O R D E N A N Z A Nº: 5897/18.-
X X X X X X X X X Xx: 5897/18.-
Ramallo, 26 de diciembre de 2018
V I S T O:
El Contrato de Locación de Obra a celebrarse entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx XXXXX; y
C O N S I D E R A N D O:
Que el mismo tiene como finalidad la contratación de una personas que cumplirá funciones en la Subsecretaría de Seguridad en tareas de adiestramiento de perros, capacitación de personal que se desempeñe como guías de canes, el asesoramiento respecto de las características y razas en las adquisiciones de perros para el Municipio.
Asimismo participará del Programa de Promoción y Capacitación de la Prevención de Zoonosis de Ciclo Urbano y Tenencia Responsable de animales de Compañía, aprobado por Ordenanza Nº 5847/18 y con el Programa de Mantenimiento y Entrenamiento de perros guías para la Policía xx Xxxxxxx;
Que en virtud de lo expuesto, se torna necesario dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE XX XXXXXXX, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE;
X X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Contrato de
-------------------- Locación de Obra con el Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx XXXXX - D.N.I. Nº
14.850.035 y la Municipalidad xx Xxxxxxx representada por el Sr. Intendente Municipal Dn. Xxxxx Xxxxx XXXXXXX – D.N.I. Nº 23.607.992 y que como Anexo I forma parte integral de la presente.
ARTÍCULO 2º) Facúltase a la Secretaría de Presupuesto y Hacienda de la Municipalidad
-------------------- xx Xxxxxxx, a crear, modificar y realizar todas las medidas presupuesta- rias pertinentes que resulten necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.
ARTÍCULO 3º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE XX XXXXXXX EN SESIÓN ORDINARIA DE PRÓRROGA DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DE 2018. -
XXXXXX XXXXXXXX XXXXX SECRETARIO
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
XXXXXX XXXXXXX PRESIDENTE
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ANEXO I
Ordenanza Nº: 5897/18 CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA
----- En la Ciudad xx Xxxxxxx, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires, a los ....... días del mes de ................ del año dos mil ………, entre la Municipalidad xx Xxxxxxx ( C.U.I.T. Nº 30-99904676-9 ) con domicilio en Av. Xxx Xxxxxx y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dn. XXXXX XXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº: 23.607.992, por una parte, y por la otra el Xx. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX, D.N.I. Nº: 14.850.035 , Instructor Xxxxxx y domiciliado en Xxxxxx Xxxxxxxx 1058 xx Xxxxxxx, se conviene formalizar el siguiente Contrato de Locación de Obra (Art. 148 L.O.M.) sujeto a las cláusulas y condiciones que se enuncian a continuación:
PRIMERO: El Xx. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX xxxxxxxx funciones en la Subsecre- taría de Seguridad y en tareas de adiestramiento de perros, capacitación de personal que se desempeñe como guías de canes, el asesoramiento respecto de las características y razas en las adquisiciones de perros para la Municipalidad xx Xxxxxxx. Asimismo participará del Programa de Promoción y Capacitación de la Prevención de Zoonosis de Ciclo Urbano y Tenencia Responsable de animales de Compañía, aprobado por Ordenanza Nº 5847/18 y con el Programa de Mantenimiento y Entrenamiento de perros guías para la Policía xx Xxxxxxx.- - SEGUNDO: El presente contrato rige por UN AÑO a partir del día 1º de Enero de 2019 y hasta el día 31 de Diciembre de 2019 inclusive, fecha en que quedará extinguida la relación contractual de hecho y de pleno derecho. En consecuencia el personal contrata- do queda expresa y debidamente notificado de la terminación de este Contrato de Locación, en la fecha antes indicada. TERCERO: Será de aplicación en todos los casos la siguiente reglamentación: El presen- te contrato, el DECRETO–LEY Nº 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades”, y las demás normas, circulares, Ordenanzas e instrucciones emanadas de los organismos nacionales, provinciales y/o municipales de competentes. El profesional deja expresa constancia de haber tomado debido conocimiento de que su remuneración no se establecerá arancelariamente sino por el monto contratado, exclusivamente, circunstancia que expresamente consiente en este acto, debiendo extender los recibos pertinentes, tomando a su exclusivo cargo el pago de los porcentajes por Ingresos Brutos y/o ganancias según corresponda. - CUARTO: El monto total del presente contrato de obra se establece en la suma total de Pesos DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE ($
285.714,00), suma que será liquidada en forma mensual, pagaderas del 1º al 10 de cada mes por la Tesorería Municipal, de la siguiente manera: DOCE (12) pagos mensuales y consecutivos de PESOS VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON CINCUENTA
CENTAVOS ($ 23.809,50) cada uno. Tal erogación será considerada como gasto de carácter especial en los términos del Artículo 32º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, a cuyos efectos se elevará el presente instrumento para su refrenda por parte del Honorable Concejo Deliberante. El pago del canon se asegura e instrumenta contra la entrega del recibo oficial correspondiente de acuerdo con la actividad autónoma que el mismo desarrolla, debiendo cumplir con las obligaciones tributarias correspon- dientes a la actividad que desarrolla - QUINTO: Queda expresamente aclarado que la relación entre las partes se limita estrictamente a lo pactado en el presente instrumento, y no da derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.------------------------------------------------------------
SEXTO: Las partes constituyen domicilio en los lugares más arriba indicados, sólo modi- ficable por comunicación fehaciente a la otra parte, y donde se reconocerán como válidas todas las notificaciones que emerjan de la presente relación laboral.------------------------------
SÉPTIMO: La Municipalidad podrá rescindir el presente contrato sin previo aviso, cuando medien motivos de incumplimiento en los trabajos encomendados al Xx. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX y/o cuando razones de servicio así lo aconsejen, sin tener que responder la Municipalidad con indemnización alguna, por los daños y perjuicios que pudieran alegarse como consecuencia del distracto anticipado, de cualquier índole que fuere
OCTAVO: En caso de que el distracto anticipado obedezca a decisión unilateral del per- sonal contratado, éste deberá permanecer en funciones por un plazo de TREINTA (30)
días a partir de la misma o hasta la expiración el contrato, si este último plazo resultare menor
NOVENO: El Xx. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX declara encontrarse en perfecto estado físico y psíquico, y que los servicios se prestarán a ciencia y conciencia del personal contratado, el que deberá actuar dentro de las prescripciones éticas y legales que hacen a su disciplina u oficio profesional, pero siempre teniendo como mira y finalidad el objeto del presente contrato y de la contratación de sus servicios efectuada por el locatario. El Xx. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX, atento la naturaleza del objeto del contrato, se obliga por medio de este instrumento a mantener confidencialidad respecto de las cuestiones inherentes o vinculadas a sus tareas. El incumplimiento de dicho deber facultará a la administración contratante a rescindir el presente.------------------------------------------------------
DÉCIMO: Deberá el Xx. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX contratar y asumir a su cargo un seguro de accidentes personales ante Compañía Aseguradora reconocida, siendo su omisión causal de rescisión del presente contrato. La Municipalidad se reserva el derecho de requerir al personal contratado que se la constituya como beneficiaria de dicha Póliza.-
------------En prueba de conformidad y a un sólo efecto, se suscriben TRES (3) ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-------------------------