Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTES EN EL MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD ANTI-INTRUSIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX.
INDICE
3.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATO 2
5.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 3
10.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 5
15.- CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR 7
16.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 8
18.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTOS 12
22.- RESPONSABLE DEL CONTRATO 18
23.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS 18
25.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. 17
26.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN 18
28.- CASOS DE IMPOSICIÓN DE SANCIONES AL CONTRATISTA, RESOLUCIÓN Y DENUNCIA DEL CONTRATO 18
30.- INTERPRETACIÓN 20
31.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS 20
32.- JURISDICCIÓN COMPETENTE 20
33.- LEGISLACION APLICABLE. 22
34.- DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL 23
35.- DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN 00
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTES EN EL MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD ANTI-INTRUSIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto del contrato:
a) La prestación del servicio de mantenimiento periódico preventivo, así como del mantenimiento correctivo de los sistemas de seguridad anti-intrusión de todos los edificios e instalaciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx recogidas en el ANEXO X xxx Xxxxxx Técnico.
b) La reparación de las averías que se produzcan en los citados sistemas, no incluyendo los materiales sustituidos como consecuencia de la avería, que se facturarán aparte.
c) Las nuevas instalaciones, ampliaciones, modificación y reformas que sea necesario efectuar en los sistemas existentes, no incluyendo ni la mano de obra ni los materiales que se facturarán aparte.
Codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CNAE): N8020.
Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV): 50610000-4
2. ÓRGANO COMPETENTE.
El órgano competente para aprobar la presente licitación será la Concejala Delegada de Contratación, a quien corresponde la competencia conforme a la delegación de competencias efectuada por la Junta de Gobierno Local mediante acuerdo de 30 xx Xxxxx de 2015.
3. CALIFICACIÓN DEL CONTRATO.
De conformidad con los artículos 10 y el Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), el contrato que se pretende adjudicar se califica como CONTRATO DE SERVICIOS, CATEGORÍA 2.
4. CONTENIDO DEL CONTRATO.
Son objeto del presente contrato la prestación de los siguientes servicios:
Mantenimiento preventivo y correctivo de todos los sistemas de seguridad de los edificios municipales o instalados en la vía pública, que se recogen en el Anexo.
Reparación de las averías que se produzcan en los citados sistemas, no incluyendo los materiales sustituidos como consecuencia de la avería, que se facturarán aparte.
Modificación y reformas que sea necesario efectuar en los sistemas existentes, no incluyendo la mano de obra y los materiales que se facturarán aparte.
Conexión de todos los sistemas anti-intrusión municipales a CRA durante la vigencia del contrato, prorrogas incluidas en caso de que existan.
5. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
El expediente tiene carácter ordinario, tramitándose por procedimiento abierto, mediante determinación de la oferta económicamente más ventajosa, atendiendo a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, conforme disponen los artículos 157 y 150 del TRLCSP.
6. FUNDAMENTO.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx tiene un importante número de edificios con una amplia dotación en su interior cuya seguridad hay que garantizar. Para ello se han instalado a lo largo de los años diferentes sistemas de seguridad anti-intrusión adecuados a cada caso.
Cómo ocurre en muchas ocasiones con los sistemas de seguridad lo deseable es que se activen en pocas ocasiones y para poder comprobar su correcto funcionamiento es necesario establecer un sistema de mantenimiento preventivo eficaz que garantice su activación cuando realmente se necesita que entren en funcionamiento.
Por otra parte, el número de detectores, centrales de alarma, sistemas CCTV, etc. instalados en los edificios públicos de nuestra ciudad, hace inevitable que algunos de ellos lleguen al final de su vida útil y por tanto haya que repararlos o sustituirlos.
Por último, pero no menos importante, todos los años se construyen o se realizan reformas en los edificios existentes. Un sistema de seguridad es tan débil como el más débil de sus puntos. De nada valdría el esfuerzo que ha realizado hasta ahora el Ayuntamiento si cuando realizamos una reforma o una obra nueva, no dotáramos de seguridad a las instalaciones nuevas.
Por tanto las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato son:
Mantenimiento preventivo y correctivo de todos los sistemas de seguridad de los edificios municipales o instalados en la vía pública, que se recogen en el Anexo.
Reparación de las averías que se produzcan en los citados sistemas, no incluyendo los materiales sustituidos como consecuencia de la avería, que se facturarán aparte.
Nuevas instalaciones, ampliaciones, modificación y reformas que sea necesario efectuar en los sistemas existentes, no incluyendo la mano de obra y los materiales que se facturarán aparte.
Conexión de todos los sistemas anti-intrusión municipales a CRA durante la vigencia del contrato, prorrogas incluidas en caso de que existan.
7. TIPO DE LICITACIÓN.
a) MANO DE OBRA MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO:
Se señala como tipo máximo de licitación, PARA AMBOS TIPOS DE MANTENIMIENTO (PREVENTIVO Y CORRECTIVO), la cantidad de TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS € SIN IVA ANUALES
(31.842 €) (El importe anual correspondiente al IVA (21%) es de SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (6.686,82 €). El importe total ANUAL del contrato asciende a TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS (38.528,82 €)
El importe total del contrato (3 AÑOS) en este apartado es de 115.586,46 €, IVA incluido.
b) MANO DE OBRA PARA NUEVAS INSTALACIONES, AMPLIACIONES, MODIFICACIÓN Y REFORMAS:
Se señala como tipo máximo de licitación la cantidad de cuarenta y cinco euros SIN IVA la hora (45 €). El importe del IVA es de nueve euros con cincuenta y cinco céntimos (9,45 €); el importe total del tipo con IVA es de 54,45 € / hora IVA incluido.
Observación común a los apartados a) y b):
Los materiales y equipos empleados en las reposiciones o sustituciones propias del mantenimiento correctivo, se facturarán aparte excluyendo la mano de obra, ya que la misma queda subsumida en la oferta al apartado a), de acuerdo con las previsiones establecidas en la cláusula 10 de este pliego.
Los materiales y equipos empleados en nuevas instalaciones, ampliaciones, modificaciones y reformas, se facturarán aparte incluyendo la mano de obra, a los precios ofertados en el apartado b).
Los presupuestos que se presenten se entenderán sin IVA.
Los gastos de transporte y la entrega en las dependencias municipales si los hubiere estarán incluidos en el tipo de licitación.
8. FORMA DE PAGO.
El pago se efectuará mediante la presentación, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, de la correspondiente factura que se abonará previo informe del Departamento correspondiente, la fiscalización de la Intervención Municipal y una vez aprobada por el Órgano Municipal competente.
El importe de las facturas se abonará en los plazos previstos en el art. 216.4 del TRLCSP y conforme lo dispuesto en la disposición transitoria octava de dicha norma legal, en los términos de la nueva redacción aprobada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Se facturará mensualmente.
9. VARIANTES Y/O MEJORAS.
Deberá presentarse una oferta única no admitiéndose variantes.
No obstante podrán presentarse mejoras que serán valoradas conforme se prevé en el apartado relativo a los criterios de adjudicación.
Se consideran mejoras las que no tengan coste para el Ayuntamiento y variantes aquéllas que, en caso de ser aceptadas, incrementen el precio del contrato.
10. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA.
El importe estimado del contrato para los 3 AÑOS es de 198.614,46 €, desglosado en:
115.586,46 €, IVA incluido (mano de obra de mantenimiento preventivo y correctivo)
83.028 €, IVA incluido (mano de obra de nuevas instalaciones, ampliaciones, modificaciones o reformas, así como materiales y equipos).
Para el gasto que supone esta contratación existe consignación y financiación suficiente con cargo a la partida 171 13000 21300 del Presupuesto Ordinario, comprometiéndose el Ayuntamiento a consignar los créditos precisos para atender las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato hasta su conclusión.
El desglose por anualidades es el siguiente:
Mano de obra (para mantenimiento preventivo y correctivo):
Año 2016 (Del 1 de Octubre a 31 de Diciembre) (9.632,21 €) Euros IVA incluido
Año 2017 (38.528,82 €) Euros IVA incluido
Año 2018 (38.528,82 €) Euros IVA incluido
Año 2019 (de 1 de Enero a 30 de Septiembre) (28.896,61 €) Euros IVA incluido
Mano de obra para nuevos equipos, ampliaciones, modificaciones y reformas, así como equipos y materiales:
Año 2016 (de 1 de Octubre a 31 de Diciembre) (6.919,01 €) Euros IVA incluido
Año 2017 (27.676 €) Euros IVA incluido
Año 2018 (27.676 €) Euros IVA incluido
Año 2019 (Del 1 de Enero a 30 de Septiembre) (20.756,99 €) Euros IVA incluido
11. REVISIÓN DE PRECIOS.
Conforme a la Disposición final Tercera de la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, la revisión de precios del presente contrato publico de servicios, no podrá ser
objeto de revisión periódica y predeterminada de acuerdo con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 89.2 del TRLCSP.
12. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución será de TRES AÑOS contados desde la fecha que se señale en el contrato administrativo, debiendo desarrollarse de forma ininterrumpida durante dicho periodo. El presente contrato no prevé prórroga.
13. GARANTÍAS.
PROVISIONAL: No se exige la constitución de garantía provisional, de conformidad con el artículo 103.1 del TRLCSP.
DEFINITIVA: El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá depositar la garantía definitiva en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente a la recepción del requerimiento que le efectúe el órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP, por importe del 5% del precio de adjudicación, excluido el IVA, en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de constituirse mediante aval, el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el Anexo correspondiente, que figura al final del presente Xxxxxx.
Trámite de ingreso de la garantía definitiva: El ingreso en efectivo se efectuará del siguiente modo: se solicitará del Departamento de Contabilidad (1ª planta del edificio del Ayuntamiento) la emisión de la oportuna carta de pago para efectuar el ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora.
Deberá entregarse copia de la carta de pago con los datos del ingreso en el Departamento de Contratación.
En caso de constituirse mediante aval, valores o mediante contrato de seguro de caución, deberá efectuarse su ingreso previo en la Tesorería Municipal (1ª planta del edificio del Ayuntamiento) y habrán de ajustarse a los requisitos establecidos en los artículos 55 a 58 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Si la constitución de garantía es mediante aval, el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el ANEXO correspondiente, que figura al final del presente Xxxxxx.
Deberá entregarse copia de la carta de pago de ingreso en Tesorería en el Departamento de Contratación.
En el supuesto de propuestas presentadas por Uniones Temporales de Empresarios, la Garantía podrá constituirse por una o por varias de las empresas participantes en la unión, siempre que en conjunto, se alcance la cantidad fijada en este mismo apartado y garantice solidariamente a todos los partícipes en la U.T.E. (Artículos 103 del TRLCSP Y 61.1 RGLCAP).
14. GASTOS.
Se fija en 750 euros el importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato a que se refiere el artículo 142.1 del TRLCSP, tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión que debe abonar el adjudicatario, de conformidad con el art. 75 del RGLCAP.
El trámite para ingresar los gastos de publicidad será en efectivo siguiendo los trámites establecidos en la cláusula anterior.
15. CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR.
Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad establecidos en el artículo 60 del TRLCSP.
Los licitadores tendrán que demostrar experiencia en el sector y acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación que después se indica o mediante los requisitos de solvencia que a continuación también se detallan, en los términos de los artículos 65 TRLCSP y 46 RGLCAP.
Teniendo en cuenta la calificación del presente contrato: “SERVICIOS”, los licitadores que opten por la acreditación de la solvencia mediante su clasificación, deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Empresas Clasificadas como empresa Contratista de Servicios en los siguientes grupos, subgrupos y categorías:
GRUPO P SUBGRUPO 5 CATEGORÍA 1
REQUISITOS DE SOLVENCIA PARA EMPRESAS NO CLASIFICADAS:
Solvencia económica:
- Acreditación de una cifra mínima de negocios de 1.000.000 euros en el global de los cinco últimos ejercicios.
1.- Se acreditará mediante la aportación las cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil de los tres últimos años.
Criterio evaluador: El año de mayor volumen de negocio tiene que ser al menos superior a una vez y media el valor estimado del contrato.
- Aportación de póliza de seguros de indemnización por riesgos profesionales y recibo de pago del año en curso.
Criterio evaluador: Importe asegurado no inferior al valor estimado del contrato al que se unirá compromiso de renovación que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la duración del contrato
Solvencia técnica y profesional:
Se deberá aportar:
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y la identificación de la Administración contratante, en la que deberán figurar, al menos, cinco contratos específicos de mantenimiento de alarmas, siendo al menos uno de ellos de importe anual de 50.000 €. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante declaración firmada por el apoderado.
- Una relación completa e individualizada con el personal que se compromete a poner a disposición de la prestación del servicio, con indicación de su experiencia previa y formación académica y profesional. El personal para la ejecución del contrato ha de estar integrado en la estructura de la empresa o en disposición de integrarse.
- Las empresas licitadoras deben presentar certificados de calidad ISO 9001 e ISO 14001.
16. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente.
Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados por orden decreciente de importancia, con la ponderación que se indica:
16.1. CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR:
16.1.1. Calidad de la solución técnica ofertada: Se puntuará hasta 15 puntos.
En este apartado se valorará el programa presentado en la oferta sobre el desarrollo del servicio, de acuerdo con los siguientes sub apartados:
-Medios materiales: adecuación en calidad y número de medios materiales (vehículos, cestas, instalaciones, etc.) puestos a disposición del Ayuntamiento: hasta 6 puntos. Obtendrá mayor puntuación aquella empresa que vaya a dedicar de manera total o parcial (indicando porcentaje de dedicación) más medios al contrato para el mejor cumplimiento de las tareas.
-Medios tecnológicos: Idoneidad y valor añadido de los medios tecnológicos puestos a disposición del Ayuntamiento para el control y seguimiento de las incidencias, averías, etc.: hasta 6 puntos. Obtendrá mayor puntuación aquella empresa que vaya a dedicar más medios de control basados en nuevas tecnologías (servidores web de consulta, utilización de
PDAS, sistemas inteligentes de medición o detección, etc.), así como la posibilidad de cesión de equipos o licencias al finalizar el contrato.
-Calidad de la memoria descriptiva del procedimiento referido al mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos objeto del contrato: hasta 3 puntos.
TOTAL PUNTUACIÓN DE CRITERIOS DE APLICACIÓN MEDIANTE JUICIO DE VALOR: 15 PUNTOS
16.2. CRITERIOS QUE SE APLICARÁN MEDIANTE FÓRMULA.
16.2.1. Oferta económica del servicio de mantenimiento: preventivo y correctivo Hasta 30 Puntos.
La puntuación de las ofertas económicas se determinará según la siguiente fórmula: La oferta más baja respecto al tipo de licitación, obtendría la máxima puntuación
No obstante, la puntuación máxima se calcula valorando el porcentaje de baja que la media aritmética de las ofertas válidas presentadas tiene sobre el tipo de licitación, según la siguiente fórmula:
D TL Media
de las TL
ofertas100
D <= | 3% | 4,50 | |
3% | < D <= | 6% | 9,00 |
6% | < D <= | 9% | 15,00 |
9% | < D <= | 12% | 18,00 |
12% | < D <= | 15% | 21,00 |
15% | < D <= | 18% | 24,00 |
18% | < D <= | 21% | 27,00 |
D > | 21% | 30,00 |
El tramo de la escala que corresponda con la baja media respecto al tipo de licitación (variable “D”), corresponderá a la puntuación máxima (“PM”) que se otorgue a la mejor oferta. La puntuación de cada oferta, se hallará por una simple regla de tres según la siguiente fórmula:
TL - Ox
Px = x PM
TL -Om
Px: puntuación de la oferta.
TL: tipo de licitación.
Ox: oferta que se puntúa. Om: oferta más baja
PM: puntuación máxima (según la escala)
Se calculará la media aritmética de las ofertas y se considerarán desproporcionadas o temerarias las que se encuentren en los supuestos previstos en el art. 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, sin perjuicio de la facultad del Órgano de Contratación de apreciar, previos los informes adecuados y la audiencia al contratista, si la oferta puede o no ser cumplida.
16.2.2. Oferta económica del servicio de nuevas instalaciones, ampliaciones, modificaciones y reformas. Hasta 10 Puntos.
La puntuación de las ofertas económicas se determinará según la siguiente fórmula: La oferta más baja respecto al tipo de licitación, obtendría la máxima puntuación
No obstante, la puntuación máxima se calcula valorando el porcentaje de baja que la media aritmética de las ofertas válidas presentadas tiene sobre el tipo de licitación, según la siguiente fórmula:
D TL Media
de las TL
ofertas100
D <= | 3% | 1,50 | |
3% | < D <= | 6% | 3,00 |
6% | < D <= | 9% | 5,00 |
9% | < D <= | 12% | 6,00 |
12% | < D <= | 15% | 7,00 |
15% | < D <= | 18% | 8,00 |
18% | < D <= | 21% | 9,00 |
D > | 21% | 10,00 |
El tramo de la escala que corresponda con la baja media respecto al tipo de licitación (variable “D”), corresponderá a la puntuación máxima (“PM”) que se otorgue a la mejor oferta. La puntuación de cada oferta, se hallará por una simple regla de tres según la siguiente fórmula:
TL - Ox
Px = x PM
TL -Om
Px: puntuación de la oferta. TL: tipo de licitación.
Ox: oferta que se puntúa. Om: oferta más baja
PM: puntuación máxima (según la escala)
Se calculará la media aritmética de las ofertas y se considerarán desproporcionadas o temerarias las que se encuentren en los supuestos previstos en el art. 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, sin perjuicio de la facultad del Órgano de Contratación de apreciar, previos los informes adecuados y la audiencia al contratista, si la oferta puede o no ser cumplida.
16.2.3. Descuento sobre el precio de catalogo de los principales equipos a sustituir: Hasta 25 puntos.
Las ofertas expresarán el descuento expresado en % sobre el precio de catalogo de los equipos relacionados en el anexo III, siendo este descuento independiente del precio de licitación para el mantenimiento preventivo antes indicado, y estando destinado a sustitución de equipos averiados. Se calculará la media aritmética de los descuentos ofertados en cada grupo de equipos y se otorgarán 3 puntos por cada 5% de descuento sobre el precio de catalogo, según la siguiente tabla:
Entre el 0 y el 5 % | 3 puntos |
de 5,1% a 10 % | 6 puntos |
de 10,1 % a 15 % | 9 puntos |
de 15,1 % a 20 % | 12 puntos |
de 20,1 % a 25 % | 15 puntos |
de 25,1 % a 30 % | 18 puntos |
de 30,1 % a 35 % | 21 puntos |
de 35,1 % a 40% | 24 puntos |
Mayor del 40% | 25 puntos |
16.2.4. Mejoras objetivas: Se puntuarán hasta 20 puntos.
En este apartado de valorarán las mejoras, sin coste para el Ayuntamiento, que propongan los licitantes.
Las mejoras consistirán en:
1. Conexión gratuita a CRA: hasta 12 puntos
2. Equipos gratuitos a suministrar e instalar: (a lo largo del contrato excluidas prórrogas): En este caso, los ofertantes deberán indicar tanto la descripción del equipo como el valor económico del mismo. En la valoración que se lleve al efecto por el órgano de contratación se comprobará dicho valor a precios xx xxxxxxx, desechándose las valoraciones no conformes. El precio total de los equipos de multiplicará por 0,001, resultando un valor que será la puntuación de la mejora hasta un máximo de 8 puntos.
TOTAL PUNTUACIÓN DE CRITERIOS DE APLICACIÓN MEDIANTE FÓRMULA 85 PUNTOS
SUMA TOTAL 100 puntos
En caso de empate entre varias empresas licitadoras tendrá preferencia la empresa que acredite un mayor porcentaje de discapacitados en plantilla, siempre que dicho porcentaje supere el 2 %.
En defecto de la anterior preferencia, y en caso de empate, tendrá preferencia en la adjudicación la oferta presentada por empresa dedicada expresamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social.
Las anteriores preferencias se aplicarán conforme lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del TRLCSP.
17. PUBLICIDAD PREVIA.
De conformidad con lo señalado en los artículos art. 142 y 159 del TRLCSP el procedimiento a que se refiere el presente Xxxxxx será anunciado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Además los anuncios se publicarán en el perfil de contratante ubicado en la página web institucional, en cumplimiento del art. 53 del TRLCSP.
18. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTOS.
El expediente de este contrato, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado en la Oficina Municipal de Contratación durante el plazo de presentación de ofertas, de lunes a viernes desde las 9,00 a las 14,00 horas. Los Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas están disponibles en el perfil del contratante dentro de la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.
Antes de las 14 horas del último día del plazo los interesados podrán entregar las plicas en el Registro General del Ayuntamiento, Xxxxx Xxxxx x/x, 00000 Xxxxxxxxxx o se enviarán por correo cumpliendo con los requisitos del artículo 80 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre. El anuncio de la presentación de la oferta por correo deberá efectuarse al correo xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en los Pliegos y sus Anexos, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como xxx xxxxxx de condiciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras, cuando así se establezca.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados y lacrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y con los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
- CIF o NIF.
- Persona de contacto.
- Dirección Postal.
- Nº de Teléfono, Fax, Correo electrónico.
- En caso de presentarse bajo el compromiso de constituir una UTE, en el sobre figurarán los anteriores datos de todas las empresas que la formen.
En el interior de cada sobre se incluirá un índice o relación numérica detallando su contenido.
Sobre 1. Documentación Administrativa.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº 1
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Título del Contrato y Numero de Expediente:
Licitador: Nombre de la entidad o persona física NIF o CIF
Datos del Representante de la Entidad y DNI Fecha y Firma
La documentación administrativa podrá aportarse por cualquiera de los siguientes modos, a elección del licitador:
1.- MODALIDAD SIMPLIFICADA.
La aportación inicial de la documentación establecida en los apartados A) o B) de la MODALIDAD ORDINARIA podrá ser suplida por una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, de conformidad con el art. 44.2 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores (desde ahora L.E.) que modifica el art. 146 del TRLCSP.
La aportación de esta certificación deberá ir acompañada de:
- declaración de vigencia de la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica
El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Sobre 2. PROPOSICIÓN. CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR:
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº 2
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Título del Contrato y Numero de Expediente:
Licitador: Nombre de la entidad o persona física NIF o CIF
Datos del Representante de la Entidad y DNI Fecha y Firma
En este sobre deberá introducirse exclusivamente la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada en los aspectos recogidos en la cláusula de criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor.
Incluirá la Memoria Descriptiva a que se refiere el criterio 16.1.1. sobre el servicio a desempeñar, de una extensión máxima de 30 folios, indicando el modo de desempeñar el servicio, incidiendo en todos aquellos aspectos que puedan redundar en una mejor calidad del servicio y que se compromete a realizar. Entre dichos aspectos deberán indicarse expresamente: El Plan de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos e instalaciones; el procedimiento de instalación de nuevos equipos; la metodología de trabajo, la organización de los profesionales, los parámetros de actuación y cuantos otros desee el licitador para comunicar su proyecto.
Se deberán especificar de manera concreta:
- La garantía para cubrir el servicio ante cualquier contingencia.
- El procedimiento para la supervisión técnica de los profesionales de mantenimiento.
- El procedimiento para garantizar la confidencialidad de los datos.
- La propuesta de procedimiento de coordinación de actividades y coordinación de seguridad y salud para los trabajos de subcontratación permitidos.
- Los plazos para la presentación de los distintos informes y documentación que se tiene obligación de presentar de acuerdo con el Pliego Técnico.
Será motivo de rechazo de la oferta la inclusión en este sobre de cualquier dato que se refiera a los criterios de aplicación mediante fórmula, así como a la propuesta económica.
Esta memoria deberá de presentarse mediante escrito firmado por el representante legal de la empresa y en formato electrónico (DVD o Pendrive)
Sobre 3. PROPOSICIÓN. CRITERIOS APLICABLES MEDIANTE FÓRMULA.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº 3
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Título del Contrato y Numero de Expediente:
Licitador: Nombre de la entidad o persona física NIF o CIF
Datos del Representante de la Entidad y DNI Fecha y Firma
En este sobre deberá introducirse exclusivamente los criterios de ponderación mediante fórmula, es decir, la proposición económica conforme al modelo recogido al final xxx Xxxxxx, así como toda la documentación relativa al resto de criterios objetivos.
19. MESA DE CONTRATACIÓN.
La Mesa de Contratación Permanente estará constituida por las personas que a continuación se relacionan:
Presidenta: Secretaria General del Pleno Dña. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
Suplente: El Director General de la Oficina de la Junta de Gobierno Local, D. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
Vocal jurídico: El Director General de la Asesoría Jurídica, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx.
Suplente: El Jefe de la Asesoría Xxxxxxxx X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx.
Vocal Intervención: La interventora General del Ayuntamiento, Dña. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Suplente: La Técnico Dña. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Vocal Técnico: El empleado público municipal responsable del centro gestor o servicio promotor del expediente, o personal en quien delegue.
Secretario: El Subdirector de Contratación en funciones, D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Suplente: La Técnico Dña. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Podrán asistir como observadores un representante por cada uno de los grupos políticos.
A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, actuando con voz pero sin voto.
Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del secretario de la Mesa que sólo tendrá voz.
Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, la Secretaría, y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano de contratación.
20. APERTURA DE OFERTAS.
1) A las diez horas del segundo día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas (a estos efectos se considerará inhábil el sábado), y salvo que en el anuncio se haga constar otra cosa, la Mesa de Contratación examinará, a puerta cerrada, la documentación presentada por los licitadores en los sobres 1: Documentación administrativa. Se levantará acta incluyendo la relación de documentos que figuren en cada uno de los sobres.
La Mesa calificará la documentación y hará pronunciamiento expreso sobre las ofertas que se ajustan a los criterios de selección y son admitidas a trámite, y las rechazadas y los motivos del rechazo.
Si la Mesa no hubiese observado defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se procederá seguidamente en acto público a la apertura del sobre nº 2, correspondiente a la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación que requieran un juicio de valor.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada lo comunicará verbalmente a los licitadores que estén presentes y lo pondrá en conocimiento de aquellos que no lo estén, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles, a contar desde la puesta en conocimiento del requerimiento, para su subsanación, mediante entrega de los documentos que corrijan o subsanen la documentación en el Departamento de Contratación, 3ª planta, Plaza Mayor, nº 1.
2) Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la Mesa declarará admitidos al procedimiento a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
3) En este último caso, la apertura de la documentación de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos se llevará a cabo en acto de carácter público, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, anunciándose en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación.
4) Se efectuará la evaluación de las ofertas conforme a los criterios dependientes de un juicio de valor y en el acto público de apertura del sobre nº 3, que se celebrará en la fecha que se señale en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación, se dará lectura, en primer lugar, a la valoración de los aspectos técnicos susceptibles de juicio de valor.
Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres nº 3, que contienen la oferta económica y los aspectos de la oferta técnica en cuanto puedan ser valorados mediante fórmulas.
La Mesa de Contratación podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos antes de elevar propuesta de adjudicación provisional al Órgano de Contratación.
21. ADJUDICACIÓN.
1) Clasificación de las ofertas:
El Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración.
Si el Órgano de Contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes correspondientes, estimase que la oferta no puede ser cumplida, como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, no la incluirá en la clasificación de ofertas.
El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 que le reclame el Órgano de Contratación, así como constituir la garantía definitiva.
Igualmente el adjudicatario acreditará por escrito haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios,
de acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la documentación al licitador siguiente en el orden de clasificación de las ofertas.
2) Adjudicación:
El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada, y se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante. Dicha adjudicación deberá expresarse en los términos expuestos en el artículo 151.4 del TRLCSP.
3) Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con la formalización.
En los contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, conforme el art. 40.1 del TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.
El contrato se firmará dentro de los cinco días siguientes a aquel en que el adjudicatario hubiera recibido el requerimiento, efectuándose dicho requerimiento siempre con carácter posterior al plazo del párrafo anterior y siempre que no se haya interpuesto recurso que implique la suspensión de la formalización, o interpuesto el recurso la formalización haya sido levantada, conforme dispone el art.
156.3 del TRLCSP.
En los contratos no susceptibles de recurso especial en materia de contratación la formalización se efectuará en los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores.
22. RESPONSABLE DEL CONTRATO
Se podrá designar a un responsable del contrato al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que se le atribuyan.
23. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Y SEGUROS.
El contratista deberá tener formalizada con carácter previo a la adjudicación, una póliza de seguro de responsabilidad civil a que se refiere la cláusula 15 del presente Xxxxxx y por cuantía indicada en la misma.
Las pólizas deberán ser comprobadas por el Ayuntamiento, presentando en la Oficina técnica correspondiente los justificantes de pago regular de las primas.
El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.
24. SUBCONTRATACIÓN.
No se podrán subcontratar los servicios previstos en este contrato.
25. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez perfeccionado el contrato el Ayuntamiento podrá modificar por razón de interés público las características del mismo, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en los artículos 219 y 211 del TRLCSP y en la demás legislación vigente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 del TRLCSP, el presente contrato podrá ser objeto de modificación en los siguientes supuestos:
Variación de los centros a mantener, por creación o supresión: hasta el 15 %
En cualquier caso las modificaciones no podrán superar el 20 % de la cuantía del contrato, y se deberán acordar por el Concejal de Seguridad, Protección Civil y Movilidad, debidamente comunicadas a la empresa con una antelación mínima de 48 horas. Del informe pertinente del Concejal indicado se dará traslado al órgano que hubiere aprobado la licitación para que, previa audiencia al contratista, acuerde la modificación del contrato, momento a partir del cual entrará en vigor el acuerdo de aquél estableciendo las modificaciones.
No será necesario modificar el contrato si las reposiciones o averías se incrementan hasta en un 15%, existiendo consignación presupuestaria para ello.
26. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
No se establecen condiciones especiales de ejecución.
27. PLAZO DE GARANTIA.
La garantía de los equipos y elementos de seguridad instalados con motivo de este contrato, será de al menos 2 años contados a partir de su instalación en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
28. CASOS DE IMPOSICIÓN DE PENALIDADES AL CONTRATISTA, RESOLUCIÓN Y DENUNCIA DEL CONTRATO.
El contrato quedará sometido en estos aspectos al Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación que la desarrolle.
Los incumplimientos que puedan cometerse en la ejecución de este contrato, se tipifican en leves, graves y muy graves.
Las penalidades aplicables por la comisión de infracciones consistirán en multa pecuniaria con la siguiente cuantía:
Penalidades leves: 2% del precio del contrato. Penalidades graves: 5% del precio del contrato. Penalidades muy graves: 10% del precio del contrato.
Los incumplimientos que puedan cometerse en la ejecución de este contrato, se tipifican en leves, graves y muy graves.
1. Incumplimientos leves:
a) La imperfección no reiterada en la prestación de los servicios durante el transcurso de una campaña.
b) La falta o deficiencia en la uniformidad y o identificación del personal encargado de ejecutar los servicios.
c) No atender los requerimientos de actuación de Dirección de Seguridad conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones.
2. Incumplimientos graves:
a) El incumplimiento injustificado en la realización de los servicios, en los días fijados en los calendarios de cada campaña.
b) La imperfección reiterada en la prestación de los servicios y sancionada más de dos veces en un año.
c) La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves.
3. Incumplimientos muy graves:
a) La comisión de dos faltas graves.
b) No guardar la debida confidencialidad sobre los sistemas instalados.
c) Cuando sean determinantes de la rescisión del contrato, podrán llevar aparejada la pérdida de la fianza, sin perjuicio de las indemnizaciones que sean legalmente exigibles por el Ayuntamiento.
La apertura de expediente sancionador no exime al contratista de su obligación de ejecutar el contrato conforme a los términos del contrato y de su oferta pudiendo ser requerido para el cumplimiento de esta obligación junto con la incoación del expediente sancionador o en expediente independiente.
La apertura de expediente por cualquiera de las infracciones anteriores podrá suponer la adopción de medidas cautelares dirigidas a asegurar el cumplimiento del contrato en todos sus términos.
En caso de que la adopción de estas medidas cautelares o el cumplimiento de órdenes de ejecución origine gastos para el Ayuntamiento, el importe de los mismos se repercutirá al contratista detrayéndolo de la siguiente factura que se pase al cobro.
La aplicación de penalizaciones no excluye la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Ayuntamiento, originados por la demora del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, le será incautada la garantía y deberá además indemnizar al Ayuntamiento por los daños y perjuicios ocasionados.
Será competente para incoar, tramitar y proponer propuesta de resolución de los expedientes a que se refiere esta cláusula el Concejal de Seguridad Ciudadana, y será competente para resolver la Concejala Delegada de Contratación por delegación de la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 30 xx Xxxxx de 2015.
Estas penalidades se podrán detraer del pago de las facturas pendientes.
29. RIESGO Y XXXXXXX.
El contrato se entiende a "riesgo y xxxxxxx" del contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio e indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados a los servicios, si no se da causa de fuerza mayor.
30. INTERPRETACIÓN.
El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo que se derive de este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 TRLCSP. Para la resolución de las incidencias surgidas durante la ejecución del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento.
31. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El deber se mantendrá durante un plazo de cinco años.
Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.
32. JURISDICCIÓN COMPETENTE.
El contrato que estas cláusulas regulan tiene naturaleza administrativa y, como tal, en caso de litigio se resolvería por el Juzgado Contencioso-Administrativo en cuya jurisdicción esté comprendido el término municipal xx Xxxxxxxxxx.
33. LEGISLACION APLICABLE.
En lo no previsto en los Pliegos, será de aplicación lo dispuesto en:
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
- Ley 5/2014, de 5 xx Xxxxx, de Seguridad Privada,
- Real Decreto 2364/94, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- La vigente legislación y normativa en materia laboral, de seguros sociales, contratación de personal, seguridad e higiene en el trabajo, accesibilidad y construcción y lo que dispongan las leyes protectoras de la industria comunitaria.
- Ordenanzas e instrucciones técnicas municipales vigentes.
34. DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Además del presente Xxxxxx tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
El Pliego de Condiciones Técnicas.
Los Anexos.
El documento en que se formalice el contrato.
La oferta técnica y económica del adjudicatario.
35. DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
La documentación administrativa y técnica se devolverá tras la adjudicación del contrato al licitador interesado que lo solicite mediante un escrito en que acepte la adjudicación y se comprometa a no recurrir el acuerdo de adjudicación. En otro caso esta documentación no se devolverá hasta que el acuerdo de adjudicación devenga firme.
Transcurridos seis meses desde la publicación en el perfil del contratante de la adjudicación del contrato sin que el licitador haya solicitado la devolución de la documentación aportada al procedimiento, se entenderá que renuncia a la misma y la Administración queda en libertad de destruirla sin necesidad de previo aviso o comunicación al respecto, no admitiéndose reclamaciones al respecto.
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. con domicilio en y D.N.I. nº --------- ---------------, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de , según se acredita debidamente, hace constar:
1º) Que enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico – Administrativas aprobados por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, que ha de regir en el contrato de servicios consistente en la
…………………………………………………………………………, lo acepta íntegramente, presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido a la licitación que se convoca.
2º) Que ofrece como precio para la ejecución del MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD ANTI-INTRUSIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES
la cantidad de euros ANUALES, más el IVA correspondiente, que
asciende a euros. Siendo el importe ANUAL del contrato, IVA incluido
de ........................................................................................... euros. (Expresar en letra y número)
3º) Que ofrece como precio para la ejecución de INSTALACIONES NUEVAS, AMPLIACIONES, MODIFICACIONES O REFORMAS DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD ANTI-INTRUSIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES la cantidad de euros la hora de
mano de obra, más el IVA correspondiente, que asciende a euros.
(Expresar en letra y número)
4º) Asimismo ofrece los siguientes descuentos sobre el precio de catálogo de los principales equipos a sustituir:
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
5º) Asimismo ofrece las siguientes mejoras objetivas con su correspondiente valoración:
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
6º) Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria.
En ……..............., a …... de ................. de 20..…
Firma:
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)..........................................................., con N.I.F. ..................... y domicilio (a efectos de
notificaciones y requerimientos) en .............................. la calle/plaza/avenida C.P.
................... y en su nombre y representación .................................... (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)......................................., N.I.F.
..................................., en virtud de lo dispuesto por (artículos 95 y siguientes para constituir la garantía definitiva y artículo 103 para constituir la garantía provisional) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y artículo 55 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto de la garantía y obligación asumida por el garantizado),
.............................................................................................., ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx por
importe de (en letra).....................euros, (en cifra). euros.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La presente garantía estará en vigor hasta que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la citada Ley de Contratos y legislación complementaria.
Fecha.......................................
Razón social de la entidad.......
Firma de apoderados...............
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o Código
Pliego de Xxxxxxxxx, que habrá de regir el contrato, a adjudicar por el procedimiento ,
para la realización del contrato.................. de...............................................
ANEXO III
LISTADO DE EQUIPOS Y MATERIAL A OFERTAR PARA INSTALACIONES NUEVAS O REFORMAS
En la oferta, en el apartado de criterios que se aplicarán mediante fórmula, se hará constar en el epígrafe correspondiente el descuento a aplicar sobre el precio de catalogo en estos productos en concreto.
GRUPO | EQUIPO |
GRUPO 1: INTRUSION | Central ProSYS 128 de 8 zonas cableadas ampliable a 128 híbridas y detectores en BUS |
Teclado LCD para Central ProSYS | |
Módulo Expansor de 8 zonas convencionales G2 para Central ProSYS | |
Módulo Expansor de 16 zonas convencionales G2 para Central ProSYS | |
Módulo ACM de transmisión TCP/IP para centrales ProSYS | |
Detector xx Xxxxx Tecnología iWISE 10m ACT Xxxxx Line Grado 2 | |
Sirena de Exterior LuMIN8 con 2 Piezos + Lente azul | |
Caja Electrica de Superficie para Cilindro sin enclavamiento TESA. Perfil europeo y 2 led (rojo-verde) | |
Caja Electrica de empotrar para Cilindro sin enclavamiento TESA. Perfil europeo y 2 led (rojo-verde) | |
GRUPO 2: CCTV FIJA | Carcasa LILIN y soporte pasa-cables a Pared para exterior con calefactor y ventilador (100m IR). Apertura lateral con cableado a través del soporte. Encendido automático por LDR de Día / Noche. CDS ajustable a la sensibilidad. Iluminación infrarroja (17 leds-doble xxxxxxxx) xx xxxx xxxxxxxx 000xx. Potenciometro de ajuste. Distancia del IR 80-100m. Angulo visión 10º- 30º. Material Aluminio color plateado. Resistente al agua IP66. Alimentación 220V. Incluye Soporte antivandalico pasa-cables a pared. Dimensiones apariencia 134(An) x 112(Al) x 318(L) mm. Dimensiones útiles 90(An) x 80(Al) x 250(L) mm. Dimensiones Soporte 211.5 (L) mm. |
GRUPO 3: CCTV DOMO | Xxxxxx XXXXX Mini-domo IR (50m) Color & Dia/Noche Antivandalica para interior/exterior con conmutación automática a B/N (Función Día/Noche). 1/3" CCD SONY SUPER HAD. HD Super Alta Resolución 540/600TVL. 752x582 píxel. Sistema CDS de control automático de Leds IR. Iluminación mínima 0.1/ 0.02 Lux y 0Lux (IR on). Sincronismo Interno. Compensación de contraluz. Control Automático de Ganancia. Leds IR Alta Poentecia de hasta 50m de alcance. Lente Varifocal f3.3-12mm (88º - 55º) Auto iris. Relación señal/ruido >50dB. Material antivandalico color negro y Resistente al Agua (IP66). Alimentación Dual 12Vdc/24V. Consumo 10.8W/8.4W. Peso 680gr. Dimensiones 118(Dia) x 100(Al) mm. |
GRUPO | EQUIPO |
GRUPO 3: CCTV DOMO | Xxxxxx XXXXX Compacta Color IR (60m) con conmutación automática a B/N (Función Día/Noche). 1/3" CCD Sony EXVIEW HAD. HD Super Alta Resolución 540TVL Color y 600TVL B/N. 752x582 píxel. Iluminación mínima 0.05Lux@F1.4 Color y 0,01Lux@F1.4 B/N, 0Lux con IR. Sincronismo Interno. Compensación contraluz automático. Control Automático de Ganancia, Control de Balance de Blancos y Anti-fluctuación. Lente Varifocal Auto/Iris f3.3-12mm/F1,4 (H:89.8º - 23,9º). Filtro Corte IR Automático y seleccionable por switchers color ó B/N . Leds Infrarrojos 850nm (30º). Alcance 60m iluminación. Relación señal/ruido>50dB. Carcasa de Aluminio color plata, Xxxxxxxxxx xx Xxxx (XX 00) x xx Xxxxx; cristal de 78(Día)mm. Alimentación 220V. Dimensiones 100(Dia) x 328(L) mm. Peso 2kg. Incluye visera de protección y soporte pasacables (211,5mm). Carcasa de apertura lateral. |
Cámara Mini-domo LILIN IR (30m) Color & Dia/Noche Antivandalica para interior/exterior con conmutación automática a B/N (Función Día/Noche). 1/3" CCD SONY SUPER HAD. HD Super Alta Resolución 540/600TVL. 752x582 píxel. Sistema CDS de control automático de Leds IR. Iluminación mínima 0.05/ 0.01 Lux y 0Lux (IR on). Sincronismo Interno. Compensación de contraluz. Control Automático de Ganancia. Leds IR Alta Poentecia Infrarrojos 850nm (30º) de hasta 30m de alcance. Lente Varifocal f3.3-12mm (88º - 55º) Auto iris. Relación señal/ruido >50dB. Material antivandalico color plata y Resistente al Agua (IP66). Alimentación 12Vdc. Incluye alimentador. Consumo 6.8W. Peso 880gr. Dimensiones 130(Dia) x 110(Al) mm. |
ANEXO IV
Modelo de declaración responsable del cumplimiento de las condiciones exigidas en la Modalidad Simplificada para contratar con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
D. .........................................................................................................................., con domicilio a
efectos de notificaciones en
..............................................................................................................y D.N.I.
........................................................................Teléfono Fax
......................................., email por sí o en representación de (según proceda)
........................................................................................... con domicilio en
...................................................................................NIF.................................................... Teléfono número..................................... Fax número y enterado de los Pliegos
de Cláusulas Administrativas y Técnicas que han de regir en la “CONTRATACIÓN DE. ”,
DECLARA:
- Que reúne/ Que la entidad por mí representada reúne (según proceda) las condiciones para contratar y que cuando sea requerido por el Ayuntamiento o en caso de resultar licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación y se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos exigidos en el Clausula 18 xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas, en el plazo máximo de cinco días desde la notificación de la propuesta de adjudicación.
- Que adjunta la clasificación acompañada de una declaración de vigencia o bien la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica.
- Que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato y que dispone de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato por lo que se acompañan los documentos acreditativos de la solvencia técnica y económica.
- Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones legales vigentes.
- Que conociendo los pliegos que rigen la presente contratación, se compromete a su realización con sujeción estricta a éstos, a la propuesta técnica en la prestación del servicio y a la oferta económica que se presentan.
- Que identifica como dirección electrónica para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos, en el caso de reclamaciones en materia de contratación pública la siguiente:
- Que SI / NO consiente expresamente la utilización del correo electrónico como medio para practicar notificaciones en la dirección electrónica:
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en Alcobendas, a
.................de de 2.01_
(Firma)