EN ADELANTE MERCAVALENCIA)
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA ADJUDICACIÓN DE DERECHO DE USO
DEL PUESTO Nº 24 XXX XXXXXXX DE PESCADOS PARA LA EMPRESA
MERCADOS CENTRALES DE ABASTECIMIENTO DE VALENCIA, S.A.
(EN ADELANTE MERCAVALENCIA)
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA ADJUDICACIÓN DE DERECHO DE USO DEL PUESTO Nº 24 XXX XXXXXXX DE PESCADOS PARA LA EMPRESA MERCADOS CENTRALES DE ABASTECIMIENTO DE VALENCIA,
S.A. (EN ADELANTE MERCAVALENCIA)
I.- REGIMEN APLICABLE
PRIMERA. - OBJETO DE ESTE PLIEGO
Adjudicación de derechos de ocupación del Puesto número 24 xxx Xxxxxxx de Pescados de la Unidad Alimentaria Mercavalencia, para realizar la actividad de venta al por mayor de pescado y marisco.
El puesto está compuesto por zona de ventas, cámara y oficinas, en el estado que se describe en el ANEXO II, además, se acompaña como ANEXO I plano de situación del puesto.
La actividad del adjudicatario está sujeta a Licencia del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, que será solicitada por Mercavalencia en favor del adjudicatario, así como al Reglamento de Funcionamiento xxx Xxxxxxx de Pescado aprobado por el Ayuntamiento de Valencia con fecha 14 xx xxxxx de 1.976 y al Reglamento de Prestación de Servicio contenido en el Expediente de Municipalización xxx Xxxxxxx Mayorista de Pescado aprobado por Resolución de la Dirección General de Administración Local del Ministerio de Interior de fecha 24 xx xxxxx de 1978.
SEGUNDA. - NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
Los derechos y obligaciones del adjudicatario son los consignados en el Contrato que se adjunta como XXXXX XXX. El contrato que se estipule entre MERCAVALENCIA, S.A. y el adjudicatario tendrá naturaleza jurídico-privada, y se regirá por el presente pliego, y por el documento contractual firmado al efecto entre MERCAVALENCIA, S.A. y el adjudicatario. Supletoriamente por el ordenamiento jurídico privado y por el Reglamento de prestación del servicio xxx xxxxxxx mayorista de pescados en Valencia.
TERCERA. - ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y RESPONSABLE DEL CONTRATO
El órgano de contratación es el Consejo de Administración o el órgano en quien éste hubiera delegado sus facultades.
CUARTA. - OFERTA ECONÓMICA.
Los interesados podrán ofertar una cantidad en concepto de entrega a fondo perdido por la adjudicación del contrato. La cantidad ofertada deberá cubrir como mínimo VEINTE MIL EUROS (20.000,--€) euros, sin comprender el IVA, que deberá satisfacer el adjudicatario.
Los licitantes podrán limitarse a cubrir la referencia del precio de adjudicación o en su caso a mejorarlo, siendo éste el total del precio de adjudicación. Este importe se devengará en el momento de la adjudicación y será pagadero el día de la firma del contrato.
No podrán realizarse ofertas de mejora del precio del arrendamiento, que serán en todo caso de 1.750,00 Euros, (MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS) mensuales, más el correspondiente I.V.A. El canon será revisado y será pagadero en la forma prevista en el ANEXO III, Estipulación “TERCERA”.
QUINTA. - PLAZO DE DURACION
El plazo del arrendamiento es por el periodo que resta hasta el día 23 xx xxxxx de 2.028.
II. REQUISITOS
SEXTA. - APTITUD PARA CONTRATAR.
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en contratos análogos. Estas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y estar inscritas en el Registro Mercantil.
Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
SÉPTIMA. - ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
OCTAVA. - PROHIBICIONES DE CONTRATAR.
No podrán concurrir a la licitación las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones de contratar recogidas en el artículo 71 de la LCSP 9/2017. La no concurrencia de prohibiciones se acreditará del modo previsto en el art. 85 LCSP. La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea
y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
La declaración responsable se ajustará al modelo que figura en el ANEXO IV. NOVENA. - SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA.
Para participar en la licitación los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera:
1.- Solvencia económica y financiera.
Cuando se trate de personas jurídicas, un patrimonio neto mínimo de 50.000 EUROS.
Si se trata de personas naturales, informe de entidad financiera en el sentido de que a juicio de la sociedad que lo emite, la empresa podría obtener una financiación de 25.000 EUROS.
2.- Solvencia técnica:
Haber trabajado mínimo 1 año en el sector de la pesca.
Además de tener como actividad, empresa mayorista de pescados y mariscos.
DECIMA. - ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA.
1.-Solvencia económica y financiera. La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la aportación de alguno de los documentos siguientes:
En caso de sociedades: cuentas anuales del último ejercicio social. Si no hubieran sido aprobadas por la Junta, un ejemplar de las cuentas formuladas firmadas por los administradores.
En caso de personas físicas: declaraciones apropiadas de entidades financieras según lo indicado en la cláusula 10 apartado b) anterior.
2. Solvencia técnica. La solvencia técnica será acreditada por los medios siguientes:
Certificado del cargo ostentado, documentación que acredite la relación laboral o el alta de la actividad (AEAT).
Certificado de la actividad de la empresa.
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
DECIMOPRIMERA - PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
Todo empresario interesado que acredite la capacidad y solvencia exigidas podrá presentar una oferta según el procedimiento indicado en el presente Pliego de condiciones.
DECIMOSEGUNDA. - ANUNCIO.
El anuncio de este pliego se publicará en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, donde se mantendrá hasta el fin del plazo que se señale en el anuncio para la presentación de ofertas.
En caso de dudas y/o aclaraciones los ofertantes podrán dirigirse Mercavalencia, S.A. Cualquier duda o aclaración contactar con Xxxxx Xxxxxx Xxxxx (Director de Xxxxxxxx) al 963.241.500, o por mail xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx
DECIMOTERCERA. - PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Las proposiciones se presentarán en el domicilio social de MERCAVALENCIA, S.A., sito en Xxxxxxxxx Xx Xxxxx 000, 00000 xx Xxxxxxxx (Oficinas Centrales de la Unidad Agroalimentaria de Mercavalencia), en horario comprendido entre las 8:00 y las 14:00 horas de lunes a viernes, hasta el día y hora señalado en el anuncio. No se admite ningún otro sistema para la recepción de ofertas.
Su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido del presente pliego, sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
Plazo de licitación concluye el próximo martes 17 de julio de 2.018 a las 13h.
Cualquier duda o aclaración contactar con Xxxxx Xxxxxx Xxxxx (Director de Mercados) al 963.241.500/646.156.339. o por mail xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx
DECIMOCUARTA. - VIGENCIA DE LA OFERTA
El plazo en el que queda obligado el contratista, por la oferta que presenta, se fija en 1 mes, a contar desde la apertura de las proposiciones.
DECIMOQUINTA. - GARANTÍA PROVISIONAL.
Los participantes constituirán una garantía provisional de TRES MIL EUROS (3.000,--€) en forma de depósito mediante ingreso en la cuenta bancaria número XX00 0000 0000 0000 00000000 a nombre de MERCAVALENCIA. No se admitirán ingresos mediante efectos de comercio. Deberá acreditarse el abono en la referida cuenta con anterioridad a la presentación de la oferta. Esta garantía provisional se constituye como garantía de que acepta, en su caso, la adjudicación del contrato y cumplirá las obligaciones derivadas del presente pliego. Si resultando adjudicatario no la aceptara, perderá el importe de dicha garantía.
Resuelta la adjudicación, se devolverá la garantía provisional a los ofertantes cuya oferta no resultase elegida, mediante transferencia a la cuenta que indique el ofertante, según modelo ANEXO V.
Al adjudicatario, se le devolverá asimismo dicha garantía provisional una vez constituidas la definitiva y una vez firmado el correspondiente contrato.
DECIMOSEXTA. - DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Las proposiciones y documentación complementaria se presentarán en dos sobres cerrados, identificados con las letras A y B con indicación de la licitación a la que concurren, y firmados por el licitador o su representante.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la legislación en vigor. En el interior de cada sobre se incluirá en hoja independiente la relación de su contenido.
S OBRE A): Documentación complementaria y aspectos a valorar mediante juicio de valor.-
En el sobre A) se incluirán los siguientes documentos:
a) Los que acrediten la personalidad y capacidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación, conforme a las cláusulas anteriores, más una fotocopia legitimada notarialmente del D.N.I. del licitador o de su representante.
b) Los que acrediten los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar conforme al modelo XXXXX XX. Esta declaración, incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse por el adjudicatario antes de la formalización del contrato.
d) El documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional a favor de MERCAVALENCIA,
S.A. como el resguardo del depósito bancario de efectivo. Indicar en el concepto: número de puesto y mercado junto con el nombre de la empresa licitadora. Se indicará número de cuenta para su devolución, según modelo que figura en el ANEXO V.
e) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. ANEXO VII.
S OBRE B): Proposición económica
Se presentará cerrado y sellado por la empresa, marcado con la letra B, en el que se indicarán, asimismo, número de puesto y mercado junto con el nombre de la empresa licitadora, así como la licitación a la que concurren, y contendrá los siguientes documentos, que se reseñarán en el anverso del sobre, según modelo que figura como XXXXX XX en la presente licitación. Se incluirá igualmente, en su caso, la documentación a la que se hace referencia en la estipulación decimoctava.
DECIMOSEPTIMA. - APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES
La apertura y valoración de las ofertas recibidas se efectuará por una Mesa compuesta por el Apoderado de la empresa; el Director o Responsable del área afectada por el contrato y el Letrado Asesor de MERCAVALENCIA.
La Mesa se reunirá en sesión previa interna para el estudio de la documentación complementaria presentada, procediéndose a la calificación de los documentos presentados en tiempo y forma.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados por correo electrónico a través de los medios que los contratistas hayan indicado en el
ANEXO V, concediéndoles un plazo de un día (1) día hábil para su corrección o subsanación. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada en el sobre A), y subsanados, en su caso, los defectos y omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los requisitos establecidos, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos, los rechazados y sobre las causas de su rechazo, dejando constancia de ello en Acta.
La apertura de la oferta económica se realizará en acto público el día y hora que se anuncie en la página web de Mercavalencia y tendrá lugar en el domicilio social.
El proceso de adjudicación podrá declararse desierto si ninguna oferta iguala o mejora la cantidad establecida en la condición cuarta de la presente licitación.
DECIMOCTAVA. - CRITERIOS DE ADJUDICACION PONDERADOS
El contrato se adjudicará a la oferta más ventajosa para MERCAVALENCIA, S.A., en función de los siguientes criterios:
1.- Propuesta Económica: 80 puntos:
Para la evaluación de las propuestas económicas, se considerará el importe total de la propuesta económica comparativa realizada por cada una de las empresas licitadoras.
La asignación de la puntuación se realizará mediante ponderación al importe de las ofertas por el mayor valor de incremento de la cuota de arrendamiento, concediéndose la máxima puntuación a la propuesta cuyo importe de incremento sea el mayor, mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Oferta X = (Precio incremento oferta / Precio mejor incremento oferta) x 80
2.- Aspectos sociales. Fomento del empleo: 5 puntos.
Se valorará la media anual de trabajadores en plantilla en la siguiente proporción:
Igual o más de 15 trabajadores: 5 puntos
De 7 a 14 trabajadores: 4 puntos
De 3 a 6 trabajadores: 3 puntos.
Igual o menos de 2 trabajadores: 2 puntos.
Así como el número de puestos de trabajo en Mercavalencia
3.- Desarrollo de la actividad empresarial relacionada con productos de cuarta gama, ecológicos o innovación: 5 puntos
Teniendo en cuenta aspectos tales como:
Programa de valorización de residuos
Vehículos eléctricos
Programa de utilización de envases de transporte (cajas y bandejas) reutilizables y retornables
El ofertante podrá aportar cuantos documentos estime oportunos para mayor comprensión de los elementos de baremación. Cuando no se aporte documento alguno o no sea suficientemente comprensible, que permita evaluar alguno de los aspectos referido en la relación anterior se puntuará como cero.
4.- Igualdad: 5 puntos
Se tendrá en cuenta la integración de la perspectiva de género en la propuesta presentada y/o disponer del reconocimiento como entidad colaboradora en igualdad de mujeres y hombres previsto en el artículo 41 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
5.- Contratos o compromisos de contratación de personas en exclusión social o discapacitados: hasta 5 puntos
DECIMONOVENA. - ADJUDICACIÓN.
MERCAVALENCIA, S.A., en el plazo máximo de 30 días resolverá si adjudica el contrato a alguno de los ofertantes.
VIGÉSIMA. - GARANTÍA DEFINITIVA.
El adjudicatario deberá depositar, en concepto de garantía definitiva el importe equivalente a dos mensualidades del canon o renta contractual. La garantía definitiva se realizará mediante ingreso en la cuenta bancaria a nombre de MERCAVALENCIA indicada para la garantía provisional.
La garantía definitiva no será devuelta hasta que finalice el contrato.
VIGESIMO PRIMERA. - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se formalizará en documento privado dentro de los 7 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
En el mismo plazo señalado para la formalización y, en todo caso, con carácter previo a la misma, el adjudicatario deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Si el adjudicatario no hubiera presentado los documentos anteriores o no comparece en el lugar, día y hora previstos para la formalización del contrato, se entenderá que el adjudicatario ha revocado su oferta, quedando obligado a satisfacer el importe de la fianza provisional, para lo cual MERCAVALENCIA, S.A. requerirá de pago a la entidad fiadora o hará suyo, en su caso, el depósito constituido como fianza provisional, pudiendo adjudicar el contrato al ofertante u ofertantes siguientes por el orden en que hayan quedado calificadas sus ofertas, siempre que el nuevo adjudicatario preste su conformidad y presente los documentos en el plazo que se le señale para la formalización del contrato. Este mismo procedimiento podrá seguirse cuando se trate de continuar la ejecución del contrato ya iniciada en el caso de que se hubiera declarado resuelto.
Al contrato que se formalice se unirá como anexo un ejemplar del presente pliego el cual será firmado por el adjudicatario, considerándole a todos los efectos parte integrante del contrato.
VIGESIMOSEGUNDA. - CONFIDENCIALIDAD
La empresa ofertante, podrá indicar, mediante declaración escrita, las partes o parte de la documentación presentada que no pueda ser objeto de divulgación, para respetar el principio de confidencialidad que rige el presente procedimiento.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
VIGESIMOTERCERA. - DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Los derechos y obligaciones de MERCAVALENCIA y del adjudicatario se rigen por las cláusulas contenidas en esta licitación, supletoriamente por las normas naturales del contrato de arrendamiento. El otorgamiento de licencia municipal para el ejercicio de la actividad de mayorista es presupuesto del arrendamiento de puesto de venta en el mercado.
VIGESIMOCUARTA - CONTROVERSIAS
Para cualquier duda, cuestión o discrepancia que surja entre los contratantes, respecto a la interpretación o aplicación del presente documento, las partes, con renuncia expresa a su propio fuero se someten a los Tribunales con jurisdicción en Valencia capital.
ANEXO I
ANEXO II
PUESTO 24
Características principales puesto
Superficie
Superficie PB | 150 | m² |
Superficie altillo | 95 | m² |
Puesto PB, sin separación física con el puesto 24. Oficinas altillo sin separación física con el puesto 24. |
Distribución en planta baja | Sup. Aprox. | Altura libre (m) | |
Zona comercial | 50,0 | m² | 2,6 |
Cámara exposición | 12,5 | m² | 2,5 |
Área refrigerada | 26,3 | m² | 2,5 |
Área exposición mercado | 50,0 | m² | 5,1 |
Distribución planta primera | Sup. Aprox. | Altura libre (m) | |
Oficina diáfana | 85,1 | m² | 2,5 |
Aseo 6,5 m² 2,5
ANEXO III
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Primera.- Constituye el objeto de este contrato el arrendamiento del puesto número xxx Xxxxxxx de Pescado. El puesto se arrienda para el ejercicio exclusivo de la actividad de comercio mayorista de pescados y mariscos.
Segunda.- El ejercicio de la actividad antes mencionada, se sujeta al Reglamento de Funcionamiento xxx Xxxxxxx de Pescado, al Reglamento de Prestación del Servicio, y expediente de municipalización xxx Xxxxxxx. Serán, asimismo, de aplicación las normas generales por las que se rija la Unidad Alimentaria y el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
Tercera.- El canon a satisfacer por puesto, será de € aparte I.V.A., de carácter revisable, pagaderas por anticipado el primer día hábil de cada mes, en el domicilio de Mercavalencia, S.A..
La renta se revisará anualmente de conformidad con el art. 4.6 de la Ley 2/2015 de 30 xx xxxxx de desindexación, según el índice de precios del alquiler de oficinas, a nivel autonómico, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, a fecha de cada revisión, tomando como trimestre de referencia el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de revisión del contrato. La primera revisión, si el contrato no hubiera estado vigente doce meses, vendrá referida a las variaciones que se han producido durante los meses en que hubiera estado vigente el contrato. La primera revisión tendrá lugar a partir del 1 de enero de 2.018.
Cuarta.- El arrendatario está obligado a ejercer la actividad de mayorista de pescado en el puesto _ con carácter permanente, no pudiendo cerrar el puesto o instalaciones sin autorización escrita por Mercavalencia, S.A., salvo caso de fuerza mayor.
Quinta.- El calendario y horarios xxx Xxxxxxx serán fijados por Mercavalencia, S.A. con carácter general para el Mercado.
Sexta.- La actividad autorizada la ejercerá el titular del puesto a su riesgo y xxxxxxx, siendo de su cuenta el consumo y suministro de energía eléctrica, agua potable e industrial, teléfono, limpieza, salarios del personal empleado y cuotas a la Seguridad Social, etc. El agua industrial será suministrada por Mercavalencia en las mismas condiciones y precios que al resto de los puestos.
Séptima.- En ningún caso se entenderá que el Ayuntamiento o Mercavalencia, S.A., se subrogan en las relaciones jurídicas constituidas por el titular del arrendamiento o la Licencia con terceros, incluso empleados, en el supuesto de cesión de la actividad, debidamente autorizada, extinción de la Licencia, caducidad, etc.
Octava.- Ni el Ayuntamiento ni Mercavalencia, S.A., son depositarios, bajo ningún concepto, de las mercancías que el arrendatario titular de la Licencia pudiera tener en el Mercado, las cuales se encuentran siempre a riesgo del titular del arrendatario, quién además establecerá las normas de vigilancia y protección que considere convenientes, previa su autorización de Mercavalencia, S.A.
Novena.- Serán por cuenta del arrendatario todos los gastos, tasas, tributos y derechos derivados de la obtención de las autorizaciones y licencias, referidos al ejercicio de la actividad a desarrollar, así como de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de los deberes que, según las autorizaciones
correspondientes y la legislación en vigor, resulten exigibles, así como el IVA por el abono a MERCAVALENCIA de las correspondientes tasas y tarifas”.
Décima.- El arrendatario se compromete a tener en perfecto estado de funcionamiento la cámara frigorífica y demás instalaciones que se le entregan, siendo de su exclusiva cuenta todos los gastos de su mantenimiento, conservación, incluida la reposición y limpieza.
Décimo-segunda.- En caso de cesión "inter-vivos", el cesionario debe reunir las condiciones establecidas en los artículos 10 y 13 del Reglamento de prestación del Servicio xx Xxxxxxx para poder ser "usuario" xxx Xxxxxxx y titular de autorizaciones.
Mercavalencia, S.A. tendrá en las cesiones "inter-vivos" un derecho de tanteo y, en su caso, de retracto, para cuya efectividad el cedente y el cesionario deberán poner en conocimiento de aquella, por medio fehaciente y con ocho días de anticipación, la cantidad en que se pacte la cesión y la fecha de la misma. El derecho de tanteo podrá ejercitarse hasta la fecha de la transmisión y el de retracto hasta un mes después de efectuada ésta. En caso de modificación de las condiciones de la cesión, se notificará de modo fehaciente a Mercavalencia, S.A. la fecha y pactos definitivos de la cesión, a los mismos efectos de tanteo y de retracto.
Mercavalencia, S.A., tendrá derecho a percibir en las cesiones "inter-vivos", en todo caso, una cantidad equivalente al 25% del valor del traspaso, a cargo del adquiriente. Cuando la cesión "inter-vivos" se produzca a favor del cónyuge, hijo o padre del titular cedente no se ejercitará por Mercavalencia, S.A. el derecho de tanteo o de retracto a que se refiere el párrafo anterior, pero tendrá derecho a percibir el 25% del precio o tipo de licitación que en el momento de producirse la transferencia de titularidad señale Mercavalencia, S.A., para los puestos xxx xxxxxxx Mayorista de Pescado.
Mercavalencia, S.A., cumplidas las obligaciones y las condiciones que preceden, propondrá al Excmo. Ayuntamiento el otorgamiento al cesionario de una nueva Licencia con el mismo contenido que ésta y por el tiempo que reste de ésta autorización.
Décimo-tercera.- Podrá transmitirse el arrendamiento a otras personas si concurren los siguientes requisitos esenciales:
1. Que el cedente lleve, por lo menos, un año de ejercicio efectivo de la actividad en el mercado.
2. Que el cesionario se comprometa a utilizarlo durante un año.
3. Que el Excmo. Ayuntamiento autorice la cesión concediendo nueva Licencia, previa propuesta de Mercavalencia, S.A., por haberse cumplido las condiciones del número anterior.
Décimo-cuarta.- La transmisión de la Licencia por causa de muerte se sujetará, en todo caso, a lo establecido en los artículos 27 y 28 del Reglamento de Prestación del Servicio xx xxxxxxx y demás normas aplicables.
Décimo-quinta.- El arrendamiento se otorga por el período comprendido entre el día de formalización del contrato y el 23 xx xxxxx del año 2028.
Décimo-sexta.- El arrendamiento y la autorización para el ejercicio de la actividad de mayorista de pescados y mariscos, en el puesto designado xxx xxxxxxx de pescado, se extinguirá en los casos que así proceda según las normas reglamentarias y legales que son de aplicación. En concreto, se extinguirá la autorización en los siguientes casos:
a) Renuncia expresa y escrita del titular.
b) Desaparición de las circunstancias que motivaron su otorgamiento.
c) Sobrevenir circunstancias que de haber existido en la fecha de su otorgamiento habrían justificado su denegación.
d) Disolución de la sociedad titular.
e) Subarriendo del puesto.
f) Xxxxxx del arrendamiento a un tercero sin sujetarse a las normas establecidas en éste contrato.
g) Pérdida de alguna de las condiciones exigidas por el Reglamento de prestación del Servicio para optar a la ocupación del puesto y ejercicio de la actividad.
h) No ejercer la venta o no ocupar el puesto autorizado por espacio de un mes consecutivo, salvo que se hubiere obtenido por el titular el permiso correspondiente.
i) Falta de pago de la renta o canon mensual, establecida en ésta Licencia por un período de dos meses.
j) No alcanzar los mínimos de comercialización en las condiciones que se determinan en la condición décimo-primera.
En cualquiera de los casos de extinción de la autorización, su titular deber dejar vacío el puesto en el Mercado, en debidas condiciones de uso, a disposición de Mercavalencia, S.A., pudiendo proponer ésta última al Excmo. Ayuntamiento el lanzamiento oportuno.
Décimo-séptima.-
pagará a MERCAVALENCIA, S.A. la cantidad de
_EUROS ( ´- €), aparte IVA, por una sola vez, como precio de adjudicación.
Asimismo , entrega en éste acto la cantidad equivalente a dos mensualidades (IVA incluido), en concepto de fianza que afecta al cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato. Dicha fianza no podrá ser utilizada por el arrendatario para hacer pago del canon mensual señalado en este contrato, comprometiéndose a reponerla en caso de que MERCAVALENCIA, S.A. dispusiera de toda o parte de la misma por incumplimiento de alguna de las obligaciones resultantes de éste contrato.
Décimo-octava. - La ocupación del puesto número _ xxx Xxxxxxx Mayorista de Pescado tiene carácter provisional, condicionada al otorgamiento de la correspondiente Licencia por el Excmo. Ayuntamiento de Valencia”.
Décimo-novena.- El puesto que se adjudica, podrá ser utilizado como regulador por la Empresa gestora xxx Xxxxxxx, la Administración o las Empresas Públicas en caso de necesidad libremente apreciada por aquellas con carácter inmediato a la orden dictada en éste sentido por MERCAVALENCIA, S.A
Vigésima.- MERCAVALENCIA y el MAYORISTA convienen que la primera repercuta sobre el segundo el 50% de los costes del suministro eléctrico a las instalaciones generales de climatización xxx Xxxxxxx proporcionalmente distribuido a la superficie de cada uno de los puestos. Tales costes serán facturados separadamente del canon correspondiente al puesto. EL MAYORISTA no podrá renunciar al servicio de climatización xxx Xxxxxxx.
Vigésimo-primera.- El MAYORISTA consiente, de forma irrevocable, que sea la Asociación Mayorista de Pescados quien, de mutuo acuerdo con MERCAVALENCIA, fijen los calendarios y horarios xxx Xxxxxxx. La eficacia de esta cláusula queda condicionada a que el Ayuntamiento modifique el Reglamento de Prestación del Servicio, lo cual solicitará MERCAVALENCIA.
Vigésimo-segunda.- El adjudicatario tiene la obligación de suscribir y mantener vigente durante todo el período contractual, un seguro de Responsabilidad Civil tanto por daños a personas como a cosas por un importe de 300.000 EUROS.
Y para que conste y en prueba de conformidad, ambas partes firman por duplicado, a un solo efecto, el presente contrato en el lugar y fecha indicados al principio.
EL ARRENDATARIO MERCAVALENCIA, S.A.
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Xx _ con NIF nº _ y con domicilio a estos efectos en , actuando en nombre propio/en representación de la persona física/jurídica con CIF nº ,domicilio en_
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que la empresa a la cual representa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, arts. 13 y 14 del R.D. 1.098/2001, de 12 de octubre “ y art. 71.1 d) de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, así como que está dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente del pago del mismo.
Que ni la Empresa a la cual representa, ni sus representantes y administradores están incursos en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 60.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ni incurren en ninguna de las incompatibilidades que contempla la Ley 3/2015 de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, ni de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ni ostentan cualquiera de los cargos electivos regulados en la L.O. 5/1985 de 19 xx Xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
Valencia, a de de 2.018
Lugar, fecha y firma.
ANEXO V
MODELO AUTORIZACIÓN TRANSFERENCIA PARA DEVOLUCIÓN GARANTIA PROVISIONAL, ASI COMO PARA LAS COMUNICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO.
AUTORIZO A MERCAVALENCIA:
Primero. - A transferir a la cuenta bancaria que seguidamente se indica, la cantidad de TRES MIL EUROS que han sido transferidos a MERCAVALENCIA para tomar parte en la licitación de _ xxx xxxxxxx de pescados de MERCAVALENCIA, caso de que no sea adjudicatario del contrato.
Nº de cuenta:
Segundo. - A que MERCAVALENCIA puede utilizar la siguiente dirección de correo electrónico para las comunicaciones personales a que de lugar el procedimiento de selección del adjudicatario del contrato para la adjudicación del contrato de :
Correo electrónico:
Lugar, fecha y firma.
ANEXO VI
MODELO DE OFERTA
D./Xx. _ provisto de Documento Nacional de identidad número _ en nombre propio o en representación de_ con domicilio en
calle/plaza número
, enterado de las condiciones y requisitos que rigen para la adjudicación del puesto nº _, xxx xxxxxxx de pescados de Mercavalencia, se compromete a tomar a su cargo la explotación del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad que se enumera a continuación:
Precio de adjudicación ofertado es de EUROS (más IVA).
Asimismo, conoce y acepta íntegramente las cláusulas particulares y sus anexos para la adjudicación del puesto nº xxx xxxxxxx de pescados de Mercavalencia, para la contratación del puesto, a los cuales se somete en todas sus partes y que son base para esta contratación.
Fecha y firma.
ANEXO VII
SOMETIMIENTO JURISDICCIÓN ESPAÑOLA EMPRESAS EXTRANJERAS
D./D.ª con NIF nº y con domicilio a estos efectos en_ actuando en nombre propio/en representación de la persona física/jurídica con CIF nº
domicilio
DECLARA:
Que para cualquier cuestión o incidencia que pueda surgir del proceso de selección del contratista, así como de la interpretación, cumplimiento, incumplimiento o consecuencias del incumplimiento del contrato que pueda suscribirse con esta empresa caso de que le fuera adjudicado, se somete a la jurisdicción de los Tribunales españoles, con renuncia expresa a cualquier fuero extranjero que le pudiera corresponder por razón de domicilio, establecimiento u otra circunstancia.
Y para que conste, firmo la presente declaración en , a de de 2.018