Contract
Conste por el presente documento, el contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RECAUDACIÓN que celebran, de una parte El BANCO INTERNACIONAL DEL PERU con RUC Nº 20100053455 con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 Xxxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, xxxxx xxx xx xx Xxxxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Lima, debidamente representada por las personas que fir man al final de este documento cuyos poderes se encuentran inscr itos en la partida Nº 11009129 del Registro de Personas Jur ídicas de Lima, (en adelante INTERBANK); y de la otra parte, la persona cuyo nombre, razón social, denominación social y demás generales xx xxx, así como su fir ma, constan al final del presente documento (en adelante LA INSTITUCIÓN); en los términos y condiciones que se establecen en las cláusulas siguientes:
PRIMERA: FUNCIÓN
Por el presente documento, LA INSTITUCIÓN contrata los Servicios de Recaudación de INTERBANK para la cobranza de recibos, facturas, boletas, cupones, obligaciones y cualquier otro documento representativo de crédito o deuda, susceptible de ser cobrado y que LA INSTITUCIÓN tenga a su favor en calidad de acreedor, en razón de los productos y/o servicios prestados a sus clientes. (“CLIENTESPAGADORES”).
SEGUNDA: DE LOS MECANISMOS Y PUNTOS DE COBRANZA
INTERBANK prestará el Servicio de Recaudación a favor de LA INSTITUCIÓN a través de su red de Tiendas dentro del horario de atención al público establecido para este tipo de servicios, así como mediante su red de Cajeros Automáticos, Banca por Internete Interbank Agente, de acuerdo con los lineamientos y condiciones establecidas en el Anexo referido al “Servicio de Recaudación”.
TERCERA: DEL SERVICIO
A efectos de la prestación del Servicio de Recaudación a ser brindado por INTERBANK a favor de LA INSTITUCIÓN, ésta mediante el presente documento, manifiesta su voluntad y aceptación para afiliarse al Servicio de Recaudación puesto a disposición por INTERBANK, cuyas características y funcionalidades se encuentran descritas en el Anexo referido al presente contrato, que LA INSTITUCIÓN declara conocer y aceptar.
CUARTA: TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN
LA INSTITUCIÓN se compromete a entregar oportunamente a INTER BANK la información necesaria para efectuar el Servicio de Recaudación en el horario y bajo las condiciones establecidas en el Anexo del presente contrato.
Para ello, LA INSTITUCIÓN elegirá una de las distintas modalidades de entrega de información que INTERBANK ponga a su disposición, tales como, modalidad “Sin Data”, “Data Parcial”, “Data Completa” e “Interconexión en Línea”, así como otras modalidades que INTERBANK ponga a disposición de LAINSTITUCIÓN.
En los casos de “Data Parcial” y “Data Completa”, LA INSTITUCIÓN enviará un archivo a INTERBANK, en el formato previamente establecido por INTERBAN K. Esta información debe ser enviada por LA IN STITUCIÓN vía SFTP (protocolo de seguridad para transferencia de archivos), mediante acceso proporcionado por INTER BANK. Los env íos se podrán realizar de lunes a viernes de 8:30 AM a 7:00 PM o los sábados de 8:30 AM a 12:00 PM. Debido a que INTERBANK trabaja la carga de archivos en línea, y para casos que no sean implementaciones nuevas, la información estará disponible en los canales solicitados por LA INSTITUCIÓN, siempre que las condiciones de orden público, meteorológicas y de comunicación así lo permitan, en un lapso no mayor de 15 minutos del mismo día.
En el caso de “Sin Data”, LA INSTITUCIÓN no enviará información, por lo que INTERBAN K cobrará según los datos proporcionados por el cliente.
En el caso de “Inter conexión en Línea” se implementará la interconexión de los servidores de INTERBANK y la INSTITUCIÓN para el intercambio de tramas con la información de cobranza de los clientes. La plataforma de interconexión desarrollada con LA IN STITUCIÓN será para uso único entre INTERBANK y LA INSTITUCIÓN, no pudiendo ofrecerla a terceros.
Se deja expresamente establecido que LA INSTITUCIÓN podrá modificar las modalidades de envío de información o prescindir del uso de la modalidad “Sin Data”, manteniendo por lo menos una modalidad de las ofrecidas por INTERBANK.
QUINTA: CONDICIONES DEL SERVICIO DE RECAUDACIÓN
INTERBANK se compromete a prestar el Servicio de Recaudación a LA INSTITUCIÓN, bajo las siguientes condiciones:
5. 1 Entrega de la información necesaria para efectuar el Servicio de Recaudación por LA INSTITUCIÓN a
INTERBANK a través xx xxxx SFTP o Interconexión en Línea con la empresa.
Sobre la base de la información proporcionada por LA IN STITUCIÓN, INTERBANK cobrará, procesará, registrará e informará de los pagos efectuados por los CLIENTES PAGADORES. Siendo LA INSTITUCIÓN responsable por la exactitud de la información que proporcione a INTERBAN K para efectos del Servicio de Recaudación, incluida la información contenida en las liquidaciones, recibos, facturas u otros documentos de crédito, así como por el sustento formal o legal de las sumas consignadas en los mismos, entre otros.
En virtud a la prohibición del redondeo en perjuicio del consumidor, según Circular No. 002 -2011- BCRP, para tal fin, LA INSTITUCIÓN se encuentra obligada a enviar los importes de cobranza en múltiplos de S/ 0.05. Caso contrario, LA IN STITUCIÓN autoriza a INTERBANK a debitar de cualquiera de las cuentas de LA INSTITUCIÓN el diferencial de los importes que pagados en efectivo, no hayan podido ser cobrados a LOS CLIENTES PAGADORES en virtud al redondeo antes indicado.
5. 2 Otorgar una cobertura a través de su red de tiendas, cajeros automáticos, banca por Internet e Interbank Agente, dentro del horario de atención de cada una de éstas, siempre que las condiciones de orden público, meteorológicas y de comunicación asílo permitan. Los canales habilitados se indicarán en el Anexo que forman parte del presente contrato.
5. 3 Recibir de los CLIENTES PAGADORES las sumas correspondientes a los pagos a efectuarse a favor de LA INSTITUCIÓN, salvo que la aceptación de dichos pagos por INTERBANK contravenga alguna norma de orden público o norma imperativa. INTERBAN K entregará a los CLIENTES PAGADORES un comprobante de pago de acuerdo al modelo que se adjunta, como integrante de este Convenio.
5. 4 Infor mar a LA INSTITUCIÓN los pagos efectuados por los CLIENTES PAGADORES a favor de LA INSTITUCIÓN vía electrónica, mediante correo electrónico en un archivo de texto bajo el formato que INTERBANK establezca y dentro de los horarios establecidos por INTERBANK para tales efectos.
Dado que el aplicativo de Recaudación de INTERBANK procesa pagos las 24 horas por los canales Banca por Internet e Interbank Agente (sujeto al horario de cada establecimiento) la información será enviada por INTERBANK de lunes a v iernes desde las 2:00 AM del día siguiente al día de la recaudación. La recaudación xx xxxxxx y domingo se enviará en forma acumulada con la del día lunes a las 2:00 AM del día martes. En la misma línea, la recaudación de los días feriados se enviará en forma acumulada con la del día útil siguiente. En caso LA INSTITUCIÓN requiera la información el mismo día del recaudo de lunes a viernes, deberá solicitar el bloqueo de la recaudación a las 9:00 PM en el Anexo del presente contrato.
5. 5 Efectuar los abonos recibidos en cobranza a favor de LA IN STITUCIÓN en la cuenta bancaria indicada por LA INSTITUCIÓN en el Anexo del presente contrato (“CUENTA DE ABONO”).
La CUENTA DE ABONO deberá ser de la misma moneda del abono cobrado a los CLIENTES PAGADORES. En caso, el Servicio de Recaudación pueda ser efectuado en soles y dólares americanos, LA INSTITUCIÓN deberá señalar una cuenta para cada tipo de abono (Soles oDólares).
Las Notas de Abono por la recaudación, se realizan en forma consolidada por el total de la recaudación por cada servicio. Estos abonos se realizan de lunes a viernes, la recaudación xx xxxxxxx y domingos se abonará en forma acumulada con la del día lunes. Asimismo, la recaudación de días feriados se abonará en forma acumulada con la del día útil siguiente.
5. 6 Efectuar el cobro de la comisión establecida por la contraprestación del servicio, la cual será debitada en la cuenta indicada en el Anexo del presente contrato:
Las Notas de Débito por la comisión, se realizan en forma consolidada por el total de la recaudación por cada servicio. Estos débitos se realizan de lunes a viernes, la comisión xx xxxxxxx y domingos se debitará en forma acumulada con la del día lunes. Asimismo, la comisión de días feriados se debitará en forma acumulada con la del día siguiente útil.
SEXTA: DEL PROCEDIMIENTO DEL SERVICIO DE RECAUDACIÓN
El procedimiento de cobro a los CLIENTES PAGADORES será el siguiente:
6. 1 Los pagos que se efectúen a favor de LA INSTITUCIÓN, podrán ser recibidos por INTERBANK en efectivo, cargo en cuenta, cheque girado por el propio INTERBANK a la orden de LA INSTITUCIÓN y/o cheque de otro Banco, de
acuerdo con las instrucciones impartidas por LA INSTITUCIÓN en el Anexo adjunto al presente documento. Siempre que tales medios de pagos cuenten con las constancias y se encuentren sujetos a los procedimientos estándares que INTERBANK tenga establecidos para este tipo de operaciones, los cuales LA INSTITUCIÓN declara conocer y aceptar.
6. 2 INTERBAN K recibirá el pago total o parcial de los montos adeudados por los CLIENTES PAGADORES, de acuerdo con los datos e información proporcionada por LA IN STITUCIÓN a INTERBANK. LA IN STITUCIÓN será la única y exclusiva responsable por la oportunidad, errores, fallas en el env ío de la información a INTERBANK, así como por el contenido de la misma, tales como, datos de los CLIENT ES PAGADORES, montos a ser cobrados, entre otros. Además, es responsabilidad del CLIENTE PAGADOR confir mar al final de la transacción, a través del voucher, que se haya abonado el monto indicado y que el pago corresponda a su código deudor.
6. 3 Las partes establecen que los pagos efectuados por los CLIENTES PAGADORES un día no hábil se prorrogarán para todos los efectos hasta el día hábil siguiente, aceptando de antemano LA INSTITUCIÓN que su abono e información se produzca en esa nueva fecha. En este sentido, LA INSTITUCIÓN libera a INTERBANK de cualquier responsabilidad derivada de ello, obligándose a mantener indemne a INTERBANK de cualquier reclamo en cualquier instancia o sede administrativa o judicial. Para tales efectos, se entiende por "Día Hábil", como cualquier día que no sea xxxxxx, xxxxxxx o feriado en el que los Bancos normalmente atienden al público en Lima y Provincias, Perú.
6. 4 El cobro a cargo de INTERBANK se efectuará hasta el plazo de vencimiento de los recibos, y demás documentos de cobranza indicados en el Anexo del presente contrato. Vencido dicho plazo, INTERBANK actuará de acuerdo con las instrucciones impartidas por LA INSTITUCIÓN para tales efectos en el Anexo del presente contrato.
6. 5 INTERBANK podrá rechazar aquellos documentos de crédito o deuda susceptibles de ser cobrados, que presenten signos visibles de deterioro o adulteración que puedan perjudicar su cobranza, no asumiendo responsabilidad alguna a su cargo por tal rechazo.
SÉTIMA: RESPONSABILIDAD
Las obligaciones de INTERBANK por la prestación del Servicio de Recaudación se limitan al cumplimiento de las instrucciones ordenadas por LA INSTITUCIÓN contenidas en el presente documento y en el Anexo que forma parte de éste, así como a mantener la reserva tributaría y confidencialidad sobre la información recibida. En este sentido, LA INSTITUCIÓN se responsabiliza expresamente por las instrucciones, documentación e información proporcionada a INTERBANK, la oportunidad y contenido de éstas, así como por la información contenida en los documentos de crédito materia de cobranza. Los reclamos que pudieran interponer los CLIENTES PAGADORES con relación al contenido de la documentación e información proporcionada por LA INSTITUCIÓN deberán ser atendidos directamente por LA INSTITUCIÓN. INTERBANK no atenderá las reclamaciones de quienes efectúen los pagos en la cuenta de LA INSTITUCIÓN.
Asimismo, las partes acuerdan que INTERBAN K no será responsable por los daños o perjuicios que pudieran originarse por los pagos que no puedan efectuar los CLIENTES PAGADORES por causas no imputables a INTER BANK, tales como errores en los sistemas de comunicación, defectos o problemas de la información proporcionada por LA INSTITUCIÓN, errores operativos originados por caso for tuito o fuerza mayor, entre otros. De presentarse una de estas situaciones INTERBANK notificará a LA INSTITUCIÓN en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles el inconveniente que se hayapresentado.
OCTAVA: CONTRAPRESTACIÓN
INTERBANK por la prestación del Servicio de Recaudación cobrará una comisión a cargo de LA INSTITUCION por cada recibo cobrado, ascendente al monto establecido en el Anexo que forma parte integrante del presente contrato. La comisión se debitará de la CUENTA DE ABONO indicada por LA INSTITUCIÓN, el mismo día de producida la transacción de pago de acuerdo al procedimiento y condiciones establecidas en las cláusulas Quinta y Sexta del presente Contrato.
INTERBANK se reserva el derecho de modificar la comisión antes señalada, cuando las condiciones xx xxxxxxx y/o crediticias de LA INSTITUCIÓN así lo ameriten. La modificación de tal comisión entrará en vigencia a los quince (15) días calendarios de comunicadas a LA INSTITUCIÓN y suscrito un nuevo anexo,. Los CLIENTES PAGADORES serán informados por INTERBANK a través de los medios de comunicación que INTERBAN K tenga a su disposición, dándose preferencia a comunicaciones escritas al domicilio de LA INSTITUCIÓN, publicaciones vía página Web, avisos en las
tiendas de INTERBANK, entre otros.
LA INSTITUCIÓN declara conocer que el Servicio de Recaudación a través de la ventanilla y medios electrónicos (cajeros electrónicos) está sujeto al pago de comisiones y gastos aplicables a dichos canales de acuerdo con lo establecido en el Tarifario de INTERBANK y en las Cartillas de Información de cada uno de tales canales.
NOVENA: DURACION DEL CONTRATO
El presente Contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo resolverlo cualquiera de las partes sin expresión de causa, mediante comunicación escrita a la otra parte, con una anticipación no menor a quince
(15) días de anticipación a la fecha en la cual deba surtir efectos la resolución.
DÉCIMA: MODIFICACIÓN
INTERBANK se reserva el derecho de modificar los términos del presente Contrato cuando las condiciones xx xxxxxxx así lo ameriten, sin necesidad de intervención, autorización previa o confirmación posterior de LA INSTITUCIÓN, a quien se comunicará mediante comunicaciones escritas al correo electrónico o al domicilio de LA IN STITUCIÓN, Las modificaciones así introducidas entrarán en vigencia a los treinta (30) días calendarios siguientes a sucomunicación.
DECIMO PRIMERA: AUTORIZACION
LA INSTITUCIÓN faculta expresa e irrevocablemente a INTERBANK a debitar de cualquiera de sus cuentas que tenga o pudiera tener en INTERBANK, los importes adeudados a INTERBAN K por concepto de gastos, impuestos y/o comisiones, etc., sin necesidad de previa comunicación ni autorización por parte de LA INSTITUCIÓN.
DECIMO SEGUNDA: DOMICILIOS Y JURISDICCIÓN
LA INSTITUCIÓN señala como su domicilio para los efectos del presente Contrato el que figura en este documento, donde se le harán llegar todas las comunicaciones y notifi caciones judiciales y ex trajudiciales a que hubiera lugar, obligándose a no variar este domicilio durante la vigencia del Contrato, salvo que sea dentro del área urbana de esta misma ciudad y sea comunicada a INTERBANK por car ta notarial. INTERBANK señala como su domicilio para efectos de este Contrato sus Oficinas en esta ciudad. Sin per juicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de INTERBANK será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx 000 – Xxxx 00, Xxxx. Las par tes se someten a los jueces y tribunales del distr ito judicial que corresponda a la Oficina de INTERBAN K donde se suscriba este documento. Tratándose del departamento de Lima, las partes se someten a los jueces y tribunales del distri to judicial del Cercado de Lima.
Suscrito en señal de total conformidad, en a los días del mes de .
EL CLIENTE
Representante legal (firma y sello) Representante legal (firma y sello)
DENOMINACIÓN SOCIAL | ||
D.O.I. | DATOS DE INSCRIPCIÓN EN REGISTROS PÚBLICOS | |
RUC Nº | Partida electrónica N° _ del Registro de Personas Jurídicas de | |
REPRESENTANTE(S) LEGAL(ES) | CARGO | DOI Y CORREO ELECTRÓNICO |
INTERBANK
Representante Legal (firma y sello) Representante Legal (firma y sello)