CÓDIGO DE CONDUCTA PARA PROVEEDORES
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA PROVEEDORES
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Indice
3. Personas sujetas y obligación de conocer y cumplir el código 3
Respecto a las personas, derechos humanos y a la no discriminación 4
Desarrollo profesional e igualdad de oportunidades 4
Condiciones de trabajo y empleo digno 5
Respeto a la libertad de asociación y negociación colectiva 5
Tolerancia cero con la corrupción 5
Imagen y reputación corporativa 6
Confidencialidad de la Información y protección de datos 6
4.3. Protección del medio ambiente y Responsabilidad Social Corporativa 6
5. Cumplimiento del código. Aceptación y adhesión 7
1. Introducción
SÓLIDA ENERGÍAS RENOVABLES S.L.U. (en adelante, SÓLIDA) considera a sus proveedores como un elemento esencial para la obtención de sus objetivos de crecimiento, de calidad, excelencia y satisfacción del cliente, buscando establecer con ellos relaciones basadas en la confianza y el beneficio mutuo. El presente Código de Conducta para Proveedores (en adelante, el “Código”) se entiende como una extensión del Código Ético de SÓLIDA, así como de su RSC y tiene como finalidad establecer las pautas mínimas que deben mantener los proveedores para el adecuado desarrollo de su actividad, manifestando su compromiso con unos principios básicos de ética y conducta profesional.
2. Ámbito de aplicación
Este Código recoge los principios éticos y normas de conducta que deben mantener sus proveedores o subcontratistas para el adecuado desarrollo de su actividad.
3. Personas sujetas y obligación de conocer y cumplir el código
El presente Código es de aplicación a todos los proveedores o subcontratistas de SÓLIDA. Todos los proveedores con los que trabaja la organización tienen la obligación de conocer y cumplir el presente Código, así como el Código Ético, los cuales SÓLIDA se compromete a poner a disposición de los proveedores para que los conozcan y comprendan con el fin de adherirse a ellos, manifestando su compromiso de cumplimiento con los principios éticos de SÓLIDA contenidos en dichos Códigos.
4. Principios éticos
XXXXXX persigue con ambición lograr un negocio que respete los principios de sostenibilidad, honestidad, transparencia y ética. Esta perspectiva también es, y debe ser, compartida por todos los clientes, proveedores y la sociedad en general.
XXXXXX muestra su tolerancia cero con cualquier tipo de corrupción, lo cual no solo contradice el objeto de hacer negocio, sino que también perjudica la confianza de todos sus colaboradores, proveedores, clientes y grupos de
interés, motivo por el cual todos los proveedores deben adherirse a los principios y valores reconocidos en el presente Código y en el Código Ético de SÓLIDA.
XXXXXX expone a continuación una serie de pautas de conducta y unos principios éticos para los proveedores o subcontratistas a los cuales estos deben adherirse.
4.1. Condiciones laborales
Los proveedores no participarán ni permitirán el trabajo forzoso y/u obligatorio. En este sentido, todo empleo es voluntario y sus empleados son libres de finalizar su contratación o de abandonar su puesto de trabajo previo aviso con una antelación razonable.
Ningún proveedor hará uso de trabajo infantil ni tolerará ni utilizará mano de obra infantil en cualquier fase de sus actividades.
Respecto a las personas, derechos humanos y a la no discriminación
Los proveedores tratarán a sus empleados con respeto y dignidad, asegurando en todo momento la ausencia de situaciones de discriminación por razón de sexo u orientación sexual, raza, origen, estado civil, condición social, ideas religiosas, políticas o sindicales, edad o discapacidad.
Se rechaza cualquier manifestación de acoso físico, psicológico, moral o de abuso de autoridad, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno intimidatorio u ofensivo con los derechos de las personas y su libertad de expresión, en especial, de las minorías étnicas.
Las relaciones entre los empleados de SÓLIDA y los de los proveedores, contratistas y colaboradores externos estarán basadas en el respeto profesional y la colaboración mutua.
Desarrollo profesional e igualdad de oportunidades
SÓLIDA no acepta ningún tipo de discriminación en el ámbito laboral o profesional por motivos de edad, raza, color, género, religión, opinión política, ascendencia nacional, origen social o discapacidad y así se lo exige a sus proveedores. Además, la organización se compromete a la aplicación de las políticas públicas establecidas para promover una mayor igualdad de oportunidades y para el fomento de una cultura corporativa basada en el mérito. Los proveedores, contratistas y colaboradores externos al igual que SÓLIDA, promoverán la igualdad de oportunidades en la contratación, remuneración, acceso a formación, promoción, desarrollo profesional, igualdad de oportunidades, terminación del contrato o jubilación de sus empleados y en las empresas proveedoras.
Todos los proveedores, contratistas y colaboradores externos deben conocer y respetar las leyes que afecten a su trabajo. Ningún proveedor, contratista y colaborador externo colaborará conscientemente con terceros en la violación de ninguna ley, ni participará en ninguna actuación que comprometa el respeto al principio de legalidad.
Condiciones de trabajo y empleo digno
Los proveedores remunerarán a sus trabajadores de acuerdo con las leyes salariales aplicables, garantizarán el derecho de sus empleados al descanso y cumplirán la legislación laboral vigente en cada uno de los sectores en los que opere en cuanto al horario de trabajo y el derecho a la desconexión digital.
Respeto a la libertad de asociación y negociación colectiva
Los proveedores facilitarán y respetarán los derechos de sindicación, asociación y de negociación colectiva reconocidos legalmente de sus empleados, con sujeción a las normas aplicables en cada caso y sin que de su ejercicio se puedan derivar represalias.
4.2. Ética profesional
Los proveedores, contratistas y colaboradores externos deben actuar con honradez e integridad en todos sus contactos o transacciones con las autoridades y funcionarios de los diferentes gobiernos y administraciones, asegurando que toda la información y certificaciones que presenten, así como las declaraciones que realicen, sean veraces.
Tolerancia cero con la corrupción
XXXXXX muestra su compromiso con la tolerancia cero frente a cualquier acto de corrupción, no solo a travé s de su Código Ético, sino mediante su propia regulación interna (Política Anticorrupción).
De esta forma, exige que sus proveedores desempeñen su actividad empresarial con integridad, objetividad, transparencia y honestidad, sin participar en actividades de sobornos, corrupción, extorsión o cualesquiera otras prácticas ilegales o no éticas. Los proveedores no aceptarán, ofrecerán ni concederán a funcionarios públicos, empleados de SÓLIDA y de cualquier persona física o jurídica al servicio de cualquier autoridad, entidad, pública o privada, partido político o candidato para un cargo público, comisiones, regalos, atenciones o retribuciones con el fin de obtener o mantener, ilícitamente, negocios u otras ventajas. Los proveedores cumplirán las normas más estrictas de conducta ética y moral, los convenios internacionales y respetarán las leyes aplicables sobre esta materia, asegurándose el establecimiento de los procedimientos adecuados que sean exigidos al efecto.
Imagen y reputación corporativa
XXXXXX considera su imagen y reputación corporativa como uno de sus activos más valiosos para preservar la confianza de clientes, empleados, proveedores, autoridades y de la sociedad en general. Los proveedores, contratistas y colaboradores externos deben poner el máximo cuidado en preservar la imagen y reputación de la organización en sus actuaciones profesionales. Igualmente vigilarán el respeto y uso correcto y adecuado de la imagen y reputación corporativa de SÓLIDA por parte de sus empleados y de los de las entidades a su vez subcontratadas. Los proveedores, contratistas y empresas colaboradoras aplicarán la debida diligencia para asegurar la respetabilidad de las organizaciones y las causas a las que están apoyando.
Los proveedores deberán mantener mecanismos que, en caso de potencial conflicto de interés de alguno de sus trabajadores, garanticen que la independencia de la actuación del proveedor y su plena sujeción a la legislación aplicable no quedarán afectadas.
Confidencialidad de la Información y protección de datos
Los proveedores deberán preservar y proteger la confidencialidad de la información que reciben como consecuencia del desempeño de la actividad comercial con SÓLIDA y cumplirán sin excepción con la legislación vigente en materia de protección de datos y de propiedad intelectual.
4.3. Protección del medio ambiente y Responsabilidad Social Corporativa
La preservación, respecto y protección del medio ambiente es un compromiso de SÓLIDA, por ello, los proveedores o subcontratistas han de comprometerse activa y responsablemente con la conservación del medio ambiente, respetando las exigencias legales intentando reducir, en la medida de lo posible, el impacto medioambiental de sus actividades. Es obligación de todos respetar el medio ambiente fomentando y promocionando actuaciones respetuosas con el entorno.
Asimismo, resulta imprescindible asegurar una cadena de suministro que respete los principios de responsabilidad social corporativa asumidos por SÓLIDA reflejados en su Política de calidad y medioambiente. En este sentido, es indispensable que la cadena de suministro cumpla con los principios y valores plasmados en el Código Ético de SÓLIDA, así como en su Política de calidad, medioambiente y Prevención de riesgos laborales, relativos a la ética empresarial y gestión transparente, prácticas laborales, seguridad y salud laboral, medio ambiente, calidad y seguridad de los productos y servicios comercializados, así como desarrollar prácticas responsables en la cadena de valor, impulsando el estricto respecto por los derechos humanos y laborales reconocidos en la legislación vigente.
5. Cumplimiento del código. Aceptación y adhesión
5.1. Cumplimiento
Este Código es de obligado cumplimiento para todos los proveedores o subcontratistas de SÓLIDA, en línea con su Código Ético. En el supuesto de detectarse un incumplimiento de cualquier de los Códigos se deberá poner en conocimiento de SÓLIDA, tan pronto como resulte posible, a través del canal ético de la organización, el cual se encuentra disponible en la página web de SÓLIDA o a en el siguiente enlace:
• xxxxx://xxxxxx-xxxxxxxxxx.xxxxxxx.xx/
Si dicho incumplimiento no fuera subsanado por el proveedor dentro de los treinta (30) días naturales d espués de la notificación, se considerará que aquel ha incumplido sus obligaciones y SÓLIDA tendrá derecho a rescindir el contrato que en su caso tenga suscrito con tal proveedor. Asimismo, el proveedor informará sin demora a SÓLIDA, a través del mismo correo electrónico mencionado anteriormente, de cualquier incumplimiento o sospecha de incumplimiento, tanto del Código Ético como del presente Código.
El proveedor deberá en todo momento estar al día de las modificaciones y actualizaciones del Código Ético y del presente Código de Conducta para proveedores, para lo cual SÓLIDA se compromete a notificar cualquier modificación o actualización en los mismos.
SÓLIDA publicará su Código Ético en su página web (xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/) y lo adjuntará, junto con el presente Código, a los contratos que suscriba con proveedores y subcontratistas.
5.2. Aceptación y adhesión
El Proveedor reconoce haber leído y comprendido los términos y condiciones expresadas en el presente Código de Conducta de Proveedores y confirma su aceptación, adhesión y compromiso con el cumplimiento del mismo.
FDO: ____________________________
FECHA: _______________
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