TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES
1 OFERTA Y ACEPTACIÓN: La presente orden de compra (en adelante denominada la "orden de compra") constituye la oferta de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (en adelante denominada la "UIT") para la adquisición al proveedor (en adelante denominado el "Proveedor") de los bienes y/o servicios especificados, con arreglo a los presentes términos y condiciones. Mediante la firma y devolución de la presente orden de compra o la oportuna entrega de los bienes y/o servicios especificados, el Proveedor declara aceptar las condiciones de la misma. Por la presente quedan sin efecto cualesquiera términos y condiciones propios del Proveedor que puedan figurar en la oferta, las facturas o cualquier otro documento.
2 FACTURAS: El Proveedor presentará al Departamento de la Gestión de Recursos Financieros de la UIT, Place des Nations, CH-1211, Ginebra 20, Suiza, xxxxxxxxx@xxx.xxx una factura detallada en la que constará como mínimo la siguiente información: el número de referencia de la orden de compra, la descripción de los bienes y/o servicios de que se trate, el precio de los mismos (excluido cualquier derecho e impuesto), la fecha o el plazo de entrega e información bancaria detallada. Salvo autorización expresa de la UIT, deberá presentarse una factura separada para cada orden de compra. El pago de una factura por la UIT no entraña la aceptación de los bienes y/o servicios proporcionados por el Proveedor. Salvo que se indique lo contrario en la orden de compra, la UIT deberá proceder al pago de las facturas con posterioridad a la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, en un plazo de 30 días a partir de la fecha de recepción de la factura por la UIT. Cuando los bienes y/o servicios deban entregarse o prestarse a un beneficiario de la UIT, la UIT procederá al pago de las facturas previa recepción de una confirmación por escrito de la entrega de los bienes o la prestación de los servicios remitida por el beneficiario (véase el Artículo 3 infra).
3 ENTREGA: Todos los bienes entregados y/o servicios prestados están sujetos a la inspección de la UIT o del beneficiario en el lugar final de entrega o prestación. La UIT se reserva el derecho a rechazar cualquier bien y/o servicio que no se entregue y/o preste de conformidad con los términos y condiciones estipulados en la presente orden de compra. Cuando se trate de la venta de bienes, la UIT no aceptará envíos parciales, salvo indicación por escrito en sentido contrario. El Proveedor asumirá exclusivamente el riesgo ligado a la pérdida o los daños ocasionados a los bienes hasta que haya finalizado la entrega física de los mismos de acuerdo con lo estipulado en la orden de compra.
4 INSTRUCCIONES PARA EL ENVÍO: El Proveedor procederá al envío de acuerdo con las instrucciones que figuran en la presente orden de compra, y de conformidad con las normas comerciales generalmente aceptadas en lo que concierne al embalaje de los bienes especificados en dicha orden. Los documentos de transporte originales (por ejemplo, conocimiento de embarque, conocimiento de embarque aéreo, certificado postal, etc.) serán enviados a los consignatarios designados en la orden de compra, junto con una lista detallada del contenido de cada embalaje o paquete. Se remitirán, de forma inmediata y sin esperar a la emisión de las facturas, duplicados de estos documentos con referencia a la orden de compra correspondiente, a la División de Compras de la UIT, Place des Nations, CH-1211, Ginebra 20 (Suiza).
5 RESPONSABILIDAD: El Proveedor asumirá de manera exclusiva la responsabilidad por los daños o pérdidas que pueda ocasionar en relación con la presente orden de compra. El Proveedor indemnizará y eximirá a la UIT de toda responsabilidad en caso de reclamación, demanda, acción o pérdida causada a terceros como consecuencia de actos u omisiones del Proveedor en relación con la presente orden de compra.
6 GARANTÍAS: El Proveedor garantiza que todos los bienes enviados y/o servicios o prestados están exentos de defectos de fabricación o materiales, y que se ajustan a las condiciones especificadas en la presente orden de compra. Dicha garantía estará en vigor por un periodo de al menos dos años, o por el que se especifique en la presente orden de compra. Durante el periodo de garantía y previa notificación por escrito de la UIT, el Proveedor procederá a corregir sin demora cualquier defecto e incumplimiento, y se hará cargo de los gastos correspondientes. En caso de que no puedan corregirse los defectos o el incumplimiento citados, el Proveedor procederá a la sustitución de los bienes o al reembolso de su importe a la UIT, según decida ésta. El Proveedor garantiza que la utilización de los bienes entregados y/o servicios prestados con arreglo a la presente orden de compra no infringen ninguna patente, derecho de autor, nombre comercial o marca registrada.
7 INCUMPLIMIENTO Y CANCELACIÓN: Cuando el Proveedor incumpla cualquiera de sus obligaciones, según se especifican en la presente orden de compra, la UIT tendrá derecho a cancelar la orden de compra correspondiente y a adquirir los bienes y/o servicios de un tercero, sin perjuicio de los demás derechos que le puedan corresponder. Dicha cancelación no dará lugar a ninguna reclamación contra la UIT en concepto de daños, gastos, costos o pérdidas incurridos.
8 NOTIFICACIONES: Para considerar cumplimentada una notificación, bastará con que ésta se remita por correo certificado a las direcciones de las partes que figuran en la primera página de la presente orden de compra.
9 ASIGNACIÓN: El Proveedor no asignará, transferirá, comprometerá o alterará en modo alguno los derechos y obligaciones que le corresponden con arreglo a la presente orden de compra o a cualquier parte o partes de la misma, sin contar con el consentimiento previo y por escrito de la UIT. La presente orden de compra es vinculante para el Proveedor y para la UIT, así como para sus sucesores y cesionarios respectivos.
10 QUIEBRA: En caso de que se declare la quiebra del Proveedor, o éste efectúe una cesión general en favor de sus acreedores, o se designe a un liquidador por causa de insolvencia del Proveedor, la UIT podrá proceder a la cancelación de la presente orden de compra mediante notificación por escrito de la misma al Proveedor. Dicha cancelación no podrá dar lugar a reclamación alguna contra la UIT en concepto de compensación por los daños o pérdidas que pueda acarrear dicha cancelación. De encontrarse en alguno de los casos citados, el Proveedor informará inmediatamente por escrito a la UIT.
11 ENMIENDAS: Ninguna enmienda a la presente orden de compra tendrá efectos legales ni será vinculante salvo que así lo acuerden por escrito y lo firmen el Proveedor y la UIT. Cualquier acuerdo que se alcance en ese sentido se adjuntará a la presente orden de compra y quedará integrado en la misma. La presente orden de compra y sus anexos representan el acuerdo completo alcanzado entre las partes y prevalece sobre cualquier propuesta o acuerdo anterior, por escrito o verbal, entre las partes.
12 PUBLICIDAD: El Proveedor no anunciará ni hará público en modo alguno que está proporcionando bienes, mercancías o servicios a la UIT, ni tampoco utilizará el nombre, emblema, siglas o logotipo de la UIT sin obtener antes su consentimiento por escrito.
13 ARBITRAJE: Cualquier controversia que pueda surgir entre el Proveedor y la UIT como consecuencia de la presente orden de compra o en relación con la misma, se resolverá directa y amistosamente mediante negociación entre el Proveedor y la UIT. En caso de que la negociación fracase, un árbitro resolverá la controversia con arreglo al Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional. El arbitraje tendrá lugar en Ginebra (Suiza). El idioma del arbitraje será el español. El Derecho material aplicable será la legislación Suiza. La decisión del árbitro será vinculante y definitiva para las partes, y no cabrá interponer recurso contra la misma.
14 IMPUESTOS: De conformidad con el Artículo 8 del Acuerdo entre el Consejo Federal suizo y la UIT para determinar el estatuto jurídico de la UIT en Suiza, y la Sección 9 de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados de las Naciones Unidas de 1947, la UIT está exonerada del pago de impuestos directos, a excepción de las tasas en concepto de servicios públicos, así como de aranceles de aduana y gravámenes de naturaleza similar respecto de artículos importados o exportados para uso oficial. En caso de que una autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del pago de dichos impuestos, aranceles y gravámenes en favor de la UIT, el Proveedor consultará inmediatamente con la UIT en aras de determinar un procedimiento mutuamente aceptable. En consecuencia, el Proveedor autoriza a la UIT a deducir del importe de la factura cualquier cantidad en concepto de tales impuestos, aranceles o gravámenes, salvo que el Proveedor haya consultado con la UIT antes de proceder al pago de los mismos y ésta haya autorizado de manera explícita al Proveedor, caso por caso, a proceder al pago de los impuestos, aranceles o gravámenes bajo protesta. En tal caso, el Proveedor facilitará a la UIT la documentación que demuestra que se ha autorizado y procedido al pago de los citados impuestos, aranceles o gravámenes. Asimismo, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) no será incluido en ningún precio, cálculo o estimación de la presente orden de compra, en la medida en que la UIT está exonerada del pago del mismo en virtud del Artículo 107 de la Ley Federal de 12 xx xxxxx de 2009 reguladora del IVA, y los artículos 143 y siguientes de la Ordenanza Federal de 27 de noviembre de 2009 relativa a la Ley sobre el IVA. El montante del IVA será deducido directamente por el Proveedor.
15 PRERROGATIVAS, INMUNIDADES Y FACILIDADES: Ninguna cláusula de la presente orden de compra podrá interpretarse como renuncia a las prerrogativas, inmunidades y facilidades de que disfruta la UIT en virtud de los acuerdos internacionales y las legislaciones nacionales aplicables.