Contract
CONTRATO DE COMPRAVENTA PARA DE 2 SERVIDORES, 49 COMPUTADORAS DE ESCRITORIO, 5 COMPUTADORAS DE ALTO RENDIMIENTO Y 20 IMPRESORAS LASER QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, REPRESENTADO POR EL DOCTOR EN DERECHO XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PODER JUDICIAL”, Y POR LA OTRA PARTE LA
EMPRESA
,
REPRESENTADA POR EL SEÑOR DE DICHA SOCIEDAD, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL PROVEEDOR”.
DECLARACIONES
1. “EL PODER JUDICIAL” DECLARA:
1.1.Que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, conforme al artículo 72 de la Constitución Política del Estado de Yucatán en vigor y 105 de la Ley Orgánica que lo rige, es el órgano del Poder Judicial del Estado dotado de autonomía técnica y de gestión, al que le corresponde conocer y resolver todos los asuntos sobre la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado, que no estén reservados de manera exclusiva a la competencia del Tribunal Superior de Justicia.
1.2. Que para la prestación del servicio de impartición de justicia y el desempeño de sus diversas funciones, metas, y con el objetivo de mantener en buen funcionamiento los sistemas de datos del Poder Judicial, se requiere adquirir, instalar y poner en funcionamiento un “ ”
1.3. Que el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, en la
ordinaria llevada a cabo el día de del año dos mil aprobó la adquisición de dicho equipo informático consistente en para objeto de este contrato.
1.4. Que la adjudicación de este contrato, se hizo mediante el procedimiento de
, número con fundamento en los artículos 19 fracción II y
20 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Consejo de la Judicatura, que a la letra dice: “los montos que determinen la procedencia de cada uno de los procedimientos, se fijarán mediante el acuerdo general del Pleno del Consejo de la Judicatura en la primera sesión del mes de enero de cada año, en base a pesos mexicanos.”
De conformidad con el mencionado acuerdo , que establece los montos máximos de las adquisiciones, arrendamientos y servicios relacionados con bienes muebles, el monto máximo que podrá adjudicarse mediante invitación restringida, permite que esta licitación puede ser llevada a cabo mediante dicho procedimiento, por tal motivo y luego de solicitar de nuestro padrón de proveedores
las empresas que podrían cumplir con dicha necesidad urgente, dicha compra se adjudicó luego de llevar a cabo el procedimiento respectivo, a la empresa
1.5. Que el Doctor en Derecho Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, cuenta con las facultades legales para suscribir este contrato en representación del “Poder Judicial”, tal y como consta en la vigésimo primera sesión extraordinaria del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán de fecha 15 de diciembre del 2010, y con fundamento en el artículo 40 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
1.6. Que el Poder Judicial del Estado tiene como nombre legal Poder Judicial del Estado, y su Registro Federal de Contribuyente es PJE 8602069I3, su sede la xxxxx 00-X, xxxxxx 000 por 90, de la Colonia Inalámbrica, C.P. 97069, y su domicilio fiscal en la calle 35, entre 62 y 62 A, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxx.
1.7. Que cuenta suficiencia presupuestal para cubrir el costo del equipo informático solicitado.
2. “EL PROVEEDOR” DECLARA:
2.1. Que es una sociedad de naturaleza mercantil, legalmente constituida de conformidad con lo establecido con las leyes mexicanas en la materia, lo que acredita con la copia de la escritura pública de constitución social de fecha , pasada ante la fe del Abogad, Notario Xxxxxxx xxxxxx
xx xx Xxxxxx xx , ,
0.0. Que las facultades con las que comparece en este acto le fueron otorgadas en la escritura pública número de fecha del año , que contiene el poder general para asuntos judiciales, actos de administración y actos de dominio otorgada por la persona , a través de su señor , con el cual el Apoderado legal tiene la plena capacidad jurídica para obligarse y contratar, así como todas las facultades y atribuciones necesarias para comprometerse y celebrar este acto.
2.3. Que entre sus objetivos sociales y su actividad empresarial
2.4. Que se encuentra inscrito como contribuyente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes
.
2.5. Que su representada cuenta con los recursos humanos, técnicos, económicos y materiales necesarios para cumplir las obligaciones xxxxxxxxx xx xxxx xxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx.
2.6. Que se sujeta voluntaria y plenamente en lo conducente, a las disposiciones contenidas en la “Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado”.
2.7. Que para los fines de este contrato, señala como domicilio el predio marcado con el número
Ambos, “El Poder Judicial”, representado como se ha dicho y “El Proveedor”, declaran que es su voluntad celebrar el siguiente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
Primera.- Objeto del Contrato. El objeto del presente contrato es LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE 2 SERVIDORES, 49 COMPUTADORAS DE ESCRITORIO, 5 COMPUTADORAS DE ALTO RENDIMIENTO Y 20 IMPRESORAS LASER
en la sede del Poder Judicial del Estado.
Segunda.- Monto del Contrato. Las partes acuerdan que el “Poder Judicial” pagará al “Proveedor” la cantidad de
Tercera.- Bienes Objeto del Contrato. “El Proveedor” se obliga y compromete a vender y suministrar el cien por ciento del equipo informático solicitado y que se señalan en el Anexo 1 de este contrato que se suscribe y se adjunta como parte integrante del mismo.
Cuarta.- El Proveedor se obliga y compromete a lo siguiente:
a) Prestar los servicios de soporte técnico y mantenimiento correctivo, como marca el anexo técnico.
b) Garantizar el buen funcionamiento y calidad de los bienes, objeto del presente contrato, por el término de tres años en todas sus partes y componentes, conforme a la póliza de garantía.
c) Garantizar por el termino de tres años, la existencia de partes, componentes, refacciones y consumibles relativos al bien objeto de este contrato.
d) Brindar toda la asistencia y soporte técnico necesario para la entrega,
instalación y operación inicial de los equipos, en el lugar que designe El Poder Judicial del Estado.
Cuarta.- Plazo para la entrega. “El Proveedor” se obliga y compromete a entregar los bienes informáticos objeto del presente contrato, hacer la instalación de los mismos y cerciorarse de su correcto funcionamiento en un plazo de 30 (treinta) días naturales a partir de la fecha de la firma del presente contrato, no se aceptarán fechas posteriores, ni períodos o tiempos xx xxxxxx, tampoco se otorgarán prórrogas, la entrega de los bienes, su instalación y puesta en funcionamiento será al cien por ciento.
Quinta.- Lugar y Fecha de Entrega de los Bienes Muebles. El lugar para la entrega de los bienes muebles objeto de este contrato, es el Departamento de Informática del Poder Judicial del Estado, ubicado en el Centro de Justicia Oral xx Xxxxxx, del Estado de Yucatán, Sito en la Xxxxx 000, Xxxxxx 000 xxx 00 x 00, Xxxxxxx Xxx Xxxx Tecoh , X. X. 00000 xx xxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx, y tendrá que estar presente personal calificado del Departamento en cuestión, que se cerciore que son los bienes solicitados y que cumplen con las características necesarias descritas en el Anexo 1.
Sexta.- “El Proveedor” se compromete a entregar junto con los bienes informáticos contratados, las pólizas de garantía de los mismos, las cuales deberán venir a nombre del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado. Asimismo deberá contar con un centro de servicio autorizado en la ciudad xx Xxxxxx, Yucatán, especificando direcciones y teléfonos.
Séptima.- “El Proveedor” se obliga y compromete a garantizar al “Poder Judicial” que los bienes informáticos objeto del presente no sufran daño y/o avería durante las maniobras de transporte terrestre al lugar de entrega, su posterior instalación y la puesta en funcionamiento de los mismos en el lugar indicado por el “Poder Judicial”.
Asimismo deberá responder al “Poder Judicial” de todos los vicios ocultos de los bienes y la calidad de los mismos.
Octava.- Aceptación de los Bienes Muebles Objeto del Contrato. Los bienes informáticos que son objeto de este contrato podrán ser aceptados o rechazados por “El Poder Judicial”, en un plazo de quince días naturales contados a partir de su entrega y puesta en funcionamiento, un nivel del cien por ciento de disponibilidad, contado a partir de la fecha en que fuera probada y aprobada la correcta operación de los mismos.
Si alguno de ellos no cumple con el cien por ciento de los requerimientos establecidos, tienen daños o defectos, serán sustituidos por un nuevo equipo en un plazo no mayor de cinco días hábiles por parte de “El Proveedor”, sin costo alguno para “El Poder Judicial”, y se iniciará bajo los mismos términos, el
período de aceptación, por lo que se hace a los bienes sustituidos.
Cuando los bienes sean recibidos, e instalados y se corrobore su buen funcionamiento, deberá hacerse constar en un acta suscrita por las partes, que servirá para dar inicio al plazo de vigencia de las garantías a que se refiere la cláusula cuarta de este contrato.
“El Poder Judicial”, se reserva el derecho de realizar una inspección mediante la verificación de la calidad final en la fabricación de los bienes, pudiendo exigir de la empresa los certificados de calidad y de composición de materiales de los mismos.
Novena.- Catálogos, Manuales y Equipo Complementario. “El Proveedor”, se obliga a entregar junto con los bienes muebles a que se refiere el presente contrato:
a) Un juego completo de manuales, originales y de las características de cada uno de los bienes objeto de este contrato.
b) Un juego de manuales complemento por cada equipo.
Décima.- Patentes, Marcas y Derechos de Autor.- “El Proveedor” asume de manera expresa la responsabilidad total con “El Poder Judicial” para en el caso de que, al suministrar los equipos informáticos objeto del presente contrato infrinja los derechos xx xxxxxxx sobre patentes, franquicias, marcas o derechos de autor, por lo que libera en este acto a “El Poder Judicial” de cualquier responsabilidad por estos conceptos.
Décima Primera.- Forma y Lugar de Pago. “El Poder Judicial” y “El Proveedor” convienen que el pago del monto total pactado en este contrato con el impuesto al Valor Agregado incluido, se pagará dentro de los quince días hábiles siguientes a la entrega de la factura correspondiente, una vez habiendo hecha la aceptación de los bienes en los términos a que se refiere la Cláusula Octava de este contrato.
El pago de la factura por la adquisición de los bienes objeto de este contrato, se hará por “El Poder Judicial” en sus oficinas ubicadas en xxxxx 00-X xxxxxx 000 por 90 de la Colonia Inalámbrica o mediante depósito en la cuenta bancaria de “El Proveedor” que este mismo señale.
Décima Segunda.- Garantías. Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato, “El Proveedor” se obliga a constituir una fianza en moneda nacional, a favor del “Poder Judicial del Estado”, con un importe igual al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, esto es, incluido el impuesto al valor agregado, otorgada por una institución legalmente autorizada para tal efecto. Esta fianza tendrá una vigencia de treinta y seis meses, contados a partir de la aceptación de los bienes, conforme a la Cláusula Octava, de este contrato y de que la póliza haya sido aceptada a satisfacción.
La garantía a que se refiere esta cláusula se hará efectiva parcial o totalmente en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de “El Proveedor” establecidas en este contrato.
Adicionalmente “El Proveedor” se obliga a entregar las pólizas de garantía con vigencia de tres años.
Décima Tercera.- Pena Convencional. Las partes fijan de común acuerdo lo siguiente:
En los casos de atraso en los tiempos de entrega de los bienes objeto de este contrato, según la fecha establecida “El Proveedor” deberá pagar una pena convencional consistente en el cinco al millar sobre el monto de los bienes informáticos no entregados, por cada día natural de atraso, la cual se aplicará desde la fecha en que se inicie el incumplimiento hasta la entrega total de los bienes correspondientes.
Para determinar la aplicación de la sanción estipulada en esta cláusula, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o de fuerza mayor, ya que en tal caso, “El Poder Judicial” hará modificaciones que procedan al programa de entrega, a solicitud de “El Proveedor”.
“El Proveedor” otorga su conformidad en el sentido de que “El Poder Judicial” podrá aplicar la penalidad pactada en este contrato, mediante las deducciones al importe de la factura autorizada a “El Proveedor” correspondiente a este contrato.
Si estas fueran insuficientes, la pena se aplicará incluso a cualquier otro derecho de cobro pendiente que tuviese “El Proveedor” a su favor derivado de otro u otros contratos celebrados con “El Poder Judicial”. Si lo pendiente de pagarse no alcanzara para cubrir el total de las sanciones, se hará uso de la fianza otorgada.
El monto que resulte de la aplicación de la pena convencional que se imponga a “el Proveedor”, deberá ser pagado a la Dirección de Administración y Finanzas del Poder Judicial del Estado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a que sea requerido para ello.
El monto de las penas convencionales no excederá en su aplicación del monto de la garantía de cumplimiento.
Décima Cuarta.- Responsabilidad Laboral. “El Proveedor”, será el único patrón del personal que utilice con motivo del suministro de los bienes objeto del presente contrato, así, y será el único responsable de las obligaciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, y responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra, incluida la muerte, sin responsabilidad alguna para “El Poder Judicial”.
Décima Quinta.- Modificaciones al Contrato. Las partes convienen en que por razones fundadas y explicitas, mediante convenio por escrito podrán pactar modificaciones a este contrato.
Décima Sexta.- Causas de Rescisión. Las partes convienen en que el contrato podrá
ser rescindido por “El Poder Judicial”, sin necesidad de declaración judicial alguna, por cualquiera de las causas siguientes:
1. Si “El Proveedor” se retrasa el plazo establecido para la entrega total de los bienes objeto de este contrato.
2. Si “El Proveedor” intenta transmitir o transmite total o parcialmente bajo cualquier título a un tercero los derechos y obligaciones estipulados en este contrato.
3. Si “El Proveedor” no suministra los bienes objeto de este contrato de acuerdo con las especificaciones y calidades previamente establecidas en el anexo de la licitación.
4. Si “El Proveedor” no cumple adecuadamente cualquiera de las obligaciones a su cargo establecidas en este contrato.
5. Si “El Proveedor” no cumple con la entrega de la fianza a que se refiere la cláusula Décima Segunda de este contrato.
“El Poder Judicial” queda expresamente facultado para optar entre exigir el cumplimiento del contrato o rescindirlo administrativamente; si “El Poder Judicial” opta por la rescisión, se hará efectiva la garantía a que se refiere la cláusula Décima Segunda de este contrato.
Décima Séptima.- Procedimiento de Rescisión. Para rescindir el contrato, “El Poder Judicial”, seguirá el procedimiento que se señale a continuación:
1. Dará aviso por escrito a “El Proveedor” de la causa concreta de la rescisión.
2. “El Proveedor” dentro de los siguientes diez días naturales a la recepción del aviso, podrá exponer su defensa, aportar las pruebas que justifiquen el incumplimiento de sus obligaciones contractuales y alegar lo que a su derecho convenga.
3. Transcurrido el tiempo establecido en el inciso anterior, si “El Proveedor” no efectúa la justificación procedente o si “El Poder Judicial”, considera que no es satisfactoria, le comunicará al primero su resolución de terminación anticipada del contrato.
4. En el caso de que la decisión de “El Poder Judicial” sea terminar anticipadamente el contrato, podrá optar, entre aplicar a “El Proveedor” la pena convencional establecida en la cláusula Décima Segunda, o hacer efectiva la fianza a que se refiere la cláusula Décima Primera del presente contrato.
Décima Octava.- De la Jurisdicción y Competencia. Las partes contratantes se someten expresamente para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y, en su caso, ejecución del presente contrato, así como para todo aquello que no esté establecido en el mismo, a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de la ciudad xx Xxxxxx, Yucatán, Estados Unidos Mexicanos, renunciando “El Proveedor” al fuero que por razón de su domicilio o cualquier otra causa, pudiera corresponderle.
Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su valor y alcance legales, manifiestan su total conformidad y aceptación con todas y cada una de las obligaciones a que se contrae el presente documento y para debida constancia y validez, lo firman por triplicado en la ciudad xx Xxxxxx, capital del estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos, a los veinte días del mes de del año dos mil .
“Por el Poder Judicial del Estado” “Por el Proveedor”
Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxXXxxxxxX
Presidente del Tribunal Superior de Justicia x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x xx . y del Consejo de la Judicatura
del Poder Judicial del Estado.
Testigos Testigos
LA.E. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx x x x x x x x x x x x x x x x x x xx x
Director de Administración y Finanzas x x x x x x x x x x xx x x x x x x x x x x x x x xx x del Consejo de la Judicatura
Poder Judicial del Estado.
NOTA:
Este formato de contrato es solo informativo por lo que pudiera sufrir cambios o ser modificado