Contrato de edición
Contrato de edición
Entre la
Books on Demand GmbH
In xx Xxxxxx 42 22848 Norderstedt
– en adelante BoD – y
«DIRECCIÓN»
– en adelante Editorial –
se celebra el siguiente contrato:
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Los derechos y las obligaciones incluidos en este contrato de edición resultarán de aplicación para todos los contratos de libro celebrados en adelante entre la editorial y BoD, a no ser que en esos contratos se acuerde lo contrario. En adelante, se denominan las obras de la editorial para las cuales se celebre un contrato de libro como título BoD.
2. DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Y DE DISTRIBUCIÓN
2.1 La editorial declara que dispone de los derechos nombrados a continuación y cede a BoD de forma exclusiva todos los derechos necesarios para la producción y la distribución sin limitaciones geográficas de los títulos BoD, en especial:
a) el derecho de reproducción, de comercialización y de distribución de los títulos BoD como obras impresas,
b) el derecho a grabar, almacenar y transmitir el título BoD de forma legible mecánicamente, en especial de forma electrónica,
c) el derecho a transformar y procesar el título BoD para obtener un patrón de impresión electrónico («pa- trón maestro de impresión»),
d) el derecho a adaptarlo a sistemas de lectura actuales o futuros;
e) el derecho a añadir los títulos BoD a las bases de datos de BoD y a las bases de datos de catálogos de ma- yoristas y otros distribuidores, mientras dure este contrato,
f) el derecho a distribuir partes del texto del título BoD como muestras de lectura y a usarlo en el marco de búsquedas de texto completo (p.ej. en Google Books o Amazon «Echa un vistazo»),
g) la transmisión de los derechos mencionados de (a) - (f) a colaboradores de BoD.
2.2 Siempre que los patrones de la editorial contengan fuentes especiales, imágenes y/o fotografías sobre las que no existan derechos de explotación, la editorial se encargará de obtener posibles autorizaciones necesarias del autor para el uso de las fuentes especiales, las imágenes y/o fotografías por parte de BoD y sus colaboradores.
2.3 BoD se reserva el derecho de rechazar manuscritos sin indicar motivos.
2.4 La editorial cede a BoD el derecho a una representación adecuada en la promoción, tanto en la promoción del libro como en la promoción para BoD.
3. PRESTACIONES DE LA BOD
3.1 BoD se compromete frente la editorial a entregar el título BoD también a mayoristas y demás minoristas (pe- didos comerciales) como a la editorial (pedido de ejemplares para uso propio), siempre que exista un pedido.
3.2 Para los fines nombrados en este contrato, BoD almacenará el patrón maestro de impresión digital y posibles formatos digitales mientras dure el contrato, asegurándose de que se utilice el patrón maestro para la impresión
de libros solo de conformidad con este contrato de edición y el correspondiente contrato de libro del título BoD en cuestión.
3.3 BoD entregará a la editorial estadísticas trimestrales por título BoD sobre la cantidad de ejemplares producidos a raíz de un pedido comercial y liquidará los títulos BoD producidos y entregados trimestralmente.
3.4 Tras la extinción del contrato se eliminarán el patrón maestro de impresión y los patrones de los sistemas de BoD lo antes posible o a más tardar en un plazo de dos meses. No existe un derecho a la restitución del patrón maestro de impresión creado por BoD o una copia, o del formato digital o de una copia.
4. PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO, DESCUENTOS A LAS LIBRERÍAS
4.1 La editorial fijará por sí misma en el contrato de libro el precio fijo de venta al público de su obra impresa, incl. el impuesto sobre valor añadido vigente por ley, en euros.
4.2 BoD determinará los descuentos a las librerías y las condiciones para pedidos comerciales.
5. MARGEN DE BENEFICIO DE LA EDITORIAL, RETRIBUCIÓN
5.1 BoD retribuirá a la editorial trimestralmente por la venta de títulos BoD en relación con pedidos comerciales por importe del margen de beneficio de la editorial determinado en el contrato de libro.
5.2 El margen de la editorial para obras impresas se calcula a partir del precio de venta al público fijado por la editorial, restando el correspondiente impuesto sobre valor añadido vigente, los costes de producción, así como los descuentos a las librerías y las condiciones que BoD fije.
5.3 Los importes que no superen los 25,00 EUR permanecerán en la cuenta de la editorial y se desembolsarán al superar este importe al final del trimestre o al extinguirse el contrato.
5.4 La editorial retribuirá a BoD por la gestión de datos y de sistemas de bases de datos para títulos BoD, según las condiciones estipuladas en el contrato de libro.
5.5 La editorial retribuirá los pedidos de ejemplares para uso propio de acuerdo con las condiciones estipuladas en el contrato de libro para tal efecto. La editorial correrá con el riesgo y los gastos de envío de los pedidos de ejemplares de autor.
6. CONDICIONES DE PAGO, RESERVA DE DOMINIO PARA LOS PEDIDOS DE EJEMPLA- RES PARA USO PROPIO
6.1 La editorial deberá efectuar el pago en un plazo de 14 días contados a partir de la recepción de la factura. Si la editorial no pagara en el plazo mencionado anteriormente, incurrirá en xxxx. Desde el momento en el que comience la xxxx, la editorial pagará los intereses de demora previstos por ley (§ 288 del BGB [Código Civil alemán]).
6.2 Los envíos derivados de pedidos de ejemplares para uso propio se realizarán bajo reserva de dominio. En caso de que se revendieran los títulos BoD entregados antes de realizar el pago, la propiedad sobre el libro quedará sustituida por la pretensión de la editorial frente al correspondiente adquiriente que la editorial cede por la presente a BoD en el marco de la cesión anticipada.
7. GARANTÍA
7.1 De los vicios en la mercancía enviada se habrá de dar parte por escrito en el plazo de dos semanas, si fueran visibles, de lo contrario en el plazo de seis meses.
7.2 Quedan excluidos otros derechos de garantía.
8. PLAZOS DE ENTREGA
8.1 En relación con pedidos de librerías, BoD se compromete a realizar las entregas en un plazo de entrega ade- cuado.
8.2 Se acordarán plazos de entrega individuales para pedidos de ejemplares para uso propio.
8.3 El tiempo de entrega se podrá prolongar por el tiempo que dure un impedimento provocado por fuerza mayor, huelgas, cierres patronales, incapacidad no atribuible, en especial, un paro de máquinas, corte del suministro eléctrico o de agua por causas ajenas.
9. DURACIÓN DEL CONTRATO, RESCISIÓN
9.1 El contrato se perfeccionará con la firma de ambas partes. La duración del contrato de autor se regirá por la duración del contrato de libro entre la editorial y BoD. En caso de que BoD y la editorial celebren más de un
contrato de libro bajo este contrato de edición, el contrato de edición terminará automáticamente con la extin- ción del contrato de libro de mayor vigencia.
9.2 Cada parte mantendrá el derecho a rescindir el contrato por justa causa.
9.3 BoD se reserva el derecho a la rescisión sin preaviso en caso de que se publicaran contenidos que pudieran desatar el escándalo público, que contuvieran posturas políticas extremistas, denigraran a personas o infringie- ran leyes internacionales (rescisión extraordinaria).
9.4 Las rescisiones deben realizarse mediante escrito firmado a mano.
9.5 Si la editorial quisiera terminar algún contrato de libro individual o todos de forma anticipada, podrá hacerlo, satisfaciendo el pago de la tasa correspondiente fijada en el contrato de libro (anulación del contrato).
10. RESPONSABILIDAD
10.1 En la relación con la existencia de derechos de autor en el sentido del § 2, BoD depende de los datos proporcio- nados por la editorial. En caso de que al ejecutar el encargo se vulneraran derechos de terceros, en especial, derechos de autor, a consecuencia de falta de instrucción, la editorial será la única responsable. La editorial deberá eximir a BoD y a posibles colaboradores de BoD de reclamaciones de terceros a primer requerimiento, así como resarcir los costes necesarios para la defensa judicial. Esto también será de aplicación para los derechos de autor relativos x xxxxxxx, imágenes y fotografías.
10.2 BoD no será responsable de los contenidos publicados y no responderá por las consecuencias que puedan surgir a raíz de la publicación de contenidos ilegales.
10.3 BoD o sus agentes o asistentes responderán únicamente en caso de xxxx y negligencia grave. Esta exención de responsabilidad no será de aplicación en caso de que se vulnere una garantía o una cualidad esencial para el contrato, así como en caso de una violación de la Produkthaftungsgesetz [Ley alemana de responsabilidad por producto]. En caso de que se violara una obligación contractual esencial, la responsabilidad se limitará al daño previsible que se ocasione normalmente.
10.4 La exención de responsabilidad anterior y la limitación de la responsabilidad no serán de aplicación en caso de daño a la vida, a la integridad física o a la salud.
11. OTRAS ESTIPULACIONES
11.1 Si una disposición de este contrato fuera ineficaz o incluyera un vacío legal, el contrato como tal seguirá siendo válido. La cláusula sometida a objeciones deberá ser sustituida por una cláusula válida que se aproxime en mayor medida al objetivo económico y al sentido legal de la formulación inicial.
11.2 En caso de evoluciones imprevistas, las partes concuerdan en que la interpretación y las posibles ampliaciones del contrato se fundamentarán en los principios de lealtad comercial.
11.3 Este acuerdo se regirá por el derecho alemán, excluyendo la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías. Las disposiciones imperativas del Estado en el que el cliente tenga su residencia habitual no se verán afectadas. BoD no tiene la obligación de participar en procedi- mientos de resolución de litigios de un órgano de conciliación en materia de consumo ni está dispuesta a ello. En tanto que la editorial sea comerciante, todas las pretensiones en relación con este contrato de edición se someterán a la jurisdicción única de Hamburgo; Art. 23, apartado 5 Reglamento (UE) relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, o § 40, apartado 2 ZPO [Ley de enjuiciamiento civil alemana] no se verán afectados.
11.4 Las modificaciones o ampliaciones de este contrato deberán realizarse mediante escrito firmado a mano.
Norderstedt, (BoD)
Lugar, fecha, firma
«LUGAR», (cliente)
Lugar, fecha, firma