CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA POR TEMPORADA
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA POR TEMPORADA
En , a de , de 20
REUNIDOS
Por una parte,
Don/Doña , mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en y Pasaporte o Documento Nacional de Identidad (DNI) número (en adelante denominado “La Parte Arrendadora”.)
De otra parte,
Don/Doña , mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en y Pasaporte o Documento Nacional de Identidad (DNI) número (en adelante denominado “La Parte Arrendataria”.)
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para este acto y libremente,
EXPONEN
I. Que el Propietario es titular de la siguiente finca en perfecto estado de uso:
VIVIENDA: Dirección: en las condiciones y con los muebles y servicios cuya descripción y fotografías se exponen en el anexo1 (adjuntar fotos) .
La vivienda se encuentra en perfecto estado de uso, conservación y habitabilidad, y los suministros y servicios que posee la misma se encuentran en funcionamiento.
II. Ambas partes han acordado concertar el arrendamiento por temporada de la finca antes descrita, por lo que establecen el presente contrato, que se regirá por lo dispuesto en las siguientes.
CLÁUSULAS
PRIMERA - OBJETO
El Propietario cede en arrendamiento de temporada con la duración que se indicará a la Parte Arrendataria, que acepta, la finca descrita.
SEGUNDA - RENTA Y FIANZA
2.1 La renta de la temporada neta es de ( x) Euros, que se abonará del siguiente modo ( a elegir un método):
- El x% del precio anterior, en el momento de la reserva de la finca en concepto de señal.
- El x% restante se pagará con anterioridad a la entrada en la finca de la Parte Arrendataria.
- El pago de la renta de manera íntegra se realizará a la entrada en la finca de la Parte Arrendataria
2.2 Con anterioridad a la entrada en la finca, la Parte Arrendataria entregará la fianza de ( x) Euros. La fianza se devolverá a la finalización del Contrato, una vez revisada la vivienda.
TERCERA - DURACIÓN
Este contrato se otorga por la temporada de días, desde el día
de , a las x pm, y quedará automáticamente resuelto sin necesidad de aviso alguno, el día de , a las x pm, realizándose la entrega de llaves de la vivienda, por ambas partes, en las fechas indicadas anteriormente.
La Parte Xxxxxxxxxxxx deberá abandonar la finca en el estado en que la encontró, dejándola libre de efectos y enseres y permaneciendo en perfecto estado los servicios de que dispone, sin que quepa prórroga del mismo salvo acuerdo escrito entre las partes.
CUARTA - OBLIGACIONES DE LAS PARTES
4.1 La Parte Arrendataria se obliga a conservar la vivienda en perfecto estado durante el plazo de duración del contrato.
4.2 La Parte Arrendataria no podrá realizar en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas, ilícitas o contrarias a los Estatutos de la Comunidad. Tampoco podrá almacenar materias inflamables, explosivas o corrosivas en la vivienda y/o desarrollar en la misma, actividades mercantiles o de industria.
4.3 La Parte Xxxxxxxxxxxx será directa y exclusivamente responsable y exime de toda responsabilidad a la propiedad por:
- Los daños que puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivados de mal uso por la Parte Arrendataria de instalaciones para servicios y suministros de la casa de temporada arrendada.
- Los daños, deterioros o pérdidas que se produzcan en la misma, ya sean causados por la Parte Arrendataria o por las personas que convivan en la vivienda.
4.4 La Parte Arrendataria no podrá hacer obras, ni introducir modificación alguna sin permiso escrito de la Parte Arrendadora. En ningún caso podrá hacer taladros o agujeros en las paredes.
4.5 La Parte Arrendadora mantendrá los suministros de agua y luz, gas etc., al corriente de pago y en pleno funcionamiento, así como el seguro de la vivienda vigente.
QUINTA.- NÚMERO DE OCUPANTES
La vivienda citada en el punto primero de la parte expositiva del presente contrato, es alquilada por el propietario a número máximo de personas. El inquilino se compromete a no sobrepasar este número de personas sin autorización expresa del propietario.
SEXTA.- ANIMALES DE COMPAÑÍA
La presencia de animales de compañía en la vivienda arrendada queda autorizada/denegada por el propietario.
SEPTIMA.- CESIÓN Y SUBARRIENDO
El subarriendo, total o parcial, así como la cesión de la vivienda arrendada por parte del inquilino está estrictamente prohibido. El incumplimiento de esta cláusula será causa de rescisión del presente contrato.
OCTAVA.- ANULACIÓN
El inquilino que anule unilateralmente el contrato de alquiler, no podrá solicitar el reembolso de las cantidades ya pagadas al propietario.
Si el propietario cancela unilateralmente el contrato de alquiler por otra causa distinta al no respeto de las cláusulas del presente contrato por parte del inquilino, deberá:
- reembolsar al inquilino la señal pagada o la totalidad del montante del alquiler de la vivienda ya
pagado, en el menor plazo de tiempo posible, si se trata de un caso de fuerza mayor que hace que el alquiler de la vivienda no sea posible,
- abonar el doble del montante recibido, si la anulación es debida a cualquier otra causa.
NOVENA.- RESCISIÓN
En caso de no cumplimiento de las cláusulas del presente contrato, por ambas partes, este contrato será rescindido con pleno derecho, sin derecho a indemnización alguna por ambas partes.
DECIMA - JURISDICCIÓN
Las partes integrantes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales y juzgados del lugar donde está situada la vivienda, con renuncia expresa a su fuero propio.
Ambas partes se ratifican en el presente contrato y firman por duplicado, a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
la Parte Arrendadora Firma | La Parte Arrendataria Firma |