PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
LICITACIÓN DEL CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO Y SERVICIOS DE ENSAYOS TAQMAN PARA ESTUDIOS DE GENOTIPADO DE POLIMORFISMOS BI-ALÉLICOS “SINGLE NUCLEOTIDE POLYMORPHISM” (SNP) POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE TRAMITACION URGENTE
No sujeto a regulación armonizada
FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA PARA LA GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN EN SALUD EN SEVILLA (FISEVI)
Expediente: 16/2018
Título: contrato mixto de suministro y servicios de ensayos TAqMan para estudios de genotipado de polimorfismos bi-alélicos “Single Nucleotide Polymorphism” (SNP)
Código CPV: 73111000 - Servicios de laboratorio de investigación
ÍNDICE
I. CONDICIONES ESPECÍFICAS 3
1. Régimen jurídico del contrato. 3
2. Objeto. 5
3. Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato 5
4. Precio del contrato y forma de pago 6
5. Financiación 6
6. Duración 6
7. Garantías 6
8. Perfil del contratante 7
9. Uso de medios electrónicos para comunicaciones 7
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 8
10. Requisitos del licitador. Aptitud para contratar. 8
11. Solvencia técnica 9
12. Lugar y plazo de presentación de ofertas 9
13. Contenido de las ofertas 10
14. Criterios de valoración de ofertas 11
15. Mesa de valoración. Apertura de ofertas 13
16. Adjudicación y formalización del contrato. 13
III. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 15
17. Lugares de entrega e instalación 15
18. Deber de colaboración. 15
19. Responsable del contrato 15
20. Reglas especiales respecto del personal de la empresa contratista 16
21. Propiedad de los trabajos 17
22. Condiciones especiales de ejecución de carácter social, ético, medioambiental o de
otro orden 17
23. Modificaciones del contrato. 17
24. Resolución del contrato. 18
25. Confidencialidad 19
26. Desistimiento y renuncia a la celebración del contrato 20
27. Subcontratación 20
28. Cesión del contrato 21
29. Protección de datos 21
30. Obligación de suministrar información 21
31. Impugnación en vía administrativa 22
32. Jurisdicción competente 22
ANEXO I - MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN 23
ANEXO II. - INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL DEUC (DOCUMENTO EUROPEO UNICO DE CONTRATACION) 24
XXXXX XXX - MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS OBJETIVOS 25
ANEXO IV - MODELO DE AVAL 26
I. CONDICIONES ESPECÍFICAS
1. Régimen jurídico del contrato.
La FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA PARA LA GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN EN
SALUD EN SEVILLA (FISEVI, en lo sucesivo) es una entidad sin ánimo de lucro, adscrita al sector público andaluz especializada en la gestión integral de la
Investigación Biosanitaria y que forma parte de la Red de Fundaciones Gestoras de Investigación del Sistema Sanitario Público Andaluz. El objeto de la Fundación es la gestión y la promoción de la investigación biomédica, así como potenciar la promoción profesional.
FISEVI se encuentra incluida en el ámbito subjetivo de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 (XXXX, en adelante) en virtud de lo establecido en su artículo 3.1.e, en su calidad de fundación del sector público. A efectos de la aplicación de sus previsiones normativas, FISEVI tiene la consideración de poder adjudicador distinto a las Administraciones Públicas.
El presente contrato se adjudicará por procedimiento abierto regulado en los artículos 156 a 158 de la LCSP y se realiza por tramitación urgente prevista en el artículo 119 pues responde a una necesidad inaplazable o cuya adjudicación es preciso acelerar por razones de interés público. A tales efectos el expediente contiene la declaración de urgencia hecha por el órgano de contratación, debidamente motivada. La tramitación de urgencia implica la reducción a la mitad de los plazos mínimos establecidos en la ley, salvo los enumerados en el art. 119.2.b
El contrato que se derive de la presente licitación y al que se refiere el presente pliego es de naturaleza privada, y se regirá por las cláusulas en él contenidas y por la legislación civil y mercantil que le sea de aplicación. Asimismo, el contrato estará sujeto a lo establecido por las normas de Derecho Comunitario que le sean de aplicación.
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas, presupuestos y condiciones presentadas y aceptadas, así como el resto de documentos relativos a la licitación, revisten carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera de los documentos contractuales citados, prevalecerá el primero sobre los segundos. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las Instrucciones, documentos o normas de toda índole aprobadas por FISEVI, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
Régimen transitorio de contratación electrónica
Según establece la LCSP, la presentación de ofertas se llevará a cabo utilizando medios electrónicos, de conformidad con los requisitos establecidos en la disposición adicional 15 de la LCSP. No obstante, los órganos de contratación no estarán
obligados a exigir el empleo de medios electrónicos en el procedimiento de presentación de ofertas entre otros casos, cuando, debido al carácter especializado de la contratación, el uso de medios electrónicos requiera herramientas, dispositivos o formatos de archivo específicos que no están en general disponibles o no aceptan los programas generalmente disponibles.
FISEVI está implementando las herramientas y dispositivos para la contratación electrónica de forma coordinada con el resto de órganos de contratación de la Junta de Andalucía, pero aún no se encuentra disponible; por lo que se acoge a la excepción prevista en el apartado 3º la disposición adicional 15 de la LCSP y en la presente licitación permite la presentación de ofertas en papel en la forma prevista en el presente pliego.
2. Objeto.
Constituye el objeto de la presente licitación el contrato mixto de servicio y suministro de ensayos TAqMAN para estudios de genotipado de polimorfismos bi-alélicos “Single Nucleotide Polymorphism” (SNP).
Los ensayos deberán ser suministrado en un único tubo (cebadores y sondas específica). Una de las sondas estará marcada con FAM y la otra con VIC.
Los Ensayos TaqMan para estudios de expresión de genes. Los cebadores y la sonda marcada con FAM de cada ensayo deberán ser suministrados en un único tubo.
Incluirá los reactivos (“Mater Mix”) y materiales (placas) para estudios de genotipado
y expresión.
Todo el suministro debe ser compatible “LightCycler 480” xx Xxxxx.
Para la delimitación del objeto del contrato dentro del Vocabulario Común de Contratos (CPV), aprobado por el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de noviembre de 2002, modificado por el Reglamento 213/2008, la referencia asignada es: 73111000 Servicios de laboratorio de investigación
3. Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato
El presupuesto base de licitación, entendiendo como tal el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (Art. 100 LCSP) es de 30.250 € (treinta mil
doscientos cincuenta euros).
El valor estimado del contrato en aplicación de lo dispuesto en el artículo 101 de la LCSP es de 25.000 € (veinte cinco mil euros), igual al presupuesto base de licitación sin IVA.
La oferta económica se formulará por precios unitarios (IVA no incluido), no por kits, sino por bloques de muestras, con el siguiente número dada una y precio unitario de cada bloque de muestras:
• Ensayo de genotipado Por bloques de 600 muestras 644,36 €
• Ensayos de expresión: Por bloque de 250 muestras 185,95 €
• Master Mix y placas 0,40 € por bloques de 850 muestras 280,59 €
4. Precio del contrato y forma de pago.
El precio del contrato en cada bloque será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá como partida independiente el importe del IVA. En dicho precio se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente documento.
El precio del contrato se realizará por cada suministro y/o servicios que efectivamente se vayan prestando.
5. Financiación
El presente contrato se desarrolla en el marco del Proyecto de investigación financiado por el Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, Expediente PI16/01373 en el marco de la convocatoria 2016 de la Acción Estratégica en Salud 2013-2016.
6. Duración.
El plazo de ejecución/entrega máximo será de 7 días / posteriores a cada pedido.
La duración del contrato se corresponde con la duración previstas del proyecto: 24 meses.
7. Garantías.
Los licitadores no están obligados a constituir una garantía provisional para poder
licitar.
En relación a la garantía definitiva será de un 5 % sobre el importe de adjudicación en base imponible que se formalizará bien mediante depósito en efectivo o bien mediante seguro de caución o aval bancario solidario a primer requerimiento y con renuncia a los beneficios de excusión, división y orden, debiendo constituirse con carácter previo a la adjudicación del contrato (se adjunta modelo de aval en Anexo IV).
La garantía estará afecta al cumplimiento del contrato y al pago de posibles obligaciones incumplidas del contratista frente a terceros o proveedores como consecuencia de la realización de los trabajos.
La devolución de la garantía se llevará a cabo una vez concluido el plazo de garantía que en su caso se establezca en el contrato.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, dichas Cooperativas solo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de su importe.
8. Perfil del contratante.
En el perfil de contratante de FISEVI de la Plataforma de Contratación de la Junta de Andalucía, se publicará cualquier dato e información pública referente a esta licitación.
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxx/
9. Uso de medios electrónicos para comunicaciones
En cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y de eficacia y eficiencia de la actuación administrativa, en la presente licitación se opta por el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en las comunicaciones que se produzcan.
Los actos y manifestaciones de voluntad tanto del órgano de contratación o de la mesa como de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan a lo largo del procedimiento de contratación (salvo la presentación de las ofertas y su documentación anexa que será en el registro de la entidad contratante) se enviarán a las direcciones de correo electrónico indicadas al efecto debiendo ser autenticados mediante una firma electrónica avanzada reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
A tal efecto los licitadores deberán expresar en su solicitud de participación la dirección de correo electrónico en la que deseen recibir las comunicaciones derivadas de la presente licitación, que se utilizará como medio preferente de comunicación para la práctica de las notificaciones en el seno del procedimiento. Al designar el correo electrónico el licitador reconoce que dicha dirección electrónica está bajo su control y que éste acepta que las comunicaciones le sean remitidas a la dirección asignada.
FISEVI señala como dirección de correo electrónico oficial de recepción de documentos y comunicaciones de los licitadores: xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xx
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
10. Requisitos del licitador. Aptitud para contratar.
Podrán optar al presente contrato las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición previstas en la LCSP para contratar con el sector público y que cuenten con la solvencia técnica y financiera conforme a lo establecido en el presente Pliego.
Las personas físicas o jurídicas que pretendan participar en esta licitación, deberán cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, con las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista, así como de los derechos adquiridos por las plantillas.
Se considera causas que implican una prohibición para participar en esta licitación el incumplimiento de la legislación ambiental y realización de delitos contra los trabajadores o sanciones en materia social, según lo establecido en las instrucciones de contratación de FISEVI.
Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal (UTE) deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como asumir el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. En caso de UTE, todos sus componentes quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la
extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
La presentación de la documentación con los requisitos exigidos representa para el contratista el reconocimiento de conocer y aceptar todas las condiciones establecidas en los pliegos sin reserva o excepción alguna.
11. Solvencia técnica
Para poder participar en esta licitación se exigen los siguientes criterios de solvencia técnica:
• Contar con un mínimo de 100 publicaciones indexadas en PubMed donde se utilicen los productos ofertados.
• Certificación de compatibilidad del suministro con el equipo “LightCycler 480”
xx Xxxxx.
• El licitador deberá disponer de un programa de acceso libre para el diseño de los ensayos, tanto de genotipado como de expresión. Dicho Programa debe ser compatible con los sistemas operativos del Hospital, lo cual será objeto de comprobación previa por parte de los responsables del proyecto.
12. Lugar y plazo de presentación de ofertas.
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán dentro del plazo de 8 días naturales siguientes a la publicación del anuncio (tramitación urgente), de lunes a viernes en horario de 8’30 a 15’00 horas, en las oficinas de la entidad contratante, sitas en:
FISEVI
Hospital Universitario Xxxxxx xxx Xxxxx. Edificio de Laboratorios. 6ª. Planta Xxxx. Xxxxxx Xxxxxx, x/x. 00000 Xxxxxxx
No se admitirán las proposiciones recibidas en la entidad con posterioridad a la fecha
y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
No obstante lo dispuesto en el punto anterior, las ofertas podrán ser enviadas mediante servicio de mensajería o correo urgente, siempre y cuando el envío de las mismas se produzca dentro del plazo marcado en este pliego. El licitador que haga uso de este medio deberá enviar, antes del fin de la fecha de finalización de presentación de ofertas, escrito vía correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xx en el que se comunique el envío. La recepción de las ofertas deberá efectuarse, en todo caso, durante los 3 días naturales siguientes a la finalización del plazo.
La presentación de las proposiciones presupone la aceptación incondicional por parte del licitador del contenido de las cláusulas del presente pliego, xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y del resto de documentos de la presente licitación sin salvedad alguna.
13. Contenido de las ofertas.
Dentro del plazo señalado en la cláusula anterior y en el lugar que se indica, los licitadores deberán presentar la solicitud de participación (conforme al anexo I) acompañada de la documentación que se especifica en el presente Pliego, distribuida en los sobres seguidamente relacionados. En cada uno de los sobres figurará el nombre del licitador y la siguiente inscripción:
- Letra del sobre A, B o C.
- Expediente 16/2018. Servicios y suministro de ensayos TAqMAN para estudios de genotipado de polimorfismos bi-alélicos “Single Nucleotide Polymorphism” (SNP).
- Nombre o razón social del licitador
Los sobres se firmarán y sellarán por el presentador y, contra su entrega, se sellará copia de la solicitud de participación. La documentación técnica se presentará en papel y además en formato digital en un pen drive. Las ofertas se presentarán redactadas en idioma español.
SOBRE “A”.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA TÉCNICA Y FINANCIERA.
Declaración responsable mediante cumplimentación del Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) al que se accede siguiendo las instrucciones que se detallan en el anexo II
En el documento se indicará que se cumplen las condiciones establecidas legalmente
para contratar con el sector público en cuanto a requisitos de capacidad (general y específica de esta licitación), representación y personalidad y que, asimismo, se cumplen las condiciones de solvencia exigidas en este pliego.
Los requisitos cuyo cumplimiento han de cumplir todos los licitadores, cuya concurrencia se declara mediante el DEUC, deberán ser acreditados únicamente por el licitador en quien recaiga la propuesta de adjudicación aportando la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de capacidad y de solvencia.
El órgano de contratación, para garantizar el buen fin del procedimiento, podrá requerir a los licitadores, antes de acordar la propuesta de adjudicación, para que aporten la documentación acreditativa de los requisitos previos.
SOBRE “B”.- DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A CRITERIOS EVALUADOS MEDIANTE JUICIOS DE VALOR. CRITERIOS SUBJETIVOS
El licitador presentará una Memoria Técnica conteniendo en la que se haga una descripción pormenorizada de la metodología de los ensayos.
En este sobre se incluirá una demo (soporte informático o con una clave de acceso on line a una demo) de programa de acceso libre para el diseño de los ensayos, tanto de genotipado como de expresión, que de ser compatible con los sistemas operativos del Hospital.
En el sobre B no podrá aparecer ninguna referencia o dato que esté considerado como criterio de adjudicación a valorar mediante aplicación de fórmulas, que son los expresados en los apartados 14.1 del presente pliego. El incumplimiento de esta obligación conllevará la exclusión automática del procedimiento.
SOBRE “C”.- DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A CRITERIOS EVALUADOS MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS. CRITERIOS OBJETIVOS
En el sobre “C” figurará la oferta económica por precio unitario por paciente según modelo Xxxxx XXX. Las proposiciones económicas superiores a cualquiera de los precios unitarios expresados en el apartado 3 del presente pliego no se tendrán en cuenta y serán rechazadas
14. Criterios de valoración de ofertas.
Se tendrán en cuenta los siguientes criterios, valorándose desde cero hasta la puntuación que se indica en cada uno de los apartados que se relacionan:
14.1. Criterios valorados mediante la aplicación de fórmulas. 55 puntos
- Precios. 60 puntos.
Se asignará la máxima puntuación a la oferta de precio unitario inferior de cada bloque de tipología de ensayo con respecto al presupuesto unitario de cada uno, asignándose la puntuación al resto de las ofertas mediante proporcionalidad inversa, aplicando las siguientes puntuaciones y fórmulas en cada caso:
• Ensayo de genotipado (bloque de 600 muestras). 20 puntos
Oferta de precio más bajo 20 puntos
Oferta valorada X puntos
• Ensayos (bloque
puntos
Oferta de precio más bajo x 20
V =
Oferta valorada
de expresión de 250
muestras). 20
Oferta de precio más bajo 20 puntos
Oferta valorada X puntos
Oferta de precio más bajo x 20
V =
Oferta valorada
• Master Mix y placas (bloques de 850 muestras). 10 puntos
Oferta de precio más bajo 10 puntos
Oferta valorada X puntos
Oferta de precio más bajo x 10
V =
Oferta valorada
Se entenderá que en
cualquiera de los tres casos, las ofertas que supongan una baja igual o superior al 20
% sobre el precio medio de las ofertas presentadas y admitidas, superan el límite que permite apreciar que la proposición no puede ser cumplida por ser anormal o desproporcionada. En tal caso se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 149 LCSP.
- Reducción del precio del suministro a partir de 20 ensayos (con independencia del tipo). 10 puntos
Reducción del precio de un 5% hasta 9’9 % = 5 puntos
Reducción del precio superior a un 10 % = 10 puntos
14.1. Criterios valorados mediante juicios de valor. 40 puntos
- Valoración de la Memoria Técnica y su grado de adaptación a las necesidades del proyecto. 20 puntos.
- Valoración del programa de acceso libre para el diseño de los ensayos, tanto de genotipado como de expresión, y su grado de compatibilidad con los sistemas operativos del Hospital. 20 puntos.
Para continuar en el proceso de valoración las ofertas deberán obtener una puntuación mínima de 15 puntos en el primer criterio (memoria técnica) y 15 en el segundo (programa de acceso).
15. Mesa de valoración. Apertura de ofertas.
La mesa de valoración será el órgano constituido al efecto para calificar y valorar las ofertas presentadas. La mesa de valoración se constituirá formalmente en la fecha y hora que se convoque. En la primera sesión calificará el documento contenido en el “SOBRE A”, pudiendo conceder un plazo no superior a tres días para la subsanación de los defectos que se observen en la documentación presentada y que sean subsanables.
Realizada, en su caso, la subsanación, se procederá a realizar la valoración de la memoria técnica y del programa de acceso libre para el diseño de ensayos por parte de los técnicos (Valoración de criterios subjetivos, sobre B).
Posteriormente, en la fecha y hora que se determine, se convocará un acto público del que se informará con antelación suficiente a todos los licitadores, en el que se procederá a la apertura del sobre “C” que contiene los criterios de valoración objetivos. Con anterioridad a la apertura del sobre “C” se informará a los licitadores del resultado de la valoración técnica (criterios valorados mediante juicos de valor).
16. Adjudicación y formalización del contrato.
La mesa de valoración elevará al órgano de contratación de FISEVI una relación de ofertas por orden decreciente de la puntuación obtenida, basada en los criterios
indicados en el presente Xxxxxx, acompañada de una propuesta de adjudicación.
El órgano de contratación requerirá al licitador propuesto para que presente, dentro del plazo de 5 días además de la documentación acreditativa de los requisitos de capacidad y solvencia que se le requieran, la siguiente documentación:
a) Obligaciones Tributaria
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
- Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, justificativa de la inexistencia con la Administración Autonómica de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
b) Obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva expedida, por la Tesorería de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
d) Acreditación de haber constituido la garantía definitiva, en alguna de las formas indicadas en este pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
En ese caso se procederá a requerir la documentación a la oferta que haya obtenido la segunda mejor puntuación y se actuará de acuerdo a lo dispuesto en los apartados precedentes.
A la vista de la documentación aportada el órgano de contratación procederá a la adjudicación del contrato, a su publicación en el perfil de contratante y a notificarlo a todos los licitadores.
Dentro del plazo máximo de 8 días hábiles desde la adjudicación del contrato se procederá a su formalización.
Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a FISEVI, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
III. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
17. Lugares de entrega e instalación
El servicio de enfermería se realizará en el Servicio inmunología, Tercera planta, Edificio Laboratorios del Hospital universitario Virgen del Xxxxx xx Xxxxxxx.
18. Deber de colaboración.
El adjudicatario colaborará con FISEVI, así como con las personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a las actuaciones correspondientes al contrato.
19. Responsable del contrato
El órgano de contratación designará a una persona responsable del contrato, a la que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada.
La designación o no de responsable del contrato, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a orden directa del mismo. El
nombramiento de la persona responsable se hará constar en el contrato, o bien, le será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
20. Reglas especiales respecto del personal de la empresa contratista.
La empresa contratista vendrá obligada a atender este contrato con el equipo de trabajo formado por las personas que haya especificado en su oferta. Cualquier cambio, incluso temporal, de personas en la composición del equipo tendrá que ser previa y expresamente autorizado por FISEVI, que verificará que la persona sustituta tiene un perfil profesional similar al de la persona sustituida. Procurará, no obstante, que exista máxima estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, a fin de no alterar la óptima prestación del servicio.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a FISEVI canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas.
d) Informar a FISEVI acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
21. Propiedad de los trabajos.
Los trabajos que se realicen en cualquiera de sus fases serán propiedad de la Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Xxxxx xx Xxxxxxx y ésta, en consecuencia, podrá exigir en cualquier momento la entrega de las partes del trabajo realizadas, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.
En ningún caso el adjudicatario podrá utilizar para sí, ni comunicar o proporcionar a terceros datos de los trabajos contratados, ni publicar o reproducir total o parcialmente el contenido de los mismos sin autorización expresa la Fundación.
22. Condiciones especiales de ejecución de carácter social, ético, medioambiental o de otro orden
De conformidad con lo establecido en el artículo 202 de la LCSP, se establecen como condición especial de ejecución del presente contrato que el contratista se compromete al mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato.
23. Modificaciones del contrato.
El contrato podrá modificarse durante su vigencia hasta un máximo del 20 % del precio inicial por la concurrencia de los siguientes supuestos:
- Aumento o disminución de prestaciones concretas.
- Aumento o disminución de ensayos
- Aplicación de medidas de estabilidad presupuestaria que correspondan.
El procedimiento para la modificación del contrato será el siguiente:
FISEVI comunicará por escrito al contratista la necesidad de modificar el contrato indicando las razones y aspectos a modificar. En dicho comunicado indicará al el plazo máximo en el que deberá entregar un documento en el que se recojan los aspectos que sean necesarios de entre los siguientes:
• Presupuesto económico para acometer la modificación del contrato.
• Plazo en el que, en su caso, se compromete el Contratista a realizar la prestación una vez modificada.
• Memoria explicativa, en su caso, sobre la modificación.
Aprobado por FISEVI el documento anterior se presentará a la firma el documento (adenda) en el que se recojan los aspectos del contrato que queden modificados.
24. Resolución del contrato.
El contrato podrá resolverse por la concurrencia de alguna de las siguientes causas:
a) La extinción de la personalidad jurídica del contratista o de la entidad contratante.
b) El mutuo acuerdo entre las partes.
c) La falta de calidad en las prestaciones que constituyen el objeto del presente contrato, a juicio de FISEVI
d) El incumplimiento de las obligaciones contractuales y condiciones generales y especiales de prestación del servicio recogidas en la oferta, el pliego y/o en el contrato, así como en la normativa específica que resulte de aplicación.
e) El incumplimiento sobrevenido de las obligaciones tributarias y/o con la Seguridad Social.
f) La suspensión por causa imputable a la FISEVI del inicio de la ejecución del contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo.
g) La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad.
h) El incumplimiento reiterado de las obligaciones labores en general y, en especial, de la obligación del pago de salarios a los trabajadores y de la estricta observancia de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
i) El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución expresadas en el presente pliego.
j) La aplicación de las medidas de estabilidad presupuestaria que correspondan.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos,
conllevará la resolución del contrato, debiendo indemnizar el contratista a la FISEVI los daños y perjuicios ocasionados, con los demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable.
En el supuesto de que fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la pactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en vigor y a la celebración de otro.
En caso de que se inicie expediente de resolución del contrato por imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, o por la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público, de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, podrá iniciarse el procedimiento para la adjudicación del nuevo contrato, si bien la adjudicación de éste quedará condicionada a la terminación del expediente de resolución. Hasta que se formalice el nuevo contrato, el contratista quedará obligado, en la forma y con el alcance que determine el órgano de contratación, a adoptar las medidas necesarias por razones de seguridad, o indispensables para evitar un grave trastorno al servicio público.
25. Confidencialidad.
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la LCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, FISEVI no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en este procedimiento de licitación o en otros posteriores.
El deber de confidencialidad de FISEVI no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles. El deber de confidencialidad tampoco podrá impedir la divulgación pública de partes no confidenciales de los contratos celebrados, tales como, en su caso, la liquidación, los plazos finales de ejecución, las empresas con las que se ha contratado y subcontratado, y, en todo caso, las partes esenciales de la oferta y las modificaciones posteriores del contrato, respetando en todo caso lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
2. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
3. El licitador y/o adjudicatario se compromete a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información clasificada como confidencial. Se considerará Información Confidencial cualquier dato al que el licitador y/o adjudicatario acceda en virtud de la presentación de la oferta o la ejecución del Contrato en el caso de que resulte adjudicatario, en especial la información y datos propios de FISEVI a los que haya accedido durante su ejecución. El licitador y/o adjudicatario se compromete a no divulgar dicha información confidencial, así como a no publicarla, bien directamente, bien a través de terceras personas o empresas, ni de cualquier otro modo ponerla a disposición de terceros sin el previo consentimiento por escrito de FISEVI.
26. Desistimiento y renuncia a la celebración del contrato.
El órgano de contratación podrá desistir o renunciar a la celebración del contrato siempre que ésta se produzca antes de la adjudicación.
Sólo podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia.
Por su parte, el desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
En ambos casos se compensará a los candidatos o licitadores que hubiesen presentado su oferta por los gastos en que hubiesen podido incurrir con un importe de 100 € que se abonará previa solicitud de las empresas licitadoras.
27. Subcontratación
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización.
En caso que se produzca subcontratación, se estará a lo dispuesto en los artículos 215, 216 y 217 de la LCSP.
28. Cesión del contrato
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero, para que esta cesión se lleve a cabo se exige el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 214 LCSP.
29. Protección de datos.
Los datos personales de empleados o colaboradores de las empresas licitadoras que sean facilitados a FISEVI, con motivo de la presente licitación serán incluidos en un fichero de FISEVI con la finalidad de gestionar el procedimiento de licitación. Las empresas licitadoras no podrán facilitar a FISEVI dichos datos sin haber obtenido previamente el consentimiento de sus titulares y haberles informado de la presente cláusula.
Los titulares de los datos personales podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo su solicitud por escrito a las oficinas centrales de FISEVI con la referencia "Protección de Datos Personales".
En cuanto al tratamiento de la información recopilada, la empresa adjudicataria, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones de FISEVI y no los aplicará o utilizará con fin distinto al del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Además, deberá cumplir las medidas técnicas y organizativas estipuladas en el Real Decreto 999/1999, de 11 xx xxxxx, que establece el “Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal” para datos de carácter personal de nivel básico.
En el caso de que la empresa, o cualquiera de sus miembros, destinen los datos a otra finalidad, los comunique, o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será responsable de las infracciones cometidas.
30. Obligación de suministrar información.
La empresa que resulte adjudicataria vendrá obligada previo requerimiento a suministrar a la entidad contratante toda la información necesaria para el cumplimiento por parte de ésta de las obligaciones previstas en la legislación sobre transparencia y buen gobierno.
31. Impugnación en vía administrativa
Serán susceptibles de impugnación en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, ante la persona titular de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, las actuaciones relativas a la presente licitación:
El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo en el plazo máximo de un mes. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la actuación será firme a todos los efectos.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso.
El presente recurso tiene carácter preceptivo y será obligatoria su interposición con carácter previo al inicio de acciones en vía jurisdiccional contencioso administrativa.
32. Jurisdicción competente
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre cuestiones relativas a la preparación y adjudicación del presente contrato serán competencia del orden jurisdiccional contencioso – administrativo.
Las controversias que se susciten entre las partes en relación a los efectos y extinción del presente contrato serán competencia del orden jurisdiccional civil.
En todo caso la competencia será de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxx, renunciando las partes a otros fueros que pudieran corresponderles.
ANEXO I - MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
D/Xx......................................…………………………..en nombre y representación de la
empresa /UTE …………………………… con sede social en calle….........................................
número ......................., ciudad …………. con CIF número ,
enterado de la convocatoria de la licitación del Contrato de Servicios y suministro de ensayos TAqMAN para estudios de genotipado de polimorfismos bi-alélicos “Single Nucleotide Polymorphism” (SNP).
MANIFIESTA
Que acepta las condiciones de la licitación y que desea participar en la misma, para lo cual presenta la presente solicitud de participación acompañada de la documentación expresada en el pliego de condiciones particulares
Y designa como dirección de correo electrónico para comunicaciones relacionadas con esta licitación:
@
En………….., a …….. de de 2……
Fdo. El Apoderado
ANEXO II. - INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL DEUC (DOCUMENTO EUROPEO UNICO DE CONTRATACION)
1. Guardar en su equipo el documento XML titulado DEUC_FISEVI que aparece como documentación de esta licitación en el perfil de contratante.
2. Entrar en la página web: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
3. Dentro de la pregunta “¿Quién es usted?” seleccionar la opción “Soy un operador económico”
4. Dentro de la pregunta ¿Qué desea hacer? Seleccionar la opción “Importar un DEUC”.
5. Cargue el documento DEUC_FISEVI desde el archivo en el que lo haya guardado.
6. Elija el país en el que tiene la sede social su empresa.
7. Pulse el botón “siguiente” y vaya rellenando todas las opciones que le pide el
documento.
8. Cuando haya completado todos los apartados elija la opción “Visión general”.
9. Repase el documento y presione el botón “descargar como”.
10. Elija la opción FORMATO PDF.
11. Una vez descargado, imprima el documento en todas sus páginas, fírmelo con sello de la empresa e introdúzcalo en el sobre A.
ANEXO III - MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS OBJETIVOS
Las propuestas deberán ser redactadas en español, conforme al modelo siguiente:
D/Xx................................................., con D.N.I./N.I.F............................., actuando en su
propio nombre o en representación de la empresa. , domiciliada
en ........................................, enterado de la convocatoria de la licitación del Contrato Servicios y suministro de ensayos TAqMAN para estudios de genotipado de polimorfismos bi-alélicos “Single Nucleotide Polymorphism” (SNP), se compromete y obliga a tomar a su cargo dicho contrato de acuerdo con el Pliego de Condiciones y Prescripciones Técnicas que ha de regir dicha licitación y con estricta sujeción a la oferta presentada, por los siguientes importes unitarios IVA no incluido:
• Ensayo de genotipado Por bloques de 600 muestras €
• Ensayos de expresión: Por bloque de 250 muestras €
• Master Mix y placas 0,40 € por bloques de 850 muestras €
- Reducción del precio del suministro que, en su caso, oferta a partir de 20 ensayos
(con independencia del tipo). € o NO oferta ninguna reducción de precios.
Xxxxx, fecha y firma del proponente
ANEXO IV - MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), con NIF , y domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en (calle, plaza, avenida, número código postal y localidad) y en su nombre, (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
A V A L A
A (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF (del avalado), en virtud de lo dispuesto por la Ley 9/2017 de Contratos del Sector, para responder de todas las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato Servicios y suministro de ensayos TAqMAN para estudios de genotipado de polimorfismos bi-alélicos “Single Nucleotide Polymorphism” (SNP) ante la entidad Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud en Sevilla (FISEVI) por importe de EUROS (en letra y en cifra)
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la entidad Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud en Sevilla (FISEVI) con sujeción a los términos previstos en la legislación de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que entidad Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud en Sevilla (FISEVI) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la normativa sobre Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En , a de de
(razón social de la entidad avalista)
Fdo. Nombre y apellidos de los apoderados firmantes