ANEXO - DISPOSICIÓN N° 28/DGADCYP/18
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 28/DGADCYP/18
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ÍNDICE
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 6.282.067/MGEYA-DGADCYP/2018 CONTRATACIÓN MENOR Nº 401-0415-CME18
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN
2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
3.- FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE
4.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
5.- GARANTÍAS
5.1.-GARANTIA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
5.2.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
6.- DEL PROCEDIMIENTO
6.1.- ANUNCIOS
6.2.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR
6.3.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
6.4.- COTIZACIÓN
6.5.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
6.6.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
6.7- OBLIGACIONES DEL OFERENTE
6.8.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
6.9.- ADJUDICACIÓN
6.10.- PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
7.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
7.1- CONFIDENCIALIDAD
8.- PLAZO DE LA CONTRATACIÓN
9.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
10- TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO
11.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES
12.- CAUSALES DE RESCISIÓN
13.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
14.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL-ORDEN DE PRELACIÓN
15.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
16.- XXXXX XXXXXXXXXX
ANEXO I – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ANEXO II – ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD ANEXO III – ESTRUCTURA DE COSTOS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES 1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN
El presente llamado a contratación se sujeta al régimen especial establecido por el artículo 38.- Contratación menor - de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666), y el Decreto Reglamentario Nº 326/17 y se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) al amparo de lo establecido en el artículo 85.- Informatización de las contrataciones - de la Ley de Compras y Contrataciones y su Decreto Reglamentario. La contratación se rige por la normativa citada, por las disposiciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición N° 1274/DGCYC/17), las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su Anexo I de Especificaciones Técnicas.
2.- OBJETO
El objeto de la presente contratación es el “Servicio de Monitoreo, Localización y Rastreo de vehículos para el Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Las características y especificaciones técnicas del objeto de la presente contratación, se encuentran detalladas en el Anexo I Especificaciones Técnicas del presente Pliego.
3.-FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE
El Organismo contratante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el artículo 119 inciso I –Facultades del organismo contratante- de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666).
4.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Conforme lo establecido en el artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA.
Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio.
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, a los efectos de la presente contratación el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0x, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Una vez perfeccionado el contrato el GCABA constituye domicilio en Xxxxxxxxxx 000 Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en el Articulo 85 del Anexo I Decreto N° 326/17. Conforme el artículo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios se efectúan a través del BAC.
Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
5. GARANTIAS
5.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
De conformidad con lo prescripto por el Artículo 101 – Constitución de Garantías-de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y el Artículo 17 apartado 17.1 inc. d) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, el monto a depositar en concepto de garantía de impugnación será equivalente al dos con cinco por ciento (2,5%) del monto estimado de la contratación.
La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo a través de depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, y el artículo 102.- Formas - inciso a) y b) de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCBA/17.
A tal efecto el depósito deberá efectuarse en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
5.2..- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Dicha garantía deberá constituirse conforme lo establecido en el artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 102.- Formas - y concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario Nº 326- GCBA/17.
TODOS los adjudicatarios deberán presentar la garantía de cumplimiento del contrato, AUN CUANDO el importe de la Orden de Compra no supere las CIEN MIL (100.000) Unidades de Compra (Valor de la Unidad de Compra $ 14,50 – LEY N° 5915 art. 27 inc. B)
La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta una vez finalizado el contrato, a entera satisfacción del organismo contratante, en conformidad con lo establecida en el artículo 115 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326-GCBA/17.
6.- DEL PROCEDIMIENTO
6.1.- ANUNCIOS
El llamado a contratación se anunciará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de un (1) día, con una antelación no menor a dos (2) días de la fecha de apertura.
Se cursarán invitaciones a Proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). Las invitaciones se cursarán de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Anexo I del Decreto N° 326/17.
La adjudicación se notificará al adjudicatario y a todos los oferentes a través del BAC y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de un (1) día conforme lo establecido en la normativa vigente.
6.2.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR
Podrán participar en la presente contratación las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que reúnan las condiciones que se exigen en la normativa vigente en función del objeto de la contratación y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en la normativa aplicable, de conformidad con lo establecido en los artículos 97 –Personas habilitadas para contratar-y 98- Personas no habilitadas- de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su reglamentación. Los interesados deberán aceptar los términos de la Declaración Jurada según lo dispuesto en el artículo 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a través de los formularios disponibles en BAC.
6.3.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Sólo tiene derecho a formular consultas el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, conforme lo establecido en el Decreto Nº 326/17.
Las consultas deberán realizarse mediante BAC hasta DOS (2) DÍAS previo a la apertura de ofertas.
Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la contratación electrónica, serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con lo previsto en el Artículo 85 del Anexo I Decreto Nº 326/17.
6.4.- COTIZACIÓN
Deberá completar la oferta económica a través de los formularios disponibles en el sistema BAC.
Deberá contemplarse lo establecido en el Artículo 10 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, por lo cual debe incluirse el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) en el precio cotizado. La moneda de cotización será el peso moneda de curso legal en la República Argentina).
Asimismo, deberá ingresarse en el BAC como anexo adjunto el presupuesto desagregado conforme se detalla a continuación:
a) Deberá individualizarse el valor unitario (por unidad de medida mes) y el monto total del Renglon.
b) Deberá individualizarse el monto total de la oferta.
c) Los valores de la oferta deberán expresarse en letras y números.
El renglón que se contrata en el presente procedimiento es el siguiente:
RENGLÓN | DENOMINACIÓN | CANTIDAD |
1 | SERVICIO DE SEGUIMIENTO VAHICULAR MEDINATE TECNOLOGÍA GPS | 1 |
SE DEJA CONSTANCIA QUE LA COTIZACIÓN SERÁ EN UN ÚNICO RENGLÓN Y POR UNA FLOTA DE 30 VEHÍCULOS CON CAPACIDAD PARA AMPLIAR HASTA 5 VEHICULOS MAS SIN COSTO ADICIONAL.
SE DEJA CONSTANCIA QUE EN CASO DE DIFERIR EL VALOR CONSIGNADO, ENTRE EL PRESUPUESTO DOCUMENTO ANEXO Y EL CARGADO EN EL BAC, SE ESTARÁ AL VALOR INGRESADO EN LA GRILLA DEL BAC.
El oferente deberá presentar junto con la oferta la estructura real de costos que respalda el precio mensual del renglón ofertado, de conformidad con el Anexo III del presente pliego “Modelo Estructura de Costos”. De ella debe surgir:
1. El detalle de los costos directos e indirectos que la componen,
2. La incidencia impositiva y la utilidad prevista:
3. El precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos.
Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente.
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato (Artículo 5° de la Ley N° 2809, Texto consolidado por Ley Nº 5666)
Asimismo, el oferente deberá presentar, junto con la oferta económica, la planilla de cotización y estructura de costos que respalda la oferta con cada uno de los ítems que la componen, en formato EXCEL.
6.5.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentado con todas las previsiones que expresamente requiera el presente pliego y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
TODA la documentación anexada por BAC que componga la oferta debe tener consignado el nombre de la empresa oferente.
La apertura de ofertas se efectuará a través del BAC, liberándose las ofertas el día establecido para la fecha y hora límite de recepción de ofertas, en el acto administrativo de convocatoria y en el cronograma registrado en el Portal de Compras xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura.
6.6.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un plazo de CUARENTA (40) DIAS a contar desde la fecha límite para la recepción de ofertas. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial (artículo 104 Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326/17).
6.7.- OBLIGACIONES DEL OFERENTE
El Oferente deberá presentar junto con la oferta:
a) Aceptación de las condiciones de la Declaración Jurada para contratar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y los términos del Anexo I -Declaración Jurada de Aptitud para contratar -.
b) Autorización de acreditación de pagos xxx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuenta bancaria. (Anexo II xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales);
c) La planilla de cotización y estructura de costos que respalda la oferta con cada uno de los ítems que la componen, en formato EXCEL, conforme se establece en el punto 6.4 del presente pliego;
d) Xxxxx documentación requerida en los pliegos que rigen la contratación.
6.8.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se evaluarán teniendo en cuenta los antecedentes de los oferentes, el cumplimiento de la normativa exigida y de las especificaciones técnicas, las ofertas
económicas presentadas y los demás aspectos formales contenidos en las propuestas, conforme lo establecido en el artículo 108 de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17.
Serán rechazadas aquellas ofertas que no se ajusten estrictamente a las exigencias formales y materiales exigidas en los Pliegos de la presente contratación, que resulten sustanciales para la evaluación de la aptitud de los oferentes y de las ofertas presentadas, sin perjuicio de la facultad del organismo contratante de requerir que se subsanen deficiencias insustanciales.
6.9.- ADJUDICACIÓN
El GCBA resolverá mediante acto administrativo en forma fundada la adjudicación.
Los recursos contra la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo prescripto por la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Se deja constancia que en el pliego del Sistema Buenos Aires Compras se consigna como tipo de adjudicación de la presente contratación “parcial” por renglón y “parcial” por cantidad de renglón, por razones operativas de dicho sistema, a fin de permitir la adjudicación por una cantidad menor, en caso de ejercerse la prerrogativa otorgada por el artículo 108 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326/17.
6.10.- PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación se notificará al/los adjudicatario/s y a todos los oferentes a través del BAC y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de un (1) día conforme lo establecido en la normativa vigente.
7.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
La empresa adjudicataria deberá:
a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato.
b) Efectuar la prestación del servicio objeto de la presente Contratación, de conformidad con las previsiones del presente Pliego, con sujeción al Anexo I – Especificaciones Técnicas y la oferta adjudicada.
c) Cumplir con todas las demás obligaciones establecidas en el presente pliego y su Anexo I Especificaciones Técnicas, y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
7.1- CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario se compromete a no divulgar, utilizar, ni revelar a otros los datos e información a los que tenga acceso, obtenidos con motivo de la presente contratación, ya sea intencionalmente o por falta de cuidado adecuado en su manejo, en forma personal o bien a través de sus empleados, agentes y/o subcontratistas y manejar la información con carácter confidencial de la misma manera que maneja la información propia de carácter confidencial, la cual bajo ninguna circunstancia podrá estar por debajo de los estándares aceptables de debida diligencia y prudencia.
Las obligaciones asumidas en el presente acuerdo se hacen extensivas a los prestadores, contratistas, subcontratistas, empleados, agentes y/o cualquier otra persona vinculada con el Adjudicatario por cualquier incumplimiento por parte de aquellos.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones asumidas en el presente punto, ya sea en forma personal o a través de las personas precedentemente mencionadas, lo hará responsable de los daños y perjuicios que dicho incumplimiento genere.
El deber de confidencialidad se extiende aún con posterioridad a la finalización de contrato.
Juntamente con la suscripción de la Orden de Compra el/los Adjudicatario/s deberá/n suscribir el Convenio de Confidencialidad cuyo modelo, individualizado como Anexo III, forma parte del presente Pliego.
A tal efecto el mismo será firmado por el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud y el Apoderado o Representante Legal de la firma.
8.- PLAZO DE LA CONTRATACIÓN
a) Plazo de Contratación: El plazo de la contratación será por el término de doce (12) meses computados a partir del inicio de la prestación que operará una vez instalados los GPS en la totalidad de los vehículos afectados al servicio.
b) Inicio de la Prestación del Servicio: El adjudicatario deberá instalar los equipos en un plazo de 05 días computados a partir del perfeccionamiento del documento contractual.
Los lugares de prestación del servicio será consignado en la Orden de Compra, junto con el detalle de los vehículos afectados para dicho servicio. Los mismos serán dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Quedan a cargo exclusivo de la empresa adjudicataria, los gastos de transporte necesarios a los efectos de dar cumplimiento con el objeto de la contratación.
9.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
9.1 El adjudicatario debe contar con seguros de responsabilidad civil por los daños y perjuicios que, en ocasión de la prestación del servicio, se ocasionara al GCBA, su personal y/o terceros; así como las consecuencias en caso de omisión.
9.2 Todo el personal afectado al Servicio estará bajo exclusivo cargo del Adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otro gasto sin excepción, vinculado con la prestación del Servicio, no teniendo en ningún caso, el mismo, relación de dependencia con el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Por otra parte queda debidamente entendido que este Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el Adjudicatario y el personal que este ocupare para ejercer la actividad que se le ha contratado y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos Organismos Estatales vinculados con transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de Convenios de Trabajo en vigencia.
El adjudicatario implementará las medidas de seguridad que sean necesarias, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.
10.- TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO
El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario, el contrato se dará por rescindido en los términos dispuestos en el artículo 134 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666). El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato.
11.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES
Los contratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento del contrato; b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales; y, c) Rescisión del contrato por su culpa; de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario.
Asimismo, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo XIII de la citada normativa.
El GCABA podrá dictar el acto administrativo que decida la aplicación de penalidades y/o sanciones por incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato; aun cuando al tiempo de su materialización el contrato se encontrara extinguido y/o rescindido.
12.- CAUSALES DE RESCISIÓN
El GCABA podrá rescindir unilateralmente el contrato por culpa del adjudicatario en los supuestos previstos en la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5666) y demás supuestos contemplados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Sin perjuicio de ello, serán causales de rescisión:
a) La quiebra o concurso preventivo del adjudicatario. En este último supuesto, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones, el GCABA resolverá sobre la continuidad contractual si hubiere prestaciones contractuales pendientes de ejecución;
b) Cuando el adjudicatario incurra en fraude o negligencia en cuanto a las obligaciones estipuladas en el contrato;
c) Cuando en la oferta se hubiere incurrido en inexactitudes, que hayan sido determinantes para la adjudicación;
13.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
En el caso de que se produjera la extinción del contrato por cualquier causa, ello producirá la extinción de todos los contratos accesorios celebrados en el marco de la presente contratación.
El contrato se extingue por el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de conformidad con las previsiones de la documentación contractual.
Asimismo, el contrato quedará extinguido: a) por mutuo acuerdo entre las partes; b) modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCABA; c) por caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por el adjudicatario; d) Toda otra causal de revocación o rescisión del contrato con o sin culpa del proveedor prevista en la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666) y su decreto reglamentario y en el presente Pliego.
14.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN.
Los siguientes instrumentos constituyen la documentación contractual, y en caso de divergencia se establece el orden de prelación detallado a continuación:
a) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus circulares aclaratorias, si las hubiere;
b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares si las hubiere;
c) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;
d) El Acto Administrativo aprobatorio de la Adjudicación;
e) Orden de Compra.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro xxx xxxxxxxx y finalidad del objeto de la Contratación.
15.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
El régimen de redeterminación de precios de la presente contratación se rige por la Ley N° 2809 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su reglamentación.
SERVICIO DE SEGUIMIENTO VEHÍCULAR | ||
ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA PARA LA REDETERMINACIONES DE PRECIOS | ||
RUBROS | INCIDENCIA (%) | FUENTE DE INFORMACIÓN |
Mano de Obra Directa | 70% | ÍNDICE XX XXXXXXX PRIVADO REGISTRADO DEL INDEC |
Gastos Generales | 30% | ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) 7.2.1 – NIVEL GENERAL - INDEC |
TOTAL | 100% |
16.- XXXXX XXXXXXXXXX
De conformidad con lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobadas por Decreto Nº 496/17, la autorización y el compromiso de gastos quedan subordinados al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos anuales.
ANEXO I ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Se propocia la contratación que nos ocupa en base a las especificaciones que se detallan a continuación;
a) Provisión e instalación a cargo del adjudicatario de los dispositivos de rastreo satelital GPS;
Se encuentra a cargo del adjudicatario verificar el correcto funcionamiento de los equipos y efectuar el cambio de los mismos en el supuesto de desperfectos
b) Servicio de Monitoreo vehicular todos los días de manera ininterrumpida;
c) Servicio de Monitoreo vehicular vía web, accesible por los usuarios del Ministerio de Salud: -A tal efecto, se deberá habilitar un mínimo de 2 usuarios o alias, los cuales serán comunicados por el Ministerio de Salud en forma fehaciente al adjudicatario, como así también toda modificación que se produzca con respecto de los usuarios durante la vigencia del contrato.
d) Información online xx Xxxx, Historial, Posición actual y Velocidad por cada vehículo incluido en el servicio.
e) Posicionamiento sobre mapa Digitalizado o Satelital
f) Reporte de posición permanente de cada vehículo con una frecuencia no mayor a 60 segundos
g) Posibilidad de almacenar hasta 2000 posiciones históricas.
h) Posibilidad de que el usuario del Ministerio de Salud genere sus reportes online
i) Al finalizar el contrato, de ser necesario el retiro del equipo de rastreo satelital, la forma y modalidad deben ser especificadas al momento de la oferta.
ANEXO II
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
Entre la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “XXXX”, con domicilio en XXXX, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en esta acto por el/la XXX, por una parte y por la otra, “XXX”, en adelante XXX , con domicilio en XXX, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el Señor XXX, en su carácter de XXX, en conjunto “LAS PARTES”, acuerdan en el marco del Expediente Electrónico N° XX.XXX.XXX/MGEYA-DGADCYP/XXXX referido a la Licitación Pública Nº 401-XXXX-CME18 para la “…………………………………………………….…….”, en adelante “LA CONTRATACIÓN”, celebrar el presente Convenio de Confidencialidad, en adelante “El CONVENIO”, el que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “xxx” se obliga a mantener en secreto y no revelar ninguna información a la que tenga acceso, directa o indirectamente, como consecuencia de la adjudicación de “LA CONTRATACIÓN”. Se deja constancia que la obligación también se extiende a los terceros que intervengan por autorización de “xxx”. En tal sentido, “EL CONVENIO” se suscribe a los fines de que “XXX” resguarde bajo la más estricta confidencialidad la “INFORMACIÓN” a la cual acceda en el marco o con motivo de “LA CONTRATACIÓN”.
A los fines de “EL CONVENIO”, se designa con el nombre genérico de “INFORMACIÓN” a cualquier tipo de dato y/o conocimiento relacionado directa o indirectamente con “LA CONTRATACIÓN”.
SEGUNDA: “XXX” se compromete a no utilizar la “INFORMACIÓN” a la que tenga acceso en beneficio propio o de terceros, ni utilizarla con finalidades distintas o incompatibles con aquellas que motivaron su obtención.
TERCERA: “XXX” se compromete en forma personal a adoptar las medidas necesarias que individualmente pudieran corresponderle para garantizar la seguridad y confidencialidad de la “INFORMACIÓN” que tuviere acceso.
CUARTA: “XXX” no utilizará ni permitirá el uso de la “INFORMACIÓN” que acceda en el marco o con motivo de la contratación mencionada, ni divulgará, ni permitirá que se divulgue su contenido a cualquier persona, agente, empleado o representante ajeno a “XXX”.
QUINTA: El incumplimiento de este acuerdo por parte de “XXX”, lo hará responsable de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar la difusión de datos no autorizados. En tales supuestos el “GCBA.” podrá iniciar las acciones civiles y penales que pudieren corresponder.-
SEXTA: Los términos del presente acuerdo serán interpretados en consonancia
con la Ley N° 1.845 de Protección de Datos Personales (Texto consolidado por Ley N° 5.666).
SÉPTIMA: En el caso que a “XXX” le fuere requerida por un Tribunal judicial, “INFORMACIÓN” objeto del presente convenio o cualquier parte de ella, notificará a la “xxx” en forma previa a su entrega.
OCTAVA: La obligación de confidencialidad a que se refiere el presente Convenio seguirá vigente por parte de “XXX” aún con posterioridad a la finalización de “LA CONTRATACIÓN”.
NOVENA: A los efectos del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el encabezado de “El CONVENIO”, dejándose establecido que las notificaciones judiciales dirigidas al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, deberán cursarse en la calle Uruguay 458, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento de Oficio Judiciales y Cédulas (conforme artículo
20 de la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.A.B.A. N° 2.430).
DÉCIMO Las partes intentarán resolver las discrepancias que puedan surgir en la ejecución del presente convenio de mutuo acuerdo. Para el caso de controversia judicial, “LAS PARTES” se someten a la competencia de los Tribunales Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles.------
En prueba de conformidad y bajo las precedentes condiciones, previa lectura y notificación suscriben las partes el presente convenio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días xxx del mes de xxx de 20XX, en tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 28/DGADCYP/18 (continuación)
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO III
MODELO ESTRUCTURA DE COSTOS
ESTRUCTURADE COSTOS - MODELO
Costos Directos
% Índice asociado - Fuente
Mano de Obra (Incluye cargas sociales) $ ………. …… ……
Materiales $ ………. …… ……
Equipos $ ………. …… ……
Sub Total COSTOS DIRECTOS $ ………. (A) …… ……
Costos Indirectos | |||
Gastos Generales Gastos Financieros Gastos Administrativos | $ ………. $ ………. $ ………. | …… …… …… …… …… …… | |
Sub Total COSTOS INDIRECTOS | $ (B) | …… …… | |
Sub Total COSTOS | $ (C)= (A) + (B) | …… …… | |
Beneficio | |||
% de (C) | $ (D) | …… …… | |
Impuestos | % de (C + D) | $ (E) | …… …… |
Precio Unitario | $ (C)+(D) + (E) | …… …… |
FIN DEL ANEXO