EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA GERENCIA GENERAL Contrato de Servicios de Consultoria RemuneraciOn mediante pago de una suma global Contrato No.124/2012 Estados Financieros de la ENEE conforme con los Requerimientos de la Auditoria...
EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA GERENCIA GENERAL
Contrato de Servicios de Consultoria RemuneraciOn mediante pago de una suma global
Contrato No.124/2012
"Consultoria Apoyo para la Implementacicin de las Recomendaciones de Control Interno y ElaboraciOn de los
Estados Financieros de la ENEE conforme con los Requerimientos de la Auditoria Independiente"
Entre
EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA (ENEE)
Y
DISERO Y EVALUACION DE SISTEMAS (DES, S. DE R. L.) Consulting and Auditing Specialists
Fechado: Julio '10 , 2012
EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA GERENCIA GENERAL
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Contrato No. 124/2012
RemuneraciOn mediante pago de una suma global
Este CONTRATO (en adelante denominado el "Contrato") esta celebrado el dia diez, del mes de xxxxx xxx xxxx dos mil doce, entre, por una parte, XXXX XXXXXX
XXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, soltero, Licenciado en AdministraciOn de Empresas, hondurerio, de este domicilio, con Tarjeta de Identidad No. 1804-1958-01845, actuando en su condiciOn de GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA (ENEE), nombrado por la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energia Electrica mediante ACUERDO No. 02-JD-EX02-2012, tal como consta en el Panto 03 del Acta JD- EX-02-2012 de la sesiOn extraordinaria celebrada por la Junta Directiva de la ENEE el 27 de febrero del 2012, con facultades suficientes para la celebraciOn de esta clase de actos, quien en adelante se Ilamard LA ENEE, con domicilio en colonia Residencial El Trapiche, Edificio Corporativo, 4to piso, en lo sucesivo denominado "EL CONTRATANTE", por una partey, por la otra, XXXX XXXXXX XXX XXXXXXXXX, mayor de edad, casada, hondureria, Licenciada en Contaduria Publics y Finanzas, de este domicilio, con tarjeta de identidad No.0000-0000-00000, actuando en su condiciOn de Gerente General y Representante Legal de la firma consultora DISESO Y EVALUACION DE SISTEMAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (DES, S. DE R. L.), empresa legalmente constituida segim consta en Escritura PUblica No. 50 autorizada en fecha 29 xx xxxxxx de mil novecientos noventa por el Notario Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx y debidamente inscrita en el Registro de Comerciantes Sociales del Departamento de Xxxxxxxxx Xxxxxxx, bajo el asiento No. 91 del Tomo 239 de fecha 18 de septiembre de 1990, en adelante denominado el "CONSULTOR".
CONSIDERANDO:
(a) Que el Contratante ha solicitado al Consultor la prestaciOn de determinados servicios de consultorta definidos en este Contrato (en to sucesivo denominados los "Servicios");
Que el Consultor, habiendo declarado al Contratante que posee las aptitudes profesionales requeridas y que cuenta con el personal y los recursos tOcnicos necesarios, ha convenido en prestar los Servicios en los tOrminos y condiciones estipulados en este Contrato;
Que el Contratante ha recibido [o ha solicitado financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante denominado el "Banco") para sufragar el precio de los Servicios y el Contratante se propone utilizar parte de los fondos de este financiamiento para efectuar pagos elegibles bajo este Contrato, quedando entendido que (i) el Banco solo efectuath pagos a pedido del Contratante y previa aprobaciOn por el Banco, (ii) dichos pagos estaran sujetos, en todos sus aspectos, a los terminos y condiciones del Contrato xx Xxxxxxxx, y (iii) nadie mss que el Contratante podra tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrd ningim derecho a reclamar fondos del financiamiento;
POR LO TANTO, las Partes por este medio convienen en lo siguiente:
1. Los documentos adjuntos al presente Contrato se considerathn parte integral del mismo:
Condiciones Generales del Contrato; Condiciones Especiales del Contrato;
c) TOrminos de Referencia de la Consultoria (TDR)
XXXX XXXXXX XXX X Gerente General
Contrato
Propuesta Tacnica y de Precio; Acta de negociaciOn del contrato;
f) Los siguientes Apendices:
Apendice A: DescripciOn de los Servicios (TDR) No utilizado Apendice B: Requisitos para la presentaciOn de informes No utilizado Apendice C: Personal clave y Subconsultores No utilizado Apendice D: Desglose del precio del contrato en moneda
extranjera X No utilizado Apendice E: Desglose del precio del contrato en moneda
nacional No utilizado Apendice F: Servicios e instalaciones suministradas por el
Contratan contratante No utilizado Apendice G: Modelo de garantia bancaria por anticipo No utilizado
2. Los derechos y obligaciones mutuos del Contratante y del Consultor estaran establecidos en el contrato, particularmente:
El Consultor prestara los Servicios de conformidad con las disposiciones del Contrato, y El Contratante efectuara los pagos al Consultor de conformidad con las disposiciones del Contrato.
EN FE DE LO CUAL, las Partes han dispuesto que se firme este Contrato en sus nombres respectivos en la fecha antes consignada.
Por y en representaciem de ENEE:
XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX Gerente General
Por y en representaciOn de DES S. DE R. L.
EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA GERENCIA GENERAL
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CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
1.1 Definiciones
1. Disposiciones generales
Cuando los siguientes terminos se utilicen en este Contrato, tendrán los significados que se indican a continuaciOn a menos que el contexto exija otra cosa:
"Ley aplicable" significa las leyes y cualquiera otra disposiciOn que tengan fuerza xx xxx en el pais del Gobierno o en el pals que se especifique en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y que de cuando en cuando puedan dictarse y estar vigentes;
"Banco" significa el Banco Interamericano de Desarrollo, Washington, D.C., EE.UU.; o cualquier otro fondo administrado por el Banco Interamericano de Desarrollo;
"Consultor" significa cualquier entidad pOblica o privada, incluyendo asociaciOn en participaciOn, consorcio o asociaciOn (APCA) que prestard los servicios al Contratante bajo el contrato;
"Contrato" significa el Contrato firmado por las Partes y todos los documentos enumerados en su Cliusula 1, que son estas Condiciones Generales (CGC), las Condiciones Especiales (CEC) y los Apendices.;
"Precio del Contrato" significa el precio que se ha de pagar por la prestaciOn de los servicios, de acuerdo con la Clausula 6.
"Fecha de entrada en vigor" significa Ia fecha en la que el presente Contrato entre en vigor y efecto conforme a la SubclAusula 2.1 de las CGC;
"Moneda extranjera" significa cualquier moneda que no sea Ia del pais del Contratante;
"CGC" significa estas Condiciones Generales del Contrato;
"Gobierno" significa el gobierno del pais del Contratante;
"Moneda nacional" significa la moneda del pais del Contratante;
(k) "Integrante" significa cualquiera de las entidades que conforman una asociaciOn en participaciOn, consorcio o asociaciOn (APCA); e "Integrantes" significa todas estas firmas;
(1) "Parte" significa el Contratante o el Consultor, segim el caso, y "Partes" significa el Contratante y el Consultor;
"Personal" significa los empleados contratados por el Consultor o Subconsultores para la prestaciOn de los Servicios o de una parte de los mismos;
"CEC" significa las Condiciones Especiales del Contrato por las cuales pueden modificarse o complementarse las CGC;
"Servicios" significa el trabajo que el Consultor debera realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Ap6ndice A adjunto.
"Subconsultor" significa cualquier persona o firma con la que el Consultor subcontrata la prestaciOn de una parte de los Servicios.
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1.4 Notificaciones
1.5 Lugar donde se prestarin los Servicios
1.6 Facultades del Integrante a cargo
1.7 Representantes autorizados
1.8 Impuestos y derechos
1.9 Fraude y corrupciOn
(q) "Por escrito" significa cualquier medio de comunicaciOn en forma escrita con prueba de recibo.
Este Contrato, su significado e interpretaciOn, y la relaciOn que crea entre las Panes se regiran por la ley aplicable.
Este Contrato se ha firmado en el idioma indicado en las CEC, por el que se regiran obligatoriamente todos los asuntos relacionados con el mismo o con su significado o interpretaci6n.
1.4.1 Cualquier aviso, solicitud o aprobaciOn que deba o pueda cursarse o darse en virtud de este Contrato se hard por escrito. Se considerarn que se ha cursado o dado tal aviso, solicitud o aprobaciOn cuando haya sido entregada por mano a un representante autorizado de la Parte a la que este dirigida, o cuando se haya enviado a dicha Parte a la direcci6n indicada en las CEC.
1.4.2 Una Parte puede cambiar su direccien para estos avisos informando por escrito a la otra Parte sobre dicho cambio de la direcciOn indicada en las CEC.
Los Servicios se prestaran en los lugares indicados en el Apendice A y cuando no este indicado el lugar dOnde habil de cumplirse una tarea especifica, se cumplirn en el lugar que el Contratante apruebe, ya sea en el pais del Gobierno o en otro lugar.
Si el Consultor es una asociaciOn en participaciOn, consorcio o asociaciOn (APCA) formados por varias firmas, los Integrantes autorizan a la firma indicada en las CEC para que ejerza en su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligations del Consultor frente al Contratante en virtud de este Contrato, inclusive y sin limitaci6n, para recibir instrucciones y percibir pagos del Contratante
Los funcionarios indicados en las CEC podran adoptar cualquier medida que el Contratante o el Consultor deba o pueda adoptar en virtud de este Contrato, y podran firmar en nombre de estos cualquier documento que conforme a este Contrato deba o pueda firmarse.
El Consultor, el Subconsultor y el Personal pagardn los impuestos indirectos, derechos, gravAmenes y demis imposiciones que correspondan segim la ley aplicable segfin se indica en las CEC, cuyo monto se estima que ha sido incluido en el Precio del Contrato.
1.9.1 El Banco exige a todos los prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en proyectos financiados por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los mas altos niveles &loos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de fraude o corrupciOn del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selecciOn y las negociaciones o la ejecuciOn de un contrato. Los actos de fraude y corrupciOn estan prohibidos. Fraude y corrupciOn comprenden actos de: (a) prictica corruptiva; (b) practica fraudulenta; (c) practica coercitiva; y (d) practica colusoria. Las definiciones que se transcriben a continuaci6n corresponden a los tipos mas comunes de fraude y corrupciOn, pero no son exhaustivas. Por esta razOn, el Banco tambien adoptarn medidas en caso de hechos o denuncias similares relacionadas con supuestos actos de fraude y corrupciOn, aunque no esten especificados en la lista siguiente. El Banco aplicarn en todos los casos los procedimientos establecidos en la Clausula 1.9.1 (c).
1.2 Ley que rige el Contrato
1.3 Idioma
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(i) El Banco define, para efectos de esta disposiciOn, los terminos que figuran a continuaciOn:
Una prictica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, algo de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
Una practica fraudulenta es cualquier acto u omisiOn, incluyendo la tergiversaciOn de hechos y circunstancias, que deliberadamente o por negligencia grave, engane, o intente engafiar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra indole o para evadir una obligaciOn;
Una practica coercitiva consiste en perjudicar o causar daft, o amenazar con perjudicar o causar dano, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar en forma indebida las acciones de una parte; y
Una practica colusoria es un acuerdo entre dos o mds partes realizado con la intenciOn de alcanzar un propOsito indebido, incluyendo influenciar en forma indebida las acciones de otra parte;
(ii) Si se comprueba que, de conformidad con los procedimientos administrativos del Banco, cualquier firma, entidad o persona actuando como oferente o participando en un proyecto financiado por el Banco incluyendo, entre otros, prestatarios, oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios, organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes) ha cometido un acto de fraude o corrupciOn, el Banco podri:
decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicaciOn de un contrato o de un contrato adjudicado para la adquisiciOn de bienes o la contrataciOn de obras financiadas por el Banco;
suspender los desembolsos de la operaciOn, si se determina, en cualquier etapa, que existe evidencia suficiente para comprobar el hallazgo de que un empleado, agente o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido un acto de fraude o corrupciOn;
cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donaciOn relacionada inequivocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donaciOn, no ha tornado las medidas correctivas adecuadas en un plazo que el Banco considere razonable y de conformidad con las garantias de debido proceso establecidas en la legislaciOn del pals Prestatario;
emitir una amonestaciOn en el formato de una carta formal de censura a la conducta de la firma, entidad o individuo;
(e) declarar a una persona, entidad o firma inelegible, en forma permanente o por determinado perfodo de tiempo, para que se le adjudiquen o participe en contratos bajo proyectos financiados por el Banco, excepto bajo aquellas condiciones que el Banco considere apropiadas;
(f) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de
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hacer cumplir las leyes; y/o
(g) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposiciOn de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podran ser impuestas en forma adicional o en sustituci6n de otras sanciones.
El Banco ha establecido procedimientos administrativos para los casos de denuncias de fraude y corrupci6n dentro del proceso de adquisiciones o la ejecuciOn de un contrato financiado por el Banco, los cuales estan disponibles en el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx ). Para tales prop6sitos cualquier denuncia debera ser presentada a la Oficina de Integridad Institucional del Banco (0II) para la realizaciOn de la correspondiente investigaciOn. Las denuncias podran ser presentadas confidencial o anOnimamente.
Los pagos estarin expresamente condicionados a que la participación de los Oferentes en el proceso de adquisiciones se haya llevado de acuerdo con las politicas del Banco aplicables en materia de fraude y corrupciOn que se describen en esta Clausula1.9.1.
(v) La imposici6n de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisions referidas en el literal b) de esta Clausula podra hacerse de forma pCiblica o privada, de acuerdo con las politicas del Banco.
1.9.2 El Banco tendra el derecho a exigir que en los contratos financiados con un prestamo o donaciOn del Banco, se incluya una disposiciOn que exija que los Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios permitan al Banco revisar sus cuentas y registros y cualquier otros documentos relacionados con la presentaciOn de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoria por auditores designados por el Banco. Para estos efectos, el Banco tendra el derecho a exigir que se incluya en contratos financiados con un prestamo del Banco una disposiciOn que requiera que los Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con los proyectos financiados por el Banco por un periodo de tres (3) aflos luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigaciOn de denuncias de fraude o corrupciOn, y pongan a disposici6n del Banco los empleados o agentes de los oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco para responder las consultas provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la revision o auditoria de los documentos. Si el Oferente, proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la revision del asunto por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreciOn, podra tomar medidas apropiadas contra el Oferente, proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario.
1.9.3 Los Oferentes deberin declarar y garantizar:
(a) que han leido y entendido la prohibici6n sobre actos de fraude y corrupciOn dispuesta por el Banco y se obligan a
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observar las normas pertinentes;
que no han incurrido en ninguna infracci6n de las political sobre fraude y corrupciOn descritas en este documento;
que no han tergiversado ni ocultado ningun hecho sustancial durante los procesos de adquisiciOn o negociaci6n del contrato o cumplimiento del contrato;
que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco, ni han sido declarados culpables de delitos vinculados con fraude o corrupci6n;
que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compaiiia o entidad que haya sido declarada inelegible para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con fraude o corrupciOn;
(0 que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitaciOn o acuerdos para compartir ingresos relacionados con el contrato o el contrato financiado por el Banco;
(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantias constituye el fundamento para la imposiciOn por el Banco de cualquiera o de un conjunto de medidas que se describen en la Clausula 1.9.1 (b).
1.10 Elegibilidad Los Consultores y sus Subcontratistas deberan ser originarios de paises miembros del Banco. Se considera que un Consultor tiene la nacionalidad de un pais elegible si cumple con los siguientes requisitos:
Un individuo tiene la nacionalidad de un pais miembro del Banco si el o ella satisface uno de los siguientes requisitos: i. es ciudadano de un pais miembro; o
ha establecido su domicilio en un pais miembro como residente "bona fide" y esta legalmente autorizado para trabajar en dicho pais.
Una firma tiene la nacionalidad de un pais miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un pais miembro del Banco; y mas del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de paises miembros del Banco.
Todos los socios de una asociaciOn en participaciOn, consorcio o asociaciOn (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
En caso que el contrato de prestaci6n de servicios de consultoria incluya el suministro de bienes y servicios conexos, estos bienes y servicios conexos deben ser originarios de paises miembros del Banco. Los bienes se originan en un pais miembro del Banco si han sido extraidos, cultivados, cosechados o producidos en un pais miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un articulo comercialmente reconocido cuyas caracteristicas basicas, su funciOn o propOsito de use son substancialmente diferentes de sus partes o
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componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuates que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el proveedor, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexiOn, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiaciOn si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un pais miembro, sin importar el origen de los componentes. Cuando el bien es una combinaciOn de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del pais en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinaciOn del origen de los bienes identificados como "hecho en la Union Europea", estos serail elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente pais especifico de la Union Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos.
2. Inicio, cumplimiento, modificaciem y rescisiem del Contrato
2.1 Entrada en vigor del Contrato
2.4 Modificaciones o cambios
2.5.2 No violaciOn del Contrato
2.5.3 PrOrroga del plazo
Este Contrato entrard en vigor y tendra efecto desde la fecha en que fue firmado por ambas partes u otra fecha posterior que este indicada en las CEC. La fecha en que el contrato entra en vigor se define como la Fecha de Entrada en Vigor.
El Consultor comenzard a prestar los Servicios no mas tarde del ninnero de dias despues de la fecha de entrada en efectividad, indicado en las CEC.
A menos que se rescinda con anterioridad, conforme a lo dispuesto en la Subclausula 2.6 de estas CGC, este Contrato expirard al final del plazo especificado en las CEC, contado a partir de la fecha de entrada en vigor.
Solo podran modificarse los terminos y condiciones de este Contrato, incluyendo cualquier modificaciOn o cambio al alcance de los Servicios, mediante acuerdo por escrito entre las Partes. No obstante, cada una de las Partes debera dar la debida consideraciOn a cualquier modificaciOn o cambio propuesto por la otra Parte.
Para los efectos de este Contrato, "fuerza mayor" significa un acontecimiento que esta fuera del control de una de las Partes, y que hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa Parte resulte imposible o tan poco viable que puede considerarse imposible bajo tales circunstancias.
El incumplimiento por una de las Partes de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato no se considerara como violaciOn del mismo ni como negligencia, cuando este incumplimiento se deba a un evento de fuerza mayor, y que la Parte afectada por tat evento, (a) haya adoptado todas las precauciones posibles, puesto debido cuidado y tornado medidas alternativas razonables a fin de cumplir con los terminos y condiciones de este Contrato, y (b) ha informado a la otra Parte prontamente del acontecimiento del dicho evento.
El plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud de este Contrato se prorrogard por un periodo igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un evento de fuerza mayor.
2.2 Comienzo de la prestaciOn de los Servicios
2.3 ExpiraciOn del Contrato
2.5 Fuerza mayor
2.5.1 DefiniciOn
Durante el periodo de incapacidad para prestar los servicios como resultado
•••n*.l.
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de un evento de fuerza mayor, el Consultor tendra derecho a continuar recibiendo los pagos bajo los terminos de este contrato, asi como a ser reembolsado por gastos adicionales razonables y necesarios incurridos en funciOn de los servicios y reactivaciOn de los mismos despuds del final de dicho periodo.
2.6 Terminacien
2.6.1 Por el El Contratante podra dar por terminado este Contrato si sucede cualquiera de Contra- los eventos especificados en los parrafos (a) a (f) de esta Subclausula 2.6.1 tante de las CGC. En dicha circunstancia, el Contratante enviara una notificaciOn
de terminaciOn por escrito al Consultor por to menos con (30) dias de anticipaci6n a la fecha de terminaciOn, y con sesenta (60) dias de anticipaciOn en el caso referido en la Subclausula (e).
Si el Consultor no subsanara el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, dentro de los treinta (30) dias siguientes de haber sido notificado o dentro de otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito;
Si el Consultor Xxxxxxx a declararse insolvente o fuera declarado en quiebra.
Si el Contratante determina que el Consultor ha participado en practicas corruptas o fraudulentas durante la competencia o la ejecuciOn del contrato.
Si el Consultor, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo de no menos de sesenta (60) dias;
Si el Contratante, a su sola discreciOn y por cualquier razOn, decidiera rescindir este Contrato.
Si el Consultor no cumple cualquier resoluciOn definitiva adoptada como resultado de un procedimiento de arbitraje conforme a la Clausula 8 de estas CGC;
2.6.2 Por el El Consultor podra rescindir este contrato, mediante una notificaciOn por escrito Consultor at Contratante con no menos de treinta (30) dias de anticipaciOn, en caso de que
suceda cualquiera de los eventos especificados en los parrafos (a) a (c) de esta Subclausula 2.6.2 de las CGC:
Si el Contratante deja de pagar una suma debida al Consultor en virtud de este Contrato, y dicha suma no es objeto de controversia conforme a la Clausula 7 de estas CGC, dentro de cuarenta y cinco (45) dias despues de haber recibido la notificaciOn por escrito del Consultor con a respecto de la xxxx en el pago.
Si el Consultor, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo no menor de sesenta (60) (has.
(c) Si el Contratante no cumpliera cualquier decision definitiva adoptada como resultado de un procedimiento de arbitraje conforme a la Clausula 8 de estas CGC.
2.6.3 Pagos al Al terminarse este Contrato conforme a lo estipulado en las Subclausulas terminarse 2.6.1 0 2.6.2 de estas CGC, el Contratante efectuara los siguientes pagos al el Consultor: Contrato
a) Pagos en virtud de la Clausula 6 de estas CGC por concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la terminaciOn; y
b) Salvo en el caso de terminaciOn conforme a los parrafos (a) a (
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3.2 Conflicto de intereses
de la Subeldusula 2.6.1 de estas CGC, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la rescisi6n rdpida y ordenada del Contrato, incluidos los gastos del viaje de regreso del Personal y de sus familiares dependientes elegibles.
3. Obligaciones del Consultor
El Consultor prestard los Servicios y cumplird con sus obligaciones en virtud del presente Contrato con la debida diligencia, eficiencia y economia, de acuerdo con normas y prdcticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observard pricticas de administraci6n prudentes y empleard tecnologia apropiada y equipos, maquinaria, materiales y metodos eficaces y seguros. El Consultor actuar y en todos los asuntos relacionados con este Contrato o con los Servicios, como asesor xxxx del Contratante, y siempre deberd proteger y defender los intereses legitimos del Contratante en todas sus negociaciones con Subconsultores o con terceros.
Los Consultores deben otorgar maxima importancia a los intereses del contratante, sin consideraci6n alguna respecto de cualquier labor futura, y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de su firma.
La remuneraci6n del Consultor en virtud de la Clausula 6 de estas CGC constituird el dnico pago en conexiOn con este contrato y el Consultor no aceptard en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relaciOn con las actividades estipuladas en este Contrato, o en el cumplimiento de sus obligaciones; ademds, el Consultor hard todo lo posible por prevenir que ningim Subconsultor, ni el Personal ni los agentes del Consultor o del Subconsultor, reciban alguno de dichos pagos adicionales.
El Consultor conviene en que, durante la vigencia de este Contrato y despues de su terminaciOn, tanto el Consultor, su matriz y cualquiera de sus filiales, como cualquier Subconsultor, su matriz y sus filiales serdn descalificados para suministrar bienes, construir obras o prestar servicios (distintos de Servicios de consultoria) como resultado de o directamente relacionado con los servicios prestados por el Consultor para la preparaciOn o ejecuciOn del proyecto.
3.1 Generalidades
3.1.1 Calidad de los Servicios
3.2.1 ProhibiciOn al Consultor de aceptar comisiones, descuentos, etc.
3.2.2 ProhibiciOn at Consultor y a sus filiales de participar en ciertas actividades
3.2.3 ProhibiciOn de desarrollar actividades conflictivas
3.3 Confidencialidad
3.4 Seguros que deberit contratar el Consultor
El Consultor no podra participar, ni pods hacer que su personal ni sus Subconsultores o su personal participen, directa o indirectamente en cualquier negocio o actividad profesional que este en conflicto con las actividades asignadas a ellos bajo este contrato.
El Consultor y su Personal, excepto previo consentimiento por escrito del Contratante, no podran revelar en ningim momento a cualquier persona o entidad ninguna informaciOn confidencial adquirida en el curso de la prestaciOn de los servicios; ni el Consultor ni su personal podran publicar las recomendaciones formuladas en el curso de, o como resultado de la prestaciOn de los servicios.
El Consultor (a) contratard y mantendrd, y hard que todos los Subconsultores contraten y mantengan, a su propio costo (o at del Subconsultor, segiin el caso) y en los terminos y condiciones aprobados por el Contratante, seguros contra los riesgos y por las coberturas que se indican en las CEC; y (b) a solicitud del Contratante, presentard evidencia que demuestre que dichos seguros han sido contratados y mantenidos y que las primas vigentes han sido pagadas.
3.5 Acciones del El Consultor deberd obtener por escrito aprobaci6n previa del Contratante Consultor que
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requieren la aprobaciOn previa del Contratante
3.6 Obligacien de presentar informes
para tomar cualquiera de las siguientes acciones:
la suscripciOn de un subcontrato para la ejecuciOn de cualquier parte de los servicios;
nombramiento de miembros del personal no incluidos en el Apendice C; y
(c) cualquier otra acci6n que pueda estar estipulada en las CEC.
El Consultor presentari al Contratante los informes y documentos que se especifican en el Apendice B adjunto, en la forma, la cantidad y dentro de los plazo establecidos en dicho Ap6ndice.
Los informes finales deberan presentarse en disco compacto (CD ROM) ademas de las copias impresas indicadas en el apendice.
3.7 Propiedad del (a) Todos los pianos, dibujos, especificaciones, disefios, informes, Contratante de los otros documentos y programas de computaci6n presentados por el documentos Consultor en virtud de este Contrato pasaran a ser de propiedad del preparados por el Contratante, y el Consultor entregara al Contratante dichos Consultor
documentos junto con un inventario detallado, a mas tardar en la fecha de expiraciOn del Contrato.
(b)
El Consultor podra conservar una copia de dichos documentos y de los programas de computaci6n. Cualquier restricci6n acerca del use futuro de dichos documentos, si las hubiera, se indicara en las CEC.
3.8 Contabilidad, El Consultor (i) mantendra cuentas y registros precisos y sistematicos InspecciOn y respecto de los Servicios, de acuerdo con principios contables aceptados Auditoria
intemacionalmente, en tal forma y detaile que identifique claramente todos los cambios por unidad de tiempo y costos, y el fundamento de los mismos; y (b) permitith que el Contratante, o su representante designado y/o el Banco periOdicamente los inspeccione, hasta tres afios despues de la expiraciOn o la rescisiOn de este Contrato, obtenga copias de ellos, y los haga verificar por los auditores nombrados por el Contratante o el Banco, si asi lo exigiera el Contratante o el Banco segfin sea el caso.
4. Personal del Consultor
4.1 DescripciOn del El Consultor contratara y asignara Personal y Subconsultores con el nivel Personal
de competencia y experiencia necesarias para prestar los Servicios. En el ApOndice C se describen los cargos, funciones convenidas y calificaciones minimas individuales de todo el Personal slave del Consultor, asi como el tiempo estimado durante el que prestaran los Servicios. El Contratante aprueba por este medio el personal slave y los Subconsultores enumerados por cargo y nombre en el ApOndice C.
4.2 RemociOn y/o (a) Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuaran
sustituciOn del cambios en la composiciOn del personal slave. Si por cualquier Personal
motivo fuera del alcance del Consultor, como jubilaci6n, muerte, incapacidad medica, entre otros, fuera necesario sustituir a algim integrante del Personal, el Consultor lo reemplazara con otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada.
(b)
Si el Contratante descubre que cualquier integrante del personal (i) ha cometido un acto serio de mala conducta o ha sido acusado de haber cometido un acto criminal, o (ii) tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempefio de cualquier integrante del Personal, mediante solicitud por escrito del Contratante expresando los motivos para ello, el Consultor debera reemplazarlo por otra persona cuyas calificaciones y experiencia sean aceptables
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para el Contratante.
c) El Consultor no podra reclamar costos adicionales o incidentales originados por la remocien y/o reemplazo de un miembro del personal.
5.1 ColaboraciOn y exenciones
5.2 ModificaciOn de la ley aplicable pertinentes a los impuestos y derechos
5.3 Servicios e instalaciones
6.1 Pago de suma global
6.2 Precio del Contrato
6.3 Pagos por servicios adicionales
6.4 Plazos y condiciones de pago
6.5 Inter& sobre pagos morosos
5. Obligaciones del Contratante
El Contratante hard todo lo posible a fin de lograr que el Gobierno otorgue al Consultor la asistencia y exenciones especificadas en las CEC.
Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera cualquier cambio en la ley aplicable en relacieln con los impuestos y los derechos que resultare en el aumento o la reduccien de los gastos en que incurra el Consultor en la prestacien de los Servicios, entonces la remuneracien y los gastos reembolsables pagaderos al Consultor en virtud de este contrato serail aumentados o disminuidos segim corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarân los correspondientes ajustes de los montos estipulados en la Subclausula 6.2 (a) o (b) de estas CGC, seem corresponda.
El Contratante facilitara al Consultor y al Personal, para los fines de los Servicios y libres de todo cargo, los servicios, instalaciones y bienes enumerados en el Apendice F.
6. Pagos at Consultor
El pago total al Consultor no deber exceder el precio del contrato que es una suma global que incluye todos los gastos requeridos para ejecutar los servicios descritos en el Apendice A. Excepto como se estipula en la Clausula 5.2, el precio del contrato solamente podra incrementarse sobre los montos establecidos en la Clausula 6.2 si las partes convienen en pagos adicionales en virtud de la Cliusula 2.4.
El precio pagadero en moneda(s) extranjera(s) esta establecido en las CEC.
El precio pagadero en moneda nacional esta establecido en las CEC.
En los Apendices D y E se presenta un desglose del precio por suma global con el fin de determinar la remuneracien pagadera por servicios adicionales, como se pudiera convenir de acuerdo con la Clausula 2.4.
Los pagos se emitiran a la cuenta del Consultor y de acuerdo con el programa de pagos establecido en las CEC. El primer pago se hard contra la presentaciOn del Consultor de una garantia bancaria por anticipo satisfactoria para el contratante, por la misma cantidad, a menos que se indique de otra manera en las CEC, y esta debera ser valida por el periodo establecido en las CEC. Dicha garantia debera ser presentada en la forma indicada en el Apendice G adjunto, o en otra forma que el Contratante haya aprobado por escrito. Cualquier otro pago sera emitido posterior a que se hayan cumplido las condiciones enumeradas en las CEC para dicho pago, y los consultores hayan presentado al Contratante las facturas especificando el monto adeudado.
Si el Contratante ha demorado los pagos mas de quince (15) dias despues de la fecha establecida en la Clausula 6.4 de las CEC, debera pagarle interes al Consultor por cads dia de retraso a la tasa establecida en las CEC.
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7. Equidad y Buena fe
7.1 Buena fe
Las Partes se comprometen a actuar de buena fe en cuanto a los derechos de ambas partes en virtud de este Contrato y a adoptar todas las medidas razonables para asegurar el cumplimiento de los objetivos del mismo.
8. SoluciOn de controversias
8.1 Solucian amigable
Las Partes acuerdan que el evitar o resolver prontamente las controversias es crucial para la ejecuciOn fluida del contrato y el exit° del trabajo. Las partes harin lo posible por Xxxxxx a una soluciOn amigable de todas las controversias que surjan de este Contrato o de su interpretaciOn.
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Condiciones Especiales del Contrato
1.1 (a) La ley aplicable es: las Leyes de la Republica de Honduras
1.3 El (Los) idioma(s) es (son): espariol
1.4 Las direcciones son:
Contratante:
AtenciOn: Lic. Xxxx Xxxxxxxxx Coordinadora Unidad de GestiOn de Proyectos BID-ENEE Tercer piso Edificio Corporativo, Residencial Trapiche, Tercera Etapa, Bloque C-5 Tegucigalpa, M. D. C., Honduras, Centro America Tel. (000) 0000-0000 Correos: x0xxxxxx.xx
Consultor: AtenciOn: Lic. Xxxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx Gerente General y Representante Legal DES, S. DE R. L. Colonia Altos xx Xxxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxx Xx. 0000 Xxxxxxxxxxx, X. X. X., Xxxxxxxx, Xxxxxx America Tel. (000) 0000-0000 y 0000-0000 Correos: consulting(&,xxx.xx
1.7 Los representantes autorizados son:
En el caso del Contratante: XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX
En el caso del Consultor: XXXX XXXXXX XXX XXXXXXXXX
1.8 Se retendra sobre el valor correspondiente a honorarios profesionales, el 12.5% por concepto de pago de ISR, de acuerdo con la legislaciOn nacional vigente. En caso de estar sujeto al regimen de pagos a cuenta, no se le realizard la retenciOn, debiendo presentar la constancia vigente emitida por la DirecciOn Ejecutiva de Ingresos (DEI).
2.1
La fecha de entrada en vigor del contrato es a partir de la firma del contrato.
2.2
La fecha para el inicio de la prestaciOn de los servicios es: a partir de la firma del contrato.
2.3
El plazo sera seis (6) meses calendario contados a partir de la fecha de entrada en vigor del contrato.
3.4
Los riesgos y las coberturas serail las siguientes:
(a) Seguro de responsabilidad civil profesional, con una cobertura minima de USD 10,000.00. La pOliza debera ser presentada a mas tardar dentro los 30 dias siguientes a la firma del contrato.
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6.2 (a) El monto total del contrato en moneda extranjera o monedas extranjeras es de: No Aplica
6.2 (b) El monto maxim° en moneda nacional es de: L. 3,071,832.75 (Tasa de cambio precio de compra del dia de la negociachin del contrato, 4/07/2012 19.5037).
El monto maxim° en moneda extranjera es de: USD 157,500.00
6.4 Los nameros de las cuentas son:
Para pagos en moneda(s) extranjera(s): No aplica
Para pagos en moneda nacional: Cuenta corriente No. 00-000-00000 de Banco FICOHSA
Los pagos seran realizado de conformidad con el avance en la entrega de los productos previstos en los Tdrminos de Referencia de la consultoria, que forman parte de este contrato, de acuerdo al siguiente calendario:
Un primer pago en concepto de anticipo por el 20% del precio total contratado, en concepto de anticipo una vez que el contrato haya sido suscrito por las partes, y dentro de los 15 dias siguientes a la entrega y aceptaciOn satisfactoria de la Sub-Gerencia Administrativa y Financiera de la ENEE de los Productos del Grupo A y de la presentaciOn de una garantia bancaria por el 100% del valor del anticipo, con una vigencia de seis meses contados a partir de la fecha de firma del contrato. Un segundo pago del 15% del total contratado, dentro de los 15 dias siguientes a la verificaciOn satisfactoria por la Sub-Gerencia Administrativa y Financiera de la ENEE, del Informe de Avance de la implementaciOn por parte de la ENEE, de al menos el 50% de las recomendaciones y acciones prevista en los Productos del Grupo B. Un tercer pago del 15% del total contratado, dentro de los 15 dias siguientes a la verificaciOn satisfactoria por la Sub-Gerencia Administrativa y Financiera de la ENEE, del Informe de Avance de la implementaciOn por parte de la ENEE del 100% de las recomendaciones y acciones prevista en los Productos del Grupo B y los borradores de los manuales y procedimientos elaborados para su fimcionamiento (como el Manual de contabilidad y el Manual de procedimientos para el manejo y contabilizaciOn de los almacenes). Un cuarto pago del 30% del total contratado, dentro de los 15 dias siguientes a la verificaciOn satisfactoria por la Sub-Gerencia Administrativa y Financiera de la ENEE, del Informe de Avance de la implementaciOn por parte de la ENEE del 100% de las recomendaciones y acciones prevista en los Productos del Grupo C.
e) Un quinto pago del 20% del total contratado, dentro de los 15 dias siguientes a la entrega y aceptaciOn satisfactoria de la Sub- Gerencia Administrativa y Financiera de la ENEE y del BID, de los Productos del Grupo D.
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6.5 La tasa de interes es de: Tasa aplicable de acuerdo a legislachin nacional Vigente.
8.2 Las controversias deberan solucionarse mediante arbitraje de conformidad con las siguientes estipulaciones:
1. SelecciOn de arbitros. Toda controversia sometida a arbitraje por una de las Partes sera resuelta por un attic° arbitro o por un tribunal de arbitraje compuesto por tres arbitros, de acuerdo con las siguientes disposiciones:
Cuando las Partes convengan en que la controversia se refiere a un asunto tecnico, podran acordar la designaci6n de un imico arbitro, o de no llegar a un acuerdo acerca de la identidad de ese anico arbitro dentro de los treinta (30) dias siguientes a la recepciOn por una Parte de una propuesta de designaciOn en tal sentido hecha por la Parte que iniciara el proceso, cualquiera de las Partes podra solicitar a la Camara de Comercio e Industria de Tegucigalpa (CCIT) una lista de por lo menos cinco candidatos y al recibir dicha lista, las Partes, altemativamente eliminaran un nombre cada una, y el Ultimo candidato que quede en la mencionada lista sera el anico arbitro para el asunto de la controversia. Si este Ultimo candidato no ha sido identificado en esta forma dentro de los sesenta (60) dias a partir de la fecha de la lista, el Camara de Comercio e Industria de Tegucigalpa (CCIT), a solicitud de cualquiera de las Partes, designard, entre los de esa lista o de otro modo, a un anico arbitro para que decida el asunto de la controversia.
Cuando las Partes no esten de acuerdo en que la controversia se refiere a un asunto tecnico, el Contratante y el Consultor designaran cada uno a un arbitro, y estos dos arbitros designaran conjuntamente a un tercero, que presidird el tribunal de arbitraje. Si los arbitros designados por las Partes, no designaran a un tercero dentro de los treinta (30) dias posteriores a la fecha de designaciOn del Ultimo de los dos arbitros nombrados por las Partes, a solicitud de cualquiera de ellas, el tercer arbitro sera designado por la Camara de Comercio e Industria de Tegucigalpa (CCIT)
(c) Si en una controversia regida por lo dispuesto en la Subclausula 8.2.1(b) de las CEC una de las Partes no designara al arbitro que le corresponde nombrar dentro de los treinta (30) dias posteriores a la fecha de designaciOn del arbitro nombrado por la otra, la Parte que si hubiera designado a un arbitro podra solicitar a la Camara de Comercio e Industria de Tegucigalpa (CCIT) la designaciOn de un imico arbitro para decidir sobre el asunto de la controversia, y el arbitro asi designado sera el attic° arbitro en esa controversia.
2. Reglas de procedimiento. Sin perjuicio de lo aqui indicado, el proceso arbitral se regira por las reglas y procedimientos para arbitrajes establecidos en la Ley de ConciliaciOn y Arbitraje de Honduras (CCIT) vigente en la fecha de este Contrato.
3. SustituciOn de arbitros. Si por algtan motivo un arbitro no pudiera desempefiar sus funciones, se designard un sustituto de la misma
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manera en que dicho arbitro fue designado originalmente.
4. Nacionalidad y calificaciones de los arbitros. El arbitro Unico o el tercer arbitro designado de conformidad con los parrafos (a) a (c) de la Subclausula 8.2.1 de estas CEC debera ser un perito en cuestiones juridicas o t6cnicas reconocido internacionalmente y con amplia experiencia en el asunto en disputa y no podra ser un del pais de origen del Consultor. A los fines de esta Clausula, "pais de origen" significara:
el pais donde el Consultor se hubiera constituido en sociedad;
el pais donde se encuentre la sede principal de operaciones del Consultor [o de cualquiera de sus Integrantes];
el pais del que sean nacionales la mayoria de los accionistas del Consultor [o de cualquiera de sus Integrantes], o
el pais de nacionalidad del Subconsultor en cuestiOn, cuando la controversia tenga que ver con un subcontrato.
5. Otros. En todo proceso arbitral llevado a cabo en virtud del presente Contrato:
El proceso, salvo que las Partes convengan en otra cosa, se celebrara en Honduras.
El idioma espanol sera el idioma oficial para todos los efectos, y
(c) La decisiOn xxx xxxx° arbitro o de la mayoria de los arbitros (o del tercer arbitro en caso de no haber mayoria) sera definitiva y de cumplimiento obligatorio, y su ejecuciOn sera cumplida en cualquier tribunal de jurisdicciOn competente; las Partes por el presente renuncian a toda objeci6n o atribuciOn de inmunidad con respecto a dicho fallo.
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IV. Apendices
Apendice A — Descripci6n de los servicios
Conforme a los TDR de la consultoria, propuesta tecnica presentada por la firma y segtin acta de negociaciOn (Todos estos documentos forman parte del contrato).
Apendice 13—Requisitos para la presentaci6n de informes
En cuanto a la presentaci6n de los informes de avance se estard a lo dispuesto en los TDR y en la propuesta tecnica de la firma.
La forma y contenido de los informes sera consensuada entre los representantes nombrados por la ENEE y la firma, durante la etapa de planeaciOn y organizaciOn de la consultoria.
Apendice C—Personal slave y Subconsultores
No. PROFESIONAL AREA DE
ESPECL4LIDAD CARGO
ASIGNADO ACTIVIDAD ASIGNADA
I Xxxxx X. Xxxxxxx CoordinaciOn Tecnica Directory 0 Realizar la coordinaciOn, direcci6n tdcnica de la Xxxxxx de Consultoria Coordinador de Consultoria.
Direccian Tecnica de Consultorias y Auditorias Reingenieria de Procesos
la Consultoria o Realizar la organizaciOn y planeaciOn del trabajo para ello elaborarci el documento que sera acordado con el equipo de contraparte de la ENEE.
o Realizar el entendimiento especifico sobre el alcance y marco referencial que se aplicarci en la
Diagnostico Institucional EvaluaciOn y Ancilisis Situational de Procesos
EjecuciOn del trabajo, y darlo al conocimiento del resto del equipo de expertos y del equipo de contraparte de la ENEE
o Elaborar un documento tecnico sobre el marco conceptual y referencia! que se explicara para
Auditoria Financiers Sistemas de Control Inferno Desarrollo Organizational Recursos Humanos ElaboraciOn de Manuales de Procesos Riesgos PlanificaciOn Estrategica y Operativa Sistemas Contables y de Presupuesto Contrataciones y Adquisiciones
Ejecutar el trabajo previo a la aprobaciön de dicho documento por los representantes de la ENEE
o Realizar el control de calidad del trabajo incluyendo el monitoreo y seguimiento tecnico.
o Realizar y/o elaborar los informes tecnicos para la presentaci6n y aprobaciOn de los representantes de la ENEE.
o Convocar, coordinar y asistir a reuniones de trabajo con el equipo conformado por las dos partes Para la ejecuciOn del trabajo.
o Coordinar y dirigir la elaboraciOn y/o actualizaciOn de los manuales de contabilidad y de control interno que sean acordados durante la ejecuciOn de la Consultoria.
o Coordinar y dirigir los procesos de capacitaci6n que sean necesarios dictar al personal de la ENEE durante la ejecuci6n de la consultoria.
Monitoreo y Seguimiento de Proyectos
2. Xxxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxxx0x Especialista en o Participar en la planeaciOn y organizacion del Administrativa de Sistemas de trabajo en el area asignada.
"Th
Consultorias Desarrollo de Manuales de Procesos de Control Intern° En AplicaciOn de Normas del Sector Publico ElaboraciOn de Estados Financieros ImplementaciOn de
Control Inferno o Realizar el entendimiento general del trabajo especificamente del area asignada
o Elaborar los procedimientos a ejecutar en el area asignada conforme al marco conceptual y referencial aprobado para la ejecuciOn del trabajo.
o Coordinar, ejecutar, supervisar y apoyar el cumplimiento de las actividades del area asignada.
o Elaborar manuales de control interno (inventarios y otros).
o Elaborar los informes tgcnicos con la documentaci6n de soporte que corresponde.
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Recomendaciones de Control Inferno Auditoria Extern Auditoria Interna Contabilidad Financiera ElaboraciOn de Manuales de Contabilidad y Presupuesto Coordinacian de Equipo de Trabajo Sistemas de Monitoreo Auditoria de Cumplimiento Evaluacian del Control Interno
o Asesorar y transferir tecnologia al personal de la ENEE.
o Participar en reuniones de trabajo.
3. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
CoordinaciOn de Equipos de Auditoria Desarrollo de Manuales de Control Inferno Evaluacian del Control Inferno Auditoria Externa ElaboraciOn de Manuales de Contabilidad Elaboracien de Estados Financieros Elaboracian de Recomendaciones de Control Interno Elaboracian de Manuales de Procesos Administrativos y Financieros
Especialista Financiero
ENEE.
o Participar en la planeaciem y organizaciOn de trabajos en el area asignada.
o Realizar el entendimiento general del trabajo especificamente del area asignada.
o Elaborar los procedimientos a ejecutar en el area asignada, conforme al marco conceptual y referencial aprobado para la ejecuciOn del trabajo de depuracion de los saldos y a la implementacien de las recomendaciones de control interno.
o Coordinar, ejecutar, supervisar y apoyar el cumplimiento de las actividades del area asignada.
o Elaborar los informes tecnicos con la documentacidn de soporte que corresponde.
o Asesorar y transferir tecnologia al personal de la
o Participar en reuniones de trabajo.
4. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
CoordinaciOn de Equipos de Auditoria Desarrollo de Manuales de Control Interno Evaluacian del Control Interno Auditoria Externa ElaboraciOn de Manuales de Contabilidad Elaboracian de Estados Financieros Elaboracian de Recomendaciones de Control Interno Elaboracian de Manuales de Procesos Administrativos y Financieros
Especialista en Contaduria Publica
ENEE.
o El profesional como Especialista Financiero tendrei asignadas las siguientes actividades:
o Participar en la planeaciOn y organizacion del trabajo en el area asignada.
0 Realizar el entendimiento general del trabajo especificamente del area asignada.
o Elaborar los procedimientos a ejecutar en el area asignada conforme al marco conceptual y referencial aprobado para la ejecuciOn del trabajo.
o Coordinar, ejecutar, supervisar y apoyar el cumplimiento de las actividades del area asignada.
o Elaborar los informes tecnicos con la documentaciem de soporte que corresponde.
o Asesorar y transferir tecnologia al personal de la
o Participar en reuniones de trabajo.
5. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Especialista en el Area Actuarial para Fondos de Pensiones Especialista en el Area Actuarial para Fondos de Beneficios Laborales Especialista Actuarial en Instituciones de Prevision Social Elaboracian de Procesos y Procedimientos en el Area Actuarial
Especialista en Calculo Actuarial
o La organizaciOn y planificacian de los Procedimientos y metodologia a aplicar en el area, basada en la propuesta tecnica, cronograma General de Trabajo y acuerdos suscritos con el representante de la ENEE y equipo de contraparte.
o La elaboraciem del Cronograma de trabajo. o Realizar el analisis de las recomendaciones de
auditoria que requieren asistencia ticnica en temas de ccilculo actuarial y proponer los procedimientos viables (legal, econOmico, tecnico) para corregirlas e implementarlas en base al propasito, objetivos y actividades de la consultoria.
o Elaborar un documento metodolOgico incluyendo procedimiento y actividades que se aplicaran en la ejecuciOn del trabajo en el area actuarial. ...--.....
22 •
ElaboraciOn de Estudios y Calculos Actuariales
o Ejecutar de forma conjunta con el equipo contraparte de la ENEE los estudios y ccilculos actuariales requeridos principalmente en la cuantificaciOn del pasivo laboral y otros costos relacionados con el Recurso Humano para efectos de su reconocimiento, valoraciOn y presentaciOn en los Estados Financieros.
o Elaborar una metodologia para que la ENEE realice la gestiOn futura del Pasivo Laboral especialmente para el reconocimiento en los Estados Financieros.
o Elaborar los informes de avance y produccie n de la consultoria en temas actuariales.
o Transferir en lo posible del caso conocimientos al equipo contraparte de la ENEE en el area Actuarial.
o Asistir a reuniones de trabajo con el resto del equipo de expertos.
6. Xxxx' Xxxxxx Xxxxxxxx
Especialista en ValoraciOn de Activos Muebles e Inmuebles de Empresas Pablicas y Privadas Especialista en ValoraciOn de Activos Productivos de la Industria de Energia ElaboraciOn de Metodologias, Procedimientos y Calculos para la ValoraciOn de Activos y Bienes Productivos
Ingeniero Especialista
o Participar en reuniones preliminares que se realicen entre los miembros del equipo de DES y de la ENEE.
o Participar en las actividades de planeacion y organizactOn de la consultoria, apoyando al Coordinador en su area de trabajo.
o Participar en el proceso de entendimiento y conocimiento de la consultoria.
o Elaborar los procedimientos y guias ticnicas requeridas en su area para ejecutar la depuraciOn de los saldos, y la implementaciOn de las observaciones y recomendaciones de control interno.
o Asesorar y brindar asistencia tecnica al resto del equipo de trabajo en temas de valoraciOn de los activos productivos de la ENEE.
o Ejecutar xxxxx el cronograma de trabajo los procedimientos y actividades requeridas en su area para la depuraciOn de los saldos de los Estados Financieros y la implementaciOn de las observaciones y recomendaciones de control interno.
o Identificar durante el desarrollo de la consultoria mejoras a los procesos de control interno de la ENEE
o Participar en reuniones de trabajo. o Elaborar los informes de avance y documentos
tecnicos de su area que sean requeridos durante la consultoria.
7. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Auditoria Externa Implementaciem de Recomendaciones de Control Interno ElaboraciOn de Recomendaciones de Control Inferno EvaluaciOn del Control Inferno ElaboraciOn de Estados Financieros y sus Notas ElaboraciOn de Manuales de Procesos en el Area Contable, Financiera y Administrativa Auditoria de Cumplimiento CoordinaciOn de Equipos de Auditoria y Consultoria Limpieza de Estados Financieros
Asistente de Contabilidad
o Participar y apoyar en la organizaciOn, planificaciOn y entendimiento de la consultoria.
o Realizar la recolecciOn de documentos e informaciOn requerida para la ejecuci6n de la consultoria.
o Participar en la elaboraciOn de los procedimientos y cronograma de ejecuciOn del trabajo de depuraciOn de saldo de los estados financieros.
o Ejecutar los procedimientos analiticos y sustantivos requeridos para la depuraciOn de los saldos de las cuentas asignadas.
o Identificar durante el trabajo recomendaciones observaciones para mejorar el control interno.
o Documentar los ajustes detectados en la depuraciOn de los saldos de cada cuenta que se le asignen durante el trabajo.
o Elaborar los informes tecnicos y de avance en el area asignada.
o Participar en reuniones de trabajo.
8. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Auditoria Externa ImplementaciOn de
Asistente de Contabilidad
o Participar y apoyar en la organizacian, planificaciOn y entendimiento de la consultoria.
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Recomendaciones de Control Interno ElaboraciOn de Recomendaciones de Control Interno EvaluaciOn del Control Interno ElaboraciOn de Estados Financieros y sus Notas ElaboraciOn de Manuales de Procesos en el Area Contable, Financiera y Administrativa Auditoria de Cumplimiento Coordinaci6n de Equipos de Auditoria y Consultoria Limpieza de Estados Financieros
o Realizar la recolecciOn de documentos e informaciOn requerida para la ejecucion de la consultoria.
o Participar en la elaboraciOn de los procedimientos y cronograma de ejecucion del trabajo de depuraciOn de saldo de los estados financieros.
o Ejecutar los procedimientos analiticos y sustantivos requeridos para la depuraciOn de los saldos de las cuentas asignadas.
o Identificar durante el trabajo recomendaciones observaciones para mejorar el control inferno.
o Documentar los ajustes detectados en la depuraciOn de los saldos de cada cuenta que se le asignen durante el trabajo.
o Elaborar los informes tecnicos y de avance en el area asignada.
o Participar en reuniones de trabajo
9. Xxxxxxx Xxxxxx Auditoria Externa ImplementaciOn de Recomendaciones de Control Inferno ElaboraciOn de Recomendaciones de Control Interno EvaluaciOn del Control Interno ElaboraciOn de Estados Financieros y sus Notas ElaboraciOn de Manuales de Procesos en el Area Contable, Financiera y Administrativa Auditoria de Cumplimiento CoordinaciOn de Equipos de Auditoria y Consultoria Limpieza de Estados Financieros
Asistente de Contabilidad
area asignada.
o Participar y apoyar en la organizaciOn, planificaciOn y entendimiento de la consultoria.
o Realizar la recolecciOn de documentos e informacien requerida para la ejecucion de la consultoria.
o Participar en la elaboraciOn de los procedimientos y cronograma de ejecucion del trabajo de depuraciOn de saldo de los estados financieros.
o Ejecutar los procedimientos analiticos y sustantivos requeridos para la depuraciOn de los saldos de las cuentas asignadas.
o Identijicar durante el trabajo recomendaciones observaciones para mejorar el control interno.
o Documentar los ajustes detectados en la depuraciOn de los saldos de cada cuenta que se le asignen durante el trabajo.
o Elaborar los informes tecnicos y de avance en el a
o Participar en reuniones de trabajo
Apendice D — Desglose del precio del contrato en moneda extranjera
No aplica
Apendice E — Desglose del precio del contrato en moneda nacional
Detalle Precio ddlares Precio Lempiras Remuneraciones del personal (honorarios) USD 147,100.00 2,868,994.27 Gastos USD 10,400.00 202,838.48 Precio Total del contrato USD 157,500.00 L. 3,071,832.75
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Apendice F - Servicios e Instalaciones proporcionadas por el Contratante
Adicionalmente a los insumos setialados en la clausula 1.4 de la Hoja de Datos del Documento de Solicitud de Propuesta, la ENEE proporcionara un espacio fisico acondicionado con el mobiliario necesario para que trabaje adecuadamente un equipo de trabajo minim° de 6 personas, durante el tiempo que dure la consultoria.
Asimismo se realizaran las gestiones internas dentro de la ENEE para proporcionarles una acreditaciOn especial que les permita tener acceso sin restricciones a las instalaciones de la ENEE en todo el pais.
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