APRUEBA PRÓRROGA CONVENIO “PROGRAMA FONDO DE FARMACIA PARA ENFERMEDADES CRONICAS NO TRANSMISIBLES EN ATENCION
SERVICIO XX XXXXX XXXX XXX XXX-XXXXXXXX Xxx. Xx 00 xxx 00-00-0000
XXXXXXX PRÓRROGA CONVENIO “PROGRAMA FONDO DE FARMACIA PARA ENFERMEDADES CRONICAS NO TRANSMISIBLES EN ATENCION
PRIMARIA DE SALUD” con I. Municipalidad de Zapallar.
RESOLUCION EXENTA N° ( E )
XXXX DEL MAR,
VISTOS estos antecedentes:
1.- La Resolución Exenta N° 84 MINSAL del 2 de febrero de 2021 que aprueba la continuidad del “Programa Fondo de Farmacia para Enfermedades Crónicas no Transmisibles en Atención Primaria de Salud” para el año 2021.
2.- La Resolución Exenta N° 28 MINSAL del 07 de enero de 2022 que distribuye recursos al “Programa Fondo de Farmacia para Enfermedades Crónicas no Transmisibles en Atención Primaria de Salud” para el año 2022.
3.- La Resolución Exenta N° 1321 del 11 xx xxxxx de 2021 que aprueba convenio “Programa Fondo de Farmacia para Enfermedades Crónicas no Transmisibles en Atención Primaria de Salud”, efectuado entre el Servicio de xxxxx Xxxx del Mar – Quillota y la Ilustre Municipalidad de Zapallar.
4.- La cláusula DÉCIMO CUARTA del citado convenio que establece su prórroga y las condiciones para su formalización.
TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto en el DL. N° 2.763, de 1979; D.S. N° 140/2004 y D.E N°26/2020, todos del Ministerio de salud; Resoluciones N°07 y °16/2020, ambas de la Contraloría General de la República y en uso de las facultades que me encuentro investido;
X X X X X X X X
0.- XXXXXXXXX la prórroga del Convenio “Programa Fondo de Farmacia para Enfermedades Crónicas no Transmisibles en Atención Primaria de Salud”, efectuado entre el Servicio de xxxxx Xxxx del Mar – Quillota y la Ilustre Municipalidad de Zapallar, cuyo texto está expresado en la Resolución Exenta N° 1321 del 11 xx xxxxx de 2021.
2.- MODIFÍQUESE la cláusula TERCERA del citado convenio con lo siguiente:
El Ministerio de Salud, a través del Servicio, conviene en asignar a la Municipalidad recursos destinados a financiar los siguientes subcomponentes del “Programa Fondo de Farmacia para Enfermedades Crónicas No Transmisibles en Atención Primaria de Salud” y sus respectivas estrategias:
Componente: Población que se atiende en establecimientos de Atención Primaria con acceso oportuno a medicamentos y apoyo en la adherencia al tratamiento.
− Subcomponente 1: Entrega de medicamentos, insumos, dispositivos médicos y actividades de apoyo a la adherencia.
− Subcomponente 2: Servicios farmacéuticos.
En este sentido los documentos Orientación técnica del Programa Fondo de Farmacia para enfermedades crónicas no transmisibles en atención primaria, aprobados mediante Resolución Exenta N°471 del 4 xx xxxxx del 2021, Orientaciones técnicas Programa de Salud Cardiovascular y Orientaciones técnicas de Atención Farmacéutica y seguimiento Farmacoterapéutico, se entienden parte integrante del presente convenio.
3.- MODIFÍQUESE la cláusula CUARTA del citado convenio con lo siguiente: Conforme a lo señalado en las cláusulas precedentes el Ministerio de Salud, a través del Servicio de Salud, conviene en asignar al Municipio, desde la fecha de total tramitación de la Resolución aprobatoria, la suma anual y única de $21.803.785.- (veintiún millones, ochocientos tres mil, setecientos ochenta y cinco pesos) para alcanzar el propósito y cumplimiento del Programa, objeto del presente convenio.
Dichos fondos se distribuyen según el siguiente detalle asociados a recursos para adquisición de medicamentos e insumos (subcomponente 1) y contratación recurso humano Químico Farmacéutico y Auxiliar de Farmacia (subcomponente 2).
Comuna | Recursos Fármacos 2022 ($) | Recursos insumos PD y úlcera ($) | TOTAL |
ZAPALLAR | 20.400.826 | 1.402.959 | 21.803.785 |
4. MODIFÍQUESE la cláusula QUINTA en lo que respecta a lo siguiente:
El Municipio se compromete a utilizar los recursos entregados para financiar los subcomponentes, indicadores y metas del Programa, que se presentan a continuación:
COMPONENTE 1: Población que se atiende en establecimientos de Atención Primaria con acceso oportuno a medicamentos y apoyo en la adherencia al tratamiento.
SUBCOMPONENTE 1: ENTREGA DE MEDICAMENTOS, INSUMO, DISPOSITIVOS MÉDICOS Y ACTIVIDADES DE APOYO A LA ADHERENCIA.
Estrategias
A. Apoyar en la disponibilidad de medicamentos para el control de las patologías de riesgo cardiovascular incorporadas en el programa, garantizando la entrega completa y oportuna a los usuarios beneficiarios.
Garantizar la disponibilidad oportuna de Medicamentos correspondientes a las patologías Hipertensión arterial esencial >15 años, Diabetes Mellitus tipo 2 y Dislipidemias incluidos en el Arsenal Farmacológico vigente del SS Xxxx del Mar – Quillota, Res. N° 323 del 11 xx Xxxx de 2021 y su posterior actualización, el listado de medicamentos se detalla a continuación:
Patología incorporada | Fármaco (principio activo) | Forma farmacéutica | Presentación | |
Ácido Acetilsalicílico | comprimido | 100mg | ||
Atorvastatina | comprimido | 20mg | ||
Enalapril | comprimido o comprimido | |||
ranurado | 10mg | |||
Diabetes mellitus tipo 2 | Glibenclamida | comprimido o comprimido ranurado | 5mg | |
Losartan | comprimido | 50mg | ||
Metformina | comprimido o comprimido | |||
ranurado | 850mg | |||
Metformina de liberación | ||||
prolongada | comprimido | 1000mg | ||
Medicamentos | Ácido Acetilsalicílico | comprimido | 100mg | |
Amlodipino | comprimido | 5mg | ||
arsenal vigente | ||||
Amlodipino | comprimido | 10mg | ||
DSSVQ | ||||
Atenolol | comprimido | 50mg | ||
incorporados en | ||||
Atorvastatina | comprimido | 20mg | ||
convenio | ||||
Captopril | comprimido | 25mg | ||
Hipertensión arterial primaria o esencial | Carvedilol | comprimido o comprimido ranurado | 6,25mg | |
Carvedilol | comprimido o comprimido ranurado | 25mg | ||
Enalapril | comprimido o comprimido | |||
ranurado | 10mg | |||
Espironolactona | comprimido | 25mg | ||
Furosemida | comprimido | 40mg | ||
Hidroclorotiazida | comprimido | 50mg | ||
Losartan | comprimido | 50mg | ||
Dislipidemia | Atorvastatina | comprimido | 20mg |
A fin de asegurar la disponibilidad oportuna de medicamentos incorporados en este programa, los establecimientos deberán:
1. Definir consumo promedio mensual y stock crítico (stock de seguridad) 2022, para todos los productos farmacéuticos existentes en el establecimiento, incorporar en procedimiento de Programación/ Reposición u otro, dar a conocer a funcionarios de Botiquín/Farmacia y mantener disponible ante supervisiones o solicitudes del referente del programa.
2. Disponer en el establecimiento de al menos un 25% del consumo promedio de cada medicamento incorporado al Programa, lo cual se evaluará en visitas a terreno efectuadas por Referente DSSVQ.
B. Apoyar en la disponibilidad de dispositivos médicos para la curación avanzada de úlceras venosas y de pie diabético.
FOFAR busca apoyar en el acceso a dispositivos médicos que permitan realizar curaciones avanzadas en úlceras de extremidades inferiores, las cuales generalmente ocurren como consecuencia de la Diabetes mellitus tipo 2 o patologías vasculares.
Respecto al manejo integral del paciente con ulcera de pie diabético (UPD), el objetivo principal es propiciar la cicatrización, prevenir la recidiva y evitar la amputación. Es por esto que el acceso al cuidado integral del pie forma parte vital en la prevención de esta complicación de la enfermedad.
En este marco la incorporación de recursos para la curación de UPD en la atención primaria, resulta relevante, pues el manejo avanzado de este tipo de heridas complejas requiere insumos adecuados con características específicas que, junto a la realización de la curación avanzada por profesional de enfermería, permitirá evitar complicaciones tan severas como las amputaciones. Este tipo de intervenciones impactan en el aumento y prolongación de la calidad de vida de las personas diabéticas así también, disminuyendo los costos al sistema sanitario producto de la discapacidad producida por la amputación.
En relación a los dispositivos médicos descritos posteriormente se pueden desglosar en los siguientes puntos:
− FOFAR es un complemento y los recursos están destinados a cubrir una parte de la PBC con ulcera activa.
− Se describen dispositivos médicos de curación avanzada de ulcera de pie diabético no infectado, estos comprenden 32 curaciones.
− Se describen dispositivos médicos de curación avanzada de ulcera de pie diabético infectado, estos comprenden 10 curaciones.
− Se debe recordar que cuando un paciente tiene el diagnóstico de infección de úlcera de pie diabético requerirá uso de dispositivos de canasta de curación de pie diabético infectado, pudiendo utilizar, después del control de la infección, la canasta de ulcera de pie diabética no infectada.
− Además de los insumos descritos se considera dispositivo de descarga botín o zapato de descarga.
B.1 Ulceras de Pie Diabético
El listado de insumos se detalla a continuación:
COMPONENTES DE CANASTA DE CURACION AVANZADA DE ÚLCERA PIE DIABÉTICO NO | |||
(32 curaciones= T i e m p o de duración aprox. 4 meses) | |||
GLOSA | POSOL. | PRESENTACIÓN | CTDAD. TOTAL, PORCANASTA |
Apósito Primario (Bacteriostáticos) lnhibidor de Bacterias *1 Seleccionar de la tabla señalada de acuerdo con necesidad e insumos disponibles | Unidad | Lámina de 10 x 10 | 18 |
Apósito Primario (Absorbentes) **2 Seleccionar de la tabla señalada de acuerdo con necesidad e insumos disponibles | Unidad | Lámina de 10 x 10 | 7 |
Apósito Primario (Hidratantes) ***3 Seleccionar de la t a b l a señalada de acuerdo con necesidad e insumos disponibles | Unidad o tubo | Lámina de 10 x 10 Tubo de 15 a 30 grs | 3 |
Apósito Primario (Regenerativos) ****4 Seleccionar de la t a b l a señalada de acuerdo a necesidad e insumos | 32 cms 2 por curación por 4 veces | Hexágono de 128 cms | 1 |
Venda Semi elasticada 8 cms x 4 mts | Unidad | Rollo 8 cms x 4 m | 32 |
Protector Cutáneo Spray | 1,4 cc por curación en 12 | botella 28 ce | 0,5 |
Ácidos Grasos Hiperoxigenados (Lubricante Cutáneo) | 2,5 cc por curación en 20 curaciones | botella 50 ce | 1 |
Solución L i m p i a d o r a antibiofllm (Solución con 0,1% de Polihexanida más 0,1% con Polihexanida) | 15 ce por curación / 22 curación | botella 350 ce | 1 |
Espuma limpiadora | 1 | ||
Curetas 3 mm o 4 mm (Desechables) | 1 cureta por curación para debridar aprox en 4 curaciones | caja de 20 unidades | 4 |
Lista de producto opcionales de acuerdo con disponibilidad de proveedores e insumos para canasta de P i e Diabético no infectado:
* 1: Bacteriostáticos
Apósito xx Xxxxxx + PHMB | Lámina 10 x 10 cms |
DACC lámina | Lámina 10 x 10 cms |
PHMB Rollo | Rollo 11,7 cms x 3,7 m e t r o s |
Apósito Miel Gel | 30 gr |
**2: Absorbentes
Alginato 10 x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
Carboximetilcelulosa 10 x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
Espuma Hidrofílica con Silicona 10 x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
Espuma Hidrofílica con Hidrogel 10 x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
***3: Hidratantes
Apósito de Poliéster 10 cms x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
Hidrogel 15 g | Tubo de 15 gr |
Xxxx de silicona lOxlO | Lámina 10 x 10 cms |
Apósito de Nylon 10 cms x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
****4·Regenerativos
Colágeno | Lámina 10 x 10 cms |
lnhibidor de la Metaloproteasa idealmente con TLC-
Lámina 10 x 10 cms
NOSF
COMPONENTES DE CANASTA DE CURACION AVANZADA DE ÚLCERA PIE DIABÉTICO INFECTADO | |||
(10 curaciones =Tiempo de duración aprox. 10 días) | |||
GLOSA | POSOL. | PRESENTACIÓN | CTDAD. TOTAL, POR CANASTA |
Apósito Primario (Bactericidas) con plata 10 x 10 cm *Seleccionar de acuerdo con necesidad e insumos disponibles de acuerdo a cuadro de parte inferior. | Unidad | Lámina 10 x 10 cm | 14 |
Hidrogel con Plata 15 g (Se utiliza cuando hay hueso e x p u e s t o ( ídem evidencia Apósito Primario con Plata) | 3 Grs. curación solo en 4 curaciones de las 10 | Tubo de 15 gramos | 1 |
Protector Cutáneo Spray | 1,4 cc por curación/ 12 curaciones | Botella 28 cc | 1 |
Solución Limpiadora antibiofilm (Solución con 01% de Polihexanida más 01% con | 15 cc por curación / 22 curación | Botella 350 cc | 1 |
Polihexanida) | |||
Curetas 3 mm o 4 mm (Desechables) | 1 cureta por curación para debridar | Caja de 20 unidades | 10 |
Medio de transporte para cultivo anaeróbico y aeróbico (Solo si existe las competencias y la factibilidad de realizar) | 1 |
Lista de produc to o p c i o n a l e s , de ac ue rdo con disponibilidad de proveedor e insumos para canasta de Pie Diabético infectado
* 1: Bactericidas
Alginato con Plata 10 x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
Plata Nanocristalina 10 x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
Xxxx con Plata | Lámina 10 x 10 cms |
Carboximetilcelulosa (fibra) con plata | Lámina 10 x 10 cms |
Espuma con Plata | Lámina 10 x 10 cms |
Hidrogel con Plata | Lámina 10 x 10 cms |
** Los dispositivos médicos están expresados en cantidades promedios, y la elección de cual usar en los pacientes debe evaluarse individualmente.
B.2 Dispositivos de Descarga
En el caso de un paciente con ú l c e ra del p i e diabético el uso de dispositivos de descarga es indispensable para el buen p r o n ó s t i c o en la evolución de la UPD y posterior cierre de ésta. La indicación de u s o de ayuda técnica idealmente debe s e r re a l i z a d a por m é d i c o que te ng a las competencias necesarias para hacerlo en e s t e caso f isiatra o m é d i c o de a t e n c i ó n primaria capacitado.
Dispositivo de descarga úlcera del pie diabético (Utilización Durante el Procesos de Curación) | ||
GLOSA | CTDAD. | OBSERVACIONES |
Ayuda técnica de descarga para UPD | 1 por paciente | Zapato / calzado ortopédico de descarga - Botín descarga Calzado para el cuidado de heridas/úlceras plantares Plantillas |
− Los tipos de úlcera y la ayuda técnica indicada es:
Úlcera de planta antepie | Ayuda técnica de descarga de alto o bajo perfil (caña), con balancín y sin contacto del tercio anterior de la planta del pie con el suelo. Con suela gruesa de goma XXX rígida con balancín retrocapital, cierre anterior de velcros, doble malla superior, forro de terciopelo, plantilla de goma XXX extraíble, debe permitir la dorsiflexión de tobillo o tobillo en neutro, evitando el equino. |
Úlcera plantar retropié | Ayuda técnica de descarga con especificaciones del anterior pero esta vez con alivio en la zona del talón. |
Úlcera Dorsal | Ayuda técnica de descarga que deje liberada por dorsal la zona de lesión. |
En caso de que el zapato o botín de descarga este cubierto por otro medio de financiamiento a nivel de gestión local, se puede solicitar autorización para destinar parte del recurso FOFAR de dispositivo de descarga en la compra xx Xxxx corta o larga de descarga.
− La entrega de estas ayudas técnicas de descarga deberá estar supeditada a la entrega de bastones, de acuerdo a indicación entregada en actividad de capacitación Prog. Cardiovascular DSSVQ efectuada por especialista, debiendo dicho dispositivo ser gestionado por la comuna.
B.3 Ulcera Venosa
Para aplicar la estrategia de intervención de curación avanzada más comprensión de ulcera v e n o s a , los establecimientos necesitan como requisitos para la implementación contar con s a l a de p r o c e d i m i e n t o acorde a la normativa, y p ro f e s i o n a l de enfermería con formación en manejo avanzado de heridas y sistema compresivo.
Los insumos para el tratamiento de la úlcera venosa son los detallados en tabla N°4 adjunta. Se debe recordar q ue una canasta es una persona ingresada al programa. En el caso de la curación a v an z a d a de las UV tipo 1 y 2 la canasta e s t á compuesta de 11 curaciones q u e serán aplicadas a una persona. En el caso de la canasta de curación avanzada UV tipo 3 y 4 esta está co m pues ta por 35 curaciones adicionales para una misma persona c o n el objetivo de terminar su tratamiento con estas c a n a s t a s disponibles.
Insumos Curación de Úlcera Venosa tipo 1 y 2:
COMPONENTES DE CANASTA DE CURACIÓN AVANZADA ÚLCERA V E N OS A TIPO 1 Y 2 | |||
Calculada para 11 curaciones | |||
GLOSA | POSOL | PRESENTACIÓN | CTDAD. |
Bota de Unna | Unidad | 2 | |
Calcetín 20 mmHg | Unidad | 2 | |
Apósito Prlmario (Bacteriostáticos) inhibidor de Bacterias *1: Seleccionar de la tabla señalada de acuerdo a necesidad e insumos disponibles. | Unidad | Lámina de 10 x 10 | 8 |
Apósito Primario (Absorbentes) **2: Seleccionar de la tabla señalada de acuerdo a necesidad e insumos disponible | Unidad | Lámina de 10 x 10 | 7 |
Apósito Primario (Hidratantes) ***3: Seleccionar de la tabla señalada de acuerdo a necesidad e insumos disponibles | Unidad o tubo | Lámina de 10 x 10 Tubo de 15 a 30 grs | 3 |
Apósito Primario (Regen erativos) ****4: Seleccionar de la tabla s e ñ a l a d a de acuerdo a necesidad e insumos disponible | 32 cms 2 por curación/ 4 veces | Xxxxxxxx xx 0 0 0 xxx0 | 2 |
Venda Semi-Elasticada 8 cms x 4 mts | Unidad | Rollo 8 cms x 4 m | 32 |
Ácidos Grasos Hiperoxigenados (Lubricante Cutáneo) | 2,5 cc por curación/ 20 curaciones | Botella 50 cc | 1 |
Solución Limpiadora antibiofilrn (Solución c on 0,1% de Polihexanida más 0,1% con Polihexanida) | 15 ce por curación/ 22 curación | Botella 350 cc | 1 |
Espuma limpiadora | Unidad | Frasco | 1 |
Cinta Adhesiva de Rayón o de Tela de 2,5 cms | Unidad | Rollo 2,5 cms x 910 cms | 1 |
Lista de producto opcional, de acuerdo con disponibilidad de proveedores e insumos disponibles en canasta de Ulcera Venosa
* 1: Bacteriostáticos
Apósito xx Xxxxxx + PHMB | Lámina 10 x 10 cms |
DACC lámina | Lámina 10 x 10 cms |
Gel con Ácido Hialuronico + Zinc 30gr | Tubo 30 gr |
Gel con Polihexanida con Betaina | Botella 30 mi |
PHMB Rollo | Rollo 11,7 cms x 3,7 m |
Apósito Miel Gel | 30 gr |
**2: Absorbentes
Espuma Hidrofilica con Silicona 10x10 | Lámina 10 x 10 cms |
Espuma Hidrofilica con Hidrogel 10x10 | Lámina 10 x 10 cms |
***3: Hidratantes
Apósito de Poliéster 10 cms x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
Hidrogel 15 g | Tubo de 15 gr |
Xxxx de silicona lOxlO | Lámina 10 x 10 cms |
Apósito de Nylon 10 cms x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
****4: Regenerativos
Colágeno | Lámina 10 x 10 cms |
lnhibidor de la Metaloproteasa idealmente con TLC-NOSF | Lámina 10 x 10 cms |
Insumos Curación de Úlcera Venosa tipo 3 y 4:
COMPONENTESDE CANASTADE CURACIÓNAVANZADA ÚLCERAVENOSATIPO 3 Y 4 | |||
Calculada para 35 curaciones | |||
GLOSA | POSOL. | PRESENTACIÓN | CTDAD. |
Bota de Unna | Unidad | Unidad | 6 |
Calcetín 20 mmhg | Unidad | Unidad | 1 |
Calcetín 40 mmhg Medidas I | Unidad | Unidad | 1 |
Sistema Compresivo Multicapa de 2 capas | Unidad | Unidad | 5 |
Sistema Compresivo Multicapa de 3 capas | Unidad | Unidad | 20 |
Apósito Primario (Bactericidas) con plata 10 x 10 cms 1 *Seleccionar de a c u e r d o c o n n e c e s i d a d e insumos disponible. | Unidad | lamina 10 x 10cms | 8 |
Apósito Primario (Bacteriostáticos) lnhibidor de Bacterias *2: Seleccionar de la tabla señalada de acuerdo con necesidad e insumos disponibles | Unidad | Lamina de 10 x 10 | 28 |
Apósito Primario (Absorbentes) ***3: Seleccionar de la t a b l a señalada de acuerdo con necesidad e insumos disponibles | Unidad | Lamina de 10 x 10 | 7 |
Apósito Primario (Hidratantes) ***3: Seleccionar de la tabla señalada de acuerdo con necesidad e insumos disponibles | Unidad o tubo | Lamina de 10 x 10 Tubo de 15 a 30 grs | 14 |
Apósito Primario (Regenerativos) ****4: Seleccionar de l a tabla señalada de acuerdo con necesidad e insumos disponibles | 32 c m s 2 por curación por4 veces | Hexágono de 128 cms2 | 4 |
Espuma limpiadora | Unidad | Frasco | 2 |
Venda Semi-Elasticada 8 cms x 4 mts | Unidad | Rollo 8 cms x 4 m | 59 |
Cinta Adhesiva de Rayón de 2,5 cms | 30 cc por curación | 2,5cms x 9 mts | 2 |
Protector Cutáneo Spray | 1,4 cc por curación en 12 curaciones | Botella 28 cc | 3 |
Ácidos Grasos Hiperoxigenados ( Lubricante Cutáneo) | 2,5 cc por curación en 20 curaciones | Botella 50 cc | 3 |
Solución Limpiadora a n t i b i o f i l m (Solución con 0,1% de Polihexanida más 0,1% con Polihexanida) 1 | 15 cc por curación / 22 curación | Botella 350 cc | 3 |
1 Curetas 3 mm o 4 mm (Desechables) | 1 cureta por curación para debridar | Caja de 20 unidades | 22 |
Medio de transporte para cultivo anaeróbico y aeróbico (Solo si existe las competencias y la factibilidad de realizar) | Unidad | Unidad | 1 |
Lista de producto opcionales como a l t e r n a t i v a en canasta de Ú L C E R A VENOSA TIPO 3 Y 4 Seleccionar de acuerdo con disponibilidad de proveedor e insumos disponibles.
*1: Bactericidas
Espuma Hidrofílica con Plata 10 cms x10 cms | Lámina 10 x 10 cm |
Plata Nanocristalina 10 crns x10 cms | Lámina 10 x 10 cm |
Xxxx con plata 1 Xxxxxxx plata 1 1 | Lámina 10 x 10 cms |
Lámina 10 x 10 cms |
**2: Bacteriostáticos
Apósito xx Xxxxxx + PHMB | Lámina 10 x 10 cms |
DACC lámina | Lámina 10x 10 cms |
Gel con Ácido Hialurónico + Zinc 30gr | Tubo 30 gr |
Gel con Polihexanida con Betaína | botella 30 mi |
PHMB Rollo | Rollo 11,7 cms x 3,7 m |
Apósito Miel Gel | 30 gr |
**3: Absorbentes
Espuma Hidrofílica con Silicona 10 x 10 | Lámina 10 x 10 cms |
Espuma Hidrofílica con Hidrogel 10 x 10 | Lámina 10 x 10 cms |
***3: Hidratantes
Apósito de Poliéster 10 cms x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
Hidrogel 15 g | Tubo de 15 gr |
Xxxx de silicona 10 x 10 | Lámina 10 x 10 cms |
Apósito de Nylon 10 cms x 10 cms | Lámina 10 x 10 cms |
****4: Regenerativos
Colágeno | Lámina 10 x 10 cms |
lnhibidor de la Metaloproteasa idealmente con TLC-NOSF | Lámina 10 x 10 cms |
Una vez cicatrizado UV para evitar recidiva se debe otorgar a cada paciente PBC determinada:
COMPONENTES DE CANASTA DE ÚLCERAVENOSA SEGUIMIENTO | ||||
GLOSA | POSOL. | PRESENTACIÓN | CTDAD. | OBSERVACIONES |
Calcetín 20 mm Hg | 1 par cada 6 meses (2 en total) | Unidad | 3 | Cambiar cada 4 meses |
Ácidos Grasos Hiperoxigenados o crema urea al 10 % | 2,5 - 5 ml diario | Botella de 50 o 125 mi | 6 | Lubricar a diario |
C. Gestionar un sistema de solución de reclamos que permita que los beneficiarios que no reciben el medicamento cuando lo solicitan, lo reciban en un plazo máximo de 24 horas hábiles, ya sea en el establecimiento o en su domicilio.
Los reclamos producto de la no entrega de medicamentos no deberían existir, por tanto, es indispensable agotar los esfuerzos para contar con un stock constante de medicamentos, así como una atención fluida y de calidad a nuestra población. En este sentido, las estrategias como la implementación de stock de seguridad y la atención de la unidad farmacia/botiquín durante todo el horario de atención del establecimiento buscan evitar la existencia de reclamos.
c.1.- Descripción del sistema de solución de reclamos
Cada establecimiento deberá implementar en un lugar cercano y visible a la farmacia o botiquín, la entrega de información general y teléfonos de Salud Responde, en los casos que un usuario requiera hacer un reclamo.
Quienes pueden presentar reclamos:
• Toda persona, en condición de paciente portador de alguna de las siguientes enfermedades: Hipertensión Arterial, Diabetes Mellitus 2 ó Dislipidemias, atendidas en los establecimientos de Atención Primaria.
• Familiares, directos o no del paciente identificado en el párrafo anterior
• Otras personas relacionadas con el paciente.
c.2.- De la gestión de reclamos vinculados a la no disponibilidad de medicamentos para el despacho.
Encargado:
• En todos los Establecimientos o Centros de Salud de la Atención Primaria, deben contar con un profesional, quien será el encargado de la gestión de estos reclamos, con la delegación específica y por resolución de la Dirección del Establecimiento.
• También a nivel de Comuna se deberá designar un profesional encargado de la gestión de reclamos, el cual tendrá la responsabilidad de apoyar en la gestión de solución de cada reclamo que se origine en los Establecimientos o Centros de Salud de su jurisdicción.
• El gestor de reclamos del centro de salud y de la comuna, NO puede ser la misma persona, pues el objetivo es entregar una respuesta oportuna al paciente y en el sistema.
• En caso de requerir actualizar o cambiar los datos del encargado de reclamos en los distintos niveles, se deberá enviar un correo al encargado del Servicio de Salud de la gestión de reclamos, Q.F. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, mail Xxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx , para realizar el cambio de los referentes de los establecimientos y comunas.
• Ante urgencias por quiebre de stock y la necesidad de una rápida respuesta, el SSVQ dispondrá de stock crítico, al cual se podrá acceder de acuerdo a lo señalado en “Procedimiento para Préstamo de Medicamentos Stock critico P. Fondo de Farmacia”. Todo medicamento entregado en calidad xx xxxxxxxx a la comuna deberá ser devuelto según sea requerido desde el SSVQ para ser prestado a otra comuna, en caso contrario se descontará de los recursos que corresponda transferir a la comuna.
c.3.- Procedimiento de gestión de reclamos:
Tal como se ha mencionado, existen tres vías para ingresar un reclamo:
- Vía telefónica llamando a Salud Responde 000-000-0000.
- Vía presencial, directamente en oficina de OIRS de cada Establecimiento.
- Vía internet, a través de la página Web de Ministerio de Salud (xxx.xxxxxx.xx), haciendo clic en el cuadro de “Salud responde”.
Cuando el usuario ingresa el reclamo a Salud Responde y este genera el reclamo, el sistema entregará automáticamente un aviso por correo electrónico a referente SSVQ quien informará a los encargados definidos por establecimiento de salud, como también a nivel de los departamentos municipales, o corporaciones. Este encargado al recibir el aviso deberá revisar el caso, disponer de los todos antecedentes que permitan gestionar la solución/ cierre (tanto con el usuario como en el sistema informático dispuesto por Xxxxxx), por parte de gestor SSVQ.
Recordar que el cierre del reclamo se debe hacer el mismo día que fue firmada la carta de aceptación por parte del usuario, ya que si se realiza en una fecha posterior será esa fecha la que se considerará para el cálculo del indicador, quedando fuera de plazo si se cierra más allá de las 24 horas de despachado el medicamento.
SUBCOMPONENTE 2: SERVICIOS FARMACÉUTICOS
Estrategias
1. Apoyar en el financiamiento, conforme a las brechas existentes, de la contratación de personal de farmacia (profesionales Químicos Farmacéuticos, Técnicos de Nivel Superior de Farmacia, o Auxiliares Paramédicos de Farmacia), para realizar las actividades de gestión farmacéutica y de atención farmacéutica en los casos que corresponda y de acuerdo al nivel de contratación.
La contratación de profesionales Químicos Farmacéuticos y de Técnicos de Nivel Superior de Farmacia junto a Auxiliares Paramédicos de Farmacia, tiene por objetivo mejorar en la gestión farmacéutica; registros de actividad, así como realizar la dispensación de medicamentos a los usuarios, con la celeridad y oportunidad requerida.
A los Químicos Farmacéuticos les corresponde desempeñar funciones según las orientaciones técnicas, guías clínicas y normas vigentes. Estos profesionales estarán destinados de forma exclusiva para realizar actividades ligadas la unidad de Farmacia o Botiquín que apunten a mejorar el cumplimiento de los objetivos sanitarios de la Atención Primaria de Salud, apoyando e integrando equipos multidisciplinarios, según el modelo de salud integral con enfoque familiar y comunitario.
Para efectos de asegurar la entrega de medicamentos en este Programa y la respuesta oportuna a los reclamos, se entregan recursos para disponer de Técnicos de Nivel Superior de Farmacia o Auxiliares Paramédicos de Farmacia, con funciones de almacenamiento, despacho, registro y toda otra actividad asociada a la unidad de Farmacia o Botiquín. Estos funcionarios no podrán ser destinados a otras funciones, lo cual podrá ser supervisado por el Servicio de Salud correspondiente.
En relación con, los recursos entregados para la contratación de profesional Farmacéutico o auxiliar de farmacia, es importante señalar:
• No podrán ser utilizados para el personal que ya se encuentra trabajando, excepto que este se encuentre contratado por menos de 44 hrs. semanales, y el recurso se utilice para completar el horario, pues la finalidad es sumar recurso humano a lo ya existente en la comuna.
• No podrán ser utilizados para farmacias comunales (“farmacias populares”), ni se podrá destinar al personal para realizar actividades en estos establecimientos, dado que el recurso humano es para apoyar labores que se realizan en dispositivos de APS insertos en CESFAM, CECOSF, CES o Postas.
• Las actividades del profesional Químico Farmacéutico deberán ser registradas, según corresponda, en el Registro Estadístico Mensual (REM) A04, A26 y A27 de su establecimiento, esto en base a manual REM.
• El establecimiento deberá contar con una zona de atención donde el Químico farmacéutico pueda efectuar actividades agendadas con el usuario. Así también el establecimiento deberá dar las facilidades para acceder al registro clínico del usuario.
• El recurso humano entregado es para desempeñarse durante un periodo exacto de doce meses.
En caso de no cumplirse con alguno de los puntos expuestos anteriormente, constatado en visitas a terreno y evaluación de informes, el Servicio de Salud, si lo estime pertinente, podrá redistribuir el recurso humano a otra comuna.
• A fin de llevar un seguimiento de la contratación de los recursos humanos definidos en el Programa, la comuna deberá informar el RRHH contratado (ya sea de continuidad o incorporación), dicha información se deberá actualizar cada vez que se efectúe un cambio en la contratación de funcionarios financiados con recursos del programa.
− Nombre completo
− Profesión/Formación técnica
− Fecha de inicio contrato
− Horas contratadas
− Lugar de desempeño
2. Asegurar la atención permanente de botiquines y farmacia durante todo el horario de funcionamiento del establecimiento.
La continuidad de la atención, es la atención de salud brindada en Establecimientos de Salud APS, de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, y sábado de 9:00 a 13:00 horas, debe proveer, necesaria e ineludiblemente, acceso de la población a: Consultas de morbilidad entregadas por médico, Consultas odontológicas, y/o tratamientos, y asegurar la disponibilidad de fármacos que le compete; además de lo anterior es deseable ofrecer otras prestaciones, entre ellos controles de salud prestados por profesionales del equipo de salud. La provisión de todas las atenciones en el marco de una programación de agenda y utilización de su capacidad instalada.
Las comunas recibirán visitas de supervisión por parte del Servicio de Salud, en dicha instancia se aplicará pauta de supervisión estandarizada, que recoge la siguiente información:
A) Constatación de funcionamiento en el horario establecido. Se entenderá por “funcionamiento”, la entrega de al menos el 90% de las prestaciones programadas al momento de la visita.
Odontólogo, Médico y TENS deben estar con agenda programada y realizada para considerar que el Establecimiento de salud está en “funcionamiento”. Se sugiere incorporar otros profesionales a la extensión, que contribuyan a la mejora se aquellas áreas de cobertura más deficientes.
B) Monitoreo de Farmacia, la cual debe estar abierta y entregando atención a los usuarios en todo el horario de funcionamiento del Establecimiento de salud (punto A), de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas y sábados de 9:00 a 13:00 horas.
3. Realizar actividades de Atención Farmacéutica
El recurso humano de Químico Farmacéutico, entregado a través del Programa Fondo de Farmacia, debe proveer de servicios profesionales farmacéuticos, buscando mejorar los resultados clínicos conseguidos con los medicamentos generando un impacto en los usuarios y en el equipo clínico del centro de salud.
Las actividades de Atención Farmacéutica brindadas deben ser registradas en el Registro Estadístico Mensual (REM) correspondiente e igualmente se debe responder a requerimientos de información que solicite el Servicio de Salud, conforme lo estime pertinente.
Dentro de estas actividades se incluye:
• Revisión de la Medicación (con entrevista o sin entrevista)
• Conciliación Farmacéutica
• Educación Farmacéutica
• Seguimiento Farmacoterapéutico
• Reporte de Reacciones Adversas a Medicamentos
• Reporte xx Xxxxx de calidad
• Reporte de Eventos Adversos Asociados a Medicamentos
5. MODIFÍQUESE la cláusula SEXTA en lo que respecta a lo siguiente:
SISTEMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO
Indicadores Liquidables
El monitoreo y evaluación se orientan a conocer el desarrollo y grado de cumplimiento de los diferentes componentes del Programa, con el propósito de mejorar su eficacia y eficiencia, por ello, el Servicio evaluará el grado de cumplimiento del Programa, conforme a las metas contenidas en éste y en concordancia a los pesos relativos señalados en la siguiente tabla:
Componente | Subcomponente | Indicador | Meta N° | Peso Relativo, % |
Población bajo control en establecimientos de APS con diagnóstico de DM2, HTA y DLP con acceso oportuno a medicamentos, insumos y dispositivos médicos para curación avanzada de heridas y apoyo en la adherencia al tratamiento | Subcomponente N°1: Entrega de Medicamentos, insumos, dispositivos médicos y actividades de apoyo a la adherencia | Indicador N°1: Porcentaje de recetas con despacho oportuno a personas con enfermedad no transmisible en los establecimientos de atención primaria. | Meta 1. 100% de las recetas entregadas a personas con condición crónica con despacho total y oportuno. | 40% |
Indicador N°2: Porcentaje de Reclamo de los usuarios atingentes al programa con solución (entrega de medicamentos), antes de 24 horas hábiles. | Meta 2. 100% de los reclamos con solución dentro de las 24 horas hábiles, siguientes a la formulación del reclamo. | 25% | ||
Subcomponente N°2: Servicios Farmacéuticos | Indicador N° 3: Porcentaje de cumplimientos informe de evaluación xx xxxxxx | Meta 3. 100% de establecimientos de la comuna o servicio de salud enviarán informes de evaluación para cortes del programa. | 10% | |
Indicador N°4: Porcentaje de establecimientos de atención primaria con atención permanente de farmacias o botiquines durante todo el horario de funcionamiento del establecimiento | Meta 4. 100% de los establecimientos con atención permanente de farmacia o botiquín, además de cumplir con la disponibilidad de stock de seguridad de fármacos correspondientes. | 25% | ||
Cumplimiento global del programa | 100% |
En relación a los indicadores, es indispensable efectuar un adecuado registro en los sistemas informáticos disponibles, pues a partir de estos se levantará la información.
Indicador 1: Recetas con entrega oportuna
Se construirá a partir de información obtenida desde el Registro Estadístico Mensual (REM) “Recetas Despachadas a Pacientes del Programa de Salud Cardiovascular”.
Igualmente, las comunas sin Módulo de Farmacia Informatizado deberán ingresar a la Plataforma Web diseñada por Minsal xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx/ para registro de recetas despachadas y movimiento de medicamentos.
Las comunas con sistemas informatizados propios (Avis), deberán continuar enviando el archivo de registros FOFAR de manera quincenal.
Indicador 2: Gestión de reclamos
Se levantará a partir de la información disponible en la Plataforma de Reclamos FOFAR, al registrarse un reclamo Minsal notificará a referente del establecimiento, referente comunal y referente SSVQ. Una vez solucionado o cerrado el reclamo y registrado en Plataforma Web Minsal esta información se utilizará para confeccionar el indicador correspondiente. Es importante que cada comuna lleve un registro local de los reclamos recibidos, gestionados y los tiempos asociados.
Indicador 3: Informe evaluación
Se solicitará que en cada corte (julio y diciembre) cada comuna envíe un Informe de Evaluación del Programa Fondo de Farmacia 2022, en base al formato tipo ya entregado desde DSSVQ, el cual debe ser enviado mediante Ordinario por el Director de Departamento o Corporación correspondiente.
Indicador 4: Atención continua
La medición de este se efectuará en la pauta de supervisión correspondiente.
En particular, se mide que la farmacia se encuentre en funcionamiento (dispensando medicamentos), en el horario de funcionamiento del Establecimiento respectivo, incluyendo la extensión horaria.
Indicadores No Liquidables
Indicador 5: Gestión de Mermas
Se considerará como merma a la pérdida o reducción del stock disponible, de medicamentos o insumos, esta puede ser generada por vencimiento, deterioro, extravío, que el producto no esté apto para ser dispensado o errores de ingreso de inventarios, generando consecuentemente diferencias entre lo que se encuentra como stock físico y su stock registrado en sistema. Para regularizar esta situación se debe corregir esta diferencia, ajustando el stock y dejando igualado el stock físico con el registrado, con el respaldo correspondiente que justifique dicho la no conformidad (análisis de causa y estrategias de mejora).
El monitoreo del movimiento de fármacos se realizará mediante registros que consideren:
i. Ingreso mensual del consolidado de merma efectiva.
ii. Fórmula de cálculo que contemple rangos de tolerancia para evaluación, esto con el objetivo de que existan alarmas.
La Merma de medicamento en establecimientos de la comuna, como merma acumulada anual, debe ser menor al 0.8% del costo de inventario de productos asociados al programa FOFAR (indicados en convenio). Esta se establecerá como línea Base nacional a cumplir. Localmente deben contar con la siguiente información para calcular el indicador:
• Listado de medicamentos FOFAR
• Precio por cada unidad de medicamento (considerando precios CENABAST y xx xxxxxxx público).
• Saldo mes anterior (en unidades)
• Ingresos (en unidades) (+):
Ingreso general: cantidades adquiridas a través de compras públicas.
Traspaso: cantidades recibidas desde otros Establecimientos, con un documento de respaldo (guía de traspaso).
• Egresos (en unidades) (-):
Dispensación: cantidad de medicamentos dispensados mensualmente a pacientes acogidos al Programa.
Traspasos: cantidades traspasadas a otros Establecimientos, con un documento de respaldo (guía de traspaso).
Merma: cantidad de medicamentos deteriorados, vencidos, extraviados o bien que no están aptos para ser dispensados.
Otros: cantidad de medicamentos utilizados para demostraciones o capacitaciones.
• Saldo mes siguiente en unidades: Corresponde a la resta de las cantidades ingresadas menos los egresos.
COMUNA | EGRESO POR MERMA VALORIZADO | SALDO MES ANTERIOR + INGRESOS VALORIZADO | PORCENTAJE DE MERMA (%) | MEDICAMENTOS ASOCIADOS A LA MERMA | CAUSAS DE LA MERMA | MEJORAS IMPLEMENTADAS |
Indicador 6: Adherencia farmacoterapéutica
El indicador de Adherencia Terapéutica, se obtendrá la información del número de beneficiarios que reciben un despacho oportuno de sus medicamentos para las patologías de riesgo cardiovascular cubiertas por el programa. Una correlación mayor al 30% se considerará como buena adherencia en tratamientos cardiovasculares. (Método indirecto que eventualmente puede indicar la disponibilidad y accesibilidad de medicamento para mantener tratamiento farmacológico).
Este indicador al complementarse con otros parámetros, considerando los múltiples factores que infieren en la adherencia al tratamiento farmacológico, nos puede entregar una mejor correlación de la adherencia terapéutica.
ADHERENCIA FARMACOLÓGICA | ||
COMUNA | REM A04 RECETA DESPACHADA TOTAL Y OPORTUNA PSCV (INDICAR VALOR PROMEDIO MENSUAL DEL PERIODO A EVALUAR) (*) (N°) | PBC PSCV (N°) |
Nota: Si la comuna está efectuando evaluación de adherencia farmacológica a través de otro método, indicar cual y porcentaje de adherencia que en promedio tienen los usuarios.
Indicador 7: Recurso Humano
La entrega de recurso humano ha permitido disminuir de manera importante la brecha de farmacéuticos y auxiliares de farmacia, en este sentido se quiere conocer de manera cualitativa y cuantitativa el porcentaje de comunas que cumplen con disponer del Recursos Humanos, contratado y financiados con fondos entregados mediante el programa FOFAR (incluye aquellos cargos financiados para comunas y establecimientos hospitalarios).
COMUNA | ESTABLECIMIENTO DONDE PRESTA SERVICIOS | NOMBRE | RUT | PROFESIÓN | HRS CONTRATO | TIPO DE CONTRATO | RENTA BRUTA | OBSERVACIÓN |
La planilla anterior deber ser completada con registros por cada farmacéutico y auxiliar de farmacia incorporado con recursos del Programa Fondo de Farmacia.
Indicador Nº8: Convenios
Porcentaje de marco convenido informado y su respaldo en la plataforma web de monitoreo de convenios. Esta información es obtenida desde Referentes APS SSVQ correspondientes.
Indicador Nº9: Rendiciones
Porcentaje de rendiciones informado y su respaldo en la plataforma web de monitoreo de convenios informados al Departamento de Programación Financiera APS División de Presupuesto Subsecretaria de Redes Asistenciales. Esta información es obtenida desde Referentes APS SSVQ correspondientes.
Indicador Nº10: Servicios Profesionales Farmacéuticos
Corresponde al número de Atenciones farmacéuticas realizadas. Esta información es obtenida desde el REM A04 Sección I.
Indicador Nº11: Servicios Profesionales Farmacéuticos
Corresponde al número de actividades o talleres educativos realizados por el Químico Farmacéuticos. Esta información es obtenida desde el REM A27.
Indicador 12: Entrega de medicamentos en domicilio
La estrategia de entrega de medicamentos a domicilio se implementa para dar cumplimiento a la Ley 20.584 que incorpora atención preferente para personas mayores, en este sentido, en este sentido pretende apoyar la entrega de Medicamentos a Domicilio para personas con dependencia severa y residentes ELEAM/ SENAMA.
Las comunas que actualmente cuenten con recursos destinados para esta estrategia deberán enviar la información detallada a continuación, que permita establecer población bajo control beneficiadas por la estrategia.
COMUNA | REGISTRO REM A 04 | |
RECETAS DESPACHADAS EN DOMICILIO (N°) | PRESCRIPCIONES DESPACHADAS EN DOMICILIO (N°) | |
Indicador 13: Proyectos de mejoramiento Botiquín/ Farmacia/ Bodega
Las mejoras a la infraestructura y al equipamiento tienen el objetivo de mejorar las condiciones de almacenamiento de los medicamentos y dar cumplimiento a lo establecido en la norma técnica N°147, mediante mejoras a los botiquines, farmacia y/o droguería.
Las comunas que actualmente cuenten con recursos destinados para esta estrategia deberán enviar la siguiente información:
COMUNA | PROYECTO APROBADO (NOMBRE) | PROYECTOS FINANCIADOS CON RECURSOS X. XXXXX | ||
MONTO TOTAL DE RECURSOS ENTREGADOS ($) | MONTO DE RECURSOS EJECUTADOS ($) | EJECUCIÓN DEL PROYECTO EN BASE A ACTIVIDADES DESCRITAS EN CARTA XXXXX (%) (*) | ||
(*) Considerar el cumplimiento de todas las actividades descritas en la carta Xxxxx correspondiente, como el 100%.
Otros: Actividades extraordinarias realizadas con la comunidad, relacionadas con servicios farmacéutico programadas anualmente.
COMUNA | ACTIVIDAD PROGRAMADA (SEÑALAR NOMBRE DE ACTIVIDAD) | ACTIVIDAD EJECUTADA (SI/NO) | FECHA DE EJECUCIÓN |
Ejemplo: difusión radial, educación en: junta de vecinos, establecimientos educativos, funcionarios, entre otros.
6.- MODIFÍQUESE la cláusula SEXTA en lo que respecta a lo siguiente:
Para el indicador 3, se solicitará que en cada corte (julio y diciembre) cada comuna envíe un Informe de Evaluación del Programa Fondo de Farmacia 2022, en base al formato tipo ya entregado desde DSSVQ, el cual debe ser enviado mediante Ordinario por el Director de Departamento o Corporación correspondiente.
7.- MODIFÍQUESE la cláusula SEPTIMA en lo que respecta a lo siguiente: La evaluación del programa se efectuará en dos etapas:
La primera evaluación se efectuará con corte al 31 de julio del año 2022. De acuerdo con los resultados obtenidos en esta evaluación referida al Cumplimiento Global del Programa, se hará efectiva la reliquidación de la segunda cuota en el mes xx Xxxxxx, de acuerdo al siguiente cuadro:
Porcentaje Cumplimiento Global del Programa | Porcentaje de Descuento de Recursos, 2º Cuota del 30% |
≥= 60,00% | 0% |
Entre 50,00% y 59,99% | 25% |
Entre 40,00% y 49,99% | 50% |
Entre 30,00% y 39,99% | 75% |
Menos del 30% | 100% |
El Municipio se compromete a enviar la Rendición Financiera del Programa Fondo de Farmacia de forma mensual mediante conducto regular, es decir en papel, con las firmas y en el formato correspondiente, entregando los antecedentes del mes en curso dentro del plazo correspondiente, del mes siguiente. Dicha información deberá ser enviada al Referente de Rendiciones Financieras Xx. Xxxxxx Xxxxxxx.
La Rendición Financiera deberá realizarse en los términos previstos en el artículo 26 de la resolución N°30 de 2015, de la Contraloría general de la república, que fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas.
Adicionalmente, el Servicio de Salud podrá de la suma de la segunda cuota, si fuere el caso, descontar el monto valorizado de los medicamentos, que hayan sido entregados como préstamo al Municipio con cargo al stock crítico de manejo del Servicio de Salud respectivo, si el Municipio en su oportunidad, no hubiese reintegrado las especies entregadas como préstamo ante situaciones de quiebre de stock o reclamos, situación que deberá ser acreditada con las correspondientes actas.
La segunda evaluación y final, se efectuará al 31 de Diciembre, fecha en que el Programa deberá tener ejecutado al 100% de las prestaciones comprometidas. Con la excepción de quienes tengan distribución de RRHH, caso en que se podrá ejecutar el recurso hasta el primer trimestre del año 2023, entiéndase 31 xx xxxxx de 2023.
Esta evaluación podrá tener incidencia en la asignación de recursos del siguiente año.
8.- MODIFÍQUESE la cláusula OCTAVA en lo que respecta a lo siguiente:
El Municipio tendrá la posibilidad de efectuar evaluación y proyección de gastos durante el mes xx xxxxxx del año 2022, en caso de asegurar la disponibilidad y el acceso oportuno de medicamentos incorporados al Programa Fondo Farmacia a diciembre del año 2022 y, se cuente con recursos no ejecutados, estos podrán ser utilizados en proyectos enmarcados dentro de los objetivos de dicho programa:
o Mejorar adherencia al tratamiento farmacológico
o Mejorar acceso y almacenamiento de medicamentos, (habilitación de bodega o droguería, adecuación de farmacia, equipamiento (aire acondicionado, estantería), entre otros).
o Implementación y fortalecimiento de la Atención farmacéutica.
Estos proyectos deberán contener la siguiente información, y ser presentados en formato ad-hoc previamente al Referente Técnico del SSVQ para su autorización:
o Nombre del Equipo ejecutor
o Antecedentes o descripción del problema (descripción problema de interés dentro de un contexto, con el objeto de poder deducir su importancia, máximo una hoja)
o Referencias
o Objetivos (expresar con claridad los objetivos, máximo una hoja)
o Metodología Propuesta de Mejora (de qué manera se alcanzarán los objetivos propuestos)
o Requerimientos solicitados (con las características específicas de lo que se necesita, descripción, características técnicas, cantidad, presupuesto estimado o monto que se utilizaría).
o Proyección de gastos Programa FOFAR al mes de diciembre 2022.
El proyecto deberá ser ejecutado a la brevedad una vez autorizado, con plazo máximo de ejecución diciembre del año 2022.
Al finalizar el periodo de vigencia del convenio, si la Municipalidad mantuviere recursos sin utilizar, estos deberán ser devueltos al Servicio según informe finiquito elaborado por Unidad de Convenios SSVQ.
9.- MODIFÍQUESE la cláusula DECIMO TERCERA en lo que respecta a lo siguiente:
El presente convenio tendrá vigencia desde la fecha de su total tramitación hasta el 31 de diciembre del año 2022.
La rendición de cuentas, es decir, gastos ejecutados con anterioridad a la total tramitación, será aceptada dado que el Programa Fondo de Farmacia corresponde a un programa de continuidad.
10.- ESTABLÉCESE que el Servicio deberá velar por la correcta utilización de los fondos traspasados acto que fiscalizará a través de la Unidad de Rendiciones de la Dirección de Atención Primaria y por el Departamento de Auditoria del S.S. de ser requerido. Sin prejuicio de lo anterior, estas trasferencias de recursos que rigen por las normas establecidas en la Xxxxxxxxxx Xx 00 xxx 0000 xx xx Xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx, que dispone la obligación
de rendir cuenta mensual de los recursos transferidos, dentro de los quince primeros días hábiles administrativos del mes siguiente al que se informa, la cual deberá ser ingresada a plataforma Sistema de Rendiciones Electrónicas de Cuentas SISREC de la Contraloría, a fin de determinar la correcta inversión de los fondos otorgados y el cumplimiento de los objetivos previstos en la ley o en el acto que ordena la transferencia entre el Servicio de Salud y la Ilustre Municipalidad. Considerar además que no cumplir con esta normativa significará no transferir los recursos financieros del respectivo periodo.
11.- AUTORÍCESE la prórroga del convenio desde el 01 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre del año 2022. Finalizado el período de vigencia los fondos transferidos, pero no utilizados en el programa objeto de este instrumento, deberán ser restituidos al Servicio, como lo indique el finiquito, lo que deberá realizarse a más tardar dentro de los 90 días hábiles posteriores a la emisión de la resolución del finiquito.
Sin perjuicio de esto, el presente programa podrá extender su funcionamiento hasta el 31 xx xxxxx del año siguiente, previa evaluación y autorización del referente técnico del programa.
12.- DÉJESE constancia en cuanto que a la prórroga del convenio que en este acto se ha autorizado se le aplican todas las normas expresadas en el convenio suscrito con fecha 01 de enero de 2021 y en la Resolución Exenta N° 1321 del 11 xx xxxxx de 2021 que lo aprueba.
PERSONERÍA: La facultad y personería del Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Director del Servicio de Xxxxx Xxxx del Mar – Quillota, para dictar resoluciones, están contenidos en el Decreto con Fuerza xx Xxx Nº 1/2005, que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Ley Nº 2763/79 y de las Leyes Nº18.469 y Nº18.933, conjuntamente, con los Decretos Supremos Nº140/2004 y 26/2020, ambos del Ministerio de Salud.
ANOTESE, REGISTRESE Y COMUNIQUESE,
X. XXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR
SERVICIO DE XXXXX XXXX DEL MAR – QUILLOTA
EU.CHB/CA.GFT/aeg.
Resolucion comuna Zapallar Int.90
Correlativo: 742 / 08-02-2022
Documento firmado por:
Nombre | Establecimiento | Cargo |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx | DIRECCIÓN SSVQ | Director Servicio Salud |
Documento visado por:
Nombre Establecimiento Cargo | ||
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | DIRECCIÓN SSVQ | Enfermera |
Xxxxxxxx Del Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | DIRECCIÓN SSVQ | Profesional Y Técnico Universitario |
Verificar: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxx.xx/
Folio: 1FR-D5U-T5T
Código de verificación: 7WN-4YB-Q3M