INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE REGISTRO EN COMPRANET IA-020VUY001-E42-2022IA-020VUY001-E42-2022 CONVOCATORIA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE REGISTRO EN COMPRANET
IA-000XXX000-E42-2022IA-000XXX000-E42-2022
CONVOCATORIA
“ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”
DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES.
Conforme a lo establecido en el Protocolo, El Instituto Mexicano de la Juventud convoca a los particulares interesados en el presente procedimiento de contratación e informa lo siguiente:
Los servidores públicos en el contacto con particulares observarán el Protocolo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 20 xx xxxxxx de 2015, modificaciones de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x Xxxxxxx que Modifica el Protocolo de 28 de febrero de 2017, consultables en la página de la SFP, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx.
Los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. En apego a los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales para el Sector Público, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
Tienen derecho a presentar queja o denuncia por el incumplimiento de obligaciones a través de contacto con los servidores públicos, ante el OIC del Instituto Mexicano de la Juventud, o bien, a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas (SIDEC), establecido mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 9 de diciembre de 2015.
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica
I N D I C E
Del Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones 01
CAPITULO I |
Datos Generales del Procedimiento de Contratación. |
03 |
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a) Nombre de la entidad convocante, área contratante y domicilio |
03 |
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b) Medio y carácter del procedimiento de contratación |
03 |
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c) Número de identificación de la convocatoria |
03 |
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d) Disponibilidad del recurso |
04 |
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e) Idioma de las proposiciones |
04 |
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f) Disponibilidad presupuestal |
04 |
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g) Otras disposiciones |
04 |
CAPITULO II |
Objetivo y Alcance del Procedimiento de Contratación |
04 |
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a) Descripción del servicio |
04 |
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b) Adjudicación del procedimiento |
05 |
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c) Normas de calidad |
05 |
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d) Tipo de contrato |
05 |
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e) Modalidad de contratación |
05 |
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f) Modelo de contrato. |
05 |
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g) Vigencia del contrato |
05 |
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h) Vigencia del servicio |
05 |
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i) Lugar y forma de la prestación del servicio |
06 |
CAPITULO III |
Formas y términos que regirán los diversos actos del procedimiento |
07 |
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a) Modalidad de contratación |
07 |
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b) Fecha y hora de los distintos actos |
07 |
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07 |
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07 |
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07 |
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09 |
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c) Firma del Contrato |
09 |
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d) Garantía de cumplimiento |
12 |
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e) Condiciones de pago |
13 |
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f) Programa xx xxxxxxx productivas |
14 |
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g) Penas convencionales y deductivas de pago |
14 |
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h) Notificaciones al público en general |
17 |
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i) Causas para declarar desierta y/o cancelar el procedimiento de contratación, partidas o conceptos
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17 |
CAPITULO IV |
Requisitos que deberán cumplir los Invitados |
18 |
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a) Forma de presentación de las proposiciones |
18 |
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b) Requisitos técnicos |
20 |
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c) Requisitos económicos
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CAPITULO V |
Criterios de evaluación
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a) Criterios de evaluación |
22 |
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b) Causas de desechamiento de las propuestas |
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c) Criterios de desempate
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CAPITULO VI |
Documentos y datos de carácter legal y administrativo que deberán enviar los Invitados |
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CAPITULO VII |
Inconformidades |
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CAPITULO VIII |
Formatos para agilizar y facilitar la presentación de proposiciones |
00 |
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Xxxxxx |
00 |
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Modelo de contrato |
75 |
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, fracción II, 26 bis, fracción III, 28, fracción I, 36, 36 Bis, 41 fracción XX, y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (Ley); 35, 39, 81 y 85 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (Reglamento) , el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011, y las disposiciones aplicables, el Instituto Mexicano de la Juventud (en adelante “EL IMJUVE” o “INSTITUTO”), la Dirección de Recursos Humanos y Materiales, con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 06470, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, teléfono número 5515001300 extensión 1352; a través de la Subdirección de Recursos Materiales, celebrará el procedimiento de contratación Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de registro en CompraNet IA-000XXX000-E42-2022IA-000XXX000-E42-2022, a fin de llevar a cabo la contratación del “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”, asimismo, se hace constar que se cuenta con disponibilidad presupuestal en la partida 32303 “Arrendamiento de equipo de telecomunicaciones”, del servicio requerido:
CAPITULO I
DATOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Nombre de la entidad convocante, área contratante y domicilio.
La Dirección de Recursos Humanos y Materiales, a través de la Subdirección de Recursos Materiales del “INSTITUTO”, con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código. postal 06470, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, teléfono número 0000000000, extensión 1352.
Sólo podrán participar en el procedimiento de contratación Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, quienes hayan firmado el Contrato Xxxxx, que no se encuentran en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley, además cuenten con nacionalidad mexicana.
Medio y carácter del procedimiento de contratación.
El presente procedimiento de contratación es electrónico y de carácter Nacional, por lo que los interesados deberán participar a través de medios de comunicación electrónica (CompraNet), en el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo, en apego a lo establecido en los artículos 26 Bis, fracción II, 27 y 28, fracción I de la Ley.
Número de identificación de la convocatoria.
Número CompraNet IA-000XXX000-E42-2022, podrán participar personas físicas y xxxxxxx de nacionalidad mexicana, adheridas al Contrato Xxxxx.
Disponibilidad del recurso.
El presente procedimiento de contratación contempla recursos del ejercicio fiscal 2022.
Idioma de las proposiciones.
Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
Disponibilidad presupuestal.
Para llevar a cabo el presente procedimiento de contratación, se cuenta con la disponibilidad presupuestal asignada por la Dirección de Finanzas del “INSTITUTO”, según consta en la solicitud de suficiencia presupuestal número 043, partida 32303 “Arrendamiento de equipo de telecomunicaciones”.
Otras disposiciones.
A fin de dar cumplimiento a la Norma Mexicana para la Igualdad Laboral entre mujeres y hombres (NMX-R-025-SCFI-2015), en todos los casos donde se utilice un lenguaje que pudiera interpretarse como excluyente al género femenino, invariablemente deberá interpretarse y entenderse como incluyente e igual, tanto para hombres como para mujeres.
CAPITULO II
OBJETIVO Y ALCANCE DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Descripción del servicio.
• El arrendamiento de equipo para telefonía IP
Los equipos para telefonía IP deberán suministrar de acuerdo con lo especificado en las características técnicas e incluir como mínimo los elementos de hardware, software y funcionalidades requeridas en el anexo técnico.
La finalidad de la contratación es proporcionar a las áreas que la integran las herramientas tecnológicas en materia de telefonía IP, que permitan la interconexión para los servicios de Voz, Datos, bajo el protocolo IP, a fin de mantener la continuidad de los servicios que proporciona y, de esta manera, alcanzar las metas de “El IMJUVE” y mantener comunicación interna con los usuarios locales y externa con los jóvenes de México, dependencias de la APF, entre otros. y de conformidad con las características y condiciones establecidas en el Anexo T1 Anexo Técnico de la presente convocatoria.
Adjudicación del procedimiento.
El presente procedimiento de contratación se adjudicará la partida única a quien oferte las mejores condiciones para la convocante, la cual debe cumplir legal-administrativa, técnica y económicamente con todo lo solicitado en la presente convocatoria de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
Normas de calidad.
Los invitados deberán enviar un escrito en el que manifieste que el servicio que oferta cumple con las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas y a falta de estas, las Normas Internacionales o, en su caso, las Normas de referencias o especificaciones aplicables de conformidad con los dispuesto en el artículo 31 del Reglamento.
Tipo de contrato.
El contrato será abierto, en apego a lo establecido en los artículos 47 de la Ley, y 85 del Reglamento, y conforme a lo establecido en el contrato IMJ-ITP-026-2022.
Modalidad de contratación.
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica.
Modelo de contrato.
El modelo de contrato será de conformidad al ANEXO “MODELO DE CONTRATO”; no obstante, cabe señalar, que, en caso de presentarse discrepancias entre el modelo de contrato y las disposiciones contenidas en esta convocatoria, prevalecerán las disposiciones contenidas en ésta, de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del artículo 81 del Reglamento.
Vigencia del Contrato.
La vigencia del contrato será a partir de su suscripción y hasta el 31 de diciembre de 2022.
Vigencia del servicio
La vigencia de la prestación del servicio será a partir de la emisión del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2022.
Lugar y forma de la prestación del servicio
La instalación, configuración y puesta a punto de los bienes ofertados deberá ser realizada por parte del Proveedor y de común acuerdo con “EL IMJUVE”, éstas se realizarán en las instalaciones de “EL IMJUVE” en el domicilio ubicado en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 06470, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México o donde “EL IMJUVE” lo requiera.
• Para la instalación, configuración y puesta a punto de los bienes ofertados, el Proveedor deberá entregar un plan de trabajo al Administrador del Contrato de “EL IMJUVE”, quien aprobará dicho plan. “EL IMJUVE” determinará la ubicación física en donde se requiera instalar los equipos.
Los entregables se definen como la documentación que será responsabilidad del Proveedor entregarlos al Administrado del Contrato de “EL IMJUVE”.
Los Administradores de Contrato de “EL IMJUVE” y el representante designado por el Proveedor serán responsables de darle cumplimiento a lo establecido en el anexo técnico.
El Proveedor deberá entregar de forma electrónica, archivos con la relación en la que se indique marca, modelo y número de serie, así como las remisiones de entrega firmadas por el responsable de las áreas que designe el administrador del contrato de cada una de “EL IMJUVE” para la entrega de los equipos.
Dentro de los primeros quince (15) días hábiles posteriores a la adjudicación del contrato, el Proveedor deberá entregar lo siguiente:
• Cronograma de actividades
• El plan de trabajo detallado para la instalación, configuración y puesta a punto de los bienes ofertados para “EL IMJUVE”, con aprobación de las mismas. El plan de trabajo deberá incluir la definición, desarrollo y mantenimiento de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y puesta a punto.
• El Proveedor deberá entregar el procedimiento de recepción de reportes para la atención y resolución xx xxxxxx de los equipos dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del contrato.
• El proveedor deberá entregar una matriz de escalamiento que permita a “EL IMJUVE” contactar al personal designado por el proveedor para asegurar el cumplimiento conforme al anexo técnico. De igual manera, el proveedor deberá proporcionar un documento donde se plasme el procedimiento que seguirá para resolución de incidentes.
Memoria Técnica dentro de los primeros diez (10) días hábiles posteriores a la puesta en operación de los equipos de telefonía IP conteniendo lo siguiente:
• Relación de equipos utilizados para la implementación de la solución.
• Diagramas de conectividad. Los Diagramas se incluirán dentro de la memoria técnica en formato electrónico (Microsoft Office Visio).
• Registro de las pruebas de conectividad realizadas.
• El proveedor deberá incluir un acopia del resultado de los equipos de la solución implementada en medio magnético.
• El caso de sustitución de equipos o cambio de configuración en los mismos, la memoria técnica deberá ser actualizada por el proveedor.
Entregables mensuales
• Entrega dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la conclusión del mes que se pretende facturar, de los siguientes documentos:
o Relación total de equipos activos
o Reporte de incidencias.
CAPITULO III
FORMAS Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO
Modalidad de contratación.
El presente procedimiento de contratación NO contempla reducción de plazos. Los interesados en participar deberán observar las fechas y horarios establecidos para los distintos actos del procedimiento. Lo anterior, conforme lo indica el artículo 32 tercer párrafo de la Ley.
Fecha y hora de los distintos actos.
1. Obtención de la Invitación.
La invitación se podrá obtener, sin costo alguno para los interesados, a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, CompraNet, con dirección electrónica en Internet xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx
2. Junta de Aclaraciones.
En la presente Invitación no se llevará a cabo Junta de Aclaraciones, con fundamento en los artículos 43, fracción V de La Ley y 77, penúltimo párrafo del Reglamento, se recibirán sus solicitudes de aclaraciones a la presente Invitación a través de CompraNet, dentro de las 48 horas posteriores a la recepción de la Invitación; y se dará respuesta dentro de las 24 horas siguientes
3. Presentación y Apertura de Proposiciones.
Conforme a lo previsto en el artículo 35, fracción I de la Ley, el acto de presentación y apertura de proposiciones, se llevará a cabo 21 de julio de 2022, iniciando las 10:00 horas.
a) Los invitados generarán y enviarán sus proposiciones técnica y económica y demás documentación legal-administrativa a través de la plataforma CompraNet; acto seguido, se procederá a su apertura y se hará constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido. Cada oferente deberá enviar solo una opción dentro de su proposición.
b) Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, estas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de la presente Invitación hasta su conclusión.
c) Conforme al artículo 47 del Reglamento, a partir de la fecha y hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, se procederá a abrir las proposiciones y la documentación distinta de estas contenidas en la plataforma de CompraNet, acto seguido se procederá a revisar de manera cuantitativa, sin que esto signifique la evaluación de su contenido.
Asimismo, en el acta que se elabore se especificará cuáles fueron las propuestas recibidas.
d) Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas; se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo del presente procedimiento de contratación, fecha que deberá quedar comprendida dentro de los veinte días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. En apego al artículo 37 Bis de La Ley.
e) No se aceptará la participación de cualquier interesado que incorpore en la plataforma CompraNet su proposición técnica y económica y de más documentación legal-administrativa después de la hora señalada para iniciar el acto de presentación y apertura de propuestas.
f) Para la presente Invitación NO se aceptarán proposiciones conjuntas, con fundamento en lo señalado en el último párrafo del artículo 77 del Reglamento.
En el caso de que, durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la SHCP (CompraNet) o de “EL IMJUVE”, no sea posible abrir los archivos que contengan las proposiciones enviadas por medios de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
La SHCP podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las propuestas que obren en poder de la convocante.
Cuando los archivos en los que se contenga su propuesta tengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo, se tendrán por no enviadas sus proposiciones y la demás documentación requerida por la Convocante.
Se procederá a la revisión cuantitativa de los documentos que presenten los participantes, dejando constancia de su presentación, sin que en este acto se deseche alguna propuesta.
4. Fallo
Conforme a lo previsto en el artículo 37 de la Ley, la emisión de fallo será dado a conocer a través de la página de CompraNet, el 25 julio de 2022, a las 14:00 horas, dando a conocer el resultado de la evaluación realizada por la convocante y área requirente/técnica de los requerimientos objeto del presente procedimiento de contratación.
En dicho acto se informará el nombre de los invitados cuyas proposiciones se desecharon, manifestando las razones legales-administrativas, técnicas o económicas que sustentan tal determinación, e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla. Asimismo, se informará acerca de los oferentes cuyas proposiciones resultaron solventes y de aquel que resulto adjudicado, indicando las razones que motivaron la adjudicación de acuerdo con los criterios previstos en la invitación, así como la partida única y montos asignados.
Con el Fallo por la que se adjudica el Contrato, las obligaciones derivadas de este serán exigibles, sin perjuicio de las obligaciones de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el Fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 37 y 37 bis de la Ley, se levantará el acta respectiva y será difundirá a través de CompraNet.
Para efectos de notificación al público en general, se procederá conforme a lo señalado en el inciso h) del presente capítulo de esta convocatoria, denominado “Notificaciones al público en general”.
Firma del contrato.
En la firma del contrato respectivo, por ningún motivo se podrá negociar ninguna de las condiciones estipuladas en el presente procedimiento de contratación y enviadas en las propuestas técnicas y económicas del proveedor ganador o adjudicado.
Previo a la firma del contrato respectivo, el participante adjudicado deberá presentar en un plazo no mayor a tres días hábiles, contados a partir de la notificación del fallo, el original o copia certificada para su cotejo, acompañado de copia simple, de los documentos con los que acredite su existencia legal y las facultades legales de su representante para suscribir el contrato en comento, dentro del plazo de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo en la Subdirección de Recursos Materiales de la Dirección de Recursos Humanos y Materiales, con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx. 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 06470, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en horario de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas.
En este sentido, el proveedor adjudicado, ya sea persona física o moral, deberá presentar en la Subdirección de Recursos Materiales, original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo, de los siguientes documentos según corresponda:
EN CASO DE QUE EL CONTRATANTE SEA UNA PERSONA MORAL:
Acta constitutiva de la empresa con la que se formalizará el contrato y en su caso, de sus modificaciones estatutarias.
Instrumento público donde se acrediten las facultades del representante legal de la empresa (Poder para actos de administración y/o dominio que le permitan presentar la propuesta y en su momento suscribir el contrato).
Constancia de Situación Fiscal.
Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional) del representante legal y en caso de ser extranjero el documento con el cual demuestre su legal estancia en el país y que cuenta con la calidad migratoria idónea para ejercer las facultades que le fueron conferidas.
Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses, a nombre del invitado adjudicado
la Clave Interbancaria Estandarizada (CLABE) con dieciocho posiciones, que permita realizar transferencias electrónicas de fondos a través de los sistemas de pago, número y nombre de la sucursal en la que se apertura la cuenta, así como la plaza en la cual se localiza (Alcaldía política, ciudad, estado y en su caso municipio). Dicha institución financiera deberá estar registrada ante el Banco de México
En caso de no haber presentado dentro de su documentación legal y administrativa el requerimiento L7 (Anexo L7), el invitado adjudicado deberá presentar el documento expedido o escrito libre como lo indica en citado inciso.
EN CASO DE QUE EL CONTRATANTE SEA UNA PERSONA FÍSICA:
Acta de nacimiento.
Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional).
Cédula de Identificación Fiscal.
Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses.
Estado de cuenta del banco que contenga número de cuenta con once posiciones, así como la Clave Interbancaria Estandarizada (CLABE) con dieciocho posiciones, que permita realizar transferencias electrónicas de fondos a través de los sistemas de pago, número y nombre de la sucursal en la que se apertura la cuenta, así como la plaza en la cual se localiza (Alcaldía política, ciudad, estado y en su caso municipio). Dicha institución financiera deberá estar registrada ante el Banco de México
Carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad respectiva, en caso de ser de origen extranjero.
En caso de no haber presentado dentro de su documentación legal y administrativa el requerimiento L7 (Anexo L7), el invitado adjudicado deberá presentar el documento expedido o escrito libre como lo indica en citado inciso.
PARA EL CASO DE QUE LA PERSONA FÍSICA SEA REPRESENTADA POR UN TERCERO:
Original o copia certificada y copia simple para cotejo del instrumento público donde se acrediten las facultades del representante legal. (Poder para actos de administración y/o dominio).
Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional) del representante legal y en caso de ser extranjero el documento con el cual demuestre su legal estancia en el país y que cuenta con la calidad migratoria idónea para ejercer las facultades que le fueron conferidas.
Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses, a nombre del invitado adjudicado.
Conforme a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación vigente y en relación con la Regla 2.1.29, de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2022, si el contrato excede el monto de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el I.V.A. el invitado adjudicado deberá entregar en la Subdirección de Recursos Materiales, documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, esto previo a la firma del instrumento jurídico.
De conformidad con lo establecido en las Reglas Primera y Segunda del Anexo Único del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del I.M.S.S., relativo a las reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de febrero de 2015, el invitado adjudicado deberá entregar, previo a la firma del Instrumento jurídico, ante la Subdirección de Recursos Materiales, la opinión vigente y en sentido positivo del Instituto Mexicano del Seguro Social sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social, de no presentarlo no podrá formalizarse dicho contrato.
En caso, de que la persona oferente no se ubique en el supuesto anterior y tenga su personal bajo la figura del Outsourcing, deberá de entregar la opinión de cumplimiento de las obligaciones fiscales materia de seguridad social, mencionada en el párrafo anterior, de la persona con quien tenga celebrado el contrato, bajo dicha figura.
La persona oferente, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar la opinión favorable de cumplimiento de sus obligaciones en MATERIA DE APORTACIONES PATRONALES y entero descuento y no estar ubicados en alguno de los supuestos a que se refiere el primer párrafo del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, de conformidad con la Regla Primera del "ACUERDO RCA-5789-01/17, en la sesión ordinaria número 790 del Consejo de Administración del INFONAVIT celebrada, el veinticinco de enero de dos mil diecisiete", publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 28 xx Xxxxx de 2017, cuya opinión favorable no debe tener una antigüedad mayor a 30 días naturales previos a la fecha de formalización del contrato respectivo.
Si el proveedor no firmare el Contrato por causas imputables al mismo, a más tardar en la fecha establecida para la formalización de éste, “EL IMJUVE” podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, de conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere el artículo 46 de la Ley y así sucesivamente en caso de que éste último no acepte la adjudicación.
Independientemente de lo señalado en el punto anterior, la Subdirección de Recursos Materiales dará vista al Órgano Interno de Control de “El IMJUVE” para que actúe conforme al ejercicio de sus atribuciones
Los derechos y obligaciones que se deriven del instrumento jurídico no podrán cederse en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, salvo los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento expreso y por escrito de “EL IMJUVE”.
Garantía de cumplimiento y Garantía de Responsabilidad Civil
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, fracción II y 49 fracción II de la Ley, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, el proveedor deberá presentar cheque certificado, cheque de caja o fianza divisible como garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que deriven del acuerdo de voluntades correspondiente a todos los ejercicios fiscales, en la moneda cotizada y a favor de “EL IMJUVE”, por un importe equivalente al 10% del monto total máximo del contrato (sin incluir el IVA), la cual deberá entregar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del mismo, en la Subdirección de Recursos Materiales de la Dirección de Recursos Humanos y Materiales, con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 06470, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en horario de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas
La póliza de fianza deberá de ser expedida por una Institución Mexicana legalmente autorizada para este efecto, con fundamento en los artículos 34 y 36 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y deberá cumplir con los requisitos previstos en la cláusula relativa a la garantía de cumplimiento del Modelo de Contrato de la presente convocatoria.
La fianza estará efectiva durante el tiempo de la vigencia del contrato y hasta que el proveedor cumpla con todas y cada una de sus obligaciones que deriven del contrato, “EL IMJUVE” autorizará por escrito la cancelación de la fianza.
El criterio con respecto a las obligaciones que se garantiza será divisible; es decir, en caso de cualquier incumplimiento que motive la rescisión del Contrato, la garantía de cumplimiento se aplicará de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas, conforme al artículo 39, fracción II, inciso i) numeral 5 del Reglamento.
Para la liberación de la fianza, el proveedor deberá presentar por escrito su petición al “EL IMJUVE”.
Garantía de Responsabilidad Civil
El
proveedor a más tardar dentro de los diez días naturales contados a
partir de la fecha de la firma del Contrato deberá presentar Póliza
de Responsabilidad Civil, expedida por compañía aseguradora
mexicana sin nombrar beneficiario, que cubra el pago de daños y
perjuicios a terceros, por un periodo igual al de la vigencia de “EL
CONTRATO”, y por un importe equivalente al 10% (diez por ciento)
del monto total de “EL CONTRATO”, sin considerar el IVA.
La omisión en la entrega de la póliza de responsabilidad civil en el término establecido será motivo de rescisión del contrato.
Asimismo, en caso de ampliación del plazo de ejecución de “EL CONTRATO”, derivado de la formalización de convenios modificatorios, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar la modificación de la póliza de responsabilidad civil dentro de los diez días naturales a la formalización de “EL CONVENIO”. La falta de presentación de la póliza citada será motivo de rescisión de “EL CONTRATO”.
Condiciones de pago.
“EL IMJUVE” cubrirá el pago de los servicios que el proveedor acredite efectivamente haber prestado de acuerdo a lo establecido a lo establecido en el Anexo Técnico de la presente invitación y una vez que el proveedor entregue el reporte de recepción de servicios a entera satisfacción del responsable del área requirente, así como la entrega de la factura correspondiente a la Subdirección de Recursos Materiales, dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que sea entregada y aceptada la factura de conformidad a lo establecido en el artículo 51 de la Ley.
Para este efecto, la factura que presente el proveedor que resulte adjudicado deberá contener sin abreviaturas NOMBRE COMPLETO, DOMICILIO FISCAL y REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES de “EL IMJUVE”, como a continuación se señala:
Instituto Mexicano de la Juventud
Registro Federal de Contribuyentes: IMJ990106AP3
xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00
xxxxxxx Xxx Xxxxxx
código postal 06470, demarcación territorial Xxxxxxxxxx
Ciudad de México
En caso de que la factura entregada por el proveedor que resulte adjudicado para su pago, presente errores o deficiencias, la Convocante se lo indicará por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que se presenten las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley.
Será responsabilidad del proveedor que resulte adjudicado presentar las facturas con todos los requisitos fiscales vigentes y aplicables.
El pago del servicio quedará condicionado, al pago que el prestador del servicio deba efectuar, por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones al pago en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Programa xx xxxxxxx productivas.
Con fundamento en lo establecido en el artículo Décimo Primero del Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de enero de 2009, se exhorta a las personas oferentes que se encuentren estratificados como Micro, Pequeña y Mediana Empresa, inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo; para tal efecto se proporcionan los siguientes teléfonos 0000000000 y 01800 NAFINSA, donde el personal de Nacional Financiera, S.N.C. les orientará para su registro a dicho directorio.
En caso de afiliarse, deberá entregar a la convocante documento que avale su registro.
Al concretar la afiliación tendrás como beneficio formar parte del Directorio de Xxxxxxx y contar con la oportunidad de ampliar tus ventas a todas las dependencias y entidades del Gobierno Federal.
Penas convencionales y deductivas de pago.
Penas convencionales
En el servicio:
El proveedor se obliga a pagar a “EL IMJUVE” una pena convencional del 5% sobre el monto mensual de pago previsto para los equipos no entregados, instalados, configurados y puestos en marcha, conforme a lo descrito en el numeral 14 del presente anexo técnico por cada día natural de atraso para la respectiva contratación de “EL IMJUVE” según la normatividad aplicable de cada una de ellas.
La misma pena se aplicará en el caso de no proporcionar la mesa de ayuda dentro de los 5 días hábiles posteriores a la adjudicación; por cada día natural de atraso.
El total de la pena convencional no podrá exceder el monto de la garantía de cumplimiento sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A), de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la LAASSP.
En los entregables:
El proveedor se obliga a pagar a l IMJUVE una pena convencional por no presentar los entregables mensuales en los plazos establecidos en el numeral 12 del anexo técnico. Dicha pena será de 5% del valor del costo mensual del arrendamiento del equipo, por cada día natural de atraso. El total de la pena convencional no podrá exceder el monto de la garantía de cumplimiento sin considerar el impuesto del valor agregado (I.V.A), de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la LAASSP.
El pago de las penas convencionales computadas por “EL IMJUVE”, y con el fin de dar cabal cumplimiento a lo previsto en el artículo 95 segundo párrafo del Reglamento , cuando existan penas convencionales por concepto de incumplimientos sobre los bienes, arrendamientos y servicios estas serán condicionadas sobre el pago pendiente, es decir, el proveedor deberá emitir de manera simultánea un comprobante de egreso y/o CFDI de Egreso, (también conocido como nota de crédito)por concepto xx Xxxxx Convencionales que hayan sido determinadas por el administrador de contrato o área requirente, cuando se elabore el comprobante de ingreso (factura o CFDI de ingreso) por concepto de la Prestación de Adquisición, Arrendamiento o Servicio, que se hubiera prestado a “EL IMJUVE”, mismo que deberá ser presentado al área responsable de la recepción de los servicios. Lo anterior con sustento en los artículos 29 del Código Fiscal de la Federación, 25 fracción I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Anexo 20 de la Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet y Apéndice 2 clasificación de los tipos de CFDI.
El CFDI de egreso antes referido quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor, mismo que deberá realizar en un término máximo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de su notificación. En caso de que el proveedor no realice el movimiento correspondiente dentro del plazo, se adicionarán los recargos por concepto de indemnización al fisco federal por falta de pago, conforme al cálculo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Asimismo, en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
DEDUCCIONES DE PAGO
Las deducciones al pago, por incumplimiento parcial o deficiente en la prestación del servicio que se aplicarán con base en los artículos 53 Bis de la Ley y 97 de su Reglamento, conforme a lo siguiente:
Se aplicará una deductiva al proveedor por el incumplimiento parcial o deficiente en el servicio. Dicha deductiva será del 2% sobre el monto de facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el presente anexo por cada día natural de atraso. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Igual porcentaje, se aplicará como deductiva en los casos que el proveedor suspenda el servicio por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el servicio, independientemente de que no se pagaría arrendamiento por el tiempo que dure la suspensión.
En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por el proveedor del servicio, el Administrador del Contrato podrá optar por cancelar total o parcialmente el servicio aplicando la pena convencional máxima al proveedor, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, o bien, optar por rescindir el contrato en término de la Ley.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, mismo que deberá realizar en un término máximo de 10 (diez) días hábiles. En caso de que el proveedor no realice el pago referido dentro del plazo, se adicionarán los recargos por concepto de indemnización al fisco federal por falta de pago, conforme al cálculo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Asimismo, en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
La aplicación de las deductivas se realizará a través de nota de crédito emitida por el proveedor y serán descontadas del importe de la factura pendiente de pago
En caso de que apliquen deductivas el proveedor deberá entregar la nota de crédito en las oficinas de la Subdirección de Sistemas, con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 06470, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en horario de 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas
El pago del “Servicio” quedará condicionado, al pago que el prestador del servicio deba efectuar, por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones al pago en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Las deducciones no podrán exceder de forma individual o conjunta con las penas convencionales, el importe equivalente al de la garantía de cumplimiento del Instrumento Jurídico; en cuyo caso, “El IMJUVE” podrá rescindir administrativamente el Instrumento Jurídico que se formalice.
Notificaciones al público en general.
De conformidad con el artículo 37 Bis xx Xxx, las actas derivadas del resultado, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, serán publicados a través de la página de CompraNet en internet en la sección de procedimientos vigentes de la siguiente dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx y podrán ser consultados por cualquier persona interesada.
Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento, se hace del conocimiento de los participantes, que el domicilio consignado en su proposición será el lugar donde el invitado recibirá toda clase de notificaciones que resulten de los actos, contratos y convenios que se celebren de conformidad con la Ley y su Reglamento; mientras no se señale otro distinto, en la forma establecida por “El IMJUVE” el manifestado se tendrá como domicilio convencional para practicar toda clase de notificaciones. De igual modo, se informa que, junto con su domicilio convencional, es necesario incluir, en caso de contar con él, su dirección de correo electrónico para posibles notificaciones (ANEXO L4).
Causas para declarar desierta y/o cancelar el procedimiento de contratación, partidas o conceptos.
i.1 Declarar desierta.
Con fundamento en los artículos 38 de la Ley y 58 de su Reglamento, esta Invitación será declarada desierta, cuando:
i.1.1 Cuando la totalidad de las proposiciones enviadas no reúnan los requisitos solicitados.
i.1.2 Cuando no envíen proposiciones en el acto de presentación de proposiciones;
i.1.3 Al analizar las proposiciones, no se encuentre alguna que cumpla con todos los requisitos establecidos en esta Convocatoria.
i.2 Cancelar el procedimiento de contratación.
i.2.1 Conforme al artículo 38, cuarto párrafo de la Ley, “El IMJUVE” cancelará la Invitación, en los siguientes casos:
En caso fortuito o de fuerza mayor, tales como: razones presupuestales imprevistas, desastre natural, entre otras.
Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar el servicio o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “El IMJUVE”.
Si concurren razones presupuestales imprevistas.
i.2.2 Cuando se cancele la Invitación, se avisará por escrito a todos los oferentes y a las autoridades competentes.
CAPITULO IV
REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS INVITADOS
Forma de presentación de las proposiciones.
Las proposiciones de los oferentes deberán ser enviadas a través de los medios de comunicación electrónica, en la fecha y hora previstas para tal efecto en este procedimiento.
Los participantes se sujetarán a lo que disponen los numerales 14, 15, 16 y 17 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 28 xx xxxxx de 2011.
Los participantes deberán considerar.
El oferente deberá utilizar exclusivamente el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.
La proposición deberá elaborarse en formatos Word, Excel, PDF o en su caso utilizar archivos de imagen tipo TIF. En el caso de los formatos elaborados en diferente software deberá hacerse la conversión y presentarse en la forma antes señalada.
Preferentemente, deberán identificarse cada una de las páginas que integran la propuesta, con los datos siguientes: Nombre y número de la Invitación y número de página cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse en su caso en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Adicionalmente deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa el medio de identificación electrónica previamente certificado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (antes Secretaría de la Función Pública).
Las proposiciones deberán integrarse de acuerdo con lo siguiente:
Deberán ser dirigidas a la Subdirección de Recursos Materiales, de “El IMJUVE”, ubicada en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. Indicando de manera expresa la leyenda: “Propuesta Técnica, Propuesta Económica y Documentación legal-administrativa”.
Señalar en todo documento y en todas sus hojas, el número y concepto de esta Invitación, excepto en las documentales públicas;
Se presentará la documentación preferentemente en papel con membrete de la empresa sin tachaduras ni enmendaduras;
En idioma español;
Deberán estar firmadas de forma electrónica, con ayuda del sistema CompraNet, en los términos previstos por el artículo 50 del Reglamento de la Ley;
Las proposiciones deberán presentarse foliadas en todas sus fojas, de manera individual la proposición y la documentación legal y administrativa, en apego a lo dispuesto al segundo párrafo del artículo 50 del Reglamento, las cuales se deberán numerar de manera individual la propuesta técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el invitado
La proposición económica deberá presentarse en moneda nacional, esto es, pesos mexicanos.
Los participantes deberán enviar escrito donde manifiesten que en caso de que los archivos enviados a través del sistema CompraNet y demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a “El IMJUVE”, acepta que se tendrá por no enviada su proposición (ANEXO L8).
Ninguna de las condiciones contenidas en la invitación, así como en las proposiciones enviadas por los oferentes, podrán ser negociadas.
Los participantes deberán enviar los siguientes documentos, a fin de satisfacer todos y cada uno de los requisitos técnicos solicitados por la convocante:
Especificaciones particulares y objeto del servicio, el cual deberá incluir la descripción completa y detallada del servicio ofertado, conforme a lo solicitado por la convocante, quien requiere el Arrendamiento de telefonía IP, mismo que se llevará a cabo considerando los aspectos solicitados en el Anexo T1, Anexo Técnico de la presente convocatoria.
Deberá presentar en su propuesta técnica carta en papel membretado firmada por el representante legal, donde se compromete a mantener absoluta confidencialidad de la información a la cual tengan acceso siendo responsable de cada uno de los integrantes del personal asignado para el desarrollo y operación del proyecto, respetando el manejo correcto de la información.
Toda la información a que tenga acceso el personal que el Proveedor designe para el cumplimiento del contrato, es considerada de carácter confidencial.
Currículo de la empresa firmado por su representante legal, en el cual señale entre otros aspectos lo siguiente:
Nombre, razón social o denominación del invitado y su objeto social;
Año de creación, domicilio, teléfono, correo electrónico y en su caso página web;
Relación de clientes principales (de los últimos 3 años, a quienes les haya otorgado servicios iguales o similares a los requeridos por “El IMJUVE”, para lo cual deberá indicar los siguientes datos de cada cliente: nombre, razón social o denominación, dirección, teléfono y/o correo electrónico, el tipo de servicio prestado, el monto, fecha del contrato del servicio prestado y la entidad federativa donde se prestó el servicio.
Escrito en el que manifieste que se obliga que, en caso de resultar adjudicado, prestará los servicios donde resulte aplicable, en cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas y de las Normas Mexicanas según proceda y a falta de éstas, de las normas internacionales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento; y particularmente a lo señalado en las normas siguientes:
NOM-019-SCFI vigente y/o UL norma equivalente internacional: Seguridad de Equipo de Procesamiento de datos.
El posible proveedor deberá atender lo establecido en la NOM-030-STPS-2009, numeral 7, inciso c), para coadyuvar en la mitigación de emergencias y contingencias sanitarias, así como atender las recomendaciones que emitan las Autoridades Sanitarias y cumplir con los protocolos de sanidad de cada centro de trabajo.
Para efectos de evaluación, “El IMJUVE” podrá verificar que el contenido de los presentes requisitos sea en los términos establecidos en esta invitación, esto es, que contenga la manifestación e información solicitada, en caso de no cumplir con estos aspectos se desechará, conforme a lo señalado en el Capítulo V, inciso b) de la presente invitación.
“El IMJUVE” se reserva el derecho de verificar la documentación presentada por los oferentes en este numeral.
Requisitos Económicos.
Los participantes deberán enviar su propuesta Económica (ANEXO E1), la cual deberá contener la descripción considerada en su proposición técnica.
Los invitados deberán satisfacer todos y cada uno de los siguientes requisitos en Propuesta Económica (ANEXO E1), misma que deberá contener como mínimo lo siguiente:
Propuesta del servicio ofertado, en función del ANEXO T1 de la Invitación, indicando el servicio, cantidad, precio unitario sin I.V.A., importe, subtotal, I.V.A. y total. Deberá de incluir todos los costos inherentes a la prestación del servicio, por lo que no se podrá agregar ningún costo extra y serán inalterables durante la vigencia del instrumento jurídico;
Vigencia del Servicio;
La indicación de que los precios serán fijos durante la vigencia del instrumento jurídico y hasta la prestación total del servicio, a entera satisfacción del área requirente, y por ningún motivo se podrán solicitar incrementos a los consignados en las ofertas enviadas.
La proposición económica deberá ser en moneda nacional, es decir en pesos mexicanos, las cotizaciones se deberán presentar por precios unitarios considerando los costos por periodos de 1 y 2 años.
Es importante mencionar que en todo lo demás relacionado a este servicio, se apegarán a las especificaciones y características técnicas del Contrato Marco “Arrendamiento de equipo para Telefonía IP” incluido el primer convenio modificatorio.
CAPITULO V
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Criterios de evaluación.
El resultado de la evaluación se llevará a cabo en apego a los artículos 36 y 36 Bis de La Ley, de conformidad con los “Criterios de Evaluación” previstos en este procedimiento, mediante el análisis detallado de las proposiciones, utilizando el Criterio de Evaluación Binario, esto es, el servicio se adjudicará a quien cumpla con todos los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo del servicio requerido.
Para efectos de la evaluación, los invitados deberán cotizar la cantidad total solicitada.
El servicio objeto de esta invitación a cuando menos tres personas serán adjudicado por el servicio completo, a aquel invitado que de entre los invitados reúnan las mejores condiciones técnicas y económicas y cumplan los requerimientos legales y administrativos, requeridas por la convocante. Esto es, una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los invitados, a aquel o aquellos, cuya proposición resulte solvente y cumpla con todos y cada uno de los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en esta Convocatoria, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el Contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.
Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de el “INSTITUTO”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Las correcciones se harán constar en el Acta de Fallo a que se refiere el artículo 37 de La Ley. Si el invitado no acepta la corrección de la propuesta, se procederá conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 46 de La Ley y el tercer párrafo del artículo 55 del Reglamento.
Los requisitos técnicos establecidos se determinan con la finalidad de garantizar que el servicio cumplirá con los estándares de calidad requeridos por la convocante. En tanto los requisitos económicos se establecen con objeto de garantizar que el precio ofertado se encuentra dentro de los márgenes y mejores condiciones xxx xxxxxxx.
De conformidad con el artículo 56 del Reglamento, la convocante podrá efectuar reducciones hasta por el diez por ciento del servicio materia del presente procedimiento de contratación, cuando el presupuesto asignado a este procedimiento sea rebasado por las proposiciones presentadas.
Asimismo, los requisitos que se establecieron como obligatorios en el anexo técnico deberán ser cumplidos para no desechar la propuesta de la persona oferente.
Causas de desechamiento de las propuestas
Los invitados que participen en este procedimiento, sus proposiciones serán desechadas, si incurren en alguna de las siguientes situaciones:
Cuando no envíen o incumpla en alguno de los anexos documentales señalados en el Capítulo IV, inciso b), puntos T1, T2, T3 y T4 punto E1) y Capítulo VI, puntos X0, X0, X0, X0, X0, X0, X0, X0, X00 y L11, mismos que afectan directamente la solvencia de la propuesta.
Si las propuestas enviadas a través de medios de comunicación electrónica contienen virus al momento de la apertura.
Si en los escritos solicitados “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” se omite esta leyenda, siempre y cuando los mismos estén previstos en la Ley, su Reglamento o en los ordenamientos de carácter general aplicables a la Administración Pública Federal (artículo 39, penúltimo párrafo del Reglamento).
Se compruebe que acordó con otro u otros participantes, la elevación de los precios del servicio objeto de esta invitación, o cualesquiera otras situaciones que tenga como fin obtener ventaja sobre los demás invitados (artículo 29, fracción XV, de la Ley).
Si durante la evaluación y antes de la emisión del fallo se detecta que el invitado se encuentra en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley;
Se inhabilite al invitado durante el desarrollo del procedimiento y antes de la emisión del fallo de este procedimiento de contratación por resolución de la Secretaría de la Función Pública en los términos del artículo 29, fracción VIII de la Ley. Así mismo, en el supuesto que el invitado se encuentre inhabilitado, pero bajo los efectos de una resolución judicial que le permita participar en el procedimiento de contratación, deberá manifestarlo, así como los requisitos para que dicha resolución surta o siga surtiendo sus efectos y la fecha de su cumplimiento;
Cuando incurran en cualquier otra violación prevista en la Ley y su Reglamento;
El no presentar foliadas en todas sus fojas, de manera individual la proposición y documentación legal y administrativa, en apego a lo dispuesto en el artículo 50 del Reglamento. Excepto cuando alguna o algunas hojas de la proposición y documentación legal y administrativa carezcan de folio y se constate que la o las hojas foliadas mantienen continuidad, la convocante no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco podrá desechar la proposición;
Para el caso de las proposiciones electrónicas, cuando no se firme digitalmente la proposición o que el sistema CompraNet reporte la firma electrónica como “Archivo con Firma Digital No Válido”.
Cuando un oferente presente más de una proposición.
Criterios de desempate.
De conformidad con el artículo 36 Bis último párrafo de la Ley y 54 de su Reglamento, si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más participantes, de conformidad con el criterio de desempate previsto en el párrafo segundo del artículo 36 Bis de la Ley, se deberá adjudicar el Contrato, en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre participantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del Contrato a favor del oferente que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada invitado empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del oferente ganador y posteriormente las demás boletas de los proveedores que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese caso. Cuando se requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación se deberá girar invitación al Órgano Interno de Control del IMJUVE.
CAPITULO VI
DOCUMENTOS Y DATOS DE CARÁCTER LEGAL Y ADMINISTRATIVO QUE DEBERÁN ENVIAR LOS PARTICIPANTES
Los interesados en participar en este procedimiento de Invitación Restringida deberán enviar la documentación legal y administrativa que se detalla a continuación:
Acreditación de la personalidad.
Escrito en papel membretado debidamente firmado en el que el representante legal manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada la propuesta correspondiente, estableciendo los datos siguientes:
PERSONA MORAL (ANEXO L1-A)
1. Del participante: RFC; nombre completo del representante conforme a su identificación oficial, su domicilio fiscal (calle y número, colonia, código postal, Alcaldía o Municipio, Entidad Federativa, teléfono, fax y correo electrónico en caso de contar con él), y el número y fecha de la escritura pública en la que consta el acta constitutiva y sus reformas, el nombre, el número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma, fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, la relación de los accionistas y la descripción del objeto social de la empresa. El domicilio consignado en su propuesta será el lugar donde el oferente recibirá toda clase de notificaciones que resulten de los actos, contrato y convenios que celebren de conformidad con la Ley y el Reglamento; mientras no se señale otro distinto en el formato que se incluye en esta convocatoria el manifestado se tendrá como domicilio convencional para practicar toda clase de notificaciones.
2. Del representante del proveedor: Nombre completo del Representante, RFC, domicilio, calle y número, colonia, Alcaldía o Municipio, Entidad Federativa, código postal, teléfono (en caso de contar con él), fax (en caso de contar con él), cargo del Representante, número y fecha de la escritura pública en la que consta que cuenta con facultades suficientes para suscribir la propuesta, así como el nombre, número y lugar del Fedatario Público ante el cual fue otorgada. Siempre que el poder sea general y se haya otorgado antes de la reforma al Código de Comercio del 2 xx xxxxx de 2009 se deberán insertar los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio deberá mencionar los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, bajo el (folio, numero, libro, partida, según aplique y la fecha.
En caso de que el representante del participante sea extranjero y su poder sea expedido en el extranjero, este deberá estar legalizado o apostillado al momento de su presentación.
En su defecto, deberá requisitar debidamente el formato que se incluye en esta invitación como ANEXO L1-A.
PERSONA FÍSICA (ANEXO L1-B)
1. En caso de ser persona física, deberá enviar el formato para acreditar personalidad jurídica (ANEXO L1-B), además en caso de ser proveedor ganador presentar el Alta del RFC en la SHCP, y en caso de ser representante, está deberá presentar, el escrito mencionado en el inciso anterior, anotando el número y fecha de la escritura pública en que consten sus facultades, así como el nombre, número y domicilio xxx Xxxxxxx Público ante el que se otorgó.
L2) Identificación oficial vigente
De conformidad con el artículo 48 fracción X del Reglamento, el prestador de servicios para efectos de identificación
Nacional: Copia fotostática legible por ambos lados de una identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas, y en caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición, ya sea pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar nacional, credencial para votar.
El Representante extranjero de personas xxxxxxx: Para efectos de identificación, deberá de acreditar su legal estancia en el país, a través de los documentos FM2 o FM3.
El proveedor que resulte adjudicado deberá presentar original de la identificación para su cotejo previo a la firma del Contrato (Anexo L2).
L3) Acreditación de nacionalidad mexicana
Con fundamento en el artículo 35 primer párrafo del Reglamento, el proveedor deberá enviar como requisito de participación, un escrito mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana (Anexo L3).
L4) Correo electrónico y domicilio.
En caso de contar con él, el prestador de servicios deberá enviar escrito su dirección, y anexar comprobante de domicilio a nombre de la persona física o moral cuya vigencia no debe ser mayor a tres meses, además que deberá indicar el correo electrónico para posibles notificaciones, de conformidad con los artículos 29, fracción VII de la Ley y 39, fracción VI, inciso d) del Reglamento.
Asimismo, en dicho escrito deberá señalar su domicilio convencional para recibir toda clase de notificaciones que deriven de este procedimiento licitatorio, conforme a lo establecido en el artículo 49 del Reglamento (ANEXO L4).
Para la acreditación del domicilio, deberá de anexar comprobante de domicilio a nombre del proveedor con una vigencia no mayor a tres meses.
L5) artículos 50 y 60 penúltimo y antepenúltimo párrafos de la Ley.
Escrito en papel membretado de la empresa, donde manifieste bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 penúltimo y antepenúltimo párrafos de la Ley, en caso de que el proveedor sea una persona moral, además deberá manifestar que sus socios, trabajadores y su representante legal no se encuentran en dichos supuestos. Asimismo, que por su conducto no participan en este procedimiento licitatorio, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la SFP, en los términos de la Ley o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 29, fracción VIII de la LEY y artículo 39, fracción VI inciso e) y penúltimo párrafo del REGLAMENTO (ANEXO L5).
L6) Declaración de integridad
Escrito en papel membretado de la empresa, donde manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de “El IMJUVE” induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que le otorgue condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes (ANEXO L6). De conformidad con el artículo 29, fracción IX de la Ley.
L7) Estratificación como MIPYMES
Escrito en papel membretado de la persona física o moral, donde manifieste bajo protesta de decir verdad, su carácter de Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYMES), indicando su estratificación de conformidad al (ANEXO L7) de esta convocatoria o escrito, en caso de que al proveedor no le resulte aplicable el presente formato por ser una empresa no catalogada como MIPYMES deberá manifestarlo. En términos del artículo 34 del Reglamento.
L8) Archivos dañados.
Escrito, en papel membretado de la empresa, anotando que acepta que se tendrá como no presentada su proposición y, en su caso, la documentación requerida por “El IMJUVE”, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a “El IMJUVE” (ANEXO L8).
L9) Conflicto de intereses.
Escrito en papel membretado de la empresa, donde manifieste bajo protesta de decir verdad, en caso de ser persona física o los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad en caso de ser persona moral, no desempeñan empleos, cargos o comisiones en el servicio público o, en su caso, que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés, de conformidad a lo señalado en el artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Cabe señalar que, en caso del oferente ganador, esta manifestación se hará llegar al Órgano Interno de Control en “El IMJUVE” con la finalidad de dar cumplimiento a la mencionada Ley (Anexo L9).
L10) Manifiesto de particulares de acuerdo al Protocolo de Actuación.
Manifiesto de sus vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés, con los servidores públicos que intervienen en el procedimiento, de conformidad a lo señalado en el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, el cual deberá obtener a través de la siguiente dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXX-xxx/xxxxxXxxx.xxx. (Anexo L10).
L11) Patentes, Marcas o Derechos de Autor.
Escrito, en papel membretado de la empresa, donde manifieste que asume toda la responsabilidad en caso de que el servicio que oferta, infrinjan la normatividad vigente en materia de Patentes, Marcas o Derechos de Autor, por lo que libera a “El IMJUVE”, de cualquier responsabilidad al respecto (Anexo L11).
NOTA: “El IMJUVE” se reserva el derecho de verificar la documentación presentada en este capítulo.
INCONFORMIDADES
Instancias de inconformidad
En contra de los actos y resoluciones de la convocante ordenados o dictados con motivo de la aplicación de la Ley y las normas jurídicas que de ella se desprenden, las personas afectadas podrán interponer el recurso de inconformidad, en términos de lo dispuesto en el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley, para lo cual cuenta con el término de seis días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación del acto o resolución.
El recurso de inconformidad deberá presentarse por escrito, a través de CompraNet o directamente en las oficinas del Órgano Interno de Control de “El IMJUVE” o en las Oficinas de la Secretaría de la Función Pública, ubicada en xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, demarcación territorial Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, según lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley. En este sentido, para efectos de lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29, fracción XIV de la Ley, a continuación, se informa que las oficinas donde deben presentarse las inconformidades en “El IMJUVE” son las ubicadas en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 06470, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México. Asimismo, la página Web de CompraNet es la siguiente: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx. No se omite señalar, que de conformidad con el artículo 74 de la Ley, en los casos previstos en las fracciones I y II de dicho ordenamiento, cuando se determine que la inconformidad se promovió con el propósito de retrasar o entorpecer la contratación, se sancionará al inconforme, previo procedimiento, con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente elevado al mes, en términos del artículo 59 de la Ley.
Controversias
Las controversias que se susciten en la materia objeto de la presente Invitación se resolverán con apego a lo previsto en las disposiciones de carácter federal aplicables, por lo que toda estipulación en contrario no surtirá efecto alguno. Lo anterior de conformidad con los artículos 15 y 65 de la Ley; así como del artículo 116 del Reglamento.
Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC)
Se le hace una invitación a la persona oferente que, en caso de resultar adjudicada; realizar sus trámites necesarios para su inscripción al Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC), lo anterior con fundamento en lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento; y el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.
Prórrogas
De conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 91 del Reglamento, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas originalmente, a solicitud expresa de la persona oferente adjudicada y por caso fortuito o fuerza mayor que se demuestren fehacientemente y será a consideración del área que administra el Contrato, o por causas atribuibles a “El IMJUVE” éste podrá modificar el contrato a efecto de diferir la fecha para la prestación del servicio. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
En caso de que la persona oferente adjudicada no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor a la aplicación de las penas convencionales.
En el supuesto del otorgamiento de prórrogas o esperas al oferente adjudicado para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se deberá obtener la modificación de la fianza, de conformidad con lo dispuesto en la fracción II del artículo 103 del Reglamento.
Suspensión
De conformidad al artículo 55 Bis de la Ley, cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “El IMJUVE”, bajo su responsabilidad podrá suspender el mismo, en cuyo caso únicamente se pagará aquel servicio que hubiese sido efectivamente prestado.
En caso de que la suspensión sea por causas imputables a “El IMJUVE” y para proceder al pago de los gastos no recuperables, el oferente que resulte adjudicado deberá demostrarlos a través de los originales y copias de la factura de su proveedor, ficha de depósito o póliza cheque y estado de cuenta bancaria donde se refleje el movimiento de pago; siempre y cuando se acredite que esos gastos fueron necesarios para poder realizar la prestación del servicio objeto de la presente Invitación.
El plazo de suspensión será el que se requiera de acuerdo al caso fortuito o fuerza mayor que lo haya provocado, en caso contrario se deberá formalizar la terminación anticipada del contrato.
Una vez vencido el plazo de suspensión la persona oferente que resulte adjudicada contará con el plazo que le restaba del señalado en el punto 1.3 de la presente Invitación al momento de iniciar la suspensión, para la prestación del servicio.
Recisión administrativa del contrato.
“El IMJUVE”, de conformidad con los artículos 54 de la Ley y 98 del Reglamento, podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el oferente adjudicado incurra en el incumplimiento de la prestación del servicio objeto de esta Invitación, dentro de los plazos y condiciones establecidas en la presente Convocatoria, o en el incumplimiento de cualquier otra obligación establecida en el contrato.
“El IMJUVE”, podrá rescindir administrativamente el contrato si después del fallo del procedimiento se comprueba que hubo acuerdo de oferentes para elevar los precios, siempre y cuando se pueda comprobar esto.
Terminación anticipada.
“El IMJUVE”, con fundamento en el artículo 54 Bis de la Ley, podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el servicio contratado originalmente y se demuestre que, de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño perjuicio a “El IMJUVE”. En este caso, “El IMJUVE” deberá dar aviso por escrito al oferente adjudicado, con diez días hábiles de anticipación a la fecha de terminación y sólo estará obligado a pagar por el servicio debidamente prestado, previa comprobación con la documentación correspondiente que acredite su legal entrega a la Convocante hasta antes de la fecha en que se dé por terminado anticipadamente el contrato.
CAPITULO VIII
FORMATO DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS PARA AGILIZAR Y FACILITAR LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
NOMBRE DEL PARTICIPANTE: _______________________________________________
Capítulo IV, incisos b) Requisitos Técnicos y c) Requisitos Económicos. Capítulo VI, Documentación Legal y Administrativa. Los invitados deberán enviar los siguientes documentos, a fin de satisfacer todos y cada uno de los requisitos técnicos solicitados por la convocante: |
ENTREGÓ |
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SI |
NO |
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T1) Especificaciones particulares y objeto del servicio, el cual deberá incluir la descripción completa y detallada del servicio ofertado, conforme a lo solicitado por la convocante, quien requiere El arrendamiento de equipo para telefonía IP mismo que se llevará a cabo considerando los aspectos solicitados en el Anexo T1, Anexo Técnico de la presente convocatoria. |
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T2) El Proveedor deberá presentar en su propuesta técnica carta en papel membretado firmada por el representante legal, donde se compromete a mantener absoluta confidencialidad de la información a la cual tengan acceso siendo responsable de cada uno de los integrantes del personal asignado para el desarrollo y operación del proyecto, respetando el manejo correcto de la información.
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T3) Currículo de la empresa firmado por su representante legal, en el cual señale entre otros aspectos lo siguiente:
Relación de clientes principales (de los últimos 3 años, a quienes les haya otorgado servicios iguales o similares a los requeridos por el IMJUVE, para lo cual deberá indicar los siguientes datos de cada cliente: nombre, razón social o denominación, dirección, teléfono y/o correo electrónico, el tipo de servicio prestado, el monto, fecha del contrato del servicio prestado y la entidad federativa donde se prestó el servicio
T4) Escrito en el que manifieste que se obliga que, en caso de resultar adjudicado, prestará los servicios donde resulte aplicable, en cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas y de las Normas Mexicanas según proceda y a falta de éstas, de las normas internacionales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y particularmente a lo señalado en las normas siguientes: 1. NOM-019-SCFI vigente y/o UL norma equivalente internacional: Seguridad de Equipo de Procesamiento de datos.
El posible proveedor deberá atender lo establecido en la NOM-030-STPS-2009, numeral 7, inciso c), para coadyuvar en la mitigación de emergencias y contingencias sanitarias, así como atender las recomendaciones que emitan las Autoridades Sanitarias y cumplir con los protocolos de sanidad de cada centro de trabajo. |
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L1) Acreditación de la personalidad. |
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L2) Identificación oficial vigente |
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L3) Acreditación de nacionalidad mexicana |
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L4) Correo electrónico y domicilio |
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L5) Artículos 50 y 60 penúltimo y antepenúltimo párrafos de la Ley |
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L6) Declaración de integridad |
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L7) Estratificación como MIPYMES |
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L8) Archivos dañados. |
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L9) Conflicto de intereses. |
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L10) Manifiesto de particulares de acuerdo al Protocolo de Actuación. |
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L11) Patentes, Marcas o Derechos de Autor. |
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ANEXO T1 ANEXO TÉCNICO
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
ANEXO ÚNICO
ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
El Instituto Mexicano de la Juventud “IMJUVE”, en lo sucesivo Instituto requiere de:
El arrendamiento de equipo para telefonía IP
Los equipos para telefonía IP deberán suministrar de acuerdo con lo especificado en las características técnicas e incluir como mínimo los elementos de hardware, software y funcionalidades requeridas para el presente anexo técnico.
La finalidad de la contratación es proporcionar a las áreas que la integran las herramientas tecnológicas en materia de telefonía IP, que permitan la interconexión para los servicios de Voz, Datos, bajo el protocolo IP, a fin de mantener la continuidad de los servicios que proporciona y, de esta manera, alcanzar las metas del IMJUVE y mantener comunicación interna con los usuarios locales y externa con los jóvenes de México, dependencias de la APF, entre otros.
Cuadro 1. Equipos de arrendamiento requeridos para telefonía IP con base en el Anexo Técnico del Contrato Marco.
No. |
Equipo |
Referencia |
Descripción TIPO de Servicio |
Cantidad |
|
Xxxxxx |
Xxxxxx |
||||
16 |
Equipo TIPO 1/ FXO/IP con capacidad de manejo de hasta 300 extensiones |
5.1 |
Equipo de procesamiento de llamadas IP |
1 |
2 |
46 |
Equipo TIPO 2/ FXO/IP con capacidad de manejo de hasta 1000 extensiones |
5.6.1 |
Terminal IP Básica |
18 |
45 |
Los servicios descritos en las partidas del cuadro anterior serán adjudicados por el IMJUVE, a un mismo proveedor que reúna en su conjunto las mejores condiciones.
El método de evaluación de las propuestas será binario.
Los servicios descritos en las partidas referidas en el cuadro 1 del presente anexo técnico, serán adjudicados por el IMJUVE a un mismo proveedor que reúna en su conjunto las mejores condiciones.
El proveedor en su propuesta deberá considerar lo siguiente:
Que las especificaciones plasmadas en el presente anexo técnico son los requerimientos mínimos para la contratación.
Todos los equipos suministrados, incluidos los de reemplazo, deberán ser nuevos y no remanufacturados.
Deberá realizar la instalación, configuración y puesta a punto de los equipos propuestos en las instalaciones que el IMJUVE le indique, además de garantizar la integración y compatibilidad de los componentes de Hardware descritos en el presente anexo técnico, así como los elementos necesarios para la integración y funcionalidad total requerida por el IMJUVE.
Deberá incluir en su propuesta todas las actualizaciones del Software necesario para el correcto funcionamiento de los equipos descritos en el presente anexo técnico durante la vigencia de la garantía.
En caso del arrendamiento del equipo de una sola partida esta será adjudicada por partida completa a un solo Proveedor por el IMJUVE.
En el caso de que se requieran en arrendamiento dos o más de los equipos agrupados por el tipo de telefonía IP definidos en las partidas del cuadro que antecede, estos tendrán que ser propuestos y adjudicados a un mismo Proveedor por el IMJUVE que reúna en su conjunto las mejores condiciones en cuanto a precio.
El Proveedor deberá entregar dentro de los primeros quince días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del contrato, un plan de trabajo donde se describan las actividades que se tienen que realizar para la correcta entrega, instalación, configuración y puesta a punto de los equipos requeridos por el IMJUVE, con aprobación de la misma.
El proveedor de los equipos para telefonía IP deberá incluir en su propuesta, el suministro de todos los accesorios necesarios, para la correcta instalación, integración, operación y funcionalidad de los equipos nuevos y no remanufacturados.
El tiempo de entrega, instalación, configuración y puesta a punto de los equipos propuestos en las instalaciones que el IMJUVE le indique, se deberá realizar dentro de un plazo no mayor a 90 días naturales a partir de la fecha de adjudicación del contrato.
Deberá realizar la entrega de los equipos para telefonía IP requeridos por el IMJUVE en el domicilio calle Xxxxxxx Xxxxxx número 76, Colonia San Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx.
Para el equipo de procesamiento de llamadas IP, Gateway con capacidad de supervivencia, Gateway para troncales, el tiempo de atención vía telefónica 24 horas, los 7 días de la semana, durante toda la vigencia del contrato, será en un tiempo no mayor a 15 minutos, en sitio deberá ser en un plazo no mayor a 6 horas naturales y el tiempo de reparación en un plazo no mayor de 24 horas naturales con reemplazo de partes, a partir del levantamiento del reporte.
Para los equipos telefónicos, el tiempo de atención vía telefónica 24 horas, los 7 días de la semana, durante toda la vigencia del contrato, será en un tiempo no mayor a 15 minutos, en sitio deberá ser en un plazo no mayor a 24 horas naturales y el tiempo de reparación en un plazo no mayor de 48 horas naturales con reemplazo de partes, a partir del levantamiento del reporte.
El Proveedor deberá contar con medios de comunicación para reportar fallas de equipo (mesa de ayuda). Los medios para reportar fallas, al menos deberán ser un número convencional, un celular y un correo electrónico.
El proveedor será responsable en el caso de que se violen derechos de propiedad industrial, patentes o derechos de autor, respecto al software y/o hardware utilizados en los equipos, dejando en todo momento a salvo al IMJUVE.
El Proveedor proveerá los recursos humanos necesarios para cumplir las tareas de:
Maniobra, carga, descarga, desembalaje, ensamblado, retiro de empaques y entrega de los equipos.
Instalación, configuración y puesta a punto de los equipos, de acuerdo con las recomendaciones y mejores prácticas del fabricante.
El Proveedor será responsable de que la totalidad de componentes que conformen los equipos sean compatibles.
Los equipos para equipo de telefonía IP deberá contar con lo siguiente:
Sistema de Procesamiento de Llamadas IP
Mecanismos de cifrado para voz
Mecanismos de Supervivencia
Servicios Troncales Digitales
Servicio de Directorio Telefónico
Servicios de Terminales Telefónicas
Servicio de Teléfono Basado en software
Correo de Voz con Servicio de Mensajería
Servicio de distribución automática de llamadas
Servicio de Operadora Automática
Servicio de Operadora Manual
Implementación de la Solución y Migración de Servicios
Conectividad con Redes de Voz entre Entidades
Servicio de tarificación y reporte de llamadas
Los equipos para Telefonía IP deberán apegarse a las características técnicas que se describen a continuación:
El Proveedor en su propuesta para arrendamiento de equipo de telefonía IP con Sistemas de Procesamiento de Llamadas IP deberán cumplir con las condiciones de operación y/o características técnicas siguientes:
Proveer en configuración redundante y de alta disponibilidad el Sistema de Procesamiento de Llamadas IP, de tal manera que ante la falla del procesador de llamadas principal, se tenga el soporte de otro procesador de llamadas que tome el control de todos los dispositivos asociados al procesador de llamadas principal, esto es, se deberá mantener el procesamiento de las llamadas de las extensiones IP aún y cuando estén basadas en SIP (Session Initiation Protocol), así como las extensiones analógicas, con todas sus funcionalidades asociadas, sin afectación de las llamadas establecidas al momento de la falla.
Incluir en la solución ofertada todo el hardware, software y licenciamiento necesario, para garantizar la redundancia geográfica del Sistema de Procesamientos de Llamadas IP, de tal forma que ante la eventual falla del Procesador de Llamadas principal y de su redundancia, de manera automática entre en operación la redundancia geográfica (siempre y cuando no se pierda la comunicación vía la red privada virtual entre ambos inmuebles), tomando el control de todos los dispositivos asociados, conservando el Plan de Marcación, sin pérdida de las llamadas establecidas y de ninguna de las funcionalidades básicas solicitadas. El Sistema de Procesamiento de Llamadas IP, cuando esté operando la redundancia geográfica, deberá garantizar que no se presentará ninguna degradación en el Servicio integral de telefonía y telecomunicaciones.
El Sistema de Procesamiento de Llamadas IP, deberá contar con la capacidad de manejar el Protocolo SIP para permitir el registro de cualquier dispositivo que cumple con este protocolo.
El Sistema de Procesamiento de Llamadas IP, deberá soportar por sí mismo o con los elementos necesarios, los siguientes troncales: IP, SIP, E1, R2 Modificado, E1 PRI ISDN, E1 con soporte de Q.Sig, Troncales analógicas y Troncales ISDN BRI.
El Sistema de Procesamiento de Llamadas IP deberá permitir la configuración y/o programación de troncales SIP.
El Proveedor deberá de realizar las configuraciones necesarias a fin de que se respeten los planes de marcación que tienen establecidos el IMJUVE, siendo estos de 4 o 5 dígitos al menos.
El equipo de voz IP, deberá de soportar la configuración y operación del Plan Técnico Fundamental de Numeración de marcación a 10 dígitos ordenado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), debiendo discriminar si el servicio es llamada local, nacional, o celular, a fin de poder realizar la configuración correspondiente de acuerdo al perfil de privilegios otorgados a cada uno de los usuarios finales.
El sistema de Procesamiento de Llamadas IP, deberá manejar al menos los siguientes tipos de extensiones:
SIP con mecanismos de cifrado basados en al menos AES- 128 y los protocolos SRTP y TLS al menos versión 2, para cualquier localidad.
Adicionalmente, el Sistema de Procesamiento de Llamadas IP, deberá contar con la capacidad de:
Restringir a un número determinado de llamadas máximas permitidas de manera concurrente entre inmuebles.
Registrar y controlar terminales telefónicas.
Registrar y controlar tanto terminales basadas en hardware como en software para estaciones de trabajo Windows, teléfonos inteligentes (Smartphones) y tabletas con Sistema Operativo iOS (Apple) o Android.
El Proveedor deberá incluir en su propuesta técnica, que todas las facilidades básicas descritas anteriormente, se incluirán como facilidades estándar asociadas a los “Servicios de Voz IP” con Teléfono IP, con excepción de aquellas para las cuales el administrador del contrato establezca alguna restricción, de la cual informará al invitado que resulte adjudicado al inicio de la vigencia del contrato.
El Proveedor deberá incluir en su propuesta técnica, que el Sistema de Procesamiento de Llamadas IP que se utilice para proporcionar el Servicio de Voz IP objeto de estas especificaciones técnicas, deberá contar con los elementos necesarios para garantizar como mínimo, el cumplimiento de las siguientes funcionalidades básicas:
Establecimiento de llamadas |
Capacidad de realizar llamadas internas dentro de un inmueble o hacia otro inmueble y desde y hacia la Red Pública de Telefonía. |
Estado de la llamada por línea. |
Facilidad que permite visualizar en el display del teléfono IP, el estado de las llamadas establecidas (recibidas o generadas), en el que se muestre como mínimo el número y la duración. |
Marcación Entrante Directa (DID). |
Reconocimiento de los 4 dígitos de la funcionalidad de Marcación Directa Entrante (DID o Direct Inward Dialing). |
Identificación de la línea de llamada (CLID)/nombre del llamante (CNID) |
Funcionalidades que permiten que un teléfono que recibe una llamada, además de timbrar, también reciba la información del número telefónico de la línea que lo llama (CLID o Calling Line Identification) y en su caso, el nombre asociado o dicha línea telefónica (CNID o Calling Number Identification). |
Soporte XML |
A través del cual los teléfonos IP deberán ser capaces de acceder a un servidor que les permita desplegar la información que obtengan del mismo en sus pantallas. |
Señalización de Mensajes de Voz. |
Indicador visual y/o audible en el teléfono de que se está recibiendo un mensaje de voz y/o indicador visual y/o audible en el teléfono de que se recibió un mensaje de voz. |
Indicador de llamada en espera. |
Indicador audible mediante un tono que deberá escucharse cuando se tenga una llamada en espera, además de un indicador visual en el display del Teléfono IP, que deberá activarse cuando se pone en espera una llamada. |
Configuración de varias líneas. |
Facilidad que permite configurar en un teléfono IP varias líneas o accesos asociados a un número de extensiones. |
Configuración de varios números. |
Facilidad que permite configurar varios números de extensión diferentes en un mismo Teléfono IP, en función de 1a cantidad de teclas disponibles. |
Multirepresentación de número. |
Facilidad que permite que se anuncien las llamadas de un mismo número de extensión, en diferentes teléfonos IP, inclusive en inmuebles diferentes |
Marcación rápida. |
El Sistema deberá permitir a través del Teléfono IP, la programación de marcaciones rápidas mediante teclas, dependiendo de la capacidad de teclas programables. |
Marcación abreviada. |
La marcación abreviada deberá permitir a los usuarios, marcar números de teléfono pre-definidos con solo uno o dos dígitos |
Control de volumen. |
El Sistema deberá permitir fijar el volumen mínimo de audio y tono de timbre de los teléfonos. |
Intercomunicador silencioso. |
Capacidad para que una llamada entrante timbre únicamente en el teléfono de la asistente, a1 tiempo que en el teléfono del superior aparece el número telefónico de la persona que llama y, en caso de ser interna, también el nombre. |
Transferencia de llamadas con y sin consulta. |
Esta facilidad deberá permitir transferir una llamada establecida (interna o externa) a otra extensión o a cualquier otro número telefónico externo, consultando previamente si se desea recibir la llamada o directamente sin realizar esta consulta. |
Desvío automático de llamadas externas/Internas. |
Facilidad que permite que todas las llamadas dirigidas a una extensión puedan enrutarse hacia otra extensión, una operadora, un número externo o un equipo de correo de voz automáticamente. |
Desvío de llamadas en ocupado |
En una llamada establecida, se deberá recibir una alerta en la pantalla del teléfono indicando que hay una llamada entrante y deberá conectarse con la opción de desviarla al correo de voz del usuario o un número predeterminado. |
Desvío de llamadas no a tendidas |
Facilidad que redirige todas las llamadas entrantes de una extensión, en el caso de que no se contesten, a un número telefónico predefinido o al correo de voz del usuario, después de un determinado número de timbrados. |
Conferencia Múltiple. |
Capacidad de establecer conferencias de un mínimo de 6 participantes. Se deberán visualizar el nombre y/o número de línea de los participantes. |
Remarcación. |
Facilidad que permite remarcar el último número marcado, con una tecla especifica o digitando algún prefijo |
Re Llamada |
Al marcar a una extensión de la Red, si no se contesta o está ocupada, se deberá contar con la opción de programar una Re- llamada, que deberá activarse cuando el usuario al que se llamó esté disponible. La llamada podrá ser automática o a elección del usuario, cancelarla o realizarla. |
Acceso Remoto.
|
ff Funcionalidad que permite el acceso externo vía PSTN al "Sistema de Procesamiento de Llamadas IP", marcando un número predeterminado. Una vez establecida la llamada el usuario deberé autenticarse con un código de acceso (NIP), para permitirle realizar llamadas conforme a los privilegios que tenga autorizados. |
Identificación de número entrante/ saliente. |
En la pantalla del teléfono deberá aparecer el número al que se llama a del que se recibe la llamada. También aplica si el teléfono está habilitado con varias líneas. Identificación del nombre en llamadas internas entrantes / salientes. En llamadas internas entrantes o salientes, la pantalla del Teléfono IP deberá indicar el nombre asociado al número telefónico marcado o desde el que se recibe la llamada. |
Restricción de identificación del usuario que llama |
Facilidad que permite realizar llamadas a números internos, sin que se anuncié e l nombre y número de extensión. |
Función de No Molestar.
|
Facilidad que permite a los usuarios que no quieren ser molestados por llamadas entrantes, pulsar una tecla o un prefijo para que no timbre el teléfono |
Xxxxxxx jefe I secretaria |
Configuración de esquemas jefe - Secretaría con consulta y transferencia de llamada, además de contar con identificación visual del estado de la línea del jefe (colgado -descolgada al menos). |
Aparcamiento de llamada.
|
Esta función permite poner una llamada en espera (estaciona r la) pulsando una tecla o prefijo y recuperarla desde otro teléfono. |
Captura de llamada por grupo |
Configuración de un grupo de teléfonos que permite, que, de cualquiera de ellos, se pueda responder las llamadas del resto. |
Retención/Recuperación de llamada |
Esta facilidad permite a un usuario atender una llamada, no obstante, tenga una llamada establecida. El usuario puede elegir atender la nueva llamada poniendo a la primera en espera o alternarlas. |
Códigos de seguridad |
El Sistema deberá contar con la funcionalidad de marcación a números restringidos (larga distancia, llamadas a celular y números de entretenimiento como mínimo), a través de un Código de Seguridad personalizado de al menos 5 dígitos, que podrá utilizar el usuario en cualquier teléfono físico basado en hardware de la Red. |
Marcaciones rápidas con códigos de seguridad.
|
El Sistema deberá contar con la funcionalidad de configurar marcaciones rápidas, que incluyan los códigos de seguridad requeridos para rea xxx.xx las llamadas, en su caso. |
Categorías de marcación.
|
El Sistema deberá permitir establecer categorías de marcación por teléfono, permitiendo o negando el acceso a ciertos números, tanto internos como de la telefonía pública fija o móvil. |
Música en espera.
|
Facilidad que permite oír música o mensajes de audio de fondo, cuando se pone una llamada en espera. El Sistema deberá incluir la música, por lo que respecta a los mensajes de audio, podrán ser predefinidos por el IMJUVE |
Historial de llamadas |
En los teléfonos IP, se deberá observar el registro de las llamadas recibidas, realizadas y perdidas, con información de la llamada como; día, hora y duración, como mínimo. |
Timbres distintivos del teléfono. |
Facilidad que permite personalizar el tono del timbre del Teléfono IP. |
Personalización de la pantalla del Teléfono IP. |
Personalización de la imagen de fondo de la pantalla. |
Bloqueo de llamadas salientes/entrantes.
|
El Sistema deberá contar con la capacidad para filtrar y b1oquear, llamadas salientes y/o entrantes a números especificas o patrón de números. |
Timbrado distintivo para llamadas internas y externas |
Capacidad que permite configurar timbres distintivos, para diferenciar las llamadas internas de las externas. |
Generación de tonos (DTMF) |
Envió de tonos desde teléfonos IP hacia la Red Pública, con el fin de interactuar con sistemas de audio respuesta. |
Acceso al correo de voz |
Facilidad que permite acceder al correo de voz mediante una tecla predefinida en el Teléfono IP. Para escuchar los mensajes de voz, se deberá, requerir de una contraseña. |
Configuración de Redes Privadas |
El Sistema deberá contar con la capacidad de configurar redes privadas, con esquemas de marcación cerrada El Sistema de Procesamiento de Llamadas IP/ deberá permitir inclusive la programación de un número de Red Privada en un Teléfono IP de cualquiera de las categorías solicitadas (con excepción de las analógicas), sin que se pierda el esquema ele marcación cerrada. |
Acceso a Directorio Telefónico |
Capacidad del Sistema de acceder al Directorio Telefónico a través de los teléfonos IP, que el Proveedor considere el acceso a LDAP. |
Para asegurar la confidencialidad e integridad de la información de voz, así como del modelo propuesto para la solución de Telefonía IP, el Proveedor deberá considerar en su propuesta técnica, que el Sistema de Procesamiento de Llamadas IP, que el hardware, software y licenciamiento necesarios que se utilicen para proporcionar el servicio de Voz IP y funcionalidades solicitadas, deberán contar con los elementos necesarios para garantizar, el cumplimiento de los siguientes mecanismos de seguridad:
La solución propuesta deberá garantizar la encriptación de la llamada de punto a punto y en conferencia al menos AES-128 y los protocolos SRTP (secure Real- time Transport Protocol) y TLS (Transport Layer Security), definidos en los RFC 3711 y RFC 2246 respectivamente. Esta condición aplicará solamente entre teléfonos IP y equipos y dispositivos que formen parte de la solución de Telefonía del IMJUVE y para las llamadas establecidas entre ellas.
Los teléfonos IP y las extensiones, configuradas a través de software, deberán manejar mecanismos de encriptación basados en al menos en AES- 128, con la utilización del protocolo SRTP para el transporte de la voz y por medio de al menos en AES- 128 y TLS para la actualización de la misma llamada.
La solución deberá garantizar que la modalidad de encriptación solicitada anteriormente se mantendrá en comunicaciones establecidas con el correo de voz desde la red instalada en el IMJUVE.
El modelo de encriptación solicitado se deberá mantener con cualquier Gateway de Voz IP que esté en operación en la solución de Comunicaciones IP propuesta por el Proveedor, bajo los estándares solicitados.
El Proveedor deberá garantizar en su propuesta, que duran te la vigencia del Contrato la infraestructura para proporcionar el servicio de Voz IP puede operar en su conjunto con una técnica de encriptación superior a AES-128, que será implementada sin ningún costo adicional para el IMJUVE. El Proveedor deberá realizar una evaluación previa, para determinar el impacto del cambio, de los cuales deberá tomar las decisiones conjuntas con el IMJUVE.
El Sistema de Procesamiento de Llamadas IP propuesto, deberá contar con la capacidad de manejar Códigos de Seguridad personales de 5 dígitos como mínimo, para hacer uso de facilidades telefónicas como llamada a celular y/o larga distancia, en cualquier teléfono físico basado en hardware de la Red.
El modelo de comunicaciones IP propuesto, deberá incluir mecanismos de autenticación a nivel digital, que permitan a los teléfonos IP autenticarse con el Sistema de Procesamiento de Llamadas IP, por medio de certificados digitales para garantizar que son dispositivos validos en la Red con la 'categoría establecida.
El Sistema de Procesamiento de Llamadas IP, así como los Gateway de voz propuestos en la solución, deben incluir y soportar, mecanismos internos de seguridad como; accesos a la administración vía HTTPS (Hyper Text Transfer Protocol secure) y/o CLI por medio de TELNET y SSH.
El Proveedor deberá considerar en su propuesta técnica todo el hardware, software y licenciamiento necesario para proporcionar la solución de supervivencia o contingencia, que cumpla con las condiciones de operación y/o características técnicas siguientes:
La solución de supervivencia deberá estar habilitada y operar en caso necesario en los sitios solicitados el IMJUVE, con excepción de los sitios donde se instale un Sistema de Procesamiento de llamadas IP.
La solución de supervivencia deberá operar para los teléfonos IP basados en el protocolo SIP, para lo cual se deberá incluir todo el hardware, software y licenciamiento necesario.
En los sitios donde se encuentre instalado un Gateway de sobrevivencia local, la solución de supervivencia se deberá activar de manera automática, sin intervención del administrador de la Red, en el momento en que se pierda la comunicación vía la RPV (Red Privada Virtual) del IMJUVE hacia el sistema principal o ante la eventual caída total del mismo.
La operación en modo de Supervivencia deberá garantizar que todos los servicios de telefonía del inmueble donde se active continúen operando de manera local de la misma forma que en modo normal, conservando las funcionalidades ·básicas siguientes:
Transferencia de llamada con y sin consulta.
Desvío automático de llamadas (externas/internas).
Llamada en espera.
Llamadas entre teléfonos del mismo sitio.
Llamadas hacia la PSTN en los inmuebles que cuenten con troncales.
Configuración de varias líneas (múltiples llamadas por línea telefónica).
Configuración de varios números (múltiples líneas por Teléfono lP).
Marcación rápida.
Códigos de seguridad para llamadas de larga distancia y celular.
Identificador de llamada con nombre y número telefónico de quien llama.
Música en espera.
Tono de llamada en espera.
Conferencias de 6 participantes.
Marcación Directa Entrante (DIO).
Deberá soportar troncales analógicas
Manejo de señalización R2 modificado en troncales
Manejo de SIP.
Acceso a correo de voz
Traducción de dígitos marcados.
Conservación de llamada ante la recuperación de la conexión al Sistema de Procesamiento
El Proveedor deberá considerar en su propuesta técnica todos los elementos de hardware, software y licenciamiento necesarios, para operar las troncales que el IMJUVE tiene contratadas actualmente. Adicionalmente, la solución que ofrezca para el manejo de las troncales digitales deberá cumplir con las condiciones de operación y/o características técnicas siguientes:
La solución deberá soportar los siguientes tipos de troncales; IP, SIP, E1 PRI ISDN, E1 con soporte de Q.Sig, troncales analógicas (FXO) y Troncales ISDN BRI y deberá estar preparada con el hardware; sciftware y licenciamiento necesario para operar las troncales digitales E1 R2 Modificado.
La solución para el manejo de troncales digitales, deberá garantizar que, ante la caída o saturación del grupo de troncales asociadas a un determinado sitio, se podrá realizar de manera automática, la toma de troncal de otro sitio que cuente con este servicio.
La comunicación entre el Gateway de voz que se proponga para el manejo de las troncales digitales y el Sistema de Procesamiento de Llamadas IP y Teléfonos IP del IMJUVE, se deberá cifrar con al menos AES- 128 y utilizar el estándar SRTP.
La solución para el manejo de las troncales digitales E1, deberá contar con la función de cancelación de eco por hardware, conforme XXX-X X.000, además de manejar los tipos de señalizaciones Q.SIG, R2 Modificado, con funciones completas, sin restricción mediante licenciamiento.
La solución deberá incluir los acopladores de impedancia (Balum) necesarios para la correcta operación de la solución.
Los Gateway que se utilicen para el servicio de Troncales Digitales y Mecanismos de Supervivencia, deberán cumplir con las siguientes características y funcionalidades:
Contar con la última versión liberad a del Sistema Operativo con que cuente el fabricante al momento de instalar el equipo.
La documentación comprobatoria de este requerimiento se deberá integrar en la propuesta del Proveedor.
Manejar las siguientes interfaces físicas: Fast Ethernet o Gigabit Ethernet.
Manejar las siguientes interfaces físicas: BRI, El G.703, troncales El para conexión de la PSTN (con manejo de R2 modificado, Q.SIG).
Manejar Voz sobre IP (VoIP), además de soportar interfaces de voz digital (E1s) con interfaces de voz analógicas de los tipos FXS y FXO.
Incluir los módulos de digitalización de voz DSP (Digital Signal Processor), necesarios para la correcta operación de la totalidad de los puertos de voz.
Manejar mecanismos de control de llamadas, para garantizar el ancho xx xxxxx necesario para gestionar un número configurable de llamadas máximas simultáneas entre sitios.
Contar con la capacidad de manejo de los protocolos HTTP, HTTPS, SMTP, SIP, TLS, IPv4 IPv6.
Soporte de configuración de hora vía NTP
Soportar los códec G.711a, G .711u, G.722, G.729a y G.729ab e iLBC.
Contar con la capacidad de manejar las llamadas simultáneas de voz necesarias, para atender los requerimientos de los usuarios en los sitios donde se instalarán.
Manejar el modo de operación de conmutador IP de contingencia, soportando el servicio de supervivencia para la totalidad de terminales IP y analógicas de los sitios donde se instalarán.
Contar con la capacidad y recursos para manejar al menos, 5 conferencias simultáneas de voz de 6 participantes manejar los estándares IEEE 802.1q, SNMP y SIP.
La administración del equipo deberá estar basada en control de acceso por roles y deberá poder realizarse vía puerto de consola.
El Proveedor deberá considerar en su propuesta técnica, tocios los dispositivos telefónicos IP y analógicos requeridos, los cuales deberán cumplir con las características técnicas y ·funcionalidades siguientes:
5.6.1 Terminal IP Básica
Deberá contar con una pantalla a color o Monocromática de 2" o superior.
Deberá contar por lo menos 2 líneas de apariencia.
Deberá contar con botones programables y botones de funciones fijas (con LED) como altavoz, silencio y navegación.
Deberá manejar historial de llamadas.
Deberá contar con 2 puertos GE (10/100/1000).
Deberá contar con XxX.
Deberá poder ser energizado a través xx xxxxxxx de alimentación e incluir la misma en caso de ser solicitada por el IMJUVE.
Deberá soportar los siguientes codees de voz X.000X/x, X.000xx, X.000, G.722.1, G.722.2, iLBC, Opus y AAC- LD
Deberá manejar el almacenaje de múltiples contactos.
Deberá manejar administración y Mantenimiento remoto.
Deberá manejar actualizaciones y aplicaciones de software automáticamente, así como administración vía web.
Deberá manejar TLS/SRTP (AES 128).
Deberá manejar 802.1P/Q, DSCP.
El proveedor deberá considerar en su propuesta técnica, el hardware, software y licenciamiento necesario para Distribución Automática de Llamadas (Automatic Call Distribution o ACD por sus siglas en inglés), que se implementará a través del Sistema de Procesamiento de Llamadas IP y deberá contar con las funcionalidades siguientes:
Selección de línea secuencial.
Bajo este esquema el sistema deberá enrutar la llamada hacía los agentes disponibles basándose en el orden de ingreso de estos al sistema. Esto es, que las llamadas deberán ser preferentemente enrutadas hacia aquellos agentes disponibles que hayan ingresado con mayor anticipación al sistema.
Re- direccionamiento a servicio nocturno.
Bajo este esquema las llamadas deberán ser redireccionadas hacia un servicio nocturno en el caso de que todos los agentes se encuentren ocupados, o bien hayan salido del sistema.
Encolamiento de llamadas cuando todos los agentes se encuentren ocupados.
El sistema deberá ser capaz de mantener encoladas todas las nuevas llamadas hasta que un agente que estaba ocupado de libere y conteste la llamada.
Encolamiento de llamadas con redireccionamiento posterior hacia un usuario virtual (opcional).
Ajuste de Prioridad de Encolamiento.
El sistema deberá ser capaz de permitir ajustar la secuencia en la cual las llamadas son contestadas basándose en la prioridad de estas. De esta manera, al recibir una llamada con alta prioridad hacia una determinada cola de atención y todos los agentes pertenecientes a la misma se encuentren ocupados, el agente deberá ser capaz de poner esta llamada en primer lugar de la cola pudiendo contestar la llamada de alta prioridad inmediatamente después de haber concluido su llamada actual dejando así las llamadas menos importantes en la cola.
Deberá contar con la capacidad de asignar diferentes Perfiles a los agentes y configurar diferentes Perfiles por grupo de agentes.
Si la solución está basada en sistema Operativo Windows, el Proveedor deberá proporcionar el software de antivirus necesario. El software de antivirus deberá mantenerse actualizado durante la vigencia de la garantía.
Deberá soportar la capacidad de grabación de llamadas de manera automática.
Identificación visual desde el teléfono de si hay una o más llamadas en espera, para agilizar la llamada que se tiene en el momento.
Contestación automática al momento de asignar al agente, es decir, el agente no deberá presionar ningún botón para que la llamada sea considerada como atendida.
Configuración de los mensajes que escuchará el usuario cuando; todos los operadores estén ocupados, la llamada se reciba a fuera de los horarios de servicio, así como de los mensajes que se requieran por parte del IMJUVE.
Capacidad de generar reportes de distribución de llamadas, llamadas abandonadas, nivel de servicio, llamadas por agente entre otros.
Se entenderá como Servicios de Operadora Automática, la funcionalidad asociada a un Sistemas de Procesamiento de Llamadas IP, para que las llamadas de usuarios externos o internos, dirigidas a un número de grupo troncales del IMJUVE, las distribuya el sistema de procesamiento a la operadora automática, misma que le ofrecerá al usuario de forma automática la opción de consulta y/o solicitud de información o enviarlo a una determinada extensión (con o sin DID asociado).
Por lo anterior el Proveedor deberá considerar en su propuesta técnica el Servicio de Operadora Automática cumpliendo con lo siguiente:
El servicio de Operadora Automática deberá proveer un menú de opciones de navegación, para dividir fácilmente el tráfico en áreas de atención y, en caso de solicitarlo el IMJUVE, en requerimientos de información más especializados, para canalizar las llamadas a su destino correspondiente. El administrador del contrato del IMJUVE, en conjunto con el Proveedor que resulte adjudicado, establecerán en la fase de planeación los menús de navegación y política para el desborde de las llamadas, así mismo, la solución deberá contar con la posibilidad de ofrecer dos menús, uno para el día (horario hábil de atención), y uno para la noche (informativo), de acuerdo con las solicitudes del IMJUVE
Cuando se seleccione una opción inválida en el menú, se deberá transferir la llamada al inicio de este. Si no se selecciona ninguna opción del menú, la llamada deberá transferirse automáticamente al Servicio de Operadora Manual después de un tiempo programable.
La Operadora Automática contar con la facilidad de enrutar la llamada hacia algún número de extensión del IMJUVE con o sin DID asociado, siempre y cuando la persona que llama lo conozca y lo digite. El Sistema de Procesamiento de Llamadas IP, deberá poder supervisar la transferencia de la llamada, si el usuario se encuentra en estado libre o desviado a otra extensión, la llamada se transferirá, si el usuario está ocupado, la persona que llama será dirigida al buzón de voz de este, en caso de contar con este servicio.
El servicio de Operadora Automática deberá operar de forma centralizada en los sitios donde lo soliciten el IMJUVE, atendiendo cada uno, las llamadas entrantes de los números de grupo de las troncales del sitio asociado.
Cada solución de Operadora Automática que solicite el IMJUVE, deberá manejar los puertos de acceso serán definidos por el IMJUVE, para las peticiones y/consultas que realicen los usuarios externos e internos.
La solución de Operadora Automática deberá contar con la capacidad de manejar una determinada cantidad de sesiones concurrentes hacia cada uno de los sitios de la Red del IMJUVE, conforme a los requerimientos de éstas y con base a la capacidad de puertos solicitados para cada Operadora Automática. En su caso, la asignación de sesiones concurrentes se determinará de común acuerdo entre el administrador del contrato del IMJUVE y el Proveedor que resulte adjudicado.
El Sistema de Procesamiento de Llamadas IP deberá contar con la capacidad de desbordar a las Operadoras Automáticas, las llamadas externas que ingresen por los Números de Grupo de las troncales de los sitios, donde se cuente con este tipo de servicios, conforme a los requerimientos que establezca el administrador del contrato del IMJUVE.
NOM-019-SCFI-vigente y/o UL norma equivalente internacional: seguridad de Equipo de Procesamiento de Datos.
Energy Star®
EPEAT® Gold o Silver o Bronze o equivalente.
Se deberá de entregar manual del equipo para su instalación, configuración y operación impreso, en medio electrónico y en idioma español, además deberá proporcionar la liga del sitio Web en el cual se puede descargar.
El Proveedor deberá entregar el procedimiento de recepción de reportes y atención xx xxxxxx de los equipos, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del contrato.
Se deberá indicar una línea telefónica del fabricante o centro de atención telefónica certificado o aprobado por el fabricante sin costo de llamada para el usuario y un correo electrónico del fabricante, corno canales para hacer efectiva la garantía de los equipos.
Los equipos ofertados por el Proveedor, por partida deberán ser nuevos y no remanufacturados de una misma marca y modelo y serán validados por el IMJUVE, así mismo, deberán cumplir con las características técnicas, solicitadas en el presente anexo técnico.
El Proveedor deberá presentar como parte de su propuesta técnica la siguiente documentación:
Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos a ofertar detallando marca y modelo de los equipos propuestos y que certifique la configuración de los equipos propuestos para cada una de las partidas descritas en el presente anexo técnico.
Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos a ofertar en donde designe al Proveedor como distribuidor autorizado y certificado de los equipos propuestos.
Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos a ofertar en donde manifieste que el Proveedor cuenta con personal certificado por el fabricante para la instalación, configuración y puesta en punto de los equipos propuestos.
Carta original, en papel membretado y firmada por el fabricante en la que se relacionen sus centros de servicio autorizados.
Carta original del fabricante en la que se manifieste que cuentan con la infraestructura técnica y de servicio y que garantiza la existencia de refacciones para el mantenimiento de los bienes objeto del arrendamiento, durante la vigencia del contrato de arrendamiento.
Carta original del fabricante en la que se manifieste que los equipos objeto del arrendamiento, no tendrán un anuncio de fin de vida ni anuncio de fin de mantenimiento durante la vigencia del contrato de arrendamiento.
El Proveedor deberá presentar dentro de su propuesta técnica los documentos impresos con los que se acredite el cumplimiento de las normas y certificaciones requeridas en el presente anexo técnico, en la ficha técnica deberá identificar cada una de las características técnicas solicitadas para los equipos descritos en las diferentes partidas. Los catálogos o folletos deberán estar impresos en idioma español; de no ser así, se deberá acompañar a estos con una traducción al español en caso de que alguna referencia solicitada no se refleje en la ficha técnica del equipo, pero si este soportado por el fabricante, el IMJUVE aceptará una carta de fabricante mencionando el soporte de la funcionalidad solicitada
Carta original, en papel membretado y firmada por el Proveedor en el que manifieste que los equipos que ofertará y suministrará son nuevos, no armados, no remanufacturados y de modelos recientes (máximo dos años), especificando la fecha de inicio de comercialización del equipo.
El Proveedor deberá incluir en su propuesta curso de capacitación del equipo para Red telefonía IP impartido en las instalaciones del IMJUVE en el domicilio ubicado en calle Xxxxxxx Xxxxxx número 76, Colonia San Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, para el personal que lo requiera, con una duración mínima de 40 horas.
Los cursos de capacitación deberán incluir la operación, administración y configuración de los bienes propuestos.
La fecha en que se realizará la capacitación será definida entre el Proveedor y el IMJUVE.
La instalación, configuración y puesta a punto de los bienes ofertados deberá ser realizada por parte del Proveedor y de común acuerdo con el IMJUVE, éstas se realizarán en las instalaciones del IMJUVE en el domicilio ubicado en calle Xxxxxxx Xxxxxx número 76, Colonia San Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx o donde el IMJUVE lo requiera.
Para la instalación, configuración y puesta a punto de los bienes ofertados, el Proveedor deberá entregar un plan de trabajo al Administrador del Contrato del IMJUVE, quien aprobará dicho plan. El IMJUVE determinará la ubicación física en donde se requiera instalar los equipos.
Los entregables se definen como la documentación que será responsabilidad del Proveedor entregarlos al Administrado del Contrato del IMJUVE.
Los Administradores de Contrato del IMJUVE y el representante designado por el Proveedor serán responsables de darle cumplimiento a lo establecido en el presente anexo técnico.
El Proveedor deberá entregar de forma electrónica, archivos con la relación en la que se indique marca, modelo y número de serie, así como las remisiones de entrega firmadas por el responsable de las áreas que designe el administrador del contrato de cada una del IMJUVE para la entrega de los equipos.
Dentro de los primeros quince (15) días hábiles posteriores a la adjudicación del contrato, el Proveedor deberá entregar lo siguiente:
Cronograma de actividades
El plan de trabajo detallado para la instalación, configuración y puesta a punto de los bienes ofertados para el IMJUVE, con aprobación de las mismas. El plan de trabajo deberá incluir la definición, desarrollo y mantenimiento de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y puesta a punto.
El Proveedor deberá entregar el procedimiento de recepción de reportes para la atención y resolución xx xxxxxx de los equipos dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del contrato.
El proveedor deberá entregar una matriz de escalamiento que permita al IMJUVE contactar al personal designado por el proveedor para asegurar el cumplimiento conforme al presente anexo técnico. De igual manera, el proveedor deberá proporcionar un documento donde se plasme el procedimiento que seguirá para resolución de incidentes.
Memoria Técnica dentro de los primeros diez (10) días hábiles posteriores a la puesta en operación de los equipos de telefonía IP conteniendo lo siguiente:
Relación de equipos utilizados para la implementación de la solución.
Diagramas de conectividad. Los Diagramas se incluirán dentro de la memoria técnica en formato electrónico (Microsoft Office Visio).
Registro de las pruebas de conectividad realizadas.
El proveedor deberá incluir un acopia del resultado de los equipos de la solución implementada en medio magnético.
El caso de sustitución de equipos o cambio de configuración en los mismos, la memoria técnica deberá ser actualizada por el proveedor.
Entregables mensuales
Entrega dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la conclusión del mes que se pretende facturar, de los siguientes documentos:
Relación total de equipos activos
Reporte de incidencias.
El proveedor deberá poner a disposición del IMJUVE una mesa de ayuda con disponibilidad 24 horas, los 7 días de la semana, durante toda la vigencia del contrato, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del contrato para que el Instituto pueda reportar fallas de los equipos de telefonía IP, para lo cual el proveedor deberá proporcionar números convencionales y celulares, además de correos electrónicos del representante designado por el proveedor.
Los tiempos de atención y solución xx xxxxxx requeridos son:
La garantía en sitio de los bienes se cubrirá en las instalaciones del IMJUVE en la que se encuentre instalado el equipo.
Para el equipo de procesamiento de llamadas IP, Gateway con capacidad de supervivencia, Gateway para troncales, el tiempo de atención vía telefónica tendrá disponibilidad 24 horas, los 7 días de la semana, durante toda la vigencia del contrato, en un tiempo no mayor a 15 minutos, en sitio deberá ser en un plazo no mayor a 6 horas naturales y el tiempo de reparación en un plazo no mayor de 24 horas naturales con reemplazo de partes, a partir del levantamiento del reporte.
Para los teléfonos, el tiempo de atención vía telefónica tendrá disponibilidad 24 horas, los 7 días de la semana, durante toda la vigencia del contrato, será en un tiempo no mayor a 15 minutos, en sitio deberá ser en un plazo no mayor a 24 horas naturales y el tiempo de reparación en un plazo no mayor de 48 horas naturales con reemplazo de partes, a partir del levantamiento del reporte.
Si el tiempo de reparación excede el tiempo establecido en los puntos antes mencionados, al día siguiente hábil, el Proveedor deberá entregar un equipo de respaldo equivalente mientras se soluciona el problema.
Si el equipo presenta más de cinco fallas dentro de un periodo de 30 días naturales, el Proveedor deberá sustituirlo por uno de características equivalentes, en un plazo no mayor a un día hábil a partir xxx xxxxxx reporte xx xxxxx en el mes para la CDMX y Área Metropolitana y dos días hábiles a partir xxx xxxxxx reporte xx xxxxx en el mes para las zonas foráneas incluyendo el tiempo de atención.
Si la reparación excede los 30 días naturales a partir de la fecha del reporte, al día siguiente hábil, el Proveedor entregará a cambio un equipo nuevo con las características iguales o superiores al arrendado.
El Proveedor deberá proporcionar durante la vigencia de la garantía los niveles de atención descritos en la siguiente tabla:
Actividad |
Descripción |
Alcance |
|
Entregables
|
El Proveedor deberá entregar los equipos arrendados. El Proveedor deberá entregar de forma electrónica, archivos con la relación en el que se indique marca, modelo y número de serie, así como las remisiones de entrega firmadas por el responsable del proyecto a la persona que designe el Administrador del Contrato para la entrega de estos. |
Arrendamiento de equipo para telefonía IP
|
Dentro de los noventa 90 días naturales a partir de la fecha de adjudicación del contrato. |
Entregables |
El Proveedor deberá de entregar: Cronograma de actividades. El plan de trabajo detallado para la instalación, configuración y puesta a punto de los bienes ofertados para IMJUVE, con aprobación de estas. El plan de trabajo deberá incluir la definición, desarrollo y mantenimiento de un plan de pruebas para validar la correcta insta1ación, configuración y puesta a punto. El Proveedor deberá entregar el procedimiento de recepción de reportes para la atención y resolución xx xxxxxx de los equipos dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del contrato. El Proveedor deberá entregar una matriz de escalamiento que permita al IMJUVE contactar al personal designado por el Proveedor para asegurar el cumplimiento conforme al presente anexo técnico. De igual manera, el Proveedor deberá proporcionar un documento donde se plasme el procedimiento que seguirá para resolución de incidentes |
Arrendamiento de equipos para telefonía IP |
Dentro de los primeros quince (15) días hábiles posteriores a la adjudicación del contrato. |
Entregables |
Memoria técnica conteniendo: Relación de equipos utilizados para la Arrendamiento de implementación del equipo para telefonía solución. Diagramas de conectividad. Los diagramas se incluirán dentro de la memoria técnica en formato electrónico (Microsoft Office Visio). Registro de las pruebas de conectividad realizadas. El Proveedor deberá incluir una copia del respaldo de los equipos de la solución implementada en medio magnético. En caso de sustitución de equipos o cambio de configuración en los mismos, la memoria técnica deberá ser actualizada por el Proveedor. |
Arrendamiento de equipos para telefonía IP |
Dentro de los primeros diez (10) días hábiles posteriores a la puesta en operación de los equipos para de telefonía IP |
Entregables mensuales |
El Proveedor deberá entregar: Relación total de equipos activos. Reporte de incidencias. |
Arrendamiento de equipo para telefonía IP
|
Dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la conclusión del mes que se pretende facturar. |
Mesa de Ayuda |
Poner a disposición del IMJUVE una Mesa de Ayuda para el levantamiento de reportes xx xxxxxx de los equipos. |
Arrendamiento de equipo para telefonía |
Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del contrato. |
Atención xx xxxxxx del IMJUVE
|
Atención y reparación xx xxxxxx y problemas relacionadas con los equipos. |
Arrendamiento de equipo para telefonía IP |
Para el equipo de procesamiento de llamadas IP, Gateway con capacidad de supervivencia, Gateway para troncales, el tiempo de atención vía telefónica 24 horas, los 7 días de la semana, durante toda la vigencia del contrato, será en un tiempo no mayor a 15 minutos, en sitio deberá ser en un plazo no mayor a 6 horas naturales y el tiempo de reparación en un plazo no mayor de 24 horas naturales con reemplazo do partes, a partir del levantamiento del reporte. Para teléfonos, el tiempo de atención vía telefónica 24 horas, los 7 días de la semana, durante toda la vigencia del contrato será en un tiempo no mayor a 15 minutos, en sitio deberá ser en un plazo no mayor a 24 horas naturales y el tiempo de reparación en un plazo no mayor de 48 horas naturales con reemplazo de partes, a partir del levantamiento del reporte. si el tiempo de reparac1on excede el tiempo establecido en los puntos antes mencionados, al día siguiente hábil, el Proveedor deberá entregar un equipo de respaldo equivalente mientras se soluciona el problema. Si el equipo presenta más de cinco fallas dentro de un periodo de 30 d1as naturales, el Proveedor deberá sustituirlo por uno de caracter1sticas equivalentes, en un plazo no mayor a un día hábil a partir xxx xxxxxx reporte xx xxxxx en el mes para la CDMX y Área Metropolitana y dos días hábiles a partir xxx xxxxxx reporte xx xxxxx en el mes para las zonas foráneas incluyendo el tiempo de atención. Si la reparación excede los 30 días naturales a partir de la fecha del reporte, al día siguiente hábil, el Proveedor entregará a cambio un equipo nuevo con las características iguales o superiores al arrendado. |
A partir de dar a conocer el fallo hasta el 31 de diciembre de 2022.
Plazo de entrega de los equipos
La entrega de los equipos, su instalación, configuración y puesta a punto se deberá realizar en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir del día hábil siguiente a la fecha de adjudicación del contrato.
Se hará constar la entrega en mención, a través de acta administrativa levantada para ello, suscrita por el Administrador del contrato, el Proveedor y de los testigos respectivos.
El Proveedor deberá entregar los equipos en el IMJUVE en el domicilio calle Xxxxxxx Xxxxxx número 76, Colonia San Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx
El pago correspondiente se realizará dentro de los 20 días naturales contados a partir de la entrega de la factura, previa entrega, instalación, configuración y puesta a punto de los equipos a entera satisfacción del IMJUVE en términos del presente Anexo técnico de conformidad con el artículo 51, de la LAASSP.
Lo anterior, quedará condicionado proporcionalmente al pago que el Proveedor del equipo deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales o deducciones con motivo del incumplimiento en que pudiera incurrir.
Para el presente procedimiento queda especificado que el pago por el arrendamiento comenzará a correr a partir del siguiente día hábil de que el arrendamiento quede debidamente configurado y en operación, a entera satisfacción de la respectiva del IMJUVE.
Penas convencionales
En el servicio:
El proveedor se obliga a pagar al IMJUVE una pena convencional del 5% sobre el monto mensual de pago previsto para los equipos no entregados, instalados, configurados y puestos en marcha, conforme a lo descrito en el numeral 14 del presente anexo técnico por cada día natural de atraso para la respectiva contratación del IMJUVE según la normatividad aplicable de cada una de ellas.
La misma pena se aplicará en el caso de no proporcionar la mesa de ayuda dentro de los 5 días hábiles posteriores a la adjudicación; por cada día natural de atraso.
El total de la pena convencional no podrá exceder el monto de la garantía de cumplimiento sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A), de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la LAASSP.
En los entregables:
El proveedor se obliga a pagar al IMJUVE una pena convencional por no presentar los entregables mensuales en los plazos establecidos en el numeral 12 del presente anexo técnico. Dicha pena será de 5% del valor del costo mensual del arrendamiento del equipo, por cada día natural de atraso. El total de la pena convencional no podrá exceder el monto de la garantía de cumplimiento sin considerar el impuesto del valor agregado (I.V.A), de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la LAASSP.
Deductivas
Se aplicará una deductiva al proveedor por el incumplimiento parcial o deficiente en el servicio. Dicha deductiva será del 2% sobre el monto de facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el presente anexo por cada día natural de atraso. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la Ley de Adjudicaciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Igual porcentaje, se aplicará como deductiva en los casos que el proveedor suspenda el servicio por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el servicio, independientemente de que no se pagaría arrendamiento por el tiempo que dure la suspensión.
En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por el proveedor del servicio, el Administrador del Contrato podrá optar por cancelar total o parcialmente el servicio aplicando la pena convencional máxima al proveedor, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley antes citada o bien, optar por rescindir el contrato en término de la Ley.
Garantía de cumplimiento
Para garantizar el cumplimiento del o los contrato (s) que se le llegase adjudicar al Proveedor, se obliga a entregar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del instrumento contractual, garantía (divisible o indivisible) en moneda nacional (pesos mexicanos) por el equivalente al 10% (diez por ciento) del importe del contrato que suscriba con cada una del IMJUVE, sin considerar el impuesto al valor agregado, la cual deberá emitir a favor de la Tesorería de la Federación o a quien en su caso corresponda y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 103 del reglamento de la LAASSP, aplicable en la materia.
La garantía se deberá de entregar en el domicilio del IMJUVE, en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx.
Administrador del contrato
El Administrador del contrato será el responsable de calcular y notificar al Proveedor, las penas convencionales y las deductivas que se hubieran determinado en el periodo de evaluación. Para la recepción del arrendamiento el Administrador del Contrato verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas para el otorgamiento del arrendamiento, de conformidad con lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 84 del reglamento de la LAASSP.
El Proveedor que resulte adjudicado previo a la firma del contrato respectivo deberá cumplir con los puntos que se indican a continuación:
Acreditación de la existencia y personalidad jurídica (Art. 48 fracción V RLAASSP). (Que el objeto social sea acorde con el objeto de la contratación).
Acreditación del representante legal.
Manifestación de nacionalidad mexicana. (Art. 35 RLAASSP).
Manifiesto de acreditación de normas aplicables.
Documento que acredite el derecho de la propiedad intelectual de los productos ofertados (en su cas9).
Supuestos establecidos en los Articulas 50 y 60, Antepenúltimo Párrafo de la LAASSP.
Declaración de integridad del Proveedor de no adoptar conductas que induzcan o alteren las evaluaciones de proposiciones.
Firma electrónica vigente para participar a través de compraNet.
Estar al corriente de sus obligaciones fiscales (Art. 32 D CFF, SAT, IMSS e INFONAVIT). En caso de que subcontrate con terceros a su personal, adicionalmente, deberá presentar contrato de prestación de servicios celebrado con el tercero, así como la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de aportaciones patronales de este último.
Manifestación de estratificación de la empresa (MIPYME).
El Proveedor deberá presentar en su propuesta técnica carta en papel membretado firmada por el representante legal, donde se compromete a mantener absoluta confidencialidad de la información a la cual tengan acceso siendo responsable de cada uno de los integrantes del personal asignado para el desarrollo y operación del proyecto, respetando el manejo correcto de la información.
Toda la información a que tenga acceso el personal que el Proveedor designe para el cumplimiento del contrato, es considerada de carácter confidencial.
El (los) Proveedor (es) se constituye (n) como único patrón del personal que ocupe para llevar a cabo las acciones derivadas del presente procedimiento de contratación y será el único responsable de las obligaciones que en virtud de disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad Social, les deriven frente a dicho personal, liberando al IMJUVE de cualquier responsabilidad laboral al respecto.
Los Proveedores deberán cotizar por precios unitarios sin incluir el I.V.A. y en moneda nacional (pesos mexicanos), conforme al presente anexo técnico y a los formatos que se acampanan.
Las cotizaciones se deberán presentar por precios unitarios considerando los costos por periodos de 1, 2 y 3 años.
Es importante mencionar que en todo lo demás relacionado a este servicio, se apegarán a las especificaciones y características técnicas del Contrato Marco “Arrendamiento de equipo para Telefonía IP” incluido el primer convenio modificatorio.
ATENTAMENTE
Xxxx Xxxx Xxxxxxx
El Subdirector de Sistemas
Registro de participación
Manifiesto de interés para participar en el Procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente
Ciudad de México a ____ de _______ de 2022.
Declaro, bajo protesta de decir verdad, que la empresa que represento manifiesta por este conducto su interés de participar en el proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de registro en CompraNet IA-000XXX000-E42-2022, que para tal efecto sirvan los siguientes datos:
Razón Social: ___________________________________________________________
R.F.C.: ________________________________________________________________
Domicilio: _____________________________________________________________
Objeto Social de la empresa (en su caso): _______________________________________
Acta Constitutiva con Escritura No. (en su caso): __________________________________
Poder del Representante con Escritura No. (en su caso): _____________________________
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma de la Persona Física
o Representante Legal)
ANEXO T2
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
T2) El Proveedor deberá presentar en su propuesta técnica carta en papel membretado firmada por el representante legal, donde se compromete a mantener absoluta confidencialidad de la información a la cual tengan acceso siendo responsable de cada uno de los integrantes del personal asignado para el desarrollo y operación del proyecto, respetando el manejo correcto de la información.
Toda la información a que tenga acceso el personal que el Proveedor designe para el cumplimiento del contrato, es considerada de carácter confidencial.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO T3
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
Currículo de la empresa firmado por su representante legal, en el cual señale entre otros aspectos lo siguiente:
Nombre, razón social o denominación del invitado y su objeto social;
Año de creación, domicilio, teléfono, correo electrónico y en su caso página web;
Relación de clientes principales (de los últimos 3 años, a quienes les haya otorgado servicios iguales o similares a los requeridos por el IMJUVE, para lo cual deberá indicar los siguientes datos de cada cliente: nombre, razón social o denominación, dirección, teléfono y/o correo electrónico, el tipo de servicio prestado, el monto, fecha del contrato del servicio prestado y la entidad federativa donde se prestó el servicio
ANEXO T4
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
Escrito en el que manifieste que se obliga que, en caso de resultar adjudicado, prestará los servicios donde resulte aplicable, en cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas y de las Normas Mexicanas según proceda y a falta de éstas, de las normas internacionales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y particularmente a lo señalado en las normas siguientes:
NOM-019-SCFI vigente y/o UL norma equivalente internacional: Seguridad de Equipo de Procesamiento de datos.
El posible proveedor deberá atender lo establecido en la NOM-030-STPS-2009, numeral 7, inciso c), para coadyuvar en la mitigación de emergencias y contingencias sanitarias, así como atender las recomendaciones que emitan las Autoridades Sanitarias y cumplir con los protocolos de sanidad de cada centro de trabajo.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO E1
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
PROPUESTA ECONÓMICA
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
PARTIDA DE ACUERDO AL CONTRATO MARCO |
REFERENCIA |
SERVICIO ARRENDAMIENTO |
Cantidad C |
Precio Unitario mensual |
Total (mensual) |
Total (6 meses) |
|||
Xxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxx |
||||
16 |
5.1 |
Equipo TIPO 1/ FXO/IP con capacidad de manejo de hasta 300 extensiones |
1 |
2 |
$ |
$ |
$ |
$ |
$ |
46 |
5.6.1 |
Equipo TIPO 2/ FXO/IP con capacidad de manejo de hasta 1000 extensiones |
18 |
45 |
$ |
$ |
$ |
$ |
$ |
|
|
|
|
|
SUBTOTAL |
$ |
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$ |
$ |
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I.V. A |
$ |
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$ |
$ |
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|
TOTAL. |
$ |
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$ |
$ |
Notas:
Se deberá cotizar los precios unitarios considerando 2 decimales.
Los participantes deberán enviar su propuesta Económica (ANEXO E1), la cual deberá contener la descripción considerada en su proposición técnica. El “INSTITUTO no estará obligado a ejercer el importe máximo del contrato.
El importe mensual podrá fraccionarse para obtener el importe del servicio entre 30 días por los días de servicio considerados a la entrega y puesta en operación de los equipos arrendados.
Los invitados deberán satisfacer todos y cada uno de los siguientes requisitos en Propuesta Económica (ANEXO E1), misma que deberá contener como mínimo lo siguiente:
Propuesta del servicio ofertado, en función del ANEXO T1 de la Invitación, indicando el servicio, cantidad, precio unitario sin I.V.A., importe, subtotal, I.V.A. y total. Deberá de incluir todos los costos inherentes a la prestación del servicio, por lo que no se podrá agregar ningún costo extra y serán inalterables durante la vigencia del instrumento jurídico;
Vigencia del Servicio;
La indicación de que los precios serán fijos durante la vigencia del instrumento jurídico y hasta la prestación total del servicio, a entera satisfacción del área requirente, y por ningún motivo se podrán solicitar incrementos a los consignados en las ofertas enviadas.
La proposición económica deberá presentarse en moneda nacional, es decir en pesos mexicanos, las cotizaciones se deberán presentar por precios unitarios considerando los costos por periodos de 1, 2 años.
Es importante mencionar que en todo lo demás relacionado a este servicio, se apegarán a las especificaciones y características técnicas del Contrato Marco “Arrendamiento de equipo para Telefonía IP” incluido el primer convenio modificatorio.
A T E N T A M EN T E
_____________________________________
(Nombre y Firma de la Persona Física o Representante Legal)
ANEXO L1-A
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP).
ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD
(PERSONAS XXXXXXX)
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE DEL PRESTADOR DE SERVICIOS), en nombre y representación de la empresa (NOMBRE DEL OFERENTE) manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos, así como que cuento con las facultades necesarias y suficientes para suscribir la propuesta en el procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA número CompraNet IA-000XXX000-E42-2022, referente a la contratación del “SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”, por lo que es mi deseo e interés participar en el mismo, a nombre y en representación de la empresa señalada en primer lugar.
I) DATOS DEL OFERENTE:
1.- Denominación o Razón Social:_________________________ 2.- RFC: ____________________ 3.- Domicilio 3.1 Calle y número: ____________________ 3.2 Colonia:___________________________ 3.3 Alcaldía o Municipio: ______________ 3.4 Entidad Federativa: __________________ 3.5 código postal: ______________________ 4.- Teléfono: ___________________________(en caso de contar con él) 5.- Fax:________________________________ (en caso de contar con él) 6.- Correo electrónico:_____________________ 7.- Número y fecha de la escritura pública o póliza en la que consta su acta constitutiva: ____________________________ 8.- Nombre, número y lugar del fedatario público (notario x xxxxxxxx público) ante el cual se dio fe de la misma:__________ 9.- Inscrita en el Registro Público de Comercio, bajo el (folio, número, libro, partida, según aplique) _______________________el (fecha) ____________. 10.- Relación de accionistas:
Apellido paterno: Apellido materno: Nombre(s): _________________________ __________________________ __________________________
11.- Descripción del objeto social: ____________________________________________________________________ NOTA: EL OBJETO SOCIAL DEBE ESTAR RELACIONADO DIRECTAMENTE CON EL OBJETO DE LA ADQUISICIÓN O SERVICIO QUE SE OFRECE; EN CASO DE REQUERIR MAS ESPACIO SE PODRÁ UTILIZAR OTRA HOJA |
II) REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA (CUANDO APLIQUE)
12.- Número y fecha de la escritura pública o póliza en la que consta su reforma: ________________________________ 13.- Nombre, número y lugar del fedatario público (notario x xxxxxxxx público) ante el cual se dio fe de la misma:________ 14.- Inscrita en el Registro Público de Comercio, bajo el (folio, número, libro, partida, según aplique) _______________________el (fecha) ____________.
|
III) DATOS DEL REPRESENTANTE DEL OFERTANTE
15.- Nombre del representante: ______________________ 16.- RFC: __________________________ 17.- Domicilio 17.1 Calle y número: _________________________________ 17.2 Colonia: _______________________________________ 17.3 Alcaldía o Municipio ___________________________ 17.4 Entidad Federativa: ______________________________ 17.5 código postal: __________________________________ 18.- Teléfono: _____________________(en caso de contar con él) 19.- Fax: _________________________(en caso de contar con él) 20.- Cargo del representante: (representante legal, apoderado legal, administrador único, gerente general, director general, etc.). ___________________________________
|
IV) DATOS DEL DOCUMENTO MEDIANTE EL CUAL EL REPRESENTANTE DEL PARTICIPANTE ACREDITA SU PERSONALIDAD Y FACULTADES
21.- Número y fecha de la escritura pública o póliza: _______________________________________________________ 22.- Nombre, número y lugar del fedatario público (notario x xxxxxxxx público) ante el cual se otorgó: _________________
(Siempre que el poder sea general y se haya otorgado antes de la reforma al Código de Comercio del 2 xx xxxxx de 2009 se deberán insertar los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio)
23.- Inscrita en el Registro Público de Comercio, bajo el (folio, número, libro, partida, según aplique) _______________________el (fecha) ____________.
|
ATENTAMENTE
________________________________
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD
Nombre y Firma del representante del invitado que tenga facultades para ello
NOTA: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
ANEXO L1-B
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD
(PERSONAS FÍSICAS)
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE DEL PRESTADOR DE SERVICIOS), en nombre y representación de la empresa (NOMBRE DEL OFERENTE) manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos, así como que cuento con las facultades necesarias y suficientes para suscribir la propuesta en el procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA número CompraNet IA-000XXX000-E42-2022, referente a la contratación del “SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”, por lo que es mi deseo e interés participar en el mismo, a nombre y en representación de la empresa señalada en primer lugar.
I) DATOS DEL OFERENTE:
1.- RFC: ____________________ 2.- Domicilio 2.1 Calle y número: ____________________ 2.2 Colonia:___________________________ 2.3 Alcaldía o Municipio: ______________ 2.4 Entidad Federativa: __________________ 2.5 código postal: ______________________ 3.- Teléfono: ___________________________(en caso de contar con él) 4.- Fax:________________________________(en caso de contar con él) 5.- Correo electrónico:_____________________ |
ATENTAMENTE
________________________________
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD
Nombre y Firma del invitado o del representante que tenga facultades para ello
NOTA: La información que se indica en presente formato podrá ser reproducida por cada participante en el modo que estime conveniente, siempre y cuando respete su contenido
ANEXO L2
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
De conformidad con el artículo 48 fracción X del Reglamento, el participante para efectos de identificación deberá enviar:
Nacional: Copia fotostática legible por ambos lados de una identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas, y en caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición, ya sea pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar nacional, credencial para votar.
El Representante extranjero de personas xxxxxxx: Para efectos de identificación, deberá de acreditar su legal estancia en el país, a través de los documentos FM2 o FM3.
El participante que resulte adjudicado deberá presentar original de la identificación para su cotejo previo a la firma del Contrato.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO L3
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
ACREDITACIÓN DE NACIONALIDAD MEXICANA
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
Con relación al Procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, referente a la contratación del “SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”.
(EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA UNA PERSONA MORAL)
(NOMBRE DEL APODERADO) manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que la empresa (NOMBRE DEL OFERENTE) a la cual represento, es de nacionalidad mexicana.
Asimismo, que previo a la firma del contrato en caso de que este le sea adjudicado, se presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos que establece el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
(EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA UNA PERSONA FÍSICA)
(NOMBRE DEL OFERENTE) manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que soy de nacionalidad mexicana.
Asimismo, que previo a la firma del contrato en caso de que este me sea adjudicado, presentaré para su cotejo, original o copia certificada de los documentos que establece el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO L4
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
CORREO ELECTRÓNICO Y DOMICILIO
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
Con relación al Procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, referente a la contratación del “SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”.
(EN CASO DE QUE EL OFERENTE SEA UNA PERSONA MORAL)
(NOMBRE DEL APODERADO DEL INVITADO) manifiesto a usted que la dirección de correo electrónico y comprobante de domicilio de mi representada la empresa (NOMBRE DEL INVITADO) para posibles notificaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29, fracción VII de la Ley y 39, fracción VI, inciso d) del Reglamento de la Ley es la siguiente: xxxxxxxxxxxxxxx
Para la acreditación del domicilio se anexa comprobante de domicilio a nombre de mi representada, con una vigencia no mayor a tres meses.
(EN CASO DE QUE EL OFERENTE SEA UNA PERSONA FÍSICA)
(NOMBRE DEL OFERENTE) manifiesto a usted que la dirección de mi correo electrónico para posibles notificaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29, fracción VII de la Ley y 39, fracción VI, inciso d) del Reglamento de la Ley es la siguiente: xxxxxxxxxxxxxxx
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO L5
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
ARTÍCULOS 50 Y 60 PENÚLTIMO Y ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFOS DE LA LEY
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
Con relación al Procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, referente a la contratación del “SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”.
(EN CASO DE QUE EL INVITADO SEA UNA PERSONA MORAL)
(NOMBRE DEL APODERADO DEL INVITADO) en nombre y representación de la empresa (NOMBRE DEL INVITADO), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que ésta no se encuentra en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 antepenúltimo y penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Asimismo, manifiesto que los socios y empleados que conforman a mí representada y el que suscribe no nos encontramos en alguno de dichos supuestos, así como también que por nuestro conducto no participan en este procedimiento de licitatorio, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la SFP, en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación.
(EN CASO DE QUE EL IINVITADO SEA UNA PERSONA FÍSICA)
(NOMBRE DEL INVITADO), manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, que no me encuentro en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 antepenúltimos y penúltimos párrafos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Lo anterior, de conformidad con el artículo 29, fracción VIII de la Ley y 48 fracción VII, inciso a) del Reglamento.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO L6
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
Con relación al Procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, referente a la contratación del “SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”.
(EN CASO DE QUE EL INVITADO SEA UNA PERSONA MORAL)
(NOMBRE DEL APODERADO DEL INVITADO) en nombre y representación de la empresa (NOMBRE DEL INVITADO), manifiesto bajo protesta de decir verdad, su abstención y la de interpósita persona, de adoptar conductas, para que los servidores públicos de Instituto Mexicano de la Juventud, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier aspecto que le otorgue condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de conformidad con el artículo 29 fracción IX de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
(EN CASO DE QUE EL INVITADO SEA UNA PERSONA FÍSICA)
(NOMBRE DEL INVITADO) manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, mi abstención y la de interpósita persona, de adoptar conductas, para que los servidores públicos de Instituto Mexicano de la Juventud, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier aspecto que me otorgue condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de conformidad con el artículo 29 fracción IX de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO L7
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
ESTRATIFICACIÓN COMO MIPYMES
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
Me refiero al procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, referente a la contratación del
“SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”, en el que mi representada, la empresa_________ (nombre, razón social o denominación del invitado) ________, participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _________(RFC de invitado)________, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _________(*)________, con base en lo cual se estatifica como una empresa _________(Micro, Pequeña o Mediana)________.
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
* Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
ANEXO L8
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
ARCHIVOS DAÑADOS
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
Con relación al Procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, referente a la contratación del “SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”.
(EN CASO DE QUE EL INVITADO SEA UNA PERSONA MORAL)
(NOMBRE DEL APODERADO DEL INVITADO) manifiesto a usted en nombre de mi representada la empresa (NOMBRE DEL INVITADO) que acepta que se tendrá por no presentada su proposición, en caso de que los sobres presentados a través del Sistema CompraNet y demás información relativa a la misma no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a Instituto Mexicano de la Juventud.
(EN CASO DE QUE EL INVITADO SEA UNA PERSONA FÍSICA)
(NOMBRE DEL INVITADO) manifiesto a usted que acepto que se tendrá por no presentada mi proposición, en caso de que los sobres presentados a través del Sistema CompraNet y demás información relativa a la misma no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a Instituto Mexicano de la Juventud.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO L9
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
CONFLICTO DE INTERESES
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
(NOMBRE DEL APODERADO DEL INVITADO) en nombre y representación de la empresa (NOMBRE DEL INVITADO), manifiesto bajo protesta de decir verdad, en caso de ser persona física o los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad en caso de ser persona moral, no desempeñan empleos, cargos o comisiones en el servicio público o, en su caso, que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés, de conformidad a lo señalado en el artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Cabe señalar que, en caso del invitado ganador, esta manifestación se hará llegar al Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano de la Juventud, con la finalidad de dar cumplimiento a la mencionada Ley.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO L10
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
MANIFIESTO DE PARTICULARES DE ACUERDO AL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN (OPCIONAL)
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
(NOMBRE DEL APODERADO DEL INVITADO) en nombre y representación de la empresa (NOMBRE DEL INVITADO), manifiesto de los vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés, con los servidores públicos que intervienen en el procedimiento, de conformidad a lo señalado en el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones. Mismo que adjunto a la presente, la cual se obtuvo a través de la siguiente dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXX-xxx/xxxxxXxxx.xxx.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
ANEXO L11
(ESCRITO FIRMADO, SELLADO O EN PAPEL MEMBRETADO DE LA PERSONA OFERENTE)
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP
PATENTES, MARCAS O DERECHOS DE AUTOR
LUGAR Y FECHA
Instituto Mexicano de la Juventud
Subdirección de Recursos Materiales
Presente.
Con relación al Procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO COMPRANET IA-000XXX000-E42-2022, referente a la contratación del “SERVICIO ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP”.
(EN CASO DE QUE EL INVITADO SEA UNA PERSONA MORAL)
(NOMBRE DEL APODERADO DEL INVITADO) en nombre y representación de la empresa (NOMBRE DEL INVITADO), manifiesto que asume toda la responsabilidad en caso de que el servicio que oferta, infrinjan la normatividad vigente en materia de Patentes, Marcas o Derechos de Autor, por lo que libera al Instituto Mexicano de la Juventud, de cualquier responsabilidad al respecto.
(EN CASO DE QUE EL INVITADO SEA UNA PERSONA FÍSICA)
(NOMBRE DEL INVITADO) manifiesto a usted, que asumiré toda la responsabilidad en caso de que el servicio que oferta, infrinja la normatividad vigente en materia de Patentes, Marcas o Derechos de Autor, por lo que libera al Instituto Mexicano de la Juventud, de cualquier responsabilidad al respecto.
A T E N T A M EN T E
________________________________
(Nombre y Firma del Representante Legal)
IMJ-ITP-026-2022
CONTRATO ABIERTO PARA EL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA TELEFONÍA IP QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD REPRESENTADO POR XXXXXXXXX XXXXXX SANTIAGO XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, EN ADELANTE EL “INSTITUTO” Y, POR LA OTRA, (RAZON SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA PERSONA MORAL), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR EL CARÁCTER DEL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA), A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
“EL INSTITUTO declara que:
I.1 Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, conforme a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 06 de enero de 1999, reformada y adicionada en diversas disposiciones mediante Decretos publicados en el D.O.F. y su última reforma de fecha 02 xx xxxxx de 2015.
I.2 Conforme a lo dispuesto en los artículos 22 fracciones I y II; 59 fracciones I y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 7 fracción II; 12 fracciones I y XI de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; 14 fracción I y 15 fracciones I, IX y XXIX de su Estatuto Orgánico; el Director General cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento jurídico en representación del “INSTITUTO”.
I.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 84 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público suscribe el presente instrumento el Subdirector de Sistemas, facultado para administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, dirigido al representante de “EL PROVEEDOR” para los efectos del presente contrato, encargados del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
I.4 La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento Invitación a cuando menos Tres Personas nacional, electrónica, con número de registro en CompraNet IA-020VUY-E42-2022, realizado al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 26 fracción I, 26 bis fracción II y 28 fracción I, 41 fracción XX de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y 84 de su Reglamento ) , y los correlativos de su Reglamento.
I.5 Por parte del área contratante, suscribe el presente instrumento jurídico el Director de Recursos Humanos y Materiales del “INSTITUTO”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 fracción III de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; 14 fracción III y 21 fracciones XI y XVIII de su Estatuto Orgánico; asimismo la Subdirectora de Recursos Materiales, del “INSTITUTO” como área coordinadora del proceso de adquisición y contratación para la prestación del “SERVICIO” de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Organización y Procedimientos del Instituto Mexicano de la Juventud, código de puesto 20-VUY-CFN1101241-DRHM-064-E-D-N, Función 5.
I.6 “EL INSTITUTO” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende de la suficiencia presupuestal 043, autorizada por la Directora de Xxxxxxxx, correspondiente a la partida presupuestal número 32303.
I.7 Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes número: IMJ990106AP3
I.8 Tiene establecido su domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 06470, alcaldía Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
“EL PROVEEDOR” declara que:
II.1 Es una persona (FISICA O MORAL) legalmente constituida mediante ________________ (Describir aquellos instrumentos públicos que le dan origen y en su caso los documentos de las modificaciones que se hubieran realizado), denominada _________ , cuyo objeto social es, entre otros,____________-
II.2 La o el C._________________ , en su carácter de Representante Legal__________________, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos, lo cual acredita mediante _____________________________, mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le han sido limitado ni revocado en forma alguna.
II.3 Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, lo cual se podrá constatar por el Órgano Interno de Control en el “INSTITUTO ”, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la “LAASSP” y 88, fracción I de su Reglamento; así como que el “PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 50 y penúltimo y antepenúltimo párrafos del artículo 60 de la “LAASSP”.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
II.6 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes ______________.
II.7 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
II.8 Señala como su domicilio fiscal para todos los efectos legales el ubicado en____________________ .
De “LAS PARTES”:
III.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. El “PROVEEDOR” acepta y se obliga a proporcionar al “INSTITUTO” el “Servicio de Arrendamiento de Equipo para Telefonía IP” al amparo del procedimiento de contratación señalado en el punto I.4 de las declaraciones de este instrumento jurídico.
SEGUNDA. DE LOS MONTOS Y PRECIOS El precio unitario del presente contrato expresado en moneda nacional son:
PARTIDA DE ACUERDO AL CONTRATO MARCO |
REFERENCIA |
SERVICIO ARRENDAMIENTO |
Cantidad |
Precio Unitario mensual |
Total (mensual) |
Total (6 meses) |
|||
Xxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxx |
||||
16 |
5.1 |
Equipo TIPO 1/ FXO/IP con capacidad de manejo de hasta 300 extensiones |
1 |
2 |
$ |
$ |
$ |
$ |
$ |
46 |
5.6.1 |
Equipo TIPO 2/ FXO/IP con capacidad de manejo de hasta 1000 extensiones |
18 |
45 |
$ |
$ |
$ |
$ |
$ |
|
|
|
|
|
SUBTOTAL |
$ |
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$ |
$ |
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I.V.A |
$ |
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$ |
$ |
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TOTAL. |
$ |
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$ |
$ |
El monto por la prestación del servicio del presente instrumento, considerando los precios mensuales en referencia, es de un total mínimo por la cantidad de $****** (MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado equivalente a $****** (MONTO DEL I.V.A. M.N.) que resulta en el importe de $****** (MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO M.N.); y el Monto Máximo es por la cantidad de $****** (MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado equivalente a $****** (MONTO DEL I.V.A. M.N.) que resulta en el importe de $****** (MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO M.N.).
El importe mensual podrá fraccionarse para obtener el importe del servicio entre 30 días por los días de servicio considerados a la entrega y puesta en operación de los equipos arrendados.
El “INSTITUTO no estará obligado a ejercer el importe máximo del contrato.
Los precios pactados serán fijos durante la vigencia de “EL CONTRATO”
Los precios son fijos y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo el “PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la prestación del “Servicio de Arrendamiento de Equipo para Telefonía IP”, por lo que el “PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO (ODCS y RICG). El “INSTITUTO” se obliga a pagar al “PROVEEDOR” la cantidad señalada en la cláusula segunda de este instrumento jurídico, en moneda nacional, en un plazo máximo de 20 días naturales siguientes, a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica por el “INSTITUTO”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3; a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), por mensualidades vencidas.
El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la recepción del servicio y del CFDI o factura electrónica, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los servicios facturados, para lo cual es necesario que el CFDI o factura electrónica que se presente reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los servicios entregados y los precios unitarios; asimismo, deberá acompañarse con la documentación completa y debidamente requisitada.
De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presenten errores, el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará al “PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que el “PROVEEDOR” presente el CFDI o factura electrónica corregido.
El tiempo que el “PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
El proveedor deberá presentar en las instalaciones del “INSTITUTO”, ubicada en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx código postal 06470, Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en días hábiles de 09:00 a 14:00 horas, para efectos de pago de los servicios, en un término no mayor de 3 (tres) días hábiles posteriores a la entrega del Reporte de Servicios previsto en este documento; su facturación, la cual deberá cumplir con los requisitos fiscales que establece el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, acompañada de una carta dirigida al Administrador del contrato, quien será el encargado de recibir y validar las facturas, así como la documentación relativa a la aceptación de los servicios, para gestionar ante la Dirección de finanzas el pago respectivo del servicio; dicho servidor público o quien la supla o sustituya en el cargo, contará con 3 (tres) días hábiles para verificar y en su caso, aceptar la factura.
Una vez recibidas las facturas y la documentación correspondiente, la Subdirección de Sistemas del IMJUVE, en su carácter de administrador del contrato, realizará el siguiente procedimiento:
Validará que los importes y características de las facturas no tengan incongruencias (precio expresado en moneda correcta, importe en número y en letra correcto, entre otros).
Validará que los servicios facturados estén contenidos en el contrato y que sean los mismos precios ofertados en la propuesta económica del proveedor.
En caso de que la factura entregada para su pago presente errores, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su recepción, indicará por escrito al proveedor, los errores que deberá corregir de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Dentro del plazo mencionado en el párrafo anterior, el INSTITUTO deberá requerir, en su caso al proveedor, la corrección de errores o deficiencias contenidos en la factura o en el documento que reúna los requisitos fiscales correspondientes; tramitar el pago de dicha factura o documento y realizar el pago al proveedor.
El tiempo que el proveedor utilice para la corrección de la documentación entregada derivado del proceso anterior, no se computará para efectos del pago de acuerdo a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En términos del artículo 89 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efectos de contabilizar el plazo a que hace referencia el primer párrafo del artículo 51 de la citada Ley, se tendrá como recibida la factura a partir de que el proveedor la entregue al administrador del contrato, al momento de concluir la prestación mensual del servicio, y lo reciban a satisfacción.
De conformidad con el artículo Quinto, numeral Tercero de los Lineamientos para promover la agilización del pago a Proveedores, el plazo máximo que deberá mediar entre la fecha en que el proveedor acredite la prestación del servicio y la fecha de pago correspondiente, será de 30 (treinta) días naturales, dentro de los cuales quedará comprendido el plazo a que hace referencia el párrafo primero del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La Dirección de Finanzas, incorporará al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y dará de alta en el mismo la totalidad de las cuentas por pagar al proveedor, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar dentro de los 9 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en línea a efecto de que el proveedor pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al Intermediario Financiero seleccionado por el proveedor entre los registrados en dicha cadena, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Los pagos se realizarán en Moneda Nacional y de conformidad con el artículo 45, fracción XIII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA cuando aplique.
El “PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de los bienes, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3.
Para efectos de trámite de pago, el “PROVEEDOR” es titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporciona la CLABE _______________________, del banco __________________, a nombre de “______________________________”, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, debiendo anexar:
Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya:
Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal);
Registro Federal de Contribuyentes;
Domicilio fiscal: calle, N° exterior, N° interior, colonia, código postal, alcaldía y entidad federativa;
Nombre(s) del(los) banco(s); y
Número de la cuenta con once dígitos, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 dígitos, que permita realizar transferencias electrónicas de fondo, a través del Sistema de Pago.
Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad.
El pago de los servicios recibidos quedará condicionado proporcionalmente al pago que el “PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que el “PROVEEDOR” proporcione.
Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero, de la “LAASSP”.
CUARTA. VIGENCIA. El contrato comprenderá una vigencia considerada a partir de _______________y hasta el 31 de diciembre de 2022; sin perjuicio de su posible terminación anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.
QUINTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades del “INSTITUTO” podrá ampliarse el suministro de la prestación del servicio objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, El “PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato.
Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles al “INSTITUTO”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de la prestación del servicio. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables al “INSTITUTO”, no se requerirá de la solicitud del “PROVEEDOR”.
SEXTA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de la Tesorería de la Federación, 70 de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, el “PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor del Instituto Mexicano de la Juventud, por un importe de _____________ equivalente al ( 10% DE GARANTÏA DE CUMPLIMIENTO) del monto total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada al “INSTITUTO”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato.
La fianza deberá presentarse en las oficinas del Instituto Mexicano de la Juventud, ubicada en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 06470, Ciudad de México, de forma física y digital, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
(Afianzadora o Aseguradora)
Denominación social: __________. en lo sucesivo (la "Afianzadora" o la "Aseguradora")
Domicilio: __________________.
Autorización del Gobierno Federal para operar: ________(Número de oficio y fecha)
Beneficiaria: Instituto Mexicano de la Juventud en lo sucesivo "la Beneficiaria".
Domicilio: calle Xxxxxxx Xxxxxx colonia San Xxxxxx, Alcaldía Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx
Dependencia contratante: El Instituto Mexicano de la Juventud (En lo sucesivo "la Contratante")
El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a "la Contratante" y a "la Beneficiaria":al correo electrónico _______.
Fiado (s): (En caso de proposición conjunta, el nombre y datos de cada uno de ellos)
Nombre o denominación social: _____________________________.
RFC: __________.
Domicilio: _____________________________. (El mismo que aparezca en el contrato principal)
Datos de la póliza:
Número: ____________________. (Número asignado por la "Afianzadora" o la "Aseguradora")
Monto Afianzado: ____________ (Con letra y número, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado)
Moneda: __________________________________.
Fecha de expedición: _____________________.
Obligación garantizada: El cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza.
Naturaleza de las Obligaciones: La obligación garantizada será divisible, por lo que, en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
Datos del contrato o pedido, en lo sucesivo el "Contrato":
Número asignado por "la Contratante": __________________.
Objeto: SERVICIO DE ___________________
Monto del Contrato: ____________ (Con letra y número, sin el Impuesto al Valor Agregado)
Moneda: ________________________________.
Fecha de suscripción: _________________.
Tipo: Servicios
Obligación contractual para la garantía de cumplimiento: Indivisible
Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualquier otro obligado, así como "la Beneficiaria", se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de ___________________ (precisar el lugar), renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y último párrafo, y artículo 49, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento.
Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica xxx.xxxx.xxx.xx
(Nombre del representante de la Afianzadora o Aseguradora)
PRIMERA. - OBLIGACIÓN GARANTIZADA.
Esta póliza de fianza garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el "Contrato" a que se refiere esta póliza y en sus convenios modificatorios que se hayan realizado o a los anexos del mismo, cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten.
SEGUNDA. - MONTO AFIANZADO.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se compromete a pagar a “la Beneficiaria”, hasta el monto de esta póliza, que es (con número y letra sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) que representa el 10% (diez por ciento) del valor del "Contrato".
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") reconoce que el monto garantizado por la fianza de cumplimiento se puede modificar en el caso de que se formalice uno o varios convenios modificatorios de ampliación del monto del "Contrato" indicado en la carátula de esta póliza, siempre y cuando no se rebase el 20% de dicho monto.
Previa notificación del fiado y cumplimiento de los requisitos legales, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") emitirá el documento modificatorio correspondiente o endoso para el solo efecto de hacer constar la referida ampliación, sin que se entienda que la obligación sea novada.
En el supuesto de que el porcentaje de aumento al "Contrato" en monto fuera superior a los indicados, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") se reserva el derecho de emitir los endosos subsecuentes, por la diferencia entre ambos montos, sin embargo, previa solicitud del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") podrá garantizar dicha diferencia y emitirá el documento modificatorio correspondiente.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente que, en caso de requerimiento, se compromete a pagar el monto total afianzado, siempre y cuando en el Contrato se haya estipulado que la obligación garantizada es indivisible; de estipularse que es divisible, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") pagará de forma proporcional el monto de la o las obligaciones incumplidas.
TERCERA. - INDEMNIZACIÓN POR XXXX.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se obliga a pagar la indemnización por xxxx que en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
CUARTA. - VIGENCIA.
La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento a la o las obligaciones que garantice en los términos del "Contrato" y continuará vigente en caso de que "la Contratante" otorgue prórroga o espera al cumplimiento del "Contrato", en los términos de la siguiente cláusula.
Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.
De esta forma la vigencia de la fianza no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.
QUINTA. - PRÓRROGAS, ESPERAS O AMPLIACIÓN AL PLAZO DEL CONTRATO.
En caso de que se prorrogue el plazo originalmente señalado o conceder esperas o convenios de ampliación de plazo para el cumplimiento del contrato garantizado y sus anexos, el fiado dará aviso a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora"), la cual deberá emitir los documentos modificatorios o endosos correspondientes.
(La "Afianzadora o la "Aseguradora") acepta expresamente garantizar la obligación a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga, espera o ampliación al fiado por parte de la "Contratante" para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que no se actualiza el supuesto de extinción de fianza previsto en el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sin que se entienda novada la obligación.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
Para garantizar el cumplimiento del "Contrato", cuando concurran los supuestos de suspensión en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, "la Contratante" deberá emitir el o las actas circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la "Afianzadora o a la Aseguradora") dichos documentos expedidos por "la Contratante".
El aplazamiento derivado de la interposición de recursos administrativos y medios de defensa legales no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable de la póliza inicial.
SÉPTIMA. - SUBJUDICIDAD.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") realizará el pago de la cantidad reclamada, bajo los términos estipulados en esta póliza de fianza, y, en su caso, la indemnización por xxxx de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, administrativa o tribunal arbitral, salvo que el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ante dichas instancias.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") deberá comunicar a "la Beneficiaria" de la garantía, el otorgamiento de la suspensión al fiado, acompañándole las constancias respectivas que así lo acrediten, a fin de que se encuentre en la posibilidad de abstenerse del cobro de la fianza hasta en tanto se dicte sentencia firme.
OCTAVA. - COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS.
El coafianzamiento o yuxtaposición de garantías, no implicará novación de las obligaciones asumidas por (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por lo que subsistirá su responsabilidad exclusivamente en la medida y condiciones en que la asumió en la presente póliza de fianza y en sus documentos modificatorios, de conformidad con lo expresamente estipulado para tales efectos en el contrato principal materia del afianzamiento.
NOVENA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando "la Contratante" le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales. Cuando el fiado solicite dicha cancelación derivado del pago realizado por saldos a su cargo o por el incumplimiento de obligaciones, deberá presentar el recibo de pago correspondiente.
Esta fianza se cancelará cuando habiéndose cumplido la totalidad de las obligaciones estipuladas en el "Contrato", "la Contratante" haya calificado o revisado y aceptado la garantía exhibida por el fiado para responder por los defectos, vicios ocultos de los bienes entregados y por el correcto funcionamiento de los mismos o por la calidad de los servicios prestados por el fiado, respecto del "Contrato" especificado en la carátula de la presente póliza y sus respectivos convenios modificatorios.
DÉCIMA. - PROCEDIMIENTOS.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
DÉCIMA PRIMERA REQUERIMIENTO.
"La Beneficiaria" podrá realizar el requerimiento de pago a que se refiere el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en las oficinas principales, sucursales, oficinas de servicio o bien en los domicilios de los apoderados designados por la Institución para recibir requerimientos de pago, correspondientes a cada una de las regiones competencia de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
"La Beneficiaria" requerirá de pago a la institución acompañando los documentos justificativos siguientes:
1. El Acto o Contrato en que conste la obligación a cargo del fiado.
2. La Póliza de Fianza y endoso o endosos respectivos.
3. El Acta Administrativa, en la que se harán constar de manera cronológica y circunstanciada los actos u omisiones que constituyan el incumplimiento a las obligaciones garantizadas.
4. La Liquidación de adeudo o documento en el cual conste el crédito o importe a requerir con cargo a la garantía.
5. Si los hubiere, la demanda o el escrito de cualquier otro medio de defensa legal procedente, presentado por el fiado, resoluciones o sentencias firmes dictadas por autoridad competente y sus notificaciones.
6. Los demás documentos que la Tesorería estime pertinentes.
Dichos documentos se acompañarán en original o en copia certificada, salvo la póliza de fianza y su endoso o endosos, los cuales deberán anexarse en original.
DÉCIMA SEGUNDA. - DISPOSICIONES APLICABLES.
Será aplicable a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal.
DÉCIMA TERCERA. - ENTREGA DE FIANZAS.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") deberá entregar a "la Beneficiaria", una copia de esta póliza a través del medio electrónico, la dirección de correo electrónico, o ambos conforme a lo señalado en la carátula de esta póliza.
De no cumplir con dicha entrega, el “INSTITUTO” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del “PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que el “INSTITUTO” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, el “PROVEEDOR” se obliga a entregar al “INSTITUTO” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
El “PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte del “INSTITUTO”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”.
Considerando que la entrega de la prestación del servicio, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Para este caso, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar será del veinte por ciento del monto de los servicios entregados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SÉPTIMA. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El “PROVEEDOR” a más tardar dentro de los diez días naturales contados a partir de la fecha de la firma del Contrato, deberá presentar Póliza de Responsabilidad Civil, expedida por compañía aseguradora mexicana sin nombrar beneficiario, que cubra el pago de daños y perjuicios a terceros, por un periodo igual al de la vigencia del “CONTRATO”, y por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del mismo, sin considerar el IVA.
La omisión en la entrega de la póliza de responsabilidad civil en el término establecido será motivo de rescisión del contrato.
Asimismo, en caso de ampliación del plazo de ejecución del “CONTRATO”, derivado de la formalización de convenios modificatorios, el “PROVEEDOR” se obliga a presentar la modificación de la póliza de responsabilidad civil dentro de los diez días naturales a la formalización del convenio correspondiente. La falta de presentación de la póliza citada será motivo de rescisión del “CONTRATO”.
OCTAVA. OBLIGACIONES DEL “PROVEEDOR”
Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y anexos respectivos, para el caso de arrendamiento conceder el uso y goce de los bienes, expresando que se encuentran en óptimas condiciones de funcionamiento, mismos que serán instalados y puestos en operación.
Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
En bienes de procedencia extranjera, asumirá la responsabilidad de efectuar los trámites de importación y pagar los impuestos y derechos que se generen.
Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
No difundir a terceros sin autorización expresa del “INSTITUTO” la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
NOVENA. OBLIGACIONES DEL “INSTITUTO”
Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que el “PROVEEDOR” lleve a cabo en los términos convenidos.
Sufragar el pago correspondiente en tiempo y forma, por el suministro de la prestación del servicio.
Extender al “PROVEEDOR”, en caso de que lo requiera, por conducto del Administrador del Contrato, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
DÉCIMA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. La entrega de la prestación del servicio será conforme a los plazos, condiciones y entregables establecidos por el “INSTITUTO” en Anexo Técnico.
La prestación de los servicios se realizará en el domicilio señalado en el Anexo Técnico y en las fechas establecidas en el mismo; serán recibidos previa revisión por parte del personal del Administrador del Contrato; la inspección de los servicios consistirá en la verificación de los servicios, la cantidad, condiciones, especificaciones técnicas y de calidad.
Durante la recepción, los servicios estarán sujetos a una verificación visual aleatoria. En los casos en que se detecten defectos o discrepancias en la entrega o incumplimiento en las especificaciones técnicas de los servicios, el “PROVEEDOR” contará con un plazo **** para la reposición de bienes relacionados con el servicio, para la reposición de éstos, contadas a partir del momento de la devolución y/o la notificación por correo electrónico y/o escrito, sin costo adicional para el “INSTITUTO”.
DÉCIMA PRIMERA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS. El “PROVEEDOR” queda obligado ante el “INSTITUTO” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia.
Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en la prestación del servicio, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido El “INSTITUTO” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.
DÉCIMA SEGUNDA. RESPONSABILIDAD. El “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte lleguen a causar al “INSTITUTO”, con motivo de las obligaciones pactadas, o bien por los defectos o vicios ocultos en la prestación de los servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la “LAASSP”.
DÉCIMA TERCERA. IMPUESTOS Y DERECHOS. Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación del servicio, objeto del presente contrato, serán pagados por el “PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos al “INSTITUTO”.
El “INSTITUTO” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al IVA, en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA CUARTA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. El “PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito del “INSTITUTO” deslindando a ésta de toda responsabilidad.
DÉCIMA QUINTA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. El “PROVEEDOR”, será responsable por el uso de patentes, licencias y derechos que pudieran corresponder a terceros, sobre los sistemas técnicos, procedimientos, dispositivos, partes, equipos, accesorios y herramientas que utilice y/o proporcione para cumplir con el servicio objeto del presente Contrato, y dado el caso de presentarse alguna violación, el “PROVEEDOR”, asume toda la responsabilidad que se cause en la materia, respondiendo ante las reclamaciones que pudiera tener o que le hicieran al “INSTITUTO” por dichos conceptos, relevándolo de cualquier responsabilidad, quedando obligado a resarcirla de cualquier gasto o costo comprobable que se erogue por esta situación.
El “INSTITUTO” dará aviso a las autoridades competentes y al “PROVEEDOR”, en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación.
En el caso de encontrarse en litigio como consecuencia de lo anterior, el “PROVEEDOR” no podrá continuar prestando los servicios, por lo que el “INSTITUTO” podrá dar por rescindido el presente Contrato.
El “PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para proporcionar el servicio, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción del “INSTITUTO” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
El “INSTITUTO” no estará obligado prestar el servicio cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
El “PROVEEDOR” asume la responsabilidad total en caso de que, al suministrar la prestación del servicio, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar al “INSTITUTO” o a terceros.
En tal virtud, el “PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delitos establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra del “INSTITUTO”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento al “PROVEEDOR”, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar al “INSTITUTO” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
En caso de que el “INSTITUTO” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, el “PROVEEDOR” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
DÉCIMA SEXTA. CONFIDENCIALIDAD. “LAS PARTES” están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que el “INSTITUTO” entregue al “PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione al “INSTITUTO” el “PROVEEDOR” para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que el “PROVEEDOR” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por el “INSTITUTO” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento.
El “PROVEEDOR” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato especifico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, el “PROVEEDOR” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de el “INSTITUTO”.
Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los servicios establecidos en este instrumento legal.
En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, el “PROVEEDOR” tiene conocimiento en que el “INSTITUTO” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la “LAASSP” y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable.
De igual forma, el “PROVEEDOR” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar al “INSTITUTO” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo al “INSTITUTO” de cualquier proceso legal.
El “PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento del “INSTITUTO” cualquier hecho o circunstancia que en razón de los servicios prestados sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.
Asimismo, el “PROVEEDOR” no podrá, con motivo del suministro de la prestación del servicio que realice al “INSTITUTO”, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
DÉCIMA SÉPTIMA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN SERVICIOS. El “INSTITUTO” designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al, con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará al “PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando este obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la entrega de los servicios o de su personal.
Asimismo, el “INSTITUTO” sólo aceptará la prestación del servicio materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos, previa verificación del servicio requerido, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
La prestación del servicio será recibidos previa revisión del administrador del contrato; la inspección de los servicios consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
En tal virtud, El “PROVEEDOR” manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, la prestación del servicio, no se tendrán por aceptados por parte de “EL INSTITUTO”.
El “INSTITUTO”, a través administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los servicios si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose el “PROVEEDOR” en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para el “INSTITUTO”
DÉCIMA OCTAVA. DEDUCCIONES. En caso de que el “PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, el “INSTITUTO” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del (COLOCAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA)% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando el “PROVEEDOR” no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, el “PROVEEDOR” realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación.
Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, el “INSTITUTO” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por el “INSTITUTO”.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA.
La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de el “INSTITUTO”.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.
DÉCIMA NOVENA. PENAS CONVENCIONALES. En caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la adquisición de la prestación del servicio, objeto del presente contrato, el “INSTITUTO”, por conducto del administrador del contrato podrá aplicar una pena convencional equivalente al __ _%_, por cada _______________ de atraso sobre el monto de los servicios oportunamente brindados, de conformidad con el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
Por lo anterior, el pago de prestación de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el “PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que, si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El “PROVEEDOR” realizará el pago de las penas convencionales computadas por el “lNSTITUTO” y con el fin de dar cabal cumplimiento a lo previsto en el artículo 95 segundo párrafo del reglamento de “La Ley”, cuando existan penas convencionales por concepto de incumplimientos sobre los bienes, arrendamientos y servicios estas serán condicionadas sobre el pago pendiente, es decir, el “PROVEEDOR” deberá emitir de manera simultánea un comprobante de egreso y/o CFDI de Egreso, (también conocido como nota de crédito)por concepto xx Xxxxx Convencionales que hayan sido determinadas por el administrador de contrato o área requirente, cuando se elabore el comprobante de ingreso (factura o CFDI de ingreso) por concepto de la Prestación de Adquisición, Arrendamiento o Servicio, que se hubiera prestado al “INSTITUTO”, mismo que deberá ser presentado al área responsable de la recepción del “SERVICIO”. Lo anterior con sustento en los artículos 29 del Código Fiscal de la Federación, 25 fracción I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Anexo 20 de la Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet y Apéndice 2 clasificación de los tipos de CFDI.
El CFDI de egreso antes referido quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor, mismo que deberá realizar en un término máximo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de su notificación. En caso de que el proveedor no realice el movimiento correspondiente dentro del plazo, se adicionarán los recargos por concepto de indemnización al fisco federal por falta de pago, conforme al cálculo establecido en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Asimismo, en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
De igual manera el “PROVEEDOR” podrá realizar el pago de la pena convencional a que se hubiese hecho acreedor a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor del Instituto Mexicano de la Juventud, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el IVA.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que el “INSTITUTO” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del mismo.
En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados al “INSTITUTO” por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde al administrador del contrato del “INSTITUTO”.
VIGÉSIMA. SANCIONES ADMINISTRATIVAS. Cuando el “PROVEEDOR” incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia, cause daños y/o perjuicios graves al “INSTITUTO”, o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la “LAASSP”, en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 de su Reglamento.
VIGÉSIMA PRIMERA. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL. El “INSTITUTO”, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis, 54 y 54 Bis de la “LAASSP”, y 86 segundo xxxxxxx, 00 xx 000 y 102 de su Reglamento, aplicará sanciones, o en su caso, llevará a cabo la cancelación de partidas total o parcialmente o la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El “PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón del personal que ocupe con motivo del suministro objeto de este contrato, así como el responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. Asimismo, el “PROVEEDOR” conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra del “INSTITUTO” , en relación con el suministro materia de este contrato.
VIGÉSIMA TERCERA. EXCLUSIÓN LABORAL. “LAS PARTES” convienen en que el “INSTITUTO” no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con el “PROVEEDOR” ni con los elementos que éste utilice para el suministro de la prestación del servicio objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.
Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, el “PROVEEDOR” exime expresamente al “INSTITUO” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse; sin embargo, si el “INSTITUTO” tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, el “PROVEEDOR” se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente.
Por lo anterior, “LAS PARTES” reconocen expresamente en este acto que el “INSTITUTO ” no tiene nexo laboral alguno con el “PROVEEDOR”, por lo que éste último libera al “INSTITUTO” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la prestación de los servicios materia de este contrato.
VIGÉSIMA CUARTA. SUSPENSIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Cuando en la entrega de la prestación del servicio, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, el “INSTITUTO” bajo su responsabilidad, podrá de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por el “INSTITUTO”.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables al “INSTITUTO”, a solicitud escrita del “PROVEEDOR”, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
El “INSTITUTO” pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada del “PROVEEDOR”, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte.
En caso de que el “PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión será fijado por el “INSTITUTO”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
VIGÉSIMA QUINTA. RESCISIÓN. El “INSTITUTO” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando el “PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
Si incurre en negligencia en el suministro de la prestación del servicio objeto del presente contrato, sin justificación para el “INSTITUTO”;
Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito del “INSTITUTO”;
Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la entrega de la prestación del servicio. del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones del “INSTITUTO”;
Si no suministra la prestación del servicio en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si no proporciona al “INSTITUTO” que tengan facultades, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de la prestación del servicio del presente contrato;
Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes del “INSTITUTO”;
Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
Si la suma de las penas convencionales excede el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o de las deducciones alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este instrumento jurídico;
Si el “PROVEEDOR” no suministra la prestación del servicio objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por el “INSTITUTO” conforme a las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización del “INSTITUTO” en los términos de lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA NOVENA del presente instrumento jurídico;
Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
Cuando el “PROVEEDOR” y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores del “INSTITUTO”, durante la prestación del servicio, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que el “PROVEEDOR” incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses del “INSTITUTO” en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en la prestación de los servicios del presente contrato; y
En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, el “INSTITUTO” comunicará por escrito al “PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término el “INSTITUTO”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho el “PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará al “PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar al “INSTITUTO” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación el “INSTITUTO”, podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se proporcionarán los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “EL INSTITUTO ” de que continúa vigente la necesidad de la prestación del servicio, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
el “INSTITUTO”, podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, el “INSTITUTO”, a través del administrador del contrato elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, el “INSTITUTO”, establecerá con el “PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, el “INSTITUTO”, quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que al “PROVEEDOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del “INSTITUTO”.
El “PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que le cause al “INSTITUTO”.
VIGÉSIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El “INSTITUTO” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir la prestación del servicio originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al “INSTITUTO” , o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado al “PROVEEDOR” con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho. En este caso, el “INSTITUTO”, a solicitud escrita del “PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. DISCREPANCIAS. “LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la solicitud de cotización, la propuesta económica del “PROVEEDOR” y el presente contrato, prevalecerá lo establecido en la solicitud de cotización respectiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
VIGÉSIMA OCTAVA. CONCILIACIÓN. “LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2016.
La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
VIGÉSIMA NOVENA. DOMICILIOS. “LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana.
TRIGÉSIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE. “LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de los servicios objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
TRIGÉSIMA PRIMERA. JURISDICCIÓN. “LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
Por lo anteriormente expuesto, tanto el “INSTITUTO”, como el “PROVEEDOR”, declaran estar conformes y bien enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman en la Ciudad de México, el xx de xxx del 2022.
POR EL “INSTITUTO” |
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POR EL “PROVEEDOR” |
XXXXXXXXX XXXXXX SANTIAGO XXXXXXXXX DIRECTOR GENERAL RFC: XXXX |
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Nombre: XX Cargo: XXX RFC: XXX |
Xxxx Xxxx Xxxxxxx Subdirector de Sistemas Administrador del Contrato RFC: xxxx
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Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Director de Recursos Humanos y Materiales y Área Contratante RFC: XXXXX |
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Xxx Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Subdirectora de Recursos Materiales y Coordinación del procedimiento de contratación RFC: XXXX |
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