PROYECTO DE EXPLOTACIÓN
PROYECTO DE EXPLOTACIÓN
CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PUBLICO DENOMINADO "TRANSPORTE ESCOLAR PARA RESIDENCIAS DE MENORES ADSCRITAS AL IMMF DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2008-2009"
(6 LOTES)
I.- ESTUDIO ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO
Se establece un módulo económico ruta/día lectivo que incluye los desplazamientos desde la residencia de menores de cada uno de los lotes hasta los centros escolares donde los menores cursen sus estudios y la vuelta desde éstos hasta la residendia. En ningún caso la duración por trayecto será superior a 1 hora, ni la distancia recorrida mayor de 15 Km.
El módulo económico será 130,09 euros IVA incluído para los lotes 1,2,3,4 y 6. El módulo económico para el lote 5 se fija en 158,53 euros IVA incluído, al requerír que el ADJUDICATARIO aporte una persona que realice el servicio de acompañamiento durante la ruta escolar.
El INSTITUTO abonará a la Entidad ADJUDICATARIA las rutas efectivamente realizadas. Se abonará el precio correspondiente a los días lectivos de cada mes natural, IVA incluido, conforme al calendario escolar que la Comunidad de Madrid apruebe para el curso 2008-2009.
En caso de prórroga el servicio se prestará durante los cursos escolares sucesivos, como máximo hasta el curso escolar 2011-2012 inclusive, no realizandose el servicio durante los periodos vacacionales que se fijen en los calendarios escolares correspondientes y la fórmula o sistema de revisión de precios será I.P.C. anual general para todo el Estado establecido por el INE u órgano que le sustituya (incremento relativo calculado por la comparación de los períodos comprendidos entre la fecha final del plazo de presentación de ofertas y el mes inmediato anterior al que corresponda revisar), siempre que se cumplan los requisitos establecidos en los artículos 77 y 78 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
II.- DEFINICIÓN DEL SERVICIO Y RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN
Definición del Servicio
Proporcionar el transporte regular de uso especial de ida y vuelta de menores residentes en las residencias adscritas al Instituto Madrileño del Menor y la Familia que se relacionan a continuación hasta los centros escolares en los que cursen estudios todos los días lectivos del curso escolar.
Las residencias infantiles origen de este transporte, y que constituyen cada una un lote de la presente contratación, son las siguientes:
R.I. CHAMBERÍ: X/ Xxxxxxxxx xx xxx Xxxx x0 00 - 00000 Xxxxxx
R.I. XXXXXX XX XXXXXXXX: X/ Xxxxxx Xxxxxxxxx x0 00 - 00000 Xxxxxx
R.I. LAS ACACIAS: X/ Xxxxxxx Xxxxxxxx x0 000- 00000 Xxxxxx
X.X. XXXXXXXXXXXX: X/ Xxxxxxxxx xx xxx Xxxx x0 00 - 00000 Xxxxxx
R.I. XXXXXXX: Xxxx xxx Xxxxxxxxx x0 00 - 00000 Xxxxxxx xxx Xxx
X.X. XXX XXXXXXX: X/ Xxxxx xx xxx Xxxxxxx x0 3. Xxx. Xxxxx Xxxxxxx. 00000 Xxxxxx.
Régimen de utilización del Servicio
1. El servicio será utilizado por los menores atendidos por cuenta del Instituto Madrileño del Menor y la Familia de la Comunidad de Madrid que residan en
R.I. Xxxxxxxx, R.I.Xxxxxx xx Xxxxxxxx, R.I. Las Acacias, R.I. Vallehermoso, R.I. Xxxxxxx y R.I. Las Azaleas, que determinen los equipos directivos de cada uno de los centros.
2. El ADJUDICATARIO no podrá negar la admisión en el vehículo asignado al servicio, de los menores residentes en el centro de menores. En caso de estimar que el comportamiento de alguno de los menores supone una dificultad para la prestación del servicio, deberá comunicarlo al Director de los trabajos para que se adopte la decisión mas conveniente.
III.- PARTICULARIDADES TÉCNICAS DE LA DEFINICIÓN DEL SERVICIO
A) Objetivos del servicio
Proporcionar el traslado seguro a los menores desde su residencia hasta el centro escolar en que cursan estudios. El servicio se prestará conforme al Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el R.D. 1211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E del 8 de octubre), en el Real Decreto 443/2001, de 27 xx xxxxx, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar, en la Orden de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid de 5 xx xxxxx de 2001 y demás normativa de desarrollo, tanto estatal como de la Comunidad de Madrid.
B) Actividades
El origen de cada una de las rutas escolares será en todo caso la residencia de menores, variando para cada uno de los lotes el numero de paradas en función de la cantidad de centros escolares en los que los menores cursen estudios. En ningún caso la duración por trayecto será superior a una hora, ni la distancia recorrida mayor de 15 Klm.
Durante la ejecución del contrato podrán verse modificados los trayecto por necesidades del INSTITUTO, sin que de ello se derive modificación del contrato si no se sobrepasa el tiempo y distancia establecidas en párrafos anteriores.
C) Calendario y horario de actividades
El servicio se prestará todos los días lectivos conforme al calendario escolar que en su momento se apruebe para la Comunidad de Madrid.
La hora de inicio de los trayectos en el punto de origen, con carácter general, se realizará en las siguientes bandas horarias, según las necesidades:
mañana: entre las 8,30 y las 9,00 horas tarde: entre las 15,30 y las 16 horas
No se prestará este servicio, durante los periodos de vacaciones establecidos por el calendario escolar correspondiente al curso escolar en que se preste el servicio.
Madrid, 19 xx xxxx de 2008 CONFORME
EL CONTRATISTA LA SECRETARIA GENERAL DEL IMMF
Fdo.- Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxxx Pastor