Exp: 2016CON00071
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Pliego de cláusulas administrativas particulares para adjudicar mediante procedimiento abierto, el Contrato Mixto para la Redacción y Ejecución del Proyecto Museográfico de la Antigua Casa de Xxxxx xxx Xxxxx en Valdepeñas para su reapertura como Centro de Interpretación.
1. OBJETO DEL CONTRATO, NORMAS APLICABLES Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
1.1. El presente Xxxxxx tiene por objeto la contratación de los servicios y suministros precisos para la redacción y ejecución del Proyecto, diseño, suministro, instalación y mantenimiento temporal de los contenidos expositivos y equipamientos museográficos del Centro de Interpretación “Casa de Xxxxx xxx Xxxxx” de conformidad con el Pliego de Prescripciones Técnicas anexo al presente Pliego.
A dicho objeto le correspondería el siguiente epígrafe del Vocabulario Común de Contratos Públicos aprobado por la Comisión de las Comunidades Europeas (CPV):
92000000 Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos
1.2. Se trata de un contrato mixto de suministros y servicios regulado con carácter general y específico en los artículos 12, 9 y 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
En el mismo la prestación correspondiente a los suministro tienen más importancia desde el punto de vista económico por estimarse en un 95% el importe total de la contratación.
Por lo que el régimen aplicable a la adjudicación del contrato será el previsto en la normativa para el contrato de suministros (artículo 12 TRLCSP) y en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, cada prestación deberá regirse por las normas que sean propias al tipo de contrato a que pertenezca.
1.3. El presente contrato tiene la calificación de contrato administrativo mixto de servicios y suministro tal y como establece el artículo 12 del TRLCSP, y se regirá por las siguientes normas, conforme a los art 19 TRLCSP:
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga al texto refundido (RGLCAP).
- Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado
Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- El Pliego de Prescripciones Técnicas.
- La oferta adjudicataria.
- El documento en que se formalice el contrato.
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El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos, o de las instrucciones, o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
1.4. El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto previsto y regulado en los arts. 138 y 157 y ss del TRLCSP.
1.5. Órgano Competente.- El Órgano corporativo competente para contratar, de conformidad con el TRLCSP (disposición adicional 2ª.1) es el Alcalde-Presidente. El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
1.6.- Publicidad. Se efectuará anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, de conformidad con lo dispuesto en el art. 142 y concordantes del TRLCSP.
El acceso a la documentación e información relativa al presente expediente se llevará a cabo accediendo al Perfil del Contratante del Órgano de Contratación en la web municipal xxx.xxxxxxxxxx.xx
2. PRESUPUESTO DEL CONTRATO
2.1. El presupuesto máximo de licitación es de:
Valor estimado del contrato: 70.247,93 Euros IVA (21%): 14.752,07 Euros
Presupuesto máximo de licitación: 85.000,00 Euros IVA incluido.
Las ofertas que excedan el presupuesto máximo de licitación fijado por la Administración serán rechazadas.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 216 TRLCSP, este precio podrá ser facturado parcialmente a la finalización y aceptación de los diferentes trabajos y suministros reseñados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.2. Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto aprobado por la Administración con cargo a la Aplicación presupuestaria correspondiente.
2.3. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden, no sólo el precio del contrato, sino también autorizaciones y permisos que procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes y servicios objeto del contrato, incluidos gastos generales, financieros de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
2.4. El precio del contrato no será objeto de revisión, de conformidad con lo regulado en los arts. 89 a 94 TRLCSP.
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3. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del presente contrato se extenderá desde la fecha de su formalización y hasta el 30 de diciembre de 2016, o fecha anterior que resulte de la oferta adjudicataria.
4. LICITACIÓN
4.1. Capacidad para contratar.
Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en causa de prohibición conforme al artículo 60 TRLCSP.
Cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios de conformidad con el artículo 57.1 del TRLCSP.
Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato, de conformidad con el artículo 54.2 del TRLCSP.
Podrán, asimismo, contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de acuerdo con el artículo 59 del TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
Las empresas comunitarias y las extranjeras no comunitarias deberán reunir además los requisitos de los artículos 55 y 58 del TRLCSP.
Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. Asimismo, se presentarán, en su caso, debidamente traducidos de forma oficial al castellano (art.23 RGLCAP).
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
4.2. Garantía provisional
De conformidad con lo previsto en el artículo 103 TRLCSP, no se exige garantía provisional.
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4.3. Presentación de proposiciones. Lugar, plazo y forma de presentación
La proposiciones deberán ser entregadas en el Registro General de este Ayuntamiento, en horario de 9:00 a 14:00 horas, salvo xxxxxxx, xxxxxxxx o festivos, dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, o enviados por correo dentro del mismo plazo. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
La presentación se efectuará en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (Plaza de España, s/n, 13300 Valdepeñas, -C.Real-).
También podrán presentarse proposiciones por correo. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax (000000000) o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 5 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
No se reconocerá validez ni serán tramitadas las ofertas y/o documentos que no se ajusten a las formas de presentación establecidas en la presente cláusula.
4.4. Contenido de las proposiciones
Los licitadores presentarán SOLICITUD DE PARTCIPACIÓN y TRES sobres cerrados denominados Sobre 1 “Documentación Administrativa”, Sobre 2 “Oferta Técnica” y Sobre 3 “Proposición Económica”, firmados por ellos mismos o persona que los represente, en los que se indicarán:
-Título del procedimiento
- Denominación del sobre del que se trate
- Razón social y denominación de la Entidad concursante
4.4.1. Solicitud de participación ajustada al modelo que se inserta en el Anexo I de este Pliego, suscrita por el representante legítimo de la empresa o persona con poderes bastantes al efecto.
4.4.2. Sobre 1. Contendrá los siguientes documentos:
a) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
b) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto u ámbito de actividad que a tenor de sus estatutos
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o reglas fundacionales le sean propios, cuestión que deberá quedar acreditada en la documentación aportada.
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.
En caso de concurrir a la licitación varias empresas constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios/as que suscriben la proposición, la participación de cada uno de ellos/as, designando la persona o entidad que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante este Ayuntamiento.
En todo caso, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Libro I, Título II, Capítulo II del TRLCSP.
c) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Los licitadores habrán de tener en cuenta, que en caso de resultar adjudicatarios, deberán acreditar las circunstancias anteriores mediante los certificados oportunos expedidos por el órgano competente, en el plazo que se conceda al efecto.
Esta declaración podrá realizarse conforme al modelo que se inserta como Anexo II del presente Xxxxxx.
Si el licitador está en posesión de las certificaciones de la Agencia Tributaria, Tesorería de la Seguridad Social, y con la Tesorería Municipal, así como certificación de situación de alta
o último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto (o bien declaración responsable de estar exento del abono de IAE), podrá aportarlos junto con esta Declaración y el resto de la documentación administrativa en el referido Sobre 1. Tales certificados habrán de ser de fecha reciente (inmediatamente anteriores o coincidentes con las fechas de la presente licitación).
d) Documentos que acrediten la representación: Los que comparezcan mediante representante deberá incluir el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
e) Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnico o profesional:
Solvencia económica y financiera: Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales mediante Certificado expedido por compañía de seguros donde conste que el licitador dispone de un seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente y con una cobertura igual o superior al presupuesto máximo de licitación.
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Solvencia técnica y profesional: Deberá aportar relación de los principales servicios de características similares al que nos ocupa prestados en los últimos 5 años (o los correspondientes si se trata de una empresa de creación reciente) con indicación de su importe, fecha y destinatario público o privado, acompañada de los correspondientes certificados de correcta ejecución emitidos por tales destinatarios.
f) Manifestación por escrito de que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales.
g) Declaración expresa relativa al grupo empresarial al que pertenezca la empresa, comprensiva de todas las sociedades pertenecientes al mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. En el supuesto de no pertenecer a ningún grupo empresarias, la declaración se realizará en este sentido.
Esta declaración podrá realizarse conforme al modelo que se inserta como Anexo III del presente Xxxxxx.
h) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La falta de acreditación de alguno de los requisitos especificados en los párrafos precedentes podrá determinar la exclusión del procedimiento de licitación.
4.4.3. Sobre 2). Oferta Técnica. Contendrá la siguiente documentación:
Documentación técnica especificada en la cláusula 4 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
4.4.4. Sobre 3). Proposición Económica. Contendrá exclusivamente:
Una sola proposición económica ajustada al modelo que se inserta en el Anexo IV del presente Xxxxxx, expresada conforme al modelo que se inserta como anexo IV del presente Pliego. Deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser repercutido.
Presupuesto que presentará el precio ofertado desglosado por partidas:
1. Redacción del Proyecto Museográfico.
2. Suministros e instalación:
a) Diseño, desarrollo, fabricación y montaje de elementos y soportes expositivos
b) Suministro e instalación del equipamiento sonoro, audiovisual y multimedia que integra el diseño (ordenadores, Tablet, pantallas, equipos de sonido, etc.).
c) Suministro e instalación de iluminación
d) Suministro Señalización del Centro.
3. Servicios:
a) Diseño, desarrollo y producción de los contenidos audiovisuales y multimedia.
b) Diseño, desarrollo y aplicación de la imagen gráfica.
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Programa de trabajo. El programa de desarrollo de los trabajos describirá, por medio de un cronograma, la sucesión de secuencias de los trabajos ordenados por oficios, con sus previsiones de tiempo. Permitirá evaluar su viabilidad del plazo de ejecución ofertado y constituirá un compromiso, por parte de la empresa adjudicataria para la ejecución en los plazos (parciales y total) definidos.
Si la los documentos que contienen los datos económicos de la oferta se incorporasen en otro sobre, será desestimada la plica.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
4.5. Mesa de Contratación, calificación de la documentación y apertura de proposiciones.
4.5.1. La Mesa de Contratación estará integrada o constituida del modo siguiente:
- Presidente: Concejal del Área de Cultura y Turismo o persona en quien delegue.
- Vocales: Un representante del Grupo Municipal Popular, un representante del Grupo Municipal Izquierda Unida-Ganemos, un Técnico del Área de Cultura, el Interventor y el Secretario de la Corporación o personas en quienes deleguen.
- Secretario: Un Técnico de Administración General.
4.5.2. La Mesa de Contratación procederá de la siguiente manera:
4.5.2.1. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres 1) presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
4.5.2.2. Realizada la calificación de los documentos generales (Sobre 1), la Mesa de Contratación, en el acto público de apertura de la documentación técnica (Sobre 2), celebrado en el lugar, fecha y hora señalados en el anuncio de licitación, notificará los licitadores admitidos y excluidos y, posteriormente, procederá en acto público a la apertura de las ofertas técnicas de los licitadores admitidos.
Una vez abierto el Sobre 2, la Mesa de Contratación procederá, en una primera fase, a la evaluación de las propuestas técnicas presentadas y su adecuación a las exigencias xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Para evaluar estos aspectos de la oferta, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, de acuerdo con lo dispuesto en el
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art. 160 TRLCSP. En esta primera fase, la Mesa de Contratación podrá desestimar aquellas ofertas que incumplan alguna de las condiciones mínimas establecidas en el citado pliego.
Evaluadas las características técnicas ofertadas y su adecuación a las exigencias xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, procederá la Mesa, a la vista de los informes solicitados, en su caso, a la valoración de las ofertas por aplicación de los criterios de adjudicación especificados en la cláusula 4.6.2. de este Pliego.
4.5.2.3. El acto de apertura del Sobre 3 (proposición económica) se producirá en el lugar y fecha señalada en el anuncio de licitación. En dicho acto, la Mesa hará público, en primer lugar, el resultado de evaluación de la documentación técnica de los licitadores y, posteriormente, procederá en acto público a la apertura de las proposiciones económicas. Seguidamente procederá la Mesa a la valoración de las ofertas por aplicación de los criterios de adjudicación especificados en la cláusula 4.6.1. del presente Pliego.
La Mesa elevará al órgano de contratación su propuesta, en función del resultado de la evaluación de las proposiciones por aplicación de los criterios de adjudicación de la citada cláusula 4.6. xxx Xxxxxx.
Extracto del acta que se levante de este trámite será expuesto al público en la página web de esta Corporación xxx.xxxxxxxxxx.xx (perfil del contratante).
4.6 Criterios de valoración
De acuerdo con lo establecido en el artículo 150.3 TRLCSP, se establecen diversos criterios de adjudicación dado que los servicios solicitados incluyen la redacción de un proyecto que no ha podido ser establecido previamente e incluir la realización de suministros no tipificados, es decir, prestaciones no definidas técnicamente permitiendo por tanto la aportación de soluciones técnicas por parte de los licitadores.
4.6.1. Criterios objetivos. Hasta un máximo de 51 puntos, distribuidos como sigue:
a. El Precio más bajo. Hasta un máximo de 31 puntos. Se otorgarán 31 puntos a la oferta de precio más bajo, 0 puntos a la oferta que iguale el precio máximo establecido en el presente Xxxxxx y a las demás proporcionalmente por aplicación de la siguiente fórmula:
P= 31 x (OM/OF)
Siendo: P: puntuación obtenida; OM: oferta más baja presentada; OF: oferta que se valora.
Se considerarán ofertas anormales o desproporcionadas aquellas ofertas que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. En el caso de que alguna oferta incurra en dicha consideración, se procederá en los términos el artículo 152.3y4 TRLCSP.
b. Ampliación del plazo de garantía de 12 meses fijado en el Pliego. Hasta un máximo de 17 puntos. Se otorgarán 17 puntos a la oferta que mayor plazo de garantía ofrezca, 0 puntos a la oferta que no mejore el plazo de garantía fijado en
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Xxxxxx, siendo el reparto del resto de la puntuación de las ofertas de manera proporcional al plazo adicional ofertado.
c. Reducción del plazo de ejecución del contrato. Hasta un máximo de 3 puntos. Se otorgarán 3 puntos a la oferta que menor plazo de ejecución ofrezca, o puntos a la oferta que no mejore el plazo de ejecución fijado en Pliego, siendo el reparto del resto de la puntuación de las ofertas de manera proporcional al plazo adicional ofertado.
4.6.1. Criterios subjetivos. Hasta un máximo de 49 puntos. A la vista de la documentación técnica (sobre 2) presentada para definir el proyecto museográfico por zonas expositivas. La puntuación se distribuirá como sigue:
a. Adaptación del diseño expositivo a los materiales constructivos y diseño arquitectónico. Hasta 7 puntos.
b. Cualidades estéticas y coherencia con los espacios del diseño expositivo propuesto. Hasta 7 puntos.
c. Eficacia comunicativa de las soluciones interpretativas planteadas, cualidades funcionales y versatilidad, primando la aplicación de las nuevas tecnologías. Hasta 12 puntos.
d. Características del equipamiento multimedia e interactivo (ordenadores, tablet, pantallas, equipos de sonido, etc) y sistemas de iluminación propuesto. Hasta 12 puntos.
e. Calidades de los materiales. Resistencia, durabilidad y facilidad de reposición y mantenimiento de los elementos constructivos de la museografía. Hasta 7 puntos.
f. Plan de mantenimiento. Hasta 2 puntos.
g. Plan de Formación. Hasta 2 puntos
En caso de igualdad en la puntuación total obtenida entre dos o más licitadores, la propuesta de adjudicación se realizará a favor de la proposición del licitador que tenga implantadas medidas de igualdad entre mujeres y hombres dentro de la organización de la empresa, acreditado documentalmente mediante las marcas o distintivos de excelencia en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que se posean, o aportando el propio Plan, Convenio Colectivo, pacto o cualquier tipo de Acuerdo o Reconocimiento de condiciones otorgadas por la empresa a favor de las trabajadoras/es.
4.7. Clasificación de las Ofertas por el Órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas.
El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que, dentro del plazo de 10 días hábiles a contar
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desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento presente la siguiente documentación:
- Certificado de situación de Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), referida al ejercicio corriente, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerzan actividades sujetas a este impuesto, que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejerzan, o del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
- Certificación positiva expedida por el Ministerio de Economía y Hacienda, o en su caso por las correspondientes Delegaciones Provinciales, acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.
- Certificación positiva expedida por la Tesorería del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
- Certificación positiva expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, o en su caso por las correspondientes Tesorerías Territoriales, acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social
- Documentación acreditativa de haber constituido garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación.
En el caso de no cumplir dentro del plazo por causas imputables al contratista con los requerimientos exigidos en la presente cláusula, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a requerir la constitución de garantía y presentación de documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
5.- ADJUDICACION
El Órgano de Contratación adjudicará el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida en la cláusula 4.7. del presente pliego.
La adjudicación será notificada al adjudicatario y al resto de licitadores.
Transcurrido dicho plazo sin que este Ayuntamiento hubiese dictado acuerdo de adjudicación, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
Publicidad. La adjudicación del contrato será objeto de publicación en el Perfil del Contratante del Órgano de Contratación xxx.xxxxxxxxxx.xx
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6.- FORMALIZACION DEL CONTRATO
Formalización del contrato: El contrato se perfeccionará mediante su formalización de acuerdo con el artículo 27 del TRLCSP en documento administrativo en los plazos establecidos 156 de TRLCSP.
Al contrato que se formalice se unirá como anexo un ejemplar de este Pliego de Cláusulas Administrativas particulares, que serán firmados en prueba de su conformidad por el adjudicatario.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista corriendo a su cargo los gastos de su otorgamiento, según el artículo 156 TRLCSP.
Efectos de la falta de formalización: Cuando por causas imputables al contratista, no se hubiere formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá adjudicarlo al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario (artículo 156 TRLCSP).
7. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
7.1. La prestación se ejecutará con estricta sujeción al presente Pliego y al de Prescripciones Técnicas y a las instrucciones y directrices que se determinen por esta Administración.
El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluido los gastos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.
El contratista asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento del objeto del mismo.
Cualquiera que sea el tipo de suministro el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
Cuando el acto formal de recepción de la instalación, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de su custodia durante el tiempo que medie entre una y otra.
Una vez recibidos de conformidad por la Administración las instalaciones suministradas, será ésta responsable de su gestión y uso, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador durante el plazo de garantía y por los vicios o defectos ocultos de las mismas.
7.2. Obligaciones del contratista de carácter específico y gastos exigibles.- Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, existirán específicamente las siguientes obligaciones:
a) El empresario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
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El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para la Administración.
b) Conforme a lo establecido en el art. 75 RGLCAP, los gastos que se deriven de la publicación del anuncio en los Boletines Oficiales españoles, serán de cuenta del adjudicatario.
7.3. Plazo de ejecución.- Será el especificado en la cláusula 3 del presente Xxxxxx.
Penalidades por demora.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados en el mismo.
Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas, previstas en el art. 212 TRLCSP.
La penalidad económica: penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, por cada día que la empresa exceda del plazo fijado para la terminación de la instalación.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, éste deberá proceder a solicitar prórroga en los términos del art. 213 TRLCSP en el momento que conozca el posible retraso.
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración.
El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el art. 99 RGLCAP.
8. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
8.1. Recepción.- La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los arts. 222 TRLCSP.
Se determina un plazo de garantía de 12 meses o el mayor que resulte de la oferta adjudicataria, contados desde la fecha de formalización del acta de recepción de las instalaciones, para lo cual se determinará un responsable que proceda a la firma del acta de entrega, si procede y si se observa que el equipamiento se encuentra en perfectas condiciones.
Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
8.2. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art.100 TRLCSP.
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Si durante el plazo de garantía se observa y verifica la existencia de vicios o defectos en el suministro, este Ayuntamiento tendrá la potestad de reclamar la reposición de los elementos que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, todo ello con cargo al contratista.
En caso que el Ayuntamiento estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no resulta apto para el servicio municipal correspondiente como resultado de los vicios o defectos observados e imputables al contratista, y se constante por los Servicios Técnicos municipales que la reposición de dichos bienes no es suficiente para la prestación objeto del presente contrato, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes suministrados dejándolo de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho, previa audiencia del contratista.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado reparo alguno, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados, salvo y se procederá a la devolución de la fianza, previa emisión de informe del servicio responsable de las instalaciones en tal sentido en plazo de 15 días.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 TRLCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP.
9. ABONOS AL ADJUDICATARIO
El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los servicios y suministros efectivamente entregados e instalados y formalmente recibidos por la Administración con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato, previa presentación de factura en legal forma, que será visada por los servicios económicos municipales.
Este precio podrá ser facturado parcialmente a la finalización y aceptación de los diferentes trabajos y suministros efectivamente entregados según resulte del programa de trabajo y presupuesto aprobados en el Proyecto aprobado.
Estas facturas, que deberán cumplir con la totalidad de los requisitos exigibles de acuerdo a la normativa vigente en cada momento, se presentarán en el (plataforma FACE), una vez que se haya expedido la certificación o el documento equivalente de recepción o conformidad y valoración de los trabajos realizados.
Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 216 y 293 TRLCSP.
Pagos a subcontratistas y suministradores. Los adjudicatarios vienen obligados al cumplimiento de lo preceptuado en la materia por el artículo 228 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Estas obligaciones, conforme a lo preceptuado por el artículo 228 bis del mismo texto legal, se consideran condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en los pliegos.
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La supervisión e inspección de los trabajos objeto de la contrata corresponderá a los Técnicos que el Ayuntamiento designe, los cuales dictarán al contratista las instrucciones necesarias para la normal y eficaz realización de aquéllos.
10. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
10.1. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 226 LCSP.
10.2. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 227 LCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a lo dispuesto en el art. 228 LCSP.
11. MODIFICACIONES Y RESOLUCION DEL CONTRATO
11.1. El contrato se podrá modificar por razones de interés público y para atender a causas imprevistas debidamente justificadas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 105 y siguientes y 296 del TRLCSP
11.2. La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 223 y siguientes TRLCSP, 299 y 308 TRLCSP, así como en los artículos 109 a 113 RGLCAP.
12.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION
12.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
12.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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ANEXOS
Exp: 2016CON00071
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO
“””””SOLICITUD DE PARTICIPACION EXPEDIENTE Nº 2016CON00071
D/Xx. provisto/a con D.N.I. nº , en
representación de la empresa (en su caso), con
X.X.X. , xxx xxxxxxxxx xx , xxxxxxxxx xx ,
X.X. , xx de teléfono , nº de fax , y correo electrónico de contacto , cuya representación acredita (en su caso) con la escritura de poder que acompaña, ante el Sr. Alcalde del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (C.Real), comparece y DICE:
1º.- Que conoce la convocatoria para la licitación del Contrato de mixto de servicios y suministros para la Redacción y Ejecución del Proyecto Museográfico de la antigua “Xxxx xx Xxxxx xxx Xxxxx” xx Xxxxxxxxxx para su reapertura como Centro de Interpretación.
2º.- Que conoce los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que rigen el citado contrato.
3º.- Que mediante presente acompaña los documentos exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y acepta íntegramente las condiciones y obligaciones exigidas por las normas reguladoras de esta licitación.
Por todo lo expuesto, S O L I C I T A: Participar en el procedimiento abierto para la adjudicación del Contrato de mixto de servicios y suministros para la Redacción y Ejecución del Proyecto Museográfico de la antigua “Xxxx xx Xxxxx xxx Xxxxx” xx Xxxxxxxxxx para su reapertura como Centro de Interpretación.
En , a de de 2016. Fdo.: D./Xx.”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””
Exp: 2016CON00071
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ART. 60 DEL TRLCSP (PERSONAS JURÍDICAS)
D……………………………., con DNI. nº………………., en representación de la empresa………………………………, con CIF. nº…………………, y con domicilio social en……………….., c/ ,declara bajo su responsabilidad que:
Que ni él ni la Entidad por él representada, se hallan incursos en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el art. 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, según las circunstancias señaladas en el art. 13 del Real Decreto 1098/2001, de 5 de julio y con la Seguridad Social según circunstancias mencionadas en el art. 14 del Real Decreto señalado anteriormente, así como del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
Y para que así conste a los efectos de incluir esta declaración en el expediente de contratación que se tramita en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx denominado , se expide la misma en a de de .
(Firma)
(PERSONAS FISICAS)
D……………………………., con DNI. nº………………., en nombre propio, y con domicilio en……………….., c/ ,declara bajo su responsabilidad que:
Que no se halla incurso en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el art. 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, según las circunstancias señaladas en el art. 13 del Real Decreto 1098/2001, de 5 de julio y con la Seguridad Social según circunstancias mencionadas en el art. 14 del Real Decreto señalado anteriormente, así como con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
Y para que así conste a los efectos de incluir esta declaración en el expediente de contratación que se tramita en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx denominado se expide la misma
en a de de .
(Firma)
Exp: 2016CON00071
ANEXO III
MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL DE ACUERDO A LO DETERMINADO EN EL ARTÍCULO 42.1 DEL CÓDIGO DE COMERCIO
D……………………………., con D.N.I. nº………………., en nombre propio o en representación de la empresa………………………………, con C.I.F. nº…………………, y con domicilio social en……………….., c/…………………………………, y en relación con el procedimiento de contratación denominado
…………………………………………………………………………………...………
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que la empresa a la que representa:
No pertenece a ningún Grupo empresarial.
Pertenece al Grupo de empresas: .
Y
Ninguna empresa del grupo presenta proposiciones en la presente licitación. Presentan proposiciones en la presente licitación las siguientes empresas del grupo:
1
2
3
4
5
6
En ..…………………….…………., a………de de 201_.
Fdo.
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ANEXO IV
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA (Incluir en Sobre 3)
«Don................................................................................................. con DNI
n.º ......................................... natural de provincia
de ..........................................., mayor de edad y con domicilio en C/ ................................................. teléfono ...................................... actuando en nombre
(propio o de la empresa a que represente), manifiesta que, conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen para adjudicar mediante procedimiento abierto el Contrato de mixto de servicios y suministros para la Redacción y Ejecución del Proyecto Museográfico de la antigua “Xxxx xx Xxxxx xxx Xxxxx” xx Xxxxxxxxxx para su reapertura como Centro de Interpretación, con los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que ha de regir dicha licitación, y en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento de dicho Contrato por el precio de
Euros más el IVA correspondiente por importe de
Euros, ascendiendo el total a la cantidad de
Euros IVA incluido, así como las siguientes mejoras:
- Plazo de garantía
” D/Xx. provisto/a con D.N.I. nº , en
representación de la empresa (en su caso), con
C.I.F. , asume el compromiso de ampliar el plazo de garantía definitiva mínimo de 12 meses establecido en el Pliego , incrementándolo en: contados a partir de la formalización del acto de recepción de las instalaciones.
- Plazo de ejecución del contrato
” D/Xx. provisto/a con D.N.I. nº , en
representación de la empresa (en su caso), con
C.I.F. , se compromete a finalizar la ejecución total del contrato a fecha
dd/mm/aa . Lugar, fecha, firma y sello».
Exp: 2016CON00071
ANEXO V
CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD DEL CONTRATO
El adjudicatario, como encargado del tratamiento, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 xx xxx Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Xxxxxxxx Personal, declara expresamente que conoce quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la citada LOPD y especialmente en lo indicado en sus artículos 9, 10, 12 y adoptara las medidas de seguridad que le correspondan según el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la LOPD.
Igualmente, serán de aplicación las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores que se encuentren en vigor a la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia, y aquellas normas del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la LOPD.
La empresa adjudicataria declara expresamente que conoce quedar obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y, expresamente, en lo indicado en su artículo
10 y 11. La empresa adjudicataria se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.
La empresa adjudicataria y el personal encargado de la realización de las tareas guardará secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligado a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.
El/los licitador/es aportará en el proceso de contratación las medidas que adoptarán para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el/los adjudicatario/s deberán comunicar a “el organismo contratante”, antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona o personas que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
Si la empresa adjudicataria aportara equipos informáticos para llevar a cabo el objeto del contrato, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato una vez finalizado y previamente a retirar los equipos informáticos, utilizando para ello el procedimiento técnico más adecuado. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos.
La documentación se entregará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización, su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
Exp: 2016CON00071
El/los adjudicatario/s se comprometen a no dar información y datos proporcionados por “el organismo contratante” para cualquier otro uso no previsto en el presente Pliego. En particular, no proporcionará, sin autorización escrita de “el organismo contratante”, copia de los documentos o datos a terceras personas.
Todos los estudios y documentos elaborados durante la ejecución del presente contrato serán propiedad de “el organismo contratante”, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, total o parcialmente, sin que pueda oponerse a ello el/los adjudicatario/s autor/es de los trabajos.
Específicamente, todos los derechos de explotación y titularidad de las aplicaciones informáticas y programas de ordenador desarrollados al amparo del contrato resultante de la adjudicación del presente concurso, corresponden únicamente a “el organismo contratante”.
El resultado de las tareas realizadas, así como el soporte utilizado (papel, fichas, disquetes, etc.) serán propiedad del “organismo contratante”.