DEBER DE COLABORACIÓN
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Concurso Público N° 009/2017-SBS
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TELEFONÍA MOVIL Y RED PRIVADA
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Concurso Público N° 009/2017-SBS
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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Concurso Público N° 009/2017-SBS
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación.
Importante |
En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado. |
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado
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en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
Para formular consultas y observaciones se debe emplear el formato incluido en el Anexo N°
1 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del comité de selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada, debiendo emplearse el formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Importante |
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. |
1.6. ELEVACIÓN AL OSCE XXX XXXXXX DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
En el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE, los participantes pueden solicitar la elevación de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, a fin que el OSCE emita el pronunciamiento correspondiente, en los siguientes supuestos:
a) Cuando la absolución a una consulta por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
b) Cuando la absolución de observaciones por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
El pronunciamiento emitido por el OSCE se notifica a través del SEACE, dentro de los siete
(7) días hábiles, computados desde el día siguiente de recepción del expediente completo por el OSCE.
Importante |
Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones. |
1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, la implementación del pronunciamiento emitido por el OSCE, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del
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procedimiento.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El comité de selección no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
Importante |
En caso el OSCE haya emitido pronunciamiento, dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a la publicación de la integración de las bases, los participantes pueden solicitar al OSCE, la emisión de Dictamen sobre implementación del Pronunciamiento, según lo previsto en el numeral 8.2 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”. En caso el OSCE no haya emitido pronunciamiento, los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma. |
1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas y en un (1) único sobre cerrado.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
1.9. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria.
La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello.
Importante |
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. |
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El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido.
En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público.
En caso el comité de selección no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución.
Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 53 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
1.10. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Previo a la evaluación, el comité de selección determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el párrafo anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
El comité de selección puede rechazar una oferta cuando se encuentre por debajo del valor referencial, siempre que de la revisión del detalle de la composición de la oferta, acredite mediante razones objetivas un probable incumplimiento por parte del postor, de conformidad con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento.
Para estos efectos, el comité de selección debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida dicha solicitud; así como contar con información adicional que resulte pertinente para determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada.
En el supuesto de ofertas que superen el valor referencial de la convocatoria, para efectos que el comité de selección considere válida la oferta económica debe contar con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad, salvo que el postor acepte reducir su oferta económica.
En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta.
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando la ponderación establecida en el numeral 2.3 del Capítulo II y en el Capítulo IV de la sección específica de las bases.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:
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a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula:
Pi = Donde: | Om x PMP Oi | |
i = | Oferta. | |
Pi = Oi = Om = PMP = | Puntaje de la oferta a evaluar. Precio i. Precio de la oferta más baja. Puntaje máximo del precio. |
b) Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, aquella que resulte con el mejor puntaje, en función de los criterios y procedimientos de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se realiza a través de sorteo. Para la aplicación de este criterio de desempate se requiere la participación xx xxxxxxx o xxxx xx xxx y la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control.
Importante |
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems cuando la contratación del servicio en general va a ser prestado fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor referencial del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido en dicho ítem por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP1. |
1.11. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el comité de selección debe determinar si los postores que obtuvieron el primer y segundo lugar según el orden de prelación cumplen con los requisitos de calificación detallados en la sección específica de las bases. La oferta del postor que no cumpla con los requisitos de calificación debe ser descalificada. Si ninguno de los dos postores cumple con los requisitos de calificación, el comité de selección debe verificar los requisitos de calificación de los postores admitidos, según el orden de prelación obtenido en la evaluación.
1.12. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
1.13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE.
El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.
1 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
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1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los ocho (8) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
Importante |
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente. |
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 117 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento, el plazo de ejecución contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
3.3. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
Importante |
En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. |
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
Importante |
En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento. |
3.3.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo
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estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
ADVERTENCIA |
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL. |
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
3.7. PENALIDADES
3.7.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
3.7.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.9. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días de producida la recepción.
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En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley y en el artículo 149 del Reglamento.
3.10. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones |
RUC Nº | : | 20131370564 |
Domicilio legal | : | Xxxxx Xxx Xxxxxxxx Xx 000 - Xxx Xxxxxx |
Teléfono: | : | 000-0000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio de telefonía móvil y red privada.
1.3. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/ S/ 2´385,000.00 (dos millones trescientos ochenta y cinco mil y 00/100 Soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes xx xxxxxx de 2017.
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorándum Nº 230-2017-SAAG el 09 xx xxxxxx de 2017.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos propios
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de suma alzada de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 1096 días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación.
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar S/ 4.00 (cuatro y 00/100 Soles) en la Caja de la Superintendencia, ubicada en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 - Xxx Xxxxxx.
1.10. BASE LEGAL
Resolución SBS N° 6716-2016 Medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal para el Ejercicio 2017 en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Normas y disposiciones vigentes de OPSITEL y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre el particular
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN2
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 09/08/2017 |
Registro de participantes3 A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 10/08/2017 Hasta las: 09:59 horas del 13/09/2017 |
Formulación de consultas y | : | Del: 10/08/2017 |
observaciones a las bases | Al: 23/08/2017 | |
A través del | : | Formato para formular consultas y observaciones del Anexo N° 01 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y |
absolución de consultas y observaciones”4 | ||
En Mesa de Partes o la que haga sus veces en la Entidad en | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx, en el horario de 08:30 a 16:45 horas. |
Adicionalmente, remitir el archivo a la siguiente dirección | : | |
Absolución de consultas y observaciones a las bases | : | 31/08/2017 |
Integración de bases | : | 01/09/2017 |
Presentación de ofertas | : | 13/09/2017 |
El acto público se realizará en | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx, a las 10:00 horas. |
Evaluación y calificación de ofertas | : | Del 14/09/2017 al 21/09/2017 |
Otorgamiento de la buena pro | : | 22/09/2017 |
A través del SEACE |
Importante |
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores). |
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección del
Concurso Público N° 009/2017-SBS conforme al siguiente detalle:
2 La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
3 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento.
4 Para acceder al formato ingrese a xxxx://xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx.
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Concurso Público N° 009/2017-SBS
Señores
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Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx Att.: Comité de selección
CONCURSO PÚBLICO N° 009/2017-SBS
Denominación de la convocatoria: contratación del servicio de telefonía móvil y red privada
OFERTA
[NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
b) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento.
(Anexo Nº 2)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
c) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
d) Propuesta Técnica según lo señalado en los Términos de Referencia del Capítulo III.
e) El postor deberá proponer equipos de última generación por categoría, los mismos que deberán cumplir con las características técnicas que se detallan en los términos de referencia. Asimismo, debe adjuntar como parte de la oferta técnica la descripción, marca, características y modelos de los equipos móviles ofertados por cada categoría.
f) El postor deberá presentar como documentación obligatoria en su propuesta, la relación de países que NO están incluidos en la bolsa de minutos y el precio por minuto.
g) Tabla N° 1, debidamente llenada, de acuerdo al formato detallado en los Términos de Referencia del Capítulo III.
h) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 4)
i) El precio de la oferta en Soles. (Anexo Nº 5)
El precio total de la oferta debe ser expresado con dos decimales.
j) Carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según lo previsto en el Capítulo III de la presente sección. (Anexo N° 8).
Importante |
El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. |
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2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
A Capacidad legal:
A.1. Representación:
Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
Promesa de consorcio con firmas legalizadas.
A.2. Habilitación:
Copia simple de autorización vigente emitida por el MTC o una Declaración Jurada firmada por el postor mediante el cual señala que cuenta con autorización vigente para brindar el servicio de telefonía móvil.
B.1 Experiencia del personal clave
Copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
C Experiencia del postor:
C.1 Facturación:
Copia simple de contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N° 7, referido a la Experiencia del Postor.
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso5. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
Importante |
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables. |
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:
Precio = 95 puntos Mejoras = 5 puntos
5 Dicho documento se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el artículo 126 del Reglamento.
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Importante |
Luego de culminada la evaluación según los factores de evaluación señalados en el Capítulo IV de esta sección, el comité de selección debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación especificados en el numeral 3.2 del capítulo III de la sección específica de las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta será descalificada. |
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Carta fianza de garantía de fiel cumplimiento del contrato.
b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
c) Código de cuenta interbancaria (CCI).
d) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
e) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
g) Detalle de propuesta económica (Anexo 5.1).
h) Carta simple indicando la fecha máxima para distribución y redistribución de la bolsa, según lo señalado en el numeral 13 de los términos de referencia
i) Carta simple indicando el correo electrónico a donde remitir la autorización, según lo señalado en el numeral 20 de los términos de referencia.
j) Carta simple indicando el correo electrónico, teléfono fijo y móvil con red privada del ejecutivo de cuenta o ingeniero preventa o Service Manager, a fin de realizar las coordinaciones permanentes con la SBS.
k) Carta simple indicando los contactos y teléfonos fijos y celulares con su debido escalamiento para las coordinaciones tanto de facturación y documentación del servicio, cobranzas, servicios post – venta, averías, reclamos, cambio de equipos, servicio técnico, pedidos nuevos y soporte de datos que incluya desde la parte operativa hasta el gerente a cargo y el jefe de su call center.
l) Carta simple indicando las tarifas de roaming internacional (precios por minuto) de acuerdo a los países en los que brinde el servicio.
Importante |
En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. En caso que el postor ganador de la buena pro no haya presentado el certificado de inscripción en el REMYPE en su oferta, puede presentarlo con los documentos para el perfeccionamiento del contrato. En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento. |
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De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley.
De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE xxx.xxxx.xxx.xx sección RNP.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.
La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
2.5. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en el Departamento de Logística, sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx.
2.6. FORMA DE PAGO
La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en forma mensual y en moneda nacional, contra la prestación del servicio, previa conformidad del área usuaria y verificación de las demás condiciones establecidas en los términos de referencia y/o contrato.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
- Informe del funcionario responsable del Servicios Generales del Departamento de Logística de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
- Demás condiciones establecidas en los términos de referencia y/o contrato.
2.7. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE COMUNICACIÓN A TRÁVES DE TELEFONÍA MÓVIL Y RED PRIVADA
1. Denominación de la Contratación:
Servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada.
2.- Finalidad Pública:
La presente contratación busca brindar a los trabajadores y funcionarios una comunicación inmediata y oportuna que permita contribuir en la eficiencia y oportunidad del ejercicio de sus funciones, los cuales coadyuvaran al cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, a fin de proteger los intereses del público, cautelando la estabilidad, la solvencia y la transparencia de los sistemas supervisados, así como fomentar una mayor inclusión financiera y contribuir con el sistema de prevención y detección xxx xxxxxx de activos y del financiamiento del terrorismo.
3.- Objetivo de la contratación:
Brindar una comunicación ininterrumpida entre las líneas contratadas por la SBS, las líneas del mismo operador, y las líneas de otras empresas a nivel local, nacional e internacional. Asimismo, una comunicación ilimitada entre las líneas que se encuentren dentro de la red privada a nivel local y nacional, según los estándares de calidad exigidos por OSIPTEL.
Así mismo garantizar un óptimo servicio dentro de la cobertura ofrecida, a nivel local, nacional e internacional, de acuerdo a lo normado por el OSIPTEL y MTC.
El contratista debe cumplir con todas las disposiciones regulatorias del Sector de Telecomunicaciones, acerca de las acciones de seguridad en las telecomunicaciones según lo normado por OSIPTEL y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Asimismo, El contratista es responsable por los daños y perjuicios que se ocasionen a la Entidad en caso de su incumplimiento.
4.- Alcances y descripción del servicio:
1. El contratista asignará mensualmente una bolsa de minutos (ver Cuadro Nº 1) para la comunicación telefónica (llamadas salientes) que se generarán en cualquier horario desde los teléfonos móviles contratados por la SBS a teléfonos fijos y móviles, para todos los operadores en ambos casos a nivel local, nacional e internacional. La bolsa de minutos no incluye llamadas rurales y satelitales.
La cobertura a nivel nacional es como mínimo la que el operador provee conforme a lo dispuesto por OSIPTEL.
2. Las llamadas a nivel internacional utilizando los minutos de la bolsa, no irrogarán costos adicionales ni compromisos por ningún concepto a la Entidad.
3. El postor deberá presentar como documentación obligatoria en su propuesta, la relación de países que NO están incluidos en la bolsa de minutos y el precio por minuto. Dichos precios se mantendrán durante la vigencia del contrato, salvo que los precios por minuto se reduzcan o incrementen durante la ejecución del contrato, en este caso el contratista se encontrará en la obligación de comunicar la reducción y de aplicarlo a la facturación correspondiente, desde la fecha de vigencia del nuevo precio. Para el caso del incremento, este se aplicará cuando el contratista demuestre fehacientemente ello.
4. El operador brindará mensualmente una bolsa de texto (SMS) (ver Cuadro Nº 1) que se generarán desde los teléfonos móviles contratados por la Entidad con todos los operadores móviles a nivel local y nacional.
La bolsa de SMS se consumirá de acuerdo al uso de las líneas asociadas.
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5. Los (SMS) concurso, Premium, etc., y los SMS de valor agregado no son parte de los requerimientos de los Términos de Referencia del servicio, por lo que no deben ser facturados a la Entidad. Cabe indicar que estos servicios no son necesarios para el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales ni tampoco tienen finalidad pública, motivo por el cual no forman parte del presente servicio.
6. El contratista deberá brindar un software de gestión MDM (Administración de Dispositivos Móviles) para 133 dispositivos, para los equipos de categoría A y B, el cual permitirá su administración, monitoreo y configuración de políticas de seguridad, entre otros, debiendo contar con las siguientes características mínimas:
• Consola de administración Web, con acceso seguro basado en manejo de roles y privilegios.
• Inventario de aplicaciones de los equipos móviles.
• Localización (GPS).
• Frecuencia de captura de ubicación.
• Borrado y/o bloqueo de los datos del equipo móvil, perdido o robado.
• Sincronización con los terminales a través de la red telefónica o Wi-FI.
• Bloqueo del equipo, de manera remota en caso de robo o pérdida.
• Administrar lista negra de aplicaciones.
• Despliegue y borrado de aplicaciones a demanda.
• Múltiples plataformas de administración (Android, iOS, entre otros principales).
• Implementación de políticas de administración y de seguridad.
El contratista deberá proveer el software MDM y las licencias necesarias para su operación o, como alternativa, podrá ofrecer una suscripción para el uso del software MDM como servicio en la modalidad de computación en la nube (Cloud Computing, en inglés), por la totalidad de los dispositivos a administrar.
Así mismo, el postor deberá ofrecer los servicios de instalación y de configuración del software, además de capacitación técnica para cuatro (04) personas en el uso y administración del software.
El contratista debe integrar la solución con el servicio de correo de la SBS y el directorio activo institucional.
El contratista para la implementación y puesta en producción del software de gestión MDM (Administración de Dispositivos Móviles), deberá integrarlo con el directorio activo que está en la versión Windows Server 2008 R2 – Estándar 64 bits, Active Directory Versión: 6.1.7601.17514. El Directorio Activo es utilizado como medio de autenticación a los servicios de la red institucional.
La SBS proveerá la plataforma necesaria a través de su infraestructura de virtualización VMware 6.0.1.
7. Todas las líneas contratadas deberán tener el servicio xx xxxxxxx de voz y la recepción de mensajes de texto ilimitados de acuerdo a las características técnicas y capacidad de memoria de los equipos.
8. Todos los equipos telefónicos contratados deberán tener el servicio de registro de llamadas pérdidas, llamadas entrantes y salientes.
9. Todas las líneas contratadas deberán tener los servicios de identificación de llamadas (visualizar el número telefónico del cual están llamando) y llamada en espera, el aviso será mediante una señal sonora (si alguien llama mientras se mantiene una conversación).
10. El contratista debe brindar un aplicativo informático para el control que permita visualizar e importar información en el programa Excel del consumo de la bolsa de minutos, así como el detalle de llamadas por línea de periodos cerrados (hasta 3 meses anteriores). Para el caso del detalle de llamadas por línea de periodos cerrados, el contratista podrá presentar dicha información en un CD de manera mensual, el cual debe ser adjunto al comprobante de pago mensual.
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11. El contratista deberá permitir la reasignación de los minutos de la bolsa no consumidos durante la ejecución del servicio o el ciclo de facturación, para atender necesidades de minutos de acuerdo al requerimiento que efectúe la Entidad en un tiempo de atención máximo de 2 horas de comunicado el requerimiento.
12. El contratista brindará los servicios de cambio de número, restricción de llamadas salientes, restricción para larga distancia nacional y/o internacional, asignación y/o reasignación de minutos para cada línea de la bolsa contratada y cambios en la distribución de minutos contratados en la bolsa, los cuales serán atendidos sin costo alguno para la Entidad.
13. La Entidad facilitará al contratista, dentro de sus plazos, las instrucciones para la efectiva asignación de minutos de la Bolsa. La fecha máxima para distribución y redistribución de bolsa es la fijada por el contratista, la cual será brindada como documentación necesaria para la suscripción del contrato.
14. El servicio que brinda el contratista tendrá la facilidad para que los equipos celulares puedan ser activados para llamadas salientes, mensajes de texto y otros, mediante tarjetas prepago accederá a promociones corporativas o masivas vigentes, una vez que hayan alcanzado el tope de minutos asignados o de la bolsa.
15. El contratista debe brindar el servicio Roaming Internacional de voz y datos a solicitud de la Entidad sin cambiar de número, el mismo que deberá ser activado, previa comunicación formal (vía correo electrónico) del personal autorizado de la Entidad para todas las líneas contratadas, con 24 horas de anticipación. El contratista en respuesta a nuestra solicitud de activación de Roaming Internacional deberá indicar el(os) operador(es) internacional(es) donde se estaría brindando el servicio de roaming para el país de destino solicitado y la activación (forma conjunta y/o independiente, de voz y datos) del Roaming Internacional. Los consumos por Roaming Internacional que se generen serán asumidos por la Entidad, dentro del margen del 25% del monto contractual que irrogue el servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada (servicio de comunicación ilimitada, servicio de correo electrónico corporativo limitado, servicio de telefonía – bolsa de minutos, servicio de mensajes de textos, servicio de alquiler de equipos categoría A, B y C y servicio de MDM).
De consumirse el total del 25% del monto contractual que irrogue el servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada (servicio de comunicación ilimitada, servicio de correo electrónico corporativo limitado, servicio de telefonía – bolsa de minutos, servicio de mensajes de textos, servicio de alquiler de equipos categoría A, B y C y servicio de MDM) y se requiera minutos adicionales de Roaming Internacional y/o minutos de llamadas internacionales fuera de la bolsa, estos serán contratados a través de prestaciones adicionales.
16. El contratista deberá brindar la información requerida vigente a la Superintendencia para el uso de roaming internacional, para lo cual la Entidad entregará la información del contacto.
17. El contratista debe brindar manuales de uso de roaming internacional vía correo electrónico por cada línea, en cada oportunidad de uso, el cual deberá ser remitido cuando se activa el servicio.
Asimismo, debe brindar manuales de uso de cada uno de los equipos contratados y está información debe ser proporcionada al momento de la entrega de cada equipo.
18. El contratista debe entregar como máximo después de cuatro días calendarios posteriores a la fecha de activación de los equipos lo siguiente: el detalle de líneas, Red Privada Móvil, series y modelos de los equipos.
19. En caso sea solicitado por la Entidad, el contratista debe realizar la portabilidad numérica de las líneas que indique y, se efectuará dentro de los tiempos estipulados por OSIPTEL.
20. Para el caso de robo y/o pérdida del equipo y/o daño irreparable por causa imputable al usuario, el contratista debe reponer los equipos por otros equipos nuevos (dentro de los tres días calendarios de haber sido reportado por la Entidad previa cancelación de la penalidad según la Xxxxx Xx 0 o; autorizado por la SBS vía correo electrónico por la persona que la entidad designe para que sea cargado a la siguiente facturación o; envíe otro comprobante de pago por el concepto correspondiente al momento de la entrega del equipo o adjunto a la siguiente
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facturación) en iguales o mejores condiciones técnicas. El postor ganador de la buena pro deberá indicar el correo electrónico a donde remitir la autorización como parte de la documentación necesaria para la suscripción del contrato.
21. El contratista debe brindar un servicio de atención al cliente las 24 horas del día, los 365 días del año, a fin de realizar consultas respecto a los saldos, límites de consumo, y otras consultas en general.
22. El contratista deberá asignar un ejecutivo de cuenta o Ingeniero Xxxxxxxx ó Service Manager, quien efectuará la atención del servicio y coordinará con el responsable de la Superintendencia que supervisará las consultas, reclamos, operación de equipos y otros servicios. En caso el contratista cambie el ejecutivo de cuenta o Ingeniero Xxxxxxxx ó Service Manager deberá comunicar a la Entidad con una anticipación no mayor de 15 días calendarios, debiendo remitir la documentación con la acreditación correspondiente. Dicho personal debe cumplir con los mismos requisitos señalados en los Términos de Referencia.
Como documentación necesaria para la suscripción del contrato, el contratista deberá indicar el correo electrónico, teléfono fijo y móvil con red privada del ejecutivo de cuenta o Ingeniero Preventa ó Service Manager, a fin de realizar las coordinaciones permanentes con la SBS.
23. Considerando la importancia del servicio y la necesidad de una constante coordinación y comunicación fluida las 24x7x365x3, entre la SBS y el ejecutivo de cuenta o Ingeniero Preventa ó Service Manager, a fin que absuelva las consultas que sean de su competencia, haga el seguimiento de las consultas, reclamos, entre otros (que se generarán a las personas que correspondan según el escalamiento que presente el Contratista) a fin que se coadyuve a una solución oportuna e inmediata, y la canalización adecuada de las consultas, reclamos, entre otros, que efectúe la SBS. Por lo tanto, en caso no se tenga respuesta del ejecutivo de cuenta o Ingeniero Xxxxxxxx ó Service Manager dentro de las tres horas siguientes a la comunicación mediante correo electrónico o mensaje de texto, la entidad le aplicará penalidades (Numeral 10: Penalidades por incumplimiento).
Se entenderá por respuesta:
La absolución a las consultas que sean de su competencia o que indique que se ha tomado conocimiento y se está efectuando las consultas, trámites, u otros, que considere.
Un correo o mensaje de texto en el que se denote el seguimiento de las consultas, reclamos, entre otros (que se generarán a las personas que correspondan según el escalamiento que presente el Contratista) a fin que se coadyuve a una solución oportuna e inmediata.
Un correo o mensaje de texto en el que se denote, de ser el caso, la canalización adecuada de las consultas, reclamos, entre otros, de haberse remitido la solicitud a una persona no idónea para resolver la consulta o el problema detectado.
La Entidad efectuará las consultas, reclamos, entre otros, a las personas que correspondan según el escalamiento que presente el Contratista, sin perjuicio de ello el Ejecutivo de Cuenta o Ingeniero Xxxxxxxx ó Service Manager o persona que designe el Contratista será la persona que se encargará de efectuar las acciones necesarias (seguimiento) hasta que la Entidad vea satisfecha su necesidad (consulta, reclamo, entre otros).
24. El contratista debe capacitar previa coordinación con la Entidad luego del inicio del servicio y cada vez que se entregue (sin considerar reposición) o renueve los equipos, el uso, funcionalidades, entre otros de los equipos telefónicos, en charlas programadas por categoría de equipos a los usuarios, en las oficinas de la Entidad, en la ciudad de Lima.
25. El contratista capacitará como mínimo una vez al año, mediante charlas a los funcionarios que designe la SBS, el manejo completo, del software de equipos y demás particularidades relacionados al numeral 6.
26. El contratista debe entregar como parte de la documentación obligatoria para la firma de contrato, los contactos y teléfonos fijos y celulares con su debido escalamiento para las coordinaciones tanto de facturación y documentación del servicio, cobranzas, servicios post – venta, averías,
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reclamos, cambio de equipos, servicio técnico, pedidos nuevos y soporte de datos que incluya desde la parte operativa hasta el gerente a cargo y el jefe de su call center.
27. En el caso que uno o todos los equipos requieran mantenimiento correctivo, el contratista realizará el recojo del equipo en la oficina de la Entidad, Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 120 – San Xxxxxx, a más tardar dentro del día siguiente hábil de haber sido reportado y en horario de oficina (de 09:00 a 18:00). Después de las 18:00 horas se considerará reportado al día siguiente.
No incurrirá en demora del recojo del equipo, en el caso que el contratista lo efectúe hasta las 18:00 horas del día siguiente hábil de haber sido reportado.
El contratista deberá realizar la entrega de un equipo de igual, o similar o mejores características técnicas al reportado, en calidad xx xxxxxxxx y sin costo para la SBS, hasta que finalice la reparación. El mantenimiento correctivo de los equipos será sin costo para la Entidad, en caso se trate de averías de fábrica.
En el caso de requerirse el mantenimiento correctivo, el encargado designado por la Entidad deberá entregar el equipo, batería y cargador y en el correo electrónico se indicará la falla observable o lo acontecido.
28. Para el caso de líneas nuevas a ser incorporadas durante la vigencia del contrato, estas podrán integrarse a la bolsa de minutos contratados y serán de acuerdo a los equipos ofrecidos. Estas líneas también podrán hacer uso de todos los beneficios contratados con el resto de las líneas. El consumo de estas nuevas líneas será considerado en la bolsa de minutos contratada.
29. Los equipos deben ser renovados cada doce (12) meses contados a partir de la fecha de activación, sin costo para la Entidad (durante el plazo de ejecución del servicio se efectuarán dos renovaciones). Los modelos propuestos por el contratista y la entrega de los equipos debe efectuarse por lo menos veinte (20) días calendarios de anticipación para efectuar las configuraciones correspondientes, previa aprobación de los mismos.
La devolución, por parte de la SBS, de los equipos que fueron renovados se realizará como máximo 90 días calendarios posteriores a la fecha de entrega de los equipos mencionados en el párrafo anterior.
La entidad devolverá los equipos operativos y con el deterioro o desgaste propio del uso de los equipos dados en alquiler, en la oportunidad que se señala en los términos de referencia.
Los equipos que se renovarán anualmente deberán mantener las características similares o superiores a las propuestas, inclusive considerando la última tecnología vigente de acuerdo al mercado, con las mejoras tecnológicas que se presenten, y de igual o mayor costo de los equipos ofertados, sin costo adicional a la Entidad, ni servicios adicionales a los ya requeridos.
De darse el caso, de contratación complementaria no se efectuará cambio de equipo, el servicio se brindará con el último equipo renovado, cuyo costo de alquiler estará en función a la depreciación correspondiente.
La renovación será dos veces durante la vigencia del plazo contractual.
La renovación de todos los equipos serán cada 12 meses contados a partir de la fecha de activación. Entiéndase por activación, sólo el efectuado al inicio efectivo de la prestación del servicio de comunicación móvil, reposiciones y renovaciones de los equipos.
El servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada consta de lo siguiente:
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CUADRO Nº 1:
DESCRIPCION DEL SERVICIO | CANTIDAD |
SERVICIO DE COMUNICACIÓN ILIMITADA E ININTERRUMPIDA (Comunicación entre las líneas contratadas por la Entidad y las líneas de otras empresas a nivel local, nacional e internacional. Asimismo, una comunicación ilimitada entre las líneas que se encuentren dentro de la red privada móvil a nivel local y nacional). Se entenderá por comunicación ilimitada corresponde a la red privada móvil del operador adjudicado para llamadas locales y nacionales. | 261 Líneas |
SERVICIO DE CORREO ELECTRONICO CORPORATIVO LIMITADO - CATEGORIA A (Comunicación limitada para datos (internet) para los equipos contratados con el servidor de correo Microsoft Exchange Server 2010 de la Entidad). La capacidad de carga y descarga para 18 equipos debe ser mínimo 10GB. | 18 Servicios |
SERVICIO DE CORREO ELECTRONICO CORPORATIVO LIMITADO – CATEGORIA B (Comunicación limitada para datos (internet) para los equipos contratados por la Entidad con el servidor de correo Microsoft Exchange Server 2010 de la Entidad). La capacidad de carga y descarga para 115 Equipos debe mínimo de 5GB. | 115 Servicios |
SERVICIO DE TELEFONIA - BOLSA DE MINUTOS. (Bolsa de minutos para llamadas salientes que se generaran desde los teléfonos móviles contratados por la Entidad a teléfonos fijos y móviles de todos los operadores a nivel local, nacional e internacional). | 15,000 Minutos mensuales |
SERVICIO DE MENSAJES DE TEXTO (SMS) (Bolsa de mensajes de texto (SMS) que se generaran desde los teléfonos móviles contratados por la Entidad a teléfonos móviles de todos los operadores a nivel local y nacional). | 9,000 SMS mensuales |
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-A (Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | 18 Equipos |
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-B (Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | 115 Equipos |
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-C (Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | 128 Equipos |
SERVICIO DE MDM (SOFTWARE DE GESTION MDM PARA 133 DISPOSITIVOS PARA LOS EQUIPOS DE CATEGORIAS A Y B). | 133 Equipos |
SERVICIO ROAMING INTERNACIONAL y LLAMADAS CON DESTINO INTERNACIONAL FUERA DE LA BOLSA DE MINUTOS | 25% (*) |
(*) El servicio de roaming internacional y el servicio de llamadas con destino internacional fuera de la bolsa de minutos, será hasta el 25% del precio que irrogue el servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada (servicio de comunicación ilimitada, servicio de correo electrónico corporativo limitado, servicio de telefonía – bolsa de minutos, servicio de mensajes de textos, servicio
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de alquiler de equipos categoría A, B y C y servicio de MDM). Dichos servicios serán facturados de acuerdo al consumo real efectuado mensualmente.
La Entidad respetará la fecha máxima indicada por el Postor para remitir la nueva distribución de minutos mensual para toda la bolsa, la misma que será efectiva el ciclo siguiente de facturación, sin perjuicio de cumplir con las demás condiciones establecidas en los términos de referencia.
El contratista deberá proporcionar las tarifas de roaming internacional de acuerdo a los países en los que brinde el servicio, los cuales serán entregados como parte de la documentación necesaria para la suscripción del contrato. Dichos precios se mantendrán durante la vigencia del contrato, salvo que los precios por minuto se reduzcan o incrementen durante la ejecución del contrato, en este caso el contratista se encontrará en la obligación de comunicar dicha reducción o incremento y de aplicarlo a la facturación correspondiente, desde la fecha de vigencia del nuevo precio. El supuesto del incremento se aplicará cuando el contratista demuestre fehacientemente ello.
El roaming internacional y las llamadas internacionales fuera de la bolsa forman parte del valor referencial (25% del monto contractual que irrogue el servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada (servicio de comunicación ilimitada, servicio de correo electrónico corporativo limitado, servicio de telefonía – bolsa de minutos, servicio de mensajes de textos, servicio de alquiler de equipos categoría A, B y C y servicio de MDM)). El Roaming Internacional se podrá facturar en el mismo recibo en ítem independiente.
El contratista deberá facturar de forma discriminada cada uno de los servicios que figuran en el Cuadro N° 1 de los Términos de Referencia.
El postor deberá proponer equipos de última generación por categoría, los mismos que deberán cumplir con las características técnicas que se detallan en los términos de referencia. Asimismo, debe adjuntar como parte de la oferta técnica la descripción, marca, características y modelos de los equipos móviles ofertados por cada categoría.
El contratista debe adjuntar en la entrega y renovaciones de los equipos los respectivos manuales y/o folletos con las características del equipo.
Los equipos serán entregados por el contratista en calidad de alquiler y la renovación de los equipos se realizará cada doce meses (durante el plazo de ejecución del servicio se efectuarán dos renovaciones). Las renovaciones que se efectúen serán durante la ejecución del servicio no considerándose el periodo de ejecución del contrato complementario, de suscribirse este.
5.- Actos Pre-operativos
Para la realización efectiva del servicio contratado, el contratista deberá como etapa pre operativa, entregar los equipos en alquiler (Primer año) máximo en 07 días calendario, contabilizados a partir del día siguiente de suscrito el contrato.
La configuración e instalación del servidor MDM (sin registro de líneas) tiene un plazo máximo de 21 días calendarios contabilizados a partir del día siguiente de suscrito el contrato.
La configuración y activación del servicio de los equipos (funcionalidad de llamadas en espera, carga de contactos y números telefónicos de emergencia, tales como Radio Patrulla, Central de Bomberos, Xxxx Xxxx, entre otros) tiene un plazo máximo de 05 días calendario contados desde el día siguiente de efectuada la portabilidad o de la comunicación de la SBS para el caso que no corresponda la portabilidad.
Las llamadas en espera así como los números de emergencia deberán ser configurados por el contratista, de acuerdo a lo indicado en el presente numeral de los Términos de Referencia.
El servicio de la configuración de los equipos a cargo de la SBS se realizará luego de la entrega de los mismos en la oficina ubicada en la Xxxxx Xxxxxxxxx 000 – San Xxxxxx y previo a la distribución de los equipos a los usuarios finales.
En caso corresponda la portabilidad numérica, el contratista la efectuará de acuerdo a los plazos y disposiciones de OPSITEL, para lo cual la SBS entregará la documentación correspondiente en su oportunidad. La portabilidad deberá ser a satisfacción de la SBS.
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6.- Plazo de ejecución del servicio:
El plazo de ejecución del servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada es de 1096 días calendarios, el cual se iniciará al día siguiente de suscrito el acta de activación del servicio.
7.- Lugar de entrega de los equipos:
La primera entrega de los equipos alquilados así como las renovaciones que se efectúen a posterior, se efectuará en el local de la Xxxxx Xxxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx.
8.- Confidencialidad
Dada la naturaleza de la prestación, el contratista deberá mantener en reserva absoluta y confidencialmente el manejo de la información a la que tenga acceso y que se encuentre relacionada con la prestación, quedando prohibido revelar dicha información a terceros.
En tal sentido, el contratista deberá dar cumplimiento a las políticas y estándares en materia de seguridad de la información. Dicha obligación comprende la información que se proporciona, como también la que se genera durante la prestación del servicio.
9.- Pago y facturación
La Superintendencia se obliga a pagar en forma mensual y en moneda nacional, contra la prestación del servicio, previa conformidad del área usuaria y verificación de las demás condiciones establecidas en los términos de referencia y/o contrato.
La recepción y conformidad del servicio estará a cargo de Servicios Generales del Departamento de Logística de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
9. 1. Para la facturación de la telefonía celular
El contratista deberá emitir el comprobante de pago y adjuntar de manera obligatoria el sustento de las comunicaciones realizadas, las cuales serán alcanzadas de manera conjunta, en el mismo acto, una vez culminada la prestación parcial o ciclo mensual del servicio; debiendo detallar el número del procedimiento de selección y la información similar a lo descrito en el anexo N° 02. De no cumplir con esas condiciones no se dará por aceptado la recepción del comprobante de pago, dado que con el detalle del consumo se verifica la validez de las comunicaciones realizadas.
Las facturaciones por la bolsa de minutos de telefonía para llamadas salientes que se generaran desde los teléfonos móviles contratados por la SBS a teléfonos fijos y móviles de todos los operadores a nivel local, nacional e Internacional deberá contar adicionalmente con un reporte detallado (físico y/o digital) indicando por cada número de línea según formato estándar del contratista.
De ser físico su envío, deberá entregarla a la siguiente dirección Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx.
De ser por medio electrónico, la dirección electrónica se comunicará luego de suscrito el Contrato.
9.2. Para la facturación de Roaming Internacional y Llamadas con destino Internacional fuera de la bolsa de minutos
El contratista deberá emitir el comprobante de pago y adjuntar de manera obligatoria el sustento de las comunicaciones realizadas, las cuales serán alcanzadas de manera conjunta, en el mismo acto, dentro del periodo de 180 días calendario, contados a partir del día siguiente de culminado el periodo de activación del roaming internacional o las llamadas con destino internacional fuera del servicio de bolsa de minutos; debiendo detallar el número del procedimiento de selección y la información descrita en el anexo N° 02. De no cumplir con esas condiciones no se dará por aceptado la recepción del comprobante de pago, dado que con en el detalle del consumo se verifica la validez de las comunicaciones realizadas.
La facturación del servicio del ROAMING internacional y las llamadas con destino internacional fuera de la bolsa de minutos debe ser efectuada en base a la tarifa vigente al momento de la ejecución del servicio.
Para el pago
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La entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que el contratista no cumpla con entregar la documentación solicitada adjunta a la factura y/o recibo, o no haya demostrado que ha cumplido con dejar la factura y/o recibo, y su documentación en la dirección indicada para su recepción (Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx) no podrá cortar el servicio ni cobrar cargos por xxxx a partir del vencimiento de la facturación. Así mismo, la omisión de información detallada en la facturación y los datos detallados solicitados dará origen a que no se podrá tramitar la facturación respectiva o realizar su recepción. El contratista no podrá cortar el servicio si por alguna causa imputable a la Entidad o hecho fortuito o fuerza mayor no se pague el servicio en la fecha señalada en el recibo.
En tal sentido, el Contratista no podrá cortar el servicio respectivo, ni cobrar cargos por xxxx a partir de la fecha de vencimiento señalada en la facturación.
10. Penalidad por incumplimiento:
En forma independiente a la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación, se establecen las siguientes penalidades por incumplimientos en la prestación del servicio:
PENALIDAD N° 1:
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por no entregar la información requerida junto con la facturación mensual, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia. | S/. 300.00 por cada mes en el que no presento la información requerida. |
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA PENALIDAD N° 1:
La facturación deberá ser emitida posterior a la culminación total de cada servicio (mensual para el monto fijo o para el caso del Roaming una vez efectuada la prestación), debiendo detallar, el periodo del servicio y la descripción del servicio realizado y la información similar a lo descrito en el anexo N° 02.
El contratista deberá presentar mensualmente el documento electrónico o físico de la factura o recibo corporativo, anexando la información requerida, para el pago del servicio de ser físico a la siguiente dirección Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx. Xx existir algún cambio de dirección será comunicado previamente al Contratista.
El Departamento de Logística verificará el cumplimiento de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia, hasta el mes siguiente de prestado el servicio efectivo. De no presentar la información completa se comunicará al jefe del Departamento de Logística para la comunicación al Contratista del monto de la penalidad a aplicar, los cuales serán deducidos en los pagos pendientes.
PENALIDAD N° 2:
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por no entregar todos los equipos a ser renovados dentro del plazo de doce (12) meses por causas imputables al Contratista, contados a partir de la fecha de inicio del servicio o la última fecha de renovación realizada. | Penalidad diaria de 250 soles. |
La renovación de todos los equipos de las categorías A, B y C serán cada 12 meses contados a partir de la fecha de activación. Entiéndase por activación, sólo el efectuado al inicio efectivo de la prestación del servicio de comunicación móvil, reposiciones y renovaciones de los equipos.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA PENALIDAD N° 2:
La renovación de todos los equipos de las categorías A, B y C serán cada 12 meses contados a partir de la fecha de activación. Entiéndase por activación, el efectuado al inicio efectivo de la prestación del servicio de comunicación móvil, y reposiciones de los equipos por pérdida o condición irreparable.
El Departamento de Logística (Servicios Generales) verificará el cumplimiento para la renovación de equipos, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia. De no cumplirse con los plazos
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establecidos se informará al jefe del Departamento de Logística para la comunicación al Contratista del monto de la penalidad a aplicar, los cuales serán deducidos en los pagos pendientes.
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por demora en el recojo del equipo en las oficinas de la Entidad, que requieran mantenimiento correctivo. | Penalidad diaria de 100 soles por cada equipo |
PENALIDAD N° 3:
En el caso que uno o todos los equipos requieran mantenimiento correctivo dentro del año de garantía, el contratista realizará el recojo del equipo en la oficina de la Entidad, Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 120 – San Xxxxxx, a más tardar dentro del día siguiente hábil de haber sido reportado y en horario de oficina (de 09:00 a 18:00). Después de las 18:00 horas se considerará reportado al día siguiente.
No incurrirá en demora del recojo del equipo, en el caso que el contratista lo efectúe hasta las 18:00 horas del día siguiente hábil de haber sido reportado.
Es necesario e indispensable que el contratista cumpla con el recojo dentro del plazo estipulado en los términos de referencia, para ello deberá coordinar con el encargado que designe la Entidad.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA PENALIDAD N° 3:
El Departamento de Logística (Servicios Generales) verificará el cumplimiento del plazo establecido en los términos de referencia para el recojo del equipo. De no cumplirse con los plazos establecidos se comunicará al jefe del Departamento de Logística para la comunicación al Contratista del monto de la penalidad a aplicar, los cuales serán deducidos en los pagos pendientes.
PENALIDAD N° 4:
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por demora en la entrega a la Entidad sobre las facturaciones debidamente detalladas del servicio ROAMING internacional o las llamadas con destino internacional fuera de la bolsa de minutos por más de 180 días posteriores a la activación del servicio. | S/ 100.00 por cada llamada en el que no presentó dentro del plazo la facturación debidamente detallada del servicio del Roaming internacional o las llamadas con destino internacional de la bolsa de minutos. |
Incurrirá en demora respecto de la entrega sobre la facturación mensual y la información similar a lo descrito en el anexo N° 02 del servicio del ROAMING internacional o las llamadas con destino internacional fuera de la bolsa de minutos, a partir del 181 día posterior a la activación del citado servicio.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA PENALIDAD N° 4:
El Departamento de Logística (Servicios Generales) verificará que los documentos de facturación y pago solicitados en los términos de referencia para el servicio de Roaming Internacional o las llamadas con destino internacional fuera de la bolsa de minutos, no excedan el plazo prevista (180 días calendario posterior a la activación del Roaming Internacional) o el uso de las llamadas con destino internacional fuera de la bolsa de minutos. De no presentar la información completa en el plazo previsto, se comunicará al jefe del Departamento de Logística para la comunicación al Contratista del monto de la penalidad a aplicar, los cuales serán deducidos en los pagos pendientes.
PENALIDAD N° 5:
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por no tener respuesta del Ejecutivo de Cuenta o Ingeniero Preventa ó Service Manager o persona que designe dentro de las tres horas siguientes a la comunicación mediante correo electrónico. | S/ 300.00 por cada comunicación no respondida dentro del plazo. |
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La Entidad efectuará las consultas, reclamos, entre otros, a las personas que correspondan según el escalamiento que presente el Contratista, sin perjuicio de ello el Ejecutivo de Cuenta o Ingeniero Xxxxxxxx ó Service Manager o persona que designe el Contratista será la persona que se encargará de efectuar las acciones necesarias (seguimiento) hasta que la Entidad vea satisfecha su necesidad (consulta, reclamo, entre otros).
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA PENALIDAD N° 5:
El Departamento de Logística (Servicios Generales) informará el incumplimiento efectuado por el Ejecutivo de Cuenta o Ingeniero Xxxxxxxx ó Service Manager o persona que designe el Contratista, al jefe del Departamento de Logística, para la comunicación al Contratista del monto de la penalidad a aplicar, los cuales serán deducidos en los pagos pendientes.
Dependencia de la Entidad que se encargará de constatar si se configuró el supuesto previsto para la aplicación de penalidades:
La dependencia de la Entidad es el Departamento de Logística (Servicios Generales).
11.- RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD OFRECIDA Y VICIOS OCULTOS
El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los servicios ofertados conforme a lo indicado en la Ley de Contrataciones del Estado, por un plazo de tres (03) años, contados a partir de la conformidad otorgada por la Superintendencia.
12.- DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El contratista se compromete a cumplir y observar lo establecido en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (aprobado mediante Ley N° 29783) y en su reglamento (aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2012-TR); durante la ejecución de las prestaciones de servicios a su cargo; obligándose a implementar, dotar, proveer y/o suministrar a cada uno de sus trabajadores los implementos de seguridad que correspondan de acuerdo al grado y/o nivel de riesgo que pueda evidenciarse en el desarrollo de las actividades propias de la presente contratación dentro de los locales de la SBS o en el local donde se realice el evento; así como garantizar la contratación de los respectivos seguros de acuerdo a la normatividad vigente.
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ANEXO Nº 1
Características técnicas mínimas de los equipos:
Categoría A | |
Sistema Operativo | Android 7.0 o superior |
Pantalla Interna | Resolución 2960 x 1440 pixeles o superior Tamaño 5.8” o superior Tipo Super AMOLED o superior |
Procesador | Octa-Core 4x2.3GHz + 4x1.7 GHz o superior |
Cámara de Principal | Flash incorporado Resolución 12 MP o superior |
Cámara de Video | Resolución UHD 4K o superior |
Cámara frontal | Resolución 8 MP o superior |
Memoria del Teléfono | Capacidad 64GB o superior Memoria RAM 4 GB o superior |
Memoria expandible | Capacidad Hasta 256GB o superior Tipo microSD |
Batería | 24 horas en reproduccion de audio o superior, Capacidad de 3000 mAh o superior |
2G | Si |
3G | Si |
4G | Si |
Bluetooth | v5.0 o superior |
Forma de Teclado | QWERTY virtual |
Wi-fi | Si |
Celular como MODEM | Puede usarse como Hotspot |
Correo Electrónico | Si |
Conectividad USB | Si |
GPS | Si |
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Categoría B | |
Sistema Operativo | Android 6.0.1 o superior |
Pantalla Interna | Resolución 2560 x 1440 pixeles o superior Tamaño 5.1” o superior Tipo Super AMOLED |
Procesador | Octa-Core 4x2.3GHz + 4x1.6 GHz o superior |
Cámara de Fotos | Flash incorporado Resolución 12 MP o superior |
Cámara de Video | Resolución UHD 4K (3840 x 2160)@30fps o superior |
Cámara frontal | Resolución 5 MP o superior |
Memoria del Teléfono | Capacidad 32GB o superior Memoria RAM 4 GB o superior |
Memoria expandible | Capacidad Hasta 128GB o superior Tipo microSD |
Batería | 24 horas en reproducción de audio o superior .Capacidad de 3000 mAh o superior |
2G | Si |
3G | Si |
4G | Si |
Bluetooth | v4.2 o superior |
Forma de Teclado | QWERTY virtual |
Wi-fi | Si |
Celular como MODEM | Puede usarse como Hotspot |
Correo Electrónico | Si |
Conectividad USB | Si |
GPS | Si |
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Categoría C | |
Sistema Operativo | Android 5.1 o superior |
Pantalla Interna | Resolucion1280 x 720 píxeles o superior Tamaño 5” o superior Tipo TOUCHPAD |
Procesador | 1.3 GHz , 4 núcleos o superior |
Cámara de Fotos | Flash Incorporado Resolución 8 MP o superior Zoom Digital 4X o superior |
Cámara de Video | Resolución 720p o superior |
Cámara frontal | Resolución 2 MP o superior |
Memoria del Teléfono | Capacidad 8 GB o superior Memoria RAM 1 GB o superior |
Memoria expandible | Capacidad Hasta 32 GB o superior Tipo microSD |
Batería | 8 horas en conversación o superior Batería Li-Ion o Li-Po de 2,200 mAh o superior |
2G | Si |
3G | Si |
4G | Si |
Bluetooth | Versión 4.0 o superior |
Forma de Teclado | QWERTY virtual |
Wi-fi | Si |
Celular como MODEM | Si |
Correo Electrónico | Sincronización con servidores POP3, IMAP4, Exchange |
Conectividad USB | Si |
GPS | Si |
Acceso a recarga de saldo de minutos | Si |
Acceso a recarga de saldo de datos | Si |
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ANEXO N° 02
TELEFONIA MOVIL Y RED PRIVADA
Periodo del servicio: Del al del mes de del año
N°Teléfono celular asignado | Fecha de la Llamada | N° de telefono de destinatario | Tipo de llamada | Horario | Inicio llamada | Fin llamada | Tiempo total utilizado | Importe Total S/. (Incluye IGV) | tipo de comunicación | País Destino | Operador |
Tipo de llamada: Local, nacional, internacional
Tipo de llamada: Local, nacional, internacional Horario: normal, reducido
Tipo de comunicación: fijo, celular, sms, rural, internacional Pais de destino:
Operador:
ROAMING INTERNACIONAL Y LLAMADAS CON DESTINO INTERNACIONAL FUERA DEL SERVICIO DE BOLSA DE MINUTOS
Periodo del servicio: Del al del mes de del año
VOZ
N°Teléfono celular asignado | Fecha de la Llamada | N° de telefono de destinatario | Horario | Inicio llamada | Fin llamada | Tiempo total utilizado | Importe Total S/. (Incluye IGV) | tipo de comunicación | País Destino | Operador |
Periodo del servicio: Del al del mes de del año
DATOS
N°Teléfono celular asignado | Fecha | Inicio | Fin | Kbytes utilizados | Importe Total S/. (Incluye IGV) | País Destino |
Tipo de comunicación: sms, voz, datos, kbytes utilizados Pais de destino:
Operador:
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Tabla 1
El contratista deberá indicar los costos de los equipos por categoría para los casos de robados, perdidos, o con daño irreparable por causa imputable al usuario, los cuales variarán de acuerdo al mes en el cual ha acontecido los hechos reportados, según el siguiente detalle:
Descripción | S/. | |||||||||||
Categorías/ Meses | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
A | ||||||||||||
B | ||||||||||||
C |
En la fila superior se indica los números de los meses que ha transcurrido desde el inicio del contrato o el último cambio de equipo por categoría. En la columna de la izquierda se indica la categoría del equipo a reponer.
Los costos de los equipos por categoría en el caso de robo, pérdida, o daño irreparable por causa imputable al usuario, es a cargo de la Entidad contratante, según la propuesta de la empresa postora de acuerdo a lo señalado en los Términos de Referencia.
En el caso de robo o pérdida, la SBS presentará la denuncia policial correspondiente en un plazo máximo de 15 días calendario de reportado el hecho al contratista.
Cabe señalar que en caso de robo, pérdida o daño irreparable por causa imputable del usuario, y que se realice dentro y/o fuera del periodo de garantía del equipo, el responsable del pago del reemplazo del citado equipo es el usuario.
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Promesa de consorcio con firmas legalizadas6, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 6) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación: Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. |
6 En caso de presentarse en consorcio.
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En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. Promesa de consorcio con firmas legalizadas. | |||
A.2 | HABILITACIÓN | ||
Requisitos: 1. El postor debe contar con la autorización vigente para brindar el servicio de telefonía móvil, de conformidad al Art. 14 de la Ley de Telecomunicaciones y estar bajo la supervisión de entidades oficiales como el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y OSIPTEL. Acreditación: 1. Se acreditará mediante la presentación de la copia simple de autorización vigente emitida por el MTC o una Declaración Jurada firmada por el postor mediante el cual señala que cuenta con autorización vigente para brindar el servicio de telefonía móvil. | |||
Importante | |||
En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito. |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL |
B.1 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE |
Requisitos: 1 Ejecutivo de Cuenta o Ingeniero Preventa ó Service Manager o persona que designe el contratista, quien deberá contar como mínimo 03 años de experiencia en trabajos iguales a los que efectuará en la atención del servicio y coordinará con el responsable de la Superintendencia que supervisará las consultas, reclamos operación de equipos y otros servicios. La experiencia solicitada podrá ser sustentada con experiencia en el cargo de Ejecutivo de Cuenta o Ingeniero Preventa ó Service Manager. Acreditación: La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. | |
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR |
C.1 | FACTURACIÓN |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 2´500,000.00, por la contratación de servicios similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo no mayor a ocho (8) años, a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran servicios similares el servicio de telefonía móvil y/o red privada. Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola |
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contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. | |||
Importante | |||
En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que ejecutan conjuntamente el objeto materia de la convocatoria, previamente ponderada, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | ||
A. | PRECIO | ||
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: | La evaluación consistirá en otorgar el máximo a la oferta de precio más bajo y otorgar a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: | ||
Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta (Anexo N° 5) | Pi = Om x PMP Oi | ||
i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i Om = Precio de la oferta más baja PMP = Puntaje máximo del precio | |||
95 puntos | |||
B. | MEJORAS A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA | ||
Evaluación: Se otorgará puntaje a la propuesta que ofrezca Whatsapp para todas las líneas contratadas (sin costos adicionales) | Ofrece whatsapp sin costo 5 puntos | ||
Acreditación: Se acreditará únicamente mediante la presentación de una Declaración Jurada. | |||
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos7 |
Importante |
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben ser objetivos y deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación. |
7 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la contratación del servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada, que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [ ]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en
los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro del CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS para la contratación del servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la contratación del servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada, conforme a los Términos de Referencia y al cuadro adjunto:
DESCRIPCION DEL SERVICIO | CANTIDAD |
SERVICIO DE COMUNICACIÓN ILIMITADA E ININTERRUMPIDA (Comunicación entre las líneas contratadas por la Entidad y las líneas de otras empresas a nivel local, nacional e internacional. Asimismo, una comunicación ilimitada entre las líneas que se encuentren dentro de la red privada móvil a nivel local y nacional). Se entenderá por comunicación ilimitada corresponde a la red privada móvil del operador adjudicado para llamadas locales y nacionales. | 261 Líneas |
SERVICIO DE CORREO ELECTRONICO CORPORATIVO LIMITADO - CATEGORIA A (Comunicación limitada para datos (internet) para los equipos contratados con el servidor de correo Microsoft Exchange Server 2010 de la Entidad). La capacidad de carga y descarga para 18 equipos debe ser mínimo 10GB. | 18 Servicios |
SERVICIO DE CORREO ELECTRONICO CORPORATIVO LIMITADO – CATEGORIA B (Comunicación limitada para datos (internet) para los equipos contratados por la Entidad con el servidor de correo Microsoft Exchange Server 2010 de la Entidad). La capacidad de carga y descarga para 115 Equipos debe mínimo de 5GB. | 115 Servicios |
SERVICIO DE TELEFONIA - BOLSA DE MINUTOS. (Bolsa de minutos para llamadas salientes que se generaran desde los teléfonos móviles contratados por la Entidad a teléfonos fijos y móviles de todos los operadores a nivel local, nacional e internacional). | 15,000 Minutos mensuales |
SERVICIO DE MENSAJES DE TEXTO (SMS) (Bolsa de mensajes de texto (SMS) que se generaran desde los teléfonos móviles contratados por la Entidad a teléfonos móviles de todos los operadores a nivel local y nacional). | 9,000 SMS mensuales |
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SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-A (Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | 18 Equipos | ||
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-B (Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | 115 Equipos | ||
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-C (Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | 128 Equipos | ||
SERVICIO DE MDM (SOFTWARE DE GESTION MDM PARA 133 DISPOSITIVOS PARA LOS EQUIPOS DE CATEGORIAS A Y B). | 133 Equipos | ||
SERVICIO ROAMING INTERNACIONAL y LLAMADAS CON DESTINO INTERNACIONAL FUERA DE LA BOLSA DE MINUTOS | 25% (*) |
(*) El servicio de roaming internacional y el servicio de llamadas con destino internacional fuera de la bolsa de minutos, será hasta el 25% del precio que irrogue el servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada (servicio de comunicación ilimitada, servicio de correo electrónico corporativo limitado, servicio de telefonía – bolsa de minutos, servicio de mensajes de textos, servicio de alquiler de equipos categoría A, B y C y servicio de MDM). Dichos servicios serán facturados de acuerdo al consumo real efectuado mensualmente.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx, según el siguiente detalle:
DESCRIPCION DEL SERVICIO | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO, INCLUIDO IGV S/ | TOTAL MENSUAL INCLUIDO IGV S/ |
SERVICIO DE COMUNICACIÓN ILIMITADA E ININTERRUMPIDA | 261 Líneas | ||
(Comunicación entre las líneas contratadas por la Entidad y las líneas de otras empresas a nivel local, nacional e internacional. Asimismo, una comunicación ilimitada entre las líneas que se encuentren dentro de la red privada móvil a nivel local y nacional). | |||
Se entenderá por comunicación ilimitada corresponde a la red privada móvil del operador adjudicado para llamadas locales y nacionales. | |||
SERVICIO DE CORREO ELECTRONICO CORPORATIVO LIMITADO - CATEGORIA A | 18 Servicios | ||
(Comunicación limitada para datos (internet) para los equipos contratados con el servidor de correo Microsoft Exchange Server 2010 de la Entidad). La capacidad de carga y descarga para 18 equipos debe ser mínimo 10GB. | |||
SERVICIO DE CORREO ELECTRONICO CORPORATIVO LIMITADO – CATEGORIA B | 115 Servicios | ||
(Comunicación limitada para datos (internet) para los equipos contratados por la Entidad con el servidor de correo Microsoft Exchange Server 2010 de la Entidad). La capacidad de carga y descarga para 115 Equipos debe mínimo de 5GB. | |||
SERVICIO DE TELEFONIA - BOLSA DE MINUTOS. | 15,000 Minutos mensuales | ||
(Bolsa de minutos para llamadas salientes que se generaran desde los teléfonos móviles contratados por la Entidad a teléfonos fijos y móviles de todos los operadores a nivel local, nacional e internacional). | |||
SERVICIO DE MENSAJES DE TEXTO (SMS) | 9,000 SMS |
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(Bolsa de mensajes de texto (SMS) que se generaran desde los teléfonos móviles contratados por la Entidad a teléfonos móviles de todos los operadores a nivel local y nacional). | mensuales | ||
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-A | 18 Equipos | ||
(Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | |||
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-B | 115 Equipos | ||
(Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | |||
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-C | 128 Equipos | ||
(Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | |||
SERVICIO DE MDM (SOFTWARE DE GESTION MDM PARA 133 DISPOSITIVOS PARA LOS EQUIPOS DE CATEGORIAS A Y B). | 133 Equipos | ||
SERVICIO ROAMING INTERNACIONAL y LLAMADAS CON DESTINO INTERNACIONAL FUERA DE LA BOLSA DE MINUTOS | 25% (*) | ||
(1) TOTAL DEL SERVICIO MENSUAL DE COMUNICACIÓN ILIMITADA, SERVICIO DE CORREO ELECTRÓNICO CORPORATIVO LIMITADO, SERVICIO DE TELEFONÍA – BOLSA DE MINUTOS, SERVICIO DE MENSAJES DE TEXTOS, SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORÍA A, B Y C Y SERVICIO DE MDM. | |||
(2) SERVICIO ROAMING INTERNACIONAL y LLAMADAS CON DESTINO INTERNACIONAL FUERA DE LA BOLSA DE MINUTOS (25 % de (1)) | |||
TOTAL GENERAL MENSUAL (1) + (2) | |||
TOTAL A UN AÑO INCLUIDO EL IGV S/. | |||
TOTAL A 1096 DIAS CALENDARIOS INCLUIDO EL IGV S/. | |||
TOTAL A 1096 DIAS CALENDARIOS INCLUIDO EL IGV (en letras) |
Este monto comprende el costo de los bienes, servicios, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA ENTIDAD se obliga a pagar a EL CONTRATISTA en forma mensual y en moneda nacional, contra la prestación del servicio, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de producida la recepción.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
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CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de 1096 días calendario, el cual se iniciará al día siguiente de suscrito el acta de activación del servicio.
CLÁUSULA SEXTA: PRECIOS DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO
Para el caso de robo y/o pérdida del equipo y/o daño irreparable por causa imputable al usuario, el contratista debe reponer los equipos por otros equipos nuevos (dentro de los tres días calendarios de haber sido reportado por la Entidad previa cancelación de la penalidad según la Xxxxx Xx 0 o; autorizado por la SBS vía correo electrónico por la persona que la entidad designe para que sea cargado a la siguiente facturación o; envíe otro comprobante de pago por el concepto correspondiente al momento de la entrega del equipo o adjunto a la siguiente facturación) en iguales o mejores condiciones técnicas.
CLÁUSULA SÉTIMA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA OCTAVA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato8: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO
DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA NOVENA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La recepción de los bienes será otorgada por el Almacén y, la conformidad de los bienes y servicios será otorgada por Servicios Generales del Departamento de Logística de LA ENTIDAD.
De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos
(2) ni mayor xx xxxx (10) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
8 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
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CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD OFRECIDA Y VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos en la calidad ofrecida o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de tres años contados a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato vigente o ítem que debió ejecutarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En forma independiente a la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación, según lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se establecen las siguientes penalidades por incumplimientos en la prestación del servicio:
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por no entregar la información requerida junto con la facturación mensual, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia. | S/. 300.00 por cada mes en el que no presento la información requerida. |
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por no entregar todos los equipos a ser renovados dentro del plazo de doce (12) meses por causas imputables al Contratista, contados a partir de la fecha de inicio del servicio o la última fecha de renovación realizada. | Penalidad diaria de 250 soles. |
La renovación de todos los equipos de las categorías A, B y C serán cada 12 meses contados a partir de la fecha de activación. Entiéndase por activación, sólo el efectuado al inicio efectivo de la prestación del servicio de comunicación móvil, reposiciones y renovaciones de los equipos.
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por demora en el recojo del equipo en las oficinas de la Entidad, que requieran mantenimiento correctivo. | Penalidad diaria de 100 soles por cada equipo |
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INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por demora en la entrega a la Entidad sobre las facturaciones debidamente detalladas del servicio ROAMING internacional o las llamadas con destino internacional fuera de la bolsa de minutos por más de 180 días posteriores a la activación del servicio. | S/ 100.00 por cada llamada en el que no presentó dentro del plazo la facturación debidamente detallada del servicio del Roaming internacional o las llamadas con destino internacional de la bolsa de minutos. |
INCUMPLIMIENTO | PENALIDAD |
Por no tener respuesta del Ejecutivo de Cuenta o Ingeniero Preventa ó Service Manager o persona que designe dentro de las tres horas siguientes a la comunicación mediante correo electrónico. | S/ 300.00 por cada comunicación no respondida dentro del plazo. |
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el literal d) del inciso 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: DEL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y DE LA SALUD EN EL TRABAJO
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir las normas vigentes y complementarias en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como las clausulas adjuntas en el Anexo al presente contrato; siendo el incumplimiento de dichas obligaciones causal de resolución contractual, de conformidad con el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: CONFIDENCIALIDAD
Dada la naturaleza de la prestación, el contratista deberá mantener en reserva absoluta y confidencialmente el manejo de la información a la que tenga acceso y que se encuentre relacionada con la prestación, quedando prohibido revelar dicha información a terceros.
En tal sentido, el contratista deberá dar cumplimiento a las políticas y estándares en materia de seguridad de la información. Dicha obligación comprende la información que se proporciona, como también la que se genera durante la prestación del servicio.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
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Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES CUMPLIMIENTO DE LA LEY (LPDP)
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA, declaran que se someten a las disposiciones previstas por la Ley de Protección de Datos Personales, su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA declaran que los datos personales que se proporcionen entre sí, así como aquellos generados o recopilados en el marco del presente contrato serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento Directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA en caso corresponda, acepta y reconoce la responsabilidad de sus trabajadores y cualquier personal a su cargo, de mantener permanentemente una absoluta y total reserva y confidencialidad respecto de los datos personales a que tengan acceso en el marco del presente contrato, la que subsistirá en forma permanente e indefinida.
DEL ENCARGO DEL TRATAMIENTO
En caso El CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA se proporcionen entre sí, datos personales de sus colaboradores, supervisados o terceros, para su tratamiento, así como generarlos o recopilados cuando estos resulten necesarios en el marco del presente contrato, ello no implicará de modo alguno la transferencia de aquellos, debiendo LA SUPERINTENDENCIA y/o EL CONTRATISTA, respectivamente, asumir la condición de encargado del tratamiento.
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA declaran conocer que asumen la condición de encargados del tratamiento cuando corresponda y por tanto se comprometen a no utilizar o tratar los datos personales proporcionados, generados o recopilados con una finalidad distinta a aquella por la que le fueron entregados o por la que son generados o recopilados así como a no transferirlos o divulgarlos a terceros, con excepción de entidades públicas, cuando estas lo soliciten en el marco del cumplimiento de sus funciones debidamente sustentadas o el poder judicial cuando sea solicitado mediante la orden judicial correspondiente, debiendo notificar de ello a la otra parte, según corresponda, dentro de las 24 horas de recibido el requerimiento.
En caso LA SUPERINTENDENCIA y/o EL CONTRATISTA asuman la condición de encargados del tratamiento de los datos personales que se pudieran proporcionar entre sí, se comprometen a conservarlos por el plazo de 02 años contados desde la culminación de la finalidad del presente contrato, debiendo una vez vencido dicho plazo, destruir los datos que se encuentren en su poder o en el de sus colaboradores, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles.
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA en caso corresponda, reconocen que podrán en cualquier momento, auditar uno al otro las medidas aplicadas, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, su reglamento, y demás normas conexas. De comprobar LA SUPERINTENDENCIA el incumplimiento de esta cláusula, podrá resolver de pleno derecho el presente contrato e interponer las acciones legales a que hubiera lugar.
DE LA TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES
EL CONTRATISTA declara que cuenta con el consentimiento libre, voluntario, previo, expreso, informado e inequívoco de los titulares de los datos personales de sus colaboradores, clientes o de terceros que como parte del cumplimiento del presente contrato, hubiera entregado o pudiera entregar a LA SUPERINTENDENCIA mediante transferencia de datos.
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CLÁUSULA VIGÉSIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El arbitraje será institucional y resuelto por árbitro único. LA SUPERINTENDENCIA propone las siguientes instituciones arbitrales: Órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE o la Cámara de Comercio de Lima.
Importante |
Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por la Entidad, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 185.3 del artículo 185 del Reglamento. Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de la Entidad sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si la Entidad no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 189.1 del artículo 189 del Reglamento. |
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [. ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las
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partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” | “EL CONTRATISTA” |
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CLÁUSULAS CONTRACTUALES REFERIDAS AL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
1. POLÍTICA DE SEGURIDAD
Es política de LA SUPERINTENDENCIA, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de sus trabajadores, contratistas y de terceras personas que se encuentren dentro de los locales de la institución.
LA SUPERINTENDENCIA fomenta una cultura de prevención y mitigación de riesgos, a través de un adecuado sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, en concordancia con la normatividad pertinente, compromiso que debe asumir EL CONTRATISTA, como responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales en cada una de las áreas donde ejecuten sus prestaciones.
2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente:
2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años.
2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa.
2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades.
2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar.
2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato.
2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA.
2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes:
- Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783.
- Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante.
- Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores.
- Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048.
- Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante.
- Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial.
- Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1.
- Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
- Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo.
- Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental.
- Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones.
- Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc.
- Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad.
- Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas
- NTP 400.034, Andamios. Requisitos.
- Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.
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La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que LA SUPERINTENDENCIA ponga en su conocimiento.
2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de LA SUPERINTENDENCIA, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta.
2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar.
2.10. Proporcionar a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad.
2.11. Suministrar todos los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratados, los que deberán ser de óptima calidad, de características adecuadas para su uso y encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de estos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de la SUPERINTENDENCIA.
3. FACULTADES DE LA SUPERINTENDENCIA
LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de supervisar en cualquier momento los equipos, elementos, sitios de trabajo, personal y documentos que sean necesarios para evaluar el cumplimiento y aplicación de las normas de Seguridad y Salud en el trabajo.
LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de impedir las labores o actividades del personal de EL CONTRATISTA que incumpla los citados procedimientos y normas. En caso esta situación se torne persistente y/o generalizada, LA SUPERINTENDENCIA queda facultada a paralizar los trabajos y resolver el contrato sin lugar a reclamo por parte del contratista.
LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de comunicar a la Autoridad de Trabajo cualquier incumplimiento por parte del contratista relacionado con las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo materia del presente contrato.
EL CONTRATISTA tiene el deber de dar estricto cumplimiento de las normas y disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones es causal de resolución de contrato. LA SUPERINTENDENCIA se reserva el derecho de solicitar la acreditación sobre el cumplimiento de dichas obligaciones durante la ejecución contractual.
EL CONTRATISTA
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. |
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
4.- No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad.
5.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
6.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. |
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece el servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada, de conformidad con los Términos de Referencia que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio objeto del presente procedimiento de selección en el plazo de 1096 días calendario, el cual se iniciará al día siguiente de suscrito el acta de activación del servicio.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 5
PRECIO DE LA OFERTA (MODELO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
CONCEPTO | PRECIO TOTAL S/ |
Servicio de comunicación a través de telefonía móvil y red privada | |
TOTAL |
El precio de la oferta incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
“El postor debe consignar el precio total de la oferta, sin perjuicio, que de resultar favorecido con la buena pro, presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para el perfeccionamiento del contrato, según lo previsto en el numeral 2.4 de la sección específica de las bases”.
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ANEXO N° 05.1
DETALLE DE PROPUESTA ECONOMICA (REQUISITO PARA FIRMA DEL CONTRATO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, el detalle es la siguiente:
DESCRIPCION DEL SERVICIO | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO, INCLUIDO IGV S/ | TOTAL MENSUAL INCLUIDO IGV S/ |
SERVICIO DE COMUNICACIÓN ILIMITADA E ININTERRUMPIDA | 261 Líneas | ||
(Comunicación entre las líneas contratadas por la Entidad y las líneas de otras empresas a nivel local, nacional e internacional. Asimismo, una comunicación ilimitada entre las líneas que se encuentren dentro de la red privada móvil a nivel local y nacional). | |||
Se entenderá por comunicación ilimitada corresponde a la red privada móvil del operador adjudicado para llamadas locales y nacionales. | |||
SERVICIO DE CORREO ELECTRONICO CORPORATIVO LIMITADO - CATEGORIA A | 18 Servicios | ||
(Comunicación limitada para datos (internet) para los equipos contratados con el servidor de correo Microsoft Exchange Server 2010 de la Entidad). La capacidad de carga y descarga para 18 equipos debe ser mínimo 10GB. | |||
SERVICIO DE CORREO ELECTRONICO CORPORATIVO LIMITADO – CATEGORIA B | 115 Servicios | ||
(Comunicación limitada para datos (internet) para los equipos contratados por la Entidad con el servidor de correo Microsoft Exchange Server 2010 de la Entidad). La capacidad de carga y descarga para 115 Equipos debe mínimo de 5GB. | |||
SERVICIO DE TELEFONIA - BOLSA DE MINUTOS. | 15,000 Minutos mensuales | ||
(Bolsa de minutos para llamadas salientes que se generaran desde los teléfonos móviles contratados por la Entidad a teléfonos fijos y móviles de todos los operadores a nivel local, nacional e internacional). | |||
SERVICIO DE MENSAJES DE TEXTO (SMS) | 9,000 SMS mensuales | ||
(Bolsa de mensajes de texto (SMS) que se generaran desde los teléfonos móviles contratados por la Entidad a teléfonos móviles de todos los operadores a nivel local y nacional). | |||
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-A | 18 Equipos | ||
(Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | |||
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-B | 115 Equipos | ||
(Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | |||
SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORIA-C | 128 Equipos |
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(Equipos deberán ser ultraligeros, compactos, de fácil manejo, en color negro, gris oscuro o plateado, azul oscuro, con las características solicitadas). | |||
SERVICIO DE MDM (SOFTWARE DE GESTION MDM PARA 133 DISPOSITIVOS PARA LOS EQUIPOS DE CATEGORIAS A Y B). | 133 Equipos | ||
SERVICIO ROAMING INTERNACIONAL y LLAMADAS CON DESTINO INTERNACIONAL FUERA DE LA BOLSA DE MINUTOS | 25% (*) | ||
(1) TOTAL DEL SERVICIO MENSUAL DE COMUNICACIÓN ILIMITADA, SERVICIO DE CORREO ELECTRÓNICO CORPORATIVO LIMITADO, SERVICIO DE TELEFONÍA – BOLSA DE MINUTOS, SERVICIO DE MENSAJES DE TEXTOS, SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS CATEGORÍA A, B Y C Y SERVICIO DE MDM. | |||
(2) SERVICIO ROAMING INTERNACIONAL y LLAMADAS CON DESTINO INTERNACIONAL FUERA DE LA BOLSA DE MINUTOS (25 % de (1)) | |||
TOTAL GENERAL MENSUAL (1) + (2) | |||
TOTAL A UN AÑO INCLUIDO EL IGV S/. | |||
TOTAL A 1096 DIAS CALENDARIOS INCLUIDO EL IGV S/. | |||
TOTAL A 1096 DIAS CALENDARIOS INCLUIDO EL IGV (en letras) |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 6
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta al CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 9 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 10 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
TOTAL OBLIGACIONES | 100%11 |
9 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
10 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
11 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
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ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA12 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA13 | MONTO FACTURADO ACUMULADO14 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
… | ||||||||
20 |
12 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
13 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
14 Consignar en la moneda establecida en las bases.
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Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA12 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA13 | MONTO FACTURADO ACUMULADO14 |
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 8
CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL CLAVE
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº 009/2017-SBS
Presente.-
Yo [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS] identificado con documento de identidad N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DNI O DOCUMENTO DE IDENTIDAD ANÁLOGO], domiciliado en
[CONSIGNAR EL DOMICILIO LEGAL], declaro bajo juramento:
Que, me comprometo a prestar mis servicios en el cargo de [CONSIGNAR EL CARGO A DESEMPEÑAR] para ejecutar [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en caso que el postor [CONSIGNAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR15]
resulte favorecido con la buena pro y suscriba el contrato correspondiente.
Para dicho efecto, declaro que mis calificaciones y experiencia son las siguientes:
A. Calificaciones
[CONSIGNAR DE SER EL CASO, LA FORMACIÓN ACADÉMICA Y/O CAPACITACIONES SEGÚN LO REQUERIDO EN EL CAPÍTULO III DE LA PRESENTE SECCIÓN DE LAS BASES].
B. Experiencia
[CONSIGNAR DE SER EL CASO, LA EXPERIENCIA SEGÚN LO REQUERIDO EN EL CAPÍTULO III DE LA PRESENTE SECCIÓN DE LAS BASES].
N° | Cliente o Empleador | Objeto de la contratación | Fecha de inicio | Fecha de culminación | Tiempo |
1 | |||||
2 | |||||
(…) |
La experiencia total acumulada es de: [CONSIGNAR LA EXPERIENCIA TOTAL ACUMULADA EN AÑOS, MESES Y DÍAS, SEGÚN CORRESPONDA]
Asimismo, manifiesto mi disposición de ejecutar las actividades que comprenden el desempeño del referido cargo, durante el periodo de ejecución del contrato.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del personal
Importante |
De conformidad con el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento la carta de compromiso del personal clave, debe contar con la firma legalizada de este. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. |
15 En el caso que el postor sea un consorcio se debe consignar el nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
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ANEXO Nº 9
Modelo de Carta para el abono con abonos en la cuenta bancaria del proveedor) LOGO DE EMPRESA SOLICITANTE
CARTA DE AUTORIZACIÓN
Lima, Señores
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Presente
Asunto: Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a usted los datos para el pago con abonos en nuestra cuenta de la empresa que represento:
Número de Cuenta:….………………………………………………………..…
Código de Cuenta Interbancario (CCI):……………………………………….
Tipo de Cuenta:………………………………………………………………….
Nombre del Banco:………………………………………………………………
Razón social:……………………………………………………………………..
Agradeceré se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados a la cuenta indicada.
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o de Servicio o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Para cualquier comunicación al respecto sírvase coordinar con:
Nombre y Apellidos de la Persona:…………………………………………
Correo electrónico y N° Telefónico:…………………………………………
Atentamente,
Firma del proveedor o su representante legal
Nombre y apellidos Xxxxx Social de la Empresa
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