Contract
CONTRATO No. | 034- 2020 |
CLASE DE CONTRATO | DE SEGUROS |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA ENTIDAD COOPERATIVA NIT: 860.524.654 - 6 Apoderada: XXXXX XXXXXXX XXXXXX VALENCIA C.C. No. 42.071.563 expedida en Pereira. Carrera 30 No.33 – 35 Bucaramanga - Sder. Barrio la Aurora Teléfono: 6353030-3168300543, celular:0000000000 Correo: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx |
OBJETO | “COMPRAVENTA DE POLIZA DE MANEJO GLOBAL PARA SECTOR OFICIAL PARA AMPARAR EL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E”. |
PLAZO DE EJECUCION | Sera de cinco (05) días hábiles contados a partir de la suscripción del acta de inicio. |
VALOR | UN MILLON TRESCIENTOS SIETE MIL SETESCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS ($1.307.737,00) M/CTE. IVA incluido |
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del Municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.743.021 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 0146 de 7 de Febrero de 2019, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 13 de Febrero de 2019, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No. 06 xx xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte y por la otra, XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, identificada con cedula de ciudadanía No. 42.071.563 expedida en Bucaramanga, quien mediante escritura pública No. 1350 de fecha 2017/05/04, actúa como gerente de la Agencia Cabecera de ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA ENTIDAD COOPERATIVA, con NIT. 860.524.654 – 6, matrícula
mercantil 00-000000-00 de 1993/01/15 de la Cámara de comercio de Bucaramanga, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley
80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E y demás normas aplicables a la materia; quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA / LA ASEGURADORA , quienes suscribiremos el presente contrato previas las siguientes consideraciones: 1). Que el Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado es una Entidad Pública Descentralizada del Orden Nacional, de naturaleza especial, con Personería Jurídica, de patrimonio propio y Autonomía Administrativa, integrante del Sistema Nacional de Seguridad Social en Salud, transformada en Empresa Social del Estado, mediante Decreto 1289 de 1994 y Adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Decreto 4107 de 2011, y que tiene por objetivo principal la prestación del servicio de salud a cargo del Estado. 2). Que el Artículo 49 de la Constitución Política dispone que la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios
de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. 3). Que la Ley 42 de 1993, regula la organización del Sistema de Control Fiscal Financiero y los organismos que lo ejercen, en los artículos 101 y 107 consagra la responsabilidad fiscal que se genera para quienes no cumplan con el deber de amparar debidamente los bienes y/o el patrimonio estatal. 4). Que la Ley 734 de 2002 en su artículo 34 numeral 21 indica que: “Es deber de todo servidor público vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados. 5). Que la sentencia C-735 de 2003 de la Corte Constitucional, la Contraloría General de la República interviene con el fin de aclarar, entre otros asuntos el siguiente: “las entidades estatales deben velar porque sus bienes en general, estén protegidos contra hechos futuros e inciertos que puedan causarle perjuicio o detrimento al funcionario público. En este sentido, los órganos de control fiscal, deben verificar que los bienes públicos, se encuentren asegurados adecuadamente. 6). Que con base, en lo anterior se puede establecer claramente la obligación que tiene el SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., de amparar los bienes que son de su propiedad; ahora bien, para el caso en particular y a través del presente proceso contractual, lo que se pretende es la adquisición de la póliza de manejo global para sector oficial para amparar el Sanatorio de Contratación E.S.E.; lo anterior buscando como se dijo, proteger los bienes y fondos públicos, los cuales en muchas situaciones se ven afectados por los malos manejos de los funcionarios que tienen la función de administrarlos; de ahí la necesidad de contratar una póliza para el cubrimiento de estos posibles hechos. 7). Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E, que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 8) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, la contratación de las E.S.E, se realizará por el derecho privado, pero podrá discrecionalmente utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto General de Contratación de la administración pública, lo cual se ratifica dentro del Manual de Contratación de la
E.S.E. 9). Que de conformidad con el artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, y teniendo en cuenta que se trata de la ADQUISICION DE POLIZAS DE SEGURO, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA CAPITULO IV, artículo 31, numeral
31.1.1.12. 10) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No. 2020-162 de fecha veinticuatro 26 xx xxxxx de 2020, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. 11). Que por lo anterior se invitó a presentar oferta de manera directa a la ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA ENTIDAD COOPERATIVA, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos y su oferta económica no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 12) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato de seguros el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLÁUSULA PRIMERA - OBJETO: “COMPRAVENTA DE POLIZA DE MANEJO GLOBAL PARA SECTOR OFICIAL PARA AMPARAR EL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.”-ALCANCE DEL OBJETO: ADQUISICION DE MANEJO GLOBAL SECTOR OFICIAL PARA EL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. PARÁGRAFO 1. La vigencia de la póliza de seguro expedida no podrá ser inferior a la estipulada en el contrato y en la propuesta presentada por el contratista, contada a partir de la fecha de expedición de la misma. Lo anterior de conformidad con los estudios y documentos previos y la propuesta presentada por LA ASEGURADORA, documentos que hacen parte integral del presente contrato y según la siguiente descripción xxx xxxxxx. A continuación se refiere la fecha en la cual vence la póliza, a fin de que el contratista la tenga en cuenta y expida la póliza antes del vencimiento; de igual forma se relacionan las condiciones técnicas sobre las cuales el contratista deberá cumplir con el objeto contractual:
ITEM | TIPO DE POLIZA | FECHA DE VENCIMIEN TO | COBERTURAS |
1 | PÓLIZA DE SEGURO DE MANEJO DE SECTOR OFICIAL | DESDE EL 30/03/2020 AL 28/02/2021 | Ampara a los organismos contra los riesgos que impliquen menoscabo de fondos y bienes, causados por sus empleados en el ejercicio de los cargos amparados, por actos que se tipifiquen como delitos contra la Administración Pública o fallos con responsabilidad fiscal. El amparo se extiende a reconocer el valor de la rendición y reconstrucción de cuentas que se debe llevar a cabo en los casos de abandono del cargo o fallecimiento del empleado. LIMITES ASEGURADOS $20.000.000 en el agregado anual DEDUCIBLES: Todo Evento: 10% toda y cada pérdida, mínimo 1 SMMLV. |
PARAGRAFO 1: en el presente se cobijan las actuaciones de las personas relacionadas en el anexo técnico No. 01 que hace parte integral del presente contrato. PARAGRAFO 2. Cuando por necesidad del servicio la entidad realice traslado o cambios de personas en los diferentes cargos, la aseguradora realizara los ajustes pertinentes y la respectiva actualización sin que esto genere algún costo adicional para el Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA SEGUNDA - VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato asciende a la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SIETE MIL SETESCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS ($1.307.737,00) M/CTE. IVA incluido. FORMA DE PAGO: CONTRA ENTREGA DE
LA POLIZA solicitada, liquidada según el precio estipulado en el Contrato, previo cumplimiento de la radicación de la factura o cuenta de cobro junto con los documentos necesarios para el diligenciamiento de la respectiva orden de pago y los requisitos legales administrativos, además se debe anexar la certificación de recibo a satisfacción, visto bueno del supervisor y constancias de pago de las obligaciones por conceptos de Seguridad Social Integral y Parafiscales si a ello hubiere lugar. A continuación, se describe el valor de la póliza a adquirir:
ITEM | TIPO DE POLIZA | VIGENCIA | VALOR |
1 | PÓLIZA DE SEGURO DE MANEJO DE SECTOR OFICIAL | Desde el 30/03/2020 al 28/02/2021 | $1.307.737,oo |
CLAUSULA TERCERA. PLAZO DEL CONTRATO: Sera de CINCO (05) DÍAS HÁBILES
contados a partir de la suscripción del acta de inicio. PARÁGRAFO. La vigencia de la póliza será desde el 30 xx xxxxx de 2020 y hasta el 28 de febrero de 2021. XXXXXXXX XXXXXX - DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer
perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual, todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL
CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido. b) Expedir y hacer entrega de las pólizas en las fechas y plazos estipulados, de acuerdo a las especificaciones solicitadas por la entidad y en relación con la vigencia de las mismas. c) Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo. d) Dar curso a las directrices impartidas por el supervisor del contrato que designe la gerencia, con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. e) Suministrar al supervisor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión. f) Asumir el valor de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar, relativos a los trabajadores empleados en éstas labores. g) Estar al día con el pago de las obligaciones laborales (Planilla de Seguridad Social integral) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. h) Asumir los gastos que genere el futuro contrato. i) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. j) Todos los costos en los que incurra el contratista (pasajes, viáticos, etc.) estará a su cargo y en ningún caso ocasionara pago alguno por parte del Sanatorio de Contratación E.S.E. k) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA - SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de Xxxxxx será efectuada por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA OCTAVA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2020, Rubro A-2-2-17-13 Servicios de seguros y pensiones (con exclusión de servicios de reaseguro) excepto los servicios de seguros sociales, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.2020 – 162 de febrero 26 de 2020, expedido por el Jefe de Presupuesto de la entidad. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se
considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTIAS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Manual de Contratación de la entidad, por tratarse de una Contratación Directa, la Entidad es libre de exigir o no garantía, en el caso en particular no se exigirá la garantía, en primera medida por el Valor del Contrato y seguidamente porque en razón a la forma de pago que es una vez se entreguen las pólizas, no es alto el riesgo de incumplimiento que pueda tener el contratista. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA. CLAUSULAS EXORBITANTES: El
presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo
3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA
- CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE EJECUCIÓN DEL
CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual, El Sanatorio de Contratación E.S.E. ubicado en la xxxxx 0 Xx. 0-00 xx Xxxxxxxxxxxx - Xxxxxxxxx. CLAUSULA DÉCIMO
QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta
bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El
CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO:
Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los treinta (30) días del mes xx xxxxx del año dos mil veinte (2020).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(Original Firmado)
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX VALENCIA
Gerente C.C No. 42.071.563 xx Xxxxxxx. Sanatorio Contratación E.S.E. ASEGURADORA SOLIDARIA DE COL.
Elaboró: | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | COMPROMISO SOLIDARIO-Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Asesoría Jurídica. |
ANEXO N° 1 – RELACIÓN DE PERSONAS Y ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES
CONTRATO N° 034-2020
No. | NOMBRE | CÉDULA | CARGO |
1 | XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | 13.743.021 | GERENTE |
2 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | 1.096.949.029 | ASESOR |
3 | XXXXXXXXX XXXX XXXXXX | 27.965.006 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 21 |
4 | XXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX | 6.597.484 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 14 |
5 | XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX | 30.008.841 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 14 |
6 | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | 37.898.980 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 14 |
7 | XXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX | 1.099.282.122 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 11 |
8 | XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX | 28.205.299 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 23 |
9 | XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX | 30.008.430 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 14 |
10 | XXXX XXXXXXXXX | 30.008.467 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 14 |
11 | XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | 1.099.282.241 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 11 |
12 | XXXX XXXX XXXXX | 30.008.536 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 14 |
13 | XXXXXXXXX XXXXXX | 37.941.357 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 14 |
14 | XXXXX XXXXXXX XXXXX | 30.008.778 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 11 |
15 | XXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX | 1.095.766.631 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 11 |
16 | XXXXX DEL XXXXXX XXXXX XXXXX | 1.024.492.081 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 11 |
17 | XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | 30.009.029 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 11 |
18 | XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | 91.220.131 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 11 |
19 | XXXXXXXXXXX XXXX XXXXX | 30.008.666 | AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRADO 11 |
Elaboró: | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | COMPROMISO SOLIDARIO-Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Asesoría Jurídica. |