CONTRATO DE AGENCIA
MODELO CONTRATO DE AGENCIA
X/ Xxxx Xxxxxx, 00- 0x. 00000 X Xxxxxx E-mail: xxxxxxx@xxxx.xx Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
Teléfono: 000 000 000. Síguenos en
CONTRATO DE AGENCIA
En ………..…………………….., a……….. de de 20……
REUNIDOS
De una parte, Don/Dña , mayor de edad, industrial, vecino/a
de .…………….…………. con domicilio en…………………………………………….……………., y con D.N.I. nº…………………………………..
De otra, Don/Dña. …………………………………………….………………………., mayor de edad, Agente Comercial colegiado/a con el nº……………….…… del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de , vecino/a
de …………………………, con domicilio en ………………………….…………………………….., titular del D.N.I. nº…………………….…..
(en adelante, EL AGENTE).
INTERVIENEN
Don/Dña , en nombre y representación de la entidad
mercantil ……………………………………..……………...………………., en su calidad de Apoderado/a/Director/a, de la misma (en adelante, LA EMPRESA).
Don/Dña , lo hace en propio nombre y derecho.
Ambas parte se reconocen mutuamente con la capacidad legal suficiente para otorgar el presente CONTRATO DE AGENCIA, y, a tal efecto,
EXPONEN
I.- Que la empresa , dedicada a la fabricación, distribución y producción
de ……………………...………………………, que se comercializan bajo la marca de su propiedad, denominada
…………………………………..…………………,desea contratar los servicios de un profesional de la agencia mercantil para la promoción y venta de sus productos en todo el territorio nacional y europeo.
II.- Que EL AGENTE, elegido en base a sus aptitudes técnicas y comerciales, es un/a profesional autónomo/a e independiente, y se compromete a promover operaciones de comercio por cuenta de LA EMPRESA, a representarla fielmente y a respetar cualquier norma en la elección de clientes dictadas por LA EMPRESA.
III.- Estando interesado/a Don/Dña. ………………………………………………………….……………………en la realización de dicha actividad profesional, con total y absoluta independencia de LA EMPRESA, ambas partes han convenido el otorgamiento del presente contrato de agencia comercial, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- FUNCIÓN DEL AGENTE Y ZONA DE ACTUACIÓN
La empresa ……………………….………………………….……………, representada en este acto por Xxx/Dña.
…………………………….…………………………………….. contrata a Don/Dña para
que desarrolle su actividad profesional como Agente Comercial de la misma, promoviendo, gestionando, mediando y formalizando todo tipo de operaciones de compraventa de los productos designados en el expositivo primero del presente contrato, teniendo la consideración de Agente Comercial en exclusiva de la empresa para dicha labor, en la zona geográfica de ………………………………………….…………….
Para la ampliación o reducción de la zona de actuación será siempre necesario el mutuo acuerdo de las dos partes contratantes, el cual, deberá constar necesariamente por escrito para que surta efectos.
Por LA EMPRESA se faculta a EL AGENTE desde este mismo momento para que pueda subrogar el presente contrato en una sociedad, comunidad de bienes, o cualquier otra entidad distinta de EL AGENTE; siempre y cuando éste siga manteniendo la dirección, gerencia o administración de esa nueva entidad. A partir de que EL AGENTE notifique a LA EMPRESA la denominación y circunstancias de dicha nueva entidad, se entenderá que ésta se ha subrogado en todas las obligaciones y derechos de EL AGENTE estipulados en el presente contrato.
Dichos productos son susceptibles de variación, limitación, cambios suspensión temporal o definitiva, a tenor de las necesidades, situación, evolución o fluctuaciones xxx xxxxxxx a criterio de la dirección comercial de la empresa.
Aunque la venta se realice promovida por EL AGENTE, será LA EMPRESA quien facture y cobre directamente al cliente; no siendo responsable EL AGENTE del pago del precio facturado por LA EMPRESA al cliente.
SEGUNDA.- REMUNERACIÓN DEL AGENTE
En contraprestación a los servicios prestados por EL AGENTE, LA EMPRESA le abonará el …………..% de comisión sobre el importe neto de todas las ventas producidas en su zona de actuación.
Se satisfará dicha remuneración a meses vencidos, después de que LA EMPRESA hubiera ejecutado o debido ejecutar el suministro de los productos objeto de venta.
A tal efecto, LA EMPRESA remitirá con periodicidad mensual a EL AGENTE los datos de ventas necesarias para que este pueda confeccionar la correspondiente factura por el importe de sus comisiones, importe que irá incrementado en el …..... % de I.V.A., efectuando LA EMPRESA la correspondiente retención del % del I.R.P.F.,
en ambos casos, a los tipos vigentes en cada momento. Del mismo modo, y con periodicidad trimestral, LA EMPRESA
enviará a EL AGENTE estadillos en donde se reflejarán las ventas realizadas por el mismo, junto a las comisiones percibidas.
LA EMPRESA garantiza a EL AGENTE la percepción mínima mensual de euros durante el período
que va de ……………...... a ; a partir de entonces será de aplicación únicamente el tipo de comisión que las
partes libremente convengan percibiendo el agente exclusivamente el importe que se derive del mismo.
En el supuesto de que se concluya una operación de venta, a satisfacción de LA EMPRESA, dentro de la zona de actuación de EL AGENTE, sin que se haya ocasionado la intervención de éste, al estar el mismo en régimen de exclusividad, tendrá derecho igualmente a percibir la retribución por dicha venta en las mismas condiciones que si hubiera mediado su intervención para su consecución.
TERCERA.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA:
1.- Al inicio de cada temporada de ventas, LA EMPRESA facilitará oportunamente a EL AGENTE los correspondientes muestrarios, catálogos, tarifas y demás elementos que sean necesarios para formalizar las ventas de los productos, debidamente actualizados y con la antelación mínima de dos meses, o la que requiera el mercado, todo ello con el fin de que EL AGENTE pueda realizar debidamente su labor profesional, siendo de cuenta de LA EMPRESA todos los gastos que se originen por su remisión y puesta a disposición de dicho material por EL AGENTE. Al finalizar la vigencia del contrato, EL AGENTE deberá devolver a LA EMPRESA tales muestrarios y elementos que obren en su poder, siendo igualmente de cuenta de LA EMPRESA los gastos originados por tal devolución.
2.- LA EMPRESA tiene la obligación de actuar legalmente y de buena fe con EL AGENTE, a la hora de satisfacer la remuneración pactada, no debiendo ocultar a este último su situación financiera y el estado de las cuentas que reflejen las ventas efectuadas en la zona de actuación de EL AGENTE.
3.- Procurar a EL AGENTE todas las informaciones necesarias para la ejecución del contrato de agencia y, en particular, advertirle, desde que tenga noticia de ello, cuando prevea que el volumen de los actos u operaciones va a ser sensiblemente inferior al que EL AGENTE hubiera podido esperar.
4.- Concluida una venta, dentro del plazo de quince días, LA EMPRESA deberá comunicar a EL AGENTE la aceptación o el rechazo de la operación comunicada. Asimismo, deberá comunicar a EL AGENTE, dentro del plazo más breve posible, habida cuenta la naturaleza de la operación, la ejecución, ejecución parcial o falta de ejecución de ésta.
CUARTA.- OBLIGACIONES DEL AGENTE
1.- Promover con la diligencia de un ordenado comerciante las ventas de los productos de LA EMPRESA en su zona de actuación.
2.- Comunicar a LA EMPRESA con veracidad todos los datos que posee sobre la solvencia de los clientes de los cuales se promuevan las ventas.
3.- Desarrollar las ventas de acuerdo con las instrucciones recibidas por LA EMPRESA, siempre que no afecten a su independencia. No obstante ello, EL AGENTE organizará su actividad profesional de mediación y promoción, así como el tiempo que a la misma dedique, conforme a sus propios criterios, sin perjuicio de seguir las instrucciones generales de LA EMPRESA, respecto a materias consideradas esenciales, como por ejemplo, precio, condiciones de entrega, pago, etc.
4.- Recibir en nombre de LA EMPRESA las reclamaciones realizadas por los clientes que se originen con motivo de la actividad comercial.
5.- La actividad de mediación de EL AGENTE lo será ante los actuales clientes de la empresa y los posibles futuros. Es función primordial de EL AGENTE la captación y aportación de nuevos clientes.
6.- EL AGENTE no responderá nunca del buen fin de las operaciones de venta realizadas bajo su mediación. Las partes acuerdan expresamente que cualquier pacto en cuya virtud EL AGENTE asuma el riesgo y xxxxxxx de uno, de varios o de la totalidad de los actos u operaciones promovidas o concluidas por cuenta de LA EMPRESA será nulo de pleno derecho.
QUINTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato se pacta por tiempo INDEFINIDO. No obstante, se extinguirá el contrato de forma unilateral, cuando una de las partes incumpla lo aquí pactado; cuando una de las partes haya sido declarada en situación concursal, o por muerte o extinción de la personalidad jurídica de EL AGENTE o de LA EMPRESA.
También se extinguirá el contrato por la denuncia unilateral de cualquiera de las partes mediante preaviso por escrito. El plazo mínimo de preaviso será de un mes para cada año de vigencia del contrato con un máximo de seis meses.
SEXTA.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO E INDEMNIZACIÓN POR PREAVISO CLIENTELA, DAÑOS Y PERJUICIOS
La actividad de mediación de EL AGENTE lo será ante los actuales clientes de LA EMPRESA y los posibles futuros, ya que es su función primordial la captación y aportación de nuevos clientes dentro de su zona de actuación. En caso de que LA EMPRESA extinga el contrato por denuncia unilateral, sin cumplir el plazo mínimo de preaviso fijado en la estipulación quinta, EL AGENTE tendrá derecho a percibir una indemnización por preaviso, que
se calculará en base a la media de comisiones percibidas mensualmente durante los últimos cinco años.
Por otro lado, cuando se extinga el contrato, EL AGENTE tendrá derecho a percibir una indemnización por clientela. Dicha indemnización se computará y cuantificará conforme al importe medio anual de las remuneraciones percibidas por EL AGENTE durante los últimos cinco años o, durante todo el periodo de duración del contrato, si éste fuese inferior.
Para la determinación de la nueva clientela que, con su actividad, aporte EL AGENTE, a los efectos de lo dispuesto en el Articulo 28 de la Ley 12/92, de 27 xx Xxxx, en Anexo aparte, se hace constar los clientes que son ya de LA EMPRESA y que ésta aporta a la relación de agencia que ahora se concierta.
Sin perjuicio de las indemnizaciones por preaviso y clientela, LA EMPRESA que denuncie unilateralmente el contrato de agencia de duración indefinida, vendrá también obligada a indemnizar los daños y perjuicios que, en su caso, la extinción anticipada haya causado a EL AGENTE. Dicha indemnización se computará conforme al desembolso de los gastos de inversión que el propio AGENTE haya satisfecho de su propio peculio personal.
SÉPTIMA.- SUPUESTOS DE INEXISTENCIA DEL DERECHO DE INDEMNIZACION DEL AGENTE
EL AGENTE no tendrá derecho a la indemnización por clientela o a los daños y perjuicios, cuando incurra en las causas legales establecidas en el art. 30 de la Ley 12/92 de 27 xx Xxxx, siendo las mismas las siguientes:
1.- Cuando LA EMPRESA hubiese extinguido el contrato por incumplimiento de las obligaciones legal o contractualmente establecidas a cargo de EL AGENTE.
2.- Cuando EL AGENTE hubiese denunciado el contrato, salvo que la denuncia tuviera como causa circunstancias imputables al empresario, o se fundara en la edad, la invalidez o la enfermedad de EL AGENTE y no pudiera exigírsele razonablemente la continuidad de sus actividades.
3.- Cuando, con el consentimiento de LA EMPRESA, EL AGENTE hubiese cedido a un tercero los derechos y las obligaciones de que era titular en virtud de contrato de agencia.
OCTAVA.- GASTOS
Correrán por cuenta exclusiva de EL AGENTE todos los gastos propios que le ocasione el ejercicio de su actividad profesional.
NOVENA.- INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DEL CONTRATO
En todo lo no expresamente pactado en el presente contrato, se estará a lo determinado por la Ley 12/92 de 27 xx xxxx, reguladora del contrato de agencia, así como a la Directiva Comunitaria 86/653/CEE del Consejo de 18 de Diciembre de 1986, reguladora de la coordinación de los derechos de los estados miembros en los referente a los agentes comerciales independientes, aplicándose igualmente con carácter supletorio el ordenamiento civil y mercantil español, en cuyos términos ambas partes contratantes dejan redactado el presente documento.
DÉCIMA.- SUMISIÓN
Para cuantas dudas pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente contrato de agencia, ambas partes, con renuncia expresa a su propio fuero, se someten a los Juzgados y Tribunales de
………………………………………………………….
Y, en prueba de conformidad, firman las partes por duplicado, a un solo efecto y tenor, en la ciudad y fecha al principio indicadas.
LA EMPRESA EL AGENTE