Términos y Condiciones Generales Programa “Becas Santander Estudios | Progreso” Convocatoria 2022/2023
Términos y Condiciones Generales
Programa “Becas Santander Estudios | Progreso”
Convocatoria 2022/2023
(Versión actualizada con fecha 0 xx xxxxxxxxxx 0000: se actualizan las fechas y plazos de esta Convocatoria de Becas en función de dichos acontecimientos)
I. Objetivos
En virtud del Programa “Becas Santander Estudios | Progreso” (en lo sucesivo “el Programa”) se facilitará y promoverá que hasta un máximo de 740 estudiantes matriculados en las Universidades españolas que tengan convenio con Banco Santander S.A., y/o estén adheridas a la Crue Universidades Españolas reciban una ayuda económica (en adelante, “beca” o “ayuda económica”) para sufragar los gastos derivados de sus estudios universitarios de Grado o Máster para el curso académico 2022/2023.
El objetivo del Programa es facilitar el acceso a la educación superior a aquellos estudiantes con los mejores expedientes académicos a nivel nacional de cualquier curso de Grado o Máster.
II. Universidades Participantes
Banco Santander S.A. (en lo sucesivo “Santander”) hará extensiva la participación en el Programa a las Universidades que tengan convenio con Santander y/o que estén adheridas a Crue Universidades Españolas a quienes expresamente se les invitará a participar, precisando Santander la aceptación expresa de la Universidad para su adhesión, lo que implicará su toma de razón, conocimiento y aceptación de los presentes Términos y Condiciones Generales del Programa.
Corresponde a cada Universidad participante en el Programa la concesión y la gestión de las becas o ayudas correspondientes que les sean asignadas a los estudiantes en la convocatoria respetando en todo caso los términos y condiciones recogidos en el presente documento, y siendo responsable de coordinar y gestionar los procedimientos internos para su adecuado funcionamiento. El proceso de inscripción al Programa, gestión de candidaturas y selección de los participantes se llevará a cabo a través de la herramienta de becas Santander en la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx.
Las Universidades deberán difundir el Programa, identificando claramente la web de inscripción xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx en el seno de sus respectivas comunidades universitarias y gestionar, mediante la correspondiente convocatoria publicada y procedimientos al uso, la selección de los estudiantes beneficiarios, respetando en todo caso los criterios establecidos en el presente documento. Los presentes Términos y Condiciones Generales, recogen los criterios a cumplir por los estudiantes participantes que, en todo caso, deberán respetar las Universidades adheridas a la convocatoria.
Las Universidades participantes harán mención expresa a la denominación “Becas Santander Estudios | Progreso 2022/2023” e incluirán el logotipo xx Xxxxxxxxx.
En la convocatoria 2022/2023, Santander lanzará un Programa a favor de las Universidades participantes hasta un importe máximo total de SETECIENTOS CUARENTA MIL EUROS (740.000€).
El 100% de la aportación se financiará con cargo a los convenios generales de colaboración firmados por Santander con cada una de las Universidades participantes, que se encuentren en vigor en la fecha de publicación del Programa.
La aportación a favor de las Universidades participantes correspondientes a cada uno de sus estudiantes se hará efectiva mediante su ingreso en la cuenta abierta a nombre de la Universidad en Banco Santander, S.A., una vez que el estudiante que sea beneficiario, acepte la beca a través del sistema habilitado al efecto en la página web xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx.
Las Universidades participantes destinarán íntegramente la aportación asignada al Programa al pago de una beca/ayuda económica a cada uno de los estudiantes que, al amparo del Programa, sean beneficiarios de la misma.
La percepción de la beca/ayuda económica objeto del Programa será compatible con cualquier otro tipo de ayudas de carácter asistencial de naturaleza distinta a las ayudas que son objeto de este Programa, cualquiera que sea su origen público o privado, a las que pueda acceder el estudiante.
Las Universidades participantes facilitarán x Xxxxxxxxx la información y documentación especificada en el presente documento sobre las becas o ayudas económicas otorgadas, así como cualquier otra información relativa al Programa y a su ejecución, que le sea requerida para su debido seguimiento por parte xx Xxxxxxxxx.
III. Requisitos
De cara a asignar las ayudas para la convocatoria 2022/2023, las Universidades usarán como criterios indispensables de selección los siguientes:
(i) Que el estudiante se halle matriculado en los títulos de Grado o Máster de la Universidad en el curso académico 2022/2023.
(ii) Que el estudiante designado disponga de uno de los mejores expedientes académicos del curso inmediatamente anterior a la convocatoria del Programa. En el caso de alumnos de primer año de Grado se podrá tener en cuenta la nota de acceso a la universidad. Este requisito podrá ser ponderado en cada Universidad según el área de conocimiento u otros elementos internos a decidir por la misma.
A su vez, las Universidades podrán, en su caso, tener en cuenta como criterio para la selección de los estudiantes beneficiarios de la beca, que el participante haya recibido
en el curso inmediatamente anterior al de la solicitud del Programa una beca del Ministerio de Educación, y Formación Profesional (en lo sucesivo, “Beca MEFP”), y/o que hubiera recibido por parte de una Comunidad Autónoma una beca/ayuda económica con la misma finalidad que la Beca MEFP en el curso inmediatamente anterior a la solicitud del Programa. En el caso de los alumnos en primer curso de Grado se tendrá en cuenta si han recibido una beca socioeconómica para estudios de bachillerato.
En cuanto a lo que se refiere a la Beca MEFP, esta debe haber sido entrega dentro de las enseñanzas de “Formación básica profesional” o dentro de las “Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional”.
No obstante lo anterior, el presente Programa tiene por objeto fomentar la inclusión educativa, velando por criterios de igualdad y equidad social (económica o cultural). Por todo esto, la Universidad, además de los criterios previstos en los apartados (i) y (ii) de la presente cláusula, podrá tener en cuenta cualquier otro criterio que considere oportuno para la asignación de las ayudas, siempre y cuando no afecten a los criterios establecidos en la presente convocatoria.
Será responsabilidad de la Universidad determinar y verificar en cada caso, la documentación a presentar por el candidato para acreditar que el estudiante se halla en alguna de las situaciones anteriormente expuestas.
La Universidad se responsabilizará de la verificación del cumplimiento de los requisitos adicionales que en su caso establezca a partir de los datos de carácter personal del solicitante de la beca de los que se dispone en las bases de datos de la propia Universidad. En el supuesto de que la Universidad tuviera que recabar datos de carácter personal especialmente sensibles de los candidatos, incluyendo cualquier certificado o documentación que estime la Universidad como necesarios, lo hará de acuerdo con la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal vigente en cada momento.
En todo caso, el importe unitario de la beca o ayuda económica que recibirá cada uno de los estudiantes para sufragar los gastos derivados de sus estudios universitarios de Grado o Máster para el curso académico 2022/2023 será de MIL EUROS (1.000 €) y será el mismo en todas las Universidades, que por el mero hecho de participar asumen este compromiso de forma expresa.
IV. Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de este Programa los alumnos matriculados en las Universidades españolas que tengan convenio con Santander, y/o asociadas a Crue Universidades Españolas que cumplan con los requisitos anteriormente expuestos.
Las Universidades participantes harán el abono de la beca/ Ayuda económica de MIL EUROS (1.000€) a cada uno de sus estudiantes mediante su ingreso por la Universidad participante en la cuenta abierta a nombre del estudiante en Banco Santander S.A., al
menos 7 días antes de la asignación, una vez que el estudiante que será beneficiario, acepte la beca a través del sistema habilitado al efecto en la página web xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx a partir del 1 de febrero de 2023 y hasta el 14 de febrero de 2023 (ambos incluidos), como fecha límite.
V. Gestión
Será condición ineludible para ser beneficiario de la beca estar inscrito en el Programa a través de la página web habilitada a dicho efecto - xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx preferiblemente con el correo electrónico universitario del candidato. La notificación de la concesión de la beca o ayuda económica será comunicada a través del sistema de gestión habilitado a las Universidades.
La inscripción de los estudiantes deberá realizarse desde el 1 xx xxxxx de 2022 hasta el 11 de noviembre 2022 (ambos incluidos).
La Universidad participante podrá establecer los requisitos de convocatoria y procedimientos de gestión habituales en la convocatoria interna que realice el desarrollo y ejecución del Programa, según su propia normativa interna y políticas de otorgamiento de becas, siempre que los mismos no contravengan lo establecido en los presentes Términos y Condiciones Generales.
A la finalización del Programa, se podrá organizar un evento para la presentación de resultados del mismo coordinado por Santander, en calidad de empresa impulsora del Programa, que contactará a los beneficiarios del mismo para su organización.
En caso de que el beneficiario de la beca finalmente no realizara sus estudios de Grado o Máster en la Universidad que le haya otorgado la beca tendrá que devolver el dinero del Programa a su propia Universidad, a través de la cuenta en la que se realizó el pago originario. La Universidad será la encargada de otorgar esta Beca al siguiente beneficiario que cumpla con los requisitos necesarios para su obtención en idénticas condiciones.
VI. Asignación de becas entre los candidatos
La asignación de las becas a los estudiantes se realizará por las Universidades desde el 12 de noviembre de 2022 hasta el 14 de enero de 2023 (ambos incluidos), como fecha límite, sin posibilidad alguna de prórroga en ningún caso. Tal asignación que se comunicará al estudiante quién dispondrá desde el 15 de enero de 2023 hasta el 21 de enero de 2023 (ambos incluidos) para cursar su aceptación, todo ello a través de la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx.
• Periodo de aceptación de becas por parte de los estudiantes beneficiarios del programa: del 15 de enero de 2023 hasta el 21 de enero de 2023 (ambos incluidos).
• Periodo de reasignación de becas en caso de renuncias: del 21 de enero de 2023 al 27 de enero de 2023 (ambos incluidos).
La Universidad será quien se encargue de realizar el pago de la beca al beneficiario del programa, a partir del 28 de enero de 2023, mediante el ingreso de la ayuda económica, al menos 7 días antes de esa fecha, a nombre del estudiante en Banco Santander S.A. dentro del mismo plazo, la cuenta corriente a la que se abonará la Beca deberá estar abierta y operativa.
Si se da la situación en la que la Universidad ha otorgado todas las becas, y es el estudiante quien no la acepta, lo cual deberá hacer a través de la web, las Universidades tendrán que seguir gestionando el Programa hasta que se cubran todas las asignadas en la presente convocatoria y así poder otorgar las becas a otros estudiantes que cumplan los requisitos necesarios para ser beneficiarios. Una vez se asignen las becas a nuevos estudiantes, éstos tendrán un plazo de 7 días para cursar su aceptación, todo ello a través de la web xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx.
VII. Fiscalidad del Programa
A las Becas se les aplicara la normativa tributaria correspondiente vigente en cada momento y, en concreto, lo dispuesto en materia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y que en ocasiones podría dar lugar a la práctica de retenciones a cuenta del mencionado Impuesto por parte de las Universidades participantes y al nacimiento de la obligación para el beneficiario de la beca de incluir en su declaración xx xxxxx anual las cantidades que correspondan (el cumplimiento de las obligaciones fiscales del beneficiario de la beca será de su exclusiva responsabilidad).
VIII. Protección de datos
A continuación, se recoge la información básica de la Política de Privacidad aplicable al Programa disponible en la plataforma de Becas-Santander www.becas- xxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxx/xxxxxxx:
El Responsable del tratamiento es Universia Holding S.L (en adelante, “Universia”), con Dirección postal Ciudad Grupo Santander. Xxxx xx Xxxxxxxxx x/x, 00000, Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Xxxxxx), Xxxxxx y con contacto del Delegado de Protección de Datos: xxx@xxxxxxxxx.xxx.
A razón de la inscripción de los participantes al presente Programa las finalidades básicas que le afectan de la Política de Privacidad son las siguientes:
Finalidad del tratamiento | Base legitimadora |
Gestión del alta del usuario en la plataforma y disfrute del servicio | la ejecución de un contrato que se materializa con la aceptación de las Condiciones Generales de Uso |
Cesión de datos a las Instituciones y Promotores para el adecuado desarrollo del Programa: Universia cede los datos personales que los usuarios proporcionan en el momento de inscripción a este Programa a: ▪ La Universidad o Institución que ha concedido o que tiene que conceder el Programa, que será una de las Instituciones participantes que se recogen en el Anexo I a los presentes Términos y Condiciones Generales, en función de donde se encuentre matriculado el estudiante participante. ▪ El Promotor que lo haya patrocinado, promovido o financiado: Banco Santander S.A. | La ejecución de un contrato que se materializa en la aceptación de las Condiciones Generales de Uso de la plataforma y los Términos y Condiciones del presente Programa. |
Cumplimiento de obligaciones legales | El cumplimiento de las obligaciones que nos imponen las leyes. |
Los usuarios tienen derecho a acceder a sus datos, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos, la limitación en su tratamiento, la portabilidad de sus datos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, así como a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Asimismo, los usuarios tienen el derecho a retirar su consentimiento para aquellas finalidades que lo otorgaron en cualquier momento.
Los usuarios podrán dirigirse a xxx@xxxxxxxxx.xxx para el ejercicio de sus derechos o en su caso mediante correo postal a Xxxx xx Xxxxxxxxx x/x, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, 00000 Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Xxxxxx), Xxxxxx aportando un documento acreditativo de su identidad.
No obstante, se recomienda la lectura de la Política de Privacidad disponible en la plataforma (xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxx/xxxxxxx) para una mayor comprensión.
IX. Seguimiento
Una vez finalizada la asignación del Programa y de las correspondientes becas o ayudas económicas por parte de las Universidades participantes, éstas facilitarán al Santander, a través de la plataforma de Becas Santander xxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xxx, información detallada de las mismas, así como cualquier otra información relativa al Programa y a su ejecución que sea requerida por cualquiera de éstos para su debido seguimiento.
Las Universidades participantes se encargarán de realizar un seguimiento efectivo del Programa, de acuerdo con sus procedimientos habituales, y de elaborar un documento con la información de seguimiento que Santander, pueda requerir a la finalización de la convocatoria.
X. Modificación de los Términos y Condiciones del Programa
El hecho de concurrir a la presente convocatoria del Programa supone la aceptación por el candidato de sus Términos y Xxxxxxxxxxx y de su resolución, que será inapelable, así como la renuncia a cualquier tipo de reclamación sobre cualquier aspecto previsto en los mismos, sin ánimo de ser exhaustivos, aspectos tales como los criterios de asignación, selección y admisión.
Anexo I
Universidades e instituciones participantes Programa “Becas Santander Estudios | Progreso” Convocatoria 2022/2023
UNIVERSIDAD |
ES - Universidad de la Coruña |
ES - Universidad xx Xxxxxx |
ES - Universidad Xxxxxxx X el Sabio |
ES - Universidad de Alicante |
ES - Universidad Xxxxxxx xx Xxxxxxx |
ES - Universidad Autónoma Barcelona |
ES - UAM Universidad Autónoma de Madrid |
ES - Universidad de Barcelona |
ES - Universidad xx Xxxxxx |
ES - Universidad Xxxxxxxxxx |
ES - Universidad xx Xxxxx |
ES - Universidad Xxxxxx Xxxx Xxxx |
ES - Universidad de Cantabria |
ES - Universidad Xxxxxx III de Madrid |
ES - Universidad Castilla la Mancha |
ES - Universidad Católica de Valencia |
ES - Universidad Católica San Xxxxxxx xx Xxxxxx |
ES - Universidad Católica xx Xxxxx |
ES - Universidad Ceu San Xxxxx |
ES – Universidad Cardenal Xxxxxxx CEU |
ES – Universidad Abat Oliba |
ES - UCM Universidad Complutense de Madrid |
ES - Universidad xx Xxxxxxx |
ES - Universidad de Deusto |
ES - Esic Business Marketing School |
ES - Universidad Europea de Madrid |
ES - Universidad Europea Xxxxxx xx Xxxxxxxxx |
ES - Universidad de Extremadura |
ES - Universidad de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx |
ES - Universidad xx Xxxxxx |
ES - Universidad de Granada |
ES - Universidad de Huelva |
ES - Universidad de Las Islas Baleares |
ES - Universidad Internacional de Catalunya |
ES - Universidad xx Xxxx |
ES - UJI Universitat Xxxxx X |
ES - Universidad de la Laguna |
ES - Universidad de la Rioja |
ES - Universidad de Las Palmas de Gran Canaria |
ES - Universidad xx Xxxx |
ES - Universidad de Lleida |
ES - Universidad Loyola |
ES - Universidad de Málaga |
ES - Universidad Xxxxxx Xxxxxxxxx |
ES - Universidad xx Xxxxxx |
ES - Universidad xx Xxxxxxx |
ES - Universidad xx Xxxxxx |
ES - Universidad Xxxxx Xxxxxxx |
ES - Universidad Politécnica Cartagena |
ES - UPC Universidad Politécnica de Cataluña |
ES - UPM Universidad Politécnica de Madrid |
ES - UPV Universitat Politècnica de València |
ES - Universidad Xxxxxx Xxxxx |
ES - Universidad Pontificia Comillas |
ES - Universidad Pontificia xx Xxxxxxxxx |
ES - Universidad Pública xx Xxxxxxx |
ES - Universitat Xxxxx Xxxxx |
ES - Universidad Xxx Xxxx Xxxxxx |
ES - Universidad Xxxxxx X Xxxxxxx |
ES - Universidad xx Xxxxxxxxx |
ES - Universidad San Xxxxx |
ES - Universidad de Santiago de Compostela |
ES - UNED Universidad Nacional de Educación a Distancia |
ES - UV Universitat de València |
ES - Universidad xx Xxxxxxxxxx |
ES - Universidad de Vic |
ES - Universidad xx Xxxx |
ES - Universidad xx Xxxxxxxx |