HOJA RESUMEN – CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO (PARTE I)
HOJA RESUMEN – CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO (PARTE I)
Este documento forma parte integrante del Contrato de Línea de Crédito suscrito entre EL BANCO y EL CLIENTE, y resume algunas de las obligaciones relevantes contraídas por ambas partes.
Tarifas vigentes
Créditos individuales: Hasta el 14 de setiembre del 2020
Créditos asociados y asociaciones: Hasta el 04 de octubre del 2020
TABLA DE TASAS EN MONEDA NACIONAL Y EXTRANJERA | ||||
Destino | Rangos | Tasa de Interés Compensatorio (1) | Tasa de Interés Moratorio (2) | |
Moneda Nacional | Moneda Extranjera | |||
Capital de Trabajo y/o Comercialización (3) | Mínima | 20.00% | 16.00% | 16.00% |
Máxima | 25.00% | 20.00% | ||
Activo Fijo (4) | Mínima | 17.00% | 15.00% | |
Máxima | 23.00% | 19.00% |
LEYENDA
(1) Todas las tasas de interés están expresadas en términos anuales (TEA: Tasa Efectiva Anual) sobre una base de cálculo de 360 días.
(2) La tasa de Interés Moratorio aplicable en caso de deuda vencida, adicionalmente al interés compensatorio.
(3) Capital de Trabajo y/o comercialización incluye los siguientes productos: Crédito Agrícola, Pecuario, Forestal, Diversificación de cultivos, Agroinsumos, VRAEM, Profundización Financiera y Credifinka que estén orientados a los siguientes subdestinos: sostenimiento, instalación, renovación y comercialización.
(4) Activo Fijo incluye los siguientes productos: Crédito Agrícola, Pecuario, Forestal, Agroequipo, Rapiequipo, Creditierra y Agromaquinaria Municipal Rural que estén orientados a los siguientes subdestinos: activo fijo e infraestructura.
Tarifas vigentes
Créditos individuales: A partir del 15 de setiembre del 2020
Créditos asociados y asociaciones: A partir del 05 de octubre del 2020.
Destino | Modalidad | Rango de Crédito | TEA (1) | Tasa Preferencial (2) | Tasa de Interés Moratorio (3) | |
Tasa de Interés Técnica | Min | Max | ||||
Capital de Trabajo / Comercialización / Activo Fijo (4) | Individual | Menor a 6 UIT | 29.37% | 9.97% | 11.26% | 16 % |
Individual | Entre 6 UIT y 15 UIT | 30.37% | 13.42% | 14.73% | ||
Asociado | Menor a 6 UIT | 27.37% | 4.44% | 6.36% | ||
Asociado | Entre 6 UIT y 15 UIT | 28.37% | 7.83% | 9.76% | ||
Asociación | El monto menor entre (500 UIT y 1.5%* Patrimonio Efectivo de Agrobanco) | 20.37% | 8.33% | 10.14% |
LEYENDA
(1) Tasa Efectiva Anual (TEA), también denominada tasa técnica. Las tasas de interés pactadas son fijas y están expresadas en términos anuales sobre una base de cálculo de 360 días.
(2) Es la Tasa resultante luego de aplicar el INCENTIVO otorgado por el Fondo para la Inclusión Financiera del Pequeño Productor Agropecuario (FIFPPA), a favor del pequeño productor agropecuario. Pueden presentar variaciones según monto, plazo y frecuencia de pago xxx xxxxxxxx. El INCENTIVO tiene como finalidad cubrir la diferencia entre la tasa técnica de AGROBANCO y la tasa de interés preferencial que pagarían los pequeños/as productores/as agropecuarios/as.
En caso el beneficiario realice un prepago parcial o total hasta antes de transcurrido la mitad del plazo del crédito, los intereses se calculan aplicando la tasa promocional sobre el saldo del crédito, descontando las amortizaciones efectivamente realizadas por el beneficiario, en cuyo caso el monto del incentivo es devuelto por AGROBANCO al FIFPPA bajo los términos y condiciones que se establecen en el convenio COFIDE con AGROBANCO. En caso el prepago se realice después de transcurrido la mitad del plazo del crédito, los intereses se calculan aplicando la tasa técnica sobre el saldo del crédito.
(3) El interés moratorio se aplica en forma adicional al interés compensatorio que seguirá devengándose, en caso de deuda vencida. En caso de incumplir con el pago de las cuotas en las fechas establecidas en el cronograma de pagos, se procederá a informar la correspondiente calificación crediticia a la central de riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP´s. Ello sin perjuicio de ejecutar las medidas pactadas en el Contrato de Línea de Crédito.
(4) Capital de Trabajo / Comercialización, incluye los siguientes productos: Crédito Agrícola, Pecuario, Forestal, Diversificación de cultivos, Agroinsumos, VRAEM, Profundización Financiera y Credifinka que estén orientados a los siguientes subdestinos: sostenimiento, instalación, renovación y comercialización. Activo Fijo incluye los siguientes productos: Crédito Agrícola, Pecuario, Forestal, Agroequipo, Rapiequipo, Creditierra y Agromaquinaria Municipal Rural que estén orientados a los siguientes subdestinos: activo fijo e infraestructura.
Situación | Alcance | TEA | |
Moneda Nacional | Moneda Extranjera | ||
Refinanciado (5) | Aplicable a todos los clientes | Tasa Máxima (según producto) + hasta 3% | |
Reprogramados (6) y Prorrogados (7) | Aplicable a todos los clientes |
LEYENDA
(5) Refinanciado: Son créditos que requieren la modificación de los plazos y los montos inicialmente pactados por deterioro en la capacidad de pago del deudor, debido a causas internas o externas al cliente (clima, mercado, plagas, entre otros). En consecuencia la calificación del cliente se verá afectada.
(6) Reprogramado: Son aquellos créditos donde el cultivo ha tenido problemas en su desarrollo fenológico producto de cambios climatológicos o plagas u otro fenómeno natural que genere baja producción.
(7) Prorrogados: Son créditos que necesitan una adecuación del periodo original por alguna dificultad interna o externa, donde el cliente no ha perdido la actividad que le genera los ingresos y, el evento producido no representa una disminución de su capacidad de pago para los meses posteriores a la prórroga.
COMISIONES Y GASTOS | ||||||
CONCEPTO | Moneda Nacional (Soles) | Moneda Extranjera (Dólares Americanos) | ||||
Monto / Porcentaje | Mínimo | Xxxxxx | Xxxxx / Xxxxxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxx | |
1.- COMISIONES | ||||||
1.1 Prepago (1) (2) | 3.00% | - | - | 3.00% | - | - |
1.2 Evaluación de Póliza de Seguro Endosada (1) | S/ 150.00 | - | - | $ 50.00 | - | - |
2.- GASTOS | 0.076% | - | - | 0.076% | - | - |
2.1 Seguro de Desgravamen (3) | ||||||
2.2 Asistente Técnico (4) | Hasta 2.5% | - | - | Hasta 2.5% | - | - |
2.3 Seguro Multiriesgo/TREC/Vehicular (5) | - | - | - | - | - | - |
2.4 Seguro Agrícola (6) | 2.95% | - | - | 2.95% | - | - |
2.8 Gastos Notariales (7) | Según tarifario de la Notaría | |||||
2.9 Gastos Registrales (7) | Según tarifario Registros Públicos | |||||
2.10 Gastos de Tasación (7) | Según tarifario Tasador | |||||
2.11 Gastos Judiciales (8) |
(1) Aplica únicamente para Personas Jurídicas (pequeña, mediana y gran empresa), que no califican como microempresa de acuerdo a la normativa vigente. No aplica para personas naturales.
(2) La comisión por prepago se aplica a los créditos nuevos (sólo a créditos directos, los créditos indirectos no están sujetos a esta comisión) y créditos en cartera (Créditos directos en situación de vigentes y reprogramados), que sean o se hayan otorgado a personas jurídicas y cuyo monto sea mayor a los S/ 300,000 o USD 100,000.
La comisión aplica a la cancelación anticipada total del crédito, amortización parcial.
La comisión de prepago (3%) se calculará sobre el monto de capital de la(s) cuota(s) a pagar.
Estarán exentos de esta comisión los créditos con plazos menores o iguales a 90 días y los pagos que se realicen con una anticipación menor o igual a 30 días previos a la fecha de vencimiento final del crédito. El plazo del crédito incluye los periodos xx xxxxxx, en caso de haberlo. Se considera prepago de cuotas cuando se pague de manera anticipada 2 o más cuotas. En caso de amortización parcial en los créditos de una cuota, la comisión se cobrara sobre el monto amortizado.
(3) El Seguro también denominado Vida - Desgravamen es para personas naturales y se encuentra exonerado del IGV, el costo del seguro es asumido por el cliente, se financia y se cobra en el primer desembolso por todo el periodo del crédito. La Tasa Bruta mensual es de 0.076% sobre el monto total del crédito inicial, del monto del crédito refinanciado, reprogramado o prorrogado.
(4) El porcentaje se aplicará dependiendo del Producto Financiero que se otorgue al productor:
▪ Crédito Agrícola: Hasta 2.5% por ha. financiada.
▪ Crédito Pecuario, Rapiequipo, Credifinka: Hasta 2.5% del monto financiado.
▪ Agroequipo, Creditierra, Profundización Financiera: Hasta 0.75% del monto financiado, teniendo un límite de S/ 2,000.
▪ Créditos del Programa Financiamiento Directo para pequeños productores agropecuarios y forestales, con cargo a los recursos del Fondo Agroperú, hasta el 3%, del monto total del Financiamiento Directo que se otorgue al Usuario del Fondo.
▪
Al momento del desembolso del crédito, se hará la retención del 100% del costo por el servicio de Asistencia Técnica. El Asistente Técnico deberá encontrarse inscrito en el Registro de Asistentes Técnicos del Banco.
(5) Seguro que se aplica a determinados tipos de bienes que AGROBANCO tiene en garantía por los créditos y para las maquinarias y equipos que se financia; de acuerdo al tarifario. Las tasas se actualizarán automáticamente de acuerdo a lo comunicado por la Compañía de Seguros.
(6) Se aplica sólo a créditos agrícolas y se calcula sobre el costo de producción por el número de hectáreas financiadas (No incluye los gastos financiados, tal como seguro de desgravamen, pago al Asistente Técnico, entre otros).
(7) Gastos Notariales, de Registros Públicos y de Tasación, serán asumidos por el cliente.
(8) Compuestos por tasas judiciales, gastos en publicaciones, honorarios de peritos, martillero y/o curador procesal, certificados registrales y otros; serán asumidos por el cliente conforme los montos que figuren en la tabla de aranceles del Poder Judicial, Resolución del Juez o comprobante de pago respectivo. Incluye también los honorarios del abogado encargado de la tramitación judicial, que serán calculados en base al monto total recuperado.
Para conocer nuestras tasas y comisiones puede consultar con el tarifario publicado en las oficinas del banco o acceder a xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
INFORMACIÓN PARA EL CLIENTE
1. EL BANCO podrá resolver de pleno derecho el Contrato de Línea de Crédito, pudiendo exigir el inmediato pago de todas y cada una de las obligaciones de EL CLIENTE y ejecutar las garantías constituidas a favor de EL BANCO, de incurrirse en cualquiera de las causales estipuladas en la cláusula séptima del Contrato suscrito con EL BANCO. Asimismo, en caso EL CLIENTE incurra en falta de transparencia por presentar información inexacta, incompleta, falsa o inconsistente; quedará sujeto a lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley N° 26702, al Art. 247° del Código Penal. Bajo cualquiera de estos supuestos, EL CLIENTE con un crédito contratado dentro del marco tarifario del FIFPPA, perderá el incentivo FIFPPA.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
EL BANCO informa a EL CLIENTE que, de acuerdo a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS y las demás disposiciones complementarias, EL BANCO está legalmente autorizado para tratar la información que EL CLIENTE le entrega sobre su situación personal, financiera y crediticia (la “Información”) con la finalidad de ejecutar la relación contractual que origina el Contralo de Línea de Crédito. Asimismo, EL BANCO podrá dar tratamiento y eventualmente transferir su Información a autoridades y terceros autorizados por ley.
EL CLIENTE reconoce que estarán incluidos dentro de su Información todos aquellos datos, operaciones y referencias a los que EL BANCO pudiera acceder en el curso normal de sus operaciones, ya sea por haber sido proporcionados por EL CLIENTE o por terceros o por haber sido desarrollados por EL BANCO, tanto en forma física, oral o electrónica y que pudieran calificar como “Datos Personales” conforme a la legislación de la materia.
EL CLIENTE autoriza los tratamientos antes señalados con la finalidad de la gestión del Contrato por parte de EL BANCO. ELCLIENTE reconoce que sus datos personales serán conservados por EL BANCO hasta diez años después de que finalice su relación contractual, en el marco de lo dispuesto por el artículo 183° de la Ley N° 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y que los mismos podrán ser tratados para las finalidades expuestas anteriormente durante dicho periodo.
Asimismo, EL CLIENTE autoriza a EL BANCO para dar tratamiento a estos datos personales de manera directa o por intermedio de terceros, de la manera más amplia permitida por las normas, lo cual incluye la posibilidad de transferir esta información a personas naturales y/o jurídicas con las cuales EL BANCO tenga convenios de cooperación interinstitucional, empresas de mercadeo y/o empresas de análisis de información. De igual manera, EL CLIENTE autoriza a EL BANCO a enviarle por cualquier medio de comunicación como llamadas telefónicas, mensajes de texto, mensajería instantánea o mensajes electrónicos masivos a efectos de ofrecer los productos y servicios de EL BANCO y/o de terceros, y/o remitirle avisos y/o recordatorios de cobranza y comunicaciones diversas que EL BANCO tenga a bien realizar.
La firma en el presente documento implica la aceptación de las condiciones del Contrato de Línea de Crédito, Hoja Resumen, Liquidación del desembolso, Cronograma de Pagos, Pagaré, Cláusula de Protección de Datos Personales y Certificado(s) de(los) seguro(s) contratado(s), en caso corresponde la entrega de estos últimos.
EL CLIENTE, declara que ha sido informado adecuadamente y recibido en este mismo momento, una copia de los documentos antes detallados.
Lugar:
Fecha
/ /
CLIENTE CONYUGE
AGROBANCO