N° de Contrato: V1 Versión: 20 deseptiembre de 2022 CATCosto Anual Total TASA DE INTERÉS ANUAL MONTO DE LA LÍNEA DE CRÉDITO MONTO TOTAL A PAGAR COMISIONES Montos y Cláusulas Para fines informativos y de comparación0 % 0% Tasa de Interés Moratorio: 36...
CARÁTULA DEL CONTRATO QUE REGULA EL USO DE LA TARJETA
N° de Contrato: V1 Versión: 20 de septiembre de 2022 | ||||
CAT Costo Anual Total | TASA DE INTERÉS ANUAL | MONTO DE LA LÍNEA DE CRÉDITO | MONTO TOTAL A PAGAR | COMISIONES |
Montos y Cláusulas | ||||
Para fines informativos y de comparación 0 % | 0% Tasa de Interés Moratorio: 36 % | Pesos mexicanos | Estimado según el contrato | Por apertura 0 Por prepago 0 Por cobranza 0 Otras 0 |
Metodología de cálculo de interés: Si el saldo no es cubierto al término de cada periodo, se aplicará una comisión por pena por pago extemporáneo equivalente a 0% anual sobre el saldo insoluto. Posteriormente se aplicarán cargos por concepto de intereses ordinarios a una tasa anual ordinaria, calculada sobre una base de 360 días, del 0% más I.V.A. | ||||
Plazo del crédito: 1 mes | ||||
Monto Incluye IVA, por lo que pueden existir pequeñas variaciones en cada pago Fijo o Variable | Cuándo se realizan los pagos Los primeros 5 días hábiles de cada mes | |||
“Incumplir con tus obligaciones te puede generar el cobro de comisiones e intereses ordinarios y moratorios” "Cuide su capacidad de pago, generalmente sus pagos por créditos no deben de exceder en conjunto del 35% de sus ingresos periódicos, los costos por xxxx son muy elevados". “Si piensa realizar un pago con la Tarjeta por arriba de los consumos normales, sugerimos informárnoslo previamente y evitar algún contratiempo.” |
“Los cargos a pagar en moneda extranjera que se convierten en Moneda Nacional pueden variar conforme al comportamiento de la moneda, índice o referencia, por lo que el monto a pagar es incierto, lo que puede implicar un mayor riesgo para la Empresa.” |
La aceptación de esta Carátula conlleva la aceptación de los términos y condiciones del Contrato adjunto, así como de las Disposiciones Regulatorias, por parte del Acreditado. |
Dudas, aclaraciones y reclamaciones a Jeeves: Para cualquier duda, aclaración o reclamación, favor de dirigirse con Jeeves a: Denominación social: JVS Inc. México, S.A. de C.V. RFC: JIM2008318M7 Domicilio: Plaza Villa de Madrid 1, Jeeves Piso 10 Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx XX 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx Correo electrónico: xxxxx@xxxxxxxxx.xxx Página de internet: xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/ |
Estado de cuenta: Periodicidad mensual ◯Consulta vía internet |
[Nombre y Firma de Aceptación] |
CONTRATO QUE REGULA EL USO DE LA TARJETA (el “Contrato”) que celebran, por una parte, la entidad comercial otorgante de la línea de crédito y emisora de la tarjeta de crédito cuya denominación, domicilio social y clave del Registro Federal de Contribuyentes aparecen en la Carátula (“Jeeves”), por otra parte, la sociedad que actúa como acreditada en el presente Contrato, y que es usuario de la plataforma de Jeeves según lo establecido en el Acuerdo de Programa, habiendo registrado debidamente su denominación social, domicilio, Administrador y clave del Registro Federal de Contribuyentes al darse de alta como usuario (el “Usuario” y, en lo sucesivo, Jeeves y el Usuario referidos conjuntamente como las “Partes”) de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara Jeeves, por medio de su representante, que:
1) Es una sociedad anónima de capital variable, constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, y se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio.
2) Se encuentra debidamente inscrita ante el Registro Federal de Contribuyentes (“RFC”)
con el número de registro señalado en la Carátula del presente Contrato.
3) Sus representantes legales cuentan con facultades suficientes para celebrar el presente Contrato.
4) Su domicilio es el señalado en la Carátula del presente Contrato.
5) Es titular de la plataforma informática accesible por medio de una aplicación móvil para teléfonos inteligentes y por conducto del portal de Internet señalado en la Carátula del presente Contrato.
II. Declara la Empresa por su propio derecho, que:
1) Es una sociedad mercantil constituida de conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles y que estará debida y continuamente organizada como tal según las leyes de su jurisdicción.
2) El Administrador cuenta con todas las facultades necesarias para la celebración del presente Contrato, las cuales no le han sido modificadas o revocadas en ninguna forma.
3) Que su RFC y su domicilio son los señalados al momento de registrarse como usuario en la plataforma de Jeeves.
4) Que es su deseo solicitar a Jeeves la apertura de una línea de crédito, conforme a lo señalado en el presente Contrato.
5) Que Jeeves le informó, previo a la firma de este Contrato, de los derechos y obligaciones contraídos, así como el contenido del Contrato.
6) Que la Empresa y los Usuarios no participan ni participarán en Actividades Prohibidas.
Con lo anterior, las Partes reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que actúan y convienen en sujetarse a las siguientes:
PRIMERA. Definiciones. Las Partes convienen que, para efectos de interpretación y cumplimiento de las obligaciones consignadas en el presente Contrato, las palabras utilizadas con mayúscula inicial en este documento tendrán el significado que se les atribuye en esta Cláusula o en cualquiera de las secciones de este documento, según sea el caso, en el entendido de que los términos definidos en singular incluirán el plural y viceversa.
"Acuerdo de Programa" se refiere al Acuerdo de Programa de Jeeves, el cual rige el uso y suministro de los servicios de Jeeves a La Empresa y cuyos términos son aceptados por La Empresa al enviar una Solicitud para abrir una Cuenta, mismo que se podrá actualizar o reemplazar al publicar una versión actualizada en Nuestra página de internet.
"Administrador" significa la persona autorizada por la Empresa para celebrar este Contrato a su nombre, administrar la Cuenta y establecer Usuarios y/o Usuarios Suplementarios.
"Administrador Adicional" significa aquella(s) persona(s) que sean autorizadas por el Administrador para efectos de administrar la Cuenta y establecer Usuarios.
"Afiliada" significa cualquier entidad que controla, es controlada por, o está bajo control común con la parte relevante, incluidas sus subsidiarias;
“Carátula” significa el documento que contendrá las comisiones y tasas de interés,
metodología de cálculo aplicable al producto contratado.
“Canales” tiene el significado que se le atribuye en la Cláusula Décima Tercera del presente
Contrato.
“Cargo(s)” significa(n) cualquier transacción que El Usuario realice con La Tarjeta o que de cualquier otra forma se cargue a la Cuenta de La Tarjeta, incluyendo compras, comisiones, cuotas, intereses, impuestos y cualquier otra cantidad que El Usuario y/o La Empresa están obligados a pagarnos en términos de la Cláusula Décima del presente Contrato.
"Código(s)" significa su (i) Número de Identificación Personal (NIP); (ii) contraseñas en línea;
(iii) códigos de acceso o “passwords” a nuestra página de Internet, a la aplicación u otros canales digitales; y (iv) cualquier otro código o método de autenticación establecido para su uso en su Cuenta, según lo especificado por Nosotros de vez en cuando.
“Contrato” significa el presente Contrato que regula el uso de la Tarjeta.
“Contactless” tiene el significado que se le atribuye en la Cláusula Sexta del presente Contrato.
"Cuenta" Se refiere a la Cuenta creada para la Empresa al amparo del presente Contrato y que podrá incluir una o más Cuentas de Tarjeta Corporativa.
o "Cuenta(s) de Tarjeta Corporativa" significa cualquier número de cuentas que se mantengan por la Empresa y estén asociadas con La(s) Tarjeta(s) y a la que se realizarán los Cargos.
"Cuenta Vinculada" significa cualquier cuenta a nombre de la Empresa abierta con una institución financiera y respecto de la cual autoriza a Jeeves cobrar directamente el pago de Estados de Cuenta.
“Digital Wallet” significa tecnología de una billetera digital.
“Empleado” significa la persona física que presta sus servicios a La Empresa, y/o cualquier persona que ha sido autorizado por ésta, para que Jeeves le emita La Tarjeta a su nombre para que pueda realizar los Cargos a la Cuenta de La Tarjeta siempre que correspondan a Gastos Empresariales, en los términos establecidos en este Contrato.
"Establecimientos" significa cualquier compañía, firma u cualquier otra organización que acepte las Tarjetas Jeeves como medio de pago por bienes y/o servicios ofrecidos por estos, también identificados como Establecimientos afiliados.
"Estado(s) de Cuenta" significa el documento que emitimos y le enviamos de conformidad con lo señalado en la cláusula Décima Séptima respecto de la Cuenta de La Tarjeta por el periodo de facturación. El Usuario está de acuerdo en consultar su Estado de Cuenta en nuestra página de internet xxxxx://xxx.xxx-xxxxxx.xxx/, para lo cual deberá solicitar su inscripción a los servicios en línea que ofrecemos a través de nuestra página, siguiendo las instrucciones que se establecen en la misma. Asimismo, El Usuario está de acuerdo en crear una identificación de usuario, así como una clave de acceso o “password” para poder consultar su Estado de Cuenta de forma segura.
“Fecha Límite de Pago” tiene el significado que se le atribuye en la Cláusula Décima del
presente Contrato.
"Gasto(s) Personal(es)" significan los Cargos realizados a la Cuenta de La Tarjeta emitida a un Empleado y que la Empresa nos notifique en términos de la cláusula Décima Tercera numeral 15.3, que: (i) no corresponden a Gastos Empresariales legítimos que hayan sido autorizados por ésta última, por tratarse de gastos de naturaleza personal y los cuales no benefician a la Empresa; o bien (ii) hayan sido realizados por los Empleados en contravención a sus políticas internas y en incumplimiento a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato.
"Gasto(s) Empresarial(es)" significan: (i) aquellos gastos operativos de la Empresa y/o que sean en beneficio de ésta; (ii) gastos de representación; (iii) cualquier otro tipo de gasto que sea realizado por los Empleados de la Empresa de acuerdo con sus políticas y que les hayan sido autorizados por ésta última y (iv) cualquier gasto realizado a la cuenta de Las Tarjetas respecto de los cuales la Empresa no hubiere notificado a Jeeves que no corresponden a Gastos Empresariales por considerarse de naturaleza personal que hayan sido realizados por los Empleados, en términos de lo señalado en la cláusula Décima Tercera.
“Intereses Ordinarios” significa los intereses generados sobre los Cargos que El Usuario haya dispuesto de la Línea de Crédito al utilizar La(s) Tarjeta(s) que se encuentran reflejados en las Cuenta(s), los cuales se calcularán según la tasa de interés ordinaria establecida en la Carátula, la cual es una tasa anual calculada de manera diaria sobre una base de 360 días al año.
“Intereses Moratorios” significa los intereses generados sobre los Cargos que El Usuario haya dispuesto de la Línea de Crédito al utilizar La(s) Tarjeta(s) reflejados en las Cuenta(s), las cuales al no pagarse a tiempo ya sea por retraso o por ausencia de pago, generarán intereses moratorios según la tasa de interés moratoria establecida en la Carátula, la cual es una tasa anual calculada de manera diaria sobre una base de 360 días al año.
"La(s) Tarjeta(s)", “Tarjeta” y/o "La(s) Tarjeta(s) Empresarial(es)" significa(n) cualquier Tarjeta Empresarial Jeeves en su modalidad de tarjeta con emisión de plástico o sin plástico si así está
disponible para el producto seleccionado y/o bien, cualquier medio de pago que Nosotros emitamos para que El Usuario pueda realizar Cargos a la Cuenta de La Tarjeta.
“La Empresa” significa la persona moral que ha celebrado el Contrato con Nosotros para la emisión de Las Tarjetas y por quien los Usuarios Suplementarios están autorizados a incurrir en Gastos Empresariales con La Tarjeta.
“La Tarjeta(s) Suplementaria(s)” significa aquellas tarjetas emitidas conforme a la Cláusula
Décima Segunda del presente Contrato.
“Línea de Crédito” tiene el significado que se le atribuye en la Cláusula Novena del presente
Contrato.
“Actividades Prohibidas” significa la lista de actividades y tipos de negocios que se encuentran prohibidos para efectos de que la Empresa firme y mantenga la vigencia del presente Contrato. El listado de Actividades Prohibidas podrá ser actualizado en cualquier momento por Jeeves mediante notificación a la Empresa a través de cualquier medio.
“NIP” significa Número de Identificación Personal.
“Nosotros” o “Jeeves” significa la entidad de Jeeves que se señala en la Carátula del presente
Contrato.
"Nuestro(s)", significa perteneciente o correspondiente a Jeeves.
“Pagarés” o “Notas de Cargo”, significan los vouchers a través de los cuales se documentan los Cargos que realizan los Usuarios con Las Tarjetas o cualquier documento que se emita por el Establecimiento para hacer constar la operación con la Tarjeta, ya sea que estos se generen por transacciones con Tarjeta presente o bien, sin Tarjeta presente y que se refieran a operaciones mediante el uso de Códigos para autorizar los Cargos de acuerdo a la forma en que se hubiere realizado la compra de bienes y/o servicios.
"Solicitud" significa el formulario que ha sido completado por El Usuario y que forma parte integral de este Contrato.
“SPEI” significa la infraestructura de pagos del Banco de México denominado Sistema de
Pagos Electrónicos Interbancarios.
“Tarjeta”, significa la(s) tarjeta(s) de crédito que sean emitidas al amparo del presente
Contrato.
“Uso no Autorizado” tiene el significado que se le atribuye en la Cláusula Décima Tercera del
presente Contrato.
“Usuario(s)”, Cualquier empleado, contratista, agente, representante u otras personas
autorizadas a utilizar una Tarjeta conforme al presente Contrato.
SEGUNDA. - Aceptación De Este Contrato. Los términos y condiciones establecidos a continuación, junto con la Carátula y la Solicitud respectivos, conforman el Contrato de Adhesión que regula el uso de los servicios de la Tarjeta de Jeeves (en lo sucesivo identificados conjuntamente como el “Contrato”).
Al registrarse para una Cuenta, el Usuario o La Empresa acepta que dicho registro constituye una firma electrónica y que dicho consentimiento electrónico tendrá los mismos efectos
legales que la firma autógrafa de conformidad con el artículo 89 y demás aplicables del Código de Comercio. A través de la firma electrónica en este Contrato, el Usuario o La Empresa acepta la contratación de medios electrónicos y el servicio electrónico a través de nuestra aplicación móvil mediante el cual el Usuario o La Empresa podrá realizar operaciones y Nosotros nos obligamos a prestarle los servicios financieros a través del uso de medios electrónicos que pongamos a disposición del Usuario o La Empresa.
Al firmar la Solicitud correspondiente, El Usuario y La Empresa reconoce(n) y acepta(n) sujetarse a los términos y condiciones que regulan el uso de La Tarjeta de Jeeves que ha seleccionado, bajo la modalidad de tarjeta con emisión de plástico o sin plástico según esté disponible esta última modalidad en el producto seleccionado.
Si Nosotros realizamos cualquier modificación a este Contrato, se considerará que El Usuario y La Empresa los aceptaron sujeto a la sección de "Modificaciones" de este Contrato.
Le solicitamos que lea en forma completa este Contrato y que lo conserve para su referencia, el cual en todo caso estará disponible para consulta en Nuestra página de internet.
Asimismo, El Usuario y La Empresa podrán consultar términos, condiciones y demás características de La Tarjeta en nuestra página de internet señalada en la Carátula.
Sujeto a los términos del presente Contrato y bajo nuestra aprobación financiera y de riesgo, Nosotros podremos emitirle a La Empresa, una o varias tarjetas. Asimismo, la Empresa nos podrá solicitar que emitamos una o varias Tarjetas en favor de sus Empleados bajo su misma Cuenta; dichas personas a quienes se les emitan tales Tarjetas serán denominados Usuario(s).
TERCERA. - Emisora de la Tarjeta. La entidad emisora de La Tarjeta, cuya denominación social, domicilio social, Registro Federal de Contribuyentes y página de Internet se señalan en la Carátula del presente Contrato, es una sociedad mercantil debidamente constituida y existente bajo las leyes de la República Mexicana.
CUARTA. - Partes Del Contrato. Este Contrato crea una relación jurídica entre El Usuario, La Empresa y Nosotros por virtud de la cual, la Empresa se obliga a pagar el importe de todos los Cargos que se facturen a las Cuentas asociadas a Las Tarjetas que se le emitan a La Empresa y/o a sus Usuarios Suplementarios en términos del presente Contrato; lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la cláusula Décima Segunda del presente Contrato.
QUINTA. – Objeto Del Contrato. De conformidad con las disposiciones legales aplicables, El Usuario, podrá hacer uso de La Tarjeta para la compra de bienes y/o servicios en los Establecimientos afiliados, y Nosotros le prestaremos el servicio de pagar por su cuenta y a su Cargo, el monto de los bienes y/o servicios que El Usuario adquiera con La Tarjeta, en dichos Establecimientos, en el entendido de que los importes pagados a su nombre, deberán ser pagados a Nosotros, de conformidad con los términos y condiciones de este Contrato.
SEXTA. - Uso De La Tarjeta/Códigos.
a. El Usuario es la única persona que puede utilizar La Tarjeta ya que no es endosable ni transferible, por tal motivo, al recibir La Tarjeta, ésta deberá ser firmada por El Usuario y ninguna otra persona estará autorizada para utilizar La Tarjeta para realizar Cargos. El Usuario acepta utilizar La Tarjeta únicamente para realizar Cargos relacionados con Gastos Empresariales y de acuerdo con la política de la Empresa.
b. El Usuario acepta que no revenderá ni devolverá para obtener un reembolso en efectivo los bienes y/o servicios adquiridos con La Tarjeta; lo anterior no implica que El Usuario no pueda devolver cualquier bien a un Establecimiento para obtener crédito a su cuenta, si ese Establecimiento permite tales devoluciones. Nosotros nos reservamos el derecho a denegar la autorización de cualquier Cargo.
c. El Usuario acepta que un Cargo ha sido autorizado por El Usuario cuando presente La Tarjeta a un Establecimiento que acepte La Tarjeta como medio de pago y, además:
i) ingrese su NIP o firme un comprobante de papel emitido por el Establecimiento;
ii) proporcione su número de La Tarjeta y los detalles relacionados de La Tarjeta o Cuenta siguiendo las instrucciones del Establecimiento para procesar su pago, y cualquier otro método de autenticación o Código especificado por nosotros de vez en cuando, en el caso de compras en línea, por teléfono, Cargos automáticos o recurrentes o a través de cualquier otro dispositivo;
iii) celebre un acuerdo con un Establecimiento y El Usuario le dé su consentimiento para que el Establecimiento realice los Cargos acordados entre ustedes;
iv) autorice un Cargo sin contacto ("Contactless") pasando su Tarjeta por un lector de tarjetas sin contacto o autorice un Cargo solicitado a través de la tecnología de una billetera digital ("Digital Wallet");
v) dé su consentimiento verbal, o confirme su aceptación, de la totalidad o parte de un Cargo después de que se haya enviado el Cargo;
vi) haya recibido los bienes y/o servicios por parte del Establecimiento;
vii) cualquier otro método que a nuestra consideración nos permita confirmar que El Usuario ha realizado el Cargo.
d. El Usuario podrá consultar su saldo a través de la página de internet señalada en la Carátula.
e. El Usuario podrá hacer uso de la tecnología Contactless y Digital Wallet para poder pagar con La Tarjeta en los Establecimientos que tengan habilitados esta forma de pago. En el uso de tecnología Contactless se podrán definir montos máximos para Cargos que no requieran el uso de NIP para que sea autorizado el Cargo, mismos que serán dados a conocer al Usuario en la página de internet señalada en la Carátula.
f. Para prevenir un mal uso de La Tarjeta, El Usuario deberá asegurarse de:
● Firmar La Tarjeta inmediatamente al recibirla en el reverso de la misma.
● Conservar La Tarjeta en un lugar seguro en todo momento.
● Que tiene La Tarjeta bajo su posesión.
● No permitir que otra persona utilice La Tarjeta.
● Que La Tarjeta le sea devuelta cuando efectúe un Cargo.
● Nunca dar detalles de La Tarjeta a personas no autorizadas, con excepción de que la utilice bajo los términos de este Contrato.
g. Para proteger sus Códigos (incluyendo su NIP), El Usuario, deberá asegurarse en cada caso de:
● Memorizar sus Códigos.
● Destruir inmediatamente cualquier comunicación donde le informemos cualquiera de sus Códigos.
● No conservar ningún registro de sus Códigos con La Tarjeta o cerca de sus números de Cuenta.
● No proporcionar los Códigos a ninguna persona.
● No escoger algún Código que se pueda asociar fácilmente con su nombre, fecha de nacimiento o teléfono.
● Tener cuidado de que ninguna persona vea o tenga acceso a sus Códigos al utilizarlos.
h. El Usuario reconoce y acepta el carácter personal e intransferible de Las Tarjetas, así como la confidencialidad del NIP, obligándose a firmar de inmediato Las Tarjetas para prevenir el mal uso de las mismas. Nosotros le entregaremos el NIP en forma separada a la Tarjeta, o bien, podrá generarlo a través de los medios que para tales efectos pongamos a su disposición.
Por lo tanto, es de su exclusiva responsabilidad cualquier quebranto que pudieren sufrir como consecuencia del uso indebido que se llegare a hacer de Las Tarjetas o de los Códigos.
i. Las Tarjetas que se emitan bajo la modalidad de tarjeta con emisión de plástico, se entregarán desactivadas, y sólo podrán utilizarse una vez que El Usuario solicite expresamente su activación ya sea por medios electrónicos o cualquier otro medio que pongamos a su disposición y deberá asignar el NIP de su Tarjeta mediante alguno de los canales que Jeeves ponga a su disposición.
No procederán Cargos a la Cuenta de La Tarjeta en caso de que la misma no haya sido activada conforme a lo previsto en los párrafos anteriores, salvo que se trate de Cargos automáticos o recurrentes autorizados por El Usuario cuando se haya sustituido o reemplazado La Tarjeta.
j. El Usuario deberá documentar los Cargos que realicen con La Tarjeta mediante la suscripción de Pagarés o Notas de Cargo, documentos incondicionales de pago a la vista, uso de los Códigos para autorizar los Cargos o cualesquiera otro que para tal efecto se utilicen internacionalmente y que llegare a corresponder en cada ocasión, según fuere requerido en los Establecimientos, salvo que se realicen a través de cajeros automáticos u otros equipos o sistemas automatizados autorizados. El Usuario en este acto nos faculta para destruir los pagarés y/o las notas de Cargo suscritas, una vez que hayamos contabilizado él o los Cargos correspondientes.
Lo anterior no será aplicable al programa “Firma en Expediente”, por el cual El Usuario queda autorizado a hacer Cargos por teléfono, por correo, aplicaciones (“Apps”) o por internet, sin tener que firmar las Notas de Cargo. Cada vez que usted haga Cargos bajo el programa “Firma en Expediente”, el Establecimiento insertará las palabras “Signature on File” o “Firma en Expediente”, en la línea reservada para la firma en las notas de Cargo. En estos supuestos, El Usuario, deberá autorizar en forma previa al Establecimiento por escrito o a través de medios electrónicos que el Establecimiento ponga a su disposición, que éste realice Cargos a la Tarjeta
mediante este programa. El Usuario acepta y conviene en pagar todos los Cargos relacionados y hechos a través de este programa, en los mismos términos pactados en este Contrato para cualquier Cargo.
k. Asimismo, tratándose de operaciones en las que El Usuario no presente La Tarjeta cuando realice otro tipo de operaciones por teléfono o a través de Internet, se entenderá que la operación fue solicitada por El Usuario, cuando los bienes y/o servicios adquiridos se entreguen o presten, según corresponda, en el domicilio que El Usuario tenga registrado con Nosotros.
En caso de que los servicios no se entreguen o presten conforme al párrafo anterior, Nosotros podemos convenir con el Establecimiento los procedimientos para verificar que la persona que solicitó la operación es El Usuario; en caso de que El Usuario no hubiere sido la persona que realizó la operación, El Usuario podrá objetar el Cargo que considere improcedente conforme al procedimiento previsto en la cláusula Vigésima Cuarta.
l. El Usuario nos autoriza en este acto a descontar, ceder, negociar o de cualquier otra forma transmitir los pagarés y/o las notas de cargo u otros documentos relacionados con los Cargos, endosándolos en propiedad o en procuración, en su caso, a favor de terceras personas.
SÉPTIMA. – Usos Permitidos Y No Permitidos De La Tarjeta.
I. USOS PERMITIDOS DE LA TARJETA:
a. El Usuario es la única persona autorizada para utilizar La Tarjeta y deberá hacer uso de la misma en los términos previstos en la presente cláusula, así como con lo establecido en la cláusula Sexta, y utilizarla de buena fe únicamente para fines relacionados con el giro o negocio de la Empresa. La Tarjeta se le emite únicamente para la compra de bienes y/o servicios que estén relacionados con Gastos Empresariales de La Empresa y/o autorizados por ésta última conforme a sus políticas.
Cuando dichas aplicaciones para dispositivos móviles sean proporcionadas por un tercero, El Usuario acepta y reconoce expresamente que Jeeves no es responsable de su funcionamiento y que estará sujeta a los términos y condiciones correspondientes los cuales no están previstos en el presente Contrato. Asimismo, reconoce que la aceptación de los términos y condiciones de dichas aplicaciones para dispositivos móviles es opcional, voluntaria y de su entera responsabilidad.
Es de su conocimiento que, al utilizar aplicaciones de terceros, la información que proporcione podrá ser utilizada por dicho tercero para todos los fines necesarios y que resulten como consecuencia del uso de la aplicación correspondiente, de conformidad con los términos y condiciones que haya aceptado y sean aplicables, incluyendo el uso de información correspondiente al detalle de las transacciones u operaciones realizadas mediante el uso de la aplicación. Por lo anterior, El Usuario libera a Jeeves de cualquier responsabilidad por el uso, fallas, suspensión o cancelación de la aplicación o por el uso de la información que haya proporcionado al tercero proveedor de la misma.
b. De conformidad con el acuerdo que tengamos celebrado con La Empresa, El Usuario podrá usar La Tarjeta para disponer de efectivo únicamente para Gastos Empresariales de La Empresa.
Nosotros pagaremos a los Establecimientos, por cuenta de El Usuario y con Cargo a la Tarjeta, ya sea directamente, o a través de instituciones emisoras de tarjetas de crédito pertenecientes a los sistemas nacionales o mundiales con los que celebremos convenios al efecto, según el caso, el importe que proceda por los bienes y/o servicios proporcionados a El Usuario por dichos Establecimientos, incluyendo impuestos, propinas y gastos diversos.
II. USOS NO PERMITIDOS DE LA TARJETA. El Usuario se abstendrá de realizar lo siguiente:
● Proporcionar su número de Cuenta a terceras personas o permitirles que utilicen La Tarjeta o su Cuenta asociada a La Tarjeta para la realización de Cargos, identificación o para cualquier otro propósito;
● Devolver bienes y/o servicios adquiridos con La Tarjeta para obtener un reembolso en efectivo;
● Utilizar la Tarjeta para obtener efectivo por parte de un Establecimiento;
● Utilizar La Tarjeta si la encuentra en forma posterior al aviso de pérdida o robo de ésta;
● Utilizar La Tarjeta si la misma ha sido suspendida o cancelada o bien, en forma posterior a la fecha de vencimiento de la vigencia de La Tarjeta;
● Utilizar La Tarjeta para propósitos ilícitos, incluyendo para la compra de bienes y/o servicios prohibidos por la legislación mexicana o en cualquier otro país en donde La Tarjeta sea utilizada;
● Utilizar la Tarjeta para adquirir bienes y/o servicios de un Establecimiento que La Empresa o cualquier tercero relacionado con La Empresa tenga alguna participación accionaria en la misma;
● Utilizar la Tarjeta para fines personales, domésticos o para cualquier otro propósito no relacionado con el negocio de la Empresa;
● Utilizar la Tarjeta en beneficio de cualquier individuo, organización o país donde esté prohibido por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, o que se encuentre bloqueado o sancionado, ya sea por las autoridades de los Estados Unidos Mexicanos o de los Estados Unidos de América, incluidos los identificados en la Oficina de Control de Activos Extranjeros de los Estados Unidos o cuyas actividades estén identificadas en nuestra Lista de Actividades Prohibidas a continuación que puede ser actualizada por Nosotros de vez en cuando.
OCTAVA. – Actividades Prohibidas.
Las siguientes entidades no pueden abrir o intentar abrir una Cuenta con, o utilizar los Servicios proporcionados por Jeeves conforme al presente Contrato:
● Entidades y personas incluidas en la lista de nacionales especialmente designados (SDN) publicada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros xxx Xxxxxx de los Estados Unidos de América (OFAC); y
● Entidades y personas identificadas para sanciones financieras integrales por el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América.
Las actividades listadas en la presente Cláusula se considerarán como Actividades Prohibidas, por lo cual en caso de que la Empresa se dedique a alguna de éstas no podrá abrir una Cuenta y Jeeves podrá terminar el presente Contrato, según lo establecido en la presente Cláusula.
Se considerarán Actividades Prohibidas:
● Venta de sustancias controladas de la Lista I con o sin una licencia farmacéutica, o venta de sustancias controladas de las Listados II-V sin una licencia farmacéutica, cuando dichos programas estén definidos por la Agencia de Control de Drogas (Drug Enforcement Agency, por sus siglas DEA) del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América;
● Producción, venta o distribución de marihuana;
● Producción, venta o distribución xx xxxxx, accesorios, municiones y otras armas;
● Juegos xx xxxx, apuestas, loterías, sorteos o juegos de suerte;
● Servicios de prostitución o escort;
● Venta de bienes o servicios falsificados o del "mercado gris" (Grey Market);
● Esquemas de enriquecimiento rápido, marketing multinivel o actividades que pueden considerarse actos o prácticas injustas, engañosas o abusivas (UDAAP);
● Uso de los Servicios de Jeeves para uso personal, doméstico familiar o cualquier uso no comercial;
● Actividades que son ilegales o que Jeeves, a su única discreción, identifica que representan un riesgo indebido; o
● Uso de los Servicios de manera incompatible o prohibida por el presente Contrato, según lo determine Jeeves a su exclusivo criterio.
Es posible que se solicite a las empresas que participan en ciertas actividades consideradas como “restringidas” puedan celebrar el presente Contrato, siempre y cuando proporcionen información o documentación adicional a satisfacción de Jeeves:
Para efectos del párrafo anterior se considerarán actividades restringidas las siguientes:
● Compra, venta o extracción de criptomonedas;
● Proveedores de servicios financieros, incluidos bancos o filiales bancarias, corredores de valores o transmisores de dinero; o
● Servicios profesionales que incluyen bufetes de abogados o firmas de consultoría.
La Empresa podrá comunicarse con Nosotros en caso de no estar seguro de ubicarse en alguno de los supuestos de Actividades Prohibidas o de que Jeeves le permita abrir una Cuenta debido a la naturaleza de su negocio o sus actividades.
La Empresa estará obligada a informar a Jeeves en caso de ubicarse en alguno de los supuestos contemplados en la lista de Actividades Prohibidas, así como de revisarla periódicamente para verificar que no se encuentra en alguno de los supuestos contenidos y actualizados en la misma.
En caso de que la Empresa nos notifique o Nosotros detectemos que la Empresa se encuentra en alguno de los supuestos contenidos en la lista de Actividades Prohibidas, Nosotros podremos terminar el Contrato y cancelar la Tarjeta o bloquear unilateralmente el uso de la Tarjeta en cualquier momento y la Empresa no tendrá derecho al reembolso de la parte proporcional de la cuota anual por parte de Jeeves.
Nosotros podremos notificar a la Empresa cuando la lista de Actividades Prohibidas sea actualizada de conformidad con lo establecido en la Cláusula Trigésima Primera sobre las comunicaciones.
Es responsabilidad del Usuario que La Tarjeta no sea utilizada para los fines antes mencionados; por lo anterior, la Empresa y sus Usuarios Suplementarios serán responsables de cualquier uso no permitido de La Tarjeta, aún en el supuesto de que Nosotros no prevengamos o suspendamos el uso prohibido y serán responsables del pago de todos los Cargos realizados con las Tarjetas, aún si permitieron a otra persona utilizar la Tarjeta.
NOVENA. - Límite Pre-Establecido De Cargos. La Cuenta de La Tarjeta tiene un límite de gasto preestablecido (la “Línea de Crédito”), por lo que cada Cargo es aprobado con base en su nivel de gastos e historial crediticio en todas las Cuentas que tengan establecidas con Nosotros, así como con nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o licenciatarias, su historial crediticio con otras instituciones financieras y sus recursos e ingresos que sean de Nuestro conocimiento. A efecto de acreditar lo anterior, Xxxxxxxx podremos solicitarle a la Empresa en cualquier momento, información correspondiente a la actualización de sus ingresos.
La Línea de Crédito podrá modificarse en cualquier momento por parte de Jeeves con o sin aviso a la Empresa o los Usuarios, incluidos aumentos o disminuciones temporales de los límites de gasto o reducción de los límites de gasto a $0.00.
No obstante lo anterior, podremos asignar en cualquier momento un límite mensual de gastos a la Cuenta y/o cualquier Tarjeta emitida, a petición de la Empresa.
DÉCIMA. - Cargos A La Tarjeta. Los Cargos que se realizan a la Cuenta de Las Tarjetas, podrán incluir de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:
a. El importe de los pagarés, notas de cargo, o cualesquiera otros documentos que se hubieren suscrito o generado de conformidad con lo dispuesto en este Contrato, en relación con la adquisición por cualquier medio (telefónicamente, internet o cualquier otro medio electrónico) de bienes y/o contratación de servicios en los Establecimientos, incluyendo los Cargos que se realicen en Establecimientos bajo el programa de meses sin intereses o bien tratándose de Cargos Automáticos o Cargos Recurrentes;
b. El importe de pagos rechazados o devueltos por Nosotros por cualquier causa, debiendo ser cubiertos en forma íntegra en la fecha límite de pago señalado en su Estado de Cuenta (en lo sucesivo “Fecha Límite de Pago”);
c. El importe de los Cargos por pago extemporáneo e intereses ordinarios que en su caso procedan de conformidad con lo dispuesto en el presente Contrato;
d. El importe de las comisiones aplicables en términos de la cláusula Décima Primera.
El Usuario está de acuerdo en notificarnos en forma inmediata del extravío o robo de La Tarjeta, o si sospechan que su Cuenta de La Tarjeta está siendo utilizada sin su consentimiento, de conformidad con lo estipulado en la cláusula Vigésima Sexta.
DÉCIMA PRIMERA. - Comisiones Aplicables. La Empresa se obliga a pagarnos las comisiones derivadas del uso de Las Tarjetas y/o por los servicios proporcionados cuyo monto y periodicidad se establece en la Carátula del presente Contrato.
Todas las comisiones son más I.V.A. y los montos o porcentajes de cada una de las comisiones podrán consultarse en la Carátula del presente Contrato.
La Empresa reconoce y acepta que Nosotros de conformidad con las disposiciones aplicables, le hemos informado en forma previa a la firma de este Contrato, el monto de las comisiones vigentes por los conceptos mencionados en esta cláusula, así como en la Carátula del presente Contrato.
La Empresa se obliga a pagarnos las cuotas anuales derivadas del uso de cualquier Tarjeta que se le emita a ella y a sus Usuarios Suplementarios cuya periodicidad y método de cálculo se establecen en la presente cláusula y en la Carátula del presente Contrato.
De acuerdo con lo anterior y con la firma de este Contrato, La Empresa manifiesta su consentimiento para que se apliquen las comisiones en la forma y términos señalados en el presente Contrato.
Nosotros le comunicaremos a través de los siguientes medios; mediante notificación por escrito, a través de un mensaje en su Estado de Cuenta, por medios electrónicos, como puede ser el correo electrónico proporcionado por La Empresa y por mensaje de texto o SMS a la información de contacto que nos proporcione La Empresa por conducto del Administrador, así como por medio de la página de Internet señalada en la Carátula, los incrementos al importe de las comisiones, así como las nuevas comisiones que se pretendan cobrar, por lo menos, con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha prevista para que éstas surtan efectos.
Sin perjuicio de lo anterior, La Empresa tendrá derecho a dar por terminado el presente Contrato en caso de no estar de acuerdo con los nuevos montos hasta 60 (sesenta) días naturales después de la entrada en vigor de dichas modificaciones, sin que Nosotros podamos cobrarle cantidad adicional alguna por este hecho, con excepción de los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que La Empresa solicite dar por terminado el servicio; lo anterior, de conformidad con lo establecido en las cláusulas Vigésima Séptima y Vigésima Octava del presente Contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. - Usuarios Suplementarios. En caso de que la Empresa nos lo solicite, por conducto del Administrador, y sujeto a los términos y condiciones aplicables que Nosotros le demos a conocer, podemos emitirle con cargo a su Cuenta, Tarjetas a nombre de los Empleados que la Empresa designe quienes deberán aceptar los términos y condiciones del Contrato y quienes serán denominados como Usuarios Suplementarios. Nosotros tenemos el derecho de limitar el número de Tarjetas Suplementarias emitidas a su cuenta, en caso de que no se cumplan los requisitos crediticios que tengamos establecidos para tales efectos.
La Empresa se obliga y es responsable de asegurarse que sus Empleados lean, entiendan y cumplan con los términos de este Contrato, incluyendo lo establecido en la Carátula, así como cualquier notificación y comunicación que les enviemos. Las Tarjetas Suplementarias pueden ser canceladas en cualquier momento, tanto por la Empresa como por Nosotros; en caso de cancelación de la Tarjeta, Nosotros le notificaremos de dicha situación al Usuario en los términos descritos en la cláusula Trigésima Primera.
Asimismo, la Empresa se obliga a recabar, resguardar y mantener en todo momento a disposición de Jeeves, los datos de identificación del (los) Usuario(s) Suplementario(s) que autorice en términos del presente Contrato, así como copia de sus documentos (identificación oficial vigente, comprobante de domicilio actualizado, en caso de que el domicilio manifestado no coincida con el de la credencial para votar del Usuario Suplementario; así como constancia de la clave única de registro de población (CURP) y de la firma electrónica avanzada, estas últimas sólo cuando cuente con ellas), para el supuesto de que Jeeves los requiera de forma directa o a petición de cualquier autoridad competente y deberá contar con el consentimiento de los Usuarios Suplementarios para proporcionar su información a Jeeves.
DÉCIMA TERCERA. - Responsabilidad de los Cargos. El Usuario y / o la Empresa serán responsables ante nosotros de los Cargos que sean realizados a la Cuenta de Las Tarjetas emitidas, de acuerdo con el tipo de responsabilidad que haya seleccionado la Empresa en la Solicitud o que la Empresa haya acordado de otra manera con nosotros por escrito o bien, que le sea aplicable por la naturaleza del producto contratado.
Responsabilidad por uso no autorizado:
“Uso No Autorizado” significa un Cargo que haya sido realizado por la Empresa, un usuario autorizado, Empleado y/o cualquier persona que: no corresponde a un Gasto Empresarial y que es contrario a las políticas de la Empresa o bien, fue realizado por un tercero no autorizado haciendo uso de los Códigos de las Tarjetas asignados por la Empresa y/o los Empleados de ésta última.
La Empresa a través del Administrador deberá avisar a Jeeves en forma inmediata a través de cualquiera de los siguientes Canales: al número de teléfono y correo electrónico señalados en la Carátula, o al número de teléfono, el correo electrónico, y datos de contacto que se mencionan en nuestro página de internet señalada en la Carátula (los “Canales”), cuando se presente la baja de algún Empleado al que se le hubiere emitido la Tarjeta para hacer el bloqueo de la misma y no permitir Cargos a la Cuenta de la Tarjeta posteriores a que sea recibida dicha notificación.
La Empresa también deberá dar aviso inmediato a Jeeves mediante los Canales antes señalados, en caso de que La Empresa realice el cambio y/o baja de un usuario autorizado que cuente con Códigos de acceso a la Cuenta de La Tarjeta de La Empresa, para que sean revocados los permisos de acceso otorgados a dicho usuario y no se permitan Cargos posteriores a la Cuenta de La Tarjeta de La Empresa.
La Empresa será responsable de los Cargos que se continúen realizando a la Cuenta de La Tarjeta(s) hasta en tanto no sea notificada la baja del Empleado y/o la revocación de los permisos otorgados al usuario autorizado en los términos señalados en el párrafo inmediato anterior.
DÉCIMA CUARTA.- Renovación Y Reemplazo De Las Tarjetas. La Tarjeta será válida dentro del periodo de validez que aparece grabado en la misma. El Usuario nos autoriza a enviarle, la renovación o reemplazo de La Tarjeta en forma previa a que expire la vigencia de la misma. El Usuario deberá destruir La Tarjeta que haya expirado cortándola por la mitad. El presente Contrato, así como sus modificaciones o adiciones, aplicará en sus términos y condiciones para cualquier renovación o reemplazo de Las Tarjetas que emitamos.
Asimismo, renovaremos anualmente la cuota por el uso de La Tarjeta a las tarifas que se encuentren vigentes y que le sean notificadas en forma previa.
DÉCIMA QUINTA. - Terminación Del Contrato Por Parte De Jeeves. Nosotros podemos terminar el Contrato y cancelar La Tarjeta o bloquear unilateralmente el uso de La Tarjeta en cualquier momento. Podemos hacer lo anterior ya sea que El Usuario haya incumplido o no el Contrato. Si cancelamos La Tarjeta y El Usuario no ha incumplido con el Contrato, le reembolsaremos a La Empresa la parte proporcional de la cuota anual y El Usuario deberá hacer el pago de los Cargos pendientes en la Fecha Límite de Pago establecida en el Estado de Cuenta, para estos efectos se harán exigibles todos los Cargos pendientes de facturarse, incluyendo aquéllos que correspondan a pagos diferidos o planes de meses sin intereses y cualquier saldo en la Cuenta pendiente de cubrirse.
Nosotros le informaremos de nuestra decisión de cancelar La Tarjeta o bloquear La Tarjeta, en un plazo no mayor a 5 (cinco) días naturales posteriores a la fecha en que se haya llevado a cabo la cancelación o bloqueo.
En caso de que cancelemos La Tarjeta o la dejemos expirar al no renovarla, o bien, si La Tarjeta deja de tener validez por cualquier otra razón, El Usuario queda obligado a devolvernos La Tarjeta, cuando así se le requiera, quedando obligado a pagarnos, todos los Cargos relacionados con dicha Tarjeta a más tardar en la Fecha Límite de Pago establecida en el Estado de Cuenta, incluyendo aquellos Cargos pendientes por facturarse, incluyendo aquéllos que correspondan a pagos diferidos y/o meses sin intereses.
El Usuario no deberá usar La Tarjeta con posterioridad a su expiración o cancelación. Autorización de Cargos.
Podemos solicitar que determinados Cargos sean aprobados en forma previa por Nosotros antes de que sean aceptados por los Establecimientos. Nosotros podemos negar la solicitud de autorización de un Cargo con base en nuestras políticas crediticias que tengamos establecidas, aún si la Cuenta de La Tarjeta no se encuentra en atraso.
En determinados casos, los Establecimientos pueden solicitar la autorización de Cargos en forma anticipada, el monto de la autorización será registrado como un Cargo regular. Por ejemplo, en los casos xx xxxxx de automóviles, el Establecimiento podrá solicitar en forma anticipada el Cargo total aproximado de la renta de un auto, lo que significa que el monto de dicho Cargo será considerado en la Cuenta de La Tarjeta.
DÉCIMA SEXTA. - La Tarjeta es de Nuestra Propiedad. No obstante que El Usuario puede utilizar Las Tarjetas para la compra de bienes y/o servicios, Las Tarjetas son y serán de nuestra propiedad en todo momento. Nosotros podemos requerirle que nos entregue Las Tarjetas en
cualquier momento, directamente o través de terceras personas en nuestra representación, incluyendo los Establecimientos. Para tales efectos le informaremos a través de los medios de comunicación establecidos en el presente Contrato el proceso que deberá seguir para su devolución. Asimismo, podremos informar a los Establecimientos que La Tarjeta ya no es válida.
DÉCIMA SÉPTIMA. - Estado De Cuenta. El Usuario está de acuerdo en consultar su Estado de Cuenta en la página de internet señalada en la Carátula del presente Contrato, para lo cual deberá solicitar su inscripción a los servicios en línea que ofrecemos a través de nuestra página, siguiendo las instrucciones que se establecen en la misma. Asimismo, El Usuario está de acuerdo en crear una identificación de usuario, así como una clave de acceso o “password” para poder consultar su Estado de Cuenta de forma segura.
Nosotros podremos enviarle dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx de La Tarjeta, a través de la dirección de correo electrónico que nos indique, un aviso informándole que su Estado de Cuenta se encuentra disponible en nuestra página de internet en donde podrá consultarlo cuantas veces lo considere necesario para poder realizar el pago de La Tarjeta en la Fecha Límite de Pago. El Estado de Cuenta se generará de forma mensual, de acuerdo con lo señalado en su Carátula e incluirá la información correspondiente según la normatividad aplicable.
El Usuario acepta no recibir dicho Estado de Cuenta en los meses en los que su cuenta de la Tarjeta no muestre movimiento alguno. La fecha xx xxxxx podrá ser consultada inicialmente por El Usuario en la Carátula del presente Contrato y posteriormente en su Estado de Cuenta, misma que no podrá variar sin previo aviso por escrito con treinta días hábiles de anticipación.
En caso de que La Empresa requiera modificar la fecha xx xxxxx de La Tarjeta, La Empresa deberá solicitárnoslo por escrito a través del Administrador con 30 (treinta) días hábiles de anticipación.
En caso de que no se hayan registrado movimientos en la cuenta durante el plazo de 6 (seis) meses, Nosotros podemos suspender el envío de los Estados de Cuenta, pero en todo caso, le enviaremos cuando menos una vez al año el Estado de Cuenta a través de los medios que hayamos pactado.
DÉCIMA OCTAVA. - Pagos de la Tarjeta. Todos los Cargos son exigibles desde la fecha en que emitamos el Estado de Cuenta, y deberán ser pagados a más tardar en la Fecha Límite de Pago identificada así en el propio Estado de Cuenta. Todos los pagos a efectuarse en cumplimiento de este Contrato deberán ser hechos en efectivo, con cheque, transferencia u otro instrumento de pago aceptable por Xxxxxxxx, a la orden de la entidad de Jeeves señalada en la Carátula del presente Contrato, o a la orden de cualquier otra persona que le indiquemos oportunamente.
Los pagos se tendrán por realizados en la fecha en que Xxxxxxxx recibamos efectivamente el pago, por lo que todos los títulos de crédito se recibirán salvo buen cobro. Todos los pagos se aplicarán siguiendo, sin excepción, el siguiente orden:
a) Cargos por intereses ordinarios más el impuesto correspondiente;
b) Cargo por comisión por pago tardío más el impuesto correspondiente;
c) Saldos vencidos;
d) Cargos por servicio más el impuesto correspondiente,
e) Comisiones por pago de cheque devuelto más el impuesto correspondiente; y,
f) Comisiones y cualesquiera otros Cargos realizados con La Tarjeta más el impuesto correspondiente
En caso de que la Cuenta de La Tarjeta tenga saldo a favor por concepto de los pagos realizados o por un crédito aplicado a La Tarjeta, la misma no generará intereses en favor de El Usuario y/o de la Empresa.
En caso de que los cheques que El Usuario nos presente para cubrir el pago de sus adeudos sean devueltos por el banco librado por causas imputables a El Usuario, tendremos el derecho de cargar la Comisión que se establece en la Carátula del presente Contrato.
DÉCIMA NOVENA. - Pagos Atrasados. Los Cargos realizados durante cada periodo mensual y que aparecen descritos en su Estado de Cuenta, no generaran intereses desde la fecha en que se hayan realizado y hasta la Fecha Límite de Pago. En el caso de que Nosotros no recibamos el pago de los Cargos realizados por El Usuario y/o La Empresa a más tardar en la Fecha Límite de Pago establecida en su Estado de Cuenta en que mensualmente dichos Cargos aparezcan, se cargará la tasa de interés moratorio señalada en la Carátula del presente Contrato por cada día hasta que se liquide el saldo total sobre saldos insolutos.
De conformidad con las disposiciones aplicables se establece en la Carátula del presente Contrato, el Costo Anual Total (CAT) para fines informativos y de comparación del financiamiento Flex Pricing, así como la tasa anual para Cargos en moneda nacional que aplican para el esquema de financiamiento Flex Pricing.
VIGÉSIMA. - Autorización de Cargos a la Cuenta Vinculada. La Empresa debe mantener al menos una Cuenta Vinculada en todo momento y mediante la aceptación de este Contrato reconoce y acepta que Jeeves pueda cobrar directamente de dicha Cuenta Vinculada el pago de los Estados de Cuenta, así como cualquier otro saldo o interés que corresponda conforme al presente Contrato.
La Empresa autoriza a Jeeves a cobrar los montos adeudados en virtud de este Contrato debitando fondos de las Cuentas Vinculadas en entidades financieras utilizando el SPEI, para lo cual se estará sujeto a las reglas de operación del SPEI.
Jeeves, una vez que cuente con la autorización correspondiente por parte de la Empresa, cargará a Cuentas Vinculadas todas las cantidades que la Empresa adeude en virtud de este Contrato. Si estos montos no se pueden cobrar a través del SPEI por algún motivo, la Empresa acuerda pagar inmediatamente todos los montos adeudados según las instrucciones de Jeeves. La Empresa también autoriza a Jeeves a debitar Cuentas Vinculadas inmediatamente, en cualquier fecha y sin aviso adicional, ni Notificación/Comunicación/Aviso cuando (a) el saldo total xxxxxxxx xx Xxxxxxx Vinculadas sea menor que cualquier saldo mínimo que se haya comunicado a la Empresa; o (b) Jeeves determine, a su exclusiva discreción, que la Empresa representa o puede representar un riesgo inaceptable para Jeeves o Terceros o que la Empresa ya no satisface los criterios crediticios utilizados para establecer el límite
de gasto de la Empresa.
Para retirar la autorización de cobro de una Cuenta Vinculada, la Empresa debe proporcionarle a Jeeves un aviso por escrito con 30 días hábiles de anticipación y pagar todos los montos adeudados en la Cuenta de inmediato, incluidos los cargos y otros montos que puedan incluirse en Estados de Cuenta futuros. El retiro de una autorización de cobro no es causal de terminación del presente Contrato ni la obligación de la Compañía de pagar todos los montos adeudados en virtud de este Contrato. La Empresa será responsable de todos los costos de cobros y daños bajo este Contrato si la Compañía no paga los montos adeudados.
VIGÉSIMA PRIMERA. - Facturación De Cargos. Todos los Cargos realizados con Las Tarjetas, ya sea que se hayan realizado en moneda nacional o que se hayan realizado en moneda extranjera fuera de territorio nacional, serán facturados en moneda nacional y se sujetarán a lo establecido en los incisos a) y b) siguientes.
a) CARGOS REALIZADOS EN MONEDA NACIONAL
Todos los Cargos que El Usuario contraiga en moneda nacional serán facturados y cobrados por Nosotros en esa misma moneda.
b) CARGOS REALIZADOS EN MONEDA EXTRANJERA FACTURADOS EN MONEDA NACIONAL
Los Cargos que El Usuario realice fuera del territorio nacional, se documentarán en la moneda extranjera que corresponda, y serán convertidos a moneda nacional conforme al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación.
VIGÉSIMA SEGUNDA. - Instrucción De Pagos De La Tarjeta. En términos de las disposiciones legales aplicables, El Usuario tendrá la facultad de autorizarnos para que los pagos que les corresponda realizar en cada Fecha Límite de Pago sean cargados en su totalidad o por el importe que nos indiquen, a las cuentas de cheques, ahorro o de inversión que El Usuario, tenga establecidas con cualquier institución de crédito. Para tal efecto, El Usuario, nos deberá proporcionar la información que le solicitemos de su cuenta de cheques, ahorro o de inversión para poder solicitar los pagos de la misma.
Dicha autorización podrá otorgarse por escrito o a través del uso de medios electrónicos, y Nosotros estamos facultados para conservar la misma en Nuestros registros, archivos y sistemas.
En caso de que la cuenta de cheques, ahorro o de inversión que El Usuario nos proporcione, no tenga fondos suficientes para cubrir el monto del saldo que El Usuario nos hayan indicado, El Usuario quedará obligado a realizar los pagos correspondientes a través de otros medios de pago, y en caso xx xxxx, se aplicará lo dispuesto en la cláusula Vigésima del presente Contrato.
VIGÉSIMA TERCERA. - Reemplazo De La Tarjeta. Nosotros podremos emitir un reemplazo de la Tarjeta si la misma se encuentra extraviada, robada, dañada, cancelada, renovada o bien intercambiada por un diferente producto .
Los Cargos Automáticos que hayan sido previamente autorizados por El Usuario para que Nosotros realicemos el Cargo a la Cuenta de La Tarjeta, cuando ésta sea reemplazada, continuarán realizándose automáticamente a la Cuenta de la Tarjeta que la haya reemplazado
sin requerir que El Usuario realice nuevamente registro alguno. Tratándose de Cargos Recurrentes, se podrán continuar recibiendo Cargos a la Cuenta de La Tarjeta en caso de que La Tarjeta sea reemplazada y siempre que el Establecimiento solicite la autorización del Cargo.
El Usuario será responsable por los Cargos Automáticos y/o Cargos Recurrentes que puedan continuar cargándose en su Cuenta desde una Tarjeta que ha sido reemplazada o cancelada. Los Cargos Automáticos y/o Cargos Recurrentes podrán ser automáticamente cargados a la nueva Tarjeta sin notificación previa a El Usuario.
Nosotros podremos (pero no estamos obligados a) informar a los Establecimientos si su fecha de vencimiento y/o el número de La Tarjeta cambia o, incluso si se cancela su Cuenta por lo que El Usuario a la firma de éste Contrato, nos autoriza a dar dicha información. Si no desea que compartamos la información actualizada de su cuenta, por favor contáctenos en cualquier momento usando el número telefónico señalado al reverso de La Tarjeta. La información podrá ser actualizada después de que El Usuario reciba el reemplazo de La Tarjeta.
Sin perjuicio de lo anterior, y con el propósito de evitar una posible suspensión de los Cargos Automáticos y/o Cargos Recurrentes y de la entrega o prestación de los bienes y servicios por parte de los Establecimientos, en los casos de una Tarjeta reemplazada o cancelada, El Usuario deberá asegurarse de informar a los Establecimientos de la nueva información acerca de La Tarjeta reemplazada o bien establecer un nuevo método de pago.
VIGÉSIMA CUARTA. - Procedimiento De Aclaraciones Sobre El Estado De Cuenta / Problemas Con Bienes Y/O Servicios. Durante un plazo de 90 (noventa) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx de la Cuenta, El Usuario y/o La Empresa de acuerdo al tipo de responsabilidad seleccionada, podrán objetar aquel Cargo que considere(n) improcedente, manifestando por escrito sus objeciones u observaciones que crea(n) convenientes, conviniéndose que en caso de que no reciba el Estado de Cuenta, deberá solicitarlo en un plazo de 10 (diez) días naturales posteriores a la fecha xx xxxxx, para poderlo objetar válidamente en el término antes mencionado. Se presumirá que El Usuario y/o La Empresa recibieron según corresponda, el Estado de Cuenta si no nos lo reclama a Nosotros. El procedimiento de aclaraciones se sujetará a lo siguiente:
I. La solicitud de aclaración que El Usuario y/o La Empresa realice(n) podrá presentarse a través de nuestra unidad especializada de atención de usuarios, mediante escrito o correo electrónico. Nosotros acusaremos de recibo dicha solicitud.
II. Nosotros podremos abonar a la Cuenta de La Tarjeta, el importe del Cargo objetado el segundo día hábil siguiente a la recepción de la reclamación, salvo en el supuesto de que la operación o transacción objeto de la reclamación haya sido autorizado por El Usuario y/o La Empresa con el uso de los factores de autenticación que El Usuario y/o La Empresa haya(n) generado y/o se hayan puesto a su disposición, como el uso de La Tarjeta y el chip asociado a la misma, NIP, contraseñas, claves o cualquier otro.
III. En cualquier caso Nosotros podremos revertir el abono a que se refiere el inciso anterior, realizando un nuevo cargo a la Cuenta de La Tarjeta en cuestión, si dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) o 180 (ciento ochenta) días naturales, a que se hace referencia en el inciso V siguiente, se acredita que el Cargo fue autorizado mediante el uso de los factores de autenticación que para tales efectos haya generado y/o se hayan puesto a su disposición.
IV. El Usuario y/o La Empresa según corresponda, tendrán el derecho de no realizar el pago cuya aclaración solicita, así como el de cualquier otra cantidad relacionada con dicho pago, hasta en tanto se resuelva la aclaración.
V. Nosotros tendremos un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud de aclaración para entregarle el dictamen correspondiente por escrito y suscrito por una persona facultada, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en su solicitud. En el caso de reclamaciones relativas a operaciones realizadas en el extranjero, el plazo previsto en este párrafo será hasta de 180 (ciento ochenta días) naturales. El dictamen se podrá proporcionar por medios electrónicos.
VI. Si conforme al dictamen resulta procedente el cobro del monto respectivo, El Usuario y/o La Empresa según corresponda, deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo. Nosotros no le cobraremos una comisión por concepto de reclamación improcedente. El Usuario y/o La Empresa deberá(n) hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios conforme a lo pactado.
VII. Asimismo, contaremos con un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de entrega del dictamen mencionado en el numeral V para poner a disposición de El Usuario y/o La Empresa según corresponda en nuestras oficinas o bien, en nuestra unidad especializada de atención a usuarios, el expediente generado con motivo de la solicitud de aclaración que corresponda. En caso de que la solicitud de aclaración sea procedente y como consecuencia se haya realizado un crédito definitivo a la cuenta de La Tarjeta, Nosotros no tenemos obligación de poner a disposición de El Usuario, el expediente a que hace referencia este inciso.
VIII. Nosotros podremos notificarle el estado que guarda la solicitud de aclaración por escrito, teléfono o cualquier otro medio electrónico.
IX. Transcurrido el plazo de 90 (noventa) días naturales mencionado en el primer párrafo de la presente cláusula sin que El Usuario y/o La Empresa haya(n) realizado objeciones u observaciones a su Estado de Cuenta, así como en el supuesto de que El Usuario y/o La Empresa haya girado instrucciones de que no se le enviara dicho Estado de Cuenta, los asientos y conceptos que figuren en nuestra contabilidad harán prueba plena en contra de El Usuario y/o La Empresa, salvo prueba en contrario en juicio.
X. En caso de que la objeción o reclamación presentada por El Usuario y/o La Empresa según corresponda, sea procedente una vez concluido el proceso de investigación respectivo que llevemos a cabo ante el Establecimiento, aplicaremos de forma inmediata un crédito definitivo en su Estado de Cuenta, ya sea por el monto total o parcial del cargo objetado o reclamado, según sea el caso; o bien, se tendrá por definitivo el crédito abonado en términos del numeral II de esta cláusula.
XI. Todas las reclamaciones, aclaraciones y consultas podrán presentarse en el domicilio, página de internet y correo electrónico señalados en la Carátula del presente Contrato. Asimismo, El Usuario y/o La Empresa podrán acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), teléfono 000 000 0000, página de Internet: xxx.xxxxxxx.xxx.xx
El Usuario y La Empresa reconocen y aceptan que no tendremos responsabilidad ni obligación por: las comunicaciones, actos u omisiones de los Establecimientos incluyendo su negativa a aceptar La Tarjeta, las condiciones que éstos establezcan para su aceptación, así como por los defectos, calidad, peso, cantidad o cualquier otro aspecto relativo a la entrega o prestación de los bienes y/o servicios que se adquieran u obtengan mediante el uso de La Tarjeta. En caso de reclamaciones, El Usuario y/o La Empresa las deberá hacer directamente al Establecimiento, sin que por ello se altere su obligación de pago inmediato a Nosotros de los Cargos reclamados. El Usuario y/o La Empresa están de acuerdo en no recibir los originales o copias de las notas de cargo junto con su Estado de Cuenta, ya que aceptan que el mismo es comprobante suficiente de la exactitud de los Cargos facturados, salvo prueba en contrario.
VIGÉSIMA QUINTA. - Renuncia. El hecho de que no ejerzamos alguno de Nuestros derechos derivados del presente Contrato o la renuncia a Nuestros derechos en ocasiones aisladas, no implica ni constituye una renuncia al ejercicio de Nuestros derechos para otras ocasiones.
VIGÉSIMA SEXTA. - Mal Uso, Pérdida o Robo de la Tarjeta. La Empresa, los Usuarios y Usuarios Suplementarios se obligan a no permitir que una persona no autorizada use La Tarjeta para propósito alguno. Nosotros podemos requerir a El Usuario y/o La Empresa de acuerdo con el tipo de responsabilidad de La Tarjeta contratada, el pago de todos los Cargos efectuados con La Tarjeta, independientemente de que hayan sido hechos por personas autorizadas o no, o por haber perdido posesión física de La Tarjeta salvo lo previsto en el siguiente párrafo.
En los casos de pérdida, extravío o robo de la Tarjeta, o bien en los casos que no haya recibido un reemplazo de la Tarjeta o sospecha que la misma está siendo utilizada en forma ilícita, El Usuario y/o La Empresa deberán comunicarlo inmediatamente a Jeeves con el fin de que podamos cancelar la Tarjeta. Para Cargos que El Usuario y/o La Empresa no reconozcan y en el entendido que ha cumplido con todas las cláusulas de este Contrato y además que El Usuario y/o La Empresa no han contribuido en forma alguna a que La Tarjeta sea utilizada en forma indebida, El Usuario y/o La Empresa no será responsable de los Cargos no reconocidos a partir de que recibamos el aviso de pérdida, extravío o robo de la Tarjeta.
El Usuario y/o La Empresa serán responsables por cualquier Cargo que terceras personas pudieran hacer por el uso ilegal de la Tarjeta, hasta el momento en que El Usuario y/o La Empresa nos comuniquen y recibamos el aviso correspondiente de pérdida, extravío o robo de La Tarjeta.
El Usuario y/o La Empresa nos autorizan expresamente o a Nuestro representante legal para que investigue con las más amplias facultades, incluyendo la delegación o sustitución del mandato, todo lo relativo al uso indebido o fraudulento de la Tarjeta, y El Usuario y/o La Empresa aceptan prestarnos toda la colaboración que pueda ser requerida para estos fines, incluyendo comparecer a declaraciones de carácter judicial, proporcionarnos copia de documentos oficiales, o denuncias ante el Ministerio Público o Policía Judicial, en caso de que Nosotros se lo solicitemos.
La Empresa tendrá la obligación de deshabilitar inmediatamente el acceso de cualquier Usuario a la Cuenta de Tarjeta Corporativa cuando sepa o crea que la cuenta de dicho usuario o la Tarjeta ha sido robado o puede ser utilizado indebidamente. La Empresa notificará de inmediato a Jeeves sobre cualquier acceso o uso no autorizado que involucre la Cuenta, la(s)
Cuenta(s) de Tarjeta Corporativa y/o las Tarjetas a través del envío de un correo electrónico a la dirección xxxxx@xxxxxxxxx.xxx.
Jeeves puede suspender el acceso a la Cuenta, una Cuenta de Tarjeta Corporativa o una Tarjeta si Jeeves estima que la Cuenta, la Cuenta de Tarjeta Corporativa o el Método de Pago se han visto vulnerados o que no hacerlo puede suponer un riesgo para Jeeves, la Empresa, o cualquier tercero.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. - Procedimiento Para La Modificación Del Contrato. Nos reservamos el derecho de modificar parcial o totalmente el presente Contrato en cualquier momento. Cualquier modificación le será notificada a El Usuario y/o a La Empresa previo aviso por escrito dado con 30 (treinta) días naturales de anticipación a que entren en vigor, ya sea a través notificación por escrito, a través de un mensaje en su Estado de Cuenta, por medios electrónicos, como puede ser correo electrónico, o la página de internet señalada en la Carátula del presente Contrato. Por lo que El Usuario otorga su consentimiento para que le informemos de las modificaciones al presente Contrato a través de dichos medios con la anticipación mencionada.
En el evento de que La Empresa no esté de acuerdo con las modificaciones realizadas, podrá solicitar la terminación del Contrato dentro de los 60 (sesenta) días naturales siguientes después de la entrada en vigor de dichas modificaciones, sin responsabilidad alguna a su cargo, y bajo las condiciones anteriores a la modificación, debiendo cubrir, en su caso, el total de los adeudos que se generen hasta el término de la operación o servicio, para que la cuenta se pueda dar por cancelada.
VIGÉSIMA OCTAVA.- Vigencia Del Contrato Y Procedimiento Para La Terminación Del Contrato. El presente Contrato tendrá una vigencia indefinida y el mismo podrá modificarse o terminarse en los términos y condiciones de la presente Cláusula.
La Empresa podrá solicitar en un periodo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del Contrato y el envío del mensaje de aprobación de la Tarjeta, la cancelación del mismo sin responsabilidad alguna para la Empresa, en cuyo caso no le cobraremos comisión alguna, siempre y cuando El Usuario no haya utilizado la Tarjeta. El mensaje a que se refiere el presente párrafo será enviado a través de cualquier medio de comunicación previsto en el presente Contrato siempre y cuando su Solicitud de La Tarjeta haya sido aprobada.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo inmediato anterior, La Empresa podrá solicitar en cualquier momento la terminación del presente Contrato, bastando para ello la presentación de una solicitud por escrito en Nuestro domicilio señalado en la cláusula Tercera del presente Contrato, o bien a través de medios electrónicos que tengamos disponibles para tales efectos, o bien por correo registrado o certificado, en el entendido de que en éste último supuesto, se tomará como fecha de solicitud de cancelación, la de recepción. En cualquier caso, Xxxxxxxx le proporcionaremos a la Empresa un acuse de recibo, clave de confirmación o número de folio, previa identificación.
Asimismo, El Usuario no podrá realizar disposiciones a partir de la fecha en que la Empresa nos notifique su intención de terminar el presente Contrato.
En caso de que la Empresa solicite la terminación del Contrato, Nosotros realizaremos en forma inmediata las siguientes acciones:
1. Cancelar en forma inmediata La Tarjeta en la fecha de presentación de la solicitud de terminación del Contrato, por lo que el uso de La Tarjeta quedará bloqueado. El Usuario deberá interrumpir en forma inmediata el uso de La Tarjeta partiéndola por la mitad y devolviéndola a Nosotros o bien deberá manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que ya no cuenta con La Tarjeta;
2. Rechazar cualquier Cargo que pretenda efectuarse con La Tarjeta con posterioridad a la solicitud de terminación del Contrato, en consecuencia, no se podrán realizar Cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados;
3. Cancelar, sin responsabilidad alguna de nuestra parte, los servicios de domiciliación o de Cargos Automáticos en la fecha de solicitud de la terminación, con independencia de quien conserve la autorización de los Cargos correspondientes; y
4. La terminación del Contrato que El Usuario nos solicite, no estará condicionada a la devolución del Contrato que obre en su poder, así como tampoco le cobraremos alguna comisión o penalización por la terminación del mismo.
El Contrato se dará por terminado al día hábil siguiente al de la presentación de la solicitud de la Empresa, salvo que existan adeudos pendientes de pago, en cuyo caso, la terminación del Contrato se verificará una vez realizado en su totalidad el pago correspondiente. Para tales efectos, Xxxxxxxx le informaremos y pondremos a su disposición dicha información vía telefónica y/o a través del correo electrónico proporcionado por El Usuario y/o la Empresa que tengamos registrado dentro de un plazo de 10 (diez) días hábiles siguientes contados a partir de la solicitud presentada por ésta última, el monto total del saldo adeudado; una vez liquidados los adeudos se dará por terminado el Contrato.
En la fecha en que se cancele la Cuenta de La Tarjeta, Nosotros le entregaremos a la Empresa, cualquier saldo que tenga a su favor, por cualquier medio que la Empresa indique, deduciendo las comisiones y cualquier otra cantidad que resulte a su cargo. Una vez realizado en su totalidad el pago, Nosotros pondremos a su disposición hasta en 10 (diez) días hábiles a partir de que se hubiera realizado el pago, el Estado de Cuenta o un documento que dé constancia de la terminación contractual, así como el finiquito correspondiente de sus derechos y obligaciones en relación con el presente Contrato. Asimismo, reportaremos a las sociedades de información crediticia que la Cuenta de La Tarjeta está cerrada sin adeudo alguno.
En tanto no sea liquidada la totalidad de los adeudos, la terminación del Contrato no surtirá efectos, y Nosotros no podremos realizar Cargos adicionales, con excepción de los Cargos ya generados, pero no reflejados en su Estado de Cuenta, así como los Cargos por intereses ordinarios que se generen hasta el momento en que El Usuario y/o la Empresa liquiden el saldo total. El Usuario conservará la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a la solicitud de terminación.
VIGÉSIMA NOVENA. - Cesión Del Contrato. Ni El Usuario o la Empresa podrán ceder ni transmitir los derechos y obligaciones derivados de este Contrato sin Nuestro previo consentimiento expreso y por escrito. La Empresa y El Usuario nos autorizan expresamente a ceder, transmitir o vender, en cualquier momento, los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato a nuestras empresas filiales y/o subsidiarias y/o a cualquier tercero. Para
efectos de lo anterior, y como consecuencia de la cesión, nosotros proporcionaremos al cesionario, toda la información y datos de la Empresa y, en su caso, de los Usuarios
Suplementarios, de acuerdo a lo previsto en nuestro Aviso de Privacidad autorizado por El Usuario por la firma que estampó en la Solicitud del presente Contrato.
TRIGÉSIMA. – Incumplimiento. Nosotros podemos considerar que su Cuenta se encuentra en incumplimiento en el evento de que El Usuario y/o La Empresa de acuerdo al tipo de responsabilidad que le aplique de acuerdo a La Tarjeta contratada en términos de la cláusula Décima Cuarta, incumpla(n) con sus obligaciones contractuales, tales como incumplir los pagos correspondientes a la Cuenta de La Tarjeta, o en términos generales incumplir con las disposiciones de este Contrato.
Nosotros podemos considerar también un incumplimiento si la Empresa nos proporcionó información falsa o incorrecta tanto de la Empresa como de sus Usuarios Suplementarios al momento de solicitar La Tarjeta o en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, El Usuario y/o la Empresa incumple con cualesquier otro Contrato que tenga celebrado con nosotros o con cualquiera de nuestras compañías filiales o subsidiarias o se han iniciado procedimientos de concurso en contra de la Empresa o bien tenemos información suficiente de que su situación financiera no es estable.
En dichos supuestos Nosotros podemos terminar el presente Contrato en forma inmediata y cancelar la Cuenta de La Tarjeta.
Asimismo, en caso de incumplimiento de nuestra parte a las obligaciones derivadas del presente Contrato, la Empresa podrá solicitar la terminación del mismo de conformidad con lo estipulado en la cláusula Vigésima Octava.
TRIGÉSIMA PRIMERA. - Comunicaciones y Avisos. La Compañía da su consentimiento para que Xxxxxx proporcione avisos y notificaciones bajo este Contrato de manera electrónica o por cualquier otro medio de contacto que sea proporcionado por la Empresa, los Administradores o los Usuarios.
La Empresa acepta que le enviemos a la Empresa, los Administradores y/o Usuarios cualquier comunicación (incluyendo modificaciones al Contrato), por cualquier medio electrónico permitido, incluyendo a través de e-mail a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Administrador , y por mensaje de texto o SMS a la información de contacto proporcionada por el Administrador, o bien, incluyendo dichos cambios en nuestra página de Internet mediante “links”, que sean proporcionados en su Estado de Cuenta o en cualquier otra comunicación, por lo que El Usuario se obliga a consultar su Estado de Cuenta así como otras comunicaciones que le enviemos por medios electrónicos. Dicha comunicación por medios electrónicos se tendrá por enviada y recibida como si fuera por escrito.
Las comunicaciones que enviemos por medios electrónicos, incluyendo el Estado de Cuenta, se tendrán por recibidas el mismo día en que le enviemos la comunicación vía e-mail, a la dirección de correo electrónico que tenemos registrada.
En cualquier caso, todos los avisos, notificaciones y demás diligencias judiciales y extrajudiciales que se hagan en el domicilio indicado por las partes, surtirán plenamente sus efectos.
Todas las comunicaciones que le enviemos por correo en forma escrita se tendrán por recibidas a los 10 (diez) días naturales siguientes del envío correspondiente. Las comunicaciones que enviemos por medios electrónicos, incluyendo el Estado de Cuenta, se tendrán por recibidas el mismo día en que le enviemos la comunicación vía e-mail, a la dirección de correo electrónico que El Usuario nos haya proporcionado y tengamos registrada.
El Usuario se obliga a notificarnos inmediatamente cualquier cambio de domicilio o cualquier información relacionada con el mismo, ya sea para fines de envíos de correo por escrito o por medios electrónicos a través de e-mail, incluyendo los cambios de Usuarios Suplementarios. En caso de que nos sea imposible enviarle información o bien que nos sea devuelto el correo por no tener actualizada su información, Nosotros podemos suspender el envío de cualquier comunicación hasta que tengamos actualizada su información. Por lo anterior, no seremos responsables de cualquier falla en el envío de cualquier comunicación ya sea por escrito o a través de medios electrónicos si la información que tenemos de El Usuario en Nuestros sistemas se encuentra incorrecta.
Asimismo, El Usuario deberá proporcionarnos información actualizada de carácter personal, con la finalidad de tener actualizado Nuestros sistemas, y en caso de que le solicitemos información adicional sobre sus ingresos y finanzas personales, El Usuario nos la deberá proporcionar o bien cuando sea requerida en cumplimiento a disposiciones legales aplicables.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. - Designación, Modificación o Revocamiento de Administradores. La Empresa deberá mantener designado al menos un Administrador para gestionar la Cuenta. El Administrador será inicialmente la persona que haya celebrado el presente Contrato en nombre de la Empresa. Los Administradores pueden agregar, eliminar o administrar Administradores y Usuarios adicionales; solicitar y administrar Tarjetas; establecer o cambiar límites de gastos; ver transacciones; ejecutar informes y descargar declaraciones; proporcionar o actualizar información de la Empresa; conectar Cuentas de Tarjeta Corporativa, a la Cuenta; y realizar cualquier otra acción en nombre de la Compañía conforme al presente Contrato.
La Empresa podrá modificar o revocar en cualquier momento a su Administrador, así como nombrar nuevos Administradores mediante aviso por escrito a Jeeves.
La Empresa será la única responsable de cualquier acción o falta de actuación de los Administradores, Usuarios y cualquier otra persona que utilice credenciales emitidas a Usuarios o Administradores para acceder a la Cuenta de la Compañía
TRIGÉSIMA TERCERA. - Cesión de Disputas y Reclamaciones. En caso de que le otorguemos un crédito a la Cuenta de La Tarjeta en relación con una disputa o reclamación de un Cargo realizado ante un Establecimiento, El Usuario y la Empresa en forma simultánea y automática están de acuerdo en cedernos los derechos derivados de dicha disputa o reclamación que El Usuario pudiera tener en contra de algún Establecimiento por un monto igual al crédito efectuado. Una vez que realicemos el crédito a la Cuenta de La Tarjeta, El Usuario se obliga a no realizar reclamación alguna de reembolso ante el Establecimiento correspondiente. Asimismo, El Usuario se obliga a cooperar con Nosotros en caso de que sea nuestra intención recuperar ante el Establecimiento el monto acreditado a su cuenta, incluyendo cualquier información o documentación que podamos necesitar. El hecho de que
le otorguemos un crédito a su Cuenta por una ocasión no significa que tengamos la obligación de realizarlo en otras ocasiones.
TRIGÉSIMA CUARTA. – Prevalencia en caso de discrepancias. En caso de existir inconsistencias o discrepancias o contradicciones entre los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato y los términos y condiciones del Acuerdo de Programa disponibles para consulta en la página de internet señalada en la Carátula, prevalecerá lo establecido en el presente Contrato.
El Acuerdo de Programa a que se hace referencia en el párrafo anterior será aplicable de manera a la relación entre Xxxxxx y la Empresa, en cualesquier términos no que no se encuentren expresados en el presente Contrato.
TRIGÉSIMA QUINTA. - Leyes Aplicables, Jurisdicción Y Competencia. El presente Contrato será regido por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Para cualquier controversia o disputa que surja con motivo de la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales competentes de la Ciudad de México. El Usuario renuncia expresamente desde este momento a cualquier otra jurisdicción que por razón de su domicilio u otra causa pudiera corresponderle ahora o en el futuro.
Asimismo, en término de lo previsto en la Ley Federal de Protección al Consumidor, Nosotros estamos de acuerdo en que el presente Contrato esté sujeto, en la vía administrativa, a la competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del mismo.