PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, EN LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD.
Comentario: Este pliego no se tramita. Se prorrogan los contratos del años 2003 para el periodo 1 de enero al 15 xx xxxxx de 2004
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, EN LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD.
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
El presente Xxxxxx tiene por objeto el AServicio de VIGILANCIA Y SEGURIDAD NO ARMADA en los Servicios Centrales del Servicio Madrileño de Salud durante el periodo 1 xx xxxxxx al 31 de diciembre de 2004.
SEGUNDA.-
El importe máximo de este expediente es de CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS (52.632,00 _) incluido un IVA del 16%. El importe de los servicios será cargado a la partida Presupuestaria 22710 del Programa Presupuestario 730 para el ejercicio 2004.
Los servicios desglosados incluidos son:
Ø Un vigilante de seguridad sin arma de 7'00 h. a 20'00 h. de lunes a viernes no festivos. En total 102 días.
Importe día (IVA incluido).- 175,37 _.
Ù Un vigilante de seguridad sin arma de 08,00 h. a 20,00 h. de lunes a viernes no festivos. En total 102 días.
Importe día (IVA incluido).- 161,88 _.
Ú Un vigilante de seguridad sin arma de 9,00 h. a 22'15 h. de lunes a viernes no festivos. En total 102 días.
Importe día (IVA incluido).- 178,75 _.
TERCERA.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Informarán a los responsables del Centro, según los circuitos que se determinen, de todas aquellas actividades que por su naturaleza puedan afectar al normal desarrollo de la actividad.
El carácter del servicio de vigilancia a prestar será eminentemente preventivo y las funciones a realizar para la prestación del mismo serán las siguientes:
- Protección de las personas y bienes, previniendo la comisión de delitos y actividades que supongan riesgo para usuarios y trabajadores.
- Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de acuerdo con la
legislación vigente.
- Vigilancia y control de las entradas y salidas de personas, objetos y materiales, en los accesos al S.M.S.
- Control e identificación de los vehículos que accedan al recinto o recintos dependientes del Centro, comprobando si el acceso está autorizado.
Centro.
- Realización de rondas e inspecciones, según la normativa que determine la Dirección del
- Vigilancia y control de las centrales de alarma y detección, de los equipos de protección, y de
todos aquellos sistemas que componen la seguridad integral.
- Colaboración en la implantación y actuaciones de los Planes de Emergencia/Evacuación/Autoprotección del Centro, asumiendo las funciones que les sean asignadas en las mismas.
- Impedirán en el recito del Centro las siguientes prácticas:
La venta ambulante
La mendicidad y el vagabundeo Los actos de vandalismo
La prácticas contra la salud pública
Las manifestaciones artísticas no autorizadas
La manipulación o uso indebido de las instalaciones del Centro Filmaciones, fotografías o grabaciones no autorizadas
La publicidad indebida y las pintadas
- Otras funciones conexas de vigilancia y control que pudieran establecer el Centro.
CUARTA.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El personal de la empresa adjudicataria deberá estar regido por las siguientes condiciones:
- El personal asignado de la empresa adjudicataria deberá hallarse en todo momento durante su prestación de servicio en perfecto estado físico y psíquico y mantener una correcta imagen, tanto en su aspecto exterior (vestimenta, aseo, etc.), como en su comportamiento.
- El personal asignado deberá poseer la formación técnica necesaria para la prestación del servicio. Deberá tener conocimientos específicos sobre: operativa de vigilancia y seguridad, atención e información al público, sistemas de alarma y protección contra incendios y seguridad, situaciones de emergencia, uso de aparatos de transmisiones, etc. La empresa adjudicataria acreditará, documentalmente, la preparación y conocimientos del personal que vaya a asignar para la prestacióndel servicio en el Centro. La empresa adjudicataria estará obligada a proporcionar al personal los cursos de reciclaje y actualización necesarios para la prestación del servicio.
- El personal del servicio de vigilancia y seguridad estará dotado de uniformes completos, de invierno y verano, con los distintivos de la empresa adjudicataria, que se renovarán anual e individualmente.
- La empresa adjudicataria facilitará a la dirección del centro ficha con fotografía y datos personales y profesiones del personal que presta el servicio. Cualquier alta o baja del personal de vigilancia deberá ser previamente comunicada a la dirección del centro. El personal será asignado con
carácter de exclusividad para el servicio contratado. Sólo podrá ser sustituido por causa justificada y con autorización del Centro.
- El Centro podrá solicitar a la empresa adjudicataria la sustitución de cualquiera de su personal de vigilancia cuando estime que su actuación no es satisfactoria. Recibida por escrito dicha petición, la entidad adjudicataria deberá realizar, en un plazo no superior a 24 horas, la sustitución solicitada. Todo ello sin perjuicio de las acciones legales que pudieran seguirse de la actuación de la persona sustituida
QUINTA.- FORMA DE EFECTUAR EL SERVICIO
Para la prestación del servicio la empresa adjudicataria deberá:
- Seguir en todo momento las directrices del centro, tanto en la orientación general del servicio, como en las prioridades que en cada momento se puedan establecer.
- La empresa contratada elaborará partes diarios escritos en los que se detallará pormenorizadamente la actividad realizada durante el servicio, haciendo hincapié en aquellas incidencias que por su naturaleza afecten al desarrollo normal de la actividad.
- Independientemente de la información escrita que la empresa adjudicataria facilita a la dirección del Centro, verbal y puntualmente se mantendrá informados a los responsables del Centro, quienes determinarán en cada momento las acciones a seguir.
- Facilitará a la dirección del centro toda la documentación e información referente a requerimientos judiciales por actuaciones de su personal en el recinto del centro.
-Toda aquella documentación suscitada por intervenciones del personal de la empresa contratada en el recinto del Centro, será considerada como propiedad de éste, y no podrá ser facilitada a ninguna otra persona u entidad sin consentimiento expreso de la dirección del centro.
- Tanto la empresa adjudicataria, como el personal asignado por ésta a prestar servicio en el centro se comprometerá a guardar absoluta reserva sobre instalaciones, procedimientos e incidencias, informaciones, documentos y asuntos, etc., del centro donde realicen sus servicios. Igualmente se obligarán a guardar absoluta reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer del personal del centro o de sus usuarios, y en general de cualquier personal relacionada con éste, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El adjudicatario declara expresamente que conoce quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de carácter personal (y muy especialmente de lo indicado en su artículo 27). El adjudicatario se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.
- La empresa adjudicataria estará obligada a presentar en un plazo infe rior a 15 días desde la iniciación del servicio, un programa con la planificación de todos los aspectos del servicio, que será consensuado y aprobado por la dirección del centro en los aspectos concernientes al mismo:
Funciones y cometidos específicos de cada puesto. Rondas, con los recorridos físicos y horarios.
Normas de actuación en caso de emergencia o incidencia.
Plan de vigilancia y seguridad.
Red de comunicaciones, si fuera preciso. Medios materiales auxiliares.
Modelos de partes de incidencias.
Contenido de la memoria anual y datos estadísticos. Etc.
- La empresa de Vigilancia que resulte contratada elaborará anualmente una memoria en la que recoja la actividad desarrollada y estadísticas de incidencias, actividades y su evolución.
- La empresa adjudicataria garantizará un sistema de comunicación independiente (radioteléfono) entre los miembros del servicio.
SEXTA.- PLAN DE GESTIÓN
Los licitadores deberán presentar un plan de gestión del sistema de vigilancia y seguridad propiedad del Servicio Madrileño de Salud, y que se ajustará a los siguientes criterios mínimos:
- Formación del personal a su cargo y que tengan relación con la ejecución del contrato
- Funciones a realizar en cada puesto de vigilancia y seguridad.
- Mantenimiento del sistema de vigilancia y seguridad.
- Medidas organizativas y de coordinación del servicio.
- Sugerencias para mejorar la prestación del servicio.
SÉPTIMA.-
El plazo de ejecución del servicio se entiende desde el 1 xx xxxxxx hasta el 31 de diciembre de 2004. La forma de pago se efectuará mensualmente contra factura conformada en base al servicio prestado.
OCTAVA.-
Los servicios se efectuarán en los Servicios Centrales del Servicio Madrileño de Salud, ubicado en la plaza Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, 7, 28020 de Madrid (edificio ASollube@).
NOVENA.-
Los servicios a contratar se llevarán a cabo por la empresa adjudicataria con arreglo a lo previsto en el presente Pliego de prescripciones técnicas y a lo contenido en la legislación en vigor que regula estos servicios, y en particular:
- Ley de Seguridad Privada (23/1.992)
- Reglamento de Seguridad Privada, de 16 de noviembre de 1.994.
- Convenios Colectivos del sector.
- Aquellas otras disposiciones que fuesen publicadas durante el periodo de vigencia del contrato en relación con la Seguridad Privada.
DÉCIMA.- CLÁUSULA DE SUBROGACIÓN
Tal como especifica el Convenio vigente en materia de seguridad, la empresa adjudicataria del Servicio de Seguridad se subrogará en todos los derechos y obligaciones que le correspondan como empresario, respecto a los trabajadores de la empresa saliente (cuyos datos se facilitan en anexo a este pliego técnico), que prestaba servicios en los Servicios Centrales del Servicio Madrileño de Salud, en los que se prestará el servicio regula do por el presente pliego. La subrogación se llevará a cabo siempre que se cumplan los supuestos previstos en el mencionado Convenio Colectivo.
UNDÉCIMA.-
Las empresas ofertantes deberán presentar documentación acreditativa de hallarse inscritas en el Registro de Empresas de Seguridad de la Dirección General de Seguridad del
Estado.
DUODÉCIMA.-
No procede la revisión de precios ya que han sido establecidos tomando en consideración los actuales xx xxxxxxx para 2004.
Madrid, 14 xx xxxx de 2004 EL JEFE DE SERVICIO DE
PATRIMONIO Y ASUNTOS GENERALES DEL S.M.S.
Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxx
SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
Solvencia económica y financiera
Artículo 16 apartado C)
Declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras suministros, servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
Criterios de selección.
En relación con este apartado será necesaria declaración relativa a la cifra de negocios global de servicios efectuados por la empresa en los tres últimos ejercicios, de forma que la mínima cifra exigible por cada año triplique el importe de licitación del contrato que se pretende celebrar.
Solvencia técnica o profesional
Artículo 19 apartado B)
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
Criterios de selección.
Acreditación por relación de los principales servicios efe ctuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, mínimos 125.000 _ por servicio, fechas y destino público o privado, acompañados del certificado de buena ejecución, siendo suficiente uno por año.
Madrid, 14 xx xxxx de 2004 EL JEFE DE SERVICIO DE
PATRIMONIO Y ASUNTOS GENERALES DEL S.M.S.
Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxx
EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de las ofertas se efectuará atendiendo a los siguientes criterios:
Î Plan de gestión de vigilancia y seguridad.- 45 puntos.
Ï Precio.- 35 puntos.
Ð Criterios de empleo.- 20 puntos.
□¨El plan de gestión deberá ajustarse al siguiente desarrollo y puntuación:
1.- Indicación de cómo van a mantener el sistema de vigilancia y seguridad que los Servicios Centrales pone a su dis posición. En caso de aportar alguna mejora del sistema y existente deberán adjuntar relación de los medios que ofrecen incorporar, así como los accesorios para su instalación. El mantener los medios que incorpore como mejora del servicio, así como los que el Servicio Madrileño de Salud pone a su disposición serán incluidos dentro del coste del servicio solicitado de vigilancia y seguridad. 15 puntos.
2.- Los licitadores aportarán toda aquella información que juzguen de interés en relación con la formación de su personal, así como el curriculum vitae de aquellas personas que vayan a tener a su cargo la coordinación de los servicio objeto de concurso. Las mejoras de medios se valorarán hasta 10 puntos.
3.- Funciones a realizar en cada puesto. 5 puntos
4.- Medidas organizativas necesarias para la coordinación y funcionamiento adecuado del servicio. 5 puntos.
5.- Sugerencias que supongan una mejora en la prestación del servicio. 10 puntos.
Todo ello dentro del coste límite de licitación y de acuerdo con las directrices generales del Servicio Madrileño de Salud.
□ El criterio precio se calculará:
Otorgando la máxima puntuación a la oferta más ventajosa, siempre dentro de aquellas que superen los mínimos de calidad. El resto de ofertas serán cuantificadas proporcionalmente a ésta. Aquellas empresas que oferten precios de los productos iguales a la propuesta xx xxxxxxx serán calificadas con A0" puntos en este criterio. En caso de que todas las empresas ofrezcan reducciones de precios inferiores al 3% del precio, el criterio precio será tenido en cuenta con una valoración máxima de 10 puntos, aplicados según la forma ya expresada.
□ Los criterios de empleo serán baremados según:
1.- Estabilidad de la plantilla de la empresa en el ejercicio anterior al de la licitación del contrato, referencia a trabajadores con contrato fijo, entendiéndose por contrato fijo los siguientes: contrato indefinido ordinario; contrato para el fomento de la contratación indefinida; transformación a indefinido de los contratos temporales celebrados con anterioridad al 17 xx
xxxx de 1997 (contratos en prácticas, aprendizaje, relevo, formación o sustitución por anticipación de la edad de jubilación); contrato indefinido para trabajadores minusválidos; contrato indefinido a domicilio; contrato de trabajo en grupo de duración indefinida; contrato indefinido a tiempo parcial incluidos los fijos discontinuos; y autoempleo colectivo en caso de sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado.
En el caso de empresas de nueva creación a las que no se les pueda aplicar el anterior periodo de referencia, se considerará que se cumple el criterio si no se ha producido desde la creación de la empresa la disminución del número de empleos fijos.
Puntuación: 5 puntos
2.- Porcentaje de trabajadores con contrato indefinido en la plantilla de la empresa:
10 puntos máximo, que se distribuirán de la siguiente manera: empresa con un porcentaje de trabajadores fijos entre el 60 y el 70% del número de empleos de la plantilla, 4 puntos. Y por cada 5 % más de estabilidad en la plantilla, 1 punto.
3.- Ejecución directa del objeto del contrato por trabajadores de la empresa:
3 puntos máximo, que se distribuirán de la siguiente manera: si entre el 70 y el 80% de trabajadores afectos a la ejecución del contrato son de la plantilla de la empresa, 1 punto. Se entre el 81 y el 90% de los trabajadores afectos a la ejecución del contrato son de la plantilla de la empresa, 2 puntos; si entre el 91 y el 100% de trabajadores afectos a la ejecución del contrato son de la plantilla de la empresa, 3 puntos.
4.- Nuevas contrataciones de la empresa vinculadas a la ejecución del contrato y compromiso de carácter indefinido de aquéllas; 2 puntos máximo, correspondiendo 0,10 puntos por cada empleo fijo y 0,05 por cada emp leo temporal.
Madrid, 14 xx xxxx de 2004 EL JEFE DE SERVICIO DE
PATRIMONIO Y ASUNTOS GENERALES DEL S.M.S.
Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxx
ANEXO AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Relación de personal de vigilancia y seguridad que presta servicios en estos Servicios Centrales del Servicio Madrileño de Salud.
Nombre Fecha de antiguedad
Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx | 24/04/2002 |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxx | 22/05/2003 |
Xxxxxx Xxxxxx xxx Xxxx | 14/11/1998 |
Madrid, 14 xx xxxx de 2004 EL JEFE DE SERVICIO DE
PATRIMONIO Y ASUNTOS GENERALES DEL S.M.S.
Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxx