DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
CONVOCATORIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
11065001-010-2017
CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS PARA EL ASEGURAMIENTO DE
BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS PARA EL EJERCICIO 2018.
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
Convocatoria
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
“CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS PARA EL ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS PARA EL EJERCICIO 2018”
|
Junta de Aclaraciones |
Presentación de propuesta y apertura |
Fallo |
Día Hora |
5/12/2017 |
11/12/2017 10:00 HRS" |
15/12/2017 |
Lugar |
LICITACIÓN ELECTRONICA Domicilio de la Convocante: Planta baja del edificio “O” del Plantel Colomos del Centro de Enseñanza Técnica Industrial ubicado en el número 1885 de la calle Nueva Escocia en la Colonia Providencia Xxxxxx Xxxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx. |
ÍNDICE
Numeral |
DESCRIPCIÓN DE LA CONVOCATORIA |
I. |
GLOSARIO. |
II. |
DATOS GENERALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. |
1. |
De la Entidad convocante y el área contratante. |
2. |
Medio a utilizar en la Licitación Pública y su carácter. |
3. |
Identificación de la convocatoria. |
4. |
Idioma. |
5. |
Disponibilidad presupuestaria. |
6. |
Particularidades del procedimiento. |
7. |
Área Requirente. |
III. |
OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN. |
1. |
Descripción y cantidad de los servicios a contratar. |
1.1 |
Plazo para la prestación de los servicios. |
1.2 |
Cantidades adicionales que podrán contratarse. |
1.3 |
Confidencialidad. |
2. |
Agrupación de los Servicios. |
3. |
Precio máximo. |
4. |
Normas oficiales. |
5. |
Cantidades a contratar. |
6. |
Modalidad de contratación. |
7. |
Abastecimiento simultáneo. |
8. |
Modelo de contrato. |
IV. |
Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de licitación pública. |
1. |
Reducción de plazos para la presentación y apertura de proposiciones. |
2. |
Fecha, hora, lugar y condiciones para la celebración de los actos del proceso. |
2.1 |
Obtención de la Convocatoria. |
2.2 |
Visita a las Instalaciones de la convocante. |
2.3 |
Junta de aclaraciones a la convocatoria. |
2.4 |
Acto de presentación y apertura de proposiciones. |
2.5 |
Presentaciones a través de CompraNet |
2.6 |
Notificación del Fallo. |
2.7 |
Firma del contrato. |
3. |
Vigencia de las proposiciones. |
4. |
Proposiciones conjuntas. |
5. |
Número de proposiciones permitidas por licitante. |
6. |
Presentación de la documentación distinta a las propuestas técnica y económica. |
7. |
Acreditación de la existencia legal del licitante. |
8. |
Documentos de las proposiciones que serán rubricados. |
9. |
Notificaciones a los licitantes participantes. |
V. |
REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES. |
1. |
Requisitos para la elaboración y preparación de las proposiciones. |
2. |
Propuesta Técnica. |
3. |
Propuesta económica. |
4. |
Condiciones de precios. |
4.1 |
Precios fijos |
5. |
De las verificaciones. |
VI. |
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. |
1. |
Criterios de evaluación, dictamen y adjudicación. |
2. |
Metodología de Evaluación. |
2.1 |
Criterios de evaluación técnica. |
2.2 |
Criterios de evaluación económica. |
3. |
Desechamiento de la proposición del licitante. |
VII. |
DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES DURANTE EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DE LA LICITACIÓN. |
1. |
Documentos que se deberá contener la proposición. |
|
Propuesta Técnica. |
|
Propuesta económica. |
|
Formato de acreditación. |
|
Identificación oficial vigente del licitante o en su caso, del representante o apoderado legal. |
|
Manifestación nacionalidad |
|
Manifestación MIPYME |
|
Escrito aceptación de la convocatoria |
|
Escrito del artículo 50 y 60 de la LAASSP. |
|
Declaración de Integridad. |
|
Escrito de aceptación para permitir visitas a sus instalaciones. (Formato Libre) |
|
Listado de principales clientes. (Formato libre) |
|
Conformidad de deficiencias o incumplimientos. (Formato libre) |
|
Escrito de entrega de la proposición. |
|
Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales (Artículo 32-D del CFF). |
|
Opinión de Cumplimiento de Obligaciones en materia de Seguridad Social |
|
Convenio de propuestas en conjunto. |
VIII. |
INCONFORMIDADES. |
IX. |
SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN. |
1. |
Suspensión de la licitación. |
2. |
Cancelación de la licitación. |
X. |
DECLARACIÓN DE LA LICITACIÓN O PARTIDA DESIERTA. |
XI. |
OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES. |
XII. |
CONTROVERSIAS. |
XIII. |
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. |
XIV. |
ASISTENCIA A LOS ACTOS PÚBLICOS DE LA LICITACIÓN. |
XV. |
COMBATE A LA CORRUPCIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. |
XVI. |
RELACIONES LABORALES. |
XVII. |
ASPECTOS CONTRACTUALES. |
1. |
Garantías. |
1.1 |
Garantía de Cumplimiento del Contrato. |
2. |
Condiciones de pago. |
2.1 |
Anticipos |
2.2 |
Del pago. |
2.3 |
Pagos progresivos. |
3. |
Penas convencionales. |
4. |
Deducciones al pago. |
5. |
Rescisión administrativa del contrato. |
6. |
Sanciones. |
7. |
Solicitud de prórrogas. |
8. |
Terminación anticipada del contrato. |
9. |
Calidad de los servicios. |
10. |
Facultad de supervisión de los servicios. |
11. |
Registro de derechos. |
12. |
Impuestos. |
XVIII. |
RECOMENDACIONES EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COORPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE) |
|
Anexos |
1 |
Especificaciones Técnicas. |
2 |
Propuesta económica. |
3 |
Formato de escrito de interés de participar requerido para la junta de aclaraciones. |
4 |
Formato para presentar solicitudes de aclaración para la Junta de Aclaraciones |
5 |
Formato de Acreditación |
6 |
Manifestación de nacionalidad |
7 |
Manifestación de MIPYME |
8 |
Carta de aceptación de convocatoria. |
9 |
Carta del artículo 50 y 60 de la LAASSP. |
10 |
Declaración de integridad. |
11 |
Escrito de entrega de la proposición. |
12 |
“Resolución Miscelánea Fiscal para el Ejercicio fiscal 2017 (Artículo 32-D del CFF)” |
13 |
Declaración de Discapacidad |
15 |
Solicitud de afiliación a cadenas productivas de NAFIN. |
16 |
Modelo de contrato. |
17 |
Carta compromiso “Lugar y Fecha de inicio de la Prestación de los Servicios”. |
|
ENCUESTA DE TRANSPARENCIA. |
GLOSARIO
Definición de términos.
Para efectos de esta convocatoria, adicionalmente a las definiciones contenidas en el artículo 2 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículo 2 de su Reglamento, se entenderá por:
Área Técnica: Es el Área Especializada designada como tal por el Área Requirente.
Área Responsable de Administrar y Verificar el cumplimiento del contrato: El Servidor Público señalado en el contrato para dar seguimiento a las obligaciones asumidas por las partes.
Área Requirente: Cualquiera de las Direcciones, Subdirecciones, Departamentos o Áreas que forman parte del CETI en los términos de su estructura orgánica autorizada que requieran la Adquisición o Arrendamiento de bienes o la contratación de Servicios.
Cadenas Productivas: Nacional Financiera es un mecanismo creado para realizar pago electrónico a proveedores de manera más ágil, pues brinda herramientas que facilitan los trámites de pago, otorgan liquidez a las pymes a un bajo costo, y fomenta la transparencia en este procedimiento.
Caso fortuito o de fuerza mayor: Xxxxx o acto imprevisible o inevitable generado por la naturaleza o por el hombre, que impide a una de las partes el cumplimiento de una obligación, sin culpa o negligencia de la parte afectada. Dejarán de ser fortuitos o de fuerzas mayores aquellas que se produzcan deliberadamente por el afectado o éste haya contribuido para que se produzcan.
CETI o Entidad: El Centro de Enseñanza Técnica Industrial.
Convocante: El Centro de Enseñanza Técnica Industrial que emite la presente Convocatoria de Licitación Pública Nacional.
Convocatoria: El presente documento que contiene las condiciones y requisitos que regirán y serán aplicados en este procedimiento de licitación pública y el (los) contrato (s) que se suscriba (n).
Contrato: Documento legal que constituye el acuerdo de voluntades entre “EL CETI” y el Licitante Ganador, por medio del cual se crean o transfieren las obligaciones y derechos objeto del presente procedimiento de contratación.
Convenio de Participación Conjunta: Instrumento jurídico mediante el cual el licitante o varios licitantes (personas físicas x xxxxxxx) establecen los derechos y obligaciones que contraerán de manera conjunta con la convocante, con el objeto de cumplir con los requisitos de la convocatoria, las bases de licitación y del contrato que se derive de la presente licitación.
Cuenta por Pagar: Derechos de cobro a favor de los proveedores o contratistas de “EL CETI”, dados de alta en cadenas productivas.
Factoraje O Descuento Electrónico: Acto mediante el cual un intermediario financiero adquiere la propiedad de las cuentas por pagar en cadenas productivas
Firma Electrónica de la Proposición: Es un proceso que consiste en aplicar la firma electrónica, a través del módulo de Firma Electrónica de Documentos de CompraNet, a los archivos generados por dicho sistema, los cuales contienen el resumen de los parámetros que conforman la propuesta técnica (TechnicalEnvelopeSummary.pdf) y/o la propuesta económica (PriceEnvelopeSummary.pdf), obteniendo como resultado que estos archivos tengan la extensión .p7m; con lo anterior se considerará la proposición firmada para efectos de la participación en el procedimiento de contratación.
Intermediario Financiero: Instituciones bancarias o no bancarias, que puedan realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas.
Licitante Ganador: La(s) persona(s) física(s) o moral(es) que resulte(n) con adjudicación en la partida de la presente Licitación Pública de acuerdo a lo que se especifique en el acta de Fallo respectiva.
LMR: Límite Máximo de Responsabilidad, monto hasta por el cual será responsable la aseguradora en caso de siniestro.
Precio Conveniente: Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación y a éste se le resta el porcentaje que determine la dependencia o entidad en sus políticas, bases y lineamientos.
Precio no aceptable: Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la presente licitación
Partida: Nombre, descripción y cantidad de los servicios.
Sobre: El sobre electrónico que se remita a través de CompraNet o de manera personal, que contenga la propuesta técnica, económica y la demás documentación solicitada por la convocante y cuyo contenido sólo puede ser conocido en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones en términos de la LAASSP.
Suma Asegurada: El valor de reposición de los bienes de las secciones de la póliza.
Testigos Sociales: Las personas físicas que pertenezcan o no a organizaciones no gubernamentales, así como las propias organizaciones no gubernamentales, que cuenten con el registro correspondiente ante la SFP, que a solicitud de “EL CETI”, por iniciativa propia, o a solicitud de la SFP podrán participar con derecho a voz en las contrataciones que lleve a cabo “EL CETI”, emitiendo al término de su participación un testimonio público sobre el desarrollo de las mismas.
Testimonio: Documento público que emitirá el Testigo Social al final de su participación y que contendrá las observaciones y, en su caso, recomendaciones derivadas de la misma.
Acrónimos.
DA: Dirección de Administrativa
SA: Subdirección de Administración
CETI: Centro de Enseñanza Técnica Industrial
CLABE: Clave Bancaria Estandarizada.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social.
IVA: Impuesto al Valor Agregado.
LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
LISF: Ley de Instituciones de Seguros y de Fianza.
LGRA: Ley General de Responsabilidades Administrativas
LFPA: Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
LFT: Ley Federal del Trabajo.
OIC: Órgano Interno de Control en “EL CETI”
POBALINES: Las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de “EL CETI” vigentes.
RLAASSP: Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SAT: Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SFP: Secretaría de la Función Pública.
SD: subdirección de Administración, es la Unidad Administrativa que fungirá como área contratante.
UMA: Unidad de Medida y actualización.
DATOS GENERALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.
DEL ÁREA CONVOCANTE Y EL ÁREA CONTRATANTE.
En cumplimiento a lo ordenado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, así como en los artículos 25; 26, fracción I; 26 Bis fracción II; 27; 28, fracción I; 29 de la LAASSP, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables; Centro de Enseñanza Técnica Industrial, Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio y que en este acto a través de la Subdirección de Administración como área contratante, ubicada en la planta baja del Edificio “O” del Plantel Colomos de “EL CETI” ubicado en el número 1885 de la calle Nueva Escocia en el Col. Providencia Quinta Sección, en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco., convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional descrita en la presente convocatoria.
MEDIO A UTILIZAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA Y SU CARÁCTER.
Con fundamento en lo previsto en el artículo 26 Bis fracción II de la LAASSP y conforme al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011, este procedimiento de contratación será ELECTRÓNICO, los LICITANTES para efecto de su proposición deberán enviar sus proposiciones a través de CompraNet, para lo cual se utilizarán medios de identificación electrónica, por lo que las comunicaciones producirán los efectos que señala el mencionado artículo.
La o las juntas de aclaraciones, acto de Presentación y apertura de propuestas y el acto de fallo, solo se realizarán a través de CompraNet y sin la presencia de los LICITANTES en dichos actos.
Asimismo, de conformidad a lo previsto en el artículo 28, fracción I de la LAASSP, este procedimiento de contratación tendrá el carácter de Nacional, por lo que sólo podrán participar proveedores mexicanos y los bienes a adquirir sean producidos en el país y cuenten, por lo menos, con un cincuenta por ciento de contenido nacional, el que se determinará tomando en cuenta la mano de obra, insumos de los bienes y demás aspectos que determine la Secretaría de Economía mediante reglas de carácter general, o bien, por encontrarse debajo de los umbrales previstos en los tratados, o cuando habiéndose rebasado éstos, se haya realizado la reserva correspondiente.
IDENTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
Para efectos de la identificación de la convocatoria del presente procedimiento de contratación, el sistema de CompraNet asignó para la misma el número LA-011L3P001-E127-2017, el cual en lo sucesivo se podrá usar como referencia a este procedimiento para cualquier asunto relacionado con el mismo.
La obtención de la presente CONVOCATORIA es gratuita, “EL CETI” la pondrá a disposición de los interesados en el domicilio arriba mencionado dentro del horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horas y de 17:00 a 18:00 horas; la CONVOCATORIA a su vez podrá ser consultada en el portal de xxxxx://XxxxxxXxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxx.xxxx.
IDIOMA.
El Idioma será en español. El contrato derivado de la presente licitación y la proposición que prepare el licitante, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella, que intercambie con la Convocante, deberán de redactarse en el idioma español, con excepción de los acrónimos que son propios de los servicios necesarios, objeto del presente procedimiento.
En caso de requerirse, el licitante entregará folletos, instructivos, manuales y/o anexos técnicos que acompañen en su proposición, deberán ser en idioma español o inglés, con traducción simple al español.
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
Los Recursos Presupuestarios a ejercer con motivo de la presente licitación, quedan sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente “EL CETI”, estos recursos estarán disponibles únicamente para el ejercicio 2018, bajo la partida Presupuestal número 34501 Seguro de Bienes Patrimoniales.
PARTICULARIDADES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
Ninguna de las condiciones contenidas en la presente convocatoria, así como en las proposiciones que presenten los licitantes podrá ser negociada.
Para lo no previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto por el artículo 11 de la LAASSP, su Reglamento y demás disposiciones legales y normativas aplicables.
Los anexos de la presente convocatoria, forman parte integral de la misma, por lo que los licitantes deberán de considerar la información solicitada en los mismos para efectos de la elaboración de su proposición, de acuerdo a los documentos solicitados para la misma en los términos del numeral VII de esta convocatoria.
ÁREA REQUIRENTES, ÁREAS TÉCNICAS Y ÁREA RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Para el presente procedimiento de contratación, se entenderá como Área Requirente, Área Responsable de Administrar y Verificar el Cumplimiento del Contrato que se suscriba como área técnica a las siguientes:
ÁREA REQUIRENTE, TÉCNICA Y RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
PARTIDAS |
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN |
1-3 |
El área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, tendrá la obligación de corroborar que el Licitante Ganador, preste los servicios, que se le adjudiquen, conforme a la propuesta técnica y económica que presente y de acuerdo a las fechas señaladas para la prestación de los servicios, para el efecto podrá auxiliarse del personal adscrito a dicha área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato; cuando los servicios se entreguen conforme a lo establecido en la presente convocatoria, sus anexos, su(s) junta (s) de aclaraciones, la propuesta técnica y económica del licitante ganador y el contrato que se suscriba, el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato procederá a solicitar los pagos en los términos previstos para el efecto en la presente convocatoria.
Para efecto de lo anterior, el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, notificará mediante memorándum al área requirente de los servicios, para que en conjunto con el área técnica verifiquen que los servicios se prestaron con los requerimientos y especificaciones técnicas requeridas, de conformidad a lo señalado en el Numeral III Apartado 1.1 Plazo y condiciones para la prestación de los servicios de la presente convocatoria.
Si del seguimiento y verificación que realice al contrato respectivo el Área Responsable de Administrar y verificar el cumplimiento del contrato, según corresponda a la partida, resulta que el Licitante Ganador concluida la fecha para la prestación de los servicios cumplió satisfactoriamente con todas sus obligaciones frente a “El CETI”, prestación de los servicios atendiendo a los requisitos establecidos por la convocante para considerar que los mismos fueron prestados en tiempo y forma, ha cubierto cualquier adeudo que tenga con “EL CETI” derivado de la prestación de los servicios y ha presentado las garantías de los servicios previstas en la presente convocatoria, el área requirente emitirá un escrito en donde manifieste su conformidad respecto a la prestación de los servicios contratados a entera satisfacción; no obstante, dicho escrito de conformidad no libera al proveedor de las obligaciones derivadas de la garantía de los servicios prestados conforme a lo establecido en la presente convocatoria, sus anexos, la junta de aclaraciones, el contrato que se suscriba.
En el supuesto de que los servicios no se presten conforme a lo pactado, el Área Responsable de Administrar y Verificar el Cumplimiento del Contrato, el Área Requirente, el Área Técnica y el Área Contratante según corresponda, realizarán las gestiones y acciones que conforme a esta convocatoria y la normatividad aplicable en la materia deban ejecutar para los efectos que al respecto procedan.
Objeto y alcance de la licitación.
DESCRIPCIÓN Y CANTIDAD DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR.
El objeto de la presente convocatoria es la “CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS PARA EL ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS PARA EL EJERCICIO 2018”.
Los servicios se deberán entregar de acuerdo a la (s) fecha (s), xxxxx (xx) x xxxxxxxxxx xxxxxxxxx xx xx Xxxxx 0 “Propuesta Técnica”, en el cual se establece la descripción, especificaciones, cantidades, características y condiciones de los servicios; por lo que las proposiciones de los licitantes deberán apegarse a dicho anexo.
Para el objeto de la presente contratación, “EL CETI” requiere que los licitantes cumplan con las obligaciones laborales respecto de todos y cada uno de los recursos humanos que emplee para la prestación de los servicios que se convocan, en términos de lo señalado en el numeral XVI “Relaciones Laborales” de este documento.
La adjudicación se realizará por partida, dependiendo de las características de las proposiciones que se presenten y a la proposición solvente que oferte el precio más bajo, la cual deberá cumplir legal, administrativa y técnicamente con todo lo solicitado en la presente convocatoria de licitación, sus anexos y sus juntas de aclaraciones.
Los licitantes deberán ofertar económicamente los servicios solicitados conforme a lo señalado en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de la presente convocatoria para las partidas objeto de esta licitación en la que participan.
Los licitantes que deseen participar, deberán tener el giro comercial en apego a las características de los servicios solicitados en la presente licitación.
Plazo y condiciones para la prestación de los servicios.
El período de la prestación del servicio objeto de la presente licitación será a partir del 1 de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2018. En el entendido de que el objeto del contrato que para el efecto suscriban los licitantes ganadores y la convocante, se mantendrá vigente hasta la totalidad de la prestación de los servicios y las partes cumplan con todas y cada una de las obligaciones que deriven de la relación contractual respectiva.
El (los) licitante(s) ganador(es) para la prestación de los servicios objeto del presente procedimiento, deberá de apegarse a lo especificado en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de esta convocatoria, sus anexos, la(s) junta(s) de aclaraciones, las propuestas del Licitante Adjudicado y su contrato.
Todas las erogaciones y gastos que para la prestación de los servicios haga(n) el(los) proveedor(es) por concepto de pagos a su personal, adquisición, transporte, amortizaciones, viáticos, mantenimientos, adquisición de materiales, útiles, artículos, primas de seguros y deducibles, impuestos y por cualquier otro concepto serán directamente a cargo del (los) Licitante (s) Ganador (es).
El tipo de transportación durante la prestación del servicio objeto del contrato que se suscriba, será el que el (los) proveedor(es) considere(n) conveniente(s) y correrá por su cuenta y riesgo, responsabilizándose de que los servicios objeto del contrato que se suscriba se presten en el xxxxx xxxxxxxx xx xx XXXXX 0 “Propuesta Técnica”, considerándolo en su precio unitario.
De conformidad con el artículo 52 de la LAASSP, “EL CETI”, dentro de su presupuesto aprobado y disponible y por razones fundadas y explícitas, podrá incrementar las cantidades de los servicios, el monto del contrato o ampliar la vigencia del contrato, mediante las modificaciones al o los contratos vigentes derivados de la presente licitación y sin tener que recurrir a la celebración de un nuevo procedimiento de contratación, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente.
Las modificaciones al o los contratos se pactarán mediante convenio modificatorio y su cumplimiento deberá ser garantizado por el Licitante Adjudicado mediante póliza de fianza, garantizando las cantidades o montos del mencionado convenio.
El Licitante Adjudicado se compromete a mantener en estricta confidencialidad la información y documentación que le proporcione “EL CETI” para el desarrollo del contrato, asimismo, no revelará durante la vigencia del contrato o con posterioridad, ninguna información que utilice y/o sea propiedad de ”EL CETI” relacionada con el contrato.
En caso de que el Licitante Adjudicado durante la vigencia del contrato, revele, divulgue, comparta, ceda, traspase, venda o utilice indebidamente la información que con carácter confidencial y reservada le proporcione “EL CETI”, de acuerdo a lo establecido en el Título Tercero de la Ley de la Propiedad Industrial y en lo conducente por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad en materia de acceso a la información y protección de datos personales, “EL CETI” tendrá derecho de rescindir administrativamente el contrato conforme a la cláusula respectiva del contrato que derive de la presente licitación.
Adicionalmente, el(los) licitante(s) ganador(es) se obliga(n) a dejar a salvo a “EL CETI” de cualquier controversia y en su caso, cubrir los daños y perjuicios ocasionados por revelar, divulgar, compartir, ceder, traspasar, vender o utilizar indebidamente la información que con carácter confidencial y reservada, le proporcione “EL CETI”, en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
AGRUPACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Los Servicios objeto de la presente licitación, se conforman por 3 tres Partidas mismas que se detallan en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de la presente convocatoria.
PARTIDAS |
DESCRIPCIÓN |
1 |
SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES CON FLOTILLA VEHICULAR |
2 |
SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES, VIDA Y ACCIDENTES PERSONALES |
3 |
SEGURO DE RETIRO |
La Convocante en el presente procedimiento de contratación no limita la libre participación y adjudicará por partida al(los) licitante(s) que oferte(n) las mejores condiciones y cumpla(n) con los requisitos técnicos, administrativos y legales que se solicitan en la presente convocatoria.
PRECIO MÁXIMO.
Para el presente procedimiento de contratación no se establece precio máximo.
NORMAS OFICIALES Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS.
Los Servicios que se oferten, deberán cumplir con las características y especificaciones señaladas en la presente convocatoria; deberán prestarse con calidad, oportunidad y eficiencia, cumpliendo en su caso, con las normas oficiales, normas oficiales mexicanas e internacionales solicitadas en el Anexo 1 “Propuesta Técnica”, además la convocante verificara que las propuestas cumplan con la normatividad aplicable en materia de Seguros y Fianzas.
En específico el Licitante Adjudicado deberá cumplir con los estándares xx xxxxxxx y autorizaciones para este tipo de Servicios tomando como referencia lo solicitado en el Anexo 1 “Propuesta Técnica”.
El Licitante Adjudicado queda obligado ante la Convocante a responder por la falta y/o deficiencia de la calidad de los servicios contratados, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en la presente convocatoria, sus anexos, en las juntas de aclaraciones y en el contrato respectivo, así como en la legislación aplicable.
CANTIDADES A CONTRATAR.
El(los) contrato(s) que derive(n) de la presente licitación será(n) contrato(s) con cantidades determinadas, tomando en consideración las cantidades establecidas en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de esta convocatoria y lo que en su caso se establezca en las juntas de aclaraciones a la misma.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN.
La presente licitación no estará sujeta a ninguna modalidad de ofertas subsecuentes.
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO.
La convocante adjudicará a la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que de entre los licitantes reúna(n) las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por “EL CETI” que garantice(n) satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones a contratar, resultando así solvente(s), y a aquel (aquellos) que haya(n) ofertado el precio más bajo.
De conformidad con el párrafo anterior, “EL CETI” adjudicará el contrato por la totalidad de la partida a un solo licitante, por lo que no se considera el abastecimiento simultáneo en el presente procedimiento de contratación.
MODELO DE CONTRATO.
Para efecto de la formalización de la contratación, se adjunta a la presente convocatoria como Anexo 16, el modelo de contrato correspondiente, el cual constituye un formato exclusivamente y será ajustado de conformidad a la Junta de Aclaraciones y Propuesta presentada por el licitante ganador y en el cual se establecen las condiciones y características a las cuales se sujetarán las partes para la prestación de los servicios.
Para los efectos de esta contratación, la presente convocatoria de licitación, sus anexos, sus juntas de aclaraciones, el contrato que de ella derive y sus anexos, son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. En caso de existir discrepancia entre el contrato que se firme y la presente convocatoria, prevalecerá lo dispuesto en el cuerpo general de la convocatoria y sus anexos, así como lo señalado en las juntas de aclaraciones a la misma.
Con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que se practiquen a la convocante, en los términos de lo dispuesto por el artículo 107 del Reglamento de la LAASSP, y en caso de requerírsele, el Licitante Adjudicado deberá proporcionar al Órgano Interno de Control en el Centro de Enseñanza Técnica Industrial, la información y/o documentación relacionada con el contrato adjudicado que resulte de este procedimiento de contratación.
Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de licitación pública.
Reducción de plazos para la presentación y apertura de proposiciones.
Para el presente procedimiento de licitación, NO se contempla la reducción de plazos para la presentación y apertura de proposiciones.
Fecha, hora, lugar y condiciones para la celebración de los actos del proceso.
Obtención de la Convocatoria.
Los licitantes podrán obtener la convocatoria en versión electrónica sin costo en la página de CompraNet en la dirección xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/, o en las oficinas de la Convocante ubicadas en Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx 0x Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx XX. 00000, Lada 33 Tels. 3641-3732, 3641-3308, 3641-3373, 3641-3545, 3641-3250 y 3642-2494 en la dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxx.xxx?xxxxxxxxxx_xxxxxxxx&xxx000&xxxxxxx
Por tratarse de un procedimiento de Licitación Pública ELECTRÓNICA, para poder participar en él, los licitantes deberán manifestar su interés de participar en el sistema de CompraNet a más tardar una hora antes de que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones (indicado en la carátula de la presente), en la siguiente dirección: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/.
Visita a las instalaciones de la convocante.
Para el presente procedimiento no aplica la visita a instalaciones
Junta de aclaraciones a la Convocatoria.
La Junta de Aclaraciones a la presente convocatoria se llevará a cabo el día, hora y en el lugar que se señala en la carátula de la presente Convocatoria.
La(s) junta(s) de aclaraciones que la convocante determine realizar, se llevará(n) a cabo conforme a lo establecido en el artículo 33 Bis de la LAASSP y artículos 45 y 46 de su Reglamento, por lo que los licitantes deberán estar a lo dispuesto en los mismos para efecto de su participación en dicha(s) junta(s).
Las solicitudes de aclaración a la presente Convocatoria que formulen los licitantes, deberán presentarse a través de CompraNet de la siguiente forma:
Por escrito preferentemente en papel membretado y/o identificado con el nombre, denominación o razón social del licitante y firmado por su propio derecho o por el representante legal del licitante, pudiendo utilizar para ello el formato proporcionado como Anexo 4 “Formato para presentar solicitudes de aclaración para la Junta de Aclaraciones” de la presente convocatoria.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la presente convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona, debiendo remitir adicionalmente a la versión firmada del documento, una versión en formato editable (Word 97-2010 o PDF editable, no imagen).
Los licitantes deberán adjuntar a su solicitud de aclaración un escrito en el que expresen su interés en participar en la presente licitación (Anexo 3), debidamente firmado por sí o por representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos del interesado y, en su caso del representante, conteniendo como mínimo:
Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante legal. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y
Del representante o apoderado legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación legal.
Sólo tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración en relación con la convocatoria a la licitación pública las personas que presenten el escrito de interés señalado en este punto.
Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados en los puntos anteriores, podrán ser desechadas por la convocante.
Las solicitudes de aclaración y el correspondiente escrito de interés se podrán enviar a partir de la publicación de la convocatoria en CompraNet y a más tardar 24:00 (veinticuatro horas) antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la primer Junta de Aclaraciones, mismas que serán dirigidas a la Subdirección de Administración.
Cuando el escrito a que se refiere el párrafo anterior se presente en CompraNet fuera del plazo previsto anteriormente o al inicio de la primera junta de aclaraciones, el licitante sólo tendrá derecho a formular preguntas sobre las respuestas que dé la convocante en la mencionada junta.
Las preguntas y el escrito de interés deberán ser presentados mediante: el Sistema CompraNet.
La convocante tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del licitante, la que registre CompraNet al momento de su envío.
Al concluir la primera Junta de Aclaraciones, la Convocante podrá señalar la fecha y hora para la celebración de ulteriores juntas.
En caso de determinarse que habrá recesos, una o más Juntas de Aclaraciones, se hará constar en el acta respectiva especificando hora, lugar y fecha de su celebración.
La convocante procederá a enviar a través de CompraNet, las contestaciones a las solicitudes de aclaración recibidas a partir de la hora y fecha señaladas en la convocatoria para la celebración de la junta de aclaraciones. En razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o algún otro factor no imputable a la convocante, el servidor público que presida la junta de aclaraciones, informará a los licitantes a través de CompraNet si éstas serán enviadas en ese momento o si se suspenderá la sesión para reanudarla en hora o fecha posterior a efecto de que las respuestas sean remitidas.
Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior, los licitantes contarán con un plazo máximo de seis horas contadas a partir de que sean publicadas en CompraNet, para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas. Una vez recibidas las preguntas adicionales que en su caso se reciban por CompraNet, la convocante informará a los licitantes el plazo máximo en el que enviará las contestaciones correspondientes.
“EL CETI” publicará en el estrado señalado en el numeral IV, punto 9 de la presente convocatoria, copia del acta derivada de la Junta de Aclaraciones para consulta de los interesados.
Asimismo, se difundirá un ejemplar del acta de la junta de aclaraciones en CompraNet para efecto de su notificación, por lo que a los Licitantes se les tendrá por notificados y enterados de todos los puntos tratados en ésta, a partir del momento mismo de su publicación en CompraNet, este procedimiento sustituye a la notificación personal, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 37 Bis, último párrafo de la LAASSP.
De ser necesario, durante la Junta de Aclaraciones, la convocante podrá proporcionar instrucciones adicionales a los licitantes, las cuales no desvirtuarán el contenido de la convocatoria y deberán ser consideradas como parte integrante de la misma, siendo obligatorias para todos los licitantes, por lo que los licitantes deberán considerar en sus proposiciones las respectivas modificaciones y/o agregados, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, penúltimo párrafo de la LAASSP.
Acto de presentación y apertura de proposiciones.
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo conforme a lo dispuesto por los artículos 34 y 35 de la LAASSP; así como 47, 48, 50 y 55 de su Reglamento.
Éste se llevará a cabo el día, hora y en el lugar que se señala en la carátula de la presente Convocatoria.
Para los efectos de lo señalado en los artículos 26 Bis fracción II de la LAASSP y 47 del Reglamento de la citada Ley, el acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará sin la presencia de los licitantes.
A la hora señalada para este acto, se procederá a cerrar el recinto, por lo que una vez hecho lo anterior no se permitirá el acceso a observador social alguno, ni a servidor público alguno que no esté relacionado con la licitación. Este acto se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
En el momento que se indique, se realizará la declaración oficial de apertura del acto.
Se procederá a realizar la consulta en CompraNet para verificar si existen proposiciones para la presente licitación.
Se realizará la apertura de las proposiciones, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido.
El servidor público de “EL CETI” que presida el acto, será la única persona facultada para tomar todas las decisiones durante la realización del mismo.
Se dará lectura a los precios, que los licitantes ofertan para las partidas en las que participan, y se plasmarán en el acta del evento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del RLAASSP, cuando la Convocante detecte un error de cálculo en alguna proposición podrá llevar a cabo su rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número prevalecerá la primera, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse, lo cual deberá de ser aceptado por el licitante, caso contrario se desechará su proposición.
El servidor público que preside el acto, junto con los servidores públicos presentes en el acto, rubricarán los documentos de las proposiciones presentadas correspondientes a los señalados en el numeral VII, punto 1, apartados 1.1, 1.2 y 1.13 de la presente Convocatoria.
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto, en la que se harán constar las proposiciones recibidas para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas, el acta será firmada por los asistentes, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los interesados para efectos de su notificación.
Asimismo, en el acta se señalará la fecha y hora en que se dará a conocer el fallo del proceso.
Todos los documentos presentados, quedarán en poder y resguardo de la Convocante para su revisión detallada, análisis y dictamen.
Firma del acta.
Posterior a la realización de este evento, la convocante a través del área técnica o requirente si fuere la misma, realizará el análisis técnico detallado de las proposiciones aceptadas, mismo que se señalará en el Fallo.
Presentación de proposiciones a través de CompraNet.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 26 Bis fracción II de la LAASSP, la entrega de proposiciones se deberá realizar a través del sistema CompraNet; para tal efecto, con fundamento en el artículo 27 de la LAASSP y de conformidad al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011, los licitantes deberán certificarse previamente por la Secretaría de la Función Pública, debiendo observar lo dispuesto en dicho Acuerdo para efectos del acceso y uso de CompraNet.
Para poder participar en la presente licitación, será necesario manifestar su interés de participar en la misma en la página de CompraNet a más tardar un minuto antes de la hora establecida para llevar a cabo el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones (indicado en la carátula de la presente), en la siguiente dirección: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/.
Instrucciones para elaborar y remitir la proposición por CompraNet:
Para el envío de las proposiciones, que contienen la propuesta técnica y económica, así como los documentos legales y administrativos requeridos por la convocante en el numeral VII de esta convocatoria, el licitante deberá utilizar el sistema CompraNet, mediante correo ´postal mexicano o personalmente en las oficinas de la Convocante.
Se hace la mención de que en caso que utiliza el sistema CompraNet se recomienda que el tamaño de cada archivo a cargar sea de hasta 25 Mb, sin embargo el sistema acepta archivos de máximo 100 Mb.
Las propuestas técnica y económica deberán elaborarse conforme a lo señalado en el numeral V de la presente convocatoria. Los documentos que integren la proposición conforme a lo señalado en el numeral anterior, a elección del licitante deberán enviarse en alguno de los formatos siguientes:
Microsoft Word y Excel para Windows versión 97-2010, PDF y archivos de imagen tipo: JPG o GIF, éstos podrán cargarse al sistema en carpetas comprimidas tipo: ZIP o RAR.
Preferentemente, deberán identificarse cada una de las páginas que integran la proposición con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes y número de Licitación, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Adicionalmente, deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa, la firma electrónica avanzada que emite el SAT para el cumplimiento de obligaciones fiscales, la que para tal fin deberá certificarse previamente por la SFP, conforme a la disposición 14 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011.
Toda vez que el presente procedimiento de contratación es "ELECTRÓNICO" de conformidad con lo señalado en el artículo 26 Bis, fracción ll de la LAASSP, para efectos de la firma de la proposición en sustitución de la firma autógrafa, los licitantes deberán firmar electrónicamente mediante la utilización de la firma electrónica avanzada, el resumen de los parámetros que conforman la proposición técnica (TechnicalEnvelopeSummary.pdf) y/o económica (PriceEnvelopeSummary.pdf) que le generará CompraNet en formato PDF, cabe aclarar que dichos nombres son los que CompraNet asigna predeterminadamente a los mismos, pero los licitantes podrán guardarlos con cualquier nombre, se recomienda “Propuesta Técnica Firmada” y “Propuesta Económica Firmada”.
Para efecto de la firma electrónica de la proposición, para que se considere que la proposición se envió firmada, cada uno de los archivos señalados en el párrafo anterior deberá firmarse utilizando el módulo de firma electrónica de documentos con el que cuenta CompraNet y cargarse en el área correspondiente, obteniendo como resultado que estos archivos tengan la extensión ".p7m". Por lo tanto se consideraran propuestas electrónicas no firmadas cuando no se incluyan los dos archivos antes descritos con la citada extensión ".p7m".
Es importante señalar que independientemente de que la convocante haya solicitado o no la firma de uno o más anexos, el licitante deberá firmar electrónicamente la proposición; así como que para los documentos que integran la proposición, la convocante en el apartado 2.5.2 de este punto, establece el tipo de archivo esperado para los mismos, por lo que los licitantes deberán considerar que si se anexan archivos firmados (extensión .p7m) distintos a los indicados en los dos párrafos anteriores sin haber sido requeridos de esa manera, en el caso de que éstos no se puedan abrir será motivo para que la convocante deseche la proposición.
El licitante podrá enviar hasta un minuto antes del acto de presentación y apertura de proposiciones conforme a lo señalado en la carátula de la presente convocatoria, el total de la información correspondiente a su propuesta técnica y económica o las modificaciones a las mismas (si ya se había enviado una proposición pero se modifica alguna de las propuesta, el sistema la toma por no presentada a menos que se alcance a enviar dentro del límite establecido). Una vez alcanzada la fecha y hora de inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, el licitante no podrá enviar su proposición o modificación de la misma, posteriormente no se aceptará ninguna proposición.
Aún y cuando el licitante haya iniciado la incorporación en CompraNet de alguna propuesta, si la fecha y hora límite para el envío de la proposición se cumple durante ese lapso, el sistema no le permitirá continuar y se tendrá por no presentada.
Los licitantes al momento de capturar su oferta económica en CompraNet, deberán únicamente seleccionar aquellas partidas que sean de su interés, dejando sin seleccionar las demás partidas; no se deberán capturar partidas con precios unitarios en cero.
Los Licitantes que para efecto de su participación en esta licitación decidan remitir sus propuestas por medio del Sistema CompraNet, aceptan que se tendrán por no presentadas sus proposiciones y demás documentación requerida por la convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la convocante, cuando así lo determine mediante dictamen el responsable informático de EL CETI”.
Los sobres serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable, mediante CompraNet.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuestas, por causas ajenas a CompraNet o de la convocante, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la convocante difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto, lo anterior de acuerdo a lo previsto en el artículo único, numeral 30 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011.
La SFP podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a la propuesta que obre en su poder.
Notificación del Fallo.
El Fallo se emitirá dentro del término de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 35, fracción III de la LAASSP.
El Acto de comunicación y notificación del Fallo se realizará en junta pública y con o sin la presencia de los licitantes, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 26 Bis fracción II, segundo párrafo y 37 de la LAASSP, la cual se llevará a cabo el día, hora y en el lugar que se señala en la carátula de la presente Convocatoria, en el domicilio de la Convocante ubicado en Plantel Colomos de EL CETI” ubicado en el número 1885 de la calle Nueva Escocia en el Col. Providencia Quinta Sección, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco
La fecha para este acto podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha programada inicialmente para el acto de comunicación del Fallo señalado en la presente Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35, fracción III de la LAASSP y último párrafo del artículo 48 del RLAASSP.
A la hora señalada para este acto, se procederá a cerrar el recinto y se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
En el momento que se indique, se realizará la declaración oficial de apertura del acto.
Se efectuará la presentación de los servidores públicos participantes.
Se procederá a dar lectura del acta de Fallo de la presente licitación.
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración de la comunicación del Fallo; el acta y el fallo serán firmados por los asistentes que así lo deseen.
Firma de acta.
El Fallo para efectos de su notificación, se dará a conocer en junta pública a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieran presentado proposición, entregándoseles copia del mismo y levantándose el acta respectiva. Asimismo, el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública, se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, lo anterior de conformidad con el artículo 37, quinto párrafo de la LAASSP.
Firma del contrato.
La formalización del contrato deberá realizarse en la fecha que se señale en el acta de Fallo del presente procedimiento de contratación, siendo aplicable lo dispuesto por el artículo 46 de la LAASSP en caso de que no se firme en el tiempo establecido. El licitante ganador por sí mismo o a través de su representante o apoderado legal deberá presentarse a firmar el contrato por duplicado en las oficinas de la Jefatura de Recursos Materiales de la Convocante, ubicadas Plantel Colomos de “EL CETI” ubicado en el número 1885 de la calle Nueva Escocia en el Xxx. Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, con la Subdirectora de Administración, en un horario de las 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 17:30 horas de lunes a viernes, en días hábiles.
El licitante ganador por sí mismo o a través de su representante o apoderado legal para la firma del contrato deberá presentar la siguiente documentación en original o copia certificada para su cotejo y en copia simple y legible:
Cédula del Registro Federal de Contribuyentes.
Comprobante de domicilio (recibo telefónico o recibo de energía eléctrica CFE), con antigüedad no mayor a tres meses a la firma del contrato.
Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que sus trabajadores no tendrán con esta Entidad ninguna relación laboral y que únicamente su representada será la obligada para afrontar las obligaciones laborales, fiscales, de seguridad social o de cualquier otra naturaleza que pudieran surgir con motivo de los pactos y/o contratos que celebre con sus empleados (en electrónico, en PDF y firmados por todas sus partes), de conformidad a lo señalado en el numeral XVI “Relaciones laborales” de la presente convocatoria.
En el supuesto de que resulte adjudicada una propuesta conjunta, el convenio indicado en el numeral IV, punto 4 y numeral VII, punto 1, apartado 1.17 de la presente convocatoria y la acreditación de las facultades del apoderado legal que formalizará el contrato respectivo, deberán presentarse en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad.
Copia de un estado de cuenta bancario al que se realizarán los depósitos de pago, en dicho estado de cuenta se debe apreciar: nombre del banco, titular de la cuenta (deberá corresponder al nombre o denominación del licitante), domicilio, numero de la cuenta y la clave bancaria estándar (CLABE);
En caso de que el monto total del contrato supere los trescientos mil pesos, el documento actualizado expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal Vigente –Anexo 12 “Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2018”-; Para el caso de propuestas conjuntas, el cumplimiento a las disposiciones precedentes deberá darse por cada uno de los consorciados.
En el caso de que el licitante haya presentado su manifestación de XXXXXX, deberá presentar copia de su última declaración anual de impuestos y de la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y
Personas físicas:
Identificación oficial.
Acta de nacimiento o Carta de Naturalización expedida por autoridad competente.
Clave Única de Registro de Población.
En caso de que a la firma del contrato se presente un representante o apoderado legal, éste deberá acreditar su personalidad fehacientemente en términos xx xxx, e identificarse con documento oficial (poder notarial certificado ante fedatario público en el cual se otorgue al representante legal poder general para actos de administración o poder especial para suscribir contratos o convenios o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de licitación o adjudicación en el Gobierno Federal o su equivalente).
Personas Xxxxxxx:
Acta constitutiva y sus modificaciones certificadas ante fedatario público y previamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Poder notarial certificado ante fedatario público en el cual se otorgue al representante o apoderado legal poder general para actos de administración o poder especial para suscribir contratos o convenios, o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de licitación o adjudicación en el Gobierno Federal o su equivalente.
Identificación oficial del representante legal.
NOTA: Todos los documentos solicitados deberán estar vigentes, no presentar tachaduras ni enmendaduras, los documentos solicitados en original o copia certificada serán con el fin de efectuar su cotejo.
El Licitante Ganador no podrá gravar o ceder a otras Personas Físicas x Xxxxxxx, ya sea todo o en partes los derechos y obligaciones que se deriven del contrato, salvo los de cobro, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento de la Convocante, mediante escrito dirigido la Dirección Administrativa en el que se mencionen los motivos por los que se ceden dichos derechos y los datos generales del beneficiario, no obstante lo anterior la factura deberá ser emitida por el Licitante Ganador y el que suscriba el contrato.
En caso de que el licitante ganador incumpla en la firma del contrato, se procederá a adjudicar el contrato al licitante que hubiere obtenido el segundo lugar, de acuerdo al orden del resultado en el cuadro comparativo que de origen al fallo; y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, tratándose de contrataciones en las que la evaluación se haya realizado mediante puntos y porcentajes o costo beneficio, se podrá adjudicar al segundo lugar, dentro del margen del 10% (diez por ciento) de la puntuación, de conformidad con lo asentado en el Fallo correspondiente, y así sucesivamente en caso de que éste último no acepte la adjudicación, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 segundo párrafo de la LAASSP.
En el supuesto de que el Licitante Ganador no se presente a firmar el contrato por causas que le sean imputables, será sancionado en los términos del artículo 60 de la LAASSP.
Vigencia de las proposiciones.
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos para el acto de presentación y apertura de proposiciones, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del presente procedimiento de Licitación Pública hasta su conclusión.
La Convocante devolverá, en su caso, las muestras que hubieren entregado como parte de las proposiciones desechadas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones se conservarán hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes, agotados dichos términos, “EL CETI” podrá proceder a su devolución o en caso de no haberse realizado solicitud alguna, a su destrucción
Proposiciones conjuntas.
Se hace la mención que, dos o más licitantes, que no se encuentren en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60 de la LAASSP, podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx; para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establecerán con precisión las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas, utilizando para ello los medios de identificación electrónica autorizados por la SFP, lo anterior de conformidad a lo dispuesto por el artículo 34, tercer párrafo de la LAASSP, artículo 44 del RLAASSP.
Al efecto, los interesados podrán agruparse para presentar una proposición en la presente licitación pública, cumpliendo los siguientes aspectos:
Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en el procedimiento de contratación;
Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
Nombre, Domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
Nombre y domicilio de los representantes o apoderados legales de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el presente procedimiento de licitación pública;
Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del presente procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
El representante común de la agrupación deberá señalar de manera clara en su proposición, que ésta se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción II de este punto se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos;
Los demás que la convocante señale en esta convocatoria.
Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos de la presente licitación y del contrato que en su caso se suscriba, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.
Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicar mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
Número de proposiciones permitidas por licitante.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición para la presente licitación pública.
Presentación de la documentación distinta a las propuestas técnica y económica.
Los licitantes deberán presentar, dentro del sobre su proposición, la documentación distinta a la que conforma las propuestas técnica y económica, misma que forma parte de su proposición.
Acreditación de la existencia legal del licitante.
Los licitantes podrán acreditar su existencia legal y, en su caso, la personalidad jurídica de su representante, mediante el documento solicitado en el numeral VII, punto 1, apartado 1.3., utilizando para ello el formato xxxxxxxx xx xx Xxxxx 0 “Formato de Acreditación” de la presente convocatoria, debiendo adjuntar a su proposición los documentos que acrediten lo anterior:
De la persona moral:
El acta constitutiva y sus modificaciones certificadas ante fedatario público y previamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, y
Poder notarial certificado ante fedatario público en el cual se otorgue al representante o apoderado legal poder general para actos de administración o poder especial para suscribir contratos o convenios, o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación o adjudicación en el Gobierno Federal o su equivalente.
De la persona física:
El acta de nacimiento, y
En su caso, poder notarial certificado ante fedatario público en el cual se otorgue al representante o apoderado legal poder general para actos de administración o poder especial para suscribir contratos o convenios, o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación o adjudicación en el Gobierno Federal o su equivalente.
Documentos de las proposiciones que serán rubricados.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones el servidor público que presida el evento, en los términos de la fracción II del artículo 35 de la LAASSP, deberá rubricar de cada proposición presentada, los siguientes documentos, mismos que son solicitados en el numeral VII de esta convocatoria:
1.1 Propuesta Técnica.
1.2 Propuesta Económica.
1.15 Escrito de entrega de la proposición.
Notificaciones a los licitantes participantes.
Las notificaciones a los licitantes respecto de los actos del presente procedimiento de contratación (que inicia a partir de la publicación de la convocatoria en CompraNet y culmina con la emisión del fallo) se realizarán a través de CompraNet, dicho procedimiento sustituye a la notificación personal; asimismo se fijará copia de las actas levantadas, en el estrado de esta Entidad, mismo que se encuentra ubicado en plantel Colomos de “EL CETI” ubicado en el número 1885 de la calle Nueva Escocia en el Xxx. Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, lo anterior por un periodo no menor de 5 (cinco) días hábiles; sin perjuicio de lo anterior se hace del conocimiento de los licitantes, que las actas levantadas con motivo de los diversos actos que conlleva el presente procedimiento de contratación que nos ocupa, se encontrarán a su disposición en las oficinas de la Jefatura de Recursos Materiales.
Cualquier tipo de notificaciones que se practiquen durante la vigencia del contrato o durante un procedimiento administrativo derivado del mismo, se llevarán a cabo en el domicilio y/o correo electrónico que para ese efecto señale y autorice expresamente el licitante conforme al Anexo 5 “Formato de Acreditación” de la presente convocatoria y al que se establezca en el contrato que se suscriba, siendo suficiente para la Convocante que las notificaciones que se practiquen por correo electrónico serán legalmente validas cuando “EL CETI”, obtenga confirmación de recepción generada automáticamente por el correo electrónico de ésta, lo anterior de conformidad a lo establecido por el artículo 35 de la LFPA.
Para aquellas notificaciones que los licitantes o proveedores realicen a “EL CETI”, éstas deberán ser mediante escrito presentado en la oficialía de partes del área requirente, del área técnica, del área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, o en su caso de Jefatura de Recursos Materiales, según corresponda y dirigidos al titular respectivo.
REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES.
Requisitos para la elaboración y preparación de las proposiciones.
Para efecto de la elaboración y preparación de las proposiciones, los licitantes deberán observar lo señalado a continuación:
El sobre deberá contener necesariamente TODOS los documentos señalados en el numeral VII de esta convocatoria, así como el convenio en caso de proposiciones conjuntas en caso de que la proposición se presente en esta modalidad, salvo los documentos señalados como opcionales.
Deberán ser presentadas en el idioma establecido en la presente convocatoria.
Deberán ser firmadas por el licitante, para lo cual en caso de ser remitidos por el sistema CompraNet en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca la SFP, de acuerdo a lo ya señalado en el numeral IV, punto 2, apartado 2.5, numero 2.5.4 de la presente convocatoria.
Se solicita que la documentación referida se presente preferentemente en papel membretado del licitante, en el mismo orden que se señala en el numeral VII de la presente convocatoria. La documentación solicitada deberá exhibirse sin tachaduras ni enmendaduras.
Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que envíe el licitante.
En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no desechará la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco desechará la proposición.
Se señala que de considerar la participación de forma conjunta, el cumplimiento del numeral IV, punto 4 de la presente convocatoria será obligatorio.
Los licitantes deberán cumplir con todos los requisitos técnicos solicitados, ya sea separada o conjuntamente, a condición de que se indique puntualmente la correlación que guarda el cumplimiento de cada requisito solicitado con las obligaciones de los consorciados frente a la convocante de tal manera que se cumpla al cien por ciento con todos los requisitos que incluyen, desde luego, las propuestas técnica y económica.
Los requisitos legales y administrativos cuando así se establezca, deberán cumplirse por cada persona consorciada.
Por lo que hace a los aspectos económicos de esta convocatoria a la licitación, estos deberán ser presentados por el representante común que hayan nombrado los consorciados.
Todos los documentos solicitados en la presente convocatoria y sus juntas de aclaraciones, deben ser incluidos invariablemente dentro del sobre en el que se considera la proposición técnica y la económica.
Para considerar todos los escritos debidamente requisitados, deberán contener invariablemente cuando así se haya solicitado, la leyenda “Bajo Protesta de Xxxxx Xxxxxx.
El licitante sufragará todos los costos relacionados con la preparación de su proposición, por lo que “EL CETI” no asumirá en ningún caso dichos costos, cualquiera que sea la forma en que se realice la licitación o el resultado de ésta, salvo en los casos previstos en la LAASSP.
La Convocante en su caso, las muestras que hubieren entregado como parte de las proposiciones desechadas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones se conservarán hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes, agotados dichos términos, “EL CETI” podrá proceder a su devolución o en caso de no haberse realizado solicitud alguna, a su destrucción
Se agradecerá no incluir documentación que no fue solicitada en esta convocatoria y/o sus anexos. El incumplimiento de lo anterior no afectará la solvencia de la proposición, ni será motivo de desechamiento.
La propuesta técnica (según se describe en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de la presente convocatoria), deberá presentarse conforme a lo siguiente:
Deberá ser clara (legible en todas sus partes) y precisa, detallando las características técnicas mínimas del bien que proponga, en concordancia con lo solicitado en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de la presente convocatoria y lo indicado en su caso en sus juntas de aclaraciones, sin indicar costo.
Deberá detallar los requerimientos mínimos de calidad, que el área requirente considere en la presente convocatoria y en su Anexo 1 “Propuesta Técnica”, lo que garantizará al CETI la calidad y características técnicas de los servicios que contrate; señalando las especificaciones, características, condiciones, unidad de medida, cantidades, marca, sub marca y modelo, no se aceptará se indique “o similar”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y aseveraciones equivalentes a las mencionadas, así como considerando todos los requisitos señalados en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” y los documentos proporcionados junto a la presente convocatoria relacionados con la misma y lo que en su caso se indique en sus juntas de aclaraciones.
La propuesta técnica deberá incorporar la declaración de su apego a los Propuesta Técnica (Anexo 1 “Propuesta Técnica” y documentos adjuntos al mismo) evitando presentar una reproducción o contra propuesta a ellos.
Los Licitantes deberán incluir en su propuesta técnica los catálogos, folletos, manuales o documentos en los que se aprecie el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas por la Convocante, éstos podrán ser descargados de Internet o impresos, siempre y cuando la información sea clara y legible.
Adicionalmente deberá proporcionar como parte de su propuesta técnica la documentación e información que se solicita en el numeral VII, punto 1, apartado 1.1 y 1.2 de la presente convocatoria.
Para aquellas especificaciones que no se encuentren establecidas en el Anexo 1 “Propuesta Técnica”, aplicarán las Condiciones Generales de la Aseguradora, siempre y cuando no contravengan con las disposiciones legales vigentes y únicamente serán presentadas por la aseguradora que resulte adjudicada.
La propuesta económica del Licitante, deberá presentarse conforme a lo siguiente:
Manifestar la oferta a través del formulario provisto para tal efecto en CompraNet para la presente licitación; por lo que la oferta señalada en el sistema será la que la convocante tomará en cuenta para efecto de su evaluación y en su caso para la adjudicación del contrato, en el supuesto de discrepancia entre lo ofertado en el sistema y cualquier otro documento incluido en la proposición, prevalecerá lo manifestado en la sección de “Propuesta Económica” de CompraNet.
En caso de solicitarse un escrito adicional como parte de la propuesta económica, los licitantes deberán adjuntar el mismo en CompraNet en el apartado de “Anexos Genéricos” de la sección de captura de la propuesta económica.
Los licitantes deberán adjuntar el mismo en CompraNet en el apartado de “Anexos Genéricos” de la sección de captura de la propuesta económica los resultados de la Planeación Estratégica que deberá realizarse antes de la propuesta económica, y cuyos alcances y propósitos se describen en el Anexo 1 “Propuesta Técnica”. La propuesta económica que se presente deberá ser consistente con los resultados obtenidos en la Planeación Estratégica
Además si la propuesta económica es presentada de manera presencia, también deberá observar lo siguiente conforme al Anexo 2 “Propuesta Económica”:
La oferta deberá ser exclusivamente en Moneda Nacional.
Señalar el precio unitario para la partida y el total de la proposición.
Las cantidades deberán expresarse exclusivamente a dos decimales, con número y letra, de acuerdo a la Ley Monetaria en vigor, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Los precios ofertados deberán ser fijos, sin escalación, durante la vigencia de este proceso y durante el periodo que dure la prestación de los servicios para el caso del licitante ganador.
Conforme al Anexo 2 “Propuesta Económica” de la presente convocatoria, señalar en sus cotizaciones que:
“La oferta estará vigente 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones y en el cual manifiesten que los precios serán firmes hasta la total prestación de los servicios y cotizado en moneda nacional”.
Asimismo, la propuesta económica deberá contener la información señalada en el Anexo 2 “Propuesta Económica” de la presente convocatoria y lo que en su caso se indique en sus juntas de aclaraciones.
Deberá ser clara y precisa.
Los licitantes deberán seleccionar en CompraNet las partidas que tengan interés en participar, salvo que se establezca lo contrario en la presente convocatoria; en cuyo caso, para los artículos sin marcar no será necesario señalar su precio, y no serán considerados en la respuesta.
IMPORTANTE: Si la partida está marcado, cualquier valor incluido (incluido 0 cero) será considerado como su precio para la partida, por lo que deberán tenerlo en cuenta a la hora de ofertar económicamente en el sistema CompraNet.
Con fundamento en el artículo 55 del RLAASSP, si al momento de realizar la verificación de los importes de las propuestas económicas, en las operaciones finales, se detectan errores aritméticos, éstos serán rectificados por “EL CETI” de la siguiente manera:
Si existiere una discrepancia entre el precio unitario y precio total que resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
Si existiere una discrepancia entre palabras y cifras prevalecerá el precio expresado en palabras.
En ningún caso se realizarán correcciones en precios unitarios.
En caso de que el licitante no acepte la(s) corrección(es), la propuesta será desechada.
En el presente procedimiento de licitación, al amparo del artículo 28 fracción III de la LAASSP, a elección del licitante que oferte bienes de origen nacional y desee que su propuesta reciba el beneficio del margen de preferencia previsto por el artículo 14 de la LAASSP, cuando así proceda hacerlo, deberán presentar como parte de su propuesta económica, un escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cada uno de los bienes que oferta el licitante cumple con lo dispuesto por el artículo 28 fracción I de la LAASSP, en formato libre o pudiendo utilizar para ello el formato contenido en el Anexo 17 de ésta convocatoria.
Las propuestas técnicas y económicas que no contengan cualquiera de los requisitos mencionados en los puntos 1, 2 y 3 de este numeral V, se verán afectadas en su solvencia y serán desechadas.
La Convocante requiere que los licitantes hagan sus propuestas económicas en la modalidad de precios fijos hasta la total prestación del bien objeto de este procedimiento, de conformidad con el artículo 44 de la LAASSP.
La cotización debe ser presentada en moneda nacional, no se aceptan propuestas con escalación de precios o condicionadas.
Precios fijos:
Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación y apertura de las proposiciones hasta la total prestación y facturación correspondiente de la prestación de los servicios.
Cuando con posterioridad a la adjudicación de un contrato se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los precios de los servicios no prestados o aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la proposición que sirvió de base para la adjudicación del contrato correspondiente, “EL CETI” reconocerá incrementos o requerirá reducciones, conforme a los lineamientos que expida la SFP.
De las verificaciones.
La Convocante podrá efectuar visitas a las instalaciones de los licitantes, para verificar que éstos cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria, lo indicado en sus juntas de aclaraciones y en lo manifestado en sus proposiciones, para tal efecto se deberán asentar por escrito los resultados de la visita efectuada, pudiendo ser éste un criterio de evaluación que permita a la Convocante acreditar la solvencia de la proposición del licitante.
En caso de llevarse a cabo la visita, la Convocante notificará por escrito a los licitantes con al menos un día hábil de anticipación, el día y hora en la que se celebrará la visita, debiendo la persona física o el representante legal del licitante atender la visita de los servidores públicos de “EL CETI”.
Asimismo, “EL CETI” podrá efectuar visitas a las instalaciones de los proveedores, para supervisar el cumplimiento de las obligaciones contraídas conforme a lo señalado en la presente convocatoria, sus juntas de aclaraciones y el contrato que se suscriba; para tal efecto se deberán asentar por escrito los resultados de la visita efectuada, pudiendo ser éste un criterio que permita a “EL CETI acreditar en su caso el cumplimiento en la prestación de los servicios.
En caso de considerarse oportuno, se dará vista al Órgano Interno de Control en “EL CETI” para que proceda conforme a la legislación aplicable.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Criterios de evaluación, dictamen y adjudicación.
Serán consideradas únicamente las proposiciones que cumplan con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la presente Convocatoria.
Sólo serán discurridas aquellas proposiciones que cubran con el 100% (cien por ciento) de la demanda requerida en términos de los Anexos 1 “Especificaciones Técnicas” y Anexo 2 “Propuesta Económica” de esta convocatoria y que hayan presentado los documentos solicitados como obligatorios en la presente convocatoria y sus juntas de aclaraciones.
De conformidad a lo establecido por el artículo 36 de la LAASSP, para evaluar los aspectos técnicos y económicos de las ofertas, objeto de este procedimiento de contratación, “EL CETI”:
Que se cumpla cuantitativa y cualitativamente con la documentación, información y requisitos solicitados en la presente convocatoria.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará a aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la licitación, las condiciones legales, administrativas, técnicas y económicas requeridas por “EL CETI”, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien hubiera cumplido con los requisitos legales, su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación o unidades porcentuales a la mínima exigida y la suma de esta con la de la propuesta económica de cómo resultado la mayor puntuación o unidades porcentuales, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el objeto de la contratación, los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente podrán ser desechados por la convocante y se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.
Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más proveedores en una misma o más partidas, se deberá adjudicar al contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de Mipymes, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese caso.
Cuando se requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, el área contratante deberá girar invitación al órgano interno de control y al testigo social cuando éste participe en la licitación pública, para que en su presencia se lleve a cabo el sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes o invitados invalide el acto.
Tratándose de licitaciones públicas electrónicas, el sorteo por insaculación se realizará a través de CompraNet, conforme a las disposiciones administrativas que emita la secretaría de la función pública.
Criterios específicos para la evaluación.
En todos los casos “EL CETI” verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria a la licitación.
“EL CETI”, para la evaluación de las proposiciones utilizará el método de puntos o porcentajes, mediante el cual sólo se adjudica a quien hubiera cumplido con los requisitos legales, su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación o unidades porcentuales a la mínima exigida y la suma de esta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación o unidades porcentuales, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el objeto de la contratación.
En ningún caso “EL CETI” o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas.
En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.
De subsistir el empate entre las personas del sector señalado, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo que se realice en términos del artículo 54 del reglamento de la ley.
Metodología de Evaluación
Se verificará que las mismas incluyan la información, documentos y requisitos solicitados en la convocatoria. La evaluación de las propuestas estará sujeta a mecanismos de PUNTOS Y PORCENTAJES.
Los criterios y subcriterios del sistema de puntos que se asignarán a la evaluación de las propuestas técnicas son:
PARTIDA 1. SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES CON AUTOS |
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EVALUACIÓN TÉCNICA |
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ESTA EVALUACIÓN REPRESENTA 60 PUNTOS DE LA SUMA DE LA PUNTUACIÓN DE TODOS LOS RUBROS CON SUS RESPECTIVOS SUBRUBROS, LOS 40 PUNTOS RESTANTES SERÁ LA PROPUESTA ECONÓMICA DE ACUERDO CON EL MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA DE ESTA CONVOCATORIA. |
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LOS RUBROS A EVALUAR SON LOS SIGUIENTES: |
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NÚMERO DE RUBRO |
RUBRO |
PUNTUACIÓN A OTORGAR |
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I |
CAPACIDAD DEL LICITANTE |
24 |
|
|
II |
EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE |
12 |
|
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III |
PROPUESTA DE TRABAJO |
12 |
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IV |
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
12 |
|
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TOTAL |
60 |
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I.- CAPACIDAD DEL LICITANTE (24 PUNTOS) |
||||
Consiste en el número de recursos humanos que técnicamente estén aptos para prestar el servicio requerido así como los recursos económicos y de equipamiento establecidos por el licitante para prestar los servicios en el tiempo, condiciones y niveles de calidad definidos por la convocante, así como otorgar cualquier otro aspecto indispensable para que el licitante pueda cumplir con las obligaciones previstas en el contrato.
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REQUISITOS |
PUNTOS ASIGNADOS |
ELEMENTOS A EVALUAR PARA DETERMINAR LA CAPACIDAD DEL LICITANTE |
||
RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos |
I.- Capacidad del licitante |
24 puntos |
|
|
|
a) Capacidad de los Recursos Humanos |
12 |
|
|
|
a.1 Experiencia En
asuntos relacionados con la materia del servicio objeto del
procedimiento de contratación.
Se
refiere al número total de empleados del licitante, dedicados a
la atención xxx xxxx de seguro de daños. |
3.6 |
Personal
dedicado al servicio del licitante. |
Más de 1000 empleados |
3.6 |
Más de 500 y hasta 1000 empleados |
2.4 |
|||
Hasta 500 empleados o menos |
1.2 |
|||
a.2
Competencia en el Trabajo conforme a conocimientos académicos o
profesionales.
Se
refiere al tiempo que ha venido prestando sus servicios
profesionales al licitante. |
7.2 |
Personal
con conocimientos profesionales en la prestación del servicio
de seguros de daños. |
Más de 1000 empleados con promedio de 5 o más años de experiencia |
7.2 |
Más de 500 y hasta 1000 empleados con promedio de 5 o más años de experiencia |
3.6 |
|||
Hasta 500 empleados o menos con promedio de 5 o más años de experiencia |
2.4 |
|||
a.3 Dominio de herramientas relacionadas con el servicio.
Se
refiere a la participación en la resolución o tratamiento del
seguro de daños. |
1.2 |
Personal
con experiencia en la resolución de problemas de seguros. |
Más de 1000 empleados que participen en la resolución de problemas de seguros |
1.2 |
Más de 500 y hasta 1000 empleados que participen en la resolución de problemas de seguros |
0.8 |
|||
Hasta 500 empleados o menos que participen en la resolución de problemas de seguros |
0.4 |
|||
b).- Capacidad de los Recursos Económicos. |
10.5 |
9.6 |
|
|
Capacidad de los recursos económicos necesarios para el cumplimiento del contrato conforme a lo siguiente: |
||||
b.1
Red de oficinas para la prestación del servicio. |
3 |
El licitante para acreditar este concepto deberá presentar una cédula en formato libre, donde señale la cobertura de oficinas propias con que cuente para prestar el servicio objeto de la presente licitación, distribuidos en el Distrito Federal y en las Entidades Federativas, debiendo señalar al menos una por cada estado de la república, acompañado de un comprobante de domicilio a nombre del licitante. De no presentar el comprobante de domicilio no se otorgarán puntos. |
Presenta oficinas en 15 o más estados de la república |
3 |
Presenta oficinas en más de 10 y hasta 14 estados de la república |
2 |
|||
Presenta oficinas en 9 o menos estados de la república |
1 |
|||
b.2.
Capacidad de automática de suscripción de reaseguro
Se
refiere a la capacidad de sus contratos automáticos de
reaseguro para el ramo de incendio. |
2.5 |
Se entregara copia legible de sus contratos automáticos de reaseguro en el ramo de incendio, correspondiente a los años 2016 y 2017, en donde se indique el monto máximo de suscripción para el ramo de incendio, así como una cédula en formato libre donde señale dicha capacidad, tanto en moneda americana como en moneda nacional al tipo de cambio vigente. |
Capacidad automática de reaseguro mayor a 400 mdp. |
2.5 |
Capacidad automática de reaseguro mayor a 300 mdp y menor o igual a 400 mdp. |
1.67 |
|||
Capacidad automática de reaseguro igual o menor a 300 mdp. |
0.83 |
|||
b.3.
Sistema para el seguimiento y control de los siniestros
Se
refiere a contar con un sistema para el reporte, seguimiento y
control de los siniestros, así como a la documentación
generada en el mismo. |
5 |
Se entregara el procedimiento o sistema que utilizara para el reporte de los siniestros por parte del asegurado, así como para el seguimiento de los mismos, tiempos de respuesta y seguimiento, adjuntando copias simples de los documentos que considere adecuados para acreditar lo anterior. La documentación e información antes solicitada podrá ser verificada por la convocante a efecto de constatar el origen de la misma, pudiendo realizar una visita a las instalaciones de los licitantes durante el proceso de licitación, asignándole la puntuación correspondiente. |
Procedimiento automatizado, el cual implica contar con un software especializado que permita al asegurado reportar sus siniestros vía web o mediante una aplicación móvil, generando los reportes al asegurado o a quien este designe, dando seguimiento al siniestro mediante una consulta vía web por parte del asegurado a las reclamaciones, tiempos en talles, estado de la reparación y contando con reportes en línea y monitorio de la comunicación, respuestas y seguimiento por medio de la web, contando con los parámetros se seguridad informática adecuados para ello, tanto a los ajustadores, proveedores como asegurados. |
5 |
Procedimiento semiautomatizado, mediante el cual el sistema genere reportes de siniestros al asegurado o a quien este designe, así como el estatus de las reclamaciones, tiempos en talleres, avance en la reparación, generando reportes tanto a proveedores como a asegurados, los cuales pueden ser enviados vía correo electrónico o mensajería. |
2 |
|||
Procedimiento telefónico, mediante el cual el asegurado reporte su siniestro y envíe sus documentos por correo electrónico o de forma presencial, sin la presencia de un software especializado y que los reportes requieran de visitas personales de parte del usuario, llamadas telefónicas o envío de correos para dar seguimiento al siniestro así como los reportes correspondientes. |
1 |
|||
c) Participación de discapacitados en la plantilla laboral del licitante en un (5%). |
0.5 |
|
|
|
Participación de discapacitados en la plantilla laboral del licitante en un (5%). |
0.5 |
El licitante deberá presentar el aviso de alta de los trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como certificado expedido por el Sector Salud de reconocimiento y calificación de discapacidad, para el caso de personas xxxxxxx deberá cubrir una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses. |
Si presenta aviso de alta de los trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como certificado expedido por el sector salud de reconocimiento y calificación de discapacidad, para el caso de personas xxxxxxx deberá cubrir una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses. No se asignarán puntos en caso de que no se presente la documentación solicitada. |
0.5 |
d) Participación de MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio. |
0.5 |
|
|
|
Participación de MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio. |
0.5 |
En su caso, el licitante deberá presentar constancia emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) de haber producido los bienes que se utilizarán en la prestación del servicio objeto la presente licitación, la cual no podrá tener una vigencia mayor a cinco años. |
Se otorgarán 0.5 puntos en caso de que el licitante acredite haber producido los bienes que se utilizarán en la prestación del servicio objeto de la presente licitación, con innovación tecnológica que tenga registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Solo se asignarán puntos en caso de que se cuente con innovación tecnológica |
0.5 |
e) Aplicación de políticas y prácticas de igualdad de género. |
0.5 |
|
|
|
Aplicación de políticas y prácticas de igualdad de género |
0.5 |
En su caso, el licitante deberá presentar la certificación correspondiente emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto, con las que se compruebe que el licitante ha aplicado políticas y prácticas de igualdad de género. |
Se otorgarán 0.5 puntos en caso de que el licitante acredite haber aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la certificación correspondiente emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto. |
0.5 |
|
|
|
Total de puntos |
24 |
|
|
|
|
|
II.- EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE (12 PUNTOS) |
||||
Se refiere a los contratos celebrados por el licitante o en los que haya participado con los cuales demuestre que cuenta con la experiencia y conocimientos necesarios para proporcionar el servicio solicitado. |
||||
RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por grupo |
II.- EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE |
12 |
|
|
|
a) Experiencia.- Mayor tiempo prestando servicios similares a los requeridos en el procedimiento de contratación de que se trate, |
6 |
Experiencia como compañía aseguradora. El licitante para acreditar este concepto, deberá presentar copia de dos (2) contratos y/o pólizas por cada año cumplido, señalando el número de contrato y/o póliza por cada año que presente y su vigencia, con el que acredite su antigüedad en la prestación de servicios de seguros, adjuntando una cédula en formato libre donde relacione los mismos, su vigencia y numero. La antigüedad máxima a acreditar será de 3 (tres) años cumplidos a la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en los que se acredite la prestación del servicio o bien contratos plurianuales que cubran dicho periodo. Para el caso de que no se presente la copia del contrato, no será acreditado el mismo. |
Los licitantes que acrediten tres años de experiencia como límite máximo. |
6 |
A partir de éste máximo asignado se efectuará un reparto proporcional de puntuación entre el resto de los licitantes en razón de los años de experiencia, que logren acreditar, aplicando para ello una regla de tres. |
||||
Ejemplo: |
||||
Licitante con 3 años o más 100%= 6 puntos |
||||
Licitantes con menor cantidad de años de experiencia |
||||
(2 años) = 4 puntos |
||||
(1 año) = 2 puntos |
||||
Cabe señalar que no se asignarán puntos a quien no acredite que cumple cuando menos con un año de experiencia. |
||||
b) Especialidad.- Mayor número de contratos y/o pólizas con los cuales el licitante pueda acreditar que ha prestado servicios con las características similares y en condiciones similares a las establecidas en la presente convocatoria. |
6 |
El licitante para acreditar este concepto, deberá presentar copia de contratos y/o pólizas de servicios similares a los requeridos por la Convocante en el ramo de bienes patrimoniales, los cuales haya suscrito en los últimos 3 años previos al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y en los que se acredite la prestación del servicio o bien contratos plurianuales que cubran dicho periodo, con una Límite Máximo de Responsabilidad a primer riesgo de $300 millones de pesos o más, , acompañado de una cédula en formato libre en donde relacione dichos contratos, sus vigencias y primer riesgo amparado. El licitante deberá presentar un mínimo de 5 y un máximo de 10 contratos y/o pólizas, los cuales hayan suscrito o tengan adjudicados. Para el caso de que no se presente la copia del contrato, no será acreditado el mismo. |
Los licitantes que presenten 10 contratos y/o pólizas de especialidad como límite máximo. |
6 |
A partir de éste máximo asignado se efectuará un reparto proporcional de puntuación entre el resto de los licitantes en razón de los contratos que logren presentar, aplicando para ello una regla de tres. |
||||
Ejemplo: |
||||
Licitante con 10 contratos y/o pólizas o más 100%= 6 puntos |
||||
Licitantes con menor cantidad de contratos |
||||
(9 contratos y/o pólizas)= 5.4 puntos |
||||
(8 contratos y/o pólizas)= 4.8 puntos |
||||
(7 contratos y/o pólizas)= 4.2 puntos |
||||
(6 contratos y/o pólizas)= 3.6 puntos |
||||
(5 contratos y/o pólizas)= 3 puntos |
||||
No se otorgarán puntos a quien presente menos de 5 contratos y/o pólizas. |
||||
|
|
|
Total de puntos |
12 |
|
|
|
|
|
III.- PROPUESTA DE TRABAJO (12 PUNTOS) |
||||
Como parte de su proposición el licitante deberá incluir la metodología, plan de trabajo y esquema estructural que pretenda aplicar para la prestación del servicio de acuerdo a Las Especificaciones Técnicas y Alcances del Servicio. |
|
|||
|
|
|
|
|
RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por grupo |
III. Propuesta de trabajo |
Subtotal: 12 puntos |
|
|
|
a) Metodología para la prestación del servicio. El documento en el cual el licitante propone utilizar los recursos de que dispone para prestar el servicio. |
2 |
Documento en el que el licitante señale la forma en que propone utilizar los recursos señalados en el rubro I.- Capacidad del licitante para prestar el servicio, describiendo en forma amplia los diversos rubros de la misma y estar claramente definidos e identificados con respecto al servicio ofertado, contemplando los diversos aspectos del servicio; lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
Presentada.- Será aquella metodología que cumpla con todos los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro. |
2 |
No presentada o Incompleta.- Será aquella metodología que no considere uno o más de los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro o que no se presente. |
0 |
|||
b) Plan de trabajo propuesto por el licitante El documento a través del cual el licitante señale como aplicará la metodología propuesta, el cómo llevará a cabo las actividades o tareas que implica el mismo, el o los procedimientos para llevar a la práctica las actividades o habilidades y la forma a través del cual realizará la prestación del servicio previsto en la convocatoria. |
9 |
El licitante deberá presentar el plan de trabajo que utilizaría en la prestación del servicio para el caso de resultar adjudicado, describiendo en forma amplia los diversos rubros de la misma y estar claramente definidos e identificados con respecto al servicio ofertado y contemplando los diversos aspectos del servicio; señalando como aplicará la metodología propuesta, así como los tiempos y la forma a través del cual realizará la prestación del servicio, incluyendo los que haya señalado en el rubro I.- Capacidad del licitante más lo relativo al subrubros c.3) Esquema estructural de la organización de los Recursos Humanos. Lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
i) Enriquecida. - Será aquella propuesta de trabajo que además de cumplir con los incisos siguientes (ii) y iii), proponga elementos que optimicen el servicio, o elementos de valor agregado al servicio. Todo lo anterior bajo ninguna circunstancia deberá representar ningún costo adicional al presente servicio o al asegurado. Las propuestas de mejora que realicen los licitantes deberán estar perfectamente definidas e identificadas en el subrubros de c.1) Metodología, c.2) Plan de Trabajo y c.3) Esquema estructural de la Organización de los Recursos Humanos; lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
9 |
ii) Integrada.- Será aquella propuesta de trabajo que vincule de manera clara y definida, la metodología, plan de trabajo y el esquema estructural en cada uno de los conceptos enunciados en la primera columna de este rubro, que permita a la convocante identificar la operación del servicio solicitado. |
4 |
|||
iii) Presentada.- Será aquella propuesta de trabajo que cumpla con los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro. |
2 |
|||
iv) No presentada o Incompleta.- Será aquella propuesta de trabajo no presentada o que no considere uno o más de los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro. |
0 |
|||
c) Esquema estructural de la organización de los Recursos Humanos El licitante deberá acompañar un organigrama en el cual se identifique el nombre, cargo o función del personal destinado a la prestación del servicio que se licita. |
1 |
El licitante deberá presentar el esquema conforme al cual se estructurará la organización de los recursos humanos necesarios para cumplir con las obligaciones previstas en la convocatoria para el caso de ser adjudicado, señalando el nombre y cargo de las personas involucradas. Lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
Presenta documento con las características requeridas |
1 |
No presenta el documento o lo hace de forma incompleta |
0 |
|||
|
|
|
Total de puntos |
12 |
IV.- CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS 12 PUNTOS |
||||
|
|
|
|
|
Se ocupa de medir el desempeño o cumplimiento que ha tenido el licitante en la prestación oportuna y adecuada de los servicios de la misma naturaleza objeto del procedimiento de contratación de que se trate, que hubieren sido contratados por alguna dependencia, entidad |
||||
|
|
|
|
|
RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por grupo |
IV.- CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
12 |
|
|
|
Cumplimiento de Contratos. |
12 |
Para comprobar el cumplimiento que ha tenido el licitante en la prestación oportuna y adecuada de los contratos de servicios de seguro, siendo de la misma naturaleza y objeto de éste procedimiento de licitación celebrados con alguna dependencia, entidad o con particulares (personas físicas x xxxxxxx), el licitante deberá incluir en su proposición las cartas de cumplimiento satisfactorio y oportuno del contrato por cada uno que haya exhibido, preferentemente considerando los referidos en el rubro de experiencia y especialidad del licitante, la cual deberá contener el periodo de vigencia que abarca y el número, denominación o medio a través del cual se puede identificar el contrato cumplido del cual presenta copia, ésta deberá estar firmada por la persona encargada de supervisar o administrar el contrato o póliza por parte del contratante (clientes). Nota: Para el caso de que alguna carta de cumplimiento satisfactorio y oportuno del contrato no contenga alguno de los requisitos anteriormente señalados que permitan vincular el cumplimiento del contrato que se menciona, no se otorgará puntuación. |
Mayor número de contratos cumplidos. |
12 |
Contratos o pólizas de servicios similares a los requeridos en el presente proceso de contratación, que el licitante haya suscrito por cada año con su respectiva constancia de cumplimiento. |
Se otorgarán 12 puntos al licitante que acredite el mayor número de contratos, considerando un mínimo de 2 y máximo de 10 contratos, con una antigüedad máxima de 5 años cumplidos al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en los que se acredite la prestación del servicio objeto de la presente licitación o bien contratos plurianuales que cubran dicho periodo. |
|||
|
||||
A partir de este máximo asignado se efectuará un reparto proporcional de puntos entre el resto de los licitantes en razón de los contratos cumplidos satisfactoriamente, aplicando para ello una regla de tres. |
||||
Ejemplo: |
||||
Licitante con 10 contratos o más 100%= 12 puntos |
||||
Licitantes con menor cantidad de contratos |
||||
(9 contratos)= 10.8 puntos |
||||
(8 contratos)= 9.6 puntos |
||||
(7 contratos)= 8.4 puntos |
||||
(6 contratos)= 7.2 puntos |
||||
(5 contratos)= 6 puntos |
||||
(4 contratos)= 4.8 puntos |
||||
(3 contratos)= 3.6 puntos |
||||
|
||||
No se otorgarán puntos a quien presente menos de 3 contratos cumplidos satisfactoriamente. |
||||
|
|
|
Total de puntos |
12 |
|
|
|
|
|
Nota: para que una propuesta técnica sea considerada solvente, deberá tener una puntuación mínima de 45 puntos, de los 60 máximos que se pueden obtener en su evaluación técnica. |
PARTIDA 2. SEGURO DE GMM, VIDA, Y AP |
||||
|
|
|
|
|
EVALUACIÓN TÉCNICA |
|
|
|
|
ESTA EVALUACIÓN REPRESENTA 60 PUNTOS DE LA SUMA DE LA PUNTUACIÓN DE TODOS LOS RUBROS CON SUS RESPECTIVOS SUBRUBROS, LOS 40 PUNTOS RESTANTES SERÁ LA PROPUESTA ECONÓMICA DE ACUERDO CON EL MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA DE ESTA CONVOCATORIA. |
||||
|
|
|
|
|
|
LOS RUBROS A EVALUAR SON LOS SIGUIENTES: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
NÚMERO DE RUBRO |
RUBRO |
PUNTUACIÓN A OTORGAR |
|
|
I |
CAPACIDAD DEL LICITANTE |
24 |
|
|
II |
EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE |
12 |
|
|
III |
PROPUESTA DE TRABAJO |
12 |
|
|
IV |
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
12 |
|
|
|
TOTAL |
60 |
|
|
|
|
|
|
I.- CAPACIDAD DEL LICITANTE (24 PUNTOS) |
||||
Consiste en el número de recursos humanos que técnicamente estén aptos para prestar el servicio requerido así como los recursos económicos y de equipamiento establecidos por el licitante para prestar los servicios en el tiempo, condiciones y niveles de calidad definidos por la convocante, así como otorgar cualquier otro aspecto indispensable para que el licitante pueda cumplir con las obligaciones previstas en el contrato.
|
||||
REQUISITOS |
PUNTOS ASIGNADOS |
ELEMENTOS A EVALUAR PARA DETERMINAR LA CAPACIDAD DEL LICITANTE |
||
RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos |
I.- Capacidad del licitante |
24 puntos |
|
|
|
a) Capacidad de los Recursos Humanos |
12 |
|
|
|
a.1
Experiencia
En asuntos relacionados con la materia del servicio objeto del
procedimiento de contratación.
Se
refiere al número total de empleados del licitante |
3.6 |
Personal
dedicado al servicio del licitante. |
Más de 500 empleados |
3.6 |
Más de 300 y menos de 500 empleados |
2.4 |
|||
Menos de 300 empleados |
1.2 |
|||
a.2
Competencia en el Trabajo conforme a conocimientos académicos o
profesionales.
Se
refiere al tiempo que ha venido prestando sus servicios
profesionales al licitante. |
7.2 |
Personal
con conocimientos profesionales en la prestación del servicio
de seguros. |
Más de 500 empleados con promedio de 5 o más años de experiencia |
7.2 |
Más de 300 y menos de 500 empleados con promedio de 5 o más años de experiencia |
4.8 |
|||
Menos de 300 empleados con promedio de 5 o más años de experiencia |
2.4 |
|||
a.3
Dominio de herramientas
relacionadas
con el servicio.
Se
refiere a la participación en la resolución o tratamiento de
problemas de seguros. |
1.2 |
Personal
con experiencia en la resolución de problemas de seguros. |
Más de 500 empleados que participen en la resolución de problemas de seguros |
1.2 |
Más de 300 y menos de 500 empleados que participen en la resolución de problemas de seguros |
0.8 |
|||
Menos de 300 empleados que participen en la resolución de problemas de seguros |
0.4 |
|||
b).- Capacidad de los Recursos Económicos. |
10.5 |
9.6 |
|
|
Capacidad de los recursos económicos necesarios para el cumplimiento del contrato conforme a lo siguiente: |
||||
b.1
Red de oficinas para la prestación del servicio. |
5 |
El licitante para acreditar este concepto deberá presentar una cédula en formato libre, donde señale la cobertura de oficinas propias con que cuente para prestar el servicio objeto de la presente licitación, distribuidos en el Distrito Federal y en las Entidades Federativas, debiendo señalar al menos una por cada estado de la república, acompañado de un comprobante de domicilio a nombre del licitante. De no presentar el comprobante de domicilio no se otorgarán puntos. |
Presenta oficinas en 12 o más estados de la republica incluyendo CDMX, JAL, MTY, SLP, GTO, YUC. |
5 |
Presenta oficinas en más de 6 y hasta 12 estados de la republica incluyendo CDMX, JAL, MTY, SLP, GTO, YUC. |
2.5 |
|||
Presenta oficinas en 6 o menos estados de la republica incluyendo CDMX, JAL, MTY, SLP, XXX, XXX. |
0 |
|||
x.0.
Red de médicos.
Se
refiere a los médicos con los cuales el licitante brinda los
servicios a los asegurados en el ramo de gastos médicos.
|
2.5 |
Red
de médicos dedicados a la atención de siniestros de gastos
médicos. |
Más de 1,000 médicos especialistas |
2.5 |
Más de 500 médicos y menos de 1,000 médicos especialistas |
1.5 |
|||
Menos de 5,000 médicos especialistas |
1 |
|||
b.3 Red de dentistas y ópticas en Guadalajara, Zapopan, Tonalá y Tlaquepaque, Jalisco. Es requisito indispensable que los licitantes cuenten con una red de dentistas y ópticas para ofrecer el servicio objeto de la presente licitación. |
3 |
El licitante deberá contar con una red de dentistas y ópticas distribuidos en las Entidades Federativas para prestar el servicio objeto de la presente licitación, para lo cual deberá presentar un escrito donde manifieste los datos de al menos los dentistas y ópticas que conforman su red en Guadalajara, Zapopan, Tonalá y Tlaquepaque, Jalisco. Así como datos de contacto. |
Red de dentistas en cualquier especialidad en las plazas solicitadas |
Puntos por concepto |
Más de 230 dentistas |
1.5 |
|||
Más de 190 y hasta 230 dentistas |
1 |
|||
190 o menos dentistas |
0.5 |
|||
|
|
|||
Red de ópticas en las plazas solicitadas |
Puntos por concepto |
|||
40 o más ópticas |
1.5 |
|||
De 25 a 29 ópticas |
1 |
|||
Menos de 25 ópticas |
0.5 |
|||
c) Participación de discapacitados en la plantilla laboral del licitante en un (5%). |
0.5 |
|
|
|
Participación de discapacitados en la plantilla laboral del licitante en un (5%). |
0.5 |
El licitante deberá presentar el aviso de alta de los trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como certificado expedido por el Sector Salud de reconocimiento y calificación de discapacidad, para el caso de personas xxxxxxx deberá cubrir una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses. |
Si presenta aviso de alta de los trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como certificado expedido por el sector salud de reconocimiento y calificación de discapacidad, para el caso de personas xxxxxxx deberá cubrir una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses. No se asignarán puntos en caso de que no se presente la documentación solicitada. |
0.5 |
d) Participación de MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio. |
0.5 |
|
|
|
Participación de MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio. |
0.5 |
En su caso, el licitante deberá presentar constancia emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) de haber producido los bienes que se utilizarán en la prestación del servicio objeto la presente licitación, la cual no podrá tener una vigencia mayor a cinco años. |
Se otorgarán 0.5 puntos en caso de que el licitante acredite haber producido los bienes que se utilizarán en la prestación del servicio objeto de la presente licitación, con innovación tecnológica que tenga registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Solo se asignarán puntos en caso de que se cuente con innovación tecnológica |
0.5 |
e) Aplicación de políticas y prácticas de igualdad de género. |
0.5 |
|
|
|
Aplicación de políticas y prácticas de igualdad de género |
0.5 |
En su caso, el licitante deberá presentar la certificación correspondiente emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto, con las que se compruebe que el licitante ha aplicado políticas y prácticas de igualdad de género. |
Se otorgarán 0.5 puntos en caso de que el licitante acredite haber aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la certificación correspondiente emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto. |
0.5 |
|
|
|
Total de puntos |
24 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
II.- EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE (12 PUNTOS) |
||||
Se refiere a los contratos celebrados por el licitante o en los que haya participado con los cuales demuestre que cuenta con la experiencia y conocimientos necesarios para proporcionar el servicio solicitado. |
||||
RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por grupo |
II.- EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE |
12 |
|
|
|
a) Experiencia.- Mayor tiempo prestando servicios similares a los requeridos en el procedimiento de contratación de que se trate, |
3 |
Experiencia como compañía aseguradora. El licitante para acreditar este concepto, deberá presentar copia de dos (2) contratos y/o pólizas por cada año cumplido, señalando el número de contrato y/o póliza por cada año que presente y su vigencia, con el que acredite su antigüedad en la prestación de servicios de seguros, adjuntando una cédula en formato libre donde relacione los mismos, su vigencia y numero. La antigüedad máxima a acreditar será de 3 (tres) años cumplidos a la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en los que se acredite la prestación del servicio o bien contratos plurianuales que cubran dicho periodo. Para el caso de que no se presente la copia del contrato, no será acreditado el mismo. |
Los licitantes que acrediten tres años de experiencia como límite máximo. |
3 |
A partir de éste máximo asignado se efectuará un reparto proporcional de puntuación entre el resto de los licitantes en razón de los años de experiencia, que logren acreditar, aplicando para ello una regla de tres. |
||||
Ejemplo: |
||||
Licitante con 3 años o más 100%= 3 puntos |
||||
Licitantes con menor cantidad de años de experiencia |
||||
(2 años) = 2 puntos |
||||
(1 año) = 1 puntos |
||||
Cabe señalar que no se asignarán puntos a quien no acredite que cumple cuando menos con un año de experiencia. |
||||
b) Especialidad.- Mayor número de contratos y/o pólizas con los cuales el licitante pueda acreditar que ha prestado servicios con las características similares y en condiciones similares a las establecidas en la presente convocatoria. |
9 |
El licitante para acreditar este concepto, deberá presentar copia de contratos y/o pólizas de servicios similares a los requeridos por la Convocante en el ramo de seguro de gastos médicos mayores, los cuales haya suscrito en los últimos 5 años previos al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y en los que se acredite la prestación del servicio o bien contratos plurianuales que cubran dicho periodo, con un número mínimo de 100 asegurados en dicho contrato, acompañado de una cédula en formato libre en donde relacione dichos contratos, sus vigencias y número de asegurados. El licitante deberá presentar un mínimo de 5 y un máximo de 10 contratos y/o pólizas, los cuales hayan suscrito o tengan adjudicados. Para el caso de que no se presente la copia del contrato, no será acreditado el mismo. |
Los licitantes que presenten 10 contratos y/o pólizas de especialidad como límite máximo. |
9 |
A partir de éste máximo asignado se efectuará un reparto proporcional de puntuación entre el resto de los licitantes en razón de los contratos que logren presentar, aplicando para ello una regla de tres. |
||||
Ejemplo: |
||||
Licitante con 10 contratos y/o pólizas o más 100%= 9 puntos |
||||
Licitantes con menor cantidad de contratos |
||||
(9 contratos y/o pólizas)= 8.1 puntos |
||||
(8 contratos y/o pólizas)= 7.2 puntos |
||||
(7 contratos y/o pólizas)= 6.3 puntos |
||||
(6 contratos y/o pólizas)= 5.4 puntos |
||||
(5 contratos y/o pólizas)= 4.5 puntos |
||||
No se otorgarán puntos a quien presente menos de 5 contratos y/o pólizas. |
||||
|
|
|
Total de puntos |
12 |
III.- PROPUESTA DE TRABAJO (12 PUNTOS) |
||||
Como parte de su proposición el licitante deberá incluir la metodología, plan de trabajo y esquema estructural que pretenda aplicar para la prestación del servicio de acuerdo a Las Especificaciones Técnicas y Alcances del Servicio. |
|
|||
RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por grupo |
III. Propuesta de trabajo |
Subtotal: 12 puntos |
|
|
|
a) Metodología para la prestación del servicio. El documento en el cual el licitante propone utilizar los recursos de que dispone para prestar el servicio. |
2 |
Documento en el que el licitante señale la forma en que propone utilizar los recursos señalados en el rubro I.- Capacidad del licitante para prestar el servicio, describiendo en forma amplia los diversos rubros de la misma y estar claramente definidos e identificados con respecto al servicio ofertado, contemplando los diversos aspectos del servicio; lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
Presentada.- Será aquella metodología que cumpla con todos los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro. |
2 |
No presentada o Incompleta.- Será aquella metodología que no considere uno o más de los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro o que no se presente. |
0 |
|||
b) Plan de trabajo propuesto por el licitante El documento a través del cual el licitante señale como aplicará la metodología propuesta, el cómo llevará a cabo las actividades o tareas que implica el mismo, el o los procedimientos para llevar a la práctica las actividades o habilidades y la forma a través del cual realizará la prestación del servicio previsto en la convocatoria. |
9 |
El licitante deberá presentar el plan de trabajo que utilizaría en la prestación del servicio para el caso de resultar adjudicado, describiendo en forma amplia los diversos rubros de la misma y estar claramente definidos e identificados con respecto al servicio ofertado y contemplando los diversos aspectos del servicio; señalando como aplicará la metodología propuesta, así como los tiempos y la forma a través del cual realizará la prestación del servicio, incluyendo los que haya señalado en el rubro I.- Capacidad del licitante más lo relativo al subrubros c.3) Esquema estructural de la organización de los Recursos Humanos. Lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
i) Enriquecida. - Será aquella propuesta de trabajo que además de cumplir con los incisos siguientes (ii) y iii), proponga elementos que optimicen el servicio, o elementos de valor agregado al servicio. Todo lo anterior bajo ninguna circunstancia deberá representar ningún costo adicional al presente servicio o al asegurado. Las propuestas de mejora que realicen los licitantes deberán estar perfectamente definidas e identificadas en el subrubros de c.1) Metodología, c.2) Plan de Trabajo y c.3) Esquema estructural de la Organización de los Recursos Humanos; lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
9 |
ii) Integrada.- Será aquella propuesta de trabajo que vincule de manera clara y definida, la metodología, plan de trabajo y el esquema estructural en cada uno de los conceptos enunciados en la primera columna de este rubro, que permita a la convocante identificar la operación del servicio solicitado. |
4 |
|||
iii) Presentada.- Será aquella propuesta de trabajo que cumpla con los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro. |
2 |
|||
iv) No presentada o Incompleta.- Será aquella propuesta de trabajo no presentada o que no considere uno o más de los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro. |
0 |
|||
c) Esquema estructural de la organización de los Recursos Humanos El licitante deberá acompañar un organigrama en el cual se identifique el nombre, cargo o función del personal destinado a la prestación del servicio que se licita. |
1 |
El licitante deberá presentar el esquema conforme al cual se estructurará la organización de los recursos humanos necesarios para cumplir con las obligaciones previstas en la convocatoria para el caso de ser adjudicado, señalando el nombre y cargo de las personas involucradas. Lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
Presenta documento con las características requeridas |
1 |
No presenta el documento o lo hace de forma incompleta |
0 |
|||
|
|
|
Total de puntos |
12 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
IV.- CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS 12 PUNTOS |
||||
|
|
|
|
|
Se ocupa de medir el desempeño o cumplimiento que ha tenido el licitante en la prestación oportuna y adecuada de los servicios de la misma naturaleza objeto del procedimiento de contratación de que se trate, que hubieren sido contratados por alguna dependencia, entidad |
||||
|
|
|
|
|
RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por grupo |
IV.- CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
12 |
|
|
|
Cumplimiento de Contratos. |
12 |
Para comprobar el cumplimiento que ha tenido el licitante en la prestación oportuna y adecuada de los contratos de servicios de seguro, siendo de la misma naturaleza y objeto de éste procedimiento de licitación celebrados con alguna dependencia, entidad o con particulares (personas físicas x xxxxxxx), el licitante deberá incluir en su proposición las cartas de cumplimiento satisfactorio y oportuno del contrato por cada uno que haya exhibido, preferentemente considerando los referidos en el rubro de experiencia y especialidad del licitante, la cual deberá contener el periodo de vigencia que abarca y el número, denominación o medio a través del cual se puede identificar el contrato cumplido del cual presenta copia, ésta deberá estar firmada por la persona encargada de supervisar o administrar el contrato o póliza por parte del contratante (clientes). Nota: Para el caso de que alguna carta de cumplimiento satisfactorio y oportuno del contrato no contenga alguno de los requisitos anteriormente señalados que permitan vincular el cumplimiento del contrato que se menciona, no se otorgará puntuación. |
Mayor número de contratos cumplidos. |
12 |
Contratos o pólizas de servicios similares a los requeridos en el presente proceso de contratación, que el licitante haya suscrito por cada año con su respectiva constancia de cumplimiento. |
Se otorgarán 12 puntos al licitante que acredite el mayor número de contratos, considerando un mínimo de 2 y máximo de 10 contratos, con una antigüedad máxima de 5 años cumplidos al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en los que se acredite la prestación del servicio objeto de la presente licitación o bien contratos plurianuales que cubran dicho periodo. |
|||
|
||||
A partir de este máximo asignado se efectuará un reparto proporcional de puntos entre el resto de los licitantes en razón de los contratos cumplidos satisfactoriamente, aplicando para ello una regla de tres. |
||||
Ejemplo: |
||||
Licitante con 10 contratos o más 100%= 12 puntos |
||||
Licitantes con menor cantidad de contratos |
||||
(9 contratos)= 10.8 puntos |
||||
(8 contratos)= 9.6 puntos |
||||
(7 contratos)= 8.4 puntos |
||||
(6 contratos)= 7.2 puntos |
||||
(5 contratos)= 6 puntos |
||||
(4 contratos)= 4.8 puntos |
||||
(3 contratos)= 3.6 puntos |
||||
|
||||
No se otorgarán puntos a quien presente menos de 3 contratos cumplidos satisfactoriamente. |
||||
|
|
|
Total de puntos |
12 |
|
|
|
|
|
Nota: para que una propuesta técnica sea considerada solvente, deberá tener una puntuación mínima de 45 puntos, de los 60 máximos que se pueden obtener en su evaluación técnica. |
SEGURO DE RETIRO |
||||
EVALUACIÓN TÉCNICA |
|
|
|
|
ESTA EVALUACIÓN REPRESENTA 60 PUNTOS DE LA SUMA DE LA PUNTUACIÓN DE TODOS LOS RUBROS CON SUS RESPECTIVOS SUBRUBROS, LOS 40 PUNTOS RESTANTES SERÁ LA PROPUESTA ECONÓMICA DE ACUERDO CON EL MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA DE ESTA CONVOCATORIA. |
||||
|
|
|
|
|
|
LOS RUBROS A EVALUAR SON LOS SIGUIENTES: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
NÚMERO DE RUBRO |
RUBRO |
PUNTUACIÓN A OTORGAR |
|
|
I |
CAPACIDAD DEL LICITANTE |
24 |
|
|
II |
EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE |
12 |
|
|
III |
PROPUESTA DE TRABAJO |
12 |
|
|
IV |
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
12 |
|
|
|
TOTAL |
60 |
|
|
|
|
|
|
I.- CAPACIDAD DEL LICITANTE (24 PUNTOS) |
|
|||
Consiste en el número de recursos humanos que técnicamente estén aptos para prestar el servicio requerido así como los recursos económicos y de equipamiento establecidos por el licitante para prestar los servicios en el tiempo, condiciones y niveles de calidad definidos por la convocante, así como otorgar cualquier otro aspecto indispensable para que el licitante pueda cumplir con las obligaciones previstas en el contrato. |
||||
|
|
|
|
|
REQUISITOS |
PUNTOS ASIGNADOS |
ELEMENTOS A EVALUAR PARA DETERMINAR LA CAPACIDAD DEL LICITANTE |
||
RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por persona |
I.- Capacidad del licitante |
24 puntos |
|
|
|
a) Capacidad de los Recursos Humanos |
12 |
|
|
|
a.1
Experiencia
Experiencia
en asuntos relacionados con la materia del servicio objeto del
procedimiento de contratación.
Se
refiere al número total de empleados del licitante |
3.6 |
Personal
dedicado al servicio del licitante. |
Más de 500 empleados |
3.6 |
Más de 300 y menos de 500 empleados |
2.4 |
|||
Menos de 300 empleados |
1.2 |
|||
a.2
Competencia en el Trabajo conforme a conocimientos académicos o
profesionales.
Se
refiere al tiempo que ha venido prestando sus servicios
profesionales al licitante. |
7.2 |
Personal
con conocimientos profesionales en la prestación del servicio de
seguros. |
Más de 500 empleados con promedio de 5 o más años de experiencia |
7.2 |
Más de 300 y menos de 500 empleados con promedio de 5 o más años de experiencia |
4.8 |
|||
Menos de 300 empleados con promedio de 5 o más años de experiencia |
2.4 |
|||
a.3
Dominio de herramientas
relacionadas
con el servicio.
Se
refiere a la participación en la resolución o tratamiento de
problemas de seguros. |
1.2 |
Personal
con experiencia en la resolución de problemas de seguros. |
Más de 500 empleados que participen en la resolución de problemas de seguros |
1.2 |
Más de 300 y menos de 500 empleados que participen en la resolución de problemas de seguros |
0.8 |
|||
Menos de 300 empleados que participen en la resolución de problemas de seguros |
0.4 |
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b).- Capacidad de los Recursos Económicos. |
10.5 |
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b.1
Red de oficinas para la prestación del servicio. |
4 |
El licitante para acreditar este concepto deberá presentar una cédula en formato libre, donde señale la cobertura de oficinas propias con que cuente para prestar el servicio objeto de la presente licitación, distribuidos en el Distrito Federal y en las Entidades Federativas, debiendo señalar al menos una por cada estado de la república, acompañado de un comprobante de domicilio a nombre del licitante. De no presentar el comprobante de domicilio no se otorgarán puntos. |
Presenta oficinas en 12 o más estados de la republica incluyendo CDMX, JAL, MTY, SLP, GTO, YUC. |
4 |
Presenta oficinas en más de 6 y hasta 12 estados de la republica incluyendo CDMX, JAL, MTY, SLP, GTO, YUC. |
2 |
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Presenta oficinas en 6 o menos estados de la republica incluyendo CDMX, JAL, MTY, SLP, GTO, YUC. |
1 |
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b.2 Promedio de los Índices de cobertura de Reservas Técnicas, Capital mínimo de garantía y del Capital Mínimo pagado de los últimos cinco trimestres (3er y 0xx xxxxxxxxx xx 0000 x 0xx, 0xx x 0xx xxxxxxxxx de 2017). |
6.5 |
Promedio de los índices de los últimos cinco trimestres, mayor a 2.0. |
6.5 |
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Promedio de los índices de los últimos cinco trimestres, mayor a 1.0 o igual a 2.0. |
3 |
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Promedio de los índices de los últimos cinco trimestres, menor a 1.0 |
1 |
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c) Participación de discapacitados en la plantilla laboral del licitante en un (5%). |
0.5 |
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Participación de discapacitados en la plantilla laboral del licitante en un (5%). |
0.5 |
El licitante deberá presentar el aviso de alta de los trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como certificado expedido por el Sector Salud de reconocimiento y calificación de discapacidad, para el caso de personas xxxxxxx deberá cubrir una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses. |
Si presenta aviso de alta de los trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como certificado expedido por el sector salud de reconocimiento y calificación de discapacidad, para el caso de personas xxxxxxx deberá cubrir una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses. No se asignarán puntos en caso de que no se presente la documentación solicitada. |
0.5 |
d) Participación de MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio. |
0.5 |
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Participación de MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio. |
0.5 |
En su caso, el licitante deberá presentar constancia emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) de haber producido los bienes que se utilizarán en la prestación del servicio objeto la presente licitación, la cual no podrá tener una vigencia mayor a cinco años. |
Se otorgarán 0.5 puntos en caso de que el licitante acredite haber producido los bienes que se utilizarán en la prestación del servicio objeto de la presente licitación, con innovación tecnológica que tenga registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). No se asignarán puntos en caso de que no se presente la documentación solicitada. |
0.5 |
e) Aplicación de políticas y prácticas de igualdad de género. |
0.5 |
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Aplicación de políticas y prácticas de igualdad de género |
0.5 |
En su caso, el licitante deberá presentar la certificación correspondiente emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto, con las que se compruebe que el licitante ha aplicado políticas y prácticas de igualdad de género. |
Se otorgarán 0.5 puntos en caso de que el licitante acredite haber aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la certificación correspondiente emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto. |
0.5 |
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Total de puntos |
24 |
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II.- EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE (12 PUNTOS) |
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Se refiere a los contratos celebrados por el licitante o en los que haya participado con los cuales demuestre que cuenta con la experiencia y conocimientos necesarios para proporcionar el servicio solicitado.
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RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por grupo |
II.- EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE |
12 |
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a) Experiencia.- Contratos y/o pólizas de servicios similares a los requeridos en el presente proceso de contratación que el licitante haya celebrado durante los últimos años |
6 |
El licitante para acreditar este concepto, deberá presentar copia legible de dos (2) contratos y/o pólizas por cada año cumplido y/o caratulas de póliza de los xxxxx que integran la partida, en el que acredite su antigüedad en la prestación de servicios con un máximo de 5 (cinco) años cumplidos a la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en los que se acredite la prestación del servicio objeto de la presente licitación o bien contratos plurianuales que cubran dicho periodo. |
Los licitantes que acrediten cinco años de experiencia como límite máximo. |
6 |
A partir de éste máximo asignado se efectuará un reparto proporcional de puntuación entre el resto de los licitantes en razón de los años de experiencia, que logren acreditar, aplicando para ello una regla de tres. |
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Ejemplo: |
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Licitante con 5 años o más 100%= 5 puntos |
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Licitantes con menor cantidad de años de experiencia |
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(4 años) = 4 puntos |
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(3 años) = 3 puntos |
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(2 años) = 2 puntos |
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(1 año) = 1 puntos |
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Cabe señalar que no se asignarán puntos a quien no acredite que cumple cuando menos con un año de experiencia. |
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b) Especialidad.- Mayor número de contratos y/o pólizas con los cuales el licitante pueda acreditar que ha prestado servicios con las características similares y en condiciones similares a las establecidas en la presente convocatoria. |
6 |
El licitante para acreditar este concepto, deberá presentar contratos y/o pólizas de servicios similares a los requeridos por la Convocante en el ramo de seguro solicitado, con sumas aseguradas similares o superiores a las de la Convocatoria. Para ello, el licitante deberá presentar un máximo de 5 contratos y/o pólizas, los cuales hayan suscrito o tengan adjudicados con anterioridad a la fecha de la convocatoria. |
Los licitantes que presenten 5 contratos y/o pólizas de especialidad como límite máximo. |
6 |
A partir de éste máximo asignado se efectuará un reparto proporcional de puntuación entre el resto de los licitantes en razón de los contratos que logren presentar, aplicando para ello una regla de tres. |
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Ejemplo: |
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Licitante con 5 contratos y/o pólizas o más 100%= 7 puntos |
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Licitantes con menor cantidad de contratos |
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(4 contratos y/o pólizas)= 5.6 puntos |
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(3 contratos y/o pólizas)= 4.2 puntos |
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(2 contratos y/o pólizas)= 2.8 puntos |
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(1 contratos y/o pólizas)= 1.4 puntos |
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Total de puntos |
12 |
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III.- PROPUESTA DE TRABAJO (12 PUNTOS) |
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Como parte de su proposición el licitante deberá incluir la metodología, plan de trabajo y esquema estructural que pretenda aplicar para la prestación del servicio de acuerdo a Las Especificaciones Técnicas y Alcances del Servicio. |
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RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por grupo |
III. Propuesta de trabajo |
Subtotal: 12 puntos |
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a) Metodología para la prestación del servicio. |
2 |
Documento en el que el licitante deberá señalar la metodología que empleara en la prestación del servicio para el caso de ser adjudicado, describiendo en forma amplia los diversos rubros de la misma y estar claramente definidos e identificados con respecto al servicio ofertado, contemplando los diversos aspectos del servicio; lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
Presentada.- Será aquella metodología que cumpla con todos los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro. |
2 |
El documento a través del cual el licitante defina el o los procesos para la prestación del servicio |
No presentada o Incompleta.- Será aquella metodología que no considere uno o más de los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro o que no se presente. |
0 |
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b) Plan de trabajo propuesto por el licitante |
9 |
El licitante deberá presentar el plan de trabajo que utilizaría en la prestación del servicio para el caso de resultar adjudicado, describiendo en forma amplia los diversos rubros de la misma y estar claramente definidos e identificados con respecto al servicio ofertado y contemplando los diversos aspectos del servicio; señalando como aplicará la metodología propuesta, así como los tiempos y la forma a través del cual realizará la prestación del servicio, incluyendo los que haya señalado en el rubro a) "capacidad de los recursos humanos” y b) "capacidad de los recursos económicos" más lo relativo al subrubros c.3) Esquema estructural de la organización de los Recursos Humanos. Lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
i) Enriquecida. - Será aquella propuesta de trabajo que además de cumplir con los incisos siguientes (ii) y iii) proponga elementos que optimicen el servicio, o elementos de valor agregado al servicio, todo lo anterior, bajo ninguna circunstancia deberá representar ningún costo adicional al presente servicio o al asegurado. Las propuestas de mejora que realicen los licitantes deberán estar perfectamente definidas e identificadas en el subrubros de c.1) Metodología, c.2) Plan de Trabajo y c.3) Esquema estructural de la Organización de los Recursos Humanos; lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
9 |
El documento a través del cual el licitante señale como aplicará la metodología propuesta, así como los tiempos y la forma a través del cual realizará la prestación del servicio. |
ii) Integrada.- Será aquella propuesta de trabajo que vincule la metodología, plan de trabajo y el esquema estructural en cada uno de los conceptos enunciados en la primera columna de este rubro, que permita a la convocante identificar la operación del servicio solicitado. |
4 |
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iii) Presentada.- Será aquella propuesta de trabajo que cumpla con los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro. |
2 |
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iv) No presentada o Incompleta.- Será aquella propuesta de trabajo no presentada o que no considere uno o más de los aspectos solicitados en la primera y tercera columna de este rubro. |
0 |
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c) Esquema estructural de la organización de los Recursos Humanos |
1 |
El licitante deberá presentar el Esquema estructural de la organización de los Recursos Humanos que utilizaría en la prestación del servicio para el caso de ser adjudicado, para lo cual el licitante deberá acompañar un organigrama en el cual se identifique el nombre, cargo o función del personal destinado a la prestación del servicio que se licita. Lo anterior con la finalidad de que la convocante puede conocer a detalle la propuesta y tenga los elementos suficientes de valoración. |
Presenta documento con las características requeridas |
1 |
El licitante deberá acompañar un organigrama en el cual se identifique el nombre, cargo o función del personal destinado a la prestación del servicio que se licita. |
No presenta el documento o lo hace de forma incompleta |
0 |
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Total de puntos |
12 |
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IV.- CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS 12 PUNTOS |
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Se ocupa de medir el desempeño o cumplimiento que ha tenido el licitante en la prestación oportuna y adecuada de los servicios de la misma naturaleza objeto del procedimiento de contratación de que se trate, que hubieren sido contratados por alguna dependencia, entidad |
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RUBRO / sub rubro |
TOTAL/ SUBTOTAL |
Documentación Comprobatoria |
Parámetro de evaluación |
Puntos por grupo |
IV.- CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
12 |
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Cumplimiento de Contratos. |
12 |
Para comprobar el cumplimiento que ha tenido el licitante en la prestación oportuna y adecuada de los contratos de servicios de la misma naturaleza y objeto de éste procedimiento de licitación celebrados con alguna dependencia, entidad o con particulares (personas físicas x xxxxxxx), el licitante deberá incluir en su proposición las cartas de cumplimiento satisfactorio y oportuno del contrato por cada uno que haya exhibido, preferentemente considerando los referidos en el rubro de experiencia y especialidad del licitante, la cual deberá contener el periodo de vigencia que abarca y el número, denominación o medio a través del cual se puede identificar el contrato cumplido del cual presenta copia, ésta deberá estar firmada por la persona encargada de supervisar o administrar el contrato o póliza por parte del contratante (clientes). Nota: Para el caso de que alguna carta de cumplimiento satisfactorio y oportuno del contrato no contenga alguno de los requisitos anteriormente señalados que permitan vincular el cumplimiento del contrato que se menciona, no se otorgará puntuación. |
Mayor número de contratos cumplidos. |
12 |
Contratos o pólizas de servicios similares a los requeridos en el presente proceso de contratación, que el licitante haya suscrito por cada año con su respectiva constancia de cumplimiento. |
Se otorgarán 12 puntos al licitante que acredite el mayor número de contratos, considerando un máximo de 10 contratos, con una antigüedad máxima de 5 años cumplidos al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en los que se acredite la prestación del servicio objeto de la presente licitación o bien contratos plurianuales que cubran dicho periodo. |
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A partir de este máximo asignado se efectuará un reparto proporcional de puntos entre el resto de los licitantes en razón de los contratos cumplidos satisfactoriamente, aplicando para ello una regla de tres. |
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Ejemplo: |
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Licitante con 10 contratos o más 100%= 12 puntos |
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Licitantes con menor cantidad de contratos |
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(9 contratos)= 10.8 puntos |
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(8 contratos)= 9.6 puntos |
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(7 contratos)= 8.4 puntos |
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(6 contratos)= 7.2 puntos |
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(5 contratos)= 6 puntos |
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(4 contratos)= 4.8 puntos |
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(3 contratos)= 3.6 puntos |
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(2 contratos)= 2.4 puntos |
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(1 contratos)= 1.2 puntos |
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Total de puntos |
12 |
Nota: Para que una propuesta técnica sea considerada solvente, deberá tener una puntuación mínima de 45 puntos, de los 60 máximos que se pueden obtener en su evaluación técnica. |
La puntuación o unidades porcentuales a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y, por tanto, no ser desechada, será de cuando menos 45 (cuarenta y cinco) de los 60 (sesenta) máximos que se pueden obtener en su evaluación.
El puntaje máximo de 60 (sesenta) puntos equivale al 100% (cien por ciento) del total de calificación que se obtiene en la evaluación técnica. Para obtener el cálculo del porcentaje de cada propuesta técnica se sumarán los puntos obtenidos en el cuadro de evaluación técnica.
Criterios de evaluación económica
Para la evaluación económica de las proposiciones, la Convocante considerará los aspectos establecidos en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 36, 36 Bis de la LAASSP y las disposiciones administrativas expedidas en esta materia.
La Convocante llevará a cabo la evaluación económica de las proposiciones, a partir de que se tenga conocimiento del resultado de la evaluación técnica, evaluando únicamente aquellas proposiciones económicas que técnicamente hayan sido aceptadas una vez que cumplieron con los requisitos técnicos, solicitados en la presente licitación pública alcanzando el puntaje mínimo requerido en el punto anterior y que además hubieran entregado la totalidad de los documentos requeridos para la presentación y apertura de las proposiciones.
La Convocante para determinar la solvencia económica de las proposiciones aceptadas llevará a cabo la evaluación donde se realizará un análisis de las mismas, se revisarán todos y cada uno de los aspectos señalados a continuación, aplicando los criterios siguientes que consistirán en:
Se verificará que la información proporcionada por los licitantes en sus proposiciones cumplan con todos y cada uno de los requisitos económicos establecidos en la presente Convocatoria y sus juntas de aclaraciones, revisando cada uno de los documentos y/o anexos para corroborar que contengan toda la información solicitada y que se describe en el numeral V, puntos 1 y 3, así como en el Anexo 2 “Propuesta Económica” de la convocatoria del presente procedimiento.
Se corroborará el cumplimiento de toda la información legal y administrativa solicitada en la presente convocatoria y sus juntas de aclaraciones.
Se analizará en detalle que se haya incluido toda la información solicitada por la convocante y se verificará que coticen la totalidad de los conceptos contenidos en el Anexo 1 “Términos de Referencia” (según las partidas por las que determine el licitante participar), de conformidad al criterio de adjudicación establecido y que los factores y condiciones involucrados en las propuestas económicas cumplan con los requerimientos del presente procedimiento de contratación.
Se verificará que los precios que cotiza el licitante corresponden a las condiciones actuales xxx xxxxxxx, para lo cual podrá efectuarlo mediante cualquiera de las siguientes opciones:
Información contenida en CompraNet.
Análisis del histórico de precios de contratos actualizados mediante los índices económicos que correspondan y homologados a las mismas condiciones.
Fallos de Licitaciones públicas realizadas con anterioridad por un organismo público.
Los montos y las cantidades propuestos por el licitante no representan ninguna obligación de contratación para la Convocante y únicamente serán considerados para efectos de su evaluación económica.
Se verificará que las ofertas no sean condicionadas.
La propuesta económica equivale al 40% (cuarenta por ciento) del total de la calificación.
Aquellas proposiciones que obtuvieron el puntaje mínimo de la evaluación técnica, son comparadas en esta etapa utilizando la siguiente fórmula de cálculo:
Fórmula para la Evaluación Económica |
PPE = MPemb x 40 / MPi. |
En donde:
PPE= Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica.
MPemb = monto de la propuesta económica más baja.
MPi = monto de la i-ésima propuesta económica.
Una vez que se cuente con los valores que arrojen las evaluaciones técnicas y económicas, la convocante procederá a la aplicación de la siguiente fórmula para determinar la puntuación o unidades porcentuales totales de la proposición, con el que se determinará la proposición solvente que será susceptible de ser adjudicada con el contrato, por haber cumplido con los requisitos exigidos y cuyo resultado sea el de mayor puntuación.
Fórmula para la Puntuación o Unidades Porcentuales Totales de la proposición |
PTj = TPT + PPE. |
En donde:
PTj = Puntuación o Unidades Porcentuales Totales de la proposición
TPT = Total de Puntuación o Unidades Porcentuales asignadas a la propuesta técnica.
PPE = Puntuación o Unidades Porcentuales asignadas a la propuesta económica.
Desechamiento de Proposiciones.
Se desechara(n) la(s) proposición(es) del(los) licitante(s) en cualquiera de las etapas de la licitación que incurra(n) en una o varias de las siguientes situaciones:
Se desechara(n) la(s) proposición(es) del(los) licitante(s) en cualquiera de las etapas de la licitación que incurra(n) en una o varias de las siguientes situaciones:
La no presentación o el incumplimiento de alguno de los requisitos y/o documentos solicitados en la presente convocatoria y los anexos de esta licitación o los derivados de las Juntas de Aclaraciones que afecten la solvencia de la proposición.
Si los servicios ofertados o los bienes necesarios para la prestación de los mismos no cumplen con la totalidad de las características establecidas en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de esta convocatoria.
Cuando no se agregue a la propuesta técnica los documentos con los que esta Convocante tendrá por acreditada la experiencia del licitante mínima en la prestación de servicios de la misma naturaleza de los que son objeto del presente procedimiento de contratación, solicitada para tal efecto en esta convocatoria.
Cuando el licitante no se ajuste a las condiciones de prestación de los servicios, plazo y lugar de los mismos.
Cuando el licitante no presente la totalidad de las muestras que en su caso sean requeridas como parte de la propuesta técnica, así como en el tiempo establecido para ello o que éstas no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de esta convocatoria y lo establecido en su caso en las juntas de aclaraciones.
Si se comprueba que el licitante carece de la capacidad solvente para la prestación de los servicios con la calidad requerida, lo anterior por no cumplir con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria.
Cuando exista discrepancia entre lo ofertado en la propuesta técnica y económica, en lo referente a la descripción del servicio y/o cantidad, incluyendo en su caso las muestras presentadas.
Cuando no cotice por partidas completas o lotes; o en su caso, cuando no cotice la totalidad de las partidas de la presente licitación.
Cuando la propuesta económica presente precios escalonados o condicionados.
Cuando la propuesta económica no se manifieste en CompraNet, aún y cuando se adjunte a la proposición un documento escrito que la contenga o cuando habiendo manifestado tanto en CompraNet como por escrito la oferta económica, se presente discrepancia entre ambas.
Cuando el precio de la partida no sea aceptable para “EL CETI” (aplica de acuerdo al tipo de metodología de evaluación establecido en la presente convocatoria).
Cuando los precios ofertados se encuentren por debajo del precio conveniente que determine la Convocante, en este supuesto la convocante podrá desechar la proposición (aplica de acuerdo al tipo de metodología de evaluación establecido en la presente convocatoria).
Cuando el licitante no acepte la(s) corrección(es) que la Convocante realice respecto a su propuesta económica conforme a lo señalado en los numeral V, punto 3 de la presente convocatoria.
Cuando se solicite la leyenda “bajo protesta de decir verdad” y ésta sea omitida en el documento correspondiente, solo en los casos previstos por la LAASSP y el RLAASSP o en los ordenamientos de carácter general aplicables a la Administración Pública Federal.
Cuando la proposición no esté debidamente firmada, lo anterior en términos del artículo 27, último párrafo de la LAASSP y demás normatividad aplicable en la materia, así como lo señalado en la presente convocatoria.
Cuando el licitante no permita la visita a sus instalaciones conforme a lo establecido en la presente convocatoria o que habiéndosele notificado de la realización de la misma, no se haya presentado en sus instalaciones para que el personal de “EL CETI” pueda llevar a cabo la visita.
Si existe algún incumplimiento o incongruencia entre los resultados de la visita que en su caso se realice a las instalaciones del licitante y su oferta, o en su caso, con lo solicitado en la presente convocatoria.
Cuando un mismo licitante presente dos o más propuestas o presente más de una oferta ya sea técnica o económica para una misma partida.
Cuando presente documentos alterados o se determine por la autoridad competente que alguna manifestación es falsa.
Cuando el licitante no alcance el puntaje mínimo establecido para la propuesta técnica en el numeral VI, punto 2, apartado 2.1 de la presente convocatoria (aplica de acuerdo al tipo de metodología de evaluación establecido en la presente convocatoria).
Por causas establecidas en las normas aplicables, o por razones especificadas en esta convocatoria, aun cuando no estén especificadas en este numeral y/o sus anexos.
Si se comprueba que tiene(n) acuerdo con otro(s) licitante(s) para elevar los precios de los servicios objeto de esta licitación, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
Si se encuentra algún elemento que indique que el licitante tuvo acceso a información sobre la licitación, que lo pueda poner en ventaja sobre los otros licitantes, aún en el supuesto de que sea el único participante.
Cuando se demuestre cualquier violación a las disposiciones legales vigentes en la materia.
Si el licitante para efectos de su participación en la presente licitación a través de CompraNet, manifiesta su interés o envía su proposición en fecha u hora posterior a la señalada en el numeral IV, punto 2, apartados 2.1 y 2.5 de la presente convocatoria.
Si no envían los archivos que contienen la proposición en los formatos, programas y/o versiones especificadas y autorizadas en esta convocatoria o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a los formatos en que se remiten, sus programas o equipo de cómputo, cuando así lo determine mediante dictamen el responsable informático de “EL CETI”.
Sí al abrir los archivos de los licitantes, uno o más de los mismos, contienen virus informático según la revisión que se haga de ellos con los sistemas de antivirus disponibles en “EL CETI” y así lo determine mediante dictamen el responsable informático de “EL CETI”.
Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP y 59 y 67 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Encontrarse inhabilitado por parte de la SFP en los términos de la LAASSP y de la LOPSRM.
Si se comprueba que se le hubieren rescindido más de un contrato con alguna Entidad o Dependencia del Sector Público dentro de 02 (dos) años calendario contados a partir de la notificación de la primera rescisión.
Por no encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales en términos del artículo 32-D del CFF y de lo señalado al respecto en la Miscelánea Fiscal vigente.
Cualquier otra violación a la LAASSP, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables, así como las especificadas en el cuerpo de esta convocatoria y sus anexos, determinada por autoridad competente de conformidad a la materia de que se trate.
Las proposiciones que por cualquier motivo omitan algún requisito solicitado en la presente convocatoria, sus anexos y lo indicado en sus juntas de aclaraciones, o no satisfagan a cabalidad los mismos, serán desechadas durante el análisis de las mismas, haciéndose constar en el acta de Fallo el motivo por el que se desecha.
DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES DURANTE EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DE LA LICITACIÓN.
La proposición que preparen los licitantes para participar en la presente licitación deberá de contemplar cada uno de los puntos y documentos descritos a continuación, el cumplimiento de estos requisitos es indispensable, por lo que su omisión afectará la solvencia de la proposición presentada y será motivo para desechar la proposición presentada; en su caso, con excepción de los casos señalados como opcionales.
Se deberá de presentar de manera electrónica, a través del portal de CompraNet, el cual deberá contener la documentación legal, la propuesta técnica y la propuesta económica, que se solicita y en el orden que se indica, y firmadas en todas las hojas.
No será causal de desechamiento si la documentación no se presenta de manera ordenada, pero si deberá estar completa.
Documentos que deberá contener la proposición.
Los licitantes deberán entregar OBLIGATORIAMENTE dentro del sobre los siguientes documentos y datos:
Propuesta Técnica.
Escrito mediante el cual el licitante, por conducto de su representante o apoderado legal manifieste bajo protesta de decir verdad, la descripción y especificaciones de los bienes que oferta, así como en su caso la marca, submarca y modelo de los bienes que propone; cumpliendo e indicando claramente en su propuesta técnica con lo señalado en el numeral V, puntos 1 y 2, así como con el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de esta convocatoria.
Asimismo, deberá manifestar que en caso de resultar ganador en esta licitación, que prestará el servicio objeto de la presente licitación que le sea adjudicado, conforme a lo señalado en el numeral III, punto 1, apartado 1.1 y Anexo 1 “Propuesta Técnica” de esta convocatoria y lo que en su caso se desprenda de la junta aclaratoria a la misma. (Se sugiere utilizar el formato del Anexo 1 de la presente convocatoria y especificar las fechas a las que se compromete).
Asimismo, los licitantes deberán presentar como parte de su propuesta técnica los documentos solicitados en el punto 3. Metodología de Evaluación, para la(s) partida(s) en que participe,
La propuesta técnica deberá estar firmada electrónicamente por el sistema CompraNet.
Para el caso de los documentos señalados como “Opcional”, su omisión no será motivo de desechamiento de la proposición, sin embargo no se otorgarán puntos en el rubro o subrubro correspondiente.
Propuesta Económica.
La oferta económica se deberá manifestar a través del formulario provisto para tal efecto en CompraNet para la presente licitación; por lo que la oferta señalada en el sistema será la que la convocante tomará en cuenta para efecto de su evaluación y en su caso para adjudicación, en el supuesto de discrepancia entre lo ofertado en el sistema y cualquier otro documento incluido en la proposición, prevalecerá lo manifestado en la sección de “Propuesta Económica” de CompraNet.
Se deberá adjuntar en CompraNet en el apartado de “Anexos Genéricos” de la sección de captura de la propuesta económica, un escrito (preferentemente en papel membretado del licitante) firmado por su propio derecho o a través de su representante o apoderado legal, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
Resumen de la proposición económica por partida, desglosando el I.V.A. y cualquier otro impuesto aplicable al servicio objeto de la presente licitación, precisando el porcentaje correspondiente del mismo, utilizando para ello el formato proporcionado en el Anexo 2 “Propuesta Económica” de esta convocatoria.
Que la oferta estará vigente 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones y que los precios serán firmes hasta la total prestación del servicio y cotizado en moneda nacional.
Que los importes ofertados son en pesos mexicanos, fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato que se suscriba, sin escalonación.
La propuesta económica deberá cumplir e indicar claramente lo señalado en el numeral V, punto 0 x Xxxxx 0 “Propuesta Económica” de esta convocatoria.
documentación LEGAL y administrativa
Conforme a lo señalado en el artículo 48, fracción V del RLAASSP, los licitantes que participen ya sea por sí mismos, o a través de un representante, para acreditar su personalidad, deberán presentar un escrito firmado por su propio derecho o a través de su representante o apoderado legal, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir en nombre de su representada la proposición correspondiente, el cual deberá contener los siguientes datos:
Del presente procedimiento de contratación:
Nombre y número.
Del licitante:
Nombre completo o Razón Social.
Clave del Registro Federal de Contribuyentes.
Clave Única de Registro de Población, CURP (personas físicas).
Datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones.
Domicilio (calle y número exterior e interior (si lo tiene), colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, teléfono y fax).
Dirección de correo electrónico oficial del licitante.
Relación de los accionistas o socios, con su RFC y homoclave, y
Descripción del objeto social (personas xxxxxxx).
Del representante o apoderado legal del licitante (en su caso):
Nombre completo,
Para acreditar que cuenta con facultades suficientes para suscribir la propuesta, mencionar número y fecha de la escritura pública en el documento que lo acredite la personalidad con la que comparezca, señalando el nombre, número y el lugar o circunscripción del fedatario público que las protocolizó, así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Para esta manifestación podrán utilizar el formato proporcionado en el Anexo 5 “Formato de Acreditación” de esta convocatoria.
En el caso de las proposiciones en conjunto, este documento se deberá presentar por cada miembro que integra la proposición.
Identificación oficial vigente del licitante o en su caso, del representante o apoderado legal.
Los licitantes entregarán junto con su proposición, copia digital legible por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición.
Como identificación oficial se considerarán: Cédula Profesional, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Pasaporte, Credencial de elector o Licencia de manejo; el documento que se utilice para efecto de lo solicitado en este apartado deberá estar vigente.
En el caso de las proposiciones en conjunto, este documento se deberá presentar por cada miembro que integra la proposición.
Manifestación de Nacionalidad.
Declaración que deberán presentar los licitantes donde manifiesten bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana y en el caso de personas xxxxxxx, que se encuentran debidamente constituidas de acuerdo a la leyes mexicanas y que tiene su domicilio en territorio nacional.
Para esta manifestación podrán utilizar el formato proporcionado en el Anexo 6 “Manifestación de nacionalidad” de esta convocatoria.
En el caso de las proposiciones en conjunto, este documento se deberá presentar por cada miembro que integra la proposición.
Escrito en el cual se manifieste bajo protesta de decir verdad, si la empresa se encuentra clasificada como una MIPYME de acuerdo a la estratificación establecida por la Secretaria de Economía, conforme al formato adjunto a la presente convocatoria como Anexo 7 “Manifestación de MIPYME”, o en su caso, presentar copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa.
En el supuesto de que el licitante no se ubique dentro de la estratificación de MIPYME, se deberá manifestar que la empresa es del tipo de clasificación “Grande” y no se encuentra clasificada como MIPYME.
En el caso de las proposiciones en conjunto, este documento se deberá presentar por cada miembro que integra la proposición.
Escrito mediante el cual manifieste que conoce y acepta el contenido y alcance de la convocatoria de la presente licitación, de sus anexos y de las condiciones establecidas en las mismas, así como de las modificaciones a tales documentos que, en su caso, se deriven de sus juntas de aclaraciones.
Para esta manifestación podrán utilizar el formato proporcionado en el Anexo 8 “Carta de Aceptación de Convocatoria” de esta convocatoria.
En el caso de las proposiciones en conjunto, este documento se deberá presentar por cada miembro que integra la proposición.
Escrito mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que el licitante no se encuentra en ninguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
Para esta manifestación podrán utilizar el formato proporcionado en el Anexo 9 “Escrito de los artículos 50 y 60 de la LAASSP” de esta convocatoria.
En el caso de las proposiciones en conjunto, este documento se deberá presentar por cada miembro que integra la proposición.
Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que el licitante por sí mismo o través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de “EL CETI”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del presente procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes.
Para esta manifestación podrán utilizar el formato proporcionado en el Anexo 10 “Declaración de Integridad” de esta convocatoria.
En el caso de las proposiciones en conjunto, este documento se deberá presentar por cada miembro que integra la proposición.
Escrito de aceptación para permitir visitas a sus instalaciones. (Formato Libre)
Escrito mediante el cual manifieste su consentimiento para que la convocante, en caso de que lo estime conveniente, lleve a cabo las visitas que juzgue necesarias a las instalaciones del propio licitante, para verificar la información que proporcione en su proposición, esto conforme a lo señalado en el numeral V, punto 5 “De las verificaciones” de esta convocatoria.
Listado de principales clientes. (Formato libre)
Escrito mediante el cual manifieste su listado de principales clientes pertenecientes a la Administración Pública o a la iniciativa privada, nacional o extranjera, a los cuales se les hayan entregados bienes similares a los de esta licitación, indicando los datos generales de la persona con quien se tiene el contacto (Nombre, Cargo y Teléfono). Esto con el fin de que “EL CETI” pueda, de manera directa, pedir referencias del licitante.
Conformidad de deficiencias o incumplimientos. (Formato libre)
Escrito mediante el cual manifieste su conformidad de que si personal de “EL CETI” identifica deficiencias o incumplimientos en la prestación del servicio de acuerdo al Anexo 1 “Propuesta Técnica” de la presente convocatoria, “EL CETI” no los tendrá por entregados o aceptados. Para estos casos, el proveedor deberá informar al área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato de “EL CETI”, cuando se subsanen las deficiencias o incumplimientos detectados, sujetándose a la inspección y autorización de “EL CETI”, misma que no lo exime de la pena convencional por atraso en la prestación del servicio o de las deducciones al pago a que haya lugar.
Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales (Artículo 32-D del CFF).
Escrito de opinión vigente emitido por la autoridad fiscal competente, respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales en términos de lo establecido en el artículo 32-D del CFF y lo señalado en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente a la fecha de publicación de esta convocatoria, para lo cual en el Anexo 12 “Resolución Miscelánea Fiscal para el Ejercicio Fiscal (Artículo 32-D del CFF)” de la presente convocatoria se proporciona información de dicha resolución miscelánea.
Opinión de Cumplimiento de Obligaciones IMSS
Escrito de opinión vigente emitido el Instituto Mexicano del Seguro Social, respecto del cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, el cual permite avalar que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones en la materia a la fecha de la Licitación.
DOCUMENTACIÓN OPCIONAL:
Convenio de propuestas en conjunto.
(Formato libre) Para los licitantes que presenten propuestas en conjunto, de conformidad a lo establecido en el artículo 44 del RLAASSP, deberán formalizar un convenio, observando lo establecido en el referido ordenamiento legal, mismo que deberá incluir de manera obligatoria en su proposición y cumplir con lo señalado en el numeral IV, punto 4 de esta convocatoria.
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 65 y 66 de la LAASSP, los interesados podrán inconformarse por cualquier acto del presente procedimiento de contratación que contravenga a las disposiciones establecidas en la legislación de la materia, presentando escrito ante la Secretaría de la Función Pública, así como ante el Órgano Interno de Control en “EL CETI”, con domicilio en el número 1885 de la xxxxx Xxxxx Xxxxxxx xx xx Xxx. Xxxxxxxxxxx Xxxxxx xxxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx; o a través de CompraNet en la dirección xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet deberá utilizarse, en sustitución de la firma autógrafa, medios de identificación electrónica previamente certificados por la SFP.
SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
Suspensión de la licitación.
Se podrá suspender la licitación cuando la SFP o el Órgano Interno de Control en “EL CETI” así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades, conforme a lo dispuesto por el artículo 70 de la LAASSP.
Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes.
Cancelación de la licitación.
Se procederá a la cancelación de la licitación, Partida o partidas incluidas en ésta, por las siguientes razones:
Por caso fortuito;
Por causa de fuerza mayor;
Cuando existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para continuar con la prestación de los servicios, o
Cuando de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al propio CETI
En el acta correspondiente, se asentarán las causas que motivaron la suspensión o cancelación del proceso, haciéndose del conocimiento de los licitantes a través de los estrados de la Convocante y/o por correo electrónico.
declaración de la licitación o partida DESIERTa.
El presente procedimiento de contratación o partida en específico se declararán desiertos en los siguientes casos:
Licitación desierta:
Si no se registra o manifiesta su interés cuando menos un licitante en CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Las dependencias y entidades procederán a declarar desierta una licitación, cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados.
Si al abrir las proposiciones, no se cuenta cuando menos con una proposición susceptible de analizarse técnicamente.
Si una vez valoradas las proposiciones, no se cuenta con alguna que resulte solvente para la aplicación de los criterios de evaluación previstos en la presente convocatoria.
Si los precios ofertados no fueren aceptables o convenientes para “EL CETI”.
Por exceder el presupuesto autorizado para la licitación en general.
Partida desierta:
Una partida se declarará desierto en los siguientes casos:
Si al abrir las proposiciones, no se cuenta cuando menos con una proposición susceptible de analizarse técnicamente para alguna partida.
Si no se cuenta con oferta para alguna partida.
Si una vez valoradas las proposiciones, no se cuenta con alguna que resulte solvente para la aplicación de los criterios de evaluación y adjudicación previstos en la presente convocatoria en alguna partida.
Si los precios ofertados para alguna partida no fueren aceptables o convenientes para “EL CETI”.
Por exceder el presupuesto autorizado para alguna partida de las que conforman este procedimiento.
OBLIGACIONES DE LOS LICITANTES.
Para esta licitación, se da por hecho que los licitantes que presenten ofertas se obligan a cumplir todos los requerimientos incluidos en el presente documento, sus anexos y los que se desprendan de sus juntas de aclaraciones y que éstos han sido comprendidos en su totalidad. En consecuencia, los licitantes no podrán argumentar que en su propuesta técnica o económica no incluyeron algún requerimiento solicitado por desconocimiento del mismo.
El licitante deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la convocatoria de la presente licitación y en las actas de sus juntas de aclaraciones, ya que si omite alguna parte de información indispensable requerida o presenta una proposición Que no cumpla con los requerimientos solicitados en la convocatoria y las que se desprendan de sus juntas de aclaraciones, “EL CETI” desechará dicha proposición.
Para el envío de las proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica CompraNet, los licitantes deberán utilizar exclusivamente CompraNet.
CONTROVERSIAS.
Las controversias que se susciten con motivo de esta licitación se resolverán con apego a lo previsto en la LAASSP, su Reglamento vigente y las demás disposiciones legales aplicables.
Para la resolución de controversias jurisdiccionales serán competentes los Tribunales Federales asentados en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco. El licitante ganador renuncia expresamente a la jurisdicción que por razón de su domicilio presente o futuro u otra causa pueda corresponderle.
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
En concordancia con lo dispuesto por los artículos 24 fracción VI, 100, 111, 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable, los LICITANTES participantes podrán señalar aquella información contenida en su proposición que deba considerarse como reservada, comercial reservada o confidencial, siempre que tengan el derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables.
En caso afirmativo, deberá señalar los documentos o las secciones de estos que contengan la información confidencial, reservada o comercial reservada, así como el fundamento por el cual consideran que tenga ese carácter. En el entendido que la omisión en la presentación del escrito antes referido no será motivo de desechamiento.
ASISTENCIA A LOS ACTOS PÚBLICOS DE LA LICITACIÓN.
A los actos de carácter público de las licitaciones podrá asistir cualquier persona que sin haber adquirido la convocatoria manifieste su interés de estar presente en dichos actos, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma en los mismos. De la misma manera podrán asistir representantes de las cámaras, colegios o asociaciones profesionales u otras organizaciones no gubernamentales.
De conformidad con el artículo 26 Ter. de la LAASSP y al Capítulo Tercero del RLAASSP, se hace saber a todos los licitantes que en este procedimiento podrán participar, en cualquier momento, Testigos Sociales con derecho a voz, a los cuales se deberán proporcionar todas las facilidades y documentación que soliciten, salvo la considerada como reservada o confidencial en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, estos testigos sociales podrán participar en la formulación y revisión previa de la convocatoria de licitación pública y de las convocatorias, las juntas de aclaraciones, las visitas a los sitios de instalación y edificación, en su caso, el acto de presentación y apertura de proposiciones, a la emisión del fallo correspondiente y a la formalización del contrato respectivo.
COMBATE A LA CORRUPCIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
Se hace del conocimiento de los licitantes que de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, aquellos que incurran en algunas de las disposiciones previstas en el Título Tercero, Capítulo III “De los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves”, podrán ser acreedores a alguna de las sanciones previstas; con motivo de lo cual, los licitantes que durante el desarrollo del presente procedimiento de contratación o sus etapas posteriores adviertan hechos que pudieran constituir una infracción, podrán presentar su denuncia por escrito que contenga los hechos y cualquier otra información que permita advertir la comisión de presuntas infracciones, los datos de identificación del presunto infractor, y realizar el señalamiento de los elementos probatorios que acrediten las presuntas infracciones, en las oficinas del Órgano Interno de Control en el Centro de Enseñanza Técnica Industrial (OIC), ubicadas en el domicilio señalado en los apartados de “Acrónimos” e “Inconformidades” de la presente Convocatoria, o en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 01020, México, Distrito Federal.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en la referida Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y el Título Quinto “De las Infracciones y Sanciones”, Capítulo Único, de la LAASSP, la Secretaría de la Función Pública aplicará las sanciones que procedan a los servidores públicos que infrinjan las disposiciones de la LAASSP, conforme a lo dispuesto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas; por lo cual los licitantes se encuentran en aptitud de presentar sus denuncias en torno las presuntas infracciones de que tengan conocimiento, mediante escrito presentado en las oficinas del Órgano Interno de Control de forma presencial o por correo convencional, o en el correo electrónico xxxxxx.xxx@xxxx.xxx.xx, o bien, vía telefónica al número 00-00-00-00.
RELACIONES LABORALES.
El proveedor es el patrón y responsable directo de la relación laboral del personal y trabajadores que utilice para la prestación de los servicios de manera directa en favor de “EL CETI” que por este instrumento se contratan. El cumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor estipuladas en este apartado también es objeto del contrato que al efecto se suscriba, en términos de lo previsto en el artículo 54 de la LAASSP. El proveedor se obliga a otorgar a sus trabajadores, de manera puntual e íntegra, todas las prestaciones laborales que las leyes vigentes señalan, debiendo cumplir sus obligaciones patronales con la totalidad de trabajadores que utilice para la prestación de los servicios contratados en este instrumento. Fuera del régimen de responsabilidad laboral previsto en la Ley Federal del Trabajo y las normatividades aplicables en materia de seguridad social de los trabajadores, el proveedor no utilizará a persona alguna para la prestación de los servicios a favor de “EL CETI” que por este instrumento se contratan.
En términos del régimen de subcontratación establecido en los Artículos 15, 15-A, 15-B 15-C y 15-D de la Ley Federal del Trabajo, el proveedor se obliga en todo momento, durante la vigencia del contrato a exhibir a "EL CETI” la planilla del personal que utilice para la prestación de los servicios de manera directa en favor de “EL CETI”, los contratos individuales de trabajo originales y debidamente firmados por las partes, donde contenga las condiciones de trabajo con sus trabajadores incluyendo salario, jornada legal de trabajo, vacaciones, aguinaldo y demás prestaciones, la nómina de pago de prestaciones laborales, así como las constancias documentales de inscripción y pago a las instituciones de seguridad social, al Instituto Mexicano del Seguro Social, las aportaciones a la cuenta individual del trabajador del Sistema de Ahorro para el Retiro y del INFONAVIT, necesarias para acreditar fehacientemente que el proveedor cumple periódica y cabalmente sus obligaciones patronales con los trabajadores que utilice para la prestación de los servicios de manera directa en favor de “EL CETI”, tanto en el pago de las prestaciones legales, como las de seguridad social. En todas las constancias documentales que el proveedor exhiba para efectos de comprobación, deberá existir identidad plena entre el patrón registrado ante las instituciones de seguridad social señaladas y el proveedor.
La obligación del proveedor de exhibir a “EL CETI” la planilla del personal que utilice para la prestación de los servicios de manera directa en favor de “EL CETI”, los contratos individuales de trabajo, la nómina de pago de prestaciones, así como las constancias documentales de inscripción y pago a las instituciones de seguridad social a que se refiere el párrafo anterior, se actualiza cada vez que “EL CETI” se lo requiera a el proveedor por conducto del área responsable de la ejecución de los bienes o por cualquier otra área que “EL CETI” designe para tal efecto. De igual manera el proveedor se obliga a permitir que “EL CETI” por conducto del área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato o por cualquier otra área que “EL CETI” designe para tal efecto, realice entrevistas individuales aleatorias a los trabajadores contratados por el proveedor, para verificar que dichos trabajadores efectivamente reciben la totalidad de las prestaciones legales que el proveedor debe otorgarles en su carácter de Patrón. El área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato solicitará por lo menos bimestralmente a el proveedor las documentales a que se refiere este numeral como un requisito previo para autorizar y realizar el pago correspondiente por los Servicios Prestados.
Para efectos de lo señalado en los párrafos anteriores “EL LICITANTE” deberá presentar como parte de su propuesta, escrito libre por medio del cual haga del conocimiento de "EL CETI”, la planilla del personal que utilice para la prestación de los servicios de manera directa en favor de "EL CETI”, debiendo contener nombre, puesto y actividades a desarrollar.
El proveedor deslinda expresamente a “EL CETI”, de cualquier reclamación legal que derive de las relaciones laborales entre el proveedor y sus trabajadores, y en el caso de que “EL CETI” tuviera que pagar cualquier cantidad bajo cualquier concepto ya sea del orden laboral, administrativo y/o fiscal, siempre y cuando tengan su origen en dichas relaciones laborales, dichas cantidades pagadas le deberán ser totalmente rembolsadas por el proveedor, más los intereses que se generen, cuantificados a la tasa estipulada en el Código Fiscal de la Federación para los créditos fiscales.
Como patrón y responsable directo de la relación laboral del personal y trabajadores que utilice para la prestación de los servicios de manera directa en favor de “EL CETI”, el proveedor deberá designar un representante patronal, situación que por su propia naturaleza se hace necesaria para que el proveedor asegure el puntual seguimiento, supervisión, atención y prestación de los servicios contratados en los términos requeridos, y para que el proveedor pueda dar cumplimiento pleno a sus obligaciones patronales previstas en los artículos 132, 133, 136, 142, 150, 153-A, 153-B, 153-M, 153-N, 154, 157, 487, 495, 496, 498, 499, 500, 504, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. Dicho representante patronal del proveedor fungirá como enlace permanente entre “EL CETI” y el proveedor en lo tocante al manejo del personal y atención de las incidencias laborales que se presenten con los trabajadores contratados por el proveedor, motivadas por la prestación del servicio, estando a su cargo el control de asistencia de sus trabajadores, utilizando medios de control de asistencia propiedad del proveedor y monederos de asistencia que deberán tener escrita la denominación patronal del proveedor, por lo que durante la vigencia del contrato deberá estar presente en horario de labores en el sitio designado como sede de la representación patronal, o en el lugar de la prestación del servicio contratado, para llevar a cabo el cumplimiento de su encargo.
La designación de dicho representante patronal, se estipulará en el contrato que para tal efecto se suscriba. En caso de cambio de domicilio o de designación de un nuevo representante patronal, el apoderado legal del proveedor deberá comunicarlo por escrito firmado de manera autógrafa y dirigida al área de seguimiento del contrato de “EL CETI”, dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al cambio. La obligación de designar representante patronal por parte del proveedor de comunicar cambio de representante o domicilio del mismo, así como el cumplimiento del encargo del representante patronal del proveedor, son obligaciones que también son objeto del contrato que al efecto se suscriba y por tanto su incumplimiento es causal de rescisión, en términos de lo previsto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Asimismo, el proveedor se obliga a responder jurídica y patrimonialmente para el caso de que alguno de sus trabajadores designados para la prestación del servicio entable demanda laboral en contra de “EL CETI”, debiendo comparecer ante la autoridad competente, dentro del término legal concedido para la contestación de la demanda, para deslindar de toda responsabilidad y prestaciones reclamadas al organismo. El proveedor se obliga a responder jurídica y patrimonialmente del pago del total de las prestaciones reclamadas por este motivo, obligándose a resarcir a “EL CETI” de todo daño o perjuicio que ésta pudiera sufrir por tal situación.
A dicho efecto, “EL PROVEEDOR” deberá exhibir a "EL CETI” a través del área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, en la primera quincena de prestación de los servicios del contrato, la planilla del personal que utilice para la prestación de los servicios de manera directa en favor de “EL CETI”, los contratos individuales de trabajo originales, celebrados con todos y cada uno de sus trabajadores, y debidamente firmados por las partes, donde contenga las condiciones de trabajo con sus trabajadores incluyendo salario, jornada legal de trabajo, vacaciones, aguinaldo y demás prestaciones, así como las constancias documentales de inscripción a las instituciones de seguridad social, al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Sistema de Ahorro para el Retiro y al INFONAVIT, necesarias para acreditar fehacientemente que el proveedor cumple con sus obligaciones patronales con los trabajadores que utilice para la prestación de los servicios de manera directa en favor de “EL CETI”. Asimismo el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato solicitará por lo menos bimestralmente a “EL PROVEEDOR” las documentales a que se refiere este apartado como un requisito previo para autorizar y realizar el pago correspondiente por los bienes ejecutados.
Una vez concluido el término para la prestación del servicio contratado, y a fin de que “EL CETI” pueda liberar el último de los pagos convenido, “EL PROVEEDOR” se obliga dentro del objeto de este contrato, en términos de lo previsto en el artículo 54 xx Xxx de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a exhibir el Original del convenio finiquito de la relación de trabajo con cada uno de sus trabajadores contratados que utilice para la prestación de los servicios de manera directa en favor de “EL CETI”, ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente y suscrito por el funcionario autorizado de dicha Junta, o bien deberá exhibir el acuse de recibo de la manifestación escrita y presentada ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente, con fecha posterior al término señalado para la prestación del servicio contratado, y suscrita por el apoderado legal de “EL PROVEEDOR”, donde “EL PROVEEDOR” reconoce su calidad de patrón y la continuación de la relación laboral que tiene con cada trabajador. De no exhibir la totalidad de dichos convenios o acuses de recibo originales, “EL PROVEEDOR” no tendrá derecho a que “EL CETI” le otorgue el último de los pagos relacionado con el servicio contratado, ni tendrá derecho a la liberación de la fianza de cumplimiento, siendo esta obligación a cargo de “EL PROVEEDOR” otra causal de rescisión del contrato en términos de lo previsto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
ASPECTOS CONTRACTUALES.
Para efectos del contrato que se firme, adicional a los demás aspectos contenidos en esta convocatoria, las partes se sujetarán a lo siguiente:
Garantía de Cumplimiento del Contrato.
De conformidad con el artículo 14 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, en tanto las instituciones de seguros no sean puestas en liquidación o declaradas en quiebra, las mismas se consideran de acreditada solvencia y no estarán obligadas por lo tanto a constituir depósitos o fianzas legales, salvo tratándose de responsabilidades que puedan derivarse de juicios laborales, xx xxxxxx o créditos fiscales.
En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por el proveedor se comunicará a la Secretaría de la Función Pública, para los efectos de los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público.
Condiciones de pago.
Del pago.
El pago de los bienes objeto de la contratación se realizará en moneda nacional, es decir en pesos mexicanos.
El pago se realizará, una vez que el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato revise junto con el área técnica los Servicios Prestados, de acuerdo al Anexo 1 “Propuesta Técnica” que corresponda de la presente convocatoria y emitiendo la Evaluación del Servicio prestado.
El(los) proveedor(es) deberá(n) elaborar la(s) factura(s) de acuerdo a lo establecido en la presente convocatoria, sus juntas de aclaraciones y el contrato que se suscriba, y presentar la misma de manera impresa (en original) o electrónica (debiendo adjuntar el archivo en formato XML), junto con un anexo que especifique los bienes que ampara la misma para que se le realice el pago dentro de los 20 veinte días naturales siguientes a su presentación; para el caso del envío de facturas electrónicas la convocante informa al proveedor que las mismas deberán ser enviadas a todas las cuentas electrónicas que se mencionan a continuación o cualquier otra que le sea notificada por escrito por parte de dicha área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato: xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx.
El (los) proveedor(es) deberá(n) entregar la(s) factura(s) correspondiente(s) una vez que el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato le informe que derivado de la revisión es procedente el pago y que por lo tanto puede presentar la factura.
Para efecto del trámite de pago, el Licitante Ganador deberá presentar al área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, la siguiente documentación:
Factura impresa y en original o electrónica.
Facturar a:
Centro de Enseñanza Técnica Industrial.
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0000 Xxx. Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
RFC: CET-830408-PL2
Las facturas serán recibidas por el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato conforme a lo señalado en el numeral II, punto 8 de la presente convocatoria, de lunes a viernes de 09:00 a 14:30 horas, misma(s) que se encuentra(n) ubicada(s) en el domicilio señalado en el Anexo 1 “Propuesta Técnica” de la presente convocatoria.
Las facturas deberán contener entre otros, la información relativa al nombre y número de la licitación mediante la que se adjudicó el contrato, el número de contrato correspondiente, así como la descripción de los bienes facturados.
Copia de la Orden de Compra o Pedido.
En caso de ser acreedor a alguna pena convencional o deducción al pago en términos de la presente convocatoria y el contrato que se suscriba, de acuerdo a la opción seleccionada para cubrir la misma, deberá:
Reflejar en su factura la aplicación de las penas convencionales o deducciones al pago.
Anexar nota de crédito correspondiente.
En caso de optar por la opción a través del formato que genera el Sistema e5cinco (hoja de ayuda), deberá entregar al área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato el original y copia simple del recibo bancario de pago de derechos que le entrega la institución bancaria o de la impresión del pago realizado en Internet. El original del pago será resguardado por dicha área responsable.
Evaluación de la prestación de los servicios, en el cual se aprecie el sello, nombre, fecha y firma de la persona autorizada de los mismos.
Para el trámite de las transferencias electrónicas a las cuentas bancarias de las solicitudes de pago a favor de “El Proveedor”, así como para el alta como beneficiario del sistema de contabilidad y presupuesto, es indispensable se proporcione copia de los siguientes documentos:
Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.).
Constancia del domicilio fiscal del beneficiario.
Copia legible del estado de cuenta en el cual se aprecie el número de clabe (clave bancaria estandarizada), la cual consta de 18 posiciones, para lo cual deberá enviarse copia de la carátula del estado de cuenta bancario aperturado por el beneficiario, donde se demuestre el nombre, domicilio fiscal y número de cuenta o bien carta del banco en el que precise que el licitante ganador es el beneficiario de la cuenta, así como el número de ésta y la clabe de 18 dígitos.
Para el caso de personas xxxxxxx, poder notarial del representante legal; en caso de personas físicas, identificación oficial con fotografía y firma.
Entregada la factura, “EL CETI” contará con 3 (tres) días hábiles para su revisión. En el supuesto de que la factura y/o documentación presente errores o deficiencias “EL CETI” dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a el proveedor las deficiencias que deba corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se considerará como atraso en el pago imputable a “EL CETI”, por lo que en este supuesto, se deberá precisar que el término de 20 días naturales para efectuar el pago comenzará a computarse a partir de la fecha de recepción de la nueva factura.
Los errores que se generen en la facturación por parte del proveedor, tendrán que ser aclarados en el siguiente estado de cuenta, de lo contrario “EL CETI” no reconocerá los adeudos atrasados después de esa fecha. De conformidad con lo señalado en el artículo 84 séptimo párrafo del RLAASSP, el área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato, es el área encargada de administrar y verificar el cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato que se suscriba, por lo que es obligación de la misma el comunicar con toda oportunidad al área requirente de los bienes, cualquier incumplimiento al contrato que suscriba, para que esta a su vez lo notifique al Departamento de Recursos Materiales para los efectos procedentes.
El proveedor deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme al tercer párrafo del artículo 51 de la LAASSP. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de EL CETI”.
Cabe hacer mención que el pago quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
“EL CETI” no pagará los bienes que no hayan sido entregados por el licitante y el importe de la factura se determinará de acuerdo a la prestación de los servicios. Por lo que los remanentes de facturación que hayan quedado pendientes debido a que los bienes no fueron debidamente entregados, serán cancelados para su pago en dicha factura, independientemente de las penas convencionales que resulten y que deberán de contemplarse como nota de crédito para el siguiente pago.
Se hace mención que para efecto de pago, las facturas que sean recibidas los días 25 (veinticinco) al último de cada mes, se iniciará el trámite de pago el primer día hábil del siguiente mes.
2.2. Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera (Nafin)
De conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del punto I numeral VI de DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACION AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 xx xxxxx de 2010. Se acompaña a la presente convocatoria la información relativa al programa xx xxxxxxx productivas que Nafin ha proporcionado a esta entidad así como la solicitud para que los proveedores se afilien a dicho programa.
PROMOCION A PROVEEDORES SOBRE LOS BENEFICIOS DEL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Programa xx Xxxxxxx Productivas del Gobierno Federal |
El programa xx Xxxxxxx Productivas es una solución integral que tiene como objetivo fortalecer el desarrollo de los micros, pequeñas y medianas empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión.
Al incorporarte a cadenas productivas tendrás acceso sin costo a los siguientes beneficios:
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Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 00 000 000-0000 sin costo desde el interior de la república o bien a través de la página de internet xxx.xxxxx.xxx. |
lista de documentos para la integración del expediente de afiliación al programa xx xxxxxxx productivas.
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:
Contrato de descuento automático cadenas productivas firmado por el representante legal con poderes de dominio. 2 convenios con firmas originales Contratos originales de cada intermediario financiero. Firmado por el representante legal con poderes de dominio. (** únicamente, para personas xxxxxxx)
Usted podrá contactarse con la promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) o al 00-00-00-00; o acudir a las oficinas de nacional financiera en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx xx. 0000, xxx Xxxxxxxxx Inn, C.P. 01020, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, en el edificio anexo, nivel jardín, área de Atención a Clientes.
Estimado Proveedor del Gobierno Federal: Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la cadena productiva, es importante que me proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaré vía correo electrónico. |
Penas convencionales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la LAASSP, artículos 95 y 96 de su Reglamento y demás normatividad aplicable, “EL CETI” notificará y aplicará al proveedor las penas convencionales a las que se haga acreedor por actualizar alguno de los siguientes supuestos:
DESCRIPCIÓN |
PENALIZACIÓN |
Atraso en el cumplimiento en la prestación de los servicios dentro del periodo establecido para ello y atendiendo a las especificaciones requeridas, en la presente convocatoria y sus anexos; lo señalado en la Junta de Aclaraciones a la convocatoria y lo que se desprenda del contrato que se suscriba. |
2% del valor de los servicios no prestados por día natural de atraso. |
La pena convencional por atraso se calculará de acuerdo al porcentaje de penalización establecida para tal efecto en la tabla anterior, aplicado al valor de los servicios que hayan sido prestados con atraso y de manera proporcional. La suma de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder al 20% del monto total del contrato, pudiéndose iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato en cualquier momento en el que el proveedor incumpla con sus obligaciones.
El pago de las penas convencionales a elección del proveedor deberá realizarse en un plazo que no exceda de 03 (tres) días hábiles a partir de que éstas le sean notificadas y podrá ser mediante cualquiera de las siguientes opciones:
En la factura, el monto al que asciendan las penas convencionales deberá ser restada al subtotal de la factura antes de I.V.A., y deberá indicar que el monto corresponde a la penalización por atraso en la prestación del servicio objeto de la contratación.
Nota de crédito afectando a la factura que el licitante ganador presente por conceptos de los Servicios Prestados.
El pago de los bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el licitante ganador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
Deducciones al pago.
De conformidad con lo establecido en el artículo 53 Bis de la LAASSP y al artículo 97 de su Reglamento, cuando “EL CETI” advierta que exista por parte del proveedor un incumplimiento parcial o deficiente en el cumplimiento de sus obligaciones, determinará el monto al que ascienda la deducción al pago de la factura correspondiente, notificándola al proveedor. Las deducciones al pago serán determinadas en función de los bienes objeto de la presente licitación entregados de manera parcial o deficiente.
Las deducciones al pago se calcularán a razón del 5% (cinco por ciento) del valor de los Servicios Prestados de manera parcial o deficiente, hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato que se suscriba.
La sanción máxima por concepto de deducciones no excederá del 10% (diez por ciento) del monto de los bienes suministrados de manera parcial o deficiente, pudiéndose cancelar total o parcialmente el suministro de los bienes objeto del incumplimiento parcial o deficiente, o bien rescindir el contrato una vez que se haya llegado a la sanción máxima.
Las deducciones al pago a que se refiere este punto, se deberán aplicar en la factura que el proveedor presente para su cobro, inmediatamente después de que “EL CETI” tenga cuantificada la deducción correspondiente. En el entendido de que el pago de los bienes quedara condicionado, proporcionalmente, al pago que el licitante ganador deba efectuar por concepto de deducciones.
Rescisión administrativa del contrato.
“EL CETI” podrá en todo momento, rescindir administrativamente el contrato adjudicado en caso de incumplimiento a cualquiera de las obligaciones contraídas por el licitante al que se le adjudique el contrato, la rescisión se llevará a cabo en los términos y plazos señalados en los artículos 00 xx xx XXXXXX, 00 x 00 xxx XXXXXXX y conforme a lo dispuesto en la LFPA, aplicada supletoriamente en lo que corresponda conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley.
Para lo anterior, la unidad administrativa que funja como área requirente, o en su caso aquella a la cual se encuentre adscrita dicha área, en caso de determinar la rescisión administrativa del contrato deberá notificar del incumplimiento del contrato al Departamento de Recursos Materiales, para los efectos procedentes.
Para el presente procedimiento de contratación, así como para el contrato que se suscriba, se entenderá que existe incumplimiento a las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR”, en los supuestos siguientes:
En caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR” establecidas en la presente convocatoria de licitación, sus anexos, la Junta de Aclaraciones a la convocatoria que lleve a cabo “EL CETI” o en el contrato que se suscriba.
Por no prestar los bienes conforme a las especificaciones, características y en los términos establecidos en la presente convocatoria de licitación, sus anexos, la Junta de Aclaraciones a la convocatoria que lleve a cabo “EL CETI” o en el contrato que se suscriba.
Por la suspensión en la prestación de los servicios de manera injustificada.
Por no otorgar a “EL CETI” las facilidades para realizar las visitas previstas en el numeral V, punto 5 de la presente convocatoria.
En caso de que el proveedor durante la vigencia del contrato, revele, divulgue, comparta, ceda, traspase, venda o utilice indebidamente la información que con carácter confidencial y reservada le proporcione “EL CETI”.
Por ceder los derechos de cobro sin contar con la autorización previa por parte de EL CETI”.
Por rebasar el monto límite de aplicación xx xxxxx convencionales.
Cuando se alcance el límite establecido para la aplicación de deducciones al pago respecto de un concepto o partida.
Por no realizar el pago de las penas convencionales y deducciones al pago a las que se haga acreedor.
Por subcontratar o ceder la totalidad o parte de los bienes, derechos u obligaciones establecidos en la presente convocatoria de licitación, sus anexos, la Junta de Aclaraciones a la convocatoria que lleve a cabo “EL CETI” o en el contrato que se suscriba..
Por no entregar la garantía de cumplimiento del contrato dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de la firma del mismo.
Cuando el Órgano Interno de Control en “EL CETI” emita resolución que determine que el proveedor proporcionó información falsa, o actúo con dolo o mala fe en el procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.
Si el proveedor se declara en concurso mercantil.
Por no deslindar de toda responsabilidad y prestaciones reclamadas al CETI, en caso de que alguna de las personas designadas para la prestación de los servicios entable demanda laboral en contra de EL CETI”.
Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones consignadas en el numeral XVI “Relaciones Laborales” de la convocatoria.
Por suspensión o cese de actividades de la empresa proveedora, ordenada por autoridades judiciales o administrativas, cualquiera que sea la causa o motivo. En ningún caso se considerará la suspensión o cese a que se refiere este punto como causa justificada.
Por no mantener vigentes durante la prestación de los servicios las licencias, autorizaciones o permisos que exigen las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas para la prestación de los servicios.
Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “EL CETI” por concepto de la prestación de los servicios hasta el momento de la rescisión.
Si de manera previa a la determinación de dar por rescindido el contrato, se diere la prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación del área requirente respectiva, de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando en su caso, las penas convencionales correspondientes.
El área requirente de los bienes podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, deberá elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, “EL CETI” establecerá con el proveedor otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la LAASSP.
Cuando por motivo del atraso en la prestación de los servicios o el procedimiento de rescisión se ubique en un ejercicio fiscal diferente a aquél en que hubiere sido adjudicado el contrato, el área requirente podrá continuar con la prestación de los servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, debiendo modificarse la vigencia del contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario a lo dispuesto en el artículo 54 de la LAASSP, se considerará nulo.
Procederá la rescisión administrativa del contrato, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, pudiendo “EL CETI” adjudicarlo conforme al procedimiento indicado en el artículo 41, fracción VI de la LAASSP.
En caso de rescisión del contrato, se aplicará la garantía de cumplimiento del mismo.
Sanciones.
De conformidad a lo establecido en el artículo 60 de la LAASSP, la SFP inhabilitará temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la citada ley, por un plazo no menor a 3 (tres) meses ni mayor a 5 (cinco) años, a las personas que se encuentren en el siguiente supuesto:
Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen dos o más contratos que les haya adjudicado cualquier dependencia o entidad en el plazo de dos años calendario, contados a partir del día en que haya fenecido el término para la formalización del primer contrato no formalizado;
Los proveedores a los que se les haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias o entidades en un plazo de tres años;
Los proveedores que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a la dependencia o entidad de que se trate; así como, aquellos que presten bienes con especificaciones distintas de las convenidas;
Las que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una solicitud de conciliación o de una inconformidad;
Las que se encuentren en el supuesto de la fracción XII del artículo 50 de la LAASSP, esto es, que contraten servicios de asesoría, consultoría y apoyo de cualquier tipo de personas en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte de las contraprestaciones pagadas al prestador del servicio, a su vez, son recibidas por servidores públicos por sí o por interpósita persona, con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación con la contratación.
Aquéllas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de esta Ley, es decir, quienes promuevan inconformidad con el propósito de retrasar o entorpecer la contratación.
Lo anterior independientemente de las multas a que se haga acreedor de conformidad al artículo 59 de la LAASSP.
Solicitud de prórrogas.
“EL CETI” requiere que los bienes objeto de la presente licitación sean entregados en tiempo y forma y exigirá el cabal cumplimiento de los tiempos señalados.
Sólo en caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a “EL CETI”, se considerará el otorgamiento de prórroga, dejando constancia que acredite el supuesto en el expediente de contratación respectivo. Ésta deberá ser solicitada por escrito y demostrada ante el DRM.
La prórroga podrá ser otorgada por una sola ocasión, respecto del evento que le dio origen y por el tiempo que la DRM considere necesario de acuerdo a la causa que dio origen a dicha solicitud.
En ningún caso se considerará como caso fortuito o fuerza mayor la suspensión o cese de actividades de la empresa proveedora, ordenada por autoridades judiciales o administrativas, cualquiera que sea la causa o motivo.
El procedimiento para solicitar la prórroga se ajustará a lo siguiente:
El proveedor podrá solicitar prórroga durante el periodo de prestación de los servicios establecido en el contrato, debiendo hacerlo dentro de los 06 (seis) días hábiles posteriores al evento que la motiva y dentro del periodo de cumplimiento del contrato; para que pueda ser tomada en cuenta, la prórroga deberá solicitarse por escrito, acompañando los medios de convicción que acrediten la factibilidad de que se otorgue, dirigiendo el escrito al Subdirector de Administración, éste tendrá un plazo de 06 (seis) días hábiles posterior a la recepción de la solicitud para contestar al respecto por escrito, mismo que será notificado conforme a lo dispuesto en el numeral IV, punto 9 “Notificaciones a los licitantes participantes” de la presente convocatoria de licitación.
A efectos de dar contestación, la DA correrá traslado del escrito de solicitud de prórroga al área requirente de los bienes, a efecto de que se manifieste respecto a la procedencia de la misma, para lo cual ésta tendrá un plazo de 03 (tres) días hábiles posteriores a su notificación. Una vez recibidas las manifestaciones se procederá a dar contestación al escrito de solicitud del proveedor.
Para el caso de que ocurra el incidente el último día de cumplimiento de contrato, el proveedor contará con 01 (un) día hábil para solicitar la prórroga correspondiente.
En caso de que se autorice la prórroga, el nuevo periodo autorizado para la prestación de los servicios, contará a partir de que le sea notificada la respuesta a la solicitud.
Terminación anticipada del contrato.
Conforme a lo establecido en el artículo 54 Bis de la LAASSP, el área requirente de los bienes a través de la DA, podrán convenir dar por terminado anticipadamente el(los) contrato(s) que se suscriba(n) sin que medie resolución judicial, en los siguientes casos:
Cuando concurran razones de interés general;
Cuando por causa justificada se extinga la necesidad de los bienes originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado.
Cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la SFP.
La determinación de dar por terminado anticipadamente el contrato deberá constar por escrito mediante dictamen emitido por el titular de la DA y el área requirente de los bienes, en el cual se precisen las razones o las causas justificadas que den origen a la misma y bajo su responsabilidad.
Derivado de lo anterior, se procederá a la formalización del convenio de terminación respectivo y del finiquito, en donde se detallarán en forma pormenorizada los importes a cubrir, los bienes que se hayan cubierto y los que estén pendientes de pago.
Asimismo, “EL CETI” reembolsará al licitante ganador los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
Del procedimiento de conciliación.
De conformidad a lo señalado en los artículos 77, 78 y 79 de la LAASSP, y 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135 y 136 de su Reglamento, en cualquier momento el proveedor o “EL CETI” podrán presentar ante la SFP solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato que se suscriba derivado de la presente licitación.
Calidad de los bienes.
El Proveedor Adjudicado quedará obligado ante “EL CETI” a responder por la calidad y los vicios ocultos de los bienes contratados, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra en los términos señalados en la convocatoria de la presente licitación, sus anexos, la junta de aclaraciones, el contrato respectivo y la legislación vigente y aplicable en la materia.
Los bienes que en su caso se oferten, deberán cumplir con las características y especificaciones señaladas en la presente convocatoria; debiendo proporcionarse con calidad, oportunidad y eficiencia, cumpliendo en su caso, con las normas solicitadas en el punto 1 “Documentos que deberá contener la proposición” apartado 1.1 “Propuesta Técnica” del numeral VII de la presente convocatoria.
Facultad de supervisión de los bienes.
La Convocante a través del área responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato que se suscriba, podrán realizar supervisiones aleatorias o continuas durante la vigencia del contrato por sí mismos o por conducto de cualquier otra persona que dicha área designe, respecto a los bienes contratados para asegurarse de la calidad de los mismos.
En caso de considerarse oportuno, se dará vista al Órgano Interno de Control en “EL CETI” para que proceda conforme a la legislación aplicable.
Registro de derechos.
El licitante ganador asumirá la responsabilidad total en caso de que al prestar bienes objeto de la presente licitación, viole el registro de derechos a nivel nacional o internacional, derechos de autor, propiedad intelectual o industrial, marcas o patentes.
Impuestos.
Con excepción del Impuesto al Valor Agregado, que será cubierto por “EL CETI”, todos los demás impuestos y derechos que se deriven del contrato que se suscriba serán cubiertos por el proveedor, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables.
Asimismo, “EL CETI” se obliga a cubrir los impuestos o derechos presentes o futuros que las leyes le llegaran a imponer con motivo de la prestación de los servicios.
Cesión de Derechos y Obligaciones.
De conformidad al último párrafo del artículo 46 de la LAASSP, los derechos y obligaciones que se deriven del presente procedimiento no podrán ser transferidos en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, para lo cual el proveedor adjudicado deberá solicitar por escrito el consentimiento de “EL CETI”, especificando la persona física o moral a la cual se pretenden ceder los derechos de cobro, así como, si la cesión es parcial o total, determinando en su caso el monto y período de la misma, de “EL CETI”, una vez recibido el escrito, analizará la solicitud y en caso de considerarlo procedente otorgará su consentimiento mediante oficio, no obstante lo anterior la factura deberá ser emitida por el proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado deberá presentar la solicitud mencionada en el párrafo anterior, diez días previos a la presentación de la factura que se pretenda cobrar, a efecto de que al momento de presentar la factura para su cobro, se anexe a la misma el oficio por medio del cual “EL CETI”, otorga su consentimiento para la cesión de los derechos de cobro.
La información generada durante la prestación de los servicios, será clasificada como “CONFIDENCIAL” por lo que el proveedor adjudicado no podrá hacer uso de la misma bajo ninguna circunstancia.
recomendaciones en materia de contrataciones públicas de la organización para la coorperación y el desarrollo económicos (OCDE)
Derivado de las recomendaciones en materia de contrataciones públicas realizadas por la OCDE, relacionadas con la transparencia y el combate a la corrupción en las contrataciones públicas en las que el Estado Mexicano realiza a través de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal; después de dictar el fallo, se pondrá a su disposición una Encuesta del Procedimiento de Contratación, la cual se enviará a la dirección de correo electrónico proporcionada, con el objetivo de conocer la percepción de los particulares que participan en los procedimientos de contrataciones públicas, con el propósito que el CETI pueda valuar los elementos de los actuales procedimientos para identificar las áreas de oportunidad a fin de desarrollar procesos de contratación eficaces y eficientes en apego a la normatividad, así como adoptar medidas para transparentar los mismos.
ANEXO 1
PÓLIZA 1.- SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES
ASEGURADO
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
VIGENCIA DEL SEGURO
EL SEGURO INICIA SU VIGENCIA A LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 01 DE ENERO DEL 2018 Y HASTA LAS 24:00 HORAS DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL 2018.
SECCION I.- EDIFICIO Y CONTENIDOS
SOBRE TODOS LOS EDIFICIOS PROPIEDAD DEL ASEGURADO Y/O BAJO SU CUSTODIA O RESPONSABILIDAD, INCLUYENDO TODAS SUS INSTALACIONES DE SERVICIOS, ASÍ COMO CIMIENTOS BAJO EL NIVEL DEL PISO MÁS BAJO, MURALES, MUROS DE CONTENCIÓN, DRENAJES O ALCANTARILLADOS, BARDAS PERIMETRALES, CALLES, PAVIMENTOS, CAMINOS, VÍAS DE ACCESO, CISTERNAS, PLANTAS DE SANEAMIENTO Y DEMÁS ADITAMENTOS QUE SE ENCUENTREN DENTRO DE LOS PREDIOS PROPIEDAD DEL ASEGURADO O TOMADOS EN COMODATO Y/O ARRENDAMIENTO O QUE TENGA INTERÉS ASEGURABLE, SIEMPRE Y CUANDO SE ENCUENTREN DENTRO DE LA REPÚBLICA MEXICANA.
SOBRE TODO TIPO DE BIENES LOCALIZADOS EN LOS INMUEBLES PROPIEDAD O TOMADOS EN COMODATO O ARRENDAMIENTO O QUE SE ENCUENTREN BAJO SU RESPONSABILIDAD O CUSTODIA O EN LOS QUE EL ASEGURADO TENGA INTERÉS ASEGURABLE, ASÍ COMO LOS CONTENIDOS PROPIOS AL GIRO DEL ASEGURADO, TALES COMO PERO NO LIMITADOS A; MAQUINARIA, EQUIPOS, MOBILIARIO Y EN GENERAL TODO TIPO DE BIENES ÚTILES Y/O NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS PROGRAMAS DEL ASEGURADO.
RIESGOS CUBIERTOS:
TODO RIESGO DE INCENDIO
FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS
TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA
GASTOS EXTRAORDINARIOS PARA TODO RIESGO DE INCENDIO, FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS Y TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA, POR UN PERIODO DE HASTA 6 MESES.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD A PRIMER RIESGO:
$ 350’000,000.00 M.N.
PRIMER RIESGO
EN CASO DE SINIESTRO PROVENIENTE DE LOS RIESGOS CUBIERTOS POR ESTE CONTRATO, LA ASEGURADORA LIQUIDARA ÍNTEGRAMENTE CUALQUIER PÉRDIDA HASTA EL MONTO DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD A PRIMER RIESGO, SIN NINGUNA LIMITACIÓN DE PROPORCIONALIDAD, DEPRECIACIÓN O BAJO SEGURO.
PARA EFECTOS DE LA PRESENTE PÓLIZA, LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD SERÁ ÉL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA POR EVENTO Y EN EL AGREGADO ANUAL Y OPERA COMO LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO PARA DAÑO MATERIAL, INCLUYENDO COMO SUBLÍMITE A LAS SIGUIENTES COBERTURAS;
REMOCIÓN DE ESCOMBROS |
$15’000,000.00 M.N. |
GASTOS EXTRAORDINARIOS |
$15’000,000.00 M.N. |
DEDUCIBLES Y COASEGUROS:
TODO RIESGO; 1 % SOBRE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR ÁREA DE FUEGO CON UN MÁXIMO EN FUNCIÓN DEL VALOR DE LA UMA, EXCEPTO INCENDIO, RAYO Y/O EXPLOSIÓN, LOS CUALES OPERAN SIN DEDUCIBLE.
FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS; El equivalente al porcentaje que se indica:
Deducibles
-
Deducibles para riesgos de fenómenos meteorológicos
Zona
Deducible
Deducible para ubicaciones situadas frente al mar, lago o laguna o con fachadas de cristal, o bien con muros de materiales ligeros edificios cerrados con techos de palapa
Xxxx 0 Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx
2%
5%
Xxxx 0 Xxxxxxxx Xxx
2%
5%
Xxxx 0 Xxxxx xx Xxxxxx
2%
5%
Xxxx 0 Interior de la República
2%
2%
Xxxx 0
1%
1%
Xxxx 0
1%
1%
COASEGUROS: 10% DE PERDIDA O DAÑO INDEMNIZABLE QUE SOBREVENGA A LOS BIENES MATERIA DEL SEGURO Y EN SU CASO, A SUS PÉRDIDAS CONSECUENCIALES Y REMOCIÓN DE ESCOMBROS.
COMPRENDE DOS O MÁS EDIFICIOS, CONSTRUCCIONES O SUS CONTENIDOS, EL DEDUCIBLE SE APLICARA SEPARADAMENTE CON RESPECTO A CADA EDIFICIO, CONSTRUCCIÓN O SUS CONTENIDOS
FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS PARA BIENES CUBIERTOS BAJO CONVENIO EXPRESO; 5% SOBRE EL VALOR DE LOS BIENES AFECTADOS, CON COASEGURO DEL 20%.
TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA; EL EQUIVALENTE AL PORCENTAJE QUE SE INDICA EN LAS TABLAS SIGUIENTES:
DEDUCIBLES
DEDUCIBLES POR TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCANICA |
|
Zona Sísmica |
Porcentaje |
A, B, B1, C, D, E, F, I, |
2% |
1G |
4% |
H1, H2 |
3% |
J |
5% |
COASEGURO
COASEGURO PARA RIESGO0 DE TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCANICA |
|
Zona Sísmica |
Porcentaje |
A, B, C, Y D |
10% |
B1, E, F |
25% |
G, H1, H2, I, J. |
30% |
GASTOS EXTRAORDINARIOS; SIN DEDUCIBLE.
BIENES CUBIERTOS BAJO CONVENIO EXPRESO PARA TODOS LOS RIESGOS CUBIERTOS EN ESTA SECCIÓN:
QUEDAN CUBIERTOS TODO TIPO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS, POR DEBAJO DEL NIVEL DE PISO MÁS BAJO Y CABLES SUBTERRÁNEOS, DENTRO DE LOS PREDIOS ASEGURADOS.
SE CUBREN TODO TIPO DE ADAPTACIONES Y OBRAS DE REMODELACIÓN QUE REALICE EL ASEGURADO EN SUS INSTALACIONES.
CIMIENTOS Y FUNDAMENTOS DEBAJO DEL NIVEL DE SUELO
CALLES, PAVIMENTOS, GUARNICIONES, PATIOS, CAMINOS Y VÍAS DE ACCESO PROPIEDAD DEL ASEGURADO
MANUSCRITOS, PLANOS, CROQUIS, DIBUJOS, PATRONES, MODELOS O MOLDES
ANTENAS, XXXXXX, INSTALACIONES ESPECIALES QUE DEBAN ESTAR A LA INTEMPERIE, ASÍ COMO SOTECHADOS, COBERTIZOS Y SUS CONTENIDOS.
EDIFICIOS O ESTRUCTURAS (Y SUS CONTENIDOS) EN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN, RECONSTRUCCIÓN Y LOS QUE ESTÉN DESOCUPADOS
EDIFICIOS O ESTRUCTURAS (Y SUS CONTENIDOS) CON ABERTURAS O QUE CAREZCAN XX XXXXX, BAJO COBERTIZOS O SOTECHADOS, EXCLUYÉNDOSE BIENES A LA INTEMPERIE, EXCEPTO CUANDO ESTOS BIENES ESTÉN DISEÑADOS PARA PERMANECER U OPERAR A LA INTEMPERIE.
JARDINES
MOLINOS DE VIENTO, BOMBAS DE VIENTO, XXXXXX DE ENFRIAMIENTO, XXXXXX XX XXXXX ESTRUCTURAL, ANTENAS EMISORAS DE RADIO, ANTENAS DE TRANSMISIÓN, DE TELEVISIÓN O MICROONDAS, ANTENAS DE RECEPCIÓN DE SEÑALES, TOLDOS, CORTINAS, RÓTULOS, ANUNCIOS, CHIMENEAS METÁLICAS, TANQUES DE ALMACENAMIENTO, CISTERNAS, ALJIBES Y SUS CONTENIDOS, SUBESTACIONES ELÉCTRICAS, ASÍ COMO INSTALACIONES Y EQUIPOS ESPECIALES QUE POR SU PROPIA NATURALEZA DEBAN ESTAR A LA INTEMPERIE.
ALBERCAS, BARDAS, PATIOS EXTERIORES, ESCALERAS EXTERIORES Y CUALESQUIERA OTRAS CONSTRUCCIONES SEPARADAS DEL EDIFICIO O EDIFICIOS O CONSTRUCCIONES QUE EXPRESAMENTE ESTÉN ASEGURADOS POR LA PÓLIZA A LA CUAL SE AGREGA ESTA CLÁUSULA.
A MUROS DE CONTENCIÓN DEBAJO DEL NIVEL DEL PISO MÁS BAJO, A MUROS DE CONTENCIÓN INDEPENDIENTES.
A CUALQUIER CLASE DE FRESCOS O MURALES QUE COMO MOTIVO DE DECORACIÓN O DE ORNAMENTACIÓN ESTÉN PINTADOS O FORMEN PARTE DE EDIFICIO O EDIFICIOS O CONSTRUCCIONES ASEGURADAS.
INSTALACIONES DEPORTIVAS O RECREATIVAS.
DERRAME DE PROTECCIONES CONTRA INCENDIO.
SE CUBRE BAJO CONVENIO EXPRESO LOS DAÑOS QUE SUFRAN LOS VEHÍCULOS DE CUALQUIER TIPO (TERRESTRE, MARÍTIMO, AÉREO), QUE SE ENCUENTREN FUERA DE OPERACIÓN PARA SU ENAJENACIÓN Y QUE SE ENCUENTREN DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL ASEGURADO.
PÉRDIDA O DAÑO POR TORMENTA, TEMPESTAD, AGUA, HURACÁN, HELADA O NIEVE A BIENES EN EL EXTERIOR O QUE SE ENCUENTREN CONTENIDAS EN EDIFICIOS ABIERTOS.
EQUIPOS SIN PATENTE O HECHIZOS ARMADOS POR PERSONAL DEL ASEGURADO.
PARA LA COBERTURA DE BIENES A LA INTEMPERIE SE ESTABLECE UN SUBLÍMITE DE $6, 500,000.00 M.N.
AGREGADOS Y CLÁUSULAS ESPECIALES PARA LAS SECCIONES DE INCENDIO:
CLÁUSULA DE SEGURO A PRIMER RIESGO
“SUMA ASEGURADA”
RENUNCIA DE INVENTARIOS AL 10%
ERRORES U OMISIONES.
GRAVÁMENES.
PERMISO.
HONORARIOS A PROFESIONISTAS,
LIBROS Y REGISTROS
AUTORIZACIÓN PARA REPONER, RECONSTRUIR O REPARAR
VENTA DE SALVAMENTOS
CINCUENTA METROS
PLANOS Y MOLDES.
NO SUBROGACIÓN DE DERECHOS EN CONTRA DE CUALQUIER INSTITUCIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL, ESTATAL, MUNICIPAL, DISTRITO FEDERAL U ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS O CON QUIEN SE TENGA CONVENIO DE COLABORACIÓN.
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CON COBRO DE PRIMA.
ANTICIPO DE PAGOS HASTA EL 50%
CLÁUSULA DE 72 HORAS
BIENES EXCLUIDOS
MÁQUINAS, APARATOS O ACCESORIOS QUE SE EMPLEEN PARA PRODUCIR, TRANSFORMAR O UTILIZAR CORRIENTES ELÉCTRICAS, CUANDO LOS DAÑOS SEAN CAUSADOS DIRECTAMENTE POR CORRIENTES O DEFICIENCIAS EN ESAS MÁQUINAS, APARATOS O ACCESORIOS, SIN APARICIÓN DE FUEGO
PIELES, JOYERÍAS, GEMAS, PERLAS, PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, ANTIGÜEDADES, OBJETOS DE ARTE Y DE DIFÍCIL O IMPOSIBLE REPOSICIÓN CUYO VALOR UNITARIO O POR JUEGO SEA SUPERIOR AL EQUIVALENTE A 5,350 DÍAS EN BASE A LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN MENSUAL (UMAM) AL MOMENTO DE LA CONTRATACIÓN
VEHÍCULOS AUTORIZADOS A CIRCULAR EN VÍA PÚBLICA, FERROCARRILES, LOCOMOTORAS, MATERIAL RODANTE, EMBARCACIONES Y AVIONES.
TERRENOS (INCLUYENDO SUPERFICIE, RELLENO, DRENAJE O ALCANTARILLADO), CALLES PÚBLICAS, PAVIMENTOS DE VÍAS PÚBLICAS, CAMINOS, VÍAS DE ACCESO Y/O VÍAS DE FERROCARRIL QUE NO SEAN PROPIEDAD DEL ASEGURADO.
CULTIVOS EN PIE, BOSQUES, ÁRBOLES Y PLANTAS
COMBUSTIBLES Y DESPERDICIOS NUCLEARES, ASÍ COMO LAS MATERIAS PRIMAS PARA PRODUCIRLOS
INFORMACIÓN CONTENIDA EN PORTADORES EXTERNOS DE DATOS O DE CUALQUIER CLASE, ASÍ COMO LOS MEDIOS MAGNÉTICOS QUE LOS CONTENGAN.
BIENES CONTENIDOS EN PLANTAS INCUBADORAS O EN CAMARAS DE REFRIGERACION.
RIESGOS EXCLUIDOS
DAÑOS POR FERMENTACIÓN, VICIO PROPIO, COMBUSTIÓN ESPONTÁNEA O BIEN POR PROCEDIMIENTOS DE CALEFACCIÓN, ENFRIAMIENTO, O DESECACIÓN, A LOS CUALES HUBIEREN SIDO SOMETIDOS LOS BIENES. LA EXCLUSIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE CALEFACCIÓN O DESECACIÓN NO PROCEDE CUANDO ESTOS SEAN CAUSADOS POR LA REALIZACIÓN DE CUALQUIERA DE LOS RIESGOS AMPARADOS EN ESTA PÓLIZA
LA SOLIDIFICACIÓN DE LOS CONTENIDOS EN RECIPIENTES DE FUNDICIÓN, HORNOS, CANALES, Y TUBERÍAS, ASÍ COMO DERRAME DE MATERIAL FUNDIDO
CONTAMINACIÓN.- QUEDAN EXCLUIDOS DE ESTE CONTRATO LOS DAÑOS CAUSADOS POR CONTAMINACIÓN. SIN EMBARGO, SI LOS BIENES ASEGURADOS SUFRIEREN DAÑOS MATERIALES DIRECTOS (INCLUYENDO PERDIDA CONSECUENCIAL) CAUSADOS POR UN RIESGO AMPARADO QUE PROVOCARAN CONTAMINACIÓN EN LOS MISMOS, ESTOS DAÑOS ESTARÁN CUBIERTOS. NO OBSTANTE, EL SEGURO NO INCLUYE LOS GASTOS DE LIMPIEZA O DESCONTAMINACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (TIERRA, SUBSUELO, AIRE, AGUAS)
DAÑOS A LOS BIENES DERIVADOS DE LOS PROCESOS DE FABRICACIÓN O TRANSFORMACIÓN.
ROTURA, DAÑOS O FALLAS MECÁNICAS O ELÉCTRICAS XX XXXXXXXX, MAQUINARIA, EQUIPO, COMPUTADORAS E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS Y EL COSTO DE SU REPARACIÓN, RECTIFICACIÓN Y SUSTITUCIÓN
PERDIDAS PURAMENTE FINANCIERAS O DAÑOS QUE NO OCURRAN ESPECÍFICAMENTE A LOS BIENES MATERIA DEL SEGURO, TALES COMO DESAPARICIÓN MISTERIOSA, MERMA, DERRAME, FRAUDE, ROBO, PÉRDIDAS MONETARIAS DE CUALQUIER TIPO, COMO PUEDEN SER PÉRDIDA XX XXXXXXX POR RETRASO EN ENTREGA DE MERCANCÍAS O POR MALA CALIDAD DEL PRODUCTO, O POR PARO DE ACTIVIDADES DE LOS TRABAJADORES, INCLUYENDO DEUDAS PENDIENTES O DAÑOS A PÉRDIDAS CAUSADAS POR RETRASO
CUALQUIER CLASE DE RESTRICCIONES DE LA AUTORIDAD PÚBLICA EN LO QUE SE REFIERE A LA RECONSTRUCCIÓN U OPERACIÓN, LA FALTA DE CAPITAL SUFICIENTE POR PARTE DEL ASEGURADO PARA LA RECONSTRUCCIÓN A SU DEBIDO TIEMPO O EL REMPLAZO A SU DEBIDO TIEMPO DE LOS BIENES PERDIDOS, DESTRUIDOS O DAÑADOS, Y LA PÉRDIDA DEL NEGOCIO QUE SE DEBA A CAUSAS TALES COMO, SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE UNA LICENCIA DE ARRENDAMIENTO O DE UN PEDIDO, QUE SE PRODUZCA DESPUÉS DEL MOMENTO EN QUE LOS BIENES DAÑADOS ESTÉN DE NUEVO EN CONDICIONES DE FUNCIONAR Y LAS OPERACIONES HUBIERAN PODIDO SER REANUDADAS EN CASO DE QUE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO NO HUBIERA EXPIRADO O ESTE PEDIDO NO HUBIERA SIDO SUJETO DE SUSPENSIÓN O DE CANCELACIÓN
HUNDIMIENTOS, DESPLAZAMIENTOS Y ASENTAMIENTOS DEL SUELO QUE NO SEAN CAUSADOS POR INCENDIO, EXPLOSIÓN, INUNDACIÓN, HURACÁN, GRANIZO, CICLÓN, VIENTOS TEMPESTUOSOS, TERREMOTO O ERUPCIÓN VOLCÁNICA
DAÑOS ATRIBUIBLES POR LA DEFICIENCIA EN LA CONSTRUCCIÓN O MAL DISEÑO DE LA MISMA
PLAGAS Y DEPREDADORES
DESGASTE Y VICIO PROPIO, DAÑO PAULATINO QUE, SIN DEBERSE A LOS RIESGOS ASEGURADOS SUFRAN LOS BIENES, COMO CONTAMINACIÓN, PUDRIMIENTO, DESGASTE, DETERIORO, OXIDACIÓN, EROSIÓN, CORROSIÓN, FERMENTACIÓN, CAVITACIÓN, INCRUSTACIÓN, SEDIMENTACIÓN GRADUAL DE IMPUREZAS, EVAPORACIÓN, FUGA, PÉRDIDA DE PESO, MERMA, ENCOGIMIENTO, FATIGA DE MATERIALES, ENSANCHAMIENTO Y ESTIRAMIENTO.
RAPIÑA O SAQUEO COMETIDO POR CUALQUIER PERSONA, DURANTE LA OCURRENCIA DE UN SISMO, INUNDACIÓN O INCENDIO.
DAÑOS POR MOJADURA O HUMEDADES O SUS CONSECUENCIAS DEBIDO A FILTRACIONES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS O FREÁTICAS
DAÑOS POR MALA APLICACIÓN O DEFICIENCIAS DE MATERIALES IMPERMEABILIZANTES
DAÑOS POR MOJADURAS, VIENTO O LLUVIA AL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS O A SUS CONTENIDOS A MENOS QUE LOS EDIFICIOS SEAN DESTRUIDOS O DAÑADOS EN SUS TECHOS, MUROS, PUERTAS O VENTANAS EXTERIORES POR LA ACCIÓN DIRECTA DE LOS VIENTOS, O DEL AGUA O XXX XXXXXXX O POR LA ACUMULACIÓN DE ÉSTE, QUE CAUSEN ABERTURAS PERMANENTES O GRIETAS A TRAVÉS DE LAS CUALES SE HAYA INTRODUCIDO EL AGUA O VIENTO
RETROCESO DE AGUA EN ALCANTARILLADO, FALTA O INSUFICIENCIA DE DRENAJE, EN LOS INMUEBLES DEL ASEGURADO
ACCIÓN NATURAL DE LA MAREA.
DAÑOS A BIENES CONTENIDOS EN CAMARAS DE REFRIGERACION POR LOS SISTEMAS DE ENFRIAMIENTO, AIRE ACONDICIONADO O CALEFACCION, HUMEDAD O RESEQUEDAD.
LAS SIGUIENTES SECCIONES DE COBERTURAS AMPARADAS OPERAN COMO SUBLIMITE DEL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE $350’000,000.00 M.N. (TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) EN LÍMITE UNICO Y COMBINADO EN EL AGREGADO ANUAL DE:
SECCIÓN II.- RESPONSABILIDAD CIVIL
LA RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL POR DAÑOS, PERJUICIOS Y DAÑO MORAL CONSECUENCIAL EN QUE PUDIERA INCURRIR EL ASEGURADO Y/O PERSONAL A SU SERVICIO CONTRA TERCEROS EN SUS BIENES Y/O PERSONAS, DERIVADO DE LAS ACTIVIDADES PROPIAS DEL ASEGURADO Y POR LOS QUE DEBA RESPONDER CONFORME A LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS COMO LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO, INCLUYENDO LOS GASTOS DE DEFENSA.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD: $ 50’000,000.00 M.N.
PARA EFECTOS DE LA PRESENTE PÓLIZA, LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD SERÁ EL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA POR EVENTO Y EN EL AGREGADO ANUAL Y OPERA COMO L.U.C.
RESPONSABILIDADES CUBIERTAS BAJO LOS TÉRMINOS Y COBERTURAS DESCRITAS PARA CADA UNA DE ELLAS EN LAS CONDICIONES DE LA PÓLIZA:
ACTIVIDADES E INMUEBLES, DENTRO Y FUERA DE LOS LOCALES OCUPADOS POR EL ASEGURADO.
CARGA Y DESCARGA
R.C. CONTAMINACIÓN SÚBITA E IMPREVISTA, INCLUYENDO LAS ACTIVIDADES DE TRANSPORTE DE RESIDUOS.
R.C. ARRENDATARIO O COMODATARIO CON SUBLÍMITE DE $ 1, 000,000.00 M.N.
R.C. DEPOSITO O BIENES BAJO CUSTODIA CON UN SUBLÍMITE DE $6, 500,000.00 M.N.
R.C. CONTRATISTAS INDEPENDIENTES PARA VALORES DE CONTRATO CUYO MONTO SEA POR UN MÁXIMO DE $ 1, 000,000.00 M.N. EN AUTOMÁTICO. PARA MONTOS SUPERIORES DE VALOR DE CONTRATO, LA COBERTURA SE OTORGARÁ CASO POR CASO. EN ESTE SUPUESTO, EL ASEGURADO SE COMPROMETE A ENTREGAR COPIA DEL CONTRATO, CONVENIO O PEDIDO EN CASO DE XXXXXXXXX. ESTA COBERTURA ESTÁ SUJETA A UN SUBLIMITE DE $ 5, 000,000.00 M.N.
R.C. ASUMIDA PARA VALORES DE CONTRATO CUYO MONTO SEA POR UN MÁXIMO DE $1, 000,000.00 M.N. EN AUTOMÁTICO. PARA MONTOS SUPERIORES DE VALOR DE CONTRATO, LA COBERTURA SE OTORGARÁ CASO POR CASO. EN ESTE SUPUESTO, EL ASEGURADO SE COMPROMETE A ENTREGAR COPIA DEL CONTRATO EN CASO DE XXXXXXXXX. ESTA COBERTURA ESTÁ SUJETA A UN SUBLÍMITE DE $ 5, 000,000.00 M.N.
R.C. POR CAÍDA DE ANTENAS.
R.C. OBRA CIVIL Y MONTAJE: CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES Y/O MONTAJE Y DESMONTAJE DE EQUIPOS PROPIEDAD DEL ASEGURADO Y EN CONEXIÓN AL GIRO DEL MISMO.
R. C. SUPLETORIA (EN EXCESO) PARA LA FLOTILLA QUE SE ANEXA EN LAS BASES, CON LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE $ 20, 000,000.00 M.N. Y EN EXCESO DE $4,000,000.00 MN
R. C. CRUZADA POR RIESGOS DE VECINAJE.
R. C. ESTACIONAMIENTO CON SUBLÍMITE POR VEHÍCULO DE $1, 000,000.00 MN. LAS UNIDADES SE INDEMNIZARAN A VALOR COMERCIAL AL MOMENTO DEL SINIESTRO.
DEDUCIBLES:
PARA DAÑOS A TERCEROS EN SUS PERSONAS: SIN DEDUCIBLE.
PARA DAÑOS A TERCEROS EN SUS BIENES: 5% POR RECLAMACIÓN CON MÍNIMO DE 100 UMA Y MÁXIMO DE 750 UMA.
R.C. ESTACIONAMIENTO: 5% DEL VALOR COMERCIAL DEL VEHÍCULO PARA DAÑOS MATERIALES, 10% PARA ROBO TOTAL Y 10% DEL VALOR DEL CRISTAL PARA CRISTALES.
RIESGOS EXCLUIDOS
RESPONSABILIDAD COMO CONSECUENCIA DE EXTRAVÍO DE BIENES.
RESPONSABILIDAD PROVENIENTE DEL INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS O CONVENIOS, CUANDO DICHO INCLUMPLIMIENTO NO HAYA PRODUCIDO LA MUERTE O MENOSCABO DE LA SALUD DE TERCEROS, O EL DETERIORO O DESTRUCCIÓN DE BIENES PROPIEDAD DE LOS MISMOS.
DAÑOS PUNITIVOS Y/O EJEMPLARES.
PÉRDIDA XX XXXXXXX.
DAÑOS FINANCIEROS PUROS.
RESPONSABILIDADES IMPUTABLES AL ASEGURADO DE ACUERDO CON LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LA LEY DEL SEGURO SOCIAL U OTRAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DE DICHAS LEYES.
RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL.
RESPONSABILIDAD CIVIL DE FUNCIONARIOS GUBERNAMENTALES Y D. & O.
SECCIÓN III.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
SOBRE LOS DAÑOS, PERJUICIOS Y EL DAÑO MORAL CONSECUENCIAL QUE SIN DOLO, SE CAUSE A PARTICULARES, YA SEA EN SUS BIENES O DERECHOS Y, DE LOS CUALES, NO TENGAN LA OBLIGACIÓN JURÍDICA DE SOPORTARLOS EN VIRTUD DE NO EXISTIR FUNDAMENTO LEGAL O CAUSA JURÍDICA PARA LEGITIMAR EL DAÑO DE QUE SE TRATE, COMO CONSECUENCIA DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA IRREGULAR DEL ESTADO DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES Y NORMATIVIDAD VIGENTE.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD: $ 20, 000,000.00 M.N.
EL FUNDAMENTO LEGAL QUE DA MATERIA DE RESPONSABILIDAD DE ESTA COBERTURA ES, SEGÚN SE TRATE DEL ASEGURADO CONTRATANTE DE ESTA PÓLIZA:
EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 113 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO,
LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
LAS LEYES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
OTRAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS ANTERIORES.
ES DERECHO SUPLETORIO COMÚN DE TODO LO ANTERIOR, SEGÚN LO INDICAN LAS MISMAS DISPOSICIONES, LOS CÓDIGOS CIVILES FEDERAL Y DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
ASEGURADO
SE RECONOCE COMO ASEGURADO AL ENTE PÚBLICO CONTRATANTE Y DEBIDO A QUE SE TRATA DE UNA PERSONA MORAL, SE EXTIENDE ESTA COBERTURA HACIA LAS ACTIVIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE ACTÚAN EN SU NOMBRE Y REPRESENTACIÓN EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES QUE LAS LEYES DETERMINAN Y QUE FORMEN PARTE DE SU ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL Y LABORAL (SE ENTREGARA UNA LISTA A LA ASEGURADORA ADJUDICADA). LO ANTERIOR, DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO Y/O LAS LEGISLACIONES LOCALES DE LA MATERIA. SE CONSIDERA COMO BENEFICIARIO DEL SEGURO A LOS TERCEROS PARTICULARES PERJUDICADOS Y AL PROPIO ENTE PÚBLICO.
DEFENSA JURÍDICA DEL ASEGURADO
LOS GASTOS DE DEFENSA JURÍDICA INCLUYEN LA TRAMITACIÓN JUDICIAL, LA EXTRAJUDICIAL, ASÍ COMO EL ANÁLISIS DE LAS RECLAMACIONES DE PARTICULARES, AUN CUANDO ELLAS SEAN INFUNDADAS, ASÍ COMO LA ENTREGA DE CAUCIONES Y EL PAGO XX XXXXXX DE FIANZAS REQUERIDAS PROCESALMENTE.
BASE DE INDEMNIZACIÓN:
ESTA COBERTURA OPERA BAJO EL CONCEPTO DE “CLAIM’S MADE” O PRESENTACIÓN DE RECLAMACIÓN, TOMANDO COMO FECHA CONVENCIONAL DE INICIO DE COBERTURA, EL 01 XX XXXXX DE 2013, AMPARANDO LOS HECHOS OCURRIDOS CON POSTERIORIDAD A ESA FECHA Y SÓLO SÍ LA RECLAMACIÓN POR ESOS HECHOS SE FORMULA POR PRIMERA VEZ EN EL CURSO DE LA VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA O DENTRO DEL AÑO SIGUIENTE A SU TERMINACIÓN.
DEDUCIBLES
PARA DAÑOS CAUSADOS A BIENES DE TERCEROS: 10% SOBRE TODA Y CADA RECLAMACIÓN, CON MÍNIMO DE 100 UMA Y MÁXIMO DE 500 UMA.
PARA DAÑOS CAUSADOS A LAS PERSONAS: SIN DEDUCIBLE
RIESGOS EXCLUIDOS
RESPONSABILIDAD COMO CONSECUENCIA DE EXTRAVÍO DE BIENES.
RESPONSABILIDAD DERIVADA DE DAÑOS OCASIONADOS DOLOSAMENTE REALIZADOS POR EL ASEGURADO.
RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA PLANIFICACIÓN URBANA, OBRAS O VÍAS PÚBLICAS, INCLUYENDO AQUELLAS POR EL USO DE SUELO.
RESPONSABILIDAD PROVENIENTE DE LA OPERACIÓN XX XXXXX DE AHORRO, FONDOS FILANTRÓPICOS, LOTERÍAS, RIFAS Y SIMILARES.
DAÑOS QUE NOS SEAN DERIVADOS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA EN FUNCIÓN DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO, CUANDO DICHO INCLUMPLIMIENTO NO HAYA PRODUCIDO LA MUERTE O MENOSCABO DE LA SALUD DE TERCEROS, O EL DETERIORO O DESTRUCCIÓN DE BIENES PROPIEDAD DE LOS MISMOS.
RESPONSABILIDAD PROVENIENTE DEL INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS O CONVENIOS.
HECHOS U OMISIONES DEL ASEGURADO COMETIDOS CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIO DE LA VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA CON EXCEPCIÓN A LAS CONCERNIENTES A MONTOS DE INDEMINACIÓN PARA MUERTE.
RESPONSABILIDAD ASUMIDA POR EL ASEGURADO.
RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE DAÑOS OCASIONADOS DOLOSAMENTE POR EL ASEGURADO, FUNCIONARIOS GUBERNAMENTALES Y D&O.
RESPONSABILIDADES POR LA INTERRUPCIÓN TOTAL O PARCIAL O SUSPENSIÓN DE LABORES REGULARES DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA.
SECCIÓN IV.- RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL
SOBRE LOS DAÑO, PERJUICIOS Y EL DAÑO MORAL CONSECUENCIAL QUE SE CAUSE A TERCERAS PERSONAS CON MOTIVO DE SUS ACTIVIDADES PROFESIONALES DE LA ENTIDAD, YA POR NEGLIGENCIA, IMPERICIA Y EN GENERAL, POR ACTOS NO DOLOSOS Y POR LOS CUALES DEBA DE RESPONDER CONFORME A LA LEGISLACIÓN VIGENTE.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD $ 20, 000,000.00 M.N.
ESTA RESPONSABILIDAD INCLUYE DE MANERA ENUNCIATIVA PERO NO LIMITATIVA A LOS SIGUIENTES EVENTOS;
DAÑOS POR ERRORES EN PERITAJES Y/O ELABORACIÓN DE PRESUPUESTOS.
DISEÑOS DE TECNOLOGÍA, DE MAQUINARIA, DE FÓRMULAS DE PROYECTOS, DE CÁLCULOS Y/O PROYECCIONES Y/O EQUIPO CIENTÍFICO Y/O TECNOLÓGICO.
TRABAJOS PROFESIONALES DEL PERSONAL.
BASE DE INDEMNIZACIÓN:
ESTA COBERTURA OPERA BAJO EL CONCEPTO DE “CLAIM’S MADE” O PRESENTACIÓN DE RECLAMACIÓN, TOMANDO COMO FECHA CONVENCIONAL DE INICIO DE COBERTURA, EL 17 XX XXXXXX DE 2010, AMPARANDO LOS HECHOS OCURRIDOS CON POSTERIORIDAD A ESA FECHA Y SÓLO SÍ LA RECLAMACIÓN POR ESOS HECHOS SE FORMULA POR PRIMERA VEZ EN EL CURSO DE LA VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA O DENTRO DEL AÑO SIGUIENTE A SU TERMINACIÓN.
DEDUCIBLES:
PARA DAÑOS CAUSADOS POR LA ENTIDAD; 10% POR RECLAMACIÓN CON MÍNIMO DE 100 UMA
PARA DAÑOS CAUSADOS POR LAS PERSONAS; SIN DEDUCIBLE
NOTA; LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE ESTA SECCIÓN OPERA COMO SUBLIMITE DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO.
SECCIÓN V.- ROBO Y/O ASALTO:
SOBRE LOS BIENES DESCRITOS EN LA SECCIÓN I.- EDIFICIOS Y CONTENIDOS, SEGUNDO PÁRRAFO Y QUE SEAN PROPIEDAD DEL ASEGURADO O QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD O CUSTODIA CON SUMA A PRIMER RIESGO EN LIMITE ÚNICO Y COMBINADO PARA TODAS LAS UBICACIONES. EL ALCANCE DE ROBO IMPLICA CON VIOLENCIA O SIN VIOLENCIA.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD: $ 300,000.00 M.N.
RIESGOS Y BIENES CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO:
PARA LAS INSTALACIONES ESPECIALES QUE DEBAN ESTAR A LA INTEMPERIE, SE AMPARA POR CONVENIO EXPRESO ROBO DE BIENES NO OBSTANTE QUE CAREZCAN DE TECHO, O DE ALGUNO DE SUS MUROS, PUERTAS O VENTANAS.
SE AMPARA POR CONVENIO EXPRESO EL ROBO DE BIENES QUE SE ENCUENTREN EN FERIAS O EXPOSICIONES DE LAS QUE PARTICIPE LA CONVOCANTE.
SE CUBREN BIENES PROPIEDAD DE EMPLEADOS PARA ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO EXCLUSIVAMENTE, CON UN SUBLÍMITE DE $10,000.00 M.N. POR EVENTO.
DEDUCIBLE: 10% SOBRE PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 80 UMA.
RIESGOS EXCLUIDOS
DESAPARICIÓN MISTERIOSA DE LOS BIENES Y/O EXTRAVÍO.
PÉRDIDA DIRECTAMENTE CAUSADA POR HUELGUISTAS O PERSONAS QUE TOMEN PARTE EN DISTURBIOS DE CARÁCTER OBRERO, MOTINES, ALBOROTOS POPULARES O VANDALISMO, DURANTE LA REALIZACIÓN DE TALES ACTOS, ASÍ COMO RATERÍA Y PILLAJE.
EL ROBO O ASALTO EFECTUADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL ASEGURADO O DEPENDIENTES ECONÓMICOS DE ÉSTOS.
BIENES CUBIERTOS BAJO LA COBERTURA DE DINERO Y/O VALORES.
ROBOS QUE RESULTASEN DE ACTOS FRAUDULENTOS, DOLOSOS O CRIMINALES COMETIDOS POR UN SERVIDOR PÚBLICO ADSCRITO, DELEGADO FIDUCIARIO O AGENTE DE SU NEGOCIO.
SECCIÓN VI.- DINERO Y/O VALORES:
SE CUBRE EL DINERO EN EFECTIVO, EN METÁLICO O BILLETES DE BANCO, VALORES, Y OTROS DOCUMENTOS NEGOCIABLES Y NO NEGOCIABLES, TALES COMO LETRAS DE CAMBIO, PAGARES, CHEQUES, CHEQUES DE VIAJERO, ACCIONES, MARBETES, BONOS FINANCIEROS E HIPOTECARIOS, VALES DE GASOLINA Y DE DESPENSA Y EN GENERAL TODA PROPIEDAD DEL ASEGURADO Y/O BAJO SU RESPONSABILIDAD O CUSTODIA, DENTRO Y FUERA DE LOS INMUEBLES PROPIOS Y/O DE TERCEROS, SIEMPRE QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD O CUSTODIA DENTRO DE LA REPÚBLICA MEXICANA. LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD OPERA A PRIMER RIESGO Y EN LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO. EL ALCANCE DE ESTA SECCIÓN IMPLICA EL ROBO CON VIOLENCIA O SIN VIOLENCIA Y ASALTO.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD: $ 150,000.00 M.N.
RIESGOS Y BIENES CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO:
ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO, ASÍ COMO LOS DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR EL ROBO.
INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN.
INCAPACIDAD FÍSICA DE LA PERSONA PORTADORA, INCLUYENDO ASALTO Y/O PRESIÓN MORAL Y ACCIDENTES DEL VEHÍCULO.
QUEDARAN CUBIERTOS CUANDO SE ENCUENTREN EN POSESIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITOS PARA GASTOS CON UN SUB LÍMITE DE $ 30,000.00 M.N. POR PERSONA.
SE AMPARA EFECTIVO Y/O VALORES NEGOCIABLES EN CAJONES, GAVETAS, ARCHIVEROS O SIMILARES CERRADOS CON LLAVE CON SUBLÍMITE DURANTE LA VIGENCIA DE $ 50,000.00 M.N.
SE CUBRE DINERO EN PODER DE MENSAJEROS, PAGADORES Y/O COBRADORES, SERVIDORES PÚBLICOS, EMPLEADOS Y/O PERSONAL AUTORIZADO, SIN RESTRICCIÓN DE HORARIO O LUGAR.
DEDUCIBLE:
10% SOBRE PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 80 UMA.
DINERO EN PODER DE SERVIDORES PÚBLICOS PARA GASTOS: 10% SOBRE LA PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 20 UMA.
RIESGOS EXCLUIDOS
FRAUDE, ROBO, ASALTO O ABUSO DE CONFIANZA COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITOS DEL ASEGURADO, SEA QUE ACTÚEN POR SI SOLO O DE ACUERDO CON OTRAS PERSONAS.
PÉRDIDA DIRECTAMENTE CAUSADA POR HUELGUISTAS O PERSONAS QUE TOMEN PARTE EN DISTURBIOS DE CARÁCTER OBRERO, MOTINES, ALBOROTOS POPULARES O VANDALISMO, DURANTE LA REALIZACIÓN DE TALES ACTOS.
CUANDO PROVENGAN DE SINIESTROS CAUSADOS POR DOLO MALA FE O CULPA GRAVE DEL ASEGURADO.
LINGOTES DE ORO Y PLATA, ALHAJAS Y PEDRERÍA QUE NO ESTÉ MONTADA.
DESAPARICIÓN MISTERIOSA DE LOS BIENES Y/O EXTRAVÍO.
FALTANTES O ERRORES CONTABLES.
SECCIÓN VII.- ROTURA XX XXXXXXXXX:
SE CUBREN LAS PÉRDIDAS O DAÑOS MATERIALES DE LOS CRISTALES CON ESPESOR MÍNIMO DE 4MM., DOMOS Y VITRALES, PROPIEDAD DEL ASEGURADO O BAJO SU CUSTODIA O RESPONSABILIDAD, ASÍ COMO SU INSTALACIÓN.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD: $ 200,000.00 M.N.
LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CUBRE LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO PARA TODAS LAS UBICACIONES Y OPERA A PRIMER RIESGO.
RIESGOS Y BIENES CUBIERTOS MEDIANTE CONVENIO EXPRESO:
POR REMOCIÓN DEL CRISTAL Y/O DOMO MIENTRAS NO QUEDE DEBIDAMENTE COLOCADO.
AL DECORADO DEL CRISTAL (TALES COMO PLATEADO, DORADO, TEÑIDO, PINTADO, GRABADO, CORTE, XXXXXXX Y ANÁLOGOS) O A SUS XXXXXX.
POR REPARACIONES, ALTERACIONES, MEJORAS Y/O PINTURAS DEL LOCAL AQUÍ DESCRITO Y/O DEL CRISTAL O DOMO ASEGURADOS.
CRISTALES PERTENECIENTES A LOS CONTENIDOS COMO ESPEJOS, CUBIERTAS Y LUNAS, ASÍ COMO LOS DOMOS Y TRAGALUCES.
MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA.
DEDUCIBLE: SIN DEDUCIBLE
EXCLUSIONES
PÉRDIDA O DAÑOS MATERIALES A CRISTALES DE ESPESOR MENOR A 4 MM.
DAÑOS POR RASPADURAS, RALLADURAS U OTROS DEFECTOS SUPERFICIALES.
CUANDO EL SINIESTRO PROVENGA DE XXXX, MALA FE O CULPA GRAVE DEL ASEGURADO.
SECCIÓN VIII.- EQUIPO ELECTRÓNICO
SE AMPARAN TODOS Y CADA UNO DE LOS EQUIPOS REGISTRADAS EN INVENTARIOS DEL ASEGURADO, EN CUALQUIER PUNTO DE LA REPÚBLICA MEXICANA, SIN PRESENTACIÓN DE RELACIÓN ASÍ COMO LOS QUE ESTÉN EN SU PODER Y/O CUSTODIA Y/O POR LOS CUALES SEA LEGALMENTE RESPONSABLE.
PARA EFECTOS DE LA PRESENTE PÓLIZA, LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD OPERARÁ A PRIMER RIESGO Y SERÁ ÉL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA POR EVENTO Y EN EL AGREGADO ANUAL Y OPERA COMO L.U.C.
SE CONVIENE EN AMPARAR TAMBIÉN, LOS EQUIPOS NUEVOS QUE ADQUIERA EL ASEGURADO DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA SIN NECESIDAD DE EMITIR ENDOSO ALGUNO SIEMPRE QUE NO REBASE EL 10% DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE ESTA COBERTURA, EN CUYO CASO, EL ASEGURADO SE COMPROMETE A DAR AVISO RESPECTIVO Y A PAGAR EL ENDOSO CORRESPONDIENTE.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD $ 70, 000,000.00 M.N.
SUBLÍMITES:
PORTADORES EXTERNOS DE DATOS APLICABLE AL RAMO DE EQUIPO ELECTRÓNICO SECCIÓN "B" |
$ 100,000.00 M.N. |
INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN APLICABLE AL RAMO DE EQUIPO ELECTRÓNICO SECCIÓN "C" |
6 MESES DE INDEMNIZACIÓN CON SUBLIMITE DE $5,000,000.00 M.N. |
EQUIPO MÓVIL DENTRO DE EQUIPO ELECTRÓNICO |
$ 2,000,000.00 M.N. |
EQUIPO MÓVIL EN EL EXTRANJERO |
$ 200,000.00 M.N. |
GASTOS EXTRAS Y FLETE AÉREO |
10% DE LA RECLAMACIÓN CON MÁXIMO DE $ 500,000.00 M.N.
|
COBERTURAS:
SECCIÓN "A"
BÁSICA.
ROBO CON VIOLENCIA.
ROBO SIN VIOLENCIA INCLUYENDO EQUIPO MÓVIL.
GASTOS EXTRAS.
GASTOS POR FLETE AÉREO.
ALBAÑILERÍA, ANDAMIOS Y ESCALERAS.
DAÑOS POR FALLO DE LA INSTALACIÓN DE CLIMATIZACIÓN.
EQUIPOS MÓVILES Y PORTÁTILES DENTRO Y FUERA DE CUALQUIER PREDIO O VEHÍCULO.
DAÑOS POR PROTECCIONES CONTRA INCENDIO (PCI).
HUELGAS Y ALBOROTOS POPULARES.
GASTOS PARA RESTITUIR LA INFORMACIÓN, HASTA EL 10% DEL TOTAL DE LA PÉRDIDA RECLAMADA.
TODO RIESGO DE INCENDIO, RAYO Y EXPLOSIÓN.
TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA.
FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS.
SECCIÓN "B"
PORTADORES EXTERNOS DE DATOS.
SECCIÓN "C"
INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN.
DEDUCIBLES:
INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN: 3 DÍAS NATURALES.
ROBO CON VIOLENCIA 10% SOBRE PÉRDIDA CON MÍNIMO DE $2,500.00 M.N.
HURTO Y ROBO SIN VIOLENCIA: 10% DE LA PÉRDIDA CON MÍNIMO DE $2,500.00 M.N.
DEMÁS RIESGOS: 2% SOBRE PERDIDA CON MÍNIMO DE $ 2,500.00 M.N.
EQUIPO MÓVIL Y PORTÁTIL; DEDUCIBLE DE LA COBERTURA AFECTADA
TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA.- DEDUCIBLES Y COASEGUROS PUBLICADOS POR AMIS CONFORME A LA ZONA.
FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS.- DEDUCIBLES Y COASEGUROS PUBLICADOS POR AMIS CONFORME A LA ZONA.
CONVENIO EXPRESO PARA TODA LA SECCION:
PARA LA COBERTURA DE EQUIPOS MÓVILES Y PORTÁTILES, SE CONVIENE EN AMPARAR EL HURTO, ROBO O ASALTO AUN CUANDO LOS BIENES SE ENCUENTREN DENTRO DE UN VEHÍCULO, NO OBSTANTE EL ROBO OCURRA FUERA DE LAS HORAS DE TRABAJO O EL BIEN NO SE ENCUENTRE EN EL MALETERO, SIEMPRE Y CUANDO QUEDE OCULTO A LA VISTA.
SE CONVIENE QUE EN EL CASO DE PÉRDIDA TOTAL DE LOS EQUIPOS DE CÓMPUTO, LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE DEBERÁ INCLUIR EL SOFTWARE BÁSICO INCLUIDO PARA SU OPERACIÓN (WINDOWS O SIMILAR).
SE ACLARA QUE DENTRO DE LA COBERTURA DE EQUIPO MÓVIL O PORTÁTIL QUEDAN INCLUIDOS ENTRE OTROS, LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN Y PRUEBA PROPIOS AL GIRO DEL NEGOCIO.
SE CONVIENE EN AMPARAR EL EQUIPO MÓVIL Y PORTÁTIL EN LA REPÚBLICA MEXICANA, LITORALES MARINOS Y EL EXTRANJERO.
SE AMPARA A “SUMA ASEGURADA” LAS PÉRDIDAS TOTALES PARA EQUIPOS CON ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 5 AÑOS.
CLÁUSULA DE RENUNCIA DE INVENTARIOS PARA ESTA SECCIÓN AL 10% DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DECLARADA.
RIESGOS EXCLUIDOS PARA EQUIPOS ELECTRONICOS
FALLAS O DEFECTOS EXISTENTES AL INICIO DEL SEGURO, DE LOS CUALES TENGA CONOCIMIENTO EL ASEGURADO O SUS REPRESENTANTES.
DESGASTE, DETERIORO PAULATINO COMO CONSECUENCIA DEL USO Y DEL FUNCIONAMIENTO NORMAL, CAVIDADES, EROSIONES, CORROSIONES, HERRUMBRES, O INCRUSTACIONES, ASÍ COMO DETERIORO GRADUAL DEBIDO A CONDICIONES ATMOSFÉRICAS.
GASTOS EROGADOS PARA ELIMINAR FALLAS DE FUNCIONAMIENTO EN LOS BIENES ASEGURADOS, A MENOS QUE DICHAS FALLAS FUERAN CAUSADAS POR LA PRESENCIA DE LOS RIESGOS CUBIERTOS.
GASTOS EROGADOS POR MANTENIMIENTO DE LOS BIENES ASEGURADOS, INCLUYENDO LOS DERIVADOS DE LAS PARTES RECAMBIADAS DURANTE DICHA OPERACIÓN.
PÉRDIDAS O DAÑOS DE LOS CUALES FUEREN RESPONSABLES LEGAL O CONTRACTUALMENTE EL FABRICANTE O EL VENDEDOR DE LOS BIENES ASEGURADOS (GARANTÍA).
PÉRDIDAS O DAÑOS A EQUIPOS ARRENDADOS, CUANDO LA RESPONSABILIDAD LEGAL O MEDIANTE CONVENIO DE ARRENDAMIENTO Y O MANTENIMIENTO, RECAIGA EN EL PROPIETARIO.
PÉRDIDAS CONSECUENCIALES DE CUALQUIER ÍNDOLE ASÍ COMO DAÑOS IMPUTABLES POR RESPONSABILIDAD CIVIL.
PÉRDIDAS O DAÑOS A PARTES DE FÁCIL DESGASTE, TALES COMO BULBOS, VÁLVULAS, TUBOS, BANDAS, FUSIBLES, SELLOS, CINTAS, ALAMBRES, CADENAS, NEUMÁTICOS, HERRAMIENTAS CAMBIABLES, RODILLOS GRABADOS, OBJETOS XX XXXXXX, PORCELANA O CERÁMICA O CUALQUIER MEDIO DE OPERACIÓN, POR EJEMPLO: LUBRICANTES, COMBUSTIBLES, AGENTES QUÍMICOS ETC.
DEFECTOS ESTÉTICOS, TALES COMO RASPADURAS DE SUPERFICIES PINTADAS, PULIDAS O BARNIZADAS.
PERDIDA DE INFORMACIÓN CAUSADA POR CAMPOS MAGNÉTICOS.
SECCIÓN IX.- ROTURA DE MAQUINARIA Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN
SE AMPARAN TODOS Y CADA UNO DE LOS EQUIPOS Y MAQUINARIA, INSTALADOS Y/O OPERANDO, REGISTRADAS EN INVENTARIOS DEL ASEGURADO EN CUALQUIER PUNTO DE LA REPÚBLICA MEXICANA SIN PRESENTACIÓN DE RELACIÓN, ASÍ COMO LOS QUE ESTÉN EN SU PODER O CUSTODIA O POR LOS CUALES SEA LEGALMENTE RESPONSABLE.
PARA EFECTOS DE LA PRESENTE PÓLIZA, LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD SERÁ ÉL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA POR EVENTO Y EN EL AGREGADO ANUAL Y OPERA PARA EQUIPOS AMPARADOS EN ESTA SECCIÓN.
SE CONVIENE EN AMPARAR TAMBIÉN, LOS EQUIPOS NUEVOS QUE ADQUIERA EL ASEGURADO DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA SIN NECESIDAD DE EMITIR ENDOSO ALGUNO SIEMPRE QUE NO REBASE EL 10% DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE ESTA COBERTURA, EN CUYO CASO, EL ASEGURADO SE COMPROMETE A DAR AVISO RESPECTIVO Y A PAGAR EL ENDOSO CORRESPONDIENTE.
VALORES TOTALES DECLARADOS: $ 28, 470,000.00 M.N.
COBERTURAS:
ROTURA DE MAQUINARIA
TODO RIESGO DE ROTURA DE MAQUINARIA.
EXPLOSIÓN FÍSICA.
CASCOS PARA MÁQUINAS MÓVILES (DENTRO Y FUERA DEL PREDIO).
EXPLOSIÓN PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA.
BOMBAS SUMERGIDAS Y BOMBAS XX XXXX PROFUNDO.
GASTOS EXTRAORDINARIOS (ENVÍOS POR EXPRESO Y TIEMPO EXTRA).
DERRAME DE TANQUES CON SUBLÍMITE DE $1, 000,000.00 M.N.
DERRAME DE TANQUES COMPRESORES (RECÍPROCOS, ALTERNATIVOS, ROTATIVOS O CENTRÍFUGOS) CON SUBLÍMITE DE $1, 000,000.00 M.N.
FLETE AÉREO.
RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN
TODO RIESGOS.
TUBERÍAS CON SUBLÍMITE DE $1, 000,000.00 M.N.
GASTOS EXTRAORDINARIOS CON SUBLÍMITE DE $1, 000,000.00 M.N.
ESCAPE DE, O DAÑOS A CONTENIDOS CON SUBLÍMITE DE $100,000.00 M.N.
DEDUCIBLES:
5% SOBRE PÉRDIDA CON MÍNIMO DE $ 2,500.00 M.N.
CONVENIO EXPRESO PARA TODA LA SECCION:
SE AMPARA A “SUMA ASEGURADA” LAS PÉRDIDAS TOTALES PARA EQUIPOS CON ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 5 AÑOS.
CLÁUSULA DE RENUNCIA DE INVENTARIOS PARA ESTA SECCIÓN AL 10% DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DECLARADA.
SE ACLARA QUE SE PERMITE EL TRÁNSITO EN LAS CALLES ALEDAÑAS AL PREDIO ASEGURADO PARA LOS MONTACARGAS DEL ASEGURADO HASTA UN RADIO DE 500 METROS.
SE CONVIENE EN AMPARAR LOS BIENES CONTENIDOS EN CUARTOS FRÍOS O EQUIPOS DE REFRIGERACIÓN CON UN SUBLÍMITE DE $100,000.00 M.N.
RIESGOS EXCLUIDOS PARA LA SECCION
FALLAS O DEFECTOS EXISTENTES AL INICIO DEL SEGURO.
DESGASTE, DETERIORO PAULATINO COMO CONSECUENCIA DEL USO Y DEL FUNCIONAMIENTO NORMAL.
DAÑOS CAUSADOS POR INCENDIO Y MEDIOS PARA EXTINGUIRLO, EXPLOSIÓN EXTERNA A LA CALDERA O RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN, TERREMOTO, TEMBLOR, ERUPCIÓN VOLCÁNICA, HURACÁN, GRANIZO, CICLÓN, TEMPESTAD, HELADAS, INUNDACIÓN, VIENTOS, DESPRENDIMIENTO DE TIERRA O ROCAS, HUELGAS, ALBOROTOS POPULARES, DISTURBIOS, ACTOS DE AUTORIDAD.
DEFORMACIONES GRADUALES E IMPERFECCIONES.
ROTURA, FALLA MECÁNICA, FALTA DE RESISTENCIA DE SUS PARTES POR USO O DE RALLADURAS, CORROSIÓN, OXIDACIÓN O INCRUSTACIÓN, A MENOS QUE SE ORIGINEN CUALQUIERA DE LOS RIESGOS CUBIERTOS.
REPARACIONES DE CARÁCTER PROVISIONAL, SALVO LOS QUE FORMEN PARTE DE LA REPARACIÓN DEFINITIVA O PARA AMINORAR EL DAÑO.
DAÑOS POR LOS QUE SEA RESPONSABLE LEGAL O CONTRACTUALMENTE EL FABRICANTE DEL APARATO EN EL PERIODO DE GARANTÍA.
EQUIPOS SOMETIDOS A PRUEBAS DIFERENTES A LAS ESPECIFICADAS POR EL FABRICANTE.
ESCAPE DE DAÑOS AL CONTENIDO POR DEFECTOS DE JUNTAS, EMPAQUES, CONEXIONES O VÁLVULAS, DISCOS DE SEGURIDAD, DIAFRAGMAS DE RUPTURA Y TAPONES FUSIBLES.
DAÑOS A RECUBRIMIENTOS QUE NO SEAN CAUSADOS POR LOS RIESGOS CUBIERTOS EN ESTA PÓLIZA.
DAÑOS A CONTENIDOS DE LOS APARATOS.
PÉRDIDAS RESULTANTES, DIRECTA, INDIRECTA O CONSECUENCIALMENTE: POR FALTA DE FUERZA O CUALQUIER FORMA DE ENERGÍA.
CAMBIOS ESTRUCTURALES O DE DISEÑO.
PÉRDIDA DE UTILIDADES.
SECCIÓN X.- SEGURO DE TRANSPORTE DE BIENES
SE CUBRE TODOS Y CADA UNO DE LOS EMBARQUES QUE SEAN PROPIEDAD O QUE ESTÉN BAJO LA RESPONSABILIDAD, CUIDADO, CONTROL O CUSTODIA DEL ASEGURADO Y/O SOBRE LOS QUE TENGA INTERÉS ASEGURABLE, YA SEA QUE SE TRATE DE BIENES NUEVOS O USADOS.
TIPO DE SEGURO |
PÓLIZA DE TRANSPORTE ANUAL A PRONOSTICO |
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD ANUAL (PRONÓSTICO) |
$ 500,000.00 M.N. |
LIMITE MÁXIMO POR EMBARQUE |
$ 250,000.00 M.N. |
ORIGEN |
|
DESTINO
|
|
MEDIOS DE TRANSPORTE |
|
RIESGOS CUBIERTOS |
|
DEDUCIBLES:
ROBO TOTAL Y PARCIAL; 10% S.V.T.E. CON XXXXXX XX 00 XXX
OTROS RIESGOS; 3 % S.V.T.E. CON MÍNIMO DE 40 UMA
EN LA EVENTUALIDAD DE QUE SE TUVIERA NECESIDAD DE EFECTUAR UNO O VARIOS EMBARQUES CON LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD MAYOR A LA SOLICITADA, SE AVISARA CON ANTICIPACIÓN A LA ASEGURADORA Y SE EMITIRÁ UNA PÓLIZA ESPECÍFICA DE EMBARQUES, APLICANDO LAS MISMAS CUOTAS Y RIESGOS DE ESTA PÓLIZA.
DADO QUE LA PÓLIZA ES A PRONÓSTICO, EL ASEGURADO NO PRESENTARÁ DECLARACIONES INFORMATIVAS.
RIESGOS EXCLUIDOS
LA VIOLACIÓN POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO.
SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO.
PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS.
LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS.
LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO.
LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL.
EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE.
LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS.
PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS.
PARA TODA LA PÓLIZA
BIENES Y RIESGOS CUBIERTOS POR CONVENIO EXPRESO PARA LA PÓLIZA;
CLÁUSULA DE FLUCTUACIÓN DE VALORES:
NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES;
SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOS
SECCIÓN VIII- EQUIPO ELECTRÓNICO
SECCIÓN IX.- ROTURA DE MAQUINARIA, CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN
SE ACLARA QUE SE PERMITE UN MARGEN DE ERROR DEL 20% EN LA DECLARACIÓN DE VALORES POR ERRORES DE AVALÚO PARA LAS SECCIONES SIGUIENTES;
SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOS
SECCIÓN VIII- EQUIPO ELECTRÓNICO
SECCIÓN IX.- ROTURA DE MAQUINARIA Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN.
EN CASO DE QUE EXCEDA UN 20% DE LA DECLARACIÓN DE VALORES, PUEDE HABER UN AJUSTE EN LA PRIMA.
BIENES PROPIEDAD DEL ASEGURADO AMPARADOS EN TODAS LAS SECCIONES DE LA PÓLIZA:
SE AMPARAN BIENES PROPIEDAD DEL ASEGURADO O QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD O CUSTODIA PARA TODAS LAS SECCIONES DE LA PÓLIZA HASTA EL SUBLÍMITE INDICADO EN CADA UNA DE ESTAS.
ESTANDAR DE SERVICIO
SUSCRIPCION |
TIEMPO DE RESPUESTA |
CONDICIÓN |
DEDUCTIVAS |
||
A) |
CARTAS COBERTURA EN GENERAL. |
2 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DEL FALLO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
B) |
EMISIÓN DE PÓLIZAS. |
15 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DEL CONTRATO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
C) |
DUPLICADO DE PÓLIZAS. |
5 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
D) |
COTIZACIÓN DENTRO DEL CONTRATO (CONVENIOS MODIFICATORIOS) |
5 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
E) |
COTIZACIÓN SI SE REQUIERE REASEGURO |
20 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
F) |
MOVIMIENTOS DE ENDOSOS A, B Y D. |
10 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
G) |
MOVIMIENTOS DE ENDOSOS A, B Y D CON REASEGURO FACULTATIVO. |
20 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
SINIESTROS |
|||||
A) |
OBTENCIÓN DEL NÚMERO DE SINIESTRO |
1 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES AL REPORTE |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
B) |
ATENCIÓN DE SINIESTROS POR PARTE DEL AJUSTADOR |
2 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES AL REPORTE |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
C) |
SOLICITUD DE DOCUMENTOS POR PARTE DEL AJUSTADOR O ASEGURADORA |
5 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES AL RECORRIDO |
|
D) |
EN SU CASO, CONVENIO DE AJUSTE DE VALORIZACIÓN DE PÉRDIDAS |
10 |
DÍAS HÁBILES |
UNA VEZ ACREDITADA LA PROPIEDAD Y ENTREGADA LA DOCUMENTACIÓN CON QUE CUENTA EL ASEGURADO |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
E) |
INDEMNIZACIÓN |
30 |
DÍAS HÁBILES |
UNA VEZ FIRMADO EL CONVENIO DE AJUSTE DE VALORIZACIÓN DE PÉRDIDAS. |
INTERES SEÑALADO EN EL ART 276 DE LA LEY INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FINANZAS. |
F) |
PAGO DEL ANTICIPO SOLICITADO UNA VEZ DECLARADO PROCEDENTE EL SINIESTRO Y SE CUENTE CON LA INFORMACION MINIMA |
20 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES A LA SOLICITUD DEL ASEGURADO |
1% (UNO POR CIENTO) POR CADA DÌA NATURAL POR INCUMPLIMIENTO SOBRE EL IMPORTE SOLICITADO SIN IVA EN EL ANTICIPO. |
DIVERSOS |
|||||
A) |
REPORTE DE SINIESTRALIDAD |
5 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES AL VENCIMIENTO DEL PERIODO O A LA SOLICITUD DEL ASEGURADO |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
GLOSARIO TÉCNICO
INTERÉS MORATORIO: EN CASO DE QUE LA ASEGURADORA, NO OBSTANTE DE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA INDEMNIZACIÓN, CAPITAL O RENTA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, EN VEZ DEL INTERÉS LEGAL APLICABLE, SE OBLIGA A PAGAR AL ASEGURADO, BENEFICIARIO O TERCERO DAÑADO, UN INTERÉS MORATORIO CALCULADO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 276 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZA, DURANTE EL LAPSO XX XXXX. DICHO INTERÉSES SE GENERARÁN POR DÍA, A PARTIR DE LA FECHA DEL VENCIMIENTO DE LOS PLAZOS REFERIDOS EN LA PARTE INICIAL DE ESTE ARTÍCULO Y HASTA EL DÍA EN QUE SE EFECTÚE EL PAGO
PÓLIZA 2.- FLOTILLA DE VEHÍCULOS
BIENES ASEGURADOS
SE CUBRE LA FLOTILLA DEL ASEGURADO Y CUYOS LISTADOS SE ANEXAN A LA PRESENTE, CON LAS SIGUIENTES COBERTURAS;
COBERTURA |
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD |
DEDUCIBLE |
DAÑOS MATERIALES |
VALOR COMERCIAL |
5% S.V.C. |
ROBO TOTAL |
VALOR COMERCIAL |
10% S.V.C. |
RESPONSABILIDAD CIVIL |
$ 4,000,000.00 |
SIN DEDUCIBLE |
R.C. OCUPANTES |
$ 200,000.00 |
SIN DEDUCIBLE |
R.C. DAÑOS POR LA CARGA |
AMPARADO |
SIN DEDUCIBLE |
GASTOS MÉDICOS A OCUPANTES CON L.U.C. |
AUTOMÓVILES Y MOTOCICLETAS $500,000.00 CAMIONES $250,000.00 |
SIN DEDUCIBLE |
DEFENSA LEGAL |
AMPARADO |
SIN DEDUCIBLE |
SERVICIOS DE ASISTENCIA |
AMPARADO |
SIN DEDUCIBLE |
ACCIDENTES AUTOMOVILÍSTICOS AL CONDUCTOR |
$75,000.00 |
SIN DEDUCIBLE |
ESPECIFICACIÓN DE COBERTURAS
1.- DAÑOS MATERIALES.
ESTA COBERTURA AMPARA LOS DAÑOS O PÉRDIDAS MATERIALES QUE SUFRA EL VEHÍCULO A CONSECUENCIA DE LOS SIGUIENTES RIESGOS:
COLISIONES Y VUELCOS.
ROTURA XX XXXXXXXXX, PARABRISAS, LATERALES, ALETAS Y MEDALLÓN, QUEMACOCOS Y SUNROOF.
INCENDIO, RAYO Y EXPLOSIÓN.
CICLÓN, HURACÁN, GRANIZO, TERREMOTO, ERUPCIÓN VOLCÁNICA, ALUD, DERRUMBE DE TIERRA O PIEDRAS, CAÍDA O DERRUMBE DE CONSTRUCCIONES, EDIFICACIONES, ESTRUCTURAS U OTROS OBJETOS, CAÍDA DE ÁRBOLES O SUS RAMAS E INUNDACIÓN.
ACTOS DE PERSONAS QUE TOMEN PARTE EN PAROS, HUELGAS, DISTURBIOS DE CARÁCTER OBRERO, MÍTINES, ALBOROTOS POPULARES, MOTINES O DE PERSONAS MAL INTENCIONADAS DURANTE LA REALIZACIÓN DE TALES ACTOS, O BIEN, OCASIONADOS POR LAS MEDIDAS DE REPRESIÓN TOMADAS POR AUTORIDADES LEGALMENTE RECONOCIDAS QUE CON MOTIVO DE SUS FUNCIONES INTERVENGAN EN DICHOS ACTOS, ASÍ COMO PERSONAS MAL INTENCIONADAS.
TRANSPORTACIÓN.- VARADURA, HUNDIMIENTO, INCENDIO, EXPLOSIÓN, COLISIÓN O VUELCO, DESCARRILAMIENTO, CAÍDA DEL MEDIO DE TRANSPORTE EN QUE EL VEHÍCULO SEA CONDUCIDO; CAÍDA DEL VEHÍCULO DURANTE LAS MANIOBRAS DE CARGA, TRANSBORDO O DESCARGA, ASÍ COMO LA CONTRIBUCIÓN POR AVERÍA GRUESA O POR CARGOS DE SALVAMENTO.
LOS DAÑOS AL MOTOR ORIGINADOS POR LA PENETRACIÓN A SU INTERIOR DE AGUA DISTINTA A LA NECESARIA PARA SU OPERACIÓN O FUNCIONAMIENTO MIENTRAS EL VEHÍCULO SE ENCUENTRE EN CIRCULACIÓN.
DAÑOS OCASIONADOS POR VANDALISMO.
DAÑOS POR INCONSISTENCIA, HUNDIMIENTO O ASENTAMIENTO DEL SUELO O SUBSUELO.
LA PROTECCIÓN DE ESTA COBERTURA OPERARÁ AUN CUANDO LOS HECHOS QUE DEN LUGAR AL SINIESTRO CONSTITUYAN EL DELITO DE ABUSO DE CONFIANZA, EXCEPTO CUANDO DICHO DELITO SEA COMETIDO POR EL (LOS) REPRESENTANTE (S) LEGAL (ES) DEL ASEGURADO.
SE EXTIENDEN LAS COBERTURAS AMPARADAS A LOS DAÑOS QUE SUFRA EL VEHÍCULO ASEGURADO DURANTE LAS MANIOBRAS DE CARGA.
2.- ROBO TOTAL.
AMPARA EL ROBO TOTAL DEL VEHÍCULO Y LAS PÉRDIDAS O DAÑOS MATERIALES QUE SUFRA A CONSECUENCIA DE SU ROBO TOTAL. EN ADICIÓN, CUANDO NO SE CONTRATE LA COBERTURA DE DAÑOS MATERIALES, QUEDARÁN AMPARADOS LOS DAÑOS OCASIONADOS POR LOS RIESGOS QUE SE MENCIONAN EN LOS INCISOS C, D, E, Y F DEL PUNTO 1 DE DAÑOS MATERIALES, APLICÁNDOSE EN ESTOS CASOS DEL DEDUCIBLE CONVENIDO PARA ROBO TOTAL.
LA PROTECCIÓN DE ESTA COBERTURA OPERARÁ AUN CUANDO LOS HECHOS QUE DEN LUGAR AL SINIESTRO CONSTITUYAN EL DELITO DE ABUSO DE CONFIANZA, EXCEPTO CUANDO DICHO DELITO SEA COMETIDO POR EL (LOS) REPRESENTANTE (S) LEGAL (ES) DEL ASEGURADO
3.- RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS
ESTA COBERTURA AMPARA LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN QUE INCURRA EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA QUE, CON SU CONSENTIMIENTO EXPRESO O TÁCITO USE EL VEHÍCULO Y QUE A CONSECUENCIA DE DICHO USO CAUSE DAÑOS MATERIALES A TERCEROS EN SUS BIENES Y/O CAUSE LESIONES CORPORALES O LA MUERTE A TERCEROS QUE NO SEAN OCUPANTES DEL VEHÍCULO ASEGURADO, INCLUYENDO LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL QUE EN SU CASO LEGALMENTE CORRESPONDA.
EN ADICIÓN Y HASTA POR UNA CANTIDAD IGUAL AL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD, ESTA COBERTURA SE EXTIENDE A CUBRIR LOS GASTOS Y COSTAS A QUE FUERE CONDENADO EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA QUE CON SU CONSENTIMIENTO EXPRESO O TÁCITO USE EL VEHÍCULO, EN CASO DE JUICIO CIVIL SEGUIDO EN SU CONTRA CON MOTIVO DE SU RESPONSABILIDAD CIVIL.
EL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA PARA ESTA COBERTURA, SE ESTABLECE EN LA TABLA DE COBERTURAS Y OPERA COMO LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD ÚNICA PARA LOS DIVERSOS RIESGOS QUE SE AMPARAN EN ESTA COBERTURA.
4.- RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A OCUPANTES
ESTA COBERTURA AMPARA LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN QUE INCURRA EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA QUE CON SU CONSENTIMIENTO EXPRESO O TÁCITO USE EL VEHÍCULO Y QUE A CONSECUENCIA DE DICHO USO CAUSE LESIONES CORPORALES O LA MUERTE A TERCEROS OCUPANTES DEL VEHÍCULO ASEGURADO, INCLUYENDO LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL QUE EN SU CASO LEGALMENTE CORRESPONDA.
EN ADICIÓN Y HASTA POR UNA CANTIDAD IGUAL AL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A OCUPANTES, ESTA COBERTURA SE EXTIENDE A CUBRIR LOS GASTOS Y COSTAS A QUE FUERE CONDENADO EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA QUE CON SU CONSENTIMIENTO EXPRESO O TÁCITO USE EL VEHÍCULO, EN CASO DE JUICIO CIVIL SEGUIDO EN SU CONTRA CON MOTIVO DE SU RESPONSABILIDAD CIVIL.
EL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA PARA ESTA COBERTURA, SE ESTABLECE EN LA TABLA DE COBERTURAS Y OPERA COMO LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD ÚNICA PARA LOS DIVERSOS RIESGOS QUE SE AMPARAN EN ESTA COBERTURA.
5.- RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CON LA CARGA
LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ASEGURADO POR DAÑOS A TERCEROS EN SUS BIENES O PERSONAS, CAUSADOS POR Y/O CON CUALQUIER TIPO DE CARGA QUE TRANSPORTE EL VEHÍCULO Y/O CON EL EQUIPO ESPECIAL Y/O LAS ADAPTACIONES Y/O CONVERSIONES QUE SE AGREGUEN AL VEHÍCULO ASEGURADO.
EL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA PARA ESTA COBERTURA SE INCLUYE DENTRO DEL MONTO AMPARADO EN LA COBERTURA 3.- RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS.
6.- GASTOS MÉDICOS OCUPANTES.
EL PAGO DE GASTOS MÉDICOS POR CONCEPTO DE HOSPITALIZACIÓN, MEDICINAS, ATENCIÓN MÉDICA, ENFERMEROS, SERVICIO DE AMBULANCIA Y GASTOS DE ENTIERRO, ORIGINADOS POR LESIONES CORPORALES QUE SUFRA EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA OCUPANTE DEL VEHÍCULO, EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO O A CONSECUENCIA DEL ROBO TOTAL DEL VEHÍCULO ASEGURADO, OCURRIDOS MIENTRAS SE ENCUENTREN DENTRO DEL COMPARTIMIENTO, CASETA O CABINA DESTINADOS AL TRANSPORTE DE PERSONAS.
LOS CONCEPTOS DE GASTOS MÉDICOS OCUPANTES CUBIERTOS POR LA PÓLIZA SERÁN PAGADOS DIRECTAMENTE POR LA COMPAÑÍA CUANDO SE UTILICEN LOS PROVEEDORES MÉDICOS, HOSPITALES, CLÍNICAS, DOCTORES Y DEMÁS PROVEEDORES CON LOS QUE LA COMPAÑÍA TENGA CONVENIO. SI EL PACIENTE OPTA POR ATENDERSE CON OTRO MÉDICO U HOSPITAL QUE NO SEA EL ASIGNADO POR LA COMPAÑÍA, QUEDA ENTENDIDO QUE SE APLICARÁ EL REMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS, APEGÁNDOSE AL TABULADOR MÉDICO Y DE HOSPITALES ESTABLECIDO POR LA COMPAÑÍA. LOS SIGUIENTES CONCEPTOS SE CONSIDERAN AMPARADOS POR ESTA COBERTURA:
HOSPITALIZACIÓN.
ATENCIÓN MÉDICA.
ENFERMEROS
SERVICIOS DE AMBULANCIA TERRESTRE Y/O AÉREA.
GASTOS DE ENTIERRO HASTA POR UN MONTO IGUAL A 750 DÍAS EN BASE A LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN MENSUAL (UMAM) AL MOMENTO DEL SINIESTRO.
TRATAMIENTOS DENTALES, ALVEOLARES, GINGIVALES O MAXILOFACIALES.
LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD EN ESTA COBERTURA OPERA EN LÍMITE ÚNICO U COMBINADO POR EVENTO.
7.- DEFENSA LEGAL
ASESORÍA Y DEFENSA LEGAL, LA CUAL ESTARÁ VIGENTE LAS VEINTICUATRO HORAS DEL DÍA Y LOS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS DEL AÑO, A CONSECUENCIA DE ALGÚN PERCANCE VIAL, DESDE EL MOMENTO QUE EL USUARIO QUEDE A DISPOSICIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO Y/O JUEZ Y HASTA LA CONCLUSIÓN DEL ASUNTO, QUEDANDO CONTEMPLADOS, A CARGO DE LA COMPAÑÍA, LOS GASTOS PROCESALES QUE SEAN NECESARIOS PARA LA DEFENSA DEL USUARIO, INCLUYENDO LOS HONORARIOS DE CARÁCTER JURÍDICO, PRIMAS DE FIANZAS DERIVADAS DE LAS GARANTÍAS QUE FIJE LA AUTORIDAD, GARANTÍAS EN EFECTIVO PARA OBTENER LA LIBERTAD DEL CONDUCTOR O GARANTIZAR LA REPARACIÓN DEL DAÑO, PAGO DE PENSIÓN O ESTADÍA EN CORRALONES, ENTRE OTROS. DERIVADO DE ÉSTE SERVICIO LA ASEGURADORA SE OBLIGA A:
TRAMITAR, EN SU CASO, LA LIBERTAD DEL USUARIO, DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN APLICABLE;
REALIZAR LOS TRÁMITES NECESARIOS PARA LA DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO CONTRATADO;
GARANTIZAR LA REPARACIÓN DEL DAÑO Y LAS POSIBLES SANCIONES PECUNIARIAS, DERIVADO DEL DELITO CULPOSO
8.- SERVICIOS DE ASISTENCIA
LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA AUTOMOVILÍSTICA, MÉDICA Y ADMINISTRATIVA REQUERIDOS POR EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA QUE CON SU CONSENTIMIENTO EXPRESO O TÁCITO USE EL VEHÍCULO Y QUE A CONSECUENCIA DE DICHO USO REQUIERA LOS SERVICIOS MENCIONADOS, LOS CUALES INCLUYEN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA, LOS SIGUIENTES;
REMOLQUE O TRANSPORTE DEL VEHÍCULO CON UNA SUMA MÍNIMA DE 35 UMA. ESTE SERVICIO SE OTORGA EN MÉXICO Y EN LA FRANJA FRONTERIZA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
AUXILIO VIAL BÁSICO, TAL COMO CAMBIO O INFLADO DE LLANTAS, PASO DE CORRIENTE Y ENVÍO DE GASOLINA, ESTO ÚLTIMO CON CARGO AL CLIENTE.
9.- ACCIDENTES AUTOMOVILÍSTICOS AL CONDUCTOR.
LA ASEGURADORA CUBRIRÁ AL CONDUCTOR Y/O BENEFICIARIO EL PAGO DE INDEMNIZACIONES POR MUERTE O LESIÓN CORPORAL QUE SUFRA EL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO ASEGURADO, COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE UN ACCIDENTE AUTOMOVILÍSTICO Y/O CUALQUIER RIESGO AMPARADO MIENTRAS DICHO CONDUCTOR SE ENCUENTRE CONDUCIENDO EL VEHÍCULO ASEGURADO.
EL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA PARA ESTA COBERTURA, SERÁ LA ESTABLECIDA EN LA TABLA DE COTIZACIÓN Y OPERA COMO LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO PARA LOS DIFERENTES RIESGOS AMPARADOS.
ESTA COBERTURA PROCEDERÁ ÚNICAMENTE SI LA LESIÓN, EN UN LAPSO DE 90 (NOVENTA) DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FECHA DEL SINIESTRO, PRODUJERA CUALQUIERA DE LAS PÉRDIDAS ENUMERADAS A CONTINUACIÓN.
LA ASEGURADORA PAGARÁ LOS SIGUIENTES PORCENTAJES SOBRE EL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CONTRATADA PARA ÉSTA COBERTURA:
POR PÉRDIDA (% DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD) DE ACUERDO A;
LA VIDA 100%
AMBAS MANOS O AMBOS PIES O LA VISTA EN AMBOS OJOS 100%
UNA MANO Y UN PIE 100%
UNA MANO Y LA VISTA DE UN OJO O UN PIE Y LA VISTA DE UN OJO 100%
UNA MANO O UN PIE 50%
LA VISTA DE UN OJO 30%
EL PULGAR DE CUALQUIER MANO 15%
EL DEDO ÍNDICE DE CUALQUIER MANO 10%
CUALQUIER DEDO EXCEPTO EL ÍNDICE Y/O EL PULGAR DE CUALQUIER MANO. 5%
POR PÉRDIDA DE CUALQUIERA DE LAS PARTES CITADAS DENTRO DE LA TABLA ANTERIOR, SE ENTENDERÁ LA AMPUTACIÓN COMPLETA QUIRÚRGICA O TRAUMÁTICA O ANQUILOSAMIENTO DE ESE MIEMBRO, LA PÉRDIDA COMPLETA O IRREPARABLE DE LA FUNCIÓN DE LA VISTA, O LA SEPARACIÓN COMPLETA O ANQUILOSAMIENTO DE DOS FALANGES DE CADA DEDO. ESTA COBERTURA OPERA SIN LA APLICACIÓN DE UN DEDUCIBLE.
ESTA COBERTURA NO APLICARA EN LOS SIGUIENTES CASOS;
CUANDO LA EDAD DEL CONDUCTOR EXCEDA DE 69 AÑOS.
CUANDO LAS LESIONES Y/O MUERTE HAYAN SIDO PROVOCADAS INTENCIONALMENTE POR EL ASEGURADO.
DEDUCIBLE:
LA COBERTURA DE DAÑOS MATERIALES Y ROBO TOTAL SE CONTRATA CON LA APLICACIÓN EN CADA SINIESTRO DE UNA CANTIDAD A CARGO DEL ASEGURADO, DENOMINADA DEDUCIBLE, LA CUAL ESTA ESPECIFICADA EN LA TABLA DE COTIZACIÓN Y APLICA SOBRE EL VALOR COMERCIAL DEL VEHÍCULO AL MOMENTO DEL SINIESTRO.
EN RECLAMACIONES POR ROTURA XX XXXXXXXXX, ÚNICAMENTE QUEDARÁ A CARGO DEL ASEGURADO, EL MONTO QUE CORRESPONDA AL 10% DE VALOR DE LOS CRISTALES AFECTADOS.
POR LO QUE SE REFIERE A LA COBERTURA DE ROBO TOTAL, EN EL CASO DE QUE HAYA RECUPERACIÓN DESPUÉS DE PERPETRADO EL ROBO, SOLAMENTE SE APLICARÁ EL DEDUCIBLE CUANDO LA ASEGURADORA REALICE ALGÚN PAGO POR PÉRDIDAS O DAÑOS SUFRIDOS AL VEHÍCULO ASEGURADO.
SE CONVIENE EN EXENTAR DEL PAGO DEL DEDUCIBLE PARA LA COBERTURA DE DAÑOS MATERIALES, CUANDO SE TENGA PLENAMENTE IDENTIFICADO EL TERCERO RESPONSABLE Y SEA DETERMINADO COMO CULPABLE POR LA AUTORIDAD COMPETENTE.
SE CUBRE BAJO CONVENIO EXPRESO:
EL DAÑO QUE SUFRA O CAUSE EL VEHÍCULO, CUANDO SEA CONDUCIDO POR PERSONA QUE EN ESE MOMENTO SE ENCUENTRE EN ESTADO DE EBRIEDAD O BAJO LA INFLUENCIA DE DROGAS EXCEPTO SI EL VEHÍCULO ES DE CARGA Y CON UNA CAPACIDAD MAYOR A 1.5 (UNO PUNTO CINCO) TONELADA O ESTÁ DESTINADO AL TRANSPORTE DE PERSONAL A MENOS QUE EL ASEGURADO DEMUESTRE QUE ACTUÓ CON LA SUFICIENTE DILIGENCIA PARA QUE NO LE SEA IMPUTABLE CULPA GRAVE, IMPERICIA O NEGLIGENCIA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO,
LOS DAÑOS MATERIALES Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL QUE SE OCASIONE POR EL USO DE REMOLQUES, SEMIRREMOLQUES Y DOLLYS PARA TODAS LAS UNIDADES.
SE CUBRE EL “EQUIPO ESPECIAL” DE LA UNIDAD, EL CUAL SE CONSIDERARÁ A UNA CUALQUIER ADAPTACIÓN Y/O CONVERSIÓN, ASÍ COMO TODA MODIFICACIÓN Y/O ADICIÓN EN CARROCERÍA, ESTRUCTURA, RECUBRIMIENTOS, MECANISMOS Y/O APARATOS QUE MODIFIQUEN EL DISEÑO O FUNCIONAMIENTO ORIGINAL DE LA UNIDAD ASEGURADA PARA EL CUAL FUE DISEÑADO, AMPARANDO EN ESTA COBERTURA LOS DAÑOS MATERIALES, ROBO TOTAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL, COMPROMETIÉNDOSE EL ASEGURADO A DEMOSTRAR LA PREXISTENCIA DEL BIEN AL MOMENTO DEL SINIESTRO.
SE CONVIENE EN AMPARAR AUTOMÁTICAMENTE TODAS LAS UNIDADES PROPIEDAD DEL ASEGURADO Y/O BAJO SU CUSTODIA, PARA LO CUAL SE OTORGARA UN PLAZO MÁXIMO DE 30 (TREINTA) DÍAS PARA DAR LAS ALTAS O BAJAS RESPECTIVAS, GENERÁNDOSE LOS COBROS Y/O DEVOLUCIONES QUE CORRESPONDAN, COMPROMETIÉNDOSE LA ASEGURADORA A OTORGAR LA COBERTURA EN FORMA AUTOMÁTICA DESDE EL PLAZO INDICADO.
PARA UNIDADES DE MODELO RECIENTE Y HASTA DE 3 AÑOS DE ANTIGÜEDAD, DEBERÁN SER REPARADAS EN TALLERES DE AGENCIA.
SE CONVIENE EN AMPARAR LOS SINIESTROS EN QUE EL CONDUCTOR CAREZCA DE LA LICENCIA ADECUADA, EN TÉRMINOS DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE, PARA CONDUCIR EL VEHÍCULO SINIESTRADO O QUE LA MISMA ESTA VENCIDA, SIEMPRE Y CUANDO ESTE HECHO NO HAYA INFLUIDO EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. ESTO NO APLICA PARA UNIDADES DE PLACAS FEDERALES, EN CUYO CASO DEBERÁN DE CONTAR CON LA LICENCIA CORRESPONDIENTE, PUDIENDO ESTAR VENCIDA LA MISMA.
SE AMPARA LA R.C. CRUZADA, DONDE LOS DAÑOS A LOS VEHÍCULOS RESULTANTES SERÁN CONSIDERADOS COMO TERCEROS ENTRE SÍ Y EL DEDUCIBLE QUEDARÁ A CARGO DE LA UNIDAD RESPONSABLE
SE CONVIENE EN CUBRIR LOS DAÑOS MATERIALES QUE SUFRA UN VEHÍCULO POR TRANSITAR EN CAMINOS RURALES, TERRACERÍA O SIMILARES.
SE CONVIENE EN QUE LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS QUE SUFRA EL VEHÍCULO, PODRÁ SER REPARADO A ELECCIÓN DEL ASEGURADO SIEMPRE Y CUANDO NO REBASE DEL 75% DEL VALOR DEL VEHÍCULO, EN CUYO CASO SE CONSIDERARÁ PÉRDIDA TOTAL.
CLÁUSULA DE ERRORES U OMISIONES PARA UNIDADES. QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER INEXACTA DECLARACIÓN INVOLUNTARIA SOBRE LA DESCRIPCIÓN DEL VEHÍCULO ASEGURADO QUE SEA PLENAMENTE IDENTIFICADO POR EL NÚMERO DE MOTOR O SERIE, NO PERJUDICARA LOS INTERESES DEL ASEGURADO, YA QUE ES INTENCIÓN DE ESTE DOCUMENTO DAR PROTECCIÓN EN TODO TIEMPO SIN EXCEDER DE LOS LÍMITES ESTABLECIDOS EN LA PÓLIZA Y SIN CONSIDERAR COBERTURA ADICIONAL ALGUNA. POR LO TANTO, CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL SERÁ CORREGIDO AL SER DESCUBIERTO.
INDEMNIZACIÓN
LA INDEMNIZACIÓN EN CASO DE PÉRDIDAS TOTALES SERÁ DE VALOR COMERCIAL AL MOMENTO DEL SINIESTRO PARA TODAS LAS UNIDADES, EXCEPTO PARA LAS UNIDADES ÚLTIMO MODELO, LAS CUALES SERÁN PAGADAS A VALOR FACTURA DURANTE LOS 12 MESES POSTERIORES A LA FACTURACIÓN.
EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES UNA VEZ ENTREGADA LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA NO PODRÁ SER SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES.
EMISIÓN DE ENDOSO DEL SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL VEHICULAR.- LA ASEGURADORA DEBERÁ EMITIR UN ENDOSO PARA CADA VEHICULO ASEGURADO EN LOS TÉRMINOS DEL “ACUERDO 07/2014, POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS PARA LA OPERACIÓN DEL SEGURO CON EL QUE DEBERÁN CONTAR LOS PROPIETARIOS DE LOS VEHÍCULOS PARA TRANSITAR EN VÍAS, CAMINOS Y PUENTES FEDERALES, QUE GARANTICE A TERCEROS LOS DAÑOS QUE PUDIEREN OCASIONARSE EN SUS BIENES Y PERSONAS, ASÍ COMO SE FIJAN LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO DE DICHO SEGURO.”
ESTANDAR DE SERVICIO
SUSCRIPCION |
TIEMPO DE RESPUESTA |
CONDICIÓN |
PENALIDAD |
||
A) |
CARTAS COBERTURA EN GENERAL. |
2 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DEL FALLO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
B) |
EMISIÓN DE PÓLIZAS. |
10 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DEL CONTRATO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
C) |
DUPLICADO DE PÓLIZAS. |
5 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
D) |
COTIZACIÓN DENTRO DEL CONTRATO (CONVENIOS MODIFICATORIOS) |
2 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
E) |
MOVIMIENTOS DE ENDOSOS A, B Y D. |
5 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
SINIESTROS |
|||||
A) |
OBTENCIÓN DEL NÚMERO DE SINIESTRO |
1 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES AL REPORTE |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
B) |
ATENCIÓN DE SINIESTROS POR PARTE DEL AJUSTADOR EN |
1 HR D.F Y ÁREA METROPOLITANA, 2 HRS. EN ZONA RURAL Y 4 HRS. EN ZONAS DE DIFICL ACCESO |
HORA |
POSTERIORES AL REPORTE |
$1,000.00 M.N. POR HORA HASTA ELIMINAR EL DEDUCIBLE |
C) |
SOLICITUD DE DOCUMENTOS POR PARTE DEL AJUSTADOR O ASEGURADORA, DESPUÉS DE PROPORCIONADO EL NÚMERO DE SINIESTRO. |
5 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES A LA DETERMINACION DE PERDIDA TOTAL |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
D) |
TIEMPO DE REVISIÓN UNA VEZ ENTREGADA TODA LA INFORMACIÓN POR PARTE DEL ASEGURADO, PARA RECHAZAR EL SINIESTRO O AMPLIACIÓN DE DOCUMENTACIÓN |
2 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES A LAENTREGA DE LA INFORMACION |
PERIDA DEL DERECHO DE SOLICITAR MAS INFORMACION |
E) |
INDEMNIZACIÓN |
30 |
DÍAS HÁBILES |
UNA VEZ FIRMADO EL CONVENIO DE AJUSTE DE VALORIZACIÓN DE PÉRDIDAS. |
INTERES SEÑALADO EN EL ART 276 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZA |
DIVERSOS |
|||||
A) |
REPORTE DE SINIESTRALIDAD |
10 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES AL VENCIMIENTO DEL PERIODO O A LA SOLICITUD DEL ASEGURADO |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
PARA TODA LA PARTIDA
ACREDITACIÓN DE PROPIEDAD.- SE CONVIENE DE MANERA EXPRESA QUE ALGUNOS BIENES PROPIEDAD DEL ASEGURADO Y/O BAJO SU RESPONSABILIDAD PUDIERAN CARECER DE FACTURA, POR LO QUE EN CASO DE QUE SE PRESENTE RECLAMACIÓN SOBRE LOS MISMOS, PROCEDERÁ LA INDEMNIZACIÓN CON COPIA DEL OFICIO DE ASIGNACIÓN Y/O DE RESGUARDO Y/O CUALQUIER DOCUMENTO QUE AVALE SU PREXISTENCIA.
CONTROVERSIA Y ARBITRAJE: EN CASO DE DESACUERDO ENTRE EL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA, EN LA INTERPRETACIÓN DE LOS ALCANCES DE LAS COBERTURAS Y RIESGOS AMPARADOS POR ESTE SEGURO, LAS PARTES OPTARÁN DE COMÚN ACUERDO EN NOMBRAR A UN ÁRBITRO PARA DIRIMIR LA CONTROVERSIA. SI NO SE PUSIERON DE ACUERDO EN EL NOMBRAMIENTO DE UN SOLO ÁRBITRO, SE SOLICITARÁ LA INTERVENCIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS (CONDUSEF), PARA CONCILIAR EN AMIGABLE COMPOSICIÓN LA DESAVENENCIA ORIGEN DEL CONFLICTO.
LOS GASTOS Y COSTOS QUE SE ORIGINEN CON MOTIVO DEL ARBITRAJE SERÁN A CARGO DEL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA POR PARTES IGUALES. EN CASO DE HABER AGOTADO LAS INSTANCIAS Y CONTINUAR LA CONTROVERSIA, LAS PARTES QUEDAN EN LIBERTAD DE EJERCER LAS ACCIONES Y OPONER LAS EXCEPCIONES CORRESPONDIENTES ANTE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
ERRORES U OMISIONES: QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL EN EL ALTA, DESCRIPCIÓN, INCLUSIÓN O UBICACIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS NO PERJUDICARÁ LOS INTERESES DEL ASEGURADO DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA. POR LO TANTO, SERÁ CORREGIDO AL SER DESCUBIERTO Y EN SU CASO DE QUE DICHA CORRECCIÓN LO AMERITE SE EFECTUARA EL AJUSTE DE PRIMA.
PAGO DE SINIESTROS POR PÉRDIDA TOTAL.- SE CONVIENE QUE EN CASO DE SINIESTRO QUE GENERE UNA PÉRDIDA TOTAL DEL BIEN Y QUE SE CONVENGA EN PAGO MEDIANTE CHEQUE O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, DEBERÁ SER EMITIDO A FAVOR DEL ASEGURADO.
PAGO EN ESPECIE.- SE CONVIENE QUE EN CASO DE SINIESTRO, LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE PODRÁ EFECTUARSE EN DINERO O EN BIENES SIMILARES DESTINADOS PARA EL MISMO USO, A ELECCIÓN DEL ASEGURADO. EN CASO DE APLICAR EL PAGO EN ESPECIE, EL DEDUCIBLE SERÁ LIQUIDADO A LA ASEGURADORA, QUIEN PROPORCIONARA UNA FACTURA POR EL MISMO, ASÍ COMO UNA RE-FACTURA POR EL BIEN AFECTADO. CUANDO EL PAGO SE HAGA EN ESPECIE, SE CONVIENE Y ACEPTA QUE EL ASEGURADO INDICARA EL TIPO DE BIEN QUE REQUERIRÁ CONFORME A SUS NECESIDADES OPERATIVAS Y SE ELABORARA EL CONVENIO RESPECTIVO, PUDIENDO APLICAR PARA UNO O VARIOS SINIESTROS.
PERITAJE: EN CASO DE DESACUERDO ENTRE EL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA ACERCA DEL MONTO DE CUALQUIER PÉRDIDA O DAÑO, LA CUESTIÓN SERÁ SOMETIDA A DICTAMEN DE UN PERITO NOMBRADO DE COMÚN ACUERDO POR ESCRITO POR AMBAS PARTES, PERO SI NO SE PUSIEREN DE ACUERDO EN EL NOMBRAMIENTO DE UN SOLO PERITO SE DESIGNARÁN DOS, UNO POR CADA PARTE, LO CUAL SE HARÁ EN EL PLAZO DE 10 DÍAS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE UNA DE ELLAS HUBIERE SIDO REQUERIDA POR LA OTRA POR ESCRITO PARA QUE LO HICIERE. ANTES DE EMPEZAR SUS LABORES, LOS DOS PERITOS NOMBRARÁN UN TERCERO PARA EL CASO DE DISCORDIA.
SI LOS PERITOS NO SE PUSIEREN DE ACUERDO CON EL NOMBRAMIENTO XXX XXXXXXX, SERÁ AUTORIDAD JUDICIAL LA QUE A PETICIÓN DE CUALQUIERA DE LAS PARTES HARÁ EL NOMBRAMIENTO XXX XXXXXX, XXX XXXXXX A TERCEROS O DE AMBOS, SI ASÍ FUERE NECESARIO. SIN EMBARGO LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS PODRÁ NOMBRAR EL PERITO X XXXXXX XXXXXXX EN SU CASO, SE DE COMÚN ACUERDO LAS PARTES ASÍ LO SOLICITAN.
LOS GASTOS Y COSTOS QUE SE ORIGINEN CON MOTIVO DEL PERITAJE, SERÁN A CARGO DE LA ASEGURADORA Y DEL ASEGURADO POR PARTES IGUALES PERO CADA PARTE CUBRIRÁ LOS HONORARIOS DE SU PROPIO PERITO.
LOS GASTOS Y COSTOS QUE SE ORIGINEN CON MOTIVO DEL ARBITRAJE SERÁN A CARGO DEL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA POR PARTES IGUALES. EN CASO DE HABER AGOTADO LAS INSTANCIAS Y CONTINUAR LA CONTROVERSIA, LAS PARTES QUEDAN EN LIBERTAD DE EJERCER LAS ACCIONES Y OPONER LAS EXCEPCIONES CORRESPONDIENTES ANTE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
IMPUESTOS.- DADA LA SITUACIÓN FISCAL DE ASEGURADO, EL IVA REPRESENTA UN COSTO EL CUAL NO ES TRASLADADO, POR LO QUE SE CONVIENE QUE EN CASO DE SINIESTRO, LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE INCLUIRÁ EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA).
NO ADHESIÓN: LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN ESTA PÓLIZA FUERON ACORDADOS Y FIJADOS LIBREMENTE ENTRE EL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA, POR LO QUE ESTE NO ES UN CONTRATO DE ADHESIÓN Y POR LO TANTO, NO SE UBICA EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 202 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZA; EN TAL VIRTUD, ESTA PÓLIZA NO REQUIERE SER REGISTRADA ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS.
NO SUBROGACIÓN.- LA ASEGURADORA RENUNCIA EXPRESAMENTE A SUBROGARSE POR EL PAGO DE SINIESTROS ANTE LOS EMPLEADOS Y/O SERVIDORES PÚBLICOS DEL ASEGURADO, ASÍ COMO EN CONTRA DE CUALQUIER INSTITUCIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL, ESTATAL, MUNICIPAL, DISTRITO FEDERAL U ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS O CON QUIEN SE TENGA CONVENIO DE COLABORACIÓN.
CLÁUSULA DE PRELACIÓN.- LAS CONDICIONES ESPECIALES O PARTICULARES DE LA PRESENTE CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, ASÍ COMO LAS ACLARACIONES QUE RESULTARON DE LA JUNTA DE ACLARACIONES CORRESPONDIENTE, PREVALECERÁN A LAS CONDICIONES GENERALES DE LAS PÓLIZAS DEL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO, EN TODO LO QUE PUDIERAN OPONERSE, SIEMPRE Y CUANDO NO CONTRAVENGAN LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES TIENEN PRELACIÓN EN TODO MOMENTO SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA.
REPORTES DE SINIESTRALIDAD.- LA ASEGURADORA ADJUDICADA SE COMPROMETE A PROPORCIONAR UN REPORTE DE SINIESTRALIDAD EN FORMA TRIMESTRAL, DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 DÍAS POSTERIORES AL VENCIMIENTO DEL TRIMESTRE A REPORTAR O CUANDO SE LE SOLICITE CONFORME A LAS NECESIDADES DE LA CONVOCANTE.
EXCLUSIONES PARA TODA LA PÓLIZA
GUERRA, INVASIÓN, REVOLUCIÓN, REBELIÓN, CONMOCIÓN CIVIL, SABOTAJE, EXPLOSIVOS U OTROS RIESGOS POLÍTICOS Y SOCIALES, SUSPENSIÓN DE GARANTÍAS, USURPACIÓN DEL PODER O LOS DAÑOS QUE SE ORIGINEN POR DISPOSICIÓN DE AUTORIDAD DE HECHO O DE DERECHO EXCEPTO PARA LO ESPECÍFICAMENTE AMPARADO.
RIESGOS NUCLEARES, REACCIÓN Y RADIACIÓN NUCLEAR O CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA
VICIO PROPIO DE LOS BIENES MATERIA DEL SEGURO.
DAÑOS O PÉRDIDAS PREXISTENTES AL INICIO DE VIGENCIA DE ESTE SEGURO, QUE NO HAYAN SIDO DEL CONOCIMIENTO DEL ASEGURADO.
XXXX, MALA FE O CULPA GRAVE DEL ASEGURADO.
GLOSARIO TÉCNICO
ABUSO DE CONFIANZA: COMETE EL DELITO DE ABUSO DE CONFIANZA, EL QUE CON PERJUICIO DE ALGUIEN, DISPONGA PARA SÍ O PARA OTROS DE CUALQUIER COSA MUEBLE, AJENA DE LA QUE SE LE HAYA TRANSFERIDO SU TENENCIA Y NO EL DOMINIO.
AGRAVACIÓN DE RIESGO: CUANDO SE REFIERA A UN HECHO IMPORTANTE PARA LA APRECIACIÓN DEL RIESGO, DE TAL SUERTE QUE LA ASEGURADORA LO HABRÍA CONTRATADO EN DIFERENTES CONDICIONES.
AMIS: ASOCIACIÓN MEXICANA DE INSTITUCIONES DE SEGUROS.
ANTICIPO DE PAGOS HASTA EL 50%: LA ASEGURADORA SE COMPROMETE A ENTREGAR ANTICIPOS HASTA POR EL MONTO INDICADO, DE LA PÉRDIDA ESTIMADA POR EL ASEGURADO, EN CASO DE LA OCURRENCIA DE CUALQUIER SINIESTRO CUBIERTO POR ESTA PÓLIZA. DICHOS ANTICIPOS DEBERÁN ENTREGARSE DENTRO DE LOS 20 DÍAS DESPUÉS DE OCURRIDO EL SINIESTRO.
ASEGURADORA: ES LA PERSONA QUE PRESTA EL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO, Y QUE ASUME LA OBLIGACIÓN DEL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN CUANDO SE PRODUZCA EL EVENTO ASEGURADO MEDIANTE EL PAGO DE LA PRIMA.
AUTORIZACIÓN PARA REPONER, RECONSTRUIR O REPARAR: EN CASO DE SINIESTRO QUE AMERITE INDEMNIZACIÓN, EL ASEGURADO PODRÁ OPTAR POR LA REPOSICIÓN DE LOS BIENES DAÑADOS O DISPONER DE ELLOS PARA EMPEZAR INMEDIATAMENTE SU REPARACIÓN O RECONSTRUCCIÓN, YA SEA EN EL MISMO SITIO EN QUE SE ENCONTRABAN O EN OTRO, BIEN PARA DESTINARLOS A OTROS USOS; QUEDANDO ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE LA RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA ESTÁ LIMITADA AL COSTO REAL DE LA REPARACIÓN, CONSTRUCCIÓN O REPOSICIÓN, CON MATERIALES DE LA MISMA CALIDAD, CLASE, TAMAÑO Y CARACTERÍSTICAS QUE TENÍAN AL MOMENTO Y EN EL LUGAR EN QUE OCURRIÓ EL SINIESTRO, SIN EXCEDER, EN NINGÚN CASO, DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD.
CIMENTACIÓN: PARTE DE UN EDIFICIO BAJO EL NIVEL DEL SUELO O BAJO EL PRIMER NIVEL AL QUE SE TENGA ACCESO, HECHO DE MAMPOSTERÍA, DE CONCRETO ARMADO, ACERO O CONCRETO, QUE TRANSMITE LAS CARGAS QUE SOPORTA UNA ESTRUCTURA AL SUBSUELO.
CINCUENTA METROS: LOS BIENES ASEGURADOS QUEDAN AMPARADOS MIENTRAS SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE SOBRE ANDENES, PLATAFORMAS, CARROS DE FERROCARRIL, CAMIONES O CUALQUIER OTRO LUGAR, DENTRO DE LOS LÍMITES DE LOS TERRENOS DE LAS UBICACIONES AMPARADAS EN LA PRESENTE PÓLIZA Y HASTA UNA DISTANCIA DE 50 METROS DE LOS MISMOS.
CLÁUSULA DE SEGURO A PRIMER RIESGO: AL MOMENTO DE OCURRIR UN SINIESTRO INDEMNIZABLE, LA ASEGURADORA INDEMNIZARA HASTA EL MONTO DE LA PERDIDA, TENIENDO COMO MÁXIMO LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CONTRATADA EN LA SECCIÓN AFECTADA. EN NINGÚN CASO LA ASEGURADORA APLICARA CLÁUSULA DE PROPORCIONALIDAD CON RESPECTO AL VALOR REAL DE LOS BIENES AMPARADOS.
COASEGURADO: PARTICIPACIÓN DEL ASEGURADO EN LA PERDIDA.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD.- QUEDA ENTENDIDO QUE EN CASO DE SINIESTRO POR PÉRDIDA TOTAL O ROBO TOTAL QUE AMERITE INDEMNIZACIÓN AL AMPARO DE LA PRESENTE PÓLIZA, SE TOMARÁ COMO BASE PARA LA DESCRIPCIÓN DEL VEHÍCULO ASEGURADO LA QUE SE MUESTRA EN LA FACTURA O EL DOCUMENTO QUE SE PRESENTE A FALTA DE LA MISMA, EL MONTO DEL DEDUCIBLE SERÁ DETERMINADO DE ACUERDO A LA DESCRIPCIÓN DE LA MISMA. EN CASO DE QUE LA DESCRIPCIÓN ORIGINAL NO CONCUERDE CON LA ESPECIFICADA EN LA FACTURA, SE CONVIENE QUE NO HABRÁ NI COBRO NI DEVOLUCIÓN DE PRIMA POR DICHA DIFERENCIA.
UMA: DÍAS EN BASE A LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN MENSUAL (UMAM).
ERRORES U OMISIONES.- QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER INEXACTA DECLARACIÓN INVOLUNTARIA SOBRE LA DESCRIPCIÓN DEL BIEN ASEGURADO NO PERJUDICARA LOS INTERESES DEL ASEGURADO, YA QUE ES INTENCIÓN DE ESTE DOCUMENTO DAR PROTECCIÓN EN TODO TIEMPO SIN EXCEDER DE LOS LÍMITES ESTABLECIDOS EN LA PÓLIZA Y SIN CONSIDERAR COBERTURA ADICIONAL ALGUNA. POR LO TANTO, CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL SERÁ CORREGIDO AL SER DESCUBIERTO.
GRAVÁMENES: ESTE SEGURO NO PERDERÁ VALIDEZ SI LAS PROPIEDADES ASEGURADAS ESTÁN GRABADAS POR HIPOTECA, PRENDA O CONVENIO DE FIDEICOMISO O SI UN JUICIO HA SIDO EMPLAZADO O SE HA INICIADO LA VENTA O EFECTUADO EL CONTRATO DE VENTA DE TODAS O CUALQUIER PARTE DE LAS MISMAS O SI LAS PROPIEDADES ASEGURADAS ESTÁN EDIFICADAS EN TERRENOS QUE NO SEAN PROPIEDAD DEL ASEGURADO, O SI EL INTERÉS DEL ASEGURADO ES CONDICIONAL O DE PROPIEDAD NO EXCLUSIVA. EN CASO DE SINIESTRO LA ASEGURADORA PAGARÁ DE ACUERDO AL INTERÉS ASEGURABLE QUE DEMUESTRE EL ASEGURADO SIN PERJUICIO DE PAGOS QUE DEBAN HACERSE A TERCEROS QUE ACREDITEN TENER ALGÚN INTERÉS ASEGURABLE CONFORME A LA LEY.
GASTOS EXTRAORDINARIOS.- SIGNIFICA LA DIFERENCIA ENTRE EL COSTO TOTAL EN QUE INCURRA EL ASEGURADO PARA MANTENER EN OPERACIÓN SU NEGOCIO, MENOS EL COSTO TOTAL EN QUE NORMALMENTE SE HUBIERE INCURRIDO PARA OPERAR EL NEGOCIO DURANTE EL MISMO PERÍODO, SI EL SINIESTRO NO HUBIERE OCURRIDO. ESTOS GASTOS EXTRAORDINARIOS INCLUIRÁN EN CADA CASO, AQUELLOS QUE EROGUEN POR CONCEPTO DE LA OBTENCIÓN O USO DE BIENES O INSTALACIONES DE OTRAS EMPRESAS U OTROS GASTOS DE EMERGENCIA.
GARANTÍA DE REPARACIÓN.- EN CASO DE QUE RESULTAREN DEFECTOS EN LA REPARACIÓN, EL ASEGURADO GOZARÁ DE UN PLAZO DE 30 DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE RECEPCIÓN DEL EQUIPO AUTOMOTRIZ REPARADO, PARA INCONFORMARSE ANTE LA ASEGURADORA, LA CUAL PROCEDERÁ DE INMEDIATO A ATENDER LA INCONFORMIDAD HASTA LA ENTERA SATISFACCIÓN DEL ASEGURADO.
HONORARIOS A PROFESIONISTAS: ESTE SEGURO INCLUYE LOS HONORARIOS DE ARQUITECTOS, INGENIEROS Y AGRIMENSORES, ASÍ COMO LOS COSTOS LEGALES CORRESPONDIENTES A PLANOS, ESPECIFICACIONES Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA REPOSICIÓN O RECONSTRUCCIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS BAJO ESTE CONTRATO, SIEMPRE QUE, EN CONJUNTO CON EL IMPORTE DE LA PÉRDIDA PAGADA, NO EXCEDA DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DEL BIEN DAÑADO.
INDEMNIZACIÓN: ES EL RESARCIMIENTO DEL DAÑO.
INTERÉS MORATORIO: EN CASO DE QUE LA ASEGURADORA, NO OBSTANTE DE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA INDEMNIZACIÓN, CAPITAL O RENTA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, EN VEZ DEL INTERÉS LEGAL APLICABLE, SE OBLIGA A PAGAR AL ASEGURADO, BENEFICIARIO O TERCERO DAÑADO, UN INTERÉS MORATORIO CALCULADO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 276 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZA, DURANTE EL LAPSO XX XXXX. DICHO INTERÉSES SE GENERARÁN POR DÍA, A PARTIR DE LA FECHA DEL VENCIMIENTO DE LOS PLAZOS REFERIDOS EN LA PARTE INICIAL DE ESTE ARTÍCULO Y HASTA EL DÍA EN QUE SE EFECTÚE EL PAGO.
LIBROS Y REGISTROS: ESTE SEGURO SE EXTIENDE A CUBRIR LA PÉRDIDA O DAÑO A LIBROS DE CONTABILIDAD, DIBUJOS, FICHEROS Y OTROS REGISTROS, CUBRIENDO, EXCLUSIVAMENTE, EL COSTO DE LIBROS, PÁGINAS O CUALQUIER OTRO MATERIAL EN BLANCO, MÁS EL COSTO REAL DEL TRABAJO NECESARIO PARA TRANSCRIBIR O COPIAR DICHOS REGISTROS.
M. N.: MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DENOMINADA “PESOS”.
NO SUBROGACIÓN: CUALQUIER CONVENIO POR ESCRITO DE EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD, CELEBRADO POR EL ASEGURADO CON ANTERIORIDAD A QUE EXISTA PÉRDIDA BAJO EL PRESENTE, EN NINGUNA FORMA ALTERARA O AFECTARA ESTE SEGURO O EL DERECHO DEL ASEGURADO PARA SER RESARCIDO BAJO EL MISMO EL ASEGURADO NO EFECTUARA TRÁMITE ALGUNO DESPUÉS DEL SINIESTRO QUE PERJUDIQUE DICHOS DERECHOS Y HARÁ TODO LO QUE SEA NECESARIO PARA SALVAGUARDAR TALES DERECHOS, SIN EMBARGO LA ASEGURADORA NO TENDRÁ DERECHO A SUBROGARSE O A REQUERIR CESIÓN DE DERECHOS DEL ASEGURADO O DERECHOS DE RECUPERACIÓN CONTRA DE CUALQUIER EMPRESA MENCIONADO COMO ASEGURADO, INSTITUCIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL, ESTATAL, MUNICIPAL DISTRITO FEDERAL U ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS O CON QUIEN SE TENGA CONVENIO DE COLABORACIÓN O CONTRA SUS DIRECTORES, EJECUTIVOS, EMPLEADOS, INCLUYENDO COMUNITARIOS Y MIEMBROS DE LAS MESAS DIRECTIVAS.
PERMISO: SE CONCEDE PERMISO AL ASEGURADO, SIN LÍMITE DE TIEMPO Y SIN PREVIO AVISO A LA ASEGURADORA, PARA HACER ADICIONES, ALTERACIONES Y REPARACIONES; PARA TRABAJAR A CUALQUIER HORA; PARA SUSPENDER LABORES; PARA LLEVAR A EFECTO CUALQUIER TRABAJO Y PARA TENER EN EXISTENCIA Y HACER USO DE TODOS AQUELLOS ARTÍCULOS, MATERIALES, APROVISIONAMIENTOS Y APARATOS QUE PUEDEN NECESITARSE PARA LA NORMAL PROSECUCIÓN DE SU ACTIVIDAD.
PLANOS Y MOLDES: ESTE SEGURO SE EXTIENDE A CUBRIR, LA PÉRDIDA Y/O DAÑOS MATERIALES CAUSADOS A MOLDES, DADOS, TROQUELES, PATRONES, DIBUJOS, CROQUIS, PLANOS Y MANUSCRITOS, SIENDO EL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD DE ESTA ASEGURADORA, EL VALOR INTRÍNSECO DE LOS MATERIALES Y SUMAS GASTADAS EN LA CONFECCIÓN DE LOS MISMOS, SIN TOMAR EN CUENTA EL VALOR EN EL QUE EL ASEGURADO LO ESTIME, POR EL USO QUE DE ELLOS PUDIERA HACER.
PÓLIZA: DOCUMENTO DONDE SE ESTABLECEN LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA Y DEL ASEGURADO.
PRESCRIBIR: PÉRDIDA DEL DERECHO DEL ASEGURADO PARA HACER VALER CUALQUIER ACCIÓN EN CONTRA DE LA ASEGURADORA.
PRESCRIPCIÓN.- TODAS LAS ACCIONES QUE SE DERIVEN DE ESTE CONTRATO DE SEGUROS, PRESCRIBIRÁN EN DOS AÑOS CONTADOS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 81 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, DESDE LA FECHA DEL ACONTECIMIENTO QUE LES DIO ORIGEN, SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN CONSIGNADOS EN EL ARTÍCULO 82 DE LA MISMA LEY. LA PRESCRIPCIÓN SE INTERRUMPIRÁ NO SOLO POR LAS CAUSAS ORDINARIAS, SINO TAMBIÉN POR EL NOMBRAMIENTO DE PERITOS Y DEMÁS ORDENAMIENTOS APLICABLES EN LA MATERIA.
PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO, COMO CAUSAS ORDINARIAS DE INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN, DEBERÁN CONSIDERARSE, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA, LAS SIGUIENTES: ENTREGA INICIAL Y SUBSECUENTE DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE RESPECTIVO; LA ASEGURADORA DEBERÁ CONSIDERAR LA FALTA DE DOCUMENTACIÓN QUE POR CAUSA DE FUERZA MAYOR NO SE ENCUENTRE EN PODER DEL ASEGURADO, ABSTENIÉNDOSE DE EXIGIR LA MISMA.
PRIMA: MONTO QUE EL ASEGURADO SE OBLIGA A PAGAR A LA ASEGURADORA EN TÉRMINOS DEL CONTRATO DE SEGURO.
PRONTO PAGO: EL CRÉDITO QUE RESULTE DEL CONTRATO DE SEGURO VENCERÁ TREINTA DÍAS DESPUÉS DE LA FECHA EN QUE LA ASEGURADORA HAYA RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN.
PRORRATA: REPARTO PROPORCIONAL.
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA.- SE CONVIENE EN QUE TODAS AQUELLAS SUMAS QUE LA ASEGURADORA CUBRA POR CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN PARA UNA PÉRDIDA PARCIAL BAJO LA PRESENTE PÓLIZA DE SEGURO, QUEDARÁN REINSTALADAS EN FORMA AUTOMÁTICA AL MOMENTO DE LA REPARACIÓN Y/O SUSTITUCIÓN, COBRO DE PRIMA ADICIONAL, DEBIENDO GENERAR EL ENDOSO RESPECTIVO.
RENUNCIA DE INVENTARIOS AL 10%: LA ASEGURADORA NO REQUERIRÁ DEL ASEGURADO, CON OBJETO DE AGILIZAR LA INDEMNIZACIÓN EN CASO DE SINIESTRO, NINGÚN INVENTARIO NI AVALÚO DE LA PROPIEDAD INDEMNE SI LA RECLAMACIÓN TOTAL NO EXCEDE DEL 10% DE LA SUMA TOTAL ASEGURADA DECLARADA PARA LA SECCIÓN DE QUE SE TRATE.
REPARACIÓN EN TALLERES.- EN CASO DE DAÑOS PARCIALES Y CUANDO EL TALLER NOTIFIQUE LA REPARACIÓN TOTAL DE VEHÍCULO, ESTE DEBE SER ENTREGADO DE INMEDIATO AUN Y CUANDO NO SE HAYA CUBIERTO EL DEDUCIBLE CORRESPONDIENTE, OBLIGÁNDOSE EL ASEGURADO A PAGARLO CON POSTERIORIDAD A LA ASEGURADORA, PARA LO CUAL SE REQUERIRÁ LA FACTURA O RECIBO DEL MISMO.
REPORTE DE SINIESTRALIDAD AUTOS.- ES EL DOCUMENTO MEDIANTE EL CUAL LA ASEGURADORA INFORMA AL ASEGURADO DE FORMA TRIMESTRAL, DE LOS SINIESTROS OCURRIDOS DURANTE LA VIGENCIA, EL CUAL SERÁ EN FORMA ESCRITA Y ELECTRÓNICA. LOS REPORTES DEBERÁN SER REALIZADOS EN LOS SIGUIENTES 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FECHA XX XXXXX Y CONTEMPLARAN LA SIGUIENTE INFORMACIÓN;
NÚMERO DE PÓLIZA
INCISO
NÚMERO DE SINIESTRO
FECHA DEL SINIESTRO
FECHA DE REPORTE
LUGAR DE OCURRENCIA
CAUSA DEL SINIESTRO
COBERTURA AFECTADA
MARCA Y SUBMARCA DEL VEHÍCULO
MODELO DEL VEHÍCULO
NÚMERO DE SERIE
PLACAS DE CIRCULACIÓN
MONTO ESTIMADO DEL DAÑO
DEDUCIBLE EN SU CASO
ESTATUS DEL SINIESTRO (PAGADO, PENDIENTE DE PAGO, EN REPARACIÓN Y POR DOCUMENTAR)
MOTIVO DE RECHAZO EN SU CASO
NOMBRE XXX XXXXXXX AFECTADO/RECLAMANTE (EN CASO DE APLICAR)
MONTO RECLAMADO POR EL TERCERO(EN CASO DE APLICAR)
XXXXX INDEMNIZADO AL TERCERO POR LA ASEGURADORA (EN CASO DE APLICAR)
REPORTE DE SINIESTRALIDAD BIENES.- ES EL DOCUMENTO MEDIANTE EL CUAL LA ASEGURADORA INFORMA AL ASEGURADO DE FORMA TRIMESTRAL, DE LOS SINIESTROS OCURRIDOS DURANTE LA VIGENCIA, EL CUAL SERÁ EN FORMA ESCRITA Y ELECTRÓNICA. LOS REPORTES DEBERÁN SER REALIZADOS EN LOS SIGUIENTES 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FECHA XX XXXXX Y CONTEMPLARAN LA SIGUIENTE INFORMACIÓN;
NÚMERO DE PÓLIZA
NÚMERO DE SINIESTRO
FECHA DEL SINIESTRO
FECHA DE REPORTE
UBICACIÓN DEL SINIESTRO
DESCRIPCIÓN DEL SINIESTRO
BIENES AFECTADOS
COBERTURA AFECTADA
MONTO ESTIMADO DEL DAÑO
DEDUCIBLE EN SU CASO
SITUACIÓN ACTUAL DEL SINIESTRO (PAGADO, EN TRÁMITE, RECHAZADO, ETC)
MOTIVO DE RECHAZO EN SU CASO
NOMBRE DEL AJUSTADOR
EN CUANTO A REPORTES DE SINIESTRALIDAD DE LAS SECCIONES DE RESPONSABILIDAD CIVIL, SE AGREGAN A LOS PUNTOS ARRIBA MENCIONADOS, LO SIGUIENTE:
NOMBRE XXX XXXXXXX AFECTADO/RECLAMANTE
MONTO RECLAMADO POR EL TERCERO
MONTO INDEMNIZADO AL TERCERO
RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA: CUBRE LOS DAÑOS QUE SE CAUSEN ENTRE SÍ, ASEGURADOS, SUS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS, DANDO LUGAR AL PAGO DE UN SOLO DEDUCIBLE CUANDO PROCEDA, PARA EL RESPONSABLE DEL SINIESTRO, INCLUYENDO DAÑOS DE VEHÍCULOS A INMUEBLES.
SALVAMENTOS: SON LOS MONTOS RECIBIDOS POR LA VENTA DE LOS BIENES QUE HAN SIDO INDEMNIZADO AL ASEGURADO, PASANDO SU POSESIÓN Y PROPIEDAD A LA ASEGURADORA.
SINIESTRO: ES LA REALIZACIÓN DEL RIESGO SÚBITO, IMPREVISTO Y QUE GENERA UNA PÉRDIDA FINANCIERA AL ASEGURADO.
SUBROGACIÓN: ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y ACCIONES POR LA ASEGURADORA, FRENTE A LOS TERCEROS RESPONSABLES DEL DAÑO.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD: LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD PARA CADA COBERTURA CONTRATADA A CARGO DE LA ASEGURADORA, DETERMINADO DESDE EL INICIO DE LA PÓLIZA.
USCY: MONEDA DE CURSO LEGAL EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DENOMINADA DÓLARES USA.
VALOR CONVENIDO: CANTIDAD PACTADA ENTRE EL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA QUE SERÁ LA INDEMNIZACIÓN AL MOMENTO DEL SINIESTRO.
“SUMA ASEGURADA”: CANTIDAD QUE SE REQUIERE PARA LA CONSTRUCCIÓN Y/O REPARACIÓN CUANDO SE TRATE DE BIENES INMUEBLES, Y/O ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN O REPARACIÓN CUANDO SE TRATE DE MAQUINARIA Y/O EQUIPO, DE IGUAL CLASE, CALIDAD, TAMAÑO Y/O CAPACIDAD DE PRODUCCIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS, SIN CONSIDERAR REDUCCIÓN ALGUNA POR DEPRECIACIÓN FÍSICA, INCLUYENDO EL COSTO DE FLETES, DERECHOS ADUANALES Y GASTOS DE MONTAJE, SI LOS HUBIERE.
VENTA DE SALVAMENTOS: EN CASO DE SINIESTRO QUE AMERITE INDEMNIZACIÓN BAJO ESTA SECCIÓN, SI LA ASEGURADORA OPTA POR HACERSE CARGO DE CUALQUIER MERCANCÍA QUE RESULTE COMO SALVAMENTO, NO PODRÁ DISPONER DE ELLA BAJO EL NOMBRE Y MARCA REGISTRADA DEL ASEGURADO SIN PREVIA CONFORMIDAD DEL MISMO.
ANEXO 1
PARTIDA 2.- SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES, SEGURO DE VIDA Y SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES.
ASEGURADO
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
VIGENCIA DEL SEGURO
EL SEGURO INICIA SU VIGENCIA A LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 01 DE ENERO DEL 2018 Y HASTA LAS 24:00 HORAS DEL DÍA 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000.
APLICABLE PARA LAS 3 PÓLIZAS: SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES,
SEGURO DE VIDA Y SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES
ESCALA DE INDEMNIZACIÓN “B”
PÉRDIDA |
PORCENTAJE DE INDEMNIZACIÓN |
LA PÉRDIDA DE AMBAS MANOS, AMBOS PIES O LA VISTA DE AMBOS OJOS |
100 % |
LA PÉRDIDA DE UNA MANO CONJUNTAMENTE CON UN PIE |
100 % |
LA PÉRDIDA DE UNA MANO O DE UN PIE CONJUNTAMENTE CON LA VISTA DE UN OJO |
100 % |
PÉRDIDA TOTAL DEL BRAZO O DE UNA MANO |
60 % |
PÉRDIDA TOTAL DE UNA PIERNA O UN PIE |
50 % |
PÉRDIDA TOTAL XX XXXXXX Y DEL ÍNDICE DE UNA MANO |
30 % |
PÉRDIDA DEL MAXILAR INTERIOR |
30 % |
PÉRDIDA TOTAL DE CUALQUIER OJO |
30 % |
AMPUTACIÓN PARCIAL O ANQUILOSAMIENTO PARCIAL DE UN PIE, COMPRENDIENDO TODOS LOS DEDOS |
30 % |
PÉRDIDA TOTAL DE TRES DEDOS COMPRENDIENDO EL PULGAR O EL ÍNDICE DE UNA MANO |
30% |
PÉRDIDA TOTAL DE TRES DEDOS QUE NO SEAN EL PULGAR O EL ÍNDICE DE UNA MANO |
25 % |
PÉRDIDA TOTAL XXX XXXXXX Y DE OTRO DEDO QUE NO SEA EL ÍNDICE DE UNA MANO |
25 % |
POR LA SORDERA COMPLETA |
25 % |
PÉRDIDA TOTAL DEL ÍNDICE Y OTRO DEDO QUE NO SEA EL PULGAR DE UNA MANO |
20 % |
PÉRDIDA TOTAL XXX XXXXXX DE CUALQUIER MANO |
20 % |
PÉRDIDA TOTAL DEL ÍNDICE DE CUALQUIER MANO |
15 % |
ACORTAMIENTO DE UN MIEMBRO INFERIOR |
15 % |
PÉRDIDA TOTAL DE DEDO MAYOR, EL ANULAR O EL MEÑIQUE |
5 % |
PÉRDIDA TOTAL DE DOS DE ÉSTOS ÚLTIMOS TRES DEDOS |
10 % |
PÉRDIDA TOTAL XX XXXXXX DE UN PIE |
5 % |
POLIZA 1.- SEGURO DE GASTOS MEDICOS MAYORES
ANTECEDENTES
EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES PARA EL PERSONAL DE LA CONVOCANTE ES UNA PRESTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES DE MANDO EN ACTIVO O CON LICENCIA MÉDICA, LA CUAL CUBRE AL EMPLEADO TITULAR, SUS DEPENDIENTES ECONÓMICOS, CONYUGUE E HIJOS O PAREJA DEL MISMO SEXO Y LA CUAL AMPARA AL 100% DEL PERSONAL ELEGIBLE Y ES PAGADA EN SU TOTALIDAD POR LA CONVOCANTE, CONFORME A LOS SIGUIENTES TÉRMINOS Y CONDICIONES;
CAPÍTULO 1.- COBERTURAS
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR ENFERMEDAD O PADECIMIENTO |
1,000 UMAM |
COBERTURA |
NACIONAL |
DEDUCIBLE |
1 UMAM |
COASEGURO |
10% |
CATALOGO DE H. Q. |
55 UMAM O SIMILAR |
NIVEL HOSPITALARIO |
EL MAS ALTO QUE MANEJE DENTRO DE SUS PLANES NACIONALES. |
PARTO NORMAL, |
CUBIERTO HASTA 30 UMAM |
CESÁREA |
CUBIERTO HASTA 30 UMAM |
ABORTO INVOLUNTARIO |
CUBIERTO HASTA 30 UMAM |
RECIÉN NACIDO SANO |
CUBIERTO HASTA 2 UMAM |
LITOTRIPSIAS |
CUBIERTO HASTA 26 UMAM |
EL OBJETO DE ESTE CONTRATO ES RESARCIR AL ASEGURADO LOS GASTOS EN QUE INCURRA CON MOTIVO DE LA ATENCIÓN MÉDICA QUE RECIBA, A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD QUE HAYA REQUERIDO TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO CUBIERTO BAJO ESTAS CONDICIONES Y DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA. LA ASEGURADORA PAGARÁ O REMBOLSARÁ EL COSTO DE LOS MISMOS HASTA POR LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CONTRATADA, AJUSTÁNDOLA PREVIAMENTE POR EL DEDUCIBLE Y COASEGURO CORRESPONDIENTES, ASÍ COMO POR LAS LIMITACIONES SEÑALADAS EN LA PÓLIZA, SIEMPRE QUE ESTA SE ENCUENTRE EN VIGOR PARA ESE ASEGURADO AL MOMENTO DEL ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD.
SE CONSIDERAN GASTOS MÉDICOS CUBIERTOS AQUELLOS INCLUIDOS EN LA PÓLIZA, EN LOS QUE INCURRA EL ASEGURADO DENTRO DE LA REPÚBLICA MEXICANA, PARA EL DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO MÉDICO, REQUERIDOS PARA LA ATENCIÓN DE CUALQUIER ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD PROCEDENTE DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ESTA PÓLIZA.
COBERTURA BÁSICA
LA ASEGURADORA REMBOLSARÁ LOS GASTOS PROCEDENTES HASTA QUE SE PRESENTE LA PRIMERA DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES:
CONCLUYA LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y NO SEA RENOVADA EN ESTA COMPAÑÍA.
CUANDO EL ASEGURADO DEJE DE PERTENECER AL GRUPO.
CUANDO LA SUMA DE LOS GASTOS PROCEDENTES PAGADOS PARA UN MISMO EVENTO SEA IGUAL A LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD, SIEMPRE QUE LA COBERTURA HAYA ESTADO VIGENTE.
LOS GASTOS MÉDICOS CUBIERTOS SON AQUÉLLOS QUE EFECTÚE EL ASEGURADO POR INDICACIÓN DE SU MÉDICO TRATANTE, EL CUAL DEBE ESTAR AUTORIZADO LEGALMENTE PARA EL EJERCICIO DE SU PROFESIÓN, CON MOTIVO DE LA ATENCIÓN MÉDICA REQUERIDA A CAUSA DE CUALQUIER ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD CUBIERTA DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y QUE SEAN NECESARIOS PARA EL RESTABLECIMIENTO DE LA SALUD DEL ASEGURADO.
HONORARIOS MÉDICOS Y/O QUIRÚRGICOS.- HONORARIOS POR INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA CON BASE EN LA TABLA DE HONORARIOS MÉDICO-QUIRÚRGICOS, SEGÚN SE DETALLAN EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA. INCLUYEN HONORARIOS DE AYUDANTES, HONORARIOS POR VISITAS Y CONSULTAS, SIEMPRE Y CUANDO EL MÉDICO TRATANTE NO SEA CÓNYUGE O FAMILIAR EN LÍNEA DIRECTA O COLATERAL DEL ASEGURADO.
PARA LOS HONORARIOS DEL ANESTESIÓLOGO Y AYUDANTES SE APLICARÁN LOS SIGUIENTES PORCENTAJES MÁXIMOS SOBRE EL HONORARIO DEL CIRUJANO:
ANESTESIÓLOGO 30%
PRIMER AYUDANTE 20%
SEGUNDO AYUDANTE 10%
INSTRUMENTISTA 10%
LA CANTIDAD LIQUIDADA POR CONCEPTO DE CIRUGÍA INCLUYE TODAS LAS ATENCIONES PRESTADAS AL ASEGURADO POR XXXXXXXXX Y AYUDANTES, SALVO LAS CONSULTAS PREOPERATORIAS.
HONORARIOS POR CONSULTAS.- ESTOS GASTOS SE CUBRIRÁN CON BASE EN LA TABLA DE HONORARIOS MÉDICO-QUIRÚRGICOS Y A RAZÓN DE UNA VISITA O CONSULTA DIARIA.
HONORARIOS DE ENFERMERAS.- SE CUBRIRÁN LOS GASTOS ORIGINADOS POR EL USO DE ENFERMERA CON BASE EN LA TABLA DE HONORARIOS MÉDICO-QUIRÚRGICOS, CONTRATADA POR TURNO DE OCHO (8) HORAS, CON UN MÁXIMO DE TRES (3) TURNOS DIARIOS. EN CASO DE REQUERIRSE LOS SERVICIOS DE ENFERMERA FUERA DE UN HOSPITAL, ÉSTOS SE CUBRIRÁN ÚNICAMENTE SI SON BAJO PRESCRIPCIÓN MÉDICA Y POR UN PERÍODO MÁXIMO DE TREINTA (30) DÍAS, POR CADA ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROCEDENTE.
CUARTO DE HOSPITAL.- SE CUBRIRÁ HASTA EL COSTO DEL CUARTO PRIVADO ESTÁNDAR POR CADA DÍA DE HOSPITALIZACIÓN Y ALIMENTOS QUE REQUIERA EL ASEGURADO, INCLUYENDO CAMA EXTRA PARA UN ACOMPAÑANTE.
SALA DE OPERACIONES, CURACIONES Y DE RECUPERACIÓN.- SE ENCUENTRAN CUBIERTOS LOS GASTOS ORIGINADOS POR EL USO XX XXXX DE OPERACIONES, CURACIONES Y DE RECUPERACIÓN, HASTA EL GASTO USUAL Y ACOSTUMBRADO DONDE SE PRESTE EL SERVICIO. TAMBIÉN SE ENCUENTRA CUBIERTA LA ATENCIÓN EN UNIDADES DE CUIDADOS INTENSIVOS, INTERMEDIA, UNIDAD DE CUIDADOS CORONARIOS Y SALA O CUARTO DE URGENCIAS.
GASTOS INTRAHOSPITALARIOS GASTOS ORIGINADOS POR CONSUMO DE OXÍGENO, APLICACIÓN DE SOLUCIONES INTRAVENOSAS E INYECCIONES, TRANSFUSIONES DE SANGRE, APLICACIÓN DE PLASMA O SUEROS, HEMODIÁLISIS Y OTRAS SUBSTANCIAS SEMEJANTES INDISPENSABLES PARA EL TRATAMIENTO DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD CUBIERTOS.
EXÁMENES DE LABORATORIO Y/O GABINETE SE PAGARÁN AQUELLOS QUE SEAN INDISPENSABLES PARA EL DIAGNÓSTICO DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD CUBIERTOS, SIEMPRE QUE SEAN PRESCRITOS POR EL MÉDICO TRATANTE, SIEMPRE Y CUANDO LOS ESTUDIOS PRESCRITOS SE REFIERAN O TENGAN RELACIÓN DIRECTA CON EL PADECIMIENTO QUE SE ESTÁ TRATANDO. NO SE ENCUENTRAN AMPARADOS AQUELLOS EXÁMENES EN DONDE LA METODOLOGÍA DE DIAGNÓSTICO ESTÁ EN FASE EXPERIMENTAL. ESTOS SERVICIOS SE CUBRIRÁN SIEMPRE Y CUANDO EXISTA UN DIAGNÓSTICO MÉDICO DEFINITIVO.
MEDICAMENTOS SERÁN PAGADOS CON BASE AL CONSUMO Y GASTO USUAL Y ACOSTUMBRADO, AQUELLOS MEDICAMENTOS ADQUIRIDOS DENTRO Y FUERA DEL HOSPITAL QUE SEAN NECESARIOS PARA EL TRATAMIENTO DEL ACCIDENTE O ENFERMEDAD CUBIERTO, QUE HAYAN SIDO PRESCRITOS POR EL MÉDICO TRATANTE. PARA SU REMBOLSO ES REQUISITO INDISPENSABLE PRESENTAR LA FACTURA DESGLOSADA A NOMBRE DEL ASEGURADO TITULAR O DE LA ASEGURADORA Y LA RECETA CORRESPONDIENTE (ACEPTANDO COPIA SIMPLE DE RECETAS).
TRANSFUSIONES DE SANGRE, PLASMA Y SUEROS SE CUBRIRÁN LOS GASTOS QUE SE GENEREN POR LAS TRANSFUSIONES DE SANGRE, PLASMA Y SUEROS, PRESCRITOS POR EL MÉDICO TRATANTE PARA EL TRATAMIENTO DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD CUBIERTO INCLUYENDO ESTUDIOS HECHOS A POSIBLES DONADORES DE SANGRE.
SERVICIO DE TERAPIA FÍSICA CUANDO A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD CUBIERTA EL ASEGURADO REQUIERA RECIBIR SERVICIOS DE TERAPIA FÍSICA (REHABILITACIÓN, FISIOTERAPIA, INHALOTERAPIA), ÉSTOS SERÁN AMPARADOS POR LA PÓLIZA ÚNICAMENTE CUANDO SE RECIBAN EN UNA INSTITUCIÓN DE SALUD Y SEAN REALIZADOS CON PERSONAS ESPECIALIZADAS CON CÉDULA PROFESIONAL QUE LOS ACREDITÉ COMO MÉDICOS LEGALMENTE AUTORIZADOS PARA REALIZAR DICHOS TRATAMIENTOS Y BAJO PRESCRIPCIÓN DEL MÉDICO TRATANTE.
SERVICIO DE RADIOTERAPIA Y QUIMIOTERAPIA CUANDO A CONSECUENCIA DE UNA ENFERMEDAD CUBIERTA EL ASEGURADO REQUIERA RECIBIR SERVICIOS DE RADIOTERAPIA Y QUIMIOTERAPIA, ÉSTOS SERÁN AMPARADOS POR LA PÓLIZA ÚNICAMENTE CUANDO SE RECIBAN EN UNA INSTITUCIÓN DE SALUD Y SEAN REALIZADOS CON PERSONAS ESPECIALIZADAS CON CÉDULA PROFESIONAL QUE LOS ACREDITÉ COMO MÉDICOS LEGALMENTE AUTORIZADOS PARA REALIZAR DICHOS TRATAMIENTOS Y BAJO PRESCRIPCIÓN DEL MÉDICO TRATANTE.
RENTA DE EQUIPO SERÁN CUBIERTOS LOS GASTOS ORIGINADOS POR EL ARRENDAMIENTO DE SILLA DE RUEDAS, MULETAS, CAMAS ESPECIALES PARA ENFERMOS Y AQUELLOS QUE POR PRESCRIPCIÓN MÉDICA SEAN NECESARIOS PARA LA CONVALECENCIA DOMICILIARIA DEL ASEGURADO BAJO SUPERVISIÓN MÉDICA. EL PERÍODO MÁXIMO DE ARRIENDO DEL EQUIPO SERÁ DE HASTA TREINTA (30) DÍAS NATURALES Y PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA ASEGURADORA, SE PODRÁ ACEPTAR LA COMPRA DEL EQUIPO EN LUGAR DE RENTAR EL MISMO.
APARATOS ORTOPÉDICOS Y PRÓTESIS AQUELLOS APARATOS ORTOPÉDICOS Y PRÓTESIS NECESARIOS PARA EL TRATAMIENTO INTEGRAL DEL PADECIMIENTO, SERÁN CUBIERTOS POR LA ASEGURADORA SIEMPRE Y CUANDO SEAN REQUERIDOS POR PRIMERA VEZ EN LA VIDA DEL ASEGURADO; EN CASO DE REPOSICIÓN QUEDARA CUBIERTO EL PROCEDIMIENTO QUIRÚRGICO MAS NO EL COSTO DE LA PRÓTESIS. SE ENCUENTRAN CUBIERTOS AQUELLOS APARATOS ORTOPÉDICOS O PRÓTESIS QUE SE REQUIERAN A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD CUBIERTO.
SERVICIO DE AMBULANCIA TERRESTRE SE CUBRIRÁ EL USO DE UNA AMBULANCIA TERRESTRE DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, DESDE EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE EL ASEGURADO HASTA AL HOSPITAL MÁS CERCANO DE LA RED DE PROVEEDORES QUE CUENTE CON LA INFRAESTRUCTURA PARA LA ATENCIÓN DEL ASEGURADO. PARA EL CASO DE PERSONAL HOSPITALIZADO Y A INDICACION DEL MEDICO TRATANTE, SE INCLUIRA EL TRASLADO PARA HACER ESTUDIOS MEDICOS AL LUGAR DONDE CUENTEN CON LOS EQUIPOS PARA ELLO Y SU POSTERIOR RETORNO AL HOSPITAL, A TRAVÉS DE UN ESQUEMA DE PAGO DIRECTO.
TRATAMIENTO QUIROPRÁCTICO SE CONSIDERAN CUBIERTOS LOS HONORARIOS POR TRATAMIENTOS QUIROPRÁCTICOS, SIEMPRE Y CUANDO EL TRATAMIENTO SEA RECOMENDADO POR EL MÉDICO TRATANTE Y SE REALICE POR PROFESIONALES QUE CUENTEN CON CÉDULA PROFESIONAL PARA EJERCER DICHA PROFESIÓN.
GASTOS POR TRATAMIENTOS MÉDICOS O QUIRÚRGICOS PARA CORREGIR EL ESTRABISMO, INCLUÍDO EL PADECIMIENTO CONGÉNITO.
GASTOS POR TRATAMIENTOS MÉDICOS O QUIRÚRGICOS DE CARÁCTER RECONSTRUCTIVO (NO ESTÉTICO) QUE SEAN INDISPENSABLES A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD CUBIERTO POR LA PÓLIZA.
GASTOS POR TRATAMIENTOS DENTALES, ALVEOLARES, GINGIVALES O MAXILOFACIALES, QUE SEAN INDISPENSABLES A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE CUBIERTO POR LA PÓLIZA, DEBIDAMENTE SUSTENTADOS CON LAS RADIOGRAFÍAS QUE CORROBOREN EL DAÑO SUFRIDO POR EL ASEGURADO.
GASTOS POR TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO PARA CORREGIR XIFOSIS, LORDOSIS O ESCOLOSIS DE COLUMNA VERTEBRAL.
GASTOS POR TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO DE HALLUX VALGUS O “JUANETES”.
CAPITULO 2. COBERTURAS ADICIONALES
ENFERMEDADES DE LA NARIZ Y SENOS PARANASALES SE CUBRIRÁN LOS GASTOS QUE SE REQUIERAN PARA EL TRATAMIENTO DE PADECIMIENTOS DE LA NARIZ Y/O SENOS PARANASALES, DERIVADOS DE ACCIDENTES O ENFERMEDADES CUBIERTOS. LOS HONORARIOS MÉDICOS SE CUBRIRÁN TANTO EN ACCIDENTE COMO ENFERMEDAD COMO UN SÓLO PROCEDIMIENTO O ENFERMEDADES QUE AFECTEN LOS SENOS PARANASALES Y LA ESTRUCTURA DE LA NARIZ, APLICANDO EL DEDUCIBLE Y EL COASEGURO QUE CORRESPONDA CONFORME A LA FORMA DE PAGO, PUDIENDO ELIMINARSE ESTOS CARGOS DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN ESTAS CONDICIONES PARTICULARES.
SEGUNDA OPINIÓN MÉDICA EN CUALQUIER MOMENTO EL ASEGURADO PODRÁ SOLICITAR UNA SEGUNDA OPINIÓN SOBRE EL DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE SU PADECIMIENTO CON LOS MÉDICOS ESPECIALISTAS DE LA RED DE PROVEEDORES DE LA ASEGURADORA. ESTA SEGUNDA OPINIÓN SERÁ CANALIZADA A TRAVÉS DEL COORDINADOR MÉDICO DE LA ASEGURADORA.
ENFERMEDADES CONGÉNITAS QUEDAN AMPARADAS LAS MALFORMACIONES CONGÉNITAS DE LOS HIJOS DEL ASEGURADO NACIDOS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, SIEMPRE Y CUANDO HAYAN SIDO DADOS DE ALTA EN LA MISMA DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS SIGUIENTES AL NACIMIENTO Y CON EL PAGO DE PRIMA CORRESPONDIENTE. ASÍ MISMO, SE XXXXXX TAMBIÉN PARA LOS NACIDOS FUERA DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA A CONDICIÓN DE QUE CUMPLA CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS;
NO SE HAYAN PRESENTADO SIGNOS NI SÍNTOMAS, NI REALIZADO DIAGNÓSTICO MÉDICO A LA FECHA DE INICIO DE LA COBERTURA DE LA PÓLIZA
NO HAYAN EROGADO GASTOS POR DICHOS PADECIMIENTOS A LA FECHA DE INICIO DE LA COBERTURA DE LA PÓLIZA EN CUYO CASO SERÁN CONSIDERADOS COMO COMPLEMENTOS DE SINIESTROS Y SUJETARSE A LO INDICADO EN LA PRESENTE PÓLIZA.
EL PADECIMIENTO HAYA SIDO DESAPERCIBIDO POR EL ASEGURADO A LA FECHA DE INICIO DE LA COBERTURA DE LA PÓLIZA
SE ENTENDERÁ POR ENFERMEDAD CONGÉNITA TODA ALTERACIÓN DEL ESTADO DE LA SALUD FISIOLÓGICO Y/O MORFOLÓGICO EN ALGUNA PARTE, ÓRGANO O SISTEMA DEL CUERPO QUE TUVO SU ORIGEN DURANTE EL PERÍODO DE GESTACIÓN, AUNQUE ALGUNOS SE HAGAN EVIDENTES AL MOMENTO DEL NACIMIENTO O DESPUÉS DEL NACIMIENTO O DESPUÉS DE VARIOS AÑOS.
AMBULANCIA AÉREA ÚNICAMENTE POR PRESCRIPCIÓN MÉDICA SE CUBRIRÁ EL USO DE AMBULANCIA AÉREA DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, DESDE EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE EL ASEGURADO HASTA AL HOSPITAL MÁS CERCANO QUE CUENTE CON LA INFRAESTRUCTURA PARA LA ATENCIÓN DEL MISMO, APLICANDO UNA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD MÁXIMA DE $50,000.00 M.N. (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MN), SIN DEDUCIBLE Y CON COASEGURO DEL 20%.
EMERGENCIA EN EL EXTRANJERO ESTA COBERTURA APLICARÁ EN CASO DE QUE SE ORIGINE UNA EMERGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO, DEFINIDA COMO TAL EN ESTA PÓLIZA, POR MOTIVO DE UN ACCIDENTO O ENFERMEDAD CUBIERTOS CUANDO EL ASEGURADO SE ENCUENTRE DE VIAJE FUERA DE LA REPÚBLICA MEXICANA, APLICANDO LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD MÁXIMA DE $50,000.00 M.A. (CINCUENTA MIL DÓLARES USA 00/100 MA), CON DEDUCIBLE DE $50.00 M.A. Y SIN COASEGURO. SE CUBRIRÁN LOS GASTOS MÉDICOS EROGADOS POR DICHA EMERGENCIA MÉDICA EFECTUADOS FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL SIEMPRE Y CUANDO LA PRIMERA SINTOMATOLOGÍA SE HAYA PRESENTADO EN EL EXTRANJERO.
POR CONCEPTO DE HABITACIÓN, QUEDARÁ CUBIERTA LA TARIFA CORRESPONDIENTE A “CUARTO SEMIPRIVADO”. EL COSTO POR LA ATENCIÓN SERÁ EL ESTABLECIDO EN LOS TABULADORES DENOMINADOS “UCR” (USUAL, CUSTOMARY AND REASONABLE) DE USO COMÚN, ACOSTUMBRADO Y RAZONABLE DEL PAÍS DONDE SE PRESENTE LA EMERGENCIA MÉDICA.
LA EMERGENCIA, ASÍ COMO LOS EFECTOS DE ESTA COBERTURA TERMINAN CUANDO A CRITERIO DEL MÉDICO TRATANTE LA ATENCIÓN MÉDICA DE URGENCIA SE ESTABILICE Y CONTROLE LA CONDICIÓN PATOLÓGICA DEL PACIENTE Y ESTÉ EN POSIBILIDAD DE REGRESAR A TERRITORIO NACIONAL O AL EXPEDIRSE EL ALTA DEL SERVICIO DE URGENCIAS O DE HOSPITALIZACIÓN. CUALQUIER TRATAMIENTO POSTERIOR, SERÁ ATENDIDO EN LA REPÚBLICA MEXICANA DE ACUERDO A LAS CONDICIONES DEL PLAN CONTRATADO.
LA ASEGURADORA PAGARÁ EN MONEDA NACIONAL AL TIPO DE CAMBIO VIGENTE A LA FECHA EN QUE SE EFECTÚO EL GASTO DICTADO POR EL BANCO DE MÉXICO Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, BAJO EL RUBRO DE TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA.
LOS GASTOS PROCEDENTES DE DICHA COBERTURA SE PAGARAN A REEMBOLSO Y SI LAS CIRCUNSTANCIAS LO PERMITEN, COMO PAGO DIRECTO
EXCLUSIONES Y LIMITACIONES DE LA COBERTURA DE EMERGENCIA EN EL EXTRANJERO.- NO SE CUBREN LOS GASTOS QUE SE ORIGINEN POR ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD OCURRIDOS EN EL EXTRANJERO DONDE SE ATIENDE MÉDICAMENTE LA EMERGENCIA, ASÍ COMO SUS CONSECUENCIAS O COMPLICACIONES, SI ÉSTOS NO OCURRIERON EN DICHO PAÍS Y CON MOTIVO DE LA ESTANCIA O DEL VIAJE. NO SE PAGARÁN LOS GASTOS EFECTUADOS EN EL EXTRANJERO A CONSECUENCIA DE:
TODOS AQUELLOS CONCEPTOS QUE FIGUREN COMO EXCLUSIÓN EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA.
TRATAMIENTOS DE REHABILITACIÓN.
EL PARTO, CESÁREA Y COMPLICACIONES DEL EMBARAZO, CUALQUIERA QUE SEA SU CAUSA.
ESTUDIOS E INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS PROGRAMADAS DOS (2) DÍAS DESPUÉS DE LA EMERGENCIA MÉDICA, EXCEPTUANDO LAS QUE SEAN CONSECUENCIA DIRECTA DE LA MISMA.
SIDA Y SUS COMPLICACIONES A EFECTO DE QUE LA PÓLIZA AMPARE LOS GASTOS REALIZADOS POR TRATAMIENTOS MÉDICOS Y QUIRÚRGICOS QUE SE ORIGINEN CON MOTIVO DE QUE EL ASEGURADO SEA DIAGNOSTICADO CON EL SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA (SIDA), ÉSTE DEBERÁ HABER ESTADO ASEGURADO DE FORMA CONTINUA E ININTERRUMPIDA POR LO MENOS DURANTE CUATRO (4) AÑOS EN EL MISMO GRUPO ASEGURADO. EN TAL VIRTUD, LA ASEGURADORA ÚNICAMENTE CUBRIRÁ LOS GASTOS QUE TENGAN LUGAR DESPUÉS DE TRANSCURRIDO ESTE PERÍODO DE ESPERA, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE ALTA EN LA PRIMER PÓLIZA CONTRATADA PARA EL GRUPO ASEGURABLE.
COBERTURA DE TRATAMIENTOS OFTALMOLÓGICOS. SE CUBRIRÁN LOS GASTOS EN QUE INCURRA EL ASEGURADO A CONSECUENCIA DE TRATAMIENTOS OFTALMOLÓGICOS ORIGINADOS POR MIOPÍA, PRESBIOPÍA, HIPERMETROPÍA Y ASTIGMATISMO, CIRUGÍA CORRECTIVA POR DEFECTOS DE REFRACCIÓN DE CÓRNEA, QUERATOTOMÍA RADIADA, QUERATOMILEUSIS O APLICACIÓN DE EXCIMER LASER, EPIQUERATOFAQUÍA Y SIMILARES, SIEMPRE Y CUANDO EL ASEGURADO TENGA TRES O MÁS DIOPTRÍAS POR OJO, AMPARÁNDOSE CON UNA SUMA MÁXIMA DE $15,000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.) POR OJO, APLICANDO EL DEDUCIBLE Y EL COASEGURO QUE CORRESPONDA CONFORME A LA FORMA DE PAGO, PUDIENDO ELIMINARSE ESTOS CARGOS DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN ESTAS CONDICIONES. SE CUBRIRÁ UNICAMENTE DENTRO DE LA REPUBLICA MEXICANA.
COBERTURA DE PAGO DE COMPLEMENTOS DE SINIESTROS. QUEDARÁN CUBIERTOS LOS GASTOS MÉDICOS QUE SE EROGUEN DURANTE LA VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA PARA TODOS LOS ASEGURADOS, POR ENFERMEDADES Y/O ACCIDENTES INICIADOS EN VIGENCIAS ANTERIORES DE LAS PÓLIZAS CONTRATADAS DEL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES POR EL CONTRATANTE CON OTRAS ASEGURADORAS BAJO LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
LOS GASTOS MÉDICOS QUE SE EROGUEN, SIEMPRE Y CUANDO, SEAN A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD AMPARADA Y TRATADA, EN LA(S) PÓLIZA(S) DE LA(S) VIGENCIAS ANTERIORES, CONTRATADAS POR EL CONTRATANTE PARA PROTEGER A LA MISMA COLECTIVIDAD DE LA PRESENTE XXXXXX.
LOS GASTOS MÉDICOS QUE SE EROGUEN QUEDARAN CUBIERTOS BAJO LAS CONDICIONES VIGENTES EN LA FECHA EN QUE SE EFECTÚE EL PRIMER GASTO, HASTA AGOTAR EL REMANENTE DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ENFERMEDAD Y/O ACCIDENTE CUBIERTO O TERMINE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE PÓLIZA, LO QUE OCURRA PRIMERO.
PARA LOS EFECTOS DE ESTE BENEFICIO SERÁ NECESARIO QUE LA VIGENCIA DEL SEGURO NO HAYA SIDO INTERRUMPIDA NI EN LA (S) ASEGURADORA(S) ANTERIOR(ES), NI EN EL CAMBIO CON LA ASEGURADORA.
SE CUBRIRÁ UNICAMENTE DENTRO DE LA REPUBLICA MEXICANA.
COBERTURA DE PADECIMIENTOS PREEXISTENTES. SE CONSIDERAN PADECIMIENTOS PREXISTENTES AQUELLAS ENFERMEDADES O ACCIDENTES POR LAS CUALES EL PACIENTE HAYA PRESENTADO SIGNOS Y SÍNTOMAS ANTES DEL INICIO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA O AQUELLOS QUE HAYAN SIDO DETERMINADAS POR UN MÉDICO MEDIANTE EL DIAGNÓSTICO O TRATAMIENTO Y QUE POR SU HISTORIA CLÍNICA O EVOLUCIÓN NATURAL DEL PADECIMIENTO UN PERITO MÉDICO LO DETERMINE O MEDIANTE UN ARBITRAJE MÉDICO. DICHOS PADECIMIENTOS SE CUBRIRÁN INDEPENDIENTEMENTE DE QUE EL PRIMER GASTO SE ORIGINE ANTES DEL INICIO DE LA PÓLIZA O DURANTE LA VIGENCIA, SIEMPRE Y CUANDO NO SE CONSIDERE COMO COMPLEMENTO DE SINIESTRO, EN CUYO CASO SE SUJETARA A LO INDICADO EN EL PAGO DE COMPLEMENTOS DE SINIESTROS.
COBERTURA DE DEPORTES PELIGROSOS. SE CUBRIRÁN LOS GASTOS EN QUE INCURRA EL ASEGURADO, ÚNICAMENTE DENTRO DE LA REPÚBLICA MEXICANA, A CONSECUENCIA DE LESIONES QUE SUFRA POR LA PRÁCTICA AMATEUR U OCASIONAL DE LOS DEPORTES QUE IMPLIQUEN UN RIESGO MAYOR AL NORMAL, TALES COMO, PERO NO LIMITADO A ALPINISMO, ARTES MARCIALES, BUCEO, CACERÍA, CICLISMO, CHARRERÍA, CUALQUIER TIPO DE DEPORTE AÉREO (PLANEADORES, VUELOS DELTA, ETC.), EQUITACIÓN, ESPELEOLOGÍA, PARACAIDISMO Y TAUROMAQUIA. SE CUBRIRÁ UNICAMENTE DENTRO DE LA REPUBLICA MEXICANA.
CIRCUNCISIÓN, SE CUBRIRÁN LOS TRATAMIENTOS MEDICO QUIRÚRGICOS POR CIRCUNCISIÓN POR INDICACIÓN MÉDICA, SIN PERIODO DE ESPERA, EXCLUYÉNDOSE LOS TRATAMIENTOS DE TIPO PROFILÁCTICO.
RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD DE ACUERDO A SU DEFINICIÓN, LA ASEGURADORA RECONOCERÁ LA ANTIGÜEDAD QUE EL ASEGURADO HAYA ACUMULADO A PARTIR DEL PRIMER INICIO DE VIGENCIA DE UNA PÓLIZA DE SEGURO DE GASTOS MÉDICOS CONTRATADA PARA EL GRUPO ASEGURABLE. ESTE RECONOCIMIENTO PODRÁ EFECTUARSE PREVIO A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA O DURANTE LA VIGENCIA DE LA MISMA, SIN RESTRICCIÓN DE TIEMPO.
TRASPLANTE DE ÓRGANOS SE CUBREN LOS GASTOS ORIGINADOS POR EL TRASPLANTE DE ÓRGANOS INCLUYENDO AUTOLOGOS, DE ACUERDO A LAS DEFINICIONES ESPECIFICADAS EN ESTA PÓLIZA EN TERRITORIO NACIONAL. EN ESTOS CASOS LA ASEGURADORA PODRÁ SOLICITAR UNA SEGUNDA OPINIÓN MÉDICA.
LOS GASTOS MÉDICOS CUBIERTOS INCURRIDOS POR TRASPLANTES, INCLUYEN, AQUELLOS PRESCRITOS POR EL MÉDICO TRATANTE QUE SEAN MÉDICAMENTE RAZONABLES Y PERMITIDOS A CAUSA DE TRATAMIENTOS, SERVICIOS Y/O SUMINISTROS REQUERIDOS POR O EN RELACIÓN CON UN TRASPLANTE CUBIERTO, LOS CUALES INCLUYEN, ENTRE OTROS:
SERVICIOS MÉDICOS.
INTERNAMIENTO EN UN HOSPITAL O CENTRO DE TRASPLANTE.
OBTENCIÓN DE ÓRGANOS.
MEDICINAS PROPORCIONADAS DURANTE UNA HOSPITALIZACIÓN, O SUMINISTROS PARA USAR EN LA CASA.
CUIDADOS POSTOPERATORIOS.
PARA EL CASO DE UN DONANTE VIVO, SE INCLUYEN LOS SERVICIOS DURANTE EL PROCESO DE REMOCIÓN DE UN ÓRGANO O TEJIDO CON EL PROPÓSITO DE EFECTUAR UN TRASPLANTE AL ASEGURADO. LOS GASTOS CUBIERTOS INCLUYEN:
SERVICIOS PRESTADOS AL DONANTE EN UN HOSPITAL O CENTRO DE TRASPLANTES, POR CONCEPTO DE HABITACIÓN, SALA O PABELLÓN, COMIDAS, SERVICIO DE ENFERMERÍA, SERVICIOS REGULARES SUMINISTRADOS POR EL PERSONAL DEL HOSPITAL O CENTRO DE TRASPLANTE, PRUEBAS DE LABORATORIO, USO DE EQUIPOS Y OTROS SERVICIOS HOSPITALARIOS.
GASTOS QUIRÚRGICOS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA REMOCIÓN DEL ÓRGANO O TEJIDO DEL DONANTE.
PARA ESTO EFECTOS, UN TRASPLANTE DE DOS ÓRGANOS REALIZADO DURANTE LA MISMA SESIÓN DE CIRUGÍA SERÁ CONSIDERADO COMO UN SÓLO TRASPLANTE. LOS BENEFICIOS POR UN PROCEDIMIENTO DE RE-TRASPLANTE (UN SEGUNDO TRASPLANTE QUE SE EFECTÚA A CONTINUACIÓN DE UN TRASPLANTE INICIAL QUE FRACASÓ), SERÁ PAGADO SOLAMENTE SI SE CONSIDERA MÉDICAMENTE NECESARIO. LOS TRASPLANTES CUBIERTOS BAJO ESTA COBERTURA SON:
1. CORAZÓN;
2. PULMÓN;
3. RIÑÓN;
4. CÓRNEA;
5. HÍGADO;
6. HUESO (INCLUIDO AUTOLOGO);
7. PIEL Y/O TEJIDOS (PARA INJERTO O PARA CUALQUIER OTRO PROPÓSITO MÉDICAMENTE NECESARIO, INCLUIDO AUTOLOGO);
8. MÉDULA ÓSEA ALOGÉNICA, PARA:
ANEMIA APLÁSTICA
LEUCEMIA AGUDA
INMUNODEFICIENCIA COMBINADA SEVERA
SÍNDROME XX XXXXXXX-XXXXXXX
OSTEOPETROSIS INFANTIL MALIGNA (ENFERMEDAD XX XXXXXX XXXXXXXXX U OSTEOPETROSIS GENERALIZADA)
LEUCEMIA MIELÓGENA CRÓNICA (LMC)
NEUROBLASTOMA ESTADO III O IV EN NIÑOS MAYORES DE UN AÑO
BETA TALASEMIA HOMOZIGOTE (TALASEMIA MAYOR)
LINFOMA XX XXXXXXX, ESTADO III A O B, O ESTADO IV A O B
LINFOMA DE NO- HODGKIN, ESTADO III O ESTADO IV.
9. MÉDULA ÓSEA ANTÓLOGA, PARA:
LINFOMA DE NO-HODGKIN, ESTADO III A O B; XXXXXX XX X X X
XXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXX XXX X X X; O ESTADO IV A O B
NEUROBLASTOMA, ESTADO III O ESTADO IV
LEUCEMIA NO LINFOCÍTICA AGUDA DESPUÉS DEL PRIMER O SEGUNDO RELAPSO
EXCLUSIONES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE TRASPLANTES
QUE NO ESTÉ ESPECIFICADO COMO UN TRASPLANTE CUBIERTO BAJO ESTA COBERTURA.
CUANDO ESTÉ DISPONIBLE CUALQUIER TRATAMIENTO O PROCEDIMIENTO ALTERNATIVO, IGUALMENTE EFECTIVO PARA EL TRATAMIENTO DE LA CONDICIÓN O ENFERMEDAD DEL ASEGURADO.
QUE EL TRASPLANTE ESTÉ RELACIONADO CON UNA CONDICIÓN DE NATURALEZA EXPERIMENTAL O DE INVESTIGACIÓN O CON UN PROCEDIMIENTO ELECTIVO.
GASTOS DEL DONANTE, SALVO QUE SEA EL PROPIO ASEGURADO O LO ESPECÍFICAMENTE AMPARADO EN LA PRESENTE COBERTURA.
USO DE MOTOCICLETAS Y VEHÍCULOS DE MOTOR SIMILARES, TANTO COMO PASAJERO Y/O PILOTO, SIEMPRE Y CUANDO NO SEA DE MANERA PROFESIONAL. APLICARA PARA TODOS LOS ASEGURADOS QUE SE ENCUENTREN EN ESTE SUPUESTO, SIEMPRE QUE AMBOS PORTEN EL EQUIPO REGLAMENTARIO DE SEGURIDAD Y EL PILOTO DEBERÁ DE CONTAR CON LICENCIA DE MOTOCICLISTA EN VIGOR.
EMERGENCIAS DE GASTOS MÉDICOS MAYORES NO CUBIERTOS. SE CUBRIRÁ EN TERRITORIO NACIONAL LOS GASTOS ORIGINADOS POR CUALQUIER URGENCIA MÉDICA POR LAS COMPLICACIONES POSTERIORES A LA ALTA HOSPITALARIA Y LOS GASTOS DE LAS COMPLICACIONES DE LOS TRATAMIENTOS Y/O ESTUDIOS DE PREVENCIÓN DE LOS SIGUIENTES CONCEPTOS, HASTA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD DEL ASEGURADO O HASTA EL LÍMITE DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD PARA ESTA COBERTURA LO QUE OCURRA PRIMERO:
TRATAMIENTOS ESTÉTICOS Y DE CALVICIE
TRATAMIENTOS DIETÉTICOS Y DE OBESIDAD
CONSUMO DE COMPLEMENTOS VITAMÍNICOS
TRATAMIENTOS DE INFERTILIDAD, ESTERILIDAD, CONTROL NATAL O IMPOTENCIA SEXUAL
TRATAMIENTOS DENTALES, ALVEOLARES, GINGIVALES O MAXILOFACIALES
TRATAMIENTOS QUIROPRÁCTICOS O DE ACUPUNTURA AUNQUE SEAN PROPORCIONADOS POR PERSONAS SIN CÉDULA PROFESIONAL QUE LOS ACREDITE COMO MÉDICOS LEGALMENTE AUTORIZADOS PARA REALIZAR DICHOS TRATAMIENTOS.
DICHOS GASTOS SERAN CUBIERTOS CON EL DEDUCIBLE Y COASEGURO CONTRATADOS Y PODRA ELIMINARSE EL MISMO CONFORME LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA
COBERTURA DE XXXXXX XXXXXXXXXX. SE CUBREN LOS GASTOS ORIGINADOS POR ENFERMEDADES CUBIERTAS EN LA FRANJA FRONTERIZA, INCLUIDOS LOS DERIVADOS DE LESIONES POR LA PRÁCTICA AMATEUR U OCASIONAL DE DEPORTES PELIGROSOS, CONSIDERÁNDOSE COMO FRANJA FRONTERIZA EL TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE LA LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL CON LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y LA LÍNEA PARALELA A UNA DISTANCIA DE 20 MILLAS HACIA EL NORTE DEL TERRITORIO NACIONAL, CON DEDUCIBLE NORMAL Y COASEGURO DEL 30% OPERANDO EXCLUSIVAMENTE POR REMBOLSO.
POTENCIACIÓN DE SEGURO.- EL SUBGRUPO ASEGURADO CONVIENE EN POTENCIAR SU LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD AL IMPORTE SOLICITADO EN EL PRESENTE ANEXO, POR LO QUE SE CONVIENE QUE A LA ASEGURADORA ADJUDICADA Y UNA VEZ FORMALIZADO EL CONTRATO, SE LE SOLICITARA POR ESCRITO EL DIFERENCIAL XX XXXXXX QUE PUDIERA EXISTIR POR EL INCREMENTO DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CON RESPECTO A LO AUTORIZADO PARA CADA FUNCIONARIO Y SU FAMILIA, A EFECTO DE QUE LA CONVOCANTE RETENGA DE SU NOMINA ESE IMPORTE COMO APORTACIÓN AL PAGO TOTAL.
LITOTRIPSIAS. SE CUBREN LOS TRATAMIENTOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS POR DESMENUZAMIENTO O FRAGMENTACIÓN DE UN CÁLCULO, CONOCIDO COMO LITOTRIPSIAS, CON LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD, DEDUCIBLE Y COASEGURO ESTIPULADOS EN LA PÓLIZA Y SIN PERIODO DE ESPERA. LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD INCLUYE TODAS LAS SESIONES DE LITOTRIPSIAS, EL EQUIPO ESPECIAL, HOSPITALIZACIÓN SI LA HUBIERA Y HONORARIOS MÉDICOS.
DERECHO A SEGURO INDIVIDUAL.- LOS ASEGURADOS QUE CAUSEN BAJA DE LA PÓLIZA TENDRÁN DERECHO A CONTINUAR ASEGURADOS DE MANERA INDEPENDIENTE EN UN SEGURO INDIVIDUAL Y CON EL PAGO XX XXXXXX CORRESPONDIENTE POR PARTE DEL ASEGURADO, SIEMPRE QUE REALICEN SU TRAMITE ANTES DE 30 DÍAS DE HABER CAUSADO BAJA DEL GRUPO, CONSIDERANDO RESPETO A SU ANTIGÜEDAD GENERADA EN LA PÓLIZA DE GRUPO, LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD SIMILAR O MAYOR DE ACUERDO A LOS PLANES QUE OFREZCA LA ASEGURADORA EN SU CARTERA DE SEGURO INDIVIDUAL Y PAGO DE COMPLEMENTOS DE SINIESTROS HASTA EL REMANENTE DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR ENFERMEDADES Y/O ACCIDENTES CUBIERTOS.
AMIGDALOTOMÍA: SE CUBRIRÁN LOS TRATAMIENTOS MEDICO QUIRÚRGICOS PARA LA EXTRACCIÓN DE AMÍGDALAS POR INDICACIÓN MÉDICA, SIN PERIODO DE ESPERA.
COBERTURA DENTAL.- SE CUBREN LOS TRATAMIENTOS DENTALES QUE REQUIERA EL ASEGURADO EN FORMA DE PAGO DIRECTO, SIN LA APLICACIÓN DE DEDUCIBLES Y/O COASEGUROS, SIN APLICACIÓN DE PERIODOS DE ESPERA Y AMPARANDO LAS PREXISTENCIAS QUE PUDIERAN PRESENTARSE, INCLUYENDO LOS SIGUIENTES PADECIMIENTOS;
SERVICIO BÁSICO
CONSULTA ORAL DETALLADA
DIAGNÓSTICO Y PLAN DE TRATAMIENTO
DIAGNÓSTICO RADIOGRÁFICO (4 RADIOGRAFÍAS)
PROFILAXIS EN LA PRIMERA CITA
INSTRUCCIÓN NUTRICIONAL PARA EL CONTROL DE LA ENFERMEDAD DENTAL
INSTRUCCIÓN EN HIGIENE ORAL (TÉCNICA DE CEPILLADO Y EDUCACIÓN DENTAL PREVENTIVA)
ORIENTACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES BUCALES ASOCIADAS AL TABAQUISMO
SERVICIO OPERATORIO DENTAL
AMALGAMA SIMPLE
AMALGAMA COMPUESTA
AMALGAMA COMPLEJA
AMALGAMA COMPLEMENTARIA CLASE I DIENTE POSTERIOR PERMANENTE
RESINA SIMPLE DIENTE ANTERIOR
RESINA COMPLEMENTARIA CLASE I DIENTE POSTERIOR PERMANENTE
RESINA UNA SUPERFICIE DIENTE POSTERIOR PERMANENTE
SERVICIO DE RADIOLOGIA (NIÑOS Y ADULTOS)
PERIAPICAL
OCLUSAL
ALETA DE MORDIDA
PANORÁMICA
SERVICIO DE ENDODONCIA
RECUBRIMIENTO PULPAR
TRATAMIENTO DE CONDUCTOS EN DIENTE ANTERIOR, PREMOLAR Y MOLAR PERMANENTE
RETRATAMIENTO EN DIENTE ANTERIOR, PREMOLAR Y MOLAR
APEXIFICACIÓN (APICOFORMACIÓN)
APICECTOMÍA EN ANTERIOR, PREMOLAR Y MOLAR.
OBTURACIÓN RETRÓGRADA
RADICECTOMÍA (AMPUTACIÓN RADICULAR)
SERVICIO DE CIRUGÍA
EXTRACCIÓN SIMPLE
EXTRACCIÓN DE RESTOS RADICULARES O RAÍCES EXPUESTAS
BIOPSIA DE TEJIDOS ORALES DUROS
BIOPSIA DE TEJIDOS ORALES BLANDOS
INCISIÓN Y DRENAJE DE ABSCESO INTRAORAL,
FRENILECTOMÍA LINGUAL Y LABIAL
EXTRACCIÓN DE DIENTE IMPACTADO EN TEJIDO BLANDO.
EXTRACCIÓN DE DIENTE IMPACTADO PARCIALMENTE CUBIERTO POR HUESO.
EXTRACCIÓN DE DIENTE IMPACTADO TOTALMENTE CUBIERTO POR HUESO.
PARA LO ANTERIOR, EL LICITANTE DEBERÁ CONTENER UNA RED DE SERVICIOS MÉDICOS QUE OTORGUEN EL SERVICIO DE PAGO DIRECTO, ASÍ COMO ATENCIÓN TELEFÓNICA Y DE CITAS MÉDICAS.
COBERTURA DE VISIÓN.- SE CUBREN LOS TRATAMIENTOS DE VISIÓN QUE REQUIERA EL ASEGURADO EN FORMA DE PAGO DIRECTO, SIN LA APLICACIÓN DE DEDUCIBLES Y/O COASEGUROS, SIN APLICACIÓN DE PERIODOS DE ESPERA Y AMPARANDO LAS PREXISTENCIAS QUE PUDIERAN PRESENTARSE, INCLUYENDO LOS SIGUIENTES PADECIMIENTOS;
CONSULTA OPTOMÉTRICA
ANTEOJOS COMPLETOS SI POR PRESCRIPCIÓN MEDICA SON NECESARIOS (NO COSMÉTICOS). MODELO DE ARMAZÓN OFTÁLMICO CON VALOR DE HASTA $2,000.00.M.N., INCLUYENDO EL I.V.A., APLICANDO UN COPAGO DE $150 PESOS MAS IVA.
UN ESTUCHE DURO POR ARMAZÓN ADQUIRIDO.
LENTES DE CONTACTO GRADUADOS NO COSMÉTICOS POR AÑO, CON UN VALOR HASTA DE $1,600.00 M.N., INCLUYENDO EL I.V.A., APLICANDO UN COPAGO DE $150 PESOS MAS IVA.
SOLUCIÓN PARA LENTES DE CONTACTO UNA VEZ AL AÑO (CON LOS LENTES DE CONTACTO ADQUIRIDOS),
REPOSICIÓN UNA VEZ AL AÑO CON 30% DE DESCUENTO SOBRE EL PRECIO DE LA ÓPTICA.
DESCUENTO DEL 15% EN PRODUCTOS NO CUBIERTOS O DE MAYOR NIVEL AL CONTRATADO.
CAPITULO 3. MATERNIDAD
PARTO NORMAL. SE CUBRE A LA ASEGURADA TITULAR, CÓNYUGE O CONCUBINA DEL ASEGURADO, SIN IMPORTAR EL NÚMERO DE EVENTOS QUE SE PRESENTEN EN LA VIDA DE LA ASEGURADA Y SIN APLICACIÓN DE PERIODOS DE ESPERA, INDEPENDIENTEMENTE DEL NÚMERO DE SEMANAS DE GESTACIÓN QUE TENGA LA ASEGURADA. ESTA COBERTURA APLICA SIN DEDUCIBLE NI COASEGURO.
OPERACIÓN CESÁREA. SE CUBRE A LA ASEGURADA TITULAR, CÓNYUGE O CONCUBINA DEL ASEGURADO, SIN IMPORTAR EL NÚMERO DE EVENTOS QUE SE PRESENTEN EN LA VIDA DE LA ASEGURADA Y SIN APLICACIÓN DE PERIODOS DE ESPERA, INDEPENDIENTEMENTE DEL NÚMERO DE SEMANAS DE GESTACIÓN QUE TENGA LA ASEGURADA. ESTA COBERTURA APLICA SIN DEDUCIBLE NI COASEGURO
PARTO PREMATURO. SE CUBRE A LA ASEGURADA TITULAR, CÓNYUGE O CONCUBINA DEL ASEGURADO Y SIN APLICACIÓN DE PERIODOS DE ESPERA, INDEPENDIENTEMENTE DEL NÚMERO DE SEMANAS DE GESTACIÓN QUE TENGA LA ASEGURADA. ESTA COBERTURA APLICA SIN DEDUCIBLE NI COASEGURO.
COBERTURA DEL RECIÉN NACIDO. QUEDARÁN ASEGURADOS LOS NIÑOS QUE NAZCAN DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA DESDE EL PRIMER DÍA DE NACIDO SIN NECESIDAD DE SELECCIÓN MÉDICA NI SOLICITUD DE INGRESO, CUBRIÉNDOLES PADECIMIENTOS CONGÉNITOS, PREMATUREZ Y/O COMPLICACIONES QUE SE PRESENTEN A PARTIR DE LA FECHA DE SU NACIMIENTO, SIENDO CONDICIÓN INDISPENSABLE PARA QUE SURTA EFECTO ESTE BENEFICIO, QUE SE DE AVISO POR ESCRITO A LA ASEGURADORA DENTRO DE LOS 45 DÍAS NATURALES SIGUIENTES AL NACIMIENTO Y A PAGAR LA PRIMA RESPECTIVA.
RECIÉN NACIDO SANO. QUEDAN CUBIERTOS LOS GASTOS DEL RECIÉN NACIDO SANO HASTA UN MÁXIMO DE 2 UMAM. ASÍ MISMO, QUEDARÁN ASEGURADOS LOS NIÑOS QUE NAZCAN DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA DESDE EL PRIMER DÍA DE NACIDO, SIENDO CONDICIÓN INDISPENSABLE, PARA QUE SURTA EFECTO ESTE BENEFICIO, QUE SE DE AVISO POR ESCRITO A LA ASEGURADORA DENTRO DE LOS 45 DÍAS NATURALES SIGUIENTES AL NACIMIENTO.
ABORTO INVOLUNTARIO. SE CUBRIRÁN LOS GASTOS EN QUE INCURRA LA ASEGURADA TITULAR O CÓNYUGE DEL ASEGURADO TITULAR, QUE TENGAN XXXXX 00 X 00 XXXX XX XXXX, XXXXXXXXXXX XXX XXXXXX CORRESPONDIENTES ÚNICAMENTE A HOSPITALIZACIÓN Y HONORARIOS MÉDICOS INHERENTES AL EVENTO.
PARA LOS EFECTOS DE ESTE BENEFICIO, SE CONSIDERARÁ COMO ABORTO INVOLUNTARIO LA INTERRUPCIÓN DE LA GESTACIÓN QUE OCURRA ANTES DE LA SEMANA 20 (VEINTE) DEL EMBARAZO Y SÓLO SE CUBRIRÁ SI SU ACONTECIMIENTO ES INVOLUNTARIO PARA LA ASEGURADA Y SU REALIZACIÓN SE ACREDITA MEDIANTE LOS CORRESPONDIENTES ESTUDIOS DE LABORATORIO Y/O GABINETE.
COMPLICACIONES DEL EMBARAZO. SE CUBRE A LA ASEGURADA TITULAR, CÓNYUGE O CONCUBINA DEL ASEGURADO SIN PERIODO DE ESPERA, APLICANDO LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD, DEDUCIBLE Y COASEGURO QUE CONTRATADAS CONFORME A LO ESPECIFICADO EN ESTE DOCUMENTO Y DE ACUERDO AL TABULADOR DE HONORARIOS MÉDICOS Y QUIRÚRGICOS CONTRATADO. ÚNICAMENTE SE CUBRIRÁN LOS SIGUIENTES PADECIMIENTOS:
PRECLAMPSIA Y ECLAMPSIA
TOXEMIA GRAVÍDICA
PLACENTA PREVIA
FIEBRE PUERPERAL
EMBARAZO EXTRAUTERINO
EMBARAZO MOLAR
EXCLUSIONES Y LIMITACIONES DE LA COBERTURA DE MATERNIDAD
ESTA COBERTURA NO AMPARA:
CONTROL, VIGILANCIA Y ATENCIÓN PRENATAL, TAL COMO CONSULTAS DE CONTROL DEL EMBARAZO, ESTUDIOS DE LABORATORIO Y DE GABINETE, MEDICAMENTOS, COMPLEMENTOS VITAMÍNICOS, ENTRE OTROS.
AFECCIONES PROPIAS DEL EMBARAZO TALES COMO: AMENAZA DE ABORTO, ABORTO VOLUNTARIO, LEGRADO UTERINO, ASÍ COMO TODA COMPLICACIÓN DEL EMBARAZO Y DEL PUERPERIO QUE NO SEA PRECISAMENTE DE LAS CONSIGNADAS EN EL APARTADO RESPECTIVO.
CAPÍTULO 4. EXCLUSIONES
ESTA PÓLIZA NO CUBRE LOS GASTOS MÉDICOS INCURRIDOS Y POR TANTO LA ASEGURADORA NO SERÁ RESPONSABLE DEL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN SEÑALADA, CUANDO DICHOS GASTOS MÉDICOS SEAN CONSECUENCIA DIRECTA O INDIRECTA, TOTAL O PARCIALMENTE DE ALGUNA DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES:
ACCIDENTES O ENFERMEDADES QUE SE ORIGINEN POR PARTICIPAR EN:
SERVICIO MILITAR, ACTOS XX XXXXXX, REBELIÓN, TERRORISMO, INSURRECCIÓN O REVOLUCIÓN.
CARRERAS, PRUEBAS O CONTIENDAS DE VELOCIDAD, RESISTENCIA O SEGURIDAD, DE VEHÍCULOS DE CUALQUIER TIPO, YA SEA COMO PILOTO O ACOMPAÑANTE.
LA PRÁCTICA PROFESIONAL DE CUALQUIER DEPORTE.
GASTOS INCURRIDOS A CONSECUENCIA DE:
SE EXCLUYEN PADECIMIENTOS CONGÉNITOS O PREMATUREZ, ORIGINADOS POR ALCOHOLISMO, O DROGADICCIÓN O TRATAMIENTOS DE INFERTILIDAD Y/O ESTERILIDAD DE LOS PADRES DEL MENOR ASEGURADO.
TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO DE LESIONES PIGMENTARIAS DE LA PIEL CONOCIDOS COMO LUNARES O NEVUS.
CIRUGÍA PLÁSTICA O ESTÉTICA DE CUALQUIER TIPO.
TRATAMIENTOS DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO, CALVICIE, OBESIDAD, ESTERILIDAD, INFERTILIDAD O REDUCCIÓN DE PESO Y SUS COMPLICACIONES.
TRATAMIENTOS PSIQUIÁTRICOS O PSICOLÓGICOS QUE REQUIERA EL ASEGURADO POR TRASTORNOS DE ENAJENACIÓN MENTAL, ESTADO DE DEPRESIÓN PSÍQUICA O NERVIOSA, HISTERIA, NEUROSIS, O PSICOSIS, CUALQUIERA QUE FUESEN SUS MANIFESTACIONES CLÍNICAS, ASÍ COMO LOS TRATAMIENTOS PARA CORREGIR TRASTORNOS DE LA CONDUCTA, APRENDIZAJE, Y TERAPIAS DE LENGUAJE, CON EXCEPCIÓN DE LOS NECESARIOS POR ASALTO, VIOLACIÓN O SIMILAR.
PADECIMIENTOS QUE RESULTEN DEL ALCOHOLISMO O TOXICOMANÍAS DEL ASEGURADO Y QUE LO AFECTEN DIRECTAMENTE.
ADQUISICIÓN DE APARATOS AUDITIVOS, LENTES INTRAOCULARES, ANILLOS INTRACORNEALES, LENTES DE CONTACTO Y ANTEOJOS, SALVO LO ESPECÍFICAMENTE CUBIERTO.
ACNÉ, EN CUALQUIERA DE SUS CLASIFICACIONES
TRATAMIENTOS DENTALES, ALVEOLARES, GINGIVALES, MAXILO FACIALES Y SUS COMPLICACIONES, CUALQUIERA QUE SEA SU NATURALEZA U ORIGEN, EXCEPTO AQUELLOS QUE SEAN REQUERIDOS A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE CUBIERTO O QUE ESTÉN INCLUIDOS EN LA COBERTURA ESPECÍFICA.
GIGANTOMASTIA Y SUS COMPLICACIONES DIRECTAS.
INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS O TRATAMIENTOS PARA CONTROL DE LA NATALIDAD Y TRATAMIENTOS DE FERTILIZACIÓN.
CURAS DE REPOSO O DESCANSO, EXÁMENES MÉDICOS GENERALES PARA LA COMPROBACIÓN DEL ESTADO DE SALUD CONOCIDOS COMO CHECK-UP. TAMPOCO SE ACEPTARÁN TRATAMIENTOS PREVENTIVOS O EN VÍAS DE EXPERIMENTACIÓN.
LOS HONORARIOS Y CUALQUIER TIPO DE TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO REALIZADO POR PERSONAL SIN CEDULA PROFESIONAL O TRATAMIENTOS NO RECONOCIDOS POR LA CIENCIA MÉDICA.
GASTOS DERIVADOS A CONSECUENCIA DE LESIONES O ALTERACIONES ORIGINADAS POR INTENTO DE SUICIDIO DEL ASEGURADO, ASÍ COMO LESIONES AUTOINFLINGIDAS O MUTILACIONES VOLUNTARIAS QUE REALICE EL ASEGURADO, AUN CUANDO ESTAS SE COMENTAN EN ESTADO DE ENAJENACIÓN MENTAL.
LESIONES QUE OCURRAN EN RIÑA CON PROVOCACIÓN POR PARTE DEL ASEGURADO O POR ACTOS DELICTUOSOS INTENCIONALES EN QUE PARTICIPE DIRECTAMENTE EL ASEGURADO, O ESTANDO BAJO INFLUENCIA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS O DE ALGÚN ENERVANTE, ESTIMULANTE O SIMILAR QUE NO HAYA SIDO PRESCRITO POR UN MÉDICO.
CUALQUIER COMPLICACIÓN DERIVADA O QUE PUEDA SURGIR DURANTE O DESPUÉS DEL TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO DE LOS PADECIMIENTOS, LESIONES, AFECCIONES O INTERVENCIONES EXPRESAMENTE EXCLUIDAS EN ESTA PÓLIZA, SALVO LAS SEÑALADAS EN LA CLAUSULA 2. 15 EMERGENCIA DE GASTOS MÉDICOS MAYORES NO CUBIERTOS.
GASTOS REALIZADOS POR ACOMPAÑANTES DEL ASEGURADO DURANTE LA ESTANCIA DE ÉSTE EN SANATORIO U HOSPITAL, TALES COMO HABITACIÓN, ALIMENTOS EXTRAS O SERVICIOS ADICIONALES, EXCEPTO LA CAMA EXTRA.
PADECIMIENTOS DERIVADOS DE RADIACIONES ATÓMICAS O NUCLEARES, NO PRESCRITAS POR UN MÉDICO.
PRUEBAS PARA DIAGNOSTICO DEL SIDA.
REPOSICIÓN DE APARATOS ORTOPÉDICOS Y PRÓTESIS QUE EL ASEGURADO YA USABA ANTES DE LA FECHA DE VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA.
TRATAMIENTO DE CIRUGÍA PARA OPTAR UN CAMBIO DE SEXO, O PARA MEJORAR O RESTAURAR LA FUNCIÓN SEXUAL NI CUALQUIERA DE SUS COMPLICACIONES.
CARGOS EN CONEXIÓN DE LOS GASTOS DEL SÍNDROME CEREBRAL O CARGOS CUSTORIALES RESULTANDO EN CASOS DE SENILIDAD O DETERIORO CEREBRAL.
COMPRA O RENTA DE ZAPATOS ORTOPÉDICOS AUNQUE SEAN MÉDICAMENTE NECESARIOS.
CAPÍTULO 5. PAGO DE RECLAMACIONES
LAS OBLIGACIONES QUE ASUME LA ASEGURADORA CONFORME A ESTE CONTRATO, SUS CLÁUSULAS, COBERTURAS Y BENEFICIOS CONTENIDOS EN ESTA PÓLIZA, SE HARÁN EFECTIVAS DE ACUERDO CON LO SIGUIENTE:
SISTEMA DE PAGO DIRECTO.- POR ESTE SISTEMA LA ASEGURADORA LIQUIDARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR DE SERVICIOS MÉDICOS LOS GASTOS QUE PROCEDAN POR MOTIVO DE EVENTO CUBIERTO POR LA PÓLIZA, SIEMPRE QUE SE ATIENDA EL ASEGURADO CON HOSPITAL Y MEDICO DE CONVENIO. PARA EFECTOS DE ESTE SISTEMA SE REQUIERE DE LA AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR ESCRITO CORRESPONDIENTE O SER ATENDIDO POR LA RED DE PROVEEDORES DE LA ASEGURADORA. EL PAGO DIRECTO PROCEDERÁ UNA VEZ QUE EL ASEGURADO Y SU MÉDICO TRATANTE HAYAN DECIDIDO LA NECESIDAD DE UN INTERNAMIENTO HOSPITALARIO AMBULATORIO O NO AMBULATORIO, ESTUDIOS AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO Y/O LOS SERVICIOS DE TRASPLANTES, PARA LO CUAL DEBERÁN TRAMITAR LA AUTORIZACIÓN CON ANTICIPACIÓN.
SI PROCEDE LA PETICIÓN DEL ASEGURADO, LA ASEGURADORA PROPORCIONARÁ LA ORDEN DE INTERNAMIENTO AL MENOS CUARENTA Y OCHO (48) HORAS ANTES DEL INGRESO PROGRAMADO O LA ORDEN DE ESTUDIOS, VEINTICUATRO (24) HORAS ANTES DEL PROCEDIMIENTOS O SERVICIO AUXILIAR DE DIAGNÓSTICO, EN LA QUE SE INDICARÁN, LOS MONTOS POR DEDUCIBLE Y COASEGURO (SI ES QUE APLICAN) QUE DEBERÁ CUBRIR AL HOSPITAL, LABORATORIO O GABINETE, ASÍ COMO EL NOMBRE Y LA DIRECCIÓN DEL LUGAR AL QUE DEBA ACUDIR EL ASEGURADO PARA QUE LE PRACTIQUEN LOS ESTUDIOS QUE SOLICITA.
EN CASO DE QUE NO SE HA SEGUIDO EL PROCEDIMIENTO ANTERIOR POR CUALQUIER MOTIVO, SE TENDRÁ QUE PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN POR EL SISTEMA DE REMBOLSO.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE HOSPITALIZACIÓN NO PROGRAMADA CUANDO LA ESTANCIA DEL ASEGURADO EN EL HOSPITAL SEA MAYOR A VEINTICUATRO (24) HORAS, LA ASEGURADORA RECIBIRÁ EL AVISO POR PARTE DEL HOSPITAL O DE UN FAMILIAR DEL ASEGURADO A TRAVÉS DEL CAT, UNA VEZ QUE EL ASEGURADO SE ENCUENTRE HOSPITALIZADO. EL ASEGURADO TITULAR DEBERÁ LLEVAR A CABO EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO:
AL LLEGAR AL HOSPITAL, ACUDIR AL DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN E IDENTIFICARSE CON SU TARJETA DE IDENTIFICACIÓN VIGENTE DE ASEGURADO DE GASTOS MÉDICOS DE LA ASEGURADORA, ADEMÁS DE UNA CREDENCIAL CON FOTOGRAFÍA.
VERIFICAR QUE EL DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN HAYA REPORTADO EL INGRESO A LA ASEGURADORA PARA QUE ÉSTE LO PONGA EN CONTACTO AL ASEGURADO CON EL MÉDICO COORDINADOR DE LA PLAZA.
SI PROCEDE EL INTERNAMIENTO DEL ASEGURADO, LA ASEGURADORA ENTREGARÁ LA ORDEN DE AUTORIZACIÓN DE INTERNAMIENTO AL HOSPITAL EN UN PLAZO MÁXIMO DE VEINTICUATRO (24) HORAS, YA SEA VÍA FAX O BIEN A TRAVÉS DE LA VISITA DEL MÉDICO COORDINADOR DE LA PLAZA. EN AQUELLAS OCASIONES DONDE EXISTAN EVIDENCIAS DE QUE EL ASEGURADO PARTICIPÓ EN UN ACTO DELICTIVO, SE TRAMITARÁ ÚNICAMENTE POR EL SISTEMA DE PAGO POR REMBOLSO.
SISTEMA DE PAGO POR REEMBOLSO.- EN CASO DE NO HABER APLICADO EL PAGO DIRECTO, LA ASEGURADORA REINTEGRARÁ AL ASEGURADO TITULAR, LOS GASTOS QUE PROCEDAN, DESCONTANDO DEDUCIBLE Y COASEGURO, PARA LO CUAL EL ASEGURADO ENVIARA LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
FORMATO AVISO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD DEBIDAMENTE LLENADO Y FIRMADO POR EL ASEGURADO TITULAR O SU REPRESENTANTE.
INFORME MÉDICO E HISTORIA CLÍNICA LLENADOS POR EL (LOS) MÉDICO(S) TRATANTE(S).
ESTUDIOS DE LABORATORIO Y/O GABINETE QUE LE FUERON PRACTICADOS, CADA UNO DE ELLOS INCLUYENDO SU INTERPRETACIÓN O DIAGNÓSTICO, ASÍ COMO LA SOLICITUD DEL MÉDICO TRATANTE.
COMPROBANTES Y FACTURAS DE LOS GASTOS MÉDICOS INCURRIDOS CON CARACTERÍSTICAS FISCALES Y A NOMBRE DEL ASEGURADO TITULAR, TALES COMO; FACTURAS DE HOSPITALIZACIÓN CON SU DESGLOSE, MEDICAMENTOS DESGLOSADOS CON SU RECETA. TODOS LOS COMPROBANTES DEBERÁN SER ORIGINALES Y CUMPLIR CON LOS REGISTROS FISCALES VIGENTES
SI EN CASO DE ACCIDENTE INTERVINIERON AUTORIDADES LEGALES, SE DEBEN PRESENTAR COPIAS CERTIFICADAS DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DOCUMENTACIÓN CONSISTE EN;
CREDENCIAL DE IDENTIFICACIÓN
COMPROBANTE DE DOMICILIO CON NO MÁS DE 3 MESES DE ANTIGÜEDAD.
FORMATO REQUISITADO EN TODOS SUS DATOS
CARTA DE CONOCIMIENTO DE LA CUENTA BANCARIA DEL ASEGURADO O ÚLTIMO ESTADO DE CUENTA BANCARIO.
PAGO DE INDEMNIZACIONES. EL PAGO PROCEDENTE SE DETERMINARÁ DE LA SIGUIENTE MANERA:
SE SUMARÁN TODOS LOS GASTOS MÉDICOS CUBIERTOS, AJUSTÁNDOLOS A LOS LÍMITES ESTABLECIDOS EN LA PÓLIZA, CONDICIONES GENERALES Y/O ENDOSOS ESPECÍFICOS;
A LA CANTIDAD RESULTANTE SE LE DESCONTARÁ PRIMERO EL DEDUCIBLE, Y A LA DIFERENCIA ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS PROCEDENTES MENOS EL DEDUCIBLE, SE LE APLICARÁ EL PORCENTAJE ESTIPULADO POR CONCEPTO DE COASEGURO, CANTIDADES QUE QUEDAN A CUENTA DEL ASEGURADO, DE ACUERDO A LOS IMPORTES Y PORCENTAJES ESTABLECIDOS EN ESTAS CONDICIONES PARTICULARES.
SI LOS GASTOS SON ORIGINADOS POR UN ACCIDENTE CUBIERTO, NO SE APLICARÁ DEDUCIBLE NI COASEGURO. PARA SER CATALOGADO COMO ACCIDENTE, LOS PRIMEROS GASTOS MÉDICOS SE DEBEN REALIZAR DENTRO DE LOS NOVENTA (90) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DEL ACCIDENTE. TRANSCURRIDO ESTE PERIODO SE CONSIDERARÁ COMO ENFERMEDAD.
EL DEDUCIBLE SE APLICARÁ UNA SOLA VEZ PARA CADA EVENTO CUBIERTO.
LOS GASTOS EROGADOS POR EVENTOS PROCEDENTES OCURRIDOS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, SE REMBOLSARÁN HASTA EL AGOTAMIENTO DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CONTRATADA.
LAS INDEMNIZACIONES QUE RESULTEN CONFORME AL PRESENTE CONTRATO, SERÁN LIQUIDADAS AL ASEGURADO EN EL CURSO DE LOS TREINTA (30) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE RECIBA LA ASEGURADORA TODAS LAS PRUEBAS DE LOS DERECHOS DEL RECLAMANTE Y DE LOS HECHOS QUE HAGAN PROCEDENTE LA APLICACIÓN DE LOS BENEFICIOS CONTRATADOS.
CUANDO EN UNA MISMA SESIÓN QUIRÚRGICA SE PRACTIQUEN AL ASEGURADO DOS O MÁS OPERACIONES EN UNA MISMA REGIÓN ANATÓMICA, LA ASEGURADORA ÚNICAMENTE PAGARÁ EL IMPORTE DE LA MAYOR. SI EL CIRUJANO EFECTÚA OTRA INTERVENCIÓN DIFERENTE A LA PRINCIPAL EN UNA REGIÓN ANATÓMICA DISTINTA EN UNA MISMA SESIÓN QUIRÚRGICA, LOS HONORARIOS DE LA SEGUNDA INTERVENCIÓN SE PAGARÁN AL 50% DE LO ESTIPULADO EN LA TABLA DE HONORARIOS QUIRÚRGICOS. CUALQUIER OTRA INTERVENCIÓN ADICIONAL NO QUEDARÁ CUBIERTA.
LA ASEGURADORA NO HARÁ NINGÚN PAGO A ESTABLECIMIENTOS XX XXXXXXX, BENEFICENCIA O ASISTENCIA SOCIAL O CUALESQUIERA OTROS SEMEJANTES EN DONDE NO SE EXIGE REMUNERACIÓN.
APLICACIÓN DE DEDUCIBLE Y COASEGURO.- EN TODA RECLAMACIÓN INICIAL QUE SE REALICE POR EL SISTEMA DE REMBOLSO, DE TODOS O DE UNA PARTE DE LOS GASTOS EROGADOS POR EL ASEGURADO A CONSECUENCIA DE UNA ENFERMEDAD CUBIERTA, EL ASEGURADO TENDRÁ COMO OBLIGACIÓN EL PAGO DEL DEDUCIBLE Y DEL COASEGURO SOBRE LOS GASTOS PROCEDENTES EROGADOS POR ÉL. EL DEDUCIBLE Y EL COASEGURO CONTRATADOS, SE ESPECIFICAN EN LAS PRESENTES CONDICIONES PARTICULARES.
CUANDO LOS GASTOS EROGADOS POR EL ASEGURADO XXXX A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE CUBIERTO, SE ELIMINARÁ EL PAGO DEL DEDUCIBLE Y DEL COASEGURO, SIEMPRE QUE LA ATENCIÓN MÉDICA SE REALICE DENTRO DE LOS PRIMEROS NOVENTA DÍAS DE OCURRIDO EL MISMO.
CUANDO EL ASEGURADO SE ATIENDA CON UN HOSPITAL Y MEDICO DE CONVENIO MEDIANTE PAGO DIRECTO, HABIENDO TRAMITADO SU AUTORIZACIÓN CON LA ASEGURADORA CONFORME A LO INDICADO EN LA PÓLIZA, SE ELIMINA EL PAGO DEL DEDUCIBLE Y COASEGURO CONTRATADO, QUEDANDO A SU CARGO LOS GASTOS PERSONALES Y LOS NO CUBIERTOS POR LA MISMA. EN CASO DE QUE EL MÉDICO TRATANTE NO SEA DE CONVENIO, PERO ACEPTE AJUSTARSE A LOS TABULADORES DE LA ASEGURADORA, SE APLICARA EL DEDUCIBLE Y COASEGURO COMO SI FUERA MEDICO DE CONVENIO.
CAPÍTULO 6. DEFINICIONES
ACCIDENTE. TODA LESIÓN CORPORAL QUE REQUIERA ATENCIÓN MÉDICA SUFRIDA INVOLUNTARIAMENTE POR EL ASEGURADO, CAUSADA DIRECTAMENTE POR HECHOS EXTERNOS, VIOLENTOS, FORTUITOS E IMPREVISTOS O POR ACTOS NO INTENCIONALES QUE OCURRAN MIENTRAS SE ENCUENTRE EN VIGOR LA COBERTURA A SU FAVOR, Y QUE NO SEA A CONSECUENCIA DE ACCIDENTES O ENFERMEDADES OCURRIDOS CON ANTERIORIDAD. TODAS LAS LESIONES CORPORALES SUFRIDAS POR UNA PERSONA EN UN MISMO ACCIDENTE SE CONSIDERARÁN COMO UN SOLO EVENTO.
ANTIGÜEDAD GENERADA. ES EL TIEMPO QUE EL ASEGURADO HA MANTENIDO EN FORMA CONTINUA E ININTERRUMPIDA LA COBERTURA EN LA PÓLIZA DE SEGURO DEL CONTRATANTE.
ANTIGÜEDAD RECONOCIDA. ES LA FECHA DESDE LA CUAL EL ASEGURADO HA MANTENIDO EN FORMA CONTINUA E ININTERRUMPIDA UNA COBERTURA SEMEJANTE A LA CONTRATADA CON UNA O MÁS INSTITUCIONES ASEGURADORAS.
ASEGURADO. ES LA PERSONA EXPUESTA A CUALQUIER ENFERMEDAD O ACCIDENTE CUBIERTO POR ESTA PÓLIZA Y QUE TIENE DERECHO A LOS BENEFICIOS DE LA MISMA.
ASEGURADO TITULAR. ES LA PERSONA QUE, SIENDO DIRECTAMENTE MIEMBRO DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, ES EL RESPONSABLE EN EL CONSENTIMIENTO.
ASEGURADORA, QUIEN OTORGA LAS COBERTURAS CONTRATADAS Y QUE SERÁ LA RESPONSABLE DEL PAGO DE LOS BENEFICIOS ESTIPULADOS EN LA PÓLIZA.
ATENCIÓN MÉDICA. CONJUNTO DE SERVICIOS QUE TIENEN POR OBJETO RESTAURAR LA SALUD DEL ASEGURADO COMO CONSECUENCIA DE ACCIDENTES O ENFERMEDADES Y CUYO COSTO ES CUBIERTO HASTA POR EL MONTO SEÑALADO POR CONCEPTO DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD ESPECIFICADA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA.
BENEFICIO. ES LA INDEMNIZACIÓN A LA QUE TIENE DERECHO EL ASEGURADO O BENEFICIARIO, EN CASO DE SER PROCEDENTE LA RECLAMACIÓN DEL SINIESTRO DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN LA PRESENTE PÓLIZA.
BENEFICIARIO. ES LA PERSONA O LAS PERSONAS DESIGNADAS EN LA PÓLIZA, COMO TITULAR DEL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN QUE EN ELLA SE ESTABLECE.
CAT. ES EL CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA PARA LOS ASEGURADOS DE LA ASEGURADORA.
COASEGURO. PORCENTAJE ESTABLECIDO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA COMO PARTICIPACIÓN DEL ASEGURADO QUE SE APLICARÁ A LOS GASTOS CUBIERTOS EN EXCESO DEL DEDUCIBLE Y SERÁ APLICADO POR EVENTO Y EN CADA RECLAMACIÓN PROCEDENTE.
CONTRATANTE. ES LA PERSONA MORAL QUE SUSCRIBE CON LA ASEGURADORA UNA PÓLIZA DE SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES, Y ES RESPONSABLE ANTE LA ASEGURADORA DE PAGAR LA PRIMA CORRESPONDIENTE
DEDUCIBLE. CANTIDAD FIJA ESTABLECIDA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA CON LA CUAL PARTICIPA EL ASEGURADO POR CADA EVENTO PROCEDENTE.
DEPENDIENTES. SERÁN CONSIDERADAS COMO TALES AL CÓNYUGE O CONCUBINA O CONCUBINARIO O PAREJA DEL MISMO SEXO, ASÍ COMO A SUS HIJOS MENORES DE 25 AÑOS SALVO QUE TENGAN UNA DISCAPACIDAD QUE LOS HAGA DEPENDIENTES DEL ASEGURADO.
DONANTE. PERSONA QUE SE SOMETE A UNA OPERACIÓN QUIRÚRGICA CON EL PROPÓSITO XX XXXXX EN FORMA LEGAL, ÓRGANO(S) DE SU CUERPO DURANTE UNA CIRUGÍA DE TRASPLANTE.
ELECTIVO. EN RELACIÓN CON UN PROCEDIMIENTO O TRASPLANTE CUALQUIER TRATAMIENTO, SERVICIO, PROCEDIMIENTO O CIRUGÍA LOS CUÁLES SE PUEDA, POR PARTE DEL ASEGURADO Y JUNTO CON SU MÉDICO TRATANTE, ELEGIR O SELECCIONAR LA FECHA EN QUE SE REALIZARÁ DICHO TRATAMIENTO.
EMERGENCIA MÉDICA. SE ENTENDERÁ POR EMERGENCIA MÉDICA AQUEL TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO AL QUE SE DEBE SOMETER EL ASEGURADO POR SUFRIR EN FORMA SÚBITA Y AGUDA UNA ALTERACIÓN ÓRGANO-FUNCIONAL QUE PONGA EN PELIGRO SU VIDA, SU INTEGRIDAD PERSONAL O LA VIABILIDAD DE ALGUNO DE LOS ÓRGANOS COMO RESULTADO DE ALGÚN ACCIDENTE O ENFERMEDAD.
EMERGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO. CUALQUIER ALTERACIÓN DE LA SALUD DEL ASEGURADO, QUE SUCEDA, SE ORIGINE O SE MANIFIESTE POR PRIMERA VEZ DESPUÉS DE LA FECHA DE SALIDA EN VIAJE, A TRAVÉS DE SÍNTOMAS AGUDOS DE TAL SEVERIDAD QUE REQUIERAN ATENCIÓN MÉDICA DE INMEDIATO Y QUE PONGA EN PELIGRO SU VIDA O SU INTEGRIDAD CORPORAL.
ENDOSO. ES EL ACUERDO ESTABLECIDO POR LAS PARTES EN UN CONTRATO DE SEGURO CUYAS CLÁUSULAS MODIFICAN, ACLARAN O DEJAN SIN EFECTO PARTE DEL CONTENIDO DE LAS CONDICIONES GENERALES O PARTICULARES DE LA PÓLIZA.
ENFERMEDAD. ES LA ALTERACIÓN EN LA SALUD DEL ASEGURADO, DIAGNOSTICADA POR UN MÉDICO PROFESIONISTA INDEPENDIENTE LEGALMENTE AUTORIZADO, YA SEA EN EL FUNCIONAMIENTO DE UN ÓRGANO O PARTE DEL CUERPO Y QUE PROVENGA DE ALTERACIONES PATOLÓGICAS COMPROBABLES. LAS ALTERACIONES O ENFERMEDADES QUE SE PRODUZCAN COMO CONSECUENCIA INMEDIATA O DIRECTA DEL TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO QUE SE REQUIERA, ASÍ COMO SUS RECURRENCIAS O RECAÍDAS, COMPLICACIONES Y SECUELAS, SE CONSIDERARÁN COMO UN MISMO EVENTO.
ENFERMEDAD CONGÉNITA. ALTERACIÓN DEL ESTADO DE LA SALUD FISIOLÓGICO Y/O MORFOLÓGICO EN ALGUNA PARTE, ÓRGANO O SISTEMA DEL CUERPO QUE TUVO SU ORIGEN DURANTE EL PERÍODO DE GESTACIÓN, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE ÉSTA SEA EVIDENTE AL MOMENTO DEL NACIMIENTO O SE MANIFIESTE CON POSTERIORIDAD. LAS ALTERACIONES O ENFERMEDADES QUE SE PRODUZCAN COMO CONSECUENCIA INMEDIATA O DIRECTA DEL TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO QUE SE REQUIERA, ASÍ COMO SUS RECURRENCIAS O RECAÍDAS, COMPLICACIONES Y SECUELAS, SE CONSIDERARÁN COMO UN MISMO EVENTO.
ENFERMERA. ES UN PROFESIONAL QUE HA TERMINADO LOS ESTUDIOS BÁSICOS DE ENFERMERÍA Y QUE ESTÁ CAPACITADA Y AUTORIZADA PARA BRINDAR LOS SERVICIOS DE ENFERMERÍA QUE EXIGEN EL FOMENTO DE LA SALUD, LA PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD Y LA PRESTACIÓN DE ASISTENCIA A LOS ENFERMOS.
EVENTO. SE CONSIDERA COMO UN SOLO EVENTO TODO TIPO DE AFECTACIÓN A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD, ASÍ COMO TODAS LAS LESIONES, COMPLICACIONES, ENFERMEDADES, RECAÍDAS, SECUELAS O AFECCIONES, DERIVADAS DIRECTA O INDIRECTAMENTE DEL ACONTECIMIENTO INICIAL.
EXCLUSIONES. SE REFIERE A TODO HECHO, SITUACIÓN O CONDICIÓN NO CUBIERTOS POR LA PÓLIZA, Y QUE SE ENCUENTRAN EXPRESAMENTE INDICADAS.
EXPERIMENTAL O DE INVESTIGACIÓN. EN RELACIÓN CON UN PROCEDIMIENTO O TRASPLANTE, UN PROCEDIMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO, TRATAMIENTO, EQUIPO, TECNOLOGÍA O MEDICAMENTO QUE: A) NO HA SIDO AMPLIAMENTE ACEPTADO COMO SEGURO, EFECTIVO Y APROPIADO PARA EL TRATAMIENTO DE UNA ENFERMEDAD O CONDICIÓN POR EL CONSENSO DE LAS ORGANIZACIONES PROFESIONALES QUE ESTÁN RECONOCIDAS POR LA COMUNIDAD MÉDICA INTERNACIONAL O POR AUTORIDADES SANITARIAS NACIONALES O EXTRANJERAS; B) SE ENCUENTRA BAJO ESTUDIO, INVESTIGACIÓN, PERÍODO DE PRUEBA, O EN CUALQUIER FASE DE UN EXPERIMENTO CLÍNICO (INCLUYENDO PROTOCOLOS DE INVESTIGACIÓN); C) CUYO USO HAYA SIDO RESTRINGIDO A ESTUDIOS CIENTÍFICOS O DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA; D) CUYA EFECTIVIDAD, VALOR O BENEFICIO TERAPÉUTICO, NO HA SIDO PROBADO EN UNA FORMA OBJETIVA. EL ASEGURADO PUEDE EN CUALQUIER MOMENTO PONERSE EN CONTACTO CON LA ASEGURADORA CON EL OBJETO DE DETERMINAR SI, EN RELACIÓN CON UN PROCEDIMIENTO O TRASPLANTE, DICHO PROCEDIMIENTO, TRATAMIENTO, EQUIPO, O MEDICAMENTO ES CONSIDERADO EXPERIMENTAL O INVESTIGACIÓN.
FECHA DE INICIO DE VIGENCIA. ES LA FECHA QUE APARECE SEÑALADA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA COMO FECHA EFECTIVA, A PARTIR DE LA CUAL COMIENZAN LOS BENEFICIOS DE LA PÓLIZA CONTRATADA.
GASTO USUAL Y ACOSTUMBRADO (GUA). ES EL COSTO USUAL, RAZONABLE Y ACOSTUMBRADO (USUAL, CUSTOMARY AND REASONABLE - UCR) CORRESPONDIENTE A TARIFAS Y HONORARIOS PROFESIONALES DEL TRATAMIENTO O INTERVENCIÓN QUE SE REALICE, DE ACUERDO AL TABULADOR DEL LUGAR DONDE RECIBIÓ LA ATENCIÓN MÉDICA.
GRUPO ASEGURABLE. SON AQUELLOS ASEGURADOS Y SUS DEPENDIENTES QUE SON ASEGURABLES MEDIANTE ESTA PÓLIZA.
HONORARIOS MÉDICOS. ES LA REMUNERACIÓN QUE OBTIENE EL PROFESIONISTA MÉDICO LEGALMENTE RECONOCIDO POR LOS SERVICIOS PROFESIONALES QUE PRESTA A LOS ASEGURADOS, PREVIA EXPEDICIÓN DEL RECIBO O FACTURA CORRESPONDIENTE CON REQUISITOS FISCALES.
HOSPITAL. SE ENTENDERÁ POR HOSPITAL AQUELLA INSTITUCIÓN QUE OPERA EN MÉXICO, APROBADA POR LAS LEYES MEXICANAS PARA BRINDAR SERVICIOS RELACIONADOS AL CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE LA SALUD.
HOSPITALIZACIÓN. PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA, ES LA ESTANCIA CONTINUA EN UN HOSPITAL O SANATORIO, SIEMPRE Y CUANDO SE HAYA COMPROBADO Y JUSTIFICADO PARA EL PADECIMIENTO; DICHO PERÍODO EMPEZARÁ A CORRER EN EL MOMENTO EN QUE EL ASEGURADO INGRESE COMO PACIENTE INTERNO.
MÉDICO. PERSONA TITULADA Y LEGALMENTE AUTORIZADA MEDIANTE CÉDULA PROFESIONAL VIGENTE PARA EJERCER LA MEDICINA, PUDIENDO SER MÉDICO GENERAL O MÉDICO ESPECIALISTA.
PADECIMIENTOS PREXISTENTES. SE ENTENDERÁ POR PADECIMIENTOS PREXISTENTES AQUELLOS QUE PRESENTEN UNA O VARIAS DE LAS CARACTERÍSTICAS SIGUIENTES:
QUE HAYA SIDO DECLARADO ANTES DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, Y/O;
QUE EN UN EXPEDIENTE MÉDICO SE DETERMINE SU EXISTENCIA CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, Y/O;
QUE HAYA SIDO DIAGNOSTICADO CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, MEDIANTE PRUEBAS DE LABORATORIO, GABINETE O CUALQUIER OTRO MEDIO RECONOCIDO DE DIAGNÓSTICO, Y/O;
QUE PREVIAMENTE A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, SE HAYAN REALIZADO GASTOS COMPROBABLES DOCUMENTALMENTE PARA RECIBIR UN DIAGNÓSTICO O TRATAMIENTO MÉDICO.
PAGO DIRECTO. SERVICIO EN BENEFICIO DEL ASEGURADO, MEDIANTE EL CUAL LA ASEGURADORA LIQUIDA DIRECTAMENTE AL PRESTADOR DE SERVICIOS MÉDICOS LOS GASTOS EN QUE INCURRA EL ASEGURADO POR MOTIVO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD Y QUE ESTÉN CUBIERTOS POR ESTE CONTRATO.
PERÍODO XX XXXXXX. ES AQUEL INTERVALO DE TIEMPO DURANTE EL CUAL QUEDAN SUSPENDIDOS LOS BENEFICIOS DE PAGO DIRECTO QUE SE DERIVEN DE ESTA PÓLIZA, SIN QUE ELLO IMPLIQUE LA PÉRDIDA DE CONTINUIDAD EN LA COBERTURA. SE GENERA POR FALTA DE PAGO XX XXXXXX O POR NO HABER SOLICITADO LA RENOVACIÓN DE LA PÓLIZA.
PERÍODO AL DESCUBIERTO. ES AQUEL INTERVALO DE TIEMPO DURANTE EL CUAL QUEDAN CANCELADOS TODOS LOS BENEFICIOS DE ESTA PÓLIZA, PRODUCIENDO CON ELLO LA PÉRDIDA DE LA ANTIGÜEDAD (GENERADA Y/O RECONOCIDA), PROVOCANDO DISCONTINUIDAD EN LA COBERTURA.
PERÍODO DE ESPERA. ES EL TIEMPO MÍNIMO NECESARIO QUE DEBE TRANSCURRIR ININTERRUMPIDAMENTE PARA CADA ASEGURADO DESDE LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE LA COBERTURA DE LA PÓLIZA CON LA ASEGURADORA, A FIN DE QUE DETERMINADOS PADECIMIENTOS PUEDAN SER CUBIERTOS, TAL COMO SE DESCRIBEN EN LOS APARTADOS CORRESPONDIENTES.
PÓLIZA Y/O CONTRATO. ES EL DOCUMENTO QUE FUNGE COMO CONTRATO DE SEGURO Y LO FORMAN LAS CONDICIONES GENERALES, LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, LA SOLICITUD DE SEGURO, LOS CERTIFICADOS INDIVIDUALES, LOS CONSENTIMIENTOS, ENDOSOS Y LAS CLÁUSULAS ADICIONALES QUE SE AGREGUEN, LOS CUALES CONSTITUYEN PRUEBA DEL CONTRATO DE SEGURO CELEBRADO ENTRE EL CONTRATANTE Y LA ASEGURADORA, DONDE SE ESTABLECEN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SEGURO CONTRATADO.
PRIMA. ES EL VALOR DETERMINADO POR LA ASEGURADORA, QUE EL CONTRATANTE DEBERÁ PAGAR COMO CONTRAPRESTACIÓN POR LAS COBERTURAS DE SEGURO CONTRATADAS.
PRÓTESIS. TODO APARATO QUE SUPLE O SUSTITUYE LA FUNCIÓN BIOLÓGICA O MECÁNICA EN FORMA PARCIAL O TOTAL DE ALGÚN ÓRGANO O EXTREMIDAD.
PROGRAMACIÓN DE CIRUGÍAS. PROCESO MEDIANTE EL CUAL LA ASEGURADORA CONFIRMA EL PAGO DIRECTO, PREVIO A LA INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA Y/O TRATAMIENTO CON HOSPITALIZACIÓN O CIRUGÍA AMBULATORIA.
RECIÉN NACIDO PREMATURO. PRODUCTO DE LA CONCEPCIÓN DE VEINTIOCHO (28) SEMANAS A TREINTA Y SIETE (37) SEMANAS DE GESTACIÓN.
RED DE PROVEEDORES DE SERVICIOS MÉDICOS O RED DE PROVEEDORES PREFERENTES. CONJUNTO DE MÉDICOS, HOSPITALES Y PROVEEDORES DE SERVICIOS PARA LA SALUD QUE CUENTAN CON UN CONVENIO FIRMADO CON LA ASEGURADORA PARA LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS A LOS ASEGURADOS.
REMBOLSO. SISTEMA QUE CONSISTE EN QUE LOS GASTOS REALIZADOS A CONSECUENCIA DE ALGÚN ACCIDENTE O ENFERMEDAD CUBIERTOS POR ESTA PÓLIZA, SON LIQUIDADOS POR EL ASEGURADO DIRECTAMENTE AL PRESTADOR DE SERVICIOS, Y AQUELLOS QUE PROCEDAN SON POSTERIORMENTE REINTEGRADOS POR LA ASEGURADORA AL ASEGURADO.
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA. LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD SE REINSTALARÁ AUTOMÁTICAMENTE, PARA CADA ASEGURADO, PARA CUBRIR NUEVOS EVENTOS. EN NINGÚN CASO SE REINSTALARÁ LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DISMINUIDA O AGOTADA PARA UN MISMO EVENTO CUBIERTO POR ESTA PÓLIZA O POR OTRA ASEGURADORA.
SIDA. ES EL SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA, SE CONSIDERA QUE UNA PERSONA TIENE SIDA CUANDO EN UNA PRUEBA SEROLÓGICA DE ELISA EL VIH ES POSITIVO Y ESTO ES CONFIRMADO CON UNA PRUEBA SUPLEMENTARIA DE WESTERN BLOOD, Y QUE TENGA TAMBIÉN UN CONTEO DE CÉLULAS CD4 MENOR QUE 500/MM3.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD O BENEFICIO MÁXIMO. ES LA CANTIDAD MÁXIMA QUE LA ASEGURADORA PAGARÁ POR LOS GASTOS CUBIERTOS DE ACUERDO CON EL PLAN CONTRATADO A CADA ASEGURADO, POR LA ATENCIÓN DE CADA EVENTO DISTINTO E INDEPENDIENTE. LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD QUEDA FIJA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE EFECTÚE EL PRIMER GASTO CUBIERTO PARA ESE EVENTO.
TABULADOR DE HONORARIOS MÉDICOS Y QUIRÚRGICOS. RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS MÉDICOS Y QUIRÚRGICOS QUE DETERMINA EL MONTO MÁXIMO QUE PAGARÁ LA ASEGURADORA PARA CADA EVENTO CUBIERTO POR CONCEPTO DE HONORARIOS MÉDICOS Y/O QUIRÚRGICOS PARA DICHOS PROCEDIMIENTOS. ESTE ESTÁ RELACIONADO CON EL TIPO DE RED DE PROVEEDORES CONTRATADA.
TERRORISMO. LOS ACTOS DE UNA PERSONA O PERSONAS QUE POR SÍ MISMAS, O EN REPRESENTACIÓN DE ALGUIEN O EN CONEXIÓN CON CUALQUIER ORGANIZACIÓN, REALICEN ACTIVIDADES POR LA FUERZA, VIOLENCIA O POR LA UTILIZACIÓN DE CUALQUIER OTRO MEDIO CON FINES POLÍTICOS, RELIGIOSOS, IDEOLÓGICOS, ÉTNICOS O DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA, DESTINADOS A INFLUENCIAR O PRESIONAR AL GOBIERNO PARA QUE TOME UNA DETERMINACIÓN, O TRATAR DE MENOSCABAR LA AUTORIDAD DEL ESTADO; OCASIONANDO LESIONES O LA MUERTE DE UNA O VARIAS PERSONAS.
TRASPLANTE. ES EL PROCEDIMIENTO MÉDICAMENTE NECESARIO DURANTE EL CUAL: A) UNO O MÁS ÓRGANOS DE UN DONANTE (VIVO O FALLECIDO), ES TRANSFERIDO QUIRÚRGICAMENTE A UNA PERSONA DENOMINADA EL RECEPTOR. B) EL TEJIDO PROVENIENTE DEL DONANTE (VIVO O FALLECIDO); O DEL MISMO RECEPTOR, ES TRANSFERIDO QUIRÚRGICAMENTE AL RECEPTOR O A UN ÁREA CORPORAL DIFERENTE DEL MISMO RECEPTOR.
VIGENCIA. ES LA DURACIÓN DE LA PÓLIZA, LA CUAL ESTÁ ESTIPULADA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA.
CLÁUSULA DE PRELACIÓN.- LAS CONDICIONES ESPECIALES O PARTICULARES DE LA PRESENTE CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, ASÍ COMO LAS ACLARACIONES QUE RESULTARON DE LA JUNTA DE ACLARACIONES CORRESPONDIENTE, PREVALECERÁN A LAS CONDICIONES GENERALES DE LAS PÓLIZAS DEL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO, EN TODO LO QUE PUDIERAN OPONERSE, SIEMPRE Y CUANDO NO CONTRAVENGAN LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES TIENEN PRELACIÓN EN TODO MOMENTO SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA.
INDEMNIZACIÓN POR XXXX.-EN CASO DE QUE NO OBSTANTE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA INDEMNIZACIÓN, CAPITAL O RENTA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DEL SEGURO, EN VEZ DEL INTERÉS LEGAL APLICABLE, SE OBLIGA A PAGAR AL ASEGURADO, BENEFICIARIO, O TERCERO DAÑADO UNA INDEMNIZACIÓN POR XXXX CALCULADA, CONFORME AL ARTÍCULO 276 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZA, DURANTE EL LAPSO XX XXXX.
POLIZA 2.- SEGURO DE VIDA GRUPO
ANTECEDENTES
EL SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DE LA CONVOCANTE ES UNA PRESTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES EN SERVICIO ACTIVO O GOCEN DE LICENCIA MÉDICA O SE ENCUENTREN EN PERMISO SABÁTICO, ASÍ COMO AL PERSONAL JUBILADO OP ENSIONADO; LA CUAL CUBRE AL 100% DEL PERSONAL ELEGIBLE Y ES PAGADA EN SU TOTALIDAD POR LA CONVOCANTE, CONFORME A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SEÑALADAS EN EL PRESENTE ANEXO;
COLECTIVIDAD ASEGURADA
TODOS LOS EMPLEADOS QUE LABOREN EN LA CONVOCANTE, CUALQUIERA QUE SEA SU SEXO, EDAD U OCUPACIÓN Y SIN NECESIDAD DE EXAMEN MÉDICO, A PARTIR DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y, POSTERIORMENTE, DE LA FECHA DE INGRESO A LA ENTIDAD, YA SEA QUE ESTÉN ACTIVOS O GOCEN DE LICENCIAS MEDICAS.
SUMAS ASEGURADAS Y COBERTURAS
CONCEPTO |
PERSONAL ACTIVO O CON LICENCIAS MEDICAS |
PERSONAL JUBILADO O PENSIONADO |
FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA (INCLUYE SUCIDIO Y FALLECIMIENTOS POR ACTOS TERRORISTAS) |
40 MESES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA MENSUAL MAS LA COMPENSACIÓN GARANTIZADA PARA LOS TRABAJADORES DE MANDO Y ENLACE (EN CASO DE APLICAR) |
18 VECES EL IMPORTE DE SU PENSION MENSUAL |
INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE
|
40 MESES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA MENSUAL MAS LA COMPENSACIÓN GARANTIZADA PARA LOS TRABAJADORES DE MANDO (EN CASO DE APLICAR) |
EXCLUIDO |
SEGURO DE SEPARACION INDIVIDUALIZADA |
DE ACUERDO A LAS REGLAS DE OPERACIÓN Y APLICA SOLO PARA TRABAJADORES DE MANDO Y ENLACE |
EXCLUIDO |
EL PAGO DE LA SUMA ASEGURADA O LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO EXCLUYE EL DE LA INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE Y, EL DE ESTA ÚLTIMA AL PRIMERO.
CONDICIONES ESPECIALES PARA TODA LA PÓLIZA:
LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD SERÁ LIQUIDADA A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS EN LOS CONSENTIMIENTOS ESPECIALES QUE TIENE LA CONVOCANTE Y EN CASO DE NO CONTAR CON ESTE, SE RESPETARÁN LOS QUE TENGAN FIRMADOS CON ASEGURADORA ANTERIOR.
EN EL CASO DE QUE NO EXISTIERA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, LA OBLIGACIÓN DE LA ASEGURADORA PERSISTIRÁ CON LOS BENEFICIARIOS HASTA EN TANTO LA AUTORIDAD DETERMINE LA SUCESIÓN DEL ASEGURADO.
PARA EFECTOS DEL SINIESTRO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, SE CONSIDERARÁ COMO FECHA DEL SINIESTRO LA FECHA EN QUE SEÑALE EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE) EN LA CONSTANCIA DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA EN QUE SE ORIGINÓ EL HECHO QUE DIO CAUSA A LA MISMA. AL TRABAJADOR QUE LE EXPIDA SU CONSTANCIA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE) NO SE LE OPONDRÁ NINGUNA EXCLUSIÓN ADICIONAL A LAS SEÑALADAS EN EL PRESENTE ANEXO PARA EL PAGO, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS CAUSAS QUE ORIGINARON DICHA INCAPACIDAD, POR LO QUE EN ESTE ACTO, LA ASEGURADORA RENUNCIA A CUALQUIER EXCLUSIÓN QUE SE OPONGA AL PAGO DE ESTA COBERTURA.
LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DEBERÁ SER LA SOLICITADA A CADA PERSONA SIN QUE EXISTA RESTRICCIÓN EN ESE SENTIDO, POR LO QUE NO SE ACEPTARÁN EXÁMENES MÉDICOS A NINGÚN INTEGRANTE DEL GRUPO.
SE CONVIENE EN RECONOCER LA ANTIGÜEDAD GENERADA CON OTRA(S) ASEGURADORA(S) PARA LA PRESENTE COLECTIVIDAD.
LA PRESENTE PÓLIZA NO ESTARÁ SUJETA A RESTRICCIÓN ALGUNA, YA SEA EN ATENCIÓN A LA RESIDENCIA, A LA OCUPACIÓN, A LOS VIAJES Y EN GENERAL, AL GÉNERO DE VIDA DE LOS ASEGURADOS.
ADMINISTRACIÓN DE LA PÓLIZA:
LA PÓLIZA SERÁ AUTO-ADMINISTRADA, POR LO QUE LA CONVOCANTE NO REPORTARÁ ALTAS Y BAJAS DURANTE EL PERIODO DE VIGENCIA, COMPROMETIÉNDOSE LA ASEGURADORA A ASEGURAR A TODO EL PERSONAL EN ACTIVO. AL TÉRMINO DE LA VIGENCIA, SE EFECTUARÁ UN AJUSTE POR ALTAS Y BAJAS, UTILIZANDO LA SIGUIENTE FÓRMULA;
AN = CP X (SAF-SAI) X 0.5
DONDE:
AN = AJUSTE ANUAL
CP = CUOTA PROMEDIO DEL GRUPO
SAI = LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD GLOBAL INICIAL
SAF = LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD GLOBAL FINAL
SEPARACION DE LA COLECTIVIDAD
LOS ASEGURADOS QUE CAUSEN BAJA DE LA INSTITUCIÓN TENDRÁN DERECHO A ADQUIRIR SU SEGURO INDIVIDUAL, SÍ ASÍ LO SOLICITAN DENTRO DE LOS SIGUIENTES 30 DÍAS, SIN HACER EXAMEN MÉDICO Y CONSIDERANDO SU LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD BÁSICA, EN CUALQUIERA DE LOS PLANES INDIVIDUALES DE SEGURO EN QUE OPERE LA ASEGURADORA, CON EXCEPCIÓN DEL SEGURO TEMPORAL Y SIN INCLUIR EL BENEFICIO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE. LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD SERÁ IGUAL O MENOR A LA QUE SE ENCONTRABA EN VIGOR AL MOMENTO DE LA SEPARACIÓN.
PAGO DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD
AL OCURRIR EL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO, LA ASEGURADORA PAGARÁ A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS, EL MONTO DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD QUE CORRESPONDA DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A AQUÉL EN QUE SE ACREDITE LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO. PARA TAL EFECTO, EL O LOS BENEFICIARIOS DEBERÁN ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN SIGUIENTE:
SOLICITUD DE PAGO DEL O DE LOS BENEFICIARIOS
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA DEL ASEGURADO
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS ORIGINAL FIRMADA POR EL ASEGURADO
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL ASEGURADO
COMPROBANTE DE DOMICILIO DEL O DE LOS BENEFICIARIOS
COMPROBANTE DEL ÚLTIMO PAGO XX XXXXXX DEL ASEGURADO
CONSTANCIA DE BAJA DEL SERVICIO ACTIVO DEL ASEGURADO, EXPEDIDA POR LA CONVOCANTE
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA DEL O DE LOS BENEFICIARIOS
EN CASO DE MUERTE VIOLENTA, COPIA CERTIFICADA DE LAS ACTUACIONES DEL MINISTERIO PUBLICO.
SI EL (LOS) BENEFICIARIO(S) ES (SON) ASCENDIENTE(S) O DESCENDIENTE(S) EN LÍNEA RECTA DEL ASEGURADO, ENCONTRÁNDOSE EN EL SUPUESTO DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA MENCIONADO EN EL ARTÍCULO 167, FRACCIÓN XVI DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y DESEA EJERCER TAL DERECHO, SE REQUIERE PRESENTAR EN ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA LA DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA ACREDITAR DICHO SUPUESTO, TAL COMO; ACTAS DE NACIMIENTO, DE MATRIMONIO ACTUALIZADA, DE RECONOCIMIENTO, ADOPCIÓN O JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE ACREDITACIÓN DE CONCUBINATO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL
PARA EL PAGO DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE DEL ASEGURADO, SE DEBERÁ ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN SIGUIENTE:
SOLICITUD DE PAGO DEL ASEGURADO
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA DEL ASEGURADO
COMPROBANTE DE DOMICILIO DEL ASEGURADO
CONSTANCIA DEL DICTAMEN DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, EXPEDIDA POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE) COMPROBANTE DEL ÚLTIMO PAGO XX XXXXXX QUE HUBIERE PERCIBIDO EL ASEGURADO;
CONSTANCIA DE BAJA DEL SERVICIO ACTIVO DEL ASEGURADO, EXPEDIDA POR LA CONVOCANTE
ANTICIPO DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR GASTOS FUNERARIOS
EN CASO DE SOLICITARSE LA ASEGURADORA PAGARÁ POR UNA SOLA VEZ A LA(S) PERSONA(S) QUE TENGA(N) EL CARÁCTER DE BENEFICIARIO(S) DE ACUERDO A LA ÚLTIMA DESIGNACIÓN QUE FIRMARA EL ASEGURADO, HASTA LA CANTIDAD DE 30% COMO ANTICIPO A CUENTA DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CONTRATADA PARA LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO, DENTRO DE LAS VEINTICUATRO HORAS SIGUIENTES A LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN QUE SE CITA A CONTINUACIÓN:
SOLICITUD DE PAGO;
CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN O COPIA CERTIFICADA POR EL REGISTRO CIVIL DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL ASEGURADO
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA DEL (LOS) BENEFICIARIO(S) Y DEL ASEGURADO,
COPIA DEL ÚLTIMO TALÓN DE PAGO O CONSTANCIA DE PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES DEL ASEGURADO A LA FECHA DEL FALLECIMIENTO.
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS ORIGINAL FIRMADA POR EL ASEGURADO
LA DOCUMENTACIÓN MENCIONADA ANTERIORMENTE SERÁ INDEPENDIENTE A AQUÉLLA QUE SE REQUIERA PARA LA RECLAMACIÓN DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD TOTAL QUE CORRESPONDA.
EL PAGO DE ANTICIPO DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR GASTOS FUNERARIOS, SE OTORGARÁ POR UNA SOLA VEZ, SI SON VARIOS LOS BENEFICIARIOS QUE RECLAMAN EL PAGO DE ESTE ANTICIPO SE CUBRIRÁ, EN LA MISMA PROPORCIÓN EN QUE HUBIERE SIDO DETERMINADA EN LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS FORMULADA POR EL ASEGURADO A LA(S) PERSONA(S) QUE TENGA(N) EL CARÁCTER DE BENEFICIARIA(S). EL PAGO DE ANTICIPO EFECTUADO REDUCE PROPORCIONALMENTE EL DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR FALLECIMIENTO DE LA PÓLIZA Y CONSECUENTEMENTE, LA PARTE PROPORCIONAL QUE DE AQUÉLLA CORRESPONDIERE, A (I) (LOS) BENEFICIARIO(S) QUE RECLAME(N) EL PRESENTE BENEFICIO.
ACTUALIZACION DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD
AL MOMENTO DEL CAMBIO XX XXXXXX EL LICITANTE SE OBLIGA A INFORMAR A LA ASEGURADORA DICHA ACTUALIZACION CON LA FINALIDAD DE RESGUARDAR LOS INTERESES DE LOS ASEGURADOS.
POTENCIACIÓN DE SEGURO DE VIDA
SE CONVIENE DE MANERA EXPRESA, QUE LOS ASEGURADOS PODRÁN LIBREMENTE Y DE MANERA VOLUNTARIA, INCREMENTAR LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CONTRATADA POR LA CONVOCANTE, APLICANDO TANTO PARA LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO COMO PARA LA DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, CON UNA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE 34, 51 O 68 VECES SU PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA MENSUAL MÁS LA COMPENSACIÓN GARANTIZADA PARA LOS TRABAJADORES DE MANDO Y ENLACE (EN CASO DE APLICAR), SIENDO DESCONTADO DE SU SALARIO MEDIANTE EL DESCUENTO EN NOMINA QUE APLICARA LA CONVOCANTE DE ACUERDO A LAS TARIFAS QUE RESULTEN DE DICHO INCREMENTO, ENTREGANDO MENSUALMENTE AL LICITANTE ADJUDICADO MEDIANTE CHEQUE O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, JUNTO CON UNA RELACIÓN DE LOS DESCUENTOS EFECTUADOS PARA SU APLICACIÓN.
LA PRIMA QUE SE DESCONTARA AL ASEGURADO POR LA POTENCIACIÓN SERÁ CALCULADA EN FORMA ANUALIZADA Y SE DESCONTARA EN LA NOMINA DEL EMPLEADO EN FORMA MENSUAL, ENTERANDO A LA ASEGURADORA EN LA MISMA MANERA.
EL ASEGURADO PODRÁ POTENCIAR SU SEGURO DE VIDA A LA SUMA QUE CONVENGA LIBREMENTE CON LA ASEGURADORA, PARA LO CUAL TENDRÁ 30 DÍAS (TREINTA DÍAS) A PARTIR DEL INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA O DE SU INGRESO AL GRUPO ASEGURADO PARA EJERCER ESTE DERECHO.
SEGURO DE VIDA DE LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS
LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA CONVOCANTE TIENEN EL DERECHO A ACCEDER A UN SEGURO VOLUNTARIO DE VIDA, SIN BENEFICIOS ADICIONALES CON PRIMAS A CARGO DE CADA UNO DE ELLOS POR EL EQUIVALENTE AL 0.7% (CERO PUNTO SIETE POR CIENTO) DE LA PENSIÓN MENSUAL QUE PERCIBAN PARA NO AFECTAR SU ECONOMÍA FAMILIAR Y ADEMÁS GARANTIZAR QUE EN EL CASO DE FALLECIMIENTO SUS FAMILIARES DISPONGAN DE RECURSOS NECESARIOS PARA HACER FRENTE A LAS NECESIDADES ECONÓMICAS, CON UNA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD EQUIVALENTE A 18 (DIECIOCHO) VECES SU PENSIÓN MENSUAL A LA FECHA DE FALLECIMIENTO. EL RIESGO CUBIERTO EN ESTE SEGURO ES EXCLUSIVAMENTE EL FALLECIMIENTO.
LA COBERTURA DEL SEGURO CONTINUARA VIGENTE AUN CUANDO LOS PENSIONISTAS NO COBREN TRES MESES CONSECUTIVOS DE PENSIÓN PORQUE LE SEA SUSPENDIDA LA MISMA POR FALTA DEL PASE DE VIGENCIA DE DERECHOS ANTE EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, HECHO DEL CUAL EL MISMO INSTITUTO DARÁ AVISO A LA ASEGURADORA, INFORMANDO A PARTIR DE CUÁNDO INICIA LA SUSPENSIÓN DE LA PENSIÓN ASÍ COMO CUANDO ACTIVE NUEVAMENTE LA PENSIÓN DEL JUBILADO O PENSIONADO. EN ESTE CASO, SE EFECTUARA EL PAGO RETROACTIVO XX XXXXXX A LA ASEGURADORA, POR LO CUAL EN CASO DE PRESENTARSE UN SINIESTRO EN ESE LAPSO, LA ASEGURADORA DEBERÁ PAGARLO. EN CASO DE QUE EL PENSIONISTA REINGRESARA AL SERVICIO ACTIVO, LE SERÁ CANCELADO EL SEGURO DE VIDA DE JUBILADO.
LA ASEGURADORA ADJUDICADA DEBERÁ INSTRUMENTAR DENTRO DE LOS 30 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, LAS ACCIONES NECESARIAS PARA RECOPILAR DE LOS PENSIONISTAS ACTUALES LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, PARA ELLO, PODRÁ SOLICITAR EL APOYO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE) PARA QUE POR CONDUCTO DE SUS DELEGACIONES Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS SE REALICEN LAS ACCIONES DE DIFUSIÓN CORRESPONDIENTES PARA QUE LOS PENSIONISTAS CUMPLAN ANTE LA ASEGURADORA ESTE REQUISITO. EN LOS CASOS QUE SE PRESENTEN SINIESTROS DURANTE ESTOS 30 DÍAS EN QUE SE LEVANTARÁN LAS DESIGNACIONES DE BENEFICIARIOS, SE CONVIENE QUE SE PAGARÁ CON EL CONSENTIMIENTO ANTERIOR QUE SE TENGA FIRMADO POR PARTE DEL PENSIONADO CON LA ASEGURADORA ANTERIOR.
POTENCIACIÓN DEL SEGURO
EL JUBILADO O PENSIONADO PODRÁ POTENCIAR SU SEGURO (INCREMENTO DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD) DE ACUERDO CON LA EDAD DEL JUBILADO O PENSIONADO Y DE ACUERDO AL NÚMERO DE MESES DE SU PENSIÓN QUE DESEE ASEGURAR, SIENDO PAGADA LA PRIMA CON CARGO A SU PENSIÓN. LAS SUMAS ASEGURADAS PARA LA POTENCIACIÓN DE JUBILADOS SERÁN DE 22, 39, 56, 73 O 90 MESES DE ACUERDO AL MANUAL DE SUELDOS Y PRESTACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL.
PARA EFECTO DEL PAGO XX XXXXXX, EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE) RETENDRÁ LA PRIMA A LOS PENSIONISTAS, COMPROMETIÉNDOSE A LO SIGUIENTE;
RETENER DE LA NÓMINA DE LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS EL COSTO DE LA PRIMA DEL SEGURO VOLUNTARIO DE VIDA, EL CUAL SERÁ EL EQUIVALENTE AL 0.7% DE SU PENSIÓN, PARA ENTERARLO A MES VENCIDO A LA ASEGURADORA.
ENTREGAR A LA ASEGURADORA DE MANERA MENSUAL A TRAVÉS DE MEDIO MAGNÉTICO LA COLECTIVIDAD ASEGURADA DE PENSIONADOS Y JUBILADOS, EN DONDE SE ESTABLEZCAN COMO DATOS MÍNIMOS LOS SIGUIENTES: NOMBRE COMPLETO, RFC, MONTO MENSUAL DE SU PENSIÓN, MONTO CORRESPONDIENTE AL 0.7% DE SU PENSIÓN Y TIPO DE PENSIÓN.
EL INSTITUTO NO COBRARÁ NINGÚN COSTO DE ADMINISTRACIÓN, A CARGO DE LA ASEGURADORA POR EL DESCUENTO QUE REALIZARÁ DE LA NÓMINA DE SUS JUBILADOS Y PENSIONADOS.
LOS RECLAMOS DE LOS BENEFICIARIOS PARA EL PAGO DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD O SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN XX XXXXXX POR PARTE DE LOS PENSIONISTAS, QUE NO SEAN POR CAUSAS INHERENTES AL INSTITUTO SERÁN ATENDIDOS POR LA ASEGURADORA.
SEGURO DE SEPARACION INDIVIDUALIZADO
EL SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO ES UN SEGURO ADICIONAL DEL SEGURO DE VIDA, CONTRATADO POR EL CETI A FAVOR DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ENLACE, MANDO Y SUS RESPECTIVOS HOMÓLOGO, QUE SE ENCUENTRAN EN ACTIVOS Y QUE MANIFIESTEN SU VOLUNTAD DE INCORPORARSE A DICHO SEGURO.
EN CUMPLIMIENTO AL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EL SEGURO TIENE COMO FINALIDAD FOMENTAR EL AHORRO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ENLACE, MANDO Y SUS RESPECTIVOS HOMÓLOGOS, PARA EL MOMENTO DE CAUSAR BAJA O SEPARACIÓN DEL SERVICIO, ASÍ COMO DISPONER DE UN APOYO ECONÓMICO PARA ATENDER NECESIDADES EVENTUALES DURANTE SU PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL; EL SEGURO ESTARÁ CONSTITUIDO POR LOS PAGOS CONCEPTO XX XXXXXX QUE REALICEN TANTO LOS SERVIDORES PÚBLICOS, COMO EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DEL CETI.
EL SEGURO CUBRIRÁ A LOS SERVIDORES PÚBLICOS POR LOS RIESGOS DE FALLECIMIENTO O DE SUPERVIVENCIA Y SEPARACIÓN DEL SERVICIO, EL QUE SOBREVENGA PRIMERO EXCLUYE AL OTRO.
EL BENEFICIO DE SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO APLICA EXCLUSIVAMENTE PARA EL PERSONAL DE MANDO Y DE ENLACE, EL CUAL CONSISTE EN QUE EL EMPLEADO DESTINA LIBRE Y VOLUNTARIAMENTE UN PORCENTAJE DE SU SUELDO PARA EL AHORRO, EL CUAL PUEDE SER DEL 2%, 4%, 5% O 10% Y LA CONVOCANTE APORTA OTRA CANTIDAD SIMILAR, LA CUAL SE INVIERTE A ALTOS RENDIMIENTOS Y TANTO EL CAPITAL COMO LOS INTERESES GENERADOS, SON PROPIEDAD DEL EMPLEADO EXCLUSIVAMENTE. ADICIONAL A LO ANTERIOR, EL ASEGURADO PODRÁ APORTAR RECURSOS ADICIONALES PARA INCREMENTAR LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA PÓLIZA CORRESPONDIENTE, POR LOS CUALES LA CONVOCANTE NO APORTARÁ CANTIDAD ALGUNA.
ESTE SEGURO DEBERÁ CUMPLIR CON LOS LINEAMIENTOS SEÑALADOS EN LA NORMA QUE REGULA EL SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
PAGO XX XXXXXX SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIADUALIZADO
“LA CONVOCANTE”, DE ACUERDO A LA APORTACIÓN ACORDADA POR EL ASEGURADO, EFECTUARA LAS RETENCIONES EN SU NOMINA Y LAS ENTERARA A LA ASEGURADORA CONJUNTAMENTE CON LA APORTACIÓN QUE LE CORRESPONDA EN FORMA QUINCENAL MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA O DEPOSITO EN CUENTA BANCARIA, PROPORCIONANDO A LA ASEGURADORA A TRAVÉS DE LOS MEDIOS INFORMÁTICOS ADECUADOS, LA INFORMACIÓN INDIVIDUALIZADA DE LAS RETENCIONES EFECTUADAS, CON SIETE DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN A LOS DÍAS 15 Y 31 DE CADA MES O EL DÍA HÁBIL ANTERIOR. DICHA INFORMACIÓN CONTENDRÁ LOS SIGUIENTES DATOS: NOMBRE DE LA CONVOCANTE; QUINCENA Y AÑO AL QUE CORRESPONDE EL PAGO; NOMBRE, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN Y MONTO DE LAS PRIMAS RETENIDAS, DE CADA UNO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS INCORPORADOS AL SEGURO.
EN CASO DE PRESENTARSE VARIACIONES EN LOS SUELDOS POR CONCEPTO DE INCREMENTOS SALARIALES CON EFECTOS RETROACTIVOS, SE DEBERÁN EFECTUAR LAS RETENCIONES POR LA DIFERENCIA QUE RESULTE, Y SE REFLEJARÁN LOS AJUSTES EN LA QUINCENA EN QUE SE EFECTÚE EL PAGO RETROACTIVO.
LA CONSTANCIA DE LOS PAGOS XX XXXXXX DE LOS ASEGURADOS SERÁ EL COMPROBANTE DE PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES QUE EMITA QUINCENALMENTE LA CONVOCANTE Y, EN SU CASO, EL RECIBO QUE ENTREGUE LA ASEGURADORA O LA BOLETA DE DEPÓSITO QUE CONTENGA EL SELLO Y LA CERTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD FINANCIERA.
ALTAS, BAJAS Y MODIFICACIONES
EL ASEGURADO PODRÁ LIBREMENTE Y EN CUALQUIER MOMENTO, MEDIANTE COMUNICACIÓN POR ESCRITO A LA CONVOCANTE, HACER LO SIGUIENTE;
DARSE DE ALTA AL SEGURO.
MODIFICAR EL MONTO DE LA PRIMA MENSUAL A SU CARGO, EN EL ENTENDIDO DE QUE LA PARTE QUE PAGA LA CONVOCANTE SE AJUSTARÁ AL NUEVO IMPORTE DE PRIMA QUE DETERMINE EL SERVIDOR PÚBLICO ASEGURADO.
EFECTUAR PAGOS XX XXXXXX ADICIONALES EXTRAORDINARIAS MEDIANTE RETENCIÓN EN NÓMINA.
MODIFICAR EL IMPORTE DE LAS PRIMAS ADICIONALES EXTRAORDINARIAS QUE PAGA A TRAVÉS DE RETENCIÓN EN NÓMINA.
DARSE DE BAJA DEL SEGURO.
NOTIFICAR SUS CAMBIOS DE DOMICILIO.
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA
GENERALES
LA ASEGURADORA LLEVARÁ UNA CUENTA INDIVIDUAL POR SERVIDOR PÚBLICO QUE SE INCORPORE AL SEGURO, EN QUE SE REFLEJEN LOS PAGOS DE PRIMA QUE LLEVEN A CABO LOS ASEGURADOS Y LOS QUE EFECTÚE LA CONVOCANTE, LOS DE LAS PRIMAS ADICIONALES EXTRAORDINARIAS, ASÍ COMO LOS RENDIMIENTOS GENERADOS POR ESTOS CONCEPTOS.
ASIGNARÁ DOS CUENTAS DE SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE XXXXXX ES ESQUEMA DE RESCATE DE SEIS MESES O TRES AÑOS, DADO QUE A CADA MONTO DE LA RESERVA MATEMÁTICA (MÍNIMA GARANTIZADA Y EXCEDENTE) SE LE ACREDITARÁ UNA TASA DE INTERÉS DIFERENTE.
LA ASEGURADORA ENVIARÁ EN LOS MESES DE JULIO Y ENERO DE CADA AÑO, UN ESTADO DE CUENTA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS ASEGURADOS, POR MEDIO DE CORREO AL DOMICILIO QUE HAYAN SEÑALADO O, EN SU DEFECTO, SE LOS ENTREGARÁ A TRAVÉS DE LA CONVOCANTE EN QUE PRESTEN SUS SERVICIOS.
LA ASEGURADORA, PROPORCIONARÁ EL SERVICIO DE CONSULTA DE SALDO VÍA TELEFÓNICA, A EFECTO DE QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS INCORPORADOS AL SEGURO CONOZCAN SU SALDO, CUANDO LO REQUIERAN.
CONSTITUIRÁ EL IMPORTE TOTAL DEL SEGURO O SUMA ASEGURADA, POR LAS PRIMAS PAGADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO MEDIANTE RETENCIÓN EN NÓMINA DE SU SUELDO, LAS CUBIERTAS POR EL CETI, LAS APORTACIONES EXTRAORDINARIAS QUE, EN SU CASO, HAYA REALIZADO EL PROPIO SERVIDOR PÚBLICO, ASÍ COMO POR EL MONTO DE LOS RENDIMIENTOS QUE SE HAYAN GENERADO.
EN RENDIMIENTOS
LA ASEGURADORA INVERTIRÁ LOS RECURSOS DEL SEGURO EN INSTRUMENTOS QUE PROMUEVAN EL DESARROLLO ECONÓMICO DEL PAÍS Y ASEGUREN UN RENDIMIENTO REAL FAVORABLE EN BENEFICIO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS ASEGURADOS. LA ASEGURADORA SERÁ LA ÚNICA RESPONSABLE DE LA INVERSIÓN, DE LOS RENDIMIENTOS Y LA SALVAGUARDA DE LOS RECURSOS APORTADOS POR LOS ASEGURADOS DE ESTE SEGURO.
EL MONTO DE LOS RENDIMIENTOS SE DETERMINARÁ DESDE EL MOMENTO EN QUE LAS PRIMAS HAYAN SIDO INGRESADAS A LA ASEGURADORA Y SERÁ ACREDITADO CON FECHA VALOR DEL PRIMER DÍA DEL MES INMEDIATO POSTERIOR A AQUÉL EN QUE SE DEVENGUEN.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD
EL IMPORTE TOTAL DEL SEGURO O LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD, SE CONSTITUIRÁ POR LAS PRIMAS PAGADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO MEDIANTE RETENCIÓN EN NÓMINA DE SU SUELDO, LAS CUBIERTAS POR LA CONVOCANTE, LAS ADICIONALES EXTRAORDINARIAS QUE, EN SU CASO, HAYA REALIZADO EL PROPIO ASEGURADO, ASÍ COMO POR EL MONTO DE LOS RENDIMIENTOS QUE SE HAYAN GENERADO.
PAGO DE LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD
EL PAGO DEL IMPORTE DEL SEGURO SE EFECTUARÁ CONFORME A LO SIGUIENTE:
INCAPACIDAD O INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE.- EN CASO DE QUE LE SEA DICTAMINADA LA INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, SE PAGARA LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD A QUE TENGA DERECHO DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS NATURALES SIGUIENTES AL MISMO EN QUE ENTREGUE A LA ASEGURADORA LA SOLICITUD CORRESPONDIENTE, ACOMPAÑADA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN;
DICTAMEN EMITIDO POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
CONSTANCIA DE BAJA EMITIDA POR LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONVOCANTE.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA DEL ASEGURADO
COMPROBANTE DE SU ÚLTIMO PAGO XX XXXXXX.
FALLECIMIENTO.- EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO, SE PAGARA LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD A QUE TENGA DERECHO DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS NATURALES SIGUIENTES AL MISMO EN QUE ENTREGUE A LA ASEGURADORA LA SOLICITUD CORRESPONDIENTE, ACOMPAÑADA DE LA DOCUMENTACIÓN INDICADA EN EL SEGURO DE VIDA, A LOS BENEFICIARIOS QUE TENGA REGISTRADOS EN EL CONSENTIMIENTO PARA ESTA ASEGURADO.
TERMINACIÓN DEL NOMBRAMIENTO COMO SERVIDOR PÚBLICO DE MANDO O ENLACE HASTA TREINTA DÍAS POSTERIORES A LA SEPARACIÓN DEL CARGO.- SI SE DAN POR TERMINADOS, INDEPENDIENTEMENTE DE LA CAUSA, LOS EFECTOS DEL NOMBRAMIENTO DEL SERVIDOR PÚBLICO ASEGURADO, ES DECIR, SI SE SEPARA POR ASÍ CONVENIR A SUS INTERESES, SI LO HACE EN EJERCICIO DE SU DERECHO PARA OBTENER UNA PENSIÓN O JUBILACIÓN EN TÉRMINOS DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO O, SI ES SEPARADO DEL SERVICIO EN FAVOR DE LA CONVOCANTE, LA ASEGURADORA LE PAGARÁ EN UN TÉRMINO NO MAYOR DE QUINCE DÍAS HÁBILES, LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD A QUE TENGA DERECHO, PARA LO CUAL DEBERÁ ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUD CORRESPONDIENTE, ACOMPAÑADA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN;
CONSTANCIA DE BAJA EMITIDA POR LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONVOCANTE.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA DEL ASEGURADO
COMPROBANTE DE SU ÚLTIMO PAGO XX XXXXXX.
PRIMAS ADICIONALES EXTRAORDINARIAS.- EL ASEGURADO PODRÁ SOLICITAR EL RESCATE DEL IMPORTE TOTAL O PARCIAL DE SUS PAGOS XX XXXXXX ADICIONALES EXTRAORDINARIAS, INCLUYENDO LOS RENDIMIENTOS QUE ÉSTOS HAYAN GENERADO, SIEMPRE QUE NO EXCEDA DE DOS VECES EN UN AÑO CALENDARIO Y MEDIEN ENTRE CADA RESCATE CUANDO MENOS SEIS MESES. A SU SOLICITUD DE PAGO DEBERÁ ACOMPAÑAR LO SIGUIENTE;
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA DE ÉL.
COMPROBANTE DE SU ÚLTIMO PAGO XX XXXXXX.
BAJA DEL SEGURO.- SI PRESTANDO EL ASEGURADO SUS SERVICIOS A LA ENTIDAD CON QUE SE DIO DE ALTA A LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, SE DA DE BAJA DEL SEGURO POR ASÍ CONVENIR A SUS INTERESES, LA ENTIDAD SUSPENDERÁ EL PAGO DEL IMPORTE DE PRIMA QUE VENÍA REALIZANDO, LIMITÁNDOSE EL DERECHO DEL SERVIDOR PÚBLICO, AL SÓLO RESCATE DE SUS PAGOS XX XXXXXX ADICIONALES EXTRAORDINARIAS, INCLUYENDO LOS RENDIMIENTOS QUE ÉSTAS HAYAN GENERADO, PARA LO CUAL DEBERÁ ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD DE PAGO QUE FORMULE A LA ASEGURADORA, LA DOCUMENTACIÓN SEÑALADA EN EL NUMERAL ANTERIOR. EL MONTO DE LAS PRIMAS PAGADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO MEDIANTE RETENCIÓN EN NÓMINA Y EL DE LAS CUBIERTAS POR LA ENTIDAD, ASÍ COMO SUS RENDIMIENTOS, SEGUIRÁN REINVIRTIÉNDOSE POR LA ASEGURADORA, LA QUE LO PAGARÁ DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS INCISOS ANTERIORES.
PAGO DE RESCATES PARCIALES
RESCATES DE PAGOS ADICIONALES: EL ASEGURADO PODRÁ RESCATAR HASTA EL TOTAL DE LA PARTE DE LA RESERVA MATEMÁTICA CORRESPONDIENTE A LOS PAGOS ADICIONALES EXTRAORDINARIOS DE PRIMA QUE, EN SU CASO, HAYA REALIZADO AL DÍA DE LA RESPECTIVA SOLICITUD, QUE INCLUIRÁ EL IMPORTE DE LOS DIVIDENDOS PENDIENTES DE APLICAR.
RESCATES PARCIALES: EL ASEGURADO PODRÁ DISPONER DE UN APOYO ECONÓMICO PARA ATENDER NECESIDADES EVENTUALES DURANTE SU PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA EL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
EL SERVIDOR PÚBLICO, MIEMBRO DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, PODRÁ REALIZAR RESCATES PARCIALES DE SU RESERVA MATEMÁTICA INDIVIDUAL, CON SUJECIÓN A LOS TÉRMINOS SIGUIENTES:
PARA EL PRIMER RESCATE PARCIAL, EL SERVIDOR PÚBLICO QUE SE ENCUENTRE EN ACTIVO, EN FUNCIÓN DE LAS APORTACIONES REALIZADAS.
PARA LOS RESCATES SUBSECUENTES DE LOS SIGUIENTES EJERCICIOS, SOLO PODRÁ REALIZARSE EL RESCATE PARCIAL HASTA POR EL MONTO CONSTITUIDO DE LA RESERVA EQUIVALENTE A LA APORTACIÓN DEL ASEGURADO.
LOS ASEGURADOS PODRÁN EJERCER SU DERECHO A PARTIR DE ENERO DE 2018.
PARA TALES EFECTOS, EL ASEGURADO DEBERÁ ACOMPAÑAR DE LA DOCUMENTACIÓN SIGUIENTE:
SOLICITUD DE RESCATE PARCIAL
ÚLTIMO RECIBO DE NÓMINA.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA.
ESTADO DE CUENTA DEL SSI ACTUALIZADO
ESTADO DE CUENTA BANCARIO DONDE SE MUESTRE LA CLABE INTERBANCARIA CON ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 3 MESES .
EN RESCATES PARCIALES
DESPUÉS DE LA RECEPCIÓN DEL OFICIO DE SOLICITUDES DE RESCATES ENVIADOS POR CADA SERVIDOR PÚBLICO, TENDRÁ 15 DÍAS HÁBILES PARA REVISAR LA INFORMACIÓN. DESPUÉS DE LO ANTERIOR TENDRÁ 5 DÍAS HÁBILES PARA REALIZAR LA DISPERSIÓN DE PAGOS DE AQUELLOS CASOS QUE NO PRESENTEN INCONSISTENCIAS.
DURANTE EL PERIODO DE 15 DÍAS HÁBILES PARA REVISIÓN DE LA INFORMACIÓN A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR, REPORTARA LOS CASOS QUE PRETENDEN INCONSISTENCIAS, ESTAS TENDRÁN 5 DÍAS HÁBILES PARA REALIZAR LAS ACLARACIONES CORRESPONDIENTES, SUBSANADAS LAS MISMAS, LA ASEGURADORA TENDRÁ 15 DÍAS HÁBILES PARA REALIZAR LA DISPERSIÓN DE FONDOS DE LOS CASOS ACLARADOS.
REMITIRÁ EL REPORTE SOBRE LAS OPERACIONES REALIZADAS POR CONCEPTO DE RESCATES PARCIALES, REALIZADOS POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
TÉRMINOS DE LOS RESCATES
EL SERVIDOR PÚBLICO, MIEMBRO DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, PODRÁ REALIZAR RESCATES DE SU RESERVA MATEMÁTICA INDIVIDUAL, CON SUJECIÓN A LOS TÉRMINOS SIGUIENTES:
EN EL SUPUESTO DE QUE EL SERVIDOR PÚBICO HAYA REALIZADO PAGOS XX XXXXXX ADICIONALES EXTRAORDINARIAS, PODRÁ RESCATAR HASTA EL MONTO TOTAL DE DICHAS APORTACIONES, ASÍ COMO LOS INTERESES QUE HAYAN GENERADO LAS MISMAS, AL DÍA DE LA SOLICITUD DE PAGO, QUE INCLUIRÁ EL IMPORTE DE LOS INTERESES PENDIENTES DE APLICAR. ESTOS RESCATES ESTÁN CONDICIONADOS A QUE, CUANDO MENOS MEDIEN SEIS MESES ENTRE UNO Y OTRO. LA SOLICITUD DE PAGO DEBERÁ ESTAR DEBIDAMENTE REQUISITADA Y ACOMPAÑADA DE IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA DEL SOLICITANTE, ASÍ COMO COMPROBANTE DEL ÚLTIMO TALÓN DE PAGO.
EL SERVIDOR PÚBLICO QUE SE ENCUENTRE EN ACTIVO, PODRÁ REALIZAR RESCATES PARCIALES DE HASTA EL 50% DE SU RESERVA MATEMÁTICA, CONDICIONADOS EXCLUSIVAMENTE A QUE UNA VEZ REALIZADOS LOS RESCATES, SE MANTENGA EN LA RESERVA MATEMÁTICA INDIVIDUAL, COMO MÍNIMO, EL EQUIVALENTE A DOS MESES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA POR CONCEPTO DE SUELDOS Y SALARIOS DEL PROPIO SERVIDOR PÚBLICO, CONFORME A LOS ANEXOS “3 A” Y “3B” DEL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, O EN SU CASO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN SU TABULADOR ESPECIFICO.
EL SERVIDOR PÚBLICO PODRÁ REGISTRAR SU SOLICITUD DE RESCATE PARCIAL EN EL PORTAL WEB DE LA ASEGURADORA, DE ACUERDO A LOS GRUPOS CONTENIDOS EN LAS TABLAS ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS DE “PRIMER RESCATE PARCIAL” Y “RESCATE PARCIALES SUBSECUENTES” DE LOS PRESENTES LINEAMIENTOS, A PARTIR DEL DÍA 15 DEL MES CORRESPONDIENTES HASTA EL ÚLTIMO DÍA HÁBIL DEL MISMO MES, ANTES DEL MES DE PAGO DEL RESCATE SEGÚN LE CORRESPONDA. UNA VE TERMINADO EL PERIODO LA APLICACIÓN WEB CERRARÁ EL ACCESO A DICHO GRUPO Y ABRIRÁ EL ACCESO PARA EL SIGUIENTE GRUPO A PARTIR DEL DÍA 15 DEL MES QUE LE CORRESPONDA.
LA APLICACIÓN DESARROLLADA POR LA ASEGURADORA, VALIDARA LA SOLICITUD DE RESCATE PARCIAL SEGÚN EL GRUPO QUE LE CORRESPONDA. EN CASO DE RECHAZO SE ENTREGARA (VÍA PANTALLA Y/O IMPRIMIBLE) LA RAZÓN AL SERVIDOR PÚBLICO. EN CASO DE ACEPTACIÓN SE PODRÁ IMPRIMIR EL FORMATO DE SOLICITUD DEL RESCATE PARCIAL.
EL SERVIDOR PÚBICO CON SU SOLICITUD AUTORIZADA, DEBERÁ MOSTRAR DIRECTAMENTE EN SU DEPENDENCIA EL ORIGINA Y ENTREGAR LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DEL ULTIMO TALÓN DE PAGO, ESTADO DE CUENTA CON ANTIGÜEDAD NO MAYOR DE 3 MESES EN DONDE SE MUESTRE LA CUENTA CLABE Y DE LA IDENTIFICACIÓN OFICIAL.
EN CASO DE QUE EL SERVIDOR PÚBLICO NO HAYA GENERADO SU SOLICITUD DE RESCATE PARCIAL EN EL PERIODO ESTABLECIDO, PODRÁ REALIZAR SU SOLICITUD EN EL SIGUIENTE PERIODO, DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL APARTADO “RESCATES PARCIALES SUBSECUENTES” CONFORME AL ESQUEMA Y GRUPO QUE LE CORRESPONDA.
PRIMER RESCATE PARCIAL
LOS SERVIDORES PÚBLICOS PODRÁN EFECTUAR UN PRIMER RESCATE PARCIAL EN EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 ENERO AL 30 XX XXXXX 2018.
EL CETI ENVIARÁ A LA ASEGURADORA, UN ARCHIVO ELECTRÓNICO CON LOS SIGUIENTES DATOS INDIVIDUALES DE CADA SERVIDOR PÚBICO; DEPENDENCIA, RFC, NIVEL TABULAR CONTENIDO EN LOS ANEXOS “3 A” Y 3 B” DEL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL O EL NIVEL TABULAR ESPECIFICO AUTORIZADO Y LA CLABE DE LA CUENTA DONDE SE DEPOSITA LA NÓMINA.
TRANSFERENCIAS DE LAS RESERVAS
AL CONCLUIR LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, LA ASEGURADORA ADJUDICADA DEBERÁ ENTREGAR A LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA EN LA SIGUIENTE VIGENCIA LOS RECURSOS ACUMULADOS POR CADA TRABAJADOR QUE CUENTE CON ESTE BENEFICIO, A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS 15 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO.
PARA ESTE EFECTO LA ASEGURADORA SALIENTE DEBERÁ IDENTIFICAR LOS FONDOS TRANSFERIDOS DE CADA TRABAJADOR, CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:
APORTACIONES DEL CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL.
APORTACIONES DEL TRABAJADOR.
APORTACIONESY DIVIDENDOS POR CADA TIPO DE APORTACION.
RENDIMIENTOS GENERADOS POR CADA TIPO DE APORTACIÓN.
LA ASEGURADORA ADJUDICADA EN EL NUEVO CONCURSO DEBERÁ REGISTRAR LOS FONDOS RECIBIDOS CON LA MISMA IDENTIFICACIÓN DE LOS CONCEPTOS ANTES MENCIONADOS, EN FORMA INDIVIDUALIZADA PARA CADA ASEGURADO.
PARA EFECTOS DE LO ANTERIOR, LA ASEGURADORA ADJUDICADA, DEBERÁ NOTIFICAR EL NÚMERO DE CUENTA A LA QUE DEBERÁN TRANSFERIRSE LAS RESERVAS DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS ASEGURADOS.
ASIMISMO LA ASEGURADORA ADJUDICADA EN ESTA INVITACIÓN, SE COMPROMETE A ACEPTAR LA ENTRADA DE LOS RECURSOS QUE SEAN TRANSFERIDOS DE LA ASEGURADORA DE LA VIGENCIA ANTERIOR LAS RESERVAS ACUMULADAS Y REALIZAR EL REGISTRO INDIVIDUALIZADO PARA CADA SERVIDOR PÚBLICO, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
APORTACIONES CETI
APORTACIONES TRABAJADOR
APORTACIONESY DIVIDENDOS POR CADA TIPO DE APORTACION
RENDIMIENTOS GENERADOS POR CADA TIPO DE APORTACIÓN
ASIMISMO, SE COMPROMETE A INCORPORAR ESTAS APORTACIONES EN LOS ESTADOS DE CUENTA QUE DEBA RENDIR A CADA SERVIDOR PÚBLICO.
DEFINICIONES
LOS TÉRMINOS QUE SE INDICAN A CONTINUACIÓN TENDRÁN EL SIGUIENTE SIGNIFICADO PARA TODOS LOS EFECTOS DE ESTA PÓLIZA DE SEGURO, PUDIENDO SER EN FEMENINO O MASCULINO, PLURAL O SINGULAR Y SI SE TRATA DE VERBO, EN CUALQUIER CONJUGACIÓN.
ACCIDENTE. SE ENTIENDE POR ACCIDENTE TODO SUCESO IMPREVISTO, INVOLUNTARIO, REPENTINO Y FORTUITO, CAUSADO POR MEDIOS EXTERNOS Y DE UN MODO VIOLENTO QUE AFECTE EL ORGANISMO DEL ASEGURADO, OCASIONÁNDOLE UNA O MÁS LESIONES QUE SE MANIFIESTAN POR CONTUSIONES O HERIDAS VISIBLES Y TAMBIÉN LOS CASOS DE LESIONES INTERNAS O INMERSIÓN REVELADAS POR LOS EXÁMENES CORRESPONDIENTES. NO SE CONSIDERAN COMO ACCIDENTES LOS HECHOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE ATAQUES CARDÍACOS, EPILÉPTICOS, ENFERMEDADES VASCULARES, DOLORES DE ESPALDA CRÓNICOS, TRASTORNOS MENTALES, DESVANECIMIENTOS, SONAMBULISMO O CUALQUIER OTRO EVENTO NO ACCIDENTAL QUE SUFRA EL ASEGURADO.
ASEGURADO. ES AQUELLA PERSONA FÍSICA QUE SE ENCUENTRA CUBIERTA POR LA PRESENTE PÓLIZA.
ASEGURADORA. ES EL LICITANTE ADJUDICADO QUE OTORGA LAS COBERTURAS CONTRATADAS Y QUE SERÁ LA RESPONSABLE DEL PAGO DE LOS BENEFICIOS ESTIPULADOS EN LA PÓLIZA.
BENEFICIO. ES LA INDEMNIZACIÓN A LA QUE TIENE DERECHO EL ASEGURADO O BENEFICIARIO, EN CASO DE SER PROCEDENTE EL SINIESTRO DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN LA PRESENTE PÓLIZA.
BENEFICIARIO. ES LA PERSONA O LAS PERSONAS DESIGNADAS EN LA PÓLIZA, COMO TITULAR DEL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN QUE EN ELLA SE ESTABLECE. SU DESIGNACIÓN DEBE SER EXPRESA Y DE LIBRE NOMBRAMIENTO, AUNQUE SIEMPRE DEBE EXISTIR UN INTERÉS ASEGURABLE.
COLECTIVIDAD ASEGURADA. CUALQUIER AGRUPACIÓN DE PERSONAS DE CARÁCTER HETEROGÉNEO, QUE TENGAN UN VÍNCULO ECONÓMICO, SOCIAL O DE ACTIVIDAD RECREATIVA, QUE SON ASEGURABLES MEDIANTE ESTA PÓLIZA.
ENDOSO. ES EL ACUERDO ESTABLECIDO EN UN CONTRATO DE SEGURO CUYAS CLÁUSULAS MODIFICAN, ACLARAN O DEJAN SIN EFECTO PARTE DEL CONTENIDO DE LAS CONDICIONES GENERALES O PARTICULARES DE LA PÓLIZA.
EXCLUSIONES. SE REFIERE A TODO HECHO, SITUACIÓN O CONDICIÓN NO CUBIERTOS POR LA PÓLIZA, Y QUE SE ENCUENTRAN EXPRESAMENTE INDICADAS EN LA MISMA.
INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE. LA PÉRDIDA TOTAL DE FACULTADES O APTITUDES DE UNA PERSONA, CUYO ORIGEN SEA DERIVADO DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD QUE LO IMPOSIBILITEN PARA DESEMPEÑAR SU TRABAJO HABITUAL, DE UNA MANERA TOTAL Y PERMANENTE U OTRO COMPATIBLE CON APTITUDES, CONOCIMIENTOS Y SU POSICIÓN SOCIAL, ASÍ MISMO SE CONSIDERA COMO TAL, LA PÉRDIDA IRREPARABLE Y ABSOLUTA DE LA VISTA EN AMBOS OJOS, LA PÉRDIDA DE AMBAS MANOS, AMBOS PIES, DE UNA MANO Y UN PIE, O DE UNA MANO Y LA VISTA DE UN OJO, O UN PIE Y LA VISTA DE UN OJO. PARA LOS EFECTOS DE ESTE BENEFICIO SE ENTIENDE POR PÉRDIDA DE LAS MANOS, LA MUTILACIÓN, ANQUILOSAMIENTO O PÉRDIDA DE LA FUNCIONALIDAD MOTRIZ TOTAL A NIVEL DE LA ARTICULACIÓN CARPO-METACARPIANA O ARRIBA DE ELLA (A NIVEL DE LA MUÑECA O ARRIBA DE ELLA), Y PARA PÉRDIDA DEL PIE, LA MUTILACIÓN COMPLETA, ANQUILOSAMIENTO O PÉRDIDA DE LA FUNCIONALIDAD MOTRIZ TOTAL DESDE LA ARTICULACIÓN TIBIO-TARSIANA O ARRIBA DE ELLA.
EN RELACIÓN AL CUADRO DE “ESCALA DE INDEMNIZACIÓN “B”, APLICABLE PARA DICHA PÓLIZA.
PADECIMIENTOS PREXISTENTES. SE ENTENDERÁ POR PADECIMIENTOS PREXISTENTES AQUELLOS QUE PRESENTEN UNA O VARIAS DE LAS CARACTERÍSTICAS SIGUIENTES:
CUYOS SÍNTOMAS Y/O SIGNOS SE HAYAN MANIFESTADO ANTES DE LA FECHA DE ALTA DEL ASEGURADO DENTRO DE LA PÓLIZA.
EN LOS QUE SE HAYA REALIZADO UN DIAGNÓSTICO MÉDICO PREVIO AL INICIO DE COBERTURA DEL ASEGURADO BAJO LA PÓLIZA.
CUYOS SÍNTOMAS Y/O SIGNOS NO HAYAN PODIDO PASAR DESAPERCIBIDOS, DEBIENDO MANIFESTARSE ANTES DEL INICIO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
PARA TALES EFECTOS SE ENTENDERÁ COMO SIGNO, CADA UNA DE LAS MANIFESTACIONES DE UNA ENFERMEDAD QUE SE DETECTA OBJETIVAMENTE MEDIANTE EXPLORACIÓN MÉDICA. SÍNTOMA, ES EL FENÓMENO O ANORMALIDAD SUBJETIVA QUE REVELA UNA ENFERMEDAD Y SIRVE PARA DETERMINAR SU NATURALEZA. EL CRITERIO QUE SE SEGUIRÁ PARA CONSIDERAR QUE UNA ENFERMEDAD HAYA SIDO APARENTE A LA VISTA O QUE POR SUS SÍNTOMAS O SIGNOS, ÉSTOS NO PUDIERAN PASAR DESAPERCIBIDOS, SERÁ EL QUE UN MÉDICO DETERMINE MEDIANTE UN DIAGNÓSTICO O TRATAMIENTO O EL DESEMBOLSO PARA LA DETECCIÓN O TRATAMIENTO PREVIO A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO.
PRIMA. ES EL VALOR DETERMINADO POR LA ASEGURADORA, QUE LA CONVOCANTE DEBERÁ PAGAR COMO CONTRAPRESTACIÓN POR LAS COBERTURAS DE SEGURO CONTRATADAS.
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD. ES LA CANTIDAD MÁXIMA ESTABLECIDA EN LA PÓLIZA, POR LA QUE TENDRÁ RESPONSABILIDAD LA ASEGURADORA, EN CASO DE PROCEDER EL SINIESTRO.
TERRORISMO. LOS ACTOS DE UNA PERSONA O PERSONAS QUE POR SÍ MISMAS, O EN REPRESENTACIÓN DE ALGUIEN O EN CONEXIÓN CON CUALQUIER ORGANIZACIÓN, REALICEN ACTIVIDADES POR LA FUERZA, VIOLENCIA O POR LA UTILIZACIÓN DE CUALQUIER OTRO MEDIO CON FINES POLÍTICOS, RELIGIOSOS, IDEOLÓGICOS, ÉTNICOS O DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA, DESTINADOS A INFLUENCIAR O PRESIONAR AL GOBIERNO PARA QUE TOME UNA DETERMINACIÓN, O TRATAR DE MENOSCABAR LA AUTORIDAD DEL ESTADO; OCASIONANDO LESIONES O LA MUERTE DE UNA O VARIAS PERSONAS.
VIGENCIA. ES LA DURACIÓN DE LA PÓLIZA.
RESERVA MATEMÁTICA: ES LA DIFERENCIA ENTRE VALOR ACTUAL DEL RIESGO FUTURO A CARGO DE LA ASEGURADORA Y EL VALOR ACTUAL DE LAS PRIMAS NETAS PAGADERAS POR EL TOMADOR; EN FUNCIÓN DE LAS APORTACIONES REALIZADAS.
PARA LA PÓLIZA DE VIDA
CLÁUSULA DE PRELACIÓN.- LAS CONDICIONES ESPECIALES O PARTICULARES DE LA PRESENTE CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, ASÍ COMO LAS ACLARACIONES QUE RESULTARON DE LA JUNTA DE ACLARACIONES CORRESPONDIENTE, PREVALECERÁN A LAS CONDICIONES GENERALES DE LAS PÓLIZAS DEL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO, EN TODO LO QUE PUDIERAN OPONERSE, SIEMPRE Y CUANDO NO CONTRAVENGAN LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES TIENEN PRELACIÓN EN TODO MOMENTO SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA.
REPORTES DE SINIESTRALIDAD.- LA ASEGURADORA ADJUDICADA SE COMPROMETE A PROPORCIONAR UN REPORTE DE SINIESTRALIDAD EN FORMA BIMESTRAL, DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 DÍAS POSTERIORES AL VENCIMIENTO DEL BIMESTRE A REPORTAR O CUANDO SE LE SOLICITE CONFORME A LAS NECESIDADES DE LA CONVOCANTE, REPORTE QUE DEBERÁ CONTENER LO SIGUIENTE:
NÚMERO DE SINIESTRO.
FECHA DE SINIESTRO.
FECHA DE REPORTE DEL SINIESTRO A LA ASEGURADORA.
UBICACIÓN DEL SINIESTRO.
CAUSA DEL SINIESTRO.
COBERTURA AFECTADA.
NÚMERO DE PÓLIZA AFECTADA.
SITUACIÓN ACTUAL DEL SINIESTRO (PAGADO, EN TRÁMITE, RECHAZADO, FINIQUITADO, ETC.
XXXXX INDEMNIZADO POR LA ASEGURADORA.
MOTIVO DE RECHAZO Y MONTO NO CUBIERTO.
POLIZA 3.- SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES
ANTECEDENTES
EL SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES QUE CONTRATA “LA CONVOCANTE” ES UNA COBERTURA PARA LOS ESTUDIANTES INSCRITOS EN EL CETI QUE OTORGA “LA CONVOCANTE”, LA CUAL CUBRE EN LOS TÉRMINOS INDICADOS PARA CADA CONCEPTO Y AMPARA AL 100% DE LOS ESTUDIANTES Y ES PAGADA EN SU TOTALIDAD POR “LA CONVOCANTE”, CONFORME A LOS SIGUIENTES TÉRMINOS Y CONDICIONES;
OBJETIVO
EL OBJETIVO DE ESTE SEGURO ES CUBRIR A LOS ESTUDIANTES DE LA “LA CONVOCANTE” DURANTE TODO EL TIEMPO QUE PERMANEZCAN EN LAS INSTALACIONES, ASÍ COMO DURANTE LAS ACTIVIDADES QUE LA REALICEN, TALES COMO EVENTOS DEPORTIVOS, SOCIALES, EXCURSIONES, ACTIVIDADES CULTURALES, RECREATIVAS, TRAYECTO DE LA CASA-CETI Y CETI-A CASA DE LOS ESTUDIANTES, VIAJES DE REPRESENTACIÓN NACIONALES, ENTRE OTRAS, SIEMPRE QUE ESTOS SE REALICEN BAJO LA COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LAS AUTORIDADES DE “LA CONVOCANTE”.
“LA CONVOCANTE” ENTREGARÁ PERIÓDICAMENTE A LA ASEGURADORA, UN PADRÓN DE ASEGURADOS, EL CUAL PODRÁ TENER UN DESFASE DE APROXIMADAMENTE 45 DÍAS, COMPROMETIÉNDOSE EL PROVEEDOR AMPARAR A LOS ASEGURADOS REGISTRADOS DURANTE ESTE DESFASAMIENTO PREVIA VALIDACIÓN DE LA CONVOCANTE, POR LO QUE EN CASO DE PRESENTARSE UN ACCIDENTE ÉSTE DEBERÁ SER SUJETO DE LA COBERTURA DEL SEGURO.
SUMAS ASEGURADAS:
POBLACIÓN ESTIMADA |
8,000 |
MUERTE ACCIDENTAL |
$ 100,000.00 |
PÉRDIDAS ORGÁNICAS |
$ 100,000.00 |
PAGO DIRECTO Y/O REMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS |
$ 60,000.00 |
DEDUCIBLE DE GASTOS MÉDICOS |
$ 200.00 |
COBERTURAS
MUERTE ACCIDENTAL
LA ASEGURADORA PAGARÁ A LOS BENEFICIARIOS REGISTRADOS LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD SEÑALADA, SI EL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO SE PRODUCE A CONSECUENCIA DIRECTA E INMEDIATA DE UN ACCIDENTE OCURRIDO DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA. SE ENTENDERÁ COMO FALLECIMIENTO INMEDIATO AQUEL QUE OCURRA A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS NOVENTA (90) DÍAS SIGUIENTES DESPUÉS DE OCURRIDO EL ACCIDENTE, SIENDO CONDICIÓN ESENCIAL PARA QUE SURJA LA RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA QUE LA MUERTE SOBREVINIENTE SEA CONSECUENCIA DIRECTA DE LAS LESIONES ORIGINADAS POR EL ACCIDENTE.
PAGO DIRECTO Y/O REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS POR ACCIDENTE
SI DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE UN ACCIDENTE CUBIERTO, EL ASEGURADO SE VIERA PRECISADO A SOMETERSE A TRATAMIENTO MÉDICO, INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA, HOSPITALIZACIÓN, O HACER USO DE AMBULANCIA, MEDICINAS O ESTUDIOS DE LABORATORIO Y DE GABINETE, HASTA EL GASTO USUAL Y ACOSTUMBRADO; LA ASEGURADORA PROPORCIONARÁ A LA CONVOCANTE UNA LISTA DE HOSPITALES CON CONVENIO PARA PAGO DIRECTO, ASÍ MISMO, REMBOLSARÁ, ADEMÁS DE LOS OTROS BENEFICIOS A QUE TUVIERA DERECHO, EL MONTO DE LAS MENCIONADAS ASISTENCIAS PREVIA COMPROBACIÓN.
LA COBERTURA PARA CADA ACCIDENTE CUBIERTO, FINALIZARÁ AUTOMÁTICAMENTE AL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS DESDE LA FECHA DEL ACCIDENTE, O AL AGOTARSE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD ESTABLECIDA PARA ESTE BENEFICIO. LA REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA DEL BENEFICIO MÁXIMO QUEDARÁ INCLUIDA.
PÉRDIDAS ORGÁNICAS ESCALA “B”
SI COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE UN ACCIDENTE CUBIERTO DURANTE EL PERIODO DE COBERTURA CONTRATADO Y DENTRO DE LOS 90 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE OCURRIDO EL MISMO, LAS LESIONES SUFRIDAS POR UNO O MÁS ASEGURADOS LES PRODUJERAN CUALQUIERA DE LAS PÉRDIDAS ORGÁNICAS ESPECIFICADAS EN LA ESCALA DE INDEMNIZACIÓN “B” LA ASEGURADORA PAGARÁ AL ASEGURADO UNA INDEMNIZACIÓN IGUAL A LA QUE RESULTE DE APLICAR LOS PORCENTAJES ESPECIFICADOS EN DICHA ESCALA DE INDEMNIZACIÓN A LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
SE ENTENDERÁ POR PÉRDIDA DE LAS MANOS O DE LOS PIES, LA MUTILACIÓN O ANQUILOSIS TOTAL DE ESTOS ÓRGANOS; EN CUANTO A LOS OJOS, LA PÉRDIDA COMPLETA E IRREPARABLE DE LA VISTA; POR LO QUE SE REFIERE A LOS DEDOS, LA SEPARACIÓN DESDE LA ARTICULACIÓN METACARPO O METATARSO FALANGEA, SEGÚN SEA EL CASO, O ARRIBA DE LA MISMA. CUANDO SEAN VARIAS LAS PÉRDIDAS ORGÁNICAS O ANQUILOSAMIENTO OCURRIDOS DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, EN UNO O EN VARIOS ACCIDENTES, EL PROVEEDOR PAGARÁ LA SUMA DE LAS INDEMNIZACIONES CORRESPONDIENTES A CADA UNA, SIN EXCEDER EN SU TOTALIDAD DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
ESCALA DE INDEMNIZACIÓN “B”
PÉRDIDA |
PORCENTAJE DE INDEMNIZACIÓN |
LA PÉRDIDA DE AMBAS MANOS, AMBOS PIES O LA VISTA DE AMBOS OJOS |
100 % |
LA PÉRDIDA DE UNA MANO CONJUNTAMENTE CON UN PIE |
100 % |
LA PÉRDIDA DE UNA MANO O DE UN PIE CONJUNTAMENTE CON LA VISTA DE UN OJO |
100 % |
PÉRDIDA TOTAL DEL BRAZO O DE UNA MANO |
60 % |
PÉRDIDA TOTAL DE UNA PIERNA O UN PIE |
50 % |
PÉRDIDA TOTAL XX XXXXXX Y DEL ÍNDICE DE UNA MANO |
30 % |
PÉRDIDA DEL MAXILAR INTERIOR |
30 % |
PÉRDIDA TOTAL DE CUALQUIER OJO |
30 % |
AMPUTACIÓN PARCIAL O ANQUILOSAMIENTO PARCIAL DE UN PIE, COMPRENDIENDO TODOS LOS DEDOS |
30 % |
PÉRDIDA TOTAL DE TRES DEDOS COMPRENDIENDO EL PULGAR O EL ÍNDICE DE UNA MANO |
30% |
PÉRDIDA TOTAL DE TRES DEDOS QUE NO SEAN EL PULGAR O EL ÍNDICE DE UNA MANO |
25 % |
PÉRDIDA TOTAL XXX XXXXXX Y DE OTRO DEDO QUE NO SEA EL ÍNDICE DE UNA MANO |
25 % |
POR LA SORDERA COMPLETA |
25 % |
PÉRDIDA TOTAL DEL ÍNDICE Y OTRO DEDO QUE NO SEA EL PULGAR DE UNA MANO |
20 % |
PÉRDIDA TOTAL XXX XXXXXX DE CUALQUIER MANO |
20 % |
PÉRDIDA TOTAL DEL ÍNDICE DE CUALQUIER MANO |
15 % |
ACORTAMIENTO DE UN MIEMBRO INFERIOR |
15 % |
PÉRDIDA TOTAL DE DEDO MAYOR, EL ANULAR O EL MEÑIQUE |
5 % |
PÉRDIDA TOTAL DE DOS DE ÉSTOS ÚLTIMOS TRES DEDOS |
10 % |
PÉRDIDA TOTAL XX XXXXXX DE UN PIE |
5 % |
EXCLUSIONES
NO SE EFECTUARÁ EL PAGO DE LAS CANTIDADES ESTABLECIDAS EN LAS COBERTURAS DE LA CLÁUSULA PRIMERA DE ESTA PÓLIZA, CUANDO EL FALLECIMIENTO O LESIONES DEL ASEGURADO SE PRODUZCAN DIRECTA O INDIRECTAMENTE, TOTAL O PARCIALMENTE, A CONSECUENCIA DE:
GUERRA DECLARADA O NO, CIVIL O INTERNACIONAL.
LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL ASEGURADO EN LAS FUERZAS ARMADAS, FUERZAS POLICIALES DE CUALQUIER TIPO, FUERZAS DE RESCATE Y BOMBEROS.
PARTICIPACIÓN EN ACTO DELICTUOSO, EMPRESA CRIMINAL O POR APLICACIÓN LEGÍTIMA DE LA PENA DE MUERTE. ACTOS DE GUERRILLA, REBELIÓN, SEDICIÓN, MOTÍN, TERRORISMO, HUELGA O TUMULTO POPULAR, CUANDO EL ASEGURADO HUBIERA PARTICIPADO COMO ELEMENTO ACTIVO.
CUANDO EL ASEGURADO SEA VÍCTIMA DE TERRORISMO.
ACCIDENTES OCURRIDOS POR CULPA GRAVE DEL ASEGURADO POR ENCONTRARSE EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ O BAJO LOS EFECTOS DE ALUCINÓGENOS O DROGAS NO PRESCRITAS POR UN MÉDICO TITULADO.
ACCIDENTES QUE OCURRAN MIENTRAS EL ASEGURADO SE ENCUENTRE CONDUCIENDO MOTOCICLETAS, MOTONETAS Y VEHÍCULOS DE MOTOR SIMILARES, REALIZANDO ACTIVIDADES COMO: INMERSIÓN SUBMARINA, MONTAÑISMO, VUELO DELTA, PARACAIDISMO, CHARRERÍA, ESQUÍ, TAUROMAQUIA, BOX, LUCHA LIBRE Y GRECORROMANA, RAFTING, BUNGEE, RAPPEL, JET-SKI; ESPELEOLOGÍA, CARRERAS DE CABALLOS, AUTOMÓVILES, MOTOCICLETAS Y DE LANCHAS.
LA PRÁCTICA O EL DESEMPEÑO DE ALGUNA ACTIVIDAD, PROFESIÓN U OFICIO CLARAMENTE RIESGOSO, TALES COMO: CORRESPONSAL XX XXXXXX, MINEROS, ACRÓBATAS, MARINOS, TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN, ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EXPLOSIVOS, QUÍMICOS Y ÁCIDOS; DOBLES CINEMATOGRÁFICOS, TALADORES, DETECTIVES Y GUARDAESPALDAS, LIMPIA VENTANAS Y PERSONAS QUE MANEJAN ASBESTOS.
LA PARTICIPACIÓN DEL ASEGURADO EN ACTOS TEMERARIOS O EN CUALQUIERA MANIOBRA, EXPERIMENTO, EXHIBICIÓN, DESAFÍO O ACTIVIDAD NOTORIAMENTE PELIGROSA, ENTENDIDO POR TALES AQUELLAS DONDE SE PONE EN GRAVE PELIGRO LA VIDA E INTEGRIDAD FÍSICA DE LAS PERSONAS.
VIAJE O VUELO EN VEHÍCULO AÉREO DE CUALQUIER CLASE, EXCEPTO EN EL SIGUIENTE CASO: QUE ESTE VIAJANDO COMO PASAJERO EN UN AVIÓN COMERCIAL, OPERADO POR UNA EMPRESA DE TRANSPORTE AÉREO, SOBRE UNA RUTA ESTABLECIDA PARA EL TRANSPORTE DE PASAJEROS SUJETO A ITINERARIO.
TRATAMIENTOS MÉDICOS, FISIOTERAPÉUTICOS, QUIRÚRGICOS, ANESTÉSICOS Y SIMILARES QUE CAUSEN LA MUERTE DEL ASEGURADO.
RIESGOS NUCLEARES O ATÓMICOS.
CONSECUENCIAS NO ACCIDENTALES DE EMBARAZOS O PARTOS.
CONSECUENCIA DE ENFERMEDADES DE CUALQUIER NATURALEZA FÍSICA, SALVO QUE DERIVEN DE UN ACCIDENTE CUBIERTO.
CONSECUENCIA DE ENFERMEDADES MENTALES Y/O NERVIOSAS.
SÍNDROME DE INMUNO DEFICIENCIA ADQUIRIDA (SIDA), EL COMPLEJO SINTOMÁTICO RELACIONADO CON EL SIDA Y TODAS LAS ENFERMEDADES CAUSADAS Y/O RELACIONADAS CON EL VIRUS VIH POSITIVO.
ANOMALÍAS CONGÉNITAS O TRASTORNOS QUE SOBREVENGAN POR TALES ANOMALÍAS O RELACIONADAS CON ELLAS.
LESIONES POR ENVENENAMIENTO O POR INHALACIÓN DE HUMOS O GASES, SALVO CUANDO SE DEMUESTRE QUE FUE A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE.
TODO TIPO DE INFECCIONES, A EXCEPCIÓN DE AQUELLAS QUE SEAN CONSECUENCIA DIRECTA DE UN ACCIDENTE.
TODO TIPO DE HERNIAS Y SUS CONSECUENCIAS, SIN IMPORTAR SU CAUSA.
TRATAMIENTOS MÉDICOS O QUIRÚRGICOS DISTINTOS DE LOS NECESARIOS A CONSECUENCIA DE LESIONES O ENFERMEDADES CUBIERTAS POR ESTA PÓLIZA.
PADECIMIENTOS PREXISTENTES A LA FECHA DE ALTA DEL ASEGURADO DENTRO DE LA PÓLIZA, Y LESIONES ACCIDENTALES EXISTENTES A LA FECHA EN QUE SE INICIE LA VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA O DE SU ÚLTIMA REHABILITACIÓN.
EXÁMENES MÉDICOS DE RUTINA.
CIRUGÍAS PLÁSTICAS ESTÉTICAS, SALVO LAS CIRUGÍAS RECONSTRUCTIVAS QUE SE REQUIERAN COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE.
HOSPITALIZACIÓN A CONSECUENCIA DE EMBARAZO O MATERNIDAD.
TRATAMIENTO O CIRUGÍA DENTAL, EXCEPTO A DIENTES NATURALES SANOS, OCASIONADOS POR UNA LESIÓN ACCIDENTAL.
PIE DIABÉTICO.
ACCIDENTES OCURRIDOS POR CULPA GRAVE DEL ASEGURADO.
PARA LA POLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
PARA EFECTOS DE LAS COBERTURAS RELATIVAS A REMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS POR ACCIDENTE, SE TENDRÁ COMO BENEFICIARIO DE ESTA PÓLIZA AL PROPIO ASEGURADO. EN CASO DE FALLECIMIENTO DE ÉSTE, SE TENDRÁ COMO BENEFICIARIO(S) A LA(S) PERSONA(S) DESIGNADA(S) EN EL CONSENTIMIENTO Y A FALTA DE ESTE EL IMPORTE DEL SEGURO SE PAGARÁ A LA SUCESIÓN DEL ASEGURADO. PARA EL CASO DE LOS MENORES DE EDAD, LA ASEGURADORA PAGARÁ A LA MADRE, PADRE O TUTOR DEL ASEGURADO.
REPORTES DE SINIESTRALIDAD
LA ASEGURADORA ADJUDICADA SE COMPROMETE A PROPORCIONAR UN REPORTE DE SINIESTRALIDAD EN FORMA TRIMESTRAL O CUANDO SE LE SOLICITE CONFORME A LAS NECESIDADES DE LA ENTIDAD, MISMO QUE DEBERÁ CONTENER LO SIGUIENTE:
NÚMERO DE SINIESTRO.
FECHA DE SINIESTRO.
FECHA DE REPORTE DEL SINIESTRO A LA ASEGURADORA.
UBICACIÓN DEL SINIESTRO.
CAUSA DEL SINIESTRO.
COBERTURA AFECTADA.
NÚMERO DE PÓLIZA AFECTADA.
SITUACIÓN ACTUAL DEL SINIESTRO (PAGADO, EN TRÁMITE, RECHAZADO, FINIQUITADO, ETC.
XXXXX INDEMNIZADO POR LA ASEGURADORA.
MOTIVO DE RECHAZO Y MONTO NO CUBIERTO.
ESTANDAR DE SERVICIO PARA TODA LA PARTIDA
SUSCRIPCION |
CONCEPTO |
TIEMPO DE RESPUESTA |
CONDICIÓN |
DEDUCTIVA |
|
A) |
CARTAS COBERTURA EN GENERAL. |
2 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DEL FALLO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
B) |
EMISIÓN DE PÓLIZAS. |
15 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DEL CONTRATO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
C) |
DUPLICADO DE PÓLIZAS. |
5 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
D) |
COTIZACIÓN DENTRO DEL CONTRATO (CONVENIOS MODIFICATORIOS) |
5 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
E) |
MOVIMIENTOS DE ENDOSOS A, B Y D. |
10 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
|
|
|
|
|
|
SINIESTROS |
CONCEPTO |
TIEMPO DE RESPUESTA |
CONDICIÓN |
DEDUCTIVA |
|
A) |
AUTORIZACION DE PAGO DIRECTO |
5 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES A LA ENTREGA DE INFORMACION |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
B) |
SOLICITUD DE DOCUMENTOS ADICIONALES |
2 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES A LA ENTREGA DE INFORMACION |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
C) |
EN SU CASO, SOLICITUD DE RECONSIDERACIONES |
5 |
DÍAS HÁBILES |
UNA VEZ PRESENTADA LA SOLICUTUD ACOMPAÑADA DE DOCUMENTACION SOPORTE |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
D) |
PAGO DE REEMBOLSOS |
30 |
DÍAS NATURALES |
UNA VEZ ENTREGADA LA INFORMACION A LA ASEGURADORA O SU REPRESENTANTE |
INTERES SEÑALADO EN EL ART 276 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZA |
|
|
|
|
|
|
DIVERSOS |
CONCEPTO |
TIEMPO DE RESPUESTA |
CONDICIÓN |
DEDUCTIVA |
|
A) |
REPORTE DE SINIESTRALIDAD |
10 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES AL VENCIMIENTO DEL PERIODO O A LA SOLICITUD DEL ASEGURADO |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
PARTIDA 3.- SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
ANTECEDENTES
EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO SE OTORGA EN FAVOR DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE CAUSEN BAJA EN “LA CONVOCANTE” Y SE UBIQUEN EN LOS AÑOS DE EDAD Y DE COTIZACIÓN QUE ESTABLECE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE), CON EL PROPÓSITO DE HACER FRENTE A LAS CONTINGENCIAS INHERENTES A LA SEPARACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO Y ES PAGADO POR EL EMPLEADO EN ACTIVO Y “LA CONVOCANTE”.
OBJETIVO
EL OBJETO DEL PRESENTE SEGURO CONSISTE EN QUE LA ASEGURADORA, PAGUE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD QUE CORRESPONDA A CADA TRABAJADOR ASEGURADO, CUALQUIERA QUE SEA SU EDAD, SEXO U OCUPACIÓN, INCLUYENDO AL PERSONAL OPERATIVO, DOCENTES, SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES, QUE CAUSE BAJA DEL SERVICIO CON DERECHO A PENSIÓN O JUBILACIÓN EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO Y DEL MANUAL DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EXCLUYENDO DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA A QUE SE HACE REFERENCIA EN EL PÁRRAFO PRECEDENTE, LAS PERSONAS QUE PRESTEN SUS SERVICIOS MEDIANTE CONTRATO SUJETO A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO O QUE PERCIBAN SUS EMOLUMENTOS CON CARGO A LA PARTIDA DE HONORARIOS O DE HABERES.
FORMA DE PAGO
PARA EL OTORGAMIENTO DE ESTA PRESTACIÓN, EL PAGO DE LA PRIMA CORRERÁ A CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO EN UN 50 POR CIENTO Y EL OTRO 50 POR CIENTO POR PARTE DE “LA CONVOCANTE”, RETENIENDO VÍA NÓMINA, EL PORCENTAJE XX XXXXXXX DESIGNADO POR EL EMPLEADO Y MENSUALMENTE ENTERARÁ ESA CANTIDAD A LA ASEGURADORA MEDIANTE LISTADO MAGNÉTICO Y DEPÓSITO EN LA CUENTA QUE PARA EL EFECTO DESIGNE LA ASEGURADORA.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO CUBRE A LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE CAUSEN BAJA DEFINITIVA DEL SERVICIO, Y EN SU CASO, PENSIONADOS, HABIENDO CUMPLIDO CON EL TIEMPO DE COTIZACIÓN AL INSTITUTO (AÑOS DE SERVICIO), ASÍ COMO LAS EDADES ESTABLECIDAS PARA LOS DIFERENTES SUPUESTOS DE RETIRO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EL AÑO CALENDARIO EN EL QUE SE RETIREN Y EL RÉGIMEN DE PENSIONES QUE HAYAN ELEGIDO.
DICHO SEGURO TIENE EL OBJETIVO DE QUE EL SERVIDOR PÚBLICO QUE DECIDA RETIRASE O PENSIONARSE PUEDA HACER FRENTE A LAS CONTINGENCIAS INHERENTES A LA SEPARACIÓN DEL SERVICIO.
LOS SERVIDORES PÚBLICOS PROTEGIDOS MEDIANTE ESTE CONTRATO, QUEDARÁN ASEGURADOS POR CADA PLAZA QUE OCUPEN, SIEMPRE Y CUANDO NO SEA EN UNA MISMA DEPENDENCIA O ENTIDAD O ENTE AUTÓNOMO, CON INDEPENDENCIA DEL CONTRATO O PÓLIZA EN DONDE SE ENCUENTREN ASEGURADOS.
LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD A QUE TENDRÁN DERECHO, SE DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE LOS AÑOS DE SERVICIO EN CADA PLAZA E IGUAL TIEMPO DE COTIZACIÓN AL INSTITUTO, ASÍ COMO LA EDAD DEL SERVIDOR PÚBLICO, A CONDICIÓN DE QUE SE HAYA CUBIERTO LA PRIMA CORRESPONDIENTE A CADA PLAZA, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO, EL AÑO CALENDARIO EN EL QUE SE RETIREN Y EL RÉGIMEN DE PENSIONES QUE HAYAN ELEGIDO.
TODA FRACCIÓN DE MÁS DE SEIS MESES (SEIS MESES 1 DÍA) DE SERVICIOS SE CONSIDERARÁ COMO AÑO COMPLETO, PARA LOS EFECTOS DEL OTORGAMIENTO DE LA LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD.
CUANDO UN SERVIDOR PÚBLICO, SE RETIRE POR INVALIDEZ Y ADEMÁS COINCIDA CON CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS DE RETIRO ESTABLECIDOS EN LAS PRESENTES ESPECIFICACIONES, LA ASEGURADORA DEBERÁ PAGAR LA SUMA ASEGURADA CORRESPONDIENTE.
LOS SUPUESTOS BAJO LOS CUALES SE TIENE DERECHO AL COBRO DE LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN AL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, PARA EL AÑO 2018.
BAJO EL RÉGIMEN DE LOS TRABAJADORES QUE NO OPTEN POR EL BONO, SON:
LOS TRABAJADORES QUE HUBIEREN COTIZADO 30 AÑOS O MÁS Y TENGAN UNA EDAD MÍNIMA DE 55 AÑOS, Y LAS TRABAJADORAS QUE HUBIERAN COTIZADO 28 AÑOS O MÁS Y TENGAN UNA EDAD MÍNIMA DE 53 AÑOS, TENDRÁN DERECHO A UNA SUMA ASEGURADA EQUIVALENTE A $25,000.00 PESOS.
LOS TRABAJADORES QUE CUMPLAN 60 AÑOS DE EDAD O MÁS Y 15 AÑOS O MÁS DE COTIZACIÓN AL INSTITUTO, TENDRÁN DERECHO A UNA SUMA ASEGURADA DE ACUERDO A LA SIGUIENTE TABLA:
-
AÑOS DE SERVICIO Y COTIZACIÓN AL INSTITUTO
SUMA ASEGURADA (PESOS)
15
$12,500.00
16
$13,125.00
17
$13,750.00
18
$14,375.00
19
$15,000.00
20
$15,625.00
21
$16,250.00
22
$16,875.00
23
$17,500.00
24
$18,125.00
25
$18,750.00
26
$20,000.00
27
$21,250.00
28
$22,500.00
29
$23,750.00
LOS TRABAJADORES QUE SE SEPAREN VOLUNTARIAMENTE DEL SERVICIO A LOS 65 AÑOS DE EDAD O MÁS Y HAYAN COTIZADO AL INSTITUTO POR UN MÍNIMO DE 10 AÑOS, TENDRÁN DERECHO A UNA SUMA ASEGURADA DE ACUERDO A LA SIGUIENTE TABLA:
-
EDAD
SUMA ASEGURADA
(PESOS)
65 o más
$12,500.00
SUMA ASEGURADA PARA LOS TRABAJADORES QUE OPTEN POR EL RÉGIMEN XX XXXX DE PENSIÓN EN UNA CUENTA INDIVIDUAL (TRABAJADORES QUE OPTEN POR XXXX)
PARA RECIBIR LA SUMA ASEGURADA DE $25,000.00 PESOS, LOS TRABAJADORES DEBERÁN CUMPLIR CON 30 AÑOS O MÁS DE COTIZACIÓN AL INSTITUTO Y LAS TRABAJADORAS (TRABAJADORES) DEBERÁN CUMPLIR CON 28 AÑOS O MÁS DE COTIZACIÓN AL INSTITUTO Y CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS PARA EL COBRO DEL SEGURO DE RETIRO (DE ACUERDO CON LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA PÓLIZA O CONTRATO RESPECTIVO, SEGÚN CORRESPONDA), ASÍ COMO PRESENTAR ORIGINAL (PARA SU COTEJO), Y COPIA SIMPLE DE LA CONCESIÓN DE PENSIÓN EMITIDA POR EL ISSSTE, QUE ES EL DOCUMENTO EN EL CUAL CONSTA EL OTORGAMIENTO DE LA PENSIÓN AL SERVIDOR PÚBLICO.
PAGO DE SUMA ASEGURADA
LA ASEGURADORA PAGARÁ A LOS SERVIDORES PÚBLICOS ASEGURADOS LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS SIGUIENTES 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE LE HAYAN ACREDITADO A LA ASEGURADORA LOS REQUISITOS PARA FORMULAR LA CORRESPONDIENTE SOLICITUD DE PAGO.
LOS TRABAJADORES QUE ELIGIERON EL RÉGIMEN TRADICIONAL DE PENSIONES ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 10º TRANSITORIO DE LA LEY DEL INSTITUTO (TRABAJADORES QUE NO OPTEN POR EL BONO) DEBERÁN PRESENTAR A LA ASEGURADORA EN CASO DE SINIESTRO LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA (PARA SU COTEJO) Y COPIA SIMPLE DE LA HOJA(S) ÚNICA(S) DE SERVICIOS EXPEDIDA POR LAS SECRETARÍAS, ENTIDADES O ENTES AUTÓNOMOS PARTICIPANTES, CON NO MAS DE 6 MESES DE HABER SIDO EMITIDA.
TALÓN DE PAGO A LA FECHA DE LA BAJA DEFINITIVA QUE REFIERA EL DESCUENTO DEL SEGURO EN ORIGINAL (PARA SU COTEJO) Y COPIA SIMPLE.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL ASEGURADO EN ORIGINAL (PARA SU COTEJO) Y COPIA SIMPLE. PARA TAL EFECTO SE PUEDE PRESENTAR CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES: CREDENCIAL DE ELECTOR, PASAPORTE VIGENTE, CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR NACIONAL, CÉDULA PROFESIONAL, LICENCIA DE MANEJO (CON ANTIGÜEDAD MÍNIMA DE 6 MESES).
SOLICITUD DE PAGO DEL ASEGURADO DEBIDAMENTE REQUISITADA, ANOTANDO CORRECTAMENTE SU RFC, E INDICANDO EL RÉGIMEN DE RETIRO AL CUAL SE ESTÁ APEGANDO (ARTÍCULO 10° TRANSITORIO DE LA LEY DEL INSTITUTO O POR EL BONO DE PENSIÓN).
SI EL ASEGURADO DESEA QUE EL PAGO SE REALICE EN CUENTA BANCARIA, ES NECESARIO INDICARLO EN SU SOLICITUD DE PAGO Y ACOMPAÑAR COPIA SIMPLE DEL CONTRATO BANCARIO O DEL ESTADO DE CUENTA CORRESPONDIENTE QUE CONTENGA LA CLABE.
ORIGINAL (PARA SU COTEJO) Y COPIA SIMPLE DEL COMPROBANTE DE DOMICILIO DEL ASEGURADO.
COPIA SIMPLE DEL ACTA DE NACIMIENTO Y ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA PARA COTEJO.
LOS TRABAJADORES QUE ELIGIERON EL RÉGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES (TRABAJADORES QUE OPTEN POR XXXX), DEBERÁN PRESENTAR A LA ASEGURADORA EN CASO DE SINIESTRO LOS INCISOS A) AL G) CITADOS ANTERIORMENTE, ASÍ COMO EL SIGUIENTE DOCUMENTO:
ORIGINAL (PARA SU COTEJO) Y COPIA SIMPLE DE LA RESOLUCIÓN DE PENSIÓN EMITIDA POR EL INSTITUTO, DOCUMENTO DONDE CONSTE EL OTORGAMIENTO DE LA PENSIÓN AL TRABAJADOR.
DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 15, FRACCIÓN IX DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LAS PRIMAS A PAGAR POR ESTE CONTRATO NO DEBERÁN INCLUIR DERECHOS DE PÓLIZA NI EL IVA, Y POR LO TANTO SÓLO SE COBRARÁ LO CORRESPONDIENTE A LA PRIMA NETA.
PARA TODA LA PARTIDA
CLÁUSULA DE PRELACIÓN.- LAS CONDICIONES ESPECIALES O PARTICULARES DE LA PRESENTE CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, ASÍ COMO LAS ACLARACIONES QUE RESULTARON DE LA JUNTA DE ACLARACIONES CORRESPONDIENTE, PREVALECERÁN A LAS CONDICIONES GENERALES DE LAS PÓLIZAS DEL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO, EN TODO LO QUE PUDIERAN OPONERSE, SIEMPRE Y CUANDO NO CONTRAVENGAN LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES TIENEN PRELACIÓN EN TODO MOMENTO SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA.
INDEMNIZACIÓN POR XXXX.-EN CASO DE QUE NO OBSTANTE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA INDEMNIZACIÓN, CAPITAL O RENTA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DEL SEGURO, EN VEZ DEL INTERÉS LEGAL APLICABLE, SE OBLIGA A PAGAR AL ASEGURADO, BENEFICIARIO, O TERCERO DAÑADO UNA INDEMNIZACIÓN POR XXXX CALCULADA, CONFORME AL ARTÍCULO 276 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZA, DURANTE EL LAPSO XX XXXX.
ESTANDAR DE SERVICIO
SUSCRIPCION |
CONCEPTO |
TIEMPO DE RESPUESTA |
CONDICIÓN |
DEDUCTIVA |
|
A) |
CARTAS COBERTURA EN GENERAL. |
2 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DEL FALLO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
B) |
EMISIÓN DE PÓLIZAS. |
15 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DEL CONTRATO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
D) |
DUPLICADO DE PÓLIZAS. |
5 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
E) |
COTIZACIÓN DENTRO DEL CONTRATO (CONVENIOS MODIFICATORIOS) |
5 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
F) |
MOVIMIENTOS DE ENDOSOS A, B Y D. |
10 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
G) |
MOVIMIENTOS DE ENDOSOS A, B Y D CON REASEGURO FACULTATIVO. |
20 |
DÍAS HÁBILES |
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ACUSE DE RECIBO DEL REQUERIMIENTO. |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
|
|
|
|
|
|
SINIESTROS |
CONCEPTO |
TIEMPO DE RESPUESTA |
CONDICIÓN |
DEDUCTIVA |
|
A) |
AUTORIZACION DE PAGO DIRECTO |
5 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES A LA ENTREGA DE INFORMACION |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
B) |
SOLICITUD DE DOCUMENTOS ADICIONALES |
2 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES A LA ENTREGA DE INFORMACION |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
C) |
EN SU CASO, SOLICITUD DE RECONSIDERACIONES |
5 |
DÍAS HÁBILES |
UNA VEZ PRESENTADA LA SOLICUTUD ACOMPAÑADA DE DOCUMENTACION SOPORTE |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
D) |
PAGO DE REEMBOLSOS |
30 |
DÍAS NATURALES |
UNA VEZ ENTREGADA LA INFORMACION A LA ASEGURADORA O SU REPRESENTANTE |
INTERES SEÑALADO EN EL ART 276 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZA |
|
|
|
|
|
|
DIVERSOS |
CONCEPTO |
TIEMPO DE RESPUESTA |
CONDICIÓN |
DEDUCTIVA |
|
A) |
REPORTE DE SINIESTRALIDAD |
10 |
DÍAS HÁBILES |
POSTERIORES AL VENCIMIENTO DEL PERIODO O A LA SOLICITUD DEL ASEGURADO |
$1,000.00 M.N. POR DIA DE ATRASO |
Anexo 2
“PROPUESTA ECONÓMICA”
“CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS PARA EL ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS PARA EL EJERCICIO 2018”
Población a, __ de______ de 20__.
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
Para la presente licitación número LA-011L3P001-E127-2017 y de acuerdo a los servicios requeridos por la convocante, manifiesto que mi oferta económica, la cual considera la totalidad de los conceptos requeridos por la convocante en la convocatoria de esta licitación por el periodo de vigencia del contrato siendo la siguiente.
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN CANTIDAD MÁXIMA |
PRECIO UNITARIO |
TOTAL |
|
1 |
SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES CON AUTOS |
|
|
|
2 |
SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES, VIDA Y ACCIDENTES PERSONALES |
|
|
|
3 |
SEGURO DE RETIRO |
|
|
|
|
|
SUBTOTAL |
|
|
|
|
IVA |
|
|
|
|
TOTAL |
|
|
El seguro de vida no causa Impuesto del Valor Agregado.
Me comprometo bajo protesta de decir verdad, que la oferta estará vigente 60 (sesenta días) días naturales, contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones, así como que los precios serán firmes hasta la total prestación del servicio y a entera satisfacción de EL CETI”, y que los precios cotizados son en moneda nacional, es decir en pesos mexicanos, fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato que se suscriba, sin escalación.
Los precios expresados en mi propuesta económica en CompraNet, como lo señalado en el presente escrito para efecto de la Licitación Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. XX-000X0X000-X000-0000, están conforme a lo señalado en el Anexo 1 “Propuesta Técnica”, “CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS PARA EL ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS PARA EL EJERCICIO 2018 de la convocatoria de la presente licitación.
ATENTAMENTE
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE LA EMPRESA
Anexo 3
“FORMATO DE ESCRITO DE INTERÉS DE PARTICIPAR (REQUERIDO PARA LA JUNTA DE ACLARACIONES)”
Población a, __ de______ de 20__.
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
(Nombre del licitante), manifiesto con fundamento en el artículo 33 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y 45 tercero y cuarto párrafos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (RLAASSP), que tengo interés en participar en el procedimiento número LA-011L3P001-E127-2017 convocado por el centro de enseñanza técnica industrial para lo cual con fundamento en el artículo 48 fracción V del (RLAASSP), señalo a usted los siguiente:
DATOS DEL LICITANTE |
|||||||||||
NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL: |
|
||||||||||
Registró Federal de Contribuyentes: |
|
||||||||||
CURP (EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA) |
|
||||||||||
oBJETO SOCIAL: |
|
||||||||||
DOMICILIO FISCAL |
|||||||||||
Calle y número: |
|
Colonia: |
|
||||||||
Municipio o Delegación: |
|
C.P.: |
|
||||||||
Entidad Federativa: |
|
TELÉFONO: |
|
||||||||
correo ELECTRÓNICO: |
|
Fax: |
|
||||||||
DATOS DE ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL DE LA PERSONA MORAL (EN SU CASO) |
|||||||||||
Numero de escritura publica en la que consta su acta constitutiva: |
|
Notaría Número: |
|
||||||||
Lugar de la Notaría: |
|
Fecha: |
|
||||||||
Nombre xxx Xxxxxxx: |
|
||||||||||
Numero del Registro publico de la Propiedad: |
|
Fecha: |
|
||||||||
Lugar: |
|
||||||||||
Numero de ultima reforma constitutiva: |
|
NOTARIA NÚMERO: |
|
||||||||
Lugar de la Notaría: |
|
FECHA: |
|
||||||||
Nombre xxx Xxxxxxx: |
|
||||||||||
RELACIóN DE ACCIONISTAS |
|||||||||||
Nombre: |
|
RFC: |
|
||||||||
Nombre: |
*** AGREGAR O QUITAR TANTOS COMO ACCIONISTAS EXISTAN *** |
RFC: |
|
||||||||
DATOS DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL (EN SU CASO) |
|||||||||||
Nombre deL Apoderado o Representante Legal: |
|
||||||||||
ESCRITURA PÚBLICA mediante LA cual acredita su personalidad y facultades: |
|
Notaría Número: |
|
||||||||
Lugar de la Notaría: |
|
Fecha: |
|
||||||||
Nombre xxx Xxxxxxx: |
|
Bajo protesta de decir verdad refiero, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados así como, que cuento con facultades suficientes para participar en la junta de aclaraciones del procedimiento número LA-011L3P001-E127-2017, convocado por “EL CETI”.
ATENTAMENTE
-----------------------------------------------------------
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE LA EMPRESA
ANEXO 4
“FORMATO PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE ACLARACIÓN PARA LA JUNTA DE ACLARACIONES”
Población a, __ de______ de 20__.
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
Por medio del presente en mi carácter de representante legal de (nombre del licitante) y en relación a la Licitación Pública Nacional número LA-011L3P001-E127-2017 referente a ___________________, me permito solicitar la aclaración de los siguientes cuestionamientos:
No. |
REFERENCIA DE LA CONVOCATORIA |
PREGUNTA |
||
NUMERAL |
PUNTO / INCISO |
APARTADO / INCISO |
||
1 |
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
… |
|
|
|
|
Agradeciendo de antemano sus atenciones, reciba un cordial saludo.
ATENTAMENTE
___________________________________
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE LA EMPRESA
Anexo 5
“FORMATO DE ACREDITACIÓN”
Población a, __ de______ de 20__.
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
(Nombre representante legal), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:
Que no me encuentro dentro de ninguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
Que mí representada cuenta con facultades suficientes para comprometerse de conformidad con lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la LAASSP.
Así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la proposición para la presente licitación número LA-011L3P001-E127-2017 denominada ____________________, a nombre y representación de:
DATOS DEL LICITANTE |
|||||||||||
NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL: |
|
||||||||||
Registró Federal de Contribuyentes: |
|
||||||||||
CURP (EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA) |
|
||||||||||
oBJETO SOCIAL: |
|
||||||||||
DOMICILIO FISCAL |
|||||||||||
Calle y número: |
|
Colonia: |
|
||||||||
Municipio o Delegación: |
|
C.P.: |
|
||||||||
Entidad Federativa: |
|
TELÉFONO: |
|
||||||||
correo ELECTRÓNICO: |
|
Fax: |
|
||||||||
se autoriza expresamente aL CETI para que todas las notificaciones que se practiquen durante el procedimiento de licitación pública, como aquéllas que sean necesarias durante el periodo de ejecución del contrato se realicen en el domicilio y/o correo ELECTRÓNICO señalado. |
|||||||||||
DATOS DE ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL DE LA PERSONA MORAL (EN SU CASO) |
|||||||||||
Numero de escritura publica en la que consta su acta constitutiva: |
|
Notaría Número: |
|
||||||||
Lugar de la Notaría: |
|
Fecha: |
|
||||||||
Nombre xxx Xxxxxxx: |
|
||||||||||
Numero del Registro publico de la Propiedad: |
|
Fecha: |
|
||||||||
Lugar: |
|
||||||||||
Numero de ultima reforma constitutiva: |
|
NOTARIA NÚMERO: |
|
||||||||
Lugar de la Notaría: |
|
FECHA: |
|
||||||||
Nombre xxx Xxxxxxx: |
|
||||||||||
RELACIóN DE ACCIONISTAS |
|||||||||||
Nombre: |
|
RFC: |
|
||||||||
Nombre: |
*** AGREGAR O QUITAR TANTOS COMO ACCIONISTAS EXISTAN *** |
RFC: |
|
||||||||
DATOS DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL (EN SU CASO) |
|||||||||||
Nombre deL Apoderado o Representante Legal: |
|
||||||||||
ESCRITURA PÚBLICA mediante LA cual acredita su personalidad y facultades: |
|
Notaría Número: |
|
||||||||
Lugar de la Notaría: |
|
Fecha: |
|
||||||||
Nombre xxx Xxxxxxx: |
|
De igual forma manifiesto que de resultar con adjudicación en el presente procedimiento de contratación, asumo la responsabilidad total para el caso de que durante la prestación de los servicios, infrinja los derechos de terceros sobre patentes, marcas, o derechos de autor, así como que estoy de acuerdo con todo lo indicado en la convocatoria de esta licitación número LA-011L3P001-E127-2017.
Asimismo, a criterio de EL CETI” y para efectos de lo dispuesto por el artículo 35 de la LFPA, autorizo expresamente que las notificaciones que se practiquen durante los procedimientos de otorgamiento de prórrogas, aplicación xx xxxxx convencionales y deducciones al pago, así como rescisión administrativa del contrato, se lleven a cabo en el domicilio o correo electrónico que para el efecto manifiesto en el presente escrito, así como en el que en su momento se establezca en el contrato que se suscriba. En el entendido de que las notificaciones que se practiquen vía correo electrónico a mi representada, acepto se consideren como legalmente practicadas, cuando “EL CETI” obtenga el acuse de envío que genera automáticamente el sistema de correo electrónico con el que cuenta ésta última.
ATENTAMENTE
-----------------------------------------------------------
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE LA EMPRESA
FECHA
(EL PRESENTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARSE POR CADA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL QUE PARTICIPEN EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA EN CONJUNTO, DE SER APLICABLE AL CASO)
“MANIFESTACIÓN DE NACIONALIDAD
Población a, __ de______ de 20__.
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
Me refiero a la licitación pública electrónica nacional número LA-011L3P001-E127-2017 en la que mi representada, la empresa nombre de la empresa participa a través de la proposición que se contiene en el presente sobre.
(Aplica sólo para personas xxxxxxx)
Sobre el particular, manifiesto que el que suscribe, declara bajo protesta de decir verdad, que mi representada es originaria de los Estados Unidos Mexicanos, siendo una empresa nacional y se encuentra debidamente constituida conforme a la legislación aplicable en la materia.
(Aplica sólo para personas físicas)
Sobre el particular, manifiesto que el que suscribe, declara bajo protesta de decir verdad, que soy originario de los Estados Unidos Mexicanos.
ATENTAMENTE
___________________________________
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE LA EMPRESA
(EL PRESENTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARSE POR CADA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL QUE PARTICIPEN EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA EN CONJUNTO, DE SER APLICABLE AL CASO)
ANEXO 7
“MANIFESTACIÓN DE MIPYME”
Anexo al Oficio Circular No. UNCP/309/TU/00427/2009
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
Población a, __ de______ de 20__. (1)
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
Me refiero al procedimiento _________(3)_________ Xx. XX-000X0X000-X000-0000 (4) en el que mi representada, la empresa ____________(5)___________ participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles así como la contratación de bienes que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta decir verdad, que mi representada pertenece al sector ___(6)___, cuenta con ____(7)___ empleados de planta registrados antes el IMSS y con ____(8)____ personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de ______(9)______ obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa __(10)__, atendiendo a lo siguiente:
Estratificación |
||||
Tamaño |
Sector |
Rango
de Número de Trabajadores |
Rango
de Monto de Ventas Anuales (mdp) |
Tope máximo combinado* |
Micro |
Todas |
Hasta 10 |
Hasta $4 |
4.6 |
Pequeña |
Comercio |
Desde 11 hasta 30 |
Desde $4.01 hasta %100 |
93 |
Industria y Servicios |
Desde 11 hasta 50 |
Desde $4.01 hasta %100 |
95 |
|
Mediana |
Comercio |
Desde 31 hasta 100 |
Desde $100.01 hasta %250 |
235 |
Servicios |
Desde 51 hasta 100 |
|||
Industria |
Desde 51 hasta 250 |
Desde $100.01 hasta %250 |
250 |
|
*Tope Máximo combinado = ((Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%) |
||||
(7) (8) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8) |
(10) El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
Asimismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es _________(11)_________
ATENTAMENTE
___________________________________
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL (13)
NOMBRE DE LA EMPRESA
(EL PRESENTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARSE POR CADA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL QUE PARTICIPEN EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA EN CONJUNTO, DE SER APLICABLE AL CASO)
INSTRUCTIVO DE LLENADO
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
NUMERO |
DESCRIPCIÓN |
1 |
Señalar la fecha de suscripción del documento. |
2 |
Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante. |
3 |
Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa. |
4 |
Indicar el número respectivo del procedimiento. |
5 |
Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa. |
6 |
Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicios) |
7 |
Anotar el número de trabajadores de planta inscritos en el IMSS. |
8 |
En su caso, anotar el número de personas subcontratadas. |
9 |
Señalar el rango de monto de ventas anuales en millones de pesos (mdp), conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. |
10 |
Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la fórmula anotada al pie del cuadro de estratificación. |
11 |
Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante. |
12 |
Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean personas distintas, indicar el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran la oferta. |
13 |
Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante. |
ANEXO 8
“CARTA DE ACEPTACIÓN DE LA CONVOCATORIA”
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
Mediante este escrito, hago constar que el que suscribe en calidad de representante o apoderado legal de la persona física o moral denominada ________________________, con relación a la Licitación Pública Nacional número LA-011L3P001-E127-2017, para la adquisición de ___________________________, he leído íntegramente el contenido de la convocatoria de la referida licitación, sus anexos y el contenido de su(s) junta(s) de aclaraciones y acepto participar en esta licitación conforme a éstas, respetando y cumpliendo íntegra y cabalmente con el contenido de todos y cada uno de los requisitos establecidos en dichos documentos, los cuales rigen el citado procedimiento de contratación, lo anterior para los efectos que surtan en caso de adjudicación.
Asimismo, acepto que se tendrá como no presentada mi proposición y, en su caso, la documentación requerida por “EL CETI”, cuando opte por envío mediante CompraNet y el archivo electrónico en el que se contenga la proposición y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al CETI
ATENTAMENTE
___________________________________
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE LA EMPRESA
(EL PRESENTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARSE POR CADA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL QUE PARTICIPEN EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA EN CONJUNTO, DE SER APLICABLE AL CASO)
ANEXO 9
“ESCRITO DE LOS ARTÍCULOS 50 y 60 DE LA LAASSP”
(Aplica para personas físicas x xxxxxxx)
Población a, __ de______ de 20__.
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
Licitación Pública Nacional: LA-011L3P001-E127-2017
Yo nombre del representante o apoderado legal como representante o apoderado legal de la empresa nombre de la empresa manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
Que en la empresa que represento no participan personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
Asimismo, manifestó por mi conducto, que no participan en el presente procedimiento de contratación, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en los términos del párrafo anterior, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración, entre otros, los supuestos siguientes:
Que no participan personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del segundo párrafo de este escrito;
Que en el capital social de mi representada no participan personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del segundo párrafo de este escrito, y
Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas.
De igual forma, que mi representada no se encuentra dentro de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
ATENTAMENTE
___________________________________
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE LA EMPRESA
(EL PRESENTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARSE POR CADA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL QUE PARTICIPEN EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA EN CONJUNTO, DE SER APLICABLE AL CASO)
“DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
Población a, __ de______ de 20__.
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
Licitación Pública Nacional: LA-011L3P001-E127-2017
Yo nombre del representante legal o persona física como representante legal del licitante nombre de la persona física o moral licitante manifiesto bajo protesta de decir verdad que por mí mismo o a través de interpósita persona me abstendré de adoptar conductas para que los servidores públicos de EL CETI” introduzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del presente procedimiento de contratación u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas a mi representada con relación a los demás licitantes.
ATENTAMENTE
___________________________________
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE LA EMPRESA
(EL PRESENTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARSE POR CADA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL QUE PARTICIPEN EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA EN CONJUNTO, DE SER APLICABLE AL CASO)
“RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018
(ARTÍCULO 32-D DEL CFF)”
Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federación y entidades federativas
2.1.27. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.
En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.35.
En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, enviándola al Portal de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio.
CFF 32-D, 66, 66-A, 141, RMF 2016 2.1.35.
Opción para obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en dependencias gubernamentales.
2.1.28. Para efecto del artículo 32-D del CFF, con el objeto de ampliar los canales de obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, el SAT convendrá con dependencias gubernamentales, el que éstas puedan consultar dicha opinión por cuenta del contribuyente, en los módulos que las dependencias habiliten para tal fin.
Los empleados de las dependencias encargados de consultar la opinión del cumplimiento, lo efectuarán escaneando el código xx xxxxxx bidimensional contenido en la cédula de identificación fiscal que para tales efectos proporcionen los contribuyentes.
Las dependencias que presten dicho servicio, serán publicadas en la página de Internet del SAT y deberán implementar las medidas necesarias para salvaguardar la confidencialidad de la información a la que tendrán acceso sus empleados.
CFF 32-D
ANEXO 13
“DECLARACIÓN DE DISCAPACIDAD
Población a, __ de______ de 20__.
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
P R E S E N T E
PERSONA FÍSICA
Nombre ___________________________________, con RFC________________, con domicilio en: __________________________________, declaro bajo protesta de decir verdad que soy discapacitado y tengo más de seis meses registrado en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Antigüedad que compruebo con digital de los siguientes documentos, los cuales adjunto al presente escrito.
Aviso de alta de las personas con discapacidad al régimen obligatorio del IMSS (Documento que deberá ser legible).
Constancia que acredita que dichos trabajadores son personas con discapacidad en términos de lo previsto por la fracción IX del artículo 2 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.
Propuesta de Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones del Seguro Social del bimestre previo al acto de presentación y apertura de proposiciones del presente ejercicio fiscal.
PERSONA MORAL
En mi carácter de representante legal o apoderado legal de la empresa (nombre o razón social), declaro bajo protesta de decir verdad que mi representada cuenta en su plantilla de personal con un mínimo del 5% de empleados con discapacidad, con una antigüedad mayor de seis meses en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Antigüedad que compruebo con digital de los siguientes documentos, los cuales adjunto al presente escrito.
Aviso de alta de las personas con discapacidad al régimen obligatorio del IMSS (Documento que deberá ser legible).
Constancia que acredita que dichos trabajadores son personas con discapacidad en términos de lo previsto por la fracción IX del artículo 2 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.
Propuesta de Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones del Seguro Social del bimestre previo al acto de presentación y apertura de proposiciones del presente ejercicio fiscal.
ATENTAMENTE
___________________________________
(Nombre y firma)
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE LA EMPRESA
(EL PRESENTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARSE POR CADA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL QUE PARTICIPEN EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA EN CONJUNTO, DE SER APLICABLE AL CASO)
ANEXO 14
“AFILIACIÓN A LAS CADENAS PRODUCTIVAS DE NAFIN”
¿Cadenas Productivas?
Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica.
¿Afiliarse?
Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal.
Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos.
Cadenas Productivas ofrece:
Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico
Obtener liquidez para realizar más negocios
Mejorar la eficiencia del capital de trabajo
Agilizar y reducir los costos de cobranza
Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx.xx
Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (62 34 672)
Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita
Recibir información
Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal
Características descuento o factoraje electrónico:
Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)
Descuento aplicable a tasas preferenciales
Sin garantías, ni otros costos o comisiones adicionales
Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia
DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL
¿Qué es el directorio de compras?
Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios.
Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o bienes para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones.
Dudas y comentarios vía telefónica,
Llámenos al teléfono 0000 0000 o al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs.
Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, México, D.F.
LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Carta Requerimiento de Afiliación.
Debidamente firmada por el área usuaria compradora
**Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa).
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
**Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)
Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.,
Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
Completa y legible en todas las hojas.
**Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio.
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
Comprobante de domicilio Fiscal
Vigencia no mayor a 2 meses
Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)
Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.
Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio
Credencial de elector; pasaporte vigente o FM2 (para extranjeros)
La firma deberá coincidir con la del convenio
Alta en Hacienda y sus modificaciones
Formato R-1 o R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)
En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.
Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)
Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos
Sucursal, plaza, CLABE interbancaria
Vigencia no mayor a 2 meses
Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotora genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:
Contrato de descuento automático Cadenas Productivas firmado por el representante legal con poderes de dominio.
Convenios con firmas originales
Contratos Originales de cada Intermediario Financiero firmado por el representante legal con poderes de dominio.
(** Únicamente, para personas Xxxxxxx)
Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) o al 00-00-00-00; o acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:
Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx xx. 0000, Xxx Xxxxxxxxx Xxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA
ANEXO 16
MODELO DE CONTRATO
“CONTRATO PARA LA PRESTACION DE PÓLIZAS PARA EL ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS PARA EL EJERCICIO 2018,”
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL, A QUIEN SE DENOMINARÁ EN LO SUCESIVO “CETI”, REPRESENTADA POR EL ING. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, Y POR LA OTRA EL XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX A QUIEN SE LE DENOMINARÁ EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
DECLARACIONES
PRIMERA.- DECLARA “CETI”:
QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO CREADO MEDIANTE DECRETO DE CREACIÓN DE FECHA 08 OCHO XX XXXXX DE 1983 MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES, EMITIDO POR EL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN ESA MISMA FECHA.
QUE TIENE ESTABLECIDO SU DOMICILIO LEGAL EN LA FINCA MARCADA CON EL NÚMERO 1885 MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO DE LA CALLE NUEVA ESCOCIA, EN LA COLONIA PROVIDENCIA 5ta. XXXXXXX, XXXXXX XXXXXX 00000, XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXXX, XXXXXXX MISMO QUE SEÑALA PARA LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO;
QUE EL ING. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL, CUENTA CON LAS FACULTADES QUE LE CONCEDEN, TANTO EL DECRETO DE CREACIÓN DE FECHA 08 OCHO XX XXXXX DE 1983 MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES, EMITIDO POR EL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN ESA MISMA FECHA, EXPRESAS EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 4 Y FRACCIÓN XI DEL ARTÍCULO 9 DE DICHO DECRETO; FRACCIÓN XXVI, DEL ARTÍCULO 12 DEL DECRETO DE CREACIÓN DE “CETI”; EL ARTÍCULO 22 Y DEMÁS RELATIVOS XX XXX FEDERAL DE ENTIDADES PARAESTATALES, ASÍ COMO DEL NOMBRAMIENTO DE FECHA 14 CATORCE DE OCTUBRE DE 2011 DOS MIL ONCE, EXPEDIDO A SU FAVOR POR EL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN OTRAS SE ENCUENTRAN LAS QUE A CONTINUACIÓN SE ENUMERAN, DE FORMA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA:
DIRIGIR ACADÉMICA, TÉCNICA, Y ADMINISTRATIVAMENTE AL CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL;
REALIZAR ACTOS, CONVENIOS Y CONTRATOS DE INTERÉS PARA EL CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL;
CELEBRAR Y OTORGAR TODA CLASE DE ACTOS Y DOCUMENTOS INHERENTES AL OBJETO DEL CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL;
EJERCER LAS MÁS AMPLIAS FACULTADES DE DOMINIO Y DE ADMINISTRACIÓN EN RELACIÓN CON EL PATRIMONIO DEL CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL.
QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES: CET-830408-PL2.
QUE ES ESENCIAL PARA “CETI” CONTRATAR A “EL PROVEEDOR”, PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS Y PROGRAMAS ANUALES DE DICHA ENTIDAD.
QUE CUENTA CON LOS RECURSOS NECESARIOS PARA COMPROMETER RECURSOS DEL EJERCICIO 2018, MEDIANTE OFICIO _________________________________________ PARA HACER FRENTE AL COMPROMISO DERIVADO DE ESTE CONTRATO.
LA ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SE LLEVÓ A CABO MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO _______, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I; 26 Bis fracción II; 27; 28, FRACCIÓN III; Y 29 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, A SOLICITUD DE LA __________________________, ÁREA REQUIRENTE DE LOS BIENES, CONFORME AL FALLO DE FECHA ___________________________________.
LAS JEFATURAS DE SERVICIO DE APOYO ADMINISTRATIVO DE LOS PLANTELES COLOMOS, TÓNALA Y RIO SANTIAGO, SERÁN LAS ÁREAS RESPONSABLES DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA Y ÚNICA RESPONSABLE DE SOLICITAR LOS PAGOS QUE DEBAN EFECTUARSE, POR LO QUE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES A CARGO DE “EL PROVEEDOR”, DICHAS ÁREAS SERÁN LAS RESPONSABLES DE NOTIFICARLO POR ESCRITO DE MANERA INMEDIATA AL ÁREA REQUIRENTE DE LOS BIENES, PARA QUE ESTA A SU VEZ LO NOTIFIQUE AL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES, PARA LOS EFECTOS PROCEDENTES.
LAS ÁREAS RESPONSABLES DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE CORROBORAR QUE “EL PROVEEDOR”, PRESTE LOS SERVICIOS QUE LE ADJUDIQUEN CONFORME A LA PROPUESTA TÉCNICA QUE PRESENTE, LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SEÑALADAS EN LA CONVOCATORIA, JUNTA DE ACLARACIONES Y DE ACUERDO A LAS FECHAS SEÑALADAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, PARA EL EFECTO PODRÁ AUXILIARSE DEL PERSONAL ADSCRITO A DICHA ÁREA RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; CUANDO LOS SERVICIOS SE PRESTEN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA, SUS ANEXOS, SU(S) JUNTA(S) DE ACLARACIONES, LA PROPUESTA TÉCNICA DE “EL PROVEEDOR” Y EL PRESENTE CONTRATO, LAS ÁREAS RESPONSABLES DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PROCEDERÁ A REALIZAR LA EVALUACIÓN DE SERVICIO CORRESPONDIENTE Y SOLICITAR LOS PAGOS EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS PARA EL EFECTO EN LA CONVOCATORIA.
PARA EFECTO DE LO ANTERIOR, LAS ÁREAS RESPONSABLES DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, NOTIFICARÁ A LAS ÁREAS REQUIRENTES DE LOS SERVICIOS, QUE SE PRESTARON LOS SERVICIOS, DE CONFORMIDAD A LO SEÑALADO EN EL APARTADO 1.1 PLAZO Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA CONVOCATORIA.
CUENTA CON LOS RECURSOS PRESUPUESTALES NECESARIOS PARA CUBRIR LAS EROGACIONES QUE DERIVEN DE LA FIRMA DE ESTE INSTRUMENTO, TODA VEZ QUE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO AUTORIZÓ LA ASIGNACIÓN DEL PRESUPUESTO Y QUE EL ÁREA REQUIRENTE DE LOS BIENES CUENTA CON RECURSOS EN LAS PARTIDAS PRESUPUESTALES NÚMERO:
SEGUNDA.- “EL PROVEEDOR” declara que:
ES DE NACIONALIDAD MEXICANA Y OPERA CONFORME A LAS LEYES APLICABLES EN VIGOR, SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES, CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO ___________ Y QUE ACREDITA SU EXISTENCIA CON EL ACTA CONSTITUTIVA NÚMERO, ___________ DE FECHA ____________, EXPEDIDA ANTE LA XX XXX XXXXXXX PÚBLICO NÚMERO __ DE LA CIUDAD DE _____________, LIC. __________________.
EL REPRESENTANTE LEGAL ACREDITA SU PERSONALIDAD Y FACULTADES CON LA ESCRITURA PÚBLICA ___________, DE FECHA ____________, EXPEDIDA ANTE LA XX XXX XXXXXXX PÚBLICO NÚMERO ____ DE LA CIUDAD DE _________________, LIC. _______________________.
TIENE CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Y REÚNE LAS CONDICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS PARA OBLIGARSE A SUMINISTRAR LOS BIENES REQUERIDOS, LO CUAL FORMA PARTE DE SU OBJETO SOCIAL.
SEÑALA COMO SU DOMICILIO PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO LA CALLE_____________, COLONIA_______________, _____________________________, C.P._______, ASIMISMO, LAS NOTIFICACIONES QUE SE PRACTIQUEN A PARTIR DE LA FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, DURANTE EL SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DEL MISMO Y HASTA SU CONCLUSIÓN, PODRÁN HACERSE, A JUICIO DEL “CETI”, TANTO EN EL DOMICILIO DE “EL PROVEEDOR”, COMO EN LA CUENTA DE CORREO ELECTRÓNICO QUE PARA ESTE EFECTO SEÑALA Y AUTORIZA EXPRESAMENTE “EL PROVEEDOR” SIENDO LA SIGUIENTE:_______________, BASTANDO PARA EL “CETI” CON OBTENER LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN QUE EL SISTEMA GENERA AUTOMÁTICAMENTE, PARA TENERLAS POR LEGALMENTE VALIDAS, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35 FRACCIÓN II DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, APLICADA SUPLETORIAMENTE A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, DE ACUERDO A SU ARTÍCULO 11. DE IGUAL FORMA QUE LAS NOTIFICACIONES DE “EL PROVEEDOR” PARA CON EL“CETI” DEBERÁN REALIZARSE POR ESCRITO PRESENTADO EN LA OFICIALÍA DE PARTES DEL ÁREA REQUIRENTE, TÉCNICA, RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O EN SU CASO DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRTIVA, SEGÚN CORRESPONDA.
CONOCE EL CONTENIDO LEGAL Y LOS REQUISITOS QUE ESTABLECEN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO VIGENTES, PARA LA CONTRATACIÓN DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
CONVIENE QUE CUANDO LLEGARE A CAMBIAR SU NACIONALIDAD, SE SEGUIRÁ CONSIDERANDO MEXICANO, POR CUANTO REFIERE A LAS OBLIGACIONES DE ESTE CONTRATO, Y POR LO TANTO, A NO INVOCAR LA PROTECCIÓN DE NINGÚN GOBIERNO EXTRANJERO, BAJO LA PENA DE PERDER EN BENEFICIO DE EL “CETI” Y DE LA NACIÓN MEXICANA TODO DERECHO DERIVADO DE ESTE CONTRATO.
QUE NI “EL PROVEEDOR”, Y NINGUNO DE LOS MIEMBROS, DIRECTIVOS O EMPLEADOS QUE COLABORAN CON ÉL, SE ENCUENTRAN IMPEDIDOS PARA SUMINISTRAR LOS BIENES MATERIA DE ESTE CONTRATO, POR NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, CUYO CONTENIDO DECLARA CONOCER.
QUE CONOCE PLENAMENTE LAS NECESIDADES Y CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES QUE REQUIERE EL "CETI" Y QUE HA CONSIDERADO TODOS LOS FACTORES QUE INTERVIENEN EN LA ENTREGA DE LOS MISMOS, POR LO QUE MANIFIESTA QUE SU REPRESENTADA DISPONE DE ELEMENTOS SUFICIENTES PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS DE ESTE CONTRATO, Y QUE PARA SU CUMPLIMIENTO CUENTA CON LA EXPERIENCIA, LOS RECURSOS TÉCNICOS, FINANCIEROS, ADMINISTRATIVOS Y HUMANOS NECESARIOS, PARA LA ENTREGA ÓPTIMA DE LOS BIENES. DE IGUAL MANERA CONOCE EL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRONICA NÚMERO ________________ , INCLUYENDO CADA UNO DE SUS ANEXOS, PROCEDIMIENTO DEL CUAL DERIVA LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO. DICHA CONVOCATORIA Y SU JUNTA DE ACLARACIONES FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO, POR LO QUE SUS ESTIPULACIONES RESULTAN APLICABLES DE MANERA TOTAL.
EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA Y EL PRESENTE CONTRATO, PREVALECERÁ LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA.
QUE CONOCE EL CONTENIDO Y ALCANCES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, Y EN ESPECIAL DE LOS ARTÍCULOS 53, 53 BIS, 54, 54 BIS, 55 BIS, 59, 60, 61, 62, 63 Y 64 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, EN RELACIÓN CON LOS NUMERALES 95, 96, 97, 98, 99, 102, 109, 110, 111, 112, 113, 114 Y 115 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES, DEDUCCIONES AL PAGO, RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO, TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO Y LAS SANCIONES IMPUESTAS POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, POR INFRINGIR LAS DISPOSICIONES DEL CITADO ORDENAMIENTO, ASÍ COMO LAS SANCIONES DEL ORDEN CIVIL, PENAL Y ADMINISTRATIVO QUE PUEDAN DERIVAR DE LA COMISIÓN DE LOS MISMOS HECHOS.
QUE CONOCE EL CONTENIDO Y ALCANCES DE LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL"CETI", ASÍ COMO SU ESTATUTO ORGÁNICO Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES AL PRESENTE CONTRATO.
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- DEL OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A PROPORCIONAR A “EL CETI” EL O LOS “CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS PARA EL ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS PARA EL EJERCICIO 2018”, DE CONFORMIDAD A LO SEÑALADO EN EL ANEXO 1 “PROPUESTA TÉCNICA”, EN EL CUAL SE ESTABLECE LAS CARACTERISTICAS, ESPECIFICACIONES, LAS FECHAS, LUGARES Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y DE CONFORMIDAD A LA “PROPUESTA TÉCNICA” PRESENTADA POR “EL PROVEEDOR” EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y JUNTA DE ACLARACIONES, MISMA QUE FORMA PARTE INTEGRAL DEL PRESENTE CONTRATO.
PARA EL OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN, “EL CETI” REQUIERE QUE “EL PROVEEDOR” CUMPLA CON LAS OBLIGACIONES LABORALES RESPECTO DE TODOS Y DE CADA UNO DE LOS RECURSOS HUMANOS QUE EMPLEE PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A QUE SE CONVOCA, EN TÉRMINOS DE LO SEÑALADO EN EL NUMERAL XVI “RELACIONES LABORALES” DE LA CONVOCATORIA.
SEGUNDA.- DEL IMPORTE UNITARIO Y TOTAL A PAGAR POR LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES.
EL “CETI” PAGARÁ A “EL PROVEEDOR” COMO CONTRAPRESTACIÓN POR LA _____________________, SEÑALADOS EN LA CLÁUSULA QUE ANTECEDE, LA CANTIDAD TOTAL DE $__________________________________, (_____________________________PESOS 00/100 MN) SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), DE CONFORMIDAD AL SIGUIENTE CUADRO:
LOS PRECIOS A PAGAR POR LOS SERVICIOS CORRESPONDEN A LOS OFRECIDOS POR “EL PROVEEDOR” EN SU PROPOSICIÓN, EN SU PARTE ECONÓMICA Y SON FIJOS, POR LO QUE BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA “EL PROVEEDOR” PODRÁ MODIFICARLOS DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
TODO IMPUESTO Y/O DERECHO CAUSADO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS MATERIA DE ESTE CONTRATO, SERÁ A CARGO DE “EL PROVEEDOR”, EL “CETI” PAGARÁ ÚNICAMENTE EL IMPORTE CORRESPONDIENTE AL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA).
EL ÁREA RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO A LA CONTRATACIÓN SERÁ LA RESPONSABLE EN LA SOLICITUD DE LOS PAGOS RESPECTIVOS.
TERCERA.- FECHA, LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A PRESTAR A EL “CETI”, LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO DE CONFORMIDAD A LA CLÁUSULA PRIMERA, A PARTIR DEL DÍA 01 UNO DE ENERO DE 2018 DOS MIL DIECISIETE Y HASTA EL 31 TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE 2018 DOS MIL DIECISIETE; EN EL ENTENDIDO DE QUE EL OBJETO DEL CONTRATO QUE PARA EL EFECTO SUSCRIBAN LOS LICITANTES GANADORES Y LA CONVOCANTE SE MANTENDRÁ VIGENTE HASTA QUE SE HAGA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN SU TOTALIDAD Y LAS PARTES CUMPLAN CON TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES QUE DERIVEN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL RESPECTIVA.
“EL PROVEEDOR” PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, DEBERÁ DE APEGARSE A LO ESPECIFICADO EN EL ANEXO 1 “PROPUESTA TÉCNICA” DE ESTA CONVOCATORIA, SUS ANEXOS, LA(S) JUNTA(S) DE ACLARACIONES, LAS PROPUESTAS DEL LICITANTE GANADOR Y SU CONTRATO, LOS CUALES CONTIENEN LAS DESCRIPCIONES, LAS FECHAS Y LUGARES DE PRESTACIÓN DE DICHO SERVICIO QUE DEBERÁ PRESTARSE DE MANERA ININTERRUMPIDA DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
CUARTA.- PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO DE LOS BIENES.
EL PAGO DE LOS BIENES OBJETO DE LA LICITACIÓN SE REALIZARÁ EN MONEDA NACIONAL, ES DECIR EN PESOS MEXICANOS.
EL PAGO SE REALIZARÁ A MENSUALIDAD VENCIDA Y UNA VEZ QUE LAS ÁREA RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EMITAN LA EVALUACIÓN DE SERVICIO, POSTERIOR A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS NECESARIOS DE ACUERDO AL ANEXO 1 “PROPUESTA TÉCNICA DE LA CONVOCATORIA.
“EL PROVEEDOR” DEBERÁ(N) ELABORAR LA(S) FACTURA(S) DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE CONVOCATORIA, SUS JUNTAS DE ACLARACIONES Y EL CONTRATO QUE SE SUSCRIBA, Y PRESENTAR LA MISMA DE MANERA IMPRESA (EN ORIGINAL) O ELECTRÓNICA (DEBIENDO ADJUNTAR EL ARCHIVO EN FORMATO XML), JUNTO CON UN ANEXO QUE ESPECIFIQUE LOS SERVICIOS QUE AMPARA LA MISMA PARA QUE SE LE REALICE EL PAGO DENTRO DE LOS 20 VEINTE DÍAS NATURALES SIGUIENTES A SU PRESENTACIÓN; PARA EL CASO DEL ENVÍO DE FACTURAS ELECTRÓNICAS LA CONVOCANTE INFORMA AL PROVEEDOR QUE LAS MISMAS DEBERÁN SER ENVIADAS A TODAS LAS CUENTAS ELECTRÓNICAS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN O CUALQUIER OTRA QUE LE SEA NOTIFICADA POR ESCRITO POR PARTE DE DICHA ÁREA RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: .
EL (LOS) PROVEEDOR(ES) DEBERÁ(N) ENTREGAR LA(S) FACTURA(S) CORRESPONDIENTE(S) UNA VEZ QUE EL ÁREA RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO LE INFORME QUE DERIVADO DE LA REVISIÓN ES PROCEDENTE EL PAGO Y QUE POR LO TANTO PUEDE PRESENTAR LA FACTURA.
PARA EFECTO DEL TRÁMITE DE PAGO, EL LICITANTE GANADOR DEBERÁ PRESENTAR AL ÁREA RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
FACTURA IMPRESA Y EN ORIGINAL O ELECTRÓNICA.
FACTURAR A:
CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL.
XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX 0000 XXX. XXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, XXXXXXXXXXX, XXXXXXX.
RFC: CET-830408-PL2
LAS FACTURAS SERÁN RECIBIDAS POR EL ÁREA RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO CONFORME A LO SEÑALADO EN EL NUMERAL II, PUNTO 8 DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, DE LUNES A VIERNES DE 09:00 A 14:30 HORAS, MISMA(S) QUE SE ENCUENTRA(N) UBICADA(S) EN EL DOMICILIO SEÑALADO EN EL ANEXO 1 “PROPUESTA TÉCNICA” DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
LAS FACTURAS DEBERÁN CONTENER ENTRE OTROS, LA INFORMACIÓN RELATIVA AL NOMBRE Y NÚMERO DE LA LICITACIÓN MEDIANTE LA QUE SE ADJUDICÓ EL CONTRATO, EL NÚMERO DE CONTRATO CORRESPONDIENTE, ASÍ COMO LA DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS FACTURADOS.
COPIA DE LA ORDEN DE COMPRA O PEDIDO.
EN CASO DE SER ACREEDOR A ALGUNA PENA CONVENCIONAL O DEDUCCIÓN AL PAGO EN TÉRMINOS DE LA PRESENTE CONVOCATORIA Y EL CONTRATO QUE SE SUSCRIBA, DE ACUERDO A LA OPCIÓN SELECCIONADA PARA CUBRIR LA MISMA, DEBERÁ:
REFLEJAR EN SU FACTURA LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES O DEDUCCIONES AL PAGO.
ANEXAR NOTA DE CRÉDITO CORRESPONDIENTE.
EN CASO DE OPTAR POR LA OPCIÓN A TRAVÉS DEL FORMATO QUE GENERA EL SISTEMA E5CINCO (HOJA DE AYUDA), DEBERÁ ENTREGAR AL ÁREA RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EL ORIGINAL Y COPIA SIMPLE DEL RECIBO BANCARIO DE PAGO DE DERECHOS QUE LE ENTREGA LA INSTITUCIÓN BANCARIA O DE LA IMPRESIÓN DEL PAGO REALIZADO EN INTERNET. EL ORIGINAL DEL PAGO SERÁ RESGUARDADO POR DICHA ÁREA RESPONSABLE.
EVALUACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, EN EL CUAL SE APRECIE EL SELLO, NOMBRE, FECHA Y FIRMA DE LA PERSONA AUTORIZADA DE LOS MISMOS.
PARA EL TRÁMITE DE LAS TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS A LAS CUENTAS BANCARIAS DE LAS SOLICITUDES DE PAGO A FAVOR DE “EL PROVEEDOR”, ASÍ COMO PARA EL ALTA COMO BENEFICIARIO DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO, ES INDISPENSABLE SE PROPORCIONE COPIA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.).
CONSTANCIA DEL DOMICILIO FISCAL DEL BENEFICIARIO.
COPIA LEGIBLE DEL ESTADO DE CUENTA EN EL CUAL SE APRECIE EL NÚMERO DE CLABE (CLAVE BANCARIA ESTANDARIZADA), LA CUAL CONSTA DE 18 POSICIONES, PARA LO CUAL DEBERÁ ENVIARSE COPIA DE LA CARÁTULA DEL ESTADO DE CUENTA BANCARIO APERTURADO POR EL BENEFICIARIO, DONDE SE DEMUESTRE EL NOMBRE, DOMICILIO FISCAL Y NÚMERO DE CUENTA O BIEN CARTA DEL BANCO EN EL QUE PRECISE QUE EL PROVEEDOR ES EL BENEFICIARIO DE LA CUENTA, ASÍ COMO EL NÚMERO DE ÉSTA Y LA CLABE DE 18 DÍGITOS.
PARA EL CASO DE PERSONAS XXXXXXX, PODER NOTARIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL; EN CASO DE PERSONAS FÍSICAS, IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA.
ENTREGADA LA FACTURA, “EL CETI” CONTARÁ CON 3 (TRES) DÍAS HÁBILES PARA SU REVISIÓN. EN EL SUPUESTO DE QUE LA FACTURA Y/O DOCUMENTACIÓN PRESENTE ERRORES O DEFICIENCIAS “EL CETI” DENTRO DE LOS 3 (TRES) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL DE SU RECEPCIÓN, INDICARÁ POR ESCRITO A EL PROVEEDOR LAS DEFICIENCIAS QUE DEBA CORREGIR. EL PERIODO QUE TRANSCURRE A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO Y HASTA QUE EL PROVEEDOR PRESENTE LAS CORRECCIONES, NO SE CONSIDERARÁ COMO ATRASO EN EL PAGO IMPUTABLE A “EL CETI”, POR LO QUE EN ESTE SUPUESTO, SE DEBERÁ PRECISAR QUE EL TÉRMINO DE 20 DÍAS NATURALES PARA EFECTUAR EL PAGO COMENZARÁ A COMPUTARSE A PARTIR DE LA FECHA DE RECEPCIÓN DE LA NUEVA FACTURA.
LOS ERRORES QUE SE GENEREN EN LA FACTURACIÓN POR PARTE DEL PROVEEDOR, TENDRÁN QUE SER ACLARADOS EN EL SIGUIENTE ESTADO DE CUENTA, DE LO CONTRARIO “EL CETI” NO RECONOCERÁ LOS ADEUDOS ATRASADOS DESPUÉS DE ESA FECHA. DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 84 SÉPTIMO PÁRRAFO DEL RLAASSP, EL ÁREA RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ES EL ÁREA ENCARGADA DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE EMANAN DEL CONTRATO QUE SE SUSCRIBA, POR LO QUE ES OBLIGACIÓN DE LA MISMA EL COMUNICAR CON TODA OPORTUNIDAD AL ÁREA REQUIRENTE DE LOS SERVICIOS, CUALQUIER INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO QUE SUSCRIBA, PARA QUE ESTA A SU VEZ LO NOTIFIQUE AL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES PARA LOS EFECTOS PROCEDENTES.
EL PROVEEDOR DEBERÁ REINTEGRAR LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES, CONFORME AL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 51 DE LA LAASSP. LOS CARGOS SE CALCULARÁN SOBRE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO EN CADA CASO Y SE COMPUTARÁN POR DÍAS NATURALES DESDE LA FECHA DE PAGO, HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN DE EL CETI”.
CABE HACER MENCIÓN QUE EL PAGO QUEDARÁ CONDICIONADO PROPORCIONALMENTE AL PAGO QUE EL PROVEEDOR DEBA EFECTUAR POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES.
“EL CETI” NO PAGARÁ LOS SERVICIOS QUE NO HAYAN SIDO PRESTADOS POR EL LICITANTE Y EL IMPORTE DE LA FACTURA SE DETERMINARÁ DE ACUERDO A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. POR LO QUE LOS REMANENTES DE FACTURACIÓN QUE HAYAN QUEDADO PENDIENTES DEBIDO A QUE LOS SERVICIOS NO FUERON DEBIDAMENTE PRESTADOS, SERÁN CANCELADOS PARA SU PAGO EN DICHA FACTURA, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS PENAS CONVENCIONALES QUE RESULTEN Y QUE DEBERÁN DE CONTEMPLARSE COMO NOTA DE CRÉDITO PARA EL SIGUIENTE PAGO.
SE HACE MENCIÓN QUE PARA EFECTO DE PAGO, LAS FACTURAS QUE SEAN RECIBIDAS LOS DÍAS 25 (VEINTICINCO) AL ÚLTIMO DE CADA MES, SE INICIARÁ EL TRÁMITE DE PAGO EL PRIMER DÍA HÁBIL DEL SIGUIENTE MES.
QUINTA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 15 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZA, EN TANTO LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS NO SEAN PUESTAS EN LIQUIDACIÓN O DECLARADAS EN QUIEBRA, LAS MISMAS SE CONSIDERAN DE ACREDITADA SOLVENCIA Y NO ESTARÁN OBLIGADAS POR LO TANTO A CONSTITUIR DEPÓSITOS O FIANZAS LEGALES, SALVO TRATÁNDOSE DE RESPONSABILIDADES QUE PUEDAN DERIVARSE DE JUICIOS LABORALES, XX XXXXXX O CRÉDITOS FISCALES.
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR EL PROVEEDOR SE COMUNICARÁ A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, PARA LOS EFECTOS DE LOS ARTÍCULOS 59 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
SÉPTIMA.- PENAS CONVENCIONALES.
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 53 DE LA LAASSP, ARTÍCULOS 95 Y 96 DE SU REGLAMENTO Y DEMÁS NORMATIVIDAD APLICABLE, “EL CETI” NOTIFICARÁ Y APLICARÁ AL PROVEEDOR LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE SE HAGA ACREEDOR POR ACTUALIZAR ALGUNO DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
DESCRIPCIÓN |
PENALIZACIÓN |
ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DENTRO DEL PERIODO ESTABLECIDO PARA ELLO Y ATENDIENDO A LAS ESPECIFICACIONES REQUERIDAS, EN LA PRESENTE CONVOCATORIA Y SUS ANEXOS; LO SEÑALADO EN LA JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA Y LO QUE SE DESPRENDA DEL CONTRATO QUE SE SUSCRIBA. |
2% DEL VALOR DE LOS SERVICIOS NO PRESTADOS POR DÍA NATURAL DE ATRASO. |
LA PENA CONVENCIONAL POR ATRASO SE CALCULARÁ DE ACUERDO AL PORCENTAJE DE PENALIZACIÓN ESTABLECIDA PARA TAL EFECTO EN LA TABLA ANTERIOR, APLICADO AL VALOR DE LOS SERVICIOS QUE HAYAN SIDO PRESTADOS CON ATRASO Y DE MANERA PROPORCIONAL AL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO QUE CORRESPONDA A LA PARTIDA DE QUE SE TRATE. LA SUMA DE TODAS LAS PENAS CONVENCIONALES APLICADAS AL PROVEEDOR NO DEBERÁ EXCEDER EL IMPORTE DE DICHA GARANTÍA, PUDIÉNDOSE INICIAR EL PROCESO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO EN CUALQUIER MOMENTO EN EL QUE EL PROVEEDOR INCUMPLA CON SUS OBLIGACIONES, HACIÉNDOSE EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
EL PAGO DE LAS PENAS CONVENCIONALES A ELECCIÓN DEL PROVEEDOR DEBERÁ REALIZARSE EN UN PLAZO QUE NO EXCEDA DE 03 (TRES) DÍAS HÁBILES A PARTIR DE QUE ÉSTAS LE SEAN NOTIFICADAS Y PODRÁ SER MEDIANTE CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES OPCIONES:
EN LA FACTURA, EL MONTO AL QUE ASCIENDAN LAS PENAS CONVENCIONALES DEBERÁ SER RESTADA AL SUBTOTAL DE LA FACTURA ANTES DE I.V.A., Y DEBERÁ INDICAR QUE EL MONTO CORRESPONDE A LA PENALIZACIÓN POR ATRASO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
NOTA DE CRÉDITO AFECTANDO A LA FACTURA QUE EL LICITANTE GANADOR PRESENTE POR CONCEPTOS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS.
EL PAGO DE LOS SERVICIOS QUEDARÁ CONDICIONADO, PROPORCIONALMENTE, AL PAGO QUE EL LICITANTE GANADOR DEBA EFECTUAR POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES.
OCTAVA.- DEDUCCIONES AL PAGO.
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 53 BIS DE LA LAASSP Y AL ARTÍCULO 97 DE SU REGLAMENTO, CUANDO “EL CETI” ADVIERTA QUE EXISTA POR PARTE DEL PROVEEDOR UN INCUMPLIMIENTO PARCIAL O DEFICIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES, DETERMINARÁ EL MONTO AL QUE ASCIENDA LA DEDUCCIÓN AL PAGO DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE, NOTIFICÁNDOLA AL PROVEEDOR. LAS DEDUCCIONES AL PAGO SERÁN DETERMINADAS EN FUNCIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PRESTADOS DE MANERA PARCIAL O DEFICIENTE.
LAS DEDUCCIONES AL PAGO SE CALCULARÁN A RAZÓN DEL 5% (CINCO POR CIENTO) DEL VALOR DE LOS SERVICIOS PRESTADOS DE MANERA PARCIAL O DEFICIENTE, HASTA LA FECHA EN QUE MATERIALMENTE SE CUMPLA LA OBLIGACIÓN Y SIN QUE CADA CONCEPTO DE DEDUCCIONES EXCEDA EL 20% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO QUE SE SUSCRIBA.
LA SANCIÓN MÁXIMA POR CONCEPTO DE DEDUCCIONES NO EXCEDERÁ DEL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL DE LA PARTIDA RESPECTO A LOS SERVICIOS PRESTADOS DE MANERA PARCIAL O DEFICIENTE, PUDIÉNDOSE CANCELAR TOTAL O PARCIALMENTE LOS SERVICIOS OBJETO DEL INCUMPLIMIENTO PARCIAL O DEFICIENTE, O BIEN RESCINDIR EL CONTRATO UNA VEZ QUE SE HAYA LLEGADO A LA SANCIÓN MÁXIMA.
LAS DEDUCCIONES AL PAGO A QUE SE REFIERE ESTE PUNTO, SE DEBERÁN APLICAR EN LA FACTURA QUE EL PROVEEDOR PRESENTE PARA SU COBRO, INMEDIATAMENTE DESPUÉS DE QUE “EL CETI” TENGA CUANTIFICADA LA DEDUCCIÓN CORRESPONDIENTE. EN EL ENTENDIDO DE QUE EL PAGO DE LOS SERVICIOS QUEDARA CONDICIONADO, PROPORCIONALMENTE, AL PAGO QUE EL LICITANTE GANADOR DEBA EFECTUAR POR CONCEPTO DE DEDUCCIONES.
NOVENA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
“EL CETI” PODRÁ EN TODO MOMENTO, RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO ADJUDICADO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO A CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR EL LICITANTE AL QUE SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO, LA RESCISIÓN SE LLEVARÁ A CABO EN LOS TÉRMINOS Y PLAZOS SEÑALADOS EN LOS ARTÍCULOS 54 DE LA LAASSP, 98 Y 99 DEL RLAASSP Y CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LFPA, APLICADA SUPLETORIAMENTE EN LO QUE CORRESPONDA CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY.
PARA LO ANTERIOR, LA UNIDAD ADMINISTRATIVA QUE FUNJA COMO ÁREA REQUIRENTE, O EN SU CASO AQUELLA A LA CUAL SE ENCUENTRE ADSCRITA DICHA ÁREA, EN CASO DE DETERMINAR LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO DEBERÁ NOTIFICAR DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO AL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES, PARA LOS EFECTOS PROCEDENTES.
PARA EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, ASÍ COMO PARA EL CONTRATO QUE SE SUSCRIBA, SE ENTENDERÁ QUE EXISTE INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL LICITANTE GANADOR, EN LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL PROVEEDOR ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA DE LICITACIÓN, SUS ANEXOS, LA JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA QUE LLEVE A CABO “EL CETI” O EN EL CONTRATO QUE SE SUSCRIBA.
POR NO PRESTAR LOS SERVICIOS CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES, CARACTERÍSTICAS Y EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA DE LICITACIÓN, SUS ANEXOS, LA JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA QUE LLEVE A CABO “EL CETI” O EN EL CONTRATO QUE SE SUSCRIBA.
POR LA SUSPENSIÓN EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANERA INJUSTIFICADA.
POR NO OTORGAR A “EL CETI” LAS FACILIDADES PARA REALIZAR LAS VISITAS PREVISTAS EN EL NUMERAL V, PUNTO 5 DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, REVELE, DIVULGUE, COMPARTA, CEDA, TRASPASE, VENDA O UTILICE INDEBIDAMENTE LA INFORMACIÓN QUE CON CARÁCTER CONFIDENCIAL Y RESERVADA LE PROPORCIONE “EL CETI”.
POR CEDER LOS DERECHOS DE COBRO SIN CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN PREVIA POR PARTE DE “EL CETI”.
POR REBASAR EL MONTO LÍMITE DE APLICACIÓN XX XXXXX CONVENCIONALES.
CUANDO SE ALCANCE EL LÍMITE ESTABLECIDO PARA LA APLICACIÓN DE DEDUCCIONES AL PAGO RESPECTO DE UN CONCEPTO O PARTIDA.
POR NO REALIZAR EL PAGO DE LAS PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES AL PAGO A LAS QUE SE HAGA ACREEDOR.
POR SUBCONTRATAR O CEDER LA TOTALIDAD O PARTE DE LOS SERVICIOS, DERECHOS U OBLIGACIONES ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA DE LICITACIÓN, SUS ANEXOS, LA JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA QUE LLEVE A CABO “EL CETI” O EN EL CONTRATO QUE SE SUSCRIBA.
CUANDO EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN “EL CETI” EMITA RESOLUCIÓN QUE DETERMINE QUE EL PROVEEDOR PROPORCIONÓ INFORMACIÓN FALSA, O ACTÚO CON DOLO O MALA FE EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, EN LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO O DURANTE SU VIGENCIA, O BIEN, EN LA PRESENTACIÓN O DESAHOGO DE UNA QUEJA EN UNA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN O DE UNA INCONFORMIDAD.
SI EL PROVEEDOR SE DECLARA EN CONCURSO MERCANTIL.
POR NO DESLINDAR DE TODA RESPONSABILIDAD Y PRESTACIONES RECLAMADAS A “EL CETI”, EN CASO DE QUE ALGUNA DE LAS PERSONAS DESIGNADAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENTABLE DEMANDA LABORAL EN CONTRA DE “EL CETI”.
POR EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES CONSIGNADAS EN EL NUMERAL XVI “RELACIONES LABORALES” DE LA CONVOCATORIA.
POR SUSPENSIÓN O CESE DE ACTIVIDADES DE LA EMPRESA PROVEEDORA, ORDENADA POR AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS, CUALQUIERA QUE SEA LA CAUSA O MOTIVO. EN NINGÚN CASO SE CONSIDERARÁ LA SUSPENSIÓN O CESE A QUE SE REFIERE ESTE PUNTO COMO CAUSA JUSTIFICADA.
POR NO MANTENER VIGENTES DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS LAS LICENCIAS, AUTORIZACIONES O PERMISOS QUE EXIGEN LAS DISPOSICIONES LEGALES, REGLAMENTARIAS O ADMINISTRATIVAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
CUANDO SE RESCINDA EL CONTRATO SE FORMULARÁ EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE DEBA EFECTUAR “EL CETI” POR CONCEPTO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS HASTA EL MOMENTO DE LA RESCISIÓN.
SI DE MANERA PREVIA A LA DETERMINACIÓN DE DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, SE DIERE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, EL PROCEDIMIENTO INICIADO QUEDARÁ SIN EFECTO, PREVIA ACEPTACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL ÁREA REQUIRENTE RESPECTIVA, DE QUE CONTINÚA VIGENTE LA NECESIDAD DE LOS MISMOS, APLICANDO EN SU CASO, LAS PENAS CONVENCIONALES CORRESPONDIENTES.
EL ÁREA REQUIRENTE DE LOS SERVICIOS PODRÁ DETERMINAR NO DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, CUANDO DURANTE EL PROCEDIMIENTO ADVIERTA QUE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO PUDIERA OCASIONAR ALGÚN DAÑO O AFECTACIÓN A LAS FUNCIONES QUE TIENE ENCOMENDADAS. EN ESTE SUPUESTO, DEBERÁ ELABORAR UN DICTAMEN EN EL CUAL JUSTIFIQUE QUE LOS IMPACTOS ECONÓMICOS O DE OPERACIÓN QUE SE OCASIONARÍAN CON LA RESCISIÓN DEL CONTRATO RESULTARÍAN MÁS INCONVENIENTES.
AL NO DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, “EL CETI” ESTABLECERÁ CON EL PROVEEDOR OTRO PLAZO, QUE LE PERMITA SUBSANAR EL INCUMPLIMIENTO QUE HUBIERE MOTIVADO EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO. EL CONVENIO MODIFICATORIO QUE AL EFECTO SE CELEBRE DEBERÁ ATENDER A LAS CONDICIONES PREVISTAS POR LOS DOS ÚLTIMOS PÁRRAFOS DEL ARTÍCULO 52 DE LA LAASSP.
CUANDO POR MOTIVO DEL ATRASO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN SE UBIQUE EN UN EJERCICIO FISCAL DIFERENTE A AQUÉL EN QUE HUBIERE SIDO ADJUDICADO EL CONTRATO, EL ÁREA REQUIRENTE PODRÁ CONTINUAR CON LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, PREVIA VERIFICACIÓN DE QUE CONTINÚA VIGENTE LA NECESIDAD DE LOS MISMOS Y SE CUENTA CON PARTIDA Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA DEL EJERCICIO FISCAL VIGENTE, DEBIENDO MODIFICARSE LA VIGENCIA DEL CONTRATO CON LOS PRECIOS ORIGINALMENTE PACTADOS. CUALQUIER PACTO EN CONTRARIO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 54 DE LA LAASSP, SE CONSIDERARÁ NULO.
PROCEDERÁ LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL PROVEEDOR, PUDIENDO “EL CETI” ADJUDICARLO CONFORME AL PROCEDIMIENTO INDICADO EN EL ARTÍCULO 41, FRACCIÓN VI DE LA LAASSP.
EN CASO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO, SE APLICARÁ LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
DÉCIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 54 BIS DE LA LAASSP, EL ÁREA REQUIRENTE DE LOS SERVICIOS A TRAVÉS DE LA DA, PODRÁN CONVENIR DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL(LOS) CONTRATO(S) QUE SE SUSCRIBA(N) SIN QUE MEDIE RESOLUCIÓN JUDICIAL, EN LOS SIGUIENTES CASOS:
CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL;
CUANDO POR CAUSA JUSTIFICADA SE EXTINGA LA NECESIDAD DE LOS SERVICIOS ORIGINALMENTE CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO AL ESTADO.
CUANDO SE DETERMINE LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO, CON MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN DE UNA INCONFORMIDAD EMITIDA POR LA SFP.
LA DETERMINACIÓN DE DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO DEBERÁ CONSTAR POR ESCRITO MEDIANTE DICTAMEN EMITIDO POR EL TITULAR DE LA DA Y EL ÁREA REQUIRENTE DE LOS SERVICIOS, EN EL CUAL SE PRECISEN LAS RAZONES O LAS CAUSAS JUSTIFICADAS QUE DEN ORIGEN A LA MISMA Y BAJO SU RESPONSABILIDAD.
DERIVADO DE LO ANTERIOR, SE PROCEDERÁ A LA FORMALIZACIÓN DEL CONVENIO DE TERMINACIÓN RESPECTIVO Y DEL FINIQUITO, EN DONDE SE DETALLARÁN EN FORMA PORMENORIZADA LOS IMPORTES A CUBRIR, LOS SERVICIOS QUE SE HAYAN CUBIERTO Y LOS QUE ESTÉN PENDIENTES DE PAGO.
ASIMISMO, “EL CETI” REEMBOLSARÁ AL LICITANTE GANADOR LOS GASTOS NO RECUPERABLES EN QUE HAYA INCURRIDO, SIEMPRE QUE ÉSTOS SEAN RAZONABLES, ESTÉN DEBIDAMENTE COMPROBADOS Y SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON EL CONTRATO CORRESPONDIENTE.
DÉCIMA PRIMERA.- AUTORIZACIÓN DE PRÓRROGAS.
“EL CETI” REQUIERE QUE LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN SEAN PRESTADOS EN TIEMPO Y FORMA Y EXIGIRÁ EL CABAL CUMPLIMIENTO DE LOS TIEMPOS SEÑALADOS.
SÓLO EN CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR O CAUSAS ATRIBUIBLES A “EL CETI”, SE CONSIDERARÁ EL OTORGAMIENTO DE PRÓRROGA, DEJANDO CONSTANCIA QUE ACREDITE EL SUPUESTO EN EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN RESPECTIVO. ÉSTA DEBERÁ SER SOLICITADA POR ESCRITO Y DEMOSTRADA ANTE LA DA.
LA PRÓRROGA PODRÁ SER OTORGADA POR UNA SOLA OCASIÓN, RESPECTO DEL EVENTO QUE LE DIO ORIGEN Y POR EL TIEMPO QUE LA DA CONSIDERE NECESARIO DE ACUERDO A LA CAUSA QUE DIO ORIGEN A DICHA SOLICITUD.
EN NINGÚN CASO SE CONSIDERARÁ COMO CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR LA SUSPENSIÓN O CESE DE ACTIVIDADES DE LA EMPRESA PROVEEDORA, ORDENADA POR AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS, CUALQUIERA QUE SEA LA CAUSA O MOTIVO.
EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA PRÓRROGA SE AJUSTARÁ A LO SIGUIENTE:
EL PROVEEDOR PODRÁ SOLICITAR PRÓRROGA DURANTE EL PERIODO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ESTABLECIDO EN EL CONTRATO, DEBIENDO HACERLO DENTRO DE LOS 06 (SEIS) DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL EVENTO QUE LA MOTIVA Y DENTRO DEL PERIODO DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; PARA QUE PUEDA SER TOMADA EN CUENTA, LA PRÓRROGA DEBERÁ SOLICITARSE POR ESCRITO, ACOMPAÑANDO LOS MEDIOS DE CONVICCIÓN QUE ACREDITEN LA FACTIBILIDAD DE QUE SE OTORGUE, DIRIGIENDO EL ESCRITO AL COORDINADOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, ÉSTE TENDRÁ UN PLAZO DE 06 (SEIS) DÍAS HÁBILES POSTERIOR A LA RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD PARA CONTESTAR AL RESPECTO POR ESCRITO, MISMO QUE SERÁ NOTIFICADO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL NUMERAL IV, PUNTO 9 “NOTIFICACIONES A LOS LICITANTES PARTICIPANTES” DE LA PRESENTE CONVOCATORIA DE LICITACIÓN.
A EFECTOS DE DAR CONTESTACIÓN, LA DA CORRERÁ TRASLADO DEL ESCRITO DE SOLICITUD DE PRÓRROGA AL ÁREA REQUIRENTE DE LOS SERVICIOS, A EFECTO DE QUE SE MANIFIESTE RESPECTO A LA PROCEDENCIA DE LA MISMA, PARA LO CUAL ÉSTA TENDRÁ UN PLAZO DE 03 (TRES) DÍAS HÁBILES POSTERIORES A SU NOTIFICACIÓN. UNA VEZ RECIBIDAS LAS MANIFESTACIONES SE PROCEDERÁ A DAR CONTESTACIÓN AL ESCRITO DE SOLICITUD DEL PROVEEDOR.
PARA EL CASO DE QUE OCURRA EL INCIDENTE EL ÚLTIMO DÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EL PROVEEDOR CONTARÁ CON 01 (UN) DÍA HÁBIL PARA SOLICITAR LA PRÓRROGA CORRESPONDIENTE.
EN CASO DE QUE SE AUTORICE LA PRÓRROGA, EL NUEVO PERIODO AUTORIZADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, CONTARÁ A PARTIR DE QUE LE SEA NOTIFICADA LA RESPUESTA A LA SOLICITUD.
DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 52 DE LA LAASSP, “EL CETI”, DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO Y DISPONIBLE Y POR RAZONES FUNDADAS Y EXPLÍCITAS, PODRÁ INCREMENTAR LAS CANTIDADES DE LOS SERVICIOS, EL MONTO DEL CONTRATO O AMPLIAR LA VIGENCIA DEL CONTRATO, MEDIANTE LAS MODIFICACIONES AL O LOS CONTRATOS VIGENTES DERIVADOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN Y SIN TENER QUE RECURRIR A LA CELEBRACIÓN DE UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL DE LAS MODIFICACIONES NO REBASE EN CONJUNTO EL 20% (VEINTE POR CIENTO) DEL MONTO O CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS Y VOLÚMENES ESTABLECIDOS ORIGINALMENTE EN LOS MISMOS Y EL PRECIO DE LOS SERVICIOS SEA IGUAL AL PACTADO ORIGINALMENTE.
LAS MODIFICACIONES AL O LOS CONTRATOS SE PACTARÁN MEDIANTE CONVENIO MODIFICATORIO Y SU CUMPLIMIENTO DEBERÁ SER GARANTIZADO POR EL LICITANTE GANADOR MEDIANTE PÓLIZA DE FIANZA, GARANTIZANDO LAS CANTIDADES O MONTOS DEL MENCIONADO CONVENIO
DÉCIMA TERCERA.- CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
DE CONFORMIDAD AL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE LA LAASSP, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE PROCEDIEMIENTO NO PODRÁN SER TRANSFERIDOS EN FORMA PARCIAL NI TOTAL A FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, PARA LO CUAL EL PROVEEDOR DEBERÁ SOLICITAR POR ESCRITO EL CONSENTIMIENTO DE “EL CETI”, ESPECIFICANDO LA PERSONA FÍSICA O MORAL A LA CUAL SE PRETENDEN CEDER LOS DERECHOS DE COBRO, ASÍ COMO, SI LA CESIÓN ES PARCIAL O TOTAL, DETERMINANDO EN SU CASO EL MONTO Y PERÍODO DE LA MISMA, “DE “EL CETI””, UNA VEZ RECIBIDO EL ESCRITO, ANALIZARÁ LA SOLICITUD Y EN CASO DE CONSIDERARLO PROCEDENTE OTORGARÁ SU CONSENTIMIENTO MEDIANTE OFICIO, NO OBSTANTE LO ANTERIOR LA FACTURA DEBERÁ SER EMITIDA POR EL LICITANTE GANADOR
“EL PROVEEDOR, DEBERÁ PRESENTAR LA SOLICITUD MENCIONADA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, DIEZ DÍAS PREVIOS A LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA QUE SE PRETENDA COBRAR, A EFECTO DE QUE AL MOMENTO DE PRESENTAR LA FACTURA PARA SU COBRO, SE ANEXE A LA MISMA EL OFICIO POR MEDIO DEL CUAL “EL CETI”, OTORGA SU CONSENTIMIENTO PARA LA CESIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO.
LA INFORMACIÓN GENERADA DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, SERÁ CLASIFICADA COMO “CONFIDENCIAL” POR LO QUE EL LICITANTE GANADOR NO PODRÁ HACER USO DE LA MISMA BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA.
DÉCIMA CUARTA.- REGISTRO DE DERECHOS, DERECHOS DE AUTOR U OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS.
“EL PROVEEDOR” ASUMIRÁ LA RESPONSABILIDAD TOTAL EN CASO DE QUE AL ENTREGAR LOS BIENES OBJETO DE ESTE PROCESO, VIOLE EL REGISTRO DE DERECHOS A NIVEL NACIONAL O INTERNACIONAL, DERECHOS DE AUTOR, PROPIEDAD INTELECTUAL O INDUSTRIAL, MARCAS O PATENTES.
DÉCIMA QUINTA.- RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS
“EL PROVEEDOR” QUEDARÁ OBLIGADO ANTE EL “CETI” A RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN, SUS ANEXOS, LA JUNTA DE ACLARACIONES, EL PRESENTE CONTRATO Y LA LEGISLACIÓN VIGENTE Y APLICABLE EN LA MATERIA.
DÉCIMA SEXTA.- SEGUROS.
EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” CONTRATE SEGUROS, ÉSTE SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE CUBRIR LAS PÓLIZAS Y DEDUCIBLES CORRESPONDIENTES.
.DÉCIMA SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD.
“EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE A MANTENER EN ESTRICTA CONFIDENCIALIDAD LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN QUE LE PROPORCIONE EL “CETI” PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO, ASIMISMO, NO REVELARÁ DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O CON POSTERIORIDAD A SEIS AÑOS, NINGUNA INFORMACIÓN QUE UTILICE Y/O SEA PROPIEDAD DE EL “CETI” RELACIONADA CON EL CONTRATO; EXCEPTO, CUANDO ATENDIENDO A LA NATURALEZA DE LA INFORMACIÓN, LA LEGISLACIÓN ESTABLEZCA PLAZO DISTINTO.
EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, REVELE, DIVULGUE, COMPARTA, CEDA, TRASPASE, VENDA O UTILICE INDEBIDAMENTE LA INFORMACIÓN QUE CON CARÁCTER CONFIDENCIAL Y RESERVADA LE PROPORCIONE EL “CETI”, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL TÍTULO TERCERO DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Y EN LO CONDUCENTE POR LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, EL “CETI” TENDRÁ DERECHO DE RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO CONFORME A LA CLÁUSULA RESPECTIVA DEL CONTRATO QUE DERIVE DE LA PRESENTE INVITACIÓN.
ADICIONALMENTE, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A DEJAR A SALVO A EL “CETI” DE CUALQUIER CONTROVERSIA Y EN SU CASO, CUBRIR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR REVELAR, DIVULGAR, COMPARTIR, CEDER, TRASPASAR, VENDER O UTILIZAR INDEBIDAMENTE LA INFORMACIÓN QUE CON CARÁCTER CONFIDENCIAL Y RESERVADA, LE PROPORCIONE “EL CETI”, EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
DÉCIMA OCTAVA.- RELACIONES LABORALES.
“EL PROVEEDOR” COMO RESPONSABLE DEL PERSONAL QUE OCUPA CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS MATERIA DE ESTE CONTRATO, RATIFICA QUE CUENTA CON TODOS LOS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y ECONÓMICOS PARA SUMINISTRAR LOS MISMOS, POR LO QUE SE OBLIGA A ASIGNAR AL PERSONAL ESPECIALIZADO PARA LA ENTREGA DE LOS MISMOS, RESPONSABILIZÁNDOSE E INSTRUYÉNDOLES, PARA CUMPLIR EFICAZMENTE CON LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS Y PARA OBSERVAR LA LEGISLACIÓN, REGLAMENTACIÓN Y NORMATIVIDAD APLICABLE.
EL “CETI” NO SERÁ CONSIDERADA POR NINGÚN MOTIVO COMO PATRÓN SUSTITUTO O SOLIDARIO, EN RELACIÓN AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y DEL PRESENTE CONTRATO, POR LO QUE “EL PROVEEDOR” DESLINDA EXPRESAMENTE A “EL CETI”, DE CUALQUIER RECLAMACIÓN QUE DERIVE DE LAS RELACIONES LABORALES QUE SE DIERAN ENTRE “EL PROVEEDOR” Y SUS TRABAJADORES, Y EN EL CASO DE QUE “EL CETI” TUVIERA QUE PAGAR CUALQUIER CANTIDAD BAJO CUALQUIER CONCEPTO YA FUERA DEL ORDEN LABORAL, ADMINISTRATIVO Y/O FISCAL QUE PROCEDIERA DE DICHAS RELACIONES LABORALES, LE DEBERÁ SER TOTALMENTE REEMBOLSADO POR “EL PROVEEDOR”, MÁS LOS INTERESES QUE SE PACTAN A LA TASA ESTIPULADA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN PARA LOS CRÉDITOS FISCALES.
ASIMISMO, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A QUE PARA EL CASO DE QUE ALGUNA DE LAS PERSONAS DESIGNADAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENTABLE DEMANDA LABORAL EN CONTRA DE “EL CETI”, DENTRO DEL TÉRMINO LEGAL CONCEDIDO PARA LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA COMPARECERÁ ANTE LA AUTORIDAD COMPETENTE A DESLINDAR DE TODA RESPONSABILIDAD Y PRESTACIONES RECLAMADAS A LA ENTIDAD; LO QUE DEBERÁ COMPROBAR A “EL CETI” CON LA ENTREGA DEL ACUSE DE RECIBO ORIGINAL DEL ESCRITO QUE HUBIESE PRESENTADO ANTE LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA ASUMIR TODA LA RESPONSABILIDAD, O CON LA ACTUACIÓN DE LA AUTORIDAD LABORAL DE LA QUE ASÍ SE DESPRENDA. PARA EL CASO DE QUE NO LO HAGA DENTRO DEL TÉRMINO O ETAPA REFERIDOS, NI DENTRO DE LOS 15 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A SU VENCIMIENTO O VERIFICACIÓN, “EL CETI” PODRÁ RESCINDIR EL CONTRATO, SIN PERJUICIO DE QUE TAMBIÉN PUEDA RECLAMAR EN LA VÍA JURISDICCIONAL EL PAGO DEL TOTAL DE LAS ENTREGAS RECLAMADAS QUE SE LLEGUEN A OCASIONAR POR ESTE MOTIVO. DE IGUAL FORMA “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A RESPONSABILIZARSE DE LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS QUE PUDIERAN DERIVARSE DE LA INTERPOSICIÓN DE ALGUNA DEMANDA DE CUALQUIER ÍNDOLE QUE SUS EMPLEADOS PUDIESEN LLEGAR A INTERPONER EN CONTRA DE “EL CETI” Y QUE RESARCIRÁ A LA ENTIDAD DE TODO DAÑO O PERJUICIO QUE ÉSTA PUDIERA SUFRIR POR TAL SITUACIÓN.
DÉCIMA NOVENA.- INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN.
PARA EFECTOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 107 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, CUANDO LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y/O EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL “CETI”, REQUIERAN INFORMACIÓN Y/O DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON EL PRESENTE CONTRATO, “EL PROVEEDOR”, SE OBLIGA A PROPORCIONARLA EN EL MOMENTO QUE SE LE REQUIERA, CON MOTIVO DE LAS AUDITORIAS, VISITAS O INSPECCIONES QUE SE PRACTIQUEN.
VIGÉSIMA.-DEL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN
DE CONFORMIDAD A LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 77, 78 Y 79 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, ASÍ COMO LOS NUMERALES 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135 Y 136 DE SU REGLAMENTO, EN CUALQUIER MOMENTO EL PRESTADOR O LA CETI PODRÁN PRESENTAR ANTE LA SFP SOLICITUD DE CONCILIACIÓN, POR DESAVENENCIAS DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO DERIVADO DE LA LICITACIÓN.
VIGÉSIMA PRIMERA.-VIGENCIA DEL CONTRATO
EL PRESENTE CONTRATO SERÁ VIGENTE A PARTIR DE LA FIRMA DEL MISMO Y HASTA QUE “EL PROVEEDOR” PRESTE A EL “CETI” EN SU TOTALIDAD LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y LAS PARTES CUMPLAN CON TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES QUE DERIVEN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL RESPECTIVA.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y COMPETENCIA. PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO ASÍ COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, SERÁ APLICABLE LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO.
LAS DISPOSICIONES APLICABLES SUPLETORIAMENTE A ESTE CONTRATO EN TODO LO NO PREVISTO EN EL MISMO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SERÁN LAS CONTENIDAS EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO, ASÍ COMO EN EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES QUE LE SEAN APLICABLES.
PARA EL CASO DE CONTROVERSIA LAS PARTES SE SOMETEN A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES FEDERALES CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO, POR LO TANTO “EL PROVEEDOR” RENUNCIA A LA COMPETENCIA QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO.
LEÍDO QUE FUE POR LAS PARTES QUE EN ÉL INTERVIENEN Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, SE FIRMA POR DUPLICADO AL CALCE Y AL MARGEN DE TODAS SUS FOJAS ÚTILES EN LA CIUDAD DE ZAPOPAN, JALISCO, MÉXICO, EL ______________________________.
ENTERADAS LAS PARTES DE LOS EFECTOS Y ALCANCE LEGAL DE ESTE INSTRUMENTO LO FIRMAN ANTE LA PRESENCIA DE DOS TESTIGOS EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO, A LOS XX DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL 2017, EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA CETI.
CETI
XX. XXXX XXXXXX XXXXXX DIRECTOR GENERAL |
EL PRESTADOR
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX. REPRESENTANTE LEGAL |
AREA REQUIRENTE Y RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SEGUIMIENTO AL CONTRATO.
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN |
TESTIGO
L.E. XXXXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX JEFA DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES
|
INFORMACIÓN: PÚBLICA
ASUNTO CARTA COMPROMISO AL CIUDADANO.
DEPENDENCIA CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA INDUSTRIAL
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
NOMBRE DEL TRAMITE LICITACIONES PÚBLICAS
RESPONSABLE XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN XXXXX XXXXXXX XX. 0000, XXX. XXXXXXXXXXX 0XX. XXXXXXX
XXXXXXXXXXX, XXX.
TELEFONO (0000) 00-00-00-00
CORREO ELECTRÓNICO xxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxx.xx
ESTA CARTA ESTABLECE NUESTRO COMPROMISO DE ASEGURAR ABSOLUTA
TRANSPARENCIA EN EL PROCESO LICITATORIO!
FINALIDAD DEL TRÁMITE
ASEGURAR AL LICITANTE LOS CRITERIOS DE ECONOMÍA, EFICACIA, IMPARCIALIDAD Y HONRADEZ MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PARA OBTENER LAS MEJORES CONDICIONES DE PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO, OPORTUNIDAD Y DEMÁS CIRCUNSTANCIAS PERTINENTES EN LAS ADQUISICIONES Y SERVICIOS CONTRATADOS.
¿DÓNDE PUEDE REALIZAR EL TRÁMITE?
DEBERÁ ESTAR PENDIENTE DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN COMPRANET (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx) Y REVISAR QUE XXXX DE SU INTERÉS, Y EL REGISTRO DE LA MISMA.
RESPONSABILIDAD DEL LICITANTES
EN
ESTE COMPROMISO SU PARTICIPACIÓN ES IMPORTANTE, PARA ELLO REQUERIMOS
SU COLABORACIÓN EN:
OFRECER PRECIOS Y CALIDAD PERTINENTES.
GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LO SOLICITADO.
DAR A CONOCER LOS SERVICIOS PREVIOS A LA LICITACIÓN DIRECTAMENTE CON LAS ÁREAS USUARIAS.
REQUISITOS
APEGARSE A LO SOLICITADO EN LA PRESENTE DE CONVOCATORIA.
COMPROMISOS DEL SERVICIO
OPORTUNO |
EMITIR LA CONVOCATORIA DE A CUERDO A LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS EN LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO |
XXXXXX |
LLEVARLA A CABO EN NO MÁS DEL TIEMPO ESTABLECIDO EN LA LEY DESPUÉS DE SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. |
AMABLE |
EL PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES, LO TRATARÁ CON CORTESÍA, CORDIALIDAD Y LE AYUDARÁ A ACLARAR CUALQUIER DUDA QUE TENGA QUE VER CON EL TRÁMITE. |
HONESTO |
NINGÚN SERVIDOR PÚBLICO DE EL CETI”, LE SOLICITARÁ GRATIFICACIÓN, DÁDIVA O PAGO ALGUNO DIVERSO A LO ESTABLECIDO EN ESTA CARTA COMPROMISO AL CIUDADANO. |
TRANSPARENTE |
NINGÚN SERVIDOR PÚBLICO DE EL CETI”, LE SOLICITARÁ REQUISITOS DISTINTOS A LOS QUE SE ESTABLECEN EN ESTA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PUBLICADA. |
¿QUÉ HACER SI NO CUMPLIMOS?
NUESTRO PROPÓSITO ES BRINDAR UN SERVICIO DE CALIDAD, EN CASO DE QUE DETECTE DEFICIENCIAS U OMISIONES EN SU ATENCIÓN O EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, USTED PUEDE DIRIGIRSE A:
ATENCIÓN INMEDIATA
NOMBRE LIC. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
CARGO TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN “EL CETI”.
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XX. 0000, XXX. XXXXXXXXXXX 0xx XXXXXXX; XXXXXXXXXXX, XXX.
TELÉFONO 00-00-00-00 EXT. 207, 255.
HORARIO DE 9:00 A.M. A 6:00 P.M.
CORREO ELECTRÓNICO xxxxxxxx@xxxx.xx
COMPROMISO DE MEJORA
GARANTIZAR UN PROCESO HONESTO Y TRANSPARENTE.
A T E N T A ME N T E
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX.
SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN