEXO 1-C, de acuerdo a lo siguiente:
UBICACIÓN | NUMERO DE EQUIPOS |
Planta baja | 2 |
Primer piso | 2 |
Segundo piso | 2 |
Tercer piso | 1 |
Tercer piso (equipo de color) | 1 |