Documento Base De Concurso para la Selección y Contratación de Consultor Individual.
Documento Base De Concurso para la Selección y Contratación de Consultor Individual.
CONCURSO: Consultoría individual No. 06/Programa_BOVINOS/IPSA/2021 SISCAE No. 037-2021
“CONTRATAR LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE UN CONSULTOR/A QUE SE ENCARGUE DE PROMOVER LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS (BPP) Y EL SSPB EN FINCAS DE LOS PROTAGONISTAS DEL PROGRAMA BOVINOS”
Instituto de Protección Y Sanidad Agropecuaria – IPSA Programa de Apoyo a la Cadena de Valor Ganadera en Nicaragua
(Programa BOVINOS, Convenio de Financiación DCI-ALA/2014/035-924, el Convenio de Delegación de la Unión Europea LA/2016/380-238 y la Resolución de Concesión de Subvención 2017/SPE/0000400003)
Aprobado, el 22 xx xxxxx del 2021
Índice
PARTE 1 – PROCEDIMIENTO DE CONCURSO 4
CONVOCATORIA A CONCURSO PARA CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL 4
Instrucciones a los Consultores (IAC) 12
Sección III Criterios de Evaluación. 16
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PARTE 3 – MODELO DE CONTRATO 23
Documento Base De Concurso para la Selección y Contratación de Consultor Individual.
Resumen Descriptivo
PARTE 1 – PROCEDIMIENTO DE CONCURSO.
Convocatoria Aviso público que realiza el Contratante a través de los medios establecidos por la Ley, divulgando el inicio del procedimiento de contratación, especificando información que permita a los interesados conocer las condiciones para su participación.
Sección I. Términos de Referencia (TdR)
Establece los objetivos que se pretenden lograr con la contratación de los servicios. Este documento incluye, entre otros temas, una visión del Contratante sobre la manera de cómo desea se llevarán a cabo los servicios de consultoría y cuáles serían los productos/entregables que espera obtener al completar la ejecución del contrato.
Sección II. Instrucciones a los Consultores (IAC)
Proporciona información sobre las condiciones y requisitos exigidos por el Contratante para preparar las propuestas, e información sobre la presentación, apertura, evaluación de las misma, así como la adjudicación del Contrato.
PARTE 2 – CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y FORMULARIOS.
Sección III. Criterios de Evaluación.
Esta sección contiene los criterios para determinar la mejor Propuesta y las calificaciones del Consultor para ejecutar el contrato.
Sección IV Formularios de la Propuesta.
Esta sección contiene los formularios que deben ser completados por los consultores con información sobre su formación académica, experiencia, entre otros relacionados estrictamente con el objeto de los servicios de consultoría, debiéndose adjuntar información soporte.
PARTE 3 – CONTRATO
Sección V. Modelo del Contrato.
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Esta sección incluye el modelo del Contrato que deberán suscribir las partes Contratantes, al que deben agregarse las particularidades propias del objeto que ha sido adjudicado, las condiciones comerciales, administrativas y de cualquier naturaleza que fueran aplicables.
PARTE 1 – PROCEDIMIENTO DE CONCURSO.
CONVOCATORIA A CONCURSO PARA CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL.
CONCURSO: Consultoría individual No. 06/Programa_BOVINOS/IPSA/2021 SISCAE No. 037-2021 “CONTRATAR LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE UN CONSULTOR/A QUE SE ENCARGUE DE PROMOVER LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS (BPP) Y EL SSPB EN FINCAS DE LOS PROTAGONISTAS DEL PROGRAMA BOVINOS”
Línea POD N° 2.2.1.2.1, Línea PAC N° 158
1. El Área de Adquisiciones del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria - IPSA, a cargo de realizar la contratación del Proceso por CONCURSO: Consultoría individual No. 06/Programa_BOVINOS/IPSA/2021 SISCAE No. 037-2021 “CONTRATAR LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE UN CONSULTOR/A QUE SE ENCARGUE DE PROMOVER LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS (BPP) Y EL SSPB EN FINCAS DE LOS PROTAGONISTAS DEL PROGRAMA BOVINOS”, de conformidad a Resolución No. 063-737-IPSA/2021 invita a las personas naturales inscritas en el Registro de Proveedores administrado por la Dirección General de Contrataciones del Estado, a ser prestados dentro de un plazo no mayor a 13 meses calendarios, financiada en el marco del Programa BOVINOS, Convenio de Financiación DCI-ALA/2014/035-924, el Convenio de Delegación de la Unión Europea LA/2016/380-238 y la Resolución de Concesión de Subvención 2017/SPE/0000400003. Los oferentes extranjeros presentarán certificado de inscripción como Proveedores, al momento de la formalización del contrato, en caso de resultar adjudicados.
2. Los consultores elegibles podrán obtener el Documento Base de Concurso en idioma español en el Portal Único Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx Si lo requieren en físico deberán solicitarlo en la División de Adquisiciones IPSA, ubicada en Km 5 ½ Carretera Norte, Contiguo a Enacal Portezuelo, los días del 22 al 26 xx xxxxx del año 2021 de las 08:00 am a las 05:00 pm.
3. Las propuestas deberán entregarse en idioma español en la División de Adquisiciones IPSA ubicadas en Km 5 ½ Carretera Norte, Contiguo a Enacal Portezuelo, a más tardar a las 09:00 am del 26 xx xxxxx del año 2021 en físico o vía correo electrónico. Las Propuestas entregadas después de la hora indicada en el numeral anterior no serán aceptadas.
4. Las Propuestas debe incluir una declaración de seriedad de la Propuesta. Ningún Proponente podrá retirar, modificar o corregir su propuesta una vez vencido el plazo de presentación, si lo hiciere se ejecutará la penalidad contenida en la Declaración de Seriedad de la Propuesta.
5. Las Propuestas serán abiertas a las 09:15 am, 26 xx xxxxx del año 2021 en presencia de los proponentes y cualquier otro interesado, en el la Oficina de Asesoría Legal del IPSA, ubicado en ubicada en Km 5 ½ Carretera Norte, Contiguo a Enacal Portezuelo.
Lic. Xxx Xxxxxx Xxxxxx
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Responsable División de Adquisiciones IPSA
REPÚBLICA DE NICARAGUA
INSTITUTO DE PROTECCION Y SANIDAD AGROPECUARIA
Programa de Apoyo a la Cadena de Valor Ganadera en Nicaragua (Bovinos)
Número XXXX: DCI-ALA/2015/035-924
“TÉRMINOS DE REFERENCIA”
CONCURSO: Consultoría individual.
“CONTRATAR LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE UN CONSULTOR/A QUE SE ENCARGUE DE PROMOVER LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS (BPP) Y EL SSPB EN FINCAS DE LOS PROTAGONISTAS DEL PROGRAMA BOVINOS”.
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Managua, Marzo 2021
I. ANTECEDENTES
La globalización y la apertura comercial han generado un incremento en el comercio de animales, productos y subproductos, lo cual ha proporcionado importantes beneficios sociales y económicos al país. Esto ha generado cambios en los sistemas de producción animal, sus productos y subproductos, así como nuevas técnicas de transporte. A su vez, ha facilitado la propagación de enfermedades en el mundo, lo que ha contribuido a que los hábitos de consumo de alimentos sufran cambios importantes en muchos países. En la actualidad es imprescindible un control eficaz en la producción, a fin de evitar las consecuencias perjudiciales que se derivan de las enfermedades y los daños provocados por los alimentos contaminados. Las familias productoras tienen la responsabilidad de asegurarse que los mismos sean de buena calidad.
Las Buenas Prácticas Pecuarias en la producción primaria(BPP) son el conjunto de procedimientos, actividades, condiciones y controles que se aplican en las unidades de producción de animales, con el objeto de disminuir los peligros asociados a agentes físicos, químicos o biológicos que afectan la producción calidad e inocuidad de los productos.
El Programa de Reconversión Competitiva de la Ganadería Bovina (PRCGB) responde a una prioridad estratégica del Gobierno de Nicaragua para el sector productivo del país establecido en el Plan Nacional de Desarrollo Humano (PNDH) con el objetivo de contribuir al desarrollo de una ganadería bovina más productiva, con mejor aprovechamiento de los recursos y más amigable con el medio ambiente, de forma competitiva, sostenible e inclusiva que permita el incremento de los ingresos, la seguridad alimentaria, y nutricional y el bienestar de los pequeños y medianos ganaderos de Nicaragua.
En el marco del programa Bovinos, resultado 2, se avanza en los 11 municipios de intervención del programa en temas de trazabilidad que incluye identificación individual de los bovinos con aretes electrónicos, registro y actualización de información de fincas y gestión de la información; así como la certificación de fincas libres de brucelosis y tuberculosis.
Así mismo, se avanza progresivamente en el proceso de certificación oficial de fincas de los protagonistas en el Sistema Segregado de Producción Bovina (SSPB), lo cual incluye la implementación de las buenas prácticas pecuarias.
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Como parte de las acciones del resultado 2, se ha previsto impulsar las Buenas Prácticas Pecuarias (BPP) en fincas de protagonistas, lo cual incluye entre otros aspectos, la certificación de fincas libres de brucelosis y tuberculosis, trazabilidad, la aplicación de un calendario sanitario y el manejo de registros de buenas prácticas pecuarias en finca,
para ello se ha previsto la contratación de un profesional que garantice la implementación de las BPP.
II. JUSTIFICACION
El IPSA, como Institución Ejecutora implementará el Resultado N°2 “En los territorios atendidos por el Programa se mejoran los servicios de salud animal, trazabilidad e Inocuidad”.
En el proceso de implementación del Sistema Segregado de Producción Bovina (SSPB) en el marco del programa Bovinos, se había previsto contratar los servicios de consultoría para realizar estudio de pre inversión para la infraestructura en fincas, centros de acopio de engorde de terneros (SSPB) o Rastros Municipales. No obstante, en el contexto actual de la implementación del SSPB, se ha considerado que esta actividad ya no es pertinente ejecutar.
Por lo antes expuesto, se retoman los recursos financieros de dicha actividad para contratar los servicios profesionales de un consultor/a que se encargue de promover la implementación de las Buenas Prácticas Pecuarias (BPP)en fincas de los protagonistas del programa bovinos a fin de garantizar el cumplimiento del indicador de impacto referido a la aplicación de las BPP, las cuales serán impulsadas a través de procesos de capacitación, intercambios de experiencias, días de campo y materiales educativos dirigidos a protagonistas del programa Bovinos.
El equipo técnico encargado de implementar la trazabilidad, inocuidad agroalimentaria y certificación de fincas libres de brucelosis y tuberculosis, será copartícipe del proceso de promoción e implementación de las BPP en fincas de protagonistas del Bovinos.
III. OBJETIVO DE LA CONSULTORIA
Implementar las Buenas Prácticas Pecuarias y Sistema Segregado de Producción Bovina (SSPB) en fincas de protagonistas del programa Bovinos en los 11 municipios de influencia.
IV. ACTIVIDADES PRINCIPALES A DESARROLLAR
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▪ Promover y coordinarla implementación de las Buenas Prácticas Pecuarias, incluyendo las fincas del Sistema Segregado de Producción Bovina en la zona de influencia del Programa bovinos.
▪ Aplicar los criterios y mecanismos para el monitoreo, seguimiento y evaluación de las Buenas Prácticas Pecuarias-BPP y Sistema Segregado de Producción Bovina.
▪ Evaluar el grado de cumplimiento de los requisitos de la Buenas Prácticas Pecuarias en temas de Registros ganaderos, Calendario Sanitario, fincas incluidas en programas oficiales (Brucelosis, Tuberculosis y Trazabilidad Bovina) e higiene en el ordeño.
▪ Evaluar el grado de cumplimiento de los requisitos del SSPB.
▪ Dar charlas a productores y a técnicos de campo para el cumplimiento de las BPP y SSPB.
▪ Organizar e implementar días de campo en BPP y SSPB con protagonistas del Bovinos.
▪ Elaborar y distribuir material educativo de BPP y SSPB para protagonistas del Bovinos.
▪ Organizar e implementar la supervisión y verificación del grado de cumplimiento de las BPP y SSPB en las fincas de protagonistas del Programa Bovinos.
▪ Coordinar con las diferentes instituciones vinculadas al sector ganadero en función del proceso de implementación de las BPP y SSPB.
▪ Atender solicitudes de los productores que quieran ingresar al SSPB, a través de las delegaciones departamentales IPSA y/o oficinas centrales.
▪ Programar las visitas necesarias para realizar las prospecciones pertinentes para determinar su viabilidad y el cumplimiento de las normativas que exige IPSA, en caso de cumplir con los requerimientos se procederá a su habilitación al SSPB, extendiéndosele su certificado de habilitación correspondiente.
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▪ Organizar e implementar la supervisión y verificación del grado de cumplimiento de las regulaciones del SSPB en las fincas de crianza, desarrollo, engorda e industria.
▪ Organizar y elaborar la metodología de los cursos de capacitación para los Médicos Veterinarios habilitados del SSPB y verificar sistemáticamente sus competencias.
▪ Dar seguimiento al cumplimiento de las regulaciones técnicas y los procedimientos relacionados con los procesos de trazabilidad, según los lineamientos de NTON 11 026 10, verificar el cumplimiento de la NTON 11 027 11 de Bienestar de los bovinos, así como de las regulaciones y procedimientos de Salud Animal, manejo sanitario y BPP.
▪ Elaborar y validar formatos para la implementación del SSPB y BPP.
▪ Elaborar propuestas de procedimientos, manuales e instructivos del SSPB y BPP.
▪ Sistematizar el proceso de implementación y lecciones aprendidas en BPP y SSPB.
▪ Realizar otras actividades afines a la consultoría que xxxx designadas por el Director de Trazabilidad Pecuaria.
▪ Elaborar informes de avances mensuales e informe final de las actividades realizadas y remitirlos a la Dirección de trazabilidad pecuaria para obtener el visto bueno, previo a la revisión y aprobación del delegado del IPSA que corresponda.
V. PRODUCTOS ESPERADOS
▪ Implementado las BPP en el 60% de las fincas de los protagonistas del Programa Bovinos.
▪ Implementado el Sistema Segregado de Producción Bovina en al menos
90 fincas de protagonistas del Programa Bovinos.
▪ Elaborado y validado formatos para la implementación del SSPB y BPP.
▪ Elaborado propuestas de procedimientos, manuales e instructivos del SSPB y BPP.
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▪ Capacitados protagonistas y técnicos del programa bovinos en las BPP y SSPB.
▪ Realizado el monitoreo, seguimiento y evaluación del cumplimiento de las BPP y SSPB en fincas de los protagonistas del programa Bovinos.
▪ Veterinarios habilitados en Sistema Segregado de Producción Bovina.
VI. LUGAR, COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONSULTORÍA
El Consultor, tendrá como referencia los municipios de influencia del Programa Bovinos, Delegaciones del IPSA con una distribución equitativa del tiempo en el territorio y oficina central del IPSA cuando se requiera, el consultor/a trabajará bajo la coordinación de la dirección de salud animal y la gerencia del programa Bovinos.
VII. PERIODO DE CONTRATACION
Conforme el literal a) del arto. 228 del Reglamento a la Ley 737 “Ley de contrataciones Administrativas del Sector Público” que se lee literalmente así: “Los PBC pueden establecer que el plazo del contrato sea por más de un ejercicio presupuestal, hasta un máximo de tres (3) periodos presupuestarios, salvo que por Leyes especiales o por la naturaleza de la prestación se requieran plazos mayores, siempre y cuando se adopten las previsiones presupuestarias necesarias para garantizar el pago de las obligaciones, bajo la responsabilidad absoluta de los Funcionarios que acrediten la vigencia contractual por más de un periodo presupuestario” y el párrafo primero y tercero del Arto. 89 de la Ley 737 “LCASP” Que en su parte conducente dicen:
“…Los contratos de servicios profesionales de consultoría no originarán relación laboral o de empleo público”. “Los contratos de servicios profesionales de consultoría estarán sujetos a plazos determinados y deberán establecer los objetivos y resultados concretos y específicos que se pretenden lograr”
La consultoría tendrá una duración de 13 meses calendarios contados a partir de la fecha de firma del contrato. La contratación será acordada por las partes y la misma estará sujeta a la aprobación del Contratante.
VIII. PRESENTACIÓN DE INFORMES
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▪ Informes de avances elaborados mensualmente. Los informes de avance deberán contener una descripción de las actividades realizadas en el período al cual correspondan y deberán presentarse en original y con soporte digital al Director de Salud Animal, para su revisión y aprobación.
▪ Informe final. Este informe deberá reflejar los productos de la consultoría y las actividades realizadas en el período, conforme a lo establecido en el contrato y términos de referencia y deberá presentarse en original y con soporte digital al Director de Salud Animal del IPSA y Coordinación del programa Bovinos, para su revisión y aprobación.
▪ El consultor está obligado a expresar en los diferentes informes que debe presentar la siguiente leyenda: “Este documento se ha realizado con ayuda financiera de la Unión Europea a través de la AECID. Las opiniones expresadas en él no reflejan necesariamente la opinión oficial de la Unión Europea ni de la AECID”.
IX. SEGURO
El consultor/a seleccionado será responsables de contratar un seguro de vida y gastos médicos, que deberá presentar en la División de Adquisiciones del IPSA en un plazo no mayor a los treinta días calendarios posteriores a la suscripción del contrato.
X. PERFIL Y CALIFICACIÓN DEL CONSULTOR
Formación académica: Profesional con título universitario en la carrera de Medicina veterinaria o Doctor en Medicina Veterinaria o Ingenierías en ciencias agrarias x xxxxxxxx afines.
Experiencia General: Experiencia profesional general de al menos cuatro
(04) años en calidad de funcionario, consultor o asesor en la actividad privada o pública.
Experiencia Específica: Experiencia específica mínima de dos (2) años en salud animal y/o trazabilidad bovina y/o sistema segregado de la producción bovina.
XI. VALOR DEL CONTRATO:
La consultoría tendrá una duración de 13 meses calendarios contados a partir de la fecha de firma del contrato. La contratación será acordada por las partes y la misma estará sujeta a la aprobación del Contratante.
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El monto de la consultoría es de C$ 637,041.47 (SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CUARENTA Y UN CÓRDOBAS CON 47/100), Para un honorario mensual de C$ C$49,003.19 (CUARENTA Y NUEVE MIL TRES CÓRDOBAS CON 19/100).
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Instrucciones a los Consultores (IAC).
1. Disposiciones Generales. | |
1.1. | El Contratante no se responsabiliza por la integridad del presente Documento Base de Concurso, ni de sus modificaciones, cuando no hayan sido obtenidas a través de la fuente establecida en la Convocatoria. |
1.2. | Es responsabilidad del Consultor estudiar todas y cada una de las cláusulas del presente Documento Base de Concurso. La presentación incompleta de la información o documentación requerida podrá constituir causal de rechazo de la propuesta. |
1.3. | El Consultor financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su propuesta. El Contratante no estará sujeto ni será responsable, en ningún caso, de los costos en que incurre el Consultor, independientemente del procedimiento o su resultado. |
1.4. | La propuesta, la correspondencia y documentos relacionados o intercambiados entre el Consultor y el Contratante deberán ser escritos en el idioma español. Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas se presentarán en el dicho idioma, o en su defecto, acompañados de traducción oficial. El Consultor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La traducción prevalecerá a efectos de interpretación de la propuesta. |
2. Normas Éticas. | |
2.1. | El Contratante exige a todos los Consultores participantes, observen las más estrictas normas de ética durante el procedimiento de concurso y en la ejecución contractual. Si algún Consultor incurre en prácticas contrarias a la ética, tales como fraude, colusión, extorsión, soborno, corrupción o cualquier conducta de similar naturaleza se procederá de conformidad a la Legislación Nacional Vigente. |
2.2. | En línea con la cláusula anterior, para efectos de comprensión se entenderá por: − “Práctica Corrupta”, consiste en ofrecer, dar, recibir, o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente en la actuación de una o de un Servidor Público durante el procedimiento de concurso o en la ejecución del contrato; − “Práctica Fraudulenta”, acción u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que reflexiva o precipitadamente engañen, o intenten engañar, a las o a los Servidores Públicos para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación durante el procedimiento de concurso o en la ejecución del contrato; − “Prácticas Colusorias” consiste en la confabulación o arreglo entre dos o más Proponentes con o sin el conocimiento del Contratante, con el fin de establecer precios de Propuestas a niveles artificiales no competitivos; − “Prácticas coercitivas”, consiste en perjudicar o hacer daño, o amenazar con hacerlo, directa o indirectamente, a personas o a su propiedad para influir en su participación en procedimiento de concurso o en la ejecución del contrato. |
3. Consultores Elegibles. |
3.1. | Todo potencial Consultor que cumpla con los requisitos legales y reglamentarios, estará en posibilidad de participar en el procedimiento de contratación de concurso, en condiciones de igualdad y sin sujeción a ninguna restricción no derivada del cumplimiento objetivo de los alcances propios de la consultoría. |
3.2. | Son elegibles para participar en este concurso todos los Consultores que cumplan: a. Los requisitos de capacidad para ofertar y contratar con el Estado, dispuestos en el Artículo. 17 de la LCASP. b. Los requisitos incluidos en un Tratado de Libre Comercio, cuando la contratación se encuentre cubierta por los mismos. |
4. Aclaraciones. | |
4.1. | La División de Adquisiciones recibirá consultas dentro del plazo dos días hábiles después de publicada la convocatoria a más tardar el día 24/03/2021, notificando las respuestas el día 26/03/2021 antes del vencimiento plazo de presentación de las propuestas, sin indicar la procedencia de la solicitud de aclaración. |
4.2. | Los Consultores interesados podrán solicitar aclaraciones en comunicación escrita, dirigida al Área de Adquisiciones, pudiendo utilizar medios electrónicos. El periodo de aclaraciones no interrumpe el plazo para la presentación de propuestas, salvo cuando las aclaraciones brindadas modifiquen aspectos esenciales de los servicios de consultoría. |
5. Documentos que Conforman la Propuesta. | |
5.1. | La propuesta estará compuesta, como mínimo, por los siguientes documentos: (a) Carta de presentación de propuesta. (b) Copia documento de identificación. (c) Declaración de idoneidad del Consultor y de seriedad de la propuesta. (d) Solvencia Fiscal/Solvencia Municipal vigentes. (e) Certificado de inscripción vigente en el Registro de Proveedores. (f) Incluir documentos que evidencien el cumplimiento de los criterios de evaluación. (g) (Adjuntar constancias, certificados, diplomas, etc). (h) Indicar documentos que evidencien que el proponente está calificado para ejecutar el contrato en caso que su propuesta sea aceptada. (Adjuntar constancias, certificados, diplomas, etc). (i) Cualquier otro documento acorde con la naturaleza de los servicios de consultoría. |
5.2. | El período de validez de las propuestas será de 30 días calendarios. Todas las propuestas que no estén acompañadas por una declaración de seriedad de propuesta, serán rechazadas por el Contratante. |
5.3. | La carta de propuesta y demás información solicitada se preparará utilizando los formularios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Propuesta, que deberán completarse llenando todos los espacios en blanco con la información requerida, sin realizar ningún tipo de modificación al contenido de la información solicitada. |
5.4. | El Consultor preparará un ejemplar original de los documentos que conforman la propuesta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. A su vez, deberá presentar dos copias y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. Todos los ejemplares serán presentados en un sobre cerrado en forma inviolable y debidamente identificados en el exterior de la forma siguiente: (a) Consignar el nombre y la dirección del Consultor; |
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(b) Estar dirigidos al Contratante cuya denominación es INSTITUTO DE PROTECCION Y SANIDAD AGROPECUARIA – IPSA y consignar dirección ubicado en Km 5 ½ Carretera Norte, Contiguo a Enacal Portezuelo. (c) Señalar la identificación específica de este procedimiento de Concurso; y (d) Incluir una advertencia para no abrir antes de la hora y fecha de la apertura de las propuestas indicada en el numeral 6.2. Si el sobre no está sellado e identificado como se requiere, el Contratante no es responsable del extravío o apertura anticipada de la propuesta. | |
5.5. | El original y todas las copias de la propuesta deberán constar en hojas simples, redactadas por medios mecánicos en tinta indeleble y deberán estar firmadas, selladas, rubricadas y foliadas correlativamente por el Consultor. |
5.6. | Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que firma la propuesta. En el caso de discrepancias el texto original prevalecerá sobre las copias. |
6. Presentación y Apertura de las Propuestas. | |
6.1. | La presentación de la propuesta puede realizarse por el mismo Consultor o a través de un tercero, que no requiere presentar documento formal alguno. Para fines de presentación de propuesta indicar: Atención: Lic. Xxx Xxxxxx Xxxxxx – Responsable División de Adquisiciones IPSA Dirección: Km 5 ½ Carretera Norte, Contiguo a Enacal Portezuelo Ciudad: Managua, Nicaragua |
6.2. | El plazo para la presentación de propuestas es de cinco (05) días calendarios, iniciando el día 22 xx xxxxx del 2021. Las propuestas deberán recibirse a más tardar las 09:00 am del 26 xx xxxxx del 2021, en la dirección detallada en esta sección y en la Convocatoria al Concurso. El Contratante no considerará ninguna propuesta que llegue con posterioridad a la hora límite de presentación. |
6.3 | La apertura de las propuestas se realizará una vez concluido el acto de presentación de ofertas: Fecha: 26/03/2021 Hora: 09:15 am Lugar: Oficina de Asesoría Legal IPSA |
6.4. | Los Consultores tendrán la opción de presentar sus propuestas de manera electrónica a los correos: xxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxx.xxx.xx |
7. Evaluación de Propuestas | |
7.1. | El Comité de Evaluación calificará y evaluará las propuestas presentadas dentro de un plazo de hasta siete (7) días hábiles contados a partir de la apertura de las propuestas. En casos excepcionales, atendiendo a la complejidad del objeto de la contratación y la cantidad de oferentes participantes, este plazo podrá ser prorrogado por la máxima autoridad administrativa, hasta por el cincuenta por ciento (50%) del plazo original, previa justificación, notificándose a los oferentes participantes mediante escrito enviado personalmente, electrónicamente o por medios telemáticos. |
7.2. | Para determinar si las propuestas se ajustan al Documento Base de Concurso, el Comité de Evaluación, se basará en el contenido propio de las propuestas y los requisitos establecidos en el Documento Base de Concurso. |
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7.3. | En la Evaluación Preliminar, se examinará si el Consultor cumple con los requisitos mínimos requeridos e incluyó dentro de su propuesta todos los documentos solicitados que le permitan al Comité Evaluador aplicar la metodología establecida en la Sección III. |
8. Adjudicación del Contrato | |
8.1. | Se adjudicará al Consultor, que cumpliendo todos los requisitos y documentos requeridos, cuente con la calificación y experiencia necesaria para realizar el servicio a contratar. |
8.2. | El concurso se adjudicará mediante Resolución o Acuerdo motivado emitido por el Titular de la Entidad Contratante, antes de la expiración del período de validez de las propuestas y dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles posteriores a la notificación del Dictamen de Recomendación del Comité de Evaluación. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de suspender, cancelar o declarar desierto el procedimiento de conformidad a las disposiciones de la Ley No. 737 y su Reglamento General. En virtud del Principio del Debido Proceso, todo Oferente que interponga recurso de impugnación o de nulidad, deberán notificar a esta Entidad Contratante. |
8.3. | La Resolución o Acuerdo motivado especificará el nombre del Consultor ganador, monto del contrato, forma, lugar y plazo para la presentación de las garantías contractuales, si fueren requeridas; el lugar y fecha estimada para firmar el contrato; la fecha de inicio de los trabajos y el plazo de ejecución de los mismos, el nombre y cargo de la o el Servidor Público autorizado para firmar el contrato. |
8.4. | El Contratante notificará por escrito a los Consultores participantes la Resolución o Acuerdo de Adjudicación dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles a su emisión, y será publicada en el Portal Único de Contratación. |
8.5 | Los Consultores podrán interponer los Recursos Administrativos preceptuados en Ley No. 737, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público y su Reglamento General. Cuando el Concurso se encuentre cubierto por Acuerdos Comerciales Internacionales y Tratados de Libre Comercio vigentes y suscritos por Nicaragua, el plazo para interponer el recurso de impugnación será de 10 días posteriores a la notificación de la Resolución o Acuerdo de Adjudicación. En virtud del Principio del Debido Proceso, todo Oferente que interponga recurso de impugnación o de nulidad, deberán notificar a esta Entidad Contratante. |
8.6. | Para la formalización contractual, no se requiere la presentación de Garantía/Fianza de Cumplimiento. |
8.7. | Cuando el Consultor, por causas que le fueren imputables, demora en cumplir la prestación de sus servicios, el Contratante aplicará por cada día de atraso una multa cuya cuantía no debe ser mayor del cinco por millar, hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato. |
8.8 | Como requisito sustancial para la formalización contractual se requiere la Declaración de Beneficiario Final, cuando la adjudicación se otorgue a una persona natural deberá de presentarse en papel común, que determine y que de fe que ella misma es su beneficiario final, en las precitadas declaraciones, en el caso de personas jurídicas, la persona jurídica adjudicada, o su representante legal, en su caso, deberán indicar expresamente la siguiente información del beneficiario (s) final (es): a. Nombres y apellidos b. Tipo y número del documento oficial de identificación c. Nacionalidad d. Domicilio Legal. e. En el caso de las personas jurídicas dicha declaración deberá de presentarse certificada por un abogado y notario público. |
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Sección III Criterios de Evaluación.
TABLA No.1 CRITERIOS MINIMOS
Forma de Evaluación PASA/NO PASA
No | CRITERIOS DE CALIFICACION | CONSULTORES | ||
1 | Formación Profesional Académica | 1 | 2 | 3 |
Profesional con título universitario en la carrera de Medicina veterinaria o Doctor en Medicina Veterinaria o Ingenierías en ciencias agrarias x xxxxxxxx afines. | ||||
2 | Experiencia General | |||
Experiencia profesional general de al menos cuatro (04) años en calidad de funcionario, consultor o asesor en la actividad privada o pública. | ||||
3 | Experiencia Especifica | |||
Experiencia específica mínima de dos (2) años en salud animal y/o trazabilidad bovina y/o sistema segregado de la producción bovina. |
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Los candidatos que cumplan los criterios mínimos de formación académica, experiencia profesional general y experiencia profesional específica descritos en la TABLA No.1 pasan a la siguiente etapa de evaluación de asignación de puntaje de la TABLA No.2 Matriz de Evaluación. El candidato que obtenga el puntaje más alto serán los ganadores, siempre que superen el puntaje mínimo de ochenta puntos.
TABLA No.2 MATRIZ DE EVALUACION | |||
No. | Criterios de evaluación y metodología de asignación de puntajes. | Puntaje parcial | Puntaje máximo |
I | Formación Académica | 25 | |
1.1 | Profesional con maestría relacionada a Producción Animal | 25 | |
II | Otros conocimientos | 25 | |
2.1 | Cursos Seminario o talleres en sanidad animal o inocuidad agroalimentaria o trazabilidad bovina o buenas prácticas pecuarias: 1 a 3 cursos, seminarios o talleres: 5 puntos De 4 a 6 cursos, seminarios o talleres: 10 puntos De 7 a más cursos, seminarios o talleres: 15 puntos | 15 | |
2.2 | Curso, Taller, seminario u capacitación en patología veterinaria en los procesos de inspección durante el sacrificio bovino. | 10 | |
III | Experiencia Profesional general | 15 | |
3.1 | Experiencia profesional general de al menos cuatro (04) años en calidad de funcionario, consultor o asesor en la actividad privada o pública. | ||
3.1.1 | Mayor a (6) años | 15 | |
3.1.2 | Mayor de 5 hasta 6 años | 12 | |
3.1.3 | Mayor de 4 hasta 5 años | 9 | |
IV | Experiencia Profesional Especifica | 35 | |
4.1 | Experiencia específica mínima de dos (2) años en salud animal y/o trazabilidad bovina y/o sistema segregado de la producción bovina. | 35 | |
4.1.1 | Mayor a 4 años | 35 | |
4.1.2 | Mayor a 3 hasta 4 años | 29 | |
4.1.3 | Mayor a 2 hasta 3 años | 26 | |
PUNTAJE | 100 |
Nota: El puntaje mínimo de selección es de 80 puntos.
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En caso de empates: Se desempatará por el mayor número de años de experiencia específica que posean los consultores, en caso de persistir el empate se procederá de conformidad al Arto. 117 del Reglamento a la Ley 737 “Ley de Contrataciones Administrativas del sector público” que dice literalmente así: “En caso de subsistir el empate se procederá al sorteo por insaculación, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese caso. Cuando se requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se deberá girar invitación a Auditoría Interna y a los oferentes empatados, para que en su presencia se lleve a cabo el sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes o invitados invalide el acto. Todo sin perjuicio de lo establecido para la subasta.
Esta sección contiene los formularios que el Oferente deberá presentar junto con la oferta. El contratante podrá además incorporar algún otro formulario que considere oportuno, siempre que obedezca a la naturaleza de la contratación, a los criterios de evaluación y que sea consecuente con el contenido del Documento Base.
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Si en algún formulario se requiere de información que no aplica al oferente, éste hará mención clara de ello en el campo respectivo.
1. Formulario de Presentación de la Propuesta
A: [Nombre y dirección del Contratante]
Estimados Señores:
[Xxxxx, Xxxxx]
Referencia: [Identificación del Concurso]
Por medio de la presente, el suscrito consultor expresa su decisión de participar en el concurso [Indique el título de la consultoría] conforme lo establecido en el Documento Base de fecha [Indique la Fecha] y la presente propuesta, válida y obligatoria durante el periodo que se indicado en la cláusula 5.2., de las IAC del Documento Base de la Consultoría.
A la vez, confirmo mi compromiso de cumplir con lo propuesto en caso de resultar adjudicatario y sea contratado.
Acepto que cualquier dato falso u omisión que pudiera contener esta solicitud y/o sus anexos puede ser elemento justificable para la descalificación de la propuesta.
En caso de ser seleccionado para desarrollar la consultoría, me comprometo a desarrollar el cronograma de ejecución acordado y cumplir con todos los alcances solicitados en las cláusulas del contrato, de acuerdo a los términos de referencia, instrucciones del presente concurso y cualquier aclaración o adición emitida por ustedes.
Entiendo que ustedes no están obligados a aceptar ninguna propuesta recibida. Cordialmente,
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[Nombre y Firma del Consultor, Dirección, Información de contacto (teléfono, e-mail)]
2. Formulario Declaración de Idoneidad del Consultor y de Seriedad de la Propuesta.
A: [Nombre y dirección del Contratante] Estimados Señores:
El suscrito consultor declara que:
[Xxxxx, Xxxxx]
Referencia: [Identificación del Concurso]
De acuerdo con las regulaciones que rigen en el procedimiento de concurso en referencia, las propuestas deberán estar respaldadas por una Declaración de Idoneidad de Consultor y de Seriedad de la misma. En tal sentido declaro que:
1) A la fecha de presentación de la propuesta no me encuentro afecto a las prohibiciones establecidas en el artículo18 de la Ley No. 737, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público, siendo mi situación acorde a lo establecido en el art. 17 de la precitada Ley.
2) Conozco, acepto y me someto a los requerimientos establecidos en la Convocatoria y en el Documento Base que regula el presente Concurso.
3) Soy responsable único y directo de la veracidad de los documentos e información que presento para efectos del procedimiento en referencia.
4) Conozco el régimen de sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público.
5) Acepto que a través del procedimiento administrativo pertinente seré suspendido del Registro de Proveedores administrado por la Dirección General de Contrataciones del Estado, no pudiendo participar en cualquier proceso de contratación por el período de un año, si retiro o modifico mi propuesta una vez transcurrido el plazo de presentación de la misma, o no compareciere a firmar el contrato o no entregare la correspondiente garantía de cumplimiento, en caso de ser requerida
Comprendo que esta Declaración expirará si no me es adjudicado el contrato dentro del plazo de validez de la propuesta.
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[Firma Consultor].
3. Formulario de Presentación de Curriculum Vitae.
A. DATOS PERSONALES:
Nombre y Apellido | |
Documento Identificación | |
Dirección Actual | |
No. Teléfono Convencional | |
No. Teléfono Celular | |
B. FORMACION ACADEMICA:
Nivel de Estudios | Titulo Obtenido | Universidad | Año de Egreso | Duración (años) |
Postgrados | ||||
Universitarios |
II. OTROS CURSOS O ESTUDIOS DE ESPECIALIZACION:
ESPECIALIDAD | TITULO OBTENIDO | INSTITUCION | AÑO DE EGRESO | DURACION (hs) |
III. IDIOMAS
Lectura | Escritura | Conversación | |
Español | |||
Inglés | |||
Otro(s) (especificar) |
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Se debe indicar el grado de dominio: básico, intermedio, avanzado.
C. EXPERIENCIA LABORAL GENERAL
Nombre del proyecto, institución contratante país | Nombre de la Consultoría | Cargo Ocupado | Fecha Mes y año de Inicio | Fecha, Mes y año de finalización | Breve descripción de actividades realizadas |
D. EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Nombre del proyecto, institución contratante, país | Nombre de la Consultoría | Cargo ocupado | Fecha Mes y año de Inicio | Fecha Mes y año de Inicio | Breve descripción de las actividades realizadas |
Incluir consultorías que cumplan los requerimientos establecidos en el cuadro de evaluación.
E. INFORMACION ADICIONAL QUE ESTIME PERTINENTE:
F. REFERENCIAS LABORALES:
NOMBRE Y APELLIDO | INSTITUCIÓN | NÚMERO DE TELÉFONO |
G. REFERENCIAS PERSONALES:
NOMBRE Y APELLIDO | INSTITUCIÓN | NÚMERO DE TELÉFONO |
Modelo
Declaración del Beneficiario Final.
En la ciudad de [Managua, a los -- días del mes -- del año--], Yo [nombres y apellidos de la persona natural adjudicada], [generales xx Xxx: nacionalidad, profesión u oficio, domicilio legal], titular de la [tipo y número de documento oficial de identificación], y [Registro Único de Contribuyente No.--], actuando en representación propia y en calidad de persona adjudicada según consta en la Resolución de Adjudicación No. [agregar número] del Procedimiento de Contratación [agregar número y tipo de procedimiento, descripción del objeto de la contratación],emitida por [agregar nombre de Titular y de la entidad contratante] el [agregar fecha], a efecto de suscribir contrato administrativo con la antedicha Entidad Contratante declaro que: Primero:
Habiéndome constituido persona Comerciante conforme a las leyes de la República de Nicaragua, ejerciendo la
[actividad económica], bajo el nombre comercial [agregar nombre comercial], con capital de origen lícito, me declaro la persona beneficiaria real y final del negocio antes relacionado, no habiendo otros beneficiarios, propietarios o agentes controladores. Segundo: Autorizo a [agregar denominación de la entidad contratante] publique la presente Declaración de Beneficiario Final en el Portal Único de Contratación administrado por la Dirección General de Contrataciones del Estado, igualmente, le faculto para verificar la veracidad de mi declaración por cualquier medio legal. Tercero: Con pleno conocimiento de todos los efectos legales inherentes a esta declaración, consciente de las responsabilidades de orden administrativo, civil y penal que la
misma conlleva, procedo a suscribir la presente Declaración de Beneficiario Final en el lugar y fecha precitados.
Firma autorizada
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[El presente modelo contiene cláusulas mínimas, pudiendo el Contratante ajustarlas al objeto contractual específico, incorporar o suprimir las que no correspondan a la naturaleza de la contratación]
Nosotros: [Identificar al Contratante, sus generales xx Xxx, documento de identificación], actuando en nombre y representación de [Agregar Nombre/Denominación de la Entidad que representa], quien en lo sucesivo, para los efectos del presente Contrato se denominará “El Contratante”, [Identificar al Consultor, sus generales xx Xxx, documento de identificación], actuando en nombre y representación propia, quien en lo sucesivo, para los efectos del presente Contrato se denominará “El Consultor”. Ambas partes,
confirman y reconocen poseer la capacidad legal para contratar y obligarse, en especial para la suscripción del presente Contrato, regulado bajo las cláusulas siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: REPRESENTACIÓN.-Expresa el Contratante que es competente para celebrar el presente contrato, y representar a [Nombre Entidad que representa], facultades que le han sido conferidas mediante Acuerdo
Presidencial [N°--. Incorporar fecha de aprobación y datos de publicación en La Gaceta, Diario Oficial]; la
Ley [N°--, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°---; y su Reglamento, Decreto N° --, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°--]; y la Ley No. 737, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público” y su Reglamento General, el Decreto N° 75-2010; que su domicilio fiscal en la ciudad de Managua [indicar dirección exacta], misma que señala para los fines y efectos legales de este Contrato. Por su parte, el Consultor manifiesta que posee la capacidad jurídica para contratar y obligarse al cumplimiento total de los términos de este contrato con Registro Único de Contribuyente [No. --], con domicilio fiscal en la ciudad de Managua [indicar dirección exacta], misma que señala para los fines y efectos legales de este Contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DE LOS SERVICIOS.- El Consultor prestará los servicios que se
especifican en los Términos de Referencia, que forman parte integral de este Contrato. El Consultor, se compromete a cumplir las actividades previstas y entregar los informes y productos en la forma y dentro de los plazos establecidos en los Términos de Referencia, los que constituirán requisito previo para los pagos que deban efectuarse conforme a lo indicado en la Cláusula Cuarta, además de cumplir los compromisos que se deriven del Contrato. CLÁUSULA TERCERA: PLAZO.- El Consultor prestará los Servicios a partir de [Indicar la fecha de inicio de los servicios y/o condiciones para el inicio] y hasta el [Indicar la fecha de finalización de los servicios]. CLAUSULA CUARTA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO.-Este contrato es financiado en el marco del Programa Apoyo a la Cadena de Valor Ganadera en Nicaragua (Programa BOVINOS) con fondos provenientes de la Unión Europea (UE), la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), ejecutado bajo cooperación delegada de la AECID, en el marco del Convenio de Financiación DCI-ALA/2014/035-924, el Convenio de Delegación de la Unión Europea LA/2016/380-238 y la Resolución de Concesión de Subvención 2017/SPE/0000400003. CLÁUSULA QUINTA: HONORARIOS, IMPUESTOS Y PAGOS.- El Contratante pagará al Consultor la suma de [Incluir el valor del Contrato en números y letras], por los servicios prestados conforme a lo indicado en los Términos de Referencia. Dicha suma ha sido establecida en el entendido que incluye todos los costos y utilidades para el Consultor. El Calendario de pagos será el siguiente: [Incluir descripción de los productos y/o informes o de las mensualidades acordadas en el caso de contratos por actividades y las fechas acordadas para la entrega o terminación de las mismas]. Los pagos se realizarán previa presentación de la cuenta de cobro o factura con los requisitos legales según corresponda, y la certificación de cumplimiento expedida por el [Incluir cargo del personal nombrado para aprobar los productos de la consultoría] Los pagos, se efectuarán en córdobas en la cuenta bancaria indicada para tal efecto por el Consultor, una vez se cumplan las condiciones para realizar el mismo [incluir condiciones], en un plazo no superior a [Incluir el número de días máximo dentro de los que se realizará el pago] siguientes a [Incluir de acuerdo con los procedimientos de la Entidad]. La cuenta de cobro o factura debe ser emitida a nombre del Contratante y será tramitada a través del [incluir nombre del área que debe cumplir con esta actividad]. CLÁUSULA SEXTA: IMPUESTOS Y SEGUROS.- Las partes convienen que son a cuenta de El Consultor todos los tributos, impuestos, derechos y demás gravámenes estatales o municipales, aplicables por la celebración y/o ejecución del presente Contrato. [Corresponde al Consultor,
la contratación de todos los seguros necesarios para resguardar la integridad de los bienes, servicios y los
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recursos que se utilizarán en la ejecución de este Contrato, así como el aseguramiento de pago por daños a terceros eventualmente afectados.] El Consultor manifiesta su conformidad para que el Contratante le retenga los impuestos correspondientes en cumplimiento con las disposiciones fiscales aplicables, respecto de los pagos que perciba con motivo de este contrato. El Contratante se obliga a entregarle las constancias de las retenciones de impuestos efectuadas. XXXXXXXX XXXXXXX: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.- El Contratante
designa a [Incluir el Nombre del Administrador y Cargo], como Administrador del Contrato, quien en
representación del Contratante, será responsable de la coordinación de las actividades contempladas en el mismo, la aceptación y aprobación por parte del Contratante de los informes, productos u otros elementos que deban proporcionarse por el Consultor y la recepción y aprobación de las cuentas de cobro / facturas, según corresponda, para cursar los pagos. En caso de ausencia temporal o total del Administrador designado en esta cláusula, el Contratante designará un nuevo Administrador. CLÁUSULA OCTAVA: CALIDAD DE LOS SERVICIOS.- El Consultor se compromete a prestar los servicios de acuerdo con las normas más elevadas de competencia e integridad ética, moral y profesional, aplicando de forma eficiente y efectiva sus conocimientos y experiencia, utilizando los métodos y procedimientos que considere más convenientes para el logro del objeto del contrato. Asimismo, el consultor reconoce su responsabilidad profesional directa ante el Contratante por la utilización y aplicación de métodos, procedimientos o elementos que fuesen de propiedad de terceros y estuviesen registrados, así como, por casos de negligencia, error y omisión en el desempeño de sus actividades, liberando al contratante de cualquier acción judicial o extrajudicial por este concepto. CLÁUSULA NOVENA: CONFIDENCIALIDAD.- Durante la vigencia de este contrato y dentro de los [dos años]
siguientes a su término, el Consultor no podrá revelar ninguna información confidencial o de propiedad del
Contratante relacionada con los Servicios, este contrato o las actividades u operaciones del Contratante, sin el consentimiento previo por escrito de este último. La contravención a lo señalado en esta cláusula dará lugar a que el Contratante demande los daños y perjuicios que se llegaren a ocasionar. CLÁUSULA DECIMA: PROPIEDAD DE LOS MATERIALES.- Todos los materiales impresos, estudios, informes, gráficos, programas de computación u otros materiales preparados por el Consultor para el Contratante, en virtud de este Contrato, serán de propiedad del Contratante. El Consultor [podrá/no podrá] conservar una copia de dichos
documentos y programas de computación. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.-
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Cuando surgieren discrepancias sobre la interpretación de las cláusulas del Contrato que puedan suspender o perturbar su ejecución, el Contratante indicará al Consultor la forma de cómo debe continuar y ser ejecutado el Contrato. CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA: MODIFICACIONES CONTRACTUALES.- Cuando se presenten circunstancias debidamente comprobadas que justifiquen la modificación de cualquiera de las cláusulas del Contrato, las partes suscribirán el documento pertinente que describirá con claridad y precisión la forma requerida de la modificación. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: SUSPENSIÓN.- Cuando se presenten circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente demostradas, que impidan la continuación de las actividades del Contrato, las partes, suspenderán la ejecución de dichas actividades y ampliarán el plazo de ejecución por el tiempo de suspensión requerido, mediante la suscripción de un acta que exprese las causales de tal decisión, el estado del Contrato en cuanto a su desarrollo y el término de la duración de la suspensión. Igualmente, se adoptarán las medidas de conservación que se consideren pertinentes, y si es el caso, se convendrán los costos de la suspensión y la forma de pago. Vencido el término de la suspensión, las partes suscribirán un acta de reanudación del Contrato, en todo caso, el contrato siempre estará vigente. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: CONFLICTO DE INTERÉS.-El Consultor no podrá usar la información y documentos en beneficio propio o de cualquier otra persona distinta del Contratante, sujetándose en este caso a lo establecido en la cláusula octava, Confidencialidad. El Consultor no podrá suministrar bienes, construir obras o prestar servicios (distintos de los servicios establecidos en este contrato y de cualquier continuación de los mismos) para cualquier proyecto que se derive de los servicios de consultoría prestados en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.- El consultor, no podrá ceder este Contrato, ni subcontratar ninguna parte del mismo. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: DERECHOS DEL CONSULTOR.- El Consultor, tendrá los derechos siguiente: a la plena ejecución de lo pactado, salvo modificación, suspensión, resolución y rescisión unilateral invocada por el Contratante en ejercicio de sus facultades exorbitantes de conformidad a la Ley No. 737, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público y su Reglamento; al pago oportuno por el Contratante conforme lo acordado en el presente contrato; a la terminación anticipada del contrato por causas imputables al Contratante. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: MULTA.- Cuando el Consultor, por causas que le fueren imputables, demora en cumplir la prestación de sus servicios, el Contratante aplicará por cada día de atraso una multa cuya cuantía no debe ser mayor del cinco por millar, hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato. Sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran proceder, si la causa de la demora no es imputable al Consultor, el Contratante autorizará la prórroga del plazo por un lapso igual al retraso, y de ser el caso debe resarcir al Consultor los daños que se le hubiesen ocasionado. Las indemnizaciones no eximirán al Consultor de su obligación de cumplir el contrato ni de otros deberes, obligaciones o responsabilidades que tenga en virtud del mismo. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: DERECHOS DEL CONTRATANTE.- El Contratante, tendrá los derechos siguientes: rescisión por incumplimiento imputable al Consultor siguiendo el procedimiento
establecido en el artículo doscientos cuarenta del Reglamento General de la Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público; modificar suspender o resolver unilateralmente el contrato por razones de interés público, renegociar del contrato, terminar anticipadamente el mismo, sin perjuicio de las indemnizaciones que correspondan al Consultor particular si hubiere mérito. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: RESOLUCION ADMINISTRATIVA.- El Contratante, podrá resolver el presente contrato de forma total o parcial, mediante notificación escrita al Consultor cuando se susciten cualquiera de las causales siguientes: cuando el Consultor cede el contrato o subcontrata parte de los trabajos objeto del Contrato, si el Consultor no brinda al Contratante las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los trabajos realizados, cuando de manera sobreviniente se advierta que el Consultor se encuentra afecto a las prohibiciones contempladas en el artículo dieciocho de la Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público, por fuerza mayor y/o caso fortuito que imposibilitare a cualquiera de las Partes continuar con la ejecución del contrato, por motivos de interés público, por quiebra, interdicción, insolvencia o fallecimiento del Consultor. CLÁUSULA VIGESIMA: NULIDAD DEL CONTRATO. El Contratante podrá, mediante Resolución motivada, declarar la nulidad total o parcial del presente contrato, cuando se advierta la no observancia de los procedimientos o contravención al marco jurídico, todo conforme al artículo doscientos veinticuatro del Reglamento General de la Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.- El Contratante
podrá dar terminación anticipada del presente Contrato por las siguientes causas: 1. Terminación por muto acuerdo, 2. Terminación por caso fortuito o fuerza mayor, 3. Terminación anticipada del contrato, 4. Terminación por rescisión unilateral del Contratante, 5. Si el CONSULTOR en el desempeño de sus obligaciones demostrare impericia, negligencia o dolo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a las que pueda hacerse acreedor, 6. Si el CONSULTOR no presenta mensualmente, los informes del servicio brindado. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.- Ante desacuerdos o conflictos entre el Contratante y el Consultor, se le dará preferencia a la negociación y al diálogo directo, en caso contrario cualquiera de las partes, podrá pedir que la controversia sea resuelta a través de la Mediación o Arbitraje conforme las Leyes Nacionales. En ningún caso serán sujetas de mediación o arbitraje las decisiones que se adopten en desarrollo del ejercicio de las potestades exorbitantes o actos de autoridad del Poder Público a los que se refiere el artículo setenta y uno de la Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA: CONTROL DE LA EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES.- El Consultor, manifiesta que ha venido y continuará cumpliendo con sus obligaciones de seguridad social, y en caso de incumplimiento será responsable de las consecuencias y sanciones xx xxx, y se compromete a entregar con cada solicitud de pago, la evidencia de los pagos de aportes efectuados por dicho concepto. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES.- Ninguna estipulación del presente Contrato podrá interpretarse en el sentido de que entre El Contratante y El Consultor existe una relación de dependencia o subordinación, de empleador y empleado o de mandante y mandatario. Por lo que no podrán tenerse por tal los nexos entre uno y otros, ni las labores de coordinación a que se refiere este contrato. El Consultor Individual expresamente reconoce que no existe responsabilidad ni obligación alguna del Contratante en materia de trabajo ni de seguridad social. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA: OBLIGACIÓN DE RESPUESTA.- El Contratante se encuentra obligado a dar respuesta a las peticiones que formule el Consultor, relacionadas con la ejecución del contrato conforme los plazos contractuales convenidos, o en su defecto dentro de los quince días siguientes a su presentación. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA: IDIOMA, LEY APLICABLE Y DOMICILIO.- El idioma del contrato es el español y se regirá por las Leyes de la República de Nicaragua. Para todos los efectos legales el Consultor, salvo sumisión expresa, podrá ser demandado [en el lugar donde desarrolle su actividad comercial y, si tuvieren
establecimientos a su cargo en diferentes lugares, en cualquiera de ellos a elección del Contratante.
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También podrá ser el lugar donde la situación o relación jurídica a que se refiere el litigio, haya nacido o deba surtir efectos, siempre que en dicho lugar tengan establecimiento abierto al público o representante autorizado para actuar.] CLÁUSULA VIGÉSIMA SEPTIMA: NOTIFICACIONES.- Toda notificación entre las partes en virtud del Contrato se hará por escrito, y será confirmada a la parte que corresponda, a la siguiente dirección: [Agregar dirección del Contratante y del Consultor]. La notificación entrará en vigor en el momento de su entrega o en la fecha de entrada en vigor que se especifique en la notificación. CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA: ACEPTACIÓN.- Ambas partes aceptamos el presente Contrato en cada una de sus
estipulaciones. En fe de lo anterior, conformes, ratificamos y firmamos en dos tantos de un mismo tenor, en la ciudad de Managua, [Agregar hora y fecha].-