ASAMBLEA LEGISLATIVA
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA CARTEL DE CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2015CD-000143-01
“MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE ASCENSORES”
Recepción de ofertas:
00 XX XXXXX XX 0000, X XXX 10:00:00 HORAS
1) ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.
1.1. Es obligación del oferente presentar su oferta debidamente firmada por quien tiene la capacidad legal para ello o por alguna de las personas que se encuentre autorizada por la empresa. Dicha lista de personas autorizadas deberá constar en el registro de proveedores de esta institución. Todo de conformidad con el artículo 18 de RLCA. En caso de no cumplir con esta cláusula, la oferta será inadmisible.
1.2. Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones legales y especificaciones técnicas solicitadas.
1.3. Se consideran ofertas inadmisibles las que sean presentadas en forma extemporánea.
2) CONDICIONES GENERALES
2.1. Es obligación del oferente presentar su oferta de manera ordenada, completa y en idioma español.
2.2. El plazo para recibir ofertas vence el día 21 de julio de 2015, a las 10:00:00 horas, conforme al artículo 52, inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación administrativa. El acto de apertura de las ofertas se realizará en el Departamento de Proveeduría, sita del Cine Xxxxxx, 50 metros norte y 00 xxxxxx xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx 0x xxxx.
2.3. El oferente deberá presentar un original de la oferta en la recepción del Departamento de Proveeduría de esta Institución EN SOBRE CERRADO.
2.4. En ningún caso se aceptará la presentación de ofertas vía telefónica, a través de medios electrónicos de transmisión de datos, casilleros electrónicos, facsímiles u otros medios.
2.5. En la oferta debe indicarse claramente el nombre, dirección, teléfono, fax y correo electrónico de la persona responsable a quien notificar. De no indicarse lo anterior, toda comunicación se entenderá realizada en el transcurso de dos días hábiles a partir de la emisión del acto administrativo.
2.6. Cualquier persona física o jurídica que haya intervenido directa o indirectamente en cualquier etapa de este proceso de contratación deberá inhibirse de participar en este concurso como oferente, subcontratista o parte del equipo técnico. En caso de incumplimiento de esta restricción o cualquiera de las otras prohibiciones será motivo para descalificar la oferta y será acreedor a las sanciones establecidas en el Articulo 100 de la
Ley de Contratación Administrativa, que implica una inhabilitación para participar en procesos de contratación administrativa por un período de dos a diez años.
2.7. La oferta deberá elaborarse con precios unitarios y totales. Respecto a los precios totales, éstos deben ser anotados en números y letras coincidentes; en caso de divergencia prevalecerá la suma indicada en letras (Art. 25 RLCA)
2.8. El precio deberá cotizarse libre de tributos e indicarse el desglose del monto y naturaleza de los impuestos, tasas, sobretasas, aranceles y demás impuestos xxx xxxxxxx local que lo afecte. En caso de que la oferta no lo indique, se entenderán incluidos y se rebajarán de los precios cotizados. (Art. 25 RLCA)
2.9. En caso de ofertas en dólares o cualquier otra moneda extranjera, regirá, para efectos comparativos, el tipo de cambio de referencia para la venta calculado por el Banco Central xx Xxxxx Rica, vigente al momento de la apertura o fecha límite de recepción de ofertas.
2.10. No serán admisibles los documentos ilegibles o que contengan omisiones, alteraciones, borrones, tachaduras o que presenten irregularidades de cualquier clase.
3) CONDICIONES ESPECIFICAS Y TÉCNICAS
Sírvase cotizar lo siguiente:
3.1. Mantenimiento preventivo y correctivo en forma mensual de los elevadores, código presupuestario: 1-08-01-020-001
1. Los trabajos se realizarán en los elevadores de los edificios Principal y Xxxxxxxx Azul donde se ubica la Asamblea Legislativa, de acuerdo a la siguiente descripción y ubicación:
Inciso | Ubicación | Marca y Modelo | Descripción |
A | Edificio Principal, Avenida 1, calle 17. | Xxxxxxx, Concord Orion | Elevador de Cabina, de tres paradas. |
B | Edificio Principal, Avenida 1, calle 17. | Xxxxx, VPL 3153 | Elevador tipo plataforma vertical, de dos paradas, ubicado en el Salón Plenario. |
C | Edificio Xxxxxxxx Azul, Avenida 1, bulevar. | Xxxxxxx | Elevador de Cabina, de dos paradas. |
2. El oferente deberá hacer constar que ha ejecutado o está ejecutando al menos un contrato con equipos similares al de la institución, o presentar una certificación del fabricante indicando que es el representante autorizado por la marca para Xxxxx Rica. Dicha certificación deberá ser como autorizado para brindar el servicio técnico a los equipos.
3. El trabajo comprendido, en cada sección de estas especificaciones, incluye el suministro, por parte del contratista, de todos los materiales, equipo, herramientas y mano de obra necesarios para su ejecución, de acuerdo con las especificaciones preparadas. Asimismo el contratista debe presentar declaración jurada mediante la cual libera a la Asamblea Legislativa por cualquier deterioro, daño o pérdida de estos equipos y herramientas que traiga para realizar sus labores.
4. El Contratista como sus operarios deberán estar identificados con el uniforme de la empresa y portar, de manera permanente, la identificación suministrada por la Unidad de Seguridad y Vigilancia durante la estadía en las instalaciones Institucionales, tanto para trámites administrativos como los operativos en la ejecución del contrato.
5. Para el mantenimiento preventivo, como correctivo, se deben usar los equipos de seguridad personal recomendadas por la empresa de acuerdo con la garantía de respaldo.
6. Cuando el contratista finalice las labores del servicio y mantenimiento prestado, velará porque el área esté limpia y libre de residuos.
7. Si por el tipo de trabajo, se deterioran las instalaciones físicas o de infraestructura, la empresa deberá corregirlo por su cuenta sin costo adicional a la institución.
8. Todo material de desecho producto de la ejecución de los trabajos contratados, será retirado por cuenta y bajo responsabilidad del Contratista, el cual deberá mediante declaración jurada garantizar a la administración que éstos serán depositados en lugares propios para este fin. El retiro de desechos se hará previa autorización por parte del fiscalizador del contrato.
9. En concordancia con lo establecido en la Resolución Nº583-2008-SETENA, el contratista deberá asegurarse de cumplir con los términos del Código de Buenas Prácticas Ambientales publicado mediante Decreto Ejecutivo Nº 32079-MINAE, como forma de garantizar el derecho constitucional a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, por lo tanto deberá disponer de los desechos originados del proceso de reparación y mantenimiento de los elevadores de tal forma que no origine residuos o materiales tóxicos o peligrosos y depositarlos de forma segura en lugares adecuados para tal efecto.
10. El contratista es el único responsable y autorizado para manipular, instalar y desinstalar cada uno de los equipos, partes o componentes del elevador bajo contrato, y lo hará por su cuenta y riesgo.
11. La Asamblea Legislativa se reserva el derecho de incluir o excluir del contrato sin ninguna responsabilidad los equipos que así considere, de acuerdo con lo que establece el artículo 200 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
El contratista deberá dar mantenimiento a todos aquellos elevadores que adquiera la Asamblea Legislativa, a partir de la fecha de vencimiento de las respectivas garantías. A tal efecto, oportunamente, el Departamento de Proveeduría lo comunicará por escrito al contratista. El precio y condiciones técnicas de este mantenimiento se realizarán bajo las mismas condiciones contractuales.
12. Todo cambio en el inventario de los equipos será comunicado por el fiscalizador del contrato al Departamento de Proveeduría para que éste lo comunique por escrito al contratista.
3.2 Aspectos generales de seguridad ocupacional
1.- El Contratista velará porque se protejan las áreas que se van a reparar, determinando las áreas con cinta o rótulos de seguridad de: prohibido el paso peatonal, peligro y de ser posible, cuando esté en su poder, impedir el ingreso de personas ajenas al personal que realiza el trabajo.
2.- Previo al inicio de los trabajos que se van a ejecutar, el Contratista deberá presentar, ante el Fiscalizador de la Obra designado por el Departamento de Servicios Generales, las siguientes pólizas vigentes al menos por la duración del contrato.
-Póliza de riesgos del trabajo:
El contratista deberá presentar copia de la póliza de Riesgos del trabajo y de la planilla del INS donde se corrobore que los trabajadores están incluidos en la póliza.
-Póliza responsabilidad civil a terceros:
El Contratista será el responsable directo de los daños que sus empleados ocasionen al inmueble, a los muebles propiedad de la Institución o de sus funcionarios, a estos últimos y a las personas que se encuentren en aquél, para lo cual deberá contar con una póliza de Responsabilidad Civil a terceros que le permita asumir las responsabilidades por sus actuaciones, durante el desarrollo de la actividad contratada.
3.- El Contratista deberá demostrar, previo a la entrega de la orden de pedido, que se encuentra al día en sus obligaciones con en el Instituto Nacional de Seguros, demostrándolo con la certificación correspondiente debidamente emitida por el Instituto Nacional de Seguros. Además deberán presentar junto con las facturas, copia de las planillas canceladas a la Caja Costarricense del Seguro Social y de las pólizas respectivas ante el Instituto Nacional de Seguros, donde claramente se demuestre que quienes brindan el servicio a la Asamblea Legislativa se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha planilla o póliza; con los siguientes datos:
- Nombre y número de cédula de la empresa adjudicada.
- Nombre del representante y número de teléfono.
- Actividad económica o servicio que presta.
- Detalle exacto del lugar de los trabajos.
- Cantidad de empleados con nombre, Nº de cédula y salario devengado o salario mínimo, el cual no puede ser menor al dictado y decretado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para el semestre vigente.
- Monto de la licitación.
- Número de póliza de Riesgos del Trabajo que ampara a los trabajadores.
4.- El Contratista deberá reinstalar todo equipo (gabinetes, extintores, rak, etc), rótulo de señalización, cuadro, escultura, etc. que por alguna u otra razón tuviera que remover para realizar el servicio contratado, salvo ordenamiento contrario del Fiscalizador de la Obra.
5.- El Contratista suministrará a todo su personal; todo el Equipo de Protección Personal que la labor requiera (guantes, delantales, casco de seguridad, mascarillas de respiración, botas (hule o cuero) zapatos, etc.
6.- Los trabajos y trabajadores del contratista serán supervisados por la Sección de Salud Ocupacional, a fin de que se guarden todas las normas y medidas de seguridad pertinentes, según la Ley 6727 de Riesgos del Trabajo, con el objetivo de evitar daños y accidentes laborales.
3.3 Descripción del Servicio de Mantenimiento Preventivo Mensual:
3.3.1 Dicho mantenimiento tiene como objetivo reducir los riesgos que inciden sobre la continuidad del servicio que brindan los elevadores.
3.3.2 El mantenimiento preventivo consiste en una visita mensual en donde el contratista deberá realizar como mínimo las siguientes acciones por visita a los equipos:
Verificación del estado físico, condiciones de operación y realización de los protocolos de pruebas.
Revisión funcional de los paneles de control e indicadores ópticos y acústicos.
Revisión de los status de todos los circuitos de alarmas
Revisión de la operación normal del sistema
Inspección visual de todos los subensambles internos y componentes principales
Revisión de todas las conexiones mecánicas para corregir desajustes.
Limpieza minuciosa y completa de las cubiertas exteriores y los componentes interiores.
Aspirado y soplado total.
Comprobación y ajuste del funcionamiento de los equipos
Pruebas y ajustes de los funcionamientos en los diferentes modos de operación.
Medición y ajuste de los parámetros (voltaje de entrada, frecuencia, corriente, temperatura de funcionamiento, % carga de las baterías en salida y entrada, temperatura del cuarto) de funcionamiento real y compararlos con los parámetros de funcionamiento recomendado por el fabricante.
Comprobación de la ubicación y ambiente de trabajo de los equipos (suciedad, flujo de aire, humedad y temperatura.)
Inspección visual del estado los elementos, mecánicos, eléctricos y electrónicos, del Cuarto de Máquinas (Motor, Drive, Generador, Freno, Control/Selector), Cubo (Cables, Fosa), Carro y Piso (Puertas de Cabina, Señalización, Cabina) para realizar los ajustes, reparaciones, limpieza y lubricación en dichas partes. Se repararán o sustituirán, las partes o piezas, las cuales son necesarias debido al uso y desgaste normal del equipo, tales: armadura, chumaceras, escobillas, portaescobillas, conectores, tacogenerador, bobinas de campo, fuente de potencia, variadores de frecuencia, balatas de freno, regulador de velocidad, zapatas, núcleo, polea contactores, bobinas, relevadores, rectificadores, transformadores, resistencias, condensadores, relays de tiempo y sobrecarga, temporizador, tilistores, tarjetas electrónicas, rieles, guías, reguladores, amortiguadores, pit switch, sobrepaso, lectoras, carretillas, guías, contacto de puerta, zapatas de seguridad, detectores o fotoceldas, indicadores, botones de pasillo y displays, detector de puertas, cuadro de manejo (partes operativas), alarma, luz de emergencia, xxxx xx xxx, detector electrónico
Revisión de los estados de los cables, terminales, conexiones eléctricas, contactores, reles, componentes electrónicos y tarjetas.
Revisión de alimentación tablero de carga.
Revisión y ajuste de los registros de alarmas.
Se revisaran y probarán periódicamente todos los dispositivos de SEGURIDAD.
i. Se deben complementar estas acciones con las recomendaciones del fabricante y sus actualizaciones.
ii. El Contratista por cada equipo y visita deberá presentar un reporte técnico indicando los parámetros medidos, resultado de la inspección visual, acciones correctivas, observaciones y recomendaciones.
iii. Este mantenimiento se realiza, siempre que sea posible, en el lugar en donde está instalado el equipo.
iv. El contratista elaborará un programa de mantenimiento preventivo, debidamente calendarizado y planeado, de manera que cumpla con los requerimientos establecidos por el fabricante, debiendo notificarlo, a más tardar, siete días naturales después de entregada la orden de pedido, a la Unidad de Mantenimiento, para su definitiva ratificación. Si éste sufriese alguna modificación se deberá notificar al fiscalizador para su debida consideración.
v. El contratista deberá presentar al Fiscalizador cada tres meses un informe pormenorizado de cada elevador, donde se establezca que tipo de mantenimiento preventivo y correctivo se ha efectuado y una valoración técnica de cada equipo.
vi. El oferente debe cotizar incluyendo en su precio, el costo de todos los insumos, mano de obra y repuestos menores (terminales de cable, tornillos, accesorios de conexión, empaques, selladores, grasas, lubricantes, fusibles de control, bobinas de los reley de potencia, aceite de motor, tornillos, fajas, contactos, guías, botoneras y otros) que se necesitarán para garantizar el adecuado funcionamiento en condiciones seguras.
3.4 Descripción del Servicio de Mantenimiento Correctivo:
3.4.1 El mantenimiento correctivo consiste en la reparación de las averías reportadas en los equipos bajo contrato, cada vez que este falle. Cuando a juicio de la empresa y previa aprobación de la fiscalización de la Unidad de Mantenimiento determinen que se requieran reparaciones de partes no estipuladas en el mantenimiento preventivo, el contratista presentará una cotización de los repuestos requeridos para corregir la falla. Solo podrán ser realizadas las reparaciones previa consulta de que existe contenido presupuestario y hasta que esté el debido trámite de la contratación administrativa (orden de pedido o reserva presupuestaria) que corresponda para la adquisición de las mismas.
3.4.2 Todos los repuestos deben ser nuevos y originales y tener respaldo de la empresa garante, y para fines de la inspección se debe mostrar el repuesto dañado y el nuevo por cambiar, para los controles correspondientes; no podrá desecharse un repuesto usado retirado de alguno de los puntos, si no se cuenta con el visto bueno de fiscalización por escrito.
3.5 Tiempo de respuesta: El oferente deberá atender averías en un tiempo no mayor a dos horas, es decir, desde el momento en que recibe el reporte de la avería, hasta el momento en que se presenta en el lugar donde se encuentra el equipo reportado.
3.6 El contratista se compromete a reparar la avería en un plazo máximo de 5 días naturales posteriores al recibido de la orden de pedido, y en el caso de que deba demorar más, deberá justificar las razones de la demora por escrito, indicando al fiscalizador designado de la Unidad de Mantenimiento una fecha probable de la ejecución.
3.7 Garantía del Servicio: El tiempo de la garantía mínimo por los trabajos ejecutados en los mantenimientos preventivos mensuales, será de 3 meses.
Todos los repuestos utilizados tendrán una garantía mínima de 1 año, asegurando a la administración que dicha garantía se hará efectiva contra defectos de fabricación, en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
3.8 Plazo del Contrato: La Asamblea Legislativa adjudicará este contrato por un plazo de un año. Dependiendo de la oportunidad y conveniencia, se prorrogará automáticamente por tres períodos iguales, hasta por un plazo máximo de 4 años (período de vigencia original + tres prórrogas anuales), en caso de que ninguna de las partes manifieste por escrito lo contrario, con al menos tres meses de anticipación al vencimiento del plazo.
3.9 Visita Técnica: Antes de someter la oferta a concurso, los oferentes interesados deberán presentarse a la Unidad de Mantenimiento el día jueves 9 de julio de 2015, a las 10:00 a.m. para realizar una visita técnica, por lo que previo a la visita, deberá coordinar con la con la Ing. Xxxxx Xxxxxxx, al teléfono 2243-2503.
La visita técnica será con el fin observar, examinar e informarse plenamente del carácter y extensión del trabajo a realizar, de tal forma que en el silencio del cartel, en cuanto a aquellas condiciones no expresamente indicadas pero fácilmente visibles o razonablemente previsibles, como resultado de la visita, se observe otros detalles no contemplados en este documento.
3.10 Fiscalizador: El fiscalizador de esta contratación, será el Director del Departamento de Servicios Generales de la Asamblea Legislativa o la persona que éste designe, para lo cual establecerá los sistemas de verificación adecuados para determinar su fiel cumplimiento, de conformidad con los parámetros establecidos en el Cartel y la Oferta respectiva.
3.11 Precio C.I.F. al Almacén de la Proveeduría de la Asamblea Legislativa.
4) ASPECTOS LEGALES
Los participantes a este concurso deberán cumplir con lo siguiente:
4.1. La vigencia de la oferta deberá ser igual o mayor a 20 días hábiles.
4.2. Deberá aceptar la forma de pago de la Institución: Para que la Asamblea Legislativa cancele las obligaciones contraídas, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
b. Visto bueno al acuerdo de pago por parte de dos miembros del Directorio Legislativos (Presidente y Primer Secretario) y Director Ejecutivo
c. Trasferencia electrónica al Ministerio de Hacienda
d. Solicitud de pago al ministerio de Hacienda
e. El plazo máximo para que la Asamblea Legislativa pague será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente de la fecha de la presentación de la factura comercial, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo contratado.
El Proveedor deberá indicar en la oferta el número de cuenta cliente en colones donde se le depositará el pago en caso de ser adjudicado.
Toda persona física o jurídica que realice gestiones de pago con la Asamblea Legislativa, deberá indicar en la factura comercial el número de cuenta cliente en colones donde se le depositará el pago; asimismo deberá aportar una impresión de la entidad bancaria respectiva que indique el número de cuenta cliente en colones. De igual forma deberán informar cuando se realice un cambio en el número de cuenta. Los proveedores deberán presentar ese documento en el Departamento de Proveeduría.
4.3. El oferente deberá estar al día con el pago de las obligaciones obrero patronal en el momento de la apertura de las ofertas, según se establece en el Art. 65 inciso c, RLCA. La Administración verificará dicha condición mediante el sistema informático de la C.C.S.S denominado “Consulta de la Morosidad Patronal”; no obstante, la Administración podrá solicitar dicho documento al oferente en caso de existir algún inconveniente para accesar el sistema informático de la CCSS.
4.4. El oferente deberá estar al día con el pago de las cuotas del Fondo de Desarrollo Social y de Asignaciones Familiares (FODESAF), según se establece en el Art. 22 inciso c) de la Ley de Creación de FODESAF No.5662. La Administración verificará dicha condición mediante el Sistema Informático del Ministerio de Trabajo, no obstante, también podrá solicitar ese documento al oferente en caso de existir algún inconveniente para accesar el sistema del Ministerio de Trabajo.
4.5. El oferente deberá presentar declaraciones Juradas originales:
Que se encuentra al día en el pago de todo impuesto nacional (Art. 65 inciso a, RLCA). Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones que prevé el articulo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa (Art.65 inciso b, RLCA y Art. 19, RLCA)
4.6. Serán parte integrante del Cartel, las normas pertinentes de la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento General de la Contratación Administrativa. Asimismo, se deberá cumplir con el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública.
5) DEL ADJUDICATARIO O CONTRATISTA
5.1. Dentro de los tres días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación, el adjudicatario o contratista deberá aportar timbres fiscales correspondientes al 0.25% del monto total adjudicado.
5.2. Una vez que el acto de adjudicación quede en firme, en caso de requerirse y a solicitud de la administración, el adjudicatario o contratista deberá aportar los siguientes requisitos:
5.2.1. Garantía de cumplimiento.
a. En un plazo de 3 días hábiles contados a partir de la fecha en que quede firme el acto de adjudicación, la adjudicataria deberá entregar, en la Tesorería del Departamento Financiero, cita del Restaurante KFC los Xxxxx, 100 metros este y 200 metros sur, una garantía de cumplimiento equivalente al 5% ( cinco por ciento) del monto adjudicado. Copia del comprobante deberá entregarlo en la Proveeduría Institucional.
b. La garantía de cumplimiento deberá tener una vigencia de dos meses adicionales a la fecha definitiva de recepción del objeto del contrato.
c. La garantía de cumplimiento se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos 40, 41, 42, 43, 44 y 45 del RLCA.
Formas de rendir las garantías: Las garantías de cumplimiento podrán rendirse según lo establece el artículo 42, 46 y 46 bis del Reglamento x Xxx de Contratación Administrativa.
d. La garantía de cumplimiento podrá ser dinero en efectivo (colones), bonos, certificados a plazo, cheques certificados, cheques de gerencia, carta de garantía.
6) METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
6.1. Se tomará en cuenta para la adjudicación de lo cotizado, la oferta que cumpla con las Condiciones Específicas y Técnicas, Aspectos Legales, en igualdad de condiciones.
6.2. El sistema de evaluación para las ofertas será el siguiente:
EVALUACIÓN ECONÓMICA
Factor precio 100 puntos
A la oferta que presente el precio más bajo se le asignará 100 puntos para el factor precio.
Para la asignación de los 100 puntos del factor precio, se aplicará la siguiente fórmula:
P= Pmo x 100 Xxx
Donde:
P= puntaje obtenido
Pmo= precio menor ofertado Xxx= precio de la oferta a evaluar
Las ofertas que no alcancen el 75% (setenta y cinco por ciento) de la calificación serán desestimadas.
Nota: Criterio de desempate
6.3. En caso de empate entre dos o más empresas y una de ellas pertenece a la categoría PYMES, ésta será la adjudicataria, según lo indica el Art. 20 de la Ley 8262.
Si hay empate entre dos o más empresas de la categoría PYMES, se adicionará la siguiente puntuación según sea el caso: PYME de industria 5 puntos, PYME de servicio 5 puntos y PYME de comercio 2 puntos.
En caso de que el empate persista, se efectuará un sorteo al azar entre ellas, en el Departamento de Proveeduría, al cual podrán asistir los representantes de las mismas. Igualmente se procederá si entre las empresas empatadas ninguna pertenece a la categoría PYMES. Lo anterior, de conformidad con el artículo 55 del R.L.C.
6.4. La Asamblea Legislativa recibirá ofertas totales y se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la oferta que más convenga a los intereses de la administración, o bien rechazarlas todas y declarar desierto o infructuoso el concurso.
7) ADJUDICACIÓN
7.1. De acuerdo con el artículo 136 del RLCA, el Departamento de Proveeduría de la Asamblea Legislativa dictará el acto de adjudicación como máximo diez días hábiles siguientes a la fecha de apertura de ofertas. En caso debidamente justificado, dicho plazo se podrá prorrogar por un periodo igual.
San Xxxx, 07 de julio del 2015.
MBA. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Director
Analista: Xxxxx Xxxxxxx A Teléfono: 2243-2478