Nº DE EXPEDIENTE:
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE RIGEN EL CONCURSO CONVOCADO POR LA SOCIEDAD CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE SAN XXXXX XX XXXXX, S.A. PARA ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO EL CONTRATO DE REDACCIÓN DE PROYECTO, CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA, SOLUCIÓN LLAVE EN MANO, Y SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE UNA PLANTA DE BIOMASA DE GENERACIÓN TÉRMICA Y RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA CALIENTE
Nº DE EXPEDIENTE:
C.H. ARAIA/01/2014
PROCEDIMIENTO ABIERTO
En Asparrena, a 16 xx xxxxx de 2014.
X. Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx
Presidente de CH San Xxxxx xx Xxxxx, S.A.
CARÁTULA
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Concurso abierto.
Nº DE EXPEDIENTE: 01/2014
A. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la redacción del proyecto, construcción, suministro, instalación, montaje y puesta marcha, solución llave en mano, y servicio de mantenimiento de una planta de biomasa de generación térmica y red de distribución de agua caliente, de acuerdo con el pliego de prescripciones técnicas y demás documentación técnica que integra la realización del contrato.
Las prestaciones básicas del contrato son las siguientes:
a) Redacción del proyecto de ejecución de una planta de biomasa de generación térmica y red de distribución de agua caliente.
b) Construcción, con suministro de materiales y mano de obra, instalación y montaje, solución llave en mano, de la planta de biomasa de generación térmica, de la red de distribución de agua caliente y la conexión térmica de los tres edificios municipales con las características mínimas exigidas en el pliego de prescripciones técnicas (ANEXO V).
c) Puesta en marcha de la planta de biomasa de generación térmica y red de distribución de agua caliente incluyendo dos (2) cargas iniciales de combustible de 12,5 t cada una, con las características mínimas exigidas en el pliego de prescripciones técnicas (ANEXO V).
d) Servicio de mantenimiento de la planta de biomasa de generación térmica y red de distribución de agua caliente con las especificaciones mínimas exigidas en el pliego de prescripciones técnicas (ANEXO V).
Los licitadores deberán ajustar sus propuestas técnicas a las características definidas en el pliego de prescripciones técnicas (ANEXO V) y deberán proponer, para el caso de los suministros de bienes y equipos objeto del contrato, componentes estándar en el mercado.
B. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Central Hidroeléctrica San Xxxxx xx Xxxxx, S.A., con domicilio a estos efectos en el Ayuntamiento de Asparrena, Herriko enparantza 1, 01250 Araia.
o N.I.F.: A01323310.
o Persona responsable: Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx.
o Teléfono/fax/correo electrónico: 945-304006 / 945-314507 / xxxxxxxxxx.xxxxx@xxxx.xxxxx.xxx
o Perfil del contratante: xxx.xxxxxxxxx.xxx
C. PRECIO MÁXIMO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
o Precio máximo de la licitación para las prestaciones descritas en los ptos. a), b) y c) del APARTADO A: 275.000 € (IVA no incluido).
o Precio máximo de la licitación para las prestaciones descritas en el pto. d) del
APARTADO A: 5.300 €/año (IVA no incluido).
El valor valor estimado del contrato es de 296.200 € (IVA no incluido).
Todas aquellas ofertas que no cumplan estas condiciones serán inadmitidas.
D. TRAMITACIÓN
Procedimiento abierto mediante tramitación urgente.
E. PLAZO DE RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES
Las ofertas se recogerán durante el plazo de trece días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el BOTHA, de 9:00 a 14:00 horas.
F. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las ofertas se dirigirán a la atención de Central Hidroeléctrica San Xxxxx xx Xxxxx, S.A., cuya dirección a estos efectos es Herriko enparantza,1. 01250 Araia.
X. XXXXXXXX PROVISIONAL
Un importe equivalente al tres por ciento (3%) del precio máximo del contrato (IVA no incluido), es decir, 8.250 Euros.
H. GARANTÍA DEFINITIVA
Un importe equivalente al cinco por ciento (5%) del precio del contrato (IVA no incluido).
I. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede.
J. LUGAR Y PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN
o Lugar: Municipio de Asparrena (Xxxxx).
o Plazo:
- La redacción del proyecto constructivo, deberá llevarse a cabo en un plazo máximo de dos (2) semanas naturales a contar desde la firma del contrato.
- La obra civil, todos los trabajos que se desarrollen en la vía pública y en el exterior de las instalaciones deberán ejecutarse en un periodo máximo de cinco (5) semanas. La fecha de inicio de la obra civil, todos los trabajos que se desarrollen en la vía pública y en el exterior de las instalaciones se acordará entre ambas partes en el acta de replanteo.
- La construcción, con suministro de materiales y mano de obra, instalación y montaje, solución llave en mano, con primera carga de combustible, con puesta en marcha y ensayo de la planta de biomasa de generación térmica y red de distribución de agua caliente, deberá ser ejecutada, en un plazo máximo de quince (15) semanas naturales desde la firma del acta de replanteo.
- El servicio de mantenimiento de la planta de biomasa de generación térmica y red de distribución de agua caliente tendrá una duración inicial de dos (2) años prorrogables por períodos anuales hasta un máximo de dos (2) años más a contar desde la recepción provisional de la instalación.
K. PLAZO MÍNIMO DE GARANTÍA DE LA OBRA
Se establece para el conjunto de la obra y de los elementos que la componen, un plazo de garantía mínimo de dos (2) años a contar desde la fecha de recepción definitiva de la instalación.
L. GASTOS DE PUBLICIDAD
No procede.
M. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
No procede.
N. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Se deberá aportar la documentación detallada en la cláusula 8.5 de este Pliego.
O. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios generales que han de servir de base para la adjudicación son:
Criterio | Descripción | Puntuación |
Sobre B. Criterios no cuantificables por fórmula (máximo 30 ptos) | ||
1.1 | Solución técnica detallada, calidades de las instalaciones, equipos y cargas de combustible a realizar. | 20 |
1.2 | Plan de ejecución. | 5 |
1.3 | Condiciones de la garantía y alcance del mantenimiento | 5 |
Sobre C. Criterios evaluables mediante fórmula matemática (máximo 70 ptos) | ||
2.1 | Propuesta económica de la instalación y de las dos cargas de combustible a realizar | 60 |
2.2 | Propuesta económica del mantenimiento anual de las instalaciones | 4 |
2.3 | Plazo de garantía de la instalación | 6 |
TOTAL | 100 |
CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULA MATEMÁTICA:
Criterio 1.1: Oferta técnica (un máx. de 30 puntos sobre 100). La oferta técnica incluirá: Calidades
• Solución técnica detallada y calidades de las instalaciones, equipos y de las dos cargas de combustible a realizar.
• Plan de ejecución.
• Condiciones de la garantía y alcance del mantenimiento.
CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA MATEMÁTICA:
Fórmula/s a través de la/s cual/es calcular las puntuaciones del Sobre (C).
• Criterio 2.1 Propuesta económica de la instalación y de las cargas de combustible a realizar (un máx. de 60 puntos sobre 100):
Puntuación = (Oferta más baja / Oferta presentada) x 60 ptos.
• Criterio 2.2 Propuesta económica del mantenimiento anual de las instalaciones
(un máx. de 4 puntos sobre 100):
Puntuación = (Oferta más baja / Oferta presentada) x 4 ptos.
• Criterio 2.3 Plazo de garantía de la instalación (un máx. de 6 puntos sobre 100): Plazo de garantía: Se otorgará 3 ptos por cada año de ampliación, sobre el mínimo establecido, hasta un máximo de 6 ptos. El plazo mínimo de garantía se establece en dos (2) años.
P. PENALIZACIONES
Las previstas a lo largo de este pliego.
Q. PRÓRROGAS
El servicio de mantenimiento de la planta de biomasa de generación térmica y la red de distribución de agua caliente, cuya duración inicial es de dos (2) años a contar desde la recepción definitiva de la instalación, de común acuerdo entre las partes y con anterioridad a la finalización del mismo, podrá ser prorrogado por periodos anuales y hasta un máximo de dos (2) años, en idénticas condiciones a las ofertadas por la empresa adjudicataria.
R. RECEPCIÓN PARCIAL DE LOS TRABAJOS
El adjudicatario deberá hacer entrega a CH SAN XXXXX XX XXXXX, S.A. el proyecto de ejecución en un plazo máximo de dos (2) semanas naturales a contar desde la firma del contrato. El proyecto será revisado por CH SAN XXXXX XX XXXXX, S.A. quien, en su caso, trasladará al adjudicatario las modificaciones que deban ser incluidas al documento.
S. PAGO DEL PRECIO
(i) El pago del precio por la redacción del proyecto, construcción, suministro, instalación, montaje, puesta marcha y realización de las cargas de combustible, solución llave en mano, se realizará mediante los siguientes cinco (5) pagos parciales y tras la oportuna recepción de conformidad de los trabajos por parte de CH SAN XXXXX XX XXXXX, S:A:
o 10% a la firma del contrato.
o 15% a la aprobación de CH SAN XXXXX XX XXXXX, S.A, del proyecto de ejecución.
o 15% tras la firma del acta de replanteo.
o 50% tras la recepción provisional de la instalación.
o 10% tras la recepción definitiva de la instalación.
(ii) El servicio de mantenimiento se abonará en tres (3) pagos anuales, tras la realización de los diferentes trabajos de mantenimiento acordados y contra factura.
Cada uno de los pagos parciales del Precio previstos en el apartado anterior se abonará en un plazo no superior a treinta (30) días naturales contados desde que el contratista hubiera emitido y entregado correctamente a CH SAN XXXXX XX XXXXX, S:A la oportuna factura y éste la hubiese aceptado.
T. INFORMACIÓN EN MATERIA FISCAL, MEDIO AMBIENTE, IGUALDAD DEL MUJERES Y HOMBRES, PROTECCIÓN DEL EMPLEO, CONDICIONES DE TRABAJO Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
Las empresas interesadas en este contrato podrán obtener información relativa a la fiscalidad en las Diputaciones Forales.
En la Dirección de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Xxxxx, la información relativa a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, aplicables a la ejecución del contrato además de las cláusulas adicionales en su caso previstas en los pliegos del contrato.
En la Viceconsejería de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Xxxxx, a través de su sociedad pública IHOBE, la información relativa a las disposiciones vigentes en materia de medio ambiente aplicables a la ejecución del contrato además de las cláusulas adicionales en su caso previstas en los pliegos del contrato
Asimismo, podrán obtener en el organismo autónomo EMAKUNDE-Instituto Xxxxx de la Mujer la información relativa a las disposiciones vigentes en materia de igualdad de mujeres y hombres (entre otras, Ley 4/2005 de 18 de Febrero de Igualdad de Mujeres y Hombres, Ley orgánica 3/2007 de 22 xx Xxxxx para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres), aplicables a la ejecución del contrato además de las cláusulas adicionales en su caso prevista en los pliegos del contrato.
CONDICIONES BÁSICAS
1. RÉGIMEN JURÍDICO.
1.1. Régimen Jurídico del Contrato:
• Por este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y las especificaciones de su Carátula, así como por el Informe de Especificaciones Técnicas, por las Instrucciones Internas de Contratación (“IIC”) aprobadas por CENTRAL HIDROELÉCTRICA SAN XXXXX XX XXXXX, S.A. (“CH ARAIA, S.A.”) y publicadas en su Perfil del Contratante (incluido en el Perfil del contratante del Ayuntamiento de Asparrena xxx.xxxxxxxxx.xxx) y por los pactos y condiciones contenidos en el contrato que se formalice con el adjudicatario. No obstante, en lo no regulado en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán de aplicación las normas contenidas en el Título V del Libro I del TRLCSP, sobre modificación de contratos.
• Por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (“TRLCSP”), únicamente en lo relativo a las materias que se expresamente se indican en el clausulado de este Pliego.
• Por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, “RGLCAP”), en lo referido a las materias expresadas en el punto anterior.
1.2. Respecto al personal que emplee en la realización de los trabajos, los empresarios contratantes estarán obligados al cumplimiento de la legislación laboral y social vigentes.
1.3. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgados por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento.
2. OBJETO DEL CONTRATO.
Será objeto de este contrato, la ejecución de los trabajos descritos en el APARTADO “A”
de la Carátula de este Pliego.
Todo ello conforme a las especificaciones técnicas, que se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que será parte integrante de este Pliego como ANEXO V a los efectos de su exigibilidad. En consecuencia, el citado Xxxxxx quedará incorporado al Contrato y tendrá obligatoriamente carácter contractual.
3. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO.
a) El presupuesto máximo para esta contratación asciende a la cantidad indicada en el
APARTADO “C” de la Carátula del presente Xxxxxx.
b) El valor estimado del Contrato figura en el APARTADO “C” de la Carátula y se ha calculado con sujeción a las reglas previstas en el art. 88 del TRLCSP, excluyendo el I.V.A.
c) El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, e incluirá, como partida independiente, el I.V.A.
En el precio del contrato se consideran incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que
se originen para el contratista como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Xxxxxx (gastos generales, financieros, beneficios, seguros, transporte y desplazamiento, honorarios del personal técnico a su cargo, visados, etc.) y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
d) Serán por cuenta de la empresa adjudicataria y por tanto no exigibles a CH ARAIA, S.A., todos los gastos necesarios para la correcta ejecución, acorde a lo detallado en el Pliego de Prescripciones Técnicas del ANEXO V.
4. REVISIÓN DE PRECIOS.
Se estará a lo establecido en el APARTADO “I” de la Carátula.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN.
5.1. El plazo de ejecución de los trabajos, será el indicado en el APARTADO “J” de la Carátula del presente Xxxxxx.
Los plazos parciales necesarios para garantizar el cumplimiento escalonado de los plazos fijados, serán los que se deduzcan de la oferta o se fijen en la aprobación del Programa de Trabajo por CH ARAIA, S.A.
5.2. En caso de que explícitamente se posibilite en el Pliego de Prescripciones Técnicas la minoración del plazo total de ejecución de los trabajos o se fijen plazos parciales u ordenación de actividades, serán de obligado cumplimiento si así se ofertan o fijan, respectivamente.
5.3. Si así está previsto en el APARTADO “Q” de la Carátula, a la finalización del contrato, por mutuo acuerdo de las partes, se podrá acordar la prórroga del contrato por un plazo que no podrá ser superior al previsto en el APARTADO “J” de la Carátula.
6. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
6.1 Resultarán de aplicación para la adjudicación del presente contrato las previsiones establecidas en las Instrucciones Internas de Contratación (IIC) de CH ARAIA, S.A.
El presente contrato se adjudicará por el procedimiento abierto y se articulará en las siguientes fases:
(i) una primera fase (“Presentación de ofertas”), en la que los licitadores presentarán los Sobres A, B y C;
(ii) una segunda fase (“Selección del contratista”), en la que tras la correspondiente evaluación de las ofertas CH ARAIA, S.A. seleccionará la oferta económicamente más ventajosa.
(iii) una tercera fase (“Formalización”), en la que se firmará el contrato entre CH ARAIA, S.A. y el licitador seleccionado.
6.2 CH ARAIA, S.A. y el contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información en los términos establecidos en el apartado 6.(d) de las IIC.
6.3 El órgano de contratación es el indicado en el APARTADO “B”.
6.4 El órgano de contratación podrá estar asistido por una mesa de contratación, u órgano equivalente, que será el competente para calificar las solicitudes de participación y para valorar las ofertas.
7. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
7.1. El plazo de presentación de las proposiciones estará abierto durante los trece días hábiles siguientes al de la publicación del anuncio en el BOTHA, de 9:00 a 14:00 horas.
7.2. Las propuestas se enviarán a la siguiente dirección: CENTRAL HIDROELECTRICA SAN XXXXX XX XXXXX, S.A., Ayuntamiento de Asparrena, Herriko enparantza 1, 01250 Araia.
7.3. En caso de que el licitador envíe su oferta por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos o si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al plazo máximo fijado en esta cláusula, la oferta en cuestión no será admitida.
7.4. Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en su caso, la clasificación como empresa de servicios otorgada por el Gobierno Xxxxx o la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado prevista en el APARTADO “N” de la Carátula.
7.5. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las agrupaciones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 59 del TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado (XXXXX XXXX) los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al CH ARAIA, S.A. y asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (artículo 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
En el supuesto de que para la participación se exija clasificación como empresa de obras, para que puedan acumularse las clasificaciones (artículo 52 RGLCAP), será requisito imprescindible que todas las empresas que formen parte de la agrupación temporal estén clasificadas como empresas de obras.
7.6. En el tipo o tipos de licitación señalados en las propuestas que formulen los licitadores, y en cifra o cifras concretas y determinadas por las que se adjudique el contrato, se entenderá siempre incluidos los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA que figurará en todo caso como una partida independiente.
7.7. Las personas interesadas podrán examinar/obtener, en su caso, la documentación de interés en CENTRAL HIDROELECTRICA SAN XXXXX XX XXXXX, S.A., Ayuntamiento de Asparrena, Herriko enparantza 1, 01250 Araia.
7.8. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, pero ésta podrá comprender cuantas soluciones variantes se considere oportuno, conforme a los
requisitos y condiciones que se hayan previsto en el APARTADO “M” de la Carátula de este Pliego.
No se podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras si lo ha hecho individualmente (salvo que en el supuesto de existir lotes, se trate de lotes diferentes). La contravención de este principio dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él presentadas, siendo de aplicación lo previsto en el art.145 del TRLCSP.
No obstante lo señalado, y si en el presente contrato existieran diversos lotes, cada licitador podrá ofertar sobre la totalidad del objeto, desglosándose las ofertas por cada lote, o bien sobre determinados lotes (uno o varios).
7.9. La documentación deberá presentarse redactada en euskara x xxxxxxxxxx. Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial a uno de esos idiomas.
7.10. La presentación de una oferta presume la aceptación incondicional por el empresario de las Cláusulas contenidas en el presente pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con CH ARAIA, S.A.
7.11. Carácter confidencial: En el caso de estimarlo preciso, la empresa licitadora podrá indicar, conforme al modelo incluido en el ANEXO VII, las informaciones y aspectos de la oferta incluidos en los sobres que considera de carácter confidencial por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales, exponiendo las razones que justifican dicha vinculación. En ningún caso tendrá tal carácter la oferta económica realizada.
7.12. Se excluirá del concurso cualquier propuesta que incurra en alguna de las siguientes circunstancias, lo que deberá ser apreciado razonadamente por CH ARAIA, S.A.:
(a) Presentación de la documentación fuera de plazo.
(b) Falta de acreditación de la habilitación empresarial/profesional exigida.
(c) Falta de acreditación de la solvencia económica, financiera, técnica o profesional exigida en este pliego.
(d) Presentación de varias proposiciones económicas, individualmente o en unión temporal con otras empresas licitadoras.
(e) El incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego o el pliego de prescripciones técnicas.
(f) Cualquier otra establecida en el TRLCSP.
8. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
8.1. Los licitadores presentarán tres (3) sobres indicando en el texto de cada uno de ellos el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y en el asunto el número de referencia del expediente y el objeto del contrato indicado en el APARTADO “A” de la Carátula del presente Xxxxxx.
8.2. Los tres (3) sobres se enviarán a la siguiente dirección: CENTRAL HIDROELECTRICA SAN XXXXX XX XXXXX, S.A., Ayuntamiento de Asparrena, Herriko enparantza 1, 01250 Araia, dentro del plazo indicado en el APARTADO “E” de la Carátula del presente Pliego, y/o en su caso, en el anuncio de licitación.
En la descripción del “Asunto” del sobre se indicará, en cada uno de ellos, lo siguiente:
o Sobre (A): “Nº expediente licitación: Documentación Administrativa”.
o Sobre (B): “Nº expediente licitación: Criterios evaluables mediante un juicio de valor”.
o Sobre (C): “Nº expediente licitación: Criterios evaluables mediante fórmula matemática”.
8.3. El Sobre (A) contendrá los documentos que se detallan en el apartado 8.5, el Sobre (B) la documentación indicada en el apartado 8.6 y el Sobre (C) la documentación enumerada en el apartado 8.7 del presente Xxxxxx.
La documentación deberá presentarse en el orden indicado, encuadernada en papel y también en formato CD (en formato Word, PDF o similar).
8.4. La entrega de las proposiciones impone a los concursantes la obligación de aceptar la licitación si se les adjudica. Una vez presentada una proposición, no podrá ser retirada, salvo por razones justificadas, así apreciadas por el CH ARAIA, S.A.
8.5. Sobre (A): Documentación Administrativa.
- Esta documentación se presentará en sobre cerrado indicando el nº de expediente y la descripción del objeto indicado en el APARTADO “A” de la Carátula de este Pliego, con la indicación “Documentación Administrativa”.
(i) En lo referente a la Documentación Administrativa, aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas del Gobierno Xxxxx deberán presentar únicamente copia del certificado acreditativo correspondiente, que deberá ir acompañado de una declaración responsable, en la que se asegure la validez y vigencia de los datos aportados al Registro y el ANEXO VI debidamente cumplimentado.
Aquellos otros que no figuren inscritos en el Registro referido, deberán acompañar en el Sobre (A), mediante su presentación, los siguientes documentos:
a. D.N.I., o documento fehaciente que haga sus veces, de quien presente la proposición, y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante a tal efecto.
b. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
c. Poder con facultades suficientes para contratar, de conformidad con lo estipulado en el apartado anterior, en cuanto a la forma de acreditación de la capacidad de obrar.
d. Declaración responsable, suscrita por persona con facultades, de no estar incurso el empresario en causa de prohibición, incapacidad o incompatibilidad de las previstas en el artículo 60 del TRLCSP. A tal fin, se aportarán debidamente cumplimentado y firmado el XXXXX XX de este Xxxxxx. En dicha declaración se hará constar expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la formalización del contrato con el empresario que haya sido seleccionado.
e. El ANEXO VI debidamente cumplimentado.
(ii) Si así se hubiera establecido en el APARTADO “G” de la Carátula, deberá aportarse aval constituido en concepto de garantía provisional y por el importe indicado en ese apartado. La garantía provisional se cancelará y devolverá a los licitadores no seleccionados una vez que el empresario seleccionado formalice el contrato.
(iii) Por lo que se refiere a la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, se deberá aportar la siguiente documentación:
o Solvencia económica y financiera.
1. Informe de las Instituciones Financieras, o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
2. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
3. Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a la última anualidad disponible.
o Solvencia técnica o profesional.
1. Relación de los principales servicios o proyectos de similares características, entendiéndose por tales la ejecución y mantenimiento de un mínimo de dos (2) xxxxx xx xxxxxxxx utilizando biomasa como combustible realizados en los últimos cinco (5) años que incluya importe, fechas y beneficiarios de los mismos.
2. Una descripción del equipo de trabajo que presenta para la elaboración y ejecución del presente proyecto, demostrando su capacitación y experiencia en este campo, mediante la aportación de los curriculum vitae de las personas que forman parte del equipo.
Si por razones justificadas no se pudiera facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por el CH ARAIA, S.A.
- Integración de la solvencia con medios externos
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar este contrato, el contratista podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispondrá efectivamente de esos medios.
A fin de demostrar que efectivamente el contratista dispondrá de esos medios durante la ejecución del contrato y que las partes que deban ser ejecutadas por los subcontratistas no exceden en cómputo total del 50 por ciento del precio del contrato, deberá aportarse un compromiso de subcontratación que deberá ajustarse a las siguientes condiciones:
a) Podrá presentarse inicialmente en documento privado. No obstante, si la empresa resultara adjudicataria provisional deberá documentarse en escritura pública.
b) Deberá indicarse la parte del contrato que tenga previsto subcontratar y el porcentaje que supone respecto del precio del contrato.
c) Deberá expresar que, para el caso de que la empresa resultara adjudicataria del contrato, se ponen a disposición de la subcontratista todos los medios necesarios para ejecutar la parte del contrato correspondiente.
d) La futura subcontratista deberá quedar identificada por el nombre o, al menos, a través de su perfil empresarial. Si la adjudicataria pretendiera después subcontratar con otras empresas distintas a las así identificadas, se aplicará lo establecido en el artículo 227.2, letras a) y c) del TRLCSP.
- Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea y las demás empresas extranjeras, acreditarán la capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del siguiente modo:
1. Capacidad:
▪ Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, mediante inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP.
▪ Las demás empresas extranjeras,
- Informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro Local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
- Además deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente en España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
- Acreditación de que la empresa tenga abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
2. Solvencia económica y financiera, técnica o profesional:
Conforme a lo establecido en los apartados precedentes de esta cláusula. En todo caso, las empresas extranjeras no comunitarias, si es exigible para las empresas españolas, deberán acreditar estar clasificadas según se dispone en el APARTADO “N” de la Carátula de este Pliego.
- Cuando varias empresas acudan a una licitación constituyendo una agrupación temporal, cada uno de los empresarios que la compongan, deberá acreditar su capacidad de obrar y solvencia conforme a los apartados anteriores, siéndoles de aplicación a efectos de clasificación de contratistas -en su caso- lo previsto en el artículo 67.5 del TRLCSP.
Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la agrupación de empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma en escritura pública ante el órgano de contratación, debiendo nombrar representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
- En el caso de tener un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 del total de la plantilla, y con el fin de acogerse a lo dispuesto en la Disposición Adicional cuarta del TRLCSP y Orden de 17 de diciembre de 2001 del Ministerio de Sanidad y Consumo, se deberá acreditar dicha existencia mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente.
8.6. Sobre (B): Documentación relativa a criterios no cuantificables por formula.
- El licitador acompañará la siguiente documentación:
a) Solución técnica detallada, calidades de las instalaciones y equipos: Descripción de los trabajos a realizar incluyendo la descripción detallada de la solución técnica propuesta y las características técnicas y calidades de las instalaciones y equipos a instalar.
b) Plan de ejecución: Se deberá presentar un plan de ejecución y un calendario detallado en el que se especificará el inicio, ejecución y fin de cada fase o hito descrito en su oferta con desglose de actividades y vinculaciones, debiendo considerarse la climatología como condicionante. Todo ello acompañado de un cronograma.
c) Condiciones de la garantía y alcance del mantenimiento. Se especificarán las condiciones de las garantías tanto de la instalación en su conjunto, como de los equipos y de la mano de obra, cumpliendo en todo caso los plazos exigidos en el APARTADO “K” de la carátula xxx xxxxxx. Se deberán especificar las coberturas y plazos de garantía de la instalación en su conjunto y de la mano de obra y equipos. Indicando el plazo de atención así como los gastos incluidos y excluidos y que en su caso correrían por cuenta del licitador. Indicará asimismo el alcance del mantenimiento, que como mínimo cumplirá las especificaciones mencionadas en el pliego de prescripciones técnicas (anexo V), indicando asimismo, el tiempo de respuesta los medios personales y materiales destinados al mantenimiento, coberturas y gastos incluidos y excluidos en el mantenimiento.
- La omisión de cualquiera de los documentos citados o la no observancia estricta del cumplimiento de lo previsto en los apartados anteriores, podría ser motivo para la no admisión de la oferta.
- En cualquier caso, deberá presentarse toda aquella documentación mencionada en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que sea necesaria para la ponderación de los criterios de adjudicación recogidos en el APARTADO “O” de la Carátula de este Pliego.
- Asimismo, los licitadores que tengan pensado subcontratar parte de los trabajos objeto de este contrato, deberán indicar expresamente la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su porcentaje respecto al precio del contrato y el nombre o perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización, conforme al ANEXO IX.
Cualquier cambio posterior de los subcontratistas identificados inicialmente en la oferta requerirá la previa autorización de CH ARAIA, S.A. y estará sujeto a lo señalado en la cláusula 24ª xxx Xxxxxx.
- En el Sobre (B) no deberá constar mención alguna respecto al precio o las condiciones económicas ofertadas por el licitador. El incumplimiento de esta premisa conllevará automáticamente la eliminación de la oferta.
8.7. Sobre (C): Criterios evaluables mediante fórmula matemática.
Según modelo de proposición del ANEXO I de este Pliego (en todo caso, el precio no podrá superar la cantidad del presupuesto máximo autorizado) adjuntando a su vez un desglose completo por partidas y con arreglo a lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. La cantidad correspondiente al IVA figurará en todo caso como una partida independiente.
La proposición se presentará escrita de forma mecanizada y firmada, no aceptándose aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con claridad el contenido de la oferta. En caso de existir una discrepancia entre la cuantía señalada en número y en letra, prevalecerá esta última.
De acuerdo con los artículos 145 y 147 del TRLCSP, cada licitador no podrá presentar más de una proposición, pero ésta podrá contener cuantas soluciones variantes se considere oportuno, siempre que así se haya previsto en el APARTADO “M” de la Carátula de este Pliego, conllevando la necesaria presentación por el licitador de las ofertas económicas relativas a las variantes que proponga.
9. APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
9.1. Concluido el plazo de presentación de proposiciones se procederá a la calificación de la documentación presentada por los licitadores.
9.2. No será de aplicación lo establecido en el artículo 160.1 del TRLCSP sobre la apertura de las proposiciones para los contratos de carácter armonizado.
9.3. La omisión de la documentación administrativa exigida, así como su presentación defectuosa, determinará la inadmisión del licitador. Si se trata de un error material, conforme a lo dispuesto en el artículo 81 del RGLCAP, se otorgará un plazo de tres
(3) días hábiles para su subsanación. La comunicación para este trámite se realizará por fax al número que haya sido facilitado por el licitador en su oferta.
9.4. Quedarán excluidos los licitadores que no hayan acreditado su capacidad y/o su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en los términos fijados en este Pliego o, en su caso, la correspondiente clasificación como empresas de servicios.
10. CRITERIOS BÁSICOS PARA LA SELECCIÓN DE LA OFERTA.
10.1. CH ARAIA, S.A. podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la adjudicación del contrato por razones debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
En caso de que el CH ARAIA, S.A. renuncie o desista a la celebración del contrato, se compensará a los licitadores mediante el abono de 100 Euros a cada uno.
10.2. CH ARAIA, S.A., de no declarar desierto el Concurso, tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la proposición económicamente más ventajosa sin atender necesariamente al valor económico de la misma.
10.3. Los criterios básicos de valoración de las ofertas serán los recogidos en el
APARTADO “O” de la Carátula.
10.4. Como criterios adicionales a tener en cuenta para realizar la adjudicación, siempre que así se hubiese establecido y en el contexto de las correspondientes proposiciones económicas, se estimarán de forma positiva las garantías que, en conjunto, tiendan a avalar la correcta ejecución de los trabajos en las condiciones y plazos establecidos.
10.5. Dentro de este contexto la proposición económica no es por sí misma determinante, pero tenderán a seleccionarse aquellas ofertas más razonablemente ajustadas al valor que, del propio Concurso, quepa deducir para los trabajos.
10.6. Valores anormales o desproporcionados. En el caso de que la propuesta económicamente más ventajosa incurriese en valores anormales o desproporcionados y el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por la empresa y los informes requeridos, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, acordará designar como oferta económicamente más ventajosa a aquella que hubiese obtenido el segundo mayor número de puntos y que se estime puede ser cumplida a satisfacción del CH ARAIA, S.A. y que no sea considerada anormal o desproporcionada.
Se considerará que una proposición está incursa en valores anormales o desproporcionados cuando el precio ofertado sea inferior en un veinte por ciento (20%) a la media aritmética de las proposiciones admitidas.
La declaración del carácter anormal o desproporcionado requerirá la previa solicitud de información a quienes estuviesen supuestamente comprendidos en ella, el asesoramiento técnico del servicio correspondiente, e informe del Órgano de Contratación.
10.7 En el caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la
proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 de la misma.
11. SELECCIÓN DEL EMPRESARIO CONTRATISTA.
11.1. El plazo máximo para la valoración y selección del empresario cuya oferta haya resultado ser la oferta económicamente más ventajosa será de dos (2) meses, a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Transcurrido ese plazo sin que se haya notificado dicho acuerdo, si así lo estiman oportuno, los licitadores podrán manifestar su intención de retirar su proposición.
11.2. Seleccionado el empresario que haya formulado la oferta económicamente más ventajosa para CH ARAIA, S.A., y con carácter previo a la formalización del contrato, momento en el que se entenderá éste perfeccionado, dicho licitador deberá aportar ante CH ARAIA, S.A., en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, los siguientes documentos:
a) Obligaciones tributarias:
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
- Certificación positiva, expedida por las Haciendas Forales, justificativa de la inexistencia con la Administración de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
b) Obligaciones con la Seguridad Social: Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas: Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable (ANEXO IV) de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto se presentará declaración justificativa al respecto.
d) Acreditación, mediante la oportuna certificación de la Aseguradora, de la plena vigencia, alcance de coberturas y adecuación de los seguros correspondientes a las condiciones recogidas en la cláusula 22ª de este Pliego.
e) Justificante de haber constituido la garantía definitiva, en el caso de que así se haya previsto en el APARTADO “H” de la Carátula. Los medios de constitución de la garantía serán los previstos en el artículo 96 del TRLCSP.
f) Otra documentación. Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
11.3. CH ARAIA, S.A. adjudicará el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Dicha adjudicación será motivada y se comunicará a todos los licitadores mediante el envío de notificación (fax/correo/correo electrónico) y su publicación en el Perfil del Contratante.
12. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
12.1. CH ARAIA, S.A. se reserva la facultad de verificar el contenido de la oferta, incluida la documentación administrativa previamente a la formalización del contrato.
12.2. La formalización del contrato se realizará en un plazo máximo de quince (15) días naturales desde el siguiente a la notificación al empresario y al resto de licitadores de que su oferta ha resultado ser la seleccionada.
12.3. Mediante la formalización del contrato, CH ARAIA, S.A. manifiesta su consentimiento contractual, entendiéndose con ello perfeccionado el contrato.
12.4. El contrato deberá incluir necesariamente las menciones contenidas en las Instrucciones Internas de Contratación de CH ARAIA, S.A.
12.5. La formalización del contrato no podrá realizarse si el empresario seleccionado no ha aportado la totalidad de los documentos exigidos en el presente Xxxxxx. Si por causas imputables al empresario no llegara a formalizarse el contrato en el plazo previsto de quince (15) días, CH ARAIA, S.A. tendrá derecho a incautar la garantía provisional que, en su caso, haya sido constituida o, en su defecto, a ser indemnizado por el empresario hasta un máximo de un 3 por 100 del presupuesto del contrato.
12.6. El contrato se formalizará en documento privado y serán de cuenta del empresario seleccionado todos los gastos e impuestos derivados de la formalización.
12.7. En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato y el NIF asignado a la Agrupación.
12.8. El contratista deberá guardar sigilo respecto a datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
13. SEGURIDAD Y SALUD. ACTA DE REPLANTEO. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
a) En un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días, desde la aprobación por CH ARAIA del proyecto de ejecución, el contratista deberá hacer entrega a CH ARAIA, S.A. de toda la documentación mencionada en la cláusula 21.1 del presente pliego para la revisión y certificación, por el coordinador de seguridad y salud, del cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales contempladas en la mencionada cláusula.
El coordinador de seguridad y salud informará sobre la procedencia de su aprobación y, en caso negativo, indicará los puntos que deben corregirse o los
documentos a aportarse, para lo que se asignará un plazo acorde con la importancia de los defectos, nunca superior a siete (7) días.
Si por incumplir el contratista los plazos indicados, no fuera posible empezar las obras, el contratista no podrá reclamar ampliación alguna de plazo por este motivo dando lugar dicho incumplimiento a la penalidad contemplada en la cláusula 19.c) de este pliego.
En todo caso y bajo ningún concepto podrá iniciarse la obra sin la previa aprobación y certificación, por el coordinador de seguridad y salud, del cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales contempladas en la cláusula 21.1.
b) La ejecución del contrato comenzará a partir de la firma del acta de comprobación del replanteo. La comprobación del replanteo se realizará conforme establece el artículo 229 del TRLCSP, dentro del plazo máximo de quince (15) días desde la fecha de aprobación del proyecto de ejecución por parte de CH ARAIA, S.A. y una vez obtenida la totalidad de las licencias, autorizaciones y permisos pertinentes. La fecha y hora en que se procederá a realizar la comprobación del replanteo se notificará al contratista con antelación suficiente.
El acta de comprobación de replanteo reflejará la conformidad o disconformidad del mismo respecto de los documentos contractuales del proyecto con especial y expresa referencia a cualquier punto que pueda afectar al cumplimiento del contrato.
No podrá iniciarse la obra sin que se haya extendido el acta de comprobación del replanteo. Cuando se hagan constar en ella reservas que se estimen fundadas, se suspenderá su iniciación o se acordará la suspensión definitiva.
c) El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación, o quien en éste delegue, o el Responsable del Contrato.
d) La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
e) El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para CH ARAIA, S.A. o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
f) Asimismo el contratista realizará los trabajos objeto de contratación:
i- Con la debida diligencia y de acuerdo con las prácticas habituales de la industria y comercio.
ii- Con sujeción a toda la normativa vigente que resulte de aplicación al contrato y en particular, sin carácter limitativo, a la normativa medioambiental.
iii- Con sujeción a los requisitos de calidad, diseño y directrices establecidos por los organismos de control de calidad para aquellos sistemas o productos incluidos en el contrato.
g) El contratista se compromete a facilitar la información complementaria y asistencia técnica necesaria para la perfecta utilización del resultado del contrato (documentos y todo tipo de información).
h) Será responsabilidad del contratista la correcta aplicación del contrato y los riesgos de siniestro, tanto del material como de personal y de terceros, durante la realización de los trabajos.
i) El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, tanto durante la vigencia del contrato como después de su terminación.
j) La realización por el contratista de cualquier trabajo que no esté definido en el contrato o que no haya sido autorizado previamente por el órgano de contratación o el Responsable del Contrato no será remunerado por CH ARAIA, S.A.
k) A la finalización del contrato, el CH ARAIA, S.A. realizará un acto formal de recepción de los trabajos objeto del contrato. A partir de ese momento, comenzará a computar el plazo de garantía previsto en este Pliego.
14. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
1. CH ARAIA, S.A. podrá modificar el contrato:
(a) Por las causas tasadas establecidas en el artículo 107 del TRLCSP.
(b) Y, en su caso, por las causas que se detallan en el ANEXO X de este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Estas modificaciones no podrán superar el 20 por 100 del precio del contrato primitivo.
Las modificaciones acordadas por las causas señaladas en los apartados anteriores serán obligatorias para el contratista que no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna aun cuando supongan una supresión o reducción de algunas de las prestaciones objeto del contrato
2. El precio de las modificaciones contractuales se fijará de forma contradictoria entre ambas partes.
3. La fijación del precio de las modificaciones se realizará en atención a los precios ofertados por el contratista.
4. Cuando las modificaciones supongan la introducción unidades de obra, servicios o suministros no comprendidas en los proyectos o cuyas características difieran sustancialmente de ellas, los precios de aplicación de las mismas serán fijados por CH ARAIA, S.A., previa audiencia del contratista por plazo mínimo de tres (3) días hábiles. Si éste no aceptase los precios fijados, el órgano de contratación podrá contratarlas con otro empresario en los mismos precios que hubiese fijado o ejecutarlas directamente. La contratación con otro empresario se realizará con arreglo a las previsiones de las Instrucciones Internas de Contratación de CH ARAIA, S.A., siempre que la cuantía del contrato sea inferior a los umbrales comunitarios.
5. Las modificaciones del contrato deberán formalizarse por escrito.
6. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía definitiva, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
7. Acordada por CH ARAIA, S.A. la redacción de la modificación del contrato, si ello implica la imposibilidad de poder seguir ejecutando determinadas partes de los trabajos, deberá acordarse la suspensión temporal, parcial o total, según proceda, del contrato.
8. Cuando la tramitación de un modificado exija la suspensión temporal parcial o total de la ejecución de los trabajos y ello ocasione graves perjuicios para el interés público, CH ARAIA, S.A. podrá acordar que continúen provisionalmente las mismas tal y como esté previsto en la propuesta técnica que elabore el responsable del contrato, siempre que la causa de la modificación se desenvuelva dentro de los límites previstos en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y exista crédito adecuado y suficiente para su financiación.
15. PRÓRROGA DEL CONTRATO.
El contrato será prorrogable en los términos previstos en la carátula de este Pliego.
Si se produjeran las prórrogas previstas, el precio del contrato será el previsto inicialmente, si bien será objeto de revisión en cada una de las anualidades de prórroga mediante la aplicación del 85% IPC fijado por el Instituto Nacional de Estadística correspondiente al año natural inmediatamente anterior (art. 90.3 del TRLCSP).
16. ABONO DEL PRECIO.
El contratista tendrá derecho al abono de las prestaciones efectivamente realizadas, previa recepción de conformidad de los trabajos por parte de CH ARAIA, S.A., y remisión de la correspondiente factura.
En la Carátula de este Pliego se determina la modalidad de pago del precio. En ningún caso podrá efectuarse pago alguno hasta que no se haya formalizado el correspondiente contrato.
No tendrá derecho el contratista al abono de las mejoras realizadas sin autorización expresa del Responsable del Contrato.
CH ARAIA, S.A. se reserva el derecho de detraer del precio las penalidades impuestas por CH ARAIA, S.A. al contratista de conformidad con el presente Xxxxxx.
17. PLAZO MÍNIMO DE GARANTÍA
a) Garantía de ingeniería y diseño:
(a) El contratista garantizará que toda la documentación, incluido el Proyecto, entregado a CH ARAIA, S.A. de conformidad con lo exigido por el presente pliego se encuentra correctamente realizada, que es completa y que ha incluido todas las modificaciones que CH ARAIA, S.A. haya aprobado en el desarrollo del Contrato.
Asimismo el contratista garantizará que toda esta documentación ha sido desarrollada de acuerdo con los códigos, y normas aplicables al contrato, así como de acuerdo con
legislación vigente y con cualesquiera permisos, licencias y autorizaciones que fueran aplicables.
(b) En el caso de que la documentación ponga de manifiesto una falta, error, o suministro incompleto, el contratista suministrará la documentación corregida libre de costes para CH ARAIA, S.A.
(c) Si como consecuencia de los errores en la documentación suministrada por el contratista se produjeran daños a los equipos, el contratista será el responsable único de la sustitución y/o reparación de éstos.
(d) El periodo de esta garantía se extiende desde que el contratista inicie cualesquiera trabajos relativos al objeto de este contrato, hasta la finalización del plazo de garantía, sin perjuicio de la responsabilidad del contratista por defectos de diseño, tal y como se regula en el apartado (e) siguiente.
(e) Se entenderá por “Defecto de Diseño” cualquier circunstancia que afecte al diseño de las obras que se manifieste durante el periodo de garantía y que no se corresponda con lo establecido en el contrato o en los Pliegos.
Será responsabilidad del contratista el diseño de las obras de acuerdo con el contrato, los Pliegos y demás legislación aplicable.
En caso de que alguna de las partes tenga conocimiento de algún Defecto de Diseño, lo notificará con prontitud a la otra parte por escrito.
El contratista demostrará, a satisfacción de CH ARAIA, S.A., la inexistencia del Defecto de Diseño o, en su caso, comenzará a subsanar los Defectos de Diseño descubiertos tan pronto como sea posible y en ningún caso después de pasados siete (7) días desde el descubrimiento del Defecto de Diseño por parte del contratista o de la notificación del mismo por CH ARAIA, S.A., si ésta fuera anterior.
El contratista será responsable, a su sola xxxxx, de subsanar a la mayor brevedad posible cualquier Defecto de Diseño que se manifieste antes de que concluya el plazo de garantía mínimo de instalación de dos (2) años.
Si el contratista no consigue solucionar el Defecto de Diseño descubierto en un plazo razonable, que deberá ser previamente aprobado por CH ARAIA, S.A., éste notificará por escrito al contratista una fecha en la que el Defecto de Diseño deberá quedar subsanado.
Si el contratista no procede a su subsanación en esta fecha o no actúa, según el criterio de CH ARAIA, S.A, de modo diligente de cara a su subsanación en la fecha acordada, CH ARAIA, S.A., previa notificación al contratista por escrito con veinte (20) días de antelación, podrá:
(i) subsanar el Defecto de Diseño por sí mismo o por terceros a precios xx xxxxxxx debidamente justificados y a xxxxx del contratista; o
(ii) ser compensado por el contratista por los daños y perjuicios directos sufridos, hasta el límite máximo que constituye el precio del elemento mal diseñado
b) Garantía de la instalación:
El contratista garantizará que los bienes y servicios suministrados son de su plena propiedad, están libres de cargas y/o gravámenes a favor de terceros, carecen de
defectos, cumplen con la legislación vigente en materia de derechos de la propiedad industrial / intelectual y con todos los requisitos de calidad y seguridad.
El plazo mínimo de vigencia de la garantía de la instalación, en su conjunto, será de dos
(2) años, computándose a partir de la fecha de la recepción definitiva.
Durante el periodo de garantía serán por cuenta del contratista todas las reposiciones de material o reparaciones que se deban realizar por incumplimiento de las condiciones de calidad contractuales.
El periodo de garantía se interrumpirá durante el tiempo que dure la reposición o reparación, las que a su vez serán garantizadas, a partir de su terminación, por igual periodo al de la garantía original establecida.
El incumplimiento de garantías por parte del contratista podrá dar lugar a la retención por parte del CH ARAIA, S.A. de los pagos pendientes, la ejecución de los avales y a la resolución del Contrato, con abono por el contratista de la oportuna indemnización por los daños y perjuicios causados.
Transcurrido el plazo de garantía sin que por el CH ARAIA, S.A. se haya puesto de manifiesto al contratista la existencia de reparos, errores o defectos en la ejecución de la instalación se extinguirá el contrato y la responsabilidad del contratista, salvo en el caso de vicios o defectos ocultos, en cuyo caso, el contratista será responsable aunque haya transcurrido el plazo de garantía.
18. GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
a) Los licitadores deberán presentar una garantía provisional por el importe de ocho mil quinientos sesenta y ocho (8.568) Euros, el 3% del presupuesto máximo de licitación (artículo 103 TRLCSP).
Los medios de constitución de la garantía serán los previstos en el artículo 84 de la LCSP.
La garantía provisional será devuelta inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato, salvo a la adjudicataria provisional a la que se le retendrá hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva (art. 103.2 y 103.4 del TRLCSP).
b) El contratista deberá constituir y mantener vigente durante todo el plazo de ejecución del Contrato, hasta el acto formal de recepción definitiva de la instalación, una garantía definitiva que en conjunto tienda a avalar la correcta ejecución de los trabajos en las condiciones y plazos establecidos en el Pliego de Condiciones y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El importe de la mencionada garantía definitiva será del 5% del precio del Contrato. La garantía deberá constituirse conforme al modelo adjunto como XXXXX XXX.
c) Si el contrato se resolviera por causa imputable al contratista, además de la devolución de las prestaciones contractuales, CH ARAIA, S.A. tendrá derecho a ser indemnizado en los daños y perjuicios ocasionados con motivo del incumplimiento del contratista y, en todo caso, se incautará la garantía definitiva constituida.
19. PLAZOS Y PENALIDADES POR DEMORA.
a) El contratista queda obligado al cumplimiento del contrato dentro de los plazos fijados para su realización en la Carátula, así como del Plan de Trabajo presentado con su proposición técnica.
b) La constitución en xxxx en cualesquiera plazos por el contratista no precisará intimación previa por parte de CH ARAIA, S.A.. La imposición de penalidades consecuentes con dichos retrasos se aplicará automáticamente por CH ARAIA, S.A.
c) Si llegado al término del plazo final o al vencimiento de alguno de los plazos parciales establecidos, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, CH ARAIA, S.A. podrá imponer al contratista una penalización del 20% del precio finalmente acordado.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho CH ARAIA, S.A. por los daños y perjuicios originados por la demora del contratista, ni el derecho de CH ARAIA, S.A. de instar la resolución del contrato.
d) Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista, oído el Responsable del Contrato.
20. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL POR EL CONTRATISTA.
CH ARAIA, S.A. determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción en el correspondiente plazo, que no podrá exceder de quince
(15) días.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios, deficiencias o defectos imputables al contratista, CH ARAIA, S.A. podrá rechazar dichos trabajos, quedando exento de la obligación de pago, y optar por la resolución del contrato, con abono por el contratista de una penalización del 20% del precio finalmente acordado.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho CH ARAIA, S.A. por los daños y perjuicios originados por el incumplimiento del contratista.
21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
21.1 Prevención de riesgos laborales
El contratista se obliga a cumplir y a hacer cumplir con todo rigor a su personal y a los subcontratistas las obligaciones impuestas por la Legislación Laboral, incluido el Convenio Colectivo de aplicación y especialmente toda obligación xxxxxxxx xx xx Xxx 00/0000 xx 0 xx xxxxxxxxx sobre Prevención de Riesgos Laborales, así como su normativa de desarrollo.
A este respecto el contratista, deberá aportar la siguiente documentación que será revisada y aprobada por el coordinador de seguridad y salud de la obra:
o Impresos TC1 y TC2 de los trabajadores presentes en la obra.
o Relación de trabajadores que intervienen en obra (nombre, apellidos, DNI y puesto de trabajo que desempeña)
o Plan de seguridad y Salud de la obra cuya ejecución y coste correrá por cuenta del contratista.
o Fotocopia del contrato con una entidad preventiva o, en su defecto, documento acreditativo de la organización preventiva de la empresa.
o Documento acreditativo de que todos los trabajadores en obra han recibido formación e información suficiente sobre los riesgos en su puesto de trabajo.
o Apertura de Centro de Trabajo.
o Inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas.
o Libro de Visitas.
o Libro de subcontratación.
o Mutua de accidentes.
o Documento acreditativo de la recepción de EPIs.
o Nombre del recurso preventivo designado para la obra.
o Certificados médicos precisando la aptitud de cada trabajador para su puesto específico.
o Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva de los trabajos contratados (en caso de no figurar detallado en el Plan de Seguridad y Salud).
o Relación de la maquinaria empleada con marcado CE o documento de adecuación.
o Nombre de las personas autorizadas para manejar la maquinaria en obra.
21.2 Obligaciones laborales y sociales.
a) El contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo adjudicado, está obligado al exacto cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales y, con respecto a estas últimas, de formación social, comprometiéndose a que por parte de la empresa subcontratista – en su caso –se cumpla la legislación vigente en materia laboral respecto a sus trabajadores/as.
b) El contratista estará obligado a que el trabajo, tanto en su empresa como con las empresas que subcontrate, en su caso, se desempeñe en condiciones dignas, siéndoles de aplicación a los trabajadores/as el convenio del sector que forman parte, especialmente en cuanto a subrogación del personal se refiere.
c) El contratista reconocerá expresamente tener el conocimiento, la capacidad, los recursos y medios necesarios para cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones y normas que resulten de aplicación para la ejecución del Contrato en materia de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, manteniendo indemne a CH ARAIA, S.A. frente a cualquier reclamación derivada de incidentes acaecidos en relación con tales materias con ocasión de la ejecución del Contrato.
d) El contratista deberá proveer a todo su personal con los equipos de protección personal homologados que sean de aplicación según el plan de prevención de riesgos laborales derivado del análisis de riesgos realizado para los trabajos objeto del Contrato, asegurándose de que tal personal ha recibido la formación necesaria en el uso de tales equipos.
e) El contratista deberá, a requerimiento de CH ARAIA, S.A., presentar toda la documentación que acredite el cumplimiento de aquellas obligaciones que deban o puedan estar documentadas.
f) La falta de presentación o demora injustificada constituirá un incumplimiento de las obligaciones contractuales y por lo tanto CH ARAIA, S.A. podrá resolver el Contrato de acuerdo con lo establecido en la cláusula 26ª.
g) El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
h) CH ARAIA, S.A. no adquiere en virtud de la formalización del contrato ninguna de las obligaciones laborales y sociales que legal o reglamentariamente le corresponden al contratista respecto de su personal. El contratista, en todo caso, se compromete a dejar indemne a CH ARAIA, S.A. respecto de cualquier reclamación dirigida por su personal o por terceros en relación con el cumplimiento de estas obligaciones.
i) En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra CH ARAIA, S.A. ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran serle impuestas. En cualquier caso, el contratista, indemnizará a CH ARAIA, S.A. de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones establecidas en este Pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
j) A la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de CH ARAIA, S.A.
k) Corresponderán al contratista, y serán de su cargo, todos los costes en que incurra para la ejecución del contrato.
21.3 Obligaciones en materia de medio ambiente.
El contratista evitará que sus operaciones o las de sus Subcontratistas tengan un impacto negativo sobre el medio natural o sobre la vida animal y vegetal, y tomará las medidas necesarias para anular o reducir al mínimo cualquier incidencia que pudiera surgir durante tales operaciones.
El contratista realizará el trabajo cumpliendo con todas las leyes, reglamentaciones y recomendaciones dictadas por las autoridades competentes en materia medioambiental y observará estrictamente todas las normas adicionales que CH ARAIA, S.A. pueda establecer, siendo el único responsable de la no observancia de las mismas.
21.4 Permisos de Terceros.
Con independencia de los contratos y gestiones que CH ARAIA, S.A. estime oportuno asumir por sí misma, el contratista se responsabilizará de obtener cuantos permisos y licencias sean precisos ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución del trabajo. El coste que, en su caso, pudiera suponer la obtención de estos permisos será de cuenta exclusiva del contratista.
No obstante, si bien las gestiones y los trámites para la solicitud de la licencia de obra deberán llevarse a cabo por la empresa adjudicataria, el abono de la misma no será por su cuenta
21.5 Ensayos, análisis y pruebas
Sin perjuicio de las dos cargas de combustible previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Responsable del Contrato podrá ordenar que se realicen a cargo de la contratista, los ensayos y análisis de materiales, equipos e instalaciones y que se recaben los informes específicos que en cada caso resulten pertinentes.
Dichos gastos serán a cuenta de la contratista hasta un importe máximo del 1 por ciento del presupuesto total del contrato.
No obstante, no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por cuenta la contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la calidad y en la ejecución del contrato.
21.6 Señalización.
La empresa contratista está obligada a instalar, a su xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a las obras, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en las zonas afectadas por la ejecución como en sus lindes e inmediaciones, así como cumplir las órdenes sobre instalación de señales complementarias o de modificación de las ya instaladas.
Del mismo modo, desde el inicio de las obras de ejecución la empresa adjudicataria hará figurar, en la señalización que identifique las mismas, carteles identificatorios de las obras con las características que, en su caso, fije que CH ARAIA, S.A. es la entidad contratante.
21.7 Conservación y vigilancia.
La empresa contratista estará obligada a la conservación tanto de los equipos instalados como de las obras objeto del contrato. Hasta que se produzca la recepción del contrato, la empresa adjudicataria responderá de la vigilancia de las instalaciones, obras y demás bienes objeto del contrato.
Las obligaciones de conservación y mantenimiento a que se refiere el párrafo anterior pesarán sobre el contratista hasta la recepción de las obras, y comprenderán las obligaciones de protección, almacenamiento, reposición, sustitución y reparación de dichos materiales, equipos e instalaciones, de conformidad con las instrucciones que, en su caso, dicte CH ARAIA, S.A.
22. SEGUROS.
1.- El contratista deberá suscribir y mantener en vigor durante la vigencia del contrato, con compañías aseguradoras de reconocida solvencia, las siguientes pólizas de seguros, que incluirán a CH ARAIA, S.A. como asegurado por daños causados por el contratista y sus subcontratistas:
a) Seguro de Responsabilidad Civil: contratado en sentido amplio, que garantice las responsabilidades que se puedan derivar por los daños materiales, personales y perjuicios consecuenciales causados a terceros, incluyendo expresamente como tal al personal propio del contratista, sus subcontratistas y suministradores, así como el
personal y bienes de CH ARAIA, S.A., como consecuencia de la ejecución de las obras, y que sean imputables al Contratista, su personal, o a cualquier persona física o jurídica que intervenga en la ejecución del contrato.
Dicho seguro deberá incluir las coberturas de Responsabilidad Civil General, Patronal (Accidentes de Trabajo), Productos y Post-Trabajos, con un límite mínimo por siniestro de
600.000 Euros. En concepto de Responsabilidad Civil Patronal, se cubrirá un mínimo de
150.000 Euros por víctima. Y en el caso de que el alcance de los trabajos incluyera el transporte de mercancías o equipos por cuenta del contratista, cobertura de responsabilidad civil derivada del transporte.
b) Seguro de Vehículos: Responsabilidad Civil Obligatorio y Voluntario para todos los vehículos propios o alquilados que sean utilizados en el emplazamiento y que estén sujetos a la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor y cuantos otros elementos móviles sean preceptivos de acuerdo con la normativa vigente (carretillas y asimilados, etc.).
c) Seguros de Personas: Seguro de accidentes de trabajo o cobertura de seguridad social que, de conformidad con la legislación laboral y/o el Convenio Colectivo en que estuviera encuadrado el personal utilizado por el contratista u otros compromisos de la empresa con sus empleados, fueran exigibles.
d) Otros seguros obligatorios y/o de suscripción obligatoria conforme a la legislación aplicable.
El contratista deberá disponer de esta cobertura hasta un (1) año después de la recepción definitiva, de modo que la póliza seguirá cubriendo las reclamaciones de terceros recibidas durante el citado periodo.
2.- Como consecuencia de lo anterior, el contratista renuncia expresamente a cualquier acción de responsabilidad contra CH ARAIA, S.A. por dichos conceptos.
3.- A la firma del contrato y antes de iniciar la ejecución del mismo, el contratista enviará acreditación (mediante la oportuna certificación de la Aseguradora) de la plena vigencia, alcance de coberturas y adecuación de los seguros correspondientes a las condiciones aquí recogidas, comprometiéndose a ampliar el alcance de los mismos si, en opinión de CH ARAIA, S.A., se hiciera preciso.
4.- Si el contratista no obtiene y/o no mantiene los seguros previstos, o no proporciona los correspondientes certificados de vigencia de los seguros, con constancia de su pago, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la fecha en que dicho seguro fuese requerido por CH ARAIA, S.A., éste tendrá derecho a procurar una cobertura de seguros similar, cuyos costes serán cargados al contratista y oportunamente descontados de cualquier suma que CH ARAIA, S.A. le adeudase al contratista.
5.- Las exigencias que en materia de Xxxxxxx se establecen para el contratista, deberán ser trasladadas por éste de manera adecuada y proporcional a su riesgo a todos los subcontratistas que contrate para la ejecución del contrato, respondiendo ante CH ARAIA, S.A. de cualquier falta que a este respecto pudiera producirse.
6.- El contratista deberá comunicar a CH ARAIA, S.A. toda modificación, renovación o cancelación de las pólizas indicadas en los apartados anteriores. Asimismo, cuando sea requerido para ello, también entregará copia de los contratos de seguro y el recibo
justificante del pago de la prima. El no envío de la acreditación correspondiente o documentación complementaria requerida se considerará como incumplimiento contractual.
7.- El contratista eximirá, y en su caso indemnizará a CH ARAIA, S.A. de toda pérdida o responsabilidad económica que se derive, directa o indirectamente, de los accidentes que puedan ocurrir con motivo u ocasión de la realización del objeto del contrato.
8.- En caso de siniestro, accidente de trabajo grave, daño, pérdida o reclamación de terceros en cuantía relevante, el contratista lo deberá notificar inmediatamente y por escrito a CH ARAIA, S.A.
9.- Los riesgos, obligaciones y responsabilidades previstas a cargo del contratista no quedan limitadas por la contratación de los seguros a que se refiere esta cláusula, y, en consecuencia, el importe de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la xxxxxxxx de tales riesgos no podrá reducirse en la medida de los mencionados seguros o por falta de contratación o cobertura suficiente de ellos en perjuicio de CH ARAIA, S.A. o de terceros.
10.- El coste de todos los seguros especificados en este apartado, serán a cargo del contratista.
11.- La inobservancia por parte del contratista del contenido de esta cláusula se considerará como incumplimiento contractual por su parte.
23. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS. TRATAMIENTO DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. CONFIDENCIALIDAD.
23.1 Propiedad de los trabajos realizados.
Quedarán en propiedad de CH ARAIA, S.A. tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad intelectual, industrial y comercial, reservándose CH ARAIA, S.A. su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por CH ARAIA, S.A., y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos.
Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a CH ARAIA, S.A., salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.
Es causa de resolución del contrato la información comprobada de que el contratista ha hecho entrega sin consentimiento de CH ARAIA, S.A., de todo o parte del trabajo a terceros, en materia objeto del contrato. Esta causa de resolución se considerará a todos los efectos como incumplimiento del contrato por culpa del contratista.
23.2 Tratamiento de los datos de carácter personal.
Por tratamiento de datos de carácter personal se entenderán las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las conexiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias que afecten a cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
En el caso de que el contrato conlleve tratamiento de datos de carácter personal o el acceso de la empresa contratista o subcontratista a datos de este carácter, se estará a lo siguiente:
1. La contratista únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento.
2. Los datos personales objeto del tratamiento serán utilizados, única y exclusivamente, para la realización del objeto del contrato, no pudiendo ser destinados a finalidad diferente a la señalada.
3. Ninguno de los datos personales tratados como consecuencia de este contrato será facilitado a terceros. A tal efecto, la contratista se compromete a no revelar, transferir, ceder o comunicar dichos datos o los ficheros creados con los mismos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su visualización, a ningún tercero.
4. La contratista y todo el personal que intervengan en la prestación objeto del contrato quedan obligados por el deber xx xxxxxxx a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter Personal. Este deber perdurará aún después de que el contrato se haya extinguido bien por su cumplimiento bien por su resolución.
5. La contratista se compromete a adoptar las medidas técnicas, administrativas y organizativas exigidas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal tratados para la realización de los trabajos objeto de este contrato:
a) A este respecto, la empresa deberá entregar al órgano de contratación antes del inicio de los trabajos una relación con el nombre, apellidos, funciones y lugar donde van a desarrollar el trabajo de todo el personal que tenga acceso a los datos de carácter personal. Si durante el curso de la ejecución del contrato fuera necesario incorporar o dar de baja a personal, la empresa adjudicataria entregará una nueva relación en un plazo máximo de una semana desde que sucediera este hecho. Tanto la empresa adjudicataria como todo el personal que figure en estas relaciones deberán comprometerse formalmente por escrito a mantener el secreto profesional con respecto a los datos tratados.
b) La adjudicataria se obliga a implementar las medidas de seguridad con respecto a los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas que, en su caso, se especifican en la Carátula de este pliego.
c) Una vez finalizada la prestación objeto del contrato deberán devolverse todos los soportes o destruir o borrar todos los ficheros que contengan datos de carácter personal por parte del contratista. La destrucción se realizará de tal manera que sea imposible aplicar cualquier proceso de recuperación. La certificación de la devolución o destrucción de los ficheros se realizará mediante un acta suscrita por el representante de la adjudicataria y por el director de los trabajos en la que consten tales circunstancias.
6. El CH ARAIA, S.A. se reserva el derecho a realizar controles durante el período de vigencia del contrato para verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y poder adoptar las medidas correctoras oportunas, en su caso.
23.3 Confidencialidad
El Contratista deberá guardar sigilo respecto a datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. El incumplimiento de esta obligación, además de
las responsabilidades que para el Contratista deriven de la legislación de protección de datos de carácter personal, dará derecho a CH ARAIA, S.A. a reclamar los daños y perjuicios que se le hayan podido ocasionar.
En atención a las características de los trabajos contratados, el contratista devolverá, en su caso, dichos documentos o elementos, así como las copias de los mismos, si las hubiera, a petición de la parte que los entregó y a más tardar a la finalización de la prestación contratada.
24. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
a) En cuanto a los requisitos exigibles para la cesión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 226 del TRLCSP. En todo caso, la cesión del contrato deberá ser autorizada de forma previa y expresa por CH ARAIA, S.A.
No podrá ser objeto de cesión el contrato cuando las cualidades personales o técnicas del contratista inicial hayan sido la razón determinante de la adjudicación del contrato.
b) Serán de aplicación a las subcontrataciones que pretenda realizar el contratista las disposiciones establecidas en el artículo 227 del TRLCSP, si bien en el escrito en que se comunique a CH ARAIA, S.A. el subcontrato a celebrar deberá expresarse, además de los requisitos establecidos en el citado precepto, las condiciones técnicas de ejecución del subcontrato.
En todo caso la celebración de las subcontrataciones estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
(i) Que el Contratista informe a CH ARAIA, S.A. previamente y por escrito de todos y cada uno de los subcontratos a celebrar, con indicación de las partes del contrato a realizar por cada subcontratista.
La notificación de la subcontratación deberá incluir, sin carácter limitativo, el alta en la Seguridad Social, alta en el impuesto de actividades económicas, las pólizas y seguros exigibles según la normativa en vigor, indicando expresamente que la persona física o jurídica propuesta para la subcontratación cumple con la legislación vigente.
(ii) Necesidad de aprobación previa por parte de CH ARAIA, S.A.
Asimismo, durante la ejecución de los trabajos, CH ARAIA, S.A. estará facultado para rechazar a aquellos subcontratistas que considere que no están ejecutando los trabajos de acuerdo con el contrato o juzgara oportuno, por causa justificada, no mantener.
La aprobación por parte de CH ARAIA, S.A. de la subcontratación de determinados trabajos objeto del contrato, no originará relación contractual alguna entre CH ARAIA, S.A. y los subcontratistas.
En este sentido, la colaboración o intervención de CH ARAIA, S.A. a los efectos de la subcontratación, en ningún caso determinará la xxxxxxxx por el mismo de ningún tipo de responsabilidad respecto a aquellas actuaciones del contratista que sean objeto de supervisión, ni disminuirá la responsabilidad del Contratista respecto de las mismas.
No surgirá relación laboral alguna entre CH ARAIA, S.A. y los empleados, agentes o subcontratistas, con motivo de la ejecución del contrato.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el Contratista, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a CH ARAIA, S.A., con arreglo estricto a los términos del contrato, como si él mismo la hubiere realizado. El Contratista resarcirá a CH ARAIA, S.A. por cualquier pérdida o daño que se derive como resultado de cualquier reclamación del algún subcontratista.
El subcontratista quedará sujeto a las mismas obligaciones que el Contratista, en la medida que aquéllas sean compatibles, si bien, conforme ha quedado señalado, será el Contratista quien responda frente a CH ARAIA, S.A. del cumplimiento de las obligaciones reguladas en el contrato.
La subcontratación no exonerará al Contratista de ninguna de sus responsabilidades u obligaciones contractuales, siendo además responsable frente a CH ARAIA, S.A. de los actos, omisiones o faltas y negligencias de cualquier cesionario o subcontratista, así como de sus respectivos empleados, subcontratistas o agentes como si se tratase de actos, omisiones, faltas y negligencias, cometidos por el Contratista o sus empleados o agentes.
El Contratista responderá frente a CH ARAIA, S.A. de las obligaciones asumidas por sus subcontratistas, incluso de las derivadas de cualquier reclamación realizada por un tercero a CH ARAIA, S.A., motivada por el incumplimiento de dichas obligaciones.
El Contratista se obliga a abonar a los subcontratistas el precio correspondiente en los términos y plazos pactados. Los subcontratistas no podrán reclamar a CH ARAIA, S.A. en ningún caso, por causa del incumplimiento de pago por parte del Contratista.
25. RESPONSABLE DEL CONTRATO. DIRECCIÓN FACULTATIVA.
a) En la toma de decisiones de índole técnica, CH ARAIA, S.A. podrá nombrar un Responsable de Contrato con funciones de supervisión y control sobre las actuaciones emprendidas por el Contratista, siendo competencia de CH ARAIA,
S.A. o de las personas en quien éste delegue, la adopción de decisiones que se deriven del seguimiento del desarrollo del contrato por el Responsable del Contrato.
El responsable del contrato estará facultado para:
- Velar por el correcto cumplimiento del Contrato, en toda su extensión.
- Inspeccionar los Trabajos según se ejecuten, e informar al Contratista, tan pronto como sea posible, si cualquier parte de los trabajos inspeccionados no se ajusta a los requisitos establecidos en el Contrato o no alcanza la calidad que se exige para dicha parte del trabajo.
- Representar a CH ARAIA, S.A. ante el Contratista a todos los efectos de este Contrato, a quien le comunicará las instrucciones pertinentes y de quien recibirá las oportunas notificaciones.
El órgano de contratación podrá delegar en el Responsable del Contrato todos o algunos de sus derechos y facultades en relación con la ejecución de este contrato.
b) CH ARAIA, S.A, a través de la Dirección Facultativa nombrada al efecto, podrá dirigir, inspeccionar, comprobar y vigilar la correcta realización de la obra e instalación contratada, emitiendo sus órdenes e instrucciones al contratista por medio de su delegado de obra.
La Dirección Facultativa, que incluye la Dirección de la Obra, la Dirección de la Ejecución de la Obra y la Coordinación de la Seguridad en la Obra, podrá ser desarrollada directamente por los servicios técnicos de CH ARAIA, S.A o por técnicos por él contratados.
El delegado de obra del contratista deberá ser la persona designada por éste, y aceptada por CH ARAIA, S.A desde la formalización del contrato, con experiencia acreditada en obras similares a la que es objeto de contratación.
El órgano de contratación podrá exigir en todo momento la sustitución del delegado de obra o autorizarla a solicitud del contratista.
26. RESPONSABILIDAD Y CALIDAD TÉCNICA DE LOS TRABAJOS.
El Contratista será responsable de la calidad técnica de las obras y los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para CH ARAIA, S.A. o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
27. RECEPCIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DE LA INSTALACIÓN.
Los trámites para la recepción provisional se iniciarán cuando el Contratista notifique al Responsable del Contrato designado por CH ARAIA, S.A.:
i- Que la instalación se ha finalizado de acuerdo a las especificaciones técnicas detalladas en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas y en la oferta presentada por el Contratista.
ii- Que la Dirección Facultativa haya emitido el certificado final de las obras.
iii- Haber superado satisfactoriamente los ensayos y pruebas de puesta en marcha. iv- Que todos los defectos encontrados, en su caso, han sido corregidos.
v- Elaborar, para uso de CH ARAIA, S.A., los manuales de instrucciones y planos con la situación final de las obras que sean necesarios para el correcto funcionamiento, conservación y mantenimiento de la instalación, así como una relación exhaustiva de todos los materiales empleados.
vi- Entregar a CH ARAIA, S.A.: (i) la documentación de control de las obras; (ii) las garantías de cualquier tipo que existan emitidas por los fabricante y empresas auxiliares, así como documentación y garantías de los equipos y materiales que dispongan de ella; y (iii) la documentación exigida por Ley así como toda aquella documentación administrativa de la obra (licencias, permisos, resguardos del abono de las tasas o derechos, boletines oficiales de instalación etc.).
vii- Que se dispone de toda la documentación exigible por la normativa vigente.
viii- Que se han desmantelado y retirado las instalaciones temporales y limpiado el lugar.
ix- Que se han realizado correctamente las dos cargas de combustible indicadas ene el pliego de prescripciones técnicas.
En un plazo no superior a quince (15) días, el Responsable del Contrato examinará el estado de la obra y el correcto funcionamiento de la instalación, comprobará que los trabajos cumplen con las normas técnicas y las clausulas contractuales en cuanto a su ejecución detallas en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, la Oferta y en el contrato
Si la inspección fuese positiva, el Responsable del Contrato levantará un acta de Recepción Definitiva por duplicado que será ratificada por CH ARAIA, S.A. y el Contratista. Esta aceptación tendrá carácter vinculante para comenzar los periodos de garantía.
Por el contrario, si el Responsable del Contrato observase deficiencias en las prestaciones contratadas lo hará saber al Contratista, que deberá resolverlas en el plazo máximo de quince (15) días.
Si las deficiencias observadas fuesen subsanadas por el Contratista en el plazo previsto, el Responsable del Contrato levantará un acta de Recepción Definitiva por duplicado que será ratificada por CH ARAIA, S.A. y el Contratista. Esta aceptación tendrá carácter vinculante para comenzar los periodos de garantía.
Si no se solucionasen los problemas derivados de las prestaciones deficientes en el plazo establecido, CH ARAIA, S.A. podrá rechazar dichos trabajos, quedando exento de la obligación de pago, y optar por la resolución del contrato, con abono por el contratista de una penalización del 20% del precio finalmente acordado.
28. FUERZA MAYOR.
Ninguna de las partes podrá considerarse responsable por el incumplimiento de las obligaciones contractuales como consecuencia de Fuerza Mayor.
Se consideran causas de Fuerza Mayor las derivadas pero no limitadas a: Fenómenos naturales, guerras, incendio, explosión, revueltas populares, actos de gobiernos o agencias o cualquier otra causa se similar naturaleza, inevitable para las partes escapándose de su control.
No se consideran expresamente causas de Fuerza Mayor los paros de actividad derivados de conflictividad laboral del Contratista o del subcontratista.
Todos los casos en los que se invoque fuerza mayor para el incumplimiento de las obligaciones contractuales deberán ser comunicados por escrito por el Contratista con un plazo máximo de setenta y dos (72) horas desde que se produce el evento.
29. EXTINCIÓN/RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento o por su resolución.
Además de las mencionadas en el presente Xxxxxx, en el Código Civil y en el artículo 223 del TRLCSP, serán causas de resolución del Contrato:
(i) En el caso de que durante la ejecución del Contrato, y como consecuencia de actuaciones de terceros, la ejecución del Contrato deviniera técnica o económicamente inviable, procederá, a juicio razonado de CH ARAIA, S.A., la resolución del Contrato, abonándose al Contratista exclusivamente por los trabajos encargados por CH ARAIA, S.A. y efectivamente efectuados por el Contratista hasta el momento en que CH ARAIA, S.A. acuerde la resolución, sin que por tal
motivo proceda indemnización o reclamación de cualquier índole por parte del Contratista a CH ARAIA, S.A..
(ii) La demora por el Contratista en el cumplimiento del plazo de ejecución de los trabajos objeto del Contrato.
(iii) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales por parte del Contratista.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, facultará a CH ARAIA, S.A. para dar por resuelto el Contrato, con la indemnización de daños y perjuicios y demás efectos que procedan a su favor conforme a lo establecido en el presente documento y a la normativa aplicable, pudiendo, además, optar por la ejecución subsidiaria, realizando las obligaciones incumplidas o continuando la ejecución de los trabajos por sí o a través de las personas o empresas que determine, x xxxxx del Contratista.
30. JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Para resolver las cuestiones que se planteen en relación a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato, serán competentes los Tribunales de la Jurisdicción Civil (artículo 21.2 del TRLCSP), sometiéndose ambas partes voluntariamente al fuero de los Juzgados y Tribunales de Vitoria, con renuncia expresa a cualquier otro foro que pudiera corresponderles.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA, DE PLAZO DE EJECUCIÓN Y DE GARANTÍA DE LA INSTALACIÓN
Don / Doña: ..................................................................................................................
Con Nº de D.N.I. : .........................................................................................................
En representación de la empresa: ..............................................................................
Con el N.I.F.: .................................................................................................................
Con oficinas en (dirección): ..........................................................................................
lo que acredito en la forma prevista en las Condiciones Básicas de Contratación, manifiesta lo siguiente:
1. Que está enterado del anuncio publicado en el Perfil del Contratante de CH ARAIA, S.A. por el que se convoca CONCURSO para la adjudicación del contrato de redacción del proyecto, construcción, suministro, instalación, montaje y puesta marcha, solución llave en mano, y servicio de mantenimiento de una planta de biomasa de generación térmica y red de distribución de agua caliente.
2. Que ha examinado y conoce los Pliegos de Condiciones Básicas y el de Prescripciones Técnicas y demás documentación.
3. Que, igualmente, conoce los textos legales y reglamentarios a que se refiere la Cláusula Primera xxx Xxxxxx de Condiciones Básicas de Contratación.
4. Que encuentra de conformidad, se somete voluntariamente y acepta íntegramente y sin variación, todos los documentos y textos legales y reglamentarios a los que se refieren los apartados 2 y 3 anteriores.
5. Que se compromete a llevar a cabo la redacción del proyecto, construcción, suministro, instalación, montaje, puesta marcha, solución llave en mano, la citada obra, instalación y dos cargas de combustible con arreglo a la cantidad total y máxima de [...] euros más [...] euros de IVA, que totaliza la cantidad de [ ]
euros.
6. Que se compromete a prestar el servicio de mantenimiento anual de las instalaciones en las condiciones ofertadas con arreglo a la cantidad total y máxima de [...] euros/año más [...] euros de IVA, que totaliza la cantidad de [ ]
euros/año.
7. Que la instalación tendrá una garantía de [...] años en las condiciones estipuladas en su oferta.
En [...], a [...] de 20[..]
[Nombre de la empresa/licitador]. P.p.
D. [...]
* Asimismo, deberá adjuntarse en el Sobre (C), junto al presente Anexo, un presupuesto completo y desglosado por partidas.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR DE NO HALLARSE INCURSO EN PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Don / Doña: ..................................................................................................................
Con Nº de D.N.I. : .........................................................................................................
En representación de la empresa: ..............................................................................
Con el N.I.F.: .................................................................................................................
Con oficinas en (dirección): ..........................................................................................
.......................................................................................................................................
DECLARA: Que [no me encuentro/mi representada no está incursa] en prohibición de contratar, conforme a los artículos 60 y 61 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, comprendiendo expresamente esta declaración las circunstancias de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos antes de la formalización del contrato, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del mismo.
En [...], a [...] de 20[..]
[Nombre de la empresa/licitador]. P.p.
D. [...]
MODELO DE AVAL BANCARIO (GARANTÍA DEFINITIVA)
El Banco [...], (en lo sucesivo, el “Banco”) y en su nombre y representación [...], con poderes suficientes para obligarse en este acto, otorgados a su favor con fecha [...] de [...] de [...] ante el Notario de [...] D. [...] bajo el número [...] de su protocolo y que asegura que no han sido revocados ni modificados.
AVALA a primer requerimiento y solidariamente a la sociedad [...] (en adelante, la “Sociedad”) con C.I.F. [...] y domicilio en [...] calle [...] frente a [CH ARAIA, S.A] (en adelante, el “Beneficiario”) con C.I.F. [...] y domicilio en [...], calle [...] hasta la cuantía máxima de [...] ([...]) Euros (en adelante, el “Importe Garantizado”) en el cumplimiento de cualesquiera obligaciones de pago derivadas de la correcta prestación y ejecución del contrato que tiene por objeto [indicar nombre del contrato], a suscribir entre la Sociedad y el Beneficiario, que el Banco declara conocer.
Son condiciones de este aval las siguientes:
(i) El Banco renuncia expresamente a los beneficios de orden, excusión y división, así como al planteamiento de cualquier tipo de defensa.
(ii) El presente aval es de naturaleza abstracta, por lo que no será necesario que el Beneficiario indique o justifique las razones por las que ejecuta la garantía, y el Banco no podrá plantear objeciones a ningún requerimiento de pago a cuenta de la garantía, aun a pesar de cualesquiera objeciones que pudieran ser planteadas por la Sociedad.
(iii) El Banco deberá abonar las cantidades que le solicite el Beneficiario en el plazo máximo de cinco (5) días naturales a contar desde el requerimiento que al efecto le formule por escrito y en cualquier forma a la siguiente dirección [...].
(iv) El Banco realizará los pagos requeridos por el Beneficiario, en una o más veces, según le indique éste, siempre que en su conjunto no excedan del Importe Garantizado.
(v) Los pagos se efectuarán en la cuenta bancaria indicada en la notificación del Beneficiario, libres de, y sin, deducciones por, o a cuenta de, cualesquiera impuestos, derechos, cargos, compensaciones, contra-reclamaciones, deducciones o retenciones, presentes o futuros, de la naturaleza que xxxx.
(vi) El presente aval tendrá una duración indefinida hasta que el Beneficiario autorice mediante manifestación escrita su cancelación.
(vii) Esta Garantía se rige por el Derecho español. Las disputas que surjan en virtud de esta garantía se someterán, de manera exclusiva, a los Tribunales xx Xxxxxx, a cuya jurisdicción se someten las partes, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Esta Garantía ha sido inscrita en el Registro Especial de Garantías, bajo el número [...], el [...]; 20[..].
(Lugar y fecha)
(Razón social de la entidad) (Firma del/ los apoderados)
MODELO DE DECLARACIÓN IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Don / Doña: .......................................................................................................................
Con Nº de D.N.I. : ..............................................................................................................
En representación de la empresa: ...................................................................................
Con el N.I.F.: ......................................................................................................................
Con oficinas en (dirección): ...............................................................................................
............................................................................................................................................
Declara, bajo su responsabilidad:
Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está obligado a presentar declaración de alta en la matrícula de este impuesto en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha:
........................................ ........................................ ...............................
........................................ ........................................ ...............................
........................................ ........................................ ...............................
........................................ ........................................ ...............................
........................................ ........................................ ...............................
En [...], a [...] de 20[..]
[Nombre de la empresa/licitador]. P.p.
D. [...]
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
En documento anejo.
DATOS BÁSICOS DE LA EMPRESA LICITADORA
Nombre empresa licitadora | |
CIF / NIF | |
Actividad principal | |
Domicilio Social | |
Contacto | |
Nº trabajadores | Total: |
En la CAPV: | |
Volumen de negocio | Total: |
En la CAPV: | |
Certificado Registro Oficial de Contratistas (si/no) | |
Accionistas o Grupo empresarial al que pertenece | |
Certificación en sistemas de gestión (ISO, UNE o equivalentes) |
MODELO DE DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES FACILITADAS POR LA EMPRESA
(presentación opcional)
Don / Doña: ..................................................................................................................
Con Nº de D.N.I. : .........................................................................................................
En representación de la empresa: ..............................................................................
Con el N.I.F.: .................................................................................................................
Con oficinas en (dirección): ..........................................................................................
.......................................................................................................................................
DECLARO
Que en relación con la documentación aportada en el/los sobre/s ........ (indicar el sobre al que se refiere) del expediente de contratación número (*) se
consideran confidenciales las siguientes informaciones y aspectos de la oferta por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales:
[...]
Que dicho carácter confidencial se justifica en las siguientes razones: [ ]
En [...], a [...] de 20[..]
[Nombre de la empresa/licitador]. P.p.
D. [...]
(*) Indicar el número de expediente que figura la Carátula xxx xxxxxx.
COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
D./Dña. […], provisto del DNI [...], actuando en representación de [...], con CIF [...], y domicilio a estos efectos en [...] C.P. [...], calle [...] nº [...], piso [...], teléfono [...] y fax [...] y
D./Dña. […], provisto del DNI [...], actuando en representación de [...], con CIF [...], y domicilio a estos efectos en [...] C.P. [...], calle [...] nº [...], piso [...], teléfono [...] y fax [...] y
DECLARAN
I. Que las empresas representadas asumen el compromiso de concurrir conjunta y solidariamente al concurso […], obligándose a constituirse en unión temporal de empresas bajo la denominación […] en el caso de que resulten adjudicatarias.
II. Que la participación de cada una de las empresas que formarían la unión temporal de empresas sería la que se establece a continuación:
- […]
- […]
III. Que a los efectos de representación ante el órgano de contratación, los que suscriben designan a D./Dña. […], con DNI […], mayor de edad, con domicilio en […], teléfono [...] y fax [...], que ha de ostentar la plena representación de la UTE.
En [...], a [...] de 20[…].
[…] […]
P.p. P.p.
MODELO DE DECLARACIÓN SUBCONTRATACIÓN
Don / Doña: ..................................................................................................................
Con Nº de D.N.I. : .........................................................................................................
En representación de la empresa: ..............................................................................
Con el N.I.F.: .................................................................................................................
Con oficinas en (dirección): ..........................................................................................
.......................................................................................................................................
DECLARO
Subcontratar,
ACTIVIDAD | PORCENTAJE SOBRE EL PRECIO DEL CONTRATO (sin IVA) | EMPRESA SUBCONTRATISTA |
(*) Adjuntar compromiso o carta de subcontratación y referencias de las condiciones de solvencia técnica y/o profesional de las empresas subcontratistas.
En [...], a [...] de 20[..]
[Nombre de la empresa/licitador]. P.p.
D. [...]
CAUSAS CONVENCIONALES DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado:
- Por aumento, reducción o supresión de las unidades de obra que, siendo imposible determinar con total exactitud en el momento de iniciar el procedimiento de contratación o vengan posteriormente impuestas con motivo de las autorizaciones, licencias y permisos que deban recabarse de cualesquiera autoridades, resulten finalmente necesarias.