CONTRATO No. 100-2019. CLASE DECONTRATO CONTRATO DE COMPRAVENTA CONTRATANTE SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.NIT: 890.205.335 - 2R/L: FREDY EDUARDO FONSECA SUÁREZGerente. CONTRATISTA REPREFARCOS S.A.S Nit: 901.214.435-8R/L:GLORIA ISABEL MUÑOZ DE...
CONTRATO No. | 100-2019. |
CLASE DE CONTRATO | |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Gerente. |
CONTRATISTA | REPREFARCOS S.A.S Nit: 901.214.435-8 R/L:XXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX CC:63.302.877 de Bucaramanga (Santander) Dirección: xxxxxxx 00 Xx 00-00 -Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Teléfono: 6344286-6343298, Celular: 0000000000 Correo Electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx |
OBJETO | “COMPRA DE EQUIPOS BIOMEDICOS PARA EL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.” |
PLAZO DE EJECUCION | Será de ocho (08) días, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. |
VALOR | VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($ 22.868.657,00) M/Cte., IVA incluido |
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del Municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.743.021 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 0146 de 7 de Febrero de 2019, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 13 de Febrero de 2019, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No.06 xx Xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte y por la otra XXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No. 63.302.877 expedida en Bucaramanga (Santander), en su calidad de Representante legal de REPREFARCOS S.A.S, Nit 901.214.435-8, con certificado de existencia y representación legal expedida por la Cámara de Comercio de Bucaramanga, Matricula Mercantil No.00-000000-00 del 2018/09/18, renovada en Marzo 14 de 2019 y quien afirma hallarse legalmente capacitada, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E y demás normas aplicables a la materia y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Encargado de recursos Físicos y
médico general del Sanatorio de Contratación E.S.E., que registran los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.2.1 del artículo
31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de Contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, y teniendo en cuenta que se trata de contratar la compra de bienes cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “MINIMA CUANTIA CON INVITACION DIRECTA”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que cumpla los requisitos exigidos en el estudio previo, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 3) Que por lo anterior, se invitó de manera directa a presentar oferta a REPREFARCOS S.A.S., identificado con el NIT 901.214.435-8, representada legalmente por la señora XXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía No. 63.302.877 expedida en Bucaramanga (Santander), que una vez analizada, se consideró que era la más adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos y no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 4) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato, según consta en el certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) No.19-00681 de fecha cinco (05) de diciembre de 2019, expedido por el Jefe de Presupuesto de la Entidad. 5) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: “CLAUSULA PRIMERA. OBJETO: “COMPRA DE EQUIPOS BIOMEDICOS PARA EL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.”.PARAGRAFO 1-ALCANCE DEL OBJETO. De conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato y según la siguiente relación:
EQUIPO | DESCRIPCION | CANT | MARCA | VALOR UNIT. IVA INCLUIDO | TOTAL CON IVA |
CORTADORA DE GASA | CORTADORA DE TELA CIRCULAR TEXTIL RC100, DE 110V | 1 | KINGTER | $658.749 | $658.749 |
OXIMETRO DE PULSO | PORTÁTIL, PANTALLA LED DE DOS COLORES, GIRO DE PANTALLA 360°, APAGADO AUTOMÁTICO, CONSUMO DE BATERÍAS AAA | 10 | JZIKI | $80.537 | $805.370 |
BALANZA DIGITAL DE PISO PARA TELEMEDICINA | - CONECTIVIDAD EMR POR USB - GRAN PANTALLA LCD DE 31.75 MM (1- 1/4”) - PLATAFORMA DE PERFIL BAJO - CAPACIDAD: 200 KG / 440 LIBRAS - RESOLUCION: 0.05 KG / 0.1 LIBRA - PANTALLA: LCD DE 31.75 MM (1-1/4”) - FUENTE DE ALIMENTACION: 2 | 3 | HEALTH | $583.695 | $1.751.085 |
BATERIAS DE LITIO DE 3 VOLTIOS (INCLUIDAS) - CONECTIVIDAD: USB - FUNCIONES: INTERRUPTOR DE LB/KG, CERO AUTOMATICO, RETENCION DE PESO POR 5 SEGUNDOS, APAGADO AUTOMATICO - PESO: 8.28 KG (18.25 LIBRAS) - DIMENSIONES: TAMANO DE LA PLATAFORMA: 321 MM (ANCHO) X 321 MM (PROF.) X 48 MM (ALTO) /12 5/8" (ANCHO) X 12 5/8" (PROF.) X 1 7/8" (ALTO) | |||||
ELECTROCARDIÓGRAFO | MODELO SE601C, DE 6 CANALES, PANTALLA A COLOR Y TÁCTIL | 1 | EDAM | $5.918.124 | $5.918.124 |
EQUIPO DE PEQUEÑA CIRUGÍA | PINZA DE DISECCIÓN SIN GARRA 14.5CM, XXXXXXX RECTA, PORTA AGUJAS MAYO XXXXX, XXXXX XXXXX CURVA 14CM, PINZA MOSQUITO CURVA 12,5 CM, TIJERA XX XXXX RECTA 14,5CM, TIJERA METZEMBAUM CURVA 15CM. | 2 | DIMEDA | $712.376 | $1.424.752 |
REGULADOR PARA OXIGENO MEDINAL ADULTO | REGULADOR O2 MANOM 2" 2-15 LPM R-501 | 3 | AIR IMETAN | $549.821 | $1.649.463 |
TENSIÓMETRO ADULTO | TENSIÓMETRO DE ANEROIDES ADULTO DURASHOCK BRAZALETE DE 2 VIAS | 10 | XXXXX ALLYN | $348.098 | $3.480.980 |
TENSIÓMETRO PEDIÁTRICO | TENSIÓMETRO DE ANEROIDES DURASHOCK BRAZALETE DE 2 PIEZAS | 2 | XXXXX ALLYN | $516.412 | $1.032.824 |
FONENDOSCOPIO ADULTO REF 4210-01 | DOS SERVICIOS. MODELO DUPLEX-2.0 - CAMPANA EN ACERO INOXIDABLE UNIDAD USO: AUSCULTACION A PACIENTES EN CLÍNICAS, HOSPITALES, CONSULTORIOS MÉDICOS - COLOR NEGRO BLACK EDITION USO: ADULTO - COLOR: NEGRO BLACK EDITION - SISTEMA ACUSTICO PARA AUSCULTACION -DOBLE CAMPANA DE PRECISION EN ACERO INOXIDABLE. - LONGITUD TOTAL 74 CM Y PESO DE 151 G EN ACERO INOXIDABLE Y 97 G EN ALUMINIO. -LIBRE DE LATEX | 10 | XXXXXX | $320.110 | $3.201.100 |
FONENDOSCOPIO PEDIÁTRICO REF 4051 | FONENDOSCOPIO (ESTETOSCOPIO) DE DOS SERVICIOS. MODELO DUPLEX, - | 1 | XXXXXX | $136.421 | $136.421 |
COLOR AZUL USO: NEONATAL CARACTERISTICAS : DIAFRAGMA EN ALUMINIO JUEGO XX XXXXXX BLANDAS | |||||
BALA DE O2 | - CAPACIDAD: 415 LITROS (0,415 M3) - VALVULA CGA 870 - SIN CONTENIDO DE OXIGENO - PRESION DE CARGA 2000 PSI - DURABILIDAD Y RESISTENCIA A LA CORROSION - CUELLO COLOR BLANCO - DIÁMETRO: 111 MM - LONGITUD: 413 MM - PESO: 2.3 KG | 1 | XXXXXX | $387.290 | $387.290,00 |
EQUIPO DE ÓRGANOS | EQUIPO DE ÓRGANOS CON LUZ LED IDEAL PARA LAS INSTITUCIONES HOSPITALARIAS Y HOSPITALES PORQUE TIENE UNA DURACIÓN DE 20.000 HORAS CONTINUAS DE USO. ·EQUIPO CON CABEZALES DE OTOSCOPIO Y OFTALMOSCOPIO DE 3.5V ·LOS DISPOSITIVOS DE 3.5V PERMITEN HACER EL CAMBIO DE LOS CABEZALES Y REALIZAR EL CAMBIO DEL BOMBILLO LO CUAL PROLONGA LA VIDA ÚTIL DEL DISPOSITIVO. ·CABEZALES REMOVIBLES DE FÁCIL MANIPULACIÓN ·EQUIPO DE ÓRGANO CON OTOSCOPIO REF. 20000L Y OFTALMOSCOPIO 11720L ·EQUIPO TRAE SET DE 4 ESPÉCULOS REUSABLES 2.5; 3; 4 Y 5MM ·MANGO DE BATERÍAS RECARGABLES DE NIQUEL- CADMIO REF. 71000-C ·MANGO TRAE UN ARO CONVERTIDOR PARA UTILIZAR CON DOS ALTERNATIVAS COMO LA BATERÍA RECARGABLE Y CON BATERÍAS TIPO C ·MANGO CON CONSTRUCCIÓN ALEACIONES DE BRONCE CROMADO PARA DURABILIDAD Y VIDA ÚTIL CONFIABLE. ESTE MANGO VIENE ESTRIADO, SUAVE Y NO ABRASIVO ASEGURANDO UNA SUJECIÓN | 1 | XXXXX ALLYN | $2.422.499 | $2.422.499 |
ANTIDESLIZABLE. ·EL DISPOSITIVO VIENE EN UN ESTUCHE RÍGIDO PARA PROTECCIÓN Y DURABILIDAD DEL EQUIPO | |||||
VALOR TOTAL IVA INCLUIDO | $22.868.657 |
PARAGRAFO 2- CARACTERÍSTICAS O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS
BIENES A ADQUIRIR.El contratista deberá presentar con su oferta los siguientes documentos de orden técnico a) Ficha técnica de los bienes ofertados. A cada equipo biomédico se debe anexar las fichas técnicas de cada uno de ellos en donde se evidencie que cumple con las especificaciones técnicas requerida. En ningún caso se aceptaran productos refaccionados o re potencializados, estos deben ser nuevos. b) Registro sanitario del INVIMA de los equipos que se requieran. El contratista deberá adjuntar copia legible del registro sanitario INVIMA por cada uno de los ITEMS ofrecidos, en caso de que lo requiera. c) Certificado de garantía de los equipos. El contratista debe presentar la garantía mínimo de un (01) año por cada una de los bienes de la dotación hospitalaria a adquirir. CLAUSULA SEGUNDA. VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($ 22.868.657,00) M/Cte., IVA incluido. Dentro de dicho valor se encuentra comprendido, en general la totalidad de los costos en que incurre EL CONTRATISTA para el cumplimiento del objeto contractual. FORMA DE PAGO: El valor del contrato será cancelado mediante un único pago o contra entrega de los bienes, previa presentación de cuenta de cobro o factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por el funcionario encargado de la Supervisión del Contrato y constancia de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA. PLAZO DEL CONTRATO: el plazo de ejecución del presente contrato será de ocho (08) días, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. CLAUSULA CUARTA. DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual, todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato mediante el supervisor designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el
contrato. CLAUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo estipulado. b)Cumplir con la cantidad, características y calidad de los equipos biomédicos acordados en el contrato dentro de las instalaciones del Sanatorio de Contratación E.S.E. conforme a los requerimientos exigidos y deberá adjuntar la documentación de importación de los equipo para aquellos que les aplique. c) El Contratista debe entregar el manual de manejo de las los equipos biomédicos y el manejo preventivo en español. d)En caso de presentarse el reporte de algún defecto o daño de los equipos biomédicos al momento de ser entregados en la entidad, el contratista se compromete en realizar el respectivo cambio oportuno con las mismas especificaciones solicitadas sin costo adicional. e) Proveer los repuestos de los diferentes equipos biomédicos a adquirir y dar trámite oportuno en la diligencia del mismo con el fabricante en caso que se observe daños de fabricación durante el término de la garantía y sin costo adicional. f) Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo. g) Dar curso a las directrices impartidas por la supervisión del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. h) Estar al día con el pago de la Seguridad Social Integral y Parafiscales, si a ellos hubiere lugar; de todo el equipo encargado de la ejecución del contrato. i) Asumir los gastos que genere el futuro contrato. j) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. k) Proporcionar el protocolo para el buen uso de los equipos biomédicos a adquirirse. l) Todos los costos en los que incurra el contratista (pasajes, fletes, viáticos, etc.) estará a su cargo y en ningún caso ocasionara pago alguno por parte del Sanatorio de Contratación E.S.E. m) El contratista se compromete a realizar entrega de los equipos biomédicos solicitados en el Sanatorio de Contratación E.S.E, con domicilio contractual en la calle 3- N° 2-72. En óptimas condiciones el cual debe presentarse con un embalaje adecuado que asegure la calidad de los mismos durante el transporte. n) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual.CLAUSULA SÉPTIMA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2019, Rubro APN:A.02.01.01.004.08, APARATOS MEDICOS INSTRUMENTOS OPTICOS Y DE PRECISION RELOJES y RP:A.02.01.01.004.08, APARATOS MEDICOS
INSTRUMENTOS OPTICOS Y DE PRECISION RELOJES, de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.19–00681, de fecha cinco (05) de diciembre de 2019, expedido por el Jefe de presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA OCTAVA. SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato será efectuada por el
Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación y como apoyo técnico un Medico del Sanatorio de Contratación E.S.E., con el visto bueno del técnico de mantenimiento de Equipo Biomédico, quienes tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E., además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA. SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las
diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA. GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Manual Interno de Contratación de la entidad, el contratista deberá suscribir a favor del Sanatorio de Contratación ESE, una Póliza de Cumplimiento, con los siguientes amparos:
a) Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. El valor de la garantía será igual al veinte por ciento (20%) del valor del contrato con una vigencia igual a la del contrato y Seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados. El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de (i) la mala calidad o insuficiencia de los productos suministrados con ocasión del contrato, o (ii) de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato. El valor de la garantía deberá ser igual al veinte por ciento (20%) del valor del contrato con una vigencia igual al mismo y Seis (6) meses más. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA. CLAÚSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA. CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante.
CLAUSULA DÉCIMO TERCERA. CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las
causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA. DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA. CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El
CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO. Forma parte
integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E., la constitución y aprobación de las Garantías exigidas y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los seis (06) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2.019).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(Original Firmado)
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX. XXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX.
Gerente C.C. No. 63.302.877 de Bucaramanga
Sanatorio Contratación E.S.E. R/L REPREFARCOS S.A.S
Proyectó: | Xxxxxx Xxxxx xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Asesora Jurídico |