AYUNTAMIENTO DE GRANADA
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD Expediente: 283/2017 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL CONTRATO ABIERTO DE SERVICIOS PARA LA GESTION INTEGRAL DE UN SERVICIO DE ALOJAMIENTO Y MANUTENCION E INTERVENCIÓN SOCIAL PARA LAS PERSONAS EN SITUACION DE EXCLUSION Y SIN HOGAR DE LA CIUDAD DE GRANADA
1. OBJETO, OBJETIVOS, DESCRIPCIÓN Y CONTENIDO DEL CONTRATO El presente contrato comprende la gestión y ejecución de un servicio de alojamiento, manutención e intervención social a personas sin hogar. La prestación del servicio se hará a través de Centros de Acogida, equipamientos que aportarán las entidades concurrentes al presente contrato y que se componen de un conjunto de servicios estructurados secuencialmente, de carácter temporal, dirigidos a acoger a estas personas incidiendo en la intervención dirigida hacia la inclusión social. Además, el objeto del presente contrato comprende promover estrategias de cambio de las personas usuarias aprovechando las potencialidades personales, pues el objetivo del trabajo con personas sin hogar es cambiar el recorrido vital, desde la exclusión hacia la inclusión social, siendo básicos las labores de intermediación y el acompañamiento, como estrategias facilitadoras. La realización de la prestación del servicio se realizará las 24 horas del día, y los 365 días del año durante la vigencia del contrato. La entidad adjudicataria dispondrá de los medios técnicos y personales necesarios para garantizar el desarrollo y ejecución de los programas y los servicios a desarrollar en las distintas Casas de Acogida y Centro de Día. La metodología para el desarrollo de los servicios debe de integrar la perspectiva de género y adaptarse a las necesidades de la población a la que se dirige, partiendo de una atención individual y personalizada orientada hacia la normalización e inclusión social del colectivo. Asimismo, se garantizará un trato digno, humano y sensible atendiendo a criterios de calidad y calidez. Por ello, para la adjudicación del presente contrato los licitadores deberán presentar un programa de funcionamiento o proyecto de intervención explicando la metodología, exponiendo una planificación detallada y demás cuestiones que se concretan en los criterios de adjudicación.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD La gestión y prestación del contrato de alojamiento y manutención y atención a personas sin hogar queda fraccionado en los siguientes lotes: LOTE 1. - Prestación, manutención, alojamiento e intervención social de personas sin hogar en Casas de Xxxxxxx (hombres). - Prestación del servicio de Centro de Día para personas sin hogar (hombres y mujeres). LOTE 2. - Prestación, manutención, alojamiento e intervención social de mujeres y familias sin hogar en las Casas de Xxxxxxx. 2. DESCRIPCIÓN DE LOS LOTES EN QUE SE DIVIDE EL CONTRATO
LOTE 1.- Prestación, manutención, alojamiento e intervención social de hombres sin hogar en Casas de Xxxxxxx. Prestación del servicio de Centro de Día para personas (hombres y mujeres) sin hogar. Objetivos de las Casas de Acogida: - Ofrecer a aquellas personas que, de manera coyuntural o permanente, carecen de un lugar donde cubrir necesidades básicas, primarias, psicológicas, sociales y educativas, relacionales/apoyo social y laborales y de medios para conseguirlo con inmediatez. - Ofrecer un lugar de “espera” a los temporeros inmigrantes agrícolas sin hogar mientras comienzan las diversas campañas agrícolas de temporada (aceituna, fresa, hortofrutícola…) que, durante los meses previos a estas, permanecen en Granada a la espera de conseguir un contrato de trabajo o que están de “paso” y se dirigen a estas; y, finalmente, de “acogida” cuando regresan al municipio de Granada una vez finalizada alguna de las campañas agrícolas, mientras quedan en espera del comienzo de otra. - Cubrir las necesidades básicas de aquellas personas que carecen de recursos económicos o sociales. - Mejorar las condiciones de vida de las personas sin hogar que se encuentran en situaciones graves de vulnerabilidad o exclusión social.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD - Fomentar y trabajar la adquisición de hábitos (higiene, limpieza, etc.) y sus responsabilidades (convivencia, alimentación, etc.). - Ofrecer la posibilidad de iniciar un proceso individual de cambio. - Fomentar la integración social a través de programas específicos. - Promover y establecer los cauces de coordinación necesarios para las actuaciones a desarrollar. - Dotar a las personas usuarias de las suficientes herramientas para potenciar la autonomía personal. Objetivos del Centro de día: - Posibilitar una toma de contacto de la persona usuaria con el centro de día. - Ofrecer espacios socio-recreativos dentro y fuera del centro donde se trabaje la motivación de cara a la participación. - Fomentar la relación fuera del centro a través de la utilización de espacios ajenos al mismo, priorizando la participación en actividades deportivas, el conocimiento del medio natural, así como la integración social. - Recuperar habilidades psicomotrices en aquellas personas usuarias que lo necesiten. - Potenciar habilidades de relación y cohesión de grupo. - Posibilitar apoyo para que aumente su autoestima personal y su autoconocimiento. La consecución de los objetivos del centro de día se evaluará mediante el registro de las actividades realizadas y el número de participantes en ellas en relación con el número de asistentes al centro, así como mediante un cuestionario de satisfacción que se facilitará a las personas usuarias. Servicios que se contemplan en Lote 1:
Servicios de Atención Inmediata y Baja Exigencia El servicio de Baja Exigencia es un servicio de atención a personas sin hogar con problemas de embriaguez alcohólica, intoxicación medicamentosa, drogas u otras adicciones que cubre las necesidades básicas de alojamiento, higiene corporal y vestuario. Se reservarán como máximo 9 plazas para atender a este perfil.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD El servicio de Atención Inmediata es un servicio residencial de carácter temporal que tiene por objetivo la cobertura de necesidades básicas de las personas en situación de sin hogar al mismo tiempo que se realiza un primer diagnóstico de la situación que presenta la persona. En ambos servicios se incluyen: 1.- Tres comidas al día (desayuno, almuerzo y cena) con las características que se incluyen en el Anexo II del presente Pliego. 2.- Pequeños gastos para medicamentos de uso habitual, gastos de naturaleza administrativa y gastos de transporte justificados documentalmente, que habrán de ser autorizados previamente por el personal municipal adscrito al COASPH. Dichos servicios cubrirán a las personas usuarias hasta un montante total de 3.000 euros/año a repartir entre todos los servicios que incluyan pernoctación Asimismo, se prestará atención de apoyo personal y social, orientada a la inserción social, conforme a las directrices que se emitan desde el Ayuntamiento de Granada, a través del Centro Municipal de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar, respetando en todo momento los principios de confidencialidad, imparcialidad, secreto profesional y adecuada práctica profesional. Capacidad: 34 plazas.
Servicio de Atención Rehabilitadora:
Las personas usuarias de este servicio serán aquellas que precisen de apoyo y seguimiento durante algún tiempo y que acepten continuar el plan de trabajo individual iniciado en el programa de observación para: - Promover la reconstrucción sanitaria, psicológica, social y relacional de personas sin hogar. - Promoción de la autonomía personal y funcional. - Impulsar la participación de personas sin hogar en los recursos sociales, culturales y económicos normalizados de la comunidad. - Promover la incorporación laboral, ocupacional o formativa. En este servicio se incluye: 1.- Tres comidas al día (desayuno, almuerzo y cena) con las características que se incluyen en el Anexo II del presente Pliego. 2.- Pequeños gastos para medicamentos de uso habitual, gastos de naturaleza administrativa y gastos de transporte justificados documentalmente, que habrán de ser autorizados previamente por el personal municipal adscrito al COASPH. Dichos
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD servicios cubrirán a las personas usuarias hasta un montante total de 3.000 euros/año a repartir entre todos los servicios que incluyan pernoctación. Capacidad: 10 plazas.
Servicio de inclemencias climatológicas La entidad adjudicataria de este Lote 1 estará obligada a prestar un servicio más intensivo de atención social a hombres sin hogar en la ciudad durante los meses de invierno (22 de diciembre a 22 xx xxxxx). Comprende como mínimo la cantidad de 5 camas. En este servicio se ofrecerá alojamiento, ropa, cena, bebidas calientes, duchas, material de higiene y desayuno por la mañana. Asimismo y de manera puntual a requerimiento del Ayuntamiento, la empresa adjudicataria deberá incrementar hasta 10 plazas más para dar respuesta a las situaciones de emergencia por bajada de temperatura, con los mismos servicios que los señalados en el párrafo anterior De igual modo, a requerimiento del Ayuntamiento se podrá activar la ocupación de plazas ante otras situaciones de inclemencia climatológica, siempre que no se haya hecho uso del total de estancias anuales previstas para todos los servicios y que tendrán derecho a los servicios de manutención correspondientes a la estancia de que se trate y a los pequeños gastos citados en los dos apartados anteriores.
Servicio de Centro de Día El servicio de Centro de Día se configura como la unidad socio-recreativa del programa de atención a personas sin hogar (hombres y mujeres), desde el que se pretende contribuir al proceso de recuperación personal a través de actividades que posibiliten la participación, la motivación, el conocimiento de los recursos socioculturales de la ciudad, la interacción entre los propios participantes y el acceso a las nuevas tecnologías, entre otras. Se trata, por tanto, de ofrecer un lugar de encuentro donde se realizan actividades lúdicas, recreativas, deportivas, culturales o medioambientales y, también, actividades grupales que fomenten el sentido de pertenencia a un grupo y valores de convivencia, respeto y entendimiento. La entidad adjudicataria dispondrá para el desarrollo de todas estas actividades de un espacio físico adecuado y de los medios técnicos necesarios para el desarrollo de este recurso, en el cual debe primar un ambiente cercano de cordialidad y compañerismo. La asistencia al Centro de Día será libre y voluntaria para las personas usuarias del resto de servicios objeto del presente contrato.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD Podrán hacer uso de este servicio cualesquiera personas sin hogar estén o no recibiendo este o similares recursos y, en general, todas las personas sin hogar que estén en la calle en el término municipal de Granada. De forma quincenal, la/s entidad/es adjudicataria/s realizará/n un cuadrante de las actividades programadas, que serán expuestas en lugar visible para las personas usuarias y enviado a la Dirección del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar para su conocimiento y difusión. Para la evaluación del Centro de Día se tendrán en cuenta tanto indicadores de evaluación cuantitativa (porcentajes de personas y números de participan, actividades programadas), como indicadores de evaluación cualitativa (grado de satisfacción y autopercepción de mejora). Normas comunes de funcionamiento de los recursos integrantes del Lote 1.- No está permitido el consumo de alcohol y drogas en ninguno de los recursos integrantes del presente lote. La entidad adjudicataria de este Lote 1 no podrá expulsar a ninguna persona alojada en el recurso que haya sido derivada por los servicios sociales comunitarios sin previo aviso al Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar del Ayuntamiento de Granada. De igual modo, no podrán expulsar a ninguna persona usuaria de los programas de corta y larga estancia sin haberlo consensuado con el equipo técnico del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar. En estos casos, solicitarán la expulsión de dicha persona por escrito, mediante informe debidamente motivado (x.xx. agresiones, amenazas, estado de embriaguez, consumo de tóxicos, incumplimiento de plan de trabajo...). No obstante, en horario de tarde/noche las personas responsables de la entidad adjudicataria podrán valorar la posibilidad de expulsar a personas que, por una causa debidamente justificada (x.xx. agresiones, amenazas, estado de embriaguez, consumo de tóxicos…), no deban de permanecer alojadas en este recurso. Simultáneamente se tratará de gestionar recurso alternativo. En estos casos, al día siguiente se remitirá informe técnico al respecto al Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar. En caso de discrepancia con los motivos de expulsión indicados, la Dirección del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar podrá acordar el reingreso, salvo que la entidad adjudicataria hubiera indicado en su informe que la permanencia de la persona usuaria expulsada de estos recursos puede poner en peligro la convivencia o la integridad de las demás personas residentes.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD Ante contingencias extraordinarias que se valoren en el Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar (x.xx. aglomeración de peticiones de estancias u otras que se puedan presentar), independientemente de épocas de olas de frío o calor, se podrán ocupar plazas libres que haya en otros servicios (atención rehabilitadora), al objeto de evitar que personas sin hogar demandantes de estancia se queden fuera del recurso existiendo plazas disponibles. El presupuesto y precio de licitación de los servicios comprendidos en el lote 1 asciende a 475.295,52 €/año IVA NO INCLUIDO, para hacer frente a todos los gastos inherentes a este lote. LOTE 2.- Prestación del servicio de alojamiento, manutención e intervención social para mujeres y familias sin hogar Objetivos de la Casa de Acogida: - Ofrecer a aquellas personas que, de manera coyuntural o permanente, carecen de un lugar donde cubrir necesidades básicas, primarias, psicológicas, sociales, educativas, relacionales/apoyo social y laborales y de medios para conseguirlo con inmediatez. - Ofrecer un lugar de “espera” a las temporeras inmigrantes agrícolas sin hogar mientras comienzan las diversas campañas agrícolas de temporada (aceituna, fresa, hortofrutícola…) que, durante los meses previos a estas, permanecen en Granada a la espera de conseguir un contrato de trabajo o que están de “paso” y se dirigen a estas; y, finalmente, de “acogida” cuando regresan al municipio de Granada una vez finalizada alguna de las campañas agrícolas, mientras quedan en espera del comienzo de otra. - Cubrir las necesidades básicas de aquellas personas que carecen de recursos económicos y/o sociales. - Proporcionar la cobertura temporal de sus necesidades básicas a familias sin domicilio. - Mejorar las condiciones de vida de las personas sin hogar que se encuentran en situaciones graves de vulnerabilidad o exclusión social. - Fomentar y trabajar la adquisición de hábitos (higiene, limpieza, etc.) y sus responsabilidades (convivencia, alimentación, etc.). - Ofrecer la posibilidad de iniciar un proceso individual de cambio. - Fomentar la integración social a través de programas específicos. - Promover y establecer los cauces de coordinación necesarios para las actuaciones a desarrollar.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD - Dotar a las personas usuarias de las suficientes herramientas para potenciar la autonomía personal. Servicios que se contemplan:
Servicio de Atención Inmediata y Baja Exigencia
El servicio de Baja Exigencia es un servicio de atención a mujeres sin hogar con problemas de embriaguez alcohólica, intoxicación medicamentosa, drogas u otras adicciones que cubre las necesidades básicas de alojamiento, higiene corporal y vestuario. Se incluirán las tres comidas al día (desayuno, almuerzo y cena). Se reservarán plazas para atender a este perfil. El servicio de Atención Inmediata es un servicio residencial de carácter temporal que tiene por objetivo la cobertura de necesidades básicas de las mujeres en situación de sin hogar al mismo tiempo que se realiza un primer diagnóstico de la situación que presenta la persona. Se incluyen tres comidas del día (desayuno, almuerzo y cena) con las características que se incluyen en el Anexo II del presente Pliego. Asimismo, este servicio cubrirá a las personas usuarias pequeños gastos para medicamentos de uso habitual, gastos de naturaleza administrativa y gastos de transporte justificados documentalmente, que habrán de ser autorizados previamente por el personal municipal adscrito al COASPH. Dichos servicios cubrirán a las personas usuarias hasta un montante total de 1.500 euros/año a repartir entre todos los servicios que incluyan pernoctación. Asimismo, se prestará atención de apoyo personal y social, orientada a la inserción social, conforme a las directrices que se emitan desde el Ayuntamiento de Granada, a través del Centro Municipal de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar, respetando en todo momento los principios de confidencialidad, imparcialidad, secreto profesional y adecuada práctica profesional. Capacidad: 8 plazas.
Servicio de Normalización Las usuarias de este servicio serán aquellas mujeres que acepten iniciar un plan de trabajo para regularizar su conducta y su inserción social, y precisen de apoyo y seguimiento durante algún tiempo. En este servicio se incluye: 1.- Tres comidas al día (desayuno, almuerzo y cena) con las características que se incluyen en el Anexo II del presente Pliego.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD 2.- Pequeños gastos para medicamentos de uso habitual, gastos de naturaleza administrativa y gastos de transporte justificados documentalmente, que habrán de ser autorizados previamente por el personal municipal adscrito al COASPH. Dichos servicios cubrirán a las personas usuarias hasta un montante total de 1.500 euros/año a repartir entre todos los servicios que incluyan pernoctación. Capacidad: 5 plazas.
Servicio de Alojamiento, Manutención e Intervención a Familias sin Hogar (Casa de Familias)
Este servicio tiene como objetivo la atención a familias con menores a su cargo, que no cuenten con recursos económicos ni apoyos familiares para poder hacer frente a las necesidades básicas familiares (vivienda, alimentación, etc.). Capacidad: 16 personas Se trata de un servicio dirigido a:
Preservar la integridad de la familia mediante una intervención específica e integradora que permita la adquisición y generalización de pautas que supriman factores de riesgo proclives a ser causa de desprotección de los menores.
Posibilidad de trabajar en la casa diferentes áreas tendentes a instaurar, mantener y potenciar habilidades y recursos que mejoren la dinámica familiar y social.
La Casa de Familias debe de:
Cubrir las necesidades básicas de alojamiento y comida de las familias acogidas (desayuno, almuerzo, merienda y cena con las características que se incluyen en el Anexo II del presente Pliego).
Dotar de instrumentos comportamentales a la familia para dar una correcta atención a los menores, evitando cualquier conducta negligente y garantizando la seguridad e integridad de los mismos.
Lograr que la familia funcione de manera autónoma y adecuada. Proporcionar a las familias las habilidades o recursos técnicos necesarios para
superar la situación de crisis, adquiriendo hábitos saludables de higiene, alimentación, etc.
Todas las demandas de utilización de la Casa de Familias serán recibidas en el Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar, cuyos técnicos/as decidirán sobre aquellas familias o mujeres que harán uso o no del recurso, sin perjuicio de la coordinación necesaria con el equipo técnico de la Casa de Familias.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD La acogida se llevará a cabo por la persona responsable de la Casa de Familias a quien corresponderá explicar las normas de la casa, asignar habitación y la entrega de enseres de higiene y ropa si fuera necesario. El equipo técnico de la Casa de Familias trabajará con las familias aspectos tales como: educación en hábitos saludables, cuidado de la alimentación, salud física y mental, organización de tareas y tiempo, adopción de pautas y criterios educativos en pro del desarrollo integral de los menores, capacitación a los padres para establecer pautas que mejoren el comportamiento de los menores, formación a los padres en técnicas de negociación, inserción laboral de los adultos, potenciación para que la familia logre integrarse en su comunidad y aprendizaje en el uso de los recursos que ofrece ésta. Las familias y mujeres podrán permanecer durante el día en las diferentes salas comunes de la casa de familias. Las familias también podrán ser beneficiarias de los pequeños gastos para medicamentos de uso habitual, gastos de naturaleza administrativa y gastos de transporte justificados documentalmente, que habrán de ser autorizados previamente por el personal municipal adscrito al COASPH. Dichos servicios cubrirán a las personas usuarias hasta un montante total de 1.500 euros/año a repartir entre todos los servicios que incluyan pernoctación.
Servicio de inclemencias climatológicas
La entidad adjudicataria de este Lote 2 estará obligada a prestar un servicio más intensivo de atención social a mujeres sin hogar en la ciudad durante los meses de invierno (22 de diciembre a 22 xx xxxxx). Comprende como mínimo la cantidad de 12 camas. En este servicio se ofrecerá alojamiento, ropa, cena, bebidas calientes, duchas, material de higiene y desayuno por la mañana. De igual modo, a requerimiento del Ayuntamiento se podrá activar la ocupación de plazas ante otras situaciones de inclemencia climatológica, siempre que no se haya hecho uso del total de estancias anuales previstas para todos los servicios y que tendrán derecho a los servicios de manutención correspondientes a la estancia de que se trate y a los pequeños gastos citados en los apartados anteriores. Normas comunes de funcionamiento de los recursos integrantes del Lote 2.- No está permitido el consumo de alcohol y drogas en ninguno de los recursos integrantes del presente lote. La entidad adjudicataria de este Lote 2 no podrá expulsar a ninguna persona alojada en el recurso que haya sido derivada por los servicios sociales comunitarios sin previo aviso al Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar del Ayuntamiento de Granada. De igual modo, no podrán expulsar a ninguna persona
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD usuaria de los programas de corta y larga estancia sin haberlo consensuado con el equipo técnico del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar. En estos casos, solicitarán la expulsión de dicha persona por escrito, mediante informe debidamente motivado (x.xx. agresiones, amenazas, estado de embriaguez, consumo de tóxicos, incumplimiento de plan de trabajo...). No obstante, en horario de tarde/noche las personas responsables de la entidad adjudicataria podrán valorar la posibilidad de expulsar a personas que, por una causa debidamente justificada (x.xx. agresiones, amenazas, estado de embriaguez, consumo de tóxicos…), no deban de permanecer alojadas en este recurso. En estos casos, al día siguiente se remitirá informe técnico al respecto al Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar. En caso de discrepancia con los motivos de expulsión indicados, el/la Director/a del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar podrá acordar el reingreso, salvo que la entidad adjudicataria hubiera indicado en su informe que la permanencia de la persona usuaria expulsada de estos recursos puede poner en peligro la convivencia o la integridad de las demás personas residentes. Ante contingencias extraordinarias que se valoren en el Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar (x.xx. aglomeración de peticiones de estancias u otras que se puedan presentar), independientemente de épocas de olas de frío o calor, se podrán ocupar plazas libres que haya en otros servicios (Normalización y Casa de Familias), al objeto de evitar que personas sin hogar demandantes de estancia se queden fuera del recurso existiendo plazas disponibles. El presupuesto y precio de licitación de los servicios comprendidos en el lote 2 asciende a 191.305,28€/año IVA NO INCLUIDO para hacer frente a todos los gastos inherentes a este lote. 3. PERSONAS DESTINATARIAS DE LOS SERVICIOS
Personas sin hogar carentes de recursos y que precisan la cobertura de las necesidades básicas, que viven y duermen en la ciudad de Granada, que se encuentran en situación de “sinhogarismo” o que se encuentran afectadas por situaciones graves de pobreza y exclusión social. 4. PRESUPUESTO Y PRECIO DE LICITACIÓN El presupuesto anual y precio de licitación asciende a 475.295,52 €/año para el Lote 1, y a 191.305,28 €/año para el Lote 2, IVA NO INCLUIDO. Dichos importes más el 4%
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD de cada uno de ellos en concepto de IVA, es decir, 19.011,82€ y 7.652,21€, ascienden a los importes de 494.307,34€ y 198.957,49€ respectivamente, como presupuesto anual y precio de licitación IVA INCLUIDO. El importe por anualidades será el siguiente, tomando como referencia de fecha de inicio de contrato el 1 xx xxxxx de 2018:
2018 2019 2020
Lote 1 352.659,69 475.295,52 122.635,83
Lote 2 142.176,06 191.305,28 49.129,22
Dicho gasto se imputará a la aplicación presupuestaria 0402 23103 2270630.- "Intervención Social Sectorial" del presupuesto municipal de gastos. 5. DURACION DEL CONTRATO El plazo de duración del contrato será de DOS AÑOS. Por mutuo acuerdo de las partes, una vez ponderadas todas las circunstancias que concurran, antes de la finalización del mismo, se podrá prorrogar por una anualidad, sin que la duración total del contrato, incluidas sus prórrogas, exceda de CUATRO AÑOS. El presente plazo no agota el máximo previsto en la legislación de contrato. La razón de ello se debe, por una parte, a posibles dificultades presupuestarias futuras que requieran reducir la prestación más allá de las posibilidades de modificación contractual recogidas en el presente pliego y, por otra, al carácter del desarrollo de este servicio por primera vez en régimen de gestión indirecta, lo que conlleva que, aun cumpliéndose formalmente los objetivos anteriormente referidos, la conveniencia de reexaminar a corto plazo las características a desarrollar mediante el presente servicio. Todo ello en congruencia, además, con lo dispuesto en el art. 43.2 de la Instrucción para la contratación pública sostenible, eficiente e integradora del Excelentísimo Ayuntamiento de Granada. 6. FORMA DE PAGO El pago se efectuará conforme a lo establecido en las bases de ejecución del presupuesto aplicable en cada ejercicio económico. A tal efecto los servicios realizados se facturarán mensualmente y su importe habrá de ser el resultante del precio de adjudicación según el cuadro indicado en el punto 4, dividido por el número de mensualidades correspondiente a cada anualidad, sin que en ningún caso pueda superarse el precio de adjudicación.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD 7. OBLIGACIONES TÉCNICAS PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO (ambos lotes) Son obligaciones técnicas necesarias de la/s entidad/es adjudicataria/s para el desarrollo de la prestación del servicio objeto del presente contrato las siguientes: - Contar durante el periodo de vigencia del contrato con un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a la anualidad media del presente contrato. - Contar con las autorizaciones y licencias que en su caso procedan, cualquiera que fuera la Administración que las exija y, específicamente, estar acreditada como entidad de servicios sociales inscrita en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales en los términos del Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los servicios sociales de Andalucía (o normativa que le sustituya). - Cumplir las instalaciones que pongan al servicio del presente contrato con los requisitos materiales y funcionales necesarios para la inscripción como Centro de Servicios Sociales en los términos que exige el Anexo I, apartado I.2.6, y apartado II, del Decreto citado; o estar en disposición de obtener tal inscripción al tiempo de formalización del contrato. - Prestar el servicio de alojamiento y manutención durante el tiempo de duración del contrato, con la continuidad convenida y garantizando a las personas usuarias el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas por el COASPSH. - Mantener abiertas las Casas de Acogida y el Centro de Día, sin suprimir o interrumpir su actividad durante el tiempo de vigencia de este contrato, ni disminuir su actividad asistencial en ningún periodo del año. Cualquier alteración o variación en la misma deberá contar con el consentimiento expreso del Ayuntamiento de Granada. En caso de que concurriesen circunstancias de fuerza mayor que obligasen al cierre de alguna Casa de Acogida o que imposibilitasen seguir prestando el servicio, deberá de ser inmediatamente trasladadas de forma justificada al Ayuntamiento de Granada, a través del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar y de la Concejalía de Derechos Sociales, Educación y Accesibilidad, a fin de que puedan adoptarse las medidas oportunas, incluida, en su caso, la sustitución por otra institución o servicio equivalente que desempeñe sus funciones durante el tiempo que deba permanecer cerrada. En estos supuestos, no se generará obligación alguna de pago a favor de la adjudicataria durante el tiempo que perdure la clausura o la interrupción del servicio. - Mantener permanentemente los medios humanos y materiales necesarios para desarrollar idóneamente las prestaciones contempladas en este pliego.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD - Contar el personal laboral y el personal voluntario que intervenga en los Centros de Acogida, en el Centro de Día y demás recursos que contempla el presente pliego con una cualificación y formación suficiente para desempeñar su trabajo. Asimismo, el equipo profesional deberá contar con formación en el modelo “housing first” (primero vivienda) o adquirir dicha formación durante la vigencia del contrato. El Ayuntamiento podrá requerir a la empresa adjudicataria la intervención profesional especializada, bajo el modelo de “housing first” para los casos que se considere necesario fuera de las dependencias de la casa de acogida. - Cumplir cuantas normas de laborales y de la Seguridad Social afecten al personal adscrito a la prestación objeto del contrato, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Este personal será dependiente a todos los efectos de la/s entidad/es contratista/s. - Transmitir una imagen plural e igualitaria, el uso del lenguaje no sexista y contemplar medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de su plantilla. - Garantizar que las actuaciones profesionales que se lleven a cabo con las personas usuarias demandantes de los servicios/prestaciones se realicen de forma coordinada con el equipo técnico del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar a fin de que se realice el seguimiento y la evaluación adecuada del plan de trabajo y puedan introducirse las modificaciones de intervención o de implementación de recursos que fueran necesarias. En caso de discrepancia en los criterios que se indican, la Dirección del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar procederá a su resolución arbitrando las medidas mas adecuadas. - Garantizar la satisfacción de los derechos y el cumplimiento de los deberes de las personas usuarias. - Habilitar zonas de descanso y lectura para aquellas personas que estén alojadas en las Casas de Acogida y deseen descansar. - Ofrecer una asistencia integral en las Casas de Acogida a personas sin hogar con movilidad reducida, garantizando a estas durante su estancia las necesidades básicas de higiene personal y cuidados generales. Asimismo, se les facilitarán las medidas sociales adecuadas para su reinserción social en igualdad de condiciones que el resto de personas usuarias. - Facilitar una adecuada colaboración con la administración municipal para la resolución de los procedimientos disciplinarios que, conforme a la normativa que resulte aplicable en cada momento, se instruyan a personas usuarias.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD - Respetar el principio de no discriminación de personas usuarias por razón de su procedencia o por razón de nacionalidad. - Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones al respecto, sin perjuicio de la supervisión y control por el equipo técnico del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar. - Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. - Disponer de hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas beneficiarias de sus centros y establecimientos. - Informar al Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar diariamente de las personas que han hecho uso del servicio de alojamiento, incluyendo fecha de entrada y de salida o si proceden de meses anteriores, indicando la fecha de ingreso. - Realizar una memoria anual, de carácter cuantitativo y cualitativo, de todas las actuaciones realizadas donde se incluya la consecución de los objetivos, así como las consideraciones técnicas que se estime oportunas para su mejora. - Mantener las reuniones periódicas de coordinación con el equipo de profesionales del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar en las que se realizarán los seguimientos, se desarrollarán los planes de trabajo y se valorarán las propuestas de paso de las personas usuarias a las distintas fases o programas. - Contar con una oficina en Granada capital durante la vigencia del contrato, disponiendo en su sede, como mínimo, de los siguientes medios de comunicación: fax, teléfono fijo y correo electrónico. Asimismo, deberá de dotar a la persona que se designe como coordinador/a del programa de un teléfono móvil para que esta persona esté localizable permanentemente. - La/s entidad/es adjudicataria/s será/n responsable/s del cumplimiento de la normativa y de la protección de datos de carácter personal. - Facilitar y aportar cuanta información, documentación y justificantes sean requeridos. - Acatar las instrucciones y directrices emanadas del Ayuntamiento de Granada, a través del Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar, y aquellas que sean consecuencia de las inspecciones que se realicen en orden a la realización de los programas y estancia de las personas usuarias.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD - Informar al Ayuntamiento de Granada de cualesquiera cuestiones que pudieran afectar a la ejecución de los servicios y programas, manteniendo un fluido intercambio de información en relación a estos servicios y programas. - Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. debiendo satisfacer cuantos derechos, contribuciones, arbitrios y exacciones en general correspondan por la prestación objeto del contrato se refiere. - Establecer un Plan de Formación Continua del Personal adscrito a la prestación del servicio, de forma que contribuya a cumplir los objetivos de cada programa. - Mantener abiertas las Casas de Acogida las 24 horas del día, con el personal adecuado para la atención a las personas sin hogar, ya sea para la primera acogida como para atender cualquier incidencia al respecto. - La/s adjudicataria/ contará/n con todos los derechos y cumplirá/n con todos los deberes inherentes a su calidad de empresaria y deberá/n cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad laboral y de prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene en el trabajo, etc., respecto del personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal frente al Ayuntamiento de Granada, con el que carecerá de vinculación jurídico-laboral, ni podrá exigirse a éste responsabilidad alguna como consecuencia de las obligaciones existentes entre la/s adjudicataria/s y sus empleados. - Los equipos profesionales que prestan sus servicios en la casa de acogida de familias (con menores) deberán contar con un certificado negativo de antecedentes penales por delitos sexuales. - La entidad adjudicataria deberá mostrar el emblema de la corporación municipal en lugar visible de las dependencias de las casas de acogida y demás recursos.
8. RESPONSABLE DEL CONTRATO La persona responsable del presente contrato será la Dirección del Centro de Orientación y Atención Social a Personas Xxx Xxxxx. Durante la fase de ejecución del contrato, la persona responsable de cada contrato contará con facultades de inspección específicamente dirigidas a garantizar, respecto de los trabajadores y procesos productivos empleados en la elaboración de los productos o servicios, el cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales derivadas de los convenios colectivos aplicables en función de la rama de actividad de que se trate, el Derecho español y de la Unión Europea. Asimismo, se exigirá trimestralmente por el responsable del contrato la aportación por la entidad adjudicataria de los documentos justificativos del pago de las cuotas a la
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD Seguridad Social, retención del IRPF y salarios de los trabajadores. Esta justificación deberá ser acompañada igualmente de aquella referida a los subcontratistas a los que haya encargado la ejecución de algunas de las prestaciones a que se refiere la cláusula siguiente. 9. SUBCONTRATACIÓN Únicamente se podrá subcontratar, con los límites establecidos por la legislación de contratación administrativa, los servicios que se relacionan a continuación:
Servicio de Limpieza Servicio de Catering Servicio de Seguridad
10. REVISION DE PRECIOS No procede 11. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL La solvencia técnica o profesional de los empresarios se apreciará mediante la acreditación de los medios siguientes: 1.- Indicación del personal técnico responsable de ejecutar la prestación, acreditando la trayectoria, experiencia operativa y titulaciones académicas o profesionales con que estos cuentan. Los licitadores deberán comprometerse expresamente a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y, en todo caso, el mínimo establecido en el presente pliego. 2.- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, que acrediten experiencia en el diseño y desarrollo de programas dirigidos a personas en situación de riesgo y exclusión social o la colaboración con otras instituciones públicas y entidades para el desarrollo de las iniciativas relacionadas con la intervención de personas en situación de vulnerabilidad. Podrán concurrir aquellas empresas, entidades sin ánimo de lucro, que teniendo plena capacidad de obrar, su finalidad tenga relación con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales. 12. REQUISITOS REFERIDOS A LOS MEDIOS PERSONALES
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD El personal adscrito al presente contrato deberá de contar con los conocimientos necesarios para la correcta realización de las tareas requeridas y dependerá exclusivamente de la/s adjudicataria/s. En tal sentido, de conformidad con el Anexo I, Apartado II (requisitos funcionales), punto 2.5, de la Orden de 28 de julio de 2000, Reguladora de los requisitos materiales y funcionales de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía, el personal mínimo obligatorio para Centros con capacidad máxima de 50 personas es el siguiente: -1 Director/a, que puede ser Titulado/a Superior o Medio. -1 Trabajador/a Social. -1 Psicólogo/a, a tiempo parcial. -1 Monitor/a de taller, a tiempo parcial. -1 Animador Educador/a, a tiempo parcial. -Como personal de apoyo, 1 Auxiliar Administrativo/a y Conserjes. Dicho personal habrá de desarrollar las siguientes funciones: Trabajador/a Social: -Recogida y análisis de la demanda (expresada o no expresada). -Jerarquización de estas problemáticas y/o necesidades. -Analizar los recursos (económicos, sociales, relacionales, institucionales...) con los que se cuenta, tanto internos (por parte de la persona usuaria y en la propia red de centros de acogida para personas sin hogar), como externos (fuera de nuestra propia red de atención). -Intervención individual-familiar desde el campo del trabajo social. Psicólogo/a -Evaluación Inicial. Establecimiento de una relación de trabajo y confianza con la persona. Valoración del estado psicológico general o de la dinámica familiar. Valoración de las capacidades, impacto de situaciones estresantes. Detección de problemas encubiertos o no manifestados. -Evaluación de problemática asociada a salud mental, toxicomanía, etc. y derivación a los recursos especializados para abordarla.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD -Pronóstico y adecuación a los distintos programas que se llevan a cabo en los recursos de Alojamiento. -Apoyo y atención directa para la capacitación personal y social. -Diseño, Ejecución y Evaluación del plan de Trabajo Individual/Familiar. -Coordinación con los profesionales intervinientes, especialmente con los recursos de Alojamiento. -Asesoramiento técnico a los miembros del equipo. -Intervención en crisis personales/familiares. -Elaboración de informes. Educador/a -Planificación y organización de la economía -Actividades individualizadas que refuercen y pongan en práctica las habilidades sociales adquiridas. -Planificación y organización de las tareas domésticas. -Actividades grupales en donde se pongan en práctica la toma decisiones. -Búsqueda activa de empleo o ultimar trámites iniciados previamente para la consecución de la prestación solicitada. Animador/a Sociocultural. -Posibilitar la toma de contacto del nuevo usuario con el centro de Día. -Ofrecer espacios socio-recreativos donde se trabaje la motivación de cara a la participación. -Recuperar habilidades psicomotrices en aquellas personas usuarias que lo necesiten. -Potenciar habilidades y cohesión de grupo. -Posibilitar apoyo para que aumente su autoestima personal y su autoconocimiento.
Monitores de las Casas de Acogida.
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD La función de los monitores es la de llevar un seguimiento del autocuidado de la realización de las tareas de carácter doméstico dentro de las Casas de Acogida. 13. PENALIDADES Las previstas a tal efecto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 14. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Procede la modificación del contrato sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 del TRLCSP. El Ayuntamiento de Granada podrá modificar el contrato debido a un aumento o disminución de la demanda, tanto al alza como a la baja, hasta un 30% del precio primitivo del contrato, no teniendo derecho la adjudicataria a indemnización alguna de conformidad con lo establecido en el artículo 211 del TRLCSP. 15. CLÁUSULAS SOCIALES Al margen de los criterios a considerar en el ‘Plan social para la ejecución del contrato’, a valorar junto con el proyecto de Intervención, serán de aplicación al presente contrato las siguientes cláusulas sociales: Tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos del Ayuntamiento de Granada las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas, que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación. En caso de empate entre varias empresas licitadoras, tendrán preferencia en la adjudicación aquellas que, habiendo acreditado tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, dispongan del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social. Asimismo, en caso de empate entre varias licitadoras que concurran al mismo lote, tendrán preferencia en la adjudicación aquellas proposiciones presentadas por entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y figuren inscritas en el correspondiente registro oficial. 16. CLÁUSULAS DE VALORACIÓN Las entidades o empresas licitadoras presentarán un Proyecto de Intervención acorde con las presentes prescripciones técnicas para el desarrollo y ejecución del objeto de
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD este contrato y que habrá de contemplar, al menos, los siguientes contenidos y apartados: - Marco normativo y modelo teórico de intervención. - Definición del servicio a prestar conforme a lo dispuesto en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. -Objetivos. Estos se formularán conforme a lo establecido en el presente Xxxxxx, según los servicios y actuaciones establecidos en el mismo. -Metodología. Para su desarrollo se expondrán todos los instrumentos y herramientas necesarios para el buen funcionamiento de los centros previstos para la prestación del servicio. -Actividades o servicios diseñados conforme a lo establecido en las presentes prescripciones técnicas. -Recursos humanos, materiales y técnicos -Población destinataria -Temporalización de actuaciones y actividades para la implementación del servicio. -Sistema de evaluación para el seguimiento del servicio objeto del presente contrato. -Modelo de Memoria anual de la prestación del servicio de carácter cuantitativo y cualitativo. -Programa de formación para el equipo de las casas de acogida, detallándose acciones formativas, contenidos, horas de duración y personal al que se dirige. 17. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCION DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACION SE DEBERA FIRMAR EL ANEXO I DEL DOCUMENTO DE SEGURIDAD La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de Diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del órgano de contratación al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y el real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal, así como de las
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlos durante su vigencia. La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: 1º Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a la expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art 124 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aun después de la finalización del contrato. 2º Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Granada para cada uno de los ficheros a os que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. El fichero al que se tiene acceso es el fichero con denominación Centro de Orientación y Atención Social a Personas sin Hogar con código de la Agencia Española de Protección de Datos nº 2040080345. 3º Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a las personas participantes y colaboradoras en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como en el ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Granada se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. 4º Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que desde el Área de Familia, Bienestar Social, Igualdad, Educación y Juventud le puedan especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previsto en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal. 5º Deberá cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y trate
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Art. 9.2 LOPD). 6º El Ayuntamiento de Granada se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requieran para ello. 7º Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Granada. 8º Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Granada conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. 9º El contratista deberá adoptar en todo momento las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, teniendo en cuenta el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. 10º De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Granada, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Granada como consecuencia de dicho incumplimiento (art 12.4 LOPD).
Granada, 2 de octubre de 2017 EL JEFE DEL SERVICIO DE SERVICIOS SOCIALES SECTORIALES
Fdo.: R. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx
VºBº EL DIRECTOR GENERAL
Fdo.: Fco. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
CONFORME LA COORDINADORA GENERAL
Fdo.: Xx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx
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ANEXO I CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de adjudicación se distribuyen entre los de carácter técnico y los de carácter económico del siguiente modo:
- Criterios técnicos y mejoras: 40 puntos. - Criterios económicos: 60 puntos.
CRITERIOS TÉCNICOS Y MEJORAS Para la valoración de los criterios técnicos, se tomará en consideración el Proyecto de Intervención a que hace referencia la cláusula 16ª del presente pliego, cuyo contenido se valorará de la siguiente forma: 1. Proyecto…………..…………………….……………………………hasta 37 puntos A) Adecuación del proyecto al modelo teórico de intervención en el sector de personas sin hogar. Concreción y adecuación de los objetivos a lo establecido en estas prescripciones técnicas……………………………………………..…….hasta 9 puntos … B) Desarrollo y adecuación de la metodología de intervención propuesta en el proyecto; número, adecuación e informatización de los instrumentos de intervención técnica; gestión, evaluación y calidad del servicio propuesto …………………… hasta 9 puntos C) Adecuación de las actuaciones propuestas a la población destinataria del contrato, ……………………………………………………………………...……. hasta 9 puntos D) Plan Social para la ejecución del contrato (conforme a los parámetros contenidos en el anexo III)…………………………..………………………………..….hasta 9 puntos E) Modelo de Memoria Anual………………..…….…………………….hasta 1 puntos 2. Mejoras………………………………………….……………...……. hasta 3 puntos -Proyectos complementarios relacionados con el trabajo grupal con personas sin hogar……………………………………………………………..……….. hasta 1 punto -Habilitación de espacios específicos para que las personas usuarias puedan acceder y pernoctar con su mascota.…….....…………………………….....……… hasta 2 puntos
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CONCEJALIA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACION Y ACCESIBILIDAD 3. Precio ofertado……….……………………….……..………………hasta 56 puntos Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula: Puntuación de la oferta X =Importe oferta más baja * Puntuación máxima
Importe oferta X Al ser el precio uno de los criterios de adjudicación, para la apreciación de aquellas bajas que resulten desproporcionadas o temerarias se aplicará lo establecido en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Cuando se identifique una oferta que pueda ser considerada desproporcionada o anormal se actuará de conformidad con lo establecido en el artículo 152 del TRLCSP. 4. Ampliación de plazas para la ola de frío (22 de diciembre a 22 xx xxxxx) ………………………………………………………..…...………………hasta 4 puntos Se otorgará la máxima puntuación al licitador que oferte el mayor número de plazas adicional sobre el mínimo establecido (mínimo de 5 (lote 1) y mínimo de 12 (lote 2), valorándose el resto de ofertas de forma proporcional.
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ANEXO II CARACTERÍSTICAS DE LAS COMIDAS A SERVIR EN LOS DIFERENTES
SERVICIOS EN QUE ASÍ SE DISPONGA CONFORME AL PRESENTE PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Los menús estarán compuestos de primer plato, segundo plato, postre, pan y agua. Queda expresamente prohibido el suministro de cualquier tipo de bebida alcohólica. La variedad, composición y equilibrio de las dietas serán conformes a las normas dictadas por la Organización Mundial de la Salud (O.M.S) y atenderán a las guías y objetivos nutricionales recogidos en la legislación vigente. Además, serán adecuadas a las circunstancias de edad y necesidades nutricionales de las personas usuarias. Todos los menús se elaborarán en la cantidad y calidad suficiente para cubrir las necesidades energéticas y dietéticas de las personas usuarias. Estas condiciones podrán ser supervisadas por los Responsables del Contrato. Se tendrán en cuenta por el adjudicatario las excepciones que en la composición de la dieta deriven de prescripción médica, motivos religiosos u otras circunstancias ineludibles. En estos casos serán sustituidos aquellos productos o platos que sean determinados por la Dirección del COASPH por otros alternativos, en cantidad y calidad suficiente para que cubran las necesidades especiales nutricionales, energéticas y dietéticas de las personas usuarias que así lo requiriesen. Los menús establecidos rotarán durante cuatro semanas, con variante de invierno- verano. Dicha planificación contendrá el desglose nutricional correspondiente. A tal efecto, se presentará una dieta basal con el estudio nutricional diario correspondiente, acompañada de un informe de alimentos por ingesta (ficha técnica del plato), del perfil calórico tanto de carbohidratos, proteínas y grasas, del perfil lípido tanto de grasas saturadas, monoinsaturadas y poliinsaturadas, como las derivaciones desde la basal a las dietas más comunes en personas adultas, diabéticas, protección gástrica, sin sal, fácil masticación, astringente, etc. Dicha información será remitida a la Dirección del COASPH con suficiente antelación para obtener su visto bueno. Los menús serán expuestos a las personas usuarias en un tablón instalado a tales efectos.
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ANEXO III CONTENIDOS DEL PLAN SOCIAL PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Los licitadores propondrán medidas concretas de carácter ético y social manifestando que se comprometen a implantarlas en la ejecución del presente contrato. El Plan Social deberá abordar todos o algunos de los siguientes aspectos referidos al personal directamente relacionado con la ejecución del contrato: a) Nueva contratación de personas con dificultades de acceso al mercado laboral, sin que ello implique el despido o reducción de jornada de otro personal integrado previamente (personas con discapacidad, en situación o riesgo de exclusión social y, en general, de colectivos con especial vulnerabilidad, o de incorporación a la plantilla de personal procedente de programas de inserción socio-laboral acreditado mediante la correspondiente certificación). b) Programa de estabilidad en el empleo de los trabajadores que ejecuten materialmente el contrato. c) Medidas concretas de prevención, seguridad y salud laboral a aplicar durante la ejecución material del contrato. d) Medidas específicas de formación de los trabajadores directamente relacionados con la ejecución del contrato. e) Plan de igualdad efectiva en el trabajo de hombres y mujeres a aplicar durante la ejecución del contrato. f) Plan de conciliación de la vida laboral y familiar del personal que ejecute el contrato. g) Aplicación en la ejecución del contrato de principios de responsabilidad social empresarial y de compra pública ética –comercio justo. h) Incorporación de una «Memoria de accesibilidad» tanto para personas con cualquier tipo de discapacidad, incluida la intelectual. i) En el caso de subcontratación, propuesta de realizarla con empresas de economía social (cooperativas, empresas de inserción y centros especiales de empleo, autónomos o pymes).