Contract
La Junta Directiva del FONDO DE EMPLEADOS PARA EL BIENESTAR SOCIAL DE LOS SERVIDORES Y EXSERVIDORES PUBLICOS DEL ICBF Y EMPLEADOS DE FONBIENESTAR “FONBIENESTAR”, en uso de sus
atribuciones legales y en especial la conferida en el Artículo 71 numeral 4 del Estatuto vigente y,
CONSIDERANDO:
1. Que, FONBIENESTAR tiene la misión como organización de economía solidaria, apoyar significativamente el mejoramiento de la calidad de vida de los asociados y sus familias, ofreciendo servicios oportunos y de calidad.
2. Que, el servicio de crédito de FONBIENESTAR tiene como objetivo suministrar oportunamente a los Asociados, los recursos para atender necesidades de bienes y/o servicios.
3. Que teniendo en cuenta las altas tasas de interés en la colocación de créditos de otros sectores, se hace necesario brindar una oportunidad de mejoramiento de flujo de caja a los asociados, a través de la nueva línea de crédito compra de Cartera temporal.
4. Que, dentro de las funciones de la Junta Directiva se establece la de expedir las reglamentaciones de los diferentes servicios, así como los plazos, intereses corrientes y xx xxxx y de los gastos de administración de las obligaciones que surjan de la prestación de servicio de crédito y sus garantías.
5. Que, se considera conducente dentro de los objetivos de las organizaciones solidarias y del fondo en especial, brindar al asociado opciones de adecuación a las circunstancias sobrevinientes, con las condiciones y garantías adecuadas para él y FONBIENESTAR.
Qué en mérito de lo expuesto:
ACUERDA
ARTÍCULO 1. OBJETIVO: El presente acuerdo tiene por objeto crear por un (1) mes la nueva línea de crédito compra de cartera temporal, las condiciones y características para su reglamentación y otorgamiento; lo anterior en concordancia con el objeto social de FONBIENESTAR y con la misión estratégica, para brindar alternativas de mitigación económica de los asociados.
ARTICULO 2. LINEA DE CRÉDITO COMPRA DE CARTERA TEMPORAL: Será
procedente para mejorar el flujo de caja de los asociados, en las situaciones que eventualmente afecten su vida económica y le permitan mejorar calidad de vida al asociado y su grupo familiar.
PARAGRAFO: A través de esta línea se realizará la compra de cartera que tengan los asociados con entidades financieras, entidades crediticias, Fondos de empleados, cooperativas, tarjetas de Créditos y tarjeta de afinidad FONBIENESTAR entre otras obligaciones con las condiciones contempladas en el presente acuerdo.
ARTICULO 3. DE LAS CONDICIONES LIENA COMPRA DE CARTERA: Se
otorgará en los siguientes términos:
MONTO MÁXIMO: | Hasta 50 SMMLV. |
PLAZO: | Hasta noventa y seis (96) meses. |
TASA DE INTERÉS: | 0.74% Nominal mes vencido. |
TIPO DE | Abonos por cuotas fijas mensuales de acuerdo con el |
AMORTIZACIÓN | plazo pactado. |
FORMA DE PAGO | • Descuento por nómina de la entidad empleadora. • Por ventanilla para asociados No Vinculados al ICBF. |
GARANTÍA: | Las vigentes de acuerdo con lo establecido por el |
reglamento de crédito. | |
INTERES XX XXXX | El interés por xxxx será el máximo legal vigente. |
SANCIONES | ✓ Aplicación del reglamento de gestión de cobranza. |
PARAGRAFO I: Esta línea de crédito está sujeta a los demás requisitos establecidos en el acuerdo de crédito vigente.
PARAGRAFO II: Las Solicitudes de esta línea de crédito que por alguna condición especial requiere un mayor análisis, será verificada y analizado su viabilidad por parte de la Junta Directiva.
ARTICULO 4. DE LAS MODIFICACIONES AL PRESENTE ACUERDO. Cualquier
modificación al presente Acuerdo deberá ser aprobada por la Junta Directiva de FONBIENESTAR, en los términos establecidos estatutariamente como válidos para la toma de decisiones.
ARTÍCULO 5. DE LA DIVULGACIÓN. El Acuerdo de la nueva línea de Crédito Compra de Cartera Temporal que aquí se determina, como sus posteriores adiciones o modificaciones, deberá ser de conocimiento de los asociados a través de los medios con que cuente FONBIENESTAR.
ARTÍCULO 6. VIGENCIA: Esta línea de crédito, tendrá un periodo de vigencia desde el día 1 al 30 xx xxxxx de 2022, y podrá ser prorrogado de acuerdo con la demanda de solicitudes.
APROBACIÓN
El contenido de la presente “línea de crédito compra de cartera temporal” fue revisado, ajustado y aprobado por la Junta Directiva de FONBIENESTAR, en reunión Extraordinaria llevada a cabo el día 25 xx xxxx 2022 tal como se hace constar en el Acta No. 551-2022.
Dado en Bogotá a los veinticinco (25) días del mes xx xxxx de 2022.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Presidenta Junta Directiva
XXXXX XXXXXXXX VALENCIA
Secretario Junta Directiva