FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA
FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN POR PARTE DE LA FUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, DE LA ORGANIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE LAS ACTUACIONES ARTÍSTICAS PARA LAS FIESTAS PATRONALES DE MOGUER AÑO 2016.
1.- OBJETO Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El objeto del presente Xxxxxx es regular la contratación por procedimiento negociado de la organización y producción de las actuaciones artísticas para las fiestas patronales de Ntra. xx Xxxxxxxxxx, que tendrán lugar del 7 al 11 de Septiembre del presente año 2.016 conforme a las características que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El contrato tiene la calificación de contrato privado de espectáculo público, de conformidad con el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
El presente Pliego de cláusulas administrativas particulares, el Pliego de prescripciones técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de cláusulas administrativas particulares, que se considerará parte integrante del contrato.
2.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
La forma de adjudicación del contrato, por tramitación ordinaria, será el procedimiento negociado con publicidad, con varios aspectos de negociación para la valoración de las proposiciones, en el que la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el Órgano de contratación, tras negociar las condiciones del contrato con uno o varios candidatos, de acuerdo con el artículo 169.1 del TRLCSP.
La convocatoria de la licitación se anunciará en el perfil del contratante, con arreglo al artículo 177.2 en relación con el artículo 142.4 del TRLCSP
3.- PRECIO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACIÓN.
El precio del presente contrato asciende a la cantidad de 48.500,00
€ I.V.A incluido
No se admitirán ofertas superiores al precio señalado, que servirá de tipo de licitación.
El precio se abonará con cargo a la partida 338.226.09 del vigente Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura, existiendo crédito suficiente.
La forma de pago será mediante transferencia bancaria una vez finalizada las Fiestas Patronales-2016.
Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden tanto el precio del contrato como los gastos de transporte, montaje e instalación de los elementos correspondientes a las diferentes actuaciones, el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes. La cantidad correspondiente al IVA figurará como partida independiente.
4.- GARANTÍAS EXIGIBLES.
• Provisional: No es exigible.
• Definitiva: El licitador que resulte propuesto para la adjudicación deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación.
5.- CONDICIONES DE LOS LICITADORES.
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén
incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne toda y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
6.- PROCEDIMIENTO NEGOCIADO. SOLICITUD DE OFERTAS.
De acuerdo con el artículo 80.6 del Real Decreto 1098/2001, en el procedimiento negociado las ofertas se presentarán ante el Órgano de contratación en los plazos y en la forma que se determine en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
En la oferta económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
Cada licitador solamente podrá presentar una oferta económica, no siendo admitidas las proposiciones económicas por importe superior al presupuesto previamente aprobado.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá ésta última.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para la oferta.
7.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
De acuerdo con el artículo 80.6 del Real Decreto 1098/2001, en el procedimiento negociado las ofertas se presentarán ante el Órgano de contratación en los plazos y en la forma que se determine en el Pliego de cláusulas administrativas particulares.
Las proposiciones para optar a la adjudicación del contrato se presentarán en mano, en el Departamento de Secretaría del Excmo. Ayuntamiento de Moguer, en horas de 10,00 a 14,00, sito en Plaza xxx
Xxxxxxx nº 1, 21800 de Moguer, durante el plazo que se indique por el órgano de contratación en el anuncio de licitación, que será al menos de 10 días naturales, contados desde el día siguiente al que se publique el anuncio de licitación.
8.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA PARA LA LICITACIÓN.
Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en tres sobres lacrados y precintados, con el nombre del licitador y firmados por el mismo, con indicación del domicilio a efectos de notificaciones; en cada sobre se hará constar el objeto del contrato y la denominación del sobre.
La denominación de los sobres es la siguiente: 1º.- Sobre A (Documentación Administrativa)
2º.- Sobre B (Documentación dependiente de un juicio de valor) 3º.- Sobre C (Documentación evaluable de forma automática)
En el Sobre A (Documentación Administrativa) se deberán incluir los siguientes documentos:
1).- Una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, conforme al artículo 146.4 del TRLCSP.
2).- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
3).- Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
4) Certificado positivo de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones económicas con el Ayuntamiento de Moguer.
5).- Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación constituyendo agrupación temporal, el Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas.
Las certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberán estar vigentes en la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
En todo caso, la Mesa de Contratación se reserva la posibilidad de solicitar documentación adicional o aclaración a la documentación aportada.
El sobre B (Documentación dependiente de un juicio de valor) contendrá la propuesta de actuaciones con la documentación que permita su valoración en relación con los criterios de adjudicación, esto es:
a) Idoneidad de las actuaciones propuestas.
b) Mejoras (actuaciones, animaciones, actividades otros servicios)
El sobre C (Documentación evaluable de forma automática)
contendrá:
1) La oferta económica redactada conforme al MODELO DE PROPOSICIÓN que figura al final xxx Xxxxxx, debidamente fechada y firmada.
9.- ASPECTOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN Y CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.
Para la adjudicación se tendrán en cuenta los siguientes criterios a valorar en su conjunto:
a) Propuesta actuaciones (artista profesional, orquestas, tríos, charangas, Gala Infantil, Dj etc), para los días 7,8,9,10 y 11 de Septiembre de 2016, definido en el Pliego de prescripciones técnicas (Sobre B): hasta 40 puntos.
b) Mejoras (actuaciones, actividades y otros servicios) (Sobre B): hasta 25 puntos.
Se valorarán las ofertas de acuerdo a los siguientes criterios:
- Proposición presentada con la mejor oferta económica (Sobre C): hasta 35 puntos.
Al resto de ofertas se les otorgará la puntuación de acuerdo con la siguiente fórmula matemática:
Nº de puntos del licitador = puntuación máxima del apartado x Precio ofertado más bajo / Precio ofertado por el licitador. El cálculo se efectuará con dos decimales.
10.- MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PLICAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se designarán las personas que compondrán la Mesa de contratación de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, del TRLCSP.
A) Calificación previa de la documentación.
Con anterioridad al acto público de apertura de proposiciones, la Mesa de contratación se reunirá, en acto privado, para la calificación de la documentación administrativa y de solvencia incluida en el Sobre “A”, admitiendo o rechazando, motivadamente, las proposiciones siempre que se hayan presentado en tiempo y forma.
A tal efecto, el Presidente ordenará la apertura del referido Sobre “A”, y el Secretario de la Mesa certificará la relación de documentos contenidos en cada uno de ellos.
Si la Mesa de Contratación observare defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, y comunicándolo por fax o correo electrónico, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador corrija el error.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la Mesa procederá a determinar las empresas que cumplen los requisitos exigidos, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y las causas de su rechazo. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se determinará la exclusión del licitador con expresión de la causa. De igual
forma quedará excluido automáticamente el licitador que en plazo no subsane los errores que se le hubieran indicado. Todas estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores en el acto público de apertura de las proposiciones técnicas.
B) Apertura de los Sobres “B”. Solicitud de informes.
Conforme al artículo 27 del Real Decreto 817/2009, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de las proposiciones contenidas en el Sobre “B”, en un acto de carácter público, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa.
A continuación se pondrá en conocimiento de los presentes el número de proposiciones recibidas y el nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
El Presidente de la Mesa manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones rechazadas y la causa de su inadmisión y de las proposiciones admitidas, pudiendo entonces los empresarios no admitidos formular las observaciones que estimen oportunas.
No obstante, las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.
Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o durante el de corrección o subsanación de defectos u omisiones. Seguidamente, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los Sobres “B”.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variara sustancialmente los modelos establecidos, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será
desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
No son subsanables los defectos o errores de que pudieran adolecer los documentos que han de contenerse en el Sobre “B”, siendo motivo de rechazo de la proposición la inclusión en él de criterios que deban incluirse en el Sobre “C”.
Acabada la apertura de todas las proposiciones se levantará la sesión sin efectuar adjudicación de ningún tipo, dejándose constancia documental de todo lo actuado, e iniciándose el estudio técnico de las ofertas, para lo cual la Mesa solicitará los informes que considere precisos.
A tal fin, el Secretario de la Mesa de Contratación foliará y levantará diligencia del contenido de los Sobres y remitirá su contenido a los técnicos competentes para su evaluación y valoración.
La ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor se dará a conocer en el acto público de apertura de las proposiciones económicas.
C) Apertura de los Sobres “C”.
De acuerdo con en el artículo 30.2 del Real Decreto 817/2009, en todo caso, la valoración de los criterios cuantificables de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor.
Recibidos los informes técnicos de valoración, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de las proposiciones contenidas en el sobre “C” en acto público que se celebrará en el lugar y día que previamente se haya señalado, dentro del plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas.
Comenzará el acto de apertura dándose a conocer la valoración hecha de las proposiciones técnicas. Seguidamente, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los Sobres “C”.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, no llegase al presupuesto base de
licitación, variara sustancialmente los modelos establecidos, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
Concluido el acto, se levantará acta que refleje fielmente lo sucedido y que será firmada por el Presidente y Secretario de la Mesa de contratación y por los que hubiesen hecho presentes sus reclamaciones o reservas.
D) Propuesta de adjudicación.
La propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación se realizará en sesión cerrada, una vez estudiadas las distintas proposiciones. La propuesta, que valorará las distintas ofertas, clasificándolas en orden decreciente de valoración, deberá fundamentarse en la ponderación del cumplimiento objetivo de los criterios reglados y uniformes concretados en el presente Pliego, especificando si han sido satisfechos por cada uno de los licitadores y valorando su grado de cumplimiento.
La Mesa, a la vista de las puntuaciones obtenidas, elevará al Órgano de Contratación la propuesta de adjudicación al licitador que obtenga mayor puntuación, para que proceda a la adjudicación definitiva del contrato.
Sin embargo, la propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el Órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
11- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y REQUERIMIENTO AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA MÁS VENTAJOSA.
A) Clasificación de las ofertas.
Conforme al artículo 151.1 del TRLCSP, el Órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no
hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el presente Xxxxxx, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
B) Requerimiento al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa.
Atendiendo al artículo 151.2, el Órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
1) Acreditación de la personalidad del empresario. La capacidad de obrar de las empresas españolas que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la Escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, o en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Si se tratase de personas físicas presentarán copia compulsada del documento nacional de identidad.
2) Acreditación de la representación. Bastanteo de poderes. Los que actúen o firmen proposiciones en nombre de otros presentarán poder bastanteado al efecto por el Secretario General de este Ayuntamiento, debiendo presentarse para llevar a cabo la diligencia de bastanteo, al menos, 24 horas antes de la terminación del plazo de presentación de ofertas. Se acompañará de copia compulsada del documento nacional de identidad.
3) Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación constituyendo agrupación temporal (UTE), cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos frente a la Administración. Caso de resultar adjudicataria, la agrupación de empresas deberá constituirse en escritura pública.
4) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para contratar. La declaración formulada por el adjudicatario en la que, bajo su responsabilidad, manifieste no encontrarse incurso en causa de incapacidad o en prohibición para contratar con el Sector Público, se ha de otorgar ante una Autoridad administrativa, Notario público u Organismo profesional cualificado, de acuerdo con los artículos 73 y 146.1 c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, debiéndose hacer constar expresamente que no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del citado Texto Refundido.
5) Acreditación de la constitución de la garantía definitiva por el 5
% del importe de adjudicación del contrato, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de sus artículos 95.1 y 99.1.
La garantía definitiva responderá, como estipula el artículo 100 del citado Texto Refundido del cumplimiento de las obligaciones impuestas al adjudicatario en el Pliego de condiciones y de los siguientes conceptos:
• De las penalidades impuestas al contratista conforme al artículo 212 del citado Texto Refundido.
• De la correcta ejecución del contrato, de los gastos originados a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento cuando no proceda su resolución.
• De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo que en él o en la Ley esté establecido.
6) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, que se efectuará por alguno de los medios siguientes:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anal de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato por importe igual o superior a 140.000,00 €, en alguno de los dos últimos años.
b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior a 30.000 €.ancieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
7) Documentación acreditativa de la solvencia técnica, que se acreditará por alguno de los medios enumerado en el artículo 78 del TRLCSP.
8) – Póliza y justificante de pago de la prima de responsabilidad
civil.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
12.- ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN.
El Órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, conforme al artículo 151.3 del TRLCSP.
En el procedimiento negociado, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
La adjudicación, que deberá ser motivada en virtud del artículo
151.4 del TRLCSP, se notificará a los candidatos o licitadores.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos
• En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
• Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento
de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
• En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de
éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
• En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
13.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se formalizará en documento administrativo, dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público, como preceptúa el artículo 156.1 del TRLCSP.
Deberá suscribirse por la Presidencia de la Entidad Local y el concesionario ante la persona titular de la Secretaría de la Entidad.
Formando parte integrante del documento en que se formalice la concesión se unirá un ejemplar de este Pliego y xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas, que deberá ser firmado, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización.
Podrá, no obstante, elevarse a escritura pública cuando lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. También serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos derivados del presente procedimiento licitatorio.
14.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE PRECIOS.
El contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público en los casos y en la forma previstas en el título V del libro I del TRLCSP, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211.
En estos casos, las modificaciones acordadas por el Órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas.
Dada la duración del contrato suministro, no se prevé la revisión de precios.
15.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 222 a 225 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y específicamente para el contrato de gestión de servicios en los artículos 286, 287 y 288 de dicho Texto Refundido, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 225.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
16.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
La cesión y subcontratación del contrato se regularán por lo dispuesto en los artículos 226 y 227 del TRLCSP.
17.- GASTOS Y OBLIGACIONES EXIGIBLES AL CONTRATISTA.
A) Gastos.
El contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de la formalización del contrato en escritura pública, los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información de Organismos Oficiales o particulares, los correspondientes a pruebas y ensayos, y en general, cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la prestación del suministro.
B) Tributos.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en los presupuestos de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o el tributo que por realización de la actividad pudiera corresponder, sin que, por tanto, puedan éstos ser repercutidos como partida independiente al Ayuntamiento.
C) Deber de confidencialidad.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. El Órgano de contratación no podrá divulgar esta información sin su consentimiento.
18.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS.
El Órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo.
Los acuerdos que dicte el Órgano de contratación, previo informe jurídico de los órganos competentes, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el Órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo Órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación.
En Moguer, a 0 xx Xxxxx xx 0000 XX XXXXXXXXXX,
Xxx: Xxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxx-Xxxxxxx. Tte xx Xxxxxxx Por delegación de la Alcaldía.
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. ……………………………………………………………………………………
con domicilio en ……………………………………………………………………
D.N.I actuando en nombre propio, o en su caso,
en representación de ……………………………………………………………..
con domicilio en ……………………………………………………………………
C.I.F , DECLARO que no me encuentro incurso en
caso alguno de incompatibilidad para celebrar este Contrato, que estoy al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y que, enterado de la licitación convocada por la Fundación Municipal de Cultura de Moguer para la adjudicación del “CONTRATO PARA LA ORGANIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE LAS ACTUACIONES ARTÍSTICAS PARA LAS FIESTAS PATRONALES AÑO 2016”, ACEPTO
expresamente las condiciones que rigen dicha contratación, que declaro conocer en su integridad, comprometiéndome a llevar a cabo dichas actuaciones; en el precio de (en letra y número): …………………………….
……………………………………Euros (sin IVA)
(Lugar, fecha y firma del proponente).