INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS N°002
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS N°002
PARA LA CONTRATACION DE:
REHABILITACION XX XXXXX EN LOS EDIFICIOS "B" Y "D" DEL PLANTEL COLOMOS, INCLUYENDO SU RED HIDROSANITARIA
AREA: SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN N° DE OFICIO: SA/040/2016
ASUNTO: XXXXXXXXXXXX X0X/000/0000
Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx; 20 xx Xxxxx de 2016.
EMPRESA: EL OPEÑO CONSTRUCTORES, S.A. DE C.V.
DOMICILIO: XXXXX XX XXXXXXX XX. 0000 XXXXXXX XXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXX, XXXXXXX. TELÉFONO: 00-00-00-00-00
REPRESENTANTE LEGAL: XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX
R.F.C.: OCO-020219-N16
CORREO ELECTRÓNICO: xxxxx_xxxxxx@xxxxxxx.xxx
EMPRESA: XXXXXX GRUPO CONSTRUCTOR, S.A. DE C.V.
DOMICILIO: XXXXX XX XX XXXXXXXX XX. 0000- 00
XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXX XXXXX, XXXXXXXXXXX, XXXXXXX.
TELÉFONO: 00-00-00-00 CELULAR: 00-00-00-00-00
REPRESENTANTE LEGAL: ING. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX.
R.F.C.: KGC-130729-KR0
CORREO ELECTRÓNICO: xxxxxxxxx_x@xxxxxxx.xxx
EMPRESA: PRICAL SERVICIOS CONSTRUCTIVOS, S.A. DE C.V.
DOMICILIO: XXXXXXX XXXXXXXX XX. 00-X
XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXXX. X.X. 00000
TELÉFONO: 000 0000000
REPRESENTANTE LEGAL:
R.F.C.: PSCC-050128-TM9
CORREO ELECTRÓNICO: xxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
EMPRESA: PROYECTOS E INSUMOS INDUSTRIALES JELP, S.A. DE C.V. DOMICILIO: XXXXXX XX. 000, XXXXXXX XXX XXXXXXX, XXXXXXXXXXX, XXXXXXX. TELÉFONO: 00-00-00-00 / 00-00-00-00
REPRESENTANTE LEGAL: ING. XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX
R.F.C.: PEI-020208-RW0
CORREO ELECTRÓNICO: xxxxxxx@xxxxxxx.xxx
En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 134 Constitucional y 44 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el Centro de Enseñanza Técnica Industrial convoca a para participar en el Procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas N° 002 que se celebrará para la adjudicación del Contrato de Obra Pública para la Rehabilitación xx Xxxxx de los Edificios “B” y “D” del Plantel Colomos, incluyendo su red hidrosanitaria.
Para tal efecto, se solicita muy atentamente remitir a esta entidad, con domicilio en la Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx 5ª sección, Código Xxxxxx 00000, xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx. Tel. 0000 0000; en atención a esta invitación, sus Proposiciones Técnico- Económicas, para cuya elaboración y presentación se les solicita atentamente apegarse a los siguientes requisitos:
1. DESCRIPCION GENERAL DE LOS TRABAJOS
Rehabilitación xx xxxxx del Edificio “B” y “D” del Plantel Colomos, incluyendo su red hidrosanitaria, que involucra demoliciones, cambio de muebles de sanitarios como lavabos, mingitorios y W.C., mamparas, pisos, azulejo en muros, instalaciones eléctricas, luminarias, rehabilitación de instalaciones hidrosanitarias y pintura.
2.- EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA
En este procedimiento de adjudicación sólo se aceptará la participación de personas físicas x xxxxxxx de nacionalidad mexicana; “EL LICITANTE” deberá acreditar su existencia y personalidad jurídica, y derecho a la participacion en la Invitación restringida a cuando menos tres personas, con los siguientes documentos:
I.- Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones aun las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto.
II.- Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los Artículos 51 y 78 de la Ley, y que por su conducto no participan en los procedimientos de contratación personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública.
III.- Para los efectos de la Fracción VII del Artículo 51 de la Ley. No podrán participar las personas que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente, hayan realizado o se encuentren realizando por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, trabajos de dirección, coordinación y control de obra; preparación de especificaciones de construcción; presupuesto de los trabajos; selección o aprobación de materiales, equipos y procesos, así como la preparación de cualquier documento relacionado directamente con la convocatoria a la licitación, o bien, asesoren o intervengan en cualquier etapa del procedimiento de contratación.
Las personas que hayan realizado, por si o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, estudios, planes o programas para la realización de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura en los que se incluyan trabajos de preparación de especificaciones de construcción, presupuesto, selección o aprobación de materiales, equipos o procesos, podrán participar en el procedimiento de licitación pública para la ejecución de los proyectos de infraestructura respectivos, siempre y cuando la información utilizada por dichas personas en los supuestos indicados, sea proporcionada a los demás licitantes.
IV.- Copia simple de la declaración fiscal o balance general auditado de la empresa, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, con el que se acredite el capital contable requerido por “LA CONVOCANTE”.
V.- Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición.
VI.- Escrito mediante el cual el representante de la persona moral manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que deberá contener los datos siguientes:
a. De la persona moral: clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o últimas modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quien se hayan otorgado; asimismo, los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, y
b. Del representante: nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la proposición, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quien se hayan otorgado.
VII.- Declaración de integridad, mediante la cual “EL LICITANTE” manifieste que por sí mismo, o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de la entidad Convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes.
VIII.- En su caso, escrito mediante el cual “EL LICITANTE” manifieste que en su planta laboral cuenta cuando menos con un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuyas altas en el Instituto Mexicano del Seguro Social se hayan dado con seis meses de antelación a la fecha prevista para firma del contrato respectivo, obligándose a presentar en original y copia para cotejo las altas mencionadas, a requerimiento de la Entidad Convocante, en caso de empate técnico. La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.
La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.
Previo a la firma del contrato, “EL LICITANTE” adjudicado deberá presentar para su cotejo original o copia certificada de los documentos señalados en las Fracciones I, IV, V y VI en su caso, de este punto 2, y los siguientes documentos:
Para:
a) Personas físicas:
Acta de nacimiento o carta de naturalización.
Identificación oficial vigente.
Cédula de identificación fiscal.
b) Personas xxxxxxx:
Acta constitutiva de la empresa y sus modificaciones, debidamente inscritas en el Registro Público de Comercio.
Cédula de identificación fiscal.
Poderes notariales de los representantes legales para actos de administración o para suscribir contratos.
Identificación oficial de los representantes legales.
En su caso, convenio privado de las empresas agrupadas.
Estos documentos servirán para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios.
Asimismo, conforme al procedimiento administrativo de pago vía transferencia electrónica, deberá presentar fotocopia de: Registro Federal de Contribuyentes; constancia del domicilio fiscal; constancia de la institución financiera sobre la existencia de cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, y/o la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones.
PROCESO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS 3.- DESCRIPCIÓN DE ALCANCES
El alcance del proyecto es el que establece el numeral 1 y en los Anexos Técnicos de esta Convocatoria.
4.- ORIGEN DE LOS RECURSOS
Los recursos para afrontar los compromisos que deriven del presente procedimiento han sido autorizados a “LA CONVOCANTE” por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante Recursos Fiscales.
5.- PROGRAMACIÓN DE EVENTOS
Los actos que se derivan de este procedimiento, se realizarán de conformidad con las fechas que a continuación se indican:
EVENTO | FECHA | HORA |
Publicación de Invitación en CompraNet | 20 Junio 2016 | 9:00 a 19:00 HRS. |
Visita a las Instalaciones | 24 Junio 2016 | 09:00 HRS. |
Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx | 00 Xxxxx 0000 | 11:00 HRS. |
Entrega y Revisión de Proposiciones | 04 Julio 2016 | 10:00 HRS. |
Fallo | 07 Julio 2016 | 10:00 HRS. |
Todos los eventos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Subdirección de Administración, ubicada en la planta baja del edificio “O” del Plantel Colomos del CETI, cita en la xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx 0x xxxxxxx, X.X. 00000 xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
Cualquier información relativa a este procedimiento, que pueda ser información o cambio de fechas en cualquiera de los eventos o etapas serán siempre notificadas en la Sala de Juntas del Departamento de Recursos Materiales por conducto del Servidor Público que lleva a cabo el proceso licitatorio, las cuales se asentarán en dichas actas, siendo obligación del licitante confirmarlo personalmente en el supuesto de no haber comparecido en los eventos arriba mencionados.
6.- FIRMA DEL CONTRATO
El LICITANTE a quien se le adjudique el contrato, se compromete a firmarlo dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo en el domicilio de la Convocante; el LICITANTE ADJUDICADO que no firme el CONTRATO por causas imputables al mismo será sancionado en términos de Artículo 78 de la “LEY”. La fecha y hora se darán a conocer en el acta del fallo de la adjudicación.
7.- INFORMACIÓN Y REQUISITOS PARA PREPARAR LA PROPOSICIÓN.
El LICITANTE al elaborar e integrar su proposición, reconoce y tomará en cuenta entre otros requisitos y condiciones los siguientes:
a) Se obliga a aplicar los términos y condiciones establecidas en la presente invitación considerando las condiciones climáticas, topográficas y geológicas de la región, así como las generales y especiales del lugar de la obra en concordancia con el Artículo 20 de la Ley.
b) El importe de su propuesta económica deberá considerar las condiciones técnicas, económicas y financieras que influyan en la determinación del precio, el que deberá corresponder exactamente al costo de los conceptos de trabajo a realizar.
c) Una vez terminados los trabajos, el Contratista, deberá entregar a la Subdirección de Administración, a entera satisfacción del residente de Obra los planos completos y detallados de obra terminada y acta de entrega-recepción de los trabajos.
d) El CETI pagará los trabajos objeto del contrato en moneda nacional, mediante la formulación de estimaciones sujetas al avance de los trabajos, que el Contratista presentara a la Residencia de Obra por periodos no mayores a un mes, acompañada de sus números generadores previamente autorizados por la citada Supervisión y la factura correspondiente. El CETI cubrirá al Contratista el importe de las estimaciones dentro de un plazo no mayor de 20 días naturales siguientes de ingresada la factura.
e) El desconocimiento de las condiciones establecidas en la presente Convocatoria, las disposiciones reglamentarias y legales que sean aplicables a los servicios objeto de este procedimiento de adjudicación, en ningún caso servirá para justificar incumplimiento a las obligaciones contractuales o bien para solicitar bonificaciones al precio y reconocimiento de tiempo en adición al consignado en su proposición.
f) En cualquiera de las etapas del procedimiento de adjudicación, la falta de firma de alguno de los
LICITANTES en el acta correspondiente, no invalidará su contenido, alcances y efectos.
g) Los materiales y en su caso los equipos de instalación permanente que proponga el contratista deberán ser de la calidad y especificaciones requeridas por LA CONVOCANTE, considerando las particularidades contenidas en los alcances de las actividades de obra.
h) El LICITANTE manifiesta conocer los alcances y consecuencias jurídicas que establece la fracción IV del artículo 78 de la “LEY”.
i) El LICITANTE deberá considerar los aspectos de sustentabilidad xx xxxxxx o muebles y suministros de oficina de este material, así como el manejo sustentable xx xxxxxx de los recursos maderables provenientes de bosques o de plantaciones, manejo que debe apegarse a lo dispuesto en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, su Reglamento y la normatividad que de ella derive, Decreto publicado en el DOF 25/02/2003, por el que se establecen diversas medidas en materia de adquisiciones, uso de papel y de la certificación de manejo sustentable de bosques por la Administración Pública Federal y la Circular que contiene los Lineamientos Generales relativos a los aspectos de Sustentabilidad Ambiental para las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, actualizado en el Diario Oficial de la Federación el 10 xx Xxxx de 2016.
j) El LICITANTE ganador en formato libre deberá manifestar su conformidad o consentimiento respecto de la cesión de los derechos de cobro a favor de un intermediario Financiero, a efecto de realizar operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico.
7.1. Plazo de ejecución de los trabajos y fecha estimada de inicio de los mismos.
INVITACIÓN No. 002 | FECHA DE INICIO | FECHA DE TÉRMINO | DÍAS NATURALES |
OP-I3P-002-16 | 11 Julio 2016 | 15 Septiembre 2016 | 65 |
7.2. Idioma
La proposición deberá presentarse en idioma español.
7.3. Moneda
La proposición deberá presentarse en pesos mexicanos, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado.
7.4. No negociación.
El LICITANTE deberá tomar en cuenta que los requisitos y condiciones establecidas en la presente CONVOCATORIA y sus anexos no son objeto de negociación.
7.5. Relación de materiales y equipo de instalación permanente que proporcione la Convocante.
Para la ejecución de la obra objeto de este Concurso, la CONVOCANTE no suministrará ningún tipo de material ni equipo de instalación permanente o de movimiento de materiales.
7.6. Señalamiento del porcentaje de contenido nacional en materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente.
El LICITANTE deberá identificar los insumos y el equipo de instalación permanente que se aplicará en la ejecución de los trabajos, indicando el porcentaje de contenido nacional. Sólo en el caso de equipos de importación que no existan en el mercado nacional, se deberá atender a las disposiciones legales aplicables.
7.7. Subcontratación.
Para la ejecución de los trabajos objeto de la presente Convocatoria, no se considera la sub contratación.
7 .8. Porcentajes, forma y términos del Anticipo.
Para la realización de los trabajos objeto de este procedimiento y de acuerdo a lo estipulado en el segundo párrafo del Artículo 50 de la Ley y Artículos 138, 141, 142 y 143 del Reglamento, se otorgará el 30% del monto total del contrato.
7.9. De las Garantías.
7.9.1. De Cumplimiento.
El LICITANTE ganador, se obliga a entregar dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo, cheque certificado ó póliza de fianza expedida por una Institución Afianzadora Mexicana autorizada para tal efecto, a favor del CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL, en pesos mexicanos equivalente al 10% (diez por ciento) del importe total de su proposición económica sin incluir I. V. A. Misma que deberá quedar depositada en la Dirección Administrativa del Centro de Enseñanza Técnica Industrial. La falta de entrega de esta garantía será causal de rescisión de contrato.
7.9.2. De Anticipo.
Deberá entregarse por la totalidad del monto del anticipo y contra entrega de este y presentarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo.
7.9.3. De Vicios Ocultos.
Al concluir los trabajos, el CONTRATISTA deberá constituir garantía en pesos mexicanos, por un periodo de doce meses, para responder por defectos, vicios ocultos o cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido con motivo del cumplimiento de
las obligaciones contractuales, la que deberá entregarse a más tardar dos días anteriores al acto formal de “entrega – recepción” de los trabajos, de la forma siguiente:
Cheque certificado ó Póliza de fianza expedida por una Institución Afianzadora Mexicana autorizada para tal efecto, por un importe en pesos mexicanos equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total ejercido de los trabajos, sin I. V. A. ART. 66 LOPSRM.
La garantía a que hace mención este punto deberá emitirse por separado a la de cumplimiento.
En cualquier caso, quedarán a salvo los derechos de la CONVOCANTE para exigir el pago de las cantidades no cubiertas que se deriven de incumplimientos en que incurra el Contratista, independientemente de que se hagan efectivas las garantías constituidas.
7.10. Documentos que entrega “LA CONVOCANTE” a “EL LICITANTE”.
Modelo de contrato y sus anexos.
La presente Invitación, que incluyen anexos técnicos y económicos.
7.11. Experiencia técnica, capacidad financiera y forma en que deberá acreditar la personalidad jurídica “EL LICITANTE”.
Éste deberá acreditar ante LA CONVOCANTE tener experiencia mínima de 3 años en la realización de TRABAJOS SIMILARES a los Requeridos.
Deberá acreditar su capacidad financiera con un índice de Solvencia igual o mayor a 1.1 para determinar ese índice de Solvencia se dividirá el importe total del activo circulante entre el importe total del pasivo circulante; dichos datos se tomarán del la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta que el licitante haya presentado por el ejercicio fiscal inmediato anterior.
7.12. REQUISITOS PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
Las personas que deseen participar en el procedimiento de adjudicación, deberán cumplir con lo establecido en las presentes bases y en los Artículos 36 de la LEY; y, en su caso 59, 60, 61 y 62 de su Reglamento.
En las licitaciones públicas se podrán utilizar medios electrónicos, conforme a las disposiciones administrativas que emita la Secretaría de la Función Pública. Lo anterior, sin perjuicio de que los licitantes puedan optar por presentar sus proposiciones por escrito en sobre cerrado durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas autógrafamente por los licitantes o sus apoderados; en el caso de que éstas sean enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a
los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 28 de la Ley.
8. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
8.1. El acto presentación y apertura de proposiciones podrá hacerse sin la presencia de los correspondientes LICITANTES, pero invariablemente se invitará a un representante del órgano interno de control en la entidad;
8.2. Se recibirán las proposiciones de los LICITANTES, en sobre cerrado y se procederá a su apertura, efectuándose la revisión cuantitativa de los documentos que las integran sin que implique la revisión de sus contenidos.
8.3. Por lo menos un licitante, si asistiere alguno y el Servidor Público facultado para presidir el acto, rubricarán el catálogo de conceptos de las propuestas presentadas, enseguida se dará lectura al importe total de cada una de las propuestas aceptadas para su análisis. (Articulo 37 de la Ley)
Las propuestas desechadas durante la Invitación a cuando menos tres personas, podrán ser devueltas a los LICITANTES que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso se conservarán hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos LA CONVOCANTE podrá proceder a su devolución o destrucción. (Artículo 74 de la Ley).
9. INTEGRACIÓN DEL SOBRE
9.1. DOCUMENTACION DISTINTA A LA PARTE TECNICA Y ECONOMICA (DOCUMENTOS LEGALES)
El licitante deberá entregar a su elección; dentro o fuera del sobre que contendrá su proposición, los documentos siguientes:
Anexo 1.- Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del presente procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones, aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto.
Anexo 2.- Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establece los artículos 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, y que por su conducto no participen en los procedimientos de contratación personas físicas x xxxxxxx, que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública.
- Los Licitantes que deseen presentar proposiciones mediante convenio de participación conjunta, deberán entregar copia simple de la declaración fiscal o balance general auditado, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, de todas y cada una de las personas físicas
x xxxxxxx que suscriban el convenio de participación conjunta, pudiendo acreditar en su caso, el capital contable antes indicado.
- Para empresas de nueva creación y que de acuerdo a su constitución social aún no estén obligadas a presentar declaración fiscal, el licitante deberá entregar copia simple de balance general más actualizado.
- Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas; tratándose de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición.
Anexo 3.- Escrito bajo protesta de decir verdad mediante el cual el representante de la persona moral, manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometer por sí o a su representada, debiendo contener los datos siguientes,
De la persona moral:
Clave de Registro Federal de Contribuyentes; Denominación o razón social;
Descripción del objeto social de la empresa; Relación de los nombres de los accionistas; y
Número y fecha de las escrituras públicas, en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público y los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Del Representante:
Nombre del Apoderado;
Número y fecha de los instrumentos notariales, de los que se desprendan las facultades para suscribir la proposición, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público.
Anexo 4.- Copia del RFC
Anexo 5.- Declaración de integridad, mediante la cual los licitantes manifiesten bajo protesta de decir verdad que por sí mismos, o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA CONVOCANTE”, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes.
Anexo 6.- Escrito bajo protesta de decir verdad, mediante el que manifieste que la información que proporcionará para la evaluación de los criterios previstos en el numeral 4, de la convocatoria, es cierta y se compromete a entregar la documentación soporte, en el momento que “LA CONVOCANTE” la solicite para su verificación .
Anexo 7.- En su caso, escrito mediante el cual los participantes manifiesten bajo protesta de decir verdad que en su planta laboral cuentan cuando menos con un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuyas altas en el IMSS se hayan dado con seis meses de antelación a la fecha prevista para firma del contrato respectivo, obligándose a presentar en original y copia para cotejo las altas mencionadas, en caso de empate técnico. La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.
Anexo 8.- Escrito firmado en el cual manifestará bajo protesta de decir verdad que es su obligación exclusiva el cumplir fielmente con todas las obligaciones jurídicas, laborales, fiscales, de seguridad social y de cualquier otra naturaleza derivadas de la Ley Federal del Trabajo en vigor, la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, la Ley del Infonavit, la Legislación Fiscal y todas aquéllas que se deriven de su calidad de patrón para con sus trabajadores así como aquellas que entren en vigor durante la vigencia del contrato objeto de la presente licitación, dejando libre de toda responsabilidad legal y/o administrativa, al Centro de Enseñanza Técnica Industrial, obligándose el licitante a responsabilizarse de las consecuencias jurídicas que pudieran derivarse de la interposición de cualquier reclamación que sus trabajadores llegaren a hacer en contra del Centro de Enseñanza Técnica Industrial y que en ningún caso se considerará al Centro de Enseñanza Técnica Industrial como Patrón Sustituto, Solidario o Beneficiario.
Asimismo, en dicho escrito asumirán cabalmente la total responsabilidad de cualquier accidente de trabajo ocasionado en el desarrollo de sus actividades de trabajo, eximiendo de total responsabilidad presente o futura al Centro de Enseñanza Técnica Industrial derivada del contrato que se celebre con esta entidad para la prestación de los trabajos objeto de la presente licitación.
Anexo 9.- Carta firmada bajo protesta de decir verdad por el licitante en la que se establezca su clasificación como empresa conforme a la estratificación indicada en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa reformada el 21 de Enero de 2015, así como el Acuerdo por el que se establece la Estratificación de las Micro, Pequeñas y Mediana Empresa publicado en el DOF el 30 xx Xxxxx de 2009.
El(los) licitante(s) que resulte(n) adjudicado(s) para acreditar la información manifestada en este anexo, deberán presentar la información que se detalla en el numeral 9 de esta Convocatoria.
Anexo 10.- Convenio de Participación Conjunta No aplica.
- ESCRITO DE CUMPLIMIENTO DEL CONTENIDO NACIONAL
Escrito libre bajo protesta de decir verdad firmado por el representante legal del(los) licitante(s) en el que manifiesten que los equipos, maquinaria y materiales de instalación permanente que integran el contenido del proyecto, cumplen con lo dispuesto en el Artículo 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, según lo dispuesto por la disposición Quinta del Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del Requisito de Contenido Nacional en los procedimientos de contratación de Obras Públicas que celebren las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Nacional.
10.2.-DOCUMENTOS QUE DEBEN FORMAR PARTE DE LA PROPUESTA TECNICO-ECONOMICA
De acuerdo a los artículos 47 y 48 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los licitantes deberán incluir la siguiente información dentro de sus propuestas técnico– económicas:
DOCUMENTOS TECNICO-ECONOMICOS
Anexo 11.- Catálogo de Conceptos y Catálogo de Xxxxxxxxx xx Xxxx, conteniendo descripción y conceptos de obra, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes por partida, subpartida, concepto y del total de la proposición. Este documento formará el presupuesto de la obra que servirá para formalizar el contrato correspondiente. Ambos anexos debidamente firmados por el representante legal del licitante.
Anexo 12.- Manifestación escrita BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD de conocer el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales: estar conforme de ajustarse a las leyes y reglamentos aplicables, a los términos de las bases de licitación, sus anexos y las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado; al modelo de contrato, los proyectos arquitectónicos y de ingeniería; el haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción, así como haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y el programa de suministro correspondiente.
Anexo 13.- Descripción de la planeación integral para realizar los trabajos, incluyendo el procedimiento constructivo de ejecución de los trabajos, considerando, en su caso, las restricciones técnicas que procedan conforme al proyecto que establezca “LA CONVOCANTE”.
Anexo 14.- Currículum de cada uno de los profesionales técnicos que serán responsables de la dirección, administración y ejecución de las obras, los que deberán tener experiencia de mínimo tres obras con características técnicas y magnitud similares.
Anexo 15.- Documentos que acrediten la experiencia y capacidad técnica en trabajos similares, tanto de la empresa, directores, administradores y superintendentes, con la identificación de los trabajos realizados por el licitante y su personal, en los que sea comprobable su participación, anotando el nombre de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según xx xxxx.
Xxxxx 00- Documentos que acrediten la capacidad financiera, los cuales deberán integrarse al menos por los estados financieros auditados de los dos años anteriores y el comparativo de razones financieras básicas, salvo en el caso de empresas de nueva creación, las cuales deberán presentar los más actualizados a la fecha de presentación de proposiciones.
Anexo 17.- Relación de maquinaria y equipo de construcción, indicando si son de su propiedad, arrendadas con o sin opción de compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos conforme al programa presentado; tratándose de maquinaria o equipo de construcción arrendado, con o sin opción a compra, deberá presentarse carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad en el caso de que resulte adjudicado.
Anexo 18.- Análisis del total de los precios de los conceptos de trabajo, determinados y estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, donde se incluirán los materiales a utilizar con sus correspondientes consumos y costos, y de mano de obra,
maquinaria y equipo de construcción con sus correspondientes rendimientos y costos (solo se utilizara para facilitar la evaluación de la proposición).
Anexo 19.- Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición, agrupado por materiales más significativos, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción y especificaciones técnicas de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, sus respectivas unidades de medición y sus importes.
Anexo 20.- Análisis, cálculo e integración del factor xx xxxxxxx real conforme a lo previsto en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, anexando el tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios.
Anexo 21.- Análisis, cálculo e integración de los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, debiendo considerar estos, para efectos de evaluación, costos y rendimientos de máquinas y equipos nuevos.
Anexo 22.- Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo y los de oficinas centrales.
Anexo 23.- Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento.
Anexo 24.- Cargos por Utilidad propuesta por el(los) licitante(s).
Anexo 25.- Cálculo para determinar cargos adicionales.
Anexo 26.- Programa de ejecución general de los trabajos conforme al catálogo de conceptos con sus erogaciones, calendarizado y cuantificado conforme a los periodos determinados por “LA CONVOCANTE”, dividido en partidas y subpartidas, del total de los conceptos de trabajo, utilizando preferentemente diagramas xx xxxxxx, o bien, redes de actividades con xxxx xxxxxxx.
Xxxxx 00.- Programas de erogaciones a costo directo calendarizados y cuantificados en partidas y subpartidas de utilización, conforme a los periodos determinados por “LA CONVOCANTE”, para los siguientes rubros:
a) De la mano de obra.
b) De la maquinaria y equipo de construcción, identificando su tipo y características.
c) De los materiales expresados en unidades convencionales y volúmenes requeridos
d) De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos.
Anexo 29.- Especificaciones Generales de licitación
El(los) licitante(s) harán entrega del ANEXO TECNICO debidamente firmado en todas sus páginas por su representante legal al final del cual manifestará haber leído íntegramente el contenido, conocer sus alcances y sujetarse a las especificaciones del mismo.
“EL LICITANTE” ganador, dentro de los cinco días naturales siguientes a la emisión del fallo, deberá entregar el programa de ejecución general de los trabajos en que considere todos y cada uno de los conceptos que integran la propuesta, utilizando diagramas xx xxxxxx. Con base en este programa procederá a elaborar el programa detallado y definitivo que se aplicará al contrato dentro del marco de referencia pactado
11.- CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
LA CONVOCANTE evaluará las proposiciones, tanto en sus aspectos técnicos y económicos, bajo los criterios siguientes:
11.1. Generales
Que se cumpla cuantitativa y cualitativamente con la documentación, información y requisitos solicitados en la presente Convocatoria.
11.1.1. El contrato se adjudicará de entre los LICITANTES, a aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de Invitación a cuando menos tres personas, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por LA CONVOCANTE y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. (Artículo 38, Párrafo quinto, de la Ley).
11.1.2. Si resulta que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos de LA CONVOCANTE, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que resulte económicamente más conveniente para el Estado. (Artículo 38, Párrafo sexto, de la Ley).
En todos los casos, se preferirá la especialidad, experiencia y capacidad técnica de los LICITANTES, así como aquellos contratistas, que, en su caso, hayan ejecutado trabajos de obras con contratos terminados en costo y tiempo.
11.2. En el aspecto técnico:
11.2.1. Que el profesional técnico encargado de la dirección, supervisión y control de los trabajos, cuente con experiencia en trabajos similares y su grado académico sea adecuado a los trabajos a realizar; Asimismo, cuente con la capacidad necesaria para llevar la adecuada administración de los trabajos.
11.2.2. Que la relación de los trabajos realizados por “EL LICITANTE” y su personal, demuestren que cuenta con la experiencia y capacidad técnica requerida para ejecutarlos satisfactoriamente.
11.2.3. Que el Programa de ejecución de los trabajos corresponda al plazo máximo establecido por LA CONVOCANTE, o bien éste sea menor pero factible, para que se realicen los trabajos en el plazo propuesto.
11.2.4. Que el personal técnico sea el adecuado y suficiente para ejecutar los trabajos.
11.2.5. Que los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección de los trabajos, cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar la adecuada administración de los mismos. (Artículo 64, Fracción II, del Reglamento).
11.3. EN EL ASPECTO ECONÓMICO SE VERIFICARÁ LO SIGUIENTE:
11.3.1. Se revisará que los precios propuestos para los trabajos objeto del presente procedimiento de adjudicación sean acordes a las condiciones vigentes en la zona o región donde se ejecutarán los trabajos.
LA CONVOCANTE emitirá un fallo, en el que se hará constar el análisis de las proposiciones admitidas y se hará mención de las proposiciones desechadas y se indicarán las causas que lo motivaron de conformidad con lo establecido en el Artículo 39 de la Ley.
12.- DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES
12.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley de Obras de Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se consideran causas para el desechamiento de las proposiciones las siguientes:
I. La presentación incompleta o la omisión de cualquier documento requerido en las bases;
II. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante;
III. Se acredite que la información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa;
IV. La ubicación del licitante en alguno de los supuestos señalados en los artículos 33, fracción XXIII, 51 y 78, penúltimo párrafo de la Ley;
V. Las demás que, de acuerdo a las características, magnitud y complejidad de los trabajos a realizar, sean consideradas expresamente en las bases de licitación por las dependencias y entidades y que sean estrictamente necesarias para la evaluación de las proposiciones o la realización de los trabajos, y
VI. Se compruebe que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los costos de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes y,
Adicionalmente, al LICITANTE que haya omitido en su propuesta, las indicaciones o aclaraciones dadas en la(s) junta(s) de aclaraciones que se haya(n) efectuado.
12.2. En el aspecto técnico, se desechará la propuesta presentada por un LICITANTE cuando:
a. Los programas propuestos sean incongruentes y por lo tanto no sea factible ejecutar los trabajos.
b. Proponga un plazo de ejecución mayor que el señalado como máximo por LA CONVOCANTE.
12.3. En el aspecto económico, se desechará la propuesta presentada por un LICITANTE cuando:
a. Se compruebe que el precio propuesto está fuera de los precios xx xxxxxxx.
b. El importe total propuesto, rebase la asignación presupuestaria autorizada para los trabajos objeto de este procedimiento de adjudicación.
13.- DEL FALLO.
El fallo de la Invitación a cuando menos tres se dará a conocer en junta pública, tentativamente el 07 de julio de 2016 a las 10:00 horas. Adicionalmente, los datos del ganador se darán a conocer en el acta de fallo.
Los participantes que no usen los medios remotos de comunicación electrónica se darán por notificados de manera personal en el mismo acto de fallo bastando para ello con la firma de asistencia. La falta de firma de algún LICITANTE no invalidará su contenido y efectos, y se entenderá por notificados con la fijación del fallo en el lugar visible en el Departamento de Recursos Materiales, a partir de esa fecha, encontrándose a su disposición copia del mismo, y para tales efectos estará únicamente a su disposición durante el término de cinco días hábiles contados a partir del día de la celebración del acto de fallo; siendo de exclusiva responsabilidad de los LICITANTES acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma.
14.- CAUSAS POR LAS QUE SE PODRÁ DECLARAR DESIERTA LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS.
LA CONVOCANTE procederá a declarar desierta la invitación a cuando menos tres personas, cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados en la convocatoria o sus precios de insumos no fueren aceptables o cuando no se reciba alguna proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
15.- CAUSAS POR LAS QUE SE PODRÁ CANCELAR LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS.
LA CONVOCANTE podrá cancelar el presente procedimiento de adjudicación, por caso fortuito; fuerza mayor; cuando existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos, o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia o entidad. La determinación de dar por cancelada la licitación, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Séptimo, Capítulo Primero de la Ley.
16.- INSTANCIAS DE INCONFORMIDAD.
La Secretaría de la Función Pública conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas que se indican a continuación:
I. Sólo estará legitimado para inconformarse quien haya recibido invitación, dentro de los seis días hábiles siguientes;
II. El acto de presentación y apertura de proposiciones, y el fallo.
En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública.
III. La cancelación de la licitación.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación, y
IV. Los actos y omisiones por parte de LA CONVOCANTE que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la convocatoria a la licitación o en esta Ley.
En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma.
Toda inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública en las siguientes instancias:
Órgano Interno de Control en el Centro de Enseñanza Técnica Industrial
Area de Quejas y Responsabilidades Nueva Escocia N° 1885
Edificio “A” Primer Nivel Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, 0x xxxxxxx 00000 Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx
Tel Directo (00) 0000 0000
Conmutador (00) 0000 0000 extensión 206
Secretaría de la Función Pública
Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México D.F. Conmutador: 2000-3000
Página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Atención Ciudadana
Módulo de Atención Directa
Planta Baja, ala norte en el interior de la Secretaría.
Atención Telefónica
Número local en el Distrito Federal: 2000 3000
Número larga distancia nacional gratuito: 1 800 FUNCION (3862466)
Número de larga distancia Estados Unidos gratuito: 1 800 475 2393
17.- SANCIONES QUE SE APLICARÁN AL CONTRATISTA GANADOR POR NO FIRMAR EL CONTRATO.
Al Contratista que no firme el contrato por causas imputables a él, será sancionado en términos del Xxxxxxxx 00 xx xx XXX.
Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx; Junio 20 de 2016.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
MODELO DE CONTRATO
Contrato de Obra Pública, a precio alzado y tiempo determinado que celebran por una parte el Centro de Enseñanza Técnica Industrial, a quien en lo sucesivo se le denominará “LA ENTIDAD” representada por el Ing. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Director General y por la otra El C. XXXXXX representante legal de la EMPRESA XXXXXX, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CONTRATISTA”, de acuerdo con las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S
I.- “LA ENTIDAD” declara:
A).- Que para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó a “LA ENTIDAD” el presupuesto correspondiente al Gasto de Inversión para el ejercicio 2016.
B).- Que tiene establecido su domicilio en calle Nueva Escocia 1885 un mil ochocientos ochenta y cinco, Fraccionamiento Providencia, 5ª sección en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, mismo que señala para los fines y efectos legales de este contrato.
C).- Que la adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de Invitación a Tres Personas número 002/16 de acuerdo a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento.
II.- “EL CONTRATISTA” declara:
A) Se acredita como persona física/moral con el registro federal de contribuyentes
XXXXXXX XX y desempeña trabajos relativos a la construcción.
B) Que tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarse a la ejecución de la obra objeto de este contrato.
C) Que tiene experiencia en la contratación de trabajos similares a la del objeto del presente contrato.
D) Que tiene establecido su domicilio en la calle DOMICILIO FISCAL que señala para todos los fines y efectos legales de este contrato.
E) Que conoce el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (La Ley) para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las bases de licitación donde se consigna la propuesta a precio alzado, el contenido de todos los anexos, debidamente firmados por las partes que integran el presente contrato, así como las demás normas que regulan la ejecución de los trabajos a realizar.
F) Que ha inspeccionado debidamente el sitio de la obra objeto de este contrato, a fin de considerar todos los factores que intervienen en su ejecución.
G) Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que al momento de suscribir el presente contrato, no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de LA LEY.
H) Que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y demás leyes tributarias.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.
“LA ENTIDAD” encomienda a “EL CONTRATISTA” la realización de los trabajos consistentes en:
Rehabilitación xx xxxxx del Edificio “B” y “D” del Plantel Colomos, incluyendo su red hidrosanitaria, que involucra demoliciones, cambio de muebles de sanitarios como lavabos, mingitorios y W.C., mamparas, pisos, azulejo en muros, instalaciones eléctricas, luminarias, rehabilitación de instalaciones hidrosanitarias y pintura y, “EL CONTRATISTA”, se obliga a realizar los trabajos hasta su total terminación, acatando para ello lo establecido por los diversos ordenamientos, normas y anexos señalados en el inciso “E” de la segunda declaración del presente contrato, así como de las normas de construcción vigentes en el lugar de la obra.
SEGUNDA.-MONTO DEL CONTRATO.
El monto total del presente contrato es de: $ CANTIDAD CON NUMERO Y LETRA incluye 16% del impuesto al valor agregado, el cual será por los trabajos totalmente terminados y ejecutados en el plazo establecido en la cláusula tercera de este contrato, de conformidad con los artículos 45 fracción II de LA LEY.
TERCERA.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
“EL CONTRATISTA” se obliga a realizar los trabajos objeto de este contrato en un plazo de 65 (SESENTA Y CINCO) días naturales, que iniciará el día 11 (ONCE) del mes de julio de 2016 y deberá concluir el día 15 de septiembre de 2016, de conformidad con el programa de trabajo, que forma parte integrante de este contrato.
La falta de cumplimiento al programa de trabajo por parte de “EL CONTRATISTA”, faculta a “LA ENTIDAD” a llevar a cabo la rescisión del contrato, independientemente de que podrá aplicar cualquiera de las sanciones que al respecto se estipulan en el presente instrumento.
CUARTA.- DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE.
“LA ENTIDAD” se obliga a facilitar a “EL CONTRATISTA”, el acceso al inmueble del que se requiera realizar levantamiento de datos para llevar a cabo los trabajos materia de este contrato; para tal efecto “EL CONTRATISTA” deberá coordinarse con el área de Residencia de Obra para establecer acceso a áreas restringidas.
QUINTA.- ANTICIPOS.
Para la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, “LA ENTIDAD” otorgará el 30% del monto total del contrato, como concepto de anticipo, de acuerdo a la fracción II, Artículo 50 de la Ley.
SEXTA.- AMORTIZACIÓN DE ANTICIPOS.
Se llevará a cabo en apego a lo estipulado en el Artículo 143 del Reglamento.
SÉPTIMA.- FORMA DE PAGO.
Terminados los trabajos, “EL CONTRATISTA” deberá entregar a la Subdirección de Administración, a entera satisfacción del residente de Obra los planos completos de obra terminada en forma impresa y digitalizada. Una vez cumplidas las condiciones, “LA ENTIDAD” pagará en pesos mexicanos a “EL CONTRATISTA” el importe total por los trabajos realizados, dentro del plazo que establece la Ley. “EL CONTRATISTA” entregará factura original, cumpliendo con los requisitos fiscales que le son exigibles, en el Departamento de Recursos Materiales otorgándosele un contra-recibo y a partir de esa fecha correrán 20 veinte días para que se realice el pago correspondiente.
Las partes convienen en que el pago se realice por cada estimación y factura presentadas y autorizadas, a través de Transferencia Electrónica Bancaria.
Queda expresamente entendido que de los pagos que “LA ENTIDAD” realice a “EL CONTRATISTA” se le descontará el .005 (cinco al millar) por concepto de derechos de vigilancia, inspección y control que las leyes de la materia encomiendan a la Secretaría de la Función Pública.
“EL CONTRATISTA” manifiesta estar de acuerdo en las operaciones de Factoraje o Descuento Financiero a través de un Intermediario Financiero, enterado de los beneficios estipulados en el convenio celebrado entre ”LA ENTIDAD” y NAFIN, S.N.C., y se sujeta en todo tiempo a los plazos y requisitos que dan cumplimiento al programa xx Xxxxxxx Productivas.
OCTAVA.-GARANTÍAS.
“EL CONTRATISTA” se obliga a entregar a “LA ENTIDAD”, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que reciba la notificación del fallo de adjudicación, una garantía equivalente al 10 % (diez por ciento) del monto total del contrato sin incluir el impuesto al valor agregado (IVA), de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 48 fracción II, 49 fracción II, de LA LEY, para garantizar su cumplimiento. Dicha garantía podrá constituirse mediante cheque certificado o fianza que deberá ser expedida por institución mexicana de fianzas, debidamente autorizada y en favor del “CENTRO DE ENSEÑANZA
TÉCNICA INDUSTRIAL”. La garantía se hará efectiva en el caso de incumplimiento de las obligaciones de “EL CONTRATISTA”, señaladas en el presente contrato.
De igual forma, “EL CONTRATISTA”, al concluir los trabajos se obliga, a entregar a “LA ENTIDAD”, previamente a la recepción de los trabajos, una fianza por el equivalente al 10
% (diez) del monto total ejercido de los trabajos, para garantizar por un plazo de doce meses a partir de la fecha del acto de entrega y recepción final de la misma, la responsabilidad que pudiera resultar por los defectos o vicios ocultos que se detectaren durante dicho lapso o cualquier otra responsabilidad en que llegare a incurrir.
A falta de la fianza indicada en el párrafo inmediato anterior, podrá presentar a su elección una carta de crédito irrevocable por el equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al 5% (cinco) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello, de conformidad con el artículo 66 de LA LEY.
“EL CONTRATISTA”, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomiso y los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos.
En igual plazo quedará automáticamente cancelada la fianza o carta de crédito irrevocable, según sea el caso.
Quedarán a salvo los derechos de la “LA ENTIDAD” para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas por “EL CONTRATISTA”, de conformidad con el artículo 66 penúltimo párrafo de LA LEY.
Una vez efectuada la entrega-recepción final de los trabajos, “LA ENTIDAD” dispondrá de un plazo de doce meses para reclamar a “EL CONTRATISTA” por los daños y perjuicios ocasionados por trabajos faltantes, mal ejecutado o vicios ocultos.
Cuando aparezcan defectos, vicios ocultos o cualquier otra responsabilidad atribuible al contratista en los trabajos realizados dentro del plazo cubierto por la garantía a que se refiere el artículo 95 del Reglamento, la dependencia o entidad deberá hacerlo del conocimiento de la afianzadora, en caso de que la garantía se hubiere constituido mediante fianza, a efecto de que ésta no sea cancelada y notificarlo por escrito al contratista, para que éste haga las correcciones o reposiciones correspondientes, dentro de un plazo máximo de treinta días naturales; transcurrido este término sin que se hayan realizado, la dependencia o entidad procederá a hacer efectiva la garantía. Si la reparación requiere de un plazo mayor, las partes podrán convenirlo, debiendo continuar vigente la garantía. Tratándose de fianza, el ajuste correspondiente se realizará conforme a lo dispuesto por la fracción II y el último párrafo del artículo 98 del Reglamento.
Las pólizas de fianzas, deberán contener las siguientes declaraciones expresas de la institución que las otorgue:
A) Que la fianza se otorga en términos del presente contrato y para garantizar las obligaciones contraídas en el mismo, incluidas las penas convencionales.
B) Que para ser cancelada la fianza, será requisito indispensable la conformidad expresa y por escrito de “LA ENTIDAD”, la cual deberá ser mediante un oficio dirigido a la afianzadora, que deberá ser suscrito por el director general de “LA ENTIDAD”
C) Que la institución afianzadora acepta expresamente lo preceptuado en los artículos 95 y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor y que renuncia al contenido del artículo 119 de la antes mencionada Ley.
NOVENA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS.
“EL CONTRATISTA” entregará en el domicilio de la “LA ENTIDAD” los trabajos objeto del presente contrato al Residente de Obra y este verificará que estén debidamente concluidos y dentro del plazo pactado en el párrafo primero de la cláusula tercera del contrato.
DÉCIMA.- RESIDENTE DE OBRA DESIGNADO POR “LA ENTIDAD”.
En observación de lo dispuesto por el artículo 53 de LA LEY, “LA ENTIDAD” designa como residente de obra por los trabajos materia del presente contrato al ING. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, quien fungirá como representante de “LA ENTIDAD” ante “EL CONTRATISTA” y será el responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos.
La Residencia de Obra constatará la terminación de los trabajos; resolverá los problemas que normalmente se presenten en los trabajos que estén dentro de sus facultades, turnando los que salgan de su esfera de responsabilidad a la Subdirección Administrativa de “LA ENTIDAD”; en síntesis llevará el control global de los mismos de acuerdo a lo previsto en el artículo 53 de LA LEY y al Artículo 113 del Reglamento.
Tendrá facultades para detener parcialmente los trabajos en caso de detectar alguna anomalía, misma que será resuelta de común acuerdo entre las partes a la mayor brevedad posible, sin que ello implique responsabilidad alguna para “LA ENTIDAD” cuando por tal situación “EL CONTRATISTA” incurra en xxxx para la entrega total de los trabajos.
DÉCIMA PRIMERA.- REPRESENTANTE DE “EL CONTRATISTA”.
De acuerdo a lo indicado en el Artículo 117 del Reglamento, “El CONTRATISTA” deberá designar previo a la firma del contrato a la persona que fungirá como Superintendente de
Obra y que deberá conocer con amplitud los proyectos, normas de calidad y especificaciones de construcción, catálogo de conceptos o actividades de obra o servicio, programas de ejecución y de suministros, incluyendo los planos con sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de construcción y normas de calidad, Bitácora, convenios y demás documentos inherentes, que se generen con motivo de la ejecución de los trabajos.
La dependencia o entidad podrá reservarse en el contrato el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas justificadas, la sustitución del superintendente y el contratista tendrá la obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIONES LABORALES Y COMERCIALES.
“EL CONTRATISTA”, como empresario y patrón del personal que requiera con motivo de los trabajos materia del presente contrato, será el único responsable del cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social. “EL CONTRATISTA” conviene por lo mismo, a responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LA ENTIDAD”, en relación a los trabajos del contrato y dejar a esta, a salvo de cualquier responsabilidad laboral o de seguridad social.
“EL CONTRATISTA” será el único responsable de la adquisición de todo tipo de material que sea utilizado en los trabajos, en consecuencia, deja a salvo a “LA ENTIDAD” de cualquier reclamación que se haga sobre el particular por parte de cualquier proveedor de materiales o equipos, comprometiéndose “EL CONTRATISTA” a cubrir oportunamente el importe de dichos materiales y equipos necesarios.
DÉCIMA TERCERA.- RESPONSABILIDAD DE “EL CONTRATISTA”.
“EL CONTRATISTA” será el único responsable de la ejecución de los trabajos materia de este contrato y deberá sujetarse a todos los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en la materia que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal, así como a las instrucciones que al efecto le señale “LA ENTIDAD”. Las responsabilidades y daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo de “EL CONTRATISTA”.
“EL CONTRATISTA” se obliga a que los trabajos objeto del presente contrato, cumplan con las normas de primera calidad establecidas en las especificaciones y a que la realización de todas y cada una de las partes de dichos trabajos se efectúen a satisfacción de “LA ENTIDAD”, así como, a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos de la misma y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “LA ENTIDAD” por el término de doce meses contados a partir de la recepción de los trabajos, en cuyo caso se hará efectiva la garantía correspondiente.
Igualmente se obliga “EL CONTRATISTA” a no ceder en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona, sus derechos y obligaciones derivadas de este contrato, con excepción de los derechos de cobro por los trabajos ejecutados, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento de “LA ENTIDAD”, en los términos de lo dispuesto por el artículo 47 último párrafo de LA LEY.
DÉCIMA CUARTA.- PENAS CONVENCIONALES.
De conformidad con lo establecido por el artículo 46 Bis de LA LEY, las partes fijan de común acuerdo las penas convencionales que se indican a continuación:
“LA ENTIDAD” tendrá la facultad de verificar cada quince días a partir del inicio de los trabajos si los trabajos motivo de este contrato se han realizado por “EL CONTRATISTA” de acuerdo con el programa de ejecución aprobado. Si en la comparación efectuada, los avances de los trabajos presentan un atraso del 30% (treinta por ciento) de conformidad con el avance manifestado en el programa de ejecución de los trabajos, “EL CONTRATISTA” acepta que procederá la rescisión del contrato.
Así mismo, en el supuesto de que “EL CONTRATISTA” no concluya los trabajos en la fecha señalada en el presente contrato, por causas imputables a él mismo, “EL CONTRATISTA” acepta y está conforme que “LA ENTIDAD” le aplique como pena convencional, el 1% (uno por ciento) del monto de los trabajos no ejecutados del contrato por cada día natural de atraso, en términos del artículo 46 Bis de LA LEY.
DÉCIMA QUINTA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LOS TRABAJOS.
En atención a lo dispuesto por el artículo 60 de LA LEY, “LA ENTIDAD” podrá suspender temporalmente en todo o en parte, los trabajos contratados por cualquier causa justificada, para lo cual “LA ENTIDAD” establecerá la suspensión y determinación, en su caso, de la temporalidad de esta, la que no podrá prorrogarse o ser indefinida.
El presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
Cuando se determine la suspensión de los trabajos por causas imputables a “LA ENTIDAD”, ésta pagará los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables que permitan que “EL CONTRATISTA” mantenga protegidas las obras realizadas y se garantice que no se deterioren, y siempre y cuando sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, de conformidad con el artículo 62 de LA LEY.
DÉCIMA SEXTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
“LA ENTIDAD” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente este contrato de conformidad con el artículo 61 de LA LEY, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL CONTRATISTA”.
En caso de que “EL CONTRATISTA” se ubique en uno o más de los supuestos que más adelante se detallan o en general contravenga las disposiciones de las leyes, o reglamentos respectivos vigentes o incumpla cualquiera de las obligaciones estipuladas en el presente contrato, “LA ENTIDAD” podrá rescindirlo administrativamente. Esta rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial y para ejecutarla se llevará a cabo el siguiente procedimiento:
I.- Se iniciará a partir de que “LA ENTIDAD” comunique a “EL CONTRATISTA” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de quince días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
II.- Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, “LA ENTIDAD” contará con un plazo de quince días para resolver, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el contratista. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a “EL CONTRATISTA” dentro del plazo señalado en la fracción anterior.
Será causa de rescisión administrativa del presente contrato por parte de “LA ENTIDAD”, sí “EL CONTRATISTA”:
1.- Por causas imputables a él, no inicia los trabajos objeto del presente contrato en la fecha convenida sin causa justificada.
2.- Interrumpe injustificadamente la ejecución de los trabajos o se niega a reparar o reponer alguna parte de ellos, que hubieren sido detectados como defectuosos por “LA ENTIDAD”.
3.- No ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado en el contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por el Residente de Obra.
4.- No da cumplimiento a los programas de ejecución por falta de materiales, trabajadores o equipo de construcción, y que a juicio de “LA ENTIDAD”, el atraso pudiera dificultar la terminación satisfactoria de los trabajos en el plazo estipulado.
5.- Subcontrata partes de los trabajos objeto del presente contrato, sin contar con la autorización por escrito de “LA ENTIDAD”.
6.- No da a “LA ENTIDAD” y a las dependencias que tengan facultad de intervenir las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los materiales y trabajos.
7.- Cambia su nacionalidad por otra.
8.- Siendo extranjero, invoca la protección de su gobierno en relación con el contrato.
9.- No ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado, sin motivo justificado, o no acata las órdenes que por escrito le dé “LA ENTIDAD”.
10.- No cubre oportunamente los salarios de sus trabajadores y demás prestaciones de carácter laboral.
11.-Es declarado en quiebra o suspensión de pagos.
12.-No cuenta con material o equipo para la realización de los trabajos, o si estos no cumplen con las normas de calidad especificadas desde las bases de la licitación que dio lugar al presente contrato.
13.-En general, incumple cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, y las leyes y reglamentos aplicables.
De conformidad con el artículo 62 de LA LEY, en caso de declararse la rescisión administrativa por causas imputables a “EL CONTRATISTA”, una vez emitida la determinación respectiva, “LA ENTIDAD” precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de trabajos ejecutados aun no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito que proceda, lo que deberá efectuarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de dicha determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. En el finiquito deberá preverse el sobrecosto de los trabajos aun no ejecutados que se encuentren atrasados conforme al programa vigente, así como lo relativo a la recuperación de los materiales y equipos que, en su caso, le hayan sido entregados.
DÉCIMA SÉPTIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 60 segundo párrafo de LA LEY, las partes convienen que “LA ENTIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al estado, se determine la nulidad de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, o por
resolución de autoridad judicial competente, o bien, no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión de los trabajos.
Asimismo, “LA ENTIDAD” reembolsará a “EL CONTRATISTA” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, de conformidad con el artículo 62 fracción III de LA LEY.
DÉCIMA OCTAVA.- SOMETIMIENTO.
Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de la obra de este contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran y a los términos, lineamientos, procedimientos administrativos y requisitos que establecen LA LEY, EL REGLAMENTO y demás disposiciones legales aplicables en todo lo que no se opongan a LA LEY.
DÉCIMA NOVENA.- OTRAS ESTIPULACIONES.
A) Programa.- La obra deberá ser ejecutada de acuerdo con el programa de trabajo, que firmado por las partes se anexa al presente contrato y forma parte integrante del mismo. Si en el desarrollo de los trabajos se presentaren circunstancias por las cuales “LA ENTIDAD” estime necesario modificar el programa o bien, en el caso de que “EL CONTRATISTA” se viere obligado a solicitar alguna variación a dicho programa por causas no imputables a él, debidamente justificadas, “LA ENTIDAD” establecerá las modificaciones que juzgue pertinentes y hará del conocimiento de “EL CONTRATISTA” las modificaciones que tenga a bien aprobar y esta última a su vez quedará obligada a aceptarlas; estas modificaciones o en su caso, el nuevo programa que se formule se considerarán incorporadas a este contrato y por lo tanto, obligatorias para las partes.
B) Todos los pagos que efectué “LA ENTIDAD” a “EL CONTRATISTA”, los hará por conducto de la Subdirección de Finanzas, en el domicilio de la “LA ENTIDAD”.
VIGÉSIMA.- CONFIDENCIALIDAD.
Ambas partes se obligan a guardar en secreto todos los datos y condiciones especiales de este contrato. La documentación suministrada por “EL CONTRATISTA” a “LA ENTIDAD”, deberá ser tratada con toda la reserva del caso; asimismo, se obligan a no divulgar ni publicar los términos y condiciones de este contrato, en cuyo caso asumirán las responsabilidades que llegaran a determinarse por la autoridad competente, por incumplir con lo establecido en esta cláusula.
VIGÉSIMA PRIMERA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales en la Ciudad de México, Distrito Federal, por lo tanto, “EL CONTRATISTA”, renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes de los efectos y alcance legal de este instrumento lo firman ante la presencia de dos testigos en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco; a los XX dias del mes de XXXXX de 2016 dos mil dieciséis, en las instalaciones que ocupa LA ENTIDAD.
LA ENTIDAD DIRECTOR GENERAL | EL CONTRATISTA REPRESENTANTE LEGAL |
TESTIGO | TESTIGO |
GLOSARIO DE TERMINOS:
Para los efectos de las presentes bases se entenderá por:
Bases por invitación a cuando menos tres personas | Documento que contiene los requisitos y condiciones que deben cumplir los LICITANTES, para presentar proposición técnica y económica en este proceso. |
CETI | Centro de Enseñanza Técnica Industrial |
CompraNet | Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales. |
Contratista | Persona física o moral que celebre contrato de obra pública o servicios de obra pública. |
Convenio de participación conjunta | Instrumento Jurídico mediante el cual el Licitante y una o varias personas físicas x xxxxxxx establecen los derechos y obligaciones que contraen las partes, con objeto de cumplir con los requisitos de la convocatoria, las bases de Licitación y del contrato que se derive de la presente Licitación. |
Convocante | La Entidad que emite la convocatoria de Invitación restringida a cuando menos tres personas. |
D. O. F. | Diario Oficial de la Federación. |
Especificaciones particulares de construcción | El conjunto de requisitos exigidos por el CETI para la realización de cada obra, mismas que modifican, adicionan o sustituyen a las especificaciones generales. |
Estimación | Documento que contiene la valuación de los trabajos realizados en cada concepto de obra conforme a la cédula de avance y al periodo del programa de ejecución. |
Identificación Personal | Credencial para votar, pasaporte, cédula profesional o cartilla del servicio militar nacional. |
I. V. A. | Impuesto al Valor Agregado. |
Llave en mano | Son los proyectos integrales o llave en mano, en los cuales el contratista se obliga desde el diseño de la obra hasta su terminación total y entrega al contratante bajo especificaciones de norma para su operación continua; Artículo 3 Fracción III de la Ley. |
Ley. | Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. |
LICITANTE. | Persona que participa en el procedimiento de adjudicación restringida a cuando menos tres personas. |
O.I.C. | Órgano Interno de Control en el Centro de Enseñanza Técnica Industrial. |
Reglamento. | Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. |
Residente de Obra. | Servidor público designado por el CETI, quien fungirá como su representante ante el contratista y será el responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por los contratistas. |
Contrato. | Es el Instrumento Jurídico a través del cual el CETI y una persona física o moral, crean o transmiten derechos y obligaciones tanto reales como personales, teniendo como objeto principal dar cabal cumplimiento a las adjudicaciones de las obras o servicios derivadas de las licitaciones públicas nacionales o internacionales en materia de Obras Públicas o Servicios relacionados con las Mismas. |
S.F.P. | Secretaría de la Función Pública. |
S. H. C. P. | Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
Cadenas Productivas: | Productos y servicios a través del sistema en Internet desarrollado y administrado por NAFIN para, entre otros aspectos, registrar las cuentas por pagar del CETI, consultar información, intercambiar datos, enviar mensajes de datos y realizar operaciones financieras, en términos de las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo”. |
Cuenta por pagar: | Derechos de cobro a favor de los proveedores o contratistas del CETI, dados de alta en Cadenas Productivas. |
Disposiciones Generales: | Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007. |
Factoraje o Descuento Electrónico: | Acto mediante el cual un Intermediario Financiero adquiere la propiedad de las Cuentas por Pagar en Cadenas Productivas. |
Intermediario Financiero: | Instituciones bancarias o no bancarias, que puedan realizar operaciones de Factoraje o descuento Electrónico en Cadenas Productivas. |
Manual de Operación: | Documento emitido por NAFIN dado a conocer vía electrónica o en forma impresa, en el que se establecen los horarios, días, plazos, teléfonos, páginas electrónicas y demás cuestiones que regulan y dan soporte a la operación en Cadenas Productivas. |
Redescuento Electrónico: | Acto por el cual el Intermediario Financiero que haya operado el Factoraje o Descuento Electrónico, transmite bajo su responsabilidad a NAFIN la Cuenta por Pagar, a efecto de obtener recursos para su operación. |
Certificados de Manejo Sustentable de los Bosques | Los expedidos por terceros registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garantiza el adecuado manejo de la madera. |