COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 1 de 111
CONVOCATORIA
En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 25, 26, fracción I, 26 Bis, fracción II, 27, y 28, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en adelante “La Ley”, así como 39 de su Reglamento, la Comisión Reguladora de Energía, en adelante “La Comisión”, a través de la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales de la Coordinación General de Administración, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03930, Ciudad de México, Teléfono 0000 0000 extensiones 1227, 1963 y 1966, convoca a la Licitación Pública Nacional Electrónica, para contratar un “Estudio para analizar la problemática de seguridad física en las instalaciones del sector hidrocarburos y emitir recomendaciones para el reconocimiento de costos por concepto de seguridad que la Comisión Reguladora de Energía lleva a cabo en sus procesos de revisión tarifaria”, en adelante el “Estudio”, el que se formalizará mediante un contrato a precios fijos de conformidad con el siguiente:
CALENDARIO
Descripción Licitación Pública Nacional Electrónica Horario
Especificaciones para la prestación del servicio para elaborar el “Estudio”
Los detalles se determinan en el Anexo 1 “Términos de Referencia”
N/A
Número de Licitación en CompraNet CompraNet LA-045000001-E32-2016 N/A
Publicación de la Licitación en CompraNet y envío al Diario Oficial de la Federación
17-agosto-16 N/A
Junta de Aclaraciones 25-agosto-16 10:00
Presentación y apertura de proposiciones 01-septiembre-16 11:00
Fallo 08-septiembre-16 11:00
NOTA. - Todos los eventos de la presente Convocatoria a la licitación se llevarán a cabo en las salas que se
designen en el 6° piso de “la Comisión” ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03930, Ciudad de México.
Glosario: Además de las definiciones previstas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas y demás normatividad aplicable a la presente Convocatoria, se entenderá por: Caso fortuito: Aquél evento que no pudo ser previsto y no pudo ser evitado.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 2 de 111
Instrumento Jurídico: Documento legal que constituye el acuerdo de voluntades entre la Comisión y el prestador del servicio por medio del cual se crean o transfieren las obligaciones y derechos objeto del procedimiento de contratación de que se trate. Convocatoria: Documento que establece las bases en que se desarrolla el procedimiento y en las cuales se describen los requisitos de participación. La Comisión o CRE: Comisión Reguladora de Energía. Deducciones: Son aquellas que se derivan del cumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el proveedor respecto a las partidas o conceptos que integran el contrato. Fuerza Mayor: Acontecimiento inesperado y violento, ajeno a la voluntad humana y que por tanto no puede preverse ni evitar sus consecuencias. Lineamiento de la SFP: Se refiere al artículo Décimo Primero de los “Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas”, publicados por la Secretaría de la Función Pública el 9 de septiembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación I.V.A.: Impuesto al Valor Agregado. Observador: Persona física que asista a cualquiera de los actos del procedimiento, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. Penas convencionales: Son aquellas que se derivan del atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas para la prestación del servicio, misma que no excederá del monto de la garantía de cumplimiento, y será determinada en función del servicio no prestado oportunamente. Precios fijos: Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación y apertura de las proposiciones, durante el periodo de la prestación del servicio y hasta la conclusión del instrumento jurídico. Prestador del servicio, Proveedor, Asesor o Consultor: La persona que celebre contratos de adquisiciones, arrendamientos o servicios que actúe por si o en representación de una persona moral. SFP: Secretaría de la Función Pública
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 3 de 111
1.- DATOS GENERALES DE LA LICITACIÓN 1.1 Datos de la Convocante La Comisión a través de la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales de la Coordinación General de Administración, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03930, Ciudad de México, Teléfono 0000 0000 Extensiones 1227, 1963 y 1966. 1.2 Carácter de la Licitación La Licitación Pública es de carácter nacional de conformidad con el artículo 28, fracción I de la Ley. 1.3 Periodo fiscal que comprende la Licitación La Licitación comprende el periodo fiscal de 2016 para la prestación del servicio de un “Estudio”. 1.4 Idioma Las proposiciones técnicas y económicas invariablemente deberán presentarse en idioma español, así como todos y cada uno de los documentos que la integran, en caso de encontrarse en algún otro idioma, serán acompañadas con su traducción simple al español. 1.5 Disponibilidad Presupuestaria La Comisión cuenta con la autorización presupuestal para llevar a cabo el procedimiento conforme a la solicitud de servicios No. 247. 1.6 Impuestos y Derechos. Los impuestos y derechos que se causen serán pagados en la forma y términos que señalen los ordenamientos fiscales vigentes. 1.7 Normas. El Licitante mediante un escrito deberá manifestar que los bienes integrantes del servicio, objeto de la presente licitación cumplen con la Norma Oficial Mexicana y de las normas mexicanas, según proceda, y a falta de éstas, de las normas internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 4 de 111
Si dicha norma no cubre los requerimientos técnicos, o bien, si sus especificaciones resultan inaplicables u obsoletas, deberá hacer referencia al cumplimiento de las normas de referencia o especificaciones a que se refiere el artículo 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. En su caso indicar que no aplica ninguna norma al objeto de esta licitación. (Anexo 12). 2.- OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Características y especificaciones del servicio. La Comisión requiere el “Estudio”, conforme a las características y especificaciones que se señalan en los Términos de Referencia que se encuentran en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Convocatoria. 2.2 Vigencia del Contrato La vigencia del contrato será a partir del día hábil siguiente de la notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2016. 2.3 Lugar donde se prestará el servicio del “Estudio” y condiciones de entrega El Licitante adjudicado deberá iniciar el “Estudio”, a partir del día hábil siguiente de la notificación del fallo, conforme a las especificaciones establecidas en los Términos de Referencia del Anexo 1. 2.4 Integración de Partidas La contratación del “Estudio”, se integra por una sola partida, por lo que los licitantes deberán ofertar por partida única conforme a los Términos de Referencia del Anexo 1 y ejemplo de Propuesta económica. Anexo 2. 2.5 Tipo de Contrato El contrato será cerrado con precios fijos y en pesos mexicanos, por lo que los licitantes deberán tomar en cuenta todas las condiciones que puedan influir en los mismos. 2.6 Modalidad de contratación La presente licitación es electrónica, por lo cual los licitantes exclusivamente presentarán, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales, CompraNet, sus preguntas para la junta de aclaraciones y sus proposiciones, de conformidad con el artículo 26 Bis, fracción II de la Ley.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 5 de 111
2.8 Participación por medios remotos de comunicación electrónica Las proposiciones deberán ser enviadas a través del sistema CompraNet disponible en la página de la Secretaría de la Función Pública. Dicho sistema generará el sobre con las proposiciones mediante el uso de tecnologías que resguardan la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable. Los licitantes que envíen las proposiciones a través de CompraNet, deberán concluir el envío de éstas y contar con el acuse de recibo electrónico que emita. Los licitantes podrán consultar una copia impresa de la Convocatoria de la licitación, misma que estará a su disposición en la Dirección de Adquisiciones, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03930, Ciudad de México, en el horario de lunes a jueves de 09:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:45 horas y el viernes de 09:00 a 14:00 horas, la copia exclusivamente será para consulta, por lo que la Convocante, no estará obligada a entregar una impresión de ésta; asimismo, el licitante podrá consultar la Convocatoria a través de la página Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. 2.9 Forma de adjudicación El “Estudio” será adjudicado por partida completa y única al licitante que cumpla con las características y especificaciones solicitadas en la presente Convocatoria, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley y al 52 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se establece como método de evaluación de las propuestas, el criterio de puntos y porcentajes que se encuentra en los Términos de Referencia. Anexo 1. En la evaluación se confrontará la propuesta técnica con los requisitos solicitados en la presente Convocatoria y conforme al artículo Décimo Primero de los “Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas”, publicados por la Secretaría de la Función Pública el 9 de septiembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación, la puntuación o unidades porcentuales a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y, por tanto, no ser desechada, será de cuando menos 67.5 puntos de los 90 máximos que se pueden obtener en su evaluación. 2.10 Modelo de contrato El modelo de contrato se encuentra en el Anexo 9, lo anterior, de conformidad con el artículo 29, fracción XVI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de existir alguna discrepancia entre la presente Convocatoria y el modelo de contrato prevalecerá la primera.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 6 de 111
2.11 Condiciones de precios Los precios serán fijos y en pesos mexicanos durante la vigencia del contrato, incluyendo la ampliación, en su caso, por lo que el licitante deberá tomar en cuenta todas las condiciones que puedan influir en los mismos. 2.12 Condiciones de pago La Comisión, no otorgará anticipos. El “Estudio” será pagado por la Comisión mediante transferencia de recursos a la cuenta bancaria del Licitante adjudicado una vez recibidos los entregables establecidos en los Términos de Referencia del Anexo 1 a entera satisfacción de la Unidad de Planeación y Evaluación, dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores contados a partir de la entrega del comprobante fiscal respectivo, acompañada de la constancia de entrega. El pago del “Estudio” quedará condicionado, en su caso, al entero que el Licitante adjudicado realice por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones. El pago se realizará a través de transferencia bancaria; el licitante que resulte adjudicado se incorporará al registro relativo, en el Catálogo General de Beneficiarios y Cuentas Bancarias del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) en la Comisión, lo anterior, de conformidad con los "Lineamientos Relativos al Funcionamiento, Organización y Requerimientos de Operación del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF)", publicados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público conjuntamente con la Tesorería de la Federación, en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx del año 2002. Los comprobantes fiscales que el licitante adjudicado expida con motivo del contrato, deberán contener los requisitos que establecen el Código Fiscal de la Federación y demás normatividad fiscal, en su caso, de manera enunciativa y no limitativa los siguientes: descripción del servicio, cantidad, precio unitario, importe total, cantidad con letra, desglosar los impuestos aplicables, número de contrato, razón social, registro federal de contribuyentes, dirección, teléfono, correo electrónico, etcétera. El licitante adjudicado deberá enviar por medio electrónico los archivos PDF y XML a la dirección electrónica xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y a xxxxxxx@xxx.xxx.xx En caso de que los comprobantes fiscales entregados por el licitante para su pago presenten errores o los archivos PDF y XML, se encuentren dañados, la Unidad de Planeación y
Evaluación, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al Licitante Adjudicado las deficiencias que se deberán corregir, por lo que el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que los subsane y presente de nuevo la factura o el documento que hubiere presentado.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 7 de 111
El licitante adjudicado deberá entregar el comprobante fiscal respectivo, acompañado de la constancia de entrega y aceptación del “Estudio” en los términos del contrato y a entera satisfacción de la Unidad de Planeación y Evaluación. Conforme a las disposiciones emitidas para el Programa xx Xxxxxxx productivas, la Dirección General Adjunta de Finanzas de la Comisión incorporará al Portal de Nacional Financiera, S.N.C., los pagos que se generen por el “Estudio”, a fin de que el Licitante adjudicado decida si ejercerá la cesión de los derechos de cobro al intermediario financiero por él seleccionado de entre los registrados en dicho programa, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley. Anexo 11. 2.13 Garantía de cumplimiento. El licitante adjudicado, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como de cualquier otra responsabilidad, deberá presentar póliza de fianza indivisible conforme a lo siguiente: La póliza de fianza expedida por institución afianzadora mexicana autorizada en los términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por un importe equivalente a un 10% (diez por ciento) del monto del contrato adjudicado antes del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición de “la Comisión”, a más tardar dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la firma del contrato. De no cumplir con dicha entrega, la Unidad de Planeación y Evaluación podrá determinar la rescisión del contrato respectivo y remitir a la Unidad de Asuntos Jurídicos para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en los artículos 48, 49 y 60, fracción III de la Ley. Un ejemplo de la póliza de fianza se encuentra en el Anexo 10. La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Licitante Adjudicado, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato respectivo, y de ninguna manera impedirá que la Comisión reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pudiera exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del contrato respectivo o modificación al plazo, el licitante adjudicado se obliga a entregar a la Comisión, al momento de la formalización respectiva, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. Una vez concluida la vigencia del contrato el licitante adjudicado podrá solicitar la liberación de fianza mediante escrito dirigido a la Coordinación General de Administración, sita en
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 8 de 111
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03930, Ciudad de México, el cual será turnado a la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales para su trámite correspondiente. 2.14 Pena convencional. De conformidad con lo estipulado en el artículo 53 de la Ley y 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el licitante adjudicado se obliga a pagar una pena convencional cuando incumpla o contravenga, parcial o totalmente los términos, condiciones u obligaciones, respecto de las partidas o conceptos que integran, que se deriven o relacionen con el Contrato o sus Anexos que se formalizará conforme a lo establecido en los Términos de Referencia del Anexo 1 de ésta convocatoria y su junta de aclaraciones. El Licitante deberá de considerar que todos los gastos inherentes para subsanar las afectaciones deberán ser sin costo para la Comisión. Una vez notificada la penalización por escrito, el licitante adjudicado contará con un plazo que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, para realizar el pago correspondiente, que se hará mediante el sistema de pago electrónico e5cinco publicado en la página web de la Comisión y una vez realizado el pago deberá entregar el comprobante respectivo en la Comisión. 2.15 Deducciones por calidad. La Comisión fijará deducciones al pago de los bienes o servicios con motivo del cumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el licitante adjudicado, respecto del objeto de la presente Licitación conforme a lo establecido en los Términos de Referencia del Anexo 1 de ésta convocatoria y su junta de aclaraciones. Para determinar las retenciones, y en su caso, la aplicación de la deducción por calidad de los servicios prestados, no se tomarán en cuenta aquellos casos motivados por caso fortuito o de fuerza mayor, o cualquier otra causa no imputable al licitante adjudicado. Las deducciones al pago por cumplimiento parcial o deficiente por calidad, se establecen sin perjuicio de que la Comisión determine i) la rescisión del contrato, o ii) la exigencia del cumplimiento forzoso del contrato. 2.16 Patentes, Marcas y Derechos de Autor a) El licitante adjudicado asume toda la responsabilidad por las violaciones que cause en materia de legítima propiedad, patentes, modelos, diseños, marcas y deberá responder por daños y perjuicios que pudiera causar a la Comisión.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 9 de 111
En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del licitante adjudicado. Lo anterior, de conformidad con el artículo 45, fracción XX de la Ley. b) Salvo que exista impedimento legal, los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven de los servicios realizados, se constituirán a favor de la Comisión en términos de la legislación que resulte aplicable. 2.17 Vigencia de las propuestas Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse con una vigencia mínima de 60 días. 2.18 Proposiciones conjuntas De conformidad con el tercer párrafo del artículo 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los licitantes que no se encuentren en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de dicha Ley, y acorde al artículo 44 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dos o más personas podrán agruparse para presentar proposiciones sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx. Para ello, cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar, en los términos de la legislación aplicable, el convenio de proposición conjunta en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como, el nombre de los socios que aparecen en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes legales de cada una de las personas
agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 10 de 111
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública.
d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los
demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta, así mismo, deberán presentar el convenio original junto con las proposiciones, debidamente celebrado en términos de la legislación aplicable, para ello únicamente un licitante obtendrá un ejemplar de la convocatoria de esta licitación Además del convenio a que se refiere este punto, para dar cumplimiento a esta Convocatoria de Licitación, es indispensable que las propuestas que presenten los licitantes en forma conjunta o mancomunada incluyan todos los requisitos legal-administrativos, técnicos y económicos indicados en el numeral 7. 3.- JUNTA DE ACLARACIONES El acto de junta de aclaraciones se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará en el día, hora y el lugar señalado en el calendario que se encuentra en la página primera de la presente Convocatoria.
a) La asistencia electrónica a la junta de aclaraciones es optativa, sin embargo, invariablemente para las personas que deseen participar en el evento deberán enviar un escrito a través del sistema de CompraNet, en el que manifiesten su interés por participar, de conformidad con el artículo 33 Bis de la Ley o en su caso, el escrito que acredite la personalidad del licitante o su representante, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conforme al artículo 48, fracción V del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
b) No obstante que la asistencia electrónica al Acto de aclaraciones es optativa, las
modificaciones derivadas de la(s) junta(s) de aclaraciones formarán parte de la
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 11 de 111
Convocatoria y deberán ser consideradas por los licitantes en la elaboración de su proposición, de conformidad con el artículo 33, penúltimo párrafo de la Ley.
c) Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar
directamente vinculadas con los puntos contenidos en esta Convocatoria, indicando el numeral, punto específico, párrafo o anexo con el cual se relaciona. Las solicitudes de aclaración que no cumplan con estos requisitos, podrán ser desechadas.
d) Se dará contestación a las solicitudes de aclaraciones enviadas por medio del Sistema CompraNet que sean recibidas con 24 (veinticuatro) horas hábiles de anticipación en días hábiles, es decir, no se recibirán preguntas en los días sábado y domingo, a la hora y fecha señaladas para la celebración de la junta de aclaraciones, en las Salas del 6° piso ubicadas en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03930, Ciudad de México.
e) La Convocante enviará las contestaciones a partir de la hora y fecha señaladas para la celebración de la junta de aclaraciones
f) Las solicitudes de aclaración se responderán mencionando el nombre del o los licitantes que las presenten; en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o del tiempo que se emplearía en darles contestación, se podrá suspender la sesión informando a los licitantes la hora y, en su caso, la fecha o lugar, en el que se continuará con la junta de aclaraciones.
g) La Convocante resolverá en forma clara y precisa las dudas o cuestionamientos que, sobre la Convocatoria formulen los licitantes que hayan presentado su manifestación de interés en participar. En caso de suscitarse modificaciones, éstas en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los servicios convocados originalmente, o bien en la adición de otros distintos, de conformidad con los artículos 33, segundo párrafo y 33 Bis de la Ley.
h) Una vez que la Convocante termine de dar respuesta a las solicitudes de aclaración,
se dará inmediatamente oportunidad a los licitantes para que, en el mismo orden en que se dio respuesta, formulen las preguntas que estimen pertinentes, en relación con las respuestas recibidas. Atendiendo al número de repreguntas, se informará a los licitantes si éstas serán contestadas en ese momento o si se suspende el acto para reanudarlo en hora o fecha posterior de conformidad con el artículo 46 del Reglamento de la Ley.
i) Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo previsto en
el inciso d) de este numeral, por resultar extemporáneas, serán recibidas por la
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 12 de 111
Convocante, pero no contestadas, debiendo integrarlas al expediente respectivo; en caso de que algún licitante presente, en el transcurso de la junta de aclaraciones electrónica, nuevas solicitudes de aclaración, la Convocante las recibirá, pero no les dará respuesta. En ambos supuestos, en caso de que se considere necesario citar a una ulterior junta, la Convocante tomará en cuenta dichas solicitudes para darles respuesta.
j) De cada junta de aclaraciones se levantará acta en la que se harán constar los cuestionamientos formulados por los licitantes y las respuestas de la Convocante.
k) Los licitantes que presentaron sus preguntas por el Sistema CompraNet, aceptarán
que se tendrán por notificados personalmente de las actas que se levanten, cuando éstas se encuentren a su disposición a través del sistema CompraNet, en la dirección electrónica xxxx://xxx.XxxxxxXxx.xxx.xx, el mismo día de la junta de aclaraciones.
4.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará en el día, hora y lugar señalado en el calendario que se encuentra en la página primera de la presente Convocatoria. Las proposiciones serán enviadas por CompraNet y se emplearán medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y tendrán el mismo valor probatorio (artículo 27, último párrafo de la Ley). Las proposiciones deberán elaborarse en formato Word, Excel o PDF. Las proposiciones deberán ser enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, para lo cual se emplearán medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y tendrán el mismo valor probatorio (artículo 27, último párrafo de la Ley). Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquellos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante, en caso de no estar foliados se desechará la proposición de conformidad con el artículo 50 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, no se desechará la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 13 de 111
con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, tampoco se podrá desechar la proposición.
En el día, hora y lugar señalado para este acto, se cerrará el recinto y no se permitirá la entrada a ningún licitante, ni observador, o servidor público ajeno al acto y se desarrollará de la siguiente forma: Al ingresar a CompraNet, los servidores públicos autorizados para ello, revisarán que la documentación antes mencionada cumpla con los requerimientos establecidos en la Convocatoria de la presente licitación, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido de acuerdo a lo estipulado en el artículo 35, fracción I, de la Ley. Una vez recibidas las proposiciones, el servidor público que presida el acto comenzará la revisión cuantitativa de las proposiciones recibidas por CompraNet, haciendo constar la documentación recibida, sin que ello implique la evaluación técnica, económica y administrativa de su contenido. En el supuesto de que, durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Convocante, no sea posible abrir los archivos y carpetas que contengan las propuestas enviadas por CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, conforme a lo previsto en los numerales 29 y 30 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet publicado en el Diario Oficial de la Federación 28 xx xxxxx de 2011. Las proposiciones recibidas por CompraNet no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes durante todo el procedimiento de la Licitación hasta su conclusión. La Convocante levantará el acta correspondiente que servirá de constancia de la celebración del acto y se hará constar el precio unitario de cada propuesta para llevar a cabo el “Estudio”, así como el total de cada una de las proposiciones, así mismo se señalará día, lugar y hora en que se dará a conocer el fallo de la Licitación. El acta será firmada por los servidores públicos asistentes, a los cuales se les entregará copia simple de la misma. 5.- NOTIFICACIÓN DEL FALLO. La notificación del fallo se efectuará en el día, hora y lugar señalado en el calendario que se encuentra en la primera página de la presente Convocatoria, se llevará a cabo conforme lo siguiente:
1. El servidor público de la Comisión facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 14 de 111
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitación a los servidores públicos y a todas aquellas personas asistentes, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la Ley.
3. La Convocante levantará el acta de notificación del fallo de la Licitación. Ésta será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
4. La Comisión, podrá diferir el Fallo, dentro del plazo establecido en el artículo 35 fracción
III de la Ley, lo cual quedará asentado en el Acta correspondiente al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones para efectos de notificación. También podrá hacerlo durante la evaluación de las proposiciones dentro del plazo indicado notificando a los licitantes la nueva fecha.
6.- NOTIFICACIÓN A LOS LICITANTES. De cada uno de los actos mencionados se levantarán las actas respectivas y se difundirán en el Sistema CompraNet, en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, al término del evento conforme lo establece la normatividad, este procedimiento sustituye a la notificación personal asimismo se pondrán para efectos de notificación a disposición de los licitantes por un término no menor de cinco días hábiles posteriores a cada acto, en el pizarrón de avisos de la Dirección de Adquisiciones, del piso 7° de la Comisión, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03930, Ciudad de México, en el horario de lunes a jueves de 09:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:45 horas y el viernes de 09:00 a 14:00 horas, la copia exclusivamente será para consulta. 7.- REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR QUIENES PARTICIPEN EN LA PRESENTE
LICITACIÓN. Para efectos de lo anterior, los licitantes deberán considerar lo siguiente: 7.1.- Requisitos legales – administrativos
a) Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. Anexo 3
b) Escrito bajo protesta de decir verdad, donde el licitante manifieste que es de
nacionalidad mexicana. Anexo 4.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 15 de 111
c) Escrito donde se manifieste, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley. Anexo 5.
d) Escrito denominado “Declaración de integridad”, en el que el licitante manifieste bajo
protesta de decir verdad, que se abstendrá por sí mismo, o a través de interpósita persona, de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Comisión, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes (artículo 29, fracción IX de la Ley y 39, fracción VI, inciso f) del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público). Anexo 6.
e) Copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, conforme el Anexo 7.
f) Copia del Registro Federal de Contribuyentes o impresión original obtenida de la
página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y copia simple.
g) Copia por ambos lados, de la identificación oficial vigente del representante legal o apoderado.
h) Convenio para el caso de prestación conjunta de proposiciones, siempre y cuando se
dé debido cumplimiento al punto “Proposiciones Conjuntas”, de la presente Convocatoria.
i) Xxxxx en la que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es una
persona física con discapacidad o que cuenta con trabajadores con discapacidad o, en su caso, que no aplica. Anexo 8.
Tratándose de empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, deberán presentar copia del aviso de alta de tales trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y una constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con discapacidad en términos de los previsto por el artículo 2, fracción IX de la Ley General de las Personas con Discapacidad.
En el Anexo 13 se encuentra un ejemplo del formato que relaciona los documentos solicitados en la convocatoria.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 16 de 111
7.2 Requisitos técnicos. Los licitantes deberán presentar sus propuestas debiendo sujetarse a los requisitos de la presente Convocatoria y sus Anexos.
a) Propuesta Técnica en la que realicen la descripción técnica de manera clara y precisa, del servicio integral que cotizan, especificando detalladamente el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos señalados en los TDR del Anexo 1 de la presente Convocatoria, debiendo señalar de manera obligatoria la descripción, alcances y términos a realizar.
b) La propuesta deberá cumplir con los requisitos técnicos establecidos en los TDR del
Anexo 1 de la presente Convocatoria, mismos que se consideran indispensables para evaluar la proposición y, en consecuencia, su incumplimiento afectaría su solvencia conforme a lo establecido en el criterio de puntos y porcentajes.
7.3 Requisitos económicos En lo que a la propuesta económica se refiere, se podrá utilizar el formato del Anexo 2, (Ejemplo de Formato de Propuesta económica) de esta Convocatoria y deberá presentarse conforme a lo siguiente:
1. Preferentemente en papel membretado del licitante, sin tachaduras ni enmendaduras.
2. Señalar el precio unitario y total, a dos decimales, con número y letra.
3. La moneda en que se cotizará será en moneda nacional (Pesos Mexicanos).
4. Deberá ser clara y precisa.
5. En todos los casos, deberá ser firmada por los medios de identificación electrónica, los
cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y tendrán el mismo valor probatorio (artículo 27, último párrafo de “la Ley”).
6. Los precios cotizados por el objeto de la presente licitación serán fijos.
7. Como la propuesta económica se realiza bajo la plataforma CompraNet, esta deberá
aparecer antes de IVA, pero se podrá subir una versión escaneada, con el IVA desglosado y con firma en la mencionada plataforma, pero en caso de diferencias, prevalecerá la
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 17 de 111
versión electrónica de CompraNet, y no la escaneada.
7.4 Rubrica en Documentos en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones
No aplica por tratarse de una Licitación Electrónica, de Conformidad con lo establecido en el artículo 27 último párrafo de la Ley, en concordancia con el numeral 16 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental Denominado CompraNet.
8.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN. Los criterios de evaluación que la Convocante tomará en consideración, son los siguientes:
1) Comprobarán el cumplimiento de los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente Convocatoria y sus anexos; así como, los derivados de la junta de aclaraciones.
2) De acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley y 51 del
Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se establece como método de evaluación de las propuestas el Criterio de puntos y Porcentajes que se encuentra en los Términos de Referencia en el Anexo 1, que se asentará en un cuadro comparativo conforme a lo siguiente: Propuesta Técnica.- El método de evaluación de las proposiciones será por puntos y porcentajes conforme al Anexo 1, sólo serán consideradas solventes y, por tanto, no serán desechadas, cuando obtengan al menos 67.5 puntos de los 90 puntos máximos que se pueden obtener conforme lo establece el artículo Décimo Primero de los “Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas”, publicados por la Secretaría de la Función Pública el 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx.
Propuesta Económica. - De las propuestas técnicas que sean consideradas solventes se procederá a realizar la evaluación económica conforme a lo siguiente: Para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se deberá excluir del precio ofertado por el licitante el impuesto al valor agregado y sólo se considerará el precio neto propuesto. En caso de que la proposición se efectúe en moneda extranjera, la convocante deberá realizar la conversión a moneda nacional, señalando la fuente oficial que se tomará en cuenta para tal efecto, así como el tipo de cambio. La fecha que se considerará para
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 18 de 111
hacer la conversión, será la que corresponda al acto de presentación y apertura de proposiciones. La puntuación o unidades porcentuales a obtener en la propuesta económica será el señalado para el apartado C del “Lineamiento de la SFP”, que en este caso corresponde al “Estudio”. Para el caso de los servicios señalados en el apartado C del “Lineamiento de la SFP”, para la asignación de la puntuación o unidades porcentuales a las propuestas económicas, la convocante deberá obtener el promedio de las mismas, asignando el máximo de los 10 puntos o unidades porcentuales, respectivamente, a la propuesta económica más próxima al citado promedio y que se ubique por arriba de éste, asignando de manera proporcional la puntuación o unidades porcentuales a las demás propuestas económicas situadas por encima de dicho promedio, mediante una regla simple de tres. A las propuestas económicas que se encuentren por debajo del promedio señalado, no se les asignará puntuación o unidades porcentuales. Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
Para los servicios del apartado C de este lineamiento: PPE = MPemb x 10 / MPi. Donde: PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica; MPemb = Monto de la Propuesta económica más baja, y MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica; Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula: PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,…..,n Donde:
PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición; TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica;
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 19 de 111
PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y
El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación, y La proposición solvente más conveniente para el Estado, será aquélla que reúna la mayor puntuación o unidades porcentuales conforme a lo dispuesto en el numeral Sexto de los “Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas”, publicados por la Secretaría de la Función Pública el 9 de septiembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación
3) De conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si al momento de realizar la verificación de los importes de las propuestas económicas, en las operaciones se detectan errores aritméticos o de cálculo, la Comisión, procederá a realizar la corrección en el cuadro comparativo. De lo anterior, se dejará constancia en dicho cuadro, en la evaluación y en el acta correspondiente. En ningún caso se realizarán modificaciones a los precios unitarios. En caso de que el licitante no acepte la corrección, la propuesta será desechada.
4) Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o
más licitantes, de conformidad con el criterio de desempate previsto en el párrafo segundo del artículo 36 Bis de la Ley, se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación, se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
5) En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la Comisión, con la participación del Órgano Interno de Control, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 20 de 111
9. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPUESTAS Y DESCALIFICACIÓN DEL LICITANTE.
Serán causas de desechamiento de las proposiciones y la descalificación del licitante las siguientes:
1. La falta de cualquiera de los documentos y/o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos que afecten la solvencia de la proposición o información establecida en esta Convocatoria por ser considerados indispensables conforme lo establecido en el artículo 39, fracción VI del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
2. Las proposiciones que no se puedan evaluar por falta de algún requisito estipulado en la presente Convocatoria quedarán desechadas.
3. Por falta absoluta de folio en las proposiciones y documentación distinta de ésta, de conformidad con lo estipulado en el artículo 50 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
4. En los casos en que las proposiciones presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento de la prestación de servicio o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, la proposición será considerada insolvente y será desechada en el fallo.
5. Se desecharán aquellas proposiciones en las que no se especifique con precisión si los precios ofertados incluyen o no el Impuesto al Valor Agregado.
6. La comprobación de que algún licitante ha acordado con uno u otros incrementar el
precio para la contratación del “Estudio” o cualquier otro acuerdo, que tenga como fin obtener ventaja sobre los demás licitantes.
7. De conformidad con lo establecido en los artículos 2, fracciones XI y XII de la Ley y 51
del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la convocante podrá desechar una propuesta económica, cuando los precios ofertados resulten no convenientes o no aceptables.
8. Por cualquier otra violación a las disposiciones de la Ley y Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público u otra disposición jurídica aplicable.
9. Si al tratar de descargar un archivo del portal CompraNet y este presenta algún daño
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 21 de 111
o con virus, se desechará la proposición conforme lo establece el Acuerdo por el que
se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema
Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2011.
10.- SE DECLARARÁ LA LICITACIÓN DESIERTA, O SE SUSPENDERÁ O CANCELARÁ EN
LOS SIGUIENTES CASOS:
10.1 Se declarará desierta:
a) Cuando no se reciban propuestas en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos
establecidos en la convocatoria.
c) Cuando el precio del servicio de las proposiciones presentadas no resulte ser aceptable o conveniente.
10.2 Se suspenderá
a) Cuando la Secretaría de la Función Pública o el Órgano Interno de Control de la Comisión, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada.
Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes.
10.3 Se cancelará:
a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción
de la necesidad para la contratación del “Estudio” y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Comisión.
Las causas que motiven la cancelación de la licitación, partida o conceptos, se harán del conocimiento de los licitantes.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 22 de 111
11. CAUSALES DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA. La Comisión podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato que se formalice por las causas siguientes:
a) Cuando el Licitante adjudicado incumpla o contravenga, parcial o totalmente, los términos, condiciones u obligaciones, derivadas o relacionadas en el Contrato, sus Anexos o con las disposiciones de los ordenamientos jurídicos que resulten aplicables;
b) Cuando el Licitante adjudicado modifique o altere la naturaleza o condiciones de los
servicios inherentes al cumplimiento del objeto del Contrato;
c) Cuando el Licitante adjudicado haya sido penalizado en más de dos ocasiones, al pago de bienes o servicios, motivados por el atraso o incumplimiento oportuno, parcial o deficiente respecto de las partidas o conceptos que integren el Contrato o sus Anexos.
d) Si las manifestaciones a que se refiere la declaración II del contrato se realizaron con
falsedad.
e) Por embargo, suspensión de pagos o concurso mercantil del Licitante adjudicado
f) Cuando el Licitante adjudicado enajene o grave en cualquier forma el Contrato o alguno de los derechos que derivan del mismo, o
g) Por incapacidad jurídica, legal o judicial del Licitante adjudicado, que le impida cumplir
con las obligaciones derivadas de este Contrato. Cuando la Comisión determine rescindir el Contrato, la rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, siendo suficiente para ello que se cumpla con el procedimiento a que se refiere el artículo 54 de la Ley. El Licitante adjudicado podrá exigir la rescisión por el incumplimiento de la Comisión, pero en este caso deberá obtener la declaración judicial de la autoridad jurisdiccional competente. 12. CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA. La Comisión, conforme al artículo 54 bis de la Ley, podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato que se formalice, cuando:
a) Concurran razones de interés general;
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 23 de 111
b) Por causa justificada determine que se extingue la necesidad de requerir los bienes o servicios originalmente contratados y se motive que, de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o
c) Se determine la nulidad de los actos que dieron origen al Contrato, con motivo de la
resolución de una inconformidad, solicitud o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública.
En estos supuestos la Comisión reembolsará al Licitante Adjudicado los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente. 13.- PROHIBICIONES DE NEGOCIACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y PROPUESTAS. Ninguna de las condiciones contenidas en esta Licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrá ser negociada.
14.- ASISTENCIA A LOS ACTOS PÚBLICOS DE LA LICITACIÓN. A los actos del procedimiento de la Licitación, podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma en los mismos. Igualmente podrán asistir representantes de las cámaras, colegios o asociaciones profesionales u otras organizaciones no gubernamentales. 15.- FIRMA DEL CONTRATO Previo a la firma del contrato, el licitante adjudicado deberá presentar en la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03930, Ciudad de México, en el horario de lunes a jueves de 09:00 a 13:30 horas y de 15:00 a 18:00 horas y el viernes de 09:00 a 13:30 horas la documentación legal y administrativa dentro de los dos días hábiles posteriores al fallo, la siguiente documentación: 15.1 Personas Xxxxxxx:
1. Copia simple y original (para su cotejo) del Testimonio de la escritura pública que contenga, de ser el caso, sus reformas o modificaciones, en la que conste que se constituyó conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 24 de 111
2. Copia simple y original (para su cotejo) del Registro Federal de Contribuyentes. 3. Copia simple y original (para su cotejo) del comprobante de domicilio vigente con una
antigüedad máxima de dos meses. 4. Copia simple y original (para su cotejo) del documento que acredita al representante
legal o apoderado, otorgado ante fedatario público (pudiendo ser un poder especial para suscribir el contrato, un poder para actos de administración y/o actos de dominio).
5. Copia simple por ambos lados de Identificación Oficial vigente y original (para su
cotejo) de la persona que está facultada para suscribir el contrato. 6. Copia de constancia de la Institución financiera sobre la existencia de la cuenta de
cheques abierta a nombre del licitante, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones para realizar transferencias electrónicas de fondos a través del sistema de pago, firmada y sellada por la Institución financiera o Estado.
7. Para el caso de las MIPYMES, escrito original en papel membretado, donde
manifiesten su estratificación de conformidad con el Anexo 6. En caso de que los proveedores participantes no se encuentren dentro de la estratificación señalada, deberán presentar escrito bajo protesta de decir verdad, en el que señalen su estratificación.
8. Carta original en papel membretado en que manifieste estar inscrito al Programa xx
Xxxxxxx Productivas instrumentado por Nacional Financiera, S. N. C., o en su caso, carta en la que manifiesten no estar interesados en afiliarse al citado programa.
9. Documento vigente expedido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), en el
que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, prevista en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 y su anexo 19, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 23 de diciembre de 2015 en cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
15.2 Personas Físicas:
1. Acta de nacimiento original. En su caso, copia y original (para su cotejo) de la carta de naturalización respectiva expedida por autoridad competente.
2. Copia simple por ambos lados de la Identificación Oficial vigente y original (para su
cotejo), de la persona que está facultada para suscribir el contrato o pedido.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 25 de 111
3. Copia simple y original (para su cotejo), de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes.
4. Copia simple y original (para su cotejo) del comprobante de domicilio vigente con una
antigüedad máxima de dos meses.
5. Copia de Constancia de la Institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del licitante, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones para realizar transferencias electrónicas de fondos a través de sistemas de pago, firmada y sellada por la Institución financiera
6. Para el caso de las MIPYMES escrito original en papel membretado, donde
manifiesten su estratificación de conformidad con el Anexo 7. En caso de que los proveedores participantes no se encuentren dentro de la estratificación señalada, deberán presentar escrito bajo protesta de decir verdad, en el que señalen su estratificación.
7. Carta original en papel membretado en que manifieste estar inscrito al Programa xx
Xxxxxxx Productivas instrumentado por Nacional Financiera, S. N. C., o en su caso, carta en la que manifiesten no estar interesados en afiliarse al citado programa.
8. Documento vigente expedido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), en el
que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, prevista en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 y su anexo 19, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 23 de diciembre de 2015 en cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
NOTA: Todos los documentos solicitados deberán estar vigentes, no presentar
tachaduras ni enmendaduras, y podrá ser verificada su autenticidad por medios electrónicos.
Los derechos y obligaciones que se deriven del contrato, una vez adjudicados, no podrán ser transferidos por el proveedor a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la Comisión.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 26 de 111
16.- INCONFORMIDADES Y CONCILIACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS.
16.1 Conforme a lo establecido en los artículos 65 y 66 de la Ley, podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública o el Órgano Interno de Control de la Comisión.
Secretaría de la Función Pública ubicada en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, teléfono: (0155) 0000- 0000. Órgano Interno de Control de la Comisión dentro del edificio sede de la CRE, en el piso 6 de Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxxxx del Muerto, Colonia Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, teléfono (0155) 5283-1500 ext. 1915 y 1909.
La inconformidad será presentada, a elección del licitante, por escrito o a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el sistema CompraNet
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx.
a) El licitante podrá interponer denuncias o inconformidades contra los actos del procedimiento de Licitación como se indica a continuación:
I. El acto de presentación y apertura de proposiciones, y el fallo.
Sólo la podrá presentar por quien hubiere presentado la proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración del acto de fallo, o de que se le haya notificado en los casos en que no se celebre junta pública;
II. La cancelación de la licitación.
Sólo la podrá presentar el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación, y
III. Los actos y omisiones por parte de la Convocante que impidan la formalización del
contrato en los términos establecidos en la convocatoria a la licitación o en esta Ley. Sólo la podrá presentar por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores al plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
b) El licitante deberá presentar el escrito inicial de la inconformidad o denuncia que deberá contener los siguientes requisitos:
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 27 de 111
I. El nombre del inconforme y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar
su representación mediante instrumento público.
II. Domicilio para recibir notificaciones personales, que deberá estar ubicado en el lugar en que resida la autoridad que conoce de la inconformidad. Para el caso de que no se señale domicilio procesal en estos términos, se le practicarán las notificaciones por rotulón;
III. El acto que se impugna, fecha de su emisión o notificación o, en su defecto, en que
tuvo conocimiento del mismo; IV. Las pruebas que ofrece y que guarden relación directa e inmediata con los actos que
impugna. Tratándose de documentales que formen parte del procedimiento de contratación que obren en poder de la Convocante, bastará que se ofrezcan para que ésta deba remitirlas en copia autorizada al momento de rendir su informe circunstanciado, y
V. Los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto impugnado y los
motivos de inconformidad. La manifestación de hechos falsos se sancionará conforme a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y a las demás que resulten aplicables.
Al escrito de inconformidad deberá acompañarse el documento que acredite la personalidad
del promovente y las pruebas que ofrezca, así como sendas copias del escrito inicial y anexos para la convocante y el tercero interesado, teniendo tal carácter el licitante a quien se haya adjudicado el contrato.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet, deberán utilizarse medios
de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa. En las inconformidades, la documentación que las acompañe y la manera de acreditar la
personalidad del promovente licitante, se sujetarán a las disposiciones técnicas que para tales efectos expida la Secretaría de la Función Pública, en cuyo caso producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los medios de identificación y documentos correspondientes.
La autoridad que conozca de la inconformidad prevendrá al promovente cuando hubiere
omitido alguno de los requisitos señalados en los numerales I, III, IV y V, a fin de que subsane dichas omisiones, apercibiéndole que en caso de no hacerlo en el plazo de tres días hábiles se desechará su inconformidad, salvo el caso de las pruebas, cuya omisión tendrá como consecuencia que se tengan por no ofrecidas.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 28 de 111
En tratándose del numeral I, no será necesario formular prevención alguna respecto de la omisión de designar representante común. De igual manera, no será necesario prevenir cuando se omita señalar domicilio para recibir notificaciones personales, en términos del numeral II.
16.2 Con fundamento en el artículo 77 de la Ley, en cualquier momento la Comisión o el licitante
adjudicado podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública, solicitud de conciliación, por desavenencia derivada del cumplimiento del contrato.
El licitante adjudicado deberá presentar los siguientes requisitos:
1. Copia simple del contrato;
2. En su caso, copia simple de los convenios modificatorios;
3. Referencia del objeto, vigencia, monto del contrato y sus convenios modificatorios;
4. Copia simple del documento con el que se acredite su personalidad; y
5. Copia certificada u original del mismo para su cotejo. En la oficina de atención ubicada en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. Número telefónico: 00-00-0000-0000 Ext. 2306 Una vez recibida la solicitud, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del licitante adjudicado traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud.
17.- LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CRE Y LOS LICITANTES PARTICIPANTES TIENEN QUE CUMPLIR, EN LO QUE APLIQUE, CON EL “ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES Y SU MODIFICACIÓN”, PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 XX XXXXXX DE 2015 Y EL 19 DE
FEBRERO DE 2016 RESPECTIVAMENTE. Anexo 15
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 29 de 111
Formatos.
Anexos 1. Términos de Referencia del Estudio y Criterio de Puntos y Porcentajes. Anexo 2. Ejemplo de formato para la Propuesta Económica. Anexo 3. Escrito de personalidad jurídica del licitante. Anexo 4. Escrito que es de nacionalidad mexicana. Anexo 5. Escrito referente a los artículos 50 y 60 de “la Ley”. Anexo 6. Declaración de integridad. Anexo 7. Estratificación empresarial. Anexo 8. Escrito de que es una persona física con discapacidad o que cuenta con
trabajadores con discapacidad. Anexo 9. Formato de modelo de contrato para la Comisión. Anexo 10. Ejemplo de Texto de xxxxxx xx xxxxxx. Xxxxx 00 Formato xx xxxxxxx productivas. Anexo 12 Ejemplo de Escrito de cumplimiento de las normas Anexo 13 Resolución del Servicio de Administración Tributaria Anexo 14 Relación de documentos que deben presentar los licitantes. Anexo15 Los servidores públicos de la CRE y los licitantes participantes tienen que
cumplir, en lo que aplique, con el “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y su modificación”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y el 00
xx xxxxxxx xx 0000 xxxxxxxxxxxxxxx. Xxxxx 00. Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para
la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE).
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 0
TÉRMINOS DE REFERENCIA
Estudio para analizar la problemática de seguridad física en las instalaciones del sector hidrocarburos y emitir recomendaciones para el reconocimiento de costos por concepto de seguridad que la Comisión Reguladora de Energía lleva a cabo en sus procesos de revisión tarifaria.
I. Nombre del servicio Estudio para analizar la problemática de seguridad física en las instalaciones del sector hidrocarburos y emitir recomendaciones para el reconocimiento de costos por concepto de seguridad que la Comisión Reguladora de Energía lleva a cabo en sus procesos de revisión tarifaria.
II. Antecedentes En años recientes, la sustracción ilícita y el contrabando de hidrocarburos han adquirido dimensiones cada vez más alarmantes. De acuerdo con cifras de Petróleos Mexicanos (Pemex), entre 2013 y 2015, el número xx xxxxx clandestinas aumentó de 2,627 a 5,282, al tiempo que el volumen de hidrocarburos robados pasó de 3.0 millones de barriles (0.33% de la producción total), a 9.6 millones barriles (1.05% de la producción nacional) en el mismo periodo1. En este contexto, el costo anual promedio por la sustracción ilegal de hidrocarburos ascendió a $15,300 millones de pesos. Las implicaciones de este ilícito van más allá de las pérdidas financieras y operativas que ha tenido que enfrentar Pemex, pues el robo de combustibles también representa un riesgo importante para la población y una amenaza latente para el medio ambiente. Aunado a lo anterior, la Procuraduría General de la República (PGR) señala que ciertas células de los cárteles del tráfico de drogas han incursionado en la sustracción ilícita y contrabando de hidrocarburos; esto ha ocasionado que el hurto de hidrocarburos se torne más violento y que se asocie con delitos de alto impacto, como la delincuencia organizada, el homicidio calificado y el robo de vehículos, entre otros.
1 Pemex Logística (2016). Mercado ilícito en el sector hidrocarburos. Presentación institucional ante la Comisión
Reguladora de Energía.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 31 de 111
Hasta el momento, Pemex ha enfrentado sus necesidades de seguridad física a través de estrategias y programas corporativos, así como ajustes en su estructura orgánica2. Pero una parte fundamental de la salvaguarda de su personal e instalaciones pasa por los servicios de protección que obtiene de las Fuerzas Armadas, a través de convenios de colaboración directos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. El resguardo de la infraestructura de Pemex por parte de las fuerzas castrenses se justificó a partir del concepto de “instalaciones estratégicas”, previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley de Seguridad Nacional. No obstante, con la Reforma Energética, se redefinieron las áreas estratégicas de la Nación y, en consecuencia, el concepto de “instalaciones estratégicas” dejó de cubrir a la infraestructura del midstream (transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y expendio al público) y el downstream (refinación, procesamiento del gas natural y comercialización de productos derivados), siendo las primeras actividades mayoritariamente reguladas por la Comisión Reguladora de Energía (CRE o la Comisión). En consecuencia, los inversionistas privados que entren a operar en estos segmentos no podrán acceder a los mecanismos de protección de los que dispone Pemex, pues sus instalaciones no califican como “estratégicas” y tampoco cuentan con la cercanía institucional con las fuerzas armadas. Por otra parte, en enero de 2016, se emitió la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, que tipifica como delitos las actividades asociadas al robo de hidrocarburos e incrementa las penas y sanciones por este tipo de actos. Sin embargo, aún es temprano para poder determinar la efectividad de esta ley para inhibir la comisión de delitos. En este contexto, prevalece un ambiente de incertidumbre en torno a qué alternativas legalmente factibles tienen los particulares para salvaguardar y vigilar sus instalaciones y personal; no existe una regla clara que les permita saber si confiar su protección a autoridades de seguridad pública o a cuerpos de seguridad privada. Asimismo, los inversionistas privados aún no tienen certeza sobre el tratamiento que recibirán los gastos de seguridad física en que incurran; esto es, si estos gastos serán reconocidos dentro de las tarifas que autorice la CRE, en su caso. Respecto al reconocimiento de los gastos de seguridad física, en marzo de 2016, mediante la resolución RES/224/2016, la CRE aprobó a Pemex Logística las tarifas máximas aplicables
2 Petróleos Mexicanos (2014). “ACUERDO mediante el cual el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos
aprobó las modificaciones al Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos”. Diario Oficial de la Federación, 16-abr-
2014, xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxx_xxxxxxx.xxx?xxxxxxx0000000&xxxxxx00/00/0000.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 32 de 111
para los sistemas de transporte por ducto de petróleo, petrolíferos y petroquímicos para el periodo del 1 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2018. En dicha resolución, la CRE incluye la asignación de los costos de seguridad y reparación de ductos causados por ilícitos (tomas clandestinas) en la tarifa máxima para cada trayecto de los sistemas, mismos que se reflejan en la lista de tarifas anexa a la resolución. Por otra parte, el Considerando Duodécimo de la RES/224/2016 establece que los costos de seguridad y reparación de ductos causados por ilícitos serán revisados dentro del primer año de vigencia que tendrán las tarifas, y que el nivel eficiente de dichos costos se determinará con base en un Estudio que realizará la CRE, por sí misma, o través de un tercero, durante ese primer año3. En suma, es necesario definir una estrategia nacional para proteger la infraestructura vinculada al sector de hidrocarburos, particularmente a las instalaciones de transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público. Para esto, es necesario contar con un mejor entendimiento de la problemática xxx xxxxxxx ilícito de hidrocarburos en México, del marco institucional, así como de las experiencias de otros países en la materia. Asimismo, es necesario identificar las alternativas de seguridad física con las que los permisionarios del sector hidrocarburos podrán contar, el tipo de gastos que la Comisión deberá reconocer como gastos de seguridad física, así como proporcionar elementos para definir los montos que se autorizarán para dicho rubro dentro de la determinación de tarifas.
III. Objetivos El objetivo general de este Estudio es proveer un mejor entendimiento de los riesgos y las amenazas que enfrentan los participantes xxx xxxxxxx de hidrocarburos en materia de seguridad física de las instalaciones que operan, así como proponer una serie de criterios para el reconocimiento de costos eficientes en materia de seguridad para este tipo de instalaciones que, en su caso, podrían ser considerados como componentes de la revisión tarifaria correspondiente. Objetivos específicos: 1. Identificar y analizar las distintas alternativas de política pública que permitan garantizar
la protección del personal y las instalaciones de transporte, almacenamiento, tratamiento, distribución y expendio al público de hidrocarburos, incluyendo los elementos necesarios para implementarlas.
3 El citado Considerando también señala que con la finalidad de asegurar que los recursos asociados al componente de seguridad asignados por
la CRE sean usados para dicho fin, la Comisión podrá, en su caso, aplicar en la revisión de costos un mecanismo de corrección análogo al
previsto en la Resolución Número RES/011/2013, “Resolución por la que la Comisión Reguladora de Energía aprueba el esquema de ajuste a las tarifas por erogaciones extraordinarias para hacer frente a desbalances del sistema de transporte nacional integrado”, a fin de que el monto
asignado por dicho componente de seguridad sea el menor entre el que efectivamente Pemex Logística devengó y el que resulta eficiente para
ducto o tramo de transporte en particular.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 33 de 111
2. Identificar y analizar los costos eficientes asociados a la seguridad física y reparación de la infraestructura de los permisionarios en materia de hidrocarburos dañada por actos ilícitos y, en particular, para la infraestructura de Pemex Logística, desarrollar una evaluación de los costos reales observados en 2016 en comparación con los costos eficientes.
IV. Resultados a obtener El resultado esperado será una estrategia nacional integral para la protección de las instalaciones de transporte, almacenamiento, tratamiento, distribución y expendio al público de hidrocarburos, incluyendo los elementos necesarios para su implementación. Dicha estrategia incluirá una caracterización xxx xxxxxxx ilícito de hidrocarburos en México, un análisis a profundidad del marco legal aplicable a todos los participantes de este sector, así como recomendaciones y opiniones sobre la política pública necesaria para implementar posibles arreglos legales e institucionales que permitan a los participantes en el sector acceder a servicios de seguridad física de una manera efectiva y viable. Asimismo, y con base en la información referida en el párrafo anterior, se espera una propuesta de costos eficientes para fines de seguridad y reparación de daños, que se utilizarán como base para el reconocimiento y autorización de rubros de gasto asociados a la seguridad física de las instalaciones sujetas a permisos de la CRE, así como para la determinación de los montos a ser aprobados, como parte del proceso de autorización anual de tarifas para la prestación de los servicios permisionados. Lo anterior, con base en costos razonables que incentiven a los permisionarios a reducir sus costos a lo largo del tiempo.
Para la elaboración de este Estudio, se deberán tener en cuenta las mejores prácticas de la industria a nivel internacional, y tomar en consideración el contexto de reciente apertura de los mercados de hidrocarburos en México.
V. Conceptos de trabajo Sección 1. Políticas para la Protección de la Infraestructura, el Producto y el Personal.
1. Análisis del Marco Legal Aplicable.
Diagnóstico del marco jurídico vigente en materia de prevención, protección y sanción contra delitos de asalto a instalaciones de infraestructura de hidrocarburos, en particular tomas clandestinas.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 34 de 111
Identificación de alternativas actualmente previstas en la legislación para que el Estado provea servicios de seguridad física en las instalaciones privadas, así como las posibilidades que existen para que los particulares contraten servicios de seguridad privada.
Identificación y caracterización de vacíos legales, indefiniciones y traslapes
para la provisión de servicios de seguridad en la materia referente a este Estudio.
2. Diagnóstico de Delitos y Estrategias de Seguridad.
Diagnóstico general de la problemática del robo de hidrocarburos en el país
incluyendo: - Perfil de los sujetos activos en este delito. - Caracterización de su forma de operación y principales zonas de
incidencia por entidad federativa, incluyendo posibles vínculos entre los agentes infractores y el operador de la infraestructura o los operadores de los puntos de venta.
- Características de la infraestructura y condiciones geográficas que hacen que dicha infraestructura sea más susceptible de ser asaltada como, por ejemplo, valorar si la distancia existente entre válvulas de seccionamiento en el transporte por ducto incide sobre la probabilidad de que una infraestructura sea objeto de delito.
Caso de Estudio de cuatro o más municipios con alta incidencia de delitos en
materia de hidrocarburos, en los que se analice el tipo de ilícito, los riesgos y amenazas a las comunidades, la capacidad y efectividad de respuesta por parte de las autoridades competentes, así como el grado de coordinación entre los tres niveles de gobierno. Los casos de Estudio deberán hacer especial énfasis en la capacidad real de las autoridades competentes para disponer de recursos —presupuesto, recursos humanos y espacios físicos de resguardo, entre otros— para hacer frente a la comisión de este tipo de delitos. En lo concerniente a la efectividad, los casos de Estudio deberán analizar también aspectos institucionales como la tipificación de los delitos y los procedimientos judiciales correspondientes.
Caso de Estudio de estrategias de seguridad que emplean empresas privadas
que se encuentran operando infraestructura de hidrocarburos en México (i.e. actividades relacionadas con el transporte, almacenamiento y distribución de gas natural y gas licuado del petróleo). En particular, se deberán identificar aspectos técnicos relacionados con la construcción de infraestructura (materiales, válvulas de seccionamiento, entre otros) o con el uso de
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 35 de 111
herramientas tecnológicas (sistemas de alarma inmediata o drones, entre otros) que incidan de manera efectiva en el fortalecimiento de la seguridad asociada a este tipo de infraestructura.
Identificación de principales riesgos y amenazas para los agentes entrantes al
sector hidrocarburos, diferenciando entre las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y expendio al público de hidrocarburos4.
3. Mejores Prácticas a Nivel Internacional
Análisis de, al menos, cuatro países con características similares a México, (en
términos económicos, problemática del ilícito y del grado de desarrollo de los mercados), el cual debe incluir particularmente la experiencia de Perú y Colombia, que identifique la manera en la que se distribuyen los riesgos entre los distintos participantes y qué arreglos para la mitigación de estos riesgos constituyen las mejores prácticas de la industria, con énfasis en:
- Soluciones a la seguridad física de las instalaciones. - Control de transacciones. - Marcado de combustibles (marcadores). - Cualquier otro medio de control de los flujos.
4. Recomendaciones en Materia de Política Pública
Una propuesta integral de estrategia nacional de seguridad física en el sector
de hidrocarburos, que contengan como mínimo: - Propuesta de modificaciones legislativas y reglamentarias necesarias
para que las empresas privadas puedan salvaguardar la integridad física de sus instalaciones y personal incluyendo medidas “ex ante” para inhibir la ocurrencia del delito, así como medidas “ex post” para sancionar apropiadamente la comisión de éste.
- Delimitar fronteras de responsabilidad institucional entre las autoridades responsables del sector hidrocarburos y las autoridades federales, estatales y municipales responsables de la seguridad y la procuración de justicia, en lo relativo a la salvaguarda de los activos y el personal de los potenciales participantes del sector de hidrocarburos.
- Recomendación sobre iniciativas de colaboración institucional que permitan a las diferentes autoridades involucradas y a los
4 Las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos no se contemplarán dentro de este estudio en tanto conservan su carácter de estratégicas de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 36 de 111
permisionarios llevar a cabo sus actividades de protección de la infraestructura de hidrocarburos con mayor efectividad y fluidez.
- Análisis sobre la pertinencia (en términos de viabilidad física y económica), de implementar un esquema de marcado de combustibles, o de algún otro medio de control del flujo de combustibles, como mecanismo para prevenir y combatir el mercado ilícito de hidrocarburos. Lo anterior, teniendo en cuenta la existencia y el alcance del Sistema del Registro Estadístico de Transacciones Comerciales, a cargo de la CRE.
- Definición del tipo y grado de participación de los particulares propietarios de la infraestructura en materia de seguridad de sus instalaciones considerando, en particular, el uso de herramientas tecnológicas que resulten eficientes para combatir la comisión de este tipo de delitos.5.
- Jerarquización de los componentes de cada una de las opciones propuestas, con el fin de identificar aquéllos de los cuales depende el éxito de la propuesta.
Sección 2. Costos Eficientes por Concepto de Seguridad y Reparación de Daños por Ilícitos sobre la Infraestructura de Hidrocarburos.
5. Propuesta de criterios para reconocer costos eficientes de seguridad y reparación de daños por actos ilícitos.
Análisis y recomendaciones sobre rubros generales de costos que la CRE
debería autorizar como parte de los costos de los permisionarios para la protección y reparación de infraestructura vulnerada.
- Revisión de experiencias internacionales en materia del manejo de pérdidas de hidrocarburos asociadas a ilícitos, con énfasis en la distribución de los riesgos y los costos asociados al robo de hidrocarburos entre el Estado, permisionarios y usuarios.
- Propuesta de definición de costos eficientes de seguridad física, los cuales podrán incluir de manera genérica costos de protección y vigilancia, y costos de reparación de daños. En esta propuesta se deberán analizar la dimensión geográfica, la naturaleza de los costos (fijos y variables), la temporalidad o duración de los costos, la posible duplicidad con otros rubros de costos autorizados (incluido el costo de capital), y en general, todos aquellos conceptos que permitan realizar una cuantificación razonable de los costos. El Estudio también deberá contener una propuesta de mecanismo que permita generar incentivos
5 Por ejemplo, válvulas de seccionamiento, materiales especiales o drones, entre otros.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 37 de 111
para que los permisionarios reduzcan sus niveles de costos por concepto de seguridad a través del tiempo, además de incluir la forma en que deben ser comprobados estos gastos. Asimismo, se deberá analizar el prorrateo entre los costos de operación y mantenimiento, y cargos tarifarios adicionales.
- Recomendaciones sobre los rubros de costos de seguridad física que deberán ser autorizados a los permisionarios de hidrocarburos, la evidencia internacional, la definición de costos eficientes y el análisis señalado en el párrafo anterior.
6. Evaluación y determinación de costos eficientes de seguridad y reparación de daños
para Pemex Logística.
Revisión y recomendaciones sobre la determinación de montos autorizados,
prorrateo y comprobación de gastos relacionados con los costos en materia de seguridad autorizados a Pemex Logística.
- Análisis y recomendaciones sobre los rubros de costo contenidos tanto en el programa de seguridad como en las reparaciones a la infraestructura por daños causados por ilícitos, autorizados mediante resolución RES/224/2016 a Pemex Logística, como parte de la autorización de sus tarifas de transporte por ducto. Lo anterior, con base en la definición propuesta de costos eficientes de seguridad física.
- Revisión y recomendaciones sobre el nivel eficiente del monto total de los costos autorizados a Pemex Logística mediante resolución RES/224/2016, como parte del programa de seguridad y las reparaciones a la infraestructura por daños causados por ilícitos, para los 8 sistemas de transporte por ducto. La revisión y recomendaciones anteriores se deberán realizar con base en la propuesta de costos eficientes definida en el punto 5.
- Revisión y recomendaciones sobre el esquema de prorrateo autorizado a Pemex Logística mediante resolución RES/224/2016, en el que se establece que la asignación de costos en materia de seguridad y reparación de daños por trayecto y por modalidad de servicio. La revisión y recomendaciones se deberán realizar con base en la propuesta de costos eficientes definida en el punto 5.
- Revisión y recomendaciones sobre la comprobación de gastos asociados a los costos autorizados a Pemex Logística mediante resolución RES/224/2016, como parte del programa de seguridad y las reparaciones a la infraestructura por daños causados por ilícitos, para los 8 sistemas de transporte por ducto. Lo anterior, usando el mecanismo de corrección que permita que el monto asignado por cada componente de seguridad sea el menor, entre el que efectivamente
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 38 de 111
Pemex Logística devengó y el que resulta eficiente para cada ducto o tramo de transporte en particular6. La revisión y recomendaciones anteriores se deberán realizar con base en la propuesta de costos eficientes definida en el punto 5.
- Recomendaciones (o propuesta de mecanismo específico) para disminuir gradualmente los costos de seguridad, con base en la propuesta de costos eficientes definida en el punto 5. Estas recomendaciones se utilizarán en su momento, para analizar el programa que Pemex Logística presente para disminuir paulatinamente el costo de seguridad a lo largo de cinco años y con metas anuales específicas.
VI. Entregables Este Estudio consta de 7 entregables, uno por cada uno de los temas específicos delineados en la sección anterior y que se indican a continuación. Asimismo, se realizará una entrega final en la que se incluirán los seis entregables con todas las modificaciones o adiciones que hayan resultado de las sesiones de discusión y retroalimentación con el personal de la CRE y, en su caso, de otras dependencias, mismo que contendrá las conclusiones y recomendaciones integrales del Estudio. Sección 1. Políticas para la Protección de la Infraestructura, el Producto y el Personal. 1. Análisis del Marco Legal Aplicable. 2. Diagnóstico de delitos y estrategias de seguridad. 3. Mejores prácticas a nivel internacional. 4. Recomendaciones en materia de política pública. Sección 2. Costos Eficientes por Concepto de Seguridad y Reparación de Daños por Ilícitos sobre la Infraestructura de Hidrocarburos 5. Propuesta de criterios para reconocer costos eficientes de seguridad y reparación de
daños por actos ilícitos. 6. Evaluación y determinación de costos eficientes de seguridad y reparación de daños para
Pemex Logística. 7. Entrega del Estudio Integral Final
Cada entregable se deberá recibir en la CRE en las fechas estipuladas en el apartado VII. Calendario de entrega, y deberá incluir como mínimo los contenidos a los que se refiere cada uno de los numerales del apartado V. Conceptos de trabajo.
6 Ver RES/011/2013: “Resolución por la que la Comisión Reguladora de Energía aprueba el esquema de ajuste a las tarifas por erogaciones extraordinarias para hacer frente a desbalances del sistema de transporte nacional integrado”.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 39 de 111
La entrega final se realizará después de discutir el entregable 6, y deberá considerar todas las observaciones que surjan en las reuniones del consultor con servidores públicos de la CRE (antes, durante y después de la entrega de cada uno de los entregables). Se llevarán a cabo las reuniones que sean requeridas por la CRE, a fin de entender sus necesidades, presentar resultados preliminares y finales, así como para asesorarla en la implementación de las recomendaciones que se deriven del Estudio. La CRE podrá realizar sesiones de discusión y retroalimentación con el consultor, así como con otras dependencias o entidades de la Administración Pública Federal que la misma estime conveniente, los cuales deberán tomarse en cuenta para la elaboración de la entrega final. Se llevará a cabo al menos una sesión de discusión y retroalimentación después de cada entregable. Las reuniones posteriores a la entrega del Estudio final con respecto a la asesoría a la que se refiere el párrafo inmediato anterior, no tendrán costo adicional y deberán estar contempladas en la cotización que presente el licitante adjudicado.
VII. Calendario de entrega El consultor deberá cumplir íntegramente con el calendario de entregas, mismo que se define en la Tabla A. Las semanas establecidas en la Tabla A empezarán a correr a partir de la notificación del fallo. El consultor deberá atender puntualmente las fechas señaladas y acordará con anticipación el horario de las reuniones, así como los requerimientos que necesitará para presentar sus resultados. Todos los entregables, así como de cualquier otro documento de soporte, deberán ser remitidos en forma impresa (tres tantos) y en formato electrónico (formatos PDF y editable) a nombre del Titular de la Unidad de Planeación y Evaluación, Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, con domicilio en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx número 172, PH, Col. Xxxxxx Xxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, C.P. 03930, Ciudad de México, con correo electrónico: xxxxxx@xxx.xxx.xx
TABLA A
Entregables Plazo
Sección 1 Políticas para la Protección de la Infraestructura, el Producto y el Personal.
1 Análisis del Marco Legal Aplicable. Semana 1
2 Diagnóstico de Delitos y Estrategias de Seguridad
Semana 3
3 Mejores Prácticas a Nivel Internacional
Semana 4
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 40 de 111
4 Recomendaciones en Materia de Política Pública
Semana 6
Sección 2 Costos Eficientes por Concepto de Seguridad y Reparación de Daños por Ilícitos sobre la Infraestructura de Hidrocarburos
5
Propuesta de criterios para reconocer costos eficientes de seguridad y reparación de daños por actos ilícitos
Semana 8
6 Determinación de Costos Eficientes de Seguridad para Pemex Logística
Semana 10
7 Entrega Estudio Integral Final Semana 11
VIII. Confidencialidad de la información. El consultor se debe comprometer a que mantendrá absoluta confidencialidad de la información que le sea entregada por parte de la CRE, siendo responsable de que cada uno de los integrantes del personal asignado para la prestación de los servicios derivados del contrato que se celebre, respetará el manejo correcto de la información a través de una carta de confidencialidad. Toda la información a que tenga acceso el personal que el designe para la prestación de los servicios materia de la presente, es considerada de carácter confidencial, excepto la que el propio consultor se xxxxxxx como parte de trabajo de análisis y búsqueda de información en otras fuentes distintas a la Comisión.
IX. Características del licitante y del equipo a cargo del Estudio. El licitante deberá ser una persona moral que proporcione servicios de consultoría especializada en diseñar e implementar políticas públicas en materia de seguridad, con entendimiento sobre el funcionamiento del crimen organizado en el área de hidrocarburos, control y mitigación de riesgos, así como con conocimiento del marco legal relevante y experiencia en la formulación de alternativas de política pública. Asimismo, el licitante deberá tener experiencia y conocimientos en la identificación y estimación de costos asociados a la provisión de servicios de seguridad y reparación de daños, así como en la determinación de costos eficientes. Para participar en la licitación, se requerirá acreditar una experiencia mínima de 2 años en actividades similares o relacionadas con los temas antes descritos. El licitante deberá presentar la siguiente información:
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 41 de 111
a) Para acreditar su capacidad.
El licitante deberá presentar el currículum (firmado) detallado de cada uno de los miembros del equipo de trabajo. En el currículum se deberá contener la formación y grados académicos, así como la experiencia en trabajos relacionados o actividades similares a la materia del Estudio. Asimismo, deberá detallar sus responsabilidades en cada uno de esos trabajos, así como el tipo de habilidades que tuvieron que desplegar para cumplir con sus responsabilidades. b) Para acreditar su experiencia y especialidad, así como el cumplimiento de contratos. El licitante deberá presentar copia de los contratos de servicio de la misma naturaleza o similares al estudio materia de esta licitación. Las copias deben ser sobre los contratos completos, incluyendo anexos, y se deberá identificar la duración de los mismos. Los contratos que se presenten deben estar concluidos antes de la fecha del lanzamiento de la convocatoria de licitación. Asimismo, el licitante deberá presentar documentos en los que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento respectiva o la manifestación expresa del contratante sobre el cumplimiento total de las obligaciones contractuales, o cualquier otro documento en el que se corrobore dicho cumplimiento (por ejemplo, facturas y comprobantes de pago).
c) Para acreditar la Propuesta de Trabajo.
El licitante deberá presentar una metodología general, y en su caso, visión a utilizar en la prestación del servicio para la elaboración del Estudio. Asimismo, deberá presentar metodología específica para la elaboración de cada uno de los 6 entregables previstos en el Estudio. Las metodologías específicas deben referirse a cada uno de los apartados de los entregables, previstos en la en la Sección V, Conceptos de Trabajo, a fin de proponer la forma de abordar el análisis. Se podrán proponer aspectos adicionales a los previstos en dicha sección V, con el objeto de enriquecer el Estudio. El licitante deberá presentar un plan de trabajo para atender y elaborar el contenido de los 6 entregables, así como para implementar las metodologías citadas en el párrafo anterior. El plan de trabajo deberá incluir las actividades, secuencia y tiempo para realizar cada entregable, así como las responsabilidades de cada miembro del equipo de trabajo. El licitante deberá presentar el organigrama del personal que desarrollará los trabajos de consultoría, así como las responsabilidades de cada miembro del equipo en cada entregable. Se deberán especificar los nombres y los cargos de las personas que participarán en la elaboración del Estudio. El equipo estará integrado cuando menos por un jefe de equipo y tres analistas. El jefe de equipo deberá tener cuando menos grado académico de maestría en
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 42 de 111
disciplinas relacionadas con el tema del Estudio (preferentemente sobre seguridad y ciencias sociales). Los analistas deberán tener cuando menos grado académico de licenciatura en disciplinas relacionadas con el tema del Estudio (preferentemente sobre seguridad y ciencias sociales).
d) Para acreditar la participación de discapacitados. Aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS del personal con discapacidad, así como plantilla laboral en la que se enliste el nombre y fecha de ingreso de la totalidad del personal de la empresa.
X. Forma de pago
La CRE cubrirá el pago del Estudio una vez que el consultor acredite haber prestado el servicio a satisfacción de la Unidad de Planeación y Evaluación. Se entenderá que el servicio fue prestado a satisfacción cuando los entregables hayan sido recibidos en las fechas estipuladas, y el entregable final incluya todas las observaciones hechas por la CRE. El pago se realizará mediante transferencia electrónica, en una sola exhibición, a los 20 días naturales posteriores a la aceptación del servicio, y de haber recibido el comprobante fiscal correspondiente.
XI. Penas convencionales y deducciones por calidad
a) Penas convencionales. Con base en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el artículo 96 de su Reglamento, en su caso, se aplicará una pena convencional por cada día de atraso en el cumplimiento de la fecha de cada entregable, el monto de la pena convencional se determinará aplicando el 0.2 % (cero punto dos por ciento) sobre el importe total del contrato formalizado antes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), multiplicado por el número de días de atraso.
b) Deducciones por calidad En caso que el licitante adjudicado sea penalizado por cinco o más días de atraso, durante la vigencia del contrato, se considerará dicha falta como deficiencia en la calidad del servicio y, en ese momento, el licitante se hará acreedor a una deducción que se determinará aplicando el 1% (uno por ciento) sobre el importe total del contrato formalizado antes del IVA. Las penas convencionales y deducciones no podrán exceder el 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato antes de IVA. Lo anterior se estipula sin perjuicio de que la Comisión determine la rescisión o la exigencia del cumplimiento forzoso del Contrato que se formalizará.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 43 de 111
Metodología para Evaluar Proposiciones
El criterio que se utilizará para la evaluación de las proposiciones será el de puntos y porcentajes. La puntuación o unidades porcentuales que se podrán asignar en la evaluación de las proposiciones para la contratación del “Estudio para analizar la problemática de seguridad física de las instalaciones del sector hidrocarburos y emitir recomendaciones para el reconocimiento de costos por concepto de seguridad que la Comisión Reguladora de Energía lleva a cabo en sus procesos de revisión tarifaria”, será de hasta un máximo de 90 para la propuesta técnica y de 10 para la propuesta económica. La adjudicación se realizará al licitante que obtenga el mayor puntaje en la evaluación conjunta de sus propuestas económica y técnica. La puntuación a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y, por tanto, no ser desechada, será de cuando menos el 75% de la puntuación máxima (67.5), conforme al detalle del siguiente cuadro.
RUBROS PUNTOS MÁXIMOS
Propuesta Económica (1) 10 puntos
Propuesta Técnica (2) - Capacidad del Licitante - Experiencia y Especialidad del Licitante - Propuesta de Trabajo - Cumplimiento de Contratos
90 puntos 33 puntos 10 puntos 37 puntos 10 puntos
Total (1+2) 100 puntos
Para la determinación de los puntos posibles para cada uno de los rubros de la propuesta técnica se muestran en las siguientes tablas.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 44 de 111
CRITERIO DE PUNTOS Y PORCENTAJES PARA EVALUAR LAS PROPUESTAS TÉCNICAS
a) Rubro Capacidad del Licitante
Puntos posibles
Acreditación
Sub-rubro Capacidad de los recursos humanos
32
Experiencia en asuntos relacionados con el Estudio
12 El licitante deberá acreditar con el currículum vitae firmado de cada uno de los miembros del equipo que llevará a cabo el Estudio, que tienen experiencia en trabajos o actividades similares a la materia del Estudio. - 12 puntos al licitante con el mayor promedio de experiencia (de los integrantes del equipo de trabajo), en trabajos relacionados con el objeto del Estudio. Al resto de los licitantes se les asignará puntos proporcionalmente conforme a la experiencia promedio acreditada, con regla de tres.
Conocimientos sobre la materia objeto del Estudio
14 El licitante deberá acreditar con los mismos currículums mencionados en el subrubro “Experiencia en asuntos relacionados con el Estudio” (acompañado de cédula profesional o título de licenciatura) que cada uno de los miembros del equipo que llevará a cabo el Estudio tienen conocimientos especializados objeto del Estudio (posgrados mediante cédula profesional, credenciales académicas u otro documento que lo compruebe). - 14 puntos al licitante que acredite en su equipo de trabajo el mayor número de posgrados de entre los miembros del equipo de trabajo, en disciplinas relacionadas con el objeto del estudio (preferentemente sobre seguridad y ciencias sociales). Al resto de los licitantes se les asignará puntos proporcionalmente
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 45 de 111
(con regla de tres), conforme al número de posgrados acreditados.
Dominio de aptitudes relacionados con el Estudio
6 El licitante deberá acreditar con los mismos currículums, mencionados en el subrubro “Experiencia en asuntos relacionados con el Estudio”, que los miembros del equipo tienen aptitudes y habilidades analíticas para resolver el tipo de problemas que se presentan en el tema objeto del Estudio. - 6 puntos al licitante del que se infiere que la mayor proporción de miembros del equipo de trabajo que tienen las habilidades que se requieren para el desarrollo del Estudio. Al resto de los licitantes se les asignará puntos proporcionalmente (con regla de tres) conforme a la proporción de miembros del equipo que tienen las habilidades que se requieren para el desarrollo del Estudio.
Sub-rubro Participación de Discapacitados
1
Participación de Discapacitados
1 Se asignará un punto a la empresa que cuente con trabajadores con discapacidad en una proporción de cuando menos 5% de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, computada hasta la presentación y apertura de proposiciones. La antigüedad se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS.
TOTAL DEL RUBRO 33
b) Rubro Experiencia y Especialidad del Licitante
Puntos posibles
Acreditación
Experiencia sobre el Estudio
5 Para la acreditación de este punto, el licitante deberá presentar copias de contratos de servicio de la misma naturaleza o similar al Estudio materia de
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 46 de 111
esta licitación. Las copias deberán ser de contratos completos, incluyendo anexos, y se deberá identificar la duración de los mismos. Los contratos que se presenten deben estar concluidos antes de la fecha del lanzamiento de la convocatoria de licitación. - 5 puntos al licitante que acredite el mayor número de años de experiencia. El resto de los licitantes obtendrán de manera proporcional los puntos asignados por medio de regla de tres. Se cuantificará el número de años conforme a la suma del tiempo de duración de los contratos de servicio de la misma naturaleza o similar al Estudio objeto de la contratación. La mayor cantidad de años acreditables son 10 años. Los contratos que se consideren deben estar concluidos antes de la fecha del lanzamiento de la convocatoria de licitación.
Especialidad sobre el Estudio
5 Para la acreditación de este punto, el licitante deberá presentar copias de contratos donde el servicio sea de la misma naturaleza o similar al Estudio materia de esta licitación. Las copias deberán ser de contratos completos, incluyendo anexos, y se deberá identificar la duración de los mismos. Los contratos que se presenten deben estar concluidos antes de la fecha del lanzamiento de la convocatoria de licitación. - 5 puntos al licitante que acredite la mayor cantidad de contratos de la misma naturaleza que el Estudio objeto de la contratación. El resto de los licitantes obtendrán de manera proporcional los puntos asignados por medio de regla de tres. Los contratos que se consideren deben estar concluidos antes de la fecha del lanzamiento de la convocatoria de licitación.
TOTAL DEL RUBRO 10
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 47 de 111
c) Rubro Propuesta de Trabajo
Puntos posibles
Acreditación
Metodología para la prestación del servicio para la elaboración del Estudio.
17 El licitante deberá presentar una metodología general, y en su caso, visión a utilizar en la prestación del servicio para la elaboración del Estudio. Asimismo, deberá presentar una metodología específica para la elaboración de cada uno de los 6 entregables previstos en el Estudio. Las metodologías específicas deben referirse a cada uno de los apartados de los entregables, previstos en la en la Sección V, Conceptos de Trabajo, a fin de proponer la forma de abordar el análisis. Se podrán proponer aspectos adicionales a los previstos en dicha sección V, con el objeto de enriquecer el Estudio. - Se otorgarán 2 puntos por cada propuesta metodológica específica, para cada uno de los 6 entregables mencionados, que sea aceptable a juicio de la Comisión. Es decir, de obtener todos los puntos posibles por cada metodología y por cada entregable, los licitantes podrán obtener un total de 12 puntos. - Se otorgarán 2 puntos por presentar una propuesta metodológica general que sea aceptable a juicio de la Comisión. - Se otorgarán 3 puntos por presentar una propuesta general que enriquezca significativamente, a juicio de la Comisión, los aspectos previstos en la sección V, Conceptos de Trabajo.
Plan de trabajo propuesto por el licitante
15 El licitante deberá presentar el plan de trabajo para atender y elaborar el contenido de cada uno de los entregables, así como para implementar las metodologías a las que se refiere el punto anterior. El plan de trabajo deberá incluir las actividades,
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 48 de 111
secuencia y tiempo para realizar cada entregable, así como las responsabilidades de cada miembro del equipo de trabajo. - 10 puntos si el plan de trabajo desagrega las actividades, secuencia y los tiempos previstos en cada uno de los entregables. - 5 puntos si el plan de trabajo se asocia coherentemente con las 6 metodologías propuestas.
Esquema estructural 5 Para la acreditación de este punto el licitante deberá presentar el organigrama del personal que desarrollará el Estudio, así como las responsabilidades de cada miembro del equipo en cada entregable. - 5 puntos si el licitante logra asociar lógicamente las funciones y responsabilidades de cada miembro del equipo con la elaboración de cada uno de los entregables. - Se otorgarán 2 puntos de los 5 posibles si el licitante logra asociar parcialmente, a juicio de la Comisión, las funciones y responsabilidades de cada miembro del equipo con la elaboración de cada uno de los entregables.
TOTAL XXX XXXXX 00
x) Xxxxx Cumplimiento de Contratos
Puntos posibles
Acreditación
Cumplimiento de contratos 10 Para la acreditación de este punto, el licitante deberá presentar copias de contratos donde el servicio sea de la misma naturaleza o similar al Estudio materia del presente contrato (podrán ser los mismos que se presenten para acreditar la experiencia y especialidad). Asimismo, deberá presentar el documento en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento respectiva o la manifestación expresa del contratante sobre el cumplimiento total de las
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 49 de 111
obligaciones contractuales, o cualquier otro documento con el que se corrobore dicho cumplimiento (por ejemplo, facturas y comprobantes de pago). - 10 puntos al licitante que logre acreditar la mayor proporción de cumplimiento de contratos mencionados en el párrafo anterior. Al resto de los licitantes se les asignará puntos proporcionalmente con regla de tres. La convocante deberá consultar en CompraNet el registro único de proveedores o el registro único de contratistas, según corresponda, para verificar la información presentada por los licitantes para cumplir los rubros señalados en los incisos Experiencia y Especialidad del licitante y Cumplimiento de contratos. En caso de existir discrepancias en la información, la convocante no tomará en cuenta para el otorgamiento de puntuación o unidades porcentuales, los documentos presentados por el licitante que contengan dichas discrepancias.
TOTAL DEL RUBRO 10
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 0
EJEMPLO DE PROPUESTA ECONÓMICA
Lugar y fecha de expedición………………............ Licitación Pública Electrónica No. .….:........................
PARTIDA ÚNICA: “Estudio para analizar la problemática de seguridad física en las instalaciones del sector hidrocarburos y emitir recomendaciones para el reconocimiento de costos por concepto de seguridad que la Comisión Reguladora de Energía lleva a cabo en sus procesos de revisión tarifaria”, en adelante el “Estudio”.
Concepto Unidad Importe “Estudio para analizar la problemática de seguridad física en las instalaciones del sector hidrocarburos y emitir recomendaciones para el reconocimiento de costos por concepto de seguridad que la Comisión Reguladora de Energía lleva a cabo en sus procesos de revisión
tarifaria”,
Servicio
Subtotal
Impuesto al valor Agregado
Total
IMPORTE CON LETRA DEL SUBTOTAL ANTES DE IVA. Nota: - Deberá manifestar que los precios de la oferta serán fijos hasta la conclusión de los servicios.
De ser el caso, el licitante deberá manifestar los descuentos que esté en posibilidad de otorgar a la Comisión.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 0 Lugar y fecha de expedición………………............
Licitación Pública Nacional Electrónica No. .….:........................
_________________________ manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí
asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con las
facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente licitación a nombre y
representación de ________________________________.
Registro Federal de Contribuyentes:
Nombre:
Domicilio:
Calle y número
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
Núm. Escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el que se dio fe de la misma:
Relación del nombre de los socios:
Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva:
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:
Escritura pública número:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó:
(Lugar y Fecha) Protesto lo necesario
(Nombre completo y firma)
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 0
EJEMPLO DE ESCRITO DE DECLARACIÓN DE NACIONALIDAD
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA PRESENTE.
Lugar y fecha de expedición, ____________de 2016. Licitación Pública Nacional Electrónica No. .….:........................
(Nombre del que suscribe), actuando en (nombre propio o en representación de)…(razón
social de la empresa que representa), manifiesto bajo protesta de decir verdad que la empresa
que represento es de nacionalidad mexicana, lo anterior para dar cumplimiento al numeral 7.1.
De igual manera, declaro que en caso de resultar ganador en el procedimiento señalado,
acreditaré mi personalidad jurídica en los términos de esta convocatoria.
ATENTAMENTE
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 0 MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 31, FRACCIÓN XXIV, 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO
Xxxxx y fecha de expedición, ____________de 2016 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA P R E S E N T E. En Cumplimiento a lo ordenado por el artículo 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y del Artículo 8°, fracción XX, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y para los efectos de presentar propuesta y en su caso, poder celebrar contrato respectivo con la Comisión Reguladora de Energía, con relación a la Licitación Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. XX-000X00000-X___-0000, nos permitimos manifestarle bajo protesta de decir verdad, que conocemos el contenido de dichos artículos, así como sus alcances legales y que la empresa que represento, sus accionistas y funcionarios, no se encuentran en ninguno de los supuestos que establecen estos preceptos.
A T E N T A M E N T E
EL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO
NOMBRE Y FIRMA
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 0
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD Licitación Pública Nacional Electrónica No.
Lugar y fecha de expedición, ______de 2016
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA P R E S E N T E. El que suscribe, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que por mí mismo o a través de interpósita persona, me abstendré de adoptar conductas, para que los Servidores Públicos de la Comisión Reguladora de Energía, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes.
A T E N T A M E N T E
EL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO
NOMBRE Y FIRMA
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 0
MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
Lugar y fecha de expedición, ____________de 2016 (1)
_________ (2)________ P r e s e n t e. Me refiero al procedimiento de _________(3)________ No. ________(4) _______ en el que mi representada, la empresa_________(5)________, participa a través de la presente proposición. Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _________(6)________, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _________(7)________, con base en lo cual se estatifica como una empresa _________(8)________. De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
___________(9)____________
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 56 de 111
Instructivo de llenado: Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado. Señalar la fecha de suscripción del documento. Anotar el nombre de la convocante. Precisar el procedimiento de concentración asignado por CompraNet. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x 10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación. Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
Estratificación
Tamaño (10)
Sector (6)
Rango de número de trabajadores
(7) +(8)
Rango de monto de ventas anuales(mdp)
(9)
Tope máximo Combinado*
Micro Todas Hasta 10
Hasta $4 4.6
Pequeña
Comercio Desde 11 hasta 30
Desde $4.01 hasta $100 93
Industria y servicios Desde 11 hasta 50
Desde $4.01 hasta $100 95
Mediana
Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta $250 235
Servicios Desde 51 hasta 100
Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta $250 250
*Tope Máximo Combinado= (Trabajadores)x 10% +(ventas Anuales) X 90% (7) (8) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8).
(10) El Tamaño de la empresa se determinara a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa= (Número de trabajadores)x 10% (Monto de Ventas anuales) x 90 % el cual debe ser igual o menor al tope máximo Combinado de su categoría. Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es.____(11)__________; y que el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricantes de los bienes que integran mi oferta, es (son)___(12)____________.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 0
PREFERENCIA DE PERSONAS FÍSICAS CON DISCAPACIDAD Y PERSONAS XXXXXXX CON PERSONAL DISCAPACITADO
Lugar y fecha de expedición, ____________de 2016
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA.
P R E S E N T E En cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para la preferencia de discapacidad de la Licitación Pública Nacional Electrónica número ________________, nos permitimos manifestar bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
Supuesto Preferencia de opción por
discapacidad La acepto No aplicable
En igualdad de condiciones, se dará preferencia a personas físicas con discapacidad.
La persona moral o empresa que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social
En el caso de un empate entre dos o más personas que incluyan en su proposición la citada información, resultaría aplicable el sorteo previsto en el artículo 44 del Reglamento de la Ley.
A T E N T A M E N T E
Persona física o moral (Nombre de la empresa)
Representante Legal
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 0
MODELO DE CONTRATO
CONTRATO DE___________________ QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA COMISIÓN
REGULADORA DE ENERGÍA, EN LO SUCESIVO “LA COMISIÓN”, REPRESENTADA
________________________, Y POR LA OTRA,____________________________., EN LO SUCESIVO
________________, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO, Y A QUIENES DE
MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS
SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES: I. Declara la Comisión que: I.1. Es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal con autonomía técnica,
operativa y de gestión, con personalidad jurídica en los términos de los artículos 2 y 3 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORC).
I.2 De conformidad con lo establecido en los artículos 2, fracción III y 43 Ter de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, 5 y 23, fracciones III, y XIII, y 30, fracción II de la LORCME; 1 y 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (la Ley); 34, fracciones I, IV, V, VIII, XXVI, inciso h) del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y los numerales 1, 2, 20 fracciones I, V, X y XXV, 24, fracción XXXII y 42, fracción XXVI, del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, ________________________________________________________.
I.3. Requiere
contratar_______________________________________________________ _______________________________________________________________ ___________________
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 59 de 111
I.4. Tiene considerada la erogación derivada del presente Contrato dentro de la partida ____________ “_____________________”, y de conformidad con la asignación presupuestal número _____.
I.5. Este Contrato se adjudica a través del procedimiento de Licitación Pública
Electrónica Nacional, con fundamento en los____________________________________________________________ ___.
I.6. Para los efectos de este Contrato señala como su domicilio el ubicado en
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03930, Ciudad de México.
II. Declara el ______________ que: II.1. Es una sociedad________ constituida legalmente mediante contrato de
sociedad mercantil número __________________ de_________________, otorgada ante la fe del Lic._________________, Notario Interino número ________________________.
II2. Mediante escritura pública número_______________________, de fecha
___________________, otorgada ante la fe del Lic. ________________________, Notario Público número ___________________, de la Ciudad de México, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas en la que, entre otros, _______________________________________.
II.3. El Sr. ________________________, cuenta con la personalidad jurídica y
facultades suficientes, para obligar a su poderdante, en los términos de este Contrato, tal y como lo acredita con la escritura __________________________ de fecha ______________________, otorgada ante la fe del Lic. _______________________, Notario Público número ___________________, de la Ciudad de México, cuyas facultades a la fecha del presente Contrato, no le han sido modificadas o revocadas y cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el folio mercantil electrónico número __________________.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 60 de 111
I.4. De acuerdo con su objeto social, está en aptitud de_____________________________________________________________ _______.
II.5. Bajo protesta de decir verdad, que ni sus representantes, ni la sociedad o las
personas que forman parte de ella, se encuentran en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley, y 8, fracción XX, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
II.6. Es una sociedad ______y conviene que en caso de llegar a cambiar de
nacionalidad, seguirá considerándose como mexicana por cuanto a este Contrato se refiere y a no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la Nación Mexicana, todo derecho derivado del mismo.
II.7. Para los efectos de este Contrato señala como su domicilio el ubicado en Calle
_____________________________________. II.8. Se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave
__________________. II.9. Bajo protesta de decir verdad, no se encuentra en ninguno de los supuestos a
que hace referencia el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, y de las Reglas 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 y su Anexo 19, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2015.
Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes:
CLÁUSULAS: PRIMERA.- Objeto del Contrato.- El objeto materia del presente Contrato es la de prestar el ____________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ ___, de acuerdo con lo que se establece en los “Términos de Referencia” y en la
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 61 de 111
“Propuesta económica”, que constituyen el Anexo ___ y ___ respectivamente, del presente Contrato, y que firmadas por las Partes forman parte integrante del mismo. SEGUNDA.- Vigencia.- El plazo para la prestación de los servicios objeto de este Contrato será de___________________ a ___________________ de 2016. TERCERA.- Lugar y forma.- El __________________ dará el servicio objeto de este Contrato __________________, de conformidad con el Anexo___, al igual que los reportes y demás documentos inherentes al cumplimiento de las partidas o conceptos que integran el Contrato y/o sus Anexos. CUARTA.- Monto del Contrato.- La Comisión y el _____________________ convienen que el importe o precio total del presente Contrato es la cantidad de $______________ (__________________________ 00/100 M. N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.). ____________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ ________________ El pago se realizará previa aceptación del servicio del responsable del seguimiento del contrato, este será___________________ exhibiciones y el importe se determinará conforme ___________________________________más el Impuesto al Valor Agregado. Lo anterior, con independencia de la aplicación de las penas convencionales que procedan conforme a lo establecido _______________________________ . El precio es neto, fijo y no será sujeto a ajustes, conforme______________. QUINTA.- Lugar y Forma de Pago.- Las Partes convienen que las contraprestaciones derivadas por la prestación de los servicios objeto del presente Contrato serán pagadas por la Comisión, previa instrucción de ejecución de pago que efectúe a la Tesorería de la Federación (TESOFE), mediante transferencia de recursos a la cuenta bancaria que el ______________ señala y es Cuenta de Cheques número______, con CLABE Interbancaria número ___________________________, del Banco _________________ El______________________ debe entregar la factura correspondiente en el domicilio señalado en la declaración____ de este Contrato.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 62 de 111
El pago se realizará por la TESOFE en moneda nacional en el transcurso de 20 días naturales siguientes a la presentación de la factura correspondiente, debidamente requisitada en los términos del artículo 29-A del CFF, acompañada de la constancia de entrega y aceptación de la prestación del servicio objeto del presente Contrato. En caso de que la factura entregada por el _______________________ para su pago presente errores o deficiencias, la Comisión se lo indicará por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción. El periodo que transcurra a partir de la entrega de la factura y hasta que se presenten las correcciones, no se computará para efectos de pago, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de la Comisión de exigir la reposición de servicios deficientes, extemporáneos, faltantes o pago de lo indebido. En su caso, el pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el ______________ deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso.
SEXTA.- Responsabilidad del Prestador.- El ____________________ se obliga a prestar los servicios objeto del presente Contrato de una manera integral, oportuna, eficiente y quedará obligado ante la Comisión a responder por la calidad de los mismos, así como de cualquier otra responsabilidad derivada o que se pueda derivar del presente Contrato. El Prestador se obliga a cumplir con los servicios de acuerdo a los términos establecidos en el Anexo ___. SÉPTIMA.- Recepción de los Trabajos.- La Comisión, por conducto de su representante, recibirá del _____________________ los servicios en los términos y condiciones que especifica el Anexo ___ de este Contrato. OCTAVA.- Confidencialidad.- Las Partes convienen que la información proporcionada por la Comisión, y la específicamente relacionada con el objeto del presente Contrato, descrito en la Cláusula Primera, así como los resultados del mismo, no podrán ser utilizados por el Prestador para otros fines diferentes a los del presente Contrato, por lo que dicha información y resultados deberán ser tratados como confidenciales y no podrán ser reproducidos ni revelados ni divulgados por ningún medio sin el consentimiento expreso de la Comisión. Para la ejecución de los servicios que constituyen el objeto del presente Contrato, la Comisión pondrá a disposición del Prestador la información y documentos que resulten
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 63 de 111
indispensables, debiendo otorgársele a ésta las facilidades necesarias para que realice la prestación del servicio, debiendo guardar el Prestador, estricta confidencialidad sobre toda la información que reciba o a la que tenga acceso a través de la Comisión. El Prestador deberá instruir y garantizar que todo el personal a su cargo cumpla con las obligaciones señaladas en la presente Cláusula. Tampoco podrá divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra forma, la información propiedad de la Comisión, y deberá instruir al personal a su cargo y que intervenga con motivo de la prestación del servicio, objeto de este Contrato, a cumplir con las obligaciones señaladas. En el supuesto de que el Prestador o su personal revelase cualquier información en violación a lo antes dispuesto, la Comisión tendrá el derecho, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso legal que se derive del Contrato, en su momento o de cualquier otra fuente, de demandar de la otra parte los daños y perjuicios que ésta le ocasione, y de dar por terminado dicho contrato con efectos inmediatos, sin necesidad de declaración judicial, mediante notificación dada por escrito a la otra parte, y en consecuencia no pudiendo reclamar ningún pago que en razón del avance estuviera pendiente de solicitarse. Esta obligación de confidencialidad tendrá una duración indefinida y no cesará con motivo de la expiración, suspensión, terminación o rescisión del Contrato que en su momento celebren las Partes.
NOVENA.- Modificaciones.- Cualquier modificación al presente Contrato deberá formalizarse por escrito y las Partes deberán suscribir el convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA.- Rescisión Administrativa.- La Comisión podrá en cualquier momento rescindir administrativamente este Contrato, por las causas siguientes: a) Cuando el Prestador incumpla o contravenga, parcial o totalmente, los términos,
condiciones u obligaciones, derivadas o relacionadas a este Contrato, sus Anexos o con las disposiciones de los ordenamientos jurídicos que resulten aplicables;
b) Cuando el Prestador modifique o altere la naturaleza o condiciones de los servicios inherentes al cumplimiento del objeto del Contrato;
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 64 de 111
c) Cuando el Prestador haya sido penalizado en más de una ocasión, o se le hayan aplicado más de tres deducciones, al pago de bienes o servicios, motivados por el atraso o incumplimiento oportuno, parcial o deficiente respecto de las partidas o conceptos que integran el Contrato o sus Anexos y a que se refieren las Clausulas Decimocuarta y Decimoquinta;
d) Si las manifestaciones a que se refiere la declaración II de este Contrato se realizaron con falsedad o imprecisión;
e) Por embargo, suspensión de pagos o concurso mercantil del Prestador;
f) Cuando el Prestador enajene o grave en cualquier forma el presente Contrato o
alguno de los derechos que derivan del mismo, o
g) Por incapacidad jurídica, legal o judicial del Prestador, que le impida cumplir con las obligaciones derivadas de este Contrato.
Cuando la Comisión determine rescindir el Contrato, la rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, siendo suficiente para ello que se cumpla con el procedimiento a que se refiere el artículo 54 de la Ley. El Prestador podrá exigir la rescisión por el incumplimiento de la Comisión, pero en este caso deberá obtener la declaración judicial de la autoridad jurisdiccional competente.
DÉCIMA PRIMERA.- Terminación Anticipada.- La Comisión, conforme al artículo 54 bis de la Ley, podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato, cuando:
a) Concurran razones de interés general;
b) Por causa justificada determine que se extingue la necesidad de requerir los bienes o servicios originalmente contratados y se motive que, de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o
c) Se determine la nulidad de los actos que dieron origen al Contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad, solicitud o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 65 de 111
En estos supuestos la Comisión reembolsará al Prestador los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato correspondiente. DÉCIMA SEGUNDA.- Suspensión.- La Comisión podrá en cualquier momento suspender temporalmente, en todo o en parte, el presente Contrato, cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o fuerza mayor. Para iniciar los efectos de la suspensión, la Comisión emitirá un oficio, en el que se expresarán los motivos y el plazo de la suspensión, previamente pactado por las partes. El presente Contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron la suspensión y de conformidad con lo establecido en el convenio modificatorio que al efecto se suscriba. En caso de suspensión, únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados y en su caso, se reintegrarán los anticipos no amortizados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la Comisión, previa petición, justificación y comprobación del Prestador, ésta le reembolsará los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que durase la suspensión, siempre que éstos sean razonables y estén debidamente relacionados al Contrato y sus Anexos. DÉCIMA TERCERA.- Caso Fortuito y Fuerza Mayor.- Ni la Comisión ni el Prestador serán responsables por el incumplimiento de sus obligaciones que derivan del presente Contrato, cuando dicho incumplimiento provenga o resulte de caso fortuito o de fuerza mayor, la parte que lo sufra deberá notificarlo y acreditarlo fehacientemente a la otra. Para los efectos del presente Contrato, dentro del caso fortuito o fuerza mayor se incluirá, en forma enunciativa más no limitativa, lo siguiente: a) Cualquier acción u omisión de autoridad gubernamental que impida o retrase el
cumplimiento de las obligaciones de cualquiera de las Partes, siempre y cuando la parte que la haga valer como justificación de su incumplimiento, no haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor de que se trate, y
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 66 de 111
b) Terremoto, explosión, fuego, inundación, epidemias, disturbios civiles, huelgas que sean declaradas legalmente procedentes por las autoridades competentes, o cualquier hecho igualmente grave que impida el cumplimiento de las obligaciones.
DÉCIMA CUARTA.- Pena Convencional.- En los términos de lo previsto por los artículos 53 de la Ley y 96 de su Reglamento, la Comisión aplicará al Prestador una pena convencional cuando incumpla o contravenga, parcial o totalmente, los términos, condiciones u obligaciones, respecto de las partidas o conceptos que integran, se derivan o relacionan al Contrato o sus Anexos conforme a los criterios siguientes: a) Se aplicará una pena convencional por cada día de atraso en el cumplimiento
de la fecha de cada entregable, el monto de la pena convencional se determinará aplicando el 0.2% (cero punto dos por ciento) sobre el importe total del Contrato formalizado antes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), multiplicado por el número de días de atraso.
El pago por penas convencionales no podrá exceder el 10% (diez por ciento) del monto máximo del Contrato antes del IVA. El cálculo de la pena convencional, la realizará el Administrador del Contrato que se indica en la Cláusula Décima Octava, como área administradora del Contrato y la dará a conocer por escrito a la Dirección de Adquisiciones, para que ésta notifique al Prestador. La pena convencional a que se refiere esta cláusula se estipula sin perjuicio de que la Comisión determine i) la rescisión prevista en la Cláusula Décima, o ii) la exigencia del cumplimiento forzoso, del Contrato. DÉCIMA QUINTA.- Deducciones por Calidad.- En lo previsto por los artículos 53 Bis de la Ley y 97 de su Reglamento, el Prestador se obliga a responder a la Comisión con deducciones al pago por el atraso o cumplimiento inoportuno, parcial o deficiente en que pudiera incurrir respecto de las partidas o conceptos que integran el Contrato o sus Anexos, de conformidad con lo siguiente: En caso de que el Prestador sea penalizado por cinco o más días de atraso, durante la vigencia del Contrato, se considerará dicha falta como deficiencia en la calidad del servicio y, en ese momento el Prestador se hará acreedor a una deducción que se determinará aplicando el 1% (uno por ciento) sobre el importe total del Contrato antes de I.V.A.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 67 de 111
Las deducciones no podrán exceder el 10% (diez por ciento) del monto máximo del Contrato antes de I.V.A. El cálculo de las deducciones se aplicarán sobre la base correspondiente sin incluir el I. V. A.; el Responsable de la Administración del Contrato, dará a conocer el monto a la Dirección de Adquisiciones, para que ésta notifique al Prestador y una vez aceptada, mediante el esquema de “pago electrónico e5cinco”, que se encuentra en la dirección xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/, obtenga la hoja de ayuda para realizar el pago en una institución bancaria mediante cheque o transferencia electrónica; posteriormente deberá entregar el original del pago al Responsable de la Administración del Contrato, para que proceda a tramitar el pago de la factura correspondiente. La deducción se descontará de los pagos pendientes de efectuarse al Prestador. La Comisión a través del área requirente del servicio objeto del Contrato, tiene la facultad de verificar si los servicios se ejecutan conforme a las partidas o conceptos que integran el Contrato o sus Anexos, verificando periódicamente su desarrollo, y en su caso, motivará y cuantificará la deducción a aplicar. Para determinar las retenciones, y en su caso, la aplicación de la deducción por calidad de los servicios prestados, no se tomarán en cuenta aquellos casos motivados por caso fortuito o fuerza mayor, o cualquier otra causa no imputable al Prestador. Las deducciones al pago a que se refiere esta cláusula se estipulan sin perjuicio de que la Comisión determine i) la rescisión prevista en la Cláusula Décima, o ii) la exigencia del cumplimiento forzoso, del Contrato. DECIMA SEXTA. - Garantía.- Con fundamento en los artículos 48, fracción II y 49, fracción I de la Ley, así como 103, fracción I del Reglamento; el “Proveedor” deberá, garantizar el cumplimiento del Contrato mediante fianza expedida en los términos estipulados en la Ley, misma que deberá ser constituida por el 10% (diez por ciento) del monto total del Contrato adjudicado antes de incluir el Impuesto al Valor Agregado. Esta fianza deberá ser expedida por una Institución Mexicana de Fianzas autorizada, a favor de la Tesorería de la Federación. En caso de prórroga, el Proveedor adjudicado deberá presentar una fianza que corresponda al periodo del convenio a celebrarse en los términos de la fianza anterior.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 68 de 111
En tanto no entregue las pólizas de fianza según corresponda, a la Comisión el Prestador, deberá cumplir con todas sus obligaciones, pero no podrá exigir pagos a la Comisión. La(s) fianza(s) tendrá(n) la vigencia de este Contrato y en caso de incumplimiento de las obligaciones, continuará vigente hasta que aquellos se corrijan o éstas sean satisfechas. La garantía, para su liberación, requerirá de comunicación escrita de la Comisión a la Afianzadora con copia al Prestador. En caso de modificaciones al contrato el Prestador deberá tramitar la modificación de la fianza de cumplimiento, de conformidad con lo estipulado en el artículo 91 último párrafo del Reglamento. El criterio con respecto a las obligaciones que se garantiza será indivisible; es decir, en caso de cualquier incumplimiento que motive la rescisión del contrato, la garantía de cumplimiento, se aplicará por el monto total de las obligaciones garantizadas. DÉCIMA SÉPTIMA.- Conciliación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.- Con fundamento en el artículo 77 de la Ley, en cualquier momento la Comisión o el Prestador podrá presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencia derivada del cumplimiento del presente Contrato. El Prestador deberá presentar los siguientes requisitos: 1.- Copia simple del Contrato; 2.- En su caso, copia simple de los convenios modificatorios; 3.- Referencia del objeto, vigencia, monto del pedido y sus convenios modificatorios; 4.- Copia simple del documento con el que acredite su personalidad; y 5.- Copia certificada u original del mismo para su cotejo. En la oficina de atención ubicada en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxx. Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. Número telefónico: 01-55-2000-3000 ext. 2306.
– INCONFORMIDADES EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 69 de 111
Conforme a lo establecido en los artículos 65 y 66 de la Ley, podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública o el Órgano Interno de Control de la Comisión.
Secretaría de la Función Pública ubicada en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, teléfono: (0000) 0000-0000. Órgano Interno de Control de la Comisión ubicado en el sexto piso de Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 172 (Periférico), Colonia Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Teléfono (0000) 0000 0000 Ext. 1906.
– INCONFORMIDAD O DENUNCIA La inconformidad será presentada, a elección del promovente licitante, por escrito o a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el sistema CompraNet 5.0 xxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx. a) El licitante podrá interponer denuncias o inconformidades contra los actos del procedimiento de Licitación como se indica a continuación:
I. El acto de presentación y apertura de proposiciones, y el fallo.
Sólo la podrá presentar por quien hubiere presentado la proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración del acto de fallo, o de que se le haya notificado en los casos en que no se celebre junta pública;
II. La cancelación de la Licitación.
Sólo la podrá presentar el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación, y
III. Los actos y omisiones por parte de la Convocante que impidan la
formalización del contrato en los términos establecidos en la convocatoria a la Licitación o en esta Ley.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 70 de 111
Sólo la podrá presentar por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores al plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
b) El promovente licitante deberá presentar el escrito inicial de la inconformidad o denuncia que deberá contener los siguientes requisitos:
I. El nombre del inconforme y del que promueve en su nombre, quien deberá
acreditar su representación mediante instrumento público.
II. Domicilio para recibir notificaciones personales, que deberá estar ubicado en el lugar en que resida la autoridad que conoce de la inconformidad. Para el caso de que no se señale domicilio procesal en estos términos, se le practicarán las notificaciones por rotulón;
III. El acto que se impugna, fecha de su emisión o notificación o, en su defecto, en
que tuvo conocimiento del mismo;
IV. Las pruebas que ofrece y que guarden relación directa e inmediata con los actos que impugna. Tratándose de documentales que formen parte del procedimiento de contratación que obren en poder de la Convocante, bastará que se ofrezcan para que ésta deba remitirlas en copia autorizada al momento de rendir su informe circunstanciado, y
V. Los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto
impugnado y los motivos de inconformidad. La manifestación de hechos falsos se sancionará conforme a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y a las demás que resulten aplicables.
Al escrito de inconformidad deberá acompañarse el documento que acredite la
personalidad del promovente licitante y las pruebas que ofrezca, así como sendas copias del escrito inicial y anexos para la convocante y el tercero interesado, teniendo tal carácter el licitante a quien se haya adjudicado el contrato.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet 5.0, deberán
utilizarse medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa. En las inconformidades, la documentación que las acompañe y la manera de
acreditar la personalidad del promovente licitante, se sujetarán a las disposiciones
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 71 de 111
técnicas que para tales efectos expida la Secretaría de la Función Pública, en cuyo caso producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los medios de identificación y documentos correspondientes.
La autoridad que conozca de la inconformidad prevendrá al promovente licitante
cuando hubiere omitido alguno de los requisitos señalados en los numerales I, III, IV y V, a fin de que subsane dichas omisiones, apercibiéndole que en caso de no hacerlo en el plazo de tres días hábiles se desechará su inconformidad, salvo el caso de las pruebas, cuya omisión tendrá como consecuencia que se tengan por no ofrecidas.
En tratándose del numeral I, no será necesario formular prevención alguna respecto
de la omisión de designar representante común. De igual manera, no será necesario prevenir cuando se omita señalar domicilio para recibir notificaciones personales, en términos del numeral II.
– CONCILIACIÓN POR DESAVENENCIA
Con fundamento en el artículo 77 de la Ley, en cualquier momento la Comisión o el licitante adjudicado podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública, solicitud de conciliación, por desavenencia derivada del cumplimiento del contrato.
El licitante adjudicado deberá presentar los siguientes requisitos:
1. Copia simple del contrato;
2. En su caso, copia simple de los convenios modificatorios;
3. Referencia del objeto, vigencia, monto del contrato y sus convenios
modificatorios;
4. Copia simple del documento con el que se acredite su personalidad; y
5. Copia certificada u original del mismo para su cotejo. En la oficina de atención de la Secretaría de la Función Pública ubicada en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx. Número telefónico: (0000) 0000-0000 Ext. 2306
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 72 de 111
Una vez recibida la solicitud, la Secretaría de Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud.
La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del licitante adjudicado traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. DÉCIMA OCTAVA.- Representantes Responsables de Administrar y Vigilar el Cumplimiento del Contrato.- Las partes, designan como sus representantes para los efectos de la ejecución del presente Contrato a las siguientes personas:
La Comisión, a ________________________________, señalando como su domicilio el indicado en la Declaración____.
El _______________, al ________________________________________ señalando como su domicilio el indicado en la Declaración ____.
En caso de cambio de domicilio o de representante responsable de una de las Partes, la que corresponda se obliga a comunicarlo por escrito a la otra parte, dentro de los cinco días hábiles siguientes al cambio de que se trate.
DÉCIMA NOVENA.- Cesión de Derechos y Obligaciones.- El Prestador no podrá ceder ni parcial ni totalmente los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con una autorización previa y escrita, y con la aprobación de un contrato de cesión por parte de la Comisión. VIGÉSIMA.- Impuestos.- Cada una de las Partes será responsable de pagar todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que tengan la obligación de cubrir por la celebración y ejecución del presente Contrato, conforme a leyes federales, estatales y municipales aplicables. VIGÉSIMA PRIMERA.- Relaciones laborales.- El Prestador reconoce y acepta ser el único patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervengan en el desarrollo y ejecución de los servicios pactados en el objeto del presente Contrato, de tal forma, deslinda de toda responsabilidad a la Comisión, respecto de cualquier reclamo, que en su caso puedan efectuar sus trabajadores en su contra o en contra de la Comisión, en relación con los servicios objeto de este Contrato y, en consecuencia, el Prestador
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 73 de 111
sacará en paz y a salvo a la Comisión de cualquier reclamación, controversia o litigio al respecto. Bajo ninguna circunstancia se considerará a la Comisión como patrón solidario o sustituto respecto del personal que asigne el Prestador. VIGÉSIMA SEGUNDA. - Calidad de los Servicios.- El Prestador se obliga a responder a la Comisión por la calidad de los servicios o por cualquier otra responsabilidad en que incurra en la entrega o la prestación de los servicios que son materia de este Contrato. La Comisión tendrá la facultad de solicitar el pago de daños y perjuicios, el cumplimiento forzoso o la rescisión del Contrato. VIGÉSIMA TERCERA.- Patentes, Marcas y Derechos de Autor.- El Prestador será el único responsable de la violación en que incurra en materia de patentes, marcas o derechos de autor por el desarrollo de los servicios derivados del presente Contrato. Salvo que exista impedimento legal, los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven de los servicios realizados, se constituirán a favor de la Comisión en términos de la legislación que resulte aplicable. VIGÉSIMA CUARTA.- Auditorías, Visitas e Inspecciones.- El Prestador deberá proporcionar la información y/o documentación que en su momento requiera la Secretaría de la Función Pública y/o los órganos fiscalizadores de la Comisión, con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen. VIGÉSIMA QUINTA.- Legislación Aplicable y Tribunales Competentes.- Todo lo no expresamente previsto en el presente Contrato se regirá por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, y supletoriamente por el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles y demás ordenamientos jurídicos aplicables incluyendo los de carácter fiscal. En caso de controversia, las Partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando el ______________ desde ahora a la jurisdicción que le pudiere corresponder en razón de su domicilio, presente o futuro. Las Partes enteradas del contenido, alcance y efectos legales del presente Contrato, lo ratifican y firman de conformidad por triplicado, quedando la Comisión en custodia de dos originales y el Prestador del servicio de uno, en la Ciudad de México, el ____ de ___________ 2016.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 74 de 111
Por la Comisión Por el Prestador
Representante Legal
Revisado en sus aspectos Técnicos
Revisado en sus aspectos Administrativos
Revisado en sus aspectos Jurídicos
Las firmas que anteceden corresponden al Contrato de__________________ número _______, firmado el ____ de _______ 2016, entre la Comisión Reguladora de Energía y _____________________----, relativo a la __________ “____________________________________________________________”.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 00
EJEMPLO DE PROPUESTA DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Datos de Fianza Fianzas En ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Fianzas En ejercicio de la autorización que le otorgó el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito se constituye Fiadora hasta por el monto de $ ( 00/100 M. N.) Ante: La Tesorería de la Federación Para garantizar por , domicilio en , , , el fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato número de fecha del , relativo al a prestación del servicio de “ “, con un importe total de $ ( 00/100 M.N.), esta fianza estará vigente hasta el del , para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones establecidas en el Contrato. Esta garantía estará vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantiza y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato Principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. La institución Afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 281, 291 de la citada Ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx conforme lo dispuesto en el artículo 283 de dicha Ley, ***Fin de Texto***
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 00
PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Programa xx Xxxxxxx Productivas del Gobierno Federal El programa xx Xxxxxxx Productivas es una solución integral que tiene como objetivo fortalecer el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión. Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso a los siguientes beneficios:
Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento que Nacional Financiera instrumenta a través de los bancos.
Incrementa tus ventas, al pertenecer al Directorio de Proveedores del Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de proveedores.
Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea o presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas.
Identifica oportunidades de negocio, al conocer las necesidades de compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 00 000 000-0000 sin costo desde el interior de la república o bien a través de la página de internet xxx.XXXXX.xxx.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 77 de 111
PROMOCIÓN A LOS PROVEEDORES Y CONTRATISTAS PARA AFILIARSE AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Ciudad de México de __________ de ____. Nombre de la Empresa En Nacional Financiera, S.N.C. estamos coordinando una iniciativa sin duda histórica, para apoyar a las Pymes en el país. La estrategia principal consiste en establecer un Programa Obligatorio de Compras del Gobierno Federal hacia las pequeñas y medianas empresas mexicanas. Dicho programa pretende que en el año 2012, el 35% de las adquisiciones públicas se canalicen a este segmento productivo, principal generador del Producto Interno Bruto y de empleo. Para tal fin, un primer paso es la incorporación obligatoria de todas las Dependencias y Entidades al Programa Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., lo que nos permitirá conocer en forma consolidada la situación actual de la proveeduría gubernamental y proponer metas anuales en materia de compras de gobierno a Pymes a partir del 2008. En este contexto, tengo el agrado de invitarte a incorporar tu empresa al programa, para que goce de los beneficios que éste le brinda: Xxxxxxx Productivas ofrece:
Adelantar el cobro de los comprobantes fiscales mediante el descuento electrónico
Obtener liquidez para realizar más negocios
Mejorar la eficiencia del capital de trabajo
Agilizar y reducir los costos de cobranza
Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx
Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (623 46 72)
Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita
Recibir información
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 78 de 111
Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal
Características descuento o factoraje electrónico:
Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)
Descuento aplicable a tasas preferenciales
Sin garantías, ni otros costos o comisiones adicionales
Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia
Afiliarse al programa es por única vez y no es necesario realizar el proceso nuevamente en alguna otra dependencia o entidad, no tiene ningún costo; en caso de requerirlo podrás hacer el cobro anticipado en la página xxx.xxxxx.xxx o bien vía telefónica. A fin de facilitar tu afiliación, te agradeceré comunicarte a los teléfonos 50.89.61.07 y 01800 NAFINSA, donde el personal de Nacional Financiera, S.N.C. te orientará para la entrega de los documentos relacionados en el documento anexo y la formalización del convenio en un término de cinco días. Al concretar tu afiliación tendrás como beneficio formar parte del Directorio de Xxxxxxx y contar con la oportunidad de ampliar tus ventas a todas las dependencias y entidades del Gobierno Federal.
LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS.
1.- Carta Requerimiento de Afiliación, Fallo o Pedido. Debidamente firmada por el área usuaria compradora 2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa). Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas. 3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa) Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc., Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Completa y legible en todas las hojas. 4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio. Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 79 de 111
5.- Comprobante de domicilio Fiscal. Vigencia no mayor a 2 meses Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio) Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato. 6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio Credencial de elector; pasaporte vigente o FM2 (para extranjeros) La firma deberá coincidir con la del convenio 7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones Formato R-1 o R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal) En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT. 8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul) 9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos Sucursal, plaza, CLABE interbancaria. Vigencia no mayor a 2 meses.
Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los
contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los
cuales constituyen una parte fundamental del expediente:
Contrato de descuento automático Cadenas Productivas
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
2 convenios con firmas originales
Contratos Originales de cada Intermediario Financiero.
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
(** Únicamente, para personas Xxxxxxx) Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) o al 00-00-00-00; o acudir a las oficinas de Nacional Financiera en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx xx. 0000, Xxx Xxxxxxxxx Xxx, X.X. 00000, Xxxxxx Xxxxxxx, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes. Estimado Proveedor del Gobierno Federal:
Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que me proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaré vía correo electrónico.
Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva Cadena(s) a la que desea afiliarse:
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 80 de 111
Número(s) de provedor(es) (opcional): Datos generales de la empresa.
Razón Social: Fecha de alta SHCP: R.F.C.: Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.: Colonia: Ciudad: Teléfono (incluir clave LADA): Fax (incluir clave LADA): e-mail: Nacionalidad: Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral) No. de la Escritura: Fecha de la Escritura:
Datos del Registro Público de Comercio Fecha de Inscripción: Entidad Federativa: Delegación o municipio: Folio: Fecha del folio: Libro: Partida: Fojas: Nombre xxx Xxxxxxx Público: No. de Notaria: Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx: Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral): (Acta de poderes y/o acta constitutiva) No. de la Escritura: Fecha de la Escritura: Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( )
Datos del registro público de la propiedad y el comercio (Persona Moral): Fecha de inscripción: Entidad Federativa: Delegación o municipio: Folio: Fecha del folio: Libro:
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 81 de 111
Partida: Fojas: Nombre xxx Xxxxxxx Público: No. de Notaría: Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx: Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos del representante legal con actos de administración o dominio: Nombre: Estado civil: Fecha de nacimiento: R.F.C.: Fecha de alta SHCP: Teléfono: Fax (incluir clave LADA): e-mail: Nacionalidad: Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 o FM3 extranjeros ( ) No. de la identificación (si es IFE poner el No. que está en la parte donde está su firma): Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.: Colonia: Ciudad:
Datos del banco donde se depositarán recursos: Moneda: pesos ( X ) dólares ( ) Nombre del banco: No. de cuenta (11 dígitos): Plaza: No. de sucursal: CLABE bancaria:(18 dígitos): Régimen: Mancomunada ( ) Individual ( ) Indistinta ( ) Órgano colegiado ( )
Persona(s) autorizada(s) por la Pyme para la entrega y uso de claves:
Nombre: Puesto: Teléfono (incluir clave LADA): Fax: e-mail:
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 82 de 111
Actividad empresarial: Fecha de inicio de operaciones: Personal ocupado: Actividad o giro: Empleos a generar: Principales productos: Ventas (último ejercicio) anuales: Netas exportación: Activo total (aprox.): Capital contable (aprox.) Requiere Financiamiento SI NO
FIRMA DEL CONTRATO
AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS El licitante ganador, con base en la información que se indica en el anexo, podrá obtener una cita para su afiliación preferentemente en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico 50.89.61.07 o al 01.800.nafinsa, donde se le orientará para iniciar con el proceso de afiliación. ASPECTOS ECONÓMICOS.
CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN. Nacional Financiera, S.N.C. cubrirá el pago de los servicios en Moneda Nacional de la siguiente manera: Los pagos serán mensuales devengados y se efectuarán a los __ (___________) días naturales o en caso de que el vencimiento del vigésimo primer día sea inhábil, el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste, contados a partir de la entrega del comprobante fiscal debidamente requisitada y recibidos los servicios a entera satisfacción de la dependencia o entidad, conforme al anexo respectivo. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello el comprobante fiscal que sea aceptado se registrará en dicho programa a más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “Cadenas Productivas”. Cadenas Productivas. Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 83 de 111
proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos. DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. ¿Qué Beneficios brinda pertenecer al Directorio? Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o profesionales estén relacionadas con los bienes o servicios, objeto del contrato a celebrarse. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Dudas y comentarios vía telefónica, Llámenos al teléfono 0000 0000 o al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 00
EJEMPLO DE ESCRITO DE NORMAS
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA PRESENTE. Xxxxx y fecha de expedición Licitación Pública Nacional Electrónica No.
(Nombre del que suscribe), actuando en (nombre propio o en representación
de)…(razón social de la empresa que representa), manifiesto que los bienes
integrantes del servicio, objeto de la presente licitación cumplen con la Norma Oficial
Mexicana y de las normas mexicanas, según proceda, y a falta de éstas, de las normas
internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización.
Si dicha norma no cubre los requerimientos técnicos, o bien, si sus especificaciones
resultan inaplicables u obsoletas, deberá hacer referencia al cumplimiento de las
normas de referencia o especificaciones a que se refiere el artículo 67 de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización.”
En su caso, indicar que no hay normas que le apliquen al objeto de esta licitación.
ATENTAMENTE
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 00
RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2016 Y SU ANEXO 19,
PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL 23 DE DICIEMBRE DE 2015
Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federación y entidades
2.1.31. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.
En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.39.
En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ADR, enviándola al buzón tributario de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
xx xxxxxxxxxxx o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ADR.
CFF 32-D, 66, 66-A, 141, RMF 2016 2.1.39.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 00
Estudio para analizar la problemática de seguridad física en las instalaciones del sector hidrocarburos y emitir recomendaciones para el reconocimiento de costos por concepto de seguridad que la Comisión Reguladora de Energía lleva a cabo en sus procesos de revisión tarifaria.
ACUSE DE RECEPCIÓN DE SOBRES DE PROPOSICIONES EMPRESA: ____________________________________________________
DOCUMENTOS SOLICITADOS EN CONVOCATORIA
PUNTO DE REFERENC
IA
ENTREGA OBSERVACIONES
SI NO
Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. Anexo 3
7.1 a)
Escrito bajo protesta de decir verdad, donde el licitante manifieste que es de nacionalidad mexicana. Anexo 4
b)
Escrito donde se manifieste, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo xxxxxxx xx xx XXXXXX. Xxxxx 0
c)
Escrito denominado “Declaración de integridad”, en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que se abstendrá por sí mismo, o a través de interpósita persona, de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Comisión, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes (artículo 29, fracción IX de la LAASSP y 39, fracción VI, inciso f) del RLAASSP). Anexo 6.
d)
Copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, conforme el Anexo 7.
e)
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 88 de 111
DOCUMENTOS SOLICITADOS EN CONVOCATORIA
PUNTO DE REFERENCIA
ENTREGA OBSERVACIONES
SI NO
Original o copia certificada del Registro Federal de Contribuyentes o impresión original obtenida de la página web del SAT y copia simple.
f)
Copia simple, por ambos lados, de la identificación oficial vigente del representante legal o apoderado.
g)
Convenio para el caso de prestación conjunta de proposiciones, siempre y cuando se dé debido cumplimiento al punto “Proposiciones Conjuntas”, de la presente Convocatoria.
h)
Carta en la que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es una persona física con discapacidad. Anexo 8
i)
PROPUESTA TÉCNICA
Propuesta técnica conforme a las especificaciones señaladas en el Anexo 1 de la presente Convocatoria.
7.2
PROPUESTA ECONÓMICA
Propuesta económica conforme el Anexo 2. 7.3
Ciudad de México a _____ de _________________ de 2016
FIRMAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS PARTICIPANTES EN EL ACTO DE RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 00 xx 000
XXXXX 00 Los servidores públicos de la CRE y los licitantes participantes tienen que cumplir, en lo que aplique, con el “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y su modificación”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y el 19 de febrero de 2016
respectivamente.
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
ACUERDO por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y
prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones. (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN EL 20 XX XXXXXX DE 2015).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37,
fracciones VI, XIX, XXV y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo
Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 1, 2, 3,
fracción III, 7, 8, fracciones VI, XII y XIII, 40 y 48 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos; 5 y 6, fracciones I, V y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que el ejercicio de la función pública debe apegarse a los principios de legalidad, honradez, lealtad,
imparcialidad y eficiencia, establecidos en el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, con el propósito de que impere invariablemente en los servidores públicos una conducta digna que
fortalezca a las instituciones públicas y que a su vez responda a las necesidades de la sociedad;
Que el artículo 134 Constitucional establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, se
administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que
estén destinados; principios que deben ser observados, entre otros, en los procedimientos de contratación pública
y en el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, así como sus prórrogas;
Que la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en su artículo 8, previene
obligaciones propias de los servidores públicos, las cuales tienden específicamente a la salvaguarda de los
principios de honradez e imparcialidad en el desempeño de la función pública cuando ésta se desarrolla, entre
otros, en interacción con los particulares, a efecto de que no obtengan beneficios indebidos utilizando el empleo,
cargo o comisión que ostentan; circunstancia que motivó la necesidad de contar con un diagnóstico que permita
conocer el nivel de responsabilidad de los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de
contrataciones públicas y en el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones, concesiones y sus prórrogas,
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 90 de 111
para lo cual esta Secretaría integró un registro de dichos servidores públicos en el cual se identifica y clasifica su
nivel de responsabilidad;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 contempla cinco metas nacionales dentro de las que se
encuentra la denominada México en Paz, misma que tiene por objeto, entre otros, fortalecer el combate a la
corrupción y el fomento de una mayor rendición de cuentas y, por su parte, en el Programa para un Gobierno
Cercano y Moderno 2013-2018, se prevé como una de sus estrategias obtener las mejores condiciones en la
contratación de bienes, servicios y obras públicas de la Administración Pública Federal, señalando como líneas de
acción, entre otras, las de establecer un sistema de contrataciones públicas basado en la transparencia,
competencia y criterios objetivos, que promueva la integridad y la prevención de la corrupción;
Que con la finalidad de proveer al cumplimiento de lo establecido en el Plan y en el Programa antes señalados,
y con el propósito de fortalecer la legalidad y cerrar espacios a la corrupción, el 0 xx xxxxxxx xx 0000 xx Xxxxxxx xxx
Xxxxxxxxx Xxxxxxx presentó y encomendó a esta Secretaría, un conjunto de acciones ejecutivas para prevenir la
corrupción y evitar los conflictos de interés, entre las cuales se encuentra la de establecer protocolos de contacto
entre particulares y los servidores públicos responsables de los procedimientos de contrataciones públicas y el
otorgamiento de licencias, permisos y concesiones y la obligación de los servidores públicos de presentar una
declaración de posible conflicto de interés, misma que debe entregarse al ingresar a cargos públicos federales y
actualizarse anualmente o en cualquier momento en que un funcionario considere que pudiera ocurrir un posible
conflicto de interés en su responsabilidad;
Que resulta necesario contar con un mecanismo que permita a la Secretaría verificar las declaraciones de
conflictos de interés de los servidores públicos, y en ciertos casos, a través de su vinculación con un documento
equivalente en el que particulares manifiesten sus vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así
como de posibles conflictos de interés con servidores públicos de mando superior, y con aquéllos que intervienen
en contrataciones públicas y en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones;
Que conforme al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones constitucionales
en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 xx xxxx de 2015, los
particulares que lleguen a participar en la comisión xx xxxxxx administrativas graves habrán de ser sancionados
administrativamente, y si bien tal supuesto entrará en vigor conforme al citado Decreto, previene un reconocimiento
a nivel Constitucional sobre la corresponsabilidad de los ciudadanos que se vinculan en la comisión de diversos
actos de corrupción, el cual también ha sido regulado en ordenamientos secundarios como la Ley Federal
Anticorrupción en Contrataciones Públicas, que establece diversas infracciones administrativas en que pueden
incurrir los particulares por la comisión de conductas indebidas en contrataciones públicas de carácter federal;
Que resulta de interés para la sociedad que el Estado implemente mayores acciones preventivas contra los
actos de corrupción que garanticen que la toma de decisiones gubernamentales no sea vulnerada por intereses
particulares, por lo que la Administración Pública Federal requiere medidas que eviten la corrupción en las
contrataciones públicas y en el otorgamiento de licencias, permisos y concesiones, incluyendo las autorizaciones
que otorgan derechos de explotación de bienes o servicios, lo cual permitirá asegurar las mejores condiciones de
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 91 de 111
contratación y que la administración de los recursos públicos se realice con estricta observancia a los principios de
eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez;
Que ante la necesidad de que se constituya un esfuerzo conjunto entre ciudadanía y gobierno para el
fortalecimiento de la ética y la integridad en el servicio público; ante la demanda social y legítima de que este
gobierno tome medidas eficaces y frontales en la prevención y el combate a la corrupción, y tomando en cuenta
que esta Secretaría está facultada para establecer normas, directrices, políticas, estrategias, acciones y medidas
que le permitan verificar el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y que rijan el actuar de
aquellos que intervienen en procedimientos que impliquen la entrega de recursos públicos, he tenido a bien emitir
el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS,
OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto expedir el Protocolo de actuación que deben
observar los servidores públicos de las dependencias y entidades inscritos en el registro que la Secretaría de la
Función Pública lleva de quienes participan en las contrataciones públicas, así como en el otorgamiento y prórroga
de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, y aquellos que funjan como residentes de obra en los
contratos de obra pública y de servicios relacionados con las mismas, en su contacto con los superintendentes de
construcción, conforme al Anexo Primero, y en su caso, aplicar los formatos que deberán utilizarse para que los
particulares formulen un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de
posibles conflictos de interés, conforme al Anexo Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Acuerdo por parte de los servidores
públicos, será causa de responsabilidad administrativa en términos de lo establecido en la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
ARTÍCULO TERCERO.- La aplicación del presente Acuerdo debe realizarse sin perjuicio del cumplimiento de
las disposiciones jurídicas que regulen las contrataciones públicas, el otorgamiento y prórroga de licencias,
permisos, autorizaciones y concesiones.
La inobservancia de alguna de las previsiones contenidas en este Acuerdo, no afectará por sí misma la validez
jurídica de los actos a que se refiere el párrafo anterior.
ARTÍCULO CUARTO.- La información que se obtenga, genere o resguarde por las dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal, con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, estará sujeta a lo
establecido en las disposiciones en las materias de archivos, protección de datos personales, transparencia y
acceso a la información pública.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 92 de 111
ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de la Función Pública podrá aplicar los mecanismos que le permitan
evaluar el cumplimiento del presente Acuerdo, incluyendo la realización de encuestas a los particulares que
establecieron contacto con servidores públicos.
ARTÍCULO SEXTO.- La interpretación para efectos administrativos y la resolución de los casos no previstos
corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Subsecretaría de Responsabilidades
Administrativas y Contrataciones Públicas en el caso del Anexo Primero, y de la Unidad Especializada en Ética y
Prevención de Conflictos de Interés en el caso del Anexo Segundo.
La Secretaría de la Función Pública, por conducto de las unidades administrativas correspondientes, brindará
capacitación, asesoría y apoyo a las personas que lo requieran con relación a la implementación de los Anexos de
este Acuerdo, y a los particulares en el llenado del formato a que se refiere el Anexo Segundo, inclusive mediante
tutorial en línea o personalmente según los datos de contactos disponibles en la dirección electrónica
xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- La Secretaría de la Función Pública y los correspondientes órganos internos de control,
vigilarán el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a los treinta días naturales siguientes al de su publicación en
el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, contarán con un plazo de un
año contado a partir de la fecha de publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para dar
total cumplimiento al presente Acuerdo y su Anexo Primero.
Los órganos internos de control de las dependencias y entidades verificarán el avance en el cumplimiento de
las disposiciones señaladas en el párrafo anterior, para lo cual elaborarán semestralmente un informe.
La determinación de los casos e instrumentación de los formatos a que se refiere el Anexo Segundo del presente
Acuerdo corresponderá a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, la cual deberá
comunicar la disponibilidad de los mismos y los lineamientos de casos, a más tardar a los cuatro meses de la
entrada en vigor de las disposiciones jurídicas por las que se cree y se le confieran atribuciones.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a los 19 días del mes xx xxxxxx de 2015.- El Secretario de la Función Pública, Xxxxxxxx Xxxxxxx
Xxxxxxxx.- Rúbrica.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 93 de 111
Anexo Primero
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA
DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
Sección I
Aspectos Generales
1. Este Protocolo tiene por objeto establecer los lineamientos generales que deberán observar los servidores
públicos a que se refiere el artículo Primero del Acuerdo.
2. Para los efectos del presente Protocolo, se entenderá por:
I. Contacto con particulares: Comunicación a través de cualquier medio entre particulares y los
servidores públicos sujetos a este Protocolo;
II. Contrataciones públicas: Los actos a partir de las autorizaciones o dictámenes previos para realizar
los procedimientos de contratación hasta la conclusión de los mismos, sujetos a la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), la Ley de Asociaciones Público Privadas (XXXX),
así como los actos relativos a las enajenaciones de bienes muebles de las dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales.
Entre los actos y autorizaciones previas a que se refiere el párrafo anterior se encuentran
comprendidos los siguientes:
Dictamen sobre la viabilidad del proyecto de asociación público privada (artículo 21 de la XXXX).
En el caso de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial de Gasto Público,
Financiamiento y Desincorporación, incluye los documentos que sirvan de base para
pronunciarse sobre la autorización del proyecto de asociación público privada y la autorización
misma (artículo 21 de la XXXX).
Autorización del pago de servicios en los que no sea posible pactar que el costo sea cubierto
después de la prestación del servicio (artículo 13, último párrafo de la LAASSP).
Autorización del proyecto ejecutivo, incluyendo en su caso, el dictamen técnico que justifique
que las obras son de gran complejidad (artículos 24, último párrafo de la LOPSRM, y 23,
segundo párrafo del Reglamento de la LOPSRM).
Dictamen de excepción a la licitación pública (artículos 22, fracción II de la LAASSP y 25,
fracción III de la LOPSRM).
El escrito de autorización para realizar una adjudicación directa en lugar de una invitación a
cuando menos tres personas, en el caso de las contrataciones por xxxxx (artículo 42, párrafo
segundo de la LAASSP).
III. Dependencias: Las Secretarías de Estado incluyendo a sus órganos administrativos
desconcentrados, los órganos reguladores coordinados en materia energética, la Consejería Jurídica
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 94 de 111
del Ejecutivo Federal, la Oficina de la Presidencia de la República y la Procuraduría General de la
República;
IV. Entidades: Los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y
fideicomisos públicos que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
sean considerados entidades paraestatales, y
V. Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones: Los procedimientos para el otorgamiento y
prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones incluyendo, en su caso, sus actos
previos, que regulen los diversos ordenamientos jurídicos aplicables.
Sección II
Reglas generales para el contacto con particulares
3. Los servidores públicos en su contacto con los particulares, deberán conducirse con diligencia, rectitud,
imparcialidad, honradez, legalidad y respeto, así como atender estrictamente las disposiciones jurídicas
que regulan sus obligaciones, el conflicto de interés y los casos en que deberán abstenerse de intervenir
y de excusarse para conocer de determinados asuntos.
4. En el caso del contacto del residente de obra con el superintendente de construcción, para efectos de
cumplimiento del presente Protocolo, aquél deberá únicamente registrar en la bitácora correspondiente,
cualquier reunión que lleve a cabo con este último y el propósito de la misma.
5. Cuando los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de contrataciones públicas, así
como en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, tengan
conocimiento de actos u omisiones de particulares o de otros servidores públicos que comprometan la
actuación con la que deben desempeñarse en sus empleos, cargos o comisiones, esto es, que resulten
contrarias a los principios que rigen el servicio público, deberán hacerlo del conocimiento del Titular del
Órgano Interno de Control y, en su caso, del área jurídica de la dependencia o entidad de que se trate, a
efecto de que se tomen las medidas que resulten conducentes.
6. Las dependencias y entidades deberán informar a los particulares al inicio del procedimiento de que se
trate o en el primer contacto con motivo de éste, lo siguiente:
a) Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el presente Protocolo y
que éste puede ser consultado en la página de internet de la Secretaría de la Función Pública, e
indicar la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación;
b) Que las comunicaciones telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos
videograbados, así como que dicha información podrá ponerse a disposición de las autoridades
encargadas de verificar la legalidad de las contrataciones públicas, licencias, permisos,
autorizaciones y concesiones y ser utilizada como elemento de prueba;
c) Que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos
y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, y
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 95 de 111
d) El derecho que tienen de presentar queja o denuncia, ante el Órgano Interno de Control
correspondiente, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los
servidores públicos.
7. Los servidores públicos deberán adoptar medidas para proteger los datos personales de los particulares,
asegurándose de señalarles cuál es el propósito de recabarlos y solicitar su consentimiento de manera
expresa, por escrito o cualquier medio de autenticación, para el caso de que terceras personas accedan
a dichos datos.
8. En las comunicaciones telefónicas, reuniones, visitas y actos públicos los servidores públicos deberán
grabar las primeras y videograbar las demás. En las videograbaciones se registrará la fecha y la hora de
inicio y conclusión, del acto respectivo.
El dispositivo en el que se almacenen las grabaciones y videograbaciones formará parte del expediente
de contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones de que se trate.
Para el caso de las comunicaciones telefónicas y las reuniones, deberán obtener del particular su
consentimiento tácito o expreso, así como señalarle que se entenderá que hay consentimiento tácito
cuando continúe la conversación telefónica, o su presencia en las reuniones de que se trate. De no existir
consentimiento del particular la comunicación telefónica o la reunión no podrá continuarse y el servidor
público informará al particular dicho impedimento.
En el caso de las visitas y actos públicos no se requerirá el consentimiento del particular para
videograbarlos, en tanto que los mismos son de orden e interés públicos.
Tratándose de exámenes o evaluaciones médicas que se requieran para las licencias, permisos,
autorizaciones y concesiones, se estará a lo que dispongan los protocolos de actuación médica aplicables.
9. El contacto con particulares deberá llevarse a cabo a través de los medios de comunicación que provea
la dependencia o entidad o en sus inmuebles, según corresponda, salvo en los casos señalados en el
numeral 15 del presente Protocolo.
10. El contacto con particulares se efectuará preferentemente por escrito (en medios físicos o electrónicos)
con la finalidad de que exista constancia del asunto, sin perjuicio de lo señalado por las disposiciones
jurídicas aplicables.
11. Los servidores públicos deberán llevar un registro de las comunicaciones telefónicas y reuniones, en el
cual consignarán por lo menos: fecha, hora, el objeto de la reunión o comunicación telefónica y, en su
caso, lugar de la reunión o número telefónico del servidor público en que se recibió la comunicación.
Sección III
Celebración de Reuniones
12. Salvo lo dispuesto por las disposiciones legales o reglamentarias aplicables, para la celebración de
reuniones con los particulares deberá mediar cita previa y el servidor público dará aviso a su superior
jerárquico. En las reuniones estarán presentes al menos dos servidores públicos de las áreas relacionadas
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 96 de 111
con las contrataciones públicas o licencias, permisos, autorizaciones y concesiones de que se trate,
mismos que podrán o no estar inscritos en el registro a que se refiere el Artículo Primero, inciso a) del
Acuerdo.
13. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la
dependencia o entidad correspondiente, al menos con dos días hábiles de anticipación a la celebración
de las reuniones, salvo que no sea posible hacerlo en dicho plazo, debiendo el servidor público señalar en
el escrito de aviso las circunstancias de modo, tiempo y lugar que lo impidieron.
En el aviso a que se refiere el párrafo anterior, se señalará lugar, fecha, hora, el objeto de la reunión y la
información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se
trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista a la reunión.
14. De cada reunión se levantará una minuta que deberá ser firmada por los participantes y contendrá al
menos: la fecha, la hora de inicio y de conclusión, los nombres completos de todas las personas que
estuvieron presentes y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participaron, así como los temas
tratados. La minuta deberá integrarse al expediente respectivo y una copia de la misma se enviará al
Titular del Órgano Interno de Control correspondiente, en un plazo no mayor a dos días hábiles contados
a partir de su formalización.
Sección IV
Visitas
15. Cuando en las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones resulte
necesario conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables, realizar visitas a los inmuebles relacionados
con las mismas, se deberá tomar en consideración además de lo señalado en dichos ordenamientos, lo
siguiente:
I. La visita se llevará a cabo en la fecha y hora que se señale en los documentos que establezcan las
bases del procedimiento específico cuando sea el caso, o bien, en la que el servidor público haya
comunicado a los particulares;
II. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control
de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la
realización de la visita, señalando el lugar, fecha, hora, objeto de la misma y la información
relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate;
el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista a la visita;
III. Al inicio de cada visita el servidor público responsable del acto deberá identificarse ante todos los
asistentes, a quienes pedirá que se registren en la lista que al efecto se elabore, asentando cuando
menos sus nombres completos y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participan, y
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 97 de 111
IV. De cada visita se levantará una minuta que deberá ser firmada por los participantes y contener al
menos: la fecha, la hora de inicio y de conclusión, los nombres completos de todas las personas que
estuvieron presentes y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participan, así como los temas
tratados. La minuta deberá integrarse al expediente respectivo y una copia de la misma se enviará
al Titular del Órgano Interno de Control correspondiente, en un plazo no mayor a dos días hábiles
contados a partir de su formalización.
Sección V
Actos públicos
16. Cuando en las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones resulte
procedente la realización de actos públicos, en términos de los ordenamientos jurídicos aplicables, se
deberá tomar en consideración lo siguiente:
I. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control
de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la
realización del acto público, señalando el lugar, fecha, hora, objeto del mismo y la información
relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate;
el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista al acto;
II. Al inicio del acto el servidor público responsable deberá identificarse ante todos los asistentes, a
quienes pedirá que se registren en la lista que al efecto se elabore, asentando cuando menos sus
nombres completos y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participan, y
III. El servidor público que presida el acto informará a los participantes que una vez iniciado el mismo
no se permitirá el acceso a ninguna otra persona, o servidor público ajeno al acto.
Sección VI
Procedimientos deliberativos
17. Cuando en los procedimientos de contrataciones públicas o licencias, permisos, autorizaciones y
concesiones existan procedimientos deliberativos, tales como evaluaciones y análisis de información, los
servidores públicos se abstendrán de proporcionar información, previo a la notificación de la resolución
correspondiente.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 98 de 111
Anexo Segundo
FORMATOS QUE DEBERÁN UTILIZAR LOS PARTICULARES PARA MANIFESTAR VÍNCULOS Y POSIBLES
CONFLICTOS DE INTERÉS
1. En los procedimientos de contrataciones públicas, de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos,
autorizaciones y concesiones, los particulares deberán presentar un manifiesto de sus vínculos o
relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés, con los
servidores públicos que tengan los cargos que a continuación se indican, incluyendo a sus cónyuges y
parientes en primer grado:
I. Presidente de la República;
II. Secretarios de Estado;
III. Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal;
IV. Procurador General de la República;
V. Subprocuradores o Titulares de Fiscalías Especializadas;
VI. Titulares de los Órganos Reguladores Coordinados;
VII. Subsecretarios;
VIII. Consejeros Adjuntos;
IX. Oficiales Mayores;
X. Titulares de Unidad;
XI. Directores Generales;
XII. Titulares de órganos administrativos desconcentrados;
XIII. Directores Generales, Gerentes, Subgerentes, Directores o integrantes de los órganos de gobierno
o de los comités técnicos de entidades paraestatales y Empresas Productivas del Estado, y
XIV. Los que intervienen en las contrataciones públicas y en el otorgamiento y prórroga de licencias,
permisos, autorizaciones y concesiones, frente a los particulares, incluidos en el Registro que al
efecto lleva la Secretaría de la Función Pública.
La presentación del manifiesto de vínculos o relaciones incluirá a los servidores públicos que desempeñen
un puesto, cargo, comisión o funciones equivalentes, homólogos o adjuntos a los referidos en las
fracciones VII a XII de este artículo.
2. El manifiesto de vínculos o relaciones deberá presentarse cuando por sí, o a través de su representante
legal, las personas físicas x xxxxxxx, intervengan en:
I. Contrataciones públicas, y
II. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
El manifiesto de vínculos o relaciones se presentará previo al inicio de los procedimientos señalados en
las fracciones anteriores y será solicitado por los servidores públicos encargados de tramitarlos.
3. Quienes formulen el manifiesto de vínculos o relaciones deberán declarar bajo protesta de decir verdad,
el vínculo o la relación personal, de parentesco consanguíneo o por afinidad hasta el primer grado, o de
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 99 de 111
negocios con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública Federal, y en
especial con los señalados en el artículo Primero de este Acuerdo, y las personas siguientes:
I. El propio declarante y su cónyuge, ascendientes y descendientes;
II. Los integrantes del consejo de administración o administradores de la persona moral que
representa;
III. Director o gerente general o funcionario de los tres niveles inferiores a cualquiera de éstos, o
IV. Las personas físicas que posean directa o indirectamente el control de al menos el 10% de los
títulos representativos del capital social de la persona moral que representa.
En el caso de los representantes de las personas xxxxxxx que intervengan en los procedimientos a que
hace referencia el numeral 2 del presente Anexo, la manifestación de vínculos o relaciones la realizarán
con base en la información recabada por la administración o dirección de la persona moral que
representen.
4. El manifiesto de vínculos o relaciones se presentará mediante el formato e instructivo adjunto y que forma
parte del presente Anexo.
El formato se encontrará disponible a través de la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, siendo
este medio remoto de comunicación electrónica el único para presentarlo ante la Secretaría de la Función
Pública.
5. Los servidores públicos que estén a cargo de la asignación o resolución de los procedimientos o solicitudes
señalados en el numeral 2 del presente Xxxxx, deberán tomar en consideración la opinión razonada que
sobre el manifiesto realice la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés.
Los comités a que se refieren los artículos 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, y 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas,
respectivamente, estarán obligados a considerar al resolver el procedimiento de contratación de que se
trate, la opinión razonada mencionada en el párrafo anterior.___________________________
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 100 de 111
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
ACUERDO por el que se modifica el diverso que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas,
otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones. (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL
DE LA FEDERACIÓN EL 00 XX XXXXXXX XX 0000)
Xx xxxxxx un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37,
fracciones VI, XIX, XXV y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo
Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 1, 2, 3,
fracción III, 7, 8, fracciones VI, XI, XII y XIII, 40 y 48 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos; 5, 6, fracciones I, V y XXIV, y 17 BIS del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función
Pública, y
CONSIDERANDO
Que el 20 xx xxxxxx de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se expide
el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos,
autorizaciones y concesiones”, el cual prevé como parte de su objeto la aplicación de los formatos que deberán
utilizarse para que los particulares formulen un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, personales o
familiares con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública Federal y aquellos que
intervienen en los procedimientos materia del Acuerdo, así como de posibles conflictos de interés, estableciéndose
en el Anexo Segundo de dicho ordenamiento jurídico los términos para ello, encomendándose la determinación de
los casos y la instrumentación de los formatos a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de
Interés y previéndose que ésta comunicará la disponibilidad de los formatos y los lineamientos de casos, a más
tardar a los cuatro meses de la entrada en vigor de las disposiciones jurídicas por las que se cree y se le confirieran
atribuciones;
Que el objeto del Acuerdo a que se refiere el considerando que antecede, fue motivado por la necesidad de
constituir un esfuerzo conjunto entre ciudadanía y gobierno para el fortalecimiento de la ética y la integridad en el
servicio público que permita, entre otras acciones, contar con un mecanismo que contribuya a que esta Secretaría
verifique las declaraciones de posible conflicto de interés de los servidores públicos, en ciertos casos, con un
documento equivalente en el que los particulares manifiesten sus vínculos o relaciones de negocios, personales o
familiares con servidores públicos;
Que el 20 de octubre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública”, el cual
adiciona un artículo 17 BIS al citado Reglamento para prever la existencia de la Unidad Especializada en Ética y
Prevención de Conflictos de Interés y establecer sus atribuciones, entre las cuales destacan las relativas a formular
y someter a la consideración del Secretario los proyectos de políticas, lineamientos, estrategias y demás
instrumentos de carácter general, para establecer acciones en materia de ética e integridad a fin de prevenir
conductas contrarias a las disposiciones que rigen el ejercicio de la función pública, así como conflictos de interés
de los servidores públicos de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus funciones; así como realizar
investigaciones para emitir opinión respecto de la posible actualización de conflictos de interés de los servidores
públicos;
Que atendiendo a los razonamientos que motivaron el objeto del Acuerdo a que se refiere el considerando
primero del presente ordenamiento jurídico y tomando en cuenta las facultades que ya le fueron conferidas a la
Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, resulta necesario, por un lado, que bajo un
xxxxx colaborativo se proporcione a los particulares las mayores facilidades que impliquen los menores costos
operativos, a efecto de incentivar a que manifiesten sus vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales,
personales o de parentesco con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 101 de 111
Federal y con aquellos que intervengan en los procedimientos de contrataciones públicas y de otorgamiento y
prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, y por el otro, que la información que se recabe esté
alineada a la legislación aplicable y sea accesible y útil a las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal para identificar y evitar conflictos de interés en los procedimientos señalados;
Que para el logro de los propósitos mencionados en el considerando anterior, es necesario realizar diversas
modificaciones al Acuerdo referido en el primer considerando de este ordenamiento jurídico, las cuales propiciaran
en mayor medida la participación de la sociedad en los esfuerzos que realiza el Gobierno de la República
particularmente en materia de ética, integridad y prevención de conflictos de interés en el ejercicio de la función
pública y, en general, en la prevención y el combate a la corrupción, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO QUE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE
CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y
CONCESIONES
ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos Primero, Sexto, Séptimo y Segundo Transitorio, así como
los Anexos Primero y Segundo, y se ADICIONAN el artículo Octavo y un artículo Tercero Transitorio, todos ellos
del “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y
prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, publicado el 20 xx xxxxxx de 2015 en el Diario
Oficial de la Federación, para quedar como sigue:
“ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto:
I. Expedir el Protocolo de Actuación que, conforme al Anexo Primero, deberán observar:
a) Los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Función Pública de quienes participan en las
contrataciones públicas, así como en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos,
autorizaciones y concesiones, en su contacto con particulares, y
b) Los servidores públicos que funjan como residentes de obra en los contratos de obra pública y de
servicios relacionados con las mismas en su trato con los superintendentes de construcción, y
II. Establecer, conforme al Anexo Segundo, los mecanismos a través de los cuales los particulares podrán
formular, un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de
parentesco en los procedimientos de contrataciones públicas, de otorgamiento y prórroga de licencias,
permisos, autorizaciones y concesiones.
ARTÍCULO SEGUNDO.- …
ARTÍCULO TERCERO.- …
ARTÍCULO CUARTO.- …
ARTÍCULO QUINTO.- …
ARTÍCULO SEXTO.- La interpretación para efectos administrativos del presente Acuerdo y la resolución de los
casos no previstos en el mismo, corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad
Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con la previa opinión que, en su caso, corresponda a
otras unidades administrativas de esta Secretaría.
La Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con la intervención que corresponda a
otras unidades administrativas de esta Secretaría, brindará asesoría a las dependencias y entidades para la
implementación de los Anexos del presente Acuerdo.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 102 de 111
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Para emitir opinión respecto de la posible actualización de conflictos de interés, la
Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés realizará la investigación de los datos
contenidos en la declaración de posible conflicto de interés rendida por servidores públicos, para lo cual podrá
requerir a la unidad administrativa competente de esta Secretaría el apartado de dicha declaración.
ARTÍCULO OCTAVO.- La Secretaría de la Función Pública y los correspondientes órganos internos de control,
vigilarán el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- ...
SEGUNDO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal implementarán las acciones
a que se refiere el Anexo Primero del “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de
contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, en la forma
siguiente:
I. A partir del 22 xx xxxxx de 2016, se deberá dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en el Anexo
Primero, con excepción de las señaladas en la fracción II del presente artículo, y
II. A partir xx xxxxx de 2017, darán cumplimiento a lo previsto en los numerales 6, inciso b) y 8 del Anexo
Primero.
TERCERO.- A más tardar en el mes xx xxxxx de 2017, la Unidad Especializada en Ética y Prevención de
Conflictos de Interés, con la intervención que corresponda a otras unidades administrativas de la Secretaría, deberá:
I. Incluir en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx, el listado
de licencias, permisos y autorizaciones a los que se refiere el numeral 6, inciso b) del Anexo Primero.
II. Diseñar e implementar el sistema electrónico que estará disponible en la liga mencionada en la fracción
anterior, a fin de que los particulares formulen el manifiesto a que se refiere el Anexo Segundo.”
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 17 días del mes de febrero de 2016.- El Secretario, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.-
Rúbrica.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 103 de 111
Anexo Primero
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y
PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
Sección I
Aspectos Generales
1. …
2. …
Sección II
Reglas generales para el contacto con particulares
3. …
4. …
5. …
6. Las dependencias y entidades deberán informar a los particulares al inicio del procedimiento de que se trate
o en el primer contacto con motivo de éste, lo siguiente:
a) Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el presente Protocolo y que
éste puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el
portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx; asimismo, los
servidores públicos deberán informar a los particulares la fecha de la publicación de este Protocolo en el
Diario Oficial de la Federación;
b) Que a fin de promover las mejores prácticas en materia de combate a la corrupción y prevención de
conflictos de interés, en los procedimientos que a continuación se enuncian, las comunicaciones
telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos videograbados; así como que esa
información podrá ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de dichos
procedimientos y podrá ser utilizada como elemento de prueba:
i. Contrataciones públicas;
ii. Otorgamiento y prórroga de concesiones, y
iii. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones que enliste la Unidad Especializada
en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, en la liga xxx.xxx.xx/xxx
c) ...
d) Que tienen derecho a presentar queja o denuncia ante el Órgano Interno de Control correspondiente, por
el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos.
7. …
8. En los procedimientos que se señalan en el numeral 6, inciso b) de este Anexo, los servidores públicos
deberán grabar las comunicaciones telefónicas y videograbar las reuniones, visitas y actos públicos.
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 104 de 111
...
...
...
...
...
9. …
10. …
11. …
Sección III
Celebración de Reuniones
12. …
13. …
14. …
Sección IV
Visitas
15. …
Sección V
Actos públicos
16. Cuando en las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones resulte
procedente la realización de actos públicos, en términos de los ordenamientos jurídicos aplicables, se
deberá tomar en consideración lo siguiente:
I. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control
de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la
realización del acto público, señalando el lugar, fecha, hora, objeto del mismo y la información
relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate;
el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista al acto.
Tratándose del otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones, la disposición
prevista en el párrafo anterior será aplicable únicamente a los procedimientos que se encuentren
enlistados en la liga xxx.xxx.xx/xxx.
II. …
III. …
Sección VI
Procedimientos deliberativos
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 105 de 111
17. …
Anexo Segundo
MANIFIESTO QUE PODRÁN FORMULAR LOS PARTICULARES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE
CONTRATACIONES PÚBLICAS, DE OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS,
AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
1. Para los efectos del presente Anexo se entenderá por:
I. Contrataciones públicas: los procedimientos de contratación sujetos a la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas, la Ley de Asociaciones Público Privadas, así como los actos relativos a las
enajenaciones de bienes muebles de las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales;
II. Dependencias: las definidas en el numeral 2, fracción III, del Anexo Primero;
III. Entidades: las definidas en el numeral 2, fracción IV, del Anexo Primero;
IV. Sistema: el sistema electrónico a través del cual los particulares podrán formular el manifiesto a que
se refiere el numeral 2 del presente Anexo, disponible en la sección de la Secretaría de la Función
Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga
xxx.xxx.xx/xxx, y
V. UEEPCI: la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de
la Función Pública.
2. Los particulares personas físicas que se encuentren en los supuestos previstos en el numeral 4 de este
Xxxxx, podrán formular un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios,
laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado
que tengan la propia persona, con el o los servidores públicos a que se refiere el número 5 del presente
Anexo.
3. Los particulares personas xxxxxxx que se encuentren en los supuestos previstos en el numeral 4 de este
Xxxxx, podrán formular un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios,
laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado
que tengan las personas que a continuación se señalan, con el o los servidores públicos a que se refiere
el número 5 del presente Anexo:
a) Integrantes del consejo de administración o administradores;
b) Director general, gerente general, o equivalentes;
c) Representantes legales, y
d) Personas físicas que posean directa o indirectamente cuando menos el diez por ciento de los
títulos representativos del capital social de la persona moral.
4. A fin de fomentar las mejores prácticas en la prevención de conflictos de interés, los particulares formularán
el manifiesto por única vez cuando tengan la intención de participar en los siguientes procedimientos:
I. Contrataciones públicas;
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 106 de 111
II. Otorgamiento y prórroga de concesiones, y
III. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones que se encuentren enlistados en
la liga xxx.xxx.xx/xxx.
5. El manifiesto incluirá los vínculos o relaciones entre el particular y los servidores públicos que a
continuación se indican:
I. Presidente de la República;
II. Secretarios de Estado;
III. Jefe de la Oficina de la Presidencia de la República;
IV. Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal;
V. Procurador General de la República;
VI. Titulares de entidades;
VII. Titulares de órganos reguladores coordinados;
VIII. Subprocuradores o titulares de fiscalías especializadas;
IX. Comisionados adscritos a órganos reguladores coordinados;
X. Subsecretarios, oficiales mayores, consejeros adjuntos, titulares de órganos administrativos
desconcentrados, titulares de unidad y directores generales en las dependencias;
XI. Directores generales, gerentes, subgerentes, directores o integrantes de los órganos de gobierno o
de los comités técnicos de las entidades, y
XII. Personal que interviene en contrataciones públicas, en el otorgamiento y prórroga de licencias,
permisos, autorizaciones y concesiones, incluidos en el Registro que lleva la Secretaría de la Función
Pública.
6. Los particulares formularán el manifiesto a través de la dirección electrónica xxx.xxx.xx/xxx, siendo este
medio electrónico de comunicación el único para presentarlo. El Sistema generará un acuse de
presentación del manifiesto. A través de dicho medio electrónico los particulares podrán también denunciar
presuntos conflictos de interés de los que tengan conocimiento, enunciando las pruebas con las que en
su caso cuenten.
7. El particular podrá actualizar en cualquier momento la información contenida en el manifiesto cuando
cambien sus vínculos y relaciones con los servidores públicos señalados en el numeral 5 del presente
Anexo.
8. Los servidores públicos titulares de las áreas responsables de llevar los procedimientos de contrataciones
públicas y otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, deberán verificar
en el Sistema, respecto de su dependencia o entidad, los manifiestos de vínculos o relaciones presentados
por los particulares, a fin de tomar las medidas necesarias para prevenir posibles conflictos de interés. En
caso de duda, dichos servidores públicos podrán solicitar a través del Sistema la opinión razonada de la
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 107 de 111
UEEPCI, la cual dará respuesta a través del citado medio electrónico, dentro de los siete días hábiles
contados a partir de que reciba la solicitud.
9. La UEEPCI podrá emitir opiniones razonadas sobre los manifiestos de vínculos o relaciones presentados
por los particulares, con base en la información del Sistema o de otros elementos de juicio que se xxxxxxx,
a fin de que sean consideradas conforme al ámbito de sus responsabilidades, por los servidores públicos
titulares de las áreas responsables de llevar los procedimientos de contrataciones públicas y otorgamiento
y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
10. Además de lo previsto en el numeral 4 fracción III de este Anexo, la UEEPCI mantendrá en la liga
xxx.xxx.xx/xxx, la información siguiente:
X. Xxxx para la operación del Sistema;
II. Respuestas a las preguntas más frecuentes;
III. Correo electrónico para la aclaración de dudas sobre el uso del Sistema, y
IV. Nombres y denominaciones sociales de los particulares que soliciten que se haga público que
presentaron el manifiesto.
______________________
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 108 de 111
ANEXO 16
NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE). El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciado en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada– en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de
los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos
relacionados con lavado de dinero y extradición). Las responsabilidades del sector privado contemplan:
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 109 de 111
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de
códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas
(doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el
carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o Número Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 110 de 111
promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna
de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en de la Ciudad de México en el momento de cometerse el delito, o no sea evaluable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en la Ciudad de México en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el de la Ciudad de México en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en de la Ciudad de México en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de
cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE COMPRANET LA-045000001-E32-2016 CONTRATACIÓN DE UN “ESTUDIO PARA ANALIZAR LA PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD FÍSICA EN LAS INSTALACIONES DEL SECTOR HIDROCARBUROS Y EMITIR RECOMENDACIONES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE COSTOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA LLEVA A CABO EN SUS PROCESOS DE REVISIÓN TARIFARIA”
Página 111 de 111
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le
requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.