ÍNDICE
CONDICIONES BÁSICAS QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MEDIACIÓN Y LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS
ÍNDICE
1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 2
2. OBJETO DEL CONTRATO 2
3. REMUNERACIÓN DEL CONTRATISTA 2
4. DURACIÓN DEL CONTRATO 2
5. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 3
6. CONTENIDO Y FORMATO DE LAS PROPOSICIONES 4
6.1. SOBRE Nº1.- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA 5
6.2. SOBRE Nº2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DE LA OFERTA 6
6.3. SOBRE Nº3: PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS 7
7. APERTURA DE PROPOSICIONES 8
8. ADJUDICACIÓN 8
9. CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL CONCURSO 9
10. OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 9
11. GARANTÍA DEFINITIVA 10
12. DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN 10
13. NORMAS GENERALES 11
14. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 12
15. LEGISLACIÓN APLICABLE 13
16. XXXXXXXXXXX 00
XXXXXX 00
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS 15
MODELO DE AVAL COMO GARANTÍA PROVISIONAL 21
MODELO DE AVAL COMO GARANTÍA DEFINITIVA 22
PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DE SEGURO PRIVADO (PRIMAS) 24
CONDICIONES BÁSICAS QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN POR LA FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA DE LOS SERVICIOS DE MEDIACIÓN Y CONTRATACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS
I. OBJETO XXX XXXXXX
El presente Pliego de Condiciones Básicas establece el procedimiento para la contratación de los servicios de mediación y contratación de seguros privados por la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, sita en el Paseo xxx Xxxxx núm. 8 de Madrid (en lo sucesivo, la “Fundación”), y las condiciones de prestación de dichos servicios.
II.- ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
1.1. Los servicios de mediación y contratación de seguros privados objeto del presente pliego (en lo sucesivo los “Servicios”) se regirán, en el orden de prelación en que se relaciona a continuación, por los siguientes documentos:
a) El presente Pliego de Condiciones Básicas
b) El Pliego de Condiciones Técnicas (Anexo I)
c) La oferta de la empresa que resulte adjudicataria del contrato (en lo sucesivo, el “Contratista”)
1.2. Las Cláusulas contenidas en el Pliego de Condiciones Básicas prevalecerán, en todo caso, sobre cualesquiera previsiones y disposiciones que se contengan en los restantes documentos, las que, en caso de divergencia o contradicción, deberán entenderse modificadas o suprimidas en lo pertinente.
2. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato de servicios de mediación y contratación de seguros privados (en lo sucesivo, el “Contrato”) tendrá por objeto la prestación de los servicios de mediación y contratación de seguros privados y, en particular, la asistencia a la Fundación en la contratación de las pólizas de seguro establecidas en el Pliego de Condiciones Técnicas (Anexo I).
3. REMUNERACIÓN DEL CONTRATISTA
Los servicios del Contratista serán retribuidos a través de las primas satisfechas por la Fundación a las entidades aseguradoras con las que se concierten las pólizas de seguro. No hay, por ello, presupuesto máximo de licitación.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO
El Contrato se perfeccionará en la fecha de su formalización y permanecerá en vigor hasta el día 30 xx xxxxx de 2014, sin perjuicio de la duración de las obligaciones y responsabilidades del Contratista en relación con las pólizas de seguro contratadas con
su mediación. Las partes podrán prorrogar la vigencia del Contrato de mutuo acuerdo por el plazo que consideren oportuno siempre que su duración total, incluidas las prórrogas, no exceda de cuatro años.
III. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
5. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
5.1. Podrán concurrir al concurso público todas aquellas empresas que tengan capacidad jurídica, suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional, estén autorizadas para operar en España en el sector de la mediación de seguros privados de acuerdo con la legislación vigente y no estén incursas en ninguna de las circunstancias que pueda determinar la pérdida de la condición de mediador conforme a la legislación vigente.
5.2. Las ofertas se presentarán directamente en el MUSEO THYSSEN-BORNEMISZA, xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxx xxx. 00, Xxxxxx (Xxxxxx) X.X.-00000 Xxxxxx, hasta el día 23 xx xxxx de 2012 a las 14:00 horas, durante el horario de oficina.
5.3. No se admitirán las ofertas presentadas por correo ni por fax ni por medios telemáticos. Tampoco se admitirá la documentación recibida con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado.
5.4. La sola presentación de la oferta supondrá la aceptación expresa e incondicionada por el licitador de la totalidad de las condiciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones Básicas y del resto de condiciones previstas en sus anexos.
5.5. La oferta se presentará en tres sobres cerrados y numerados, que deberán ser firmados por el licitador o la persona que le represente y con indicación de los siguientes datos:
Sobre Nº [Número del sobre]
SERVICIOS DE MEDIACIÓN Y CONTRATACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS
Licitador...............................................................
C.I.F. ó N.I.F. ........................................................
Dirección: ..............................................................
Teléfono................................ Fax .........................
Nombre del/los representantes: ………………….
………………………...D.N.I / Pasaporte……….
Fecha y hora de presentación.................................
(A rellenar por la Fundación)
5.6. Deberá incluirse en el interior de cada sobre, en hoja independiente, una relación ordenada y numerada con los documentos que contiene.
5.7. La Fundación entregará a cada licitador, una vez que haya presentado su oferta, un recibo con las siguientes indicaciones:
- Nombre y apellidos o denominación social, N.I.F o C.I.F., en su caso, del licitador.
- Título de la licitación
- Fecha y hora de presentación de los documentos
5.8. Todos los documentos se presentarán en castellano o acompañados de traducción jurada si estuvieran redactados en idioma distinto.
5.9. Cada licitador podrá presentar su oferta, ya sea individualmente o como parte de una Agrupación de Interés Económico o Unión Temporal de Empresas. Aquellos licitadores que presenten su oferta como parte de una Agrupación de Interés Económico o Unión Temporal de Empresas no podrán presentar ofertas de forma individual.
5.10. Las ofertas deberán estar firmadas en todas sus páginas por el licitador, su representante, y en el caso de una Unión Temporal de Empresas o Agrupación de Interés Económico por cada uno de los representantes de las empresas pertenecientes a la citada Unión o Agrupación. Cuando el firmante actúe en representación de una empresa o de un tercero deberá acreditar el título de su apoderamiento o representación.
5.11. Las ofertas presentadas serán vinculantes y podrán ser aceptadas por la Fundación durante el plazo de tres meses a contar desde el último día de recepción de las ofertas.
5.12. Toda la documentación que incluya cada uno de los sobres deberá presentarse de la forma más sintética y resumida posible, y deberá atenerse estrictamente al orden establecido en la Condición Básica 6.
5.13. Los licitadores podrán, hasta el viernes 18 xx xxxx de 2012, solicitar la información adicional y las aclaraciones que consideren necesarias al Pliego de Condiciones Básicas y sus documentos adjuntos.
5.14. Los licitadores y las personas que los representan responderán de la exactitud de todos los datos consignados. La falsedad de los datos y circunstancias presentados por el Contratista podrán ser causa de resolución del Contrato, en cuyo caso, la Fundación podrá incautar la Garantía Definitiva o, en el supuesto de que aún no se hubiera constituido ésta, podrá imponer una penalidad equivalente al valor de la Garantía Definitiva.
6. CONTENIDO Y FORMATO DE LAS PROPOSICIONES
Cada uno de los sobres indicados en la Condición 5 contendrá respectivamente la información que a continuación se indica:
6.1. SOBRE Nº1.- Documentación Administrativa
El Sobre Nº 1 contendrá los originales o copias debidamente compulsadas de los documentos que a continuación se relacionan:
6.1.1.Documentos que acrediten la capacidad de obrar y, en su caso, la representación.
- Si el proponente es una persona natural, el sobre contendrá fotocopia compulsada del D.N.I, pasaporte o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
- Si el proponente fuese una persona jurídica el sobre contendrá una fotocopia compulsada de la escritura de constitución y, en su caso, de las posteriores escrituras de modificación inscritas en el Registro Mercantil o por medio sólo de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional si no fuere exigible su inscripción en el Registro Mercantil.
- En el caso de concurrir a la licitación varios empresarios constituidos en una Agrupación de Interés Económico o que vayan a constituir una Unión Temporal de Empresas, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, con indicación de los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriban las proposiciones, la participación de cada uno de ellos y su responsabilidad frente a la Fundación y cualesquiera terceros, así como la persona que, durante la vigencia del Contrato haya de ostentar la plena representación de la Agrupación de Interés Económico o Unión Temporal de Empresas frente a la Fundación. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Agrupación o Unión.
- Las personas físicas o jurídicas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante prueba de su inscripción en un registro profesional o comercial cuando así se exija por su legislación nacional, y la existencia y vigencia de las autorizaciones o permisos necesarios para poder operar en España.
- Todas las empresas extranjeras deberán presentar declaración escrita de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, con renuncia en su caso al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
- También será preciso incluir en este sobre la documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante certificados de la AEAT y de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Las personas que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otra persona física o jurídica deberán acreditar documentalmente el título de su representación y deberán incluir fotocopia compulsada o auténtica de su D.N.I o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
6.1.2.Declaración jurada de no estar incurso en las causas de exclusión ni en las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 45 de la Directiva 2004/18/CE, de 00 xx xxxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx Europeo y del Consejo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministros y de servicios, y del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
6.1.3.Documentos que prueban la solvencia técnica necesaria.
Las empresas deberán presentar la certificación de su inscripción en el correspondiente Registro de Corredores de Seguros o la autorización para poder operar en España en el sector de la mediación de seguros privados de acuerdo con la legislación vigente.
Asimismo las empresas deberán presentar una declaración responsable de no hallarse en circunstancias legales de incapacidad o inhabilitación para operar en España en el sector de mediación de seguros privados, y de no estar sancionado ni tener incoado expediente de sanción administrativa por infracción legal que pudiera suponer la suspensión o inhabilitación para seguir operando como mediadores de seguros privados.
6.1.4.Descripción detallada de la empresa licitadora y cualificación técnica
Dirección de la sede social así como de las delegaciones que, en su caso, tenga en Madrid.
Relación de la Cartera de seguros que la empresa licitadora ha mantenido en los últimos tres años, desglosada por xxxxx de seguros asimilables, indicando los clientes y el volumen de ingresos (comisiones). Las empresas licitadoras deberán acreditar haber tenido en su cartera de seguros, en los últimos tres años, pólizas similares a las que son objeto del presente Contrato.
6.1.5. Garantía provisional en favor de la Fundación.
Las empresas licitadoras deberán constituir un aval bancario a primer requerimiento en favor de la Fundación por un importe no inferior a SEIS MIL EUROS, de acuerdo con el modelo que se adjunta al presente Pliego de Condiciones Básicas como Anexo II. (“Garantía Provisional”)
6.1.6.Un ejemplar xxx Xxxxxx de Condiciones Básicas con todos sus anexos debidamente firmado en todas sus páginas.
6.2. SOBRE Nº2: Documentación Técnica de la Oferta
Las empresas deberán incluir en el Sobre Nº 2:
6.2.1.Descripción de los medios personales y materiales propuestos para la ejecución del contrato
1. Organigrama de medios humanos y justificación de los mismos. Se señalará el personal especializado que la empresa se compromete a aportar al servicio ofertado, clasificando al mismo por especialidades, indicando su orden de incorporación a los Servicios, su función y su dedicación.
Se indicará además el currículo, nombre, apellidos y teléfono de contacto permanente de un interlocutor de la empresa con la Fundación o responsable del servicio en los términos previstos en la Condición 13.11 del presente Xxxxxx.
2. Descripción del sistema o protocolos de aseguramiento de la calidad de los Servicios en caso de que disponga del mismo.
6.2.2. Memoria técnica
Las empresas deberán acompañar un informe técnico, resultado del estudio de las necesidades de la Fundación descritas en el Pliego de Condiciones Técnicas (Anexo I), en el que indicarán la disponibilidad del personal asignado al servicio, los plazos máximos de respuesta, los procedimientos de tramitación de siniestros y los restantes datos que las empresas licitadoras consideren necesarios para justificar la calidad del servicio.
6.3. SOBRE Nº3: Propuesta de Contratación de Seguros Privados
En el Sobre Nº 3 cada una de las empresas licitadoras deberá incluir la propuesta de contratación de un seguro privado que cubra todos los riesgos a que hace referencia el Pliego de Condiciones Técnicas (Anexo I).
Cada empresa incluirá en este sobre:
1) El texto completo del condicionado del contrato de seguro privado establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas (Anexo I), y una memoria explicativa del funcionamiento de la póliza.
2) La denominación de la compañía o compañías aseguradoras que soporten los riesgos y, en caso de ser varias, el porcentaje de participación de cada una de ellas.
3) Una memoria descriptiva de la experiencia de la compañía o compañías aseguradoras en las categorías de riesgo al que se refiere la propuesta de seguro.
4) La prima total, es decir, la prima incluidos todos los conceptos (tasas, comisiones xx xxxxxxxx, impuestos, gastos, etc.) para cada riesgo asegurado de acuerdo con el Modelo de Propuesta de Contratación de Seguro Privado que se une al presente Pliego como Anexo III. Para la contratación de la póliza de seguro flotante descrita en el Pliego de Condiciones Técnicas (Anexo I), las empresas licitadoras deberán ofertar, evitando fórmulas polinómicas, la prima total expresada mediante un porcentaje
único o tasa de cálculo aplicable para cada riesgo. Dichas tasas deberán incluir todos los impuestos y tasas legalmente aplicables y todos los gastos de gestión interna y externa de administración y adquisición de la póliza.
5) Las franquicias propuestas, si las hubiera.
6) La participación del Tomador en beneficios (rappel): Los licitadores podrán proponer un rappel anual a favor de la Fundación.
En un documento aparte, las empresas licitadoras podrán aportar las sugerencias o correcciones necesarias y mejoras factibles en las condiciones del contrato de seguro privado descrito en el Pliego de Condiciones Técnicas (Anexo I) para obtener la mejor cobertura adaptada a las necesidades de la Fundación y al menor coste. Todas las mejoras ofertadas deberán ser valoradas económicamente de forma individual y separada indicando la repercusión en el precio de la prima.
Toda mejora propuesta por el Contratista y aceptada por la Fundación será exigida en todos sus términos.
La Fundación podrá resolver el contrato de mediación después de adjudicado si el contrato de seguro privado propuesto por el Contratista no pudiera formalizarse con la compañía aseguradora propuesta en las condiciones ofertadas antes de las fechas de efecto previstas en el Pliego de Condiciones Técnicas (Anexo I) para cada uno de los riesgos allí indicados.
7. APERTURA DE PROPOSICIONES
0.0.Xx Fundación examinará y calificará previamente la validez formal de los documentos contenidos en el Sobre Nº1 y la capacidad y solvencia para poder participar, e inadmitirá aquellos que no sean completos, adolezcan de algún defecto, contradigan a las presentes Condiciones o carezcan de la capacidad y solvencia necesarias.
0.0.Xx la Fundación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los licitadores para que los corrijan o subsanen en el plazo máximo de tres días.
7.3.Presentadas las ofertas en tiempo y forma y, en su caso, subsanados los defectos de la documentación presentada, la Fundación procederá el día 29 xx xxxx de 2012 a las 12:00 horas en acto público a la apertura de las ofertas admitidas en el Museo Thyssen- Bornemisza, dando cuenta de las proposiciones inadmitidas y la causa de su inadmisión.
8. ADJUDICACIÓN
0.0.Xx Fundación podrá adjudicar el Contrato a la empresa que haya presentado la oferta que en su conjunto resulte más ventajosa conforme a los criterios de valoración establecidos en la Condición 9 del presente Pliego de Condiciones Básicas (“Criterios de Valoración”), o declarar desierto el procedimiento.
0.0.Xx Garantía Provisional se devolverá a los licitadores no adjudicatarios que lo soliciten después de la formalización del Contrato. Sin perjuicio de lo anterior, la Fundación podrá disponer libremente de la Garantía Provisional en caso de retirada injustificada de la proposición antes de la adjudicación.
8.3.Adjudicado el Contrato y transcurridos tres meses desde que dicha formalización se hiciera pública, la documentación de las ofertas quedará a disposición de los licitadores no adjudicatarios salvo que por razones justificadas deba retenerse. La Fundación podrá conservar, no obstante, una copia de toda la documentación presentada para su registro.
9. CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL CONCURSO
Los criterios que han de servir de base a la Fundación para adjudicar el Contrato serán los siguientes:
1) Menor precio del contrato de seguro privado propuesto en el Sobre núm. 3 (hasta 40 puntos).
2) Calidad del servicio y la oferta técnica de acuerdo con los documentos presentados en los Sobres nos. 2 y 3. Se valorará especialmente la claridad, la adaptación a las necesidades de la Fundación, el equipo especializado ofrecido, los sistemas de control de calidad, las condiciones de la póliza propuesta, etc. (hasta 40 puntos).
3) Mejoras propuestas. La Fundación valorará las mejoras propuestas por las empresas licitadoras con respecto a lo previsto en el presente Pliego, en particular, se valorará el rappel anual que en su caso propongan los licitadores (hasta 20 puntos).
IV. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
10. OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
10.1. Adoptada la decisión de adjudicación se notificará al Contratista quien dispondrá de un plazo de siete días naturales para aportar los siguientes documentos:
a) Documentación acreditativa de la constitución en favor de la Fundación de la garantía definitiva a la que se refiere la Condición 11 (“Garantía Definitiva”).
b) Documento por el que se designe a la persona que el Contratista se compromete a poner a disposición de la Fundación durante la vigencia del Contrato con poderes amplios de decisión como responsable del servicio de acuerdo con lo dispuesto en la Condición 13.11.
c) Certificación del Registro Mercantil o copia autorizada de la escritura acreditativa del poder o cargo del representante del Contratista que vaya a suscribir el Documento de Formalización. Cuando el Contratista no tenga su domicilio social o residencia en España, deberá aportar certificación del Registro Público análogo y
cuando ello no fuera posible por no existir, aportará un documento público fehaciente que acredite la vigencia de los poderes.
d) Cuando el Contratista tenga la condición de Unión Temporal de Empresas, la escritura pública de su constitución inscrita en el Registro Especial del Ministerio de Economía y Hacienda, así como el nombramiento de un representante o apoderado único de la Unión Temporal de Empresas con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del Contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
10.2. El incumplimiento por el Contratista de cualquiera de las obligaciones para la formalización o su cumplimiento parcial, podrá ser causa de resolución del Contrato adjudicado y dará derecho a la Fundación a ejecutar la Garantía Provisional y hacer propio su importe.
11. GARANTÍA DEFINITIVA
11.1. Sin perjuicio de los seguros que deba suscribir en cumplimiento de la legislación vigente, el Contratista estará obligado a constituir, dentro de los siete días naturales siguientes a la notificación de la adjudicación, una Garantía Definitiva en favor de la Fundación de DOCE MIL EUROS (12.000€).
11.2. La Garantía Definitiva deberá constituirse mediante aval bancario a primer requerimiento de acuerdo con el modelo previsto en el Anexo III (“Garantía Definitiva”) del presente Pliego de Condiciones Básicas.
11.3. La Garantía Definitiva responderá de todas las obligaciones económicas derivadas del Contrato, de las penalidades impuestas al Contratista con motivo de la ejecución del Contrato, de los gastos originados a la Fundación por demora del Contratista o por incumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados a la Fundación con motivo de la inexacta ejecución del Contrato, de su incumplimiento total o parcial o de su cumplimiento defectuoso, así como de la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución.
11.4. La Garantía Definitiva será cancelada a la finalización del Contrato una vez cumplido satisfactoriamente o resuelto sin culpa del Contratista.
11.5. La ejecución de la garantía prevista en la presente Cláusula no impedirá a la Fundación emprender acciones judiciales hasta el total resarcimiento de los daños y prejuicios derivados del incumplimiento total o parcial o del cumplimiento defectuoso del Contrato.
12. DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN
12.1. El Contratista, una vez cumplidas las obligaciones previas establecidas en la Condición 10, deberá suscribir el documento de formalización del Contrato con la Fundación dentro del plazo de quince días naturales a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación.
12.2. El Contrato podrá ser elevado a escritura pública cuando lo solicite cualquiera de las partes. Todos los gastos derivados del otorgamiento serán de cargo de la parte peticionaria.
X.- XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX
00. NORMAS GENERALES
13.1. Los Servicios se ejecutarán con estricta sujeción a las condiciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones Básicas, en el Pliego de Condiciones Técnicas (Anexo
I) y, en lo que no contradiga a las anteriores condiciones, por lo dispuesto en la oferta del Contratista. El Contratista deberá ejecutar, además, servicios adicionales de asesoramiento sobre la conveniencia de suscribir nuevas coberturas o exigir dichas coberturas a terceros contratantes cuando sea requerido para ello por la Fundación.
13.2. La ejecución del Contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del Contratista.
13.3. El Contratista se obliga a cumplir con las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de seguridad y salud en el trabajo, sindical y de seguros; igualmente se obliga a solicitar y obtener de los organismos que correspondan los permisos y licencias administrativas necesarias para el ejercicio de su actividad.
13.4. El Contratista informará a la Fundación sobre las condiciones de los contratos de seguros a suscribir y velará por la concurrencia de los requisitos que han de reunir éstos para su eficacia y plenitud de efectos. Asimismo, y durante la vigencia de los contratos de seguros en que haya intervenido, estará obligado a facilitar la información que se le requiera sobre cualquiera de las cláusulas de las pólizas en las que intervenga.
13.5. El Contratista será responsable de la tramitación con las compañías aseguradoras de los siniestros ocurridos hasta su definitiva solución, y deberá mantener la relación con las personas afectadas. El Contratista deberá informar puntualmente a la Fundación de los resultados de sus gestiones.
13.6. El Contratista estará obligado a prestar su asistencia en todas las gestiones necesarias relativas a los contratos de seguros privados formalizados bajo su mediación, independientemente de la fecha en que se originen las referidas gestiones.
13.7. El Contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Fundación o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del Contrato.
13.8. El Contratista responderá ante la Fundación de las deficiencias o imperfecciones que reduzcan o anulen los efectos de las pólizas concertadas con su intervención.
13.9. El Contratista deberá entregar a la Fundación el recibo de la prima de los contratos de seguro en un plazo máximo de 72 horas desde la recepción del importe de la misma.
13.10. El Contratista responderá del incumplimiento del Contrato tanto por sí como por los trabajadores, profesionales y cualesquiera terceros de los que se sirva para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del Contrato.
13.11. Durante la ejecución de los Servicios el Contratista deberá tener a plena disposición de la Fundación a un responsable del servicio con poderes decisorios y suficientes para representarle en todas las materias del Contrato. El responsable del servicio sólo podrá ser sustituido por personas de análogo perfil profesional, con la previa aprobación escrita de la Fundación.
13.12. El Contratista está obligado a guardar confidencialidad sobre toda la información facilitada por la Fundación o por terceros en relación con la Fundación en la preparación o ejecución del Contrato.
13.13. El Contratista no podrá ceder en todo ni en parte los derechos u obligaciones del Contrato si no es con la expresa y previa autorización escrita de la Fundación.
13.14. La formalización del Contrato no supondrá la adquisición por el Contratista ni por la compañía aseguradora de ningún derecho de exclusiva con respecto a las pólizas que tenga previsto contratar la Fundación durante la vigencia del Contrato. La Fundación podrá, por tanto, suscribir contratos de aseguramiento con compañías distintas a las propuestas por el Contratista o a través de otros mediadores cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias: i) las pólizas suscritas sean mejores en su conjunto (relación precio/calidad/cobertura) que las propuestas por el Contratista, ii) los propietarios o prestadores de obras de arte impongan la contratación de una determinada póliza, o iii) la compañía propuesta por el Contratista tenga menor solvencia económica, técnica o profesional.
14. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
14.1. Son causas de resolución del Contrato, además de las previstas legalmente, las siguientes:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del Contratista o la extinción de su personalidad jurídica.
b) La desaparición de las garantías del Contratista o su insuficiencia, a menos que sean sustituidas por otras nuevas e igualmente seguras.
c) La cesión de derechos y obligaciones del Contrato a un tercero sin consentimiento expreso de la Fundación.
d) El incumplimiento del Contratista de su deber de confidencialidad.
e) La pérdida de algún requisito legal para ostentar la condición de mediador de seguros, por sanción administrativa o por incurrir en las incompatibilidades o prohibiciones recogidas en la Ley.
f) La venta o transferencia de la cartera de seguros a cualquier otro mediador de seguros.
g) La incursión de uno o varios de los administradores o directores gerentes en causa de incompatibilidad o inhabilitación para el ejercicio profesional de mediador.
h) La comisión de conductas recogidas como infracciones graves o muy graves en la Ley de Mediación en Seguros Privados, y las muy graves establecidas en la Ley sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.
i) No ajustarse el Contratista a las especificaciones establecidas en el presente Pliego y en el Pliego de Condiciones Técnicas.
14.2. Si la causa de resolución fuese imputable al Contratista éste responderá de los daños y perjuicios ocasionados y, además, la Fundación podrá ejecutar e incautar el importe correspondiente a las garantías constituidas en su favor.
15. LEGISLACIÓN APLICABLE
El Contrato objeto del presente Pliego de Condiciones Básicas se someterá a Derecho español.
16. COMPETENCIA
Para cualquier controversia relativa a la interpretación y ejecución del Contrato serán competentes los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital haciendo las partes renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.
Madrid, 8 xx xxxx de 2012
ANEXOS
ANEXO X
XXXXXX DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE DISTINTOS SEGUROS PRIVADOS
Las empresas licitadoras en el concurso para la adjudicación del contrato de servicios de mediación y contratación de seguros privados para la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, deberán ofertar hasta un máximo de dos propuestas de contrato de seguro privado para dar cobertura a cada uno de los siguientes riesgos, conforme a las condiciones técnicas que se establecen en el presente pliego y en el Pliego de Condiciones Básicas al que se une.
A) PÓLIZA DE SEGURO FLOTANTE TODO RIESGO OBRAS DE ARTE
Contratación de una póliza de seguro flotante de todo riesgo, así como pérdidas o daños ocasionados por huelgas, terrorismo, etc. que incluya las cláusulas especificadas a continuación.
Institute Cargo Clause Institute Strike Clause Institute War Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx y/o demérito
Exoneraciones de responsabilidades
Renuncia a la acción de repetición contra los transportistas y las personas que intervengan en la manipulación y la gestión de las obras, organizadores y propietarios de las salas, siempre que estén especializados en obras de arte.
Daños por hechos malintencionados
Actos de terrorismo en tránsitos y en estancia. Opción de recompra
Cláusula de museos Cláusula de cristal Garantía en divisas
Liquidación de siniestros sin franquicia Cláusula de no exclusividad
Cualquier riesgo no especificado por la empresa licitadora como excluido se entenderá implícitamente como cubierto por la póliza de seguro.
Riesgo de terrorismo:
Las empresas licitadoras deberán ofertar una póliza de seguro flotante con cobertura de los daños por actos de terrorismo por el Consorcio de Compensación de Seguros, y otra póliza con cobertura de libre mercado para el caso de que un prestador no admita la cobertura mediante el Consorcio de Compensación de Seguros.
Las empresas presentarán, además, una propuesta de póliza de libre mercado en la que se cubra terrorismo sólo en los tránsitos pero no durante las estancias.
Póliza de seguro
La compañía aseguradora elegida deberá facilitar al Museo Thyssen- Bornemisza la póliza de seguro (condiciones) en español y en inglés para su envío a terceros. El Museo Thyssen-Bornemisza podrá pedir, puntualmente, la póliza en otro idioma, en cuyo caso la traducción será x xxxxx del Contratista.
Fecha de efecto:
Desde las 00.00h del 1 de julio de 2012 por una duración de 2 años, prorrogables anualmente hasta un máximo en su conjunto de 4 años. La Fundación podrá en cualquier momento y previo aviso escrito resolver la póliza.
Sin franquicia
B) OBRAS DE LA COLECCIÓN PERMANENTE PRESTADAS A EXPOSICIONES
Obras de arte de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza que vayan a ser objeto xx xxxxxxxx a terceros.
Cobertura:
‘clavo a clavo’ desde el momento del embalaje en origen hasta su regreso y desembalaje en origen (traslados con cualquier medio de transporte al lugar de exposición y retorno a origen, incluyendo transbordos, permanencias en depósitos o aduanas, cambio de medios y las correspondientes manipulaciones, instalación, periodo de exposición).
Condiciones de cobertura:
Se exigen las mismas cláusulas de cobertura establecidas para la póliza flotante todo riesgo detallada en el apartado A) anterior.
Fecha de efecto:
Desde las 00.00h del 1 de julio de 2012 por una duración de 2 años, prorrogables anualmente hasta un máximo en su conjunto de 4 años.
Valor máximo asegurado por obra objeto xx xxxxxxxx:
€ 45.000.000,00. Las empresas licitadoras deberán establecer en la póliza ofertada las condiciones para elevar el valor máximo asegurado por préstamo y su repercusión en la prima del seguro.
Sin franquicia Facturación:
La compañía aseguradora deberá facturar directamente la prima a los prestatarios y les enviará el certificado de seguro original. La compañía aseguradora enviará a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza una copia del certificado de seguro cada vez que se preste una obra, y trimestralmente enviará una copia de las facturas emitidas en los tres meses anteriores. El certificado de seguro deberá ser emitido en español o en inglés, o puntualmente en otro idioma. La compañía aseguradora facilitará a la Fundación información de la cotización en el plazo de siete días laborales siguientes a la petición.
C) DEPÓSITOS EN EL MUSEO THYSSEN-BORNEMISZA DE MADRID
C.1.- Seguro a primer riesgo sobre el depósito de pinturas, obras sobre papel, muebles, esculturas y otros objetos de decoración propiedad de terceros que son objeto de un préstamo a largo plazo a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.
Cobertura:
A primer riesgo, solo la estancia en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid de unas 96 piezas.
Condiciones de cobertura:
Se exigen las mismas cláusulas de cobertura establecidas para la póliza flotante todo riesgo detallada en el apartado A) anterior.
Fecha de efecto:
Desde las 00.00h del 1 de julio de 2012 por una duración de 2 años, prorrogables hasta un máximo en su conjunto de 4 años.
Límite máximo asegurado:
US$ 2.500.000,00, con posibilidad de poder ampliar o reducir este importe. Las empresas licitadoras deberán establecer en la póliza ofertada las condiciones para elevar o reducir el valor máximo asegurado por préstamo y su repercusión en la prima del seguro.
Franquicia máxima xx XXXX MIL Euros (10.000€) por siniestro.
C.2.- Seguro sobre el depósito de muebles, esculturas y otros objetos de ‘decoración’ de propiedad de terceros que son objeto de un préstamo a largo plazo a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.
Cobertura:
Solo la estancia en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid de 41 piezas.
Condiciones de cobertura:
Se exigen las mismas cláusulas de cobertura establecidas para la póliza flotante todo riesgo detallada en el apartado A) anterior.
Fecha de efecto:
Desde las 00.00h del 1 de enero de 2013 por una duración de 2 años, prorrogables hasta un máximo en su conjunto de 4 años.
Valor total asegurado:
EURO 626.750,- con posibilidad de poder ampliar o reducir este importe. Las empresas licitadoras deberán establecer en la póliza ofertada las condiciones para elevar el valor máximo asegurado por préstamo y su repercusión en la prima del seguro.
Sin franquicia
C.3.- Fondo de la biblioteca, aprox. 8.000 volúmenes, que son objeto de un préstamo a largo plazo a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza
Cobertura:
solo la estancia en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid
Condiciones de cobertura:
todo riesgo de pérdida y/o daño físico, debido a cualquier causa externa durante su depósito en el lugar indicado (Museo Thyssen-Bornemisza).
Fecha de efecto:
Desde las 00.00h del 1 de julio de 2012 por una duración de 2 años, prorrogables hasta un máximo de 4 años.
Valor máximo asegurado:
€ 480.810,-.
Franquicia máxima de CIEN EUROS (100€) por siniestro.
D) SEGURO SOBRE LA FRANQUICIA NO CUBIERTA POR LA GARANTÍA DEL ESTADO
D.1.- Para las obras de la Colección Xxxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxxxxx
Cobertura:
La cantidad inicial del valor total de un máximo de 485 obras aseguradas con la garantía del Estado. La cobertura es únicamente por el periodo de estancia en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid.
Condiciones de cobertura:
Se exigen las mismas cláusulas de cobertura establecidas para la póliza flotante todo riesgo detallada en el apartado A) anterior, incluyendo la cobertura de los daños por actos de terrorismo.
Como mejora las empresas licitadoras podrán incluir en la cobertura de la póliza propuesta los riesgos excluidos por la garantía del Estado y, en particular, los daños debidos a la acción u omisión deliberada del cedente de la obra, sus empleados o agentes. Asimismo, las empresas licitadoras podrán ofrecer una tasa para dicha cobertura.
Fecha de efecto:
Desde las 00.00h del 1 de julio de 2012 por una duración de 1 año, prorrogable anualmente.
Valor máximo asegurado:
Los primeros € 60.101,21 del valor total de las 485 obras aseguradas con la garantía del Estado
Franquicia: € 18.031,-
D.2.- Para las obras de Terceros prestadas al Museo Thyssen- Bornemisza para exposiciones temporales
Cobertura:
La cantidad inicial del valor total asegurado con la garantía del Estado por cada exposición temporal, desde el momento de la recogida en el lugar de origen hasta la devolución en el lugar designado por el prestador, incluyendo por tanto transporte y estancia.
Condiciones de cobertura:
Se exigen las mismas cláusulas de cobertura establecidas para la póliza flotante todo riesgo detallada en el apartado A) anterior, incluyendo la cobertura de los daños por actos de terrorismo.
Como mejora las empresas licitadoras podrán incluir en la cobertura de la póliza propuesta los riesgos excluidos por la garantía del Estado y, en particular, los daños debidos a la acción u omisión deliberada del cedente de la obra, sus empleados o agentes. Asimismo, las empresas licitadoras podrán ofrecer una tasa para dicha cobertura.
Certificado de seguro
La compañía de seguro deberá emitir los certificados de seguro, en español y/o en inglés, para esta cobertura y para cada cedente.
Fecha de efecto:
Desde las 00.00h del 1 de enero de 2013 por la duración de aprox. 4 meses cada exposición.
Valor máximo asegurado:
Los primeros € 60.101,21 del valor total cubierto por la garantía del Estado por cada exposición. La compañía aseguradora facilitará a la Fundación los certificados de seguros individuales (es decir, por prestador) en el plazo máximo de siete días laborables desde la petición.
Sin franquicia
E) 0BRAS DE ARTE DE TERCEROS PARA EXPOSICIONES TEMPORALES
Obras de arte de cualquier género, propiedad de terceros, que vayan a ser objeto de manipulación y/o desplazamiento por motivo de la actividad de la Fundación colección Thyssen-Bornemisza, así como su estancia, tanto en almacenes como en salas de exposiciones como en otros lugares acondicionados propuestos por el tomador.
Cobertura:
A todo riesgo ‘clavo a clavo’ desde el momento del embalaje en origen hasta su devolución y desembalaje en origen o designados por el cedente (traslados con cualquier medio de transporte al lugar de exposición y retorno a origen, incluyendo transbordos, permanencias en depósitos o aduanas, cambio de medios y las correspondientes manipulaciones, instalación, periodo de exposición en el Museo Thyssen-Bornemisza). Cuando las exposiciones sean itinerantes la cobertura alcanzará la estancia y transporte a sus diferentes lugares, mientras no se diga otra cosa.
Condiciones de cobertura
Se exigen las mismas cláusulas de cobertura establecidas para la póliza flotante todo riesgo detallada en el apartado A) anterior.
Fecha de efecto:
Desde las 00.00h del 1 de julio de 2012 por una duración de 2 años, prorrogables hasta un máximo de 4 años.
Valor máximo asegurado por exposición:
€ 30.000.000,- Las empresas licitadoras deberán establecer en la póliza ofertada las condiciones para elevar el valor máximo asegurado por préstamo y su repercusión en la prima del seguro. La compañía aseguradora facilitará a la Fundación los certificados de seguros individuales (es decir, por prestador) en el plazo máximo de siete días laborables desde la petición.
Sin franquicia Certificados de seguro:
Emitidos por la compañía de seguro por los valores y en las monedas indicadas
por los cedentes, incluyendo las condiciones específicas que puede exigir un cedente. Los certificados deben ser emitidos en español y, cuando así lo requiera la Fundación, en inglés o puntualmente en otro idioma que se solicite, en cuyo caso la traducción será x xxxxx del Contratista.
El Contratista deberá recoger en el certificado las condiciones de cobertura que tenga la póliza expresadas conforme a la terminología que sea solicitada por la persona o entidad a la que se dirija el certificado.
ANEXO II
MODELO DE AVAL COMO GARANTÍA PROVISIONAL
La entidad .......................................................................(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía reciproca), NIF… , con domicilio a efectos de
notificaciones y requerimientos en …………………………., y en su nombre…………………….., con poderes suficientes para obligarle en este acto, AVALA a ……...........................................................(empresa licitadora), con NIF
.............................................., para responder ante la FUNDACIÓN COLECCIÓN
THYSSEN-BORNEMISZA de las obligaciones, responsabilidades económicas y penalidades previstas para las empresas licitadoras en el Pliego de Condiciones Básicas que regirán la contratación de los servicios de mediación y contratación de seguros privados por un importe de SEIS MIL EUROS (6.000,00 €)
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA.
El presente aval estará en vigor hasta que la FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN- BORNEMISZA o quien en su nombre sea habilitado para ello autorice su cancelación o devolución.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
ANEXO III
MODELO DE AVAL COMO GARANTÍA DEFINITIVA
(en papel con membrete del Banco)
FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA
X/ Xxxxx xxx Xxxxx, xx 0 Xxxxxx 00000
A la atención de X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Muy Sr. nuestro:
Hemos sido informados de la adjudicación del Contrato de prestación de servicios de mediación y contratación de seguros privados (en adelante, el Contrato), por
la FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA, de nacionalidad española, con domicilio en Madrid, Paseo xxx Xxxxx nº8, 28014, y CIF X-00000000 (en lo sucesivo, la “Fundación”).
a la sociedad [...], de nacionalidad [...], con domicilio social en [...], calle [...] y CIF [...], constituida legalmente mediante escritura otorgada ante el Notario [...], en fecha [...] e inscrita en el Registro Mercantil de [...] en el tomo [...], folio [...], hoja número [...] representada por D. [...], mayor de edad, de profesión [...], con domicilio a estos efectos en [...], y N.I.F número [...], en su calidad de [...], tal y como consta en la escritura pública [...], otorgada ante el Notario de [...], número [...] de su protocolo (en adelante, “el Contratista”).
Contrato cuyo contenido conocemos en todos sus extremos.
Dicho Contrato establece la obligación del Contratista de constituir una Garantía Definitiva en forma de aval bancario, solidario y a primer requerimiento, por el importe de DOCE MIL EUROS (12.000,00€) y por la duración del Contrato.
Se establece, asimismo, que la Garantía responderá de todas las obligaciones económicas derivadas del Contrato, de las penalidades impuestas al Contratista con motivo de la ejecución del Contrato, de los gastos originados a la Fundación por demora del Contratista o por el incumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados a la Fundación con motivo de la inexacta ejecución del Contrato, de su incumplimiento total o parcial o de su cumplimiento defectuoso, así como de la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución.
En virtud de lo anterior y de lo dispuesto en el Contrato, por la presente nos comprometemos frente a la FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA y frente a quien ésta ceda los derechos y obligaciones establecidos en el Contrato referido, de forma incondicional e irrevocable, a satisfacer el importe de hasta DOCE MIL EUROS
(12.000,00€), al primer requerimiento de la FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN- BORNEMISZA o del tercero a quien ésta ceda los derechos y obligaciones establecidos en el Contrato, declarando que se ha producido un incumplimiento del referido Contrato.
El pago se efectuará, sin que proceda ninguna otra comprobación o averiguación, mediante el abono de la cantidad de hasta DOCE MIL EUROS (12.000,00 €), en la cuenta bancaria indicada en el requerimiento, en el plazo de 15 días desde la recepción del requerimiento de la FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA o de quien suceda a ésta.
La garantía que mediante este documento se otorga será válida desde su otorgamiento y hasta que la FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA o quien en su nombre sea habilitado para ello autorice su cancelación o devolución.
El Banco renuncia expresamente a los beneficios de división, orden y excusión así como a cualquier clase de excepción cualquiera que sea su naturaleza.
Las notificaciones que deban realizarse entre las partes en la ejecución de la presente garantía a primer requerimiento, se harán por escrito y por medio que haga prueba de su envío y recepción a las respectivas direcciones que se indican a continuación:
El Banco:
[ ]
[ ]
[ ]
El Beneficiario:
FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA
Xxxxx xxx Xxxxx xx0 Xxxxxx 00000
Este aval figura inscrito en el Registro de Avales con el nº .......................................
La presente garantía se somete al Derecho español. Las partes se someten desde este momento a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid con renuncia a cualquier otro fuero.
En Madrid, a [...] de [...] de 2012
[EL BANCO] P.p.
D.
CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN POR LA FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA DE LOS SERVICIOS DE MEDIACIÓN Y CONTRATACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS
ANEXO IV
PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DE SEGURO PRIVADO
D./Dña. mayor de edad, de nacionalidad
.................................., domiciliado en ............................., xxxxx ,
número .................. y D.N.I./ N.I.E número ...................... en nombre y representación de
........................................... con N.I.F/C.I.F ............................ domicilio fiscal en
.........................................., calle ................................................... (conforme tiene
acreditado mediante copia autorizada de la escritura de poder/nombramiento incluida en el Sobre nº1) en cumplimiento de lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Básicas que regirá la contratación por la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza de los servicios de mediación y contratación de seguros privados, se compromete a ejecutar ese contrato con estricta sujeción a los requisitos y condiciones previstos en el citado Pliego de Condiciones Básicas y sus anexos, en los términos de su oferta presentada, que incluye la contratación de un seguro privado con la compañía aseguradora
.......................................................................... por las primas y las tasas que se indican a continuación:
RIESGO ASEGURADO | PRIMA TOTAL |
B.- Obras de la Colección Permanente prestadas a exposiciones de terceros i) Transporte de obras de arte por España y Europa ii) Transporte de obras de arte por resto del mundo iii) Estancia | Tasa: i) ii) iii) |
C.- Depósitos en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid. C.1.- Seguro a primer riesgo sobre pinturas, obras sobre papel, muebles, esculturas y otros objetos de decoración propiedad de terceros que son objeto de un préstamo a largo plazo a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza. C.2.- Seguro sobre muebles, esculturas de propiedad de terceros que son objeto de un préstamo a largo plazo a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza. | Tasa: C.1.- C.2.- |
C.3.- Fondo de la Biblioteca | Tasa: |
D.- Seguro sobre la franquicia no cubierta por la Garantía del Estado D.1.- Para las obras de la Colección Xxxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxxxxx D.2.- Para las obras de Terceros prestadas al Museo Thyssen-Bornemisza para exposiciones temporales | Tasa: D.1.- D.2.- |
E.- Obras de arte de terceros para exposiciones temporales | Tasa: |
i) Transporte de obras de arte por España y Europa | i) |
ii) Transporte de obras de arte por resto del mundo | ii) |
iii) Estancia | iii) |
Se hace constar que las primas arriba indicadas son totales e incluyen todos los conceptos, gastos, comisiones, impuestos, tasas y arbitrios de ámbito fiscal. No incluyen, sin embargo, la valoración económica de las mejoras ofertadas que se anexa a la presente oferta.
.............................., ...................... de de 2012
(lugar, fecha y firma del representante legal o apoderado)