Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CAPTACIÓN DE RECURSOS Y REALIZACIÓN DE TAREAS ADMINISTRATIVAS INHERENTES AL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DE LA FUNDACIÓN BIZKAIA BIZKAIALDE EN 2017.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato tiene por objeto la gestión del servicio de dinamización de actividades, captación de recursos económicos y realización de tareas administrativas inherentes al desarrollo de las funciones propias de la Fundación Bizkaia Bizkaialde, durante el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.
2. CONDICIONES TECNICAS.
Dicho servicio comprenderá:
a) El diseño, planificación, organización y ejecución de actividades de dinamización de la Fundación.
b) La captación de recursos económicos para el desarrollo y consecución de los objetivos fundacionales.
c) La realización de tareas administrativas y técnicas precisas para el desempeño de las funciones propias a la Fundación.
La Fundación BIZKAIA-BIZKAIALDE se configura como una Entidad sin ánimo de lucro que persigue, como objetivo final, la promoción y desarrollo del deporte xxxxxxxx, con prioritaria atención al deporte de rendimiento, especialmente mediante la captación de recursos económicos de todo tipo, preferentemente patrocinios públicos y privados, que destinará a la financiación de los programas de apoyo a los y las deportistas de Bizkaia.
3. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El periodo de ejecución del contrato para la prestación del servicio será desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, ambos días inclusive.
4. PRECIO DEL CONTRATO.
El presupuesto del contrato, asciende a la cantidad máxima de cien mil euros (100.000 €) IVA excluido.
5. FORMA DE PAGO.
El pago del precio del contrato, se realizará de la siguiente manera:
• El 75% contra la presentación y conformidad de la correspondiente factura mensual.
• Hasta el 25% restante, en función de los resultados obtenidos en la captación de patrocinios, siguiendo los siguientes criterios:
- 10% de las aportaciones dinerarias conseguidas de nuevas entidades patrocinadoras
- 10% de los incrementos de las aportaciones dinerarias de las entidades patrocinadoras ya existentes en la Fundación
- 10% de los superávit obtenidos en la organización de actividades de dinamización de la Fundación.
6. REVISIÓN DE PRECIOS.
En el presente contrato no procede la revisión de precios.
7. GARANTÍAS.
La empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligada a
constituir una garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación excluido el IVA.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, y podrá constituirse en forma de retención del precio, o bien, en cualquiera de los medios establecidos por el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
La devolución de las garantías, tanto totales como parciales en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del referido Texto Refundido, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diese al contratista la Fundación Bizkaia Bizkaialde.
9. OBLIGACIONES ESENCIALES DE LA ADJUDICATARIA.
- 9.1. GENERALES: Son de cargo de la adjudicataria todos los gastos necesarios para la completa realización del servicio contratado: trámites preparatorios y de formalización del contrato, materiales e instalaciones, medios instrumentales, mano de obra, Seguridad Social, tributación, responsabilidades y seguros de todo tipo, y las demás cargas y obligaciones de cualquier índole correspondientes a la empresa adjudicataria, todas las cuales asume desde el momento de la adjudicación definitiva, además de cualesquiera otras nacidas del contrato o de la participación en la licitación.
Corresponde a la adjudicataria la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria deberá prestar, sin derecho a pago suplementario, los servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo, informativas, etc. Esta obligación se mantendrá hasta la finalización del período de garantía.
- 9.2. RESPONSABILIDAD Y DAÑOS: La adjudicataria será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, y de las prestaciones y servicios realizados. Asimismo, será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 198 de la LCSP.
- 9.3. LABORALES: La adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral, quedando la Fundación Bizkaia Bizkaialde exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
- La empresa adjudicataria deberá contar con personal suficiente y cualificado para las tareas que se deben desarrollar en ejecución del presente contrato. La empresa adjudicataria determinará, sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, de forma exclusiva las necesidades de su personal. En todo caso deberá disponer de un equipo humano que debidamente coordinado demuestre su capacidad para llevar a cabo, en tiempo y forma, los servicios a prestar.
La Fundación Bizkaia Bizkaialde no tendrá responsabilidad directa, ni solidaria, ni subsidiaria respecto el cumplimiento de las obligaciones laborales de la empresa adjudicataria, así como tampoco de las que se puedan derivar, en su caso, de la extinción de los contratos de trabajo, tanto durante la vigencia del presente contrato, como con posterioridad a su terminación, asumiendo la empresa adjudicataria la totalidad de las consecuencias jurídico laborales derivadas de los mismos, tanto durante la vigencia del presente contrato, como una vez finalizado el mismo. La Fundación Bizkaia Bizkaialde no tendrá relación jurídico laboral, civil o administrativa alguna respecto del personal de la empresa adjudicataria que preste sus servicios.
- 9.4. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: En todo caso, se deberán cumplir cuantas obligaciones deriven de la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales, configurando los instrumentos legalmente establecidos para la
adecuada aplicación de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales derivados de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, siendo la empresa adjudicataria la única y exclusiva responsable del cumplimiento de las referidas obligaciones, y por ello, de las consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las mismas. La adjudicataria, se obliga al cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales del Palacio Euskalduna y/o de los lugares en los que se desarrolle el servicio.
- 9.5. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: La utilización por la empresa adjudicataria, en su caso, de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado, que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de protección de datos de carácter personal, así como las normas que desarrollan esas disposiciones.
La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de carácter personal, que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo.
Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser entregados a la Fundación Bizkaia Bizkaialde. La empresa adjudicataria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita de la Fundación Bizkaia Bizkaialde, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años.
- 9.6. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Todos los derechos de propiedad intelectual y de “copyright” que se puedan derivar de los trabajos objeto del contrato, serán de la propiedad exclusiva de la Fundación Bizkaia Bizkaialde, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno cuando éste sea necesario para la debida constancia pública de este hecho.
La empresa adjudicataria deberá efectuar, en su caso, los contratos necesarios con las y/o los titulares de derechos de propiedad intelectual que se deban ceder.
- 9.7. CONFIDENCIALIDAD: Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria, en relación con los servicios contratados, se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de los mismos. La empresa adjudicataria deberá indemnizar a la Fundación Bizkaia Bizkaialde y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la contravención del deber de sigilo profesional.
- 9.8. GARANTIA DE LIBRE CONCURRENCIA: A fin de evitar que, tanto en éste procedimiento como en los futuros, la entidad contratista que esté prestando el servicio pueda hacer mal uso de su posición, estará obligado durante el proceso de cambio a:
• Facilitar toda la información, tanto técnica como administrativa necesaria para la realización del traspaso, en un plazo máximo de 2 semanas.
• No degradar los niveles de servicio.
• No dificultar el proceso de cambio.
Asimismo, durante toda la vigencia del contrato, y con la finalidad de facilitar el posible relevo por cambio de adjudicataria, estará obligado a:
• Utilizar tecnologías y sistemas asociados, que no impliquen restricción que pueda dificultar o impedir a una nueva adjudicataria la gestión de los servicios contratados.
10. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA.
En el plazo máximo de treinta días desde la finalización de la prestación objeto del contrato, se producirá el acto formal y positivo de recepción de la misma.
Asimismo, se establece un plazo de sesenta días, a contar desde la fecha de recepción formal, que se fija como garantía a los efectos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Durante este plazo de garantía, la empresa contratista será responsable por los defectos o vicios que puedan manifestarse en los trabajos o prestaciones realizadas. Hasta que transcurra el plazo de garantía, la empresa adjudicataria responderá de la correcta
realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los y las responsables de la Fundación Bizkaia Bizkaialde los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
Transcurrido dicho plazo sin objeciones por parte de la Fundación Bizkaia Bizkaialde, quedará extinguida la responsabilidad de la adjudicataria.
11. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y PENALIDADES.
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato dará lugar a la imposición, previa audiencia a la empresa adjudicataria, de penalidades de carácter económico.
Los incumplimientos, atendiendo a su gravedad, trascendencia para el servicio y eventuales perjuicios causados tanto a la Fundación Bizkaia Bizkaialde como a terceras personas, se clasifican en muy graves, graves y leves.
Se sancionará a la empresa adjudicataria en caso de incumplimiento de alguna o varias de las condiciones del contrato o de las mejoras ofertadas:
A) INCUMPLIMIENTOS MUY GRAVES:
• Interrupción de las prestaciones contratadas, salvo causa de fuerza mayor o causa justificada así admitida por la Fundación Bizkaia Bizkaialde.
• La cesión total o parcial del contrato sin la previa autorización.
• El incumplimiento grave y/o reiterado de las obligaciones exigibles a la empresa adjudicataria.
• Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua u opinión.
• El retraso en la ejecución de los trabajos que suponga un perjuicio muy grave en la imagen de la Fundación Bizkaia Bizkaialde, y/o en la prestación de sus servicios.
• La comisión de tres faltas graves.
B) INCUMPLIMIENTOS GRAVES:
• El incumplimiento, por acción u omisión, de las obligaciones derivadas del contrato o de las instrucciones u órdenes dictadas por la Fundación Bizkaia Bizkaialde, que por su trascendencia no merezcan la consideración de falta muy grave.
• El retraso en la ejecución de los trabajos objeto del contrato.
• La comisión de dos faltas leves.
C) INCUMPLIMIENTOS LEVES:
• La negligencia o descuido inexcusable en el incumplimiento de las obligaciones exigibles a la empresa adjudicataria.
PENALIDADES: La comisión de infracciones por parte de la empresa adjudicataria podrá conllevar la imposición de penalidades por los siguientes importes:
1) Faltas muy graves: deducción económica equivalente al 50% del importe de la factura de un mes por cada incumplimiento.
2) Faltas graves: deducción económica equivalente al 25% del importe de la factura de un mes por cada incumplimiento.
3) Faltas leves: apercibimiento o deducción económica equivalente al 5% del importe de la factura de un mes por cada incumplimiento.
Corresponderá al Patronato de la Fundación Bizkaia Bizkaialde, u órgano en quien delegue la imposición de penalidades por razón de incumplimiento del contrato.
Cuando la empresa adjudicataria hubiese incurrido en incumplimientos graves o muy graves, la Fundación Bizkaia Bizkaialde podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades arriba expuestas.
Los importes de las penalidades se harán efectivos, preferentemente, mediante la deducción de los mismos en los pagos de las certificaciones de la empresa adjudicataria.
Las penalidades no excluyen la obligación de la empresa adjudicataria de responder de los daños y perjuicios que se produzcan a tercera personas y/o a la Fundación Bizkaia Bizkaialde, como consecuencia de la prestación del servicio, siendo de su cargo el pago de las indemnizaciones que por ella se deriven.
12. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Constituyen causa de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
II: PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
13. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento negociado, previa invitación expresa a presentar ofertas a un mínimo, caso de resultar posible, de tres empresas capacitadas para la realización de la actividad objeto del contrato.
La información relativa a este contrato, se publicará con antelación a su formalización en el perfil de contratante de la Fundación Bizkaia Bizkaialde, con una breve descripción y el método de adjudicación.
Los criterios de valoración de las ofertas, que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los siguientes:
- El precio.
- Propuesta de programa de actividades que deberá adecuarse a los objetivos y necesidades de la Fundación así como acompañada de una valoración económica del mismo. Dicha propuesta deberá ir acompañada de una descripción detallada de cada una de las actividades previstas, así como de los objetivos que con ellas se persiguen.
- Cronograma de actuación a efectos de captación de recursos económicos.
14. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 6 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra alguna o algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al o a la representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
15. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACION.
Las ofertas para tomar parte en la negociación, se presentarán en la sede de la Fundación Bizkaia Bizkaialde, (C/ Alameda de Rekalde nº 30 – 1º; 00000 Xxxxxx) de 9 a 13 horas hasta el día 10 de noviembre de 2016.
Las licitadoras deberán presentar dos sobres cerrados (A y B), en cada uno de los cuales figurará la inscripción “SERVICIO DE DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CAPTACIÓN DE RECURSOS Y REALIZACIÓN DE TAREAS ADMINISTRATIVAS INHERENTES AL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DE LA FUNDACIÓN BIZKAIA BIZKAIALDE DURANTE EL AÑO 2017”
Todos los sobres deberán ir inexcusablemente identificados en su exterior con los siguientes datos:
SOBRE: SUBTITULACION: |
“SERVICIO DE DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CAPTACIÓN DE RECURSOS Y REALIZACIÓN DE TAREAS ADMINISTRATIVAS INHERENTES AL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DE LA FUNDACIÓN BIZKAIA BIZKAIALDE DURANTE EL AÑO 2017” |
Denominación social: Domicilio social: E-mail: Teléfono de contacto: Fax: Nombre y apellidos del apoderado/a: Firma del apoderado/a: |
El sobre “A” se subtitulará “DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA” y contendrá los siguientes documentos:
1) Documento Nacional de Identidad de la licitadora o su representante. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
2) Cuando la licitadora sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
3) Declaración expresa responsable, ajustada al modelo indicado en el anexo 1, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
4) Justificantes de la solvencia económico-financiera y técnica o profesional de la licitadora. La solvencia económico-financiera se podrá acreditar mediante una certificación bancaria de solvencia expedida por la entidad financiera con la que se trabaje habitualmente. La disposición de personal técnico cualificado se acreditará mediante la presentación de las titulaciones académicas y profesionales del personal responsable de la ejecución del contrato. La disposición de recursos materiales adecuados se acreditará mediante una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga la entidad para la ejecución del contrato.
5) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
6) En el caso de que varias o varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas (UTE), cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
NOTAS ACLARATORIAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
NOTA 1: ACREDITACION MEDIANTE CERTIFICADO DEL REGISTRO DE LICITADORES: Se podrá presentar certificación acreditativa vigente de la inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx o del Territorio Histórico de Bizkaia, o del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado ( en su caso ), o mediante certificado comunitario de clasificación, como instrumento que sirve para la acreditación de la capacidad de obrar, representación, declaración responsable y clasificación de contratistas, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y/o de la Seguridad Social.
En relación a las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente, se acompañará la acreditación documental exigida.
En todo caso, esta certificación deberá acompañarse de una declaración responsable de la licitadora en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación al momento de presentar la oferta.
NOTA 2: La empresa licitadora deberá presentar la documentación notarial, acomodada a los requisitos que en cuanto a legalización y legitimación establecen la Ley y el Reglamento Notarial. En caso de documentos administrativos, podrán ser presentados en original, copia o fotocopia.
NOTA 3: Las entidades mercantiles que hayan participado en una licitación iniciada por la Fundación Bizkaia Bizkaialde, y como consecuencia, hayan presentado en los términos exigidos las escrituras públicas de constitución o modificación, así como las de apoderamiento o copia compulsada de las mismas, y los poderes de representación, podrán participar en las licitaciones que se convoquen en los seis meses siguientes sin necesidad de volver a presentar dichos documentos, salvo que hayan dejado de adecuarse a la realidad. A tal efecto, cuando presenten una oferta, indicarán la concreta licitación en la que entregaron dicha documentación.
A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, el plazo de seis meses se computará atendiendo a las fechas de publicación de las convocatorias de los procedimientos de contratación.
NOTA 4: La Fundación Bizkaia Bizkaialde no compulsa documentos, y no devolverá ninguno de los que le sean entregados. Por lo tanto, las licitadoras quedan advertidas de que deberán completar todos sus trámites con carácter previo a la entrega de las proposiciones.
El sobre “B” se subtitulará “OFERTA ECONOMICA Y DOCUMENTACION TECNICA”
a) Oferta económica
Proposición económica ajustada al siguiente modelo:
Don / Doña .........................................................................................,………
con domicilio en ..............................................................., CP...................., D. N. I. nº........................., teléfono....................., en
plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ),
con domicilio en ........................................................., CP....................., teléfono , y D.N.I o C. I. F. (según se trate de
persona física o jurídica) )), enterado de la licitación convocada para la contratación del SERVICIO DE
DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CAPTACIÓN DE RECURSOS Y REALIZACIÓN DE TAREAS ADMINISTRATIVAS INHERENTES AL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DE LA FUNDACIÓN BIZKAIA BIZKAIALDE.
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
1º) Que me comprometo a la ejecución de este servicio por el precio de:
………………………………………………………………………………………………………euros (Póngase en letra y número)
Se comprenden incluidos en estos precios todos los conceptos incluyendo impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Especificaciones Técnicas, y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En..............................., a...........de de 2016
Fdo. .......
Sello de la empresa
16. CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Fundación Bizkaia Bizkaialde procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), concediendo, si observase defectos materiales en la misma, un plazo de tres días hábiles para que la licitadora subsane el error.
La oferta presentada (sobre “B”) como proposición económica será abierta en acto público el cuarto día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones a las once horas.
17. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN.
A la vista de las proposiciones, realizadas y concluidas, en su caso, las oportunas negociaciones con las participantes, el expediente será estudiado por el órgano de Contratación, quien elevará al órgano competente la propuesta de adjudicación, en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato.
La adjudicación será notificada a la adjudicataria, quien, en el plazo de cinco días naturales contados desde el siguiente al de la notificación, deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Constituir la garantía definitiva.
b) Pagar los anuncios de esta licitación en la prensa diaria.
c) Comparecer, finalmente, en la sede de la Fundación Bizkaia Bizkaialde para formalizar el contrato.
Previamente a la formalización del contrato, la adjudicataria deberá presentar la justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo que las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables la contratista, la Fundación Bizkaia Bizkaialde puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia de la interesada, con indemnización de daños y perjuicios.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto cuando la tramitación del expediente sea con carácter de urgencia o emergencia.
18. MODIFICACION DEL CONTRATO.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razón de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente.
El contrato podrá ser modificado para atender a finalidades nuevas relativas a la ampliación del ámbito territorial y al ámbito de actuación necesario para la correcta satisfacción de las necesidades que se pretenden cubrir con el contrato.
Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato. Se atenderá especialmente a lo previsto en el artículo 305 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
III: NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
19. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
El contrato que sobre la base de este pliego se realice, tendrá carácter privado.
El contrato se regirá por las cláusulas contenidas en este pliego y, en su defecto, por:
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Con carácter supletorio, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado.
20. JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas que se deriven del fondo del contrato se someten a la jurisdicción ordinaria; mientras que las relativas a los actos preparatorios y de adjudicación se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, en ambos casos de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx. No obstante, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Modelo de declaración responsable
Don/Doña ......................................................., con DNI. ............., actuando en mi propio nombre o en representación de la
empresa ................ ............. con domicilio en .......................... y NIF ,
XXXX LA SIGUIENTE DECLARACION RESPONSABLE:
Que yo o mi representada no estamos incursos en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, comprendiendo expresamente esta declaración las circunstancias de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes ; comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos antes de la formalización del contrato, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del mismo.
En ……………. a ………... de de 2016
Fdo. .......
Sello de la empresa