PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SUPERIOR AL UMBRAL EUROPEO, DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DEL EDIFICIO SEDE DEL PARLAMENTO DE NAVARRA
PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SUPERIOR AL UMBRAL EUROPEO, DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DEL EDIFICIO SEDE DEL PARLAMENTO XX XXXXXXX
En el presente pliego se regulan los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes en sus aspectos jurídicos, administrativos, económicos y técnicos, de la contratación de los servicios de limpieza del edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituyen el objeto del presente contrato los servicios de limpieza del edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx, sito en la xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx 0, xx Xxxxxxxx.
Dichos servicios se realizarán conforme a las prescripciones técnicas particulares definidas en el Anexo III del presente pliego, que formará parte del contrato que se firme con el adjudicatario.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
El Parlamento xx Xxxxxxx, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1 a) de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (en adelante LFCP), está incluido en el ámbito subjetivo de aplicación de dicha Ley Xxxxx, mientras que la prestación objeto del contrato constituye un servicio sujeto al régimen jurídico administrativo (artículos 27 y 30 LFCP). De este modo, conforme al artículo 34.1 LFCP, la preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato se regirán por la LFCP y sus disposiciones reglamentarias, aplicándose supletoriamente las demás normas de derecho administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado. En su virtud, tanto las personas licitadoras como con posterioridad las partes contratantes, quedan sometidas a lo establecido en este pliego, y a la LFCP.
El desconocimiento de la normativa reguladora de contratos públicos, así como de las cláusulas y anexos del presente pliego, no eximirá a los licitadores y al contratista de la obligación de su cumplimiento.
- Tramitación: ordinaria (art. 138 LFCP).
- Tipo de contrato: servicios (art. 30 LFCP).
- Epígrafe CPV: 90911000-6 Servicios de limpieza de viviendas, edificios y ventanas.
- Procedimiento: abierto (art. 72 LFCP).
- Criterio de adjudicación: criterios relacionados con la mejor relación calidad precio, junto con criterios de carácter social (art. 64.3.b y 64.6 LFCP).
- Unidad gestora del contrato: Servicios Generales.
- Órgano adjudicador: Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
3.- IMPORTE DEL CONTRATO
El importe máximo del contrato para una anualidad es de 310.000,00 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a la partida “22710 – Servicios de limpieza y aseo” del presupuesto de gastos de la Cámara para 2019 y 2020, en función de su ejecución contractual y sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello.
La propuesta económica de los licitadores no podrá superar los 310.000,00 euros, IVA excluido, desestimándose las ofertas cuya cuantía económica sea superior a dicha cifra. A todos los efectos se entenderá que en la oferta propuesta por el adjudicatario se incluyen todos los gastos que tenga que realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas.
De acuerdo con lo anterior, según lo establecido en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, y teniendo en cuenta las posibles prórrogas anuales del contrato, el valor estimado del mismo es de 1.550.000,00 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a la partida “22710 – Servicios de limpieza y aseo” del presupuesto de gastos de la Cámara del ejercicio correspondiente, sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 66.3 de la LFCP, se advierte a los licitadores de lo siguiente:
- Que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción socio-laboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
- Que la oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación, como mínimo, del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora, más las mejoras precio/hora del convenio más los costes de la Seguridad Social.
- El Parlamento xx Xxxxxxx se reserva el derecho a solicitar en cualquier momento a la empresa adjudicataria la documentación justificativa correspondiente a fin de verificar dicho cumplimiento.
4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, de naturaleza pública o privada, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar, no se hallen en una situación de conflicto de intereses y acrediten una solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente para ejecutar la prestación contractual demandada.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá contratar con licitadores que participen conjuntamente, de acuerdo con el artículo 13 de la LFCP. Dicha participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada una de las personas licitadoras, y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para cobros y pagos. En cualquier caso, los contratistas responderán solidariamente de las obligaciones contraídas.
En todo caso, los licitadores han de ser personas naturales o jurídicas, cuya finalidad o actividad profesional tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acredite debidamente, y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Para la ejecución de este contrato deberá disponerse de unas condiciones de solvencia económica y financiera suficientes que deberán acreditarse mediante la presentación de la documentación detallada en la cláusula 8.1.c) del presente pliego.
6.- SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
Para la ejecución de este contrato deberá disponerse de unas condiciones de solvencia técnica y profesional suficientes que deberán acreditarse mediante la presentación de la documentación detallada en la cláusula 8.1.d) del presente pliego.
7.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Los documentos que conforman la oferta deberán presentarse exclusivamente a través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA), que estará disponible en el anuncio de licitación del Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xx), de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes.
Asimismo, todas las comunicaciones y resto de actuaciones de trámites que procedan con los interesados, se efectuará a través de la citada plataforma.
Es necesario que la hora del equipo desde el que se vaya a realizar la presentación coincida con un margen máximo de desfase de 5 minutos, con la hora del servidor de Gobierno xx Xxxxxxx.
Los servidores de Gobierno xx Xxxxxxx utilizan como referencia el Tiempo Universal Coordinado (UTC), que es la escala de tiempo universal mantenida por los laboratorios internacionales de referencia con una precisión: +/- 1 seg. Esta es, por tanto, la hora oficial de los servicios electrónicos.
- Fuente horaria primaria: xxxx.xxx.xx (Real Instituto y Observatorio de la Armada: dos servidores en San Xxxxxxxx-Cádiz y un tercero situado en Madrid).
- Fuentes horarias secundarias:
o xxxxx.xxxxx.xx, INRIA, Paris
o x0x00.x0x.xxx.xx, UPV-EHU
El plazo de presentación de las ofertas se fijará en el anuncio para la licitación, siendo de un mínimo de treinta días naturales contados a partir de la fecha de envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea.
En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generará el resumen criptográfico de su contenido, quedando como constancia de la oferta. En el caso de que quien licite tenga problemas* en la presentación de su oferta en la plataforma, si la huella (resumen criptográfico) es remitida al órgano de contratación por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación, dentro del plazo de presentación de ofertas, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de la plataforma PLENA y para considerar completada la presentación. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la solicitud de participación en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
(*) a estos efectos, se advierte de que cuanto mayor sea el peso (medido en MB) de las ofertas, mayor puede ser el tiempo requerido para completar su presentación. Ello con independencia de la concurrencia de otras circunstancias, como una menor velocidad de subida de datos debida a la calidad de la conexión, u otras.
Si al proceder a la apertura de los sobres, se detecta una presentación fuera de plazo sobre la cual se ha recibido una huella, ésta se validará, si la huella coincide, y la fecha de recepción está dentro de las 24 horas extendidas, la oferta se dará por válida y se abrirá.
Si por el contrario la huella no coincide, o bien la oferta se ha recibido fuera del plazo de 24 horas extendidas, la oferta se excluirá, no abriéndose nunca su contenido.
En caso de que la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa o entidad licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron problemas de índole técnica en la plataforma. Solamente en el caso de que hubiera acaecido incidencia técnica en el normal funcionamiento de la plataforma, la oferta presentada será admitida. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a la plataforma no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y conllevarán la exclusión.
8.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Desde el anuncio de licitación del Portal de Contratación se puede acceder al espacio de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA) donde cualquier persona interesada en la licitación puede descargar una aplicación de escritorio que le permite la preparación y presentación de ofertas mediante sobre digital. Esta aplicación debe descargarse una única vez, siendo válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA por parte de cualquier entidad sometida a la misma.
Las ofertas son cifradas en el escritorio de quien vaya a licitar utilizando mecanismos estándares de cifrado, y una vez presentadas, son depositadas en el repositorio seguro.
La oferta deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
El tamaño permitido de cada fichero individual que se anexa en la oferta electrónica es de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman tendrá un tamaño máximo de 100 MB. La plataforma no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta.
Los formatos admitidos por PLENA para los documentos que se anexan en la presentación de la oferta son los utilizados habitualmente (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.), y como medida alternativa, para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP).
En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la plataforma y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por la entidad o empresa licitadora o quien tenga poder de representación.
Las propuestas se presentarán de acuerdo con la estructura establecida para esta oferta en PLENA y contendrá 3 sobres, identificados como:
- Sobre A: Documentación general.
- Sobre B: Propuesta técnica y medidas de carácter social
- Sobre C: Proposición económica.
Toda la documentación se presentará en castellano. En ningún caso podrá aportarse, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, documentación complementaria o aclaratoria que no haya sido solicitada expresamente por la Mesa de contratación.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho
individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de esta cláusula dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas que hubiera suscrito.
La presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas supondrá, igualmente, la inadmisión de dichas ofertas.
8.1) Sobre A: Documentación general.
Este sobre contendrá los siguientes documentos:
a) Denominación de la empresa o proponente, NIF, nombre y apellidos de la persona que firme la proposición y el carácter con que lo hace y dirección, teléfono, persona de contacto y correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos.
b) Declaración responsable firmada por el licitador, conforme al modelo del Anexo I que se adjunta al presente pliego, indicando que reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación; que dispone de la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional para llevar a cabo el contrato; que no está incurso en causa de prohibición de contratar y se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes; que cumple las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, así como el convenio laboral del sector; que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como los establecidos en el pliego de contratación; que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias, con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle en el caso de empresas extranjeras; que cuenta con el compromiso por escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de sus recursos, en su caso.
c) Acreditación de la solvencia económica y financiera: deberá acreditarse del siguiente modo:
• Declaración formalizada por una entidad financiera en la que se haga constar que el licitador dispone de la capacidad económica o financiera necesaria para hacer frente al presente contrato, circunstancia que se indicará expresamente en la declaración. Cuando se trate de profesionales autónomos, se exigirá un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
d) Acreditación de la solvencia técnica o profesional: deberá acreditarse del siguiente modo:
• Declaración responsable de los principales contratos de servicios de limpieza efectuados en los últimos tres años, indicando importe anual, fecha y cliente, entre los que figuren al menos dos por importe no inferior a 120.000,00 euros anuales, IVA excluido, de los cuales deberá presentar certificación de su ejecución satisfactoria emitida por el cliente.
e) Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado.
En caso de existir licitadores que participen conjuntamente, la documentación que se exige en los apartados a, b, c y d deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores que participen conjuntamente.
Las empresas extranjeras presentarán toda la documentación traducida al castellano.
Cualquier referencia en la documentación de este sobre a precios o a la oferta económica, determinará la exclusión de la licitación.
8.2) Sobre B: Propuesta técnica y medidas de carácter social.
En el interior de este sobre se incluirá tanto la propuesta técnica como los criterios sociales que presenta la empresa en relación al objeto del contrato.
8.2.1) Propuesta técnica:
La presentación de la propuesta técnica en cada uno de sus apartados es obligatoria para todos los licitadores.
a) Organigrama funcional de las gestiones y trabajos adscritos a este contrato: se presentará un organigrama donde se detallarán las responsabilidades adscritas a cada persona de la organización en relación a este contrato, incluyendo recursos humanos, administración, responsable de prevención de riesgos laborales, etc., e indicando datos de contacto y disponibilidad. Dentro de este organigrama se señalará específicamente quien será la persona designada por el licitador como gestor del contrato con las funciones recogidas en la cláusula 5 del Anexo III del presente pliego.
b) Sistema de supervisión y seguimiento de las tareas objeto del contrato: se presentará un sistema calendarizado para la supervisión y seguimiento de las tareas objeto del contrato, incluyendo, entre otros, controles de calidad y verificación del cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo, emisión de informes, así como el sistema propuesto para la comunicación de incidencias al Parlamento. Como mínimo deberá contener las obligaciones establecidas en el Anexo III xxx xxxxxx.
8.2.2) Medidas de carácter social:
Este apartado no es obligatorio para los licitadores, y únicamente se presentará en el caso de que el licitador desee que se valore la adopción de medidas sociales en su propuesta, en cuyo caso deberá detallar expresa y nítidamente los elementos aducidos para cada uno de los apartados siguientes, presentando la correspondiente documentación acreditativa.
a) Mejoras en las condiciones laborales y salariales y en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal y de igualdad, llevadas a cabo por la empresa licitante con carácter general para todos sus trabajadores en los dos años previos a la fecha de publicación de la presente licitación y que se encuentren por encima de lo establecido en el convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales xx Xxxxxxx.
A estos efectos, se incluirá obligatoriamente un cuadro comparativo que recoja explícitamente las medidas contempladas en el convenio sectorial y en su caso, aquellas establecidas por el licitador cuyo alcance esté por encima del mismo. La no presentación del mismo conllevará la no valoración de este apartado.
b) Plan de formación del personal adscrito al contrato en materia de riesgos laborales, sus labores y como desarrollarlas de manera responsable para su salud y el medio ambiente: se detallará el programa del curso con su contenido, el personal a quien va dirigido, su duración en número de horas, la fecha prevista de ejecución y la persona o entidad encargada de impartirla.
c) Plan de formación del personal adscrito al contrato en el manejo y uso de la maquinaria requerida en sus funciones: se detallará el programa del contenido del curso, el personal a quien va dirigido, su duración en número de horas, la fecha prevista de ejecución y la persona o entidad encargada de impartirla.
d) Plan de formación del personal adscrito al contrato en materia de igualdad de género: se detallará el programa del contenido del curso, el personal a quien va dirigido, su duración en
número de horas, la fecha prevista de ejecución y la persona o entidad encargada de impartirla.
En cuanto a los planes de formación de los apartados b, c y d anteriores, estos deberán realizarse en un plazo máximo de 6 meses a partir de la entrada en vigor del contrato, siendo prueba válida la presentación en el plazo de un mes desde la finalización del curso de los documentos que acrediten (diplomas de asistencia y/o aprovechamiento) la realización de los cursos donde se refleje el nombre del alumnado, el número de horas formativas, la entidad o persona que lo ha impartido, y en su caso el currículum del curso.
Se advierte asimismo a los licitadores que será motivo de resolución del contrato el incumplimiento total o parcial de los planes de formación ofertados.
La realización de los cursos no afectará a la prestación de horas de servicio efectivo.
8.3) Sobre C: Proposición económica.
Este sobre contendrá en primer lugar la oferta económica según el modelo del Anexo II del presente pliego (importe anual servicios de limpieza).
Los licitadores completarán dicho Xxxxx XX con la siguiente documentación:
- Desglose de su oferta económica en todos los conceptos que la integran. Para ello, y teniendo en cuenta la relación de personal a subrogar por la empresa adjudicataria, se deberá detallar el coste de los siguientes apartados:
• Para cada persona trabajadora: salario bruto anual, pluses (antigüedad, nocturnidad, etc.), cotización Seguridad Social, pago mutualidad, gastos derivados del convenio, otros (en su caso).
• Material de limpieza y medios técnicos necesarios.
• Otros servicios incluidos en el contrato
• Gastos administrativos y de organización.
• Margen de beneficio comercial
• Otros
El sumatorio de los apartados anteriores deberá ser igual a la oferta total presentada.
En el caso de que se presente una proposición económica por licitadores que participen conjuntamente, aquélla deberá estar firmada por la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Parlamento xx Xxxxxxx.
La no aportación por parte de los licitadores de la información completa exigida en el Sobre C (importe anual servicios limpieza + desglose oferta económica) conllevará la exclusión definitiva de la licitación.
9. – MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará compuesta por:
Presidente/a: D.ª Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Vicepresidenta 1ª del Parlamento xx Xxxxxxx. Suplente: D.x Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Vicepresidenta 2ª del Parlamento xx Xxxxxxx.
Vocal: D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Jefa de los Servicios Generales.
Suplente: D.ª Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Técnica de Grado Medio en Gestión Admva.
Vocal: D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Interventor.
Suplente: D. Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Técnica de Grado Medio en Gestión Administrativa.
Vocal: D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Técnico de Grado Medio en Gestión Admva. Suplente: X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Oficial Técnico de Mantenimiento.
Secretario: Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Letrado. Suplente: Dña. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Letrada.
10.- CALIFICACIÓN PREVIA DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS
Concluido el plazo de presentación de las ofertas, se procederá en acto privado a la apertura del sobre A. La Mesa de Contratación examinará el contenido de dicho sobre (Documentación general) y calificará los documentos presentados por los licitadores en tiempo y forma, acordándose la admisión o rechazo de los licitadores.
Si la Mesa de Contratación observara omisiones o defectos materiales en la documentación presentada, siempre y cuando tengan la consideración legal de deficiencias subsanables, requerirá al licitador que complete o subsane la documentación en el plazo mínimo de cinco días naturales contados desde la notificación del requerimiento.
Si transcurrido el plazo de subsanación no se ha completado la información requerida, se procederá a su exclusión en el procedimiento, dejando constancia documental de ello.
11.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS Y MEDIDAS DE CARÁCTER SOCIAL
Una vez acordada la admisión o rechazo de los licitadores, la Mesa de contratación, procederá, en acto interno, a la apertura de las propuestas técnicas y de las medidas de carácter social (sobre B) con el fin de proceder a su valoración.
A la vista de las propuestas presentadas, la Mesa de Contratación podrá requerir de los licitadores aclaraciones complementarias a sus propuestas mediante la oportuna notificación, si considera que adolecen de oscuridad o inconcreción, otorgando un plazo de contestación de cinco días naturales, sin que dicha aclaración pueda suponer en ningún caso modificación de la oferta presentada.
12.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS
Efectuada la valoración de las propuestas técnicas y de las medidas de carácter social, se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx con al menos tres días de antelación, el lugar, fecha y hora de la apertura de las proposiciones económicas, que permanecerán secretas hasta dicho momento.
Una vez realizada la apertura de dichas proposiciones a través de PLENA, se hará pública la puntuación obtenida por cada persona licitadora en la valoración de las propuestas técnicas y las medidas de carácter social, así como la oferta presentada en la proposición económica.
La Mesa de contratación, tras la apertura de las ofertas económicas, elevará a la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx dichas proposiciones, las actas, la propuesta de adjudicación y las observaciones que estime pertinentes. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos en orden a la adjudicación.
13.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El criterio de adjudicación es el de la mejor calidad precio, atendiendo a la relación coste eficacia junto con criterios cualitativos y criterios de carácter social, resultando por tanto adjudicatario el licitador que presente la oferta con mayor puntuación total, que se distribuye del siguiente modo:
- La propuesta técnica tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.
- Los criterios de carácter social tendrán una puntuación máxima de 20 puntos.
- La propuesta económica tendrá una puntuación máxima de 70 puntos.
a) Puntuación de la propuesta técnica (máximo 10 puntos):
La presentación de la propuesta técnica en cada uno de sus apartados es obligatoria para todos los licitadores.
a.1) Organigrama funcional de las gestiones y trabajos adscritos a este contrato: se presentará un organigrama donde se detallarán las responsabilidades adscritas a cada persona de la organización en relación a este contrato, incluyendo recursos humanos, administración, responsable de prevención de riesgos laborales, etc., e indicando datos de contacto y disponibilidad. Dentro de este organigrama se señalará específicamente quien será la persona designada por el licitador como gestor del contrato con las funciones recogidas en la cláusula 5 del Anexo III del presente pliego (puntuación máxima 5 puntos).
a.2) Sistema de supervisión y seguimiento de las tareas objeto del contrato: se presentará un sistema calendarizado para la supervisión y seguimiento de las tareas objeto del contrato, incluyendo, entre otros, controles de calidad y verificación del cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo, emisión de informes, así como el sistema propuesto para la comunicación de incidencias al Parlamento. Como mínimo deberá contener las obligaciones establecidas en el Anexo III xxx xxxxxx (puntuación máxima 5 puntos).
Cada uno de los apartados anteriores se puntuará en relación con su puntuación máxima según la siguiente escala y porcentaje: No valorable (0%), Aceptable (25%), Buena (50%), Muy Buena (75%), y Excelente (100%).
b) Puntuación de los criterios sociales (máximo 20 puntos):
Este apartado no es obligatorio para los licitadores, y únicamente se presentará en el caso de que el licitador desee que se valore la adopción de medidas sociales en su propuesta, en cuyo caso deberá detallar expresa y nítidamente los elementos aducidos para cada uno de los apartados siguientes, presentando la correspondiente documentación acreditativa.
b.1) Mejoras en las condiciones laborales y salariales y en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal y de igualdad, llevadas a cabo por la empresa licitante con carácter general para todos sus trabajadores en los dos años previos a la fecha de publicación de la presente licitación y que se encuentren por encima de lo establecido en el convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales xx Xxxxxxx (puntuación máxima 5 puntos).
A estos efectos, se incluirá obligatoriamente un cuadro comparativo que recoja explícitamente las medidas contempladas en el convenio sectorial y en su caso, aquellas establecidas por el licitador cuyo alcance esté por encima del mismo. La no presentación del mismo conllevará la no valoración de este apartado.
b.2) Plan de formación del personal adscrito al contrato en materia de riesgos laborales, sus labores y como desarrollarlas de manera responsable para su salud y el medio ambiente: se detallará el programa del curso con su contenido, el personal a quien va dirigido, su duración en número de horas, la fecha prevista de ejecución y la persona o entidad encargada de impartirla (puntuación máxima 5 puntos).
b.3) Plan de formación del personal adscrito al contrato en el manejo y uso de la maquinaria requerida en sus funciones: se detallará el programa del contenido del curso, el personal a quien va dirigido, su duración en número de horas, la fecha prevista de ejecución y la persona o entidad encargada de impartirla (puntuación máxima 5 puntos).
b.4) Plan de formación del personal adscrito al contrato en materia de igualdad de género: se detallará el programa del contenido del curso, el personal a quien va dirigido, su duración en número de horas, la fecha prevista de ejecución y la persona o entidad encargada de impartirla (puntuación máxima 5 puntos).
Los licitantes tendrán que detallar expresa y nítidamente los elementos aducidos en cada uno de los criterios expuestos y presentar la documentación acreditativa correspondiente. Cada uno de los apartados anteriores se puntuará en relación con su puntuación máxima según la siguiente escala y porcentaje: No valorable (0%), Aceptable (25%), Buena (50%), Muy Buena (75%), y Excelente (100%).
A los licitadores que no presenten documentación referida a los criterios sociales en alguno o varios de sus apartados se les asignarán 0 puntos en dicho/s apartado/s, sin que esto signifique en ningún caso la exclusión de la licitación.
c) Puntuación de la propuesta económica (máximo 70 puntos)
Se otorgará la mayor puntuación (70 puntos) a la oferta con un menor importe, y al resto de manera proporcional según la siguiente fórmula:
• Puntuación propuesta actual = 70 x (Oferta de menor importe / Oferta actual) El resultado de la fórmula se expresará con dos decimales
La PUNTUACIÓN TOTAL será la resultante de la suma de las puntuaciones de la propuesta técnica, criterios sociales, y económica, siendo el máximo 100 puntos.
En caso de empate entre dos o más licitadores, se dirimirá, sucesivamente, a favor de la empresa que presente acreditación de:
• El mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad igual o superior al 33%, siempre que la empresa o profesional tenga en plantilla un porcentaje superior al 2% de trabajadores con discapacidad en el momento de la acreditación de su solvencia.
• El menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10%.
• La acreditación de la realización de buenas prácticas en materia de igualdad de género.
Todos ellos de acuerdo a lo fijado en el artículo 99 de la LFCP, atendiendo en todos los supuestos a la concurrencia de las citadas circunstancias en el momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
A tal efecto, se requerirá a las empresas afectadas la documentación pertinente, otorgándoles un plazo de cinco días para su aportación.
En el caso de que en la aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
14.- OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Tendrán esta consideración aquellas ofertas que supongan una baja respecto al importe máximo del contrato superior o igual a 20 puntos porcentuales.
En el caso de que sea presentada una oferta anormalmente baja, se aplicará lo dispuesto en el artículo 98 de la LFCP.
15.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA ADJUDICACIÓN
En el plazo máximo de siete días naturales desde que la Mesa de contratación comunique al licitador a cuyo favor vaya a recaer la propuesta de adjudicación dicha circunstancia, este deberá acreditar la posesión y validez de los documentos siguientes:
15.1. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación:
a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Xxxxx 236/2007 de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo (BON nº 149, de 30 de noviembre de 2007), será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en los Registros a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia autenticada notarial o administrativamente de la escritura de constitución o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial.
Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia autenticada notarial o administrativamente del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia autenticada notarial o administrativamente de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
Las empresas no españolas acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 y 15 de la LFCP.
15.2. En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una unión de empresas, deberán estas acreditar la constitución de la misma en escritura pública dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato, y el nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, así como el CIF asignado a dicha unión.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión y por el apoderado.
La responsabilidad será siempre solidaria e indivisible para el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
15.3. Certificados positivos, vigentes en la fecha de finalización de presentación de proposiciones, expedidos por las Haciendas que correspondan (Hacienda Xxxxx Xxxxxxx y/o Hacienda Estatal y/o Haciendas Forales) y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos, respectivamente, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
La falta de aportación de esta documentación supondrá, previa audiencia del adjudicatario, que la adjudicación quede sin efecto, con abono por parte de éste, de una penalización equivalente al cinco por ciento del importe del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda de dicho porcentaje.
16.- ADJUDICACIÓN
La Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, como órgano de contratación, adjudicará el contrato en el plazo máximo de un mes desde el acto de apertura de la oferta económica. De no dictarse en plazo el acto de adjudicación, las empresas admitidas a licitación tendrán derecho a retirar su proposición sin penalidad alguna.
La adjudicación por parte del órgano de contratación se acomodará a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, salvo en los casos en que se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico en los que, previo informe vinculante de la Junta de Contratación Pública xx Xxxxxxx a este respecto, la licitación quedará sin efecto salvo en los casos en que la infracción afecte exclusivamente a la persona a cuyo favor se hace la propuesta, en los que la adjudicación se hará a favor de la siguiente persona en el orden de valoración de las ofertas que no se encuentre afectado por la infracción.
La adjudicación deberá ser motivada y contendrá al menos las razones por las que se ha rechazado una candidatura u oferta, las características y ventajas de la oferta seleccionada, señalando el plazo de suspensión de la eficacia de la adjudicación y los medios de impugnación que procedan y se comunicará a todos los interesados en la licitación.
La adjudicación se anunciará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx en el plazo de 30 días desde que tuviera lugar.
17.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de siete días naturales contados a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación, la constitución de una garantía por importe equivalente al 4% del importe de adjudicación, IVA excluido. Dicha garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta el momento de la finalización del contrato, y en particular, al pago de las penalidades por demora así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
La garantía será objeto de incautación en los casos de resolución por incumplimiento por culpa del contratista.
La garantía podrá constituirse de cualquiera de las siguientes formas:
a) en metálico.
b) mediante aval a primer requerimiento prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizado para operar en España.
c) por contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución.
El depósito de la fianza en metálico se realizará a través de cualquier entidad financiera, banco o caja de ahorros con oficina abierta en Pamplona, mediante su ingreso en metálico a nombre del Parlamento xx Xxxxxxx en la c/c nº XX00 0000 0000 000000000000 (Caja Rural xx Xxxxxxx).
En caso de que la fianza se constituya mediante aval, el mismo será formulado de acuerdo con lo establecido en el Decreto Xxxxx 205/1988, de 21 de julio y depositado en el Servicio de Intervención del Parlamento xx Xxxxxxx.
La fianza prestada por personas o entidades distintas del adjudicatario queda sujeta a las mismas responsabilidades que si fuera constituía por éste. En ese supuesto, incluso cuando la fianza se presente mediante aval, no se podrá utilizar el beneficio de excusión a que se refiere la Ley 525 de la Compilación de Derecho Civil Xxxxx xx Xxxxxxx.
El órgano adjudicador declarará resuelto el contrato cuando no se constituya la garantía por causas imputables al contratista.
18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo en el plazo de quince días naturales a contar desde la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación De acuerdo con el artículo 101 LFCP, en los contratos de servicios de valor estimado superior al umbral europeo, la eficacia de la adjudicación queda suspendida durante el plazo de 15 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación.
Al contrato se unirá como anexo un ejemplar del presente pliego junto con sus correspondientes anexos, que serán firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario.
19.- COMIENZO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
La prestación del servicio objeto de esta contratación comenzará en la fecha señalada en el correspondiente contrato. La fecha inicialmente prevista es el día 1 de octubre de 2019, si bien podría retrasarse debido a los plazos del procedimiento administrativo.
La adjudicación del servicio se hará por el plazo de un año, sin perjuicio de la posibilidad de prórrogas, que serán anuales. De acuerdo con el artículo 45 de la LFCP, este contrato no podrá tener un plazo de vigencia superior a cinco años, incluidas todas sus prórrogas.
El contratante notificará al adjudicatario su voluntad expresa, mediante Acuerdo de la Mesa de la Cámara, de prorrogar el contrato con carácter anual, antes de la finalización de su vigencia. En ningún caso se entenderá que el contrato ha sido tácitamente prorrogado si no media expresa notificación de la concesión de la prórroga por parte del Parlamento xx Xxxxxxx. No obstante, cualquiera de las partes podrá renunciar voluntariamente a la prórroga del contrato, en cuyo caso deberá comunicar dicha circunstancia a la otra parte de manera fehaciente y con al menos cuatro meses de antelación al vencimiento del contrato.
Llegada la fecha de terminación, el contrato finalizará automáticamente. No obstante, llegada la fecha de terminación y siempre que existan circunstancias extraordinarias justificadas y cuando sea necesario para posibilitar la continuidad del servicio, el Parlamento xx Xxxxxxx podrá prorrogar el contrato durante el tiempo estrictamente necesario en que se den dichas circunstancias extraordinarias y hasta que se haya adjudicado la siguiente anualidad del servicio.
20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. SUBROGACIÓN DEL PERSONAL
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego que sirve de base al contrato, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato establecidas por la legislación vigente.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, sin que éste pueda solicitar alteración de los precios contratados, siendo a su cargo la indemnización de todos los daños que cause al Parlamento xx Xxxxxxx o a terceros por su ejecución.
En particular, el adjudicatario no podrá deducir reclamación alguna fundada en circunstancias como la tasa de absentismo o en cualesquiera otros costes laborales que deba soportar para la ejecución del contrato. Estos y otros riesgos propios de la gestión empresarial serán de su cargo.
El adjudicatario deberá facilitar un gestor del contrato, como persona de contacto entre el Parlamento xx Xxxxxxx y el adjudicatario para todas las gestiones relativas a la prestación del servicio y de las incidencias que pudieran surgir.
Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario deberá prestar el servicio con la continuidad que se establece en el Anexo III xxx xxxxxx para una plantilla de 15 personas.
Todo el personal trabajador por cuenta del adjudicatario deberá estar amparado por el correspondiente contrato de trabajo. Dicho personal no adquirirá relación laboral alguna con el Parlamento xx Xxxxxxx, por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal de conformidad con la legislación laboral, sin que en ningún caso sea responsable el Parlamento xx Xxxxxxx de las obligaciones nacidas entre la empresa adjudicataria y sus empleados.
El adjudicatario ha de dar de alta en la Seguridad Social a todo el personal que preste sus servicios en la actividad y suscribir el documento de asociación con la mutualidad laboral correspondiente que cubra los riesgos de accidentes de trabajo con exacto cumplimiento de cuanto establece o establezca en el futuro la legislación sobre la materia. Asimismo será responsable del cumplimiento de lo previsto en la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud en el trabajo.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá requerir al adjudicatario para que entregue el libro de matrícula del personal de su empresa destinado a desarrollar los trabajos contratados, así como copia de los partes de alta, baja o alteraciones de la Seguridad Social, y de las liquidaciones de las cuotas efectuadas a la Seguridad Social, modelos TC1 y TC2, o las que en el futuro puedan sustituir a los citados documentos.
El adjudicatario deberá contar con los materiales y maquinaria necesarios para la realización del objeto de contratación.
El adjudicatario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones laborales respecto a los trabajadores de la empresa saliente, de conformidad con lo establecido en materia de subrogación en el vigente convenio colectivo del sector limpieza de edificios y locales xx Xxxxxxx y demás normativa laboral vigente, así como en la LFCP 2/2018.
En la cláusula 7 del Anexo III del presente pliego se incluye la relación del personal actualmente vinculado al contrato. Estos datos han sido facilitados por la empresa actualmente prestadora del servicio sin que el Parlamento xx Xxxxxxx se responsabilice de la exactitud o veracidad de los mismos, todo ello sin perjuicio de los efectos jurídicos originados en la empresa suministradora de los mismos. Remitida dicha información a la representación sindical de los trabajadores que prestan los servicios de limpieza en el
Parlamento xx Xxxxxxx, ésta ha emitido informe favorable a la misma, y no ha señalado que existan en el centro de trabajo condiciones laborales de aplicación superiores a las derivadas del convenio colectivo sectorial.
Mensualmente, el contratista deberá aportar al Parlamento xx Xxxxxxx los justificantes de los dos últimos pagos de la Seguridad Social y Accidentes de Trabajo (TC1 y TC2) sellados por el banco donde se haya realizado el ingreso.
El contratista responderá durante la ejecución del contrato de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir el mobiliario, enseres, material o cualquier elemento de las instalaciones o que les puedan ser ocasionadas a personas.
21.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
Por la naturaleza y condiciones del contrato, se prohíbe la cesión y subcontratación, a excepción de aquellas necesarias para la prestación de los servicios incluidos en el contrato de limpieza que se detallan en la cláusula 4 del Anexo III.
22.- ABONO Y REVISIÓN DEL PRECIO
El contratista tendrá derecho al abono con arreglo al precio convenido, con sujeción al contrato suscrito y a las órdenes dadas por el órgano de contratación.
El importe anual del servicio se dividirá en doce mensualidades idénticas y el abono del servicio de limpieza se realizará mensualmente mediante transferencia bancaria a la cuenta del adjudicatario, tras la presentación de la factura de los trabajos realizados en dicho mes, y previa conformidad a la misma de los Servicios Generales de la Cámara.
La revisión de precios solo procederá en el supuesto de prórroga anual. En dicho supuesto, el nuevo precio se fijará aplicando la variación del IPC interanual del estado del periodo inmediatamente anterior. Cuando la tasa de variación de este índice se sitúe por debajo de 0 por ciento, se tomará este valor como referencia, lo que equivaldría a la aplicación de la regla de no revisión.
23.- GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO
Serán gastos a satisfacer por el adjudicatario, y se entenderán incluidos en cualquier caso en su oferta, entre otros, los siguientes:
• Los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias y recogida de documentos o cualquier otra información de organismos o particulares.
• Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución.
• Los gastos a que hubiera lugar para la realización del contrato: financieros, benéficos, seguros, transportes, desplazamientos, honorarios, material de limpieza, etc.
• En general, todos los necesarios para la debida ejecución del contrato.
24.- PENALIDADES
24.1. El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que asume en el presente contrato conllevará la imposición de penalidades, que serán acordadas por el órgano de contratación, a propuesta del servicio gestor del contrato y previa audiencia del contratista.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que en concepto de pago total o parcial deban abonarse al contratista.
Los incumplimientos del adjudicatario del contrato podrán ser clasificados como leves, graves, o muy graves, en atención al tipo de incumplimiento, grado de negligencia del contratista, relevancia económica de los perjuicios derivados del incumplimiento, o reincidencia.
- Se considerará incumplimiento leve:
• Infracciones de aspectos contenidos en el pliego que por razones de negligencia, infracción de decoro del personal, ligera incorrección con los usuarios, e infracción de calidad en la prestación, no supongan sin embargo, acciones reiteradas.
• En general, la falta de puntualidad o el incumplimiento de sus deberes por negligencia o descuido excusable.
• Las infracciones no tipificadas en los dos apartados siguientes.
- Se considerará incumplimiento grave:
• Incumplimiento reiterado en la calidad del servicio.
• Faltas repetidas de puntualidad, la negligencia o descuido continuado.
• No efectuar la recogida diferenciada de los residuos y su depósito en el contenedor correspondiente de la Mancomunidad.
• Utilización de productos distintos de los acordados sin autorización.
• Utilización de elementos materiales o personales sin autorización.
• Retraso en poner a disposición del personal el material y vestuario necesarios para llevar a cabo su trabajo.
• Ocultamiento o falseamiento de información que sobre controles y partes de trabajo esté obligado el adjudicatario a facilitar al Parlamento xx Xxxxxxx.
• No remisión al Parlamento xx Xxxxxxx de los justificantes de pago de los TC1 y TC2 de los trabajadores.
• El incumplimiento por parte del adjudicatario del programa de supervisión y seguimiento de las tareas del contrato.
• No realización de las prestaciones del servicio o realización muy defectuosa de las mismas.
• Reiteración o reincidencia de tres incumplimientos leves cometidas en un año.
• Realización de las prestaciones de forma defectuosa, con repercusión para la salubridad e higiene pública.
- Se considerará incumplimiento muy grave:
• Irregularidad en el contrato de trabajo, en la retribución, o en la jornada de cotización de las personas trabajadoras.
• Ocultamiento, falsificación de los servicios, o falseamiento de información que resulte vital para los intereses del Parlamento.
• No realización de prestaciones básicas solicitadas por el Parlamento xx Xxxxxxx.
• Reiteración o reincidencia de tres infracciones graves en un año.
• Incumplimientos que se produzcan por negligencia grave y mala fe.
• Cualquier conducta imputable al contratista constitutiva de delito, especialmente las coacciones y las sustracciones a los usuarios del servicio.
• Ofensas verbales o físicas, o el trato vejatorio grave al usuario.
Las penalidades por incumplimiento leve serán sancionadas con una pena pecuniaria de hasta el 1% del importe de adjudicación, los graves desde el 1% al 5% del importe de adjudicación, y los incumplimientos muy graves desde el 5% al 10% del importe de adjudicación.
El límite máximo de la cuantía total de las penalidades que pueden imponerse a un contratista no podrá exceder del 20% del importe de adjudicación. Cuando las penalidades
por incumplimiento excedan del 10% del importe de adjudicación procederá iniciar el procedimiento para declarar la prohibición de contratar.
La imposición de estas penalidades no excluye la eventual indemnización al Parlamento xx Xxxxxxx como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados como resultado de los incumplimientos culpables del contratista, así como la obligación del adjudicatario de subsanar la deficiencia en la prestación del servicio.
24.2. Sin perjuicio de la tipificación de las infracciones del apartado primero y conforme al artículo 160 LFCP, el contrato se resolverá en los siguientes casos:
a) Cuando las penalidades aislada o conjuntamente alcancen el 20% del importe de adjudicación del contrato.
b) Cuando se incumplan las condiciones especiales de ejecución del contrato, reguladas en el artículo 66 LFCP.
c) Cuando durante la ejecución del contrato, el contratista incumpliese con su deber de abonar el salario a los trabajadores adscritos al presente servicio o efectuara incumplimientos graves de las condiciones establecidas en los convenios colectivos en vigor.
d) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
e) El mantenimiento prolongado de conflictos laborales o el ejercicio mantenido del derecho de huelga por los trabajadores o trabajadoras que prestan el contrato, y que impidiese la correcta ejecución contractual.
25.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL, DE SEGURIDAD SOCIAL, MEDIO AMBIENTE E IGUALDAD.
El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá supervisar y requerir al adjudicatario en cualquier momento durante la vigencia del contrato, cuanta información tenga por oportuno, a fin de velar por el cumplimiento de la normativa específica en materia de fiscalidad, Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar
26.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 160 y 232 LFCP, y las señaladas en este pliego, las derivadas del incumplimiento de las obligaciones adquiridas mediante la aceptación del presente pliego.
Si el contrato se resuelve por causas imputables al adjudicatario, éste deberá indemnizar al Parlamento xx Xxxxxxx por los daños y perjuicios ocasionados.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá acordar la suspensión del contrato por motivos de interés público, mediante el resarcimiento de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el contratista, en la forma y con los requisitos establecidos en la legislación de Contratos Públicos.
27.- INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN
La Mesa del Parlamento tiene la facultad de interpretar el contrato administrativo a que se refiere el presente Xxxxxx y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por causa de interés público y acordar su resolución dentro de los límites, con sujeción a los requisitos y con los efectos establecidos en la LFCP citada y normativa complementaria.
Los acuerdos que dicte la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el ejercicio de sus competencias de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
28.- RECLAMACIONES, JURISDICCIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el mismo y, en lo no previsto, por la LFCP y demás normativa que resulte de aplicación.
Todas las incidencias que se deriven de su ejecución, así como la interpretación de las cláusulas del presente pliego serán resueltas en primer término por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, contra cuyos Acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxx en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, o mediante recurso potestativo de reposición ante la propia Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el plazo de un mes a partir de su notificación.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y siguientes de la LFCP, la reclamación especial en materia de contratación pública se podrá interponer ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxxx por las empresas, profesionales y personas interesadas en la licitación y adjudicación de un contrato público, así como las organizaciones sindicales.
Son susceptibles de impugnación el pliego de contratación, los actos de trámite o definitivos que les excluyan de la licitación o perjudiquen sus expectativas, los actos de adjudicación dictados por una entidad sometida a la LFCP en un procedimiento de adjudicación, los acuerdos de rescate de concesiones y, en tanto que puedan ser actos de adjudicación ilegales, un encargo a un ente instrumental o la modificación de un contrato.
Asimismo la reclamación especial podrá ser interpuesta por cualquier persona que acredite un interés directo o legítimo. También podrá ser interpuesta por las asociaciones representativas de intereses relacionados con el objeto del contrato que se impugna siempre que sea para la defensa de los intereses colectivos de sus asociados.
Estarán también legitimadas para interponer este recurso las organizaciones sindicales cuando de las actuaciones o decisiones recurribles pudiera deducirse fundadamente que éstas implican que en el proceso de ejecución del contrato se incumplan por el empresario las obligaciones sociales o laborales respecto de los trabajadores que participen en la realización de la prestación.
En el caso de que varias empresas concurran a una licitación en participación conjunta o bajo el compromiso de constituir unión temporal de empresas, cualquiera de ellas podrá interponer la reclamación, siempre que sus derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de la misma.
Si alguna de las empresas firmantes del compromiso no deseara interponer la reclamación podrá ponerlo de manifiesto al Tribunal en cualquier momento del procedimiento anterior a la resolución. En tal caso no se le tendrá por comparecida en el mismo y en el supuesto de
que el Tribunal acuerde la imposición de multa por temeridad o mala fe, la misma solo será exigible a la entidad o entidades reclamantes.
29.- DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
Los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico en la que se realizarán todas las comunicaciones del Parlamento xx Xxxxxxx con el adjudicatario y el resto de licitadores, incluida la notificación del Acuerdo de adjudicación aprobado por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
30.- CONFIDENCIALIDAD DE LAS PROPUESTAS DE LOS LICITADORES Y DE LA INFORMACIÓN FACILITADA POR EL PARLAMENTO XX XXXXXXX
Los licitadores al presente concurso aceptan, expresa y voluntariamente, que se dé transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización con los límites establecidos en el artículo 54 LFCP.
De acuerdo con dicho artículo, el Parlamento xx Xxxxxxx no divulgará dato alguno de la información técnica o mercantil que haya facilitado quien licita, que forme parte de su estrategia empresarial y que éstos designen expresamente como confidencial y, en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas.
Al mismo tiempo, se informa a los licitadores que la declaración de confidencialidad no debe perjudicar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia, publicidad e información que debe darse a cada participante.
Quien licite no podrá extender la declaración de confidencialidad a toda su propuesta. En caso de que lo haga, corresponderá al órgano de contratación determinar motivadamente aquella documentación que no afecta a secretos técnicos o comerciales. En todo caso, velará por guardar el adecuado equilibrio entre los derechos de los licitadores a mantener la confidencialidad de sus propuestas y la transparencia en el procedimiento y acceso a la información, entendiéndose incluido en este último el derecho a obtener copia de la documentación.
31.- CLÁUSULA DE INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO (Reglamento Europeo
2016/679 de Protección de Datos de Carácter Personal y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.)
De conformidad con el bloque normativo citado, se informa a los concurrentes al presente procedimiento de los siguientes efectos relativos a la información facilitada al Parlamento xx Xxxxxxx para concurrir a la esta licitación:
Responsable y Finalidad: Los datos de carácter personal serán tratados por el Parlamento xx Xxxxxxx e incorporados al sistema de tratamiento “Contabilidad y Gestión Económico- Financiera”, con la única finalidad de la gestión administrativa de los expedientes de contratación.
Legitimación: Finalidad basada en el cumplimiento de una obligación legal y en el ejercicio de potestades públicas del Parlamento xx Xxxxxxx con la siguiente base jurídica:
• Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (BON N.º 73 de 17 xx xxxxx de 2018)
• Plan General contable del Parlamento xx Xxxxxxx de 2012 adaptado a la Orden EHA/1037/2010, de 13 xx xxxxx, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública (BOE Nº102, de 28 xx xxxxx de 2010).
• Reglamento económico financiero del Parlamento xx Xxxxxxx, de fecha 22 xx xxxx de 2000. (BOPN 55, 27-06-2000)
Derechos: Al mismo tiempo le informamos de su derecho a solicitar al Parlamento xx Xxxxxxx el acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, cuando proceda, ante el Parlamento xx Xxxxxxx, X/Xxxxx xx Xxxxxx, 0, 00000- Xxxxxxxx o en la dirección de correo electrónico xxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
Conservación: Los datos se conservarán según disponen las Normas de organización y funcionamiento del Archivo del Parlamento xx Xxxxxxx aprobadas por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx el 15 xx xxxx de 2000 y publicadas en el Boletín Oficial del Parlamento xx Xxxxxxx Núm. 48 de 8 xx xxxxx de 2000.
Encargado del tratamiento: Como efecto de la adjudicación de los servicios contratados, la empresa seleccionada adquiere la condición de “Encargado del Tratamiento” y queda obligada a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la prestación del servicio así como al cumplimento de lo establecido en el RGPD y en la LOPD o normativa que la sustituya.
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA CONTRATAR
(a incluir en el sobre A de documentación general)
Quien suscribe D/D.ª , con D.N.I. nº actuando en representación de la empresa
en calidad de , con CIF nº
y domiciliada en
,
, calle
informado/a del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto superior al umbral comunitario, de los servicios de limpieza del edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx y xxx xxxxxx de condiciones reguladoras que rige la licitación, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA
Que la empresa reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación.
Que dispone de la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional para llevar a cabo el contrato.
Que no está incursa en causa de prohibición de contratar, y que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que cumple las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, así como con el convenio laboral del sector.
Que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como aquellos otros establecidos en el pliego de contratación.
Que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, en el caso de empresas extranjeras.
Que cuenta con el compromiso escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de recursos, en su caso.
En , a de de 2019
Firma y sello del licitador
MODELO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA
(a incluir en el sobre C de propuesta económica)
Quien suscribe D/D.ª , con D.N.I. nº actuando en representación de la empresa
en calidad de , con CIF nº
y domiciliada en , calle
,
informado/a del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto superior al umbral comunitario, de los servicios de limpieza del edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx, y xxx xxxxxx de condiciones reguladoras que rige la licitación, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA que cumple las condiciones exigidas para la contratación de dicho servicio, y presenta la siguiente oferta:
- Importe anual servicios de limpieza: euros, IVA excluido.
- Se adjunta la siguiente documentación:
• Desglose de su oferta económica en todos los conceptos que la integran. Para ello, y teniendo en cuenta la relación de personal a subrogar por la empresa adjudicataria, se deberá detallar el coste de los siguientes apartados:
• Para cada persona trabajadora: salario bruto anual, pluses (antigüedad, nocturnidad, etc.), cotización Seguridad Social, pago mutualidad, gastos derivados del convenio, otros (en su caso).
• Material de limpieza y medios técnicos necesarios.
• Otros servicios incluidos en el contrato.
• Gastos administrativos y de organización.
• Margen de beneficio comercial
• Otros
(el sumatorio de los apartados anteriores deberá ser igual a la oferta total presentada)
En , a de de 2019
Firma y sello del licitador