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DOCUMENTO ACTAS DE PLENO: 07.131219.ORD | IDENTIFICADORES SESION: 2013/07 | |
OTROS DATOS Código para validación: TVUAQ-ADO0A-3HVBJ Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2013 a las 10:28:29 Página 1 de 29 | FIRMAS El documento ha sido firmado por : 1.- Secretario de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX.Firmado 20/12/2013 09:28 0.- XXXXXXX xx XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXXXX.Xxxxxxx 20/12/2013 10:22 | ESTADO FIRMADO |
Ayuntamiento de Valencia xxx Xxxxxxx
DILIGENCIA.- Para hacer constar que la presente acta ha sido sometida a disociación de datos en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. En el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento se puede consultar el acta con el texto íntegro.
El Secretario-Interventor, Fdo.: Xxxx Gañán Xxxxxx.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO EL DÍA 19 DE DICIEMBRE DE 2.013.-
Sr. Alcalde-Presidente:
X. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX (PSOE)
Sres. Concejales:
Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX (PSOE)
X. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX (PSOE)
Xx. XXXXX XXX XXXXX XXXXXXX XXXXX (PSOE)
X. XXXX XXXXXX XXXX XXXX (PSOE)
X. XXXX XXXXXX XXXXXXXX (PSOE)
X. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX (PSOE) Xx. XXXXX XXX XXXXX CRIADO XXXXXXXX (PP) Xx. XXXXX XXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX (PP)
D. XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX (PP)
X. XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX (PP)
Secretario-Interventor de la Corporación:
D. XXXX GAÑÁN XXXXXX
El documento electrónico ha sido aprobado por Secretario(Xxxx Gañan Xxxxxx) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 9:28:25 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXxXX XXXXXX XXXX - XXX 00000000X y por ALCALDE(XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 10:22:53 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX - XXX
00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
En Valencia xxx Xxxxxxx, en el Salón de Sesiones del Centro Cultural “Los Solares”, siendo las veinte horas y treinta minutos del día diecinueve de diciembre de dos mil trece, se reúnen los Sres. que al margen se expresan, todos ellos componentes del Pleno de este Ayuntamiento, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente X. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, al objeto de celebrar sesión ordinaria, previa convocatoria en forma legal al efecto.
Por el Sr. Alcalde se declaró abierto el acto siendo las veinte horas y treinta minutos, hallándose presente la totalidad de los Sres. al margen relacionados con excepción del Concejal X. Xxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx, quien se incorpora a la sesión cuando se debate el asunto décimo del Orden del Día.
ASUNTO PRIMERO DEL ORDEN DEL DÍA: APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.-
Manifestando los Sres. asistentes que ya habían leído el borrador del acta de la sesión anterior, celebrada el día 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 (xxxxxxxxx) mediante fotocopias que les fueron remitidas al efecto, no se formularon observaciones a la misma, por lo que el Sr. Alcalde declara aprobado el mencionado borrador con el voto favorable de los asistentes.
Sesión: Ordinaria nº. 07/2013
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XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXX XXX XXX: INFORME TRIMESTRAL CUMPLIMIENTO LEY 3/2004, DE 29 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD EN OPERACIONES COMERCIALES (3º T 2013).-
El documento electrónico ha sido aprobado por Secretario(Xxxx Gañan Xxxxxx) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 9:28:25 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXxXX XXXXXX XXXX - XXX 00000000X y por ALCALDE(XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 10:22:53 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX - XXX
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Por el Sr. Xxxxxxx se cede la palabra al Secretario-Interventor, quien da lectura al INFORME TRIMESTRAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS PREVISTOS PARA EL PAGO DE LAS
OBLIGACIONES (3º TRIMESTRE DE 2013), que transcrito literalmente dice:
“En cumplimiento del dispuesto en los artículos 4º y 5º de la Ley 15/2010, del 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en concordancia con el dispuesto en los artículos 204 y 207 de la Ley 2/2004, del 5 xx xxxxx por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se da traslado al Sr. Alcalde-Presidente del siguiente informe sobre el cumplimiento de los plazos para el pago de las obligaciones adquiridas por esta Corporación correspondiente al 3º trimestre del año 2013, para que lo incorpore al orden del día de la próxima sesión del pleno de la corporación.
ANTECEDENTES
PRIMERO. Lo dispuesto en el siguiente informe, es de aplicación a todos los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales entre empresas y la Administración de esta Entidad Local, de conformidad con el dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Así, según establece el artículo 216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato.
En caso de demora en el plazo previsto anteriormente, la Administración deberá abonar al contratista los intereses de demora así como la indemnización por los costos de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Sesión: Ordinaria nº. 07/2013
Pág 2 de 29 Fecha: 19 de diciembre de 2.013
Ayuntamiento de Valencia xxx Xxxxxxx
El documento electrónico ha sido aprobado por Secretario(Xxxx Gañan Xxxxxx) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 9:28:25 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXxXX XXXXXX XXXX - XXX 00000000X y por ALCALDE(XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 10:22:53 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX - XXX
00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
SEGUNDO. Se acompaña un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, para el pago de las obligaciones de a Entidad Local, que incluye el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo.
En el dicho informe se consideran la totalidad de los pagados realizados en cada trimestre natural, y la totalidad de facturas o documentos justificativos pendientes de pago al final del mismo.
TERCERO. Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno del Ayuntamiento, este informe deberá remitirse, en todo caso, al órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
LEGISLACIÓN APLICABLE
- Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
A la vista de lo anterior, este Secretario-interventor emite el siguiente,
INFORME
1.- Se detalla a continuación una relación de las obligaciones de la Entidad Local, en la que se especifica el número y cuantía de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo.
El Informe trimestral contempla la siguiente información:
a. Pagos realizados en el trimestre.
b. Intereses de demora pagados en el trimestre.
c. Facturas o documentos justificativos pendientes de pago al final del trimestre.
d. Facturas o documentos justificativos con respeto a los cuales, al final de cada trimestre natural, transcurrieran más de tres meses desde su anotación en el registro de facturas y no se tramitaron los correspondientes expedientes de reconocimiento de la obligación.
Informe TRIMESTRAL de cumplimiento de plazos Ley 15/2010
Detalle de Pagos Realizados y Pendientes de Pago de la Entidad
Sesión: Ordinaria nº. 07/2013
Pág 3 de 29 Fecha: 19 de diciembre de 2.013
Informe correspondiente al ejercicio: 2013 Trimestre: 3º
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A) PAGOS REALIZADOS EN EL 3º TRIMESTRE 2013
En cuanto a los PAGOS REALIZADOS en el trimestre referidos a gastos corrientes en bienes y servicio e inversiones, señalar que los mismos han alcanzado la cuantía de 113.678,99 €, de los que 31.637,23 se han realizado dentro del periodo legal de pago y 82.041,76 fuera de dicho periodo.
El Período Medio de Pago (PMP) del trimestre se ha situado en 181,64 días y el Período Medio de Pago Excedido (PMPE) en 197,28 días, lo que ha supuesto un incremento del Periodo Medio de Pago respecto al trimestre anterior, que fue de 91,40 días y, también un incremento del Periodo Medio de Pago Excedido respecto al trimestre anterior, que fue de 105,48 días.
Se adjunta ANEXO.
B) INTERESES DE DEMORA PAGADOS EN EL 3º TRIMESTRE 2013
En cuanto a los INTERESES DE DEMORA PAGADOS en el trimestre, comentar que durante dicho período no se ha realizado un pago alguno por este concepto derivado de operaciones comerciales.
Se adjunta ANEXO.
C) FACTURAS O DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS PENDIENTES DE PAGO AL FINAL DEL TRIMESTRE.
En cuanto a las FACTURAS O DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS PENDIENTES DE PAGO al
final del trimestre, indicar que los mismos se sitúan en 48.003,10 €, lo que supone una disminución respecto al trimestre anterior, donde quedó en la cifra de 109.512,90 €.
El Período Medio del Pendiente de Pago (PMPP) al final del trimestre se ha situado
en 58,90 días, lo que ha supuesto una disminución del mismo respecto al trimestre anterior, en el que fue de 188,90 días. Por su parte, el Período Medio del Pendiente de Pago Excedido (PMPPE) al final del trimestre fue de 75,89 días, lo que supone una disminución respecto al alcanzado al final del trimestre anterior, que se situó en 162,34 días.
Se adjunta ANEXO.
D) FACTURAS O DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS QUE AL FINAL DEL TRIMESTRE, HAYAN TRANSCURRIDO MÁS DE TRES MESES DESDE SU ANOTACIÓN EN EL REGISTRO DE
Sesión: Ordinaria nº. 07/2013
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FACTURAS Y NO SE HAYAN TRAMITADO LOS CORRESPONDIENTES EXPEDIENTES DE RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIÓN.
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00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
Finalmente, las FACTURAS PENDIENTES DE RECONOCIMIENTO PARA LAS QUE HAN
TRANSCURRIDO MÁS DE TRES MESES DESDE SU REGISTRO al final del trimestre han alcanzado la cifra de 0,00 €, lo que supone la misma cifra que al final del trimestre anterior.
El Período Medio de Operaciones Pendientes de Reconocimiento (PMOPR) al final del cuatrimestre fue de 0,00 días, lo que supone el mismo periodo que al final del trimestre anterior.
Es todo cuanto corresponde informar al que suscribe en Valencia xxx Xxxxxxx a 7 de octubre de 2013.
ASUNTO TERCERO DEL ORDEN DEL DÍA: INFORME TRIMESTRAL CUMPLIMIENTO PLAN DE AJUSTE (3º T 2013).-
Por el Sr. Xxxxxxx se cede la palabra al Secretario-Interventor, quien da lectura al Informe relativo al grado de ejecución del PLAN DE AJUSTE DEL AYUNTAMIENTO DE V A L E N C I A D E L V E N T O S O PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, LOS LÍMITES DE DEUDA Y LOS PLAZOS DE PAGO A PROVEEDORES POR EL PERIODO DE 2012 A 2022, COINCIDENTE CON EL DE AMORTIZACIÓN DE LA OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO A CONCERTAR EN EL MARCO DEL REAL DECRETO LEY
4/2012, DE 24 DE FEBRERO, que transcrito literalmente dice:
“En virtud de lo establecido en el artículo 10 del RD-ley 7/2012, de 9 xx xxxxx, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores y en el artículo 4.1 b) de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se emite el siguiente,
INFORME
PRIMERO.- Son de aplicación las disposiciones contenidas en los siguientes preceptos:
- Artículo 135 de la Constitución Española.
- Artículo 10 del RD -ley 7/2012, de 9 xx xxxxx, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores.
Sesión: Ordinaria nº. 07/2013
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El documento electrónico ha sido aprobado por Secretario(Xxxx Gañan Xxxxxx) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 9:28:25 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXxXX XXXXXX XXXX - XXX 00000000X y por ALCALDE(XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 10:22:53 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX - XXX
00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
- Artículo 10 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
- Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera -LOEPYSF-.
SEGUNDO.- Según lo establecido en artículo 10.1 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, la Administración que cuente con un plan de ajuste acordado con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, durante su vigencia, deberá remitir al mencionado Ministerio antes del día quince de cada mes, en el caso de la Comunidad Autónoma, y antes del día quince del primer mes de cada trimestre en el caso de la Corporación Local, información sobre, al menos, los siguientes extremos:
a) Avales públicos recibidos y operaciones o líneas de crédito contratadas identificando la entidad, total del crédito disponible y el crédito dispuesto.
En cuanto a los avales públicos recibidos, no constan.
Ente avalista | Saldo a: | |||
a 31 xx xxxxx | a 30 xx xxxxx | a 30 de septiembre | a 31 de diciembre | |
Administración General del Estado | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CCAA | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
EELL | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Total | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
b) Operaciones o líneas de crédito contratadas y contratos suscritos con entidades de crédito para facilitar el pago a proveedores.
Datos extraídos de los suministrados a la Central de Riesgos de la Entidades Locales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas:
Identificación | Entidad prestamista | Tipo de operación | Principal | Pendiente de amortizar | Fecha de formalización |
Sesión: Ordinaria nº. 07/2013
Pág 6 de 29 Fecha: 19 de diciembre de 2.013
Ayuntamiento de Valencia xxx Xxxxxxx
AG LPDTE 2008 | Administración General del Estado | Difiriemiento devolución participación en los Tributos del Estado | 36.488,00 | 23.595,00 | 20/07/2010 |
AG LPDTE 2009 | Administración General del Estado | Difiriemiento devolución participación en los Tributos del Estado | 41.845,00 | 34.174,00 | 21/07/2011 |
2012 CRUR | Caja Rural de Extremadura | Línea de crédito | 176.000,00 | 0,00 | 18/01/2012 |
2013/2/CRUR | Caja Rural de Extremadura | Línea de crédito | 134.000,00 | 134.000,00 | 04/01/2013 |
2005 CRUR | Caja Rural de Extremadura | Préstamo | 49.100,00 | 9.792,00 | 16/06/2005 |
2008 CRUR | Caja Rural de Extremadura | Préstamo | 80.000,00 | 66.601,00 | 29/10/2008 |
2004/CBADAJOZ | Caja de Badajoz | Préstamo | 300.506,00 | 153.363,00 | 13/02/2004 |
TOTAL | 421.525,00 |
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c) Deuda comercial contraída clasificada por su antigüedad y su vencimiento. Igualmente, se incluirá información de los contratos suscritos con entidades de crédito para facilitar el pago a proveedores.
(En miles de euros) | Antigüedad (fecha recepción facturas) | Total | ||||||
Año: 2013 | Año 2012 | Año 2011 | Ejercicios Anteriores | |||||
Obligaciones reconocidas pendientes de pago clasificadas por antigüedad | 1er. trimestre | 2º trimestre | 3er. trimestre | 4º trimestre | ||||
Capítulo 2 | 0,25 | 1,69 | 35,16 | 0,00 | 2,94 | 0,00 | 0,00 | 40,04 |
Capítulo 6 | 0,00 | 0,39 | 7,56 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 7,95 |
Otra deuda | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
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comercial | ||||||||
Total | 0,25 | 2,08 | 42,72 | 0 | 2,94 | 0,00 | 0,00 | 47,99 |
El documento electrónico ha sido aprobado por Secretario(Xxxx Gañan Xxxxxx) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 9:28:25 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXxXX XXXXXX XXXX - XXX 00000000X y por ALCALDE(XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 10:22:53 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX - XXX
00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
d) Operaciones con derivados y otro pasivo contingente.
No constan datos de operaciones con derivados y otro pasivo contingente.
(En miles de euros) | Saldo a: | ||||
Operaciones con derivados | Descripción | a 31 xx xxxxx | a 30 xx xxxxx | a 30 de septiembre | a 31 de diciembre |
Operación 1 | |||||
Operación 2 | |||||
Operación 3 | |||||
Operación 4 | |||||
Resto de operaciones | |||||
Total |
(En miles de euros) | Saldo a: | ||||
Otro pasivo contingente | Descripción | a 31 xx xxxxx | a 30 xx xxxxx | a 30 de septiembre | a 31 de diciembre |
Pasivo 1 | |||||
Pasivo 2 | |||||
Pasivo 3 | |||||
Pasivo 4 | |||||
Resto de pasivos contingentes | |||||
Total |
Sesión: Ordinaria nº. 07/2013
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Ayuntamiento de Valencia xxx Xxxxxxx
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00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
e) Análisis de las desviaciones producidas en el calendario de ejecución o en las medidas del plan de ajuste.
A) MEDIDAS DE INGRESOS:
MEDIDA 1: SUBIDAS TRIBUTARIAS, SUPRESIÓN DE EXENCIONES Y BONIFICACIONES TRIBUTARIAS
En el Plan se contemplaba el mantenimiento del 10% previsto en el Real Decreto Ley 20/2011 de
30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaría, y financiera para la corrección del déficit público. La aplicación de esta medida de carácter estatal implica una subida de la recaudación líquida del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
De acuerdo con lo anterior, en le Presupuesto del ejercicio 2013 aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 17 xx xxxxx de 2013 se contemplan unas previsiones de 245.766,66 € y, considerando que la recaudación líquida por este concepto en el ejercicio de 2012 ascendió a 228.703,05 €, se prevé un incremento del 9,3 %.
MEDIDA 4: CORRECTA FINANCIACIÓN DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS
En esta medida se contemplaba la imposición de contribuciones especiales para sufragar el coste del del servicio de arreglo de caminos con el parque de maquinaria de la Mancomunidad de Municipios Río Bodión, estableciéndose en el mismo que se aprobaría antes del 30/08/2012 la Ordenanza General de Contribuciones Especiales y, posteriormente en el momento de aprobar las obras correspondientes se aprobaría la aplicación de la contribución especial, lo que supondría un ingreso del 90 % del coste total del servicio, y así tendríamos que el coste del servicio quedaría financiado en la cantidad de 28.343,84 €.
Esta medida no se ha llevado a efecto por cuanto la Mancomunidad, en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Asamblea General procedió a la supresión del parque de maquinaria.
No obstante lo anterior, en cumplimiento de lo acordado con la aprobación del Plan de Ajuste, este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 17 xx xxxxx de 2013 ha adoptado acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de adecuación, mantenimiento de caminos rurales y guardería rural, previendose recaudar con esta tasa la cantidad de 8.163,95 € al considerarse que dada la fecha de su aprobación, entrará en vigor en el 4º Trimestre
Sesión: Ordinaria nº. 07/2013
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00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
de 2013, lo cual habrá de tenerse en cuenta a la hora de reconocer gastos por el mantenimiento de caminos y guardería rural, gastos que no deberán exceder de esa cantidad, a fin de no causar desequilibrios presupuestarios.
MEDIDA 5: OTRAS MEDIDAS POR EL LADO DE LOS INGRESOS
1. Enajenación de solar de propiedad municipal sito en la C/ Encomienda 11.
En el Plan de ajuste se contempla que se procederá a iniciar antes del 30/08/2012 el expediente de enajenación del solar sito en la C/ Encomienda 11 de esta localidad, solar que se encuentra valorado en la cantidad de 13.194,09 €, contemplándose este ingreso en el ejercicio 2012.
En este sentido, con fecha 6 xx xxxxxx de 2012, la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de las competencias delegadas por la Alcaldía mediante Decreto 150/2011, aprobó el inicio del procedimiento de enajenación mediante subasta del inmueble sito en la X/ Xxxxxxxxxx, 00, procedimiento que quedó desierto, por lo que habrá que iniciar nuevamente el expediente de enajenación.
En el presupuesto inicial aprobado para el ejercicio de 2013 se contempla nuevamente la venta de este inmueble, por un importe de 12.800,00 €.
Al día de la fecha no se ha realizado ninguna actuación encaminada a la venta de este solar.
B) MEDIDAS DE GASTOS
Medida 1: Reducción de costes de personal (reducción de sueldos o efectivos).
No se contemplan en este ejercicio medidas de reducción de coste de personal.
f) Plazo previsto finalización plan de ajuste.
En este sentido se considera que el Plan de ajuste no ha llegado a su término, por lo que habrá que seguir aplicando las medidas que se contemplan en el mismo.
Por otro lado, tenemos que destacar el hecho de que este Ayuntamiento adelantó para el pago de las obras de construcción de un Centro Residencial la cantidad de 210.218,70 €, en virtud de un Convenio firmado con el SEPAD, cantidad que al día de la fecha está pendiente de percibir al haber denunciado el SEPAD el Convenio mencionado y haberse aprobado uno nuevo del que al día de la fecha se ha percibido la cantidad de 105.000,00 €, lo que ha permitido afrontar el pago de la deuda
Sesión: Ordinaria nº. 07/2013
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El documento electrónico ha sido aprobado por Secretario(Xxxx Gañan Xxxxxx) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 9:28:25 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXxXX XXXXXX XXXX - XXX 00000000X y por ALCALDE(XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 10:22:53 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX - XXX
00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
con proveedores hasta el 31/05/2013, con lo que no ha sido necesario acogerse al Real Decreto Ley 8/2013.
TERCERO.- De acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 xx xxxxx, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, del presente informe debe darse cuenta a Pleno de la Corporación.
ASUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA: INFORME EJECUCIÓN TRIMESTRAL (3º T 2013).-
Por el Sr. Alcalde se cede la palabra al Secretario-Interventor, quien informa que con fecha 21 de octubre se ha remitido por vía telemática al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el Informe relativo a la ejecución trimestral correspondiente al 3º Trimestre de 2013, en cumplimiento de La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 (LOEPSF), de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
ASUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA: RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS.-
Por el Sr. Xxxxxxx se cede la palabra al Secretario-Interventor, quien da lectura en extracto al Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio en el que se contiene la propuesta de acuerdo que se somete a la aprobación y que transcrito literalmente dice:
“Considerando el informe de Secretaría-Intervención emitido en fecha 3 de diciembre de 2013, en relación con el procedimiento y la Legislación aplicable para proceder al reconocimiento extrajudicial de los créditos siguientes:
Proveedor | Nº. factura | Fecha | Fecha presentación registro | Concepto | Importe | Aplicación presupuestaria |
XJoXsXé MXXarXtínXBXuXrrXeXroXXX | 3 | 28/03/2012 | 21/05/2013 | Trabajos realizados | 331,58 | 450/614 |
XBXebXidXaXs RXuXizXCXaXrrXillXo,X XSX.LX. | A/160 | 25/09/2012 | 18/10/2013 | Fiestas xxx Xxxxx 2012 | 375,79 | 912/226.01 |
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El documento electrónico ha sido aprobado por Secretario(Xxxx Gañan Xxxxxx) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 9:28:25 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXxXX XXXXXX XXXX - XXX 00000000X y por ALCALDE(XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 10:22:53 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX - XXX
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perteneciente a otro ejercicio presupuestario durante el actual.
Considerando la propuesta realizada por la Alcaldía en ese sentido, y vista la competencia otorgada al Pleno por el artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 97.1 y 82.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Comisión Informativa, en sesión celebrada el día 18 de diciembre, propone al Pleno, la adopción del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar el reconocimiento de los créditos correspondientes a ejercicios anteriores siguientes:
Proveedor | Nº. factura | Fecha | Fecha presentación registro | Concepto | Importe |
XJXosXé XMXaXrtíXn XBXurXreXroXXX | 3 | 28/03/2012 | 21/05/2013 | Trabajos realizados | 331,58 |
XBXebXidXasXRXuXizXCXaXrrXillXo,XSX.L. | A/160 | 25/09/2012 | 18/10/2013 | Fiestas xxx Xxxxx 2012 | 375,79 |
SEGUNDO. Aplicar, con cargo al Presupuesto del ejercicio 2013, los correspondientes créditos por importe de 331,58 y 375,79, con cargo a las partidas 450/614 y 912/226.01 respectivamente.”
Sometida a votación la propuesta de la Comisión Informativa se obtiene el siguiente resultado:
- Votos a favor: 10.
- Votos en contra: 0.
- Abstenciones: 0.
A la vista del resultado, el Sr. Alcalde declara aprobada la Propuesta de la Comisión Informativa que se ha transcrito más arriba.
ASUNTO SEXTO DEL ORDEN DEL DÍA: REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL @PRENDIZEXT.-
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El documento electrónico ha sido aprobado por Secretario(Xxxx Gañan Xxxxxx) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 9:28:25 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXxXX XXXXXX XXXX - XXX 00000000X y por ALCALDE(XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX) de AYUNTAMIENTO DE VALENCIA XXX XXXXXXX a las 10:22:53 del día 20 de diciembre de 2013 con certificado de FNMT Clase 2 CA, NOMBRE XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX - XXX
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Por el Sr. Xxxxxxx se cede la palabra al Secretario-Interventor, quien da lectura en extracto al Dictamen de la Comisión Informativa de Participación Ciudadana en el que se contiene la propuesta de acuerdo que se somete a la aprobación y que transcrito literalmente dice:
“Vista la Proposición de la Alcaldía referente a la aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del Programa de Formación Dual @prendizext denominado “Valencia ayuda social”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 97.1 y 82.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Comisión Informativa, en sesión celebrada el día 18 de diciembre, visto el informe de Secretaría-Intervención, propone al Pleno, la adopción del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Reglamento de régimen interno del Programa de Formación Dual @prendizext denominado “Valencia ayuda social”.
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sometiendo el Reglamento de régimen interno del Programa de Formación Dual @prendizext denominado “Valencia ayuda social” a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y alegaciones, que serán resueltas por el Pleno.
TERCERO.- Determinar, conforme a lo dispuesto en el citado artículo 49, in fine, de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, que, en el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o alegación, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
CUARTO.- Facultar a la Alcaldía tan ampliamente como sea preciso en Derecho para cuantos actos sean precisos en orden a la ejecución de este acuerdo y, en particular, para la publicación y entrada en vigor del reglamento.”
Sometida a votación la propuesta de la Comisión Informativa se obtiene el siguiente resultado:
- Votos a favor: 10.
- Votos en contra: 0.
- Abstenciones: 0.
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A la vista del resultado, el Sr. Alcalde declara aprobada la Propuesta de la Comisión Informativa que se ha transcrito más arriba.
A continuación se transcribe el texto íntegro del Reglamento:
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
AP. Valencia Ayuda Social
ESPECIALIDAD: ATENCIÓN SOCIOSANITARIAS A PERSONAS EN EL DOMICILIO
Artículo 1.- Preámbulo.
El @PRENDIZEXT nace con el objetivo fundamental de promover la inserción laboral de los alumnos trabajadores. El presente Reglamento pretende servir de norma, que articule dentro de la legalidad vigente aquellos aspectos propios del desempeño cotidiano de la labor encomendada al personal de este programa de formación dual, estableciendo las normas de funcionamiento y coordinación entre las distintas especialidades que componen la misma.
El personal que presta sus servicios en el Programa de Formación Dual @prendizext y constituye el equipo formativo se clasifica de la siguiente forma:
a) Director-Coordinador de Formación.
b) Monitor Atención sociosanitaria de personas en el domicilio (Área Social).
c) Monitor Atención sociosanitaria de personas en el domicilio (Área Sanitaria).
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
La presente normativa regula las condiciones de trabajo del equipo técnico y de los alumnos/trabajadores del programa y a fines informativos, se plasma por escrito para general conocimiento y constancia de su existencia a la hora de proceder durante el plazo de duración del mismo.
Artículo 3.- Condiciones del alumno-trabajador.
Define la condición de alumno/trabajador del programa de formación dual @prendizext, el mantener con el "Ayuntamiento de Valencia xxx Xxxxxxx" (en adelante "entidad promotora") una relación regulada formalmente por un contrato de formación, por lo que son considerados trabajadores, sin perder la condición, de alumno, en ningún caso.
La duración del contrato es de un año.
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Durante la duración del contrato de formación, los alumnos/trabajadores tendrán derecho a la percepción de un salario equivalente al 60% xxx xxxxxxx mínimo interprofesional vigente, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Artículo 4.- Condiciones del personal docente.
El personal docente mantiene con la entidad promotora una relación regulada formalmente por un contrato de obra o servicio determinado. La duración del contrato es de un año.
Artículo 5.- Horario de trabajo.
La jornada laboral se establece en 40 horas semanales, que se distribuirán de lunes a viernes de 8 a 15 horas.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a trabajos reales.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del módulo, se establecerá a criterio del equipo docente, un descanso de treinta minutos pasados los cuales todo el personal se incorporará a las tareas que sus monitores les indiquen.
Artículo 6.- Calendario laboral.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de tal forma que se considerarán no laborables, además de los días considerados como tales a nivel Nacional, Regional ( Decreto 148/2013, de 6 xx xxxxxx (DOE n.º 154, de 9 xx xxxxxx de 2013), los dos días establecidos por la entidad promotora para el ejercicio 2014, que afectan al desarrollo del proyecto.
Por el Director-Coordinador, se informará al respecto con la debida antelación a todo el personal del programa.
Artículo 7.- Descanso semanal.
El personal del programa tendrá derecho a un descanso semanal de dos días que, como regla general, comprenderá los días completos xxx xxxxxx y el domingo.
Artículo 8.- Vacaciones anuales.
El personal del programa tendrá derecho a vacaciones anuales retribuidas con duración de veintidós días hábiles.
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Las vacaciones del programa coincidirán para todo el personal perteneciente a este servicio (equipo técnico y alumnos-trabajadores).
El periodo de disfrute de las vacaciones anuales se fijará prioritariamente en un periodo que atienda a las necesidades del proceso formativo y de ejecución de los proyectos de obra del programa. Dicho periodo se determinará a propuesta del equipo técnico y sometido a consenso por parte de todo el personal del Programa de Formación Dual (equipo técnico y alumnos-trabajadores), debiendo ser autorizado por la entidad promotora.
Artículo 9.- Permisos y licencias.
Los miembros del equipo técnico y los alumnos/as/trabajadores/as, previo aviso (de al menos 48 horas de antelación) y justificación previa o posterior, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por los motivos y el tiempo que a continuación se relacionan:
a) Quince días, en los casos de nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, tres días en caso de enfermedad grave o fallecimiento de parientes, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando, con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de 5 días, siempre y cuando el xxxxx xx xxxxxxx xxxxx xxx xx 000 Xx. Xxx xxxxxxxxx comprendidos en este supuesto, son tanto los del propio trabajador (por consanguinidad): Padres, hijos, abuelos, hermanos y nietos; como los de su cónyuge (por xxxxxxxx): Xxxxxxx, hijos, abuelos, nietos y cuñados.
b) Un día, por traslado del domicilio habitual.
c) Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal:
c.1) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos establecidos legal o convencionalmente.
c.2) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
c.3) Lactancia de un hijo menor de 9 meses: 1 hora de ausencia del trabajo, que se podrá dividir en 2 fracciones. Con la misma finalidad, la madre puede sustituir este derecho por una reducción de la jornada de 1 hora. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o por el padre, en caso de que ambos trabajen.
c.4) Quien, por razones de guarda legal, tenga a su cuidado directo algún menor de 6 años o a un disminuido físico o psíquico que no desempeñe otra actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, 1/3 y un máximo de 1/2 de la duración de aquella.
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00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
c.5) Exámenes: El trabajador tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un curso académico o profesional.
c.6) Consultas médicas: Los trabajadores tendrán derecho a acudir a la visita del médico de familia, ausencia que se justificará mediante justificante de ausencia laboral en el que figurarán las horas de ausencia, la firma y el sello del facultativo correspondiente. Los permisos deben disfrutarse en la fecha en que se produzca la necesidad, no pudiendo ser trasladados a días hábiles.
Artículo 10.- Derechos.
Los que a continuación se relacionan:
a) Respeto a la dignidad, intimidad y consideración debida de cada uno de los integrantes del programa "Valencia Ayuda Social", comprendida la protección frente a ofensas de naturaleza verbal, física, ideológica, religiosa, étnica o sexual.
b) Respeto a su conciencia cívica y moral.
c) Respeto a su dignidad personal.
d) Recibir una educación integral y una formación profesional (alumnos-as/trabajadores-as) que les capacite en el conocimiento de un oficio para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos del proyecto y a las necesidades y posibilidades personales de cada uno.
e) Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material del programa.
f) Disponer de las herramientas, equipos y utillaje adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de seguridad y salud laboral en el trabajo.
g) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el trabajo.
h) Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
i) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
j) A participar en la organización del Programa de Formación Dual a través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de forma individual o colectiva.
k) A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o políticas, disminución física.. según lo establecido en la Ley.
l) A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
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Artículo 11.- Deberes.
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Los que a continuación se relacionan:
a) Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del programa, así como mantener una actitud cívica en su comportamiento personal.
b) Cumplir las obligaciones establecidas para su trabajo en el programa, de conformidad con las reglas de buena fe y diligencia.
c) Obedecer, por parte de los alumnos-as/trabajadores-as, las instrucciones del personal directivo y docente, encargado de su formación, en el ejercicio regular de sus funciones.
d) Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares en el Programa de Formación Dual y entornos de trabajo.
e) Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios que el Programa de Formación Dual pone a su disposición.
f) Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección de cualquier miembro del equipo técnico (directivo y docente), pudiendo ser adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del alumno-trabajador participante.
g) Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por los profesores, ya sean miembros integrantes del proyecto como aquellos colaboradores del mismo.
h) Guardar el debido respeto a los compañeros, manteniendo un trato de corrección y colaborando con ellos en el trabajo cuando sea necesario.
i) Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del Programa de Formación Dual y de la entidad promotora.
j) Hacerse responsables del vestuario, herramienta, utillaje o maquinaria al uso (docentes y discentes) que les sean entregadas para su trabajo, cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de diligencia por parte del usuario en tales circunstancias. En tal sentido indicar que la ropa de trabajo ha de ser utilizada únicamente en actividades desarrolladas en el Programa de Formación Dual y por personal autorizado.
k) Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los 30 minutos de descanso establecidos, salvo en actividades muy concretas y por deseo expreso de la dirección del Programa de Formación Dual o la propia entidad promotora.
l) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en todo momento de que de ellos depende la "imagen" que el Programa de Formación Dual ofrece a los municipios de la mancomunidad y su entorno.
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00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
m) Informar por parte de cualquier miembro del Programa de Formación Dual, a la dirección o a cualquier otro miembro, en su caso y en horario de 8:00 a 9:00, de la no asistencia al trabajo, cuando por causas imprevistas se produzca la imposibilidad justificada de incorporación al centro, para evitar posibles desarreglos en horarios, planificación en el trabajo y perjuicios a los compañeros y en definitiva al desarrollo normal de la actividad del Programa de Formación Dual.
n) Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del programa, garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad y privacidad individual.
Artículo 12.- Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
- La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
- Hasta tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes, entendiendo por falta de puntualidad todo retraso superior a diez minutos.
- El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
- El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades formativas como en el trabajo propio del Programa de Formación Dual.
- Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo y el consiguiente perjuicio para los compañeros.
- Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
- El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos el tiempo de descanso).
- La no presentación en tiempo oportuno y reglamentado (tres días a partir de la ausencia en el trabajo) de los justificantes, salvo que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
- Fumar en zonas no permitidas.
- Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al Programa de Formación Dual, sin previo aviso o permiso correspondiente, poniéndola en posible riesgo y responsabilizando consecuentemente a la dirección.
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00000000X. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
- Prohibido el paso a toda persona ajena al proyecto, salvo en determinadas situaciones de promoción, divulgación o difusión del proyecto tales como visitas programadas, jornadas de puertas abiertas, exposiciones.
- Uso de dispositivos móviles, reproductores musicales,... en momentos de clase o
trabajo real.
inexcusable.
- En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido
A.2.- Faltas graves:
- Hasta seis faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de tres meses, entendiendo por falta de puntualidad todo retraso superior a diez minutos.
- La falta de obediencia debida al personal directivo y docente del Programa de Formación Dual.
- La tenencia y consumo de alcohol, drogas y/o estupefacientes ilegales durante la jornada de trabajo y formación.
- El ataque a la integridad física y moral de los compañeros/as y en general, mantener conductas antisociales y/o violentas durante la jornada laboral.
- El incumplimiento o abandono reiterado de normas y medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
- La simulación de enfermedad o accidente.
- La ausencia en el trabajo sin causa justificada.
- Faltas de hurto y/o robo, tanto a los trabajadores como al programa o a la entidad promotora, así como a cualquier persona dentro o fuera del centro en cualquier actividad desarrollada por el Programa de Formación Dual. En este sentido se ponderará y valorará la gravedad del hecho por el equipo técnico, para tramitación de informes y expedientes cualesquiera que sean necesarios y sus correspondientes sanciones.
- Reincidir en falta de interés o apatía en la formación o en el trabajo.
- Causar negligentemente daños a cualquier compañero/a, dependencias, instalaciones, herramientas y materiales dependientes del Programa de Formación Dual.
- La falta reiterada (2 faltas leves) de rendimiento intencionado que afecte al normal desarrollo del Programa de Formación Dual.
- El uso inadecuado/sin autorización de cualquier medio de transporte durante la
jornada laboral.
- La práctica de todo tipo de juegos, uso de móviles o máquinas encaminadas a
distraer la atención de cualquier miembro del Programa de Formación Dual durante el horario de trabajo y formación.
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A.3.- Faltas muy graves:
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- Hasta nueve faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un año, entendiendo por falta de puntualidad todo retraso superior a diez minutos.
- El incumplimiento culpable o manifiesta insubordinación de las órdenes impartidas por los superiores en el ejercicio de su trabajo, del que se derive perjuicio grave para el servicio.
- La notoria falta de rendimiento que conlleve inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas.
- Haber sido sancionado/a en más de una ocasión por incurrir en falta grave.
- Acudir al puesto de trabajo en estado de embriaguez o drogadicción, o alcanzar tal estado durante el horario del mismo.
- La manipulación intencionada, temeraria e irresponsable basada en la negligencia, desidia y descuido a propio intento de los equipos de los talleres que puedan ocasionar daños materiales y poner en peligro la seguridad y por consiguiente la integridad propia o ajena.
- La rotura y/o destrucción malintencionada de maquinarias, herramientas, materiales e instalaciones del Programa de Formación Dual.
- Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad pueda ser calificado como tal.
B) Sanciones: Atendiendo a la gravedad de la falta cometida, se sancionará del modo siguiente:
B.1.- Faltas leves:
- Amonestación verbal por cualquier miembro del equipo técnico.
- Apercibimiento de la dirección por escrito, que se unirá a la propuesta de falta y por consiguiente apertura de expediente disciplinario.
- Suspensión de empleo y sueldo por un día, mediante comunicación escrita de las causas que la motivan.
B.2.-Faltas graves:
- Suspensión de empleo y sueldo de dos a seis días, mediante comunicación escrita de las causas que la motivan.
- Suspensión de empleo y sueldo durante el plazo proporcional a las horas dejadas
de trabajar.
B.3.-Faltas muy graves:
- Suspensión del Programa de Formación Dual y sueldo durante el plazo de siete días a un mes, mediante comunicación expresa de las causas que lo motivan.
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- Expulsión, extinción del contrato por despido disciplinario.
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C) Competencia:
Corresponde al Sr. Alcalde de Valencia xxx Xxxxxxx, de conformidad con las atribuciones que le confiere, el artículo 21.º.1 de la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás legislación concordante como órgano competente, la facultad de imponer las sanciones en los términos estipulados en el presente Reglamento de régimen interno.
D) Prescripción de las faltas.
Las faltas leves prescribirán a los diez días, las graves a los veinte días y las muy graves a los sesenta días, a partir de la fecha en la que la entidad promotora tenga conocimiento de las mismas.
E) Procedimiento:
1) Comunicación por escrito a la entidad promotora por parte de la dirección de los hechos que motivan la falta.
2) Comunicación por escrito al trabajador/a informándole de la apertura de expediente disciplinario haciendo constar la fecha y los hechos que lo motivan.
3) Se dará audiencia al interesado/a por plazo de 10 días, para constatación de los hechos, y para que efectúe las alegaciones o aporte la documentación que tenga por conveniente en su descargo.
4) La dirección dará traslado de la propuesta de sanción a la entidad promotora.
5) En su caso, el Sr. Alcalde, dictará resolución al respecto; debiendo ser notificada al interesado/a y en la que deberán constar los siguientes datos:
a. Antecedentes.
b. Descripción de los hechos y fecha en que se produjeron.
c. Indicación de la categoría de falta que corresponde a los hechos según lo recogido dentro del Reglamento de régimen interno.
d. Comunicación del recurso.
6) Se remitirá informe a la Dirección General de Formación para el Empleo de las faltas
graves.
7) Contra la resolución dictada, cabrá la interposición de recurso de reposición en el plazo
de un mes a contar desde la notificación de la misma.8) En el caso xx xxxxxx muy graves (baja definitiva), requerirá la tramitación establecida en la normativa concordante del programa de escuelas taller, casas de oficio y talleres de empleo.
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Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx
Artículo 13.- Régimen jurídico, jurisdicción competente, entrada en vigor, vigencia y modificación.
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a) Régimen Jurídico.- En lo no establecido en el presente Reglamento interno, se estará a lo dispuesto en la legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del organismo autónomo de la Dirección General de Formación para el Empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente.- La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca de las cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la entidad promotora y los alumnos/trabajadores, así como entre esta y los integrantes del equipo formativo.
c) Entrada en vigor.- El presente Reglamento, entrará en vigor una vez ratificado por las partes integrantes del proyecto (entidad promotora, equipo técnico y alumnos/as trabajadores/as) y con carácter retroactivo.
d) Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo y periodo de prácticas y trabajos en obra real, que suman la duración total del Programa de Formación Dual, todo ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/reforma.- La entidad promotora a iniciativa propia o a requerimiento de la dirección del programa, podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes al presente Reglamento interno, con sujeción a los trámites establecidos para su aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes. Quedan exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y directamente aplicables por reformas que se produzca durante su vigencia en la normativa que regula la materia.
ASUNTO SEPTIMO DEL ORDEN DEL DÍA: PROPOSICIÓN DE RECONOCIMIENTO A D. XXXXXX XXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX.-
Por el Sr. Alcalde se da lectura a la Proposición que transcrita literalmente dice:
“Estando ya prácticamente terminadas las obras de ampliación, rehabilitación y mejora del edificio del Ayuntamiento, y siendo ya inminente el traslado de las oficinas de nuestro ayuntamiento desde la ubicación provisional que hemos venido ocupando en el Centro Cultural Los Solares al nuevo edificio ya terminado, y considerando que el 4 xx xxxxxx del año 2011 conocíamos la triste noticia del fallecimiento de Xxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx, quien encabezó la lista de UCD a nuestro ayuntamiento en las primeras elecciones municipales democráticas tras la dictadura franquista, ganó los comicios y resultó elegido alcalde de nuestro ayuntamiento, cargo que ostentó durante ocho años, entre el 3 xx xxxxx de 1979 y el 29 xx xxxxx de 1987, siendo el primer alcalde electo en esta nueva etapa democrática, quien procuró gobernar con eficacia,
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justicia y equidad nuestro ayuntamiento en estos difíciles tiempos del inicio de la nueva democracia.
Por todo ello someto a la consideración del Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
1- Que una vez se realice el trasladado al nuevo edificio del ayuntamiento, se organice, de acuerdo con la familia, un acto de homenaje y reconocimiento al que fuera primer alcalde de la nueva etapa democrática Xxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx.
2- Se de traslado de este acuerdo a la viuda e hijos de Xxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx.”
Iniciado el debate solicita la palabra la Concejala Xx. Xx. del Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Portavoz del Grupo PP, quien pregunta que en qué consistiría el acto de homenaje.
Le constesta el Sr. Xxxxxxx diciendo que en lo que se acuerde con la familia, es decir, se va a hacer un pequeño homenaje pero con respeto a la decisión de la familia.
Sometida a votación la proposición de la Alcaldía, la misma es aprobada por unanimidad de los Sres. asistentes, por lo que el Sr. Alcalde la declara aprobada.
ASUNTO OCTAVO DEL ORDEN DEL DÍA: INFORMES DE LA ALCALDÍA.-
Por el Sr. Alcalde se da cuenta de lo siguiente:
“Como viene siendo habitual, trataré de aprovechar este punto del orden del día para informar al Pleno de la Corporación sobre las distintas gestiones llevadas a cabo desde esta alcaldía y desde el Grupo de Gobierno, así como sobre el estado y situación de los distintos proyectos municipales.
En los primeros días de octubre se celebró la tradicional Feria Internacional Ganadera xx Xxxxx y este año, como ya viene siendo costumbre, tuvimos de nuevo la oportunidad de promocionar nuestros garbanzos en el stand del Grupo de Acción Local Ceder Zafra-Río Bodión con una degustación de cocido de nuestros garbanzos que tuvo gran aceptación y repercusión en los medios de comunicación y con coste cero para nuestro ayuntamiento.
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Ayuntamiento de Valencia xxx Xxxxxxx
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El 14 de octubre asistí a una reunión en el XXX xx Xxxxx convocado por el Sr. Presidente de la Diputación Provincial en la que se presentó el nuevo Plan de Carreteras Provinciales . En este plan se contempla una inversión de aproximadamente 700.000.- euros para la ampliación y mejoras de la carretera BA-160, en el tramo comprendido entre Valencia xxx Xxxxxxx y Bodonal de la Sierra.
Como ya hemos venido informando las obras del rehabilitación, ampliación y mejoras del edificio del Ayuntamiento se encuentran prácticamente terminadas, por lo que una vez tengamos la fecha de enganche de la ampliación del contrato del suministro eléctrico, que se está gestionando con la compañía suministradora, señalaremos la fecha del traslado al nuevo edificio.
Una vez hemos recibido el ingreso de las cantidades que nos venía adeudando el SEPAD, hemos podido regularizar y controlar nuestra deuda con proveedores, de tal forma que a primeros de noviembre pasado quedó prácticamente toda la deuda saldada. Por todo ello podemos decir que nuestro ayuntamiento no tiene deuda alguna con proveedores al día de la fecha, excepto las factura recién presentadas que se están abonando regularmente una vez cumplido el plazo administrativo mínimo necesarios para su registro, apuntes contables y ordenación del pago.
Se está ultimando por parte del arquitecto redactor, en coordinación con los técnicos del SEPAD, la modificación del proyecto para el reinicio de la obras de la Residencia de Mayores, por lo que en los próximos días se publicaran las bases para la licitación y contratación de dicha fase de la obra. Esperamos que, según lo previsto,a primeros de este año próximo estén ya reiniciadas las obras.
Según se acordó por este pleno el pasado día 1 de diciembre se realizó el homenaje a D. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, al que asistieron y se sumaron gran número de valencianos, alcaldes y concejales de pueblos de nuestro alrededor y casi todo el pleno del ayuntamiento xx Xxxxx con su alcaldesa al frente. Creo que este acto de justicia y reparación ha sido todo un acierto, quiero dar las gracias aquí públicamente a todos los que colaboraron en el citado acto, especialmente a las trabajadoras de nuestra Universidad Popular, a D. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, a Xxxx Xxxxxxxx, a nuestra Banda Municipal de Música y a todos los trabajadores y compañeros de corporación que echaron una mano en la organización. También quisiera expresar mi agrado por haber visto como se sumaban al acto dos concejalas del grupo del Partido Popular, aunque su grupo no aprobara en su día en este pleno la propuesta de dicho homenaje. Muchas gracias. “
Continua el Sr. Alcalde diciendo:
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“Quiero aprovechar para informar e invitar a la corporación al festival xx xxxxxxx que organiza nuestro ayuntamiento y que tendrá lugar mañana viernes., día 20, a partir de las 20 horas, en la Nave Municipal .
También quiero trasladaros la invitación que me ha cursado la Coral Nuestra Sra. de la Esperanza al concierto xx Xxxxxxx que tendrá lugar en la Iglesia Parroquial el sábado 21 de diciembre a las 20:30 horas y en el actuará nuestra Coral y la Coral de Xxxxxx xx Xxxx, organizado por nuestra Coral y con la Colaboración de la Diputación Provincial, el Ayuntamiento y la Parroquia.
Si no surge ningún imprevisto seguramente este será el último Pleno de este año, por lo que aprovecho para desearles unas Felices Fiestas a todos, que las disfruten en armonía, y con alegría en compañía de lo suyos.”
ASUNTO NOVENO DEL ORDEN DEL DÍA: DECRETOS Y RESOLUCIONES.-
El Sr. Alcalde manifiesta que los decretos y resoluciones han estado y están a disposición de los Sres. Concejales, pero siendo bastantes, obviamente no se les va dar lectura. Estos Decretos y Resoluciones van desde el 24/09/2013 (nº. 150/2013) hasta el 16/12/2013 (nº. 210/2013), y se da cuenta al Pleno de los mismos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del RD. 2568/86.
ASUNTO DÉCIMO DEL ORDEN DEL DÍA: ASUNTOS URGENTES.-
Por el Sr. Alcalde se somete a la consideración de los Sres. asistentes la inclusión en el Orden del Día del asunto referente al traslado por el Arzobispado de Badajoz del archivo histórico parroquial a Badajoz, por lo que considerando esta Alcaldía que este Ayuntamiento debe actuar, por lo que se somete a la consideración del Pleno la inclusión en el Orden del Día de este asunto.
Sometida a votación la inclusión de este asunto en el Orden del Día, se obtiene el siguiente resultado:
- Votos a favor: 7, del Grupo PSOE.
- Votos en contra: 0. Abstenciones: 3, del Grupo PP.
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Ayuntamiento de Valencia xxx Xxxxxxx
A la vista del resultado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.3 del R.D.
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2568/1986, se aprueba la inclusión de este Asunto en el Orden del Día.
Por el Sr. Alcalde se da lectura a lo siguiente:
“Habiendo tenido recientemente esta alcaldía conocimiento de la disposición emitida por el Sr. Arzobispo xx Xxxxxx-Badajoz ordenando a las parroquias de la diócesis, entre ellas la de Valencia xxx Xxxxxxx, que sus libros parroquiales antiguos sean enviados al archivo diocesano de Badajoz, y que, según nos ha informado hoy el Sr. Cura Párroco, a requerimiento de esta alcaldía, el traslado del archivo parroquial de Valencia xxx Xxxxxxx se ha efectuado ya en octubre pasado, cosa de la que este ayuntamiento no ha sido informado ni ha tenido conocimiento en ningún momento, hasta ahora.
Comprendiendo, aunque no compartiendo, esta alcaldía el criterio esgrimido por el Arzobispado xx Xxxxxx-Badajoz para ordenar el traslado de los archivos parroquiales, cuyo fin pretende ser conservar, custodiar y preservar mejor el Patrimonio Documental de su Diócesis, dado que parece ser que algunos fondos documentales existentes en algunas parroquias adolecen de falta de seguridad en sus instalaciones, achacadas a que sus xxxxxxxx y sacristías no guardan los requisitos mínimos exigibles, y que en cambio en la parroquia de Valencia xxx Xxxxxxx, entendemos que no se dan estas circunstancias, pues sus archivos han estado perfectamente, conservados y custodiados, tanto por su actual Párroco como por todos los que le han precedido.
Entendiendo que el archivo parroquial de Valencia xxx Xxxxxxx es un patrimonio no solo de la parroquia sino del pueblo de Valencia xxx Xxxxxxx, y que el traslado de estos libros implica para nuestro pueblo la pérdida de una fuente documental primaria fundamental e insustituible para los investigadores, y sobre todo para los investigadores de nuestra historia local, sobre todo, teniendo en cuenta la situación geográfica de la ciudad de Badajoz, alejada más de 90 kilómetros de nuestra población, lo que constituye un agravante añadido ya que requerirá desplazamientos considerables para cualquier gestión o consulta sobre estos documentos, y que por todo ello va a resultar muy difícil a partir de ahora que la historia local de nuestro pueblo pueda desarrollarse y publicarse algún día cercano, y que el estudio del pasado de nuestro pueblo va a estar a partir de ahora más lejano y menos accesible para cualquier investigador local que intente acercarse y acercarnos a la historia de nuestro territorio y de nuestros antepasados.
Considerando que el artículo 46 de nuestra Constitución protege el patrimonio histórico de los pueblos, y que la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985 y la Ley de Archivos y Patrimonio
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Documental de Extremadura de 2007 le dan a los poderes públicos funciones de tutela sobre los archivos históricos, aunque sean privados.
Por todo ello someto a la consideración del Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
1.- Que se de traslado de nuestra disconformidad y oposición al traslado del archivo y libros parroquiales de Valencia xxx Xxxxxxx, con nuestro ruego de que reconsideren su decisión, al Sr. Arzobispo xx Xxxxxx-Badajoz y al Sr. Cura Párroco de Valencia xxx Xxxxxxx.
2.- Que se de también traslado de nuestra disconformidad y oposición al traslado del archivo y libros parroquiales de Valencia xxx Xxxxxxx, para su conocimiento y efectos oportunos a la la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura y a la Comisión Provincial de Patrimonio de Badajoz.”
En este momento de la sesión se incorpora el Concejal D. Xxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx.
Iniciado el debate solicita la palabra la Concejala Xx. Xx. del Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Portavoz del Grupo PP, quien pregunta si el Ayuntamiento lo que quiere es que vuelva a la parroquia.
Le contesta el Sr. Alcalde diciendo que lo que el Ayuntamiento pretende es que el archivo se quede en Valencia.
Por la Xxx. Xxxxxxx Xxxx se solicita un receso de un par de minutos a fin de tratar el tema con sus compañeros.
Sometida a votación la Proposición de la Alcaldía se obtiene el siguiente resultado:
- Votos a favor: 11.
- Votos en contra: 0.
- Abstenciones: 0.
A la vista del resultado el Sr. Alcalde declara aprobado lo siguiente:
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Ayuntamiento de Valencia xxx Xxxxxxx
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“1.- Que se de traslado de nuestra disconformidad y oposición al traslado del archivo y libros parroquiales de Valencia xxx Xxxxxxx, con nuestro ruego de que reconsideren su decisión, al Sr. Arzobispo xx Xxxxxx-Badajoz y al Sr. Cura Párroco de Valencia xxx Xxxxxxx.
2.- Que se de también traslado de nuestra disconformidad y oposición al traslado del archivo y libros parroquiales de Valencia xxx Xxxxxxx, para su conocimiento y efectos oportunos a la la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura y a la Comisión Provincial de Patrimonio de Badajoz.”
ASUNTO DECIMOPRIMERO DEL ORDEN DEL DÍA: RUEGOS Y PREGUNTAS.-
En primer lugar solicita la palabra la Concejala Xx. Xx. del Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Portavoz del Grupo PP, quien manifiesta lo siguiente:
- En el acta de la última Junta de Gobierno consta el procedimiento para la adquisición de un vehículo de Policía Local mediante renting con un presupuesto de 26.000,00 € en 4 años, ¿no le parece excesiva esta cantidad, considerando que no se tiene opción de compra sobre el vehículo?
Le contesta el Sr. Alcalde diciendo que se ha valorado que la mejor opción para vehículos municipales es el renting, se cree que es la mejor solución, se pretende hacer igual que se ha hecho con el vehículo de obras.
Interviene nuevamente la Portavoz del Grupo PP para proponer, que, en su caso, se haga un trato para la opción de compra transcurridos los cuatro años.
Le contesta el Sr. Alcalde diciendo que se tomará nota.
Y no habiendo más asuntos que tratar por el Sr. Xxxxxxx se dio por finalizada la sesión siendo las veintiuna horas del día arriba señalado, extendiéndose seguidamente la presente acta que queda pendiente de aprobación hasta la próxima sesión que se celebre, todo lo cual como Secretario de la Corporación. CERTIFICO.-
Vº. Bº. EL ALCALDE