DATOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
DATOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
CONSEJERÍA/ORGANISMO CONTRATANTE: Gerencia de Servicios Sociales
CÓDIGO EXPEDIENTE: A2022/001757
TIPO CONTRATO: Servicios
TÍTULO EXPEDIENTE: Servicio de información telefónica y presencial que atenderá demandas particulares sobre expedientes en tramitación de servicios sociales
OBJETO DEL CONTRATO:
Servicio de información telefónica y presencial que atenderá demandas particulares sobre expedientes en tramitación de servicios sociales, así como la emisión de llamadas por necesidades asistenciales, de tramitación administrativa, o de
TIPO DE TRAMITACIÓN: Ordinaria PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN:
Procedimiento abierto
TRAMITACIÓN ECONÓMICA: Normal
UNIDAD PROMOTORA: Servicio de Sistemas de Información e Integración de Procesos
IVA: 66.034,01 €
IMPORTE DE LICITACIÓN SIN IVA: 314.447,66 €
IMPORTE DE LICITACIÓN CON IVA: 380.481,67 €
DATOS DE LICITACIÓN
En letra IMPORTE TOTAL: Doscientos noventa y siete mil doscientos veintiseis euros con sesenta y tres céntimos
% DE BAJA ADJUDICACIÓN: 21,88 %
NOMBRE ADJUDICATARIO: TELECYL, S.A
NIF ADJUDICATARIO: A47310941
IMPORTE DE ADJUDICACIÓN SIN IVA: 245.641,84 €
IMPORTE DE ADJUDICACIÓN CON IVA: 297.226,63 €
DATOS DE ADJUDICACIÓN
CONTRATO DE SERVICIOS
OBJETO: TÍTULO DEL CONTRATO: SERVICIO DE INFORMACIÓN TELEFÓNICA Y PRESENCIAL QUE ATENDERÁ DEMANDAS PARTICULARES SOBRE EXPEDIENTES EN TRAMITACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES, ASÍ COMO LA EMISIÓN DE LLAMADAS POR NECESIDADES ASISTENCIALES, DE TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA, O DE ACTUALIZACIÓN DE LOS DATOS DE LAS ENTIDADES, CENTROS Y SERVICIOS SOCIALES CON VISTAS A LA GUÍA ELECTRÓNICA DE RECURSOS SOCIALES, Y OCASIONALMENTE ENCUESTAS TELEFÓNICAS SOBRE SERVICIOS SOCIALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA XX XXXXXXXX Y
LEÓN (Expediente nº A2022/001757)
PRECIO DEL CONTRATO:
El precio total del contrato asciende a la cantidad de 297.226,63 € (B.I. 245.641,84 € más 51.584,79 de IVA (21%) que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 0921/231B02/22706/0 y la siguiente distribución de anualidades:
ANUALIDAD | IMPORTE CON IVA |
2022 | 74.306,66 € |
2023 | 148.613,31 € |
2024 | 74.306,66 € |
TOTAL | 297.226,63 € |
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Abierto con varios criterios de adjudicación Arts. 131, 145 y 156 a 158 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP)
ADJUDICATARIO: TELECYL, S.A,
N.I.F: A47310941
DOMICILIO SOCIAL: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0, 00000 Xxxxxxxxxx.
PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de duración del contrato será de dos años (24 meses), desde el día 1 xx xxxxx de 2022.
REUNIDOS EN VALLADOLID,
DE UNA PARTE, D. Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Gerente de Servicios Sociales, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 2.1 c) del Decreto 8/2021, de 25 xx xxxxx, de desconcentración de competencias en materia de contratación en el ámbito de la Gerencia de Servicios Sociales (BOCYL Nº 61 de fecha 29 xx xxxxx de 2021)
DE OTRA PARTE, Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, con D.N.I. ***6431**, actuando en nombre y representación de la empresa TELECYL SA según se acredita en la escritura pública otorgada ante el notario, D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxx, de fecha 22 de julio de 2008, nº de protocolo 1.142, conforme al Certificado de Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público de 22 xx xxxxx de 2022.
La capacidad del adjudicatario resulta del objeto social definido según se acredita en el Certificado de Inscripción en el Registro de Licitadores mencionado anteriormente
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para formalizar el presente contrato administrativo.
ANTECEDENTES
PRIMERO.- El expediente de contratación para la prestación del servicio de información telefónica y presencial que atenderá demandas particulares sobre expedientes en tramitación de servicios sociales, así como la emisión de llamadas por necesidades asistenciales, de tramitación administrativa, o de actualización de los datos de las entidades, centros y servicios sociales con vistas a la guía electrónica de recursos sociales, y ocasionalmente encuestas telefónicas sobre servicios sociales en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León, fue promovido por el Servicio de Sistemas de Información e Integración de Procesos.
SEGUNDO.- El certificado de reserva de crédito fue expedido por la Intervención Delegada de la Gerencia de Servicios Sociales con fecha 7 de febrero de 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 0921/231B02/22706/0 y distribución por anualidades que se detalla a continuación:
Anualidad | Presupuesto |
2022 | 110.973,82 € |
2023 | 190.240,83 € |
2024 | 79.267,02 € |
TOTAL | 380.481,67 € |
La fiscalización previa del gasto se realizó por la Intervención Delegada el día 17 de febrero de 2022, por un presupuesto total de 380.481,67€.
TERCERO.- La aprobación del expediente y del gasto fue realizada por el Ilmo. Sr. Gerente de Servicios Sociales xx Xxxxxxxx y León con fecha 18 de febrero de 2022.
CUARTO.- La adjudicación del contrato fue acordada por Resolución del Ilmo Sr. Gerente de Servicios Sociales con fecha 28 xx xxxxx de 2022.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El objeto de este contrato es la prestación del servicio de información telefónica y presencial que atenderá demandas particulares sobre expedientes en tramitación de servicios sociales, así como la emisión de llamadas por necesidades asistenciales, de tramitación administrativa, o de actualización de los datos de las entidades, centros y servicios sociales con vistas a la guía electrónica de recursos sociales, y ocasionalmente encuestas telefónicas sobre servicios sociales en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León
Las prestaciones y condiciones del contrato de referencia serán las establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP) y en el Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT), así como en las condiciones expresadas en la oferta de la empresa adjudicataria, que serán partes integrantes del contrato a efectos de exigibilidad.
SEGUNDA.- El precio del contrato asciende a las cantidades referidas en el encabezamiento y con cargo a la aplicación presupuestaria allí indicada.
TERCERA.- Los pagos se realizarán, de conformidad con lo establecido en la cláusula
23 del PCAP, mediante abonos parciales, por mensualidades vencidas, mediante transferencia bancaria a la cuenta del contratista, previa presentación de la correspondiente factura, por las prestaciones contratadas y efectivamente realizadas, según el precio ofertado por el adjudicatario, con repercusión del IVA sobre el importe total facturado, como partida independiente a la Administración.
El adjudicatario está obligado a facturar electrónicamente, debiendo consignar en la factura que emita el código del contrato del que dicha factura deriva, en cualquiera de estas dos etiquetas: 3.1.6.1.5 Receiver Contract Reference/ 3.1.6.1.7 Receiver Transaction Reference.
Las facturas deberán cumplir todos los requisitos que reglamentariamente estén establecidos para las mismas, conforme con lo dispuesto en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, con las menciones indicadas en la Disposición Adicional Trigésima Segunda de la LCSP. A estos efectos, el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, el órgano gestor, y la unidad tramitadora del contrato son los siguientes:
CÓDIGOS DIR3 |
CODIGO OFICINA CONTABLE (OC) |
A07008921 Intervención Delegada Consejería de Familia e I.O.-Valladolid |
CODIGO ORGANO GESTOR (OG) |
A07008911 Gerencia de Servicios Sociales xx Xxxxxxxx y León-Valladolid |
CODIGO UNIDAD TRAMITADORA (UT) |
X00000000 Servicio de Administración Económica |
CUARTA.- El plazo de duración del contrato será de dos años (24 meses), desde el día 1 xx xxxxx de 2022.
Antes de su finalización, el contrato podrá ser objeto de una prórroga máxima de 24 meses.
La prórroga se acordará, en su caso, de forma expresa por el órgano de contratación y será obligatoria para el adjudicatario, siempre que su preaviso se produzca, al menos, con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
No obstante, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29.4 de la LCSP, cuando al vencimiento del contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario, sin modificar las restantes condiciones del mismo, hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso, por un periodo máximo de nueve meses, siempre que el anuncio de licitación de este nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su ejecución. Cuando el contratista hubiera incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, por causas a él imputables, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1000 euros del precio del contrato, IVA excluido, según lo establecido en la cláusula 33 del PCAP, en cuanto a la imposición de penalidades.
QUINTA.- La prestación del servicio se realizará en las instalaciones del contratista. Uno de los puestos de agente teleoperador especialista deberá prestar atención presencial en instalaciones propias de la Gerencia de Servicios Sociales, ubicadas en el municipio xx Xxxxxxxxxx.
SEXTA.- El precio no es revisable según lo establecido en la cláusula 8.2 del PCAP.
SÉPTIMA.- Teniendo en cuenta la naturaleza y características de este contrato, en la prestación a realizar por el adjudicatario, no es posible la aparición de vicios o defectos posteriores a su finalización, por lo que no resulta necesario el establecimiento de un plazo de garantía, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 39 del PCAP.
OCTAVA.- Para responder del cumplimiento de las obligaciones contraídas con la firma de este contrato, el adjudicatario ha constituido a favor de la Gerencia de Servicios Sociales una garantía por importe del 5 por ciento del precio ofertado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, 12.282,09 € (5% de 245.641,84 €) conforme a lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la LCSP y 61 del RGLCAP y en el Decreto 7/2003, de 16 de enero, por el que se regula la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
NOVENA.- El adjudicatario presta su conformidad al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al de Prescripciones Técnicas que rigen esta contratación, firmándolos de conformidad en todas sus páginas, quedando incorporados ambos documentos como parte integrante del contrato. También tendrá carácter contractual la oferta presentada por el adjudicatario.
DÉCIMA.- Son causas de resolución del contrato, las previstas en los artículos 211 y 313 de la LCSP, además de las establecidas en la cláusula 38 del PCAP.
DECIMOPRIMERA.- El contratista tiene que cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación.
DECIMOSEGUNDA.- El contratista estará obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo. Esta obligación de sigilo subsistirá tras la finalización del contrato.
Asimismo, deben informar convenientemente a sus empleados de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos e informaciones conozcan a resultas del cumplimiento del contrato.
El acceso y tratamiento de los datos de carácter personal que implique la ejecución de este contrato se realizará conforme a la adenda que se formaliza junto con este documento.
DECIMOTERCERA.- El presente contrato tendrá carácter administrativo a todos los efectos y está sometido a la legislación vigente en materia de contratos del sector público, así como a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
Será competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa el conocimiento, de cualquier cuestión litigiosa que pudiera surgir respecto de su cumplimiento, interpretación, efectos y resolución.
Y para que conste, y en prueba de conformidad por ambas partes, se firma el presente documento contractual en soporte digital.
ADENDA
Cláusulas contractuales para el encargado del tratamiento de datos (adjudicatario) del “CONTRATO DE SERVICIO DE INFORMACIÓN TELEFÓNICA Y PRESENCIAL QUE ATENDERÁ DEMANDAS PARTICULARES SOBRE EXPEDIENTES EN TRAMITACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES, LA EMISIÓN DE LLAMADAS POR NECESIDADES ASISTENCIALES, DE TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA O DE ACTUALIZACIÓN DE LOS DATOS DE LAS ENTIDADES, CENTROS Y SERVICIOS SOCIALES CON VISTAS A LA GUÍA ELECTRÓNICA DE RECURSOS SOCIALES, Y OCASIONALMENTE ENCUESTAS TELEFÓNICAS EN LA COMUNIDAD XX XXXXXXXX Y LEÓN”- (EXPTE. Nº A2022/001757).
1. Objeto del encargo del tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad TELECYL S.A., encargada del tratamiento, para tratar por cuenta de la Gerencia de Servicios Sociales, responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para ejecutar el contrato de desarrollo del servicio de información telefónica y presencial que atenderá demandas particulares sobre expedientes en tramitación de servicios sociales, la emisión de llamadas por necesidades asistenciales, de tramitación administrativa o de actualización de datos de las entidades, centros y servicios sociales con vistas a la Guía electrónica de recursos sociales , y ocasionalmente encuestas telefónicas en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León contrato que se firma el mismo día que la presente adenda
El tratamiento consistirá en (descripción detallada del servicio):
• Proporcionar información verbal o impresa a los solicitantes sobre procedimientos y tramitación de solicitudes con ellos relacionadas.
• Cumplimentación de solicitudes o borradores de solicitud de dependencia, renta garantizada de ciudadanía, y tarjeta del Club de los 60, mediante aplicaciones telemáticas a solicitud telefónica de los ciudadanos.
• Emisión de Llamadas por necesidades asistenciales o de tramitación administrativa, así como para la actualización de los datos de las entidades, centros y servicios sociales con vistas a la Guía electrónica de Recursos Sociales, y los contenidos de naturaleza similar que precise la Gerencia de Servicios Sociales.
• Realización ocasional de encuestas o campañas telefónicas de información sobre servicios sociales. Gestión de la base de datos del Club de los 60 e impresión de tarjetas.
Concreción de los tratamientos a realizar:
Recogida Registro
Estructuración Modificación
Conservación Extracción
Consulta Comunicación por transmisión
Difusión Interconexión
Cotejo Limitación
Supresión Conservación Otros:
Destrucción Comunicación
2. Identificación de la información afectada
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este contrato, la Gerencia de Servicios Sociales, responsable del tratamiento, pone a disposición de TELECYL S.A., encargada del tratamiento, la información que se describe a continuación:
• Datos identificativos (nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono, voz, firma electrónica).
• Datos de características personales (estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad, lengua materna).
• Datos de circunstancias sociales características de alojamiento/vivienda, propiedades o posesiones).
• Datos económicos, financieros (ingresos y rentas, inversiones y bienes patrimoniales, datos bancarios, planes de pensiones y jubilación, datos económicos de nómina, datos de deducciones impositivas e impuestos, subsidios y beneficios).
• Datos de salud o minusvalías.
Los datos personales descritos corresponden a las siguientes categorías de interesados:
• Ciudadanos.
• Potenciales usuarios de servicios sociales.
• Personas de contacto.
3. Duración
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el plazo de ejecución del contrato, esto es, 24 meses contados desde el día 1 xx xxxxx de 2022, si bien podrá ser prorrogado antes de su finalización, hasta un máximo de 24 meses, sin perjuicio de las responsabilidades dimanantes del mismo (por vulneración de las previsiones del RGPD por el encargado del tratamiento) y la confidencialidad a la que el encargado de tratamiento y sus trabajadores se encuentran sujetos.
Una vez finalice el presente contrato, el encargado del tratamiento debe suprimir los datos personales y suprimir cualquier copia que esté en su poder. Cuando exista una previsión legal
que obligue a su conservación, deberán ser devueltos al responsable, que garantizará su conservación mientras tal obligación persista.
4. Obligaciones del encargado del tratamiento
El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:
a. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
b. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento.
Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable.
c. Llevar por escrito un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable que contenga:
- El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos.
- Las categorías de tratamientos efectuados de cada responsable.
- En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49, apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
- Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
o La seudoanimización y el cifrado de datos personales.
o La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
o La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
o El proceso de verificación, evaluación, y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles
e. No subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato que comporten el tratamiento de datos personales, salvo los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de los servicios del encargado.
El subcontratista, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado inicial regular la nueva relación, de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad…) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirá siendo
plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
f. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
g. Mantener a disposición del responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
h. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
i. Asistir al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de:
1. Acceso, rectificación, supresión y oposición.
2. Limitación del tratamiento.
3. Portabilidad de datos.
4. A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles).
A tales efectos, comunicará al responsable del tratamiento inmediatamente, y sin dilación indebida, cualquier requerimiento que realice un interesado en relación con el ejercicio de sus derechos o cualquier otra cuestión relativa a la protección de datos. FORMA
j. Derecho de información.
Corresponde al responsable facilitar el derecho de información en el momento de la recogida de los datos.
k. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos
El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de dos días, y a través de notificación escrita, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
a. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
b. El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
c. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
d. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
l. Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
m. Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
n. Poner a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
o. Implantar las medidas de seguridad siguientes: Las medidas de seguridad establecidas en RAT.
En todo caso, deberá implantar mecanismos para:
a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d) Xxxxxxxxxxxx y cifrar los datos personales, en su caso.
p. Designar un delegado de protección de datos si fuera obligatorio y comunicar su identidad y datos de contacto al responsable. Si voluntariamente lo hubiera designado la empresa, deberá asimismo comunicar su identidad y datos de contacto al responsable.
q. Destino de los datos:
Devolver al responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación.
La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado.
No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
5. Obligaciones del responsable del tratamiento
Corresponde al responsable del tratamiento:
a) Entregar al encargado los datos a los que se refiere la cláusula 2 de este documento.
b) Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el encargado.
c) Realizar las consultas previas que corresponda.
d) Velar de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado.
e) Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.