CONTRATO DE OBRA PUBLICA No. CDUM-002-2016
CONTRATO DE OBRA PUBLICA No. CDUM-002-2016
OBJETO: | “OBRA PUBLICA PARA LA CONSTRUCCCION XX XXXXX DE PROTECCION EN GAVIONES EN LOS SECTORES XXX XXXXXX SAN XXXXXXX XXXXXXX 39, XXXX SAN XXXXXXX XXXXX XXXXXX 00 X 00X XXXXXX XXXXX XXXXXX CALLE 19, BARRIO BUENOS AIRES, LA CAMPESINA XXXX LA VARIANTE Y CONSTRUCCION PUENTE PEATONAL BARRIO SAN XXXXXX, CABECERA MUNICIPAL SAN XXXXXXX XXXXXXX” |
TIPO DE CONTRATO: | OBRA PUBLICA |
MODALIDAD DE SELECCIÓN: | CONTRATACION DIRECTA – CALAMIDAD PUBLICA – URGENCIA MANIFIESTA |
CONTRATANTE: | MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX |
CONTRATISTA: | ASIRCON CONTRATISTAS S.A.S |
VALOR DEL CONTRATO: | TRESCIENTOS CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE PESOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE PESOS M/L ($305.748.327,57 M/L). |
DURACIÓN: | CUARENTA Y CINCO (45) DIAS CALENDARIOS |
SUPERVISOR: | SECRETARIO DE PLANEACION MUNICIPAL |
Entre los suscritos, XXXXXXX X. XXXXXX XXXXX, mayor de edad, Representante Legal del Municipio de San Xxxxxxx (Bolívar), en su calidad xx Xxxxxxx Municipal, identificado con la Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xx. 0.000.000 xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxx (Xxxxxxx) y quien para los efectos del presente contrato se denominará EL MUNICIPIO, por una parte y, por la otra XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad, identificado con la Cédula de Ciudadanía No.73.105.897 expedida en Cartagena (Bolívar), quien actúa en nombre y representación de la empresa ASIRCON CONTRATISTAS S.A.S, identificada con el NIT 806009404-3 quienes para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente Contrato de Obra Civil, previas las siguientes consideraciones: 1. Que el Municipio de San Xxxxxxx (Bolívar), es una entidad territorial dotada de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargado en virtud del artículo 311 de la Constitución Política de prestar los servicios públicos, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo territorial dentro del ámbito de su jurisdicción, promover la
participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la constitución y las leyes. 2. Que mediante Decreto 143 de fecha 10 de noviembre de 2016, se decretó la Calamidad Pública para la atención inmediata que a traviesan los corregimientos, veredas y parte de la zona urbana del municipio de San Xxxxxxx Xxxxxxx, a raíz del recrudecimiento del fenómeno de La Niña reflejado en la ola invernal que sufre la región caribe para esta época y que de manera específica ha impactado de manera negativa en el municipio de San Xxxxxxx (Bolívar), a causa del crecimiento y desbordamiento de los cauces de los arroyos y caños que atraviesan la mayor parte del territorio. 3. Que como consecuencia de lo anterior, mediante Decreto No. 152 de fecha 23 de noviembre de 2016, se declaró la Urgencia Manifiesta en el municipio de San Xxxxxxx, Bolívar. 4. Que la Secretaria de Planeación Municipal ha identificado producto del fenómeno de la niña que está sufriendo la región caribe, que los niveles xx xxxxxxx y canales de la zona constantemente se encuentran en incremento, no limitándose a su cauce normal, en especial los arroyos San Xxxxxxx, xxxxxx Rastro, xxxxxx Gato, xxxxxx Tumba Burro, xxxxxx La Variante - San Xxxxxx, cuerpos hídricos de mayor longitud de la zona y que a su paso por la jurisdicción del municipio de San Xxxxxxx Xxxxxxx, han causado estragos en las vías, carreteras, bienes, casas, etc., de los habitantes de cada uno de los sectores, ya que de acuerdo a su cauce rodean las vías en varias intersecciones obstaculizándose el transito normal a la cabecera municipal. 5. Que EL MUNICIPIO realizó de conformidad con la Ley, los estudios y documentos previos necesarios para la determinación de la necesidad y la consecuente realización del presente contrato. 6. Que de conformidad con la información contenida en la oferta de servicios realizada por el Contratista, observamos que el mismo cuenta con la idoneidad y experiencia requerida para ejecutar de manera cumplida el objeto contractual. 7. Que existe dentro del presupuesto de la entidad la disponibilidad presupuestal necesaria para la presente contratación, de acuerdo con el certificado de disponibilidad presupuestal anexo. 8. Que de acuerdo al artículo 66 de la Ley 1523 de 2012 las obras relacionadas directamente con las actividades de respuesta, rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en situación de desastre o calamidad pública, se contratan bajo los requisitos y formalidades dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, bajo la contemplación de las clausulas excepcionales de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 a 18 de la ley 80 de 1993. 9. Que conforme al artículo 2, numeral, literal a) de la Ley 1150 de 2007, por estar
enmarcada la presente contratación en un caso de urgencia manifiesta, se contratara de manera directa. 10. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones se celebra el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO. “OBRA PUBLICA PARA LA CONSTRUCCCION XX XXXXX DE PROTECCION EN GAVIONES EN LOS SECTORES XXX XXXXXX SAN XXXXXXX XXXXXXX 39, XXXX SAN XXXXXXX XXXXX XXXXXX 00 X 00X XXXXXX XXXXX XXXXXX CALLE 19, BARRIO BUENOS AIRES, LA CAMPESINA XXXX LA VARIANTE Y CONSTRUCCION PUENTE PEATONAL BARRIO SAN XXXXXX, CABECERA MUNICIPAL SAN XXXXXXX XXXXXXX”. PARAGRAFO:
ESPECIFICACIONES TECNICAS: Las condiciones técnicas del objeto que se pretende contratar están dadas por los siguientes ítems y cantidades:
1 | OBRAS A REALIZAR EN INMEDIACIONES DEL BARRIO SAN XXXXXX Y VEREDA TUMBA BURRO | ||||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UN | CANT. | V. INIT. | V. TOTAL |
1.1 | Comisión Topográfica | Mes | 1,00 | $ 3.369.650,00 | $ 3.369.650,00 |
1.2 | Excavación y adecuación de ladera de terreno | m3 | 80,00 | $ 95.612 | $ 7.648.960,00 |
ESTRUCTURA EN CONCRETO | |||||
1.3 | Gaviones | M3 | 65,73 | $ 298.837,00 | $ 19.642.556,00 |
1.4 | Relleno con material seleccionado cabecera xxx xxxxxx | M3 | 117,00 | $ 100.724,00 | $ 11.784.708,00 |
1.5 | Retiro del material | M3 | 117,00 | $ 27.016,00 | $ 3.160.872,00 |
1.6 | Zapatas en concreto de 3000 psi | M3 | 6,40 | $ 683.835,00 | $ 4.376.544,00 |
1.7 | subbase granular -Spe=0,25 mts | M3 | 3,20 | $ 190.408,00 | $ 609.306,00 |
1.8 | Suelo cemento Esp=0,10mts | M3 | 2,40 | $ 196.521,00 | $ 471.650,00 |
1.9 | Aletas en concreto Rígido MR 38 kg/ cm2 e=0,25 mts | M3 | 7,50 | $ 635.166,00 | $ 4.763.745,00 |
1.10 | Xxxxx xx xxxxxxxx | KG | 2.100,00 | $ 4.971,00 | $ 10.439.100,00 |
1.11 | Losa en metaldeck xxxxx 00 | M2 | 13,50 | $ 136.178,00 | $ 1.838.403,00 |
1.12 | Baranda metálica tubería de 1 1/2" | ML | 16,00 | $ 240.195,00 | $ 3.843.120,00 |
1.13 | Limpieza general | GL | 1,00 | $ 491.920,00 | $ 491.920,00 |
SUB TOTAL COSTO DIRECTO | $ 72.440.534,00 | ||||
2 | OBRAS A REALIZAR EN LA XXXXXXX 00 XXXXX XXXXX 00 X XXXXXX XXX XXXXXXX XXX XXXXXX XXXXXXXXXX. | ||||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UN | CANT. | V. INIT. | V. TOTAL |
2.1 | Limpieza del área a intervenir | GL | 1,00 | $ 200.000,00 | $ 200.000,00 |
2.2 | Localización y replanteo | M2 | 100,00 | $ 2.550,00 | $ 255.000,00 |
2.3 | Excavación en terreno común | M3 | 60,00 | $ 23.375,00 | $ 1.402.500,00 |
2.4 | Construcción gaviones triple torsión | M3 | 400,00 | $ 182.500,00 | $ 73.000.000,00 |
2.5 | Placa de concreto e=0,05 | M2 | 40,00 | $ 39.520,00 | $ 1.580.800,00 |
2.6 | Relleno material del sitio | M3 | 150,00 | $ 18.187,00 | $ 2.728.050,00 |
SUB TOTAL COSTO DIRECTO | $ 79.166.350,00 | ||||
3 | OBRAS A REALIZAR EN LA XXXXX 00X XXXXX XXXXXXX 00 X XXXX XXX XXXXXXX XXX XXXXXX XXXXX ALEGRE | ||||
3.1 | Limpieza del área a intervenir | GL | 1,00 | $ 200.000,00 | $ 200.000,00 |
3.2 | Localización y replanteo | M2 | 60,00 | $ 2.550,00 | $ 153.000,00 |
3.3 | Excavación en terreno común | M3 | 50,00 | $ 23.374,00 | $ 1.168.700,00 |
3.4 | Construcción gaviones triple torsión | M3 | 340,00 | $ 182.500,00 | $ 62.050.000,00 |
3.5 | Relleno material del sitio | M3 | 50,00 | $ 18.187,00 | $ 909.350,00 |
SUB TOTAL COSTO DIRECTO | $ 64.481.050,00 | ||||
4 | OBRAS A REALIZAR EN INMEDIACIONES DE LOS BARRIOS LA CAMPESINA I Y II, DIECISIETE DE OCTUBRE Y A LOS CORREGIMIENTO DE LAS PALMAS | ||||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UN | CANT. | V. INIT. | V. TOTAL |
1.1 | Limpieza del área a intervenir | GL | 1,00 | $ 150.000,00 | $ 150.000,00 |
1.2 | Localización y replanteo | M2 | 30,00 | $ 2.550,00 | $ 76.500,00 |
1.3 | Excavación en terreno común | M3 | 20,00 | $ 23.375,00 | $ 467.500,00 |
1.4 | Construcción gaviones triple torsión | M3 | 90,00 | $ 182.500,00 | $ 16.425.000,00 |
1.5 | Relleno material del sitio | M3 | 30,00 | $ 18.187,00 | $ 545.610,00 |
SUB TOTAL COSTO DIRECTO | $ 17.664.610,00 | ||||
COSTO TOTAL DIRECTO | $ 233.752.544,00 | ||||
Administración 20% | $ 46.750.508,80 | ||||
Imprevisto 5% | $ 11.687.627,20 | ||||
Utilidad 5% | $ 11.687.627,20 | ||||
TOTAL A. I. U. 30% | $ 70.125.763,20 | ||||
IVA 16% Sobre utilidad | $ 1.870.020,35 | ||||
TOTAL COSTO DE OBRAS | $ 305.748.327,57 |
SEGUNDA: VALOR: El valor total estimado del contrato será hasta por la
suma de TRESCIENTOS CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE PESOS CON CINCUENTA Y SIETE
CENTAVOS DE PESOS M/L ($305.748.327,57 M/L), este valor incluye IVA, los costos directos e indirectos derivados de la ejecución del contrato. TERCERA: PLAZO DE EJECUCION: El plazo será de cuarenta y cinco (45) días, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y la
posterior firma del acta de inicio correspondiente. CUARTA: IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. El Municipio de San Xxxxxxx, Bolívar, cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 592 del 01 de diciembre de 2016. Fuente de Financiación: Gastos de Inversión, Sector: Propósito general, Subsector: Inversión forzosa. Programa: mejoramiento de Vías, Rubro: Mejoramiento de vías urbanas y rurales, Por valor de $305.748.327,57, expedido por el jefe de presupuesto de San Xxxxxxx (Bolívar), con cargo al Presupuesto de la Vigencia Fiscal 2016. QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA desarrollará las siguientes actividades específicas: Son obligaciones del contratista. 1. Deberá realizar las obras de mantenimiento y adecuación establecidas en las especificaciones técnicas consignadas en el parágrafo del artículo primero del presente contrato. 2. Deberá sufragar por su cuenta la totalidad de los gastos que ocasionen los análisis y pruebas de materiales que sean necesarias para comprobar la calidad de las obras ejecutadas o contratadas. 3. Responder por la estabilidad y buen funcionamiento de las obras a su cargo y por la buena calidad de los materiales empleados en ella. 4. Una vez terminadas las obras, el contratista deberá retirar del sitio de los trabajos los deshechos y sobrantes y transportarlos al lugar apropiado aprobado por la Supervisión. 5. Deberá conseguir oportunamente todos los materiales que se requieran y mantener cantidad suficiente para no retrasar los trabajos. 6. Obrar con lealtad y buena Fe. 7. Cumplir con el pago y acreditación de los valores correspondientes al sistema integral de seguridad social. SEXTA: DOCUMENTOS. Hacen parte integral del presente contrato, la propuesta presentada por el contratista, la presente minuta, el estudio y documento previo, El diagnóstico realizado por el municipio de la situación de Calamidad Pública – Urgencia Manifiesta, el Certificado de Disponibilidad Presupuestal, el Registro Presupuestal y demás documentos que se desarrollen en la ejecución del presente contrato. SEPTIMA. SEGURIDAD SOCIAL. El contratista y el personal que utilice en la ejecución del contrato, deben estar afiliados al régimen contributivo de seguridad social (Salud E.P.S., Fondo de Pensiones y Riesgos Laborales) El Supervisor deberá velar por el cumplimiento de esta obligación legal. OCTAVA. INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con absoluta autonomía y no estará sometido ni él ni las personas que él designe en la ejecución a subordinación laboral con EL MUNICIPIO y sus derechos se limitarán de acuerdo con la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la entidad CONTRATANTE y al pago de los valores
acordados por la prestación del servicio. NOVENA. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. Queda claramente entendido que no existe ni existirá relación laboral alguna entre EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA, o el personal que utilice en la ejecución del objeto del presente contrato. DECIMA. SUPERVISIÓN. EL MUNICIPIO verificará la ejecución y el cumplimiento de las tareas, actividades y obligaciones desarrolladas por EL CONTRATISTA por intermedio del SECRETARIO DE PLANEACION MUNICIPAL. DECIMA
PRIMERA. LUGAR DE CUMPLIMIENTO. El lugar de cumplimiento de las relaciones contractuales será el Municipio de San Xxxxxxx (Bolívar), en la zona rural, específicamente en las vías prenombradas en el objeto contractual. DÉCIMA SEGUNDA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del
contrato se sujetara a los términos de la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007.
DÉCIMA TERCERA. CESIÓN DEL CONTRATO. EL CONTRATISTA no podrá
ceder el presente contrato sin la previa autorización escrita del MUNICIPIO. DECIMA CUARTA. GARANTÍA ÚNICA. Para la presente contratación la entidad estatal exigirá las siguientes garantías establecidas en las disposiciones especiales del Decreto 1082 de 2015, a saber; A) El buen manejo e inversión del anticipo, por una cuantía equivalente al ciento por ciento (100%), del valor del mismo y con una vigencia igual al plazo del contrato y hasta su liquidación, es decir, hasta los 4 meses siguientes al vencimiento del plazo del contrato. B) De cumplimiento del contrato, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y hasta la liquidación del contrato, es decir, hasta los 4 meses siguientes al vencimiento del plazo del contrato. C) El pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que el contratista haya de utilizar para la ejecución de este contrato, por el Equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del mismo, con vigencia igual al plazo del contrato y tres (3) años más. D) Estabilidad y calidad de la obra: El valor de dicho amparo es equivalente al 5% del valor del contrato. Su vigencia será por el término de dos (2) años contados a partir del recibo a satisfacción de la obra. Lo anterior, toda vez que se tiene conocimiento por parte de la entidad contratante que las compañías aseguradoras del país, tienen por política unificada no expedir garantías para cubrir este amparo por el término de (5) años, sino por un término menor, debido a la naturaleza del objeto contractual que puede verse afectado fácilmente por condiciones exógenas y climáticas, ajenas a las condiciones de calidad y la voluntad del hombre. E) Responsabilidad civil extracontractual: El CONTRATISTA,
también constituirá una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extra contractual por daños a terceros, por daños a sus bienes, por lesión o muerte, producidas por actos u omisiones del CONTRATISTA, equivalente al 10% del valor del contrato, durante la ejecución del contrato, el cual en ningún caso podrá ser inferior a 200 SMLV. Estas pólizas deberán permanecer vigentes durante toda la duración del contrato. DÉCIMA QUINTA. CLAUSULA DE INDEMNIDAD. El contratista mantendrá indemne al Municipio de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes DECIMA SEXTA. CLAUSULAS EXCEPCIONALES: Se entienden pactadas conforme a lo previsto en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993. DECIMA SEPTIMA. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: MULTAS. El MUNICIPIO se
reserva el derecho a imponer multas al CONTRATISTA por el incumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo establecido en la normatividad vigente sobre la materia. DECIMA OCTAVA: TERMINACIÓN. El presente contrato se dará por terminado por mutuo acuerdo entre las partes o en forma unilateral por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, o por cualquiera de ellas. DÉCIMA NOVENA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL
CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento que NO se encuentra incurso en las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Ley 80 de 1993 y artículo 18 de la Ley 1150 de 2007. VIGESIMA. PERFECIONAMIENTO,
LEGALIZACIÓN Y EJECUCION. El presente contrato se perfecciona con el acuerdo entre las partes sobre el objeto y la contraprestación y que este se eleve a escrito. Para efectos de su legalización la entidad estatal expedirá el correspondiente registro presupuestal. Y para su ejecución se requiere de la existencia de las disponibilidades correspondientes y la aprobación de la garantía exigida, en caso de ser requerida. VIGESIMA PRIMERA. GASTOS LEGALES Y PUBLICACION. Los gastos que demande la legalización del presente contrato correrán por cuenta de EL CONTRATISTA. La entidad publicará el contrato en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –el SECOP y no se requerirá publicación en la Gaceta Municipal, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 223 del Decreto 019 de 2012. XXXXXXXX XXXXXXXX SEGUNDA: DOMICILIO. Para los efectos legales del presente contrato, las partes acuerdan como domicilio el Municipio de San Xxxxxxx (Bolívar).
Para mayor constancia se firma el presente CONTRATO DE OBRA PUBLICA en el Municipio de San Xxxxxxx, Bolívar, a los seis (06) días del mes de diciembre de 2016.
XXXXXXX X. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
ALCALDE MUNICIPAL Rep. Legal CONTRATISTA