CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Fecha: |
Indicar fecha de firma del contrato. |
CONTRATANTE: |
UNIVERSIDAD EAFIT |
NIT |
890.901.389-5 |
CONTRATISTA: |
Nombre y apellidos del contratista. |
No. Identificación |
No. de cédula. |
Nombre del programa: |
Nombre completo del programa académico. |
Nombre del módulo: |
Nombre completo del módulo. |
Fecha inicio: |
Ingresar fecha de inicio del servicio. |
Fecha de terminación: |
Ingresar fecha de terminación del servicio. |
Valor hora honorarios: |
Valor hora de honorarios, si incluye IVA aclararlo. |
No. de horas módulo: |
No. de horas del módulo. |
CLÁUSULAS:
PRIMERA. OBJETO. EL CONTRATISTA se compromete a prestar con suma diligencia y bajo su propia dirección, manteniendo su independencia técnica y administrativa, los servicios de docente en los módulos y programas identificados en el encabezado del presente contrato. SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Prestar el servicio contratado de acuerdo con el contenido del programa (syllabus) enviado por el coordinador del programa; b) Asistir de manera cumplida y puntual a las sesiones de clase según el cronograma cada programa; c) Afiliarse en calidad de contratista independiente y pagar los aportes que correspondan al sistema de seguridad social en salud y pensiones. Adicionalmente se deberá afiliar y cotizar al sistema de riesgos laborales cuando la prestación del servicio sea superior a 30 días calendario; d) Cumplir con las demás obligaciones legales y contractuales a su cargo. TERCERA. PRECIO Y FORMA DE PAGO. Por la prestación de los servicios, EL CONTRATANTE pagará a EL CONTRATISTA la suma que corresponda al número de horas efectivamente prestadas conforme a lo establecido en el encabezado del contrato. El pago se realizará a la finalización de la prestación del servicio a entera satisfacción, para lo cual EL CONTRATISTA deberá presentar la respectiva factura o cuenta de cobro concediéndole a EL CONTRATANTE un período de hasta treinta y cinco (35) días calendario para su pago. PARÁGRAFO PRIMERO. EL CONTRATISTA se obliga a entregar una copia del RUT (Registro Único Tributario) y de su documento de identidad a EL CONTRATANTE y la demás documentación necesaria conforme a las normas legales establecidas por el Gobierno para el efecto. EL CONTRATISTA declara que sus responsabilidades son las que están documentadas en el RUT. PARÁGRAFO SEGUNDO. Será requisito adicional para la presentación y para el pago de la factura o cuenta de cobro, que EL CONTRATISTA esté al día como contratista independiente en sus pagos al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales (cuando aplique), para lo cual deberá anexar junto al documento de cobro la copia de la planilla de pago de los aportes de los meses en los cuales se ha prestado el servicio. CUARTA. PLAZO. Este contrato tendrá una duración entre las fechas establecidas en el encabezado. No obstante podrá ser terminado en cualquier momento en forma unilateral por parte de EL CONTRATANTE. Para esto deberá informar al CONTRATISTA con no menos de cinco (5) días calendario de antelación. QUINTA. INDEPENDENCIA DE EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con absoluta autonomía y no estará sometido a subordinación laboral con EL CONTRATANTE y sus derechos se limitarán de acuerdo con la naturaleza del contrato. SEXTA. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. Queda claramente entendido que no existirá relación laboral alguna entre EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA, o el personal que éste contrate en la ejecución del objeto del presente contrato. EL CONTRATISTA se compromete con EL CONTRATANTE a ejecutar en forma independiente y con plena autonomía técnica y directiva, el objeto mencionado en la cláusula primera del presente acuerdo de voluntades con las obligaciones y especificaciones que aquí se contienen. SÉPTIMA. DERECHOS PATRIMONIALES. EL CONTRATISTA autoriza a EL CONTRATANTE el uso sobre la propiedad intelectual desarrollada en la ejecución del presente contrato, quedando claro que EL CONTRATISTA es y permanece como titular de los derechos patrimoniales sobre el material desarrollado. La presente autorización de uso le permite a EL CONTRATANTE reproducir en todas sus modalidades, en cualquier medio analógico, digital o reprográfico o en cualquier medio conocido o por conocer, distribuir y comunicar públicamente el material desarrollado entre los participantes del programa objeto de este contrato. EL CONTRATANTE podrá utilizar los resultados parciales y los productos resultantes de la ejecución del contrato, para adaptarlos e incluirlos en todos sus productos institucionales presentes y futuros. OCTAVA. DATOS PERSONALES. Mediante la celebración del presente contrato, las partes asumen la obligación constitucional, legal y jurisprudencial de proteger los datos personales a los que accedan con ocasión de este convenio. Por tanto, deberán adoptar las medidas que les permitan dar cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes 1581 de 2012 y 1266 de 2008, ésta última en lo que le sea aplicable, y cualquier otra ley o norma que las modifique o sustituya. Como consecuencia de esta obligación legal, entre otras, deberán adoptar las medidas de seguridad de tipo lógico, administrativo y físico, acorde a la criticidad de la información personal a la que acceden, para garantizar que este tipo de información no será usada, comercializada, cedida, transferida y/o no será sometida a cualquier otro tratamiento contrario a la finalidad comprendida en lo dispuesto en el objeto del presente contrato. Adicionalmente, las partes se sujetarán a la Política para el Tratamiento De Datos Personales de la Universidad EAFIT, vigente a partir del 2 de septiembre de 2013. Las partes manifiestan que se entregarán datos personales de terceros cuyo tratamiento se limitará a la finalidad propia de esta relación contractual; corresponderá a cada parte obtener el consentimiento previo y expreso por parte de dichos terceros y acreditarán la prueba de tales autorizaciones. Cada parte garantiza los derechos de la privacidad, la intimidad, el buen nombre, en el tratamiento de los datos personales, y en consecuencia todas sus actuaciones se regirán por los principios de legalidad, finalidad, libertad, veracidad o calidad, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad. En todo caso, los titulares de los datos personales tendrán, entre otros, el derecho a acceder, conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a las partes. NOVENA. TERMINACIÓN. El presente contrato podrá terminar por alguno de los siguientes eventos: a) vencimiento del plazo sin que las partes, por mutuo acuerdo y por escrito, manifiesten su intención de prorrogarlo; b) decisión unilateral de EL CONTRATANTE, para esto deberá informar a la otra con no menos de cinco (5) días calendario de antelación; c) por una causa extraña que impida totalmente la ejecución del contrato; d) por no afiliarse al Sistema General de Seguridad Social como contratista, o por xxxx en el pago de las cotizaciones al sistema general de seguridad social (salud, pensiones, riesgos laborales) por más de un mes o periodo. DÉCIMA. CESIÓN. EL CONTRATISTA no podrá ceder total ni parcialmente la ejecución del presente contrato a un tercero. DÉCIMA PRIMERA. IMPUESTOS. EL CONTRATANTE deducirá de los honorarios a pagar los valores de los impuestos, conforme hayan sido decretados por las autoridades competentes. DÉCIMA SEGUNDA. COMUNICACIONES Y DOCUMENTOS: Para efectos de recibir comunicaciones escritas, las partes acuerdan recibirlas a los correos electrónicos y direcciones establecidas en el RUT. Hacen parte integral del presente contrato las propuestas así como los correos electrónicos enviados por las partes en los que se detalla el alcance del servicio contratado.
|
|
EL CONTRATANTE UNIVERSIDAD EAFIT |
EL CONTRATISTA
|
2