PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y OTROS AUXILIARES DEL EDIFICIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DE ALMERÍA.
MINISTERIO
DE EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
P.A. 2/2017
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y OTROS AUXILIARES DEL EDIFICIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DE ALMERÍA.
ANEXOS.
I.- Edificio objeto de este contrato y Relación de personal adscrito al servicio.
1.- OBJETO DEL SERVICIO:
Este documento describe las prescripciones técnicas relativas a las especificaciones en cuyo marco se deberá desarrollar la prestación del servicio de vigilancia y otros auxiliares del edificio de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en Almería, sita en Xxxx. Xxxx xx Xxxx, 000, 00000 Xxxxxxx. Su contenido, modulado por las mejoras que pudiera ofertar el adjudicatario, tiene carácter contractual y de obligado cumplimiento, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), B.O.E. nº 276 de 16 de noviembre de 2011.
2.- ÁMBITO DE ACTUACIÓN
Entran dentro del ámbito de actuación de este servicio, el edificio propiedad de Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Almería, sobre el que tiene responsabilidad de mantenimiento.
La relación y extensión del edificio públicos objeto del contrato viene descrita en el Anexo I. 3.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato del servicio de vigilancia en el edificio de la Dirección Provincial xxx XXXX, será de un año, desde el día 1 de enero al día 31 de diciembre de 2017 o desde la formalización del contrato si esta fuese posterior, sin posibilidad de prórroga.
4.- IMPORTE DEL CONTRATO
El presupuesto máximo de licitación del presente contrato asciende a la cuantía de CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS EUROS (41.400,00), IVA incluido.
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El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Se entenderá que todos los gastos que se originen para los licitadores y el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego, así como los tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes serán a cargo de los mismos.
5.- FACTURACIÓN.
Mensualmente, la empresa adjudicataria presentará la factura con la parte correspondiente al importe anual del contrato, con el pertinente desglose. La Subdirección Provincial de Gestión Económica y Recursos, deberá dar su conformidad a la factura, dando fe de que los trabajos se han realizado de acuerdo a lo exigido en el pliego de prescripciones técnicas y a lo ofertado por la propia empresa.
A cada factura, que se referirá a meses vencidos, deberá acompañar la documentación acreditativa del personal que ha trabajado en el mes facturado (TC1 y TC2), de forma que quede constancia del número de trabajadores que vienen componiendo la plantilla mes a mes, así como de las variaciones de ésta.
Cada factura, salvo algún contratiempo que pudiese dar lugar a un suplido o factura extraordinaria, será la doceava parte del importe anual del contrato incluido el 21% de IVA.
6.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO.
6.1.- El servicio de vigilancia y seguridad contará con rutinas de trabajo diario, no obstante, cada ofertante deberá presentar en su propuesta, un plan de seguridad donde se describan frecuencias, trabajadores a realizar cada trabajo, medios materiales, medios mecánicos, horarios.
Los vigilantes cumplimentarán diariamente un parte de incidencias.
6.2. Si, como consecuencia de alguna emergencia no prevista en este pliego de prescripciones técnicas, se planteasen nuevas necesidades puntuales, la Dirección xxx XXXX lo comunicará a la empresa adjudicataria, que deberá en el plazo de 24 horas siguientes de recibir el aviso, facilitar el personal suficiente para cubrir estos imprevistos.
6.3.- El personal destacado en los edificios deberá disponer del vestuario de trabajo desde el primer día de contrato. El órgano de contratación deberá dar el visto bueno al vestuario suministrado, pudiendo rechazar el mismo en caso de no considerarlo adecuado.
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6.4.- Como persona de contacto entre el responsable del contrato y la empresa adjudicataria existirá un interlocutor de dicha empresa, responsable del personal de vigilancia, quien controlará todas las operaciones de limpieza que se realicen, distribución de tiempos y de tareas.
El interlocutor estará obligado a conocer las instalaciones y los términos en que se desarrolla el Pliego de Prescripciones Técnicas, con el fin de aclarar cuantas dudas se planteen en la ejecución del mismo y vigilar el cumplimiento de las prescripciones establecidas.
6.5.- El servicio se prestará siempre por las mismas personas, salvo fuerza mayor, y requerirá comunicación previa a la Dirección Provincial xxx XXXX cualquier sustitución temporal. La incorporación de los sustitutos será inmediata de tal forma que no menoscabe ni se interrumpa el servicio de vigilancia contratado. Estas sustituciones serán realizadas por personal con similares características a los que habitualmente presten el servicio.
6.6.- La empresa adjudicataria queda expresamente obligada a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato relacionado con la instalación de los sistemas de seguridad xxx X.X.X.X.
7.- PERSONAL
7.1.- De acuerdo con el artículo 120 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo, el órgano de contratación, se adjunta en la clausula Anexo I la totalidad de personal adscrito a este servicio, modalidad de contratos, duración de la jornada y antigüedad en el servicio.
Las condiciones laborales del personal están sujetas a lo dispuesto en Estatuto de los Trabajadores, las normas legales sobre Seguridad Social y al vigente Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad 2012-2014, publicado en el BOE nº 99 de 25 xx Xxxxx de 2013 o aquel que le sustituya o haya sustituido.
7.2.- El adjudicatario ejercerá el control de supervisión del personal que preste el servicio de vigilancia, tanto en orden al debido desempeño de su cometido, como en lo que respecta a puntualidad y asistencia al trabajo. Durante los periodos de vacaciones, permisos, bajas y otras circunstancias similares, el adjudicatario estará obligado a mantener el servicio en las condiciones y requisitos que se recogen en este Pliego, para lo cual deberá sustituir al personal afectado por tales contingencias y a notificar a la Subdirección de Gestión Económica y Recursos xxx XXXX de Almería los nombres de las personas sustituidas y de las que sustituyen, así como el periodo de sustitución.
7.3.- Dicho personal depende exclusivamente del adjudicatario, que es el responsable de todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario, con arreglo a la legislación laboral y social vigente en cada momento, sin que en ningún caso pueda el citado personal esgrimir derecho alguno en relación con el SEPE, ni exigirle responsabilidad de ninguna clase como consecuencia de las relaciones
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existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores, aún en el supuesto de que las medidas que adopte, incluso despido, se basen en el incumplimiento, interpretación y otros efectos del contrato.
7.4.- El SPEE podrá exigir del adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias o no se comporte con la diligencia precisa en la realización del desempeño de su cometido.
8.- COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES.
La empresa adjudicataria del servicio deberá realizar una evaluación de riesgos al inicio del contrato y establecer un plan de prevención de riesgos laborales específico para el servicio y el ámbito de actuación del contrato. A partir de aquí, deberá formar a sus trabajadores y seguir el plan de prevención a través de un responsable técnico, según lo previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 171/2004.
La empresa adjudicataria, de acuerdo con el plan de prevención de riesgos laborales que establezca, estará obligada a proporcionar a sus trabajadores de todos los equipos que requieran aquellas actividades a realizar y de la formación necesaria en esta materia de prevención de riesgos laborales.
Las empresa adjudicataria deberá cumplir con todo lo previsto en su sector por la reglamentación vigente de prevención de riesgos laborales, estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias, en especial todo lo relativo a los principios de la acción preventiva (Art. 15 de la Ley 31/1995), información a los trabajadores (Art. 18 de la Ley 31/95), formación de los trabajadores (Art. 19 de la Ley 31/1995), equipos de trabajo y medios de protección (Art. 17 de la Ley 31/1995), recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores, o suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir, para su labor en el Servicio Público de Empleo), según lo establecido en el Art. 41 de la Ley 31/1995. Asimismo, las empresas licitadoras deberán satisfacer lo que corresponda en cuanto al Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997 de 17 de enero y sus posteriores modificaciones Real Decreto 780/1998 y R.D. 604/2006).
Una vez resuelto el procedimiento de contratación, la empresa adjudicataria deberá asumir los compromisos siguientes:
1.- Informar, antes de comenzar los trabajos y durante el desarrollo de los mismos, respecto a los posibles riesgos que afecten al personal del Servicio Público de Empleo Estatal, o a los trabajadores de otras empresas concurrentes, como consecuencia de las operaciones o trabajos que haya de realizar su personal.
2.- Garantizar que los trabajadores de la empresa adjudicataria que presten servicio en las dependencias xxx XXXX, tengan la formación necesaria en la prevención de riesgos para los trabajos concretos a desarrollar. Los trabajadores que utilicen máquinas que específicamente requieran formación para manipularlas deberán estar en condiciones de presentar en cualquier momento la documentación acreditativa de haber efectuado los cursos correspondientes, o disponer de las licencias o carnés profesionales en vigor, conforme a la reglamentación aplicable. Los trabajadores de la empresa adjudicataria que vayan a prestar servicio en las dependencias xxx XXXX, dispondrán del certificado de aptitud respecto a la vigilancia de la salud.
3.- Proveer a las personas que designe para la realización de los trabajos objeto de la presente licitación de cuantos equipos de trabajo, herramientas y Elementos de Protección Individual (EPIs) sean necesarios, recomendados, o exigidos para desarrollar los trabajos previstos.
La maquinaria, equipo técnico, útiles, herramientas y demás material que aporte la empresa adjudicataria y sea necesario para efectuar el trabajo objeto del presente procedimiento de contratación deberá disponer de las certificaciones necesarias, cumpliendo todos los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, incluyendo sus manuales de utilización y fichas de seguridad.
4.- Designar los recursos preventivos para su presencia en el centro de trabajo xxx XXXX, cuando sea necesario conforme establece la Ley 54/2003 de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995), el R.D. 39/1997 y su posterior modificación por el R.D. 604/2006.
5.- Cumplir y hacer cumplir, toda la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales y en concreto:
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 39/1197, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención.
Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en obras de construcción.
Real Decreto 171/2004, de 30 de enero que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de la Ley 54/2003, de 12 de noviembre de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
9.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS
9.1.- SERVICIO DE VIGILANCIA:
Servicios de vigilancia y seguridad mediante vigilante jurado, uniformado y dotado de equipos reglamentarios
Xxxxxxx: Durante todos los días laborables a razón de 8 horas diarias de forma ininterrumpida, comprendidas entre las 7,15 y las 15,15 horas.
La Dirección Provincial del INEM podrá modificar el anterior horario según convenga, en cada momento y las necesidades que puedan surgir en el futuro, así como el lugar de prestación del servicio.
La Empresa se comprometerá a prestar al SPEE, mediante el referido personal, con carácter meramente enunciativo y no excluyente, las siguientes misiones:
Ejercer la vigilancia de carácter general.
Proteger tanto las personas como las propiedades y toda clase de instalaciones y bienes.
Evitar la comisión de toda clase de hechos delictivos e infracciones obrando en consecuencia y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes cuando aquellos se hubieran cometido.
Cuando así se les requiera, procederán a la retirada de pancartas, pasquines u otros elementos que se coloquen en los edificios, en el recinto o en las zonas exteriores de influencia.
Intervenir, evitar y colaborar en evitación y extinción de incendios, siniestros y accidentes en general.
Poner de inmediato en conocimiento de su empresa cualquier incidente relacionado con las misiones encomendadas anteriormente y evitar la comisión de cualquier hecho delictivo o atentatorio contra la propiedad, tomando las medidas más urgentes y petición de auxilio que las circunstancias aconsejen e informarán en el plazo máximo de 24 horas siguientes por escrito al SPEE de las anomalías que ocurran durante el servicio.
Realizará cualquier otra clase de funciones o misiones que, dentro de la legislación vigente el SPEE pueda indicar por escrito en cada caso a la empresa, a lo que esta deberá dar su conformidad.
En caso de incidencias en el servicio, la empresa adjudicataria presentará en el plazo de las 24 horas siguientes, informe escrito detallando las mismas, dirigido al Director Provincial xxx XXXX.
No intervenir en problemas de tipo laboral o político de la entidad donde se presta el servicio, siempre que la alteración vaya en deterioro de la integridad de los bienes y personas de la entidad.
Control y registro de visitantes, sin que en ningún caso pueda retener su documentación personal.
Apertura y cierre de las instalaciones al público.
Encendido y apagado, cuando proceda, de las instalaciones eléctricas en el edificio objeto del contrato previa instrucción de su manejo.
Control de correspondencia y paquetería, comprendiendo el examen y revisión de bultos y equipos utilizando el escáner xx xxxxx X, previa instrucción de su manejo, así como la correspondiente estampación del sello que se facilitará al efecto, acreditativo de su realización.
Control de llaves del edificio.
Rescatar a quienes puedan quedar atrapados en los ascensores en caso de avería, para lo cual deberán haber recibido la formación adecuada por la empresa adjudicataria.
Manejo e interpretación de la Central de alarma y/o incendios existentes en el edificio.
Intervenir en labores de auxilio y colaboración activa con los servicios de prevención en desalojos y evacuaciones y colaborar en situaciones de extinción de incendios, averías, inundaciones, incidentes eléctricos y cualquier otro siniestro en general.
• Acudir a la sede de la Dirección Provincial, cuando se le requiera, para desconectar, conectar y resetear la Central de alarmas, fuera del horario habitual y hasta las 22:00 horas de lunes a viernes.
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El vigilante habrá de actuar con la iniciativa y resolución que las circunstancias requieran, evitando la inhibición o pasividad, no pudiendo negarse sin causa que lo justifique, a prestar aquellos servicios que se ajusten a las funciones propias del cargo, de acuerdo con las disposiciones reguladoras de la seguridad privada.
9.2.- EQUIPAMIENTO DEL VIGILANTE
Placa Insignia del vigilante.
Título o nombramiento del cargo.
Uniforme reglamentario homologado por la Dirección de Seguridad del Estado.
Equipo de radio conectado con la central de la empresa, con objeto de atender las necesidades de los vigilantes en el momento de ser requeridos o conectar con las fuerzas del Orden Público en caso de necesidad, así como detectores de metales.
Cualquier otro elemento necesario para el correcto funcionamiento del servicio.
9.3.- DIETAS, TRANSPORTE, ABSENTISMO Y SUSTITUCIONES
Correrán totalmente por cuenta de la empresa adjudicataria y estará incluido en el precio ofertado en el
Anexo I (modelo de proposición económica) xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
10.- SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA SOBRE ESCANER DE INSPECCIÓN DE PAQUETERIA LINESCAN 222.
La empresa adjudicataria está obligada a efectuar, por sí o por empresa debidamente autorizada e inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad de la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior el servicio de asistencia técnica del escáner que hay en la Dirección Provincial xxx XXXX de Almería con las siguientes características:
Se realizara una visita anual que deberá realizarse en el primer semestre del año, al objeto de realizar todas las verificaciones y comprobaciones sobre los parámetros y elementos del sistema, relacionadas con la seguridad radiológica del equipo y de acuerdo con la normativa establecida para asegurar las condiciones de seguridad frente a la emisión de radiaciones ionizantes.
Las revisiones se realizarán por servicio técnico especializado que deberá avisar previamente para acordar el día y la hora aproximada de las mismas.
En el servicio estarán incluidos todos los gastos, dietas y desplazamientos del personal y las piezas averiadas y que se hayan de sustituir cuyo valor sea inferior a 200 €.
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De la revisión se realizará un informe técnico del que se facilitará una copia al SEPE.
11.- CENTRAL DE ALARMAS Y VIDEOVIGILANCIA
La empresa adjudicataria, salvo que el SEPE lo realice por sus propios medios, conectará por sí o por empresa debidamente autorizada, todos los sistemas de seguridad, sean antirrobo, antiincendios etc., instalados en la Dirección Provincial xxx XXXX de Almería con su central receptora de alarmas, proporcionando un control exhaustivo las 24 horas sobre las instalaciones protegidas y acudirá a las dependencias en caso de alarma para verificar y/o confirmar, o no, la misma iniciando el protocolo de actuación preceptivo en caso de alarma confirmada.
12.- INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES.
La no sustitución del vigilante, se penalizará con la cantidad de 220 € / día.
La no realización del servicio de asistencia técnica sobre escáner de inspección de paquetería linescan 222 anual queda valorada en: 1.100,00 €.
13.- AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS.
La empresa adjudicataria deberá estar en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias para desarrollar el servicio y poder extender las certificaciones oportunas ante los organismos públicos competentes.
El adjudicatario del contrato tramitará todos los permisos necesarios a las Administraciones correspondientes para todas aquellas actuaciones en las que se requieran, asumiendo los costes de las mismas.
Con todo lo anteriormente expuesto y las especificaciones contenidas en los anexos que se acompañan, se considera suficientemente concretado el presente Pliego para la contratación del servicio de vigilancia de las dependencias del Servicio Público de Empleo Estatal en Almería para el ejercicio 2015.
Almería a 29 xx xxxxxx de 2016 EL DIRECTOR PROVINCIAL
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxx Xxxxx
ANEXO I
LOCALIDAD | UBICACIÓN | DESTINO | SUPERFICIE APROX. |
ALMERÍA | XXXX. XXXX XX XXXX, 000 | Dirección. Provincial | 2000 m2 |
RELACIÓN DE PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO DE VIGILANCIA DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL XX XXXX EN ALMERIA
CATEGORIA | TIPO DE CONTRATO | JORNADA SEMANAL | ANTIGÜEDAD |
VIGILANTE | INDEFINIDO | COMPLETA | 01/2/2000 |