OBJETO:
OBJETO:
Suministro de suplementos alimenticios mediante la compra de bonos de alimentación para los aprendices del centro industrial de mantenimiento integral xxx Xxxx regional Santander, que presentan situación de vulnerabilidad y que por tanto requieren apoyo nutricional, en incentivo a la permanencia en su proceso formativo, de acuerdo con el plan de acción 2020.
CONTRATISTA: | ÉXITO S.A. Nit. 890900608-9 |
UNIDAD EJECUTORA: | Centro Industrial de Mantenimiento Integral |
Girón, 27 de noviembre de 2020 Doctora
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Subdirectora Grado 02 Encargada Centro Industrial de Mantenimiento Integral Ciudad
Atentamente me permito solicitar se realice adición a la Orden de Compra No. 55320 celebrada con la empresa almacenes ÉXITO S.A. con Nit. 890900608-9 por un valor de NOVENTA Y CINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL PESOS MCTE ($
95.139.000), lo anterior obedece a la necesidad de dar cumplimiento a las “medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas”, adoptadas hasta la fecha por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 491 del 28 xx xxxxx de 2020, “el aislamiento preventivo obligatorio” de todas las personas en Colombia ordenada en el Decreto 457 de 2020 y considerando que el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA debe dar cumplimiento a los requerimientos del Gobierno Nacional, así como atender a la comunidad SENA en medio de la emergencia sanitaria, se adoptan las siguientes medidas que tienen carácter temporal y extraordinario. Como medida preventiva y excepcional, hasta que se supere la emergencia económica, social y ecológica por causa de la pandemia COVID – 19 (Coronavirus), por lo anterior, el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, establece las siguientes orientaciones en materia de distribución del presupuesto de las actividades previstas para desarrollar el plan de acción de bienestar al aprendiz en centros de formación, respecto al beneficio de Apoyos de alimentación.
AVANCE Y ESTADO DEL CONTRATO
Vigencia y plazo
Plazo inicial: hasta el 30 de noviembre de 2020 La orden de compra se encuentra vigente.
JUSTIFICACIÓN DE LA SOLICITUD DE PRORROGA Y ADICION EN VALOR
A través de la Resolución 2203 de 2019 “Se adopta el Plan Nacional Integral de Bienestar de los aprendices del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA”, en donde se describen dentro las acciones previstas asociadas a los objetivos operativos, asignar apoyos de alimentación para aprendices como una estrategia enmarcada en la misión xxx XXXX, buscando suplir una necesidad básica de los aprendices de mayor vulnerabilidad como medio para promover su acceso a la formación profesional integral y potenciar su desarrollo social, humano y técnico, orientándolos al desarrollo de actitudes de excelencia.
Por medio del Decreto 457 de 2020 “Se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID- 19 y el mantenimiento del orden público” y considerando que el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA debe dar cumplimiento a los requerimientos del Gobierno Nacional, así como atender a la comunidad SENA en medio de la emergencia sanitaria, se adoptan las siguientes medidas que tienen carácter temporal y extraordinario. Como medida preventiva y excepcional, hasta que se supere la emergencia económica, social y ecológica por causa de la pandemia COVID – 19 (Coronavirus), el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, establece las siguientes orientaciones en materia de distribución del presupuesto de las actividades previstas para desarrollar el plan de acción de bienestar al aprendiz en centros de formación:
• Apoyos de alimentación: Como se indica en la guía de plan de acción de bienestar a la aprendiz publicada en compromiso, Código GFPI – G – 026, el apoyo de alimentación se refiere al apoyo en especie de alimentos, que se brinda a los aprendices de formación laboral y formación tecnológica de oferta abierta en modalidad presencial. Según la misma guía el apoyo de alimentación en situaciones especiales es aquel que se otorga a los aprendices que presentan una situación de
estado de excepción, fuerza mayor, relacionadas con hechos de calamidad o desastre que demanden actuaciones inmediatas.
La Dirección General, a través de la Circular 01-3-2020-000072 del 21 xx xxxxx de 2020 establece los criterios y orientaciones para brindar apoyos de alimentación en el marco de la contingencia COVID – 19, por lo anterior, la Dirección General, envío recursos al Centro de Formación por un valor de ochenta y siete millones setecientos setenta y ocho mil ochocientos ochenta y dos M/Cte $87.778.882
De acuerdo con las orientaciones mencionadas el Centro Industrial de Mantenimiento Integral realizó una convocatoria dirigida a los aprendices del Centro, con el fin de seleccionar a aquellos que cumplieran los requisitos para la respectiva asignación de bonos.
Como resultado de dicha convocatoria, se presentaron 518 de inscritos de los cuales 387 cumplieron con los requisitos y se constituyó una lista de acuerdo con criterios de priorización.
Para la ejecución del presupuesto y entrega de los apoyos de alimentación, el Centro Industrial de Mantenimiento Integral, realizó contratación directa con el objeto contractual “Contratar el suministro de bonos de cien mil pesos ($100.000) como apoyo de alimentación para los aprendices del Centro Industrial de Mantenimiento Integral xxx XXXX Regional Santander, que presentan situación de vulnerabilidad y hagan parte del grupo poblacional que esté relacionado en la circular emitida por la Dirección General el 14 xx xxxxx de 2020 y con el fin de procurar la permanencia en su proceso formativo, de acuerdo al Plan de Acción 2020”, que dio como resultado la contratación de la empresa MERCADERIA S.A.S mas conocido comercialmente como Justo & Xxxxx para la entrega de 876 bonos cada uno de $
100.000 pesos.
De acuerdo con este presupuesto el CIMI podía entregar a 292 aprendices el apoyo alimenticio representado en bono por un tiempo de tres meses durante mayo, junio y julio.
Bajo la resolución No. 01063 de 00 xx xxxx 0000 se beneficiaron 291 aprendices, ya que al momento de la asignación se presentó una novedad de aplazamiento en un aprendiz; en la resolución No. 01500 de 0 xx Xxxxx 0000 se beneficiaron 293 aprendices, ya que una de ella asignó el bono que no pudo ser asignado en el mes xx xxxx; en la resolución No. 01846 de 6 xx xxxxxx 2020 se benefició 272 aprendices, ya que 20 de ellos no cumplieron requisitos. Por lo anterior, de los 876 bonos contratados se designaron a aprendices 856, quedando a favor xxx XXXX 20 bonos por no cumplimiento de requisitos y además de ello se dio la
situación de que 9 aprendices designados en las resoluciones mencionadas por ubicación geográfica no pudieron redimir el beneficio, por lo tanto, quedaron a favor xxx Xxxx 29 bonos equivalente a $ 2.900.000 pesos M.Cte.
Así mismo con recurso directo del Centro de Formación, en el marco de la emergencia sanitaria, se habilitó una nueva convocatoria interna para asignación de apoyo alimentario a través de bonos, en la cual se designaron como beneficiarios a 341 aprendices por tres meses septiembre, octubre y noviembre con un bono de $100.000 por cada mes, para un total de 1023 bonos contratados a través de la Orden de Compra No. 55320 celebrada con la empresa ÉXITO S.A. con Nit. 890900608-9. Por valor de NOVENTA Y CINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL PESOS MCTE ($ 95.139.000), De este proceso se han
redimido a fecha del 23 de noviembre 635 bonos por parte de los aprendices designados y para redimir el restante tienen plazo hasta el 30 de noviembre de 2020, sin embargo, se hace necesario, realizar adición en tiempo, con el fin de que todos los aprendices rediman los bonos adjudicados en un tiempo mayor.
De igual, forma, se mencionó anteriormente y teniendo en cuenta el valor disponible a nivel presupuestal por valor de DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS $2.900.000 del proceso contractual realizado con MERCADERIA S.A.S. - Xxxxx x Xxxxx, y con el fin de beneficiar a los aprendices que por condición lo requieran, en especial los que ingresaron en la oferta de octubre y noviembre, se solicitó a la dirección general poder ejecutar este presupuesto y mediante respuesta por OnBase el 17 de noviembre de 2020 se nos autorizó como Centro de Formación a realizar lo correspondiente en el marco de la Circular 01-3- 2020-000072 del 21 xx xxxxx de 2020.
Por lo anterior, como Centro de Formación se habilitó nueva convocatoria obteniendo una inscripción de 116 aprendices de los cuales cumplen requisitos 44. Por tanto, se hace necesario adicionar en presupuesto a la Orden de Compra No. 55320 celebrada con la empresa ÉXITO S.A., esto teniendo en cuenta que la presente adición no supera el 50% del valor inicial de la orden de compra se hace necesario asignar presupuestalmente el valor de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS ($2.883.000),
equivalentes a 31 bonos de acuerdo a la oferta inicial presentada por el proveedor ALMACENES ÉXITO S.A.
De acuerdo con lo anterior solicito adicionar 31 bonos a la orden de compra No 55320.
Lo anterior teniendo en cuenta que se cuenta con Certificado presupuestal No 3620 de 2020- 03-18 por valor de DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS ($2.900.000)
así mismo para poder ejecutar este rubro se solicita una prórroga en tiempo de 15 días calendario.
Concepto Supervisor
Por las razones antes expuestas considero viable la solicitud de prórroga y adición presentada.
Cordialmente,
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX
Profesional grado 02 Supervisora del Contrato.
Copia. Expediente de contratación
ESTUDIO PREVIO PARA ADICIONAL EN VALOR Y PLAZO
JUSTIFICACION PARA DETERMINAR LA ADICION EN VALOR Y PLAZO DE LA ORDEN DE COMPRA No. 55320
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2 del parágrafo único del artículo 40 de la ley 80 de 1993, que establece lo siguiente: “Los contratos no podrán adicionarse en más del cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial, expresado éste en salarios mínimos legales mensuales”, la entidad procederá a realizar la siguiente adición en valor.
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER
Que el día diecisiete (17) de septiembre de 2020, se celebró orden de compra No 55320 que tiene por objeto “Compra de bonos de alimentación para los aprendices del Centro Industrial de Mantenimiento Integral xxx XXXX Regional Santander, que presentan situación de vulnerabilidad y que por tanto requieren apoyo nutricional, en incentivo a la permanencia en su proceso formativo, de acuerdo al Plan de Acción 2020.”
Que actualmente la orden de compra No 55320 de 2020, suscrito con con ALMACENES EXITOS S.A, está vigente y se encuentra en ejecución.
Que el Centro Industrial de Mantenimiento Integral xxx XXXX Regional Santander, requiere realizar una adición a la orden de compra No 55320 de 2020, teniendo en cuenta lo siguiente:
Que Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx en calidad de supervisora de proceso debidamente designada presenta informe de supervisión solicitando adición en valor y prorroga a la orden de compra.
Que entre las justificaciones realizadas por la supervisora entre otras es:
A través de la Resolución 2203 de 2019 “Se adopta el Plan Nacional Integral de Bienestar de los aprendices del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA”, en donde se describen dentro las acciones previstas asociadas a los objetivos operativos, asignar apoyos de alimentación para aprendices como una estrategia enmarcada en la misión xxx XXXX, buscando suplir una necesidad básica de los aprendices de mayor vulnerabilidad como medio para promover su acceso a la formación profesional integral y potenciar su desarrollo social, humano y técnico, orientándolos al desarrollo de actitudes de excelencia.
Por medio del Decreto 457 de 2020 “Se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID- 19 y el mantenimiento del orden público” y considerando que el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA debe dar cumplimiento a los requerimientos del Gobierno Nacional, así como atender a la comunidad SENA en medio de la emergencia sanitaria, se adoptan las siguientes medidas que tienen carácter temporal y extraordinario. Como medida preventiva y excepcional, hasta que se supere la emergencia económica, social y ecológica por causa de la pandemia COVID – 19 (Coronavirus), el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, establece las siguientes orientaciones en materia de distribución del presupuesto de las actividades previstas para desarrollar el plan de acción de bienestar al aprendiz en centros de formación:
• Apoyos de alimentación: Como se indica en la guía de plan de acción de bienestar a la aprendiz publicada en compromiso, Código GFPI – G – 026, el apoyo de alimentación se refiere al apoyo en especie de alimentos, que se brinda a los aprendices de formación laboral y formación tecnológica de oferta abierta en modalidad presencial. Según la misma guía el apoyo de alimentación en situaciones especiales es aquel que se otorga a los aprendices que presentan una situación de estado de excepción, fuerza mayor, relacionadas con hechos de calamidad o desastre que demanden actuaciones inmediatas.
La Dirección General, a través de la Circular 01-3-2020-000072 del 21 xx xxxxx de 2020 establece los criterios y orientaciones para brindar apoyos de alimentación en el marco de la contingencia COVID – 19, por lo anterior, la Dirección General, envío recursos al Centro de Formación por un valor de ochenta y siete millones setecientos setenta y ocho mil ochocientos ochenta y dos M/Cte $87.778.882
De acuerdo con las orientaciones mencionadas el Centro Industrial de Mantenimiento Integral realizó una convocatoria dirigida a los aprendices del Centro, con el fin de seleccionar a aquellos que cumplieran los requisitos para la respectiva asignación de bonos.
Como resultado de dicha convocatoria, se presentaron 518 de inscritos de los cuales 387 cumplieron con los requisitos y se constituyó una lista de acuerdo con criterios de priorización.
Para la ejecución del presupuesto y entrega de los apoyos de alimentación, el Centro Industrial de Mantenimiento Integral, realizó contratación directa con el objeto contractual “Contratar el suministro de bonos de cien mil pesos ($100.000) como apoyo de alimentación para los aprendices del Centro Industrial de Mantenimiento Integral xxx XXXX Regional Santander, que presentan situación de vulnerabilidad y hagan parte del grupo poblacional que esté relacionado en la circular emitida por la Dirección General el 14 xx xxxxx de 2020 y con el fin de procurar la permanencia en su proceso formativo, de acuerdo al Plan de Acción 2020”, que dio como resultado la contratación de la empresa MERCADERIA S.A.S mas conocido comercialmente como Justo & Xxxxx para la entrega de 876 bonos cada uno de $ 100.000 pesos.
De acuerdo con este presupuesto el CIMI podía entregar a 292 aprendices el apoyo alimenticio representado en bono por un tiempo de tres meses durante mayo, junio y julio.
Bajo la resolución No. 01063 de 00 xx xxxx 0000 se beneficiaron 291 aprendices, ya que al momento de la asignación se presentó una novedad de aplazamiento en un aprendiz; en la resolución No. 01500 de 0 xx Xxxxx 0000 se beneficiaron 293 aprendices, ya que una de ella asignó el bono que no pudo ser asignado en el mes xx xxxx; en la resolución No. 01846 de 6 xx xxxxxx 2020 se benefició 272 aprendices, ya que 20 de ellos no cumplieron requisitos. Por lo anterior, de los 876 bonos contratados se designaron a aprendices 856, quedando a favor xxx XXXX 20 bonos por no cumplimiento de requisitos y además de ello se dio la situación de que 9 aprendices designados en las resoluciones mencionadas por ubicación geográfica no pudieron redimir el beneficio, por lo tanto, quedaron a favor xxx Xxxx 29 bonos equivalente a $ 2.900.000 pesos M.Cte.
Así mismo con recurso directo del Centro de Formación, en el marco de la emergencia sanitaria, se habilitó una nueva convocatoria interna para asignación de apoyo alimentario a través de bonos, en la cual se designaron como beneficiarios a 341 aprendices por tres meses septiembre, octubre y noviembre con un bono de $100.000 por cada mes, para un total de 1023 bonos contratados a través de la Orden de Compra No. 55320 celebrada con la empresa ÉXITO S.A. con Nit. 890900608-9. Por valor de NOVENTA Y CINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL PESOS MCTE ($ 95.139.000), De este proceso se han redimido a fecha del 23 de
noviembre 635 bonos por parte de los aprendices designados y para redimir el restante tienen plazo hasta el 30 de noviembre de 2020, sin embargo, se hace necesario, realizar adición en tiempo, con el fin de que todos los aprendices rediman los bonos adjudicados en un tiempo mayor.
De igual, forma, se mencionó anteriormente y teniendo en cuenta el valor disponible a nivel presupuestal por valor de DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS $2.900.000 del proceso contractual realizado con MERCADERIA S.A.S. - Xxxxx x Xxxxx, y con el fin de beneficiar a los aprendices que por condición lo requieran, en especial los que ingresaron en la oferta de octubre y noviembre, se solicitó a la dirección general poder ejecutar este presupuesto y mediante respuesta por OnBase el 17 de noviembre de 2020 se nos autorizó como Centro de Formación a realizar lo correspondiente en el marco de la Circular 01-3-2020-000072 del 21 xx xxxxx de 2020.
Por lo anterior, como Centro de Formación se habilitó nueva convocatoria obteniendo una inscripción de 116 aprendices de los cuales cumplen requisitos 44. Por tanto, se hace necesario adicionar en presupuesto a la Orden de Compra No. 55320 celebrada con la empresa ÉXITO S.A., esto teniendo en cuenta que la presente adición no supera el 50% del valor inicial de la orden de compra se hace necesario asignar presupuestalmente el valor de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS ($2.883.000), equivalentes a 31
xxxxx de acuerdo a la oferta inicial presentada por el proveedor ALMACENES ÉXITO S.A. De acuerdo con lo anterior solicito adicionar 31 bonos a la orden de compra No 55320.
Lo anterior teniendo en cuenta que se cuenta con Certificado presupuestal No 3620 de 2020-03-18 por valor de DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS ($2.900.000)
así mismo para poder ejecutar este rubro se solicita una prórroga en tiempo de 15 días calendario.
Que a la fecha la orden de compra se encuentra en ejecución y se hace necesaria la adición en valor y prorroga.
Que por lo anterior, el Centro Industrial de Mantenimiento Integral requiere adicionar en valor a la orden de compra No. 55320 de 2020 por un valor de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS ($2.883.000), equivalente a 31 bonos virtuales.
Que por lo anterior y atendiendo la solicitud justificada realizada por el supervisor, el Centro Industrial de Mantenimiento Integral, realizará la respectiva adición en valor, a la orden de compra No 55320 de 2020.
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A ADICIONAR
OBJETO: Adicionar 31 bonos virtuales a la orden de compra No 55320 equivalentes a la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS ($2.883.000) que tiene por objeto ‘’ Compra de bonos de alimentación para los aprendices del Centro Industrial de Mantenimiento Integral xxx XXXX Regional Santander, que presentan situación de vulnerabilidad y que por tanto requieren apoyo nutricional, en incentivo a la permanencia en su proceso formativo, de acuerdo al Plan de Acción 2020’’.
3. ESPECIFICACIONES ESCENCIALES DE LOS ELEMENTOS Y/O SERVICIOS QUE SE REQUIEREN ADICIONAR
Es importante señalar que cada bono inicial fue ofertado por el proveedor almacenes éxito por valor de $ 93.000 que podrán ser redimidos por los aprendices beneficiarios por valor de $100.000.
De acuerdo con esto se adicionarán 31 bonos más a las 1023 iniciales quedando un total de bonos de 1054 bonos.
4. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:
EL contratista deberá cumplir con las obligaciones ya establecidas.
5. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
El contrato podrá adicionarse hasta un Cincuenta por ciento (50%) del valor inicial del contrato, de acuerdo, al Parágrafo único del artículo 40 de la ley 80 de 1993
6. ANÁLISIS ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
De acuerdo a las apreciaciones realizadas por el Centro Industrial de Mantenimiento Integral de la Regional Santander y de conformidad con el artículo 40 de la ley 80 de 1993, se estima un valor para la adición de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS ($2.883.000),
ITEM ADICION | CANTIDAD BONOS ADICION | VALOR |
cov01--bv100 Bono de $ 100.000 1 Unidad | 31 | $2.883.000 |
El anterior valor corresponde a los valores establecidos en la oferta económica inicial presentada por el proveedor ALMACENES ÉXITO S.A., y en las mismas condiciones técnicas y económicas establecidas en la orden de compra inicial.
7. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL QUE RESPALDA LA CONTRATACIÓN
El Servicio a adquirirse se pagará con recursos del presupuesto del Centro Industrial de Mantenimiento Integral, respaldado por el Certificado de Disponibilidad presupuestal adicionado No. 6220 del 2020-10-20 , expedido por la Coordinación Administrativa y Financiera. Grupo Mixto xxx Xxxx Regional Santander.
8. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE PARA LA ENTIDAD.
Por tratarse de la celebración de un contrato adicional, solamente se requiere dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 2 parágrafo único del artículo 40 de la ley 80 de 1993, elaborar el correspondiente estudio previo, expedición del certificado de disponibilidad presupuestal, prorroga y ampliación de garantías.
9. EXIGENCIA DE GARANTÍAS:
El contratista se obliga a ampliar a favor del Centro Industrial de Mantenimiento Integral xxx XXXX Regional Santander las garantías establecidas la orden de compra No 55320 de 2020, de acuerdo con el valor y plazo establecidos en esta adicción.
10. LUGAR DE EJECUCIÓN: El mismo del contrato principal.
11. PLAZO: se adicionan 15 días calendario.
12. FORMA DE PAGO: El mismo del contrato principal.
13. VALOR DE LA ADICIÓN DEL CONTRATO: El presupuesto oficial para esta adición asciende a la suma de: DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS ($2.883.000).
Dado en Girón a los, treinta (30) días del mes de noviembre de 2020
Firmado digitalmente por Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Subdirectora (e) Centro Industrial de Mantenimiento Integral Regional Santander
Proyectó Aspecto Jurídico: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx – Abogado Contratista.